ASPECTOS TRIBUTARIOS RELEVANTES PARA PERSONAS NATURALES DE...

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ASPECTOS TRIBUTARIOS RELEVANTES PARA PERSONAS NATURALES DE LA REFORMA

TRIBUTARIA

Juan Guillermo RuizJaime Enrique Gómez

IWP Bogota18 de Abril, 2013

Agenda – Ejes de la Reforma

Eje No. 1: Extensión de la

potestad tributaria y atracción de

ingresos

Eje No. 2: Antievasión, Antielusión y

Antiabuso

Eje No. 3: Flexibilización,Sustancialidad y Transparencia

Incorporación de principios

internacionales

Eje No. 1: Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de Ingresos

• Posible triple alcance

• Art. 474 #6 del Código de Comercio - Obligación de establecer sucursal por administración– “Se tienen por actividades permanentes para efectos del artículo 471, las

siguientes: (…) 6) El funcionamiento de sus asambleas de asociados, juntas directivas, gerencia o administración en el territorio nacional”.

• Exclusiones

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Jurídicas

ASPECTOS A CONSIDERAR:

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Jurídicas

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Jurídicas

Impuesto sobre la Renta 25% +

CREE sobre rentas de fuente

mundial

Impuesto sobre la Renta 25% +

CREE sobre rentas de fuente

nacional

Impuesto sobre la Renta 33%

sobre rentas de fuente nacional

(salvo CDI o tarifas

exceptivas)

TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES EXTRANJERAS SIN PRESENCIA LOCAL QUE PERCIBAN RENTAS DE FUENTE NACIONAL:

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Jurídicas

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Físicas – Nuevo alcance del concepto de residencia

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Físicas – Nuevo alcance del concepto de residencia

Ciudadanos Extranjeros

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Físicas

Rentas de fuente

nacional y patrimonio poseído en Colombia a tarifa del

33%

Rentas y patrimonio

mundialcon

tributación progresiva del 0%-33%

Rentas y patrimonio

mundial con tributación progresiva del 0%-33%

Rentas de fuente

nacional y patrimonio poseído en Colombia a tarifa del

33%

Extensión de la Potestad Tributaria y Atracción de IngresosPersonas Físicas

Eje No. 2: Antievasión, Antielusión y Antiabuso

Antievasión, Antielusión y Antiabuso

Antievasión, Antielusión y AntiabusoOperaciones con paraísos fiscales

Antievasión, Antielusión y AntiabusoPagos a paraísos fiscales

LA DEDUCIBILIDAD DE LOS PAGOS A PARAÍSOS FISCALES ESTÁ SUJETA A:

ELEMENTOS CONFIGURATIVOS DEL ABUSO:

Antievasión, Antielusión y AntiabusoCláusula General Antiabuso

Acto, procedimiento u operación

Modificar o alterar Artificialmente

Obtener provecho tributario

Tendiente a

Con el propósito de • Eliminar• Reducir• Diferir

Sin

Propósito comercial legítimo y razonable

•Operación entre vinculados•Paraísos fiscales involucrados•Precio o remuneración difiere en más del 25% del valor en condiciones de mercado

•Involucra entidades del– Régimen tributario especial– Exentas– No sujetas– Régimen tarifario distinto al ordinario

•Omisión de cláusula material– Persona– Acto– Cláusula

Antievasión, Antielusión y AntiabusoCláusula General Antiabuso

Provecho tributario abusivo

Antievasión, Antielusión y AntiabusoDesestimación de la personalidad jurídica

•Anulación de actos sociales con propósito defraudatorio fiscal.

•Desconocimiento de la personalidad jurídica.

•Responsabilidad solidaria

Eje No. 3: Flexibilización, Sustancialidad y Transparencia

Flexibilización, Sustancialidad y TransparenciaTarifa de Ganancias Ocasionales

Flexibilización, Sustancialidad y TransparenciaDeterminación de Ganancias Ocasionales

ASPECTOS A CONSIDERAR:

•Se refiere a pagos directos.

•¿Alternativa de planeación para rentas de fuente extranjera? (disminución tarifa efectiva de tributación).

Flexibilización, Sustancialidad y TransparenciaDescuento de impuestos pagados en el exterior

ASPECTOS A CONSIDERAR:

•Las inversiones deben constituir activos fijos para el contribuyente.

•La inversión debe haber sido poseída por un período no inferior a dos (2) años.

Flexibilización, Sustancialidad y TransparenciaMecanismos Alternativos de Solución de Controversias

ASPECTOS A CONSIDERAR:

•Derecho del contribuyente – Art 193 #11•Decreto 699 de 2013