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CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA
Programa de incorporación progresiva a la carreraOAD-URH Ago. 2012
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA
Ley Nº 29709
• Promulgada el 7 de junio de 2011• Publicada en el Diario oficial El Peruano el
17 de junio de 2011.• Consta de
– Título Preliminar – 4 títulos – 14 capítulos– 61 Artículos
El objeto de la Ley, es “crear el ordenamiento legal que regule el régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de las funciones institucionales señaladas en el Decreto Legislativo 654, Código de Ejecución Penal, y su reglamento” Art. 1
Sus principios son: Efectividad del sistema penitenciario, Meritocracia, Probidad y Ética pública.
• Promulgada el 7 de junio de 2011• Publicada en el Diario oficial El Peruano el
17 de junio de 2011.• Consta de
– Título Preliminar – 4 títulos – 14 capítulos– 61 Artículos
El objeto de la Ley, es “crear el ordenamiento legal que regule el régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de las funciones institucionales señaladas en el Decreto Legislativo 654, Código de Ejecución Penal, y su reglamento” Art. 1
Sus principios son: Efectividad del sistema penitenciario, Meritocracia, Probidad y Ética pública.
Decreto Supremo Nro. 013-2012-JUS
• Promulgado el 22 de julio del 2012.• Publicado en el Diario Oficial El Peruano el
23 de julio de 2012.• Consta de :
- Título Preliminar- 12 Títulos - 26 capítulos- 6 sub capítulos- 117 artículos
El objeto del reglamento es desarrollar la regulación específica correspondiente al régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de sus funciones institucionales.
• Promulgado el 22 de julio del 2012.• Publicado en el Diario Oficial El Peruano el
23 de julio de 2012.• Consta de :
- Título Preliminar- 12 Títulos - 26 capítulos- 6 sub capítulos- 117 artículos
El objeto del reglamento es desarrollar la regulación específica correspondiente al régimen laboral especial de los servidores penitenciarios para el cumplimiento de sus funciones institucionales.
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
“Programa de Incorporación progresiva a la carrera”
• La incorporación al Régimen laboral de la Carrera Especial Pública Penitenciaria será voluntaria y se efectúa mediante concurso interno de méritos, en función al número de plazas vacantes orgánicas presupuestadas que se convoquen y siempre que cumplan con los requisitos exigidos.
• Concluye en el tiempo máximo de 5 años, a partir del año 2012• Se podrán incorporar los servidores nombrados y contratados por servicios
personales del INPE, que se encuentren prestando servicios bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276.
• En el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento, el INPE publicará el “Programa de Incorporación a La Carrera” y la norma que desarrolle el procedimiento de evaluación para el ingreso a la carrera Especial Pública Penitenciaria. (Vto. 24/08/2012)
• En el plazo de 3 meses el INPE llevará a cabo la evaluación antes referida (Vto. 24/10/2012)
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
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PROGRAMA DE INCORPORACIÓN
INGRESO
PRE-SELECCIÓN
FORMACIÓN APTO GANADOR
CO
NC
UR
SO P
ÚB
LIC
O D
E M
ÉRIT
OS
CO
NC
UR
SO P
ÚB
LIC
O D
E M
ÉRIT
OS
1era etapa 2da etapa
SEG
URI
DAD
TRAT
AMIE
NTO
ADM
INIS
TRAC
IÓN CLASIFICATORIA
GENERAL FINAL REGIONAL
1era etapa 2da etapa
INC
OR
POR
AC
IÓN
Nom
bramiento
Régimen 276 Proceso de SelecciónProceso de Selección
INDUCCIÓN
RE-INDUCCIÓN
PERIODO DE PRUEBA
PERIODO DE PRUEBA
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
Programa de incorporación progresivo a la carrera
FORMACIÓN
3 meses
3 meses
3 meses
“Programa de Incorporación progresiva a la carrera”
• ¿Quiénes?, • ¿Cuántos y a Dónde?,• ¿Cómo?, • ¿Cuándo?
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PEA INPEÁrea de Desempeño Laboral
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POBLACIÓN PENAL Y ESTABLECIMIENTOSPOR OFICINA REGIONAL
OFICINAS REGIONALESTOTAL GRAL
TOTAL PROCES
ADO
SENTENCIADO
PENALES
Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres
TOTAL GENERAL 57,221 53,658 3,563 33,545 31,369 2,176 23,676 22,289 1,387 66
O.R. NORTE - CHICLAYO 8,132 7,803 329 4,124 3,970 154 4,008 3,833 175 11
O.R. LIMA - LIMA 30,450 28,450 2,000 20,503 19,204 1,299 9,947 9,246 701 18
O.R. SUR - AREQUIPA 2,273 2,081 192 700 613 87 1,573 1,468 105 6
O.R. CENTRO - HUANCAYO 4,873 4,546 327 2,494 2,299 195 2,379 2,247 132 9
O.R. ORIENTE - HUANUCO 3,712 3,485 227 2,336 2,187 149 1,376 1,298 78 4
O.R. SUR ORIENTE - CUSCO 2,855 2,648 207 1,333 1,210 123 1,522 1,438 84 7
O.R. NOR ORIENTE - TARAPOTO
3,493 3,353 140 1,421 1,353 68 2,072 2,000 72 7
O.R. ALTIPLANO - PUNO 1,433 1,292 141 634 533 101 799 759 40 4
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POBLACIÓN PENAL y ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
POR OFICINA REGIONAL
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Cantidad de Internos por Servidor Penitenciario x Región
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Proporción Servidor Penitenciario vs. Internos
OFICINAS REGIONALES un servidor administrativo x cada :
un servidor seguridad x cada :
un servidor tratamiento x cada :
O.R. NORTE - CHICLAYO 54 19 51
O.R. LIMA - LIMA 53 20 51
O.R. SUR - AREQUIPA 24 7 25
O.R. CENTRO - HUANCAYO 59 15 71
O.R. ORIENTE - PUCALLPA 65 21 76
O.R. SUR ORIENTE - CUSCO 37 13 52
O.R. NOR ORIENTE – SAN MARTÍN 61 12 146
O.R. ALTIPLANO - PUNO 27 7 45
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¿Quiénes?Servidor
Penitenciario• Persona nombrada por
RP.• Presta servicios en:
• Establecimiento Penitenciario• Sede Central/Regional en
funciones de: • Seguridad,• Tratamiento,• Medio Libre y,• Registro Penitenciario.
Dependencias del INPE incluidas en la nueva carrera
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¿Cuántos?Marco legal: Primer proceso de migración, año 2012
• Ley Nro. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012”
– Nonagésima primera DCF “Autorízase al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a incorporar progresivamente en la Carrera Especial Pública Penitenciaria, al personal de la citada entidad sujeta al régimen laboral del Decreto Legislativo 276 que se encuentra comprendido en la Ley 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria. Para el año 2012 se podrán incorporar hasta el quince por ciento (15%) de los citados trabajadores. Mediante Decreto Supremo, se podrán establecer las normas reglamentarias para la mejor aplicación de la presente disposición.
• Decreto de Urgencia 016-2012, “Dictan Medidas Urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional”, Art. 7, numeral 7.2 “…autoricese el incremento de hasta 5% adicional al porcentaje autorizado en la nonagésima …”
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¿Cuántos y a Dónde?Establecimiento Penal Nro. Plazas CAP
Ancón I 176
Ancón II 494
Virgen de Fátima 99
Total 769
• Establecimientos Penales Modelo (Piloto) – Oficina Regional Lima
PEA 20%
PAP (5,985) 1,197CAP – actual (6507)
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¿Cómo?
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¿Cuándo?
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Instrumentos de Gestión
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CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA
Principio de efectividad del sistema
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CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA
SERVIDOR PENITENCIARIO
• “Persona nombrada por resolución, que presta servicios en un establecimiento penitenciario y a los servidores de la sede central y las sedes regionales que desempeñan funciones de seguridad, tratamiento, medio libre, registro penitenciario que, por la naturaleza de sus funciones y especialidad cumplen labores en establecimientos penitenciarios…” Art. IV de la Ley
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CARRERA ESPECIAL PÚBLICA PENITENCIARIA
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PERSPECTIVA PROFESIONAL
• ¿Por qué una carrera especial para el INPE?• ¿Qué se busca con la carrera especial pública
penitenciaria?• ¿De qué manera mis objetivos individuales se
relacionan con los objetivos institucionales?
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
PERSPECTIVA PROFESIONAL
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
Régimen 276 Opcional
Carrera Especial Pública Penitenciaria
-Diseñado para servidores penitenciarios-Sistema remunerativo meritocrático.-Escala remunerativa competitiva (14 sueldos, 1 CTS)-Sistema de incentivos.-Niveles acorde al puesto.-Sistema de ascensos transparente.-Carrera progresiva.
-Diseñado para personal administrativo-Sistema remunerativo fijo.-Escala remunerativa fija (12 sueldos).-Ausencia de incentivos.-Niveles no se toman en cuenta para puesto.-Desconfianza en promociones.-No se cuenta con una carrera.
PERSPECTIVA PROFESIONAL
• Áreas de Desempeño Laboral
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PERSPECTIVA PROFESIONAL
• Grupos ocupacionales y nivelesNivel Permanencia
Mínima/añosExcepcional
voluntaria/años
I 6 4.8
II 6 4.8
III 7 5.6
IV 8 6.4
V Hasta finalizar
I 7 5.6
II 9 7.2
III Hasta finalizar
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
PERSPECTIVA PROFESIONAL
Lic. Myriam Parker Ch. - RR.HH/OGA/INPE
PERSPECTIVA ECONÓMICAREMUNERACIONES
• De acuerdo a lo establecido por el Art. 21º de la Ley y el art. 26º del Reglamento de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, los servidores del INPE, tienen derecho a percibir una remuneración conforme al nivel de carrera y grupo ocupacional. La remuneración es un porcentaje de la Remuneración Íntegra Mensual – RIM, que incluye los conceptos de carácter regular y permanente que percibe de manera continua el servidor.
• El art. 27º del Reglamento, establece que el servidor penitenciario recibirá una remuneración diferenciada según el nivel de carrera alcanzado. La remuneración es equitativa al grado de especialidad del puesto, exigencia y responsabilidad y constituye un reconocimiento a la misma.
• Las remuneraciones que perciben los servidores penitenciarios que ingresen a la carrera se diferencian según el nivel alcanzado en cada una de las áreas de desempeño, que comprende:
– Grupo ocupacional Superior (5 niveles)– Grupo ocupacional técnico (3 niveles).
• La variación remunerativa dentro de la banda de cada nivel se establecerá de acuerdo a una evaluación de desempeño y de requisitos que se dispondrá a través de norma específica.
• Finalmente es preciso tener claro que la Ley en el art. 21º ha establecido que el servidor penitenciario está impedido de percibir otros ingresos del Estado. Salvo que la contraprestación que percibe proviene de la actividad docente o cuando es miembro únicamente de un órgano colegiado.
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PERSPECTIVA ECONÓMICAASIGNACIONES
De acuerdo a lo establecido por el art. 28º del Reglamento de la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, además de las remuneraciones que percibirá el servidor penitenciario, percibe las asignaciones que el art. 23º de la Ley le reconoce:
a) Asignación especial por labores multifuncionales o en condiciones geográficas adversas, esta asignación será percibida en tanto el servidor penitenciario trabaje en un establecimiento penitenciario ubicado en zona rural o en clima agreste , que vendría a ser el 10% de la RIM.
b) Asignación por vigilancia y seguridad. Lo cual lo percibe en los siguientes casos :
i. Hasta el 20% de su RIM, si trabaja en un establecimiento penitenciario de alta peligrosidad o ubicado en zonas de frontera.
ii. Hasta el 15% de su RIM, si el servidor trabaja en un establecimiento penitenciario de máxima seguridad alejado de la sede regional.
iii. Hasta el 10% de su RIM , si trabaja en un establecimiento penitenciario con régimen especial, régimen ordinario o ubicado en zona de menor desarrollo. (Se sugiere que se elabore una tabla que clasifique los penales y se fije los montos considerando dichos criterios)
Finalmente tanto la Ley en el art. 23º y el reglamento en el art. 28º prescribe que el servidor penitenciario percibirá dichas asignaciones en tanto preste servicios efectivos al establecimiento penitenciario correspondiente.
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PERSPECTIVA ECONÓMICABENEFICIOS
El art. 24º de la Ley ha establecido, que el servidor penitenciario tiene derecho a los siguientes beneficios y aquellos otorgados por norma expresa:
1.Bonificación por escolaridad, según las disposiciones aplicables al sector público.2.Dos aguinaldos al año ( Julio – Diciembre), equivalente a una RIM.3.Asignación por tiempo de servicios. El servidor penitenciario percibe 2 RIM al cumplir 25 años de servicio, así como 3 RIMs. Al cumplir 30 años de servicios.4.Compensación por tiempo de servicios (CTS), al concluir la relación laboral, correspondiente a 7/6 de la RIM, por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de 6 meses de servicios.5.Subsidio por sepelio y luto, equivalente a una RIM, o una pensión, según corresponda. También percibe un subsidio equivalente a una RIM o una pensión por fallecimiento del padre o la madre.
El art. 29º del Reglamento señala, que los beneficios antes mencionados no tienen carácter remunerativo y se perciben en tanto la circunstancia prevista en ellos se presente y se encuentre debidamente acreditada.
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PERSPECTIVA ECONÓMICA
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PERSPECTIVA ECONÓMICA
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PERSPECTIVA ECONÓMICA
• .Ley 276 Ley 29709Bonificación por escolaridad, según ley presupuesto Igual
Asignación por 25 y 30, en base a la remuneración mensual total, 2 y 3 rmt, respectivamente
Asignación por tiempo de servicio, en base a 2 y 3 RIM, respectivamente.
Compensación por tiempo de servicio – CTS, 50% de la remuneración principal, hasta 19 años100% de la remuneración principal, de 20 a 30 años.
CTS, equivalente a 7/6 de la RIM x cada año, a partir de 6 meses
Subsidio por fallecimiento y por gastos de sepelio, equivalente a 3 remuneraciones mensuales totales y 2 rmt, por sepelio
Subsidio por sepelio y luto. Equivalente a 1 RIM, por fallecimiento del padre o madre y 2 RIM, por fallecimiento del titular.
2 Aguinaldos, según normas de presupuesto 2 aguinaldos, equivalentes a 2 RIM cada uno
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Ventajas del FOCUS GROUP• Conocer el nivel de
información sobre La Carrera que manejan los servidores.
• Identificar posibles temores y resistencias
• Detectar expectativas.• Recibir sugerencias para
criterios de selección y validar los criterios propuestos.
• Involucrar a los trabajadores en el proceso y mejorar su aceptación.
• Hacer de la comunicación una estrategia.
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Propuesta de horario12 x 24
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M
1 Mañana 12 12 12 12 12 12 12 12 12 108
Noche 12 12 12 12 12 12 7218
0
2 Mañana 12 12 12 12 12 12 72
Noche 12 12 12 12 12 12 12 12 12 10818
0
3 Mañana 12 12 12 12 12 12 12 12 12 108
Noche 12 12 12 12 12 12 7218
0
4 Mañana 12 12 12 12 12 12 72
Noche 12 12 12 12 12 12 12 12 12 10818
0
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