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Informe elaborado por: Carlos Ledesma

Presentación:Carlos Palomino

Introducción al Sistema

Normativo de la OIT

Edos

TRAB.

EMP

OIT

OIT

Conferencia General Anual

Consejo de Administración

Oficina internacional de

Trabajo

Recomendaciones CONVENIOS

Materia CONVENIOS RECOMENDACIONES

¿Quién los emite? Conferencia general

anual

Conferencia general

anual

Eficacia Vinculante No vinculante

(sugerencia, indicador)

Requisito Ser ratificados -

Naturaleza Flexibles, adaptables Orientadores,

específicos

¿Y si no los cumplen?

OIT

Control regular

CEACR

CAN

Control especial

OIT - CA -CLS

• Revisión de las memorias y elaboración de informe donde se incluyen observaciones y hallazgos más importantes.

CEACR

• Analizar la evolución de los problemas normativos de la OIT la situación de ciertos países.

CAN

• Queja: contra el incumplimiento de los convenios de los miembros de la OIT.

• Reclamación: contra el Estado que incumple un convenio ratificado.

• Procedimiento de la libertad sindical: contra el incumplimiento de los principios relativos a la libertad sindical.

OIT – CA - CLS

Convenio OIT 87

‘‘Artículo 2.- Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna

distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de

constituir las organizaciones que estimen convenientes, así

como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición

de observar los estatutos de las mismas.’’

Reconocimiento de las libertades de: reglamentación,

organización y acción; así como el principio de autonomía

colectiva.

LIBERTAD SINDICAL

Convenio OIT 98

Adecuada protección contra actos violatorios de la

libertad sindical.

En especial: (i) violación de la libertad sindical

positiva (sujetar empleo con la condición de no

afiliarse) y (ii) despedir o perjudicar a un trabajador

por el ejercicio de actividades sindicales.

Asimismo, se ratifica la autonomía de las

organizaciones sindicales.

Algunos apuntes iniciales

Empleo público: ¿Régimen

administrativo o laboral?

Tesis Estatutaria:

Concepción “administrativa” de las relaciones de

trabajo en el sector público.

Posición dominante del Estado.

Rigidez en el acceso y en la salida (concurso

público y estabilidad laboral absoluta).

Tesis Contractualista

Reconocimiento del carácter “laboral” de

las relaciones de los trabajadores del

Estado.

Estado social y democrático: ampliación

del ámbito estatal y del empleo público.

Derechos laborales (y sindicales)

contribuyen a la mejora del servicio que

brinda el Estado.

LIBERTAD SINDICAL

Herramienta y base fundamental para un

Estado social de derecho.

Derecho de titularidad y contenido

complejo.

«El derecho a constituir organizaciones

sindicales, afiliarse a ellas y a

desarrollar actividades sindicales»

Estructura triangular de los

derechos sindicales

SINDICACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA HUELGA

Ejercicio de estos derechos en el

sector público peruano:

Características

Diversidad de regímenes: privado (DL

728), público o de carrera administrativa

(DL 276), CAS y SNP (en menor

medida).

Debilitamiento de las organizaciones

sindicales.

«Teoría de la burocracia»

Imposibilidad de negociar en cojunto.

Requisitos para la organización: mínimo 20 trabajadores y formalidades.

Requisitos para el trabajador: no ser de dirección o confianza (excepción: estatutos), no pertenecer a otra organización y ser mayor de edad.

Sindicación - Privado

Sindicación - Público

Requisitos para la organización: mínimo

20% del total de trabajadores con derecho

a sindicalizarse.

Excepciones: funcionarios del Estado con

poder de decisión, cargos de confianza,

miembros de las FFAA y PNP, fiscales y

jueces

Negociación colectiva

Privado:

Trato directo Conciliación

y/o Mediación Arbitraje o

Huelga

Huelga

“Medida de conflicto colectivo de los

trabajadores, consistente en el

incumplimiento deliberado de su prestación

laboral debida” (Javier Neves Mujica).

Titularidad

¿Los trabajadores?

¿Las organizaciones sindicales?

Consecuencias de la adopción de uno u

otro modelo.

Titularidad - Exclusiones

Funcionarios del Estado con poder de decisión y los que desempeñan cargos de confianza.

Miembros de las FFAA y PNP.

Jueces y Fiscales.

Inclusiones tácitas (Defensor del Pueblo, etc).

Fines

Modelo Laboral

• Intereses profesionales o laborales en estricto.

• Modelos limitados.

Modelo Polivalente

• Intereses profesionales más sociales o de otros grupos determinados.

• Modelos más amplios.

Modalidades

Por lo general, el ejercicio de un derecho se

procura realizar de la manera más efectiva

posible.

El catálogo de modalidades reconocidas en el

ordenamiento peruano determinarán el grado

de efectividad que éste pretende darle al

derecho de huelga.

Modalidades Aceptadas Prohibidas

Abandono del centro de trabajo

Paralización intempestiva

Paralización de zonas o secciones

neurálgicas de la empresa

Trabajo a desgano

Ritmo lento

Reducción deliberada del rendimiento

Cualquier otra paralización que

implique permanecer en el centro de

trabajo

Límites

Externos: conflicto con otros derechos

fundamentales.

Servicios esenciales: cuya interrupción

podría poner en peligro la vida, la

seguridad o la salud de las personas.

Internos: aquellos que no respondan al

concepto de “huelga” (las modalidades

prohibidas.

Artículo 83.- Son servicios públicos esenciales:

a. Los sanitarios o de salubridad.

b. Los de limpieza y saneamiento.

c. Los de electricidad, agua, desagüe, gas y combustible.

d. Los de sepelio, y los de inhumaciones y necropsias.

e. Los de establecimientos penales.

f. Los de comunicaciones y telecomunicaciones.

g. Los de transporte.

h. Los de naturaleza estratégica o que se vinculen con la defensa o seguridad nacional.

i. Los de administración de justicia por declaración de la Corte Suprema de Justicia de la República.

j. Otros que sean determinados por ley

Huelgas ilegales

Cuando se dan a pesar de haber sido

declaradas improcedentes.

Se produce violencia.

Se usa una modalidad prohibida.

No se cumple con los servicios mínimos

esenciales.

No se levanta luego de la resolución o

laudo.