Post on 25-Jul-2015
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA ‘’ANTONIO JOSÉ DE SUCRE’’EXTENSIÓN VALENCIA
Función Reguladora del Derecho en la
actividad publicitaria
Alumno: Joan FerrerC .I: 24.574.300
Legislación Publicitaría
NORMAS QUE REGULAN LA PUBLICIDAD EN VENEZUELA
En 1996 la Ley de Tránsito Terrestre insiste, en su artículo 45, en prohibir la colocación de publicidad exterior que "induzca al con-sumo de bebidas alcohólicas" en las inmediaciones de carreteras y autopistas.
Existen aproximadamente 600 normas que prohíben y censuran esta actividad, y más de 300 organismos oficiales que de manera directa e indirecta intervienen en la elaboración de dichas legislaciones. Se conoce que en el periodo presidencial de Luis Herrera Campíns se promulgaron: El decreto Nº 849 y el Artículo 51 de la Ley del deporte, que regulan la publicidad de cigarrillos, y el Decreto 1.200, que prohíbe toda publicidad de bebidas alcohólicas a través de medios audiovisuales.
la Ley de Tránsito Terrestre insiste, en su artículo 45
Prohibir la colocación de publicidad exterior que "induzca al consumo de bebidas alcohólicas" en las inmediaciones de carreteras y autopistas. Es decir, se puede hacer publicidad, siempre y cuando no exponga imágenes de un trago servido por ejemplo o de gente fumando o tomando.
Hay determinados productos que son perjudiciales cuando se consumen en exceso. Y ésa es la razón por la que se ha restringido la publicidad. Cuanto más se liberalice la publicidad de alcohol, menos se protegerá la salud pública.
Artículo 51 de la Ley del deporte, que regulan la publicidad de cigarrillos.
En Venezuela, las regulaciones a la publicidad de licores y cigarrillos tienen vieja data. Y quizás el período presidencial de Luis Herrera Campíns (1979-1984) fue uno de los más prolíficos en esa materia. Durante ese quinquenio se promulgaron el decreto Nº 849 y el Artículo 51 de la Ley del deporte, que regulan la publicidad de cigarrillos.
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PUBLICIDAD ENGAÑOSA
la publicidad engañosa es aquella cuyas características de un anuncio son distintas a las afirmaciones reales del desempeño de la marca. La publicidad engañosa se define como un concepto muy amplio que puede abarcar desde la omisión de los aspectos negativos del producto hasta el engaño, más o menos sutil, en cuanto a sus beneficios y características, pasando por los diversos «trucos» empleados para presentar más atractivamente unos precios que realmente son más elevados (por ejemplo, anunciar los precios sin IVA, en el caso de bienes de consumo).
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Cuando empresarios, ejecutivos de mercadotecnia y publicistas se proponen desarrollar una campaña publicitaria que sea impactante, original y persuasiva para incrementar sus volúmenes de venta u obtener un determinado resultado a corto plazo, deben tener mucho cuidado de no utilizar mensajes que para captar la atención del público objetivo o para persuadirlo más eficazmente, induzcan al error al destinatario afectando un determinado comportamiento, como el económico, porque esa práctica se conoce como "publicidad engañosa.
Se prohíbe la publicidad de armas de fuego. Se reglamenta el horario y tiempo de publicidad en
salas de cine.
"Uno de estos dos niños tiene algo en sus manos que se ha prohibido
en América para protegerlos. Adivina cuál de ellos". Con estas frases -
sobreimpresas sobre una foto de un menor que sostiene un huevo de chocolate y una niña que sostiene un rifle que podría traducirse como
Madres que piden actuar con sentido común con las armas pretenden
concienciar sobre la venta legal de armas .
Se prohíbe el uso de palabras o imágenes en Envases y Campañas que creen confusión sobre la naturaleza. (1959)
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En esta ley Se prohíbe el uso de
palabras e imágenes en envases y
campañas creen confusión sobre
la naturaleza, composición,
calidad, origen o cantidad de los
alimentos; y ofrecer bonos en su
promoción. Se condena la
atribución de propiedades que no
posean, la exageración de sus
cualidades y el ocultamiento de
sus componentes.
GRACIAS
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