Post on 09-Jul-2015
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Propiedad Industrial e Intelectual e-comunicación
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David García Fdez. de Peraleda. Derecho e Internet www.soluteca.com
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LOPD: coste vs beneficio
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¿Qué nos podemos encontrar en la empresa?
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Obligados al cumplimiento de la normativa
Solicitudes de ejercicio de derechos
Nuestros clientes y usuarios
Solicitudes de información
AGPD, otras empresas y organismos (subvenciones, contratación)
Due diligence legal
Inversores, agentes financieros
Procedimientos sancionadores
Agencia de Protección de datos
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Solicitud de ejercicio de
derechos
Contestación en tiempo y
forma
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• Cumplimos • Menor problemática. Coste
controlado Atender
• Abrimos la posibilidad de tutela
• Como mínimo informar a la AGPD
No atender en tiempo y
forma
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Nos solicitan información
¿Sabemos qué contestar?
¿Sabemos cómo contestar?
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La respuesta está en:
Nuestros ficheros y su declaración en el registro general de la Agencia de Protección de Datos
Nuestro documento y procedimientos de seguridad
El cumplimiento o no de nuestras obligaciones ante el ejercicio de derechos (Acceso, rectificación, cancelación y oposición)
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¿Lo tenemos?
OK
Si no está todo perfecto
Seguramente coste limitado a
Apercibimiento
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¿Lo tenemos?
NO
Se complica Seguramente, sanción leve
De 900 a 40.000 €
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También nos pueden pedir información de nuestra adaptación para:
Contratar con otras empresas y responder a las exigencias de PD cuando prestamos un servicio con acceso a datos de nuestro cliente (encargados del tratamiento)
Solicitud de subvenciones y otras ayudas
Rondas de financiación, ampliaciones de capital, venture capital, capital semilla
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Apertura de procedimiento
sancionador
Denuncia
Inspección de oficio
No atención a las solitudes de información
Indicios de incumplimientos
a raíz de la información
solicitada
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• Mínimo 900 € • Máximo 40.000 €
Sanción infracción leve
• Mínimo 40.001 € • Máximo 300.000 €
Sanción infracción grave
• Mínimo 300.001 € • Máximo 600.000 €
Sanción infracción muy
grave
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Infracciones Leves No atender la solicitud del
interesado de rectificación o
cancelación de datos
personales cuando proceda
No proporcionar
la información
requerida por la Agencia
Española de Protección de
Datos
No solicitar inscripción de
los ficheros de datos de
carácter personal
Recoger datos personales sin proporcionar
la obligada información
Incumplir el deber de secreto
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Infracciones Graves
Crear ficheros o iniciar la recogida de datos personales con fines distintos a los que constituyen el
objeto legítimo de la empresa
Recoger datos personales sin
recabar el consentimiento expreso de los
afectados, cuando éste sea exigible
Tratar datos personales o usarlos posteriormente con conculcación de los
principios y garantías establecidos en la
LOPD
Impedir u obstaculizar el ejercicio de los
derechos de acceso y oposición y la
negativa a facilitar la información solicitada.
Mantener ficheros, locales, programas o
equipos sin las condiciones de
seguridad determinadas
reglamentariamente
+
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Infracciones muy Graves
La recogida de datos de forma fraudulenta y
engañosa
Comunicación o cesión de datos personales fuera de los casos que están permitidas
Recabar y tratar datos sobre ideología, afiliación sindical,
creencias, religión, salud,
sexo o raza sin el consentimiento
expreso y escrito
Tratar datos personales de
forma ilegitima o con
menosprecio de los principios y
garantías de aplicación
La transferencia temporal o
definitiva con desino a países
que no proporcionen un
nivel de protección
equiparable sin autorización del
Director de la AEPD
+
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LOPD Costes de incumplir vs beneficio de
cumplir
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Desde Econred y Soluteca les podemos
ayudar Formación
La previsible reforma exigirá la figura en la
empresa de un Delegado de Protección de Datos
Adaptación Una exigencia permanente y necesaria
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¡Gracias!
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