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V10GESTIÓN PISCÍCOLA
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 3
2. DIAGNOSIS 4
2.1. INTRODUCCIÓN........................................................................................................ 4
2.2. EL MARCO NORMATIVO.......................................................................................... 4
2.3. LOS RÍOS Y OTRAS MASAS DE AGUA EN CASTILLA Y LEÓN ........................... 8
2.4. LAS ESPECIES DE PESCA Y LAS POBLACIONES ACUÁTICAS........................ 16
2.5. LA OFERTA Y LA DEMANDA DE LA PESCA RECREATIVA................................ 19
2.6. LA GESTIÓN DE LA PESCA. BASES DE CONOCIMIENTO ................................. 22
2.7. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LAS ACTUACIONES DE MEJORA....................... 24
2.8. LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y LOS USUARIOS............................... 27
2.9. MEDIOS DISPONIBLES Y FINANCIACIÓN............................................................ 28
2.10. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PESCADORES ....................................................... 30
2.11. LA INFORMACIÓN A LOS PESCADORES ............................................................ 31
2.12. LA FORMACIÓN DE LOS PESCADORES.............................................................. 32
3. OBJETIVOS 34
4. PROPUESTA DE ACTUACIONES 35
V10.1. CONSERVACIóN, PROTECCIóN Y RESTAURACIóN DE LOS ECOSISTEMAS ACUáTICOS.... 39V10.1.1. Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de
los ecosistemas acuáticos ................................................................................................. 39
V10.1.2. Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno ................................................... 41
V10.1.3. Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos ............ 43
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V10.2. DEFINICIóN DEL MARCO DE ACTUACIóN DE LA GESTIóN PESQUERA................................. 44V10.2.1. Adecuación del marco normativo....................................................................................... 44
V10.2.2. Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras.................................................. 46
V10.2.3. Planificación de la gestión del medio acuático ................................................................... 49
V10.2.4. Puesta en valor de la información disponible ..................................................................... 50
V10.2.5. Ordenación de la acuicultura privada................................................................................. 51
V10.2.6. Evaluación de las necesidades de medios humanos ......................................................... 51
V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUíCOLAS...................................... 52V10.3.1. Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los Planes de Gestión y Planes
Técnicos............................................................................................................................ 52
V10.3.2. Mejora de las poblaciones pesqueras................................................................................ 54
V10.3.3. Adecuación de la gestión de las piscifactorías y astacifactorías oficiales........................... 56
V10.3.4. Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 56
V10.3.5. Dotación de medios para la gestión de la pesca................................................................ 57
V10.4. SENSIBILIZACIóN SOCIAL PARA LA CONSERVACIóN DEL MEDIO ACUáTICO Y FOMENTODE LA ACTIVIDAD PESQUERA ................................................................................................... 59
V10.4.1. Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa
.......................................................................................................................................... 59
V10.4.2. Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del Programa de Gestión
Piscícola............................................................................................................................ 60
V10.4.3. Atención al pescador ......................................................................................................... 61
V10.4.4. Colaboración con las asociaciones de pescadores............................................................ 63
V10.4.5. Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa.......................................................... 63
5. PRESUPUESTOS 65
V10 Gestión piscícola
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1. INTRODUCCIÓNLa gestión actual de la pesca comprende cuestiones mucho más amplias y complejas que las
que tradicionalmente abordaba. Si bien las últimas normativas de ámbito nacional relacionadas
con el tema venían recogiendo aspectos de conservación y restauración del medio acuático, en
la práctica, hasta hace escasos años, la gestión se centraba casi en exclusiva en la
administración del aprovechamiento para los pescadores, con un progresivo abandono de
acciones sobre el medio destinadas a la conservación y restauración de las poblaciones
pesqueras.
El gran aumento de demanda de pesca recreativa y la creciente incidencia de otros sectores
con intereses o demandas sobre el medio acuático, han motivado que la llamada gestión de la
pesca deba incorporar, de forma real y práctica, otras labores a sus cometidos tradicionales.
En síntesis, podría decirse que la gestión actual de la pesca es, hoy en día, una gestión de los
recursos naturales del medio acuático, con una más que significativa particularidad: el sustrato
de todos los recursos, y un propio recurso natural en sí mismo, el agua, sigue dependiendo de
departamentos administrativos (Confederaciones Hidrográficas) diferentes a quien ha de
gestionar el resto del ecosistema acuático (la Consejería de Medio Ambiente de Castilla y
León).
Orgánicamente, la gestión de la pesca por parte de la Consejería de Medio Ambiente asume,
entre otras, las labores de elaboración de normativa de desarrollo y aplicación de las leyes
vigentes, la administración del acceso de los pescadores al aprovechamiento de la pesca
recreativa, las tareas de control de la acuicultura privada, la elaboración de estudios y planes
necesarios para la gestión de las poblaciones pesqueras y la aplicación de las directrices de
dichos planes, la revisión e informe de acciones que afecten al medio acuático o sus
poblaciones y la preparación y gestión de los presupuestos para la gestión pesquera.
Por todo ello, la gestión actual de la pesca debe incidir notablemente sobre los aspectos de
conservación y recuperación de los ecosistemas acuáticos, no centrándose principalmente en
los aspectos del aprovechamiento pesquero.
Por otra parte, una gestión moderna de la pesca exige cada vez más una mayor dotación
técnica y presupuestaria, si quiere desarrollarse debidamente. Además, la confluencia de otros
sectores sobre el medio acuático obliga a una actualización técnica continúa para poder juzgar
e informar sobre otros proyectos o actividades. La cada vez mayor complejidad de la gestión va
a exigir una mejor dotación y preparación de los profesionales adscritos a los departamentos
con competencias en los diferentes aspectos que concurren en el manejo del medio acuático.
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2. DIAGNOSIS
2.1. INTRODUCCIÓN
Como se ha mencionado anteriormente, la gestión de la pesca recreativa y de los ecosistemas
acuáticos se encuentra interrelacionada con muchas otras actividades públicas y privadas. Esto
provoca de forma inmediata un amplio y a veces contradictorio marco normativo y
administrativo. A estas dificultades inducidas se suman las propias de un territorio muy amplio y
ecológicamente complejo, acompañadas de una creciente demanda por los recursos
pesqueros. Además, las actuaciones en el ámbito de las administraciones con competencias
medioambientales no han ido parejas a la evolución de los otros factores con incidencia en el
medio acuático.
Como reflejo de estas variables y situaciones se ha intentado en los apartados siguientes
realizar una descripción somera de los elementos que a nuestro entender son representativos o
críticos a la hora de efectuar un análisis de la situación del medio acuático y de su gestión.
2.2. EL MARCO NORMATIVO
El marco normativo relacionado con la gestión de la pesca y del medio acuático comprende
disposiciones relacionadas con las siguientes materias:
---- Protección y gestión del medio acuático y la pesca.
---- Protección de espacios naturales y especies amenazadas.
---- Agua y Dominio Público Hidráulico.
---- Montes.
---- Impacto Ambiental.
---- Actividades clasificadas.
---- Minas.
---- Calidad de aguas y saneamiento.
---- Tratados internacionales.
---- Otras materias relacionadas (sanidad animal, deportes, etc.).
La relación de normas relativas a la gestión del agua es por tanto muy extensa, y existe una
considerable dispersión de disposiciones que el gestor debe conocer y manejar.
La gestión de la pesca en Castilla y León encuentra su referencia normativa más directa en la
Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistema Acuáticos y de Regulación
de la Pesca en Castilla y León. Determinados aspectos de la Ley de 20 de febrero de 1942 y su
Reglamento no cubiertos por la Ley 6/1992 mantienen su vigencia con carácter subsidiario.
Existen asimismo normas de diferente rango que regulan aspectos tan variados como la
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comercialización de la trucha común, la protección del cangrejo autóctono, los tipos y normas
de acceso a las licencias, la definición de aguas trucheras, la regulación de la acuicultura, las
subvenciones, las disposiciones anuales de pesca, la composición y funcionamiento de los
Consejos de Pesca, etc. En conjunto, entre normas de ámbito estatal, autonómico y
comunitario se puede hablar en torno a veinticinco disposiciones de tipo básico o de vigencia
anual. Además, en desarrollo de la Ley 6/1992, están en avanzado estado de tramitación dos
decretos que regularán la clasificación y acceso de las aguas para la pesca y las sociedades
de pesca.
La Sentencia del Tribunal Constitucional del 21 de mayo de 1998 derogó diversas
disposiciones de la Ley 6/1992, para dejar claro que la competencia exclusiva en materia de
aguas corresponde a las Comisarias de Aguas dependientes de las Confederaciones
Hidrográficas de la Administración del Estado, tal y como establecen la Ley de Aguas y el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
La normativa relacionada con la conservación de la fauna silvestre debe así mismo ser tomada
en consideración. La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales
y de la Flora y Fauna Silvestres y su normativa de desarrollo: el Real Decreto 1095/1989, de 8
de septiembre, por el que se declaran las especies de caza y pesca y se establecen normas
para su protección, el Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan
las especies objeto de caza y pesca comercializables y se dictan normas al respecto, y el Real
Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catalogo de Especies Amenazadas.
En relación con la Ley 4/1989 y los Reales Decretos se dictó la Sentencia 102/1995, de 28 de
junio, del Tribunal Constitucional, resolutiva de diversos recursos de inconstitucionalidad
planteados contra la Ley y de diversos conflictos positivos de competencias contra los referidos
Reales Decretos.
Guardan también relación con la gestión de la pesca las disposiciones sobre Espacios
Naturales Protegidos y ámbitos de aplicación de los Planes de Gestión (Recuperación, Manejo,
etc.) de Especies Amenazadas. Por tanto, además de la mencionada Ley 4/1989, son de
aplicación la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de Castilla y León y las
normas específicas de protección de diversos Espacios Naturales Protegidos ya declarados.
Asimismo, son de interés las normas que regulan los planes de recuperación de algunas
especies (cigüeña negra) y las que pudieran dictarse en base a los estudios específicos
existentes sobre otras especies amenazadas relacionadas con el medio acuático (ardeidas,
nutria, etc.).
El Decreto 194/1994, de 25 de agosto, que regula el Catálogo Regional de Zonas Húmedas,
contiene referencias específicas al aprovechamiento de recursos y afecta indirectamente al
aprovechamiento pesquero. En estos momentos está en fase de información pública una
revisión de dicho Decreto. En la nueva norma prevista se amplía la relación de zonas húmedas
protegidas y además está previsto que para cada zona húmeda se elabore un plan de gestión
que armonice conservación y usos. En ese plan entre otros aspectos se prevé contemplar la
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posibilidad de aprovechamientos pesqueros cuando éstos sean compatibles. Igualmente está
prevista la creación del Catálogo de Riberas Protegidas, una vez que se concluyan los estudios
de las riberas que se encuentran en desarrollo.
Relacionado con los mismos aspectos se encuentra el Real Decreto 1997/1995, de 7 de
diciembre, cuyo objeto es contribuir a garantizar la biodiversidad en el territorio en que se aplica
la Directiva 92/43/CEE, mediante la adopción de medidas para la conservación de los hábitats
naturales de la flora y fauna silvestre existentes en el territorio español. Esta disposición recoge
en sus anexos diversas especies ligadas al medio acuático y presentes en Castilla y León para
las cuales es necesario designar zonas de conservación.
También son normas de clara relación con la gestión de la pesca y conservación del medio
acuático, la Ley 28/1985, de 25 de agosto, de Aguas y su modificación por Ley 46/1999, de 13
de diciembre, y su amplio desarrollo normativo; en especial el Real Decreto 849/1986, de 11 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Son también de
gran trascendencia el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio de 1998, por el que se aprueban
los Planes Hidrológicos de Cuenca.
La vigente normativa relacionada con la protección y fomento de los montes trata de forma
indirecta o muy genérica las cuestiones relacionadas con la protección de la vegetación de
ribera o la repoblación de las mismas. Cabe mencionar como normativa relacionada la Ley de
Montes, de 8 de junio de 1957, especialmente en sus artículos 29.1, 30.1 y 42. Asimismo, el
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes
(especialmente los artículos 202, 229, 231, 233, 234, 235 y 284). También merece significarse
la Ley de 18 de octubre de 1941 sobre repoblación forestal de las riberas de ríos y arroyos y el
Real Decreto 2834/1982, de 15 de octubre, por el que se autoriza a ICONA para celebrar
convenios de colaboración con los ayuntamientos en cuyos términos existan riberas estimadas
por aquel organismo y el Decreto 15/1998, de 28 de enero, sobre mejora del entorno natural y
regeneración ecológico-forestal de Castilla y León.
El interés de las plantaciones para producción de madera de chopo en las vegas de la región
debe hacerse compatible con la protección de la vegetación de las riberas, conservando y
promoviendo la vegetación espontánea de estas zonas.
Asimismo, por su implicación en los aspectos relativos a obras en los cauces, extracciones de
áridos, instalación de centros de acuicultura, introducción de especies exóticas, etc., es de gran
interés la normativa de impacto ambiental. En el ámbito comunitario, la Directiva 85/337/CEE,
de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados
proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. En el ámbito nacional, el Real Decreto
Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, el Real Decreto
1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del
Real Decreto Legislativo 1302/1986, el Real Decreto-Ley 9/2000 y la Ley 6/2001 y en el
autonómico, el Decreto Legislativo 1/2000, que contiene el texto refundido de la ley de
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evaluación de impacto ambiental y auditorias ambientales de Castilla y León. también cabe
mencionar el Decreto 208/1995, de 5 de octubre, por el que se regulan las competencias de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de Evaluación de
Impacto Ambiental, atribuidas por la legislación del Estado y el Decreto 209/1995, de 5 de
octubre, por el que se aprueba el reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y
León.
Guardan también relación con este tema la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de
Concentraciones Parcelarias de Castilla y León y la Orden de 1 de septiembre de 1992, de la
Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se establecen normas
reguladoras para la aplicación del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental al
proceso de concentración parcelaria. Estos procesos con frecuencia afectan a la red de
arroyos, canales de drenaje y vegetación de ribera.
Igualmente la Ley 5/1993, de 21 de octubre, de Actividades Clasificadas, guarda relación con
diversos aspectos de la gestión del agua o su entorno, así como el Decreto 159/1994, de 14 de
julio, por el que se aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley de Actividades
Clasificadas.
Las disposiciones relacionadas con la minería que pueden afectar directa o indirectamente al
medio acuático son el Real Decreto 2994/82, de restauración de espacios naturales afectados
por actividades extractivas, el Real Decreto 1116/84, de contenido mínimo de los planes de
explotación y restauración de explotaciones de carbón a cielo abierto, su Orden de desarrollo y
la Orden de 20 de noviembre de 1984 sobre restauración de Espacios Naturales afectados por
actividades extractivas que desarrolla el Decreto 2994/82. Asimismo, es de gran importancia el
Decreto 329/1991, de 14 de noviembre, sobre restauración de Espacios Naturales afectados
por actividades mineras.
Es de sumo interés que la aplicación de las normas que regulan estos grupos de actividades
(clasificadas y mineras) evite, como pretendía el legislador, los casos de vertidos y
contaminaciones que alteran gravemente las corrientes de agua.
Otras normativas que guardan relación con el medio acuático son las Directivas comunitarias
relativas a la calidad exigible a las aguas habitadas por peces, y en materia de saneamiento el
Decreto 61/1991, de 21 de marzo, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba el Plan
Regional de Saneamiento y el Real Decreto 1022/1984, de 11 de abril, que regula el traspaso
de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla
y León en materia de saneamiento, encauzamiento y defensa de márgenes de ríos. El
saneamiento y depuración de aguas residuales, factor de la mayor incidencia sobre la materia
afectada, constituye, por tanto, objeto de responsabilidades de la Comunidad Autónoma.
En lo que respecta a tratados internacionales relacionados con la pesca es interesante señalar
la existencia del Reglamento de pesca en los tramos fluviales fronterizos entre España y
Portugal a excepción del tramo internacional del río Miño y de la zona marítimo-fluvial del
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Guadiana (BOE de 26 de mayo de 1992). Dicho Reglamento prevalece sobre la normativa de
Castilla y León y por tanto sería conveniente adecuarse al mismo, en lo referente a especies
pescables, tallas mínimas, cupos, fechas, etc. También merece reseñarse que existen varios
tramos compartidos con otras Comunidades Autónomas, que nacen en otras Comunidades o
tramos que discurren por territorio de Castilla y León para luego adentrarse en otra Comunidad
Autónoma. Esto tiene su importancia pues se dan casos de disposiciones diferentes para
tramos colindantes o las mismas aguas.
Tiene también importancia la normativa autonómica referente a sanidad animal,
fundamentalmente en lo que se refiere a centros de acuicultura, pues, si bien la Ley 6/1992, de
18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en
Castilla y León confiere a la Consejería de Medio Ambiente la autorización y control de los
centros de acuicultura, estos centros están sometidos a determinados controles sanitarios y de
registro como núcleos zoológicos todo ello bajo la competencia de la Consejería de Agricultura
y Ganadería. Estas normas básicas son la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de
Castilla y León y el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Sanidad Animal.
Guarda cierta relación con la gestión de la pesca en lo que se refiere a los aspectos deportivos
de esta actividad la Ley 9/1990, de 22 de junio, de Educación Física y Deportes de Castilla y
León, fundamentalmente en lo que afecta a los campeonatos.
2.3. LOS RÍOS Y OTRAS MASAS DE AGUA EN CASTILLA Y LEÓN
Varias cuencas hidrográficas recogen aguas en Castilla y León: Duero, Ebro, Norte (I, II y III) y
Tajo (ver Mapa 1).
La cuenca del Duero, con una superficie de 77.368 km2 es la más extensa y representa
aproximadamente el 82,18% de la superficie de la Comunidad Autónoma; la del Ebro, con una
extensión aproximada de 8.161 km2, supone el 8,67%; las cuencas del Norte, que ocupan
dentro del territorio de Castilla y León 4.642 km2, suponen el 4,93% del territorio; y finalmente la
cuenca del Tajo, que ocupa 3.973 km2, lo que supone el 4,22% de la superficie total de la
región.
Incluidas en las llamadas cuencas Norte, se encuentran dentro de los límites regionales: la
cabecera del río Cadagua, situado en el valle de Mena -en el NE de la provincia de Burgos-
que pertenece a la subcuenca del Nervión; el río Sil, perteneciente a la cuenca del Miño, y las
cabeceras del Sella, Cares en la provincia de León, así como el río Bullón, tributario de la
subcuenca del Deva, situado en la provincia de Palencia, y el río Balouta, tributario de la
subcuenca del Navia, en la provincia de León.
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Mapa 1. Unidades hidrobiológicas de Castilla y León
Fuente: Consejería de Medio Ambiente
Los ríos que nacen en los sectores septentrional y noroccidental de la orla montañosa que
enmarca la región (Sil, Esla, Pisuerga) son los de mayor caudal, ya que es en esta zona donde
se da la mayor aportación por precipitaciones y por la fusión de las nieves. De modo similar
influye la configuración morfológica, el borde montañoso canaliza las escorrentías a ambos
lados de las divisorias: por un lado, hacia el interior de la región, organizando una gran cuenca
fluvial, la red del Duero. Por otro, propicia el fluir de las aguas hacia otras cuencas exteriores a
Castilla y León como son la del Tajo, la del Ebro y la Norte.
Por lo que respecta a los recursos hidráulicos netos que circulan por los cauces de las distintas
cuencas hidrográficas de la Comunidad Autónoma, su distribución anual es la siguiente: 2.400
hm3 en el sistema Sil-Miño, perteneciente a la cuenca Norte, 1.700 hm3 en la cuenca del Ebro y
1.500 hm3 en la cuenca del Tajo. En la cuenca del Duero la precipitación anual media es de
unos 48.000 hm3 de los cuales vuelven a la atmósfera unos 32.000 hm3. Los restantes 16.000
hm3 se distribuyen entre los cauces superficiales, 14.000 hm3 y los aportes a los acuíferos
subterráneos, 2.000 hm3.
Dada la importancia estructural y territorial que posee la cuenca del Duero en la Comunidad
Autónoma de Castilla y León, resulta conveniente detallar sus características. El río Duero es el
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primero de la Península Ibérica por la extensión superficial de su cuenca, aproximadamente
unos 78.952 km2, de los cuales el 98,32% se encuentra dentro de los limites de Castilla y León.
Además es el segundo río por su longitud, 913 km y por su caudal, 570 m3/sg. El Duero por
otra parte es el río peninsular que se encuentra a mayor altitud media, cerca de 700 m y que, a
la vez, presenta una menor pendiente que, en grandes tramos, no supera el 0,8%. El perfil
longitudinal del río marca, sin embargo, tres escalones bien diferenciados que encuentran
correlación con otras tantas zonas geomorfológicas de la cuenca.
Posee una importante red de afluentes, destacando por su margen derecha, los ríos Pisuerga y
Esla, que debido a su origen montañoso suministran las mayores aportaciones de todos sus
afluentes. Aportaciones que contrastan enormemente con las recibidas por los afluentes de su
margen izquierda y cuyo origen son las escasas precipitaciones originadas en las llanuras
centrales. También se caracteriza por tener un régimen pluvionival, como corresponde al origen
montañoso de sus afluentes y de él mismo.
Debido a todo ello, el caudal del río Duero aumenta entre noviembre/diciembre a marzo/abril,
coincidiendo con el periodo de máximas precipitaciones y de los deshielos en las montañas.
Sin embargo, en verano sufre un gran descenso como corresponde a una región que padece
una acusada aridez estival, aunque el hecho de que sus afluentes principales (Esla y Pisuerga)
tengan su origen en la montaña hace que la disminución no sea tan extrema como en otros
cursos de la meseta.
En las Tablas 1 a 4 se recogen por cuencas los ríos más representativos y la longitud
aproximada de sus cursos principales.
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Tabla 1. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Duero
RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª AFLUENTE 3ª LONGITUD (Km)DUERO 684,0
REVINUESA 17,3RAZÓN 32,3
Tera (Soria) 33,9RITUERTO 45,0ESCALOTE 42,5UCERO 41,5
Avión 14,9GROMEJÓN 38,2RIAZA 104,0DURATÓN 106,6CEGA 133,1
Pirón 88,0PISUERGA 275,0
Burejo 37,7Valdavia 71,0Odra 65,5Arlanzón 122,4
Urbel 51,7Los Ausines 22,1Arlanza 159,6
Carrión 178,5Ucieza 68,5Vladeginate 69,6
Esgueva 116,1ADAJA 163,5
Eresma 124,0Moros 62,5Voltoya 94,5
ZAPARDIEL 100,0BAJOZ 53,0GUAREÑA 63,2VALDERADUEY 146,1
Sequillo 116,0ESLA 275,0
Yuso 30,2Porma 79,0
Curueño 47,5Bernesga 76,8
Torío 60,0Cea 157,5Órbigo 161,7
Luna 69,3Omaña 50,0Tuerto 64,2Duerna 54,2Eria 49,0
Tera (Zamora) 139,0Negro 54,4
Aliste 68,8TORMES 247,1
Aravalle 11,5Almar 72,3
LAS UCES 29,8HUEBRA 122,5
Yeltes 116,5Camaces 52,0
AGUEDA 132,9Mayas 17,3
Fuente: Elaboración propia
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Tabla 2. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Norte
RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª AFLUENTE 3ª LONGITUD (Km)SIL 185,5
BOEZA 56,0CÚA 61,4
Ancares 17,4Burbia 40,1
Valcarce 3,8SELMO 35,2CABRERA 57,3BIBEY 23,0
NAVIA (*) 0BALOUTA 8,0
SELLA 9,8CARES 48,1DEVA (*) 0
BULLÓN 3,0NERVIÓN (*) 0
CADAGUA 22,7Ordunte 12,4
(*) El río principal no transcurre por Castilla y León.
Fuente: Elaboración propia
Tabla 3. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Ebro
RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª LONGITUD (Km)EBRO 111,0
RUDRÓN 34,5OCA 70,6NELA 15,0
Trema 14,5Trueba 45,4Salón 17,5
JEREA 38,0ORONCILLO 22,6AYUDA 26,0TIRÓN 38,0NAJERILLA (*) 0
Neila 15,0JALÓN 45,0
Nágima 39,7(*) El primer afluente no transcurre por Castilla y León.
Fuente: Elaboración propia
Tabla 4. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Tajo
RIO AFLUENTE 1ª LONGITUD (Km)ALBERCHE 73,7TIÉTAR 72,1ALAGÓN 88,7
FRANCIA 21,2CUERPO DE HOMBRE 40,0
Fuente: Elaboración propia
En lo que se refiere a las aguas embalsadas y lacustres, Castilla y León posee un cuantioso
número de embalses, así como una enorme serie de humedales, zonas encharcables y
complejos lagunares, muy importantes tanto en el ámbito regional como en el nacional.
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En el conjunto de embalses existentes en Castilla y León se pueden diferenciar dos tipos, los
de cabecera, útiles para atender a la demanda de abastecimiento y regadío fundamentalmente,
y los de tramo final, ideados para la producción de energía eléctrica.
No obstante, los embalses que existen en la región son más el resultado de la política
energética desarrollada durante el periodo posterior a la guerra civil (la mayoría fueron
construidos entre 1940 y 1970), que el fruto de un proyecto de aprovechamiento integral de los
recursos hidráulicos de la región. Por ello, buena parte de los mismos tienen como finalidad la
producción de energía eléctrica, y una minoría se emplean en tareas de regadío, así como de
abastecimiento de agua para usos urbanos, que es la función primordial que cumplen por
ejemplo, los embalses de Ordunte (sobre el Cadagua), de Arlanzón y Uzquiza en Burgos, y el
de Becerril en Ávila.
Los embalses enclavados en la cuenca del Duero regulan anualmente 8.350 hm3, es decir, el
60% de la aportación anual de esta cuenca, correspondiendo un 30% a su tramo final, y el otro
30% se localiza en las cabeceras de los ríos. Considerando que nuestra región también acoge
cabeceras de otras tres cuencas, la regulación total anual alcanza los 9.000 hm3,
representando esta cifra alrededor del 50% de la aportación total anual. De dicha regulación
total anual, algo más de la mitad se dedica para uso energético exclusivamente.
La distribución de los embalses en la región es muy desigual, con una mayor implantación en
las cabeceras septentrionales y poca o escasa en las meridionales, exceptuando la del río
Tormes. Esto motiva que las regulaciones también sean diferentes, alcanzándose regulaciones
de hasta el 30% de la aportación anual en los sistemas Esla-Porma-Orbigo-Tera y Pisuerga-
Carrión, mientras que en los ríos Duratón, Cega, Adaja, Huebra y Agueda, no se supera el
10%.
Algunos de los embalses más significativos de la región son por su gran capacidad y uso
exclusivo energético el de Ricobayo, en Zamora, con capacidad para regular 2.500 hm3 y el de
Almendra en Salamanca, con 1.100 hm3. Entre los embalses de cabecera destacan Barrios de
Luna (Luna), Porma (Porma), Riaño (Esla), Aguilar (Pisuerga), Cuerda del Pozo (Duero) y
Santa Teresa (Tormes), todos ellos en la Cuenca del Duero. Bárcena (Sil), Ebro (Ebro) y
Burguillo (Alberche), destacan también en las otras tres cuencas por su capacidad. El sistema
de grandes embalses se ve complementado con otros de pequeño volumen de acogida, cuyo
fin es garantizar el abastecimiento de agua potable a núcleos de población o procurar agua
para el riego en pequeñas áreas. En la Tabla 5 se recogen los embalses en explotación
mayores de 5 hm3.
Plan Forestal de Castilla y León
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Tabla 5. Embalses de Castilla y León en explotación mayores de 5 hm3 (año 1990)
NOMBRE RÍO CUENCA PROVINCIA Hm3
Aceña, La Aceña Tajo Ávila 23,7Burguillo, El Alberche Tajo Ávila 208,0Cogotas, Las Adaja Duero Ávila 55,5Serones Voltoya Duero Ávila 6,0Arlanzón Arlanzón Duero Burgos 22,4Ordunte Ordunte Norte III Burgos 22,2Sobrón Ebro Ebro Burgos 20,0Uzquiza Arlanzón Duero Burgos 75,0Bárcena Sil Norte I León 341,5Barrios de Luna Órbigo-Luna Duero León 308,0Campañana, La Campañana Norte I León 13,8Casares de Árbas Casares Duero León 7,0Juan Benet Porma Duero León 317,3Matalavilla Valseco Norte I León 65,0Riaño Esla Duero León 664,0Rozas, Las Sil Norte I León 28,0Villameca Tuerto Duero León 20,0Aguilar Pisuerga Duero Palencia 247,0Camporredondo Carrión Duero Palencia 70,0Cervera Ribera Duero Palencia 11,0Compuerto Carrión Duero Palencia 95,0Requejada Pisuerga Duero Palencia 65,0Águeda Águeda Duero Salamanca 22,4Aldeadávila Duero Duero Salamanca 114,9Béjar/Navamuño Angostura Tajo Salamanca 13,8Riolobos (Azud) Riolobos Duero Salamanca 12,8Santa Teresa Tormes Duero Salamanca 496,0Saucelle Duero Duero Salamanca 181,4Villagonzalo Tormes Duero Salamanca 6,0Almendra Tormes Duero Salamanca y Zamora 2.586,3Burgomillodo Duratón Duero Segovia 14,0Linares del Arroyo Riaza Duero Segovia 58,0Pontón Alto Eresma Duero Segovia 7,4Cigudosa-Valdeprado Alhama Ebro Soria 41,8Cuerda del Pozo Duero Duero Soria 229,0Monteagudo de las Vicarías Nágima Ebro Soria 9,7Rábanos, Los Duero Duero Soria 8,0San José Duero Duero Valladolid 6,0Castro Duero Duero Zamora 27,2Cernadilla Tera Duero Zamora 255,5Nuestra Señora del Agavanzal Tera Duero Zamora 35,9Puente Porto Segundera Duero Zamora 23,0Ricobayo Esla Duero Zamora 1.200,0San Sebastián Bibey Norte I Zamora 45,0Valparaíso Tera Duero Zamora 162,4Villalcampo Duero Duero Zamora 66,0
Fuente: Anuario Estadístico de Castilla y León 1999. Consejería de Economía y Hacienda
Desde el punto de vista del conjunto de masas de aguas lacustres, Castilla y León posee
innumerables zonas encharcables, humedales y complejos lagunares. En total se puede hablar
de alrededor de tres mil masas de agua, la mayoría charcas y lavajos, que se distribuyen
principalmente por la mitad occidental de la región.
El conjunto de masas de agua es muy diverso y admite una clasificación basada principalmente
en la duración del periodo de inundación y en la mineralización. A continuación se da una
visión general de los complejos de zonas húmedas que se desarrollan en Castilla y León,
V10 Gestión piscícola
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siguiendo la pauta marcada por su división natural: áreas de montaña, depresión del Bierzo,
penillanuras occidentales, parameras septentrionales y ambientes esteparios.
I. Lagunas de la orla montañosa
Todas son de origen glaciar y algunas alcanzan la categoría de verdaderos lagos por su
profundidad. Las aguas son oligotróficas, muy poco mineralizadas y permanentes (lagunas de
los Montes de León, de la Cordillera Ibérica, de la Sierra de Gredos y lagos de los Picos de
Europa).
II. Lagunas de la depresión del Bierzo
Pertenecen a la cuenca del Miño y son de aguas ligeramente alcalinas y mesotróficas.
III. Lagunas de las penillanuras occidentales
La densidad de lagunas en la zona de las dehesas salmantinas, abulenses y zamoranas es
muy elevada ya que su existencia y conservación es potenciada por los ganaderos: en total su
número sobrepasa el millar. El tipo más común corresponde a las llamadas “charcas
ganaderas”, en general profundizadas artificialmente para asegurar una permanencia mayor de
la inundación, de aguas claras y poco mineralizadas.
IV. Lagunas de las parameras de León y Palencia
Son masas de agua de pequeña extensión y someras, concentradas sobre materiales
pedregosos (rañas). De inundación temporal en su mayoría (aunque algunas de ellas han sido
profundizadas artificialmente para alargar la fase de inundación), acostumbran a ser de aguas
claras y poco mineralizadas.
V. Lagunas de Tierra de Campos
Constituyen los típicos ambientes acuáticos esteparios. Son temporales y someras, con grados
de turbidez y mineralización muy variables a lo largo de la sucesión anual. Generalmente
endorreicas, se asientan sobre materiales arcillosos y margosos, que pueden contener
proporciones variables de arena, y dependen de acuíferos profundos.
VI. Lagunas de Tierra de pinares
La mayor parte de ellas se relaciona con cauces fluviales sobre materiales cuaternarios, arenas
o gravas. Son más persistentes que las de Tierras de Campos, y de aguas más renovadas y
menos mineralizadas.
En la Tabla 6 se recogen las zonas húmedas con superficie mayor a 10 ha, incluidas dentro del
Catálogo de Zonas Húmedas de la Junta de Castilla y León.
Plan Forestal de Castilla y León
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Tabla 6. Zonas húmedas de Castilla y León con superficie mayor de 10 ha
NOMBRE PROVINCIA CUENCA SUBCUENCA SUP. (ha)Laguna del Duque Ávila Duero Aravalle 20,77Laguna del Barco Ávila Duero Tormes 10,16Laguna del Oso Ávila Duero Adaja/Revalillo 15,88Laguna Redonda Ávila Duero Arevalillo (Adaja) 12,47Laguna de Taeña Ávila Duero Adaja 14,5Laguna Negra Burgos Ebro Neila 14,08Laguna Larga Burgos Ebro Neila 12,95Lago de Carucedo. León Miño Sil 37,69Chozas de Arriba León Duero Esla 21,34Laguna de Villadangos del Páramo León Duero Orbigo 14,5Laguna Grande de Bercianos Real Camino León Duero Cea 15Turbera de Xan de Llamas León Duero Eria 200Laguna de Fuentes de Nava Palencia Duero Carrión 307,3Charca de Valdemudo Palencia Duero Carrión 12,1Laguna del Cristo Salamanca Duero Yeltes 23,94Laguna de los Lavajares Salamanca Duero Regamón 23,25Laguna del Caballo Alba Segovia Duero Eresma 18,33Laguna Tenca Segovia Duero Cega 23,76Laguna del Carrizal Segovia Duero Cega 10,88Laguna de Matisalvador Segovia Duero Duratón 181Laguna de Juan Segovia Duero Cega 390Laguna de los Llanos de la Herrada Soria Duero Duero 22,03Laguna de Lacillo Zamora Duero Tera 12,72Laguna de Sotillo Zamora Duero Tera 13,01Lago de Sanabria Zamora Duero Tera 318,75Laguna de Villarrín Zamora Duero Salado 12,7Laguna de las Salinas Zamora Duero Salado 70Laguna Salina Grande Zamora Duero Salado 192Laguna de Barillos Zamora Duero Salado 112Laguna de Castrillo Zamora Duero Duero 12,93Laguna de los Peces Zamora Duero Forcadura 10,01
Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Elaboración propia
2.4. LAS ESPECIES DE PESCA Y LAS POBLACIONES ACUÁTICAS
De los sesenta taxones de peces descritos en España que pueblan aguas continentales, treinta
y uno se encuentran presentes en Castilla y León. De éstos, veintidós tienen autorizada su
pesca en la región, si bien para tres especies (perca-sol, pez-gato y lucioperca) es obligado su
sacrificio inmediato a la pesca, al objeto de evitar su propagación.
La presencia de especies introducidas, al igual que ocurre en el resto de la Península Ibérica,
es notable: en torno al 33% de los taxones presentes.
Algunas especies y otros taxones fueron introducidos hace siglos, otros hace décadas por
iniciativas oficiales, pero la gran mayoría de las introducciones han sido realizadas ilegalmente,
algunas en los últimos años.
Existen además tres especies de cangrejos en Castilla y León, de las que solamente una de
ellas es nativa, el cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes).
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De las diecinueve especies de anfibios registradas en la región cuatro de ellas son ranas;
únicamente la rana común no está catalogada y solo tiene interés pesquero en algunas
comarcas.
En la temporada de pesca 2000 se ha autorizado la captura de las veintidós especies, de las
cuales once son introducidas, que figuran en la Tabla 7.
Tabla 7. Especies pescables en la temporada 2000
Trucha común (Salmo trutta fario)Trucha arcoiris (Oncorhynchus mykiss) (i)Hucho o salmón del Danubio (Hucho hucho) (i)Salvelino (Salvelinus fontinalis) (i)Anguila (Anguilla anguilla)Barbo común (Barbus bocagei)Barbo de Graëlls (Barbus graellsi)Barbo colirrojo (Barbus haasi)Bermejuela (Rutilus arcasii)Boga (Chondrostoma polylepis)Madrilla (Chondrostoma miegii)Cacho, escallo o bordallo (Leuciscus carolitertii)Cachuelo (Leuciscus pyrenaicus)Carpa (Cyprinus carpio) (i)Carpín (Carassius auratus) (i)Gobio (Gobio gobio) (i)Tenca (Tinca tinca)Black-bass o perca americana (Micropterus salmoides) (i)Perca–sol (Lepomis gibbosus) (i)Lucio (Esox lucius) (i)Lucioperca (Sander lucioperca) (i)Pez gato (Ameiurus melas) (i)
(i): especies introducidasFuente: Consejería de Medio Ambiente
A esta relación de peces hay que añadir, como especies de pesca autorizada, el cangrejo rojo
(Procambarus clarkii) cuya pesca se permite en ocho de las nueve provincias, y el cangrejo
señal (Pacifastacus leniusculus) cuya pesca se autoriza en determinadas aguas de las
provincias de Soria, Burgos y Segovia. De este último se están realizando además
introducciones controladas en las provincias de León, Palencia y Zamora, siempre
salvaguardando las zonas con poblaciones relícticas de cangrejo autóctono (Austropotamobius
pallipes).
Igualmente, en determinadas masas de agua de las provincias de Ávila, León, Salamanca,
Segovia, Soria y Zamora, se autoriza la pesca de la rana común (Rana perezi).
Plan Forestal de Castilla y León
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Otras especies de peces introducidas y autóctonas existentes en la región, pero para las que
no se autoriza su pesca, son las incluidas en la Tabla 8.
Tabla 8. Especies no pescables en la temporada 2000
Salmón plateado (Oncorhynchus kisutch) (i)Piscardo (Phoxinus phoxinus) (i)Pez lobo (Barbatula barbatula) (i)Gambusia (Gambusia holbrooki) (i)Calandino (Leuciscus alburnoides)Pardilla (Rutilus lemmingii)Lamprehuela (Cobitis calderoni)Colmilleja (Cobitis paludica)
(i): especies introducidasFuente: Consejería de Medio Ambiente
La única especie de pez presente en Castilla y León que se encuentra incluida en el Catálogo
Nacional de Especies Amenazadas es el blenio o fraile (Salaria fluviatilis).
Ocasionalmente se han encontrado especies procedentes de escapes de piscifactorías en
experiencias no autorizadas de cultivo. Cabe citar el caso reciente de la suelta ilegal de varios
cientos de ejemplares de esturión siberiano (Accipenser naccari) en el río Duratón, cerca de su
confluencia con el río Duero, si bien parece que esta especie no ha prosperado.
El conocimiento de la distribución e importancia de las poblaciones se reduce a los datos de los
estudios hidrobiológicos promovidos por la Consejería realizados hasta la fecha, y a algunos
pocos estudios e inventarios realizados anteriormente (en ciertos casos hace más de 15 años).
Recientemente y promovido por el Ministerio de Medio Ambiente se está completando el
inventario y atlas de distribución de especies piscícolas orientado a la aplicación de la Directiva
Hábitats. Este atlas lo está desarrollando el Consejo Superior de Investigaciones Científicas
con la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente. Sí existen conocimientos detallados
de algunas provincias, sirva de ejemplo el inventario de especies y atlas elaborado en la
provincia de Salamanca.
En lo que se refiere al manejo de poblaciones cabe citar las repoblaciones, las introducciones y
los descastes y controles, aparte de eventuales operaciones de salvamento de poblaciones.
Las repoblaciones que habitualmente se venían efectuando se realizaban con ejemplares de
trucha común procedentes de las piscifactorías oficiales. Las sueltas en los cotos intensivos se
realizan con ejemplares de trucha arcoiris adquiridos en piscifactorías privadas. El régimen de
repoblaciones con trucha común se ha reducido mucho en los últimos años. Además, a raíz de
disponerse de datos sobre la situación genética de las poblaciones salvajes, las repoblaciones
se han limitado a tramos ya introgresados. Por otra parte, se ha reducido la talla de suelta
buscando minimizar costes y aportar ejemplares con mejor presencia.
V10 Gestión piscícola
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En el río Tormes en la provincia de Salamanca se realizan sueltas regulares con ejemplares de
hucho, y están programadas en el mismo río reintroducciones de boga destinadas a potenciar
sus poblaciones naturales, esquilmadas por los lucios.
Así mismo, se han realizado introducciones controladas de larvas de cangrejo señal.
Igualmente se ha realizado alguna experiencia de traslocación de cangrejos autóctonos que en
estos momentos está en fase de seguimiento. En el año 1999 se han realizado
reintroducciones de anguila en las provincias de Ávila y Zamora.
En las zonas en las que la presencia de lucios se estima incompatible con la persistencia de las
poblaciones naturales, se vienen intensificando los descastes (tramos bajos de diferentes ríos
en las provincias de León, Salamanca y Zamora).
En determinados tramos donde se producen explosiones poblacionales de boga se efectúan
descastes masivos (cabeceras de algunos embalses en León, Palencia y Ávila).
Se han intentado descastes de cangrejo señal en algunos enclaves donde habían sido
introducidos ilegalmente.
Se han realizado operaciones de salvamento de poblaciones pesqueras en casos de vertidos
detectados a tiempo o en determinados casos de vaciado de embalses (provincias de Segovia
y Palencia).
También se han hecho diversos manejos de poblaciones naturales de trucha común en las
provincias de Ávila, León y Zamora, fundamentalmente destinados a evitar las mortandades
por el estiaje en arroyos y tributarios. Además, en la provincia de Ávila se han realizado
abundantes traslocaciones de alevines desde las gargantas a los cursos principales,
destinadas a aprovechar la sobreproducción de dichas gargantas.
2.5. LA OFERTA Y LA DEMANDA DE LA PESCA RECREATIVA
La gran diversidad de cuencas, topografías y tipos de aguas, descritas en el apartado 2.1.3,
ofrecen una variedad de medios y especies para la pesca continental que no se encuentra en
ninguna otra Comunidad Autónoma. Quizás por ello, Castilla y León sea la de mayor
importancia truchera de España, además de contar con gran número de tramos medios y
aguas embalsadas frecuentadas por pescadores que buscan otras especies.
En lo que se refiere a tramos trucheros, las provincias con mayor prestigio y oferta son Ávila,
Burgos, León y Palencia, reuniendo entre las cuatro el 70% de los cotos de pesca y el 69% de
los kilómetros acotados.
Además de las aguas trucheras de libre acceso, existe una variada oferta de tramos acotados
para la pesca. El número de cotos para la pesca de salmónidos se ha mantenido en los últimos
quince años entre los 142 y 159 cotos. Actualmente son 150 y, contrariamente a lo que suele
pensarse, el número de kilómetros acotados (con variaciones de unos años a otros) ha sufrido
Plan Forestal de Castilla y León
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una tendencia descendente, pasando de algo más de 930 kilómetros en el año 1984 a 830
kilómetros en el año 2000.
El número de cotos de ciprínidos es escaso, si bien el aumento de presión sobre estos tramos
provoca una demanda creciente de creación de cotos, existiendo actualmente seis acotados
con un total de 170,8 hectáreas de aguas embalsadas y 1 kilómetro de río.
Los tramos vedados hoy en día son 221, aunque su ubicación y extensión puede variar en
breve a tenor de los resultados de los estudios hidrobiológicos de los ríos y de los estudios
genéticos de la trucha común.
En lo que se refiere a la llamada pesca “sin muerte” o “captura y suelta”, cabe reseñar su
aparición y evolución en Castilla y León. El aumento en la demanda de pesca y una evidente
reducción en las capturas en aguas trucheras motivó que en el año 1992 se declarara el primer
coto "sin muerte", aunque ya desde el año 1986 se incluyeron días "sin muerte" en 17
acotados. Es en el año 1995 cuando la representación de este tipo de cotos cobra un mayor
auge, siendo actualmente 23 los cotos sin muerte y 38 los que tienen días o periodos sin
muerte. Este tipo de cotos, en su conjunto, suponen actualmente cerca del 41% del total de
acotados.
Asimismo, en el año 1997 se crean los primeros tramos trucheros libres "sin muerte" (7
repartidos en seis provincias). En estos tramos, para acceder a la pesca no se requiere más
que la licencia, usar solamente ciertos señuelos autorizados y devolver vivas a las aguas todas
las capturas. Para el año 2000 son 26 los “tramos libres sin muerte” declarados, que cubren
algo más de 74 kilómetros destinados a esta modalidad.
La pesca en aguas continentales ha venido cobrando en los últimos años un gran auge como
actividad recreativa. La facilidad de transporte y acceso a las diferentes masas de agua, el
aumento de recursos económicos disponibles y un mayor tiempo de dedicación al ocio, han
motivado que un creciente número de personas se acerquen a ríos, lagos y embalses a
practicar la pesca sobre diferentes especies y bajo diversas modalidades.
El aumento en el número de licencias de pesca es un buen indicador. En Castilla y León el
aumento en la expedición de licencias ha sido notable. Si en el año 1950 eran casi 9.000 las
licencias expedidas, en el año 1991 fueron en torno a 143.000 (el 5,56% de la población) y en
el año 1999 ascendió a algo más de 177.000 licencias (ver Tabla 9).
Tabla 9. Número de licencias y permisos de pesca expedidos en el periodo 1994-1999
AÑOS 1994 1995 1996 1997 1998 1999
Nº LICENCIAS 160.254 163.967 175.798 175.035 181.240 177.218Nº PERMISOS 152.522 124.112 117.061 118.637 125.891 130.008
Fuente: Consejería de Medio Ambiente
V10 Gestión piscícola
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En el Gráfico 1 se puede observar la evolución alcista del número de licencias en la década de
los noventa.
Gráfico 1. Evolución del número de licencias de pesca
0
20000
40000
60000
80000
100000
120000
140000
160000
180000
200000
1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999
Nº L
ICEN
CIAS
Fuente: Consejería de Medio Ambiente
Castilla y León ha sido históricamente la región con mayor atractivo para la pesca continental.
Todavía hoy en día encabeza la lista nacional de licencias expedidas (entorno al 20%), seguida
por Castilla-La Mancha (13%), Galicia (11,5%) y Extremadura (10%).
El crecimiento de la demanda para el sorteo de cotos de pesca de salmónidos es otra muestra del
creciente interés por la pesca. En el conjunto de los últimos cinco años más de 6.000 nuevos
pescadores de trucha se han incorporado a los sorteos de cotos.
Para atender a este incremento en la demanda de pescadores es necesario mejorar el método de
adjudicación de cotos y de expedición de permisos y licencias de pesca. El actual sistema de
adjudicación y distribución de cotos es complejo y poco flexible, especialmente para los
pescadores de fuera de la Comunidad Autónoma (nacionales y extranjeros), a los que
prácticamente no se les da ninguna opción si previamente no han participado en el sorteo de
adjudicación de cotos. El trámite administrativo de la expedición de permisos requiere la
comunicación entre administración y administrado en cuatro ocasiones, lo que hace de la
expedición de permisos una gran carga administrativa. A menor escala también existen
dificultades en renovación de licencias, aunque se están dando los primeros pasos para agilizar
esta cuestión.
Plan Forestal de Castilla y León
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2.6. LA GESTIÓN DE LA PESCA. BASES DE CONOCIMIENTO
La gestión de la pesca debe apoyarse en una adecuada ordenación del recurso. Para ello, es
necesario disponer de unas bases de conocimiento razonables, tanto de las poblaciones
acuáticas como del medio físico que las sustenta. Parte de esa información se consigue a
través de los estudios hidrobiológicos, que son en sí inventarios de los recursos de la cuenca
afectada.
Aunque existían algunos estudios del medio físico y biológico realizados en la región desde el
año 1982, algunos de ellos emprendidos desde la propia Junta de Castilla y León, no es hasta
el año 1993 cuando se inician, conjuntamente con los estudios genéticos de la trucha común,
los primeros estudios de cuencas trucheras directamente destinados a ajustar la gestión de
pesca a la premisas antes planteadas. Se realizan estos primeros estudios en la provincia de
León, abarcando toda la cuenca del río Porma. A la vista de los resultados obtenidos, se
procedió a revisar los criterios de gestión en esta cuenca. Tras la primera revisión del plan de
gestión adoptado, los controles de las poblaciones pesqueras han demostrado los beneficios
de las decisiones adoptadas. Desde el año 1994 se han realizado dieciocho nuevos estudios
en Castilla y León. También se han realizado estudios a menor escala en tramos concretos que
exigen gestiones muy específicas. Actualmente están en fase de ejecución otros nueve
estudios hidrobiológicos. Estos estudios han sido planificados y financiados por la Consejería
de Medio Ambiente, y ejecutados por empresas especializadas. Como caso especial cabe citar
el convenio suscrito con IBERDROLA para la realización de estudios y mejoras en el río Negro
y en el tramo medio del río Tera en la provincia de Zamora.
En el análisis de las diferentes especies acuáticas es preciso comentar las labores
desarrolladas en especies de gran interés, como es el caso de los cangrejos (autóctono y
señal), el blenio -único pez presente en la región de los incluidos en el Catálogo Nacional de
Especies Amenazadas- y la trucha -especie con mayor interés piscícola de la región-.
En el caso de la gestión del cangrejo, tras la brusca desaparición de la mayoría de las
poblaciones de cangrejo autóctono se inician algunos estudios de seguimiento en el año 1982,
extendiéndose a todas las provincias de Castilla y León en el año 1984, y continuándose de
forma regular en la mayoría de las provincias de tradición cangrejera (Burgos, León, Soria y
Zamora). Se han realizado estudios generales de la situación de las especies de cangrejo en
las provincias de Palencia y Segovia, y se está concluyendo un estudio similar en la provincia
de Valladolid. Las medidas legales dictadas sobre prohibición de comercialización en vivo del
cangrejo rojo se han mostrado, en general, poco eficaces, siendo excepcional la provincia en
que las diferentes autoridades implicadas aplicasen esta prohibición. Esto motivó que en el año
1996 se derogase la norma de prohibición ante los conflictos con la comercialización de
cangrejo rojo procedente de otras regiones. Respecto al cangrejo señal, si bien las primeras
introducciones en Castilla y León fueron ilegales, posteriormente ante la opinión de algunos
ámbitos científicos y técnicos se iniciaron introducciones en varias provincias (Burgos, León,
V10 Gestión piscícola
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Zamora y Palencia). El criterio adoptado en estas introducciones ha sido respetar las zonas de
presencia actual o potencial de cangrejo autóctono y ocupar los sectores de previsible invasión
por el cangrejo rojo. En todas las provincias donde se han realizado introducciones autorizadas
se viene haciendo un seguimiento regular de las mismas.
En lo que respecta al blenio, como única especie de pez presente en la región incluida en el
Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, no se disponían de estudios ni datos sobre su
situación en Castilla y León. A finales del año 1999 desde la Consejería de Medio Ambiente y
con la cofinanciación mediante fondos de la Unión Europea se contrata un estudio para la
evaluación de la situación de la especie en la provincia de Burgos. Es esta provincia la única
donde se conoce su presencia, por lo que se pretende determinar de forma precisa su actual
situación, el conocimiento de las variables de su hábitat y de las circunstancias que pueden
venir comprometiendo su supervivencia o recuperación.
En lo que se refiere al conocimiento de la variabilidad genética de la trucha común, es
conveniente indicar que sólo hace unos pocos años que se descubrió la diversidad genética de
la trucha común y la peculiaridad de los ecotipos ibéricos. Los primeros estudios realizados
sobre algunas poblaciones españolas pusieron en evidencia la introgresión genética, causada
mediante las repoblaciones realizadas. Aunque no resulta justo criticar desde los
conocimientos de hoy en día las actuaciones de hace décadas, lo cierto es que los primeros
estudios realizados en Castilla y León han demostrado que existe un número apreciable de
tramos con introgresión genética, como por otra parte ha ocurrido en el resto de España. Por lo
que no sólo no estaba justificada la distorsión genética de ningún tramo más, sino que era
necesario emprender estudios detallados para conocer el estado genético de las poblaciones
trucheras. Los estudios genéticos de la trucha común empiezan a realizarse por la entonces
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el año 1993, en la provincia de
León. En el año 1996 se abordó un estudio a gran escala, abarcando el resto de provincias,
habiéndose controlado hasta la fecha más de 190 poblaciones trucheras, siendo ya el estudio
de mayor escala realizado a nivel nacional. Es previsible que, en un plazo muy breve, puedan
completarse la toma de muestras y su caracterización genética, que alcanzará en total a más
de 220 enclaves.
Por otra parte, es necesario considerar la situación de otros grupos de especies presentes en
la región.
Así es el caso de las poblaciones de ciprínidos, cuyos niveles se desconocen, existiendo
indicios claros de regresión de varias especies. Sería conveniente plantear planes de gestión
para bogas, madrillas, cachos, carpines y barbos, con criterios semejantes a los ya
establecidos para la trucha común.
En lo que se refiere a la rana común, especie para la que se ha autorizado la pesca en algunas
zonas, en la actualidad no se conoce con suficiente detalle el estado de sus poblaciones y sus
niveles de explotación. Asimismo, se desconoce el solapamiento con poblaciones de anfibios
Plan Forestal de Castilla y León
- 24 -
protegidos y la incidencia de la pesca sobre estas últimas. Tampoco se tienen datos
estimativos de la demanda social de esta actividad ni de la presión de pesca que se está
efectuando sobre las poblaciones explotadas. Esta situación hace necesario acometer los
estudios previos que proporcionen información suficiente para conocer la distribución real de
las poblaciones de rana común en la Comunidad Autónoma, su estado de conservación y las
posibilidades reales de explotación, para a partir de ellos realizar una planificación de la
gestión.
Un factor importante a considerar y que afecta directamente a la gestión de la pesca es la
creciente construcción de minicentrales y embalses que pueden provocar, entre otros efectos,
el fraccionamiento de los ecosistemas fluviales. Además, la detracción de una parte
significativa del caudal puede comprometer la existencia de las poblaciones de fauna y flora
acuática aguas abajo de los obstáculos que suponen esas instalaciones. De ahí la importancia
de evaluar adecuadamente el llamado caudal ecológico, línea en la que se están llevando a
cabo importantes esfuerzos desde 1992 por parte de la Consejería de Medio Ambiente.
Si bien la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de protección de los ecosistemas acuáticos y de
regulación de la pesca en Castilla y León establecía en sus artículos 5 y 6 una serie de
condiciones respecto a los caudales ecológicos, la Sentencia del Tribunal Constitucional de 21
de mayo de 1998, estableció la no competencia de la Junta de Castilla y León en estas
materias, las cuales quedaban bajo la exclusiva competencia estatal. Considerando los
perjuicios que para el mantenimiento de los ecosistemas acuáticos podría suponer el seguir
manejando fórmulas no adecuadas de cálculo, o porcentajes fijos sobre el caudal medio
interanual (claramente insuficiente en la mayoría de los casos), la Consejería decidió a
mediados del año 1999 abordar nuevos estudios que completasen el conocimiento de los
caudales mínimos necesarios en las diferentes subcuencas. Se fijaron como prioritarias las
zonas trucheras, y en especial los tramos en los que estuviesen previstas nuevas minicentrales
o embalses, o que por sus condiciones topográficas y de caudal disponible pudieran ser objeto
de nuevas solicitudes para el aprovechamiento hidroeléctrico. Así, en estos momentos se están
concluyendo los análisis de caudales en ocho provincias, con cerca de 130 tramos en estudio.
Esto permitirá disponer de argumentos técnicos de peso en aquellos trámites en los que la
Consejería preceptivamente debe y puede emitir informe respecto a nuevas minicentrales y
embalses pretendidos.
2.7. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LAS ACTUACIONES DE MEJORA
Considerando que la mayoría de los estudios hidrobiológicos se han realizado en fechas
relativamente recientes, tan sólo existen algunos planes de gestión preparados.
Desde 1994 hasta 1999 se han concluido los estudios hidrobiológicos realizados en los ríos
más importantes de la región:
• Alto Tormes (Ávila).
V10 Gestión piscícola
- 25 -
• Pedroso (Burgos).
• Porma (León).
• Alto Esla (León).
• Luna-Orbigo (León).
• Omaña (León).
• Cúa (León).
• Alto Luna (León).
• Duerna (León).
• Burbia (León).
• Esla Medio (León).
• Alto Carrión (Palencia).
• Tormes Medio (Salamanca).
• Cega (Segovia).
• Ucero (Soria).
• Alto Duero y Tera (Soria).
• Cea (Valladolid).
• Alto Tera (Zamora).
Finalizados dichos estudios, sin haberse conformado un verdadero plan de gestión se han
adoptado una serie de medidas de gestión que afectan al destino de los diferentes tramos, a la
ordenación del aprovechamiento y al medio físico que sustenta a las poblaciones acuáticas.
Las principales medidas de gestión consideradas son:
• Creación de tramos libres sin muerte.
• Aumento de cotos sin muerte.
• Creación de nuevos vedados.
• Regulación del uso de cebo natural y de determinados aparejos.
• Reducción de la presión pesquera.
• Aumento de las tallas mínimas.
• Realización de repoblaciones en el río.
• Realización de descastes de especies (lucio, bogas, etc.).
• Realización de controles poblacionales.
• Construcción de barreras contra la progresión de determinadas especies
(principalmente lucio y bogas).
• Limpieza de frezaderos.
Plan Forestal de Castilla y León
- 26 -
• Defensa de márgenes.
• Revegetación de orillas.
• Instalación de pequeñas presas sumergidas destinadas a mantener a las
poblaciones en periodos de estiaje.
A lo largo de este proceso de los últimos cinco años, se ha llegado a definir el contenido y
formato conveniente de un plan de gestión. No obstante, no existe un modelo formalmente
aprobado para los mismos. Se considera que el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos
previsto en la Ley 6/1992, debiera ser el instrumento para su definición.
El plan de gestión de la subcuenca del río Ucero, redactado en el año 1999, puede
considerarse como la referencia básica para futuros planes de gestión.
Cada plan de gestión debe ser redactado para una subcuenca, y partir del estudio
hidrobiológico previo. Además, es conveniente analizar la demanda pesquera, mediante
encuestas en la tramitación de licencias o permisos y encuestas a pie de río. Con toda esta
información se realizará un diagnostico de la subcuenca y una propuesta de zonificación en
tramos, de los diferentes tipos contemplados en la normativa (libre, libre sin muerte, acotado,
etc.). El plan de gestión debe incluir un plan de pesca y un plan de mantenimiento y mejoras. El
plazo de vigencia debería ser de unos tres años.
Siguiendo la estructura fijada para el plan de gestión del Ucero está previsto redactar durante el
año 2000 los planes de gestión de las cuencas del Alto Carrión, el Medio Carrión y el Medio
Pisuerga.
En lo que respecta a otras especies, es importante reseñar que durante el año 1999 se
concluyó el documento Bases para la elaboración del Plan de Protección del Cangrejo
Autóctono en Castilla y León. En base a este documento está previsto redactar el plan
definitivo y proceder a su debate y aprobación.
Se considera conveniente concluir el cambio de directrices en la política de repoblaciones de la
trucha. Se recomienda limitar las sueltas con ejemplares con talla pescable a cotos intensivos
situados en lugares muy determinados, para evitar la contaminación genética y la presión sobre
las poblaciones residentes. Las repoblaciones en general deberían llevarse a cabo con
ejemplares de poca talla (jaramugos), de ecotipos adaptados a los contados tramos en que
fuera estrictamente necesario complementar la población residente.
Aparte de las mejoras descritas en párrafos precedentes pueden citarse numerosas acciones
emprendidas en otros tramos y en esos ríos ya citados pero no incluidas en los planes
preparados. En este sentido cabe mencionar algunas mejoras efectuadas por colectivos de
pescadores con financiación de la Consejería de Medio Ambiente y que se explican en el
apartado 2.1.10. Estas actuaciones, si bien no han tenido gran extensión, tienen en algunos
casos gran importancia por su efecto demostrativo.
V10 Gestión piscícola
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También tienen gran importancia las actuaciones desarrolladas durante el año 1999 y 2000,
cofinanciadas con fondos de la Unión Europea (Programa Interreg IIC). Estas actuaciones
supondrán en torno a los 345 millones de pesetas de inversión, y se están desarrollando en las
provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora. Entre otras, se están ejecutando las
siguientes tareas:
---- Construcción y reparación de pequeñas presas de troncos y piedras.
---- Pequeñas presas de escollera y arcilla.
---- Diques de retención para corrección de cárcavas.
---- Escolleras para la defensa de márgenes.
---- Deflectores.
---- Refugios de orilla.
---- Mejora de frezaderos y limpieza de fondos.
---- Limpieza de márgenes.
---- Revegetación de orillas.
---- Arreglo de cauces.
Aparte de estas actuciones se han desarrollado otras puntuales en diversos ríos de las
provincias de Segovia, Valladolid y Zamora. Además, en todas las provincias y desde hace
años, se ejecutan regularmente labores de adecuación del medio destinadas a los pescadores.
2.8. LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y LOS USUARIOS
Como se ha apuntado, existen diversas administraciones implicadas en la gestión del medio
acuático y numerosos departamentos que en sus labores de planificación o gestión inciden
sobre el mismo.
En la Administración del Estado posee competencias el Ministerio de Medio Ambiente tanto a
través de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas como a través de la Secretaría de Estado
de Medio Ambiente. Las Confederaciones Hidrográficas, encargadas de la gestión del agua en
cada cuenca hidrográfica, son un organismo autónomo dependiente de la Secretaría de Estado
de Aguas y Costas. Aunque circunstancialmente la promoción o decisión respecto a
determinadas infraestructuras o planificaciones que puedan incidir sobre el medio acuático
puedan promoverse desde Ministerios como el de Agricultura, Pesca y Alimentación, o desde el
de Fomento, poseen menos incidencia por su frecuencia o competencia que el Ministerio de
Medio Ambiente.
En el ámbito autonómico la Consejería con mayor implicación es la de Medio Ambiente, en la
que intervienen en el medio acuático tanto la Dirección General del Medio Natural, como la
Dirección General de Calidad Ambiental y, por supuesto, en su estructura periférica los
Servicios Territoriales de Medio Ambiente y órganos colegiados tales como las Ponencias
Técnicas Provinciales de Evaluación de Impacto Ambiental. Igualmente tienen importancia la
Plan Forestal de Castilla y León
- 28 -
Consejería de Agricultura y Ganadería, por sus implicaciones en las cuestiones relativas a
concentraciones parcelarias, aprovechamientos para regadíos y las referentes a sanidad
animal, y la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre todo por las cuestiones
relativas a explotaciones mineras y también, aunque actualmente todavía con poca
importancia, por las cuestiones de promoción turística ligada a la pesca.
Aparte de las administraciones, de los colectivos de pescadores y pescadores no asociados,
existen otros colectivos y usuarios que muestran interés y demanda sobre el medio acuático y
su entorno. Entre ellos cabe mencionar los colectivos de carácter conservacionista, con
intereses por la preservación de diversos medios y enclaves. También existe un número
importante de usuarios relacionados con el uso recreativo, como las personas que se acercan
a lo medios acuáticos para disfrute recreativo simple, los bañistas y especialmente los
practicantes de diversas modalidades deportivas de navegación o deportes acuáticos en
general. Aunque la Ley 6/1992 preveía la posibilidad de regulación por parte de la Junta de
Castilla y León de las cuestiones en relación con la práctica de la pesca, la Sentencia del
Tribunal Constitucional anteriormente mencionada dejó claro que la exclusiva competencia
administrativa y normativa correspondía a la Administración del Estado, concretamente a través
de las Comisarías de Aguas. A la vista de los frecuentes y crecientes conflictos entre
pescadores y navegantes, con buen criterio, la Confederación Hidrográfica del Duero
(Comisaría de Aguas del Duero) promovió en el año 1999 la realización coordinada de dos
estudios que identificaran la situación de los deportes acuáticos en la cuenca del Duero en el
ámbito de los embalses y en los tramos fluviales. Está previsto que, apoyándose en los
resultados y recomendaciones de ambos estudios, las dos administraciones elaboren
conjuntamente una normativa para ordenar la navegación.
Por las razones anteriormente expuestas, es necesario establecer marcos de armonización de
las acciones de los diferentes departamentos (como el comentado anteriormente), plasmados
en protocolos de actuación y, si ello fuera necesario, en adaptaciones de la normativa vigente.
2.9. MEDIOS DISPONIBLES Y FINANCIACIÓN
Los medios adscritos a la gestión de la pesca comprenden tanto los medios personales
(personal técnico, de vigilancia y con tareas administrativas) como los equipos e información al
servicio de tareas técnicas, de vigilancia o administración. Como complemento a lo anterior, se
encuentran los medios económicos destinados al mantenimiento y renovación de
infraestructuras y equipos al servicio de la gestión pesquera (centros de acuicultura oficiales,
vehículos especiales, equipos de pesca eléctrica, equipos de análisis, etc.) como para la
ejecución de muy variadas inversiones (repoblación de cotos intensivos, adecuación de tramos
de pesca, mantenimiento o construcción de refugios y otras infraestructuras para el pescador,
operación de descaste, operaciones de rescate de fauna pesquera, restauraciones del medio
acuático y su entorno, etc.).
V10 Gestión piscícola
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En lo referente a personal, existe una Sección de Pesca responsable de su coordinación a nivel
regional y Secciones de Vida Silvestre en las nueve provincias, que tienen encomendadas al
mismo tiempo la gestión de la caza y la pesca. En conjunto la disponibilidad de técnicos es
insuficiente.
La vigilancia esta encomendada al cuerpo de agentes forestales de la Consejería de Medio
Ambiente, con la colaboración del SEPRONA de la Guardia Civil. En determinados cotos se ha
hecho preciso reforzar estas labores con personal contratado, y es evidente que las
necesidades son crecientes. Sería conveniente homogeneizar en las diferentes provincias, el
modelo de organización de este personal, especificando el cometido de las patrullas móviles de
vida silvestre y del resto de los agentes forestales. La falta de vigilancia es el problema más
grave y que más puede comprometer el éxito de la gestión de la pesca que se viene
impulsando desde hace pocos años.
Periódicamente se organizan cursos y seminarios sobre gestión piscícola dirigido a este
personal. En 1995 se organizó un curso en Saldaña (Palencia) dirigido al personal técnico, y
desde 1993 se han impartido cuatro cursos en diversas provincias dirigidos al personal de
vigilancia. No obstante es preciso incrementar la oferta de dichos cursos y la disponibilidad de
material y revistas especializadas.
En cuanto a los medios económicos destinados a la pesca, un análisis de los presupuestos de
los últimos años permite hablar de una cifra global para la gestión de la pesca en Castilla y
León en torno a los 150-160 millones de pesetas anuales. En los dos últimos años esa cifra se
ha visto incrementada con presupuestos extraordinarios solicitados con un proyecto específico
y posteriormente concedidos por la Unión Europea. Una parte importante del presupuesto va
destinado a gastos anuales fijos (mantenimiento de piscifactorías y astacifactorías, señalización
de tramos, vigilancia de tramos, etc.).
En lo referente a las piscifactorías, la existente en el Valle de Iruelas (Ávila) se ha clausurado a
finales del año 1999, a la vista de los problemas de disponibilidad de caudal en verano. La
piscifactoría oficial de la Consejería de Medio Ambiente situada en Quintanar de la Sierra se
encuentra en un grave estado de deterioro y en estos momentos se está preparando un
proyecto de rehabilitación integral de este centro; la piscifactoría de León (Vegas del Condado),
bien dotada en otros aspectos, carece de un sistema eficaz y económico de filtrado en la toma
de agua destinada a estanques; la piscifactoría de Celadilla del Río (Palencia), con una muy
buena experiencia de manejo de ecotipos autóctonos, tiene problemas con la calidad de agua
en verano; la piscifactoría de Galisancho (Salamanca) requiere mejoras urgentes en los
sistemas de filtrado general y captación para incubación, así como necesidad de nuevos
estanques y sistemas de seguridad para reciclado; y la piscifactoría de Ucero (Soria) que
requiere instalaciones complementarias para nuevos ecotipos de trucha común. En cuanto a la
pequeña astacifactoría situada en Burgos no es previsible que pueda ser apta para la
producción de cangrejo autóctono.
Plan Forestal de Castilla y León
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En cuanto a los vehículos de transporte de peces, cuentan con camiones modernos de reciente
adquisición las provincias de Burgos, León, Palencia, Segovia y Zamora. Ha realizado alguna
mejora en su vehículo la provincia de Valladolid y requieren sustitución de sus vehículos las
provincias de Ávila, Salamanca y Soria.
Todas las provincias cuentan con equipos de pesca eléctrica y algunas cuentan con una
pequeña embarcación para rescates y manejo de fauna pesquera.
Por lo tanto, será preciso solventar las carencias en medios auxiliares (vehículos, emisoras,
etc.), las insuficiencias en cuanto a piscifactorías, astacifactorías y medios y protocolos de
análisis en mortandades, así como para otras intervenciones de carácter urgente.
2.10. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PESCADORES
La participación de los pescadores en el sostenimiento de la pesca en Castilla y León se ha
reducido a la existencia de las llamadas sociedades colaboradoras. A la fecha de la redacción
del presente documento, el número de sociedades declaradas colaboradoras era de 63,
distribuidas en las distintas provincias como se detalla en la Tabla 10.
Tabla 10. Número de sociedades colaboradoras por provincia
PROVINCIA NÚMERO
Ávila 5Burgos 6León 12Palencia 10Salamanca 9Segovia 4Soria 4Valladolid 7Zamora 6
TOTAL 63
Fuente: Consejería de Medio Ambiente
La existencia de este tipo de sociedades parte de una circular del ICONA del año 1972, la cual
fijaba los requisitos para el nombramiento y revalidación de la condición de sociedad
colaboradora. La pertenencia a estas sociedades viene suponiendo una bonificación en el
importe de los permisos de pesca en acotados. Las sociedades, por su parte, se comprometen
en el documento de solicitud a colaborar con la Consejería de Medio Ambiente en la vigilancia
de las aguas continentales, a fomentar entre sus asociados actitudes responsables en la
pesca, a elaborar sugerencias a la normativa piscícola y a realizar actuaciones tangibles a
favor de la riqueza piscícola invirtiendo para ello el 75% de los ingresos de la sociedad.
V10 Gestión piscícola
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Aproximadamente, en la actualidad se expiden cerca de 20.000 “tarjetas colaboradoras” de un
total de 177.000 licencias expedidas. La tendencia es decreciente.
A pesar del elevado número de pescadores afiliados a alguna de las numerosas sociedades
colaboradoras existentes, la participación de los pescadores en actividades propuestas por
ellos mismos o por la administración es escasa, limitándose en la mayoría de los casos a la
concurrencia de un reducido número de socios, por lo que la política de reducción de precios
en los permisos a las sociedades colaboradoras debe replantearse necesariamente.
Al objeto de adecuar el funcionamiento de las sociedades colaboradoras a las necesidades
actuales de la gestión de la pesca, la Consejería de Medio Ambiente tiene en avanzado estado
de tramitación un Decreto de desarrollo de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de
los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León, en el cual se
regulará el acceso y mantenimiento de la condición de sociedad colaboradora. Se contempla
en este borrador de Decreto que la colaboración habrá de realizarse de forma efectiva y
constatable a través de la ejecución de labores integradas en programas de colaboración
establecidos. Igualmente prevé que la compensación a las sociedades que colaboren de forma
efectiva en los citados programas se haga a través de jornadas de pesca en los escenarios
deportivo-sociales.
Por otra parte y al objeto de favorecer la colaboración de los pescadores, la Consejería inició
en el año 1993 una línea de ayudas de actividades de fomento de la pesca, en la que se
subvencionan varios tipos de acciones: cursos, jornadas, elaboración de estadísticas y
encuestas, informes sobre aspectos concretos de los ecosistemas acuáticos, elaboración de
folletos y mejoras del hábitat acuático. Las líneas más solicitadas han sido la impartición de
cursillos y charlas sobre pesca y conservación de ríos, aunque ha habido algunas acciones de
mejora directa de ríos: frezaderos, deflectores y pequeñas presas rústicas. Estas subvenciones
están abiertas tanto a la Federación de Pesca de Castilla y León y sus delegaciones
provinciales, como a sociedades de pescadores y a otras instituciones y entidades públicas o
privadas sin ánimo de lucro cuya actividad se desarrolle en el territorio de Castilla y León.
En estos años se han concedido 55 subvenciones a 27 asociaciones, grupos o entidades. La
financiación media ha sido superior al 60% de la inversión prevista.
Según los datos de la memoria de la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León en el
año 1998 había 45 sociedades federadas y un total de 2.582 licencias federativas, lo que
supone menos del 2% del total de pescadores que obtienen licencia en Castilla y León.
Obviamente la Federación acoge a aquellas asociaciones y pescadores que concurren a la
pesca desde su aspecto deportivo-competitivo.
2.11. LA INFORMACIÓN A LOS PESCADORES
La información oficial prestada a los diferentes colectivos de pescadores viene realizándose a
través de los siguientes procedimientos y medios:
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---- Folleto que se edita anualmente y que recoge la normativa anual de pesca en
Castilla y León.
---- Folleto que describe las aguas declaradas trucheras en Castilla y León.
---- Libro de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas
Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León.
---- Serie divulgativa denominada Consejos a pie de río, de la cual se han editado hasta
la fecha tres números diferentes: Cómo soltar una trucha, La seguridad del pescador
y La buena educación en la pesca.
---- Memoria Anual de la Consejería de Medio Ambiente, en la cual se incluyen las
labores principales emprendidas en el año anterior, así como diferentes datos sobre
la pesca (licencias, permisos, cotos, etc.).
---- Anualmente, se celebra en León la Semana Internacional de la Trucha, en la que se
incluyen conferencias, charlas-coloquio y exposiciones relacionadas con la pesca y
su gestión.
Cabe también mencionar que en estos momentos se está concluyendo el apartado relativo a la
pesca, incluido en la página web de la Junta de Castilla y León, la cual estará en breve
accesible vía Internet.
No obstante, sería deseable una mayor difusión de las actuaciones relativas a la gestión de la
pesca, que se llevan a cabo por parte de las Secciones de Vida Silvestre, así como de los
resultados de las mismas.
2.12. LA FORMACIÓN DE LOS PESCADORES
La Ley 6/1992, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en
Castilla y León remarca como uno de sus principios generales que “La Junta de Castilla y León
potenciará la enseñanza y divulgación de todo lo relativo a los ecosistemas acuáticos y
favorecerá la investigación de los problemas y cuestiones con ellos relacionados”. Asimismo,
de forma más concreta uno de sus artículos dice que “La Junta, por sí o a través de otros
entes, fomentará la enseñanza y divulgación de las materias referentes a los ecosistemas
acuáticos como una necesidad cultural de la sociedad”.
En este sentido, las acciones desarrolladas hasta la fecha en esos aspectos comprenden tanto
las llevadas a cabo de forma directa por la Consejería de Medio Ambiente –caso de la serie
divulgativa denominada Consejos a pie de río, ya mencionada en el apartado anterior- como a
través de asociaciones de pescadores. Dichas asociaciones han realizado numerosas
actividades formativas por sí mismas o en colaboración con la Consejería de Medio Ambiente,
a través de la línea de subvenciones de fomento de la pesca explicada en el apartado 2.1.10.
Asimismo, la Consejería de Medio Ambiente, a principios del año 1999, tomó la iniciativa de
poner en marcha las denominadas Aulas del Río. Estas instalaciones se conciben como
V10 Gestión piscícola
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enclaves donde desarrollar diversas actividades formativas, fundamentalmente dirigidas a los
futuros pescadores, sin descartar la participación de colectivos de pescadores veteranos y
otros colectivos con escasas posibilidades de concurrir a tramos naturales (minusválidos). Las
primeras instalaciones se comenzaron a preparar en dicho año, dentro del espacio de la
piscifactoría del río Ucero, en la provincia de Soria, y previsiblemente comenzarán a funcionar
a mediados del año 2000. La norma que ha fijado las directrices generales de funcionamiento y
acceso a las Aulas del Río fue aprobada mediante Orden de 28 de febrero de 2000 de la
Consejería de Medio Ambiente.
Plan Forestal de Castilla y León
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3. OBJETIVOSEn materia de protección de los ecosistemas acuáticos y de gestión de la pesca en Castilla y
León, los objetivos fundamentales son:
• Conservar, restaurar y mejorar los ecosistemas acuáticos.
• Incrementar la sensibilización y la información de la sociedad en materia de conservación
de los ecosistemas acuáticos y de la pesca recreativa.
• Establecer la ordenación pesquera como instrumento imprescindible para una gestión
adecuada de los recursos pesqueros.
• Fomentar la conservación de las poblaciones autóctonas de trucha común y promover su
aprovechamiento sostenible como recurso natural representativo de Castilla y León.
• Planificar y regular la gestión de las distintas especies de cangrejos.
• Revalorizar la pesca recreativa como actividad de interés turístico y económico.
Es importante recalcar que la responsabilidad de lograr estos objetivos no descansa sólo en la
Consejería de Medio Ambiente. La dependencia de la gestión del agua hace imprescindible
que la administración gestora de los recursos acuáticos aporte también esfuerzos en pro de
dichos objetivos. Posiblemente el marco de armonización de los usos del agua sean los Planes
Hidrológicos, y a ellos habrá que incorporar los criterios de valoración de los recursos
naturales, entre ellos la pesca, para evitar su colapso en un plazo corto de tiempo. Las líneas
de actuación, acciones y medidas recogidas en este programa pueden ser referencias
susceptibles de ser trasladadas a los Planes Hidrológicos o a documentos de desarrollo de los
mismos y a otros planes de gestión de ámbito regional o local.
V10 Gestión piscícola
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4. PROPUESTA DE ACTUACIONESLa importancia histórica de la pesca en Castilla y León y su gran potencial va a exigir a corto
plazo una especial dedicación técnica y presupuestaria que permita lograr los objetivos
planteados en el apartado anterior.
La consecución de dichos objetivos se pretende lograr a través de la puesta en práctica de una
serie de medidas, que más adelante se detallan. Muchas de las mismas van a requerir una
inversión en la gestión de la pesca muy superior a la realizada en los últimas décadas, de otro
modo resultará imposible situar a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en el lugar en el
que puede y debe estar, en lo que se refiere a la conservación de los ecosistemas acuáticos y
al aprovechamiento pesquero. A ello habrá que unir un número importante de actuaciones de
índole normativo y administrativo que no supondrán inversiones específicas.
En conjunto se han estimado necesarias 68 medidas, que se han estructurado en 4 líneas de
actuación y 19 acciones. Seguidamente se presenta el esquema de la propuesta de
actuaciones para a continuación pasar a su descripción.
LINEA DE ACTUACIÓN
➥➥➥➥ ACCIÓN
➥ MEDIDA
V10.1. CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE LOS ECOSISTEMASACUÁTICOS
V10.1.1. ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS LEGALES Y PROTOCOLOS DEFUNCIONAMIENTO PARA LA SALVAGUARDA DE LOS ECOSISTEMASACUÁTICOSV10.1.1.1. Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes
V10.1.1.2. Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las
Confederaciones Hidrográficas
V10.1.1.3. Revisión de las concesiones de caudal caducadas
V10.1.1.4. Protección de la vegetación de ribera
V10.1.1.5. Optimización de la Evaluación del Impacto Ambiental de
actividades reguladas
V10.1.2. RESTAURACIÓN Y MEJORA DEL HÁBITAT ACUÁTICO Y SUENTORNOV10.1.2.1. Restauración de la vegetación de ribera
V10.1.2.2. Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza
Plan Forestal de Castilla y León
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V10.1.2.3. Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la
fauna pesquera
V10.1.2.4. Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de
pasos y escalas para peces
V10.1.2.5. Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de
saneamiento
V10.1.2.6. Evaluación y aplicación de caudales mínimos
V10.1.3. CONTROL DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE AGRESORAS PARALOS ECOSISTEMAS ACUÁTICOSV10.1.3.1. Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos
V10.1.3.2. Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de
acuicultura
V10.1.3.3. Cursos y manuales de procedimiento para el personal de
vigilancia del medio acuático
V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público
Hidráulico
V10.2. DEFINICIÓN DEL MARCO DE ACTUACIÓN DE LA GESTIÓN PESQUERA
V10.2.1. ADECUACIÓN DEL MARCO NORMATIVOV10.2.1.1. Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, de Protección de los
Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla
y León
V10.2.1.2. Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos
Acuáticos previsto en la Ley 6/1992
V10.2.1.3. Armonización normativa con otras disposiciones
V10.2.1.4. Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados
V10.2.1.5. Regulación de actividades deportivas en el medio acuático
V10.2.2. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS POBLACIONESPESQUERASV10.2.2.1. Programa de conservación genética de la trucha común
V10.2.2.2. Programa de producción y repoblación de salmónidos
V10.2.2.3. Planes de gestión de los cangrejos de río
V10.2.2.4. Planes de conservación de la fauna acuática amenazada
V10.2.2.5. Planes de gestión de zonas ciprinícolas
V10.2.2.6. Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario
V10.2.3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL MEDIO ACUÁTICOV10.2.3.1. Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios
hidrobiológicos
V10.2.3.2. Realización de estudios hidrobiológicos
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V10.2.3.3. Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes
técnicos
V10.2.3.4. Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios
Naturales Protegidos
V10.2.4. PUESTA EN VALOR DE LA INFORMACIÓN DISPONIBLEV10.2.4.1. Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la
información piscícola
V10.2.5. ORDENACIÓN DE LA ACUICULTURA PRIVADAV10.2.5.1. Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura
V10.2.6. EVALUACIÓN DE LAS NECESIDADES DE MEDIOS HUMANOSV10.2.6.1. Necesidades de personal técnico y de vigilancia
V10.2.6.2. Necesidades de formación e información para el personal
técnico y de vigilancia
V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUÍCOLAS
V10.3.1. APLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS DELOS PLANES DE GESTIÓN Y PLANES TÉCNICOSV10.3.1.1. Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros
organismos implicados en la gestión del agua
V10.3.1.2. Adecuación del régimen de gestión de tramos
V10.3.1.3. Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca
modelo
V10.3.1.4. Seguimiento de capturas y otros resultados de pesca
V10.3.1.5. Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca
V10.3.2. MEJORA DE LAS POBLACIONES PESQUERASV10.3.2.1. Declaración de zonas de protección de la diversidad genética
de la trucha común
V10.3.2.2. Restauración de poblaciones de trucha común
V10.3.2.3. Reintroducción de especies
V10.3.2.4. Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono
V10.3.2.5. Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras
V10.3.2.6. Control de especies pesqueras no deseables
V10.3.3. ADECUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS PISCIFACTORÍAS YASTACIFACTORÍAS OFICIALESV10.3.3.1. Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores
V10.3.3.2. Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de
acuicultura
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V10.3.4. SUPERVISIÓN Y AYUDAS A LOS CENTROS PRIVADOS DEACUICULTURA Y VIVEROS DE PESCA RECREATIVAV10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de
pesca recreativa
V10.3.4.2. Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de
acuicultura
V10.3.5. DOTACIÓN DE MEDIOS PARA LA GESTIÓN DE LA PESCAV10.3.5.1. Adscripción de los medios de vigilancia a las necesidades de
cada subcuenca
V10.3.5.2. Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el
SEPRONA de la Guardia Civil
V10.3.5.3. Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de
vigilancia
V10.3.5.4. Acceso a información científica y técnica para la gestión de la
pesca
V10.3.5.5. Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de
intervención
V10.4. SENSIBILIZACIÓN SOCIAL PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO ACUÁTICO YFOMENTO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA
V10.4.1. SENSIBILIZACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DELMEDIO ACUÁTICO Y LA PESCA RECREATIVAV10.4.1.1. Aulas del Río
V10.4.1.2. Realización de jornadas y seminarios
V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material divulgativo
V10.4.2. DIFUSIÓN DE LAS CONCLUSIONES Y RESULTADOS DE LASACCIONES DEL PROGRAMA DE GESTIÓN PISCÍCOLAV10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de
gestión
V10.4.2.2. Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las
poblaciones pesqueras
V10.4.3. ATENCIÓN AL PESCADORV10.4.3.1. Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y
permisos de pesca
V10.4.3.2. Diversificación y mejora de la información de interés para el
colectivo de pescadores
V10.4.3.3. Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de
pesca
V10.4.3.4. Mantenimiento de infraestructuras para el pescador
V10.4.3.5. Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías
V10 Gestión piscícola
- 39 -
V10.4.4. COLABORACIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE PESCADORESV10.4.4.1. Oferta de programas anuales de colaboración
V10.4.4.2. Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de
pescadores
V10.4.5. FOMENTO DEL TURISMO ASOCIADO A LA PESCA RECREATIVAV10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector
turístico en la promoción de la pesca recreativa
V10.4.5.2. Establecimiento de cupos de permisos turísticos
LÍNEA DE ACTUACIÓN
V10.1. CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE LOSECOSISTEMAS ACUÁTICOS
Como se ha justificado en el apartado 1. Introducción, la gestión actual de la pesca debe incidir
especialmente en los aspectos de conservación y protección de los ecosistemas acuáticos, no
centrándose en exclusiva en los aspectos del aprovechamiento pesquero. A lo largo del
apartado 2. Diagnosis se ha puesto de manifiesto la necesidad de completar el marco legal
para la protección de dichos ecosistemas, así como las deficiencias en ciertas acciones u
omisiones de diferentes sectores con intereses y responsabilidades sobre este medio.
Por ello, es necesario articular una serie de acciones de carácter normativo-administrativo, la
puesta en práctica de acciones de restauración y mejora de los medios degradados y un, cada
vez más necesario, control de las actuaciones potencialmente lesivas para el medio acuático.
En consecuencia, esta línea de actuación se centra en acciones de esta índole.
ACCIÓN
V10.1.1. ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS LEGALES Y PROTOCOLOS DE
FUNCIONAMIENTO PARA LA SALVAGUARDA DE LOS ECOSISTEMAS
ACUÁTICOS
Esta acción recoge las medidas necesarias para la adaptación de diversas normativas
relacionadas con la gestión del medio acuático o con incidencia sobre el mismo, así como la
revisión de procedimientos relacionados con actuaciones sobre dicho medio.
Medida
V10.1.1.1. Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes
Es necesario promover ante los organismos y departamentos competentes la adaptación de
diversas normativas y procedimientos vigentes, las cuales no conforman un marco de
protección suficiente para lograr una adecuada conservación de los ecosistemas acuáticos y su
entorno.
Plan Forestal de Castilla y León
- 40 -
Se propone que la nueva Ley de Montes de Castilla y León refleje el hecho de que la pesca no
ha de tener consideración de aprovechamiento forestal producido en el monte, tal y como ya
estableció la vigente Ley de Aguas.
Se considera que la futura Ley incluya la prohibición de autorización de roturaciones en
bosques naturales de ribera y sotos. También sería interesante incluir otras referencias
especificas a la protección de la vegetación de ribera y a su potencialización en la restauración
hidrológico forestal.
Medida
V10.1.1.2. Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas
Las diferencias de objetivos y funciones entre las Confederaciones Hidrográficas y la
Consejería de Medio Ambiente provocan en ocasiones una cierta descoordinación y falta de
comunicación entre las dos administraciones. Por tanto, es necesario establecer marcos de
armonización de las acciones de los diferentes departamentos, plasmados en protocolos de
actuación y, si ello fuera necesario, en adaptaciones de la normativa vigente.
Medida
V10.1.1.3. Revisión de las concesiones de caudal caducadas
Actualmente se está produciendo un proceso preocupante de tramitación de las llamadas
minicentrales (potencia ≤10 megavatios). Estas instalaciones tienen importantes efectos sobre
el medio y especialmente sobre las poblaciones de salmónidos.
Por tanto, se promoverá el análisis de la relación de concesiones para minicentrales no
operativas, molinos, canales, etc., para solicitar la revisión de aquellos que no estén en uso, y
promover mediante el correspondiente procedimiento administrativo la declaración de
caducidad y la subsiguiente anulación de la concesión. Simultáneamente, y si el caso lo
requiriese, se promoverá la restauración del cauce y la remoción de obstáculos existentes
(azudes, canales, cámaras de carga, etc.) y el cegado de canales de conducción.
Medida
V10.1.1.4. Protección de la vegetación de ribera
Se debe avanzar en la concreción de normas legales y administrativas de protección y
restauración de la cubierta vegetal de las riberas, que las sitúen en el mismo rango de interés y
protección que otras masas forestales alejadas del medio acuático.
Así por ejemplo, y relacionado con la medida V10.1.1.1, habrá que promover ante las
Confederaciones Hidrográficas la revisión de las normativas que impiden o dificultan la
restauración de la vegetación en el ámbito del Dominio Público Hidráulico.
De igual forma, deberá compatibilizarse las plantaciones para producción de madera de chopo
en las vegas de la región, con la protección y restauración de la vegetación de ribera.
V10 Gestión piscícola
- 41 -
Medida
V10.1.1.5. Optimización de la Evaluación del Impacto Ambiental de actividades reguladas
Son tres los aspectos a considerar en esta medida.
En primer lugar, es necesario mejorar los mecanismos de control de los procesos de
Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.) de las actividades que así lo tienen regulado. Por ello,
se sugiere establecer protocolos de obligado cumplimiento y control, antes de la decisión
definitiva por parte del órgano competente.
En segundo lugar, y también relacionado con la E.I.A., está el seguimiento y cumplimiento de
los condicionantes impuestos. En este aspecto se propone mejorar en la adopción de medidas
técnicas de garantía para el control del cumplimiento de las limitaciones impuestas en la
declaración de Impacto Ambiental. El objetivo es identificar las desviaciones más frecuentes y
acordar el establecimiento de nuevos métodos de control, comprobables por el personal
técnico y de vigilancia de todas las administraciones implicadas. Esta medida guarda relación
con la medida V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico.
Finalmente, es necesario proceder a la revisión de la normativa de E.I.A. y a la inclusión entre
las de obligado sometimiento al trámite de E.I.A. de nuevas actividades surgidas en los últimos
tiempos.
ACCIÓN
V10.1.2. RESTAURACIÓN Y MEJORA DEL HÁBITAT ACUÁTICO Y SU ENTORNO
Esta acción es una de las de mayor importancia dentro del presente programa y recoge las
medidas de restauración del medio acuático y de su entorno próximo. Va fundamentalmente
destinada a recomponer tramos afectados directa o indirectamente por la actividad humana.
Medida
V10.1.2.1. Restauración de la vegetación de ribera
Es necesario emprender acciones concretas de restauración de la vegetación de ribera en los
enclaves identificados como prioritarios en los estudios hidrobiológicos ya disponibles, en sus
correspondientes planes técnicos o que estuviesen reseñados en otros planes. Debe actuarse
preferentemente en los tramos en los que la ausencia de vegetación pueda favorecer procesos
erosivos y se comprometa el correcto funcionamiento de los frezaderos o se empobrezca la
capacidad piscícola potencial de dichos tramos.
Medida
V10.1.2.2. Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza
Esta medida va esencialmente dirigida a las zonas de freza de salmónidos, que suelen ser las
más afectadas por diversas acciones de origen humano. La construcción de presas y azudes
para diferentes fines han hecho inservibles numerosas zonas de freza, tanto aguas arriba como
Plan Forestal de Castilla y León
- 42 -
aguas abajo de las mismas, tanto por anegamiento como por alteración del régimen natural de
caudales. Asimismo, la actividad agrícola y la evacuación de finos desde embalses colmatados
provocan su sedimentación sobre los frezaderos. Todo ello obliga a la restauración y
mantenimiento de frezaderos en los casos en que ello es posible. En otros casos, será
necesario implantar frezaderos artificiales, si existen enclaves con condiciones para ello.
En las zonas en que el furtivismo actúe sobre los reproductores en época de freza, será
necesario establecer defensas (estaquillados, enramados, etc.) contra las artes ilegales
empleadas habitualmente.
Será asimismo necesario plantearse (sopesando su conveniencia en zonas con furtivismo), la
defensa de los frezaderos más tardíos, mediante su señalización para evitar la destrucción de
las puestas o de los alevines en eclosión o reabsorción, por pisoteo por parte de los
pescadores al principio de temporada.
Medida
V10.1.2.3. Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera
Los estudios hidrobiológicos que se vienen realizando por parte de la Consejería de Medio
Ambiente, demuestran que numerosos tramos fluviales se han visto seriamente transformados
directa o indirectamente por diferentes acciones del hombre. Esto trae como consecuencia la
desaparición, reducción o inutilización de elementos del medio acuático esenciales para
diferentes fases del ciclo vital de las poblaciones acuáticas. Esta medida pretende, cuando ello
sea posible, regenerar los tramos afectados o, si eso no es factible, implantar medidas
sustitutivas. Así, se pretende la instalación de diferentes estructuras y elementos ya ensayados
o de nuevo diseño dentro de lo que es la ingeniería de conservación del medio acuático
(deflectores, presas sumergidas, refugios de cauce y orilla, defensas de márgenes, gaviones-
presa, etc.).
Medida
V10.1.2.4. Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces
Los estudios del medio acuático, entre otros aspectos, sirven para realizar un inventario de
obstáculos en los ríos y una evaluación de su franqueabilidad. Esta medida pretende abordar
acciones de instalación de escalas o pasos que permitan a las poblaciones acuáticas franquear
los citados obstáculos para poder realizar las migraciones para sus ciclos reproductivos,
movimientos para alcanzar zonas de alimentación, acceso a áreas seguras frente al estiaje,
etc. Asimismo, cuando la situación administrativa lo permita, se promoverá la remoción o
demolición de los obstáculos, cuando ello sea técnica y económicamente viable.
V10 Gestión piscícola
- 43 -
Medida
V10.1.2.5. Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento
Mediante esta medida se pretende trasladar a los departamentos competentes la necesidad de
incorporar a los planes de saneamiento de los diversos cursos fluviales, aquellos tramos que
por su valor ecológico deban sumarse a las prioridades de esos planes o situarse en una
escala de mayor prioridad, si ya estuviesen contemplados en los mismos.
Medida
V10.1.2.6. Evaluación y aplicación de caudales mínimos
Es necesario completar los estudios de caudales mínimos, también llamados caudales
ecológicos, y promover su aplicación ante los organismos con competencias en el otorgamiento
de autorizaciones, y de otros departamentos competentes en las declaraciones de impacto
ambiental para que tengan en cuenta en sus resoluciones los límites de caudales obtenidos en
los estudios que viene promoviendo y financiando la Consejería de Medio Ambiente desde
1992.
ACCIÓN
V10.1.3. CONTROL DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE AGRESORAS PARA LOS
ECOSISTEMAS ACUÁTICOS
Esta acción es de gran trascendencia y recoge todas las medidas imprescindibles para lograr
un control efectivo de las actividades previsiblemente lesivas para el medio acuático,
incorporando además las actuaciones de formación del personal implicado en la tutela de
dichas actividades.
Medida
V10.1.3.1. Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos
Se pretende fijar los tramos de río y otras masas de agua en los que no proceda la realización
de aprovechamientos de gravas y arenas de sus fondos sin causar perjuicios al medio
acuático. Ello es posible en el momento actual, porque es ahora cuando se dispone o se va a
disponer en breve plazo de estudios hidrobiológicos, genéticos, de caudales, de Espacios
Naturales Protegidos, etc., que permiten el análisis integral de las diversas masas de agua de
Castilla y León. Para lograr el objeto pretendido se deberá proceder a evaluar las zonas
incompatibles en los estudios disponibles y fijar una cartografía de áreas no aprovechables,
todo ello sin perjuicio del sometimiento a la Evaluación de Impacto Ambiental que corresponda
a toda actividad de extracción pretendida.
Plan Forestal de Castilla y León
- 44 -
Medida
V10.1.3.2. Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura
Esta medida tiene dos objetivos, el primero definir las masas de agua en las que no se podrá
autorizar la instalación de centros de acuicultura, lo que se puede realizar en el momento
actual, por las mismas razones expuestas en la medida anterior. El segundo objetivo es facilitar
una jerarquización del resto de masas de agua en cuanto a su vocación para los diferentes
cultivos acuícolas. Esta medida se llevaría a la práctica mediante la realización de un estudio
para la aprobación posterior de un plan director de masas de agua para la acuicultura.
Medida
V10.1.3.3. Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático
Esta medida, que se complementa en algunos aspectos con la V10.3.5.3. Desarrollo de cursos
de formación para técnicos y personal de vigilancia, va destinada a facilitar al personal de
vigilancia del medio acuático, propio y ajeno a la Consejería de Medio Ambiente, la formación y
los procedimientos necesarios para intervenir en las situaciones de agresión que puedan darse
contra el medio acuático u otras zonas del Dominio Público Hidráulico. Ambas medidas se
abordan en el programa T3 Formación.
Medida
V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico
Esta es una de las medidas más importantes dentro de esta línea de actuación, y va destinada
a establecer rutinas y procedimientos de control de aquellas actividades que ya hayan sido
autorizadas a establecerse en el Dominio Público Hidráulico. De esta forma se pretende tutelar
dichas actividades tanto en su fase de establecimiento, como en las de funcionamiento y
abandono (si es que se da este caso).
Se trata en suma que desde los ámbitos técnicos implicados y, sobre todo, desde los servicios
de vigilancia (guardas de Comisaría de Aguas, agentes forestales, SEPRONA, etc.) se
coordine el control en que se desarrollan las actividades autorizadas.
LÍNEA DE ACTUACIÓN
V10.2. DEFINICIÓN DEL MARCO DE ACTUACIÓN DE LA GESTIÓN PESQUERA
Esta línea de actuación comprende todas las acciones destinadas a establecer un marco de
actuación de la gestión, tanto en sus aspectos normativos como técnicos.
ACCIÓN
V10.2.1. ADECUACIÓN DEL MARCO NORMATIVO
La experiencia acumulada en los últimos años permite concretar las deficiencias de carácter
normativo existentes. Asimismo, es en este momento cuando se conoce, sobre la base de la
V10 Gestión piscícola
- 45 -
experiencia administrativa del recurso y de diversos estudios del medio, cómo debe orientarse
el desarrollo normativo de la gestión pesquera.
Medida
V10.2.1.1. Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de
Regulación de la Pesca en Castilla y León
Esta medida va destinada a concretar cómo debe abordarse en el marco temporal del
programa V10 Gestión piscícola, el desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, a través de las
diferentes normas previstas en dicha Ley. A tal fin, y con carácter prioritario, debe promoverse
la aprobación de los borradores de Decretos ya disponibles relativos a la clasificación de aguas
de pesca y a las sociedades colaboradoras. Además deben concluirse otros aspectos de tipo
reglamentario previstos en la Ley.
Medida
V10.2.1.2. Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992
Considerando que uno de los aspectos prioritarios en los instrumentos de planificación y
desarrollo normativo de la Ley 6/1992 es la aprobación del Plan de Ordenación de los
Recursos Acuáticos previsto en su artículo 44, y que dicho Plan debe ser coherente con las
acciones y medidas previstas en el presente programa, es necesario incorporar las directrices
(líneas de actuación, acciones y medidas) de este programa en el futuro Plan de Ordenación
de los Recursos Acuáticos.
El Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos deberá definir el formato y contenidos de los
planes de gestión de subcuencas, que a su vez se articularán en planes técnicos de tramo
(coto, vedado, libre, etc.).
Medida
V10.2.1.3. Armonización normativa con otras disposiciones
Es necesario promover la armonización de determinadas normativas de ámbito nacional y
regional con las necesidades y la situación actual de la conservación y gestión de la pesca en
Castilla y León. Así, por ejemplo, existen normas de ámbito nacional, como el Real Decreto
1095/1989, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen las
normas para su protección y el Real Decreto 1118/1989, por el que se determinan las especies
comercializables de caza y pesca y se dictan normas al respecto, que convendrían adaptar a
las características de hoy en día.
Para lograr el objetivo fijado en esta acción es necesario elaborar documentos técnicos, previos
a las labores de armonización normativa. Estos documentos deben hacer una revisión de la
situación legal de las cuestiones que exigen la revisión normativa, de los motivos que
fundamentan dicha revisión y de los métodos técnicos y normativos, para hacer una puesta al
día de las citadas cuestiones. Al objeto de agilizar y facilitar el cambio normativo es
Plan Forestal de Castilla y León
- 46 -
conveniente que, desde la propia Consejería de Medio Ambiente, se elaboren borradores de
las nuevas regulaciones propuestas.
La armonización es igualmente necesaria a nivel procedimental.
Medida
V10.2.1.4. Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados
La Ley 6/1992 crea en su artículo 67 el Registro de infractores e inhabilitados para la práctica
de la pesca. En los últimos años se ha puesto en marcha una nueva aplicación informática que
facilita el control de los pescadores sobre los que ha recaído una sanción que les inhabilite
para la obtención de licencia o el acceso a los sorteos para cotos de pesca. Mediante la
presente medida se pretende mejorar la utilidad de este Registro, facilitando su consulta por
aquellas entidades, colectivos o personas que así lo requieran, con vistas, por ejemplo, a
conocer si en su asociación o club existen personas inhabilitadas. Igualmente, habiéndose
creado un foro interautonómico de la pesca se podrá, previos los acuerdos tomados en dicho
foro, incorporar regularmente la situación del Registro de Castilla y León al Registro Nacional
de Infractores de Caza y Pesca previsto en la Ley 4/1989.
Medida
V10.2.1.5. Regulación de actividades deportivas en el medio acuático
La proliferación de nuevas actividades deportivas en el medio acuático viene originando
conflictos crecientes, tanto en la conservación de espacios naturales de interés, como con el
ejercicio de la pesca. Esta situación se ha dado anteriormente en otros países y se ha
demostrado la necesidad de su regulación y de la armonización del uso de los espacios
fluviales.
La competencia en la regulación y expedición de autorizaciones de navegación y actividades
similares en el medio acuático corresponde a las Comisarias de Aguas dentro de las
respectivas Confederaciones Hidrográficas. Existiendo ya una base en los estudios de
incidencia, realizados bajo financiación conjunta de la Consejería de Medio Ambiente y la
Confederación Hidrográfica del Duero, es previsible que dicha Confederación aborde
próximamente la redacción de normas que regulen el acceso al uso deportivo de las aguas
continentales. Para ello sería de utilidad la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente,
con el fin de integrar en dicha normativa las directrices de los planes de gestión elaborados a
partir de los estudios hidrobiológicos.
ACCIÓN
V10.2.2. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS POBLACIONES PESQUERAS
Esta acción es uno de los aspectos importantes del presente programa y recoge los diferentes
planes y programas destinados a orientar la gestión de la pesca recreativa y la conservación
del medio acuático y sus poblaciones. Los diversos planes y programas, se apoyarían en los
V10 Gestión piscícola
- 47 -
estudios hidrobiológicos, genéticos, de caudales mínimos, etc., realizados tanto por la
Consejería de Medio Ambiente como por otros estamentos. De una forma específica se
desarrollarían dos programas destinados a completar las acciones que se han venido
desarrollando en los últimos años y que en su conjunto han venido conformando un verdadero
plan de gestión de los salmónidos.
Medida
V10.2.2.1. Programa de conservación genética de la trucha común
Es necesario completar los estudios de caracterización genética de las poblaciones de trucha
común de Castilla y León y elaborar un programa de conservación de los ecotipos autóctonos
identificados -establecimiento de zonas de protección y conservación genética, necesidades de
estabulación de estirpes relícticas, establecimiento de vedas y otras medidas de protección
(tallas, cupos, etc.)-.
Esta medida se aborda en el programa T4 Investigación.
Medida
V10.2.2.2. Programa de producción y repoblación de salmónidos
A la vista de los resultados de los inventarios poblacionales de los estudios hidrobiológicos, de
las recomendaciones de sus correspondientes planes de gestión y de las directrices del
programa de conservación genética, es necesario fijar las directrices de producción de
salmónidos en las piscifactorías de la Consejería de Medio Ambiente, armonizando estos
criterios con los derivados de los estudios de recopilación genética. Esta medida servirá para
establecer las directrices de producción globales y las líneas genéticas de reproductores
ligadas a esas necesidades de producción, valorando las capacidades de los diferentes centros
oficiales de acuicultura y la necesidad de ampliación o de adquisición o construcción de nuevos
centros.
Medida
V10.2.2.3. Planes de gestión de los cangrejos de río
Existiendo hasta la fecha un conjunto de estudios sobre la situación de las diversas
poblaciones de cangrejos en varias provincias y disponiéndose de un borrador para un plan de
protección del cangrejo autóctono, es posible acometer la redacción final del plan y someterlo a
aprobación. Las directrices y zonificaciones establecidas en dicho plan servirían de límite y
punto de referencia para otros dos planes; el plan de control y manejo del cangrejo rojo y el
plan de introducción, control y manejo del cangrejo señal. Con ello quedarían ordenadas las
actuaciones a abordar en lo que se refiere a las tres especies de cangrejos existentes en
Castilla y León, con preferencia absoluta para el cangrejo autóctono, como especie en grave
regresión.
Plan Forestal de Castilla y León
- 48 -
Medida
V10.2.2.4. Planes de conservación de la fauna acuática amenazada
Esta medida comprendería las tareas de colaboración en el diagnóstico de la situación de
especies de fauna acuática amenazada. En segundo término se plasmaría en la elaboración y
aplicación conjunta de planes de conservación específicos. Servirían de experiencia, como
caso concreto previo, las labores de estudio del blenio iniciadas desde la Sección de
Ordenación Piscícola.
Dichos planes de conservación estan integrados en las actuaciones previstas en el programa
T7 Conservación y mejora de la biodiversidad.
Medida
V10.2.2.5. Planes de gestión de zonas ciprinícolas
La mayor degradación y vulnerabilidad de las zonas salmonícolas y la importancia truchera que
tiene Castilla y León, ha motivado que las actividades de estudio y gestión se hayan centrado
preferentemente en éstas, y, por ello, se les dedican habitualmente, y también en este
programa, numerosas medidas de estudio y gestión. No obstante, no deben olvidarse las
importantes zonas de Castilla y León en las que prevalecen otras especies, en lo que han
venido a denominarse genéricamente zonas ciprinícolas.
Considerando que cada vez se detectan más situaciones de regresión de las poblaciones de
peces en zonas ciprinícolas o de especies de ciprínidos determinadas, es necesario establecer
en cada provincia zonas concretas de seguimiento, donde se realicen muestreos poblacionales
y sirvan de testigo de su evolución, por si ello aconsejara adoptar medidas específicas de
protección.
Además de lo anterior, es conveniente plantear un plan provincial piloto de aprovechamiento de
zonas ciprinícolas en una provincia en la que las aguas ciprinícolas primen sobre las
salmonícolas. Indudablemente debe aplicarse este primer plan en la provincia de Valladolid.
Medida
V10.2.2.6. Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario
Además del interés general por la pesca de salmónidos, ciprínidos y cangrejos, existen zonas
donde hay un interés tradicional por la pesca de otras especies, como puede ser el caso de la
rana común. En otros casos el interés de la pesca desapareció tras la regresión de la especie,
siendo posible plantearse un aprovechamiento basado en reintroducciones previas, como es el
caso de la anguila.
Así pues, esta medida incluye en primer lugar la preparación y aprobación de un plan de
manejo de la rana común, especie de gran interés en algunas comarcas. Este plan debe incluir
un estudio sobre el estado de sus poblaciones naturales y las posibilidades de
V10 Gestión piscícola
- 49 -
aprovechamiento ordenado, así como las medidas de protección que requiriese, si ello fuera
necesario, y los condicionantes para su pesca.
Además esta medida se ocuparía de la preparación de un plan de reintroducción y manejo de
la anguila, fundamentado en reintroducciones graduales, que continúen la labor iniciada en las
provincias de Ávila y Zamora. El plan contendría aspectos semejantes a los enumerados para
el caso anterior.
ACCIÓN
V10.2.3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL MEDIO ACUÁTICO
Intrínsecamente relacionada con la gestión de las poblaciones pesqueras se encuentra la
planificación de la gestión del medio acuático en general. Si bien existe una gradación territorial
en la distribución de grandes grupos de fauna pesquera (que incluso queda plasmada en la Ley
6/1992), los estudios territoriales del medio acuático abarcan frecuentemente a grupos
faunísticos representados en varias zonas. Esta acción pretende completar los estudios
hidrobiológicos realizados hasta la fecha en Castilla y León con los de aquellos sectores de
importancia aún pendientes de caracterizar. También alcanza esta acción a las medidas de
revisión y a la preparación para los sectores ya estudiados de planes de gestión a dos escalas.
Asimismo, la acción pretende dedicar una atención especial a las masas de agua situadas en
Espacios Naturales Protegidos.
Medida
V10.2.3.1. Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos
Esta medida va destinada a fijar, desde los Servicios Centrales de la Consejería de Medio
Ambiente, los criterios de prioridad para completar la lista de estudios hidrobiológicos a
abordar, así como los criterios de revisión para los ya realizados y que se han desarrollado en
planes.
Medida
V10.2.3.2. Realización de estudios hidrobiológicos
Esta medida es necesaria para fijar los estudios hidrobiológicos pendientes en cada provincia,
otorgarles fechas de realización y financiar su desarrollo.
Medida
V10.2.3.3. Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos
Es necesario elaborar y aprobar los planes de gestión de las subcuencas que tienen ya
realizados sus estudios hidrobiológicos y articularlos en planes técnicos de gestión de los
tramos establecidos en su zonificación.
La revisión de dichos planes de gestión debiera realizarse cada tres años.
Plan Forestal de Castilla y León
- 50 -
Medida
V10.2.3.4. Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos
La pesca constituye una actividad relevante en la gran mayoría de los Espacios Naturales
Protegidos de nuestra región. Por razones obvias, la gestión piscícola, tanto en lo que se
refiere al manejo de poblaciones como en los aprovechamientos pesqueros, debe integrarse en
la gestión de estos espacios. Por ello, es necesaria una coordinación sistemática y una
comunicación fluida con los departamentos responsables de la declaración y gestión de los
Espacios Naturales Protegidos.
Los instrumentos de planificación previstos en este programa (planes de gestión y planes
técnicos de tramo) se sintonizarán con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y con
el Plan Rector de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos. Todos estos aspectos
relacionados con la planificación, se abordan dentro de este Plan Forestal, en el programa T2
Desarrollo de la planificación.
Resulta igualmente conveniente dar conocimiento a dichos departamentos de otras
necesidades de gestión pesquera: mejoras del hábitat acuático, mejoras destinadas al
pescador, manejo genético.
ACCIÓN
V10.2.4. PUESTA EN VALOR DE LA INFORMACIÓN DISPONIBLE
En los últimos años existe una abundante información técnica relacionada con la gestión de la
pesca. Esta información proviene en su mayor parte de los estudios hidrobiológicos, planes de
gestión, estudios de caudales mínimos, etc. A ésta deben incorporársele datos obtenidos
durante la tramitación administrativa (minicentrales, vertidos, estaciones depuradoras, etc.).
Gran parte de esta información pierde su utilidad al no ser de fácil acceso y/o visualización, y al
no poder integrarse fácilmente con otros datos.
Los nuevos medios técnicos disponibles permiten en este momento acometer estas labores,
integrándolas además en el Sistema de Información Geográfica del Medio Natural (SIGMENA),
del que se ocupa el programa T2 Desarrollo de la planificación.
Medida
V10.2.4.1. Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola
Como primer paso para la disposición de la información relativa al medio acuático, es
imprescindible recopilar todos los estudios y bases de datos relacionadas con el conocimiento y
gestión del medio acuático y el manejo de poblaciones pesqueras. Posteriormente y una vez
disponibles, será necesario elegir las informaciones más relevantes que deban ser trasladadas
a sistemas integrados de consulta o información.
Tras la primera fase de recopilación y selección de información, deben digitalizarse y
georreferenciarse los datos de diversos aspectos de conocimiento y gestión del medio
V10 Gestión piscícola
- 51 -
acuático, destinados tanto a la elaboración de cartografía de consulta y divulgación como a la
toma de decisiones. Esta información acoplada al SIGMENA permitirá además su contraste
con otras informaciones del medio natural estrechamente relacionadas con la conservación del
medio acuático (Espacios Naturales Protegidos, zonas de fauna amenazada, bosques de
ribera, etc.).
ACCIÓN
V10.2.5. ORDENACIÓN DE LA ACUICULTURA PRIVADA
La existencia de treinta y cuatro centros de acuicultura autorizados y la frecuente demanda de
instalación de nuevos centros hace necesario disponer de criterios de decisión sobre la
compatibilidad de la implantación de nuevos centros en los tramos fluviales y otras masas de
agua de Castilla y León.
Medida
V10.2.5.1. Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura
Esta medida, estrechamente relacionada con la medida V10.1.3.2, permitiría elaborar y aprobar
un plan director que fijaría no sólo las zonas de salvaguarda a declarar, donde no sería
compatible la presencia de nuevos centros con la conservación del medio y las poblaciones de
fauna o flora acuática, sino que además serviría para orientar a los acuicultores sobre las
zonas más aptas o de mayor compatibilidad para la ubicación de diversos tipos de cultivo
acuícola y las medidas generales de restricción y seguridad exigibles en cada sector, sin
perjuicio de las de carácter específico que pudieren establecerse a cada cultivo en el
preceptivo procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
También de esta forma, existiendo en este momento un conocimiento razonable (a través de
los estudios realizados por la Consejería) de numerosas subcuencas hidrográficas, se podría
dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 42.5 de la Ley 6/1992.
ACCIÓN
V10.2.6. EVALUACIÓN DE LAS NECESIDADES DE MEDIOS HUMANOS
Uno de los aspectos fundamentales para el correcto desarrollo de la gestión pesquera y la
tutela del medio acuático, es la disponibilidad de suficiente personal técnico y de vigilancia.
Igualmente resulta esencial conocer el grado de dotación de dicho personal así como en qué
situación de formación e información se encuentra.
Medida
V10.2.6.1. Necesidades de personal técnico y de vigilancia
La evaluación de las necesidades de personal técnico de cada provincia, así como los
requerimientos de personal de vigilancia en función de las actividades hasta ahora
desarrolladas y las que se derivarán del presente programa de Gestión piscícola, se
Plan Forestal de Castilla y León
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desarrollan de forma conjunta para todo el Plan Forestal, en el programa T1 Desarrollo de la
gestión. Dentro de esta evaluación también se incluye la de los medios auxiliares necesarios
tanto a nivel técnico como de vigilancia.
Medida
V10.2.6.2. Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia
Igualmente es de interés conocer las necesidades de formación de dicho personal y las
deficiencias en el acceso a información imprescindible para desarrollar sus funciones. Esta
medida se integra en el programa T3 Formación.
LÍNEA DE ACTUACIÓN
V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUÍCOLAS
Esta línea de actuación pretende agrupar las acciones y medidas destinadas a aplicar los
resultados que se derivaran de las medidas de tipo normativo y administrativo, de los estudios
e inventarios y de los planes específicos derivados de ellos. Esta línea de actuación puede
aplicarse sin esperar a la ejecución total de la línea V10.2, toda vez que existen ya numerosos
estudios y bases de gestión disponibles para su puesta en práctica. Esta línea de actuación es,
en suma, la que ofrecerá los resultados más visibles sobre el terreno, sin querer ello significar
que otras medidas contenidas en las otras líneas de actuación no tengan más trascendencia y
efectos a largo plazo que algunas medidas de gestión directa.
ACCIÓN
V10.3.1. APLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS
PLANES DE GESTIÓN Y PLANES TÉCNICOS
Esta acción pretende definir una serie de medidas destinadas a implementar los planes de
gestión de subcuenca y tramo, así como a efectuar un seguimiento de la efectividad de las
actuaciones previstas en los planes.
Medida
V10.3.1.1. Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la
gestión del agua
Es necesario difundir los contenidos e implicaciones de los planes de gestión de subcuencas
trucheras y de los planes técnicos de tramos, entre los organismos y departamentos con
competencias en la gestión del agua o de su entorno, al objeto de coordinar acciones y de
poner en su conocimiento las necesidades derivadas de esos planes, y las limitaciones de
carácter normativo o técnico que éstos pueden suponer.
V10 Gestión piscícola
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Medida
V10.3.1.2. Adecuación del régimen de gestión de tramos
Una de las obligaciones inmediatas derivadas de la elaboración y aprobación de los planes de
gestión y planes técnicos es la adecuación del régimen de gestión de la subcuenca o tramos
implicados a las directrices de los planes, estableciendo las figuras necesarias (vedados,
acotados –con o sin muerte-, tramos libres –con o sin muerte, escenarios deportivo-sociales,
etc.), y el resto de variables de gestión (periodos de pesca, días hábiles, artes y cebos, etc.).
Asimismo, debe trasponerse este régimen a la normativa anual de pesca. También relacionada
con la aplicación de las directrices de gestión y con lo apuntado en la acción V10.1.2.
Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno, deben aplicarse de forma específica
en cada tramo las medidas de mejora del medio establecidas en los correspondientes planes.
Medida
V10.3.1.3. Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo
Es conveniente establecer una subcuenca modelo en cada una de las provincias que posean
aguas trucheras, cuando dicha subcuenca ya tenga elaborado su estudio hidrobiológico y
genético, y un plan redactado a tal efecto. En dicha subcuenca se pondrían en práctica tramos
experimentales donde se aplicarían de forma intensiva las mejoras previstas en el plan en lo
referente a restauración y mejora del medio, conservación genética y optimización de la presión
pesquera. Además, en estas subcuencas se ensayarían diferentes sistemas de
aprovechamiento pesquero y se efectuaría un seguimiento detallado del efecto de las medidas
técnico-administrativas aplicadas. Igualmente en alguna provincia se convendría con las
Confederaciones Hidrográficas el establecimiento de una subcuenca libre de aprovechamientos
hidroeléctricos (aparte de los preexistentes).
Medida
V10.3.1.4. Seguimiento de capturas y otros resultados de pesca
Como medida auxiliar de los controles poblacionales para seguimiento de la efectividad de las
medidas de gestión, es necesario realizar un seguimiento de los diferentes tramos mediante
partes de capturas (realizados por la guardería y/o empresas contratadas al efecto), y las
encuestas de pesca (a rellenar y enviar por el propio pescador).
Medida
V10.3.1.5. Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca
Es conveniente realizar un control de los aprovechamientos privados autorizados tanto en
aguas privadas como en masas de agua en uso privativo. Estos controles irán dirigidos a
salvaguardar las poblaciones naturales, evaluando que el aprovechamiento se ajuste a las
prescripciones de la autorización y que en masas de agua controladas en que se hubiera
Plan Forestal de Castilla y León
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autorizado la pesca sobre “poblaciones artificiales”, ésta no afecte a los ecosistemas de su
entorno.
ACCIÓN
V10.3.2. MEJORA DE LAS POBLACIONES PESQUERAS
Esta acción comprende un conjunto de medidas destinadas a la conservación directa de las
poblaciones pesqueras de interés prioritario y al control o erradicación de especies alóctonas
no deseables.
Medida
V10.3.2.1. Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común
Esta medida es uno de los aspectos de puesta en práctica de las recomendaciones de los
estudios de caracterización genética de la trucha común que viene desarrollando la Consejería
de Medio Ambiente. Será necesario definir los tramos que requieren alguna de las medidas de
protección y calificaciones previstas en el desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992. Además
de esta definición será conveniente su declaración formal mediante la norma correspondiente,
lo cual otorgará a estos tramos una protección especial y una consideración mayor en cualquier
análisis del medio frente a pretensiones de implantación de actividades potencialmente lesivas
para el medio acuático y las poblaciones pesqueras.
Medida
V10.3.2.2. Restauración de poblaciones de trucha común
Otra de las aplicaciones inmediatas de los estudios genéticos de la trucha común será la
recomposición de poblaciones en aquellos enclaves en los que se haya detectado una
singularidad genética y en los que, además, exista una mayor vulnerabilidad de las poblaciones
detectadas, bien a través de los propios estudios genéticos bien a través de los controles
poblacionales de los estudios hidrobiológicos, de forma que sean necesarias medidas de
refuerzo de esas poblaciones para garantizar su persistencia. Las acciones de refuerzo
poblacional inexcusablemente se deberán realizar con procedencias locales o que hayan sido
establecidas como genéticamente homólogas a las locales.
En los tramos en los que no se haya identificado la existencia actual o pasada de líneas
singulares en el aspecto genético y en los que fuera necesaria la recomposición puntual o
continuada de las poblaciones trucheras (como medida auxiliar a las mejoras del medio o, en
caso de imposibilidad de restauración del medio, como medida única) se deberán evaluar las
necesidades poblacionales en cuanto a edad, cantidad y procedencia genética más
conveniente, programando dichas necesidades para su recopilación junto con las de otros
tramos y evaluación global de la producción a emprender en las piscifactorías oficiales.
V10 Gestión piscícola
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Medida
V10.3.2.3. Reintroducción de especies
Debe elaborarse un programa de reintroducción de especies pesqueras que existieron en la
región. Esta medida se ocuparía especialmente de la puesta en práctica de actuaciones de
reintroducción de especies diferentes de la trucha común, consideradas en otros planes (ver
medidas V10.2.2.4 y V10.2.2.6), sin descartar la posibilidad de ensayos con especies que
también estuvieron presentes en Castilla y León y que, aunque presenten mayores dificultades
de manejo y recuperación, puedan estar siendo objeto de programas de recuperación a nivel
nacional (esturión, etc.).
Medida
V10.3.2.4. Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono
Esta medida claramente relacionada con la anterior, se independiza teniendo en cuenta la
importancia ecológica y económica que tuvo el cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes)
y la trascendencia que tendría la recuperación de poblaciones (aunque fuese parcial), tanto
para la conservación de la especie como para un posible aprovechamiento futuro, totalmente
controlado. Esta medida iría relacionada con la acción V10.3.3. Adecuación de la gestión de las
piscifactorías y astacifactorías oficiales, pues sin la existencia de un centro de producción sería
imposible acometer repoblaciones experimentales, dado que los pocos centros nacionales que
actualmente producen la especie no pueden suministrar ejemplares a otros territorios.
Medida
V10.3.2.5. Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras
Esta medida se hace claramente necesaria, pues ha de tenerse en cuenta que los organismos
competentes en materia de sanidad animal hasta el momento solamente tutelan los centros de
producción. Es imprescindible establecer una red de control sanitario de las poblaciones
pesqueras naturales, para efectuar un seguimiento de su estado sanitario y adoptar las
medidas necesarias en caso de detección de deficiencias sanitarias que estuvieran fuera del
rango admisible en poblaciones salvajes. Esta medida debería hacerse en colaboración con los
departamentos competentes en materia de sanidad animal y, en caso necesario, con el apoyo
de centros universitarios o consultorías privadas especializadas en sanidad piscícola,
astacícola, etc.
Medida
V10.3.2.6. Control de especies pesqueras no deseables
La introducción y propagación de especies foráneas, en ocasiones por acción de los
organismos gestores de la pesca, y, la mayoría de las veces ilegales por parte de particulares,
ha ocasionado una apreciable presencia de especies incompatibles con un funcionamiento
equilibrado de nuestros ecosistemas acuáticos. Se hace pues imprescindible proseguir las
Plan Forestal de Castilla y León
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acciones de control y erradicación (en los pocos casos en que esta es posible), sobre especies
como el lucio, lucioperca, pez gato, perca-sol, cangrejo rojo, cangrejo señal (donde éste no sea
conveniente) y otras que eventualmente pudieran ser introducidas o detectadas. Esta medida
va claramente ligada a la medida V10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura
y viveros de pesca recreativa y a las medidas de concienciación del público, en general, y de
los pescadores y acuicultores, en particular V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material
divulgativo y V10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión.
ACCIÓN
V10.3.3. ADECUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS PISCIFACTORÍAS Y ASTACIFACTORÍAS
OFICIALES
Esta acción comprende las medidas necesarias para la puesta en práctica de las directrices de
producción y conservación en centros de acuicultura oficiales de especies o estirpes
amenazadas o necesarias para la recomposición poblacional de diversos tramos fluviales.
Medida
V10.3.3.1. Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores
Esta medida está relacionada con la aplicación de las recomendaciones de los estudios de
caracterización genética de la trucha común que viene desarrollando la Consejería de Medio
Ambiente y de las directrices emanadas de la medida V10.2.2.2. Será necesario realizar la
estabulación de los ecotipos de trucha común y de lotes de reproductores de cangrejo
autóctono prefijados o la obtención de huevas, alevines, etc., en el medio natural, que permitan
iniciar las líneas fundadoras.
Medida
V10.3.3.2. Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura
Para desarrollar las medidas anteriores V10.3.3.1, V10.3.2.2 y V10.3.2.3 es imprescindible
adecuar los centros oficiales de acuicultura, la mayoría de los cuales o bien se encuentran muy
obsoletos o poseen un diseño orientado a actividades de producción tradicionales,
incompatibles con el establecimiento de estirpes de trucha autóctona, o sin medidas de
seguridad suficientes para el manejo de varias estirpes incompatibles.
Para el caso de estirpes específicas de alguna cuenca o subcuenca es imprescindible disponer
de nuevos centros.
ACCIÓN
V10.3.4. SUPERVISIÓN Y AYUDAS A LOS CENTROS PRIVADOS DE ACUICULTURA Y
VIVEROS DE PESCA RECREATIVA
Esta acción comprende las medidas de gestión relacionadas con el control de los centros de
acuicultura y los viveros autorizados para la pesca recreativa, así como la gestión de las
V10 Gestión piscícola
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ayudas finalistas comunitarias, nacionales y autonómicas destinadas a los centros de
acuicultura.
Medida
V10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa
Esta medida pretende garantizar la legalidad de los centros privados de acuicultura que se
establezcan en Castilla y León, y tutelar el cumplimiento de las condiciones establecidas para
su funcionamiento (especies, volumen de producción, captaciones y vertidos, etc.). De igual
forma esta medida alcanza al control de los llamados viveros de pesca recreativa, que han de
estar autorizados por la Consejería de Medio Ambiente y cumplir unas determinadas
condiciones de explotación (especies autorizadas, medidas de seguridad frente a escapes,
vertidos, etc.).
Medida
V10.3.4.2. Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura
Esta medida va destinada a la orientación y gestión de los fondos europeos, nacionales y
autonómicos para la ordenación, mejora medioambiental, modernización y construcción de
centros de acuicultura. Se trata de fondos de cuantía prefijada que no interfieren con la
dotación presupuestaria del resto de medidas del presente programa.
ACCIÓN
V10.3.5. DOTACIÓN DE MEDIOS PARA LA GESTIÓN DE LA PESCA
Esta acción recoge un conjunto de medidas destinadas a establecer los medios de vigilancia
adecuados, poniendo además en marcha experiencias de colaboración con otras autoridades
en zonas especialmente vulnerables a actividades furtivas. También se prevén medidas para
dotar al personal de formación e información adecuada y actualizada.
Medida
V10.3.5.1. Adscripción de los medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca
La dotación de medios, que se integra en un planteamiento conjunto para todo el Plan Forestal
descrito en el programa T1 Desarrollo de la gestión, debe prever tanto el personal de guardería
necesario, como los medios auxiliares necesarios para ejercer la vigilancia (vehículos, medios
de comunicación, material óptico, material para toma de muestras, métodos de coordinación
con otros agentes de la autoridad, etc.).
Debe recalcarse que esta es una de las medidas más importantes del programa. Una vez
realizados los estudios hidrobiológicos y genéticos de cada subcuenca y los planes
subsiguientes, los cuales indicarán, entre otros muchos aspectos, los medios humanos a
destinar para la gestión pesquera, deben adscribirse a la misma los medios de vigilancia
evaluados como imprescindibles. Si esto no se hiciera se invalidarían muchos de los esfuerzos
Plan Forestal de Castilla y León
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técnicos y económicos realizados hasta entonces y quedarían anulados en gran parte los
planes previstos.
Medida
V10.3.5.2. Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil
Esta medida pretende establecer una experiencia piloto de colaboración entre Consejería de
Medio Ambiente y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil en la vigilancia
de la pesca recreativa y del medio acuático en general. Esta experiencia debería ponerse en
práctica en una subcuenca especialmente vulnerable al furtivismo de pesca y/o con frecuentes
agresiones al medio acuático. Podría implantarse en más de una provincia al objeto de evaluar
posteriormente su eficacia. Dadas las limitaciones presupuestarias parece conveniente iniciar
esta medida con prioridad en la cuenca media del río Carrión (tramo entre Velilla del Río y
Carrión de los Condes) en la provincia de Palencia, por tratarse de un tramo de alta
potencialidad pero sometido a un creciente furtivismo. Si posteriormente hubiera mayores
disponibilidades debería extenderse esta experiencia a la cuenca del río Tormes en la provincia
de Ávila, varios tramos fluviales de la provincia de Segovia y los tramos de la zona de Sanabria
en la provincia de Zamora.
Medida
V10.3.5.3. Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia
Es necesario mantener al día en cuanto a técnicas de gestión y vigilancia al personal técnico y
al personal de vigilancia. Por tanto, deben impartirse regularmente cursos destinados
específicamente para cada colectivo, tal y como se establecerá en el programa especifico T3
Formación.
Medida
V10.3.5.4. Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca
Como complemento a la formación obtenida a través de cursos, es absolutamente
imprescindible que el personal técnico tenga acceso a publicaciones especializadas (libros,
revistas, páginas web, etc.) relacionadas con la gestión de la pesca y la acuicultura. En el caso
del personal de guardería deben tener acceso a publicaciones específicamente destinadas a su
labor.
Medida
V10.3.5.5. Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención
Es necesario completar la información aportada al personal de guardería en los cursos de
formación ya desarrollados, dotándoles de manuales de intervención en las tareas de vigilancia
de la pesca, en la supervisión de trabajos de mejora del medio acuático o de seguimiento de
poblaciones, repoblaciones, toma de muestras, etc.
V10 Gestión piscícola
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LÍNEA DE ACTUACIÓN
V10.4. SENSIBILIZACIÓN SOCIAL PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIOACUÁTICO Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA
Esta línea de actuación pretende promover el conocimiento y reconocimiento social de la
necesidad e importancia de la gestión piscícola, tanto en los aspectos de conservación,
protección y restauración del medio y las poblaciones pesqueras como en los del
aprovechamiento piscícola.
Las actuaciones previstas en esta línea se engloban en las propuestas del programa T5
Comunicación y participación, cuyo propósito general es lograr la integración de los agentes
sociales en el desarrollo del Plan Forestal. A este último programa, de carácter transversal, le
corresponde agrupar en actuaciones únicas y homogéneas todo lo contemplado en los demás
programas de este Plan Forestal, referente a la participación, la divulgación, la sensibilización y
el fomento, creando los medios necesarios para poder llevarlas a cabo. En este sentido se
propone en el programa T5 la creación de canales de comunicación específicos tales como un
boletín informativo y una pagina web que permitan la participación, la consolidación de los
órganos consultivos (como los Consejos Provinciales y Regional de Pesca), o la puesta en
marcha de programas de educación ambiental continuados en el sistema educativo.
No obstante por su importancia para la consecución de los objetivos del programa de Gestión
piscícola se incluyen aquí las acciones y medidas concretas de divulgación, sensibilización y
fomento, relacionadas con la conservación del medio acuático y el aprovechamiento piscícola.
ACCIÓN
V10.4.1. SENSIBILIZACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO
ACUÁTICO Y LA PESCA RECREATIVA
Esta acción recoge las medidas de sensibilización social en materia de conservación de los
ecosistemas acuáticos, acompañada de medidas destinadas a difundir la pesca recreativa
realizada de forma compatible con la protección ambiental.
Medida
V10.4.1.1. Aulas del Río
Esta medida va destinada a potenciar las Aulas del Río creadas mediante la Orden de 28 de
febrero de 2000 de la Consejería de Medio Ambiente. Las Aulas del Río se han concebido
como una experiencia a desarrollar en diferentes provincias de la Comunidad Autónoma; en
cada una de ellas se irá adaptando a las características peculiares del medio acuático de cada
lugar y de las instalaciones que allí se pueda o convenga construir.
En las Aulas del Río se buscará que quienes asistan a ellas aprendan a conocer el
funcionamiento ecológico de nuestros ríos, sus características principales, su fauna y flora, los
Plan Forestal de Castilla y León
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problemas que les afectan y la forma de ayudar a conservar estos ecosistemas, utilizándolos
sin degradarlos.
Aparte de estos fines básicos, las Aulas prestarán una especial atención al colectivo de
pescadores. Irán dirigidas de una forma muy especial a los pescadores noveles (niños y
adultos), pero sin desatender a los pescadores ya experimentados, que no siempre conocen la
situación actual de nuestros ríos y la pesca.
Además, del Aula del Río “El Rincón del Ucero” ya establecida en la provincia de Soria, sería
conveniente la construcción y funcionamiento de Aulas en las provincias de Ávila (río Tormes),
Burgos (río Arlanza) y León (río Porma). Con ello se garantizaría una oferta variada y situada
estratégicamente respecto a los posibles centros de demanda y con disponibilidades de
instalaciones de apoyo y tramos de río adecuados.
Medida
V10.4.1.2. Realización de jornadas y seminarios
Para lograr una difusión específica entre colectivos interesados en aspectos concretos de la
conservación del medio acuático y de gestión pesquera, será conveniente realizar
regularmente jornadas y seminarios para la exposición y discusión de diversos temas de
interés público. Esta medida se aborda en el programa T5 Comunicación y participación.
Medida
V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material divulgativo
Como complemento a las labores de educación realizadas a través de las Aulas del Río y las
de divulgación y discusión obtenidas mediante jornadas y seminarios, es imprescindible
proseguir con las tareas de elaboración y difusión de nuevo material divulgativo (folletos,
pósters, videos, etc.) destinado al público en general y a los colectivos de pescadores que no
concurren o participan en las medidas anteriores.
Esta medida, al igual que la anterior, se aborda en el programa T5 Comunicación y
participación.
ACCIÓN
V10.4.2. DIFUSIÓN DE LAS CONCLUSIONES Y RESULTADOS DE LAS ACCIONES DEL
PROGRAMA DE GESTIÓN PISCÍCOLA
Esta acción comprende las medidas necesarias para dar a conocer las necesidades de gestión,
y en su conjunto el presente programa de Gestión piscícola. Igualmente prevé la difusión de
resultados de todo signo, obtenidos tras la aplicación de las medidas de gestión.
Los datos de estudios y acciones de mejora emprendidos en los últimos años, reflejan las
numerosas iniciativas que ha acometido la Consejería de Medio Ambiente. Sin embargo, queda
pendiente el ampliar la difusión de los problemas existentes, los planes previstos, las
V10 Gestión piscícola
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actuaciones emprendidas y los resultados obtenidos. De esta manera, se conseguirá el apoyo
e implicación de los colectivos de pescadores y que éstos a su vez entiendan la necesidad de
una contribución económica por su parte al sostenimiento de la gestión pesquera o de ciertos
sacrificios en la forma de disfrutar de la pesca (tramos vedados, cupos menores, tallas
mayores, menos días de pesca, etc.).
Medida
V10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión
La primera iniciativa será el dar a conocer los objetivos y la propuesta de actuaciones previstos
en el presente programa de Gestión piscícola. Esta labor forma parte de la difusión del conjunto
del Plan Forestal que se describe en el programa T5 Comunicación y participación.
Medida
V10.4.2.2. Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras
Una vez puesto en marcha el Plan Forestal y aplicadas las medidas de gestión, lógicamente,
también deberán darse a conocer los resultados habidos, tanto positivos como negativos. En el
caso de resultados positivos se deberá exponer de qué forma van a beneficiar los mismos a los
pescadores. En el caso de resultados negativos deberá explicarse el porqué y difundirse qué
alternativas existen y cuales se proponen aplicar.
Esta medida tiene una especial incidencia en la consecución de un mayor apoyo y participación
de los agentes implicados, y al igual que la anterior, se integra en el programa T5
Comunicación y participación.
ACCIÓN
V10.4.3. ATENCIÓN AL PESCADOR
Esta acción recoge las medidas necesarias para una adecuada atención a los pescadores
tanto en las fases de información y obtención de licencias y permisos como durante el propio
desarrollo de la pesca.
Es necesario programar medidas complementarias a las ya existentes para dar a los diferentes
colectivos de pescadores información de su interés y para facilitar el acceso a la pesca a
pescadores que vienen de fuera de Castilla y León.
Medida
V10.4.3.1. Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca
Esta medida pretende complementar las acciones emprendidas recientemente desde la
Consejería de Medio Ambiente para minimizar las gestiones que han de realizar los
pescadores para la obtención de licencias de pesca, abaratar los costes añadidos y facilitar
nuevos medios de acceso para la obtención de licencias. En cuanto a los permisos esta
Plan Forestal de Castilla y León
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medida abordará el estudio de métodos que simplifiquen la obtención y pago de los permisos
para cotos de pesca, siendo esta cuestión más compleja que la relativa a las licencias.
Medida
V10.4.3.2. Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores
Con esta medida se intenta ofrecer una mayor información a los pescadores sobre las ofertas
de pesca, las novedades y los requisitos de acceso a la pesca en Castilla y León. Igualmente
se procurará diversificar esta información añadiendo a los medios habituales (folletos), otras
vías como Internet, o mediante información añadida a la información turística (medida
relacionada con la V10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector
turístico en la promoción de la pesca recreativa).
Esta medida se integra en la propuesta de actuaciones del programa T5 Comunicación y
participación.
Medida
V10.4.3.3. Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca
Se mejorará la señalización de los diferentes tramos de pesca (vedados, tramos libres sin
muerte, escenarios deportivos sociales de pesca, cotos, tramos con prohibiciones específicas,
etc.) así como los accesos imprescindibles (sendas y entradas a los cursos fluviales y otras
zonas de pesca), siempre supeditando estas labores a la debida conservación de la vegetación
de ribera y de otros valores naturales (enclaves protegidos, zonas de fauna amenazada, etc.).
Medida
V10.4.3.4. Mantenimiento de infraestructuras para el pescador
Esta medida comprende las tareas necesarias para el mantenimiento de los refugios de pesca
existentes, sin pretender ampliar el número de éstos (salvo excepciones muy justificadas).
Igualmente esta medida se ocupa de la instalación y mantenimiento de pequeños puentes,
pasarelas y otras infraestructuras necesarias para el tránsito de los pescadores.
Medida
V10.4.3.5. Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías
Sería conveniente la adecuación de tramos especiales destinados a pescadores con
minusvalías, facilitando además de lo previsto en la normativa vigente sobre Aulas del Río,
otros escenarios donde la asistencia de los citados colectivos tenga prioridad y además
cuenten con las medidas de información, acceso y seguridad adecuadas a dichos pescadores.
V10 Gestión piscícola
- 63 -
ACCIÓN
V10.4.4. COLABORACIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE PESCADORES
Los borradores de normas de desarrollo de la Ley 6/1992 definen las condiciones de
nombramiento y mantenimiento de la condición de sociedad colaboradora de las sociedades de
pescadores. Dichos borradores pretenden reconducir la participación de estas sociedades
hacia colaboraciones reales, con efectos significativos sobre el medio acuático y, lo que es más
importante, sobre la propia actitud de los pescadores. Para ello la Consejería de Medio
Ambiente debe definir las acciones que están al alcance técnico, económico y de dedicación
temporal de las sociedades de pescadores. Asimismo, debe favorecer su ejecución mediante el
apoyo económico a las actividades que requieran de cierta inversión.
Medida
V10.4.4.1. Oferta de programas anuales de colaboración
Esta medida a desarrollar desde los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y coordinar
desde los Servicios Centrales de la Consejería, debe servir para elaborar anualmente listas de
acciones ejecutables por las sociedades de pescadores que pretendan obtener o mantener la
condición de sociedad colaboradora de pesca.
Medida
V10.4.4.2. Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores
Esta medida, que complementa la anterior, va destinada a continuar y potenciar la línea de
subvenciones iniciada en el año 1993, destinada a favorecer las actuaciones a favor de la
conservación del medio acuático.
ACCIÓN
V10.4.5. FOMENTO DEL TURISMO ASOCIADO A LA PESCA RECREATIVA
Con esta acción se intenta dar una mayor proyección de la pesca como actividad recreativa
pero ligada a ofertas turísticas (considerando las bases normativas que se están estableciendo
en los Decretos de desarrollo de la Ley 6/1992), contribuyendo de esta forma a que la pesca
ayude a generar mayores rentas en el sector turístico.
Medida
V10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la
pesca recreativa
Mediante esta medida se pretende establecer programas de colaboración con los
departamentos encargados de la promoción turística de la región, considerando que gran parte
de los pescadores que practican su afición en Castilla y León provienen de otros lugares.
Asimismo, se pretende lograr una mayor promoción de la pesca en Castilla y León entre
Plan Forestal de Castilla y León
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pescadores europeos y de otros países con gran tradición de pesca recreativa (Estados
Unidos, Canadá, Japón, etc.).
Medida
V10.4.5.2. Establecimiento de cupos de permisos turísticos
Mediante esta medida, también recogida en el borrador de uno de los Decretos de desarrollo
de la Ley 6/1992, se pretende disponer de cupos de permisos en cotos de pesca agregados en
grupos de dos o tres cotos, que faciliten su oferta a pescadores, preferiblemente provenientes
de otras provincias, regiones o países. De esta forma, y vinculando su disponibilidad a
empresas de tipo turístico (establecimientos de alojamiento turístico y empresas de actividades
turísticas cuyo objeto social incluya la prestación de servicios de guías de pesca recreativa), se
lograría que el pescador pernocte en la zona de pesca, suponiendo ésto una interesante fuente
de ingresos para las empresas del sector de hostelería. Además es previsible que de esta
forma el pescador se acompañe de otras personas de su entorno añadiendo una nueva
proyección económica a la actividad pesquera, considerando otros grandes atractivos turísticos
de Castilla y León.
V10 Gestión piscícola
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5. PRESUPUESTOSEl presupuesto medio anual del programa V10 Gestión piscícola es de 3,682 millones de euros
(612,6 millones de pesetas), de los que 2,977 millones de euros (495,3 millones de pesetas)
corresponden a la Consejería de Medio Ambiente. Si se trasladan estas cifras a la vigencia del
Plan Forestal (27 años), se obtiene que el presupuesto del programa asciende a 99,407
millones de euros (16.540 millones de pesetas), de los que 80,372 millones de euros (13.372,9
millones de pesetas) se aportan desde la Consejería de Medio Ambiente. En el Gráfico 2, así
como en las Tablas de presupuestos 1 y 2 que se presentan más adelante, se puede valorar la
inversión en gestión piscícola en el contexto del Plan Forestal (un 2,0% del presupuesto total).
Gráfico 2. Presupuesto medio anual del Plan Forestal por programas
V 10 G estió n piscícola
0 5.000 10.000 15.000 20.000 25.000 30.000 35.000 40.000 45.000
T8
T1
T6
T4
T3
T5
T2
V8
V1
V10
T7
V6
V4
V9
V11
V7
V5
V3
V2
Prog
ram
as
Miles de euros
Consejería de Medio Ambiente Otras fuentes de f inanciación
Fuente: Elaboración propia
En el Gráfico 3 se representa la distribución porcentual del presupuesto del programa por
fuentes de financiación, siendo la Consejería de Medio Ambiente, la que con un 80,9% asume
el mayor porcentaje de financiación, seguida por los acuicultores privados que financian un
8,5% y un grupo de agentes implicados como otras Consejerías de la Junta de Castilla y León,
Plan Forestal de Castilla y León
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las Confederaciones Hidrográficas, las entidades locales y el sector empresarial privado, que
financian, en conjunto, un 10,6%.
Gráfico 3. Distribución porcentual del presupuesto por fuentes de financiación
8,5%10,7%
80,9%
Consejería de Medio Ambiente Acuicultores privados Otros
Fuente: Elaboración propia
El reparto del presupuesto entre las cuatro líneas de actuación del programa, que se han
descrito en el apartado 4. Propuesta de actuaciones, figura en el Gráfico 4. Se realiza
seguidamente un breve análisis de los recursos económicos asignados a cada una de ellas.
Gráfico 4. Distribución porcentual del presupuesto por líneas de actuación
V10.2: 6,4%
V10.1: 46,0%V10.4: 15,1%
V10.3: 32,5%
Fuente: Elaboración propia
La línea de actuación V10.1. Conservación, restauración y protección de los ecosistemas
acuáticos es la que tiene asignados mayores fondos, lo que se justifica por su gran importancia
en la estructura del programa al recoger una serie de acciones muy necesarias para poder
cumplir con los objetivos propuestos, como son las encaminadas a la restauración y mejora de
los medios degradados y al control de las actuaciones potencialmente lesivas para el medio
acuático. Su presupuesto medio anual es de 1,693 millones de euros (281,6 millones de
V10 Gestión piscícola
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pesetas), de los que prácticamente la totalidad (excepto un 0,2% que financia las
Confederaciones Hidrográficas) son asumidos por la Consejería de Medio Ambiente.
Seguida en importancia presupuestaria se encuentra la línea de actuación V10.3. Aplicación de
la gestión de las poblaciones acuícolas, con un presupuesto medio anual de 1,197 millones de
euros (199,2 millones de pesetas). Es la línea de actuación donde la Consejería de Medio
Ambiente tiene una menor participación. Se suman al 46,6% que aporta esta Consejería, un
26,1% de los acuicultores privados, un 18,4% de la Administración del Estado junto con la
Unión Europea (IFOP), un 4,4% de las entidades locales y otro 4,4% del sector empresarial
privado.
En la línea de actuación V10.4. Sensibilización social para la conservación del medio acuático y
fomento de la actividad pesquera, se prevé una inversión media anual de 0,555 millones de
euros (92,4 millones de pesetas). La Consejería de Medio Ambiente en su afán de mejorar la
conservación del medio acuático y el fomento de la pesca, asume el 88,7% del presupuesto.
Otros agentes implicados para la consecución de tales fines son las entidades locales y el
sector empresarial privado que aportan a partes iguales el presupuesto restante.
Con menor presupuesto, pero de indiscutible importancia para un adecuado desarrollo de la
gestión pesquera, se encuentra la línea de actuación V10.2. Definición del marco de
actuaciones de la gestión pesquera, la cual es financiada al 100% por la Consejería de Medio
Ambiente. Su presupuesto medio anual asciende a 0,237 millones de euros (39,4 millones de
pesetas). Esta línea tiene numerosas medidas cuyo coste dentro del Plan Forestal se ha
considerado nulo (por lo que en las tablas de presupuestos figura el valor cero), porque
realmente son medidas administrativas que implican gasto ordinario del personal propio de la
Consejería de Medio Ambiente. Este tipo de medidas de carácter puramente administrativo
también se dan en otras líneas de actuación del programa.
Un segundo grupo de medidas, con una característica particular, son aquellas que figuran en la
propuesta de actuaciones del programa que nos ocupa pero se presupuestan en uno diferente.
Se trata de medidas con plena incidencia en este programa, pero que se abordan
conjuntamente con otras medidas del Plan Forestal en un programa específico. Por ejemplo,
todas las medidas formativas se integran en el programa T3 Formación o todas aquellas
relacionadas con la investigación forestal se presupuestan en el T4 Investigación. Estas
medidas figuran en las tablas de presupuestos con una referencia numerada, incluyéndose al
final de este apartado el listado de referencias con la información del programa y actuaciones
en las que se presupuestan cada una.
Las tablas de presupuestos del programa V10 Gestión piscícola, que se adjuntan a
continuación tanto en pesetas como en euros, contienen:
• Datos generales de todos los programas del Plan Forestal (Tablas de presupuestos
1 y 2).
Plan Forestal de Castilla y León
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• Datos generales del programa por líneas de actuación (Tablas de presupuestos 3 y
4).
• Datos generales de cada línea de actuación desglosados por acciones y medidas
(Tablas de presupuestos 5 a 12).
• Presupuesto por años para cada línea de actuación desglosado por acciones y
medidas (Tablas de presupuestos 13 a 20).
• Presupuesto por provincias para cada línea de actuación desglosado por acciones y
medidas (Tablas de presupuestos 21 a 28).
En estas últimas tablas figuran dos subtotales, el primero, es la suma de las inversiones
provinciales y el segundo, que se caracteriza por el encabezado “sin distribución provincial”,
representa el presupuesto no distribuido entre provincias y que se corresponde con medidas de
ámbito regional que se llevarán a cabo directamente desde los Servicios Centrales de la
Consejería de Medio Ambiente (normalmente son medidas de coordinación, homogeneización,
estudios regionales, etc.).
En todas las tablas se utilizan las siguientes abreviaturas:
• CMA = Consejería de Medio Ambiente
• Otros = Otras fuentes de financiación
TABLA DE PRESUPUESTOS 1. Presupuesto del Plan Forestal por programas (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Programa
CMA Otros Total CMA Otros Total
V1 La propiedad forestal 298 216 514 8.055 5.831 13.886
V2 Recuperación de la cubierta vegetal 6.585 0 6.585 177.792 0 177.792
V3 Conservación y mejora de los bosques 4.894 1.008 5.902 132.134 27.206 159.341
V4 Gestión silvopastoral 669 207 876 18.062 5.596 23.657
V5 Defensa del monte 3.644 902 4.547 98.391 24.366 122.756
V6 Creación y mejora de la infraestructura viaria 702 0 702 18.962 0 18.962
V7 Espacios protegidos 2.243 1.501 3.744 60.554 40.526 101.079
V8 Uso recreativo y social 274 111 385 7.400 2.999 10.399
V9 Gestión cinegética 858 797 1.656 23.173 21.526 44.699
V10 Gestión piscícola 495 117 613 13.373 3.167 16.540
V11 Generación y articulación del tejido empresarial 70 2.910 2.980 1.890 78.569 80.459
Subtotal programas verticales 20.733 7.770 28.503 559.785 209.787 769.572
T1 Desarrollo de la gestión 109 0 109 2.934 0 2.934
T2 Desarrollo de la planificación 219 90 309 5.905 2.438 8.342
T3 Formación 85 178 263 2.303 4.806 7.109
T4 Investigación 228 32 260 6.145 871 7.016
T5 Comunicación y participación 276 0 276 7.451 0 7.451
T6 Conservación y mejora del paisaje 150 0 150 4.050 0 4.050
T7 Conservación y mejora de la biodiversidad 600 63 663 16.196 1.692 17.888
T8 Empleo, seguridad y salud 86 0 86 2.315 0 2.315
Subtotal programas transversales 1.752 363 2.115 47.298 9.807 57.105
Total Plan Forestal 22.485 8.133 30.618 607.083 219.594 826.677
TABLA DE PRESUPUESTOS 2. Presupuesto del Plan Forestal por programas (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Programa
CMA Otros Total CMA Otros Total
V1 La propiedad forestal 1.793 1.298 3.091 48.410 35.047 83.457
V2 Recuperación de la cubierta vegetal 39.576 0 39.576 1.068.551 0 1.068.551
V3 Conservación y mejora de los bosques 29.413 6.056 35.469 794.143 163.513 957.657
V4 Gestión silvopastoral 4.021 1.246 5.266 108.554 33.630 142.184
V5 Defensa del monte 21.901 5.424 27.325 591.340 146.441 737.781
V6 Creación y mejora de la infraestructura viaria 4.221 0 4.221 113.964 0 113.964
V7 Espacios protegidos 13.479 9.021 22.500 363.936 243.564 607.500
V8 Uso recreativo y social 1.647 668 2.315 44.475 18.027 62.502
V9 Gestión cinegética 5.158 4.792 9.950 139.273 129.374 268.648
V10 Gestión piscícola 2.977 705 3.682 80.373 19.035 99.407
V11 Generación y articulación del tejido empresarial 421 17.489 17.910 11.356 472.212 483.568
Subtotal programas verticales 124.606 46.698 171.304 3.364.375 1.260.844 4.625.220
T1 Desarrollo de la gestión 653 0 653 17.634 0 17.634
T2 Desarrollo de la planificación 1.314 543 1.857 35.487 14.650 50.136
T3 Formación 513 1.070 1.582 13.838 28.885 42.723
T4 Investigación 1.368 194 1.562 36.932 5.235 42.167
T5 Comunicación y participación 1.659 0 1.659 44.781 0 44.781
T6 Conservación y mejora del paisaje 902 0 902 24.341 0 24.341
T7 Conservación y mejora de la biodiversidad 3.605 377 3.982 97.340 10.172 107.512
T8 Empleo, seguridad y salud 515 0 515 13.913 0 13.913
Subtotal programas transversales 10.528 2.183 12.711 284.267 58.941 343.208
Total Plan Forestal 135.135 48.881 184.016 3.648.642 1.319.786 4.968.428
TABLA DE PRESUPUESTOS 3. Presupuesto del programa V10 por líneas de actuación (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 281,0 0,6 281,6 7.588,0 15,0 7.603,0
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 39,4 0,0 39,4 1.064,0 0,0 1.064,0
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 92,9 106,3 199,2 2.508,9 2.870,4 5.379,3
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 81,9 10,4 92,4 2.212,0 281,8 2.493,8
Total 495,3 117,3 612,6 13.372,9 3.167,1 16.540,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 4. Presupuesto del programa V10 por líneas de actuación (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)
Código Línea de actuaciónCMA Otros Total CMA Otros Total
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 1.689 3 1.692 45.605 90 45.695
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 237 0 237 6.395 0 6.395
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 558 639 1.197 15.079 17.251 32.330
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 492 63 555 13.294 1.693 14.988
Total 2.977 705 3.682 80.373 19.035 99.407
TABLA DE PRESUPUESTOS 5. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividades reguladas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de losecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 65,6 0,0 65,6 1772,0 0,0 1772,0
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 59,9 0,0 59,9 1617,0 0,0 1617,0
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera 98,3 0,0 98,3 2655,0 0,0 2655,0
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces 55,5 0,0 55,5 1499,0 0,0 1499,0
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 1,3 0,6 1,9 35,0 15,0 50,0
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 280,7 0,6 281,2 7578,0 15,0 7593,0
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 0,4 0,0 0,4 10,0 0,0 10,0
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos 0,4 0,0 0,4 10,0 0,0 10,0
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 281,0 0,6 281,6 7588,0 15,0 7603,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 6. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.1 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividades reguladas 0 0 0 0 0 0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de losecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 394 0 394 10650 0 10650
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 360 0 360 9718 0 9718
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera 591 0 591 15957 0 15957
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces 334 0 334 9009 0 9009
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento 0 0 0 0 0 0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 8 4 11 210 90 301
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 1687 4 1690 45545 90 45635
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 2 0 2 60 0 60
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura 0 0 0 0 0 0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos 2 0 2 60 0 60
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 1689 4 1693 45605 90 45695
TABLA DE PRESUPUESTOS 7. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7,8 0,0 7,8 210,0 0,0 210,0
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 0,3 0,0 0,3 9,0 0,0 9,0
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 8,3 0,0 8,3 224,0 0,0 224,0
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 27,5 0,0 27,5 743,0 0,0 743,0
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 2,2 0,0 2,2 60,0 0,0 60,0
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 29,7 0,0 29,7 803,0 0,0 803,0
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola 1,1 0,0 1,1 29,0 0,0 29,0
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 1,1 0,0 1,1 29,0 0,0 29,0
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 39,4 0,0 39,4 1064,0 0,0 1064,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 8. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.2 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0 0 0 0 0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 1 0 1 30 0 30
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 47 0 47 1262 0 1262
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 2 0 2 54 0 54
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 50 0 50 1346 0 1346
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos 0 0 0 0 0 0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 165 0 165 4466 0 4466
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 13 0 13 361 0 361
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos 0 0 0 0 0 0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 179 0 179 4826 0 4826
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola 7 0 7 174 0 174
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 7 0 7 174 0 174
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 1 0 1 30 0 30
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 1 0 1 30 0 30
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 1 0 1 18 0 18
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 1 0 1 18 0 18
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 237 0 237 6395 0 6395
TABLA DE PRESUPUESTOS 9. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la gestión del agua 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 3,9 1,0 4,8 104,0 26,0 130,0
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 11,0 0,0 11,0 298,0 0,0 298,0
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planes de gestión y planes técnicos 14,9 1,0 15,9 402,0 26,0 428,0
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 42,5 10,6 53,1 1148,0 287,0 1435,0
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 11,0 2,8 13,8 297,0 74,3 371,3
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,6 0,2 0,8 17,0 4,3 21,3
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 12,4 3,1 15,5 334,0 83,5 417,5
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 66,5 16,6 83,1 1796,0 449,0 2245,0
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 0,6 4,3 4,9 16,4 114,8 131,3
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactorías oficiales 0,6 4,3 4,9 16,4 114,8 131,3
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 2,2 84,5 86,6 58,5 2280,5 2339,0
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 2,2 84,5 86,6 58,5 2280,5 2339,0
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil 3,0 0,0 3,0 80,0 0,0 80,0
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 5,3 0,0 5,3 144,0 0,0 144,0
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención 0,4 0,0 0,4 12,0 0,0 12,0
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 8,7 0,0 8,7 236,0 0,0 236,0
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 92,9 106,3 199,2 2508,9 2870,4 5379,3
TABLA DE PRESUPUESTOS 10. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.3 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la gestión del agua 0 0 0 0 0 0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0 0 0 0 0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 23 6 29 625 156 781
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 66 0 66 1791 0 1791
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planes de gestión y planes técnicos 90 6 96 2416 156 2572
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 255 64 319 6900 1725 8625
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 66 17 83 1785 447 2232
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 4 1 5 102 26 128
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 75 19 93 2007 502 2509
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 400 100 499 10794 2699 13493
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 4 26 29 99 690 789
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactorías oficiales 4 26 29 99 690 789
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa 0 0 0 0 0 0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 13 508 521 352 13706 14058
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 13 508 521 352 13706 14058
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca 0 0 0 0 0 0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil 18 0 18 481 0 481
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 32 0 32 866 0 866
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención 2 0 2 72 0 72
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 52 0 52 1418 0 1418
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 558 639 1197 15079 17251 32330
TABLA DE PRESUPUESTOS 11. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 39,5 9,9 49,4 1067,0 266,8 1333,8
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa 39,5 9,9 49,4 1067,0 266,8 1333,8
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del programa de gestión piscícola
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 4,5 0,0 4,5 122,0 0,0 122,0
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 20,0 0,0 20,0 540,0 0,0 540,0
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 2,2 0,6 2,8 60,0 15,0 75,0
V10.4.3 Atención al pescador 26,9 0,6 27,4 725,0 15,0 740,0
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores 15,6 0,0 15,6 420,0 0,0 420,0
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 15,6 0,0 15,6 420,0 0,0 420,0
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la pescarecreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 81,9 10,4 92,4 2212,0 281,8 2493,8
TABLA DE PRESUPUESTOS 12. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas
CMA Otros Total CMA Otros Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 237 60 297 6413 1604 8016
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa 237 60 297 6413 1604 8016
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del programa de gestión piscícola 0 0 0 0 0 0
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca 1 0 1 18 0 18
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 27 0 27 733 0 733
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 120 0 120 3246 0 3246
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 13 4 17 361 90 451
V10.4.3 Atención al pescador 162 4 165 4357 90 4448
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores 94 0 94 2524 0 2524
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 94 0 94 2524 0 2524
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la pescarecreativa 0 0 0 0 0 0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0 0 0 0 0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 492 63 555 13294 1694 14988
TABLA DE PRESUPUESTOS 13. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos defuncionamiento para la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 30,0 30,0 30,0 30,0 54,0 54,0 50,0 50,0 80,0 80,0 88,0 88,0 480,0 480,0 480,0 480,0 480,0 480,0
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 36,0 36,0 36,0 36,0 50,0 50,0 56,0 56,0 64,0 64,0 56,0 56,0 461,0 461,0 460,0 460,0 398,0 398,0
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 54,0 54,0 75,0 75,0 56,0 56,0 72,0 72,0 90,0 90,0 91,0 91,0 712,0 712,0 745,0 745,0 760,0 760,0
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 0,0 0,0 50,0 50,0 48,0 48,0 53,0 53,0 59,0 59,0 57,0 57,0 560,0 560,0 392,0 392,0 280,0 280,0
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 15,0 21,4 20,0 28,6 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 135,0 141,4 211,0 219,6 208,0 208,0 231,0 231,0 293,0 293,0 292,0 292,0 2213,0 2213,0 2077,0 2077,0 1918,0 1918,0
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 1,0 1,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 1,0 1,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 138,0 144,4 214,0 222,6 211,0 211,0 232,0 232,0 293,0 293,0 292,0 292,0 2213,0 2213,0 2077,0 2077,0 1918,0 1918,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 14. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.1 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos defuncionamiento para la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 180 180 180 180 325 325 301 301 481 481 529 529 2885 2885 2885 2885 2885 2885
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 216 216 216 216 301 301 337 337 385 385 337 337 2771 2771 2765 2765 2392 2392
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 325 325 451 451 337 337 433 433 541 541 547 547 4279 4279 4478 4478 4568 4568
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 0 0 301 301 288 288 319 319 355 355 343 343 3366 3366 2356 2356 1683 1683
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 90 129 120 172 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 811 850 1268 1320 1250 1250 1388 1388 1761 1761 1755 1755 13300 13300 12483 12483 11527 11527
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 18 18 18 18 18 18 6 6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 18 18 18 18 18 18 6 6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 829 868 1286 1338 1268 1268 1394 1394 1761 1761 1755 1755 13300 13300 12483 12483 11527 11527
TABLA DE PRESUPUESTOS 15. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 3,0 3,0 2,0 2,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7,0 7,0 11,0 11,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 13,0 13,0 16,0 16,0 9,0 9,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 16,0 16,0 15,0 15,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 168,0 168,0 224,0 224,0 280,0 280,0
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 20,0 20,0 15,0 15,0 15,0 15,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 36,0 36,0 30,0 30,0 25,0 25,0 20,0 20,0 10,0 10,0 10,0 10,0 168,0 168,0 224,0 224,0 280,0 280,0
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 4,0 4,0 5,0 5,0 10,0 10,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 4,0 4,0 5,0 5,0 10,0 10,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 61,0 61,0 51,0 51,0 44,0 44,0 36,0 36,0 16,0 16,0 16,0 16,0 224,0 224,0 280,0 280,0 336,0 336,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 16. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.2 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 18 18 12 12 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 42 42 66 66 36 36 36 36 36 36 36 36 337 337 337 337 337 337
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 18 18 18 18 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 78 78 96 96 54 54 36 36 36 36 36 36 337 337 337 337 337 337
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 96 96 90 90 60 60 60 60 60 60 60 60 1010 1010 1346 1346 1683 1683
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 120 120 90 90 90 90 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 216 216 180 180 150 150 120 120 60 60 60 60 1010 1010 1346 1346 1683 1683
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 24 24 30 30 60 60 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 24 24 30 30 60 60 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 367 367 307 307 264 264 216 216 96 96 96 96 1346 1346 1683 1683 2019 2019
TABLA DE PRESUPUESTOS 17. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 32,0 40,0 32,0 40,0 40,0 50,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 10,0 10,0 10,0 10,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 40,0 48,0 40,0 48,0 48,0 58,0 8,0 8,0 10,0 10,0 10,0 10,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 42,0 52,5 28,0 35,0 60,0 75,0 45,0 56,3 38,0 47,5 35,0 43,8 300,0 375,0 300,0 375,0 300,0 375,0
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 7,0 8,8 6,0 7,5 10,0 12,5 10,0 12,5 12,0 15,0 12,0 15,0 70,0 87,5 80,0 100,0 90,0 112,5
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,0 0,0 1,0 1,3 3,0 3,8 3,0 3,8 5,0 6,3 5,0 6,3 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 84,0 105,0 90,0 112,5 100,0 125,0
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 59,0 73,8 45,0 56,3 83,0 103,8 68,0 85,0 65,0 81,3 62,0 77,5 680,8 567,5 470,0 587,5 490,0 612,5
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 7,8 62,5 3,1 25,0 2,3 18,8 1,6 12,5 1,6 12,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 7,8 62,5 3,1 25,0 2,3 18,8 1,6 12,5 1,6 12,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 2,9 115,0 4,3 172,0 2,2 86,0 2,9 115,0 2,2 86,0 2,9 115,0 12,5 500,0 13,8 550,0 15,0 600,0
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 2,9 115,0 4,3 172,0 2,2 86,0 2,9 115,0 2,2 86,0 2,9 115,0 12,5 500,0 13,8 550,0 15,0 600,0
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 10,0 10,0 10,0 10,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 3,0 3,0 3,0 3,0 4,0 4,0 4,0 4,0 5,0 5,0 5,0 5,0 35,0 35,0 40,0 40,0 45,0 45,0
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 2,0 2,0 2,0 2,0 3,0 3,0 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 15,0 15,0 15,0 15,0 22,0 22,0 24,0 24,0 20,0 20,0 20,0 20,0 35,0 35,0 40,0 40,0 45,0 45,0
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 124,7 314,3 107,4 316,3 157,5 288,5 104,4 244,5 98,7 209,8 94,9 222,5 583,5 1184,5 605,8 1259,5 632,0 1339,5
TABLA DE PRESUPUESTOS 18. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.3 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 192 240 192 240 240 301 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 48 48 48 48 48 48 48 48 60 60 60 60 493 493 493 493 493 493
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 240 288 240 288 288 349 48 48 60 60 60 60 493 493 493 493 493 493
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 252 316 168 210 361 451 270 338 228 285 210 263 1803 2254 1803 2254 1803 2254
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 42 53 36 45 60 75 60 75 72 90 72 90 421 526 481 601 541 676
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0 0 6 8 18 23 18 23 30 38 30 38 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 60 75 60 75 60 75 60 75 60 75 60 75 505 631 541 676 601 751
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 355 444 270 338 499 624 409 511 391 489 373 466 4092 3411 2825 3531 2945 3681
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 47 376 19 150 14 113 9 75 9 75 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 47 376 19 150 14 113 9 75 9 75 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 17 691 26 1034 13 517 17 691 13 517 17 691 75 3005 83 3306 90 3606
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 17 691 26 1034 13 517 17 691 13 517 17 691 75 3005 83 3306 90 3606
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 60 60 60 60 90 90 90 90 90 90 90 90 0 0 0 0 0 0
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 18 18 18 18 24 24 24 24 30 30 30 30 210 210 240 240 270 270
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 12 12 12 12 18 18 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 90 90 90 90 132 132 144 144 120 120 120 120 210 210 240 240 270 270
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 749 1889 646 1901 947 1734 628 1469 593 1261 570 1337 3507 7119 3641 7570 3798 8051
TABLA DE PRESUPUESTOS 19. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 65,0 81,3 30,0 37,5 32,0 40,0 32,0 40,0 34,0 42,5 34,0 42,5 252,0 315,0 280,0 350,0 308,0 385,0
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 65,0 81,3 30,0 37,5 32,0 40,0 32,0 40,0 34,0 42,5 34,0 42,5 252,0 315,0 280,0 350,0 308,0 385,0
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisosde pesca 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 3,0 3,0 3,0 3,0 5,0 5,0 7,0 7,0 7,0 7,0 7,0 7,0 30,0 30,0 30,0 30,0 30,0 30,0
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 140,0 140,0 140,0 140,0 140,0 140,0
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 15,0 18,8 15,0 18,8 15,0 18,8 15,0 18,8 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.3 Atención al pescador 41,0 44,8 38,0 41,8 40,0 43,8 42,0 45,8 27,0 27,0 27,0 27,0 170,0 170,0 170,0 170,0 170,0 170,0
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 105,0 105,0 110,0 110,0 115,0 115,0
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 105,0 105,0 110,0 110,0 115,0 115,0
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 121,0 11,3 83,0 94,3 87,0 98,8 89,0 100,8 76,0 84,5 76,0 84,5 527,0 590,0 560,0 630,0 593,0 785,0
TABLA DE PRESUPUESTOS 20. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas
CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 391 489 180 225 192 240 192 240 204 255 204 255 1515 1893 1683 2104 1851 2314
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 391 489 180 225 192 240 192 240 204 255 204 255 1515 1893 1683 2104 1851 2314
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisosde pesca 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 18 18 18 18 30 30 42 42 42 42 42 42 180 180 180 180 180 180
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 841 841 841 841 841 841
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 90 113 90 113 90 113 90 113 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.3 Atención al pescador 246 269 228 251 240 263 252 275 162 162 162 162 1022 1022 1022 1022 1022 1022
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 631 631 661 661 691 691
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 631 631 661 661 691 691
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 727 68 499 567 523 594 535 606 457 508 457 508 3167 3546 3366 3786 3564 4718
TABLA DE PRESUPUESTOS 21. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0,0 0,0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0,0 0,0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamientopara la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 7,0 7,4 9,4 7,3 6,6 7,6 7,1 6,4 6,8 65,6 65,6
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 7,9 9,0 9,8 9,2 5,3 5,5 6,6 0,0 6,6 59,9 59,9
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 11,4 15,5 16,9 15,1 8,8 9,0 9,9 0,0 11,7 98,3 98,3
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 6,9 8,0 7,2 6,4 6,6 7,5 6,4 0,0 6,4 55,5 55,5
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0,0 0,0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 0,2 0,6 0,7 0,0 0,0 0,2 0,1 0,0 0,1 1,9 1,9
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 33,4 40,5 44,0 38,0 27,3 29,7 30,2 6,4 31,6 281,2 0,0 281,2
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 0,4 0,4
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0,0 0,0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,4 0,4
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 33,4 40,5 44,0 38,0 27,3 29,7 30,2 6,4 31,6 281,2 0,4 281,6
TABLA DE PRESUPUESTOS 22. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.1 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0
V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0 0
V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0
V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0 0
V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamientopara la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 42 44 56 44 40 46 43 38 41 394 394
V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 47 54 59 55 32 33 40 0 40 360 360
V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 69 93 102 91 53 54 60 0 70 591 591
V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 41 48 43 38 40 45 38 0 38 334 334
V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0 0
V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 1 4 4 0 0 1 1 0 1 11 11
V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 201 243 264 228 164 179 182 38 190 1690 0 1690
V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 2 2
V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0 0
V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)
V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 2
V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 201 243 264 228 164 179 182 38 190 1690 2 1692
TABLA DE PRESUPUESTOS 23. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0,0 0,0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 0,2 0,2
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 1,2 0,5 0,6 0,6 1,1 0,6 0,3 1,7 1,2 7,8 7,8
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 0,3 0,3
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 1,2 0,5 0,6 0,6 1,1 0,6 0,3 1,7 1,2 7,8 0,5 8,3
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0,0 0,0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 2,7 4,6 5,6 4,0 2,7 3,1 2,4 0,0 2,3 27,5 27,5
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 0,3 0,4 0,7 0,3 0,1 0,1 0,1 0,0 0,2 2,2 2,2
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0,0 0,0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 3,0 5,0 6,3 4,3 2,9 3,2 2,6 0,0 2,5 29,7 0,0 29,7
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 1,1 1,1
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 1,1 1,1
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 0,2 0,2
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,2 0,2
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 0,1 0,1
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,1 0,1
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 4,2 5,5 6,8 4,9 4,0 3,8 2,9 1,7 3,7 37,5 1,9 39,4
TABLA DE PRESUPUESTOS 24. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.2 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0
V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0 0
V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0
V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0
V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0
V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)
V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0
V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0
V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 1 1
V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7 3 4 4 7 4 2 10 7 47 47
V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 2 2
V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 7 3 4 4 7 4 2 10 7 47 3 50
V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0 0
V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 16 28 34 24 16 19 14 0 14 165 165
V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 2 2 4 2 1 1 1 0 1 13 13
V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0 0
V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 18 30 38 26 17 19 16 0 15 179 0 179
V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 7 7
V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 7 7
V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 1 1
V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 1 1
V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)
V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1
V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 25 33 41 29 24 23 17 10 22 225 11 237
TABLA DE PRESUPUESTOS 25. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0,0 0,0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 0,0 1,5 1,9 1,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 4,8 4,8
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 1,2 1,6 1,9 1,4 1,2 1,2 1,2 0,0 1,2 11,0 11,0
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 1,2 3,1 3,7 2,9 1,2 1,2 1,2 0,0 1,2 15,9 0,0 15,9
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0,0 0,0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 6,7 6,8 7,9 7,1 6,6 5,7 6,4 0,0 6,1 53,1 53,1
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 2,5 0,0 2,4 2,3 2,3 0,0 0,0 1,9 2,4 13,8 13,8
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,0 0,4 0,0 0,4 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,8 0,8
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 0,0 0,0 5,0 0,0 5,4 0,0 0,0 0,0 5,0 15,5 15,5
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 9,2 7,1 15,3 9,8 14,3 5,7 6,4 1,9 13,5 83,1 0,0 83,1
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 1,4 1,6 0,2 0,2 0,9 0,0 0,6 0,0 0,0 4,9 4,9
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 1,4 1,6 0,2 0,2 0,9 0,0 0,6 0,0 0,0 4,9 0,0 4,9
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0,0 0,0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 86,6 86,6
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 86,6 86,6
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 0,0 0,0 0,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 3,0 3,0
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 5,3 5,3
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 0,4 0,4
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 0,0 0,0 0,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 3,0 5,8 8,7
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 11,8 11,9 19,2 15,8 16,4 6,9 8,2 1,9 14,8 106,8 92,4 199,2
TABLA DE PRESUPUESTOS 26. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.3 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0 0
V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0
V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 0 9 11 9 0 0 0 0 0 29 29
V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 7 10 11 8 7 7 7 0 7 66 66
V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 7 19 22 17 7 7 7 0 7 96 0 96
V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0 0
V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 40 41 47 43 40 34 38 0 37 319 319
V10.3.2.3 Reintroducción de especies 15 0 14 14 14 0 0 11 14 83 83
V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0 2 0 2 0 0 0 0 0 5 5
V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 0 0 30 0 32 0 0 0 30 93 93
V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 55 43 92 59 86 34 38 11 81 499 0 499
V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 8 10 1 1 5 0 4 0 0 29 29
V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 8 10 1 1 5 0 4 0 0 29 0 29
V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0 0
V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 520 520
V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 520 520
V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 0 0 0 18 0 0 0 0 0 18 18
V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)
V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 32 32
V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 2 2
V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 0 0 0 18 0 0 0 0 0 18 35 52
V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 71 72 115 95 99 41 49 11 89 642 555 1197
TABLA DE PRESUPUESTOS 27. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.4 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 12,4 12,3 12,6 0,0 0,0 0,0 12,1 0,0 0,0 49,4 49,4
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 12,4 12,3 12,6 0,0 0,0 0,0 12,1 0,0 0,0 49,4 0,0 49,4
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos depesca 0,1 0,1
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 0,5 0,6 0,6 0,6 0,4 0,4 0,4 0,3 0,6 4,5 4,5
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 2,2 2,4 2,5 2,4 2,0 2,1 2,4 1,5 2,4 20,0 20,0
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,2 0,2 0,4 0,2 2,8 2,8
V10.4.3 Atención al pescador 3,1 3,4 3,5 3,4 2,9 2,7 3,0 2,2 3,1 27,3 0,1 27,4
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 15,6 15,6
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 15,6 15,6
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0,0 0,0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 15,4 15,7 16,1 3,4 2,9 2,7 15,1 2,2 3,1 76,7 15,7 92,4
TABLA DE PRESUPUESTOS 28. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.4 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial
Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total
V10.4.1.1 Aulas del Río 75 74 76 0 0 0 73 0 0 297 297
V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)
V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)
V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 75 74 76 0 0 0 73 0 0 297 0 297
V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)
V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)
V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola
V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos depesca 1 1
V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)
V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 3 4 4 4 2 2 2 2 4 27 27
V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 13 14 15 14 12 13 14 9 14 120 120
V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 2 2 2 2 2 1 1 2 1 17 17
V10.4.3 Atención al pescador 19 20 21 20 17 16 18 13 19 164 1 165
V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 94 94
V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 94 94
V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0 0
V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0
V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 93 94 97 20 17 16 91 13 19 461 94 555
V10 Gestión piscícola
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DESCRIPCIÓN DE LAS NOTAS:
(1) Los cursos previstos en esta medida, se engloban en actividades formativas más amplias
de las acciones T3.2.2. Formación continua de personal dependiente de la administración y
T3.2.3. Formación continua de personal no perteneciente a la administración, ambas
propuestas en el programa T3 Formación.
(2) Esta medida se presupuesta en el programa T4 Investigación dentro de la medida T4.2.2.9.
Proyectos de investigación relacionados con la gestión piscícola (programa V10).
(3) Esta medida se integra en la medida T3.1.3.1. Elaboración de un estudio sobre las
necesidades de formación en el sector forestal de Castilla y León del programa T3 Formación.
(4) Esta medida se presupuesta en el programa T3 Formación dentro de la acción T3.2.2.
Formación continua de personal dependiente de la administración.
(5) Esta medida está contemplada en el programa T5 Comunicación y participación, dentro de
la medida T5.3.2.3. Fomento y participación en jornadas, seminarios, congresos o simposios.
(6) Esta medida se integra en la acción T5.2.3. Campañas de información, sensibilización e
incentivación del programa T5 Comunicación y participación.
(7) Esta medida se engloba en diversas medidas de la acción T5.2.1. Difusión del Plan Forestal
del programa T5 Comunicación y participación.
(8) Esta medida se incluye en la medida T5.2.1.4. Difusión de la evolución y los resultados del
Plan Forestal del programa T5 Comunicación y participación.
(9) Esta medida se presupuesta en el programa T5 Comunicación y participación dentro de la
medida T5.2.2.1. Información del medio natural y acceso a las bases de datos.