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POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
POLÍTICAS DE CRÉDITO 26-03-2012
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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ÍNDICE
ÍNDICE .................................................................................................................................... 2
POLITICAS GENERALES ............................................................................................ 3
POLITICAS DE CREDITOS NO FIDUCIARIOS ................................................. 10
POLITICAS DE CREDITOS CORRIENTES ......................................................... 11
REFINANCIAMIENTO DE DEUDA ......................................................................... 15
GASTOS NAVIDEÑOS ................................................................................................ 17
COMPRA VEHÍCULO .................................................................................................. 18
SALUD Y RECREACIÓN ............................................................................................ 21
EDUCATIVO ................................................................................................................... 23
PRÉSTAMO TECNOLÓGICO ................................................................................... 24
POSGRADO .................................................................................................................... 26
ESPECIAL ORDINARIO ............................................................................................. 27
SITUACIONES ESPECIALES .................................................................................. 29
PRÉSTAMO ESPECIAL MENAJE .......................................................................... 31
PRÉSTAMO TRÁMITES LEGALES Y JUDICIALES ........................................ 32
PRÉSTAMO EMPRENDEDORES ............................................................................ 33
PRÉSTAMO AHORRO A LA VISTA ....................................................................... 34
PRÉSTAMO AHORRO A LA VISTA ESPECIAL ................................................ 35
HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA ........................................................................ 36
PRÉSTAMO HIPOTECARIO VIVIENDA SOLIDARIA ..................................... 45
PRESTAMOS PARA PROYECTOS URBANISTICOS ...................................... 46
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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POLITICAS GENERALES
CPG1 La cuota del préstamo solicitado debe ser cubierta a con el salario líquido de la UCR.
#1392 08-06-2006
CPG2 El solicitante deberá ser funcionario activo de la Universidad de Costa Rica.
#1392 08-06-2006
CPG3 Para todo crédito el solicitante deberá estar al día en sus operaciones con la Junta, tanto en su condición de deudor como fiador.
#1392 08-06-2006
CPG4 En la formalización de un crédito el afiliado podrá poner al día sus operaciones o fianzas otorgadas, cancelando los intereses adeudados a la fecha de la solicitud del préstamo.
#1392 08-06-2006
CPG5 Todos los documentos que se reciban para trámite de cualquier crédito, tendrán vigencia de 90 días, los cuales podrán ser utilizados en otro crédito que el interesado solicite.
#1392 08-06-2006
CPG6 La Junta Administradora publique, en lugar del boletín, una revista educativa en la que se incluya diferentes artículos, puntos de vista, que pueden ayudar a los funcionarios universitarios a educarse económica y financieramente, y que haya un responsable de la Junta Administradora para esa revista, con su respectivo Comité Editorial. Y que todo lo otro que significa letra menuda sobre el que hacer de la Junta lo maneje la administración por medio de brochures, hojas sueltas y otros. Que esto se maneje como política general de divulgación y de rendición de cuentas.
#1140 20-07-2000
CPG7 Los afiliados a la JAFAP quedan comprometidos a satisfacer puntualmente las cuotas mensuales pactadas en los préstamos otorgados, para lo cual autoriza a la Oficina de Recursos Humanos de la UCR a que deduzca de su salario a petición de la JAFAP la cuota pactada para cada préstamo.
#1218 23-05-2002
CPG8 El afiliado podrá hacer pagos extraordinarios, los cuales podrán amortizar el saldo de la deuda y/o cancelar intereses a la fecha, pero que no eximen el pago de las cuotas pactadas en las solicitudes y/o garantías de las obligaciones.
#1218 23-05-2002
CPG9 Podrá ser consultado a través de entidades externas o por cualquier otro medio que se considere necesario y/o conveniente para el análisis técnico y esto actuando con la mayor confidencialidad; asimismo, la JAFAP procederá de la manera más responsable para proteger y asegurar un adecuado análisis del historial del crédito de cada uno de los fiadores.
#1218 23-05-2002
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POLITICAS GENERALES
CPG10 Fijar para el cálculo del salario líquido disponible para fianzas y/o préstamos, los porcentajes de las cuotas a deducir de la siguiente manera:
Salario líquido (con todas deducciones aplicadas) % de cuota
Cuotas de las fianzas Préstamos Especiales y Ahorro a la Vista 45% Préstamos Hipotecarios y Situaciones Especiales 100%
Eliminar la aplicación de esta norma en las fianzas otorgadas en préstamos corrientes para la obtención del “salario disponible para fianzas” y del “salario disponible para préstamos”.
#1039 17-05-2004
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POLITICAS GENERALES
CPG11 Podrá ser consultado a través de entidades externas o por cualquier otro medio que se considere necesario y/o conveniente para el análisis técnico y esto actuando con la mayor confidencialidad; asimismo, la JAFAP procederá de la manera más responsable para proteger y asegurar un adecuado análisis del historial del crédito de cada uno de los fiadores. Duplicada CPG9
#1218 23-05-2002
CPG12 No se considera fiador aquella persona en las siguientes situaciones: Cuando sea deudor de un préstamo de la línea de Ayuda a
Situaciones Especiales o alguno de sus préstamos se encuentra clasificado y represente un riesgo superior para la JAFAP.
Cuando se encuentre en Cobro Judicial por deuda propia o fianza Cuando se encuentre con moratoria autorizada por la Junta
Administradora. Cuando mantenga algún préstamo con el Fondo que se encuentre
atrasado en sus cuotas. Cuando sea fiador de algún préstamo con el Fondo que se encuentre
atrasado en sus cuotas. Se exceptúa la condición anterior al deudor en el crédito sobre ahorros.
#1218 23-05-2002
CPG13 La Junta Administradora determinará la cantidad de fiadores para los créditos, los cuales deberán haber laborado durante un periodo no menor a 2 años en la Institución caso de los créditos que no son sobre ahorros.
#1218 23-05-2002
CPG14 Los fiadores pueden ser trabajadores ajenos a la UCR, y en tal caso deben presentar constancia de salario del patrono donde indique salario bruto, líquido, la fecha de ingreso a la Institución, cargo que ocupa, si se encuentra en propiedad o interinato, que no tiene embargos de salario ni hay autorización para retenciones, copia de la cédula de identidad, copia de la última orden patronal y fotocopia del recibo de luz, agua o teléfono. El fiador puede ser ajeno a la Universidad de Costa Rica, en tal caso debe haber laborado durante un período no menor a 1 año en la misma institución y deberá presentar constancia de salario que indique el salario bruto y neto devengado, la fecha de ingreso a la institución cargo que ocupa, si se encuentra en propiedad o interinato, que no tiene embargos de salario ni hay autorización para retenciones, copia de la cédula de identidad, copia de la última orden patronal y fotocopia del recibo de luz, agua o teléfono.
#1218 23-05-2002
CPG15 La JAFAP se reserva el derecho de rechazar cualquier fiador. #1218 23-05-2002
CPG16 Los montos de los préstamos estarán sujetos a las tablas basadas en los salarios líquidos percibidos o bien con la disposición reglamentaria particular en cada clase de préstamo, según lo aprobado por la Junta
#1218 23-05-200
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POLITICAS GENERALES
Administradora o la Administración. Se podrán considerar como parte del salario líquido:
Las cuotas de los créditos con la JAFAP que cancele en la operación. Las cuotas deducidas en el sistema de Ahorro a la Vista.
(Ambos previa comprobación que la deducción al momento del préstamo está siendo rebajada del salario del afiliado)
CPG17 En caso de incumplimiento del plan de inversión estipulado para el préstamo, la JAFAP dará por vencida y exigible la obligación, pudiendo en consecuencia proceder al cobro judicial de la misma. La falta de pago de una mensualidad vencida tendrá las mismas consecuencias señaladas anteriormente.
#1218 23-05-2002
CPG18 Las solicitudes deben estar debidamente llenas y firmadas por el afiliado, caso contrario no se les dará trámite.
#1218 23-05-2002
CPG19 Las solicitudes que se reciban para trámite en nuestras oficinas vía facsímil y/o medios electrónicos que resulten borrosas, incompletas o ilegibles en alguna de sus partes no se les dará trámite.
#1218 23-05-2002
CPG20 Se autoriza a la Jefatura del Depto de Crédito y Cobro para dar visto bueno de conformidad a la prudencia para que se realicen créditos en la línea sobre ahorros del afiliado que se esté incorporando o prorrogando una moratoria autorizada y/o que desee actualizar sus obligaciones.
#1218 23-05-2002
CPG21 Se autoriza a la Administración a determinar período o períodos de gracia en fechas donde la UCR o la JAFAP deben cerrar sus puertas por más de dos días naturales tales como: diciembre y semana santa, con el fin de que reciba y trámite las solicitudes que cumplan el plazo para renovar créditos en ese lapso. Cuando la fecha de renovación de cualquier préstamo se cumpla en fines de semana, días feriados, vacaciones de Semana Santa o vacaciones de diciembre, se podrán aprobar el último día hábil anterior a las fechas de descanso. Verificar aprobación
#1218 23-05-2002
CPG22 Los préstamos que se otorguen y que contenga entre sus condiciones que su interés es fluctuante y ajustable semestralmente, las revisiones y ajustes pertinentes se realizarán en los meses de enero y julio de cada año.
#1218 23-05-2002
CPG23 Las condiciones anteriores pueden variar de acuerdo con las políticas del crédito dictadas por la Junta Administradora.
#1218 23-05-2002
CPG24 Se establece una política que va dirigida a aquellos afiliados que puedan realizar abonos extraordinarios para que tengan un efecto positivo sobre su salario líquido lo podrán realizar y que los procedimientos para la operacionalización estarán a cargo de la administración y cada caso será analizado individualmente.
#1243 21-11-2002
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POLITICAS GENERALES
CPG25 Política derogada. Se adjunta al final
#1460 11-02-2008 #1390
CPG26 No se considera sujeto de crédito aquel afiliado en las siguientes situaciones: Cuando el afiliado no cumpla con la tabla del salario líquido (salario
devengado en la UCR) establecido para cada crédito o no perciba salario con la Universidad de Costa Rica.
Cuando por alguna otra razón debidamente justificada, se haya congelado las operaciones sobre ahorro (Cobros Judiciales, embargos, moratorias, entre otros.)
Cuando se demuestre desviación del plan de inversión, se oculte o falsee información.
Cuando sea deudor de un préstamo de la línea de Ayuda a Situaciones Especiales o alguno de sus préstamos se encuentra clasificado y represente un riesgo superior para la JAFAP.
El solicitante que tenga algún préstamo con el Fondo que se encuentre atrasado en sus cuotas, el cual podrá gestionar hasta tanto haya un arreglo satisfactorio.
Si el solicitante es fiador de algún préstamo con el Fondo que se encuentre atrasado en sus cuotas, hasta tanto haya un arreglo satisfactorio. Se exceptúa la condición anterior al deudor en el crédito sobre ahorros.
Cuando exista evidencia de que la solicitud de crédito represente un riesgo superior para la JAFAP en su recuperación.
#1218 23-05-2002
PG27 Variación del porcentaje de salario líquido requerido para determinar los montos a prestar en los préstamos especiales de la siguiente forma:
PRÉSTAMO PORCENTAJE
Especial ordinario y extraordinario 33%
Equipo de cómputo 33% Compra de vehículo 33% Gastos médicos 45% Estudio 33% Gastos Navideños 33% Ahorro a la vista asociados 33% Ahorro a la vista no asociados 33%
#1509 23-03-2009
PG28 Las condiciones el crédito serán válidas por tres meses a partir de la fecha que la Junta da por recibida la solicitud.
#1504 16-02-2009
PG28 Personas afiliadas que disfrutan de un permiso sin goce de salario por haber sido becarios por la UCR
#1534 26-10-2009
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POLITICAS GENERALES
Las personas afiliadas que disfruten de un permiso sin goce de salario por haber sido beneficiados con una beca otorgada por la Universidad de Costa Rica para realizar estudios en el extranjero se les cobrará una tasa del 8% anual sobre saldos por las deudas que tengan con la JAFAP, independientemente del tipo de deuda que sea. Este beneficio se extenderá por el tiempo que el afiliado disfrute de dicha beca. Dicha política no tiene carácter retroactivo por lo que rige a partir de su aprobación.
PCG29 Se autoriza a la Administración a determinar período o períodos de gracias en fechas donde la JAFAP, visite las sedes con el fin de que se reciban y tramiten solicitudes que cumplan el plazo para renovar créditos en el lapso de 6 días posteriores a la fecha de la visita. Los desembolsos generados por estas operaciones se harán efectivos a la fecha en que se cumple el plazo de renovación.
#1554 03-05-2010
PCG30 Dación de la Propiedad para pago de la deuda”, se aplicará en casos de morosidad, para evitar el proceso judicial, casos diferentes al anterior se manejará por excepción, y será aprobado por Junta Directiva, adjuntando documentos que justifiquen la situación
#1604 27-06-2011
PCG31 El monto de venta del bien autorizado será autorizado por la Junta Directiva, tomando como referencia el avalúo y el monto de la deuda. Los costos y honorarios de traspaso, se registraran como gasto, para no incrementar el valor de venta de la propiedad. En caso que las personas afiliadas no muestren interés de comprar, se realizará una oferta pública.
#1604 27-06-2011
PCG32 Para todo profesor universitario que haya realizado estudios de postgrado y solicite un crédito en la Junta, se tomará como constancia de salario la constancia de nombramiento que emite la Oficina de Asuntos Internacionales de la Universidad de Costa Rica, en igualdad de condiciones como la que emite la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad de Costa Rica, para los fines correspondientes.
#1620 20-10-2011
PCG33 Se autoriza a la Administración de conformidad con la prudencia, a otorgar créditos a las personas afiliadas que tengan Préstamos de Situaciones Especiales, solo si requiere la excepción de la política CPG26 (punto 4) y si cumple con el siguiente comportamiento de su salario y el plan de inversión: 1. El salario líquido aumentó al menos un 30%, desde el momento en que se le otorgó el préstamo de situaciones especiales, al día en que está solicitando el crédito. 2. La relación salario líquido (incluyendo la cuota que aporta en los sistemas de ahorro) versus su salario bruto sea superior al 20%. 3. Que su salario líquido una vez otorgado el crédito, no regrese a su
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POLITICAS GENERALES
nivel anterior. 4. Únicamente para inversiones fijas: (Vivienda, Tecnología, Menaje, Vehículo, Salud, Educación). Transitorio: Debe cumplir con el resto de políticas y requisitos para cada uno de los préstamos. Los créditos otorgados por la Administración a las personas afiliadas que tengan Préstamos de Situaciones Especiales, solo si requiere la excepción de la política CPG26 (punto 4) deben ser firmados por el Gerente General y el Jefe de Crédito y Cobro.
PCG34 Buscar como quedo texto y sesión
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POLITICAS DE CREDITOS NO FIDUCIARIOS
CNFD1 El plazo máximo de cancelación será: Hasta ¢1,000,000 48 meses De ¢1.000.001 hasta ¢2.500.000 60 meses De ¢2,500,001 en adelante 72 meses
#1499 08-12-2008
CNFD2 Cada vez que se tramite un préstamo no fiduciario, se cancelará cualquier saldo pendiente por concepto de préstamo de esa misma línea.
#1390 25-05-2006
CNFD3 Para todo crédito no fiduciario deberá confeccionarse el pagaré correspondiente.
#1390 25-05-2006
CNFD4 Los afiliados que estén disfrutando de moratoria por una difícil situación económica, podrán acceder a este crédito, si aportan un fiador o si su salario neto es menor o igual al 15% del salario bruto que devengue. Se restará del salario líquido la parte correspondiente a cualquier pago extraordinario que haya percibido el afiliado al momento de solicitar el crédito.
#1390 25-05-2006
CNFD5 Todo afiliado solicitante deberá firmar y aceptar la Ratificación de Garantía que se incluye en las fórmulas de préstamo no fiduciario.
#1390 25-05-2006
CNFD6 Tasa de Interés 21%
#1583 9-12-2010
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POLITICAS DE CREDITOS CORRIENTES
CC1 Plazos Hasta ¢5,000,000 a 84 cuotas De ¢5,000,001 en adelante a 90 cuotas
#1499 08-12-2008
CC2 Todo crédito corriente cancelara el saldo del préstamo anterior de la misma línea
#1390 25-05-2006
CC3 Sin fiador: el préstamo corriente no requiere de fiadores cuando el monto principal formalizado sea inferior o igual a ¢15 millones.
Con fiador: el préstamo corriente se garantiza con un fiador cuando supere el 50% del ahorro disponible.
#1635 13-02-2012
CC4 Para todo crédito corriente el afiliado deberá firmar la garantía que se establezca.
#1390 25-05-2006
CC5 Todo afiliado solicitante deberá firmar y aceptar la Ratificación de Garantía que se incluye en las fórmulas de préstamo corriente.
#1390 25-05-2006
CC6 Tasa de interés 18%
#1583 9-12-2010
CC7 Crear líneas de crédito dentro de la familia de los préstamos sobre aportes,
dirigidas a una inversión especifica, tales como:
Corriente Salud, Corriente Vehículo, Corriente tecnología, Corriente Educación.
CC8 Garantía: El Fondo de Ahorro individual de cada persona afiliada, de acuerdo con la política CC3
CC9 Las tasas de interés para las líneas definidas en política CC7: son las establecidas en las políticas de los préstamos especiales que están orientados a esos planes de inversión.
CC10 Monto máximo: los establecidos en las políticas de los préstamos
especiales que están orientados a esos planes de inversión.
Para su calculo se establece la siguientes formula:
El 100% del aporte de la persona afiliada MAS el 70% del aporte de la Universidad, incluyendo los excedentes acreditados MENOS las deudas garantizadas con estos aportes.
CC11 Requisitos: Serán los establecidos en los préstamos especiales que están orientados a esos planes de inversión.
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POLITICAS GENERALES ESPECIALES
PGE1 El solicitante debe haber cotizado al menos 24 meses a la Junta. #1416, 11-12- 2006 Artículo 54 Reglam.
PGE2 Plazo máximo de cancelación es el establecido por parte de la Junta Directiva de acuerdo con el artículo nº 53 del Reglamento.
#1416, 11-12- 2006
PGE3 El fiador conoce y acepta que el otorgar fianza y podrá causar limitaciones en futuras solicitudes de crédito especiales.
#1416, 11-12- 2006
PGE4 Queda a criterio de la Administración solicitar documentación adicional. #1416, 11-12- 2006
PGE5 La Junta Directiva puede suspender nuevas operaciones en el sistema de ahorro y préstamo hasta la cancelación total del préstamo.
#1416, 11-12- 2006
PGE6 La Junta se reserva el derecho de aceptar o rechazar el plan de inversión propuesto.
#1416, 11-12- 2006
PGE7 No se considerará sujeto de este préstamo especial aquel afiliado en las siguientes situaciones: Cuando tenga saldo en el préstamo Ahorro a la Vista Especial (No Asociados). Cuando por alguna otra razón debidamente justificada, se haya congelado las operaciones en el sistema (moratoria, cobro judicial, u otros).
#1416, 11-12- 2006
PGE8 Se acuerda como política de la Junta Directiva, que en los casos de congelamiento de operaciones por motivo de trámite de préstamos especiales, se analizarán solicitudes de descongelamiento de operaciones hasta un año después de tramitado dicho préstamo, excepto casos de emergencias debidamente calificadas a criterio de la Junta Directiva.
#880 31-05-1995
PGE9 La Junta financia equipo escogido por los asociados.
#913 19-01-1996
PGE10 Las cuotas que representan los préstamos para equipo de cómputo, préstamo especial y préstamo de ahorro a la vista, tengan un tope de un 33% del salario líquido de cada afiliado del Fondo.
#1148 12-10-2000 Ver política PG27
PGE11 La forma para determinar el salario disponible para solicitudes de crédito, se realizará de la siguiente forma:
Salario líquido (con todas deducciones aplicadas) % de cuota
- Cuotas de las fianzas Préstamos Especiales y Ahorro a la Vista 45%
#1218. 23-05-2008
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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POLITICAS GENERALES ESPECIALES
Préstamos Hipotecarios 100% = SALARIO DISPONIBLE PARA SOLICITUD DE CRÉDITO
Entiéndase como SALARIO DISPONIBLE PARA SOLICITUD DE CRÉDITO, el salario resultante de la resta de la proporcionalidad aprobada en las fianzas para cada línea de crédito, con el fin de medir el nivel de endeudamiento de los afiliados con la JAFAP. (Modificado en sesión 1309)
PGE12 Todo préstamo especial deberá contar con el aval de 1 fiador por cada ¢4,000,000 (Cuatro Millones) de deuda o fracción, siempre y cuando la Junta Administradora no establezca una situación diferente para una determinada línea de crédito o para un caso en particular. Todo lo anterior apegado a la normativa vigente para el otorgamiento de préstamos especiales.
#1461 18-02-2008
PGE13 La formalización del préstamo Especial Ordinario congela por seis meses la posibilidad de tramitar el Especial Extraordinario. Suspender las políticas restrictivas PGE14, PGE13, CRD7 Y CHV27 que limitan el otorgamiento de créditos especiales y corrientes.
#1509 23-03-2009 #1566 29-07-2010
PGE14 La formalización del préstamo Especial Extraordinario congela por seis meses la posibilidad de tramitar el Especial Ordinario. Suspender las políticas restrictivas PGE14, PGE13, CRD7 Y CHV27 que limitan el otorgamiento de créditos especiales y corrientes.
#1509 23-03-2009
PGE15 Los préstamos especiales de: Vehículo, Salud y Recreación, Posgrado, Educación y Tecnología, formalizados en el 2011, gozarán de un descuento de: Vehículo 3 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Salud y Recreación 3 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Posgrado 3 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Educación 4 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Tecnología 5 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; los cuales se reintegrarán a la persona afiliada. Transitorio: El descuento se aplicará a partir de la cuota registrada en abril del 2011, y este será acreditado en una cuenta de ahorros a nombre de la persona afiliada. No se consideran pagos retroactivos. Los retiros son mensuales para favorecer al afiliado.
#1592 28-03-2011
PGE16 Se autoriza a la Administración de conformidad con la prudencia, a renovar de forma anticipada los créditos pertenecientes a la familia
#1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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POLITICAS GENERALES ESPECIALES
de préstamos especiales, si el único requisito por excepcionar es el plazo de renovación. Transitorio: Debe cumplir con el resto de políticas y requisitos para cada uno de los préstamos.
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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REFINANCIAMIENTO DE DEUDA
CRD1 Montos máximos a prestar: Con garantía fiduciaria
Hasta ¢6 millones según política general para préstamos especiales, referente a los fiadores, PGE12.
Con garantía hipotecaria de primer grado Hasta por la suma de ¢15,000,000.00 (Quince millones).
Montos y plazos mayores a los estipulados en los puntos anteriores podrán ser autorizados por la Junta Directiva, previo análisis y recomendación por parte del Comité de Crédito, el monto autorizado no podrá exceder al tope máximo establecido para los préstamos hipotecarios de Garantía Real para compra de vivienda.
#1461 18-02-2008
CRD2 Tasa de interés: Tasa mínima e inicial: 21% anual sobre saldos, para los créditos
con garantía fiduciaria. Tasa mínima e inicial: 19% anual sobre saldos, para los créditos
con garantía hipotecaria.
Para los préstamos formalizados con tasas variables Tasa máxima: dos puntos porcentuales por encima de la Tasa
Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica. Variación: la tasa de interés será revisable dos veces al año en los meses de enero y julio, tomando como referencia la Tasa Básica Pasiva del 30 de noviembre y del 15 de junio de cada año, pudiéndose ajustar previa autorización de la Junta Directiva, de acuerdo con la variación de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica.
#1583 9-12-2010
CRD3 Plazos Hasta ¢5.000.000.00 a 6 años plazo.
De ¢5.000.001.00 hasta ¢10.000.000.00 a 12 años.
#1383 09-03-2006
CRD4 Condiciones adicionales: El afiliado deberá suscribir la Póliza Colectiva de Vida ofrecida
por la Junta, al menos por el monto de la deuda. En los casos de los créditos con garantía hipotecaria, el afiliado
además de la Póliza Colectiva de Vida, deberá suscribir una póliza contra incendio, rayo y sismo sobre la propiedad por el valor real de la misma.
Los cheques que se generen de esta operación, serán emitidos a nombre de las empresas o instituciones correspondientes.
#1383 09-03-2006
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REFINANCIAMIENTO DE DEUDA
CRD5 Si la garantía del préstamo de Refinanciamiento de Deuda es Hipotecaria, se tomará en cuenta solamente el 80% del valor del avalúo dado por el perito de la Junta.
#1416 11-12-2006
CRD6 Para el caso de los préstamos de Refinanciamiento de Deuda vigentes hasta la fecha, las afiliadas y afiliados podrán solicitar mediante nota a la administración la renovación de la operación para acogerse a los nuevos plazos aprobados por la Junta Directiva en sesión N° 1383 del 9 de marzo de 2006.
#1384 16-03-2006
CRD7 Congelar las operaciones por 24 meses sobre la familia de créditos especiales, para aquellos afiliados que tenga un préstamo de Refinanciamiento. Suspender las políticas restrictivas PGE14, PGE13, CRD7 Y CHV27 que limitan el otorgamiento de créditos especiales y corrientes.
#1497 24-11-2008 #1566 29-07-2010
CRD8 Se deberá firmar una autorización para rebajar de planilla y depositar en el Sistema de Ahorro a la Vista un porcentaje del 85% y en el Sistema de Ahorro Capitalizable, un porcentaje del 15% del monto líquido de salario liberado en la operación de préstamo de Refinanciamiento de Deuda aprobados por la Junta Directiva.
#1554 03-05-2010
CRD9 Quedó aprobada como CRD8 INCORRECTAMENTE
Todo préstamo de Refinanciamiento de deuda que requiera la aprobación de la Junta Directiva, requerirá que la persona afiliada haya asistido o asita a la próxima convocatoria de alguno de los seminarios que la Junta imparte sobre “Finanzas sanas a nivel Personal y Familiar” o “Inversiones Personales”, en caso de no cumplir con el requisito, la tasa de interés pactada se verá aumentada en dos puntos porcentuales
#1542 25-01-2010
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GASTOS NAVIDEÑOS
CGN1 El tope establecido se determinará según las condiciones financieras de la Junta, la administración deberá informar a la Junta Directiva el monto a prestar. Se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales para este crédito.
#1488 30-09-2008
CGN2 El período por el que se otorga este crédito va del 01 de octubre al último día hábil de cada año o bien hasta agotar el presupuesto asignado.
#1488 30-09-2008
CGN3 Tasa de interés: 18% a.s.s
#1583 9-12-2010
CGN4 Plazo de cancelación: 24 meses.
#1488 30-09-2008
CGN5 Garantía De ¢1.00 hasta ¢600,000 sin fiador Superior a ¢600,000, 1 fiador
#1617 26-09-2011
CGN6 Este préstamo deberá ser cancelado con el siguiente préstamo sobre aportes aprobado una vez capitalizados los excedentes del periodo al que corresponda.
#1488 30-09-2008
CGN4 El tope establecido se determinara según las condiciones financieras de la Junta, se la administración deberá informar a la Junta Directiva el monto a prestar. Además, en cada caso se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales para este crédito.
#1416 11-12-2006
CGN6 Este préstamo deberá ser cancelado con el siguiente préstamo sobre aportes aprobado una vez capitalizados los excedentes del periodo al que corresponda.
#1416 11-12-2006
Se otorgará únicamente en los meses de octubre, noviembre, diciembre 2007
#1443 01-10-2007
El afiliado podrá hacer uso de este crédito sólo una vez, en el período que se otorga el mismo.
#1443 01-10-2007
Deberá ser cancelado, con el primer préstamo corriente o préstamo no fiduciario aprobado, una vez capitalizados los rendimientos del período.
#1443 01-10-2007
El monto máximo a otorgar a cada afiliado, se debe considerar la tabla de salario líquido, sin que se exceda lo determinado en el punto (b).
#1443 01-10-2007
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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COMPRA VEHÍCULO
CCV1 Condiciones de financiamiento:
Año del vehículo % Financiamiento
Del año hasta 2 años de antigüedad
80% Prendaria 20% Fiduciaria
o 100% Hipotecaria
o 100% Fiduciaria
3 año hasta 5 años de antigüedad
75% Prendaria 25% Fiduciaria
o 100% Hipotecaria
o 100% Fiduciaria
+ 5 años de antiguedad
100% Fiduciaria o Hipotecaria
Vehículo Vehículos automotor
Gastos legales y honorario de abogados
Serán deducidas del préstamo aprobado.
#1471 19-05-2008
CCV2 Monto máximo: $35.000.00 (Treinta y cinco mil dólares) De solicitar un crédito para compra de vehículo superior a los $35,000 debe der elevado a Junta Directiva para su aprobación.
#1569 23-08-2010
CCV3 Tasa de interés: Tasa mínima e inicial:
12% anual sobre saldos, para los vehículos nuevos. 13% anual sobre saldos, para vehículos de 1 a 5 años de antigüedad.
Tasa mínima e inicial: 15% anual sobre saldos, para vehículos con más de 5 años de antigüedad.
Tasa fija de 8% para los vehículos impulsados por tecnologías limpias o híbridos, tales como electricidad y otro combustible.
-Para los préstamos formalizados con tasas variables
#1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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COMPRA VEHÍCULO
Tasa máxima: cinco puntos porcentuales por encima de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica. Variación: la tasa de interés será revisable dos veces al año en los meses de enero y julio tomando como referencia la Tasa Básica Pasiva del 30 de noviembre y del 15 de junio de cada año, pudiéndose ajustar previa autorización de la Junta Directiva, de acuerdo con la variación de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica.
CCV4 Plazo de cancelación: 84 cuotas para vehículos nuevos,
72 cuotas para vehículos de 1 a 5 años de antigüedad. 60 cuotas para vehículos con más de 5 años de antigüedad.
#1592 28-03-2011
CCV5 Garantía: Prendaria en primer grado del vehículo a financiar, fiduciaria o hipotecaria (hasta el 75% del valor de la propiedad dada en garantía). Para vehículos con más de 5 años de antigüedad la garantía puede ser fiduciaria o hipotecaria(hasta el 75% del valor de la propiedad dada en garantía), para ambos casos se solicita póliza colectiva de vida.
#1471 19-05-2008
CCV6 La Junta Directiva podrá aprobar plazos y montos mayores a solicitud del afiliado debidamente documentada y justificada su petición.
#1416 11-12-2006
CCV7 El porcentaje de cuota para la cancelación de este préstamo sobre el salario líquido es del 45%.
#1458 28-01-2008
CCV8 Se considerarán los salarios percibidos por el núcleo familiar para determinar la capacidad de pago, siempre y cuando el salario líquido devengado mensualmente en la Universidad de Costa Rica cubra la cuota correspondiente.
#1416 11-12-2006
CCV9 El vehículo podrá ser comprado tanto a personas físicas como jurídicas. Se podrá cancelar deudas originadas por la compra de vehículos a empresas debidamente establecidas dedicadas a este negocio aceptándose garantía prendaria, hipotecaria o fiduciaria.
#1458 28-01-2008
CCV10 El cheque o transferencia se emitirá o realizará a nombre de la empresa o persona que vende o financia el Vehículo Automotor.
#1458 28-01-2008
CCV11 Sin excepción, el notario de la Junta será quien realice el traspaso o inscripción del vehículo.
#1416 11-12-2006
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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COMPRA VEHÍCULO
CCV12 Los préstamos de Compra de Vehículo Automotor pueden ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo pactado en la operación anterior y con el nuevo préstamo deberá cancelarse cualquier saldo pendiente.
#1416 11-12-2006
CCV13 Cuando la garantía cedida sea prendaria deberá hacerse avalúo del automóvil a comprar, y durante el tiempo que el crédito esté vigente se deberá hacer una inspección anual del bien cuyo costo se cargará mensualmente a la cuota. Se exceptúan del avalúo los automóviles del año.
#1458 28-01-2008
CCV14 Cuando la garantía otorgada sea hipotecaria se podrá financiar el 100% del valor del vehículo.
#1458 28-01-2008
CCV15 Seguros Obligatorios Para los créditos con garantía prendaria, deberá suscribirse la póliza colectiva de vehículos que firme la Junta con el Instituto Nacional de Seguros, o bien una póliza de seguro familiar o individual, siempre y cuando mantenga la acreencia con la Junta y se establezcan las coberturas requeridas.
#1580 22-11-2010
CCV15 La persona afiliada podrá optar por dos líneas de crédito de este tipo.
#1592 28-03-2011
Crédito vigente desde sesión No. 1221
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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SALUD Y RECREACIÓN
CSR1 El crédito podrá ser utilizado por el afiliado para cubrir gastos propios relacionados con la salud, curativos, preventivos como recreacionales, de sus hijos, su cónyuge o de sus padres. Situaciones especiales de otro grado de consanguinidad podrá ser analizado por la Junta Directiva, ante una petición del afiliado o afiliada debidamente documentada.
#1457 21-01-08
CSR2 Monto máximo: ¢6.000.000.00 (seis millones)
#1416 11-12-2006
CSR3 Tasa de interés: 13% anual sobre saldos. 8% anual sobre saldos en casos de tratamientos médicos preventivos y curativos, sobre enfermedades terminales, cirugías y procesos hospitalarios (Se excluye las cirugías con propósito estéticos).
#1583 9-12-2010
CSR4 Plazo de cancelación: 72 cuotas.
#1416 11-12-2006
CSR5 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria y póliza colectiva de vida.
#1416 11-12-2006
CSR6 La Junta Directiva podrá aprobar plazos y montos mayores a solicitud del afiliado debidamente documentada y justificada su petición.
#1416 11-12-2006
CSR7 El cheque o cheques que se generen de esta operación serán emitidos a nombre de los profesionales, las empresas o Instituciones correspondientes.
#1416 11-12-2006
CSR8 Se deben presentar las facturas originales en un plazo no mayor a 30 días naturales, caso contrario se congelaran las operaciones crediticias con la Junta.
#1416 11-12-2006
CSR9 Se podrán cancelar gastos contraídos en forma previa, a lo sumo 15 días después de hecho el gasto, con la presentación del correspondiente comprobante.
#1416 11-12-2006
En el caso del préstamo con garantía fiduciaria los requisitos serán los mismos solicitados para el préstamo Especial Ordinario, tanto para el deudor como para los fiadores.
#1359 20-07-2005
En el caso de que la garantía sea hipotecaria los requisitos serán los mismos que los establecidos para el préstamo Hipotecario Corriente.
#1359 20-07-2005
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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SALUD Y RECREACIÓN
Debe presentar Dictamen médico con los respectivos timbres de ley. (Colegio de Médicos y Cruz Roja)
#1359 20-07-2005
Debe presentar factura pro forma del costo total del tratamiento médico.
#1359 20-07-2005
El afiliado tiene treinta días naturales después de girado el préstamo para presentar las facturas originales canceladas; de no presentarlas, al crédito se le asignará la tasa de interés vigente para el crédito especial ordinario más nueve puntos porcentuales.
#1359 20-07-2005
El afiliado deberá suscribir la Póliza Colectiva de Vida ofrecida por la Junta, al menos por el monto de la deuda.
#1359 20-07-2005
En los casos de los créditos con garantía hipotecaria, el afiliado además de la Póliza Colectiva de Vida, deberá suscribir una póliza contra incendio, rayo y sismo sobre la propiedad por el valor real de la misma.
#1359 20-07-2005
En sesión No. 1457 del 21-01-2008 se propone cambiar el nombre del crédito a Préstamo Salud y Recreación
y la nomenclatura a CSR.
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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EDUCATIVO
CE1 Se financian los gastos para educación a las personas afiliadas, cónyuge y sus hijos.Entiéndase como gastos para educación al menos en:
Pago a instituciones de Educación.
Útiles o uniformes.
Bibliografía, Material didáctico.
Investigaciones y Publicaciones.
Cursos y Seminarios.
#1611 18-08-2011
CE2 Plazo de cancelación: Hasta ¢500.000, 24 meses Montos superiores, 48 meses
#1611 18-08-2011
CE3 Monto máximo: ¢4.000.000.00 (cuatro millones).
#1611 18-08-2011
CE4 Tasa de interés: 13% anual sobre saldos.
#1583 9-12-2010
CE5 Garantía: Fiduciaria y el aporte obligatorio acumulado por el afiliado.
#1416 11-12-2006
CE6 El monto a prestar se determinará el monto máximo de acuerdo con la tabla de salarios líquidos vigente.
#1416 11-12-2006
CE7 Los préstamos especiales para educación pueden ser renovados a la mitad del plazo pactado.
#1611 18-08-2011
CE8 La afiliada (o) debe de presentar los comprobantes correspondientes de los gastos a realizar.
#1416 11-12-2006
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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PRÉSTAMO TECNOLÓGICO
(CAMBIO DE NOMBRE EN SESIÓN 1580 DEL 22-11-2010)
CEC1 El préstamo tecnológico tiene como finalidad promocionar equipos electrónicos o mecánicos que contribuyan a disminuir la brecha digital y mantener niveles adecuado de eco-ambiente y seguridad de los activos de todas las personas afiliadas.
#1580 22-11-2010
CEC1 Plazo de cancelación: 48 meses.
#1416 11-12-2006
CEC2 Monto máximo: ¢4.000.000.00 (cuatro millones). Sin embargo, en cada caso se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales. (Sólo se considerará el salario devengado en la UCR), montos superiores al tope se someterán a aprobación de Junta Directiva.
#1615 12-09-2011
CEC3 Tasa de interés: Tasa mínima e inicial: 15% anual sobre saldos. Tasa máxima: cuatro puntos porcentuales por encima de la Tasa
Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica. Variación: la tasa de interés será revisable dos veces al año en los meses de enero y julio, tomando como referencia la Tasa Básica Pasiva del 30 de noviembre y del 15 de junio de cada año, pudiéndose ajustar previa autorización de la Junta Directiva, de acuerdo con la variación de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica.
#1583 9-12-2010
CEC4 Garantía: Fiduciaria y el aporte obligatorio acumulado por el afiliado.
#1416 11-12-2006
CEC5 Se debe presentar factura proforma como parte de los documentos de trámite.
#1416 11-12-2006
CEC6 El cheque o transferencia se emitirá a nombre de la empresa que vende el Equipo o dispositivo tecnológico. Si la compra se realiza en el Depósito libre de Golfito o en el extranjero, se podrá girar el cheque o la transferencia a favor de la persona afiliada o institución con quien tiene la tarjeta de crédito, utilizada para hacer la compra.
#1592 28-03-2011
CEC7 Una vez retirado el cheque o realizada la transferencia se deberá presentar a las oficinas de la Junta la factura de compra cancelada y a nombre del deudor o su grupo familiar, en los 15 días naturales
#1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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PRÉSTAMO TECNOLÓGICO
(CAMBIO DE NOMBRE EN SESIÓN 1580 DEL 22-11-2010)
siguientes, de lo contrario la Junta procederá a congelar las operaciones hasta la cancelación total de la operación.
CEC8 Los préstamos de Equipo de cómputo pueden ser renovados una vez cancelada la operación anterior.
#1416 11-12-2006
CEC9 En lo referente a préstamos para cómputo. Un veinticinco por ciento para mejoras para el equipo de cómputo y un setenta y cinco por ciento para compra del mismo.
#967 31-01-1997
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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POSGRADO
CP1 Monto máximo: ¢4.000.000.00 (cuatro millones)
#1416 11-12-2006
CP2 Tasa de interés: Tasa mínima e inicial: 12% anual sobre saldos. Tasa máxima: dos puntos porcentuales por encima de la Tasa
Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica. Variación: la tasa de interés será revisable dos veces al año en los meses de enero y julio, tomando como referencia la Tasa Básica Pasiva del 30 de noviembre y del 15 de junio de cada año, pudiéndose ajustar previa autorización de la Junta Directiva, de acuerdo con la variación de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica.
#1583 9-12-2010
CP3 Plazo de cancelación: 72 cuotas.
#1416 11-12-2006
CP4 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria y póliza colectiva de vida.
#1416 11-12-2006
CP5 La Junta Directiva podrá aprobar plazos y montos mayores a solicitud del afiliado debidamente documentada y justificada su petición.
#1416 11-12-2006
CP6 Este crédito podrá usarse para financiar publicaciones de libros y folletos de las personas afiliadas.
#1416 11-12-2006
La cuota de amortización e intereses mensual no podrá exceder del sesenta por ciento (60%) de los ingresos líquidos mensuales devengados por el solicitante, para el cómputo de este porcentaje podrán considerarse otros ingresos estables debidamente comprobados. Sin embargo, el salario líquido que recibe con la U.C.R. deberá ser suficiente para que se le pueda rebajar la cuota pactada. Se solicitará al menos dos fiadores cuyos ingresos líquidos mensuales en conjunto cubran como mínimo el treinta y cinco (35%) del monto solicitado.
#1288 17-11-2003
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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ESPECIAL ORDINARIO
CEO1 Monto máximo: ¢6.000.000.00 (Seis millones). Sin embargo, en cada caso se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales.
#1592 28-03-2011
CEO2 Tasa de interés: 22% a.s.s.
#1583 9-12-2010
CEO3 Plazo de cancelación: 48 cuotas.
#1416 11-12-2006
CEO4 Garantía: Fiduciaria y el aporte obligatorio acumulado por el afiliado.
#1416 11-12-2006
CEO5 El préstamo Especial Ordinario puede ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo a que se pactó el préstamo anterior y se debe cancelar la deuda (intereses + saldo) del préstamo anterior.
#1416 11-12-2006
CEO6 Para el cálculo del monto a solicitar sólo se considerará el salario devengado en la UCR
#1416 11-12-2006
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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ESPECIAL EXTRAORDINARIO
CEE1 Monto máximo:
¢6.000.000.00 (Seis millones). Sin embargo, en cada caso se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales.
#1592 28-03-2011
CEE2 Tasa de interés: 22% a.s.s.
#1583 9-12-2010
CEE3 Plazo de cancelación: 48 cuotas.
#1416 11-12-2006
CEE4 Garantía: Fiduciaria.
#1416 11-12-2006
CEE5 Los préstamos Especial EXTRAORDINARIO pueden ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo a que se pactó el préstamo anterior y se debe cancelar la deuda (intereses + saldo) del préstamo anterior.
#1416 11-12-2006
CEE6 Para el cálculo del monto a solicitar sólo se considerará el salario devengado en la UCR.
#1416 11-12-2006
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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SITUACIONES ESPECIALES
(Sesión 1189 12-09-2001)
CSE1 Montos máximos a prestar: Monto máximo: ¢4.000.000.00 (cuatro millones)
#1416 11-12-2006
CSE2 Tasa de interés: 15% anual sobre saldos.
#1583 9-12-2010
CSE3 Plazo de cancelación: 72/144 cuotas.
#1416 11-12-2006
CSE4 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria y póliza colectiva de vida.
#1416 11-12-2006
CSE5 La Junta Directiva podrá aprobar plazos y montos mayores a solicitud del afiliado debidamente documentada y justificada su petición.
#1416 11-12-2006
Tipificación - Salud: Enfermedad comprobada por certificados médicos del
afiliado (a), esposo (a), padre, madre e hijos. - Vivienda: Pérdidas ocasionadas por incendio, rayo, terremoto,
inundación, deslizamiento, vientos huracanados, actos vandálicos debidamente comprobados, caída de aviones u objetos del cielo, daños provocados por vehículos automotores.
- Robo: En vivienda o por atraco callejero al afiliado, debidamente comprobado por denuncia ante el OIJ.
- Ingresos familiares: Que estos sean seriamente disminuidos por pérdida de trabajo del cónyuge o algún miembro del núcleo familiar, debidamente comprobada.
- Embargo: De vivienda y salario por fianzas a terceros por deudas con al menos tres años de antigüedad.
- Divorcio: Que la persona afiliada deba cancelar bienes gananciales a favor del excónyuge según sentencia judicial.
#1189 12-09-2001
El plazo máximo de cancelación será el vigente para los préstamos especiales y la tasa de interés será del 18% a.s.s. Sin embargo, la sumatoria de las cuotas de los préstamos vigentes con el Fondo más la nueva cuota no podrá exceder del 66% del salario bruto que devengue el afiliado con la Universidad de Costa Rica.
#1267 16-06-2003
Se podrá recibir para su análisis las solicitudes que a criterio del Comité #1255
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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SITUACIONES ESPECIALES
(Sesión 1189 12-09-2001)
de Crédito, así lo ameriten, aunque no estén tipificadas de manera literal en esta Reglamentación y que de acuerdo con el numeral 1 cumplan con tener su origen en “un infortunio, siniestro, evento negativo (fortuito o de fuerza mayor)”. Cuando existan situaciones sui géneris, se contratara a un profesional en la materia para poder tipificar los casos.
13-03-03
CONDICIONES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIONABILIDAD
CSE6 Montos máximos a prestar: Monto máximo: ¢15.000.000.00 (quince millones)
#1439 03-09-2007
CSE7 Tasa de interés: 12% anual sobre saldos (fija).
#1583 9-12-2010
CSE8 Plazo de cancelación: 144 (fiduciario) / 240 (hipotecario) cuotas.
#1439 03-09-2007
CSE9 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria y póliza colectiva de vida.
#1439 03-09-2007
CSE10 Se deberá firmar una autorización para rebajar de planilla y depositar en el Sistema de Ahorro a la Vista un porcentaje del 85% y en el Sistema de Ahorro Capitalizable, un porcentaje del 15% del monto líquido de salario liberado en la operación de préstamo de Situaciones Especiales aprobado por la Junta Directiva.
#1554 03-05-2010
CSE11 Quedó aprobada como CS10 INCORRECTAMENTE
Todo préstamo de Situaciones Especiales que requiera la aprobación de la Junta Directiva, requerirá que la persona afiliada haya asistido o asista a la próxima convocatoria de alguno de los seminarios que la Junta imparte sobre “Finanzas sanas a nivel Personal y Familiar “ o “Inversiones Personales”, en caso de no cumplir con el requisito, la tasa de interés pactada se verá aumentada en dos puntos porcentuales.
#1542 25-01-2010
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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PRÉSTAMO ESPECIAL MENAJE
CEM1 Monto Máximo Se determinará el monto máximo del préstamo a otorgar a cada afiliado y afiliada con base en la tabla vigente de salarios líquidos mensuales, con un tope de préstamo por la suma de ¢4,000,000.
#1457 21-01-2008
CEM2 Tasa de interés: 17% a.s.s. A partir del 1 de marzo 2012
#1637 27-02-2012
CEM3 Plazo de cancelación: 60 cuotas
CEM4 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria de acuerdo con el Artículo 54 del Reglamento.
#1461 18-02-2008
CEM5 Los préstamos especiales MENAJE pueden ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo a que se pacto el préstamo anterior y se debe cancelar la deuda (intereses + saldo) del préstamo anterior
#1457 21-01-2008
CEM6 Para el cálculo del monto a solicitar sólo se considerará el salario devengado en la UCR.
#1457 21-01-2008
CEM7 Este financiamiento es únicamente para la compra de menaje a empresas debidamente establecidas y dedicadas a este negocio.
#1457 21-01-2008
CEM8 El cheque o transferencia se emitirá o realizará a nombre de la empresa que vende el menaje. Si la compra se realiza en el Depósito libre de Golfito o en el extranjero, se podrá girar el cheque o la transferencia a favor de la persona afiliada o institución quien tiene la tarjeta de crédito utilizada para hacer la compra.
#1592 28-03-2011
CEM9 Para el trámite de este crédito se debe presentar previamente factura proforma de la empresa en la cual se va a realizar la compra. En los casos en que la compra sea en el Depósito libre de Golfito o el extranjero, tiene 15 días para presentar copia de la factura cancelada y a nombre del deudor o su cónyuge, de lo contrario la Junta procederá a congelar las operaciones hasta la cancelación total de la operación.
#1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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PRÉSTAMO TRÁMITES LEGALES Y JUDICIALES
PETL-1 Esta línea de crédito está orientada a satisfacer necesidades de financiamiento en los casos relacionados con: pago de infracciones de tránsito, gastos y honorarios legales por trámites, demandas y otros. Cubre familia en primer grado de consanguinidad.
#1619 10-10-2011
PETL-2 Monto Máximo: ¢1,000,000
#1619 10-10-2011
PETL-3 Tasa de interés: 18% a.s.s.
#1619 10-10-2011
PETL-4 Plazo de cancelación: 24 cuotas
#1619 10-10-2011
PETL-5 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria de acuerdo con el Artículo 54 del Reglamento.
#1619 10-10-2011
PETL-6 Pueden ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo pactado. #1619 10-10-2011
PETL-7 Para el cálculo del monto a solicitar sólo se considerará el salario devengado en la UCR.
#1619 10-10-2011
PETL-8 Para el trámite de este crédito se debe presentar previamente documentos que comprueben los pagos que debe realizar.
#1619 10-10-2011
PETL-9 El cheque o transferencia se emitirá o realizará a nombre del despacho o abogado correspondiente.
#1619 10-10-2011
PETL-10 En caso de infracciones o multas, debe presentar los comprobantes respectivos. La transferencia o cheque se gira a nombre de la institución correspondiente.
#1619 10-10-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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PRÉSTAMO EMPRENDEDORES
PPYME-001 Préstamo Emprendedores, está orientado a contribuir con aquellas
personas afiliadas que requieran de recursos financieros para iniciar o continuar con el desarrollo de su negocio alterno. El financiamiento se podrá utilizar para capital de trabajo, compra de maquinaria o equipo, materia prima entre otros, orientado al giro del negocio y cancelar créditos onerosos utilizados para estos fines.
#1628 12-12-2012
PPYME-002 Monto Máximo: ¢4,000,000
#1628 12-12-2012
PPYME-003 Tasa de interés: 13% a.s.s.
#1628 12-12-2012
PPYME-004 Plazo de cancelación: 84 cuotas
#1628 12-12-2012
PPYME-005 Garantía: Fiduciaria o hipotecaria de acuerdo con el Artículo 54 del Reglamento.
#1628 12-12-2012
PPYME-006 Pueden ser renovados una vez transcurrida la mitad del plazo pactado.
#1628 12-12-2012
PPYME-007 Para el cálculo del monto a solicitar sólo se considerará el salario devengado en la UCR.
#1628 12-12-2012
PPYME-008 Presentar copia de documento extendido por Tributación Directa, indicando a que régimen contributivo pertenece, con el propósito de identificar que el negocio está formalmente establecido.
#1628 12-12-2012
PPYME-009 Para el trámite de este crédito se debe presentar previamente facturas proforma que comprueben los pagos o compras que debe realizar.
#1628 12-12-2012
PPYME-010 El cheque o transferencia se emitirá a nombre del proveedor o la persona afiliada en casos de capital de trabajo. Tiene un plazo de 30 días hábiles para presentar las facturas canceladas.
#1628 12-12-2012
PPYME-011 De no presentar las facturas correspondientes canceladas los intereses aumentaran a la tasa más alta vigente en la Junta.
#1628 12-12-2012
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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PRÉSTAMO AHORRO A LA VISTA
PSAV1 Monto Máximo ¢2,000,000
#1343 21-02-2005
PSAV2 Tasa de interés: 19% a.s.s.
#1583 9-12-2010
PSAV3 Plazo de cancelación: 48 meses
#1343 21-02-2005
PSAV4 Garantía: El aporte voluntario acumulado por el afiliado y fiduciaria.
Reglamento
PSAV5 Se congela el ahorro hasta el 25% del monto del crédito para los afiliados al sistema de ahorro a la vista.
Reglamento
PSAV6 Debe estar afiliado al Sistema de Ahorro Vista al menos 6 meses. Reglamento PSAV7 Debe de enviarse carta a Junta solicitando autorización del préstamo. Reglamento PSAV8 Debe haber acumulado aportes en el Sistema de Aportes a la Vista de por
lo menos el 25% del monto que desea solicitar, y dicho monto podrá ser retirado hasta la cancelación del crédito aprobado. (Art.18,inciso b)
Reglamento
PSAV9 Los préstamos de Ahorro a la Vista pueden ser renovados una vez amortizado el 50% del préstamo vigente y haber transcurrido un año de la formalización de la operación anterior.
Reglamento
PSAV10 El solicitante debe haber cotizado al menos 24 meses al Fondo. Reglamento PSAV11 Los préstamos de ahorro a la vista, que no requieran ningún tipo de
excepción, se elevarán a la Junta Directiva, sin expediente de crédito. #1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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PRÉSTAMO AHORRO A LA VISTA ESPECIAL
PSAVE1 Monto Máximo ¢2,000,000
#1343 21-02-2005
PSAVE2 Tasa de interés: 21% a.s.s.
#1583 9-12-2010
PSAVE3 Plazo de cancelación: 48 meses
#1343 21-02-2005
PSAVE4 Garantía: El aporte voluntario acumulado por el afiliado y fiduciaria.
Reglamento
PSAVE5 Se congela el ahorro hasta el 25% del monto del crédito para los afiliados al sistema de ahorro a la vista.
Reglamento
PSAVE6 Se congelan todas las operaciones en el Sistema de Ahorro y Préstamo Reglamento PSAVE7 Debe estar afiliado al Sistema de Ahorro Vista al menos 6 meses. Reglamento PSAVE8 Debe de enviarse carta a Junta solicitando autorización del préstamo. Reglamento PSAVE9 Debe haber acumulado aportes en el Sistema de Aportes a la Vista de
por lo menos el 25% del monto que desea solicitar, y dicho monto podrá ser retirado hasta la cancelación del crédito aprobado. (Art.18,inciso b)
Reglamento
PSAVE10 Los préstamos de Ahorro a la Vista pueden ser renovados una vez amortizado el 50% del préstamo vigente y haber transcurrido un año de la formalización de la operación anterior.
Reglamento
PSAVE11 El solicitante debe haber cotizado al menos 24 mese al Fondo. Reglamento PSAVE12 Debe afiliarse al Sistema de Ahorro a la vista especial y dicho aporte NO
podrá ser retirado hasta la cancelación del préstamo en caso de ser aprobado.
Reglamento
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
CHV1 El afiliado que renueve el préstamo hipotecario deberá cancelar cualquier saldo pendiente en la misma línea.
#1390 25-05-2006
CHV2 La propiedad que se adquiera o se construya con el crédito hipotecario para vivienda, deberá quedar inscrita a nombre del afiliado o su cónyuge.
#1390 25-05-2006
CHV3 Un crédito hipotecario para mejoras y ampliaciones podrá ser garantizado con una propiedad que esté a nombre de una sociedad anónima perteneciente al afiliado a su cónyuge.
#1390 25-05-2006
CHV4 El crédito hipotecario para mejoras y ampliaciones se aplica sobre la vivienda del afiliado.
#1390 25-05-2006
CHV5 Se aceptará hipotecas hasta tercer grado, cuando el grado primero o segundo esta a favor de entidades financieras supervisadas por la SUGEF.
#1390 25-05-2006
CHV6 Los créditos otorgados para compra de lote y construcción con una compañía urbanizadora se giraran de la siguiente forma:
25% máximo para la prima
25% cuando la obra haya avanzado en un 60% según informe del perito designado por la Junta.
25% cuando la obra tenga un grado de avance del 90%, según informe del perito designado por la Junta
25 % al finalizar la construcción, según informe del perito designado por la Junta.
#1390 25-05-2006
CHV7 El primer giro del préstamo hipotecario para construcción o mejoras será por un máximo de un 30%, los demás giros se harán de acuerdo con informe sobre el avance de la obra, según el plan de construcción.
#1390 25-05-2006
CHV8 Los adelantos por préstamo hipotecario para construcción o mejoras, se girarán de acuerdo al avance de la obra según informe del perito designado por la Junta.
#1390 25-05-2006
CHV9 Los giros de préstamo hipotecario fiduciario se harán de la siguiente forma: 40% del préstamo al firmar la hipoteca. 40% según informe del perito designado por la Junta. 20% contra presentación de facturas a nombre del afiliado.
#1390 25-05-2006
CHV10 Todo formulario de solicitud para crédito hipotecario, deberá indicar claramente los requisitos mínimos para el trámite del préstamo.
#1390 25-05-2006
CHV11 Para todo crédito hipotecario, el afiliado deberá suscribir la póliza colectiva de vida y la colectiva de incendio ofrecida por la Junta.
#1390 25-05-2006
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
CHV12 Los contratos INVU se podrán utilizar para la compra de primera y/o segunda vivienda de los afiliados.
#1390 25-05-2006
CHV13 Para la compra de Bienes Gananciales el préstamo se tramitará hasta que esté en firme la sentencia de divorcio dictada por el Juez de familia.
#1390 25-05-2006
CHV14 En el caso de que el proyecto constructivo considere recursos propios y financiamiento:
Primero se utilizarán los recursos que debe aportar el afiliado hasta agotarlos.
Posteriormente se utilizaran los recursos del financiamiento.
#1390 25-05-2006
CHV15 Con el crédito hipotecario para vivienda solo se cancelarán hipotecas constituidas con entes financieros supervisados por la SUGEF, y que hayan sido constituidas para comprar, construir, mejorar la vivienda o para comprar lote.
#1390 25-05-2006
CHV16 El préstamo hipotecario para vivienda no podrá aplicarse para reintegrar recursos propios del afiliado, que esté alegue haber utilizado en procesos constructivos.
#1390 25-05-2006
CHV17 El préstamo hipotecario para vivienda podrá aplicarse para financiar procesos constructivos financiados por la Junta y no finalizados. Para ello la administración podrá otorgar ampliaciones en el monto del crédito hasta el tope máximo establecido en préstamos hipotecarios.
#1390 25-05-2006
CHV18 Con base al artículo No.61 del Reglamento de la Junta, el plazo máximo de cancelación de los Préstamo Hipotecario para Vivienda que se constituyan con Garantía Fiduciaria será de 10 años.
#1390 25-05-2006
CHV19 La tasa de interés que rige para el del Préstamo Hipotecario para Vivienda que se constituya con garantía fiduciaria según el artículo No.61 del Reglamento, será la que rige para al Préstamo Hipotecario correspondiente.
#1390 25-05-2006
CHV20 El crédito Hipotecario para Vivienda que se constituya con Garantía Fiduciaria no es una línea de crédito separada del crédito Hipotecario para Vivienda correspondiente. Por tanto deberá ser cancelado al momento de tramitar cualquier crédito hipotecario.
#1390 25-05-2006
CHV21 La Junta no carga comisión de formalización ni gastos administrativos en los trámites de otorgamiento de crédito para vivienda.
#1390 25-05-2006
CHV22 Que toda publicación incluya la fecha límite para trámites de adjudicación y la vigencia del precio de venta, en la oferta.
#1285 27-10-2003
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
CHV23 Monto Máximo Aumentar el monto máximo del préstamo hipotecario garantía real de ¢10 millones a ¢21 millones, este monto se ajustará anualmente, tomando como referencia el índice de precios de la construcción de vivienda (I.P.C.). Tasa de Interés Establecer la tasa de interés del préstamo hipotecario garantía real al 15% de interés revisable anualmente y aplicable en el mes de enero de cada año. Plazo Aumentar el plazo máximo de cancelación en ambas líneas hipotecarias, pasando de 12 años a 20 años.
#1308 10-05-2004 #1308 10-05-2004 #1308 10-05-2004
CHV24 Monto máximo a otorgar en el crédito hipotecario de Mejoras y Reparaciones a Vivienda es de ¢5,000,0000 (Esta política no está incluida) El monto máximo a aprobar por concepto de crédito hipotecario para reparaciones y a vivienda a una tasa del 12% anual sobre saldos, será del 50% del monto máximo aprobado por la Junta Directiva para el préstamo hipotecario corriente para compra de vivienda” El tope máximo 50% del hipotecario ordinario
#1362 19-08-2005 #1311 31-05-2004
CHV25 Solicitar a la administración que previo a que se indique el precio de venta en el aviso de venta de propiedades, se revise y se actualice el avalúo de la propiedad, así como que se establezca claramente la vigencia de las condiciones de venta, incluyendo el precio que se ha revisado.
#1316 19-07-2004
CHV26 Considerar otorgamiento de líneas de crédito de acuerdo a sus topes por separado según se describe en los incisos a, b, c y d del artículo 58 del reglamento a saber: “ARTICULO 58. Se entenderá por préstamos hipotecarios para vivienda aquellos destinados a los siguientes planes de inversión aprobados por la Junta: a) Compra de Vivienda b) Compra de Lote c) Reparaciones y mejoras a la vivienda d) Cancelación de hipotecas”. 2.- El afiliado podrá aplicar el montó máximo del crédito hipotecario
#1340 31-01-2005 Según documento 1332 no fue aprobado en esta sesión
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
establecido a la tasa del 12% a.s.s. a 240 meses, para las líneas a, b y d, en combinación de acuerdo a su conveniencia. 3.- El préstamo de mejoras y ampliaciones al 12% a 240 meses a.s.s. según lo establece el inciso c del articulo 58, se considerará también como una línea independiente y por lo tanto su otorgamiento no deberá suponer la cancelación de los saldos de las líneas a, b y d.. El afiliado podrá optar por solicitar este préstamo después de que hayan transcurrido 5 años de formalizado el crédito hipotecario al 12% a.s.s.
CHV27 Establecer la política de congelar las operaciones por 12 meses sobre el crédito corriente y no fiduciario, para aquellos afiliados que tengan un préstamo hipotecario ordinario, extraordinario o vivienda solidaria, excepto el crédito para ampliaciones y mejoras. Suspender las políticas restrictivas PGE14, PGE13, CRD7 Y CHV27 que limitan el otorgamiento de créditos especiales y corrientes.
#1497 24-11-2008 #1566 29-07-2010
CHV28 Por política se establece que todas las operaciones de crédito hipotecario deben ser respaldadas con hipoteca en propiedad a nombre del afiliado.
#1356 17-06-2005 no fue aprobado en esta sesión, se incluyó en considerando
CHV29 a. El afiliado puede ser beneficiario cada 5 años durante su período laboral con el préstamo hipotecario para vivienda, el cual puede aplicar en cualquiera de las siguientes líneas de crédito: 1. Compra de lote o vivienda
2. Construcción en lote propio 3. Cancelación de hipoteca originada en 1 y 2.
b. Los afiliados que soliciten el crédito de vivienda a la tasa preferencial, pero que ya cuentan con vivienda propia, deberán someter su solicitud a la disponibilidad presupuestaria anual aprobada por Junta Directiva.
c. En los casos de renovación del crédito de vivienda, con el nuevo préstamo se cancelará el saldo pendiente si lo hubiere, en cualquiera de las líneas de crédito especificadas en el punto a, de conformidad con lo establecido en el artículo 75
#1582 6-12-2010
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
del Reglamento.
d. El préstamo para Ampliaciones y Mejoras de Vivienda, se podrá solicitar o renovar 5 años después de haber formalizado el crédito hipotecario anterior.
CHV30 Todo aquel afiliado que haya suscrito una Póliza de Incendio a favor de la Junta y el bien asegurado sufriere un siniestro tal, que se pierda parcial o totalmente, la indemnización deba pagar el INS a la Junta como acreedora, no se aplicará a la cancelación de la deuda por el préstamo hipotecario, sino que, con el respaldo del préstamo hipotecario ya formalizado, la Junta le girará por tractos al afiliado dicha indemnización a fin que reconstruya su vivienda, o cualquier otra propuesta por parte del deudor la cual será debidamente analizada. Si el dinero girado por el INS no fuera suficiente para reponer el bien destruido, la Junta Directiva podrá autorizar un nuevo préstamo hipotecario con las condiciones que esta fije.”
#1368 7-10-2005
CHV31 Revisar la política cada año sobre la Adquisición de Contratos INVU, con el fin de revisar la demanda.
#1372 11-11-2005
CHV32 Monto máximo vivienda ordinario
¢50.000.000.00 este monto se revisará tomando como referencia el monto que determine el Banco Hipotecario de la Vivienda para vivienda de interés social.
#1611 18-08-2011
CHV33 Tasa de Interés 12% a.s.s.
#1583 9-12-2010
CHV34
El solicitante debe haber cotizado al menos 36 meses para el Fondo #1194 6-08-2001
CHV35
Monto máximo préstamo vivienda Extraordinario ¢83,000,000.00 Este monto se revisará tomando como referencia el monto que determine el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para la vivienda de clase media, menos el monto que determine Banco Hipotecario para la Vivienda, para vivienda de interés social. El monto máximo que la persona afiliada puede solicitar se determina con base a la tabla de salario líquido vigente
#1611 18-08-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
para este crédito.
CHV36
Tasa de interés: Tasa mínima e inicial: 15% anual sobre saldos. Tasa máxima: uno y medio punto porcentual por encima de la
Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica. Variación: la tasa de interés será revisable dos veces al año en los meses de enero y julio, tomando como referencia la Tasa Básica Pasiva del 10 de diciembre y del 15 de junio de cada año, pudiéndose ajustar previa autorización de la Junta Directiva, de acuerdo con la variación de la Tasa Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica.
#1583 9-12-2010
CHV37 Plazo máximo 240 meses
#1194 6-08-2001
CHV38
Se entenderá por prestamos Hipotecario Extraordinario aquellos destinados a los siguientes planes de inversión:
Compra de vivienda. Compra de lote y construcción Construcción en lote propio. Compra de lote Reparaciones y mejoras a la vivienda. Cancelación de hipotecas.
#1194 6-08-2001
CHV39 Para el crédito Hipotecario Extraordinario se considera aceptar en garantía propiedades que ya posean un gravamen hipotecario en primer grado, siempre y cuando la institución acreedora sea un ente Público y las condiciones de la propiedad permitan cumplir con el artículo No.65 del Reglamento de la JAFAP.
#1228 29-08-2002
CHV40 Para el crédito Vivienda Extraordinaria se consideran los ingresos netos devengados por el núcleo familiar.
#1599 23-05-2011
CHV41 El bien inmueble a hipotecar en este crédito deberá ser la propiedad a la cual se aplicara el plan de inversión. Lo anterior, siempre y cuando las condiciones de la misma cumplan con los requerimientos establecidos para ese plan de inversión.
#1241 14-11-2002
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
CHV42 El monto máximo a aprobar por concepto de crédito hipotecario para reparaciones y mejoras a vivienda a una tasa del 12% anual sobre saldos, será del 50% del monto máximo aprobado por la Junta Directiva para el préstamo hipotecario corriente para compra de vivienda”2.- “El monto máximo a aprobar en créditos para cancelación de hipotecas y para reparaciones y mejoras a la vivienda, será el establecido en el acuerdo 2.2., tomado en sesión 1308 celebrada el 10 de mayo de 2004, para el préstamo de garantía real”. Quedando las condiciones de préstamo de la siguiente manera: Préstamo Hipotecario para Mejoras a Vivienda
Situación actual Situación Propuesta
¢2.000.000.00 al 12 % a.s.s ¢3.000.000.00 al 12 %a.s.s.
¢10.000.000.00 al 15% Ajustable cada seis meses. Tasa Básica + 1.5 puntos.
¢21.000.000.00 al 15% revisable en el mes de enero de cada año
Préstamo Hipotecario Cancelación de Hipotecas
Situación Actual Situación Propuesta
¢4.000.000.00 al 12% a.s.s. No se presta al 12%
¢10.000.000.00 al 15% Ajustable cada seis meses. Tasa Básica+1.5 puntos
¢21.000.000.00 al 15% Revisable en el mes de enero
de cada año.
#1362 19-08-2005 #1311 31-05-2004
CHV43
Descuento en Tasa de interés:
Los préstamos de vivienda gozarán en las primeras 48 cuotas de un descuento de: Vivienda Solidaria 3 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Vivienda Ordinaria 3.25 puntos porcentuales sobre la tasa pactada; Vivienda Extraordinaria 5 puntos porcentuales sobre la tasa pactada, los cuales se reintegrarán a la persona afiliada. Transitorio: El descuento se aplicará a partir de la cuota registrada en abril del 2011 y este será acreditado en una cuenta de ahorros a nombre de la persona
#1592 28-03-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
afiliada. No se consideran pagos retroactivos. Los retiros son mensuales para favorecer al afiliado.
CHV44 Ampliaciones, Mejoras o Remodelaciones con garantía fiduciaria, (según
artículo 61 del reglamento), trabajos que impliquen manejar materiales
de construcción de un volumen importante, tales como mover paredes,
cambios de piso, movimientos de escombros y cualquier otro de un
volumen importante, se debe solicitar permiso de construcción y requiere
del criterio del perito.
Los requisitos establecidos, de presentar facturas y peritaje por
parte de la administración prevalecen, además de solicitar fotos de
antes, durante y después de la remodelación.
#1594 14-04-2011
CHV45 Ampliaciones, Mejoras o Remodelaciones con garantía fiduciaria, (según
artículo 61 del reglamento) que consista en realizar trabajos que no
implica manejar materiales de construcción de un volumen importante
tales como: pintura, verjas, portones, canoas, cambio de techo, cielo raso,
muebles de cocina, no requiere de permiso de construcción, y queda a
criterio de la administración solicitar la opinión del perito.
Los requisitos establecidos, de presentar facturas y peritaje por
parte de la administración prevalecen, además de solicitar fotos de
antes, durante y después de la remodelación.
#1594 14-04-2011
CHV46 Monto Máximo Vivienda Ordinaria Complementaria
¢17.000.000 como complemento del préstamo de Vivienda
Ordinaria
#1611 18-08-2011
CHV47 Tasa de Interés Vivienda Ordinaria Complementaria
12% a.s.s.
#1599 23-05-2011
CHV48 Plazo de Cancelación Vivienda Ordinaria Complementaria
240 meses
#1599 23-05-2011
Eliminar la restricción de antigüedad de los préstamos hipotecarios a cancelar con un préstamo Garantía Real, siempre y cuando dicho préstamo a cancelar tenga su origen en: Compra de lote, compra de vivienda y construcción en lote propio. Para este fin el afiliado deberá
#1276 25-08-2003
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA
presentar la escritura de constitución de la hipoteca en donde venga claramente expresado el plan de inversión para el cual usó el préstamo a cancelar.
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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PRÉSTAMO HIPOTECARIO VIVIENDA SOLIDARIA
CVS1 Monto máximo ¢50.000.0000. Por núcleo familiar
#1611 18-08-2011
CVS2 Tasa de interés: 8% a.s.s.
#1583 9-12-2010
CVS3 Plazo de cancelación: 240 cuotas
#1457 21-01-2008
CVS4 Garantía Hipotecaria en primer grado
#1457 21-01-2008
CVS5 El ingreso mensual bruto máximo permitido del núcleo familiar debe de ser menor o igual a ¢1.267.400,00 (un millón doscientos sesenta y siete mil cuatrocientos colones con 00/100); para optar por una casa de bien social.
#1611 18-08-2011
CVS6 La persona afiliada no debe de tener propiedades a su nombre ni a nombre de su cónyuge, excepto cuando se trate de construcción de vivienda que debe de tener lote propio.
#1457 21-01-2008
CVS7 No se incluyó
CVS8 Para optar por este crédito, se requerirá de un estudio socioeconómico por parte de un profesional en trabajo social designado por la Junta, con el fin de verificar la condición socioeconómica de su núcleo familiar.
#1457 21-01-2008
CVS9 Formar parte de un núcleo familiar, es decir, un conjunto de personas sujetas a la autoridad de un jefe o jefa de familia que viven bajo el mismo techo y que comparten las obligaciones del hogar.
#1457 21-01-2008
CVS10 Este crédito se otorgará una única vez. #1457 21-01-2008
CVS11 La persona afiliada a la cual se le otorgue el préstamo hipotecario de Vivienda Solidaria, no podrá optar por ningún otro de los préstamos hipotecarios ofrecidos por la Junta, para ser aplicado a la compra o construcción del bien que se está obteniendo con este crédito.
#1465 31-03-2008
CVS12 Este préstamo podrá ser utilizado para:
a. Compra de casa.
b. Construcción en lote propio.
c. Compra de lote.
d. Cancelación de hipotecas constituidas con instituciones del Sistema Financiero Nacional.
#1467 21-04-2008
CVS12
La administración queda autorizada para tramitar préstamo en la
línea de vivienda solidaria a personas afiliadas solteras, a partir de
los fundamentos establecidos en el estudio del trabajador social.
#1605 04-07-2011
POLÍTICAS DE CRÉDITO
26-03-2012
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PRESTAMOS PARA PROYECTOS URBANISTICOS
PPU1 La Junta solamente comprará propiedades en las que se pueda desarrollar proyectos de lotificación urbanísticos.
#1390 25-05-2006
PPU2 La Junta recibirá y valorará las ofertas de proyectos urbanísticos desarrollados y servirá de medio contacto entre el afiliado y el desarrollador del proyecto.
#1390 25-05-2006