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Dra. Laura Rodríguez

CURSO GERENCIAMIENTO ESTRATEGICO

DE EMPRESAS SALUD

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EVOLUCIÓN

SEGURIDAD E HIGIENE

MEDICINA LEGAL

ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

SEGURIDAD DEL PACIENTE

DÉCADA 1980

DÉCADA 1990

DÉCADA 2000

JUICIOS MALA PRAXIS

ASEGURADORAS

INFORME ERRAR ES HUMANO

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Responsabilidad Profesional

Es aquella en la que incurre un individuo

que ejerce una profesión, al faltar a los deberes

especiales que esta le impone, es una infracción

típica concerniente a ciertos deberes

propios de la actividad.

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La conducta de todo profesional debe ser

un actuar con pericia, diligencia y prudencia,

en el cuidado de la salud del paciente

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• Antijuridicidad

• Imputabilidad

• Relación de Causalidad

• Daño

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Antijuridicidad

La conducta del profesional debe ser violatoria

de un deber jurídico preexistente

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“Ningún acto voluntario tendrá el carácter

de ilícito si no fuera expresamente

prohibido por las leyes ordinarias,

municipales o reglamentos de policía;

y a ningún acto ilícito se le podrá

aplicar pena o sanción de este código,

sino hubiere una disposición de ley

que lo hubiere impuesto”

Art. 1066 Código Civil

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“Toda persona que por cualquier omisión

Hubiese ocasionado un perjuicio a otra,

Será responsable solamente cuando

Una disposición de la ley que impusiere

La obligación de cumplir el hecho omitido”

Art. 1074 Código Civil

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Que esa conducta pueda atribuirse al profesional.

Imputabilidad

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Dolo: Obra con Dolo quien al momento de la acciónse representa un resultado criminoso como cierto, probableo posible, que quiere y acepta.

Culpa: La falta de previsión en un resultado típicamenteAntijurídica que pudo y debió haberse previsto al obrar.

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Negligencia: Implica una conducta omisiva contrariaa las normas que imponen un determinado comportamiento

Imprudencia: Es una conducta positiva, consiste en una acción que se ha realizado de manera inadecuada,precipitada o prematura.

Impericia: Consiste en la incapacidad técnica para elejercicio de una función determinada, profesión o arte.

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Relación de Causalidad

Entre el daño y el autor debe existir una relación

de causalidad, el daño por cuya razón se acciona

debe estar en relación causal adecuado con el

hecho de la persona, o de la cosa

por la cual debe responder.

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Daño

Para que exista responsabilidad profesional

es necesaria la presencia de un daño,

sin daño no hay víctima y por lo tanto

se torna irrelevante el reclamo jurídico.

Debe acreditarse la existencia de ese daño.

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Es necesario que el daño sea

cierto y actual, ó cierto y futuro.

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Daño Moral: Lesión en los sentimientos

que determina un dolor o sufrimiento físico,

un agravio a las afecciones legítimas, y a toda

clase de afecciones susceptibles de apreciación

pecuniaria.

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“ resulta indudable que la conducta del demandado ha inferido un daño en la esfera espiritual a su paciente al vulnerar sus derechos personalísimos, como el de

informarse adecuadamente y de decidir sobre su propio cuerpo”

“..han producido un daño en la accionante que puede catalogarse de moral por las características de los

bienes en juego, al privársele de los elementos necesarios y de la posibilidad de poder asentir o no el

tratamiento propuesto. En tal temperamento, conforme con las facultades conferidas por el art. 90 inc. 7 del CPC entiendo que la suma de $ 15.000 a

valores de esta sentencia resarce adecuadamente el daño..”

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Daño Patrimonial: menoscabo económico,

un detrimento en el patrimonio, que comprende

tanto al daño emergente, como al lucro cesante.

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El paciente debe probar la culpa del médico

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La base de la relación entre el médico y el pacientese sustenta en un acuerdo de voluntades en el cual

el médico se obliga a suministrar al paciente sus cuidados.

Responsabilidad Contractual

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Responsabilidad Plural Contractual

Prestador Financiador

Profesional

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DERECHO DE LOS PACIENTES Ley 26529

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Comprende….

>Derechos del paciente en relación con los profesionales e instituciones de salud

>Información Sanitaria >Consentimiento Informado>Directivas Anticipadas>Derecho a rechazar tratamientos>Muerte digna>Historia Clínica

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DERECHOS DE LOS PACIENTES

>La Dignidad

>La libertad

>La autonomía

>Principio de Igualdad

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Derecho a la asistencia

>Prioridad por los niños/as – adolescentes

>Liberación del Profesional

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Derecho a la intimidad>Ley habeas Data

Derecho a la Confidencialidad

Derecho a la segunda opinión

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INFORMACIÓN SANITARIA

“aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud,

los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución,

riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos”

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INFORMACIÓN SANITARIA

>“El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria, vinculada a su salud”

>….”Derecho a no recibir la mencionada información”

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CONSENTIMIENTO INFORMADO

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CONCEPTO:“Es un proceso gradual y verbal en el seno de la relación médico-paciente, en virtud del cual el paciente acepta o no, someterse a un procedimiento terapéutico, después de que el médico le haya informado en calidad y cantidad suficiente sobre la naturaleza, los riesgos y beneficios que el mismo conlleva así como las posibles alternativas”.

EL CONSENTIMIENTO INFORMADO

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“Los profesionales que ejerzan la medicina están obligados a respetar la voluntad del

paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconsciencia,

alineación mental, tentativas de suicidio o de delitos.”

Ley 17.132 art. 19 inc. 3

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• El médico debe respetar la autonomía o la autodeterminación del paciente.

• Caso contrario, el médico que realizare el acto médico sin el consentimiento del paciente, incurre en una ilicitudcivil y penal

• Que el titular del derecho a prestar o rechazar el consentimiento a que se le efectúe determinado tratamiento es el propio paciente, actuando por sí o a través de su representante legal.

• Una vez dado el consentimiento, el paciente puede arrepentirse.

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Que debe informarse….???

Naturaleza RiesgosBeneficios Alternativas

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Que debo tener en cuenta….???

Capacidad para comprender y tomar una

decisión

Deseo de información

Grado de necesidad del tratamiento propuesto

Nivel de riesgo que presenta el tratamiento

Probables efectos de la información sobre el

paciente

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ObligatoriedadPara toda actuación profesional, en el ámbito público oprivado, con carácter general y dentro de los límites

que se fijen por vía reglamentaria.

InstrumentaciónSerá verbal excepto:Internación,Intervención quirúrgica,Procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasivos,Procedimientos que impliquen riesgos según la

reglamentación.

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Excepciones – Omisión

Cuando mediare grave peligro para la salud pública,

Cuando mediare una situación de emergencia, con grave peligro para la vida o la salud del paciente y no pueda dar el consentimiento por sí o a través de sus representante legal,

Las excepciones se acreditarán de conformidad a lo que establezca la reglamentación, las que deberán ser interpretadas con carácter restrictivo.

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La decisión respecto de consentir o rechazar tratamientos puede ser revocada tanto por el paciente como por su representante legal, en cualquier momento del proceso de atención.

El profesional actuante debe acatar dicha decisión y dejar constancia expresa en la historia clínica.

La decisión debe ser fehacientemente acreditada y debe expresarse que ha sido adoptada en conocimiento de los riesgos que implica.

Revocabilidad

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Resumiendo el Consentimiento Informado es….

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DERECHO A RECHAZAR TRATAMIENTOS

>“Nadie puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado”

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DIRECTIVAS ANTICIPADAS

“…ciertas manifestaciones valorativas de los pacientes, que son expresión de cómo

desearían ser tratados en ocasión de enfrentar situaciones de grave riesgo de muerte,

discapacidad, para el caso que no estuviese en aquel momento (futuro, hipotético), en condiciones de manifestarse, o que su manifestación sea tomada en cuenta (demencia, confusión, afasia, etc)”

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>Persona capaz, mayor de edad>Puede consentir o rechazar todo tipo de

tratamientos….>..”Deberán ser aceptadas por el médico a

cargo, salvo que impliquen prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes…”

DIRECTIVAS ANTICIPADAS

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HISTORIA CLINICA

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“La HISTORIA CLINICA es un documento en el cual se asientan cronológicamente todos y cada uno de los pormenores derivados de la relación entre el profesional y el paciente, incluidos entre esos datos, tanto las contingencias y manifestaciones positivas de la enfermedad del paciente como aquellos que revelen estabilidad en su estado de salud”.

HISTORIA CLINICA

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>Evidencia la realidad del quehacer médico en el caso particular y con ello la pericia, la diligencia y la prudencia puesta de manifiesto por el médico y su equipo profesional

>Sirve como principio de prueba por escrito de los actos médicos que se incorporan a su contenido

>Documento Sui Generis, no participa enteramente de las características de los instrumentos públicos o privados

HISTORIA CLINICA

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Ley 17132 Dec. R. 6216/1967“los establecimientos deberán adoptar los recaudos necesarios para que se confeccionen historias clínicas de los pacientes y que se utilicen en las mismas los indicadores de morbilidad…” …”adoptar las medidas necesarias para una adecuada conservación y archivo..”

Antecedentes

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1) Ficha de amnesis.

2) Estudios ordenados y realizados.

3) El diagnóstico médico.

4) La terapia o el tratamiento a aplicar.

5) La evolución del paciente y los resultados logrados (incluso los datos normales).

6) La medicación suministrada.

7) En caso de cirugía, el protocolo quirúrgico, con datos del equipo.8) El parte anestésico.

9) El consentimiento informado.10) Los datos completos del personal médico y paramédico.

Y entonces que debe contener….

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“..el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud”…

Regulación Ley 26529

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Contenido

>Fecha de inicio de su confección>Datos identificatorios del paciente y del

profesional>Registros claros y precisos de los actos

realizados por los profesionales y los auxiliares intervinientes (prescripción y suministro de medicación, realización de tratamientos, prácticas, diagnóstico presultivo, etc)

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Características

>Integridad>Unicidad>Inviolabilidad>Depositarios – Plazo de Conservación = 10

años

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Titularidad

>“el paciente es el titular”

Requerimiento de Copia

>El paciente y su representante legal>El cónyuge o conviviente y los herederos>Médicos y otros profesionales con

autorización

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Soporte

>Papel

>Digital

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“Todos los archivos informáticos que contengan alguna información relativa al paciente”:

•Historia clínica electrónica•Registros de admisión y egresos

•Archivos de laboratorio de análisis clínicos•Bases de estudios complementarios

•Archivos de reserva de turnos•Archivos de facturación y otros

REGISTROS MEDICOS INFORMATIZADOS

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1) Inviolabilidad

2) Autoría

3) Confidencialidad

4) Secuencialidad

5) Temporalidad

6) Disponibilidad

7) Integridad y autenticidad

8) Durabilidad

9) Transportabilidad e Impresión

HISTORIA CLINICA ELECTRONICA

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1) Ventajas Médicas:

Mejora el acceso a la Información Facilita la historia clínica única Permite la incorporación de imágenes digitales Facilita los trabajos estadísticos Permite incorporar sistemas de apoyo a la

decisión clínica Permite incorporar un vademecum

institucional

HISTORIA CLINICA ELECTRONICA

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1) Ventajas Legales:

Permite que sea llevada de acuerdo a los requisitos formales establecidos por las distintas normativas y por la jurisprudencia: Legible, no permite espacios en blanco, siempre firmada, con fecha y hora, completa, sin raspaduras o tachaduras.

Evita medidas anticipativas (como el secuestro)

Siempre es original

HISTORIA CLINICA ELECTRONICA

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1) Ventajas Operativas:

Espacio de almacenamiento.

Evita la redundancia de estudios

Impacto ecológico

HISTORIA CLINICA ELECTRONICA

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> Monto promedio de demanda: $400.000.- a $600.000.-

> Históricamente se cierran por el 20% del monto demandado.

> Tiempo promedio entre el acto médico y el reclamo: 18 meses

> Tiempo promedio de las sentencias: 7 años

> Cierre en mediación: 30% (sólo CABA y Río Negro)

> Cierre en acuerdo extrajudicial 10%

> 25% de los juicios se pierden

> Al menos 60% de los profesionales con algún tipo de cobertura

> 70% con beneficio de litigar sin gastos

> 80% de las mediaciones cerradas sin acuerdo no prosperan

RC MÉDICA EN ARGENTINA

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ESTADISTICAS

Especialidad Casos Porcentaje %

Cirugía General 23 19,5

Obstetricia 20 16,9

Clínica Médica 14 11,9

Anestesiología 12 10,2

Traumatología 13 11

Ginecología 10 8,5

Pediatría 5 4,2

Cardiología 2 1,7

Cirugía Estética 2 1,7

Psiquiatría 2 1,7

Neonatología 1 0,8

Enfermería 1 0,8

Otros 13 11

Total 118 100

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LOS COSTOS DE LOS JUICIOS POR MALA PRAXIS

DATOS RELEVADOS EN OBRAS SOCIALES

AÑO 2003 AÑO 2004 AÑO 2005Total de Acciones de Amparo

708 647 715

Total de Juicios por Mala Praxis

725 807 773

Fuente: Superintendencia de Servicios de Salud, 2006

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PRIMAS DE MALA PRAXIS USA 1975-2001

Pri

mas

en

Bill

on

es U

$S

Fuente: Tilinghast-Towers Perrin

% PBI

Primas

0

5

10

15

20

25

0.06%

0.11%

0.16%

0.21%

0.26%

% P

BI

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MEDICINA DEFENSIVADefinición

Hay medicina defensiva cuando los médicos ordenan estudios,procedimientos o consultas o bien evitan a pacientes o procedimientos

de alto riesgo principalmente, pero no necesariamente en forma exclusivapara reducir su exposición legal en términos de mala praxis.

Cuando los médicos ordenan estudios o procedimientos extraprincipalmente para reducir su riesgo, están practicando medicinadefensiva positiva. Cuando evitan ciertos procedimientos o pacientes

estánpracticando medicina defensiva negativa

Office of Technology Assessment (OTA)

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ENCUESTAS DIRECTASHARRIS INTERACTIVE SURVEY 2003

• 79% de los médicos indica más estudios de los que debiera si se basara exclusivamente en su juicio profesional.

• 74% de los médicos deriva a especialistas más de lo que considera médicamente indicado.

• 51% recomienda procedimientos invasivos para confirmar diagnósticos (ej: biopsias) de lo que indicaría si no existiera el temor a ser demandado.

• 41% prescriben más medicamentos (principalmente atb. De lo que prescribirían basándose exclusivamente en su juicio profesional.

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> Medicina Defensiva Conciente vs. Inconsciente

> Motivación principal vs. Motivación exclusiva

> ¿Es buena, mala o un poco de las dos cosas?

MEDICINA DEFENSIVADefinición

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MEDICINA DEFENSIVAESCENARIOS PREDISPONENTES

> Cuando la enfermedad o condición a ser detectada o prevenida amenaza la vida o la integridad física

> Cuando la detección temprana de esta enfermedad o condición modifica la conducta

> Cuando se espera que el cambio en la conducta terapéutica marque una diferencia real en la evolución y el pronóstico

> Cuando el estudio diagnóstico o el tratamiento alternativo se encuentra rápidamente disponible y es de bajo riesgo

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ESTUDIOS RADIOLÓGICOS EN GUARDIA DE EMERGENCIAS

MOTIVACIONES MÉDICO-LEGALESRegión % de todos % clasificado

los procedimientos como médico-legal

Col.Cervical 1% 78%Cadera 10% 71%Cráneo 19% 70%Sacro 0,5% 69%Col. Lumbar 4% 62%Otra 80% 39%

El Nº total de procedimientos fue de 2.359. A algunos pacientes se le realizó más de un estudio

M Eilastam et. Al. Journal of Trauma 20(1) 61-66, 1980

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CONTRATO DE SEGURO

“Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga mediante una prima o cotización a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto”.

Ley 17.418, Art.1

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> Adhesión

> Condiciones Generales de Póliza

> Condiciones Particulares

> Condiciones Específicas

CONTRATO DE SEGURO

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PRESCRIPCIÓN

> RC Extracontractual: 2 años

> RC Contractual: 10 años

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ACTORES

> Productor Asesor de Seguros

> Asegurable / Asegurado

> Aseguradora

> Reaseguradora

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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Ley de Seguros 17.418 Art. 109

“El asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la responsabilidad prevista en el contrato, a consecuencia de un hecho acaecido durante el plazo convenido”

Art. 110

“La garantía del asegurador comprende el pago de los gastos y costas judiciales y extrajudiciales para resistir la pretensión del tercero”

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COBERTURAS OFRECIDAS

> Ocurrencia

> Claims Made (Puro)

> Claims Made (con informe del EEC)

> Claims Occurrence

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SEGUROS EN BASE OCURRENCIA

“Cubren los actos ocurridos durante la vigencia de la póliza,

independientementede cuando se reclamen”

Ej: Médico contrata cobertura con vigencia anual 2006

A la finalización de la vigencia decide no renovar

Es demandado en el 2011 por un acto del 2006

La compañía responde

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SEGUROS EN BASE OCURRENCIA

9/06 9/07 9/08 9/09 9/10 9/11 9/12

Acto Médico

Fin

Reclamo(Cubierto)

Reclamo( Cubierto)

InicioTodos los actos médicos ocurridos durante la vigencia de la póliza están cubiertos, independientemente de cuándo se demanden

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PROBLEMAS:

> La RC profesional es de “cola larga” (toma años la resolución de siniestros)

> Dificultad de predecir los resultados debido a:

- Cambios en los reclamantes

- Cambios sociales

- Cambios legales

- Inflación

SEGUROS EN BASE OCURRENCIA

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COBERTURA EN BASE OCURRENCIA

Los resultados impredecibles significan:

> Precios de ocurrencia muy volátiles

> Los límites contratados hoy pueden

ser inadecuados en el futuro

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COBERTURAS EN BASE A RECLAMOS (Claims made)

“Cubren reclamos de hechos ocurridos ydenunciados durante la vigencia de la póliza”(la póliza debe estar vigente al momento del reclamo)

Ej: Médico contrata cobertura con vigencia anual 2006

A la finalización de la vigencia decide no renovar.

Es demandado en el 2011 por un acto del 2006.

La compañía no responde (la póliza no está vigente al momento del reclamo).

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COBERTURAS EN BASE A RECLAMOS (Claims made)

04/01 04/02 04/03 04/04 04/05 04/06 04/07

Acto Médico

Fin Inicio (Fecha Retroactiva)

Reclamo(Cubierto)

Reclamo(No Cubierto)

La póliza debe estar vigente al momento del reclamo

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CLAIMS MADE vs. OCURRENCIA¿Por qué Claims Made?

Resultados más predecibles

> Se acortan los tiempos de demora entre el acto negligente

y la denuncia del reclamo

> Sobre la base en ocurrencia esta demora puede extenderse hasta 10 o más años

Tarifación adecuada> Cantidad de reclamos son conocidos al final del ejercicio en base Claims Made

> El número final de siniestros de un año dado es muy difícil de determinar en ocurrencia

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> Precios adecuados

> Primas y pérdidas compensadas

> Rápido ajuste

> Estabilidad de precios

> Permite que los límites se mantengan actualizados

> Mayor rapidez de respuesta a los cambios sociales

(Ej.: Inflación)

CLAIMS MADE vs. OCURRENCIA¿Por qué Claims Made?

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Continuidad en la cobertura: ¿Qué pasa si no renuevo?

Período extendido de denuncias:

> Cubre reclamos a futuro de hechos ocurridos mientras la póliza claims made estuvo vigente (en la práctica,la transforma en ocurrencia)

> Debe ser garantizado y disponible.

CLAIMS MADE vs. OCURRENCIA¿Por qué Claims Made?

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ENDOSO DE EXTENSIÓN DE COBERTURA

04/01 04/02 04/03 04/04 04/05 04/06 04/07

Acto Médico

Fin Inicio (Fecha

Retroactiva)

Reclamo(Cubierto)

Reclamo( Cubierto)

Se debe garantizar la posibilidad de comprarun período extendido de denuncias (transformarla a ocurrencia)

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MUCHAS GRACIAS