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Caracterización económica de los caballeros villanos de la Extremadura Castellano Leonesa - Carlos Astarita Introducción Si se observan en su conjunto las caracterizaciones que los historiadores han propuesto acerca de los caballeros villanos de la Extremadura histórica, se concluye en que han predominado en la historiografía moderna tres granes núcleos: En primer lugar se encuentra la escuela tradicional, preocupada por el reconocimiento de las realidades de este sector social. El modelo clave fue proporcionado pro Sánchez Albornoz. Un segundo esquema estuvo representado por aquellos investigadores que buscaron alternativas al dominio intelectual que todavía en los años setenta ejercía la escuela institucionalista. Reyna Pastor adelantaba una caracterización novedosa de los caballeros villanos concejiles. Consistía esta propuesta básicamente, en concebir a la caballería villana como una variante castellana del campesinado enriquecido, yeomen o kulak, con explotación de mano de obra salariada. Este segundo campo fue tomado de manera limitada. La constitución de un tercer gran modelo se tradujo en la constitución de la caballería villana como una fracción de la clase señorial, asimilando la estructura socio-económica del área a la formación feudal europea. Se ha constituido así el modelo hoy dominante sobre la caballería villana, al cual han adherido los más destacados investigadores. Un conjunto de argumentos concurrentes se han elaborado para destacar la plena identificación entre los caballeros y la clase feudal. Coincide en tratar a los caballeros villanos como fracción de la clase feudal, Monsalvo Antón, identificándolos pues, con el rango inferior de la nobleza e inscriptos en la contradicción básica entre señores y campesinos. La ajustada reseña de proposiciones alternativas enunciadas, permite destacar una serie de argumentos mutuamente complementarios sobre la identidad de la caballería villana bajo medieval con los señores feudales. Se hace hincapié en los siguientes elementos: - Eran grandes propietarios de tierras y ganados - El señorío jurisdiccional que las aristocracias locales ejercieron sobre las aldeas les permitieron gozar de rentas, que para algunos autores consolidaban a este patriciado como poder político y para otros implicaba formas plenamente feudales de

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Caracterización económica de los caballeros villanos de la Extremadura Castellano Leonesa - Carlos Astarita

Introducción

Si se observan en su conjunto las caracterizaciones que los historiadores han propuesto acerca de los caballeros villanos de la Extremadura histórica, se concluye en que han predominado en la historiografía moderna tres granes núcleos:En primer lugar se encuentra la escuela tradicional, preocupada por el reconocimiento de las realidades de este sector social. El modelo clave fue proporcionado pro Sánchez Albornoz.Un segundo esquema estuvo representado por aquellos investigadores que buscaron alternativas al dominio intelectual que todavía en los años setenta ejercía la escuela institucionalista. Reyna Pastor adelantaba una caracterización novedosa de los caballeros villanos concejiles. Consistía esta propuesta básicamente, en concebir a la caballería villana como una variante castellana del campesinado enriquecido, yeomen o kulak, con explotación de mano de obra salariada. Este segundo campo fue tomado de manera limitada.La constitución de un tercer gran modelo se tradujo en la constitución de la caballería villana como una fracción de la clase señorial, asimilando la estructura socio-económica del área a la formación feudal europea. Se ha constituido así el modelo hoy dominante sobre la caballería villana, al cual han adherido los más destacados investigadores.

Un conjunto de argumentos concurrentes se han elaborado para destacar la plena identificación entre los caballeros y la clase feudal. Coincide en tratar a los caballeros villanos como fracción de la clase feudal, Monsalvo Antón, identificándolos pues, con el rango inferior de la nobleza e inscriptos en la contradicción básica entre señores y campesinos.La ajustada reseña de proposiciones alternativas enunciadas, permite destacar una serie de argumentos mutuamente complementarios sobre la identidad de la caballería villana bajo medieval con los señores feudales. Se hace hincapié en los siguientes elementos:

- Eran grandes propietarios de tierras y ganados- El señorío jurisdiccional que las aristocracias locales ejercieron sobre las aldeas les

permitieron gozar de rentas, que para algunos autores consolidaban a este patriciado como poder político y para otros implicaba formas plenamente feudales de reproducción social. En conclusión, la renta postulada como la base de ingreso de este sector

- Se apela a la consolidación de sus formas de vida, en especial a la conducta social expropiadora y violenta de los caballeros, y a sus alianzas establecidas con la aristocracia como vía de conservación de las relaciones feudales

El fundamento metodológico de la feudalidad de los caballeros villanos, configuran un conjunto de premisas teóricas y de cuestiones empírico-documentales.No obstante este acuerdo entre los historiadores, la plena identificación de los caballeros villanos con los señores feudales, se encuentra ante algunos problemas, en realidad serios, tanto de verificación empírica como interpretativos.Las serias falencias que presenta este procedimiento, inducen a una revisión de las fuentes sobre las cuales elaborar el problema.Antes que el planteamiento de analogías peligrosamente especulativas, parece más convincente recurrir al estudio de los textos normativos o diplomáticos específicamente concejiles, en los cuales las posibilidades de acercarnos a los rasgos tipológicos del grupo son mayores; ello sin desmerecer el estudio de documentación eclesiástica, en la medida en

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que pueda proporcionar parámetros comparativos sobre las singularidades de la caballería. La base del presente artículo estará dada pues, por los textos de procedencia estrictamente concejil. Este artículo se concentrará en la situación que emerge en la documentación de los concejos desde el siglo XIII.La hipótesis es que los caballeros villanos constituyeron una capa de campesinos independientes, particularidad que no niega sin embargo su funcionalidad en la reproducción de las relaciones de producción feudales a partir del poder que como colectivo ejercieron sobre las aldeas. En este sentido, la caballería villana constituyó una parte diferenciada del sistema feudal, que afirmaba la hegemonía que sobre el espacio había constituido este régimen social.La dominación del régimen feudal no se tradujo en la uniformidad de los rasgos estructurales, sino que por el contrario, admitía la persistencia de sistemas socio económicos subordinados, que aseguraban una parte esencial de la constitución del excedente en beneficio del poder señorial superior ejercido sobre los tributarios.El centro de atención del presente estudio, lo constituyen las relaciones de propiedad, es decir, el nexo social establecido con el medio de producción fundamental, la tierra. Se priorizaban las relaciones productiva de base, que conformaban el esqueleto de la composición clasista de los caballeros villanos.

Categorización del régimen de propiedad

En su aspecto sustancial, la relación de propiedad feudal implica dos ámbitos de estudio, la distribución de derechos entre los miembros de la clase poder y los nexos que los partícipes de esos derechos establecían con las tenencias de los productores directos. Estos dos ámbitos abarcan por lo tanto, las esferas combinadas de relaciones políticas y económicas emergentes de los subsistemas en que se desarticulaban estructuralmente el régimen del feudalismo.En la esfera de la nobleza, la propiedad feudal consistía en un sistema fraccionado y vinculado de bienes distribuidos en precario entre miembros de la clase de poder, sujetos a un complejo intercambio desigual de obligaciones mutuas. Su expresión formal fueron las conocidas alianzas y pactos feudo-vasallático implementados como normas de cohesión y ordenamiento jerarquizado. De hecho, el criterio de propiedad absoluta se halla aquí negado de raíz por la forma social que adquirió la distribución del a tierra y de sus excedentes productivos entre la clase de poder.En la conexión económica establecida entre estas jerarquías de señores y la clase campesina, se encuentra el segundo aspecto que recubre la categoría de propiedad feudal. En la medida en que le excedente era obtenido mediante una sistemática coacción política, le derecho de propiedad pasaba a estar depositado en el sistema relacional de señores, siendo el campesino despojado del pleno aprovechamiento individual de trabajo. Si entre los señores no encontramos propietarios absolutos, entre los campesino sólo se constituían derechos de posesión.En su forma pura pues, la noción de propiedad privada absoluta era por completo extraña al régimen del feudalismo. En el caso de la caballería villana esta variación es notoria.Observemos estas dos esferas en que hemos situado el problema comenzando por la distinción entre la propiedad de la caballería y la de los campesinos pecheros.A través del sistema de privilegio concedidos por la monarquía, es el de la extensión tributaria. El derecho del caballero ese condensaba, por ello mismo, en forma de privilegio que debían repetirse como confirmatorios de la excepción a la norma, diferenciando a la caballería de los pecheros. Los caballeros y escuderos de los municipios castellanos, tuvieron siempre cuidado en diferenciarse de cualquier forma de dependencia servil, que era reservada para las capas inferiores de la población.

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Los caballeros no se distinguen del os percheros por sus riquezas, sino por una sustancial diferencia, por la relación que han establecido sobre le medio de producción fundamental, la tierra, sobre la que han logrado la propiedad y no una simple posesión sometida a tributos condicionantes del usufructo.La propiedad libre, constituía un fundamento básico para la obtención de un estatuto privilegiado, que no se consideraba en caso de un simple usufructo por renta.Nos encontramos con un entramado dicotómico cuyo rasgo diferente es la propiedad libre de los caballeros opuesta a la posesión privada de tributos de los pecheros.Esta propiedad de los caballeros villanos se diferencia de la concesión vitalicia o condicionada emergente del derecho feudo-vasallático, por el cual el rey retenía la prerrogativa de anular el beneficio a los tenentes de los castillos o bien el derecho de injerencia en las fortalezas guardadas por alcaldes.El sistema alodial imponía el obligatorio mantenimiento por parte de los caballeros villanos de sus caballos y armas como requisito socio-profesional para conservar el estatuto de propiedad independiente sobre la tierra, lo cual, aparece reflejado en las condiciones de permanencia de los privilegios tributarios, ya que implicaba la pérdida de propiedad.En este último caso se negaba así la libre disponibilidad del producto, transformándose en posesión.El requerimiento político funcional que la monarquía había impuesto sobre los caballeros, presupone el necesario estudio de la interdependencia entre un sistema e propiedad libre y el modo feudal de producción.

Tipología de la propiedad

Los propios condicionamientos globales en los que se insertaba la unidad productiva del caballero villano, generaban fuerzas sociales que actuaban como un freno de crecimiento cuantitativo de la propiedad. Hemos visto que le mismo concejo tenía una normativa limitante del a fuerza de trabajo pasible de ser contratada por cada uno de los caballeros. A ello se agrega un segundo factor que tendía a impedir la concentración de propiedad. Se trata de los intereses del señor de la villa, quien en la medida en que basaba sus rentas en excedentes extraídos de las posesiones campesinas tributarias, tenía una permanente preocupación por impedir la absorción de heredades percheras, ya sea por las fuerzas eclesiásticas como por la aristocracia de la villa.Parecería que hay que admitir las diferencias entre la propiedad de la caballería municipal y la de los aldeanos, eran no tanto en su morfología, sino en la extensión tributaria.

La relación laboral en la explotación directa

Los fueros concejiles brindan la imagen de que los caballeros villanos explotaban mano de obra asalariada, o bien, tenían criados personales a su servicio, que en determinados casos entraban en un régimen similar al de los asalariados, mientras que en otros casos, se encontraban en situación de esclavitud.El estrato social de los asalariados se identifica sociológicamente con una capa de campesinos miserables, cuya situación se agravaba drásticamente en circunstancias de crisis agrarias o por la falta de tierras.Finalizamos que en el sistema relacionado de labores entre jornaleros y los empleadores, no era dejado al libre albedrío de arreglos individuales, sino que era normativizado, como para lograr conductas económicas homogéneamente uniformes. No se presenta así una relación libremente pactada entre las partes, sino un sistema laboral institucionalmente fijado desde la autoridad concejil. En esta regulación de trabajo, reconocemos en le establecimiento de máximo de mano de obra a contratar un impedimento, tanto para que ninguno de los caballeros obtenga ventajas accesorias en la contratación, como para evitar competencias

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desgastantes en el mercado laboral. El propio reclutamiento de la fuerza de trabajo se efectuaba mediante controles colectivos. Se establecía en Segovia que la toma anual de viñateros pro los herederos del a ciudad y aldeas se efectuaban en el mes de octubre. Los dueños de las viñas se reunían en la iglesia de la Trinidad y una vez elegido el trabajados, debían presentarlo ente le alcalde que lo tomaba finalmente.

Régimen jurisdiccional y beneficios complementarios

Si en un aspecto, los caballeros villanos compartieron con la clase feudal la apropiación privada y monopólica de los métodos militares de coerción, fundamento de su poder de mando, a diferencia de los señores feudales, este monopolio político militar a nivel comarcal no se tradujo en una relación feudal de propiedad sobre la tierra en tanto señores particulares, sino como un señorío colectivo del grupo.Efectivamente, distintas fuerzas sociales se complementaron en el transcurso de la historia concejil de la edad media, para impedir la consolidación de señoríos individuales no legitimados. En primer término, en los consejos de realengo, la propia monarquía, en la medida en que estaba interesada en preservar fiscalidad, limitaba la posibilidad de empleo de medios coactivos sobre las aldeas por parte de los caballeros con el objeto de vincularse gabelas feudales del tipo individual. Esto se incluía entre el conjunto de disposiciones que los reyes permanentemente impulsaban para no disminuir su señorío por absorción de vasallos por los feudales, situación que refleja la lucha intra señorial por la fuerza de trabajo.En segundo lugar, se encuentra la resistencia campesina aquí los caballeros establezcan señoríos individuales propios. Y por último, las regulaciones establecían el propio colectivo de los caballeros, el Consejo, interesado en conservar un cierto estatuto igualitario entre sus miembros y en la no disminución de las rentas municipales, por lo cual se impedía constituir vasallos personales fuera de los pertenecientes al señor de la villa y la aplicación de métodos coercitivos ilegítimos sobre las aldeas.En realidad, el excedente que el Consejo arrancaba a los productores en virtud del señorío lo era a tituló colectivo.El señor feudal configuraba una relación explicativa un todo con el dominio político sobre la persona, mientras que los caballeros sustentaban sus posesiones económicas en la explotación de sus propiedades individuales o régimen de trabajo asalariado, a las que de modo accesorio se le agregaban los excedentes extraídos como colectivo mediante la fiscalidad concejil.El conjunto de estas características, definen al caballero villano como un grupo relativamente externo al sistema feudal; como parte y diferencia del mismo, pero al mismo tiempo necesario para la reproducción de las relaciones sociales dominantes.La funcionalidad del caballero en la extracción de las ventas del señor es un atributo de sus cualidades sociales, por lo tanto se encuentra dentro del sistema, vinculado a sus mecanismos de funcionamiento. Estaban determinados por la relación que los caballeros establecían con las otras clases, es decir, con el conjunto de la sociedad: una de las manifestaciones de este nexo estuvo dado por el señorío jurisdiccional.

Explotación ganadera y espacio productivo

La producción mercantil simple de los caballeros, estaba acompañada de la explotación de ganados, que constituyeron un elemento clave de su riqueza.A nivel general, lograron el usufructo de pactos del reino por privilegios de la monarquía, esto implicaba la adjudicación de fracciones de propiedad común en plena disponibilidad.A nivel comarcal, en base a un régimen general de complementación entre tierras privadas y colectivas, se verifica el usufructo preferencial de estas últimas por parte de los caballeros,

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de donde surgían tensiones crecientes, en la medida en que se reservaban fracciones importantes del término.Una modalidad diferente, estaba conformada por las apropiaciones violentas de espacios por parte de los caballeros villanos, dando lugar a enfrentamientos con las fuerzas campesinas que encontraban esto lógicamente inaceptable, por donde una contradicción estructural económica tomaba su expresión en la lucha de clases.La actitud de la monarquía en su conjunto ante el problema era ambigua. Por un lado legitimado el proceso de privatización del espacio, como una contribución que apuntalaba las posiciones preponderantes de aristocracia local, reconociendo el derecho al acotamiento de fracciones del término o el uso de la dehesa del caballo. Pero al mismo tiempo era un poder social regulador, impedía que se consumara la tendencia a la absorción privada del espacio comunal. En esto se manifiesta en sus intereses de conservación de las convenientes premisas materiales para reproducir la base tributaria en la que se asentaba la fiscalidad. En definitiva, esta conducta ambivalente de la monarquía nacía como un recurso adaptativo a las contradictorias condiciones que ofrecía la realidad.En tanto propietarios de ganado, que constituyeron un excelente agrario clave del sistema caudal castellano, los caballeros villanos no representaban a las fuerzas productivas en contradicción con el modo de producción material dominante impuesto por los señores.

Régimen de producción mercantil simple

No sólo el conjunto de los elementos que ya hemos visto no permiten obtener estas deducciones. Una serie de cuestiones complementarias puestas en el contexto de los atributos indicados, nos alejan de la posibilidad de considerar A esta aristocracia local como parte de la clase feudal, y nos llevan a ubicarla como un grupo social intermedio, cuyas condiciones de vida oscilaban pendularmente entre los parámetros de cultura de los señores y los modos de existencia campesina.¿De qué otro modo debemos interpretar las normas que contemplan la posibilidad de que la viuda o hijas de los caballeros se casen con pecheros? ¿No debemos también leer en el mismo sentido la disposición que establece que muerto el caballo disponía de cuatro meses del caballero para reparar la pérdida sin que sus franquicias caduquen? Cláusulas que nos hablan de la fragilidad de la situación adquirida y de que no debería ser siempre sencillo para estos privilegiados reponer el signo de su status.Esta forma de pequeña y mediana propiedad con explotación de mano de obra asalariada, generaba una producción agraria cuyo excedente adoptaba una forma mercantil de circulación que superaba los marcos locales. Los privilegios políticos los caballeros jugaban un rol de importancia en esta comercialización, ya que gozaban de eximición tributaria.Está producción basada en el trabajo asalariado, que pasaba por el mercado, de ninguna manera significaba que se dejara de cumplir un estricto objetivo de subsistencia. La caballería villana se dedicaba la obtención de excedentes agrarios, que eran comercializados por bienes de uso directo, por donde vemos que no se verifica ninguna ruptura con las normas usuales engloba antes de la sociedad feudal. Es más: esta producción mercantilizar a, estaba destinada a alimentar mediante el consumo, los valores tradicionales aristocráticos, el lujo, el despilfarro ostentoso, la economía del gasto, aspecto que los asimilaba los caballeros villanos a las normas de vida de la nobleza y corroboraba la dualidad de su cultura.

Consejo como regulador de las relaciones sociales

El Consejo cumplía hasta cierto punto, funciones paralelas a la comunidad campesina o el gremio corporativo medieval, en la medida en que era una instancia superestructural que

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resguardaba los intereses del conjunto de los caballeros villanos como clase diferenciada de los pecheros y de la nobleza.

Las condiciones de la señoralización

El requisito primario para pertenecer a la caballería villana estaba dado por medios económicos apropiados pero de ninguna manera elevados, ya que se reducían a la propiedad de casa, caballo con cierta valuación y armas, lo que daba derechos para ocupar posiciones de dirigencia del Consejo, condición que parece bien poco asimilable a las que regían para la clase feudal, hecho que se les ilustra sobre carácter colectivo que adquirió la caballería villana.Es más, el cierre de la caballería nunca obtuvo un rasgo de impermeabilidad total y acceder ese rango fue una aspiración de los sectores tributarios acomodados.Estos señoríos jurisdiccionales presentan una clara diferenciación respecto a las situaciones socioeconómicas que prevalecían entre el resto de los caballeros.

Conclusiones

El entramado social se presenta más complejo, más matizado, por la inclusión de sectores sociales no comprendidos específicamente entre los señores, ni entre los campesinos tributarios, aún cuando sus perspectivas de acción social y político estén expuestas a ser captadas en la esfera de influencia funcional o cultural de alguna de las dos clases fundamentales de la sociedad feudal.No es posible desconocer la entidad que revestía la propiedad libre de los caballeros villanos en el área, ni su interdependencia con el vínculo laboral jornalero, diferenciado claramente de las relaciones tributarias generales. Aquí tenemos hechos empíricos difícilmente encuadrable es el esquema geométrico señor/campesinos.Esta realidad histórica nos permite comprender la insuficiencia de moldes habituales de clasificación.El estudio realizado induce a postular que la caballería Liliana de la Extremadura histórica, constituye una clase social distinta la señorial, aun cuando su funcionalidad consistiera la reproducción de las relaciones del feudalismo en el área. Los jornaleros como sistema de producción mercantil simple, no se conciben como una fusión, sino como una alianza de clase.