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2,544 delitos de violencia contra las mujeres, en el período de enero a septiembre de 2017 Contenido: 2,544 delitos de violencia contra las mujeres, en el período de enero a sepembre de 2017. Observaciones del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, CEDAW al Estado Salvadoreño

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2,544 delitos de violencia contra las mujeres, en el período de

enero a septiembre de 2017

Contenido:

2,544 delitos de violencia contra las mujeres, en el período de enero a septiembre de

2017.

Observaciones del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer,

CEDAW al Estado Salvadoreño

Según datos recopilados por el Instituto de Medicina Legal y Poli-

cía Nacional Civil, entre los meses de enero a septiembre, se co-

metieron 2,544 delitos de violencia contra las mujeres, como:

Feminicidios, mujeres desaparecidas y delitos sexuales. Es decir,

alrededor de 10 delitos cada día.

Feminicidios al alza en septiembre

Según datos del Instituto de Medicina Legal, IML, alrededor de

341 feminicidios se cometieron entre enero y septiembre del

presente año, sólo en septiembre hubo 65 casos. El arma de fue-

go es la más utilizada en estos casos, seguido de otras formas

como: asfixia por sofocación, asfixia por estrangulación, arma

cortocontundente, cortopunzante, asfixia por sumersión, arma

blanca sin especificar, objeto contundente y quemadura por fue-

go, entre otras.

Feminicidios de pareja

Según datos registrados en el monitoreo de medios que se realiza

desde Observatorio de Violencia de ORMUSA, alrededor de 13

mujeres fueron asesinadas por sus parejas en el período de enero

a octubre. Incluyendo los últimos tres casos sucedidos el 19, 22 y

25 de octubre. Se lamenta que en estos tres casos los homicidas

no han sido capturados.

Nombre Movil Edad Lugar Fuente

Cecilia Elizabeth Flores Relación agresor víctima: Esposo

De acuerdo con el reporte, un hombre en estado de ebriedad mató a su compañera de vida frente a su hijo de tres años de edad.

27 Cantón Puerto Parada, Usulu-tán

El blog/jueves 19/octubre-2017 http://elblog.com/noticias/registro-

47351.html

Lilian Beatriz Méndez Ramirez Relación agresor víctima: Exnovio

Exnovio es el sospechoso de matar a embarazada de 8 me-ses por no querer abortar

27 kilómetro 26 de la autopista a Comalapa, Olocuilta, La Paz

El Blog/domingo 22/octubre-2017 http://elblog.com/noticias/registro-

47425.html

LPG/Pag.8/lunes 23/octubre-2017 https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-joven-embarazada-y-a-director-de-escuela-20171021-

0075.html Vilma Pérez Relación agresor víctima: Compañero de vida

Vilma Pérez, de 32 años, cami-naba junto a su hija de 10 años y de su hijo de 4, hacia la sub-delegación policial de Apopa. Quería denunciar a su compa-ñero de vida por someterla a violencia intrafamiliar, pero no logró llegar. Su pareja la en-contró cuando todavía le falta-ban dos cuadras. El hombre sacó un arma de fuego, enfren-te de los dos niños, y otras personas que estaban en el lugar, y la asesinó con un dis-paro en el rostro.

32 Troncal del Nor-te, Apopa, San Salvador

LPG/Pág.8/miércoles 25/octubre-2017 https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Hombre-asesina-a-su-pareja-cuando-iba-a-denunciarlo-20171024-

0096.html

Elaboración propia con datos de la PNC y el IML

Fuente: monitoreo de medios ORMUSA

Personas desaparecidas, 255 son mujeres

La Policía Nacional Civil, recibió 861 avisos de personas

desaparecidas de enero al 15 de julio de 2017, es decir,

alrededor de cinco personas cada día. El 62% de desapare-

cidos/as son menores de 30 años, de ambos sexos. El

70.38% son hombres y 29.61% mujeres.

Desde el 2010 hasta el 15 de julio de 2017 han desapareci-

do 12,098 personas, según el registro de la PNC. La policía

aclara que estos son datos preliminares, los cuales puede

variar según los avances de la investigación.

Señalan que en algunos casos las personas aparecen con

vida, pero los familiares no reportan su aparecimiento. En

otros casos aparecen muertos.

PNC reporta 1,948 delitos sexuales

La Policía Nacional Civil, registró un total de 1,948 denun-

cias por diferentes delitos sexuales, en el primer semes-

tre de 2017. El 79% de abusos fue cometido en contra de

menores de 17 años, donde las niñas y adolescentes son

las que sufren mayor abuso, el 95.43% y niños 4.57%.

Los delitos denunciados son: Violación, agresión sexual,

agresión sexual agravada, agresión sexual en menor e

incapaz, estupro, estupro por prevalimiento y violación

en menor e incapaz, de los cuales violación en menor e

incapaz, fue el más denunciado, con 47.95%.

Delitos sexuales por departamento

Más de la mitad de las denuncias, el 59.34% proviene de cinco departamentos: Cabañas, La Libertad, La Unión,

San Salvador y Santa Ana. Por cantidad San Salvador, acumula la mayor cantidad de denuncias, 390, sin embar-

go, por tasa poblacional, La Unión y Cabañas, ocupan el primer lugar.

De 262 municipios, 14 reportan la mayor cantidad de casos: Zaragoza, Usulután, Soyapango, Sensuntepeque,

Santa Ana, San Salvador, San Miguel, Metapán, Mejicanos, Ilobasco, Colón, Chalchuapa, Apopa y Ahuachapán,

acumulando el 39%.

Elaboración propia con datos de la PNC y el IML

Observaciones del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer,

CEDAW al Estado Salvadoreño- 66ª período de sesiones (febrero 2017)

AHUACHAPAN 87

CABAÑAS 145

CHALATENANGO 72

CUSCATLAN 64

LA LIBERTAD 223

LA PAZ 80

LA UNION 142

MORAZAN 64

SAN MIGUEL 122

SAN SALVADOR 390

SAN VICENTE 80

SANTA ANA 256

SONSONATE 93

USULUTAN 130

Total 1,948

Fuente: Oficina de Información y Respuesta de la PNC, Instituto de

Medicina Legal, IML, Observatorio de violencia de ORMUSA.

En febrero del presente año se llevó a cabo el 66ª período de sesiones del Comité para la eliminación de la discriminación

contra la mujer, CEDAW. La reunión se realizó en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza. En esta reunión, el Comité

consideró los informes de los siguientes Estados Partes: Alemania, El Salvador, Irlanda, Jordania, Micronesia (Estados Fede-

rados de), Rwanda, Sri Lanka y Ucrania.

En representación de El Salvador asistieron: por la Concertación Feminista Prudencia Ayala: Yolanda Guirola, por CLADEM

El Salvador: María Auxiliadora Rivas y por la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y

Eugenésico: Angélica Rivas.

La delegación oficial del Estado Parte El Salvador estuvo conformada por: el Viceministro de Relaciones Exteriores, Sr. Car-

los Castaneda, Primera Vicepresidenta de la Asamblea Legislativa, Sra. Lorena Peña, Viceministro de Salud, Sr. Julio Robles

Ticas, Embajador de la Misión Permanente de El Salvador ante la ONU, Embajador Joaquin Maza Martelli.

Otras personas que integraron la Delegación: Sra. Karla Alvanes, Presidenta del Instituto Salvadoreño de Transformación

Agraria, Sra. Yanira Argueta, Directora Ejecutiva de ISDEMU y Sra. Margarita Fernández, Gerente Técnica y de Planificación

ISDEMU.

Recomendaciones de la CEDAW al Estado de El Salvador:

A continuación se presenta un breve resumen de las recomendaciones hechas por el Comité al Estado de El Salvador.

El Comité recomienda que el Estado parte apresure la ratificación del Protocolo Opcional de la Convención.

Marco jurídico

El comité recomienda que el Estado parte armonice sistemáticamente su legislación nacional con la Convención y asegure

la coordinación institucional para su ejecución entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial.

Acceso a las justicia

El Comité recomienda que el Estado parte, conforme con la recomendación general No. 33 (2015) sobre el acceso de las

mujeres a la justicia:

(a) Asigne los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para garantizar la operación eficaz de la recién

creada jurisdicción especial sobre crímenes contra la mujer;

(b) Refuerce las capacidades de la Policía Civil Nacional, la Oficina del Procurador-General, y del Instituto de Medicina

Forense para la aplicación de los protocolos y para monitorear su implementación;

(c) Armonice sistemáticamente toda la legislación con la Ley Especial Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida

Libre de Violencia y la Convención;

(d) Supervise la aplicación de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres, LIE, y

fortalezca la capacidad de jueces, abogados y de agentes policiales en el marco de la igualdad de género, incluyendo el

significado y el alcance de la discriminación directa e indirecta.

Maquinaria nacional para el desarrollo de la mujer

El comité recomienda que el Estado parte: (a) Acelere la adopción de leyes que refuercen la función rectora del Instituto Salvadoreño para el adelanto de la mujer (ISDEMU); (b) Refuerce la implementación de un sistema de asignación presupuestario que tome en consideración el género; (c) Continuar fortaleciendo el ISDEMU proporcionándole los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para ga-

rantizar la coordinación y aplicación eficaces de las políticas públicas de promoción de la mujer y, en particular, para cum-

plir su mandato en la esfera de la recopilación de datos.

Medidas especiales temporales

El Comité recomienda que el Estado Parte siga adoptando medidas concretas, incluidas medidas especiales de carácter

temporal, de conformidad con la Recomendación general Nº 25, y establezca objetivos y calendarios concretos para acele-

rar el aumento de la representación de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, especialmente en los puestos de

toma de decisiones locales, y en los altos niveles de los servicios diplomáticos. Debe prestarse especial atención a la par-

ticipación de las mujeres indígenas.

Estereotipos

El comité recomienda que el Estado parte: (a) Desarrolle una estrategia comprensiva y amplia en todos los secto-res para eliminar los estereotipos discriminatorios, trabajando con una amplia gama de partes interesadas, incluidas las organizaciones de mu-jeres; (b) Adopte todas las medidas apropiadas para sensibilizar a los me-

dios de comunicación y al sector de la publicidad con el fin de eliminar

los estereotipos de género y promover imágenes objetivas de mujeres

que participan activamente en la vida social, cultural, económica y

política.

Violencia de género contras la mujeres

Teniendo en cuenta la Recomendación general Nº 19 (1992) del Comité sobre la violencia contra la mujer, el Comité recomienda al Estado parte que: (a) Asigne suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a la aplicación de los planes de acción y políticas para el acceso de las mu-jeres a una vida libre de violencia y supervisar su aplicación. (b) Recoger datos sobre el tratamiento de los casos de violencia do-méstica desde el momento de la presentación de informes hasta la sentencia definitiva y estudiar el impacto y la eficacia de los mecanis-mos para abordar esos casos; (c) Acelerar el desarrollo de protocolos para la aplicación de la Ley espe-cial integral para una Vida Libre de Violencia contra la Mujer (artículo 56 LEIV), que garantice la aplicación de un enfoque orientado a las víctimas y el principio de diligencia debida; (d) Fortalecer la capacidad de los jueces, abogados y personal encarga-do de hacer cumplir la ley sobre la estricta aplicación de la Ley para una Vida Libre de Violencia contra las mujeres, la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia y sus correspondientes directrices de apli-cación; (e) Reforzar la protección, el apoyo, la recuperación y la reinserción social de las mujeres y las niñas víctimas de la violencia de género y, en particular, de las mujeres víctimas de violencia doméstica; (f) Atender las necesidades específicas de las niñas, mujeres y sus fa-

milias desplazadas y deportadas internamente, en términos de protec-

ción contra todas las formas de violencia, especialmente las relaciona-

das con las pandillas.

El comité recomienda que el Estado parte:

c) Continúe fortaleciendo el

ISDEMU proporcionándole los

recursos humanos, técnicos y

financieros necesarios para

garantizar la coordinación y

aplicación eficaces de las polí-

ticas públicas de promoción

de la mujer y, en particular,

para cumplir su mandato en

la esfera de la recopilación de

datos.

Tráfico y explotación sexual

El Comité reitera su observación final anterior (CEDAW / C / SLV / CO / 7, párrafo 26) y recomienda al Estado parte que: (a) Elabore una estrategia y un plan de acción general para prevenir y combatir la trata y la explotación sexual de mujeres y ni-ñas, prestando especial atención a la victimización relacionada con las pandillas; (b) Incluir en dicha estrategia programas y medidas preventivas y de protección para la rehabilitación y la integración social de las víctimas de la trata; (c) Proporcione en su próximo informe periódico datos sobre la trata, la explotación de la prostitución de mujeres y niñas, el nú-

mero de enjuiciamientos y condenas en casos de trata y explotación sexual, así como sobre el impacto de las medidas adoptadas

para combatir estos fenómenos.

Participación en político y ámbito público

El Comité recomienda que el Estado parte prosiga sus esfuerzos para lograr la paridad en todas las instituciones, incluida la am-

pliación del uso de medidas especiales que se consideren necesarias para promover la representación de la mujer en los gobier-

nos locales, el poder ejecutivo, el parlamento y el servicio diplomático. En este sentido, debe prestarse especial atención a las

mujeres que se enfrentan a formas múltiples de discriminación.

Empleo

El comité recomienda al Estado parte: (a) Introducir medidas específicas para crear oportunidades formales de empleo para las mujeres y vigilar eficazmente la aplica-ción de la legislación que garantice la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, de conformidad con la recomenda-ción general 13 (1989) sobre igualdad de remuneración por trabajo de igual valor y las observaciones finales del Comité. (b) Incremente los esfuerzos para inscribir a las trabajadoras domésticas y acelerar la ratificación del Convenio núm. 189 (2011) de la Organización Internacional del Trabajo relativo al trabajo decente para las trabajadoras domésticas; (c) Refuerce y amplíe las inspecciones en el lugar de trabajo y realice estudios sobre las condiciones de trabajo y el respeto de los derechos laborales de la mujer en la industria de la maquila; (d) Supervise la aplicación de la legislación que prohíbe las pruebas obligatorias de embarazo y la detección del VIH / SIDA como

condición de empleo..

Estereotipos

El comité recomienda que el Estado parte:

b) Adopte todas las medidas

apropiadas para sensibilizar

a los medios de comunica-

ción y al sector de la publici-

dad con el fin de eliminar los

estereotipos de género y

promover imágenes objeti-

vas de mujeres que partici-

pan activamente en la vida

social, cultural, económica y

política.

Salud

De conformidad con su Recomendación general Nº 24 (1999) sobre la mujer y la salud, el Comité recomienda al Estado parte que: (a) Acelere la adopción de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y una es-trategia dirigida a reducir los embarazos de adolescentes; (b) Refuerce las medidas para garantizar el acceso de las niñas, los adoles-centes y las mujeres, incluidas las que viven en zonas rurales, a servicios adecuados de salud sexual y reproductiva, incluidos métodos anticoncepti-vos modernos y planificación familiar, prestando especial atención a la prevención de embarazos precoces y abortos inseguros y la educación apropiada sobre los derechos de salud sexual y reproductiva y el comporta-miento sexual responsable; (c) Realice un análisis exhaustivo sobre el acceso a los servicios de salud se-xual y reproductiva y la anticoncepción, recopilando información sobre el impacto de los programas para reducir y prevenir el embarazo de las niñas adolescentes para su inclusión en su próximo informe periódico; (d) Sensibilizar a las redes de servicios de salud sobre la necesidad de deses-

tigmatizar a las mujeres que buscan servicios de salud sexual y reproductiva,

especialmente las mujeres dedicadas a la prostitución y las mujeres que vi-

ven con el VIH / SIDA.

Aborto

El Comité recomienda que el Estado Parte revise el artículo 133 del Código Penal para legalizar el aborto, al menos en casos de violación, incesto, ame-nazas a la vida y / o la salud de la mujer embarazada o discapacidad grave del feto. El Comité reitera sus observaciones finales anteriores y alienta al Estado parte a: (a) Introducir un moratorio en la aplicación de la ley vigente y revisar la de-tención de mujeres por delitos relacionados con el aborto con el fin de ga-rantizar su liberación y mantener la presunción de inocencia y debido proce-so en los procedimientos relacionados con el aborto; (b) Garantice el secreto profesional de todo el personal de salud y la confi-

dencialidad de los pacientes.

Fuente: Conversatorio realizado por la Concertación Feminista Prudencia Ayala, donde participó Yolanda Guirola,

representante de la Concertación en la reunión en Ginebra.