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1 Carrera 11 No. 27 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. contratacion@hospitalsanrafaeltunja.gov.co Tunja Boyacá - Colombia E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA PROYECTO TÉRMINOS DE REFERENCIA CONCURSO DE MERITOS No. 28 DE 2015 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA Tunja, Septiembre de 2015

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E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA

PROYECTO TÉRMINOS DE REFERENCIA

CONCURSO DE MERITOS No. 28 DE 2015

OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA

INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA

ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED

DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR

SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA

Tunja, Septiembre de 2015

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RECOMENDACIONES INICIALES

La ESE Hospital San Rafael de Tunja, está interesada en contratar la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO

AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE

RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR SECO

PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA.

Los oferentes antes de elaborar y presentar sus propuestas, deberán tener en cuenta las siguientes

recomendaciones:

1. Verificar que no se encuentran incursos dentro de causal de inhabilidad e incompatibilidad o prohibición, de rango constitucional y legal para contratar con el Estado.

2. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones, de los documentos que hacen

parte del mismo y de las normas que regulan la contratación administrativa con Entidades del

Estado.

3. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información que acredita el cumplimiento de

los requisitos exigidos, en la Ley y en el pliego de condiciones.

4. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos

exigidos en el pliego de condiciones; so pena de no ser tenidos en cuenta por El Hospital.

5. Cerciorarse que cumple con las condiciones y requisitos aquí señalados.

6. Reunir la información y documentación exigida, y verificar el tiempo de vigencia.

7. Suministrar toda la información requerida a través del pliego de condiciones.

8. Analizar en su integridad, detenidamente, el contenido del pliego de condiciones, antes de la fecha

prevista como límite para solicitar aclaraciones frente al mismo.

9. Diligenciar totalmente los anexos establecidos.

10. Elaborar los aspectos y variables técnicas y económicas de la propuesta en estricto acatamiento

de lo dispuesto en el pliego de condiciones, verificando la integridad y coherencia de los

ofrecimientos.

11. Presentar sus propuestas con el correspondiente índice y debidamente foliadas.

12. Revisar el contenido de la garantía de seriedad de la oferta, donde verifique:

Otorgada a favor de La ESE Hospital San Rafael de Tunja.

Mención completa de la razón social del tomador, incluyendo la sigla, ésta última se deberá incluir si figura en el correspondiente certificado de existencia y representación legal.

El valor asegurado debe corresponder al fijado en este documento. El objeto y el número de la misma, coincidan con el de la propuesta presentada.

Rúbrica del TOMADOR - CONTRATISTA AFIANZADO.

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Recibo de pago de la garantía expedido por la compañía aseguradora.

13. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso, en ningún caso se

recibirán propuestas fuera del tiempo establecido y previsto.

14. Toda consulta deberá formularse por escrito, no se atenderán consultas personales, verbales ni

telefónicas. Ningún convenio verbal con personal de la ENTIDAD, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.

15. Este proceso comprende la definición del pliego de condiciones, presentación de propuestas,

evaluación de propuestas y demás actos propios de la etapa precontractual y recomendación del

orden de elegibilidad de los proponentes, con el fin de que se adjudique el contrato respectivo a la propuesta más favorable, según los criterios aplicables a la modalidad de selección.

16. La información contenida en el pliego de condiciones sustituye totalmente cualquier otra que LA

ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta Contratación.

LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PROPUESTA Y DE SOLICITAR A LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y

PARTICULARES INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL CONTENIDO DE LA MISMA.

C A P I T U L O I

1. GENERALIDADES

Se solicita efectuar la lectura completa del presente término de referencia y responder punto por punto

siguiendo estrictamente el mismo orden y numeración, indicando en forma clara y precisa todos los datos solicitados y anexando los documentos requeridos en él.

Cuando se hable de días hábiles, estos no comprenderán los sábados, domingos y festivos; la referencia a días se entenderá siempre hábiles, salvo que expresamente se determinen como

calendario.

1.1 NATURALEZA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE

TUNJA

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael de Tunja como Entidad de carácter departamental, cuya función principal es la prestación de servicios de salud entendidos como un servicio público a

cargo del Estado como parte integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud, adelanta

todas sus actividades y actuaciones en un entorno de alta competitividad, eficacia, eficiencia, oportunidad y transparencia, garantizando la sostenibilidad financiera y la excelencia en la prestación

del servicio, su régimen jurídico está determinado en la Ley 100 de 1993 y demás normas que la adicionan, modifican, y reglamentan.

La autonomía se concreta, en primer lugar, en la atribución que tienen de contar con sus propios

órganos de dirección y, en segundo lugar, en la facultad de darse sus propios estatutos, con la

posibilidad de reglamentar el funcionamiento y la actividad del organismo.

1.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

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El proceso de selección se rige por las reglas previstas en el régimen privado (artículo 195 de la ley 100

de 1993), en el Estatuto de Contratación de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA ACUERDO 019 DE 2014 y en este proyecto de términos de referencia, los principios de

transparencia, selección objetiva, publicidad y las demás disposiciones que por el objeto a contratar, la naturaleza de la Empresa Social del Estado y la presente invitación pública que le sean aplicables.

1.3 CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN

Al contrato o contratos que se deriven de la presente invitación se le aplican las cláusulas excepcionales al derecho común de modificación, interpretación y terminación unilaterales, así como la de caducidad

de que trata el Estatuto Contractual Administrativo.

1.4 JUSTIFICACIÓN

La ESE Hospital San Rafael Tunja una IPS de tercer nivel de atención, que dentro de sus necesidades,

requiere el apoyo administrativo de un asesor jurídico, como apoyo en los diferentes procesos que construyen el propósito institucional y para la defensa de la ESE.

El hospital inicio obras de reforzamiento estructural y remodelación de los diferentes servicios, al ejecutar las obras de construcción de pantallas que afecta de manera considerable los pisos, techos y

espacios de varias áreas.

Dentro del Hospital San Rafael de Tunja, hay dependencias que requieren adecuación de los puntos de

datos y eléctricos para hacer uso de los recursos de red que provee la Coordinación de Procesos de TICS. Que dada la creación de nuevos grupos, y áreas de trabajo se hace necesario acondicionar

puestos de trabajo, y adecuar la infraestructura tecnológica necesaria para que los usuarios, puedan trabajar y acceder a los recursos informáticos de manera eficiente.

De otro lado y como escenarios de mejoramiento tecnológico, se pretenden adquirir y acondicionar un

anillo de fibra óptica, centralizado desde el data center hasta los centros de cableado distribuidos en el

área del Hospital San Rafael de Tunja alternos, con el fin de aumentar los niveles de disponibilidad de la información, y velocidad de transmisión, haciendo más efectivos los mecanismos de comunicación

entre centros de cableado.

Lo anterior, requiere la implementación de medidas de protección contra las fluctuaciones transitorias y

las interrupciones de corta duración del servicio eléctrico comercial. Una de estas medidas corresponde a la instalación y uso de UPS (Unidad de Potencia Ininterrumpida), las cuales acondicionan la energía

eléctrica para que los equipos de cómputo y de comunicaciones funcionen adecuadamente. Además, proporcionan, mediante sus baterías, el respaldo de potencia requerido en los cortes del servicio de

poca duración, con el fin de prevenir la pérdida de información y la degradación del hardware y

software con que cuenta la Entidad en sus diferentes sedes y dependencias, incrementando la vida útil de estos equipos.

El Hospital San Rafael de Tunja necesita instalar un equipo de Tomografía, para lo cual se hace

necesario adecuar la infraestructura eléctrica de forma que soporte la demanda energética requerida. Por lo anterior, se requiere construir una subestación con la capacidad suficiente para soportar toda su

parte tecnológica.

1.5 CONVOCATORIA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS

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La ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA convocará a las Veedurías ciudadanas, a las

asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, para que realicen el control social al presente proceso de selección.

1.6 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA

INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO

Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED

DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR

SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA

1.7 PRESUPUESTO OFICIAL

Presupuesto estimado para la presente invitación es CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS

DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA PESOS ($46.818.180). moneda corriente, incluido IVA y los demás impuestos y erogaciones a que haya lugar. El valor definido para la presente contratación, se

encuentra amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal, expedido por el Profesional de

Presupuesto de la Entidad, de la vigencia fiscal 2015.

1.8 REFERENCIAS GENERALES DE LA INVITACIÓN

ACTIVIDAD DESDE HASTA LUGAR Y HORA OBSERVACIONES Y ACLARACIONES

Publicación del proyecto de términos de referencia

18 de Septiembre de 2015

www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co

Observaciones al proyecto de términos de referencia

22 de

Septiembre de 2015

22 de

Septiembre de 2015

E-Mail:

[email protected] hasta las 3:00 pm y/o oficina subgerencia administrativa y financiera del HSRT.

Únicamente se recibirán al E- Mail: [email protected] o radicadas en la Subgerencia Administrativa y F. hasta las 3:00 p.m.

Respuesta a la observaciones

23 de Septiembre de 2015

23 de Septiembre de 2015

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Serán publicadas en la página de la institución.

Apertura de la Invitación

24 de Septiembre de 2015

24 de Septiembre de 2015

Gerencia Se hará mediante acto administrativo

Publicación términos de referencia definitivos

24 de Septiembre de 2015

24 de Septiembre de 2015

Pagina web www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co

Radicación de propuestas y acta de cierre

28 de Septiembre de 2015

28 de Septiembre de 2015

Subgerencias Administrativa y Financiera hasta las 10:00 am hora Superintendencia de Industria y Comercio

Se procederá a levantar el acta de cierre correspondiente en presencia de los oferentes que deseen participar.

Evaluación de las propuestas

28 de Septiembre de 2015

30 de Septiembre de 2015

Subgerencias Administrativa y Financiera

Será realizada por el comité de contratación

Publicación de la evaluación

30 de Septiembre de 2015

30 de Septiembre de 2015

Pagina web www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co

Observaciones a la evaluación

01 de Octubre de 2015

01 de Octubre de

Desde las 8:00 am hasta las 12 :00 m

Únicamente se recibirán al E- Mail: [email protected].

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1.9 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR

De conformidad con el acuerdo 019 de 2014 articulo 29 numeral B, el proponente debe estar inscrito a el registro de proponentes antes de la fecha de presentación de la propuesta a través del formulario

previsto para tal fin el cual será suministrado en la oficina de Almacén y suministro del Hospital.

1.10 CIERRE DE LA INVITACIÓN

Los interesados (as) deben revisar la pagina web www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co en el link de

contratación, a fin de observar las condiciones objeto del presente proceso de selección, cronograma,

fecha límite de presentación de las ofertas en la fecha y hora señaladas en el cronograma.

Las propuestas presentadas en forma extemporánea no serán recibidas

1.11 DOCUMENTOS JURÍDICOS:

Los proponentes deberán cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico:

Carta de presentación de la propuesta debidamente diligenciada de conformidad con el formato

establecido en el Anexo No. 1 de los términos de referencia. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería del Representante Legal.

Antecedentes de la Procuraduría General de la Nación del Representante legal y de la empresa

Antecedentes de la Contraloría General de la República del Representante legal y de la empresa

Antecedentes Judiciales, emitido por la Policía Nacional del representante legal.

Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de comercio de la ciudad

de su domicilio, con fecha de expedición máxima de treinta (30) días calendarios anteriores, con

relación a la fecha del cierre de la presente invitación. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior a tres (3) años contados a partir de la fecha de

finalización del plazo de duración establecido para la presente invitación.

Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones

en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual conste que está facultado para presentar la propuesta, contraer obligaciones y

para notificarse de la resolución de adjudicación, cuando ello hubiere lugar. Parágrafo: La omisión de anexar el certificado de existencia y representación legal y/o la autorización no son subsanables y

genera por lo tanto el rechazo de la propuesta. Cuando dos o más personas presenten propuestas conjuntas, ya sea a través de la figura del

consorcio o de la unión temporal, deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 7 de la ley 80 de

1993 y se deberá anexar, además el certificado de existencia y representación legal de cada uno de los

integrantes, un acta que debe contener la siguiente información: Objeto del consorcio y/o unión

2015 co o radicadas en la Subgerencia Administrativa y F.

Respuesta a las observaciones de la evaluación

02 de Octubre de 2015

02 de Octubre de 2015

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Será realizada por el comité de contratación y serán publicadas en la página de la institución.

Adjudicación 05 de Octubre de 2015

05 de Octubre de 2015

Gerencia Por acto administrativo y será notificada en los términos de dicho acto.

Firma del contrato (*)

06 de Octubre de 2015

08 de Octubre de 2015

Se requiere de presencia en el Hospital de la persona natural o representante legal o de la persona facultada mediante poder especial para suscribir el contrato, acta de inicio y presentación de garantías.

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temporal el proponente, que será el mismo del contrato, tiempo de duración del consorcio y/o unión

temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y 1(un) año más. Nombre del representante legal del consorcio o unión temporal, indicando sus facultades y limitaciones.

Manifestación clara y expresa sobre responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio, y limitadas para las uniones temporales, de acuerdo con la participación de sus miembros durante la

ejecución del contrato. Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o

unión temporal. Manifestación expresa de que las partes integrantes no podrán revocar el consorcio o unión

temporal, durante el tiempo de ejecución del contrato, y un año más, como también que ninguna de

ellas podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes. Certificación emitida por el representante legal donde señale bajo la gravedad de juramento de no

haber sido sancionada con multa ni con caducidad administrativa dentro de los cinco (5) años

anteriores a la apertura de la presente invitación pública, emitida por el representante legal.

Póliza que respalde la seriedad de la oferta, constituida sobre el 10%, del valor total de la oferta.

Certificación emitida por el representante legal donde se señala que los representantes legales,

gerentes o Administradores de Agencia o Sucursal, no se encuentren incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, consagradas en la Constitución o la ley, al igual que no estar

reportado en el Boletín de Responsables fiscales. Registro Único Tributario: De acuerdo a lo contemplado en la Ley 863 de 2003, el contratista

deberá aportar copia legible del Registro Único tributario (RUT), el cual deberá estar actualizado de

acuerdo con las instrucciones impartidas por la DIAN. Certificado de inscripción en el Kardex de proveedores del Hospital, emitida por el Líder de Almacén

de la E.S.E.

Registro Único de Proponentes vigente para la fecha de radicación de la propuesta, el cual no

debe ser mayor a 30 días de expedición a la fecha de cierre de la presente invitación, de acuerdo con el

decreto 1510 de 2013. En caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, este requisito deberá ser

cumplido por todos y cada uno de los integrantes, quienes individualmente deben acreditar estar

inscritos y calificados de acuerdo a lo requerido, en el presente proceso de selección. De la información financiera del registro único de proponentes RUP se verificara los

correspondientes estados financieros a corte a DICIEMBRE 31 de 2014, del renovado en el año 2015.

En caso de presentar información con corte anterior a la fecha establecida, sus estados financieros no serán evaluados. Solamente se evaluaran los estados financieros contenidos en el RUP, por tal razón no

se exigen ni aceptan balances financieros.

En caso de propuestas de consorcios o personas jurídicas constituidas como empresa, empresas

temporales de servicios, consorcios, uniones temporales, cada Uno de sus miembros deberá anexar dicho certificado y acreditar su inscripción clasificación y calificación en la actividad especialidad y

grupo señalado en el presente pliego de condiciones. Manifestación escrita del proponente de no presentar mora con el Estado Colombiano o con alguno

de sus entes.

Certificación expedida por el revisor fiscal y en caso que por ley este no exista, deberá expedirla el

representante legal, acerca del cumplimiento del pago de los aportes parafiscales y afiliaciones a

salud, pensiones y riesgos profesionales. Si es persona natural deberá presentar la certificación expedida por el contador, acerca del cumplimiento del pago de los aportes parafiscales y afiliaciones a

salud, pensiones y riesgos profesionales y adjuntar las planillas de pago de los últimos seis (6) meses

1.12 ETAPAS Y REGLAS DEL PROCEDIMIENTO

1.12.1 PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CONTENIDO MÍNIMO DE LA

PROPUESTA INICIAL

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Es el término del proceso de selección que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden

presentar propuestas y la de su cierre, el cual está determinado en el cronograma inserto en el proyecto de pliego de condiciones.

1.12.2 AUDIENCIA DE CIERRE

La ESE Hospital San Rafael de Tunja, no proporcionará información a terceros sobre el contenido de las propuestas recibidas antes del cierre del proceso contractual. Sólo hasta cuando se venza el

término para la entrega de propuestas se abrirán en acto público, de lo cual se dejará constancia en el acta de cierre para examinar de manera general su contenido.

La cual se realizara en la subgerencia administrativa y financiera de la ESE Hospital San Rafael de Tunja, en la fecha y hora indicada en el cronograma de actividades.

1.12.3 PROCEDIMIENTO EN CASO DE RESULTAR HABILITADO UN SOLO OFERENTE O QUE

SOLO SE PRESENTE UN OFERENTE. (Artículo 41 numeral 5 del Decreto 1510 de 2013)

Si sólo un oferente resultare habilitado para o solo se presenta un único oferente cuyos bienes o

servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la entidad podrá adjudicarle el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el

contrato.

1.12.4 IDIOMA

Los documentos que acredite el proponente a la entidad así como la oferta que prepare el proponente,

la correspondencia y los documentos relativos a ella que se envíen entre el proponente y la ESE Hospital San Rafael de Tunja, deberán redactarse en idioma español.

C A P I T U L O II

2. ASPECTOS DE LAS PROPUESTAS

2.1 CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

La propuesta deberá contener todos los documentos exigidos en estos términos de referencia, en el

orden que se indica, y se presentará en forma escrita, foliada y en medio magnético (CD – Archivos en Word y Excel), en idioma castellano, sin enmendaduras, tachones ni borrones;

debidamente firmada por el proponente en caso de ser persona natural; o por el representante legal en el caso de personas jurídicas; o por el representante del consorcio o unión temporal; o por

el apoderado debidamente facultado.

2.2. SOBRE QUE CONTIENE LOS DOCUMENTOS HABILITANTES DE ORDEN JURÍDICO,

TÉCNICO, Y PRECIO

La presentación de la propuesta será en un (1) sobre, la cual se debe dividir en tres partes: documentos jurídicos, técnicos y la propuesta económica. Los sobres deberán entregarse debidamente

cerrados e identificados, en original marcados exteriormente así:

ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA

PROCESO DE SELECCIÓN CONCURSO ME MERITOS No. 28 DE 2015

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NOMBRE DEL

PROPONENTE

DIRECCIÓN

TELÉFONO

La propuesta se debe entregar en la ESE Hospital San Rafael de Tunja, Subgerencia Administrativa

y Financiera, ubicada en la Carrera 11 No. 27 – 27 de la ciudad de Tunja – Boyacá hasta la fecha y hora establecida en los presentes términos de referencia.

La carátula deberá rotularse claramente con el número del proceso de selección, el objeto de la

misma y el nombre del proponente.

Cada propuesta, deberá llevar un índice de su contenido donde se relacionen en forma clara los

documentos de la misma debidamente foliados (hojas en blanco no se numeran).

La ESE Hospital San Rafael de Tunja, no será responsable de abrir anticipadamente los sobres que

no estén debidamente marcados en la cubierta. La enmendadura, tachadura o repisado de cualquier documento en cualquier parte de los mismos, dará lugar a no ser tenido en cuenta como válido,

salvo la anotación o convalidación en el cuerpo del mismo y con la firma de quien lo expide.

La presentación de la oferta será evidencia de que el proponente ha examinado completamente los presentes términos de referencia, que ha obtenido las aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto

incierto o dudoso y que ha aceptado que todos los documentos están completos y que son

compatibles y adecuados. Los proponentes deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los términos de referencia. Cada propuesta deberá indicar el nombre del

proponente, su residencia, domicilio comercial y deberá estar debidamente firmada por el representante legal del proponente.

2.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA INICIAL

Conforme a lo establecido en el artículo 41 numeral 2 del Decreto 1510 de 2013 los proponentes

presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y una

propuesta de precio.

2.3 MONEDA DE LA PROPUESTA

La propuesta presentada, así como las obligaciones contraídas en el presente proceso de contratación

se hará únicamente en pesos colombianos

2.4 PROPUESTAS TOTALES Y PARCIALES

La ESE Hospital San Rafael de Tunja NO aceptará la presentación de propuestas parciales dentro del presente proceso de contratación.

El proponente deberá presentar PROPUESTA TOTAL, la cual deberá contener todas y cada una de las

condiciones, exigidas en los términos de referencia.

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2.5 IMPUESTOS Y DERECHOS

Al formular la oferta, el proponente incluirá en el precio todos los costos directos e indirectos que

debe sufragar como contratista, deberá tener en cuenta todas las contribuciones fiscales y parafiscales (impuestos, tasas, etc.), establecidas por las diferentes autoridades nacionales,

departamentales, distritales o municipales, con excepción de los que estrictamente correspondan a

la ESE Hospital San Rafael de Tunja. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.

Por lo anterior, es deber del proponente indagar y obtener la información necesaria en materia

tributaria y de costos de legalización.

2.6 MODIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Cuando el Proponente quiera adicionar documentos a su oferta, sólo podrá hacerlo antes del cierre del Proceso, en original, en sobres separados marcados de igual forma y con el mismo rotulo

de los sobres de presentación de la propuesta, adicionándole la expresión "ANEXO A LA PROPUESTA

PRINCIPAL". Los sobres deben ser entregados antes de la fecha y hora límite de cierre y se dejará constancia expresa de esta circunstancia en la respectiva acta que suscriba.

A partir de la fecha y hora de cierre del proceso, los proponentes no podrán adicionar o modificar sus

propuestas.

C A P I T U L O III

3. REQUISITOS HABILITANTES

3.1 DOCUMENTOS DE ORDEN JURÍDICO

Con el fin de demostrar la capacidad jurídica, facultades del representante legal, la ausencia de

inhabilidades e incompatibilidades, régimen tributario y cumplimiento de normas de seguridad social el proponente deberá presentar los siguientes documentos:

3.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN

Carta de presentación de la propuesta debidamente diligenciada de conformidad con el formato establecido en el Anexo No. 1 de los términos de referencia. La carta de presentación la deberá

suscribir el proponente persona natural o el representante de la persona jurídica o del consorcio o

unión temporal y expresar la siguiente información mínima:

a) Que la propuesta deberá tener una validez de ciento veinte (120) días calendario; b) Que el proponente no se encuentra incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad ni

conflicto de interés, ni el personal directivo de la empresa o el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados.

c) Información de notificaciones

Cuando el proponente (o su Representante Legal, según el caso), no posea Tarjeta Profesional en

Ingeniería Civil o Arquitectura la propuesta deberá estar abonada por un profesional debidamente matriculado en Colombia conforme a las exigencias establecidas en el Artículo 20 de la Ley 842 de

2003.

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En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 6º y 11 de la Ley 842 de 2003 (reglamentaria del

ejercicio de la Ingeniería, sus profesiones afines y auxiliares), en todos los casos deberá adjuntarse a la propuesta una fotocopia de la tarjeta profesional del proponente persona natural o del

representante legal de la persona jurídica proponente o del representante del consorcio o unión temporal cuando estos no sean Profesionales en Ingeniería Eléctrica O Ingeniería Electrónica O

Ingeniería de Telecomunicaciones, la propuesta deberá estar abonada por un profesional en

Ingeniería Eléctrica O Ingeniería Electrónica O Ingeniería de Telecomunicaciones debidamente matriculado en Colombia conforme a las exigencias establecidas en las Ley 842 de 2003.

3.1.2 FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA

Todo proponente Persona Natural y el Representante Legal de la persona jurídica, en forma individual o los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales y sus representantes, deberán anexar la

fotocopia de la Cedula de Ciudadanía.

3.1.3 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Y DE NO ENCONTRARSE EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES

La Entidad verificará los antecedentes disciplinarios de los proponentes o integrantes de consorcios o uniones temporales oferentes en el término de verificación de requisitos habilitantes, salvo que los

proponentes con la propuesta presenten certificado de antecedentes disciplinarios vigente en el cual conste que no registra antecedentes disciplinarios. Igualmente, de no encontrarse en el boletín de

responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República.

3.1.4 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES

Certificado emitido por la Policía Nacional del representante legal.

3.1.5 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Expedido por la cámara de comercio de la ciudad de su domicilio, con fecha de expedición máxima de

treinta (30) días calendarios anteriores, con relación a la fecha del cierre de la presente invitación. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior a cinco

(5) años contados a partir de la fecha de finalización del plazo de duración establecido para la presente invitación.

Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente,

en el cual conste que está facultado para presentar la propuesta, contraer obligaciones y para notificarse de la resolución de adjudicación, cuando ello hubiere lugar. Parágrafo: La omisión de

anexar el certificado de existencia y representación legal y/o la autorización no son subsanables y

genera por lo tanto el rechazo de la propuesta.

3.1.6 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL

El presente requisito tiene relación con la capacidad jurídica del proponente y pretende demostrar la

existencia del consorcio o unión temporal, que personas las integran, su representante, duración,

términos y extensión de los compromisos, alcance de la responsabilidad de los integrantes, la manifestación de no ceder la participación sin autorización de la entidad

En el evento en que la oferta vaya a ser presentada bajo la figura del Consorcio o Unión Temporal, se

deberá allegar como requisito habilitante el documento en que conste su constitución y deberá constar

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por lo menos: el objeto del Consorcio, tiempo de duración que no debe ser inferior al término de

duración del contrato y un (1) año más, las limitaciones del Representante, el porcentaje de participación de cada una de las partes, la indicación que ninguna de las partes podrá ceder su

participación en el Consorcio ni a los demás participantes, ni a terceros, sin autorización previa de la ESE Hospital San Rafael de Tunja.

3.1.7 GARANTÍA SE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

Los proponentes se obligan a constituir a favor de EL HOSPITAL, una Póliza de seriedad de oferta, que respalde la propuesta, en los siguientes términos:

Objeto: Amparar la seriedad y validez de la propuesta presentada cuyo objeto es el PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y

FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS,

MANTENIMIENTO DE RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR

SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, Asegurado y beneficiario: E.S.E. HOSPITAL SAN

RAFAEL DE TUNJA NIT: 891.800.231-0.

Valor Asegurado: En cuantía equivalente al diez (10%) por ciento del valor de la propuesta presentada.

Vigencia de la Garantía: Por el término de ciento veinte (120) días, contados a partir del Cierre del

presente proceso. En todo caso, la garantía de seriedad de la propuesta debe estar vigente hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato resultante del presente proceso de selección

3.1.8 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO

De acuerdo a lo contemplado en la Ley 863 de 2003, el contratista deberá aportar copia legible del Registro Único tributario (RUT), el cual deberá estar actualizado de acuerdo con las instrucciones

impartidas por la DIAN.

3.1.9 INSCRIPCIÓN EN EL KARDEX DE LA ENTIDAD

Certificado de inscripción en el Kardex de proveedores del Hospital, emitida por el Líder de Almacén de

la E.S.E.

3.1.10 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP

Vigente para la fecha de radicación de la propuesta, el cual no debe ser mayor a 30 días de expedición

a la fecha de cierre de la presente invitación, de acuerdo con el decreto 1510 de 2013.

En caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, este requisito deberá ser

cumplido por todos y cada uno de los integrantes, quienes individualmente deben acreditar estar inscritos y calificados de acuerdo a lo requerido, en el presente proceso de selección. De la información

financiera del registro único de proponentes RUP se verificara los correspondientes estados financieros a corte a DICIEMBRE 31 de 2014, del renovado en el año 2015. En caso de presentar información con

corte anterior a la fecha establecida, sus estados financieros no serán evaluados. Solamente se

evaluaran los estados financieros contenidos en el RUP, por tal razón no se exigen ni aceptan balances financieros.

En caso de propuestas de consorcios o personas jurídicas constituidas como empresa, empresas

temporales de servicios, consorcios, uniones temporales, cada Uno de sus miembros deberá anexar

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dicho certificado y acreditar su inscripción clasificación y calificación en la actividad especialidad y

grupo señalado en el presente pliego de condiciones.

Por todo lo anterior, se exige el certificado con fecha de expedición no superior a treinta (30) días hábiles, por cuanto las modificaciones en el Registro quedan en firme transcurrido diez (10) días

hábiles a partir de la publicación, siempre que no sea objeto de recurso.

CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS

La Empresa solo considerará propuestas de personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro de

Proponentes de la Cámara de Comercio, que se encuentren codificadas en el clasificador de Bienes y

Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) hasta el nivel 3, certificados por la cámara de comercio, como se indica en la Tabla:

Clasificador UNSPSC Descripción

72 15 15 Servicios de sistemas eléctricos

72 15 16 Servicios de sistemas especializados de comunicación

80 10 15 Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa

80 10 16 Gerencia de proyectos

80 10 17 Gerencia industrial

81 10 15 Ingenieria civil y arquitectura

81 10 17 Ingenieria Eléctrica y Electrónica

41 11 36 Equipo de medición y comprobación eléctrica

41 11 37 Instrumentos de medición y comprobación de comunicación electrónica

La Empresa considerará las propuestas presentadas por Consorcios o Uniones Temporales, y de forma conjunta los integrantes, deberán cumplir con la exigencia acerca de la codificación en el sistema

UNSPSC exigidos para ser admisibles en la Competencia Restringida. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida

sucursal en Colombia que aspiren a celebrar el contrato no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; y sus condiciones serán verificadas por la empresa de acuerdo con la

información suministrada y teniendo en cuenta el Decreto 1082 de 2015.

3.1.11 CERTIFICACIÓN QUE ACREDITE EL PAGO DE LOS APORTES

PARAFISCALES (APLICA PARA PERSONAS JURÍDICAS PROPONENTES O INTEGRANTES DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES)

Dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 que dispone “Cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus

empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso

equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la

sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá

acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución”

3.1.10.1. Contenido de la certificación

El proponente persona jurídica deberá allegar la Certificación expedida por el Representante Legal o

Revisor Fiscal cuando por mandato legal deba tener, en que haga constar que está a paz y salvo y cumpliendo con el pago de los aportes a los sistemas de seguridad social, pensiones, riegos

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profesionales, caja de compensación familiar, Instituto colombiano de Bienestar Familiar y

Servicio Nacional de aprendizaje Sena, cuando a ello haya lugar; de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 del 2002.

Para el caso de las personas naturales, en caso de ser adjudicatarios del contrato, deberán acreditar

el pago de aportes durante su ejecución a los sistemas de seguridad social, pensiones y riesgos

profesionales por el 40% del valor del contrato.

3.2 REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO

La Verificación de los Aspectos Técnicos de la Propuesta se basará en lo establecido en el Artículo 10

del Decreto 1510 de 2013, por lo cual se verificaran los siguientes aspectos:

Experiencia del proponente Capacidad Financiera

Capacidad Organizacional

Requisitos habilitantes exigidos por la entidad

El decreto 1510 de 2013 en el Articulo 9 y 10, reglamenta lo relacionado con el registro único de

proponentes y la verificación documental de los requisitos habilitantes de los mismos y su clasificación.

3.2.1 CAPACIDAD OPERATIVA

Para evidenciar la capacidad operativa del proponente se evaluará su experiencia de acuerdo con las especificaciones técnicas relacionadas con el objeto contractual de la siguiente manera:

3.2.1.1 EXPERIENCIA ENERAL

Se verificará en el RUP hasta dos (02) contratos que se encuentren terminados y/o liquidados. Deberá diligenciarse el ANEXO Nº 2 EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE, en el cual se consignará la

Información sobre la Experiencia del proponente que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Que la fecha de terminación del contrato relacionado en el ANEXO Nº 2 EXPERIENCIA GENERAL

DEL PROPONENTE esté en el periodo comprendido del primero (1) de enero de 2012 a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

2. Que la clasificación UNSPSC de los contrato (s) relacionado (s) coincida con la clasificación de

bienes y servicios solicitados:

Clasificador UNSPSC Descripción

72 15 15 Servicios de sistemas eléctricos

72 15 16 Servicios de sistemas especializados de comunicación

80 10 15 Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa

80 10 16 Gerencia de proyectos

80 10 17 Gerencia industrial

81 10 15 Ingenieria civil y arquitectura

81 10 17 Ingenieria Eléctrica y Electrónica

41 11 36 Equipo de medición y comprobación eléctrica

41 11 37 Instrumentos de medición y comprobación de comunicación electrónica

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3. Que el valor de los contratos acreditados sea igual o superior una (01) vez al Presupuesto Oficial.

4. Adicionalmente deberá allegar copia del contrato, y copia del acta de terminación y/o liquidación

y/o certificación donde se pueda verificar, la existencia del contrato y el cumplimiento de las actividades contratadas; cuando la experiencia sea acreditada por proponente plural, en este

caso deberá anexar el acta de conformación del consorcio o de la unión temporal.

5. La Empresa considerará las propuestas presentadas por Consorcios o Uniones Temporales, y de

forma conjunta los integrantes, deberán cumplir con la exigencia acerca de la cantidad de contratos exigidos para ser admisibles en la Competencia Restringida

Se verificará máximo el número de contratos requeridos y por tanto no se deben relacionar en el formulario para la experiencia específica más de los solicitados. En caso de relacionarse más contratos

de lo solicitado, el HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, para salvaguardia de los principios de transparencia, lealtad e igualdad, verificará los contratos en el orden en que aparezcan relacionados.

Un Consorcio o una Unión Temporal constituyen UN PROPONENTE.

Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión

Temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación; y deberá anexar el acta de conformación del consorcio o unión temporal

correspondiente a la experiencia general. Los errores y omisiones en la información de los contratos relacionados serán corregidos por parte de la entidad siempre y cuando esta cuente con la

documentación necesaria para tal efecto.

Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales – que se postulen a éste proceso de selección, se

tendrá en cuenta la experiencia sumada de sus integrantes.

Se calificará a cada propuesta como HÁBIL, si cumple con el número de contratos y condiciones exigidas.

3.2.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA

Se verificará que el proponente cuente en el RUP con experiencia relacionada directamente con objeto contractual del presente proceso de selección, constatando en dicho documento dos (2) contratos

celebrados por el interesado para los servicios que ofrecerá, identificados con el Clasificador de Bienes

y Servicios en el tercer nivel y cuya suma de valores expresado en SMMLV, sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial.

No se aceptarán certificaciones y/o contratos diferentes a lo expresado en el Registro Único de

proponentes

En el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, entre sus integrantes se deberá

certificar experiencia, como mínimo un certificado por cada integrante por valor igual o superior al 40% del valor de la propuesta presentada. Cuando el contrato haya sido desarrollado por un Consorcio,

Unión Temporal u otra forma de asociación, la certificación deberá indicar claramente el porcentaje de participación de cada uno de ellos y si el objeto del contrato incluye varias modalidades, de igual forma

se deberá discriminar el valor de cada una de ellas para efectos de la verificación.

En la segunda condición se busca que quienes formulen propuesta, sean oferentes que gracias a su

experiencia cuenten con solidez, posicionamiento y permanencia en el mercado. Las actividades mínimas requeridas que deben cumplir, son actividades macro que se encuentran en el

presupuesto a ejecutar y que se refieren al objeto contractual.

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Estas son las que se encuentran relacionadas en el cuadro siguiente:

ITEM DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

1 Interventoría de Instalación de redes de cableado estructurada y/o fibra óptica.

2 Interventoría de Instalación y Mantenimiento de Sistemas Ininterrumpidos de Potencia con capacidad superior a 20 KVA o subestaciones eléctricas con capacidad

mayor o igual a 112.5 KVA

Interventoría en instalación de sistemas ininterrumpidos de potencia, sistemas de cableado

estructurado y redes de fibra óptica, siempre que el valor de los mismos no sea inferior al presupuesto oficial.

Para acreditar esta experiencia la Entidad solicita la presentación de máximo dos (2) contratos en cuyos objetos se evidencien las actividades de:

Interventoría de Instalación de redes de cableado estructurada y/o fibra óptica.

Interventoría de Instalación y Mantenimiento de Sistemas Ininterrumpidos de Potencia con

capacidad superior a 20 KVA o subestaciones eléctricas con capacidad mayor o igual a 112.5 KVA.

Los contratos requeridos para acreditar esta segunda condición, deben estar ejecutados y terminados, demostrándose esta condición con certificación y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, donde

se evidencien las actividades y cantidades ejecutadas. Igualmente en estos documentos el oferente debe acreditar que realizo en los contratos la totalidad de las actividades señaladas en el cuadro

anterior en la columna denominada DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD y sumen entre los dos (2) el 100% del presupuesto oficial en SMMLV.

El Hospital San Rafael de Tunja, determina requerir dos (2) contratos por cuanto son varios aspectos técnicos que se van a verificar en esta segunda condición; un aspecto se refiere a la experiencia en

proyectos de magnitud proporcional al objeto en cuanto al valor en SMMLV, otro a la magnitud en cuanto a las actividades representativas y OTRO a la experiencia en actividades representativas

específicas.

NOTA 1: Los contratos acreditados deberán ser contratos de prestación de servicios de Consultoría por

cuanto el objeto a contratar es de esta finalidad y la gestión técnica, administrativa y financiera determinan a estos proyectos como de mayor grado de complejidad que los de finalidad privada.

NOTA 2: Las certificación y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, presentadas por los

proponentes para acreditar la experiencia deberán ser expedidas por la entidad contratante, donde se

especifique por lo menos lo siguiente: a.) Nombre del contratante

b.) Nombre del contratista. c.) Objeto del contrato.

f.) Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.

g.) Valor del contrato h.) Valor ejecutado

j.) Nombre y firma de quien emite la certificación.

NOTA 3: Tratándose de consorcios o uniones temporales, se atenderán las siguientes condiciones para

soportar la experiencia acreditada:

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a.) Cuando en un contrato que se presenta como experiencia el ejecutor haya sido un

consorcio o unión temporal, y el proponente haya sido integrante del mismo, el porcentaje que se acreditará como experiencia será el resultado de multiplicar el total ejecutado del valor y/o de la

cantidad de obra por el porcentaje que le correspondía dentro de esa unión temporal o consorcio. En estos casos, los proponentes deberán, además de los documentos solicitados para acreditar la

experiencia, adjuntar copia del acta consorcial o de la unión temporal, (si dentro de los documentos

aportados no es posible determinar el porcentaje de participación). En caso que el oferente no cumpla con este requerimiento, y solo para este caso específico, no se tomará en cuenta esta experiencia para

el cálculo de la acreditación respectiva.

b.) Cuando se presente un contrato que haya sido ejecutado por integrantes de un proponente

plural que hoy conforman un nuevo proponente plural, el mismo se acreditará en valor y cantidad como un contrato para cada integrante del proponente plural de acuerdo con su porcentaje de participación,

quiere esto decir que ese contrato, valdrá como un contrato, para cada uno de los integrantes del proponente plural; se contabilizará tantas veces como integrantes lo acrediten para este proceso.

NOTA 4: Para el caso de personas naturales, el hecho que el aspirante haya adquirido experiencia y

esta se encuentre publicada en el RUP, no significa que ha adquirido idoneidad por fuera del alcance

del área de la especialidad.

NOTA 5: LA ENTIDAD TENDRÁ EN CUENTA LOS CONTRATOS RELACIONADOS EN EL ANEXO 2. RELACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE. En caso que el Proponente certifique más

de dos (2) contratos, para efectos de la verificación de este requisito habilitante, se tendrá en cuenta

únicamente los dos (2) primeros contratos relacionados en dicho anexo.

3.2.2 CAPACIDAD FINANCIERA (CF)

Los proponentes deben acreditar los siguientes indicadores financieros:

INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA

INDICADOR INDICE REQUERIDO

Índice de Liquidez Mayor a 3,0 so pena de rechazo de la propuesta.

Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.45 %. Para efectos de que la oferta sea habilitada debe cumplir con el nivel máximo

exigido en el presente criterio de verificación

Razón de Cobertura de Intereses Mayor a 10.00

Patrimonio Mayor o igual al cien por ciento (100%) del

presupuesto oficial

Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de

índice de liquidez, nivel de endeudamiento y razón de cobertura de intereses.

Liquidez (%): Deberá ser mayor a tres (3.0)

FORMULA: Liquidez (IL)= Activo Corriente / Pasivo Corriente > 3.0

Nivel de Endeudamiento (%):

Deberá ser menor a cuarenta y cinco por ciento (45%) FORMULA: Nivel de Endeudamiento (NE)= Pasivo Total / Activo Total <45%

Razón de cobertura de intereses:

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Razón de cobertura de intereses (RP): Utilidad Operacional / Gastos de Intereses > 10

En caso de no cumplir con la Capacidad de financiera, la propuesta será NO HÁBIL

Para el caso de estructuras plurales, consorcios o uniones temporales los índices financieros se calcularán así:

Índice de Liquidez:

IL = AC1 + AC2 + AC3 +…+ ACn

PC1 + PC2 + PC3 + … + PCn

Donde,

IL = Índice de liquidez

AC n: Activo corriente de cada uno de los integrantes

PC n: Pasivo corriente de cada uno de los integrantes

Índice de endeudamiento: IE = PT1 + PT2 + PT3 + … + PTn X 100

AT1 + AT2 + AT3 + … + ATn

Donde,

IE = Índice de endeudamiento

PT n: Pasivo Total de cada uno de los integrantes

AT n: Activo Total de cada uno de los integrantes

Índice de Cobertura de Intereses: RCI = UOT1 + UOT2 + UOT3 + … + UOTn

GIT1 + GIT2 + GIT3 + … + GITn

Donde,

RCI =Índice de Cobertura de intereses UOT: Utilidad operacional Total de cada uno de los integrantes

GITn: Gastos de Intereses Total de cada uno de los integrantes

ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA

Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión

temporal o promesa de sociedad futura, si el Proponente es plural.

3.2.3 VERIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Y

ESPECIFICACIONES ESENCIALES DEL OBJETO A CONTRATAR DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL OBJETO A CONTRATAR

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA,

ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA

SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO

ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA,

CUMPLIENDO CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN EL PLIEGO DE

CONDICIONES.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS.

El proponente deberá aceptar, entender y cumplir con las especificaciones técnicas establecidas del

Anexo ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, en papelería membreteada de la empresa, relacionando las características, especificaciones y/o referencias de los servicios o bienes a suministrar

y la entidad verificará la consistencia de las especificaciones con respecto a las descritas en los

términos de referencia.

3.2.5 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la ley 80 de 1993, las ofertas serán analizadas,

evaluadas y calificadas por el Hospital San Rafael de Tunja, con base en la información suministrada por los oferentes en cumplimiento de los términos de referencia. La selección del oferente será objetiva

y en el análisis comparativo para adjudicar la Convocatoria Pública se llevará a cabo el siguiente orden asignando 1000 puntos que serán distribuidos así:

CRITERIO DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Capacidad Jurídica Habilitado / No Habilitado

Capacidad Financiera Cumple / No Cumple

Factor Humano Profesional 600

Experiencia Específica 400

PUNTAJE TOTAL 1.000

De acuerdo con el puntaje obtenido por cada uno de los proponentes, se establecerá un orden de elegibilidad para la adjudicación del contrato.

CALIFICACIÓN FACTOR HUMANO PROFESIONAL

El Proponente es libre de establecer el número de personas a utilizar en el desarrollo de las actividades, de acuerdo con el enfoque de organización que le dé a los mismos, pero debe garantizar

como mínimo personal profesional y técnico así*:

CARGO: DIRECTOR DE INTERVENTORIA PUNTAJE MÁXIMO A OBTENER: 300 PUNTOS

PERFIL PUNTAJE

Ofrecer para la ejecución del contrato un (01) Director de Interventoría.

Pregrado: Ingeniero Eléctrico O Ingeniero Electrónico O Ingeniero

de Telecomunicaciones. Posgrado: especialización áreas afines.

Dedicación: medio tiempo.

Experiencia profesional: igual o superior a siete (7) años contados a partir de la fecha de

expedición de la matrícula profesional.

Experiencia Específica: Tres (03) proyectos de Interventoría en instalación de

sistemas ininterrumpidos de potencia, sistemas de cableado estructurado y redes de fibra óptica.

300 puntos

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CARGO: RESIDENTE DE INTERVENTORIA PUNTAJE MÁXIMO A OBTENER: 300 PUNTOS

PERFIL PUNTAJE

Ofrecer para la ejecución del contrato un (01) residente de Interventoría.

Pregrado: Ingeniero Eléctrico O Ingeniero Electrónico O Ingeniero de Telecomunicaciones

Dedicación: tiempo completo.

Experiencia profesional: igual o superior a tres (3) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional.

Experiencia Específica: tres (03) proyectos de Interventoría en instalación de sistemas ininterrumpidos de potencia, sistemas de cableado estructurado y redes de fibra

óptica.

Personal certificado en:

Instalación de sistemas de cableado estructurado

Tendido configuración y fusión de fibra óptica

Instalación y mantenimiento de Sistemas Ininterrumpidos de potencia.

300 puntos

*Para el diligenciamiento de ésta información debe consolidarse mediante los formatos para tal

finalidad. Para cada uno de los cargos antes mencionados se deberá diligenciar la información

solicitada en el ANEXO No. 5 – CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL MINIMO A UTILIZAR y el ANEXO No. 4 - EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL.

Se entiende por experiencia profesional, el tiempo transcurrido a partir de la expedición o

confirmación de la matricula o tarjeta profesional. En cuanto a la experiencia específica, ésta se

determina como la práctica adquirida en el ejercicio de las funciones de un cargo en particular o en una determinada área de la profesión.

Para el Residente de Interventoria se tendrán en cuenta los estudios formales de postgrado,

especializaciones, maestrías, PHD o superiores relacionados en la formación académica, así como seminarios, cursos, educación no formal, tecnologías y diplomados.

Para el personal antes mencionado, se deberá anexar:

1. Hoja de Vida (Formato Único de Hoja de Vida de la Función Pública, Firmada en original). 2. Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía.

3. Fotocopia de la Tarjeta profesional – para las profesiones que la ley exige tal documento -.

4. Certificado de Vigencia de la Matricula Profesional – si aplicare para la profesión-. 5. Diploma y/o acta de grado de los estudios de pregrado, postgrado y certificados que se van a

acreditar. Carta de compromiso por la cual el profesional se compromete a realizar las actividades

asignadas dentro de la ejecución de los trabajos objeto del contrato (Firmada en original). 7. Certificación (es) que acredite la experiencia exigida – según se exija en los factores ponderables-.

8. Certificado de Antecedentes Disciplinarios.

9. Boletín de Responsables Fiscales.

La no presentación de los anteriores documentos impedirá la valoración de los factores puntuables de la propuesta. Todo el personal relacionado en el presente Pliego de Condiciones deberá

ser tenido en cuenta por el proponente para la valoración de su propuesta económica.

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Las certificaciones de experiencia para el personal principal del proponente, deben

presentarse de acuerdo a los siguientes requisitos:

1. En el caso de las certificaciones expedidas por entidades estatales para acreditar tiempo laborado como servidor público, deben especificar claramente el tiempo laborado, el cargo ocupado

y las funciones realizadas, y estas deben estar ligadas con los fines del presente proceso de

selección.

Entiéndase por servidor público, las personas naturales que prestan sus servicios dependientes a los organismos y entidades Estatales, con excepción de las asociaciones y fundaciones de

participación mixta.

2. Para el caso en que la entidad contratante de la consultoría sea una entidad privada, deberá

presentarse la certificación expedida por la empresa con la que mantuvo la relación laboral, donde además de los requisitos anteriormente anotados, se establezca en la misma certificación la

ubicación donde se ejecutó la consultoría, la dirección y teléfono de quien certifica.

La información allegada con la propuesta con el propósito de demostrar la experiencia de los

profesionales, deberá contener la información necesaria que permita demostrar la experiencia exigida para cada uno de los profesionales.

Los requisitos de formación y experiencia para la calificación del FACTOR HUMANO

PROFESIONAL solicitados, deben estar debidamente soportados, so pena de impedirse la

asignación de puntaje y el posterior rechazo de la propuesta; para acreditar la experiencia específica del personal mínimo.

Se entiende como tiempo efectivo de ejecución de obras, el tiempo real laborado en ejecución de

contratos. La omisión de los anexos para cualquiera de los cargos arriba especificados o de cualquiera de los soportes correspondientes generará el rechazo de la propuesta.

Adicionalmente el proponente debe tener en cuenta la vinculación al proyecto del personal técnico y

administrativo adicional, de los cuales no se deberán anexar los documentos dentro de la propuesta, pero si se deberán considerar en el momento de la ejecución por el oferente que resulte

adjudicatario del proceso.

La información relativa al personal principal requerido del equipo de trabajo se calificara a partir de

la información aportada en la propuesta, por ende esta no será susceptible de modificación, aclaración, complementación, ni corrección por parte del oferente con posterioridad a la fecha

de cierre del presente proceso, por tratarse de un factor de ponderación esencial para la calificación de las ofertas, el consultor sólo podrá sustituir algún miembro del equipo de trabajo si así

lo autoriza la entidad, siempre que el nuevo miembro propuesto cuente con calidades iguales o

superiores a las presentadas en la oferta respecto del miembro del equipo a quien reemplaza.

En el evento que para el presente proceso de contratación se exija la formación académica de los profesionales para asignar puntaje, en este caso para el Director de la Interventoría sólo se tendrán

en cuenta los estudios formales de postgrado, especializaciones, maestrías, Phd o superiores relacionados en la formación académica. Para el caso del Residente de la Interventoría además de

los estudios formales de postgrado, especializaciones, maestrías, Phd o superiores relacionados en

la formación académica, se tendrán en cuenta seminarios, cursos, educación no formal, tecnologías, diplomados. Los títulos de postgrado, especializaciones, maestrías, Phd o superiores

deberán acreditarse mediante copia de los diplomas o acta de grado de lo contrario, no se tendrán en cuenta. De acuerdo a estas definiciones se aclara que un estudio de postgrado superior de un

profesional cumple a cabalidad con el requisito de titulación inferior.

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Todo el personal (Profesional, Técnico, Administrativo y demás) relacionado en el Pliego de

Condiciones deberá ser tenido en cuenta por el proponente para la valoración de su propuesta económica.

El oferente no podrá presentar a un profesional para atender más de un cargo en esta propuesta,

so pena del rechazo de la misma.

La experiencia específica ofrecida para cada uno de los profesionales será calificada con un puntaje adicional al que se otorgue por los mismos, como se establezca para ello en los criterios de

evaluación fijados en el pliego de condiciones.

PROFESIONALES CON TÍTULO EXPEDIDO EN EL EXTRANJERO.

El proponente debe tener en cuenta que todo profesional en las ramas que se rigen por la Ley 842

de 2003, titulado en el exterior que, en virtud del contrato que se suscriba como consecuencia de este concurso, pretenda ejercer por tiempo determinado su profesión en Colombia, deberá dar

cumplimiento a los Artículos 7 y 8 de la citada Ley; lo anterior se aplica al personal profesional del contratista que se encuentre en las condiciones enunciadas.

En el caso de profesionales Con títulos extranjeros y domiciliados en el exterior, en las ramas reguladas por leyes especiales, deberán cumplir con los requisitos que dichas leyes especiales

establecen para el ejercicio temporal de su profesión en Colombia, so pena de incurrir en ejercicio ilegal de la misma sujeto a las sanciones de Ley. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las

demás condiciones generales para trabajar en Colombia, exigidas por otras normas legales, tales

como visas, etc.

EXPERIENCIA ESPECÍFICA

Este criterio será calificado teniendo en cuenta el perfil del proponente y el número de contratos cuyo objeto tenga relación directa con los servicios previstos y relacionados con:

Interventoría de Instalación de redes de cableado estructurada y/o fibra óptica.

Interventoría de Instalación y Mantenimiento de Sistemas Ininterrumpidos de Potencia con

capacidad superior a 20 KVA o subestaciones eléctricas con capacidad mayor o igual a 112.5 KVA.

Siempre que el valor de los mismos no sea inferior al presupuesto oficial en SMLMV. El puntaje se

determinara de los contratos relacionados en los formularios para acreditar experiencia y se

encuentren debidamente acreditados.

La asignación de puntaje por experiencia específica se realizará de la siguiente forma:

CRITERIO PUNTAJE

La sumatoria del valor de los contratos acreditados para la experiencia, sea

igual o mayor a 300% del presupuesto Oficial. 400 puntos

La sumatoria del valor de los contratos acreditados para la experiencia, sea igual o mayor a 200% del presupuesto Oficial.

250 puntos

La sumatoria del valor de los contratos acreditados para la experiencia, sea igual o mayor a 100% del presupuesto Oficial.

100 puntos

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El puntaje otorgado para el criterio anterior no es acumulativo, es decir, que solo se asignaran los

puntos que correspondan a la casilla en la que se ubique el oferente. En el evento que la certificación y/o el acta de recibo y/o liquidación del contrato de

Interventoría no contengan las actividades o especificaciones requeridas, el oferente o proponente deberá complementar la experiencia de la consultoría anexando la documentación

pertinente con el propósito de demostrar la experiencia exigida.

FACTOR CUMPLIMIENTO

La evaluación de este Factor de Cumplimiento, consiste en la verificación por parte del Hospital

San Rafael de Tunja conforme a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, de la existencia

o no de multas o sanciones que hayan sido impuestas en contra de los Proponentes o de algún integrante del Proponente Plural durante el tiempo de ejercicio de su actividad económica.

La evaluación y puntaje que se otorgará por el cumplimiento o no por parte del Proponente de este

Factor de Cumplimiento, se hará de la siguiente manera:

Si el Proponente o alguno de los integrantes del Proponente Plural han sido objeto de multas o

sanciones, se le restarán treinta (30) puntos por cada multa o sanción impuesta.

Si el Proponente o los integrantes del Proponente Plural no han sido multados o sancionados en el desarrollo de su actividad económica, se le restarán cero (0) puntos en el criterio de factor de

cumplimiento.

CRITERIOS DE DESEMPATE

Cuando dos (2) o más propuestas obtengan la misma calificación según los criterios de evaluación de

las propuestas se considerará que hay empate. En tal caso la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos

en el pliego de condiciones. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje

en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en el pliego de condiciones y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en

el pliego de condiciones.

Si persiste el empate, el Hospital San Rafael de Tunja utilizará las siguientes reglas de forma sucesiva

y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:

1. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura

siempre que:

(a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el cincuenta por ciento (50%);

(b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y

(c) la Mipyme, sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.

2. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la Ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad

a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de

su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente Numeral, debe tener una

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participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o

promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

3. Por último se usará el método aleatorio de balotas así: Se dará a cada proponente que haya

obtenido el mismo puntaje un número el cual se anotara en cada balota. Las balotas se introducirán

en una bolsa y los proponentes asistentes a la audiencia para tal finalidad tomarán una balota, el proponente que tome la balota con el mayor número en valor, será el proponente favorecido.

C A P I T U L O IV

4. CAUSALES DE RECHAZO Y DECLARATORIA DE DESIERTO

4.1 RECHAZO DE LA PROPUESTA.

Se considera ajustada al Pliego de Condiciones, la propuesta que cumpla todos y cada uno de los

requisitos establecidos. El Hospital San Rafael de Tunja rechazará las propuestas, en los siguientes

casos:

Cuando no presente la totalidad de los documentos exigidos en las condiciones previstas por

los términos de referencia. Cuando el proponente, no tenga capacidad jurídica para desarrollar el objeto del contrato.

Cuando se encuentre que el proponente, esté incurso en alguna de las incompatibilidades

previstas en la Constitución o en la ley.

Cuando se presente inexactitud o falsedad en la información suministrada por el proponente o

en la contenida en los documentos ANEXOS.

Cuando las condiciones ofrecidas por el proponente no cumplan con lo mínimo establecido en

los Presentes términos de referencia. Las propuestas cuyos documentos presenten, tachaduras, raspaduras o enmendaduras, a

menos que tengan la aclaración correspondiente, con nota al margen o en documento aparte

incluido. Cuando los documentos técnicos requeridos sean ilegibles que no permitan establecer su

vigencia y demás información relevante que se emanen de los mismos.

Cuando la propuesta sea extemporánea.

Cuando no cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en los anexos.

Cuando se demuestre la injerencia del proponente en las etapas de evaluación, ponderación y

selección de las ofertas. Cuando la garantía de seriedad de la oferta presente errores respecto al valor y/o el plazo

establecido y no se subsanen dentro del plazo señalado por la ESE Hospital San Rafael de

Tunja.

No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax o cualquier otro medio telemático.

Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o

que hayan contratado con el estado siéndolo en alguna oportunidad o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de estos términos de referencia.

Cuando para esta misma invitación se presenten varias propuestas por el mismo proponente

por sí o por interpuesta persona, en Consorcio, empresas de servicios temporales, Uniones temporales, o individualmente.

Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural

proponente o por el Representante Legal de la Sociedad, Consorcio o Unión El proponente o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo

con los estatutos sociales o con el documento de integración del Consorcio o Unión temporal.

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Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente convocatoria.

Cuando el proponente no esté inscrito en el Kardex de proveedores, inscripción que podrá

realizarse hasta el momento del cierre de la convocatoria.

Cuando sea extemporánea, es decir, si se presenta después de la fecha y hora fijadas para

el cierre de la invitación Cuando su valor sea considerado artificialmente bajo, a juicio de la entidad, luego de

haber solicitado las aclaraciones que se hayan considerado pertinentes

Cuando la propuesta económica supere el valor del presupuesto oficial establecido en este

proceso. Si el proponente se encuentra inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales (Artículo 60, Ley

610 de 2000).

4.2 DECLARATORIA DE DESIERTO

La declaratoria de desierta de la presente Invitación procederá cuando no sea posible garantizar la selección objetiva, cuando ninguna de las ofertas se ajuste al pliego de condiciones, cuando no se

presente propuesta alguna o en general cuando falte voluntad de participación. Para este caso, se procederá, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Interno de Contratación.

4.3 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La ENTIDAD designará a un Comité Evaluador encargado de verificar el cumplimiento de requisitos mínimos, evaluar y calificar las propuestas recibidas, establecer el orden de elegibilidad y resolver

las observaciones que formulen los Proponentes, teniendo como marco la Ley y los términos de

referencia. El comité evaluará el componente técnico de las propuestas para luego realizar el posterior análisis de las propuestas económicas, según el orden de elegibilidad.

En el período de evaluación la entidad podrá solicitar a los proponentes que en el plazo perentorio

fijado para el efecto, presenten las aclaraciones de sus propuestas o los documentos que

conduzcan a ello, conforme con lo establecido en los términos de referencia del condiciones de éste concurso de méritos.

En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar sus propuestas. Cuando

el plazo para la evaluación resulte insuficiente, la ENTIDAD, podrá prorrogarlo, informando mediante comunicado publicado en el Portal Único de Contratación a los proponentes.

4.4 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

La ENTIDAD rechazará la propuesta cuando aparezca demostrado que no es veraz la información suministrada en ella, relacionada con la validez jurídica de la misma o con cualquiera de los criterios

de habilitación y calificación, tanto en la etapa de evaluación de las propuestas o bien como resultado

de observaciones presentadas al informe de evaluación. Sin perjuicio de las acciones legales que se adelanten.

La ENTIDAD, podrá verificar la información a través de las entidades competentes e igualmente

obtener por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas.

Únicamente se aceptarán propuestas de Proponentes que no presenten ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades de que trata el Artículo 127 de la Constitución Política de Colombia y

los Artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias y en donde el proponente, sus directivos y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios

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contratados, no se encuentren incursos en conflicto de interés. En consecuencia, el Proponente en la

carta de presentación informará bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidades e incompatibilidades ni en conflicto de interés.

C A P I T U L O V

5. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR

5.1 VALOR DEL CONTRATO

El valor del contrato será el que resulte del proceso de selección.

5.2 FORMA DE PAGO

La Entidad pagará el valor contrato celebrado de la siguiente manera:

a) Pagos mensuales soportados en actas parciales de avance mensual, hasta completar el 90%

del valor del contrato, previa presentación de las respectivas actas e informes aprobados por el

supervisor del contrato. b) Un saldo final equivalente al 10% del valor del contrato, pago que se realizará una vez se haya

recibido al obra a satisfacción por parte del supervisor del contrato y suscrita el acta de liquidación.

NOTA 1: En el valor se entienden incluidos los costos directos e indirectos que ocasione la ejecución del contrato.

NOTA 2: EL Contratista deberá presentar la factura o la cuenta de cobro, según sea el caso,

constancia de pago de aportes a la seguridad social, parafiscales, riesgos profesionales y demás documentos requeridos para el pago de la cuenta de cobro.

ACTAS DE AVANCE PARCIAL

Las actas de avance parcial presentadas por el contratista deberán contener:

1. Informe parcial del Contratista que contendrá como mínimo porcentaje de ejecución y financiera a

la fecha; 2. Valor del anticipo entregado al contratista al igual que el amortizado y el que falta por amortizar;

3. Plazo del contrato y el faltante por Trabajos ejecutados: 4. Descripción general de las tareas ejecutadas;

5. Problemas presentados y soluciones planteadas, registro fotográfico y/o fílmico;

6. Estado de las pólizas, vigencias y fecha de aprobación de las mismas; 7. Equipos utilizados;

8. Personal profesional y técnico utilizado por el contratista y aceptado por la Supervisión; Planilla de las nóminas;

9. Una relación del empleo generado con este contrato que se encuentre debidamente soportado durante el periodo del presente informe discriminando dicho empleo por personal: profesional, técnico,

tecnólogo y personal no calificado;

10. Actas suscritas, describiéndolas y estableciendo su fecha o anexarlas; 11. Programa de inversión del anticipo;

12. Relación de la inversión del anticipo, estableciendo el concepto y anexar los soportes;

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13. comprobantes de pago en donde se demuestre el cumplimiento por parte del Contratista de

sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF);

14. Paz y salvo del personal que laboró y labora con el contratista durante el periodo de la presente acta, y el informe del Supervisor del contrato.

PAGO FINAL A LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

La ENTIDAD pagará al Contratista el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor final del contrato en el acta de liquidación, acta que se suscribirá entre las partes y la supervisión, para lo cual requerirá que el

contratista cumpla con los siguientes requisitos:

1. Presentación del Acta de Liquidación debidamente firmada por las partes.

2. Presente un informe final con el mismo contenido y alcance definido para los informes periódicos, anexando además el paz y salvo de cada uno de los trabajadores por todo concepto.

3. Una vez allegue los comprobantes de pago en donde se demuestre el cumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de

Compensación Familiar, Sena e ICBF);

4. Entregue la Actualización de la garantía Única debidamente aprobada por la ENTIDAD; 5. Presente el recibo de caja de la tesorería de la ENTIDAD por concepto de reintegro de rendimientos

financieros, previa cancelación de la cuenta bancaria.

El Contratista deberá presentar para el trámite de sus cuentas además de los documentos

relacionados la Factura en original y copia, la cual debe cumplir, como mínimo, los requisitos de las normas fiscales establecidas en el Artículo 617 del Estatuto Tributario y la Ley 1231 de 2008, la fecha

de la Factura debe corresponder al mes de su elaboración y en ella constará el número del contrato, el concepto del bien o servicio que se está cobrando.

La iniciación de las obligaciones o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones

contractuales no se hayan supeditadas, en ningún caso, a la entrega del anticipo

5.3 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Municipio de Tunja, Boyacá

5.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del contrato es hasta el día 31 de diciembre de 2015.

5.5 COTIZACIÓN DE PRECIOS Y VALOR DE LA PROPUESTA

Los precios de las propuestas deberán darse en pesos colombianos, discriminando el IVA, deberá

indicar el régimen tributario al que pertenece el proponente, y se debe tener en cuenta en el precio todos los demás impuestos de ley y costos para la legalización del contrato.

5.6 VALIDEZ DE LA OFERTA

Las ofertas deberán tener validez de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. Esta vigencia debe indicarse expresamente en la

propuesta. Se aclara que la validez de la oferta se aplica hasta la formalización del contrato, los precios propuestos serán vigentes durante todo el plazo de ejecución del contrato.

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5.7 APERTURA DE LAS PROPUESTAS

La diligencia de apertura de las propuestas se realizará en la fecha y hora señalada para el cierre de la

presente convocatoria Pública, en el Despacho de la Oficina de subgerencia administrativa y financiera.

De esta diligencia se levantará un acta con la relación sucinta de las propuestas y de sus valores, las

cuales serán rubricadas por el funcionario competente para el efecto. 5.8 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

EL HOSPITAL, adjudicará la presente Invitación a la persona jurídica o consorcios y uniones

temporales, empresa de servicios temporal que cumpliendo con las especificaciones técnicas y

económicas presente la propuesta más favorable.

5.9 REQUISITOS POSTERIORES A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato el contratista deberá realizar y entregar los soportes de los siguientes pagos y trámites en la oficina de Contratacion, así:

1) Constitución de la garantía única: el contratista debe constituir a favor de la ENTIDAD, por intermedio de una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia,

contentiva de los siguientes amparos:

a) Cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento general del contrato, el pago de multas y demás

sanciones que se impongan al contratista, por la suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.

b) Calidad del Servicio: En cuantía del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia

igual al plazo del contrato y un (1) año más.

c) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: En cuantía equivalente al diez

por ciento (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más.

NOTA: deberá tenerse en cuenta que: Las vigencias de los amparos deberán ajustarse y extenderse de

acuerdo con la fecha del inicio de ejecución.

Los valores asegurados y las vigencias deberán ajustarse al valor y al plazo del contrato, de acuerdo

con las modificaciones que se realicen durante su ejecución.

De igual forma, cualquier modificación al contrato debe ser reportada a la compañía aseguradora. Los

anexos emitidos por el Asegurador deberán allegarse a la oficina de Contratación para su respectiva aprobación.

El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al Contratista de las responsabilidades legales

en relación con los riesgos asegurados.

Dentro de los términos estipulados en este contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser

cancelado o modificado sin la autorización expresa de la ESE.

El Contratista deberá mantener vigentes las garantías, amparos y pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y

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restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones

que se impongan.

2) Acreditación de los pagos al sistema de seguridad social integral y de los aportes parafiscales: de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en el artículo 23 de la ley 1150 de

2007 y en el artículo 20 de la ley 1607 de 2012.

3) Suscripción del Acta de inicio, por parte del contratista y del supervisor del contrato, una vez se

hayan cumplido los requisitos indicados anteriormente.

5.10 CESIÓN DE DERECHOS, LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Y REGULACIÓN JURIDICA

El proponente favorecido no podrá ceder sus derechos u obligaciones, sin autorización expresa y por

escrito de EL HOSPITAL.

El contrato objeto de la presente Invitación se regirá por el acuerdo 019 de 2014 Estatuto de Contratación de la ESE y las normas pertinentes.

5.11 MONEDA DE LA OFERTA

El proponente presentará su oferta en pesos colombianos.

5.12 SUPERVISIÓN

La ESE Hospital San Rafael de Tunja, con el fin de verificar el cumplimiento del contrato y la calidad del

servicio, ejercerá los debidos controles a través de la SUPERVISIÓN, que será ejercida por el SUBGERENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO de la Entidad.

El supervisor atenderá lo dispuesto en el Manual de Contratación y Supervisión vigente adoptado por la

Entidad. Así mismo, el supervisor deberá dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 83 y 84 de

la Ley 1474 de 2011 (Estatuto anticorrupción).

5.13 DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

La E.S.E., Previa solicitud escrita del concursante, devolverá las garantías de seriedad de todas las

propuestas, una vez la notificación de adjudicación haya quedado en firme.

5.14 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

El contratista se obliga a estar bajo la supervisión del Supervisor, quien velará por el cumplimiento

de las obligaciones aquí establecidas. Cumplir con el objeto contractual dentro de las especificaciones técnicas y condiciones contractuales

requeridas. Entregar los informes que le solicite el supervisor del desarrollo de la ejecución del objeto

contractual. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y

entrabamientos.

No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.

El contratista será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o

a terceros.

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Al momento de celebrar el contrato el proponente deberá contar con un equipo de trabajo, el cual

será debidamente aprobado por la supervisión del contrato. Pagar por su cuenta los salarios, subsidios, prestaciones sociales, afiliación y aportes a los sistemas

de salud, pensión, ARL, y demás conceptos, a todo el personal destinado para la prestación del servicio objeto del presente proceso de selección de acuerdo con las disposiciones del Régimen Laboral

Colombiano.

Mantener durante la ejecución del contrato, mínimo el personal exigido y ofrecido en su propuesta. Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato.

5.15 SANCIONES CONTRACTUALES

En el evento que el contratista incumpla con alguna de sus obligaciones por mora o retraso en el cumplimiento del contrato, la ENTIDAD impondrá multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor

del contrato, por cada día de incumplimiento o mora, sin que en su totalidad excedan el treinta por ciento (30%) del mismo.

la ESE Hospital San Rafael de Tunja hará efectiva previa declaratoria del incumplimiento, directamente

por compensación de los saldos que adeude al CONTRATISTA si los hubiere, o mediante cobro de la

garantía única de cumplimiento, o si esto no fuere posible, podrá acudir a la jurisdicción competente.

La cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios no cubiertos por la aplicación de dicha sanción, la realización de los procedimientos y trámites que correspondan, con el fin que se impongan

las sanciones contractuales a que haya lugar y las demás sanciones de ley.

Para la aplicación de cualquier sanción contractual de las previstas en los Terminos de Referencia, en el

contrato y en la ley, se adelantará previamente el procedimiento establecido en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011, previos los requerimientos efectuados por el supervisor del contrato, de acuerdo con lo

previsto en el Manual de Contratación y Supervisión adoptado por la Entidad.

5.16 INDEMNIDAD

El contratista deberá mantener indemne a la Entidad frente a cualquier daño o perjuicio originado en

reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de sus subcontratistas o dependientes, con ocasión de la ejecución del contrato.

Atentamente,

COMITÉ DE CONTRATACION E.S.E. Hospital San Rafael Tunja

Lo anterior fue aprobado en acta de comité de contratación No 59 de fecha 18 de Septiembre de 2015

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ANEXO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA CONCURSO DE MERITOS No. 28 DE 2015

_______, ____________ de 2015

Señor(a):

REPRESENTANTE LEGAL Empresa Social del Estado Hospital San Rafael de Tunja

Carrera 11 No. 27-27

Tunja- Boyacá

Ref. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA.

El suscrito, obrando en representación de _________, y de acuerdo con las reglas que contiene los

términos de referencia y el Estatuto de Contratación de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, de manera atenta me permito presentar propuesta para la

adjudicación del contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR LA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA EL MANTENIMIENTO Y

REPOTENCIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA, MANTENIMIENTO AL SISTEMA ELÉCTRICO DE

UPS, MANTENIMIENTO DE CUARTOS TÉCNICOS, MANTENIMIENTO DE RED DE FIBRA ÓPTICA Y RED DE CABLEADO ESTRUCTURADO, ADQUISICIÓN DE SISTEMA ININTERRUMPIDO DE POTENCIA UPS Y

SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CON TRANSFORMADOR SECO PARA LA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, de acuerdo al objeto de la Invitación Publica No. 28, en caso que me sea adjudicado el

contrato, me comprometo a ejecutar el objeto contractual en la forma y especificaciones determinadas

en los términos de referencia y sus anexos, como lo ofrecido en la presente propuesta y a cumplir con todas las obligaciones que surjan de esta invitación pública y del contrato.

Expresamente manifiesto que:

a) No estamos incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad según lo previsto por la

Constitución Política, la ley y el Estatuto de Contractual de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA.

b) Como representante legal tengo capacidad legal y estoy facultado para presentar esta propuesta.

c) La información suministrada es veraz y no fija condiciones económicas artificialmente vagas con el

propósito de obtener la adjudicación del contrato.

d) Hemos estudiado los términos de referencia y declaramos expresamente nuestra conformidad con dicha documentación y el sometimiento a la misma para presentar nuestra propuesta.

e) Aceptamos las condiciones y demás requisitos contenidos en los términos de referencia.

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f) Declaramos que asumimos toda la responsabilidad por cualquier error u omisión cometida en la preparación y presentación de la propuesta y por los compromisos adquiridos con la EMPRESA

SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA y con terceros, derivada de ella.

g) Nos comprometemos a mantener esta oferta hasta el 31 de diciembre de la presenta anualidad,

contado a partir de la fecha del cierre del proceso de selección o del vencimiento de sus prórrogas si las hubiere.

h) Aceptamos las responsabilidades y obligaciones relacionadas con la entrega de la oferta y en caso

de ser seleccionados, suscribiremos y legalizaremos el contrato en los plazos definidos en el

cronograma del proceso de selección.

i) Que el original de la propuesta consta de ( ) folios, debidamente numerados.

j) Me comprometo a actuar de buena fe en todo el proceso de selección y pos selección.

k) Suministro la siguiente información para efectos de notificar o comunicar todos los actos que la

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, deba o considere necesario efectuar durante el curso de la presente invitación.

Dirección para notificación DIRECCIÓN-TELÉFONO-E MAIL

________________________________________________________________ _____________________________________________

(Nombre y firma del Representante Legal)

NOTA: LA FIRMA DE UNA PERSONA DIFERENTE AL REPRESENTANTE LEGAL O QUIEN HAYA DELEGADO O SU APODERADO, O LA AUSENCIA DE FIRMA, DARÁN LUGAR A QUE LA OFERTA SEA

RECHAZADA.