Ac-Alc y D_política de Alcohol y Drogas

2
POLÍTICA DE ALCOHOL Y DROGAS Código : AC-PO- ALC Y D Revisión: 0 Pág.: 1 de 1 Fecha: enero 2015 FLESAN ANCLAJES S.A. Declaramos nuestro especial interés por la protección de todos nuestros trabajadores así como de los bienes, tanto propios como de nuestros clientes y colaboradores. Es también fundamental la obtención de los mejores niveles de eficiencia operacional, seguridad, calidad y protección del medio ambiente. El estar bajo el efecto de alcohol o drogas atenta contra la seguridad de toda la organización. Por este motivo, queda estrictamente prohibido a todo trabajador que preste servicios en nuestra Empresa, consumir e ingresar a los lugares de trabajo bajo los efectos de estas sustancias, en conformidad con el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. Asimismo la posesión, distribución o venta de estas sustancias en el trabajo, cualquiera sea el lugar en que este se desarrolle, es ilegal y por lo tanto, el personal que sea sorprendido en este acto, será puesto a disposición de las autoridades correspondientes de acuerdo a la legislación vigente. En faenas ubicadas en recintos mineros, se aplicará la Ley de acuerdo al Decreto Supremo N° 132, Reglamento de Seguridad Minera. FLESAN ANCLAJES S.A. reconoce que la dependencia del alcohol y las drogas son un estado tratable, por lo que instamos a los

description

POLITICA ALCOHOL Y DROGAS, SEGÚN EXIGENCIAS DS 132.

Transcript of Ac-Alc y D_política de Alcohol y Drogas

POLTICA DE ALCOHOL Y DROGASCdigo : AC-PO-ALC Y D

Revisin: 0

Pg.: 1 de 1

Fecha: enero 2015

FLESAN ANCLAJES S.A.

Declaramos nuestro especial inters por la proteccin de todos nuestros trabajadores as como de los bienes, tanto propios como de nuestros clientes y colaboradores. Es tambin fundamental la obtencin de los mejores niveles de eficiencia operacional, seguridad, calidad y proteccin del medio ambiente.

El estar bajo el efecto de alcohol o drogas atenta contra la seguridad de toda la organizacin. Por este motivo, queda estrictamente prohibido a todo trabajador que preste servicios en nuestra Empresa, consumir e ingresar a los lugares de trabajo bajo los efectos de estas sustancias, en conformidad con el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

Asimismo la posesin, distribucin o venta de estas sustancias en el trabajo, cualquiera sea el lugar en que este se desarrolle, es ilegal y por lo tanto, el personal que sea sorprendido en este acto, ser puesto a disposicin de las autoridades correspondientes de acuerdo a la legislacin vigente.

En faenas ubicadas en recintos mineros, se aplicar la Ley de acuerdo al Decreto Supremo N 132, Reglamento de Seguridad Minera.FLESAN ANCLAJES S.A. reconoce que la dependencia del alcohol y las drogas son un estado tratable, por lo que instamos a los trabajadores que sospechen sufrir de esta dependencia, a buscar consejo y seguir un tratamiento apropiado.

HAMILTON OLIVA CARRASCO

GERENTE DE OPERACIONES