Antecedentes del problema de la proteccion del software

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ANTECEDENTES DEL PROBLEMA DE LA PROTECCION DEL SOFTWARE

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  1. 1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA DE LA PROTECCION DEL SOFTWARE
  2. 2. Los avances tecnolgicos registrados durante los ltimos aos han sido en nuestro pas causa y efecto de la actualizacin del Derecho de Autor, lo que se ha reflejado desde la primera ley especial en la materia de 1948. Con el surgimiento de las computadoras en las ltimas dos dcadas del siglo XX, los programas de cmputo tuvieron un importante desarrollo que trajo consigo la necesidad de protegerlos como productos del intelecto humano. En cuanto a la concepcin de este tipo de creaciones para su debida proteccin, fue motivo de mltiples debates que concluyeron en que los programas de cmputo, como un producto de la creacin humana, merecen la proteccin nacional e internacional. en el Acuerdo 114 expedido por el Secretario de Educacin Pblica, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 8 de octubre de 1984, en el que se reconoci que los programas de computacin constituan obras producidas por autores en los trminos de la Ley Federal de Derechos de Autor de 1956 y sus respectivas reformas.
  3. 3. La Ley Federal del Derecho de Autor: define a los programas de cmputo como la expresin original en cualquier forma, lenguaje o cdigo, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organizacin determinada, tiene como propsito que una computadora o dispositivo realice una tarea o funcin especfica.
  4. 4. La proteccin de los programas de computacin se extiende, por disposicin de la ley, tanto a los programas OPERATIVO S APLICATIVO S ya sea en forma de cdigo fuente o de cdigo objeto, exceptundose a aquellos que tengan por objeto causar efectos nocivos a otros programas o equipos.
  5. 5. Programas Operativos son los que se dedican a controlar las funciones bsicas del sistema operativo, las operaciones de bajo nivel y el manejo de archivos sin necesidad de que intervenga un operador Programas Aplicativos estos son los que realizan la funcin final que utiliza el usuario del programa de cmputo, por ejemplo el procesador de texto, hoja de clculo, programas de contabilidad, etc.
  6. 6. Registro y Proteccin Conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor, las obras consistentes en programas de computacin y bases de datos, bajo un principio universal aplicable a las creaciones intelectuales. estn protegidas desde el momento de su creacin y fijacin en un soporte material.
  7. 7. DERECHO MORAL El autor es el nico, primigenio y perpetuo titular de los derechos morales sobre las obras de su creacin; se considera unido al autor y es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable. DERECHO PATRIMONIAL En virtud de este derecho, corresponde al autor explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotacin en cualquier forma, dentro de los Lmites previstos en la ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales. El autor es el titular originario del derecho patrimonial y sus herederos o causahabientes por cualquier ttulo sern considerados titulares derivados.
  8. 8. LA CUESTIN DE LA PROTECCIN JURDICA La doctrina concuerda en sealar mltiples medios de proteccin de distinto alcance y eficacia. Pero ya que los programas de computacin slo forzadamente se enmarcan en los conceptos de invencin y obra protegible, se ha planteado la necesidad de establecer una proteccin especfica, pero en todo caso los principios generales del derecho civil y del derecho penal sern siempre aplicables.
  9. 9. LA VA CIVIL Y MERCANTIL CONTRATOS Implica un conjunto de clusulas introducidas en el contrato y alusivas a la seguridad y proteccin de los programas, consignando el eventual acceso a los mismos por personas no autorizadas, uso inadecuado, modificaciones no pactadas, destruccin de informacin, etc. Pero esto tambin es insuficiente. Debido a esa magnitud y a la gran expansin de un mercado independiente de software, los creadores de dichos programas requieren y solicitan una proteccin jurdica real y eficaz para el amparo de sus derechos.
  10. 10. LA VA PATENTARIA El derecho intelectual comprende la propiedad industrial y el derecho de autor y conexos. En ambos campos las leyes no protegen las ideas o conceptos abstractos porque ellos son patrimonio comn de la humanidad y es inimaginable la propiedad o exclusividad sobre las ideas que restringiese de cualquier modo su utilizacin. El obstculo para la proteccin del software como invento patentable reside en su naturaleza de mtodo o esquema mental compuesto por una serie de sucesivas etapas y operaciones que cristalizan en instrucciones dadas a un ordenador, sin elemento material o tangible, ni aplicacin industrial inmediata.
  11. 11. LA VA AUTORAL Los derechos de autor se presentan como la figura ms adaptable, frente al problema de la proteccin de los programas. No obstante, los principios de la propiedad intelectual excluyen, al igual que en la propiedad industrial, la proteccin de las ideas. Las principales objeciones respecto de la aplicacin de los principios y reglas del derecho de autor a los programas de computacin son: OBRA PROTEGIBLE Y EL SOFTWARE Es el software una obra literaria, artstica o cientfica? En el enfoque tradicional de los derechos de autor, la obra intelectual debe ser una expresin personal del autor, original, resultado de la actividad del espritu, con individualidad, que sea completa y unitaria, una creacin integral. El programa de computacin participa de alguna de estas caractersticas, pero no se adecua totalmente a ellas.
  12. 12. El concepto de lo esttico en cuanto belleza ha sido siempre contemplado en el derecho de autor, que naci vinculado a las bellas artes literarias, plsticas y musicales. El software es una creacin intelectual personal? Se abarcan dos problemas: el de la originalidad y el de los desarrollos realizados por un equipo o atribuibles a una persona jurdica. El derecho de autor exige que la creacin sea la expresin original de la actividad intelectual de una persona: El software ms complejo es el resultado del trabajo de un grupo, asistido incluso por computadores. La calidad esttica
  13. 13. Finalidad utilitaria y destinatario del programa El software, ms que una obra de finalidad prctica o utilitaria, es en s mismo un recurso tcnico, instrumental. Se acepta que, aunque el programa se dirige a la mquina, el destinatario final es el hombre.