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15 de Septiembre de 2017 Año 02 No. 53 Por comunicacion del Gobierno Municipal de El Marques. Gaceta Municipal Órgano oficial de difusión del H. Ayuntamiento de El Marqués Responsable de la publicación: Secretaría del Ayuntamiento Lic. Gaspar Arana Andrade Publicacion Ordinaria GOBIERNO MUNICIPAL ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DE LOS CC. ANTONIO MATAS LLERGO, FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, BENITO ADOLFO TAGLE JIMÉNEZ, ASÍ COMO MAURICIO JAVIER SALAZAR VERA, APODERADO LEGAL DE VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y DAYANA NAYELI ORTIZ SMEKE, APODERADA LEGAL DEL C. RICARDO PEREDA LÓPEZ, PROMOVIENDO TODOS CON EL CARÁCTER DE COPROPIETARIOS, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DE LA VIALIDAD DENOMINADA ANILLO VIAL III, EN LAS SUPERFICIES DE 3,872.40 M2 Y 4,917.02 M2, CORRESPONDIENTES A FRACCIONES DE LAS PARCELAS 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, DEL EJIDO JOSEFA VERGARA ANTES SALDARRIAGA, EN ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (PRIMERA PUBLICACION). ACUERDO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CABILDO APROBADO EN FECHA 27 DE ENERO DE 2016, POR ACTUALIZACIÓN EN EL MONTO DE PAGO DE DERECHOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2017. (UNICA PUBLICACION). ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DEL C. JORGE SORIANO FRÍAS, REPRESENTANTE LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. CONSISTENTE EN LA AUTORIZACIÓN DE RELOTIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA OFICIAL DE VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO UBICADO EN EL KM. 5.5 DE LA CARRETERA A CHICHIMEQUILLAS (CARRETERA 500) DENOMINADO PARQUE INDUSTRIAL PUERTA QUERÉTARO. (PRIMERA PUBLICACION). AVISOS OFICIALES FE DE ERRATAS DE LA PUBLICACION DEL ACUERDO QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE ÁREA EN UNA DIVISIÓN PREVIAMENTE OTORGADA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN SÉPTIMA DEL RANCHO CORRALEJO Y DONACIÓN DE LA FRACCIÓN D, RESPECTO A UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 135-59-97.1066 HAS., UBICADO EN LA CARRETERA ESTATAL 200 (QUERÉTARO-TEQUISQUIAPAN) KM. 7+00, PERTENECIENTE A ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION). ACUERDO DE REDUCCION DEL CIEN POR CIENTO DE MULTAS Y RECARGOS GENERADOS POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. (UNICA PUBLICACION). 2 3 5 13 13

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15 de Septiembre de 2017Año 02No. 53Por comunicacion del Gobierno Municipal de El Marques.

GacetaMunicipal

Órgano oficial de difusióndel H. Ayuntamiento de El Marqués

Responsable de la publicación:Secretaría del AyuntamientoLic. Gaspar Arana AndradePublicacion Ordinaria

GOBIERNO MUNICIPAL

ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DE LOS CC. ANTONIO MATAS LLERGO, FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, BENITO ADOLFO TAGLE JIMÉNEZ, ASÍ COMO MAURICIO JAVIER SALAZAR VERA, APODERADO LEGAL DE VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y DAYANA NAYELI ORTIZ SMEKE, APODERADA LEGAL DEL C. RICARDO PEREDA LÓPEZ, PROMOVIENDO TODOS CON EL CARÁCTER DE COPROPIETARIOS, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DE LA VIALIDAD DENOMINADA ANILLO VIAL III, EN LAS SUPERFICIES DE 3,872.40 M2 Y 4,917.02 M2, CORRESPONDIENTES A FRACCIONES DE LAS PARCELAS 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, DEL EJIDO JOSEFA VERGARA ANTES SALDARRIAGA, EN ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (PRIMERA PUBLICACION).

ACUERDO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CABILDO APROBADO EN FECHA 27 DE ENERO DE 2016, POR ACTUALIZACIÓN EN EL MONTO DE PAGO DE DERECHOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2017. (UNICA PUBLICACION).

ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DEL C. JORGE SORIANO FRÍAS, REPRESENTANTE LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. CONSISTENTE EN LA AUTORIZACIÓN DE RELOTIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA OFICIAL DE VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO UBICADO EN EL KM. 5.5 DE LA CARRETERA A CHICHIMEQUILLAS (CARRETERA 500) DENOMINADO PARQUE INDUSTRIAL PUERTA QUERÉTARO. (PRIMERA PUBLICACION).

AVISOS OFICIALES

FE DE ERRATAS DE LA PUBLICACION DEL ACUERDO QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE ÁREA EN UNA DIVISIÓN PREVIAMENTE OTORGADA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN SÉPTIMA DEL RANCHO CORRALEJO Y DONACIÓN DE LA FRACCIÓN D, RESPECTO A UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 135-59-97.1066 HAS., UBICADO EN LA CARRETERA ESTATAL 200 (QUERÉTARO-TEQUISQUIAPAN) KM. 7+00, PERTENECIENTE A ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

ACUERDO DE REDUCCION DEL CIEN POR CIENTO DE MULTAS Y RECARGOS GENERADOS POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. (UNICA PUBLICACION).

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Gaceta Municipal 2015-20182

ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DE LOS CC. ANTONIO MATAS LLERGO, FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, BENITO ADOLFO TAGLE JIMÉNEZ, ASÍ COMO MAURICIO JAVIER SALAZAR VERA, APODERADO LEGAL DE VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y DAYANA NAYELI ORTIZ SMEKE, APODERADA LEGAL DEL C. RICARDO PEREDA LÓPEZ, PROMOVIENDO TODOS CON EL CARÁCTER DE COPROPIETARIOS, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DE LA VIALIDAD DENOMINADA ANILLO VIAL III, EN LAS SUPERFICIES DE 3,872.40 M2 Y 4,917.02 M2, CORRESPONDIENTES A FRACCIONES DE LAS PARCELAS 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, DEL EJIDO JOSEFA VERGARA ANTES SALDARRIAGA, EN ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (PRIMERA PUBLICACION).

C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,

fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su

conocimiento:

Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 11 de Abril de 2017, el H. Ayuntamiento de

El Marqués aprobó el mediante el cual se autoriza el Reconocimiento de la vialidad

denominada Anillo Vial III, en las superficies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2,

correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 y 113 Z-1 P3/3, del Ejido

Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., de la forma

siguiente:

“…DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 150 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES:

1. Que mediante escrito recibido en la Secretaría del H. Ayuntamiento, los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro.

2. Que mediante o�cio número SAY/2311/2016-2017, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento turno a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, la solicitud de los los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, quienes solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en la super�cie de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro.

3. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento o�cio número DDU/CPT/0719/2017, suscrito por el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez, Director de Desarrollo Urbano Municipal, mediante el cual emite la opinión técnica, respecto de la petición de los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, quienes solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en la super�cie de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., el cual se adjunta al soporte del presente.

CONSIDERANDO

Que el patrimonio de los municipios lo constituyen los bienes de dominio público, los bienes de dominio privado; los derechos y obligaciones de la Hacienda Municipal, así como todas aquellas obligaciones y derechos que por cualquier concepto se deriven de la aplicación de las leyes, los reglamentos y la ejecución de convenios.

Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, dependencia que considera VIABLE, se autorice el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., con fundamento en lo dispuesto por la fracción VI, y último párrafo del Artículo 8, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.

“…ARTÍCULO 8. La Dirección podrá elaborar las siguientes opiniones técnicas para la ubicación de fraccionamientos y desarrollos en condominio: 1. A V. VI.- Opinión técnica para la nomenclatura o�cial de vialidades;VII a XIV…

Asimismo la Dirección podrá elaborar aquellas opiniones que considere necesarias y que tengan relación directa con el proyecto del fraccionamiento o desarrollo en condominio de que se trate, para el debido cumplimiento del presente ordenamiento. Las opiniones técnicas enumeradas anteriormente, se remitirán a la Comisión para la emisión del dictamen correspondiente…”

Concatenado a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de El Marqués, mismo que a la letra dice: “…Las comisiones, contarán con la información y el apoyo administrativo que precisen para el desarrollo de sus trabajos, podrán igualmente solicitar la presencia de Servidores Públicos, miembros de la Administración Municipal para que informen sobre asuntos relacionados con sus respectivas competencias…” en consecuencia, el presente Dictamen se elabora en base a lo señalado técnicamente por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, área especializada en los asuntos urbanísticos…”Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2017, por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, el siguiente:

“…ACUERDO:

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Gaceta Municipal 2015-2018 3

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., aprueba el reconocimiento como Infraestructura vial de la afectación de las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., correspondientemente; ello en términos de las Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal descrita en el ANTECEDENTE 3 del presente.

SEGUNDO.- Se aprueba la nomenclatura de la infraestructura vial reconocida en el punto de acuerdo anterior, bajo la denominación de “III Anillo Vial Maderas Origen y Destino”. TERCERO.- Los solicitantes deberán transmitir a su costa, mediante escritura pública a favor de “Municipio El Marqués, Querétaro”, las super�cies de vialidades objeto del presente, en términos de la opinión tenica inserta en el ANTECEDENTE 3 de éste acuerdo, debiendo acatar a 40 metros la sección transversal de la vialidad establecida en los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal vigentes, así como los convenios de particulares descritos en la opinión antes referida, modi�cando por ello las autorizaciones ya otorgadas; realizando la entrega urbanizada con el visto bueno de la Dirección de Obras Públicas en base a los lineamientos establecidos en Ley.

CUARTO.- El solicitante deberá pagar ante la Secretaria de Finanzas Publicas y Tesorería Municipal, en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la noti�cación del presente acuerdo, los derechos correspondientes a la presente autorización, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, numeral III, apartado 2.

QUINTO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la presente autorización, dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo, la Secretaría del Ayuntamiento deberá remitir la documentación correspondiente ante las instancias competentes, en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la aprobación de éste acuerdo, para su publicación en dos ocasiones en la Gaceta Municipal y en el Periódico O�cial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, a costa del solicitante.

Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación en el Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada publicación, a costa del solicitante.

El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido en éste Punto de Acuerdo.

SEXTO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a seis meses contados partir de la segunda publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio a costa del interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo con�rmen.

SEPTIMO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto de que noti�que el presente al Servicio Postal Mexicano, a la Dirección de Catastro del Gobierno de Estado de Querétaro, y a la Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal a �n de que se hagan las modi�caciones necesarias en los registros correspondientes.

OCTAVO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.

2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento noti�que el presente Acuerdo a los Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal, y a los solicitantes para su cumplimiento…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA ONCE DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

ATENTAMENTE

C. MARIO CALZADA MERCADOPRESIDENTE

RÚBRICA

LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.

RÚBRICA

PRIMERA PUBLICACION

ACUERDO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CABILDO APROBADO EN FECHA 27 DE ENERO DE 2016, POR ACTUALIZACIÓN EN EL MONTO DE PAGO DE DERECHOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2017. (UNICA PUBLICACION).

C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,

fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su

conocimiento:

Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 30 de Agosto de 2017, el H. Ayuntamiento

de El Marqués aprobó la modificación del Acuerdo de Cabildo aprobado en fecha 27 de

Enero de 2016, por actualización en el monto de pago de derechos en el ejercicio fiscal

2017, de la forma siguiente:

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A)

Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35,

DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, FRACCIÓN II, 38

FRACCIÓN VIII, 150 FRACCION II DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERÉTARO; 48 Y 55 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y EN BASE A

LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES:

1.- Que mediante escrito recibido en la Secretaría del Ayuntamiento, el Lic. Luis Miguel

Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, solicita actualización de pago a

realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad hasta 50

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Gaceta Municipal 2015-20184

Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico

denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este

Municipio de El Marqués, Qro.

2.- Que mediante oficio SAY/1466/2017-2018, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario

del Ayuntamiento, remite a la Dirección de Desarrollo Urbano, la petición del Lic. Luis

Miguel Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la actualización de

pago a realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad

hasta 50 Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico

denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este

Municipio de El Marqués, Qro.

3.- Que mediante oficio DDU/CDI/2244/2017, el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez,

Director de Desarrollo Urbano Municipal, remite opinión técnica respecto de la petición

del Lic. Luis Miguel Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la

actualización de pago a realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con

una densidad hasta 50 Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el

predio rustico denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega,

en este Municipio de El Marqués, Qro, el cual cita:

4.- Por instrucciones del C. Mario Calzada Mercado, Presidente Municipal, el Lic. Gaspar

Arana Andrade, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número

SAY/DT/1046/2016-2017, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.

Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del Lic. Luis Miguel Correa Casarín,

Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la actualización de pago a realizar

respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad hasta 50 Hab/Ha,

con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico denominado

Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este Municipio de El

Marqués, Qro, para su análisis, discusión y posterior emisión de dictamen.

CONSIDERANDO

1.- Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización

del suelo que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como

participar en la formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo

urbano municipal.

2.- Que es competencia del H. Ayuntamiento, en términos de la normatividad municipal

y Legislación Estatal vigente, la autorización, modificación, ejecución, control, vigilancia y

regularización de los desarrollos inmobiliarios, tales como fraccionamientos,

condominios, conjuntos habitacionales y comerciales, así como de fusiones y

subdivisiones de predios urbanos y rústicos.

3.- Que, una vez realizada una exhaustiva revisión al acuerdo de cabildo multicitado, se

observa que se realizó el cálculo por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal conforme a la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2017, por lo cual es

menester realizar la autorización de la actualización de los montos generados por dicha

autorización, en base a la Ley de Ingresos vigente.

Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de Cabildo

de fecha 30 de agosto de 2017, por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro, el

siguiente:

ACUERDO:

PRIMERO. - El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza la modificación del numeral

2.2 punto SEGUNDO del Acuerdo de Cabildo aprobado en fecha 27 de enero de 2016, en

términos de lo establecido en el antecedente 3 (tercero) del presente acuerdo, debiendo

en lo subsecuente señalarse de la forma siguiente:

1.1 Por Cambio de Uso de Suelo, en sus primeros 500 m²., se deberá cubrir la cantidad de

$3,767.71 (Tres mil setecientos sesenta y siete setenta y un pesos 71/100 M. N.).

1.2 Para el cobro por cada m² excedente a los primeros 500 m², establecidos en el párrafo

anterior, adicionalmente se deberá cubrir la cantidad de $5´610,165.17 (Cinco millones

seiscientos diez mil ciento sesenta y cinco pesos 17/100 M. N.), de acuerdo al siguiente

desglose:

SEGUNDO. - Los demás puntos del acuerdo de fecha 27 de enero de 2017, quedan en el

mismo estado como fueron aprobados, para los efectos de su cabal cumplimiento, por lo

que se instruye al Secretario del Ayuntamiento realice las anotaciones marginales

correspondientes al acta de mérito y emita las certificaciones y comunicaciones

correctas.

TERCERO. - El solicitante deberá cubrir los recargos que en su caso, determine la

CONCEPTO DESGLOSE IMPORTE AUTORIZACION DE CAMBIO DE USO DE SUELO M2 EXCEDENTES

1.25 UMA ($75.49) X 891,800.00/15

$5,610,165.17

TOTAL $5,610,165.17

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Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, conforme lo señalo el Titular del área urbanística. TRANSITORIOS

1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su aprobación.

2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento noti�que el presente Acuerdo a los Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano Municipal y al solicitante para su cumplimiento.

Notifíquese y cúmplase.

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA TREINTA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

ATENTAMENTE

C. MARIO CALZADA MERCADO

PRESIDENTE

RÚBRICA

LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.

RÚBRICA

(UNICA PUBLICACION)

ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DEL C. JORGE SORIANO FRÍAS, REPRESENTANTE

LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. CONSISTENTE EN LA AUTORIZACIÓN DE

RELOTIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE

OBRAS DE URBANIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA OFICIAL DE

VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO UBICADO EN EL KM. 5.5 DE LA CARRETERA A

CHICHIMEQUILLAS (CARRETERA 500) DENOMINADO PARQUE INDUSTRIAL PUERTA

QUERÉTARO. (PRIMERA PUBLICACION).

C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,

fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su

conocimiento:

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de agosto de 2017, el H. Ayuntamiento

de El Marqués aprobó el acuerdo relativo a la solicitud del C. Jorge Soriano Frías,

Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. consistente en la autorización

de Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento

ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado

Parque Industrial Puerta Querétaro, de la forma siguiente:

“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS

A) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35,

DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, FRACCIÓN II, INCISOS

A) Y D), 38, FRACCIÓN VIII, DEL 121, AL 128, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL

ESTADO DE QUERÉTARO; 1º, FRACCIÓN III; DEL 156 AL 165; DEL 184 AL 196, DEL CÓDIGO

URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 48, Y 55, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE

ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES:

1.- Que mediante oficio de fecha 01 de junio del 2017 el C. Jorge Soriano Frías,

Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita la autorización de

Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento

del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera

500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro.

2.- Mediante Oficio SAY/1193/2017-2018 de fecha 09 de junio del 2017, el Lic. Gaspar

Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento remitió a esta Dirección el escrito

presentado por el C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro,

S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de

la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura

Oficial de Vialidades del fraccionamiento del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la

Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado Parque Industrial Puerta

Querétaro; a fin de que se emitiera opinión técnica en el ámbito de su competencia.

3.- Que se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento Dictamen Técnico con número de

folio 23/2017 suscrito por el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez, Director de Desarrollo

Urbano Municipal, respecto de la petición presentada por el C. Jorge Soriano Frías,

Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de

Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento

del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera

500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro, mismo que se transcribe a

continuación en su parte esencial:

“…

ASUNTO:

DICTAMEN TECNICO COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO

DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO MUNICIPAL

COORDINACIÓN DE DESARROLLOS INMOBILIARIOS

FOLIO:23/2017

INTERESADO: JORGE SORIANO FRÍAS REPRESENTANTE LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. DIRECCIÓN: KM. 5.5 DE LA CARRETERA CHICHIMEQUILLAS, (CARRETERA 500), EN EL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO.

NOTA DE TURNO: 1127/17 FECHA DE SOLICITUD:

14 de junio del 2017

FECHA DE ATENCIÓN:

17 de agosto del 2017

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Gaceta Municipal 2015-20186

El C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita

la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución

de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del

fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500)

denominado Parque Industrial Puerta Querétaro.

DIAGNOSTICO:

1. Mediante Oficio SAY/1193/2017-2018 de fecha 09 de junio del 2017, el Lic.

Gaspar Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento remitió a esta Dirección el escrito

presentado por el C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro,

S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de

la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura

Oficial de Vialidades del fraccionamiento del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la

Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado Parque Industrial Puerta

Querétaro.

2. Mediante oficio de fecha 01 de junio del 2017 el C. Jorge Soriano Frías,

Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita la autorización de

Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento

del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera

500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro, para lo cual anexa copia de la

siguiente documentación:

3. Copia simple de la escritura pública No. 66,843 de fecha 26 de noviembre del

2013, mediante la cual se protocoliza la constitución de una sociedad denominada

"PUERTA QUERÉTARO, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL

VARIABLE, inscrita en el Registro Público del Comercio del Distrito Federal mediante folio

mercantil Electrónico No. 506794, dentro de la cual se otorgó Poder General para Pleitos

y Cobranzas y para Actos de Administración en favor del C. Jorge Soriano Frías.

4. Copia simple de la identificación oficial con fotografía del C. Jorge Soriano

Frías.

5. Que de acuerdo a los datos e información proporcionados, así como al

análisis técnico correspondiente, se verificó que:

6. Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de julio del 2015, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, Qro. Aprobó la Autorización del

Fraccionamiento, Denominación del mismo, Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización y Nomenclatura Oficial de Vialidades, estos dos últimos conceptos para la

Etapa 1 del fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”

a ejecutarse en 3 Etapas , sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500

Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la Alameda identificado como resto del predio

resultante de la subdivisión del Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II,

perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221

m2., el cual cuenta con sus respectivas publicaciones en la Gaceta Municipal de fechas 18

y 25 de septiembre del 2015 y en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra

de Arteaga” de fechas 02 y 09 de octubre del 2015, asi como en el Diario de Querétaro de

fecha 08 de octubre y en el Universal Querétaro de fecha 14 de octubre del 2015;

Asimismo se encuentra debidamente protocolizado mediante escritura pública No. 1,081

de fecha 20 de enero del 2017, la cual se encuentra debidamente inscrita ante el Registro

Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Inmobiliario 00555726/0004, de

fecha 01 de febrero del 2017, ello en cumplimiento a lo establecido dentro de su

ACUERDO CUARTO Y ACUERDO QUINTO.

7. Que una vez revisado el Acuerdo de Cabildo señalado en el numeral

inmediato anterior, a efecto de verificar el cumplimiento de las condicionantes señaladas

dentro del mismo, se encontró lo siguiente:

a. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral

2.1, el interesado presenta el oficio No. SEDESU/SSMA/501/2016 de fecha 16 de

diciembre del 2016 mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado

de Querétaro emitió la autorización en materia de impacto ambiental para el

fraccionamiento en estudio, por lo que dicha condicionante se considera Solventada.

b. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral

2.2, el interesado presenta el Título de Concesión No. 08QRO102912/12AMDL15

mediante el cual se declara procedente otorgar a Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. la

transmisión total y definitiva de los derechos de cambio de titular del Título de

Concesión No.08QRO102912/12AMDL08, así mismo presenta el Título de Concesión

08QRO102912/12IMDL16 mediante el cual se declara procedente otorgar a dicha

sociedad prorroga del Título de Concesión No. 08QRO102912/12AMDL15 por un plazo

de 10 años, así como el Cambio a diferentes Usos (Agrícola e Industrial), por lo que dicha

condicionante se considera solventada.

c. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral

2.3 el interesado presenta los planos de Red de Distribución en Media Tensión, con sello

y firma del Ing. Felipe Villagomez Alvarez, jefe de Oficina de Distribución Zona Querétaro,

de igual forma presenta el plano de Alumbrado Público con sello de la Secretaría de

Servicios Públicos Municipales así como con el Visto Bueno por parte de la Comisión

Federal de Electricidad para tramites ante otras dependencias, por lo que dicha

condicionante se considera solventada.

d. En seguimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral

2.4, se verificó que el desarrollador ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos

para la obtención de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización señalados

dentro de la Autorización de Estudios Técnicos, quedando diversos seguimientos y

medidas de mitigación que deberán respetarse durante la ejecución del proyecto en

estudio.

e. Respecto a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral 2.5, al

momento de detonar las construcciones dentro de la Etapa en estudio se verificará el

debido cumplimiento de los coeficientes, compatibilidades de uso, restricciones,

condicionantes y demás normatividades establecidas dentro del Plan Parcial de

Desarrollo Urbano de Navajas Galeras o el que en su momento rija en la zona del

proyecto.

f. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,

numerales 3.1 y 3.2 el interesado acredita haber cubierto los montos establecidos por

pago de Derechos por Supervisión y Pago de Dictamen Técnico para la Licencia de

Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos, mediante recibos de pago con

No. de Serie y Folio C5-71380 y C5-71381 respectivamente, ambos de fecha 14 de

septiembre del 2015, por lo que dicha condicionante se considera solventada.

g. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,

Numeral 3.5 el interesado no presenta escritura pública mediante la cual se transmita los

lotes sujetos a donación, para lo cual el promotor solicitó la Autorización alH.

Ayuntamiento de llevar a cabo el pago en especie equivalente por una superficie de

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A74,449.77 m2., la cual fue aprobada mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de

agosto del 2017, quedando establecido en la presente opinión los lotes contenidos

dentro del fraccionamiento sujetos a Donación, a fin de dar cumplimiento con la

totalidad del 10% de donación; por lo que dicha condicionante a la fecha no se

encuentra totalmente solventada.

h. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,

Numeral 3.6 el interesado acredita haber cubierto los derechos por Nomenclatura Oficial

de Vialidades mediante los recibos de pago con No. de serie y Folio C5-71382 y C5-71383

ambos de fecha 14 de septiembre del 2015, por lo que dicha condicionante se considera

solventada.

8. Mediante oficio DDU/CDI/1184/2017 de fecha 18 de mayo de 2017, se

autorizó el Visto Bueno a Proyecto de Relotificación para el Fraccionamiento Industrial

denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas , sobre un

predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la

Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del Predio 1 de

la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro.,

con una superficie de 980,542.221 m2., el cual consistió en la Reconfiguración total del

fraccionamiento, generandose con ello la disminución de las superficies de donaciones

por concepto de Áreas Verdes y Equipamiento contenida dentro de la superficie del

fraccionamiento.

9. Derivado de la nueva configuración del fraccionamiento que nos ocupa, el

promotor del mismo solicitó al H. Ayuntamiento la autorización del pago en especie

respecto del área de Donación faltante de 74,449.772 m2., la cual fue autorizada

mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, asentado en Acta

AC/032/2016-2017, de los cuales se hicieron los pagos de publicación en la Gaceta

Municipal, las cuales se llevarán a cabo en fecha 18 de Agosto del 2017 (Gaceta

Ordinaria) y 25 de Agosto del 2017 (Gaceta Extraordinaria).

10. Que es interes del desarrollador obtener la autorizaciones descritas

inicialmente repecto de la totalidad del fraccionamiento el cual esta conformado de

acuerdo a la nueva lotificación por Etapas 1 y 2, de las cuales presenta copia simple de

los proyectos de urbanización que a continuación se describen:

11. Señalética vertical, horizontal y dispositivos de control de tránsito, plano

topográfico, plano de diseño de áreas verdes, planos de perfiles, trazo, secciones y

rasantes, proyecto de red de Telecomunicaciones y red de sistema contra incendios.

12. Proyectos de Red de Distribución en Media Tensión, con sello y firma del Ing.

Felipe Villagomez Alvarez, jefe de Oficina de Distribución Zona Querétaro, así como el

plano de Alumbrado Público con sello de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales

y con sello de ingreso ante la Comisión Federal de Electricidad.

13. Proyectos Registrados ante la Comisión Estatal de Aguas correspondientes a

Red de Distribución de agua potable, Red de Alcantarillado Sanitario y Red de

Alcantarillado Pluvial de los cuales deberá obtener su debida autorización por parte de

dicha Comisión.

14. Que derivado de la reconfiguración del fraccionamiento se llevó a cabo la

modificación de la nomenclatura de calles previamente aprobada mediante Acuerdo de

Cabildo de fecha 15 de Julio del 2015, así como se presenta la propuesta integrada por el

interesado para la denominación de las nuevas vialidades que integran el

fraccionamiento, quedando conformadas en su totalidad de la siguiente manera:

NOMBRELONGITUD EN

BASE AL NUEVO PROYECTO DE LOTIFICACIÓN

LONGITUD POR AUTORIZAR (LONGITUD)

AV. PUERTA QUERÉTARO 1,206.24 349.89CALLE UNO 1,294.66 0CALLE TRES 747.46 747.46CALLE DOS 222.63 222.63CALLE SIETE 295.20 295.20

1,615.18T OT A L P OR A UT OR IZ A R

LONGITUD AUTORIZADA M EDIANTE A.C. DE FECHA

15 DE JULIO DEL 2015

1,556.131,294.66

NOMENCLATURA DE CALLES ETAPA 1

NOMBRELONGITUD EN

BASE AL NUEVO PROYECTO DE LOTIFICACIÓN

LONGITUD POR AUTORIZAR (LONGITUD)

CALLE DOS 207.31 207.31CALLE CUATRO 341.59 341.59CALLE CINCO 545.18 545.18CALLE SEIS 198.06 198.06CALLE SIETE 523.73 523.73

1,815.87

LONGITUD AUTORIZADA M EDIANTE A.C. DE FECHA

15 DE JULIO DEL 2015

0.000.000.00

NOMENCLATURA DE CALLES ETAPA 2

T OT A L P OR A UT OR IZ A R

0.00

0.00

15. El interesado presenta los presupuestos actualizados de las obras de

urbanización correspondientes a las etapas 1 y 2 que conforman el fraccionamiento los

cuales hacienden a la cantidad de: Etapa 1 $55´472,878.74 (cincuenta y cinco millones

cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos setenta y ocho pesos 74/100 M.N.), del cual

se encuentra pendiente por ejecutar la cantidad de $22´189,151.50 (veintidós millones

ciento ochenta y nueve mil ciento cincuenta y un pesos 50/100 M.N.), así como para la

Etapa 2 $47´633,457.99 (cuarenta y siete millones seiscientos treinta y tres mil

cuatrocientos cincuenta y siete pesos 99/100 M.N.).

16. Derivado de la visita de obra realizada el día 20 de junio del 2017, por la

Coordinación de Inspección adscrita a esta Dirección de Desarrollo Urbano, y de acuerdo

al reporte presentado se establece que las obras de urbanización actualmente cuentan

con avance de obra del 60%.

OPINIÓN:

En base a la documentación presentada, a los antecedentes descritos y considerando

que el interesado ha dado seguimiento a las condicionantes y obligaciones que le han

sido establecidas para la conformación del fraccionamiento en estudio, esta Dirección de

Desarrollo Urbano considera PROCEDENTE se autorice la Relotificación del

fraccionamiento; Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización de la Etapa 1, Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de

la Etapa 1, Así como la Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización

y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento

Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas,

sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del

Rancho la Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del

Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El

Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221 m2.

Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento a lo siguiente:

1. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los

derechos correspondientes por concepto de elaboración de Dictamen Técnico para la

Renovación Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la

cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23,

Fracción VII de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal

2017, de acuerdo al siguiente desglose:

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2. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los

derechos correspondientes por concepto de elaboración de Dictamen Técnico para la

Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de

$11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI,

Numeral 2, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal

2017, de acuerdo al siguiente desglose:

3. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los

derechos correspondientes por concepto de Dictamen Técnico referente a los Avances

de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil

veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI, Numeral 3, de la Ley de

Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al

siguiente desglose:

4. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los

derechos correspondientes por concepto de Supervisión de Obras de Urbanización en

Fraccionamientos, la cantidad de $1´047,339.14 (Un millon cuarenta y siete mil

trescientos treinta y nueve pesos 14/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción XIX, de

la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de

acuerdo al siguiente desglose:

5. Derivado de la presente reloti�cación en caso de aprobarse, deberá transmitir a favor de “Municipio de El Marqués, Querétaro”, La super�cie de 143,052.961 m2., por concepto de VIALIDAD la cual se desglosan de la siguiente manera:

6. Asimismo, deberá transmitir a favor de “Municipio de El Marqués, Querétaro”,

las siguientes superficies:

• Lote 1, Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 287.72 m2.; Lote 3,

Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 472.73 m2.; Lote 2, Manzana MZ-IV, Etapa 1,

con superficie de 2,187.53 m2.; Lote 17, Manzana MZ-IV, etapa 1, con superficie de

3,213.55 m2.; Lote 1, Manzana MZ-V, Etapa 1, con superficie de 2,086.01 m2.; Lote 12 , de

la Manzana MZ-V, Etapa 1, con una superficie de 4,348.73 m2.; Lote 1, Manzana MZ-VI,

Etapa 1, con una superficie de 1,549.33 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VI, Etapa 1, con

superficie de 2,571.57 m2.; por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE,

contenidas en la Etapa 1, las cuales en conjunto integran una superficie total de

16,717.17m2.

• Lote 9, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 2,482.58m2.; Lote 16,

Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 1,438.36 m2.; Lote 4, Manzana MZ-VII, Etapa 2,

con superficie de 2,369.20 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VII, Etapa 2, con superficie de 597.14

m2. por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE, contenidas en la Etapa 2, las

cuales en conjunto integran una superficie total de 6,887.28 m2.

7. Previo a la Protocolización y a la Inscripción ante el Registro Público de la

Propiedad y del Comercio del Acuerdo de Cabildo que en su caso apruebe la presente

autorización, deberá protocolizarse e inscribirse ante dicha entidad registral el Acuerdo

de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, mediante el cual el H. Ayuntamiento aprobó

el pago en especie respecto del área de Donación faltante de 74,449.772 m2., del

fraccionamiento que nos ocupa, dando cabal cumplimiento en los tiempos y formas

establecidos dentro del mismo.

8. En caso de autorizarse la Modificación y Renovación de la Licencia de

Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1 y la Autorización de la Licencia de

Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2, del fraccionamiento Industrial

denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”; esta tendrá una vigencia de DOS

AÑOS, contados a partir de la fecha de publicación en el periódico Oficial de Gobierno

del Estado “La Sombra de Arteaga” del Acuerdo de Cabildo que la autorice.

9. De acuerdo a la relotificación presentada el cuadro resumen de las etapas

que conforman el fraccionamiento en estudio, así como el cuadro general de superficies

de la totalidad del fraccionamiento, quedan descritos de la siguiente manera, haciendo

la aclaración que los cuadros de lotes por manzana y por etapa debido a su extensión, se

detallan dentro del anexo gráfico del presente documento:

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico para la Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de Urbanización de fraccionamientos

$22´189,151.50 x 1.5% $332,837.27$332,837.27

Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 1

$47´633,457.99 x 1.5% $714,501.87$714,501.87

Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 2

Arroyo y Banquetas 90,480.723Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 10,651.480Arroyo y Banquetas 41,579.418Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 341.340

Total 143,052.961

101,132.203

41,920.758

Superficie de Vialidad

Etapa 1

Etapa 2

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10. Con respecto a la Nomenclatura de calles que se generan, no se tiene

inconveniente se autoricen bajo la propuesta presentada por el interesado, siendo ésta la

que a continuación se describe, debiendo éste cubrir ante la Tesorería Municipal los

montos correspondientes de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del

Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, Fracción III,

Punto 2, de acuerdo al siguiente desglose:

a. Pago por ingreso de solicitud para trámite de Nomenclatura Oficial de

Vialidades:

$489.18 (Cuatrocientos ochenta y nueve pesos 18/100 M.N.)

b. Por derechos de Nomenclatura Oficial de Validades de fracionamentos y

condominios, se pagará por cada metro lineal:

$16,401.37 (Dieciseis mil cuatrocientos un pesos 37/100 M.N.)

11. De igual manera, en caso de aprobarse la Relotificación solicitada por el

interesado, se deberá tomar en cuenta lo establecido dentro del Artículo 15, Fracción IV,

de la Ley de Ingresos del municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017.

12. Presentar ante esta Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del

Ayuntamiento en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la fecha de

la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso autorice lo solicitado por el

interesado, los proyectos Hidrosanitarios y Pluviales debidamente aprobados por parte

de la Comisión Estatal de Aguas.

13. Presentar ante esta Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del

Ayuntamiento en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la fecha de

la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso autorice lo solicitado por el

interesado los recibos oficiales de pago que acrediten estar al corriente del pago de

impuesto predial.

14. Una vez realizada la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso

autorice lo solicitado, el interesado deberá gestionar la validación de los proyectos de

señaletica y dispositivos de control de transito debidamente validados por la Dirección

de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y presentarlos ante esta Dirección de

Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del Ayuntamiento en un plazo no mayor a 60 días

naturales.

15. Deberá dar seguimiento a lo determinado dentro del Titulo de Concesión

08QRO102912/12IMDL16, emitido a favor de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V., así mismo

el solicitante está obligado a dar el debido cumplimiento a lo establecido en la Ley

Nacional de Aguas Nacionales y sus Reglamentos al momento de generar descargas

dentro del fraccionamiento en estudio.

16. Cada construcción contenida al interior del fraccionamiento deberá preveer

en su proyecto los lineamientos y especificaciones establecidas por las instancias

federales, estatales y municipales competentes, debido a la proximidad del desarrollo

industrial con el Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, y dichos requerimientos

técnicos deberán estar plasmados dentro del reglamento interno que rija el

fraccionamiento que nos ocupa.

17. Deberá dar cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos

derivados de la Autorización de Estudios Técnicos emitida por esta misma Dirección.

18. Deberá cada predio al interior del fraccionamiento, respetar los coeficientes,

compatibilidades de uso, restricciones, condicionantes y demás normatividades

establecidas dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de Navajas - Galeras ó

programa de Desarrollo Urbano que en su proyecto rija la zona.

19. Obtener las autorizaciones, licencias y permisos que sean necesarios en

términos de la normatividad federal, estatal o municipal, aplicable en la materia para la

ubicación de lo pretendido.

La Opinión de esta Dirección, se deja a consideración de los integrantes de la Comisión

de Desarrollo Urbano; para que, de considerarlo procedente se someta a Sesión de

Cabildo para su autorización definitiva…”

4.- Por instrucciones del C. Mario Calzada Mercado, Presidente Municipal, el Lic. Gaspar

Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento, mediante oficio número

SAY/DT/1046/2016-2017, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.

Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del C. Jorge Soriano Frías, Representante

Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. relativa a la autorización de Relotificación,

Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización,

Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento del

fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500)

denominado Parque Industrial Puerta Querétaro; para su análisis, discusión y posterior

emisión de dictamen.

CONSIDERANDO

Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del

suelo que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como

participar en la formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo

urbano municipal.

Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano

expedidos por el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas

técnicas y disposiciones relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento

y crecimiento de los centros de población en el territorio del Municipio, los cuales son

susceptibles de modificación cuando existen variaciones sustanciales de las condiciones

6.48 x $75.49 $489.18Total $489.18

NOMBRE

FÓRMULA PARA COBRO SUBTOTALAV. PUERTA QUERÉTARO $2,377.188CALLE DOS $2,921.055CALLE TRES $5,078.318CALLE CUATRO $2,320.797CALLE CINCO $3,704.007

CALLE SEIS $1,345.639CALLE SIETE $5,563.892

TOTAL $16,401.37

198.06818.93

(0.09 UMA X LONGITUD)

LONGITUD EN METROS

LINEALES349.890

429.940

747.460

341.590

545.180

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Gaceta Municipal 2015-201810

Marqués, Qro., en Sesión Ordinaria de fecha 30 de agosto del 2017, el siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., otorga la Relotificación del

fraccionamiento; Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de

Urbanización de la Etapa 1, Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de

la Etapa 1, Así como la Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización

y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento

Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas,

sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del

Rancho la Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del

Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El

Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221 m2, en términos del Dictamen Técnico

transcrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente Acuerdo.

SEGUNDO.- De acuerdo a la relotificación presentada el cuadro resumen de las etapas

que conforman el fraccionamiento en estudio, así como el cuadro general de superficies

de la totalidad del fraccionamiento, quedan descritos de la siguiente manera, haciendo

la aclaración que los cuadros de lotes por manzana y por etapa debido a su extensión, se

detallan dentro del anexo gráfico del Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3

(TRES) del presente Acuerdo:

TERCERO.- En base a lo establecido por la Direcciòn de Desarrollo Urbano Municipal en el

Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente Acuerdo, será

condicionante lo anterior a lo siguiente:

3.1.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y

Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de elaboración de

Dictamen Técnico para la Renovación Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de

o circunstancias que les dieron origen, surjan técnicas diferentes que permitan una

realización más satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les afecte, entre

otras.

Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al

128, los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.

Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser

solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en

las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el

Estado de Querétaro, y Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el

presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal, inserta en el CONSIDERANDO 3 (TRES) del presente, dependencia que

considera PROCEDENTE, se autorice la Relotificación del fraccionamiento; Modificación y

Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1,

Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 1, así como la

Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización y Autorización de la

Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento Industrial denominado

“Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas, sobre un predio ubicado

en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la Alameda

identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del Predio 1 de la

Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro., con

una superficie de 980,542.221 m2; ello conforme a lo dispuesto por el artículo 8

fracciones IV, y IX, y último párrafo, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en

Condominios para el Municipio de El Marqués, que señalan:

“…ARTÍCULO 8. La Dirección podrá elaborar las siguientes opiniones técnicas para la

ubicación de fraccionamientos y desarrollos en condominio:

I a III…

IV. Opinión técnica para la renovación de licencia de ejecución de obras de

urbanización;…

V…

VI. Opinión técnica para la nomenclatura oficial de vialidades;

VII a VIII…

IX. Opinión técnica para la autorización para la venta provisional de lotes;…

X al XIV…

Asimismo la Dirección podrá elaborar aquellas opiniones que considere necesarias y que

tengan relación directa con el proyecto del fraccionamiento o desarrollo en condominio

de que se trate, para el debido cumplimiento del presente ordenamiento.

Las opiniones técnicas enumeradas anteriormente, se remitirán a la Comisión para la

emisión del dictamen correspondiente…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por parte del H. Ayuntamiento de El

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Gaceta Municipal 2015-2018 11

Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de

acuerdo al Artículo 23, Fracción VII de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués

Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:

3.2.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y

Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de elaboración de

Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de

Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de

acuerdo al Artículo 23, Fracción VI, Numeral 2, de la Ley de Ingresos del Municipio de El

Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:

3.3.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y

Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de Dictamen Técnico

referente a los Avances de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de

$11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI,

Numeral 3, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal

2017, de acuerdo al siguiente desglose:

3.4.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y

Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de Supervisión de

Obras de Urbanización en Fraccionamientos, la cantidad de $1´047,339.14 (Un millon

cuarenta y siete mil trescientos treinta y nueve pesos 14/100 M.N.), de acuerdo al Artículo

23, Fracción XIX, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio

Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:

CUARTO.- El fraccionador, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir

del día siguiente al de la fecha de la primer publicación del presente acuerdo en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, deberá

transmitir mediante escritura pública a favor de “Municipio El Marqués, Querétaro”, las

superficies por concepto de equipamiento urbano y de vialidades del Fraccionamiento,

que se describen a continuación:

4.1.- La superficie de 143,052.961 m2., por concepto de VIALIDAD, la cual se desglosa de

la siguiente manera:

4.2.- Las superficies: Lote 1, Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 287.72 m2.; Lote 3,

Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 472.73 m2.; Lote 2, Manzana MZ-IV, Etapa 1,

con superficie de 2,187.53 m2.; Lote 17, Manzana MZ-IV, etapa 1, con superficie de

3,213.55 m2.; Lote 1, Manzana MZ-V, Etapa 1, con superficie de 2,086.01 m2.; Lote 12 , de

la Manzana MZ-V, Etapa 1, con una superficie de 4,348.73 m2.; Lote 1, Manzana MZ-VI,

Etapa 1, con una superficie de 1,549.33 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VI, Etapa 1, con

superficie de 2,571.57 m2.; por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE,

contenidas en la Etapa 1, las cuales en conjunto integran una superficie total de

16,717.17m2.

4.3.- Las superficies: Lote 9, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 2,482.58m2.; Lote

16, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 1,438.36 m2.; Lote 4, Manzana MZ-VII,

Etapa 2, con superficie de 2,369.20 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VII, Etapa 2, con superficie

de 597.14 m2. por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE, contenidas en la

Etapa 2, las cuales en conjunto integran una superficie total de 6,887.28 m2.

QUINTO.- Previo a la Protocolización y a la Inscripción ante el Registro Público de la

Propiedad y del Comercio del presente, deberá protocolizarse e inscribirse ante dicha

entidad registral el Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, mediante el cual

el H. Ayuntamiento aprobó el pago en especie respecto del área de Donación faltante de

74,449.772 m2., del fraccionamiento que nos ocupa, dando cabal cumplimiento en los

tiempos y formas establecidos dentro del mismo.

SEXTO.- En razón de la presente autorización consistente en la Modificación y

Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1 y la

Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2, del

fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”; ésta tendrá

una vigencia de DOS AÑOS, contados a partir de la fecha de publicación en el periódico

Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” del presente Acuerdo de Cabildo.

SEPTIMO.- Con respecto a la Nomenclatura de calles que se generan, en base al dictamen

emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, ésta se autoriza se autoriza

bajo la propuesta presentada por el interesado, siendo la que a continuación se describe,

debiendo éste cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal los

montos correspondientes de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del

Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, Fracción III,

Punto 2, de acuerdo al siguiente desglose:

1. Pago por ingreso de solicitud para trámite de Nomenclatura Oficial de

Vialidades:

$489.18 (Cuatrocientos ochenta y nueve pesos 18/100 M.N.)

1. Por derechos de Nomenclatura Oficial de Validades de fracionamentos y

condominios, se pagará por cada metro lineal:

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico para la Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos

145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03

Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de Urbanización de fraccionamientos

$22´189,151.50 x 1.5% $332,837.27$332,837.27

Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 1

$47´633,457.99 x 1.5% $714,501.87$714,501.87

Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 2

Arroyo y Banquetas 90,480.723Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 10,651.480Arroyo y Banquetas 41,579.418Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 341.340

Total 143,052.961

101,132.203

41,920.758

Superficie de Vialidad

Etapa 1

Etapa 2

6.48 x $75.49 $489.18Total $489.18

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DECIMO SEPTIMO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable

Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los

derechos generados por la presente autorización, deberá publicarse la presente

autorización a costa del fraccionador en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de

Querétaro “La Sombra de Arteaga”, así como en la Gaceta Municipal, por dos veces,

mediando un plazo mínimo seis días naturales entre cada una, sin contar en ellos los de

la publicación.

El plazo para que el desarrollador realice la publicación será de sesenta días hábiles,

contados a partir del siguiente al en que se le haya notificado la autorización.

El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de

Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo

establecido en éste Punto de Acuerdo.

DECIMO OCTAVO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a sesenta

días hábiles, contados a partir del siguiente al en que se le haya notificado la presente

autorización, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y

del Comercio a costa del interesado el presente acuerdo, lo que deberá acreditar el

solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal remitiendo las constancias que así lo confirmen.

DECIMO NOVENO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y

condicionantes expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y

condiciones otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de

revocación del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su

inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente Acuerdo a los

Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano

Municipal, y al solicitante para su cumplimiento…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS,

QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA TREINTA DEL MES DE

AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

ATENTAMENTE

C. MARIO CALZADA MERCADO

PRESIDENTE

RÚBRICA

LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.

RÚBRICA

(PRIMERA PUBLICACION)

$16,401.37 (Dieciseis mil cuatrocientos un pesos 37/100 M.N.)

OCTAVO.- De igual manera, el fraccionador deberá dar cumplimiento a lo establecido en

el Artículo 15, Fracción IV, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el

Ejercicio Fiscal 2017.

NOVENO.- Presentar ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del

Ayuntamiento en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la fecha de

la notificación del presente Acuerdo, los proyectos Hidrosanitarios y Pluviales

debidamente aprobados por parte de la Comisión Estatal de Aguas.

DECIMO.- Presentar ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del

Ayuntamiento en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la fecha de

la notificación del presente Acuerdo, los recibos oficiales de pago que acrediten estar al

corriente del pago de impuesto predial.

DECIMO PRIMERO.- Una vez realizada la notificación del presente Acuerdo, el interesado

deberá gestionar la validación de los proyectos de señaletica y dispositivos de control de

transito debidamente validados por la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal y presentarlos ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del

Ayuntamiento en un plazo no mayor a 60 días naturales.

DECIMO SEGUNDO.- Deberá dar seguimiento a lo determinado dentro del Titulo de

Concesión 08QRO102912/12IMDL16, emitido a favor de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V.,

así mismo el solicitante está obligado a dar el debido cumplimiento a lo establecido en

la Ley Nacional de Aguas Nacionales y sus Reglamentos al momento de generar

descargas dentro del fraccionamiento en estudio.

DECIMO TERCERO.- Cada construcción contenida al interior del fraccionamiento deberá

preveer en su proyecto los lineamientos y especificaciones establecidas por las instancias

federales, estatales y municipales competentes, debido a la proximidad del desarrollo

industrial con el Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, y dichos requerimientos

técnicos deberán estar plasmados dentro del reglamento interno que rija el

fraccionamiento que nos ocupa.

DECIMO CUARTO.- Deberá dar cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos

derivados de la Autorización de Estudios Técnicos emitida por la Dirección de Desarrollo

Urbano.

DECIMO QUINTO.- Deberá cada predio al interior del fraccionamiento, respetar los

coeficientes, compatibilidades de uso, restricciones, condicionantes y demás

normatividades establecidas dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de Navajas -

Galeras ó programa de Desarrollo Urbano que en su proyecto rija la zona.

DECIMO SEXTO.- El fraccionador deberá obtener las autorizaciones, licencias y permisos

que sean necesarios en términos de la normatividad federal, estatal o municipal,

aplicable en la materia para la ubicación de lo pretendido.

NOMBRE

FÓRMULA PARA COBRO SUBTOTALAV. PUERTA QUERÉTARO $2,377.188CALLE DOS $2,921.055CALLE TRES $5,078.318CALLE CUATRO $2,320.797CALLE CINCO $3,704.007

CALLE SEIS $1,345.639CALLE SIETE $5,563.892

TOTAL $16,401.37

198.06818.93

(0.09 UMA X LONGITUD)

LONGITUD EN METROS

LINEALES349.890

429.940

747.460

341.590

545.180

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Gaceta Municipal 2015-2018 13

AVISOS OFICIALES

FE DE ERRATAS DE LA PUBLICACION DEL ACUERDO QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE

ÁREA EN UNA DIVISIÓN PREVIAMENTE OTORGADA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO

FRACCIÓN SÉPTIMA DEL RANCHO CORRALEJO Y DONACIÓN DE LA FRACCIÓN D,

RESPECTO A UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 135-59-97.1066 HAS., UBICADO EN LA

CARRETERA ESTATAL 200 (QUERÉTARO-TEQUISQUIAPAN) KM. 7+00, PERTENECIENTE A

ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

“…Municipio de El Marqués

Secretaría del Ayuntamiento

Ramo: Administrativo

Número de oficio: SAY/DT/1132/2016-2017

Asunto: El que se indica.

El Marqués, Querétaro, a 07 de septiembre del 2017

Lic. Ángel Adrián Castillo Alvarado.

Representante Legal del Fideicomiso 6615-10-54 Banco del Bajío S.A.

Institución de Banca Múltiple

PRESENTE.

Por medio del presente escrito, le envío un cordial saludo y asimismo, en alcance a mi

similar SAY/DT/478/2016-2017, le puntualizo que en el punto SEGUNDO del acuerdo

aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de marzo de 2017, asentado en

acta AC/019/2016-2017, mediante el cual se autoriza la Rectificación de área en una

división previamente otorgada del predio identificado como Fracción Séptima del

Rancho Corralejo y Donación de la fracción D, respecto a una superficie de terreno de

135-59-97.1066 Has., ubicado en la Carretera Estatal 200 (Querétaro-Tequisquiapan) Km.

7+00, perteneciente a este municipio de el Marqués, Qro.; se asentó la cantidad de

40,562.688 m2, siendo la correcta 40,552.688 m2; lo cual se hace de su conocimiento

para los efectos legales conducentes.

Sin más por el momento y agradeciendo de antemano las finas atenciones prestadas a la

presente, reciba mis consideraciones y respeto institucional.

ATENTAMENTE

“GENERADORES DE PROGRESO”

(rúbrica)

LIC. GASPAR ARANA ANDRADE

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO…”

(UNICA PUBLICACION).

ACUERDO DE REDUCCION DEL CIEN POR CIENTO DE MULTAS Y RECARGOS GENERADOS

POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL.

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