15 de Septiembre de 2017Año 02No. 53Por comunicacion del Gobierno Municipal de El Marques.
GacetaMunicipal
Órgano oficial de difusióndel H. Ayuntamiento de El Marqués
Responsable de la publicación:Secretaría del AyuntamientoLic. Gaspar Arana AndradePublicacion Ordinaria
GOBIERNO MUNICIPAL
ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DE LOS CC. ANTONIO MATAS LLERGO, FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, BENITO ADOLFO TAGLE JIMÉNEZ, ASÍ COMO MAURICIO JAVIER SALAZAR VERA, APODERADO LEGAL DE VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y DAYANA NAYELI ORTIZ SMEKE, APODERADA LEGAL DEL C. RICARDO PEREDA LÓPEZ, PROMOVIENDO TODOS CON EL CARÁCTER DE COPROPIETARIOS, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DE LA VIALIDAD DENOMINADA ANILLO VIAL III, EN LAS SUPERFICIES DE 3,872.40 M2 Y 4,917.02 M2, CORRESPONDIENTES A FRACCIONES DE LAS PARCELAS 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, DEL EJIDO JOSEFA VERGARA ANTES SALDARRIAGA, EN ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (PRIMERA PUBLICACION).
ACUERDO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CABILDO APROBADO EN FECHA 27 DE ENERO DE 2016, POR ACTUALIZACIÓN EN EL MONTO DE PAGO DE DERECHOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2017. (UNICA PUBLICACION).
ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DEL C. JORGE SORIANO FRÍAS, REPRESENTANTE LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. CONSISTENTE EN LA AUTORIZACIÓN DE RELOTIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA OFICIAL DE VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO UBICADO EN EL KM. 5.5 DE LA CARRETERA A CHICHIMEQUILLAS (CARRETERA 500) DENOMINADO PARQUE INDUSTRIAL PUERTA QUERÉTARO. (PRIMERA PUBLICACION).
AVISOS OFICIALES
FE DE ERRATAS DE LA PUBLICACION DEL ACUERDO QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE ÁREA EN UNA DIVISIÓN PREVIAMENTE OTORGADA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN SÉPTIMA DEL RANCHO CORRALEJO Y DONACIÓN DE LA FRACCIÓN D, RESPECTO A UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 135-59-97.1066 HAS., UBICADO EN LA CARRETERA ESTATAL 200 (QUERÉTARO-TEQUISQUIAPAN) KM. 7+00, PERTENECIENTE A ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
ACUERDO DE REDUCCION DEL CIEN POR CIENTO DE MULTAS Y RECARGOS GENERADOS POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. (UNICA PUBLICACION).
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Gaceta Municipal 2015-20182
ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DE LOS CC. ANTONIO MATAS LLERGO, FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, BENITO ADOLFO TAGLE JIMÉNEZ, ASÍ COMO MAURICIO JAVIER SALAZAR VERA, APODERADO LEGAL DE VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y DAYANA NAYELI ORTIZ SMEKE, APODERADA LEGAL DEL C. RICARDO PEREDA LÓPEZ, PROMOVIENDO TODOS CON EL CARÁCTER DE COPROPIETARIOS, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DE LA VIALIDAD DENOMINADA ANILLO VIAL III, EN LAS SUPERFICIES DE 3,872.40 M2 Y 4,917.02 M2, CORRESPONDIENTES A FRACCIONES DE LAS PARCELAS 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, DEL EJIDO JOSEFA VERGARA ANTES SALDARRIAGA, EN ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (PRIMERA PUBLICACION).
C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,
fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su
conocimiento:
Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 11 de Abril de 2017, el H. Ayuntamiento de
El Marqués aprobó el mediante el cual se autoriza el Reconocimiento de la vialidad
denominada Anillo Vial III, en las superficies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2,
correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 y 113 Z-1 P3/3, del Ejido
Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., de la forma
siguiente:
“…DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 150 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
1. Que mediante escrito recibido en la Secretaría del H. Ayuntamiento, los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro.
2. Que mediante o�cio número SAY/2311/2016-2017, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento turno a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, la solicitud de los los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, quienes solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en la super�cie de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro.
3. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento o�cio número DDU/CPT/0719/2017, suscrito por el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez, Director de Desarrollo Urbano Municipal, mediante el cual emite la opinión técnica, respecto de la petición de los CC. Antonio Matas Llergo, Francisco Javier Sánchez Hernández, Jesús Alberto Sánchez Hernández, Benito Adolfo Tagle Jiménez, así como Mauricio Javier Salazar Vera, Apoderado Legal de VIVE INMOBILIARIA S.A. DE C.V. Y Dayana Nayeli Ortiz Smeke, Apoderada Legal del C. Ricardo Pereda López, promoviendo todos con el carácter de copropietarios, quienes solicitan el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en la super�cie de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., el cual se adjunta al soporte del presente.
CONSIDERANDO
Que el patrimonio de los municipios lo constituyen los bienes de dominio público, los bienes de dominio privado; los derechos y obligaciones de la Hacienda Municipal, así como todas aquellas obligaciones y derechos que por cualquier concepto se deriven de la aplicación de las leyes, los reglamentos y la ejecución de convenios.
Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, dependencia que considera VIABLE, se autorice el Reconocimiento de la vialidad denominada Anillo Vial III, en las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., con fundamento en lo dispuesto por la fracción VI, y último párrafo del Artículo 8, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.
“…ARTÍCULO 8. La Dirección podrá elaborar las siguientes opiniones técnicas para la ubicación de fraccionamientos y desarrollos en condominio: 1. A V. VI.- Opinión técnica para la nomenclatura o�cial de vialidades;VII a XIV…
Asimismo la Dirección podrá elaborar aquellas opiniones que considere necesarias y que tengan relación directa con el proyecto del fraccionamiento o desarrollo en condominio de que se trate, para el debido cumplimiento del presente ordenamiento. Las opiniones técnicas enumeradas anteriormente, se remitirán a la Comisión para la emisión del dictamen correspondiente…”
Concatenado a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de El Marqués, mismo que a la letra dice: “…Las comisiones, contarán con la información y el apoyo administrativo que precisen para el desarrollo de sus trabajos, podrán igualmente solicitar la presencia de Servidores Públicos, miembros de la Administración Municipal para que informen sobre asuntos relacionados con sus respectivas competencias…” en consecuencia, el presente Dictamen se elabora en base a lo señalado técnicamente por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, área especializada en los asuntos urbanísticos…”Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2017, por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, el siguiente:
“…ACUERDO:
Gaceta Municipal 2015-2018 3
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., aprueba el reconocimiento como Infraestructura vial de la afectación de las super�cies de 3,872.40 m2 y 4,917.02 m2, correspondientes a fracciones de las parcelas 112 Z-1 P3/3 Y 113 Z-1 P3/3, del Ejido Josefa Vergara antes Saldarriaga, en este Municipio de El Marqués, Qro., correspondientemente; ello en términos de las Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal descrita en el ANTECEDENTE 3 del presente.
SEGUNDO.- Se aprueba la nomenclatura de la infraestructura vial reconocida en el punto de acuerdo anterior, bajo la denominación de “III Anillo Vial Maderas Origen y Destino”. TERCERO.- Los solicitantes deberán transmitir a su costa, mediante escritura pública a favor de “Municipio El Marqués, Querétaro”, las super�cies de vialidades objeto del presente, en términos de la opinión tenica inserta en el ANTECEDENTE 3 de éste acuerdo, debiendo acatar a 40 metros la sección transversal de la vialidad establecida en los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal vigentes, así como los convenios de particulares descritos en la opinión antes referida, modi�cando por ello las autorizaciones ya otorgadas; realizando la entrega urbanizada con el visto bueno de la Dirección de Obras Públicas en base a los lineamientos establecidos en Ley.
CUARTO.- El solicitante deberá pagar ante la Secretaria de Finanzas Publicas y Tesorería Municipal, en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la noti�cación del presente acuerdo, los derechos correspondientes a la presente autorización, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, numeral III, apartado 2.
QUINTO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la presente autorización, dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo, la Secretaría del Ayuntamiento deberá remitir la documentación correspondiente ante las instancias competentes, en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la aprobación de éste acuerdo, para su publicación en dos ocasiones en la Gaceta Municipal y en el Periódico O�cial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, a costa del solicitante.
Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación en el Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada publicación, a costa del solicitante.
El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido en éste Punto de Acuerdo.
SEXTO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a seis meses contados partir de la segunda publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio a costa del interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo con�rmen.
SEPTIMO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto de que noti�que el presente al Servicio Postal Mexicano, a la Dirección de Catastro del Gobierno de Estado de Querétaro, y a la Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal a �n de que se hagan las modi�caciones necesarias en los registros correspondientes.
OCTAVO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento noti�que el presente Acuerdo a los Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal, y a los solicitantes para su cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA ONCE DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
ATENTAMENTE
C. MARIO CALZADA MERCADOPRESIDENTE
RÚBRICA
LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.
RÚBRICA
PRIMERA PUBLICACION
ACUERDO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CABILDO APROBADO EN FECHA 27 DE ENERO DE 2016, POR ACTUALIZACIÓN EN EL MONTO DE PAGO DE DERECHOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2017. (UNICA PUBLICACION).
C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,
fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su
conocimiento:
Que en sesión ordinaria de cabildo de fecha 30 de Agosto de 2017, el H. Ayuntamiento
de El Marqués aprobó la modificación del Acuerdo de Cabildo aprobado en fecha 27 de
Enero de 2016, por actualización en el monto de pago de derechos en el ejercicio fiscal
2017, de la forma siguiente:
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A)
Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35,
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, FRACCIÓN II, 38
FRACCIÓN VIII, 150 FRACCION II DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 48 Y 55 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y EN BASE A
LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
1.- Que mediante escrito recibido en la Secretaría del Ayuntamiento, el Lic. Luis Miguel
Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, solicita actualización de pago a
realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad hasta 50
Gaceta Municipal 2015-20184
Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico
denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este
Municipio de El Marqués, Qro.
2.- Que mediante oficio SAY/1466/2017-2018, el Lic. Gaspar Arana Andrade, Secretario
del Ayuntamiento, remite a la Dirección de Desarrollo Urbano, la petición del Lic. Luis
Miguel Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la actualización de
pago a realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad
hasta 50 Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico
denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este
Municipio de El Marqués, Qro.
3.- Que mediante oficio DDU/CDI/2244/2017, el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez,
Director de Desarrollo Urbano Municipal, remite opinión técnica respecto de la petición
del Lic. Luis Miguel Correa Casarín, Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la
actualización de pago a realizar respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con
una densidad hasta 50 Hab/Ha, con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el
predio rustico denominado Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega,
en este Municipio de El Marqués, Qro, el cual cita:
4.- Por instrucciones del C. Mario Calzada Mercado, Presidente Municipal, el Lic. Gaspar
Arana Andrade, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número
SAY/DT/1046/2016-2017, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del Lic. Luis Miguel Correa Casarín,
Apoderado Legal de Puerta del Lobo, relativa a la actualización de pago a realizar
respecto del cambio de uso de suelo a habitacional con una densidad hasta 50 Hab/Ha,
con compatibilidad para el desarrollo de viñedos para el predio rustico denominado
Puerta del Lobo, que perteneció a la Ex Hacienda La Griega, en este Municipio de El
Marqués, Qro, para su análisis, discusión y posterior emisión de dictamen.
CONSIDERANDO
1.- Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización
del suelo que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como
participar en la formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo
urbano municipal.
2.- Que es competencia del H. Ayuntamiento, en términos de la normatividad municipal
y Legislación Estatal vigente, la autorización, modificación, ejecución, control, vigilancia y
regularización de los desarrollos inmobiliarios, tales como fraccionamientos,
condominios, conjuntos habitacionales y comerciales, así como de fusiones y
subdivisiones de predios urbanos y rústicos.
3.- Que, una vez realizada una exhaustiva revisión al acuerdo de cabildo multicitado, se
observa que se realizó el cálculo por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal conforme a la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2017, por lo cual es
menester realizar la autorización de la actualización de los montos generados por dicha
autorización, en base a la Ley de Ingresos vigente.
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de Cabildo
de fecha 30 de agosto de 2017, por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro, el
siguiente:
ACUERDO:
PRIMERO. - El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza la modificación del numeral
2.2 punto SEGUNDO del Acuerdo de Cabildo aprobado en fecha 27 de enero de 2016, en
términos de lo establecido en el antecedente 3 (tercero) del presente acuerdo, debiendo
en lo subsecuente señalarse de la forma siguiente:
1.1 Por Cambio de Uso de Suelo, en sus primeros 500 m²., se deberá cubrir la cantidad de
$3,767.71 (Tres mil setecientos sesenta y siete setenta y un pesos 71/100 M. N.).
1.2 Para el cobro por cada m² excedente a los primeros 500 m², establecidos en el párrafo
anterior, adicionalmente se deberá cubrir la cantidad de $5´610,165.17 (Cinco millones
seiscientos diez mil ciento sesenta y cinco pesos 17/100 M. N.), de acuerdo al siguiente
desglose:
SEGUNDO. - Los demás puntos del acuerdo de fecha 27 de enero de 2017, quedan en el
mismo estado como fueron aprobados, para los efectos de su cabal cumplimiento, por lo
que se instruye al Secretario del Ayuntamiento realice las anotaciones marginales
correspondientes al acta de mérito y emita las certificaciones y comunicaciones
correctas.
TERCERO. - El solicitante deberá cubrir los recargos que en su caso, determine la
CONCEPTO DESGLOSE IMPORTE AUTORIZACION DE CAMBIO DE USO DE SUELO M2 EXCEDENTES
1.25 UMA ($75.49) X 891,800.00/15
$5,610,165.17
TOTAL $5,610,165.17
Gaceta Municipal 2015-2018 5
Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, conforme lo señalo el Titular del área urbanística. TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su aprobación.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento noti�que el presente Acuerdo a los Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano Municipal y al solicitante para su cumplimiento.
Notifíquese y cúmplase.
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA TREINTA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
ATENTAMENTE
C. MARIO CALZADA MERCADO
PRESIDENTE
RÚBRICA
LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.
RÚBRICA
(UNICA PUBLICACION)
ACUERDO QUE APRUEBA LA SOLICITUD DEL C. JORGE SORIANO FRÍAS, REPRESENTANTE
LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. CONSISTENTE EN LA AUTORIZACIÓN DE
RELOTIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE EJECUCIÓN DE
OBRAS DE URBANIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA OFICIAL DE
VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO UBICADO EN EL KM. 5.5 DE LA CARRETERA A
CHICHIMEQUILLAS (CARRETERA 500) DENOMINADO PARQUE INDUSTRIAL PUERTA
QUERÉTARO. (PRIMERA PUBLICACION).
C. Mario Calzada Mercado, en uso de las facultades que me confiere el artículo 31,
fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago de su
conocimiento:
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de agosto de 2017, el H. Ayuntamiento
de El Marqués aprobó el acuerdo relativo a la solicitud del C. Jorge Soriano Frías,
Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. consistente en la autorización
de Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento
ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado
Parque Industrial Puerta Querétaro, de la forma siguiente:
“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS
A) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35,
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, FRACCIÓN II, INCISOS
A) Y D), 38, FRACCIÓN VIII, DEL 121, AL 128, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 1º, FRACCIÓN III; DEL 156 AL 165; DEL 184 AL 196, DEL CÓDIGO
URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 48, Y 55, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
1.- Que mediante oficio de fecha 01 de junio del 2017 el C. Jorge Soriano Frías,
Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita la autorización de
Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento
del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera
500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro.
2.- Mediante Oficio SAY/1193/2017-2018 de fecha 09 de junio del 2017, el Lic. Gaspar
Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento remitió a esta Dirección el escrito
presentado por el C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro,
S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de
la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura
Oficial de Vialidades del fraccionamiento del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la
Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado Parque Industrial Puerta
Querétaro; a fin de que se emitiera opinión técnica en el ámbito de su competencia.
3.- Que se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento Dictamen Técnico con número de
folio 23/2017 suscrito por el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez, Director de Desarrollo
Urbano Municipal, respecto de la petición presentada por el C. Jorge Soriano Frías,
Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de
Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento
del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera
500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro, mismo que se transcribe a
continuación en su parte esencial:
“…
ASUNTO:
DICTAMEN TECNICO COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO MUNICIPAL
COORDINACIÓN DE DESARROLLOS INMOBILIARIOS
FOLIO:23/2017
INTERESADO: JORGE SORIANO FRÍAS REPRESENTANTE LEGAL DE PUERTA QUERÉTARO, S.A.P.I. DE C.V. DIRECCIÓN: KM. 5.5 DE LA CARRETERA CHICHIMEQUILLAS, (CARRETERA 500), EN EL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO.
NOTA DE TURNO: 1127/17 FECHA DE SOLICITUD:
14 de junio del 2017
FECHA DE ATENCIÓN:
17 de agosto del 2017
Gaceta Municipal 2015-20186
El C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita
la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución
de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del
fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500)
denominado Parque Industrial Puerta Querétaro.
DIAGNOSTICO:
1. Mediante Oficio SAY/1193/2017-2018 de fecha 09 de junio del 2017, el Lic.
Gaspar Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento remitió a esta Dirección el escrito
presentado por el C. Jorge Soriano Frías, Representante Legal de Puerta Querétaro,
S.A.P.I. de C.V. referente a la autorización de Relotificación, Modificación y Renovación de
la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización, Modificación de la Nomenclatura
Oficial de Vialidades del fraccionamiento del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la
Carretera a Chichimequillas (Carretera 500) denominado Parque Industrial Puerta
Querétaro.
2. Mediante oficio de fecha 01 de junio del 2017 el C. Jorge Soriano Frías,
Representante Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. solicita la autorización de
Relotificación, Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización, Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento
del fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera
500) denominado Parque Industrial Puerta Querétaro, para lo cual anexa copia de la
siguiente documentación:
3. Copia simple de la escritura pública No. 66,843 de fecha 26 de noviembre del
2013, mediante la cual se protocoliza la constitución de una sociedad denominada
"PUERTA QUERÉTARO, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL
VARIABLE, inscrita en el Registro Público del Comercio del Distrito Federal mediante folio
mercantil Electrónico No. 506794, dentro de la cual se otorgó Poder General para Pleitos
y Cobranzas y para Actos de Administración en favor del C. Jorge Soriano Frías.
4. Copia simple de la identificación oficial con fotografía del C. Jorge Soriano
Frías.
5. Que de acuerdo a los datos e información proporcionados, así como al
análisis técnico correspondiente, se verificó que:
6. Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de julio del 2015, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, Qro. Aprobó la Autorización del
Fraccionamiento, Denominación del mismo, Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización y Nomenclatura Oficial de Vialidades, estos dos últimos conceptos para la
Etapa 1 del fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”
a ejecutarse en 3 Etapas , sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500
Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la Alameda identificado como resto del predio
resultante de la subdivisión del Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II,
perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221
m2., el cual cuenta con sus respectivas publicaciones en la Gaceta Municipal de fechas 18
y 25 de septiembre del 2015 y en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra
de Arteaga” de fechas 02 y 09 de octubre del 2015, asi como en el Diario de Querétaro de
fecha 08 de octubre y en el Universal Querétaro de fecha 14 de octubre del 2015;
Asimismo se encuentra debidamente protocolizado mediante escritura pública No. 1,081
de fecha 20 de enero del 2017, la cual se encuentra debidamente inscrita ante el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Inmobiliario 00555726/0004, de
fecha 01 de febrero del 2017, ello en cumplimiento a lo establecido dentro de su
ACUERDO CUARTO Y ACUERDO QUINTO.
7. Que una vez revisado el Acuerdo de Cabildo señalado en el numeral
inmediato anterior, a efecto de verificar el cumplimiento de las condicionantes señaladas
dentro del mismo, se encontró lo siguiente:
a. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral
2.1, el interesado presenta el oficio No. SEDESU/SSMA/501/2016 de fecha 16 de
diciembre del 2016 mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado
de Querétaro emitió la autorización en materia de impacto ambiental para el
fraccionamiento en estudio, por lo que dicha condicionante se considera Solventada.
b. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral
2.2, el interesado presenta el Título de Concesión No. 08QRO102912/12AMDL15
mediante el cual se declara procedente otorgar a Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. la
transmisión total y definitiva de los derechos de cambio de titular del Título de
Concesión No.08QRO102912/12AMDL08, así mismo presenta el Título de Concesión
08QRO102912/12IMDL16 mediante el cual se declara procedente otorgar a dicha
sociedad prorroga del Título de Concesión No. 08QRO102912/12AMDL15 por un plazo
de 10 años, así como el Cambio a diferentes Usos (Agrícola e Industrial), por lo que dicha
condicionante se considera solventada.
c. En cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral
2.3 el interesado presenta los planos de Red de Distribución en Media Tensión, con sello
y firma del Ing. Felipe Villagomez Alvarez, jefe de Oficina de Distribución Zona Querétaro,
de igual forma presenta el plano de Alumbrado Público con sello de la Secretaría de
Servicios Públicos Municipales así como con el Visto Bueno por parte de la Comisión
Federal de Electricidad para tramites ante otras dependencias, por lo que dicha
condicionante se considera solventada.
d. En seguimiento a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral
2.4, se verificó que el desarrollador ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos
para la obtención de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización señalados
dentro de la Autorización de Estudios Técnicos, quedando diversos seguimientos y
medidas de mitigación que deberán respetarse durante la ejecución del proyecto en
estudio.
e. Respecto a lo establecido dentro del ACUERDO SEGUNDO, Numeral 2.5, al
momento de detonar las construcciones dentro de la Etapa en estudio se verificará el
debido cumplimiento de los coeficientes, compatibilidades de uso, restricciones,
condicionantes y demás normatividades establecidas dentro del Plan Parcial de
Desarrollo Urbano de Navajas Galeras o el que en su momento rija en la zona del
proyecto.
f. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,
numerales 3.1 y 3.2 el interesado acredita haber cubierto los montos establecidos por
pago de Derechos por Supervisión y Pago de Dictamen Técnico para la Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos, mediante recibos de pago con
No. de Serie y Folio C5-71380 y C5-71381 respectivamente, ambos de fecha 14 de
septiembre del 2015, por lo que dicha condicionante se considera solventada.
g. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,
Numeral 3.5 el interesado no presenta escritura pública mediante la cual se transmita los
lotes sujetos a donación, para lo cual el promotor solicitó la Autorización alH.
Ayuntamiento de llevar a cabo el pago en especie equivalente por una superficie de
Gaceta Municipal 2015-2018 7
A74,449.77 m2., la cual fue aprobada mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de
agosto del 2017, quedando establecido en la presente opinión los lotes contenidos
dentro del fraccionamiento sujetos a Donación, a fin de dar cumplimiento con la
totalidad del 10% de donación; por lo que dicha condicionante a la fecha no se
encuentra totalmente solventada.
h. Respecto al cumplimiento a lo establecido dentro del ACUERDO TERCERO,
Numeral 3.6 el interesado acredita haber cubierto los derechos por Nomenclatura Oficial
de Vialidades mediante los recibos de pago con No. de serie y Folio C5-71382 y C5-71383
ambos de fecha 14 de septiembre del 2015, por lo que dicha condicionante se considera
solventada.
8. Mediante oficio DDU/CDI/1184/2017 de fecha 18 de mayo de 2017, se
autorizó el Visto Bueno a Proyecto de Relotificación para el Fraccionamiento Industrial
denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas , sobre un
predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la
Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del Predio 1 de
la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro.,
con una superficie de 980,542.221 m2., el cual consistió en la Reconfiguración total del
fraccionamiento, generandose con ello la disminución de las superficies de donaciones
por concepto de Áreas Verdes y Equipamiento contenida dentro de la superficie del
fraccionamiento.
9. Derivado de la nueva configuración del fraccionamiento que nos ocupa, el
promotor del mismo solicitó al H. Ayuntamiento la autorización del pago en especie
respecto del área de Donación faltante de 74,449.772 m2., la cual fue autorizada
mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, asentado en Acta
AC/032/2016-2017, de los cuales se hicieron los pagos de publicación en la Gaceta
Municipal, las cuales se llevarán a cabo en fecha 18 de Agosto del 2017 (Gaceta
Ordinaria) y 25 de Agosto del 2017 (Gaceta Extraordinaria).
10. Que es interes del desarrollador obtener la autorizaciones descritas
inicialmente repecto de la totalidad del fraccionamiento el cual esta conformado de
acuerdo a la nueva lotificación por Etapas 1 y 2, de las cuales presenta copia simple de
los proyectos de urbanización que a continuación se describen:
11. Señalética vertical, horizontal y dispositivos de control de tránsito, plano
topográfico, plano de diseño de áreas verdes, planos de perfiles, trazo, secciones y
rasantes, proyecto de red de Telecomunicaciones y red de sistema contra incendios.
12. Proyectos de Red de Distribución en Media Tensión, con sello y firma del Ing.
Felipe Villagomez Alvarez, jefe de Oficina de Distribución Zona Querétaro, así como el
plano de Alumbrado Público con sello de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales
y con sello de ingreso ante la Comisión Federal de Electricidad.
13. Proyectos Registrados ante la Comisión Estatal de Aguas correspondientes a
Red de Distribución de agua potable, Red de Alcantarillado Sanitario y Red de
Alcantarillado Pluvial de los cuales deberá obtener su debida autorización por parte de
dicha Comisión.
14. Que derivado de la reconfiguración del fraccionamiento se llevó a cabo la
modificación de la nomenclatura de calles previamente aprobada mediante Acuerdo de
Cabildo de fecha 15 de Julio del 2015, así como se presenta la propuesta integrada por el
interesado para la denominación de las nuevas vialidades que integran el
fraccionamiento, quedando conformadas en su totalidad de la siguiente manera:
NOMBRELONGITUD EN
BASE AL NUEVO PROYECTO DE LOTIFICACIÓN
LONGITUD POR AUTORIZAR (LONGITUD)
AV. PUERTA QUERÉTARO 1,206.24 349.89CALLE UNO 1,294.66 0CALLE TRES 747.46 747.46CALLE DOS 222.63 222.63CALLE SIETE 295.20 295.20
1,615.18T OT A L P OR A UT OR IZ A R
LONGITUD AUTORIZADA M EDIANTE A.C. DE FECHA
15 DE JULIO DEL 2015
1,556.131,294.66
NOMENCLATURA DE CALLES ETAPA 1
NOMBRELONGITUD EN
BASE AL NUEVO PROYECTO DE LOTIFICACIÓN
LONGITUD POR AUTORIZAR (LONGITUD)
CALLE DOS 207.31 207.31CALLE CUATRO 341.59 341.59CALLE CINCO 545.18 545.18CALLE SEIS 198.06 198.06CALLE SIETE 523.73 523.73
1,815.87
LONGITUD AUTORIZADA M EDIANTE A.C. DE FECHA
15 DE JULIO DEL 2015
0.000.000.00
NOMENCLATURA DE CALLES ETAPA 2
T OT A L P OR A UT OR IZ A R
0.00
0.00
15. El interesado presenta los presupuestos actualizados de las obras de
urbanización correspondientes a las etapas 1 y 2 que conforman el fraccionamiento los
cuales hacienden a la cantidad de: Etapa 1 $55´472,878.74 (cincuenta y cinco millones
cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos setenta y ocho pesos 74/100 M.N.), del cual
se encuentra pendiente por ejecutar la cantidad de $22´189,151.50 (veintidós millones
ciento ochenta y nueve mil ciento cincuenta y un pesos 50/100 M.N.), así como para la
Etapa 2 $47´633,457.99 (cuarenta y siete millones seiscientos treinta y tres mil
cuatrocientos cincuenta y siete pesos 99/100 M.N.).
16. Derivado de la visita de obra realizada el día 20 de junio del 2017, por la
Coordinación de Inspección adscrita a esta Dirección de Desarrollo Urbano, y de acuerdo
al reporte presentado se establece que las obras de urbanización actualmente cuentan
con avance de obra del 60%.
OPINIÓN:
En base a la documentación presentada, a los antecedentes descritos y considerando
que el interesado ha dado seguimiento a las condicionantes y obligaciones que le han
sido establecidas para la conformación del fraccionamiento en estudio, esta Dirección de
Desarrollo Urbano considera PROCEDENTE se autorice la Relotificación del
fraccionamiento; Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización de la Etapa 1, Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de
la Etapa 1, Así como la Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización
y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento
Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas,
sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del
Rancho la Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del
Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El
Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221 m2.
Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento a lo siguiente:
1. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los
derechos correspondientes por concepto de elaboración de Dictamen Técnico para la
Renovación Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la
cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23,
Fracción VII de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal
2017, de acuerdo al siguiente desglose:
Gaceta Municipal 2015-20188
2. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los
derechos correspondientes por concepto de elaboración de Dictamen Técnico para la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de
$11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI,
Numeral 2, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal
2017, de acuerdo al siguiente desglose:
3. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los
derechos correspondientes por concepto de Dictamen Técnico referente a los Avances
de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil
veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI, Numeral 3, de la Ley de
Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al
siguiente desglose:
4. Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Tesorería Municipal, los
derechos correspondientes por concepto de Supervisión de Obras de Urbanización en
Fraccionamientos, la cantidad de $1´047,339.14 (Un millon cuarenta y siete mil
trescientos treinta y nueve pesos 14/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción XIX, de
la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de
acuerdo al siguiente desglose:
5. Derivado de la presente reloti�cación en caso de aprobarse, deberá transmitir a favor de “Municipio de El Marqués, Querétaro”, La super�cie de 143,052.961 m2., por concepto de VIALIDAD la cual se desglosan de la siguiente manera:
6. Asimismo, deberá transmitir a favor de “Municipio de El Marqués, Querétaro”,
las siguientes superficies:
• Lote 1, Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 287.72 m2.; Lote 3,
Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 472.73 m2.; Lote 2, Manzana MZ-IV, Etapa 1,
con superficie de 2,187.53 m2.; Lote 17, Manzana MZ-IV, etapa 1, con superficie de
3,213.55 m2.; Lote 1, Manzana MZ-V, Etapa 1, con superficie de 2,086.01 m2.; Lote 12 , de
la Manzana MZ-V, Etapa 1, con una superficie de 4,348.73 m2.; Lote 1, Manzana MZ-VI,
Etapa 1, con una superficie de 1,549.33 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VI, Etapa 1, con
superficie de 2,571.57 m2.; por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE,
contenidas en la Etapa 1, las cuales en conjunto integran una superficie total de
16,717.17m2.
• Lote 9, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 2,482.58m2.; Lote 16,
Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 1,438.36 m2.; Lote 4, Manzana MZ-VII, Etapa 2,
con superficie de 2,369.20 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VII, Etapa 2, con superficie de 597.14
m2. por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE, contenidas en la Etapa 2, las
cuales en conjunto integran una superficie total de 6,887.28 m2.
7. Previo a la Protocolización y a la Inscripción ante el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio del Acuerdo de Cabildo que en su caso apruebe la presente
autorización, deberá protocolizarse e inscribirse ante dicha entidad registral el Acuerdo
de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, mediante el cual el H. Ayuntamiento aprobó
el pago en especie respecto del área de Donación faltante de 74,449.772 m2., del
fraccionamiento que nos ocupa, dando cabal cumplimiento en los tiempos y formas
establecidos dentro del mismo.
8. En caso de autorizarse la Modificación y Renovación de la Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1 y la Autorización de la Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2, del fraccionamiento Industrial
denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”; esta tendrá una vigencia de DOS
AÑOS, contados a partir de la fecha de publicación en el periódico Oficial de Gobierno
del Estado “La Sombra de Arteaga” del Acuerdo de Cabildo que la autorice.
9. De acuerdo a la relotificación presentada el cuadro resumen de las etapas
que conforman el fraccionamiento en estudio, así como el cuadro general de superficies
de la totalidad del fraccionamiento, quedan descritos de la siguiente manera, haciendo
la aclaración que los cuadros de lotes por manzana y por etapa debido a su extensión, se
detallan dentro del anexo gráfico del presente documento:
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico para la Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de Urbanización de fraccionamientos
$22´189,151.50 x 1.5% $332,837.27$332,837.27
Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 1
$47´633,457.99 x 1.5% $714,501.87$714,501.87
Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 2
Arroyo y Banquetas 90,480.723Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 10,651.480Arroyo y Banquetas 41,579.418Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 341.340
Total 143,052.961
101,132.203
41,920.758
Superficie de Vialidad
Etapa 1
Etapa 2
Gaceta Municipal 2015-2018 9
10. Con respecto a la Nomenclatura de calles que se generan, no se tiene
inconveniente se autoricen bajo la propuesta presentada por el interesado, siendo ésta la
que a continuación se describe, debiendo éste cubrir ante la Tesorería Municipal los
montos correspondientes de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del
Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, Fracción III,
Punto 2, de acuerdo al siguiente desglose:
a. Pago por ingreso de solicitud para trámite de Nomenclatura Oficial de
Vialidades:
$489.18 (Cuatrocientos ochenta y nueve pesos 18/100 M.N.)
b. Por derechos de Nomenclatura Oficial de Validades de fracionamentos y
condominios, se pagará por cada metro lineal:
$16,401.37 (Dieciseis mil cuatrocientos un pesos 37/100 M.N.)
11. De igual manera, en caso de aprobarse la Relotificación solicitada por el
interesado, se deberá tomar en cuenta lo establecido dentro del Artículo 15, Fracción IV,
de la Ley de Ingresos del municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017.
12. Presentar ante esta Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del
Ayuntamiento en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la fecha de
la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso autorice lo solicitado por el
interesado, los proyectos Hidrosanitarios y Pluviales debidamente aprobados por parte
de la Comisión Estatal de Aguas.
13. Presentar ante esta Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del
Ayuntamiento en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la fecha de
la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso autorice lo solicitado por el
interesado los recibos oficiales de pago que acrediten estar al corriente del pago de
impuesto predial.
14. Una vez realizada la notificación del Acuerdo de Cabildo que en su caso
autorice lo solicitado, el interesado deberá gestionar la validación de los proyectos de
señaletica y dispositivos de control de transito debidamente validados por la Dirección
de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y presentarlos ante esta Dirección de
Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del Ayuntamiento en un plazo no mayor a 60 días
naturales.
15. Deberá dar seguimiento a lo determinado dentro del Titulo de Concesión
08QRO102912/12IMDL16, emitido a favor de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V., así mismo
el solicitante está obligado a dar el debido cumplimiento a lo establecido en la Ley
Nacional de Aguas Nacionales y sus Reglamentos al momento de generar descargas
dentro del fraccionamiento en estudio.
16. Cada construcción contenida al interior del fraccionamiento deberá preveer
en su proyecto los lineamientos y especificaciones establecidas por las instancias
federales, estatales y municipales competentes, debido a la proximidad del desarrollo
industrial con el Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, y dichos requerimientos
técnicos deberán estar plasmados dentro del reglamento interno que rija el
fraccionamiento que nos ocupa.
17. Deberá dar cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos
derivados de la Autorización de Estudios Técnicos emitida por esta misma Dirección.
18. Deberá cada predio al interior del fraccionamiento, respetar los coeficientes,
compatibilidades de uso, restricciones, condicionantes y demás normatividades
establecidas dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de Navajas - Galeras ó
programa de Desarrollo Urbano que en su proyecto rija la zona.
19. Obtener las autorizaciones, licencias y permisos que sean necesarios en
términos de la normatividad federal, estatal o municipal, aplicable en la materia para la
ubicación de lo pretendido.
La Opinión de esta Dirección, se deja a consideración de los integrantes de la Comisión
de Desarrollo Urbano; para que, de considerarlo procedente se someta a Sesión de
Cabildo para su autorización definitiva…”
4.- Por instrucciones del C. Mario Calzada Mercado, Presidente Municipal, el Lic. Gaspar
Arana Andrade, Secretario del Ayuntamiento, mediante oficio número
SAY/DT/1046/2016-2017, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del C. Jorge Soriano Frías, Representante
Legal de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V. relativa a la autorización de Relotificación,
Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización,
Modificación de la Nomenclatura Oficial de Vialidades del fraccionamiento del
fraccionamiento ubicado en el Km. 5.5 de la Carretera a Chichimequillas (Carretera 500)
denominado Parque Industrial Puerta Querétaro; para su análisis, discusión y posterior
emisión de dictamen.
CONSIDERANDO
Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del
suelo que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como
participar en la formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo
urbano municipal.
Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano
expedidos por el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas
técnicas y disposiciones relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento
y crecimiento de los centros de población en el territorio del Municipio, los cuales son
susceptibles de modificación cuando existen variaciones sustanciales de las condiciones
6.48 x $75.49 $489.18Total $489.18
NOMBRE
FÓRMULA PARA COBRO SUBTOTALAV. PUERTA QUERÉTARO $2,377.188CALLE DOS $2,921.055CALLE TRES $5,078.318CALLE CUATRO $2,320.797CALLE CINCO $3,704.007
CALLE SEIS $1,345.639CALLE SIETE $5,563.892
TOTAL $16,401.37
198.06818.93
(0.09 UMA X LONGITUD)
LONGITUD EN METROS
LINEALES349.890
429.940
747.460
341.590
545.180
Gaceta Municipal 2015-201810
Marqués, Qro., en Sesión Ordinaria de fecha 30 de agosto del 2017, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., otorga la Relotificación del
fraccionamiento; Modificación y Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización de la Etapa 1, Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de
la Etapa 1, Así como la Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización
y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento
Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas,
sobre un predio ubicado en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del
Rancho la Alameda identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del
Predio 1 de la Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El
Marqués, Qro., con una superficie de 980,542.221 m2, en términos del Dictamen Técnico
transcrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- De acuerdo a la relotificación presentada el cuadro resumen de las etapas
que conforman el fraccionamiento en estudio, así como el cuadro general de superficies
de la totalidad del fraccionamiento, quedan descritos de la siguiente manera, haciendo
la aclaración que los cuadros de lotes por manzana y por etapa debido a su extensión, se
detallan dentro del anexo gráfico del Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3
(TRES) del presente Acuerdo:
TERCERO.- En base a lo establecido por la Direcciòn de Desarrollo Urbano Municipal en el
Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente Acuerdo, será
condicionante lo anterior a lo siguiente:
3.1.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de elaboración de
Dictamen Técnico para la Renovación Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de
o circunstancias que les dieron origen, surjan técnicas diferentes que permitan una
realización más satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les afecte, entre
otras.
Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al
128, los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.
Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser
solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en
las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el
Estado de Querétaro, y Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el
presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal, inserta en el CONSIDERANDO 3 (TRES) del presente, dependencia que
considera PROCEDENTE, se autorice la Relotificación del fraccionamiento; Modificación y
Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1,
Modificación y Autorización de la Nomenclatura de Calles de la Etapa 1, así como la
Autorización de la Licencia de Ejecución de obras de Urbanización y Autorización de la
Nomenclatura de Calles de la Etapa 2 del fraccionamiento Industrial denominado
“Parque Industrial Puerta Querétaro” a ejecutarse en 2 Etapas, sobre un predio ubicado
en la Carretera estatal No. 500 Chichimequillas, Km. 5+500 del Rancho la Alameda
identificado como resto del predio resultante de la subdivisión del Predio 1 de la
Fracción Alameda I y Fracción II, perteneciente a este municipio de El Marqués, Qro., con
una superficie de 980,542.221 m2; ello conforme a lo dispuesto por el artículo 8
fracciones IV, y IX, y último párrafo, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en
Condominios para el Municipio de El Marqués, que señalan:
“…ARTÍCULO 8. La Dirección podrá elaborar las siguientes opiniones técnicas para la
ubicación de fraccionamientos y desarrollos en condominio:
I a III…
IV. Opinión técnica para la renovación de licencia de ejecución de obras de
urbanización;…
V…
VI. Opinión técnica para la nomenclatura oficial de vialidades;
VII a VIII…
IX. Opinión técnica para la autorización para la venta provisional de lotes;…
X al XIV…
Asimismo la Dirección podrá elaborar aquellas opiniones que considere necesarias y que
tengan relación directa con el proyecto del fraccionamiento o desarrollo en condominio
de que se trate, para el debido cumplimiento del presente ordenamiento.
Las opiniones técnicas enumeradas anteriormente, se remitirán a la Comisión para la
emisión del dictamen correspondiente…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por parte del H. Ayuntamiento de El
Gaceta Municipal 2015-2018 11
Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de
acuerdo al Artículo 23, Fracción VII de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués
Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:
3.2.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de elaboración de
Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de
Fraccionamientos, la cantidad de $11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de
acuerdo al Artículo 23, Fracción VI, Numeral 2, de la Ley de Ingresos del Municipio de El
Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:
3.3.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de Dictamen Técnico
referente a los Avances de Obras de Urbanización de Fraccionamientos, la cantidad de
$11,020.03 (Once mil veinte pesos 03/100 M.N.), de acuerdo al Artículo 23, Fracción VI,
Numeral 3, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal
2017, de acuerdo al siguiente desglose:
3.4.- Que el interesado acredite, haber cubierto ante la Secretaría de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, los derechos correspondientes por concepto de Supervisión de
Obras de Urbanización en Fraccionamientos, la cantidad de $1´047,339.14 (Un millon
cuarenta y siete mil trescientos treinta y nueve pesos 14/100 M.N.), de acuerdo al Artículo
23, Fracción XIX, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio
Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente desglose:
CUARTO.- El fraccionador, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la fecha de la primer publicación del presente acuerdo en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, deberá
transmitir mediante escritura pública a favor de “Municipio El Marqués, Querétaro”, las
superficies por concepto de equipamiento urbano y de vialidades del Fraccionamiento,
que se describen a continuación:
4.1.- La superficie de 143,052.961 m2., por concepto de VIALIDAD, la cual se desglosa de
la siguiente manera:
4.2.- Las superficies: Lote 1, Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 287.72 m2.; Lote 3,
Manzana MZ-II, Etapa 1, con superficie de 472.73 m2.; Lote 2, Manzana MZ-IV, Etapa 1,
con superficie de 2,187.53 m2.; Lote 17, Manzana MZ-IV, etapa 1, con superficie de
3,213.55 m2.; Lote 1, Manzana MZ-V, Etapa 1, con superficie de 2,086.01 m2.; Lote 12 , de
la Manzana MZ-V, Etapa 1, con una superficie de 4,348.73 m2.; Lote 1, Manzana MZ-VI,
Etapa 1, con una superficie de 1,549.33 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VI, Etapa 1, con
superficie de 2,571.57 m2.; por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE,
contenidas en la Etapa 1, las cuales en conjunto integran una superficie total de
16,717.17m2.
4.3.- Las superficies: Lote 9, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 2,482.58m2.; Lote
16, Manzana MZ-VI, Etapa 2, con superficie de 1,438.36 m2.; Lote 4, Manzana MZ-VII,
Etapa 2, con superficie de 2,369.20 m2.; Lote 8, Manzana MZ-VII, Etapa 2, con superficie
de 597.14 m2. por concepto de SUPERFICIE DONACIÓN ÁREA VERDE, contenidas en la
Etapa 2, las cuales en conjunto integran una superficie total de 6,887.28 m2.
QUINTO.- Previo a la Protocolización y a la Inscripción ante el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio del presente, deberá protocolizarse e inscribirse ante dicha
entidad registral el Acuerdo de Cabildo de fecha 16 de agosto del 2017, mediante el cual
el H. Ayuntamiento aprobó el pago en especie respecto del área de Donación faltante de
74,449.772 m2., del fraccionamiento que nos ocupa, dando cabal cumplimiento en los
tiempos y formas establecidos dentro del mismo.
SEXTO.- En razón de la presente autorización consistente en la Modificación y
Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1 y la
Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2, del
fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Puerta Querétaro”; ésta tendrá
una vigencia de DOS AÑOS, contados a partir de la fecha de publicación en el periódico
Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” del presente Acuerdo de Cabildo.
SEPTIMO.- Con respecto a la Nomenclatura de calles que se generan, en base al dictamen
emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, ésta se autoriza se autoriza
bajo la propuesta presentada por el interesado, siendo la que a continuación se describe,
debiendo éste cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal los
montos correspondientes de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos del
Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2017”, Artículo 23, Fracción III,
Punto 2, de acuerdo al siguiente desglose:
1. Pago por ingreso de solicitud para trámite de Nomenclatura Oficial de
Vialidades:
$489.18 (Cuatrocientos ochenta y nueve pesos 18/100 M.N.)
1. Por derechos de Nomenclatura Oficial de Validades de fracionamentos y
condominios, se pagará por cada metro lineal:
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico para la Renovación de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de fraccionamientos
145.98X $75.49 $11,020.03$11,020.03
Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de Urbanización de fraccionamientos
$22´189,151.50 x 1.5% $332,837.27$332,837.27
Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 1
$47´633,457.99 x 1.5% $714,501.87$714,501.87
Supervisión de Obras de Urbanización de la Etapa 2
Arroyo y Banquetas 90,480.723Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 10,651.480Arroyo y Banquetas 41,579.418Areas Verdes de Vialidad y Rotonda 341.340
Total 143,052.961
101,132.203
41,920.758
Superficie de Vialidad
Etapa 1
Etapa 2
6.48 x $75.49 $489.18Total $489.18
Gaceta Municipal 2015-201812
DECIMO SEPTIMO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los
derechos generados por la presente autorización, deberá publicarse la presente
autorización a costa del fraccionador en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro “La Sombra de Arteaga”, así como en la Gaceta Municipal, por dos veces,
mediando un plazo mínimo seis días naturales entre cada una, sin contar en ellos los de
la publicación.
El plazo para que el desarrollador realice la publicación será de sesenta días hábiles,
contados a partir del siguiente al en que se le haya notificado la autorización.
El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de
Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo
establecido en éste Punto de Acuerdo.
DECIMO OCTAVO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a sesenta
días hábiles, contados a partir del siguiente al en que se le haya notificado la presente
autorización, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio a costa del interesado el presente acuerdo, lo que deberá acreditar el
solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal remitiendo las constancias que así lo confirmen.
DECIMO NOVENO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y
condicionantes expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y
condiciones otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de
revocación del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su
inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente Acuerdo a los
Titulares de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano
Municipal, y al solicitante para su cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS,
QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y SE PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL EL DÍA TREINTA DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
ATENTAMENTE
C. MARIO CALZADA MERCADO
PRESIDENTE
RÚBRICA
LIC. GASPAR ARANA ANDRADE.
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.
RÚBRICA
(PRIMERA PUBLICACION)
$16,401.37 (Dieciseis mil cuatrocientos un pesos 37/100 M.N.)
OCTAVO.- De igual manera, el fraccionador deberá dar cumplimiento a lo establecido en
el Artículo 15, Fracción IV, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el
Ejercicio Fiscal 2017.
NOVENO.- Presentar ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del
Ayuntamiento en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la fecha de
la notificación del presente Acuerdo, los proyectos Hidrosanitarios y Pluviales
debidamente aprobados por parte de la Comisión Estatal de Aguas.
DECIMO.- Presentar ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del
Ayuntamiento en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la fecha de
la notificación del presente Acuerdo, los recibos oficiales de pago que acrediten estar al
corriente del pago de impuesto predial.
DECIMO PRIMERO.- Una vez realizada la notificación del presente Acuerdo, el interesado
deberá gestionar la validación de los proyectos de señaletica y dispositivos de control de
transito debidamente validados por la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito
Municipal y presentarlos ante la Dirección de Desarrollo Urbano y ante la Secretaría del
Ayuntamiento en un plazo no mayor a 60 días naturales.
DECIMO SEGUNDO.- Deberá dar seguimiento a lo determinado dentro del Titulo de
Concesión 08QRO102912/12IMDL16, emitido a favor de Puerta Querétaro, S.A.P.I. de C.V.,
así mismo el solicitante está obligado a dar el debido cumplimiento a lo establecido en
la Ley Nacional de Aguas Nacionales y sus Reglamentos al momento de generar
descargas dentro del fraccionamiento en estudio.
DECIMO TERCERO.- Cada construcción contenida al interior del fraccionamiento deberá
preveer en su proyecto los lineamientos y especificaciones establecidas por las instancias
federales, estatales y municipales competentes, debido a la proximidad del desarrollo
industrial con el Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, y dichos requerimientos
técnicos deberán estar plasmados dentro del reglamento interno que rija el
fraccionamiento que nos ocupa.
DECIMO CUARTO.- Deberá dar cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos
derivados de la Autorización de Estudios Técnicos emitida por la Dirección de Desarrollo
Urbano.
DECIMO QUINTO.- Deberá cada predio al interior del fraccionamiento, respetar los
coeficientes, compatibilidades de uso, restricciones, condicionantes y demás
normatividades establecidas dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de Navajas -
Galeras ó programa de Desarrollo Urbano que en su proyecto rija la zona.
DECIMO SEXTO.- El fraccionador deberá obtener las autorizaciones, licencias y permisos
que sean necesarios en términos de la normatividad federal, estatal o municipal,
aplicable en la materia para la ubicación de lo pretendido.
NOMBRE
FÓRMULA PARA COBRO SUBTOTALAV. PUERTA QUERÉTARO $2,377.188CALLE DOS $2,921.055CALLE TRES $5,078.318CALLE CUATRO $2,320.797CALLE CINCO $3,704.007
CALLE SEIS $1,345.639CALLE SIETE $5,563.892
TOTAL $16,401.37
198.06818.93
(0.09 UMA X LONGITUD)
LONGITUD EN METROS
LINEALES349.890
429.940
747.460
341.590
545.180
Gaceta Municipal 2015-2018 13
AVISOS OFICIALES
FE DE ERRATAS DE LA PUBLICACION DEL ACUERDO QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE
ÁREA EN UNA DIVISIÓN PREVIAMENTE OTORGADA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO
FRACCIÓN SÉPTIMA DEL RANCHO CORRALEJO Y DONACIÓN DE LA FRACCIÓN D,
RESPECTO A UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 135-59-97.1066 HAS., UBICADO EN LA
CARRETERA ESTATAL 200 (QUERÉTARO-TEQUISQUIAPAN) KM. 7+00, PERTENECIENTE A
ESTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
“…Municipio de El Marqués
Secretaría del Ayuntamiento
Ramo: Administrativo
Número de oficio: SAY/DT/1132/2016-2017
Asunto: El que se indica.
El Marqués, Querétaro, a 07 de septiembre del 2017
Lic. Ángel Adrián Castillo Alvarado.
Representante Legal del Fideicomiso 6615-10-54 Banco del Bajío S.A.
Institución de Banca Múltiple
PRESENTE.
Por medio del presente escrito, le envío un cordial saludo y asimismo, en alcance a mi
similar SAY/DT/478/2016-2017, le puntualizo que en el punto SEGUNDO del acuerdo
aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de marzo de 2017, asentado en
acta AC/019/2016-2017, mediante el cual se autoriza la Rectificación de área en una
división previamente otorgada del predio identificado como Fracción Séptima del
Rancho Corralejo y Donación de la fracción D, respecto a una superficie de terreno de
135-59-97.1066 Has., ubicado en la Carretera Estatal 200 (Querétaro-Tequisquiapan) Km.
7+00, perteneciente a este municipio de el Marqués, Qro.; se asentó la cantidad de
40,562.688 m2, siendo la correcta 40,552.688 m2; lo cual se hace de su conocimiento
para los efectos legales conducentes.
Sin más por el momento y agradeciendo de antemano las finas atenciones prestadas a la
presente, reciba mis consideraciones y respeto institucional.
ATENTAMENTE
“GENERADORES DE PROGRESO”
(rúbrica)
LIC. GASPAR ARANA ANDRADE
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO…”
(UNICA PUBLICACION).
ACUERDO DE REDUCCION DEL CIEN POR CIENTO DE MULTAS Y RECARGOS GENERADOS
POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL.
Gaceta Municipal 2015-201814
Gaceta Municipal 2015-2018 15
Ejemplares Imprimesos 15
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