APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO...

14
LEY 1909 DE 2018 ART.25 APLICACIÓN ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015

Transcript of APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO...

Page 1: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

LEY 1909 DE 2018ART.25

APLICACIÓN ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015

Page 2: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

NORMATIVIDADCÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986

Capítulo IV escrutinios distritales municipales y zonas artículo 157 al 174 Capítulo V escrutinios generales artículo 175 al 186 Capítulo VI escrutinios del Consejo Nacional electoral artículo 137 al 191

Artículo 263 para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos que no podrá ser inferior al tres por ciento 3 % de los votos válidos para Senado de la República o al cincuenta por ciento 50 % del cociente electoral en el caso de las demás corporaciones, conforme lo establezca la Constitución y la ley.

La cifra repartidora resulta de dividir sucesivamente por uno, dos, tres o más, del número de votos por cada lista ordenando los resultados en forma decreciente hasta que se obtenga un número total de resultados iguales al número de curules a proveer. El resultado menor se llamará cifras repartidora. Cada lista o obtendrá tantas curules como veces esté contenida la cifra repartidora en el total de sus votos.

En las circunscripciones en las que se eligen dos miembros se aplicará el sistema de cuociente electoral entre las listas que superen en votos el 30 % de dicho cuociente. En las circunscripciones en las que se elige un miembro, la curul se adjudicará a la lista mayoritaria. Cuando ninguna de las listas supere el umbral, las curules se distribuirán entre todas las inscritas, de acuerdo con la regla de asignación que corresponda.

1986

1994 LEY 163 de 1994 Escrutinios del Distrito CapitalArtículo 263 modificado artículo 21 actual legislatura 02 de 2015Artículo 21 el artículo 263 a de la constitución política pasará a ser el 263

Page 3: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2009ARTÍCULO 9o. EL PARÁGRAFO 1º. DEL ARTÍCULO 258 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA2009

ABCD

V. BlancoV. VálidosV. Nulos

V. No MarcadosTotal Votos

895LISTAS VOTOS

7961.563300126

3.68010515

3.800

Cuocienteelectoral:

Total de votos válidos# Curules a proveer

Cuociente electoral:

Cuociente electoral:

3680

526

Umbral:

7

50 % Cuociente Electoral

Umbral: 263

Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública, Gobernador, Alcalde, cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría.

300 votosvotos 457 votos 143 votos 912 votos

Votoen blancoCandidatos

o listas

Total votos candidatos o listas 900 votos Total votos blanco 912 votos Total votos válidos 1812 votos

CABD

1

1563,0

895,0

796,0

300,0

3

521,0

298,3

265,3

100,0

2

781,5

447,5

398,0

150,0

4

390,8

223,8

199,0

75,0

5

312,6

179,0

159,2

60,0

6

260,5

149,2

132,7

50,0

7

223,3

127,9

113,7

42,9

SISTEMA CIFRA REPARTIDORA

398,0Cifra Repartidora

CABD

1563

895

796

300

/

/

/

/

398

398

398

398

3,93

2,25

2,00

0,75

3

2

2

0

ASIGNACIÓN DE CURULES Curules

ToTal: 7

Page 4: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

LEY 1475 DE 2011Art. 41. DEL ESCRUTINIO EL DÍA DE LA VOTACIÓN2011

VOTO EN BLANCO CONSTITUYE LA MAYORÍA

912 votos

Total votos candidatos

Total votos válidos

49 %

Total votos en blanco

51 %

100 %

Elecciones uninominales no podrán presentarse los mismos candidatos.

Corporaciones Públicas no se podrán presentar las listas que no hayan alcanzado el umbral.

Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones.

Artículo 41Escrutinio el día de la votación

Artículo 42De las comisiones escrutadoras

Artículo 43Escrutinios de los Delegados (CNE)

Las comisiones escrutadoras comenzarán el escrutinio el mismo día de la votación, a partir del cierre cierre del proceso de votación.

Con base a las actas E-14 recibidas por los claveros.

En el sitio de Escrutinio señalado por la Registraduría.

Horario 4 p. m. hasta las 12:00 p. m. el mismo día y continuará el día siguiente de 9:00 a. m. a 9:00 p. m. hasta terminar.

Al concluir el escrutinio - lectura de los resultados.

Escaneo de las actas y publicación web. Entrega copia actas a testigos electorales, podrán utilizar cámaras fotográficas o de video.

Presentación 3:30 p. m. escrutinio el mismo día de votación.

Registro de ingreso pliegos acta de introducción (claveros)

Término de Entrega.

Verificar resultados actas parciales Testigos Electorales.

Iniciará a las 9:00 a. m.

Martes siguiente a las elecciones.

Capital del departamento

Page 5: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015ARTÍCULO 1o. ADICIÓNENSE LOS INCISOS CUARTO, QUINTO Y SEXTO AL

ARTÍCULO 112 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA.2015

LEY 1909 DE 20182018

12 3

Por medio de la cual se adopta el estatuto de la oposición política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes

Artículo 24Curules en Senado y Cámara de Representantes

Los candidatos que sigan en votos a quienes la autoridad electoral declare elegidos Presidente y Vicepresidente de la República, tendrán el derecho personal a ocupar, en su orden, una curul en el Senado de la República y otra en la Cámara de Representantes, durante el período de estas corporaciones, se integrarán las comisiones primeras constitucionales de las respectivas cámaras.

El candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la república, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde Municipal tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente Corporación.

Las curules así asignadas en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes serán adicionales a las previstas en el artículo 171 y 176. La demás curules no aumentarán el número de miembros de dichas corporaciones.

En caso de no aceptación de la curul en las corporaciones públicas de las entidades territoriales, la misma se asignará de acuerdo con la regla general de asignación de curules previstas en el artículo 263.

Presidente Vicepresidente

Fórmula presidencialElectos

Presidente Vicepresidente

Fórmula presidencialSiguientes en votación

curul adicional Curulsenado

Curulcámara Credencial

Autoridadelectoral

Artículo 25Corporaciones públicas territoriales

Los candidatos que sigan en votos a los electos en los cargos de Gobernador, Alcalde Distrital y Alcalde Municipal, tendrán derecho personal a ocupar, en su orden, una curul en las Asambleas Departamentales, Concejo Distrital y Concejos Municipales.

Curules en las corporaciones públicas de elección popular de las entidades territoriales.

GOBERNADOR, ALCALDE DISTRITAL, ALCALDE MUNICIPAL

ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, CONCEJO DISTRITAL, CONCEJO MUNICIPAL

12 3

12 3

Page 6: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

RESOLUCIÓN 2276 DEL 2019

Desarrollo de los escrutinios Comisiones escrutadoras

Orden cómputo de votos

Zonal y / o auxiliar Municipal Distrital General

1. Alcaldía 2. Gobernación 3. Concejo Distrital o Municipal 4. Asamblea Departamental 5. Junta Administradora Local,

si las hubiere.

Declaratoria cargos uninominales

Una vez culminado el cómputo total de los votos para la totalidad de cargos y corporaciones y resueltas las correspondientes reclamaciones, si no hubiese apelaciones a las decisiones adoptadas.

Comisión Escrutadora Municipal o Distrital

Declaratoria de Alcalde previo a la declaratoria de Concejo

Comisión Escrutadora General

Declaratoria de Gobernador previo a la declaratoria de Asamblea

*Constancias en el E-26 y AGE del segundo

candidato votación

Page 7: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Oportunidad aceptar curul

Declaratoria

Plurinominales

Constancia y lectura AGE E iba segundo E-26 Candidato número (2º) puesto de votación.

Candidato manifestar por escrito Por una sola vez, sin posibilidad de retracto.

Artículo 25 Ley 1909/18

Artículo 2 parágrafo 2(resolución 2276 de 2019 -CNE).En caso que el voto en blanco o promotores de este, obtengan la segunda votación en las elecciones de cargos uninominales, la misma no será tenida en cuenta para los efectos del artículo 25 de la Ley de 1909 de 2018.

Posterior a la declaratoria

Alcalde - Gobernador

Previo a la declaratoria Concejo - Asamblea

24 Horas

Candidato (2º) puesto en votación

Decisión

Acepta curul No acepta curul No se presenta

Artículo263 C.P

Page 8: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Acepta curul

Candidato (2º) puesto de votación Alcaldía - Gobernación

Manifestación de Aceptación(Sin posibilidad de retracto)

Comisión escrutadora municipal o general

Curules a proveer

Candidatos Electos

Curules restantes

Regla general Artículo 263

Asignación curul(artículo 25 ley 1909)

Cargo plurinominal Concejo - Asamblea

Concejo - Asamblea

Concejo - Asamblea

-1

Candidato (2º) puesto de votación Alcaldía - Gobernación

Manifestación de Aceptación(Sin posibilidad de retracto)

Comisión escrutadora municipal o general

Curules a proveer

Candidatos Electos

Totalidad Curules

Regla general Artículo 263

Concejo - Asamblea

Concejo - Asamblea

No presentación de candidato

No acepta curul No se presenta

Page 9: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Declaratoria cargos plurinominales

Candidato (2º) puesto en votación

Decisión

Alcaldía - Gobernación

Comisión escrutadora municipal o general

Posterior a la declaratoria

Acepta curul

No acepta curul No se presenta

Reanudar a la diligencia de escrutinio

Declaratoria

Cargos plurinominales artículo 263 C.P

Page 10: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Comisión escrutadora municipal o general

Candidato (2º) puesto de votación

Concejo - Asamblea

Asignación curul(artículo 25 ley 1909) Cargo plurinominal Concejo - Asamblea

Curules a proveer

-1Regla general Artículo 263

Reanudar a la diligencia de escrutinio

Candidatos ElectosConcejo - Asamblea

Ejemplo: Curules a proveer en todas las curules a proveer en todas las siete (7), aceptación de curul 2º votación alcaldía, se resta una (1) curul. Curules por proveer seis (6)

ABCD

V. BlancoV. VálidosV. Nulos

V. No MarcadosTotal Votos

895LISTAS VOTOS

7961.563300126

3.68010515

3.800

Curules a proveer 6

613

307

A,B,C,D

Cuociente(votos válidos / curules a proveer)

Umbral(cuociente/2)

Listas que participan en la distribución de curules

Acepta curul CABD

1

1563,0

895,0

796,0

300,0

2

781,5

447,5

398,0

150,0

3

521,0

298,3

265,3

100,0

4

390,8

223,8

199,0

75,0

5

312,6

179,0

159,2

60,0

6

260,5

149,2

132,7

50,0

SISTEMA CIFRA REPARTIDORA

447,5Cifra Repartidora C

ABD

1563

895

796

300

/

/

/

/

447,5

447,5

447,5

447,5

3,93

2

1,77

0,66

3

2

1

0

ASIGNACIÓN DE CURULESCurules

ToTal: 6

Curules a proveer

Regla general Artículo 263

Comisión escrutadora municipal o general

Reanudar a la diligencia de escrutinio

Candidatos ElectosConcejo - Asamblea

Ejemplo: Proveer en todas las siete (7), no aceptación / no presentación, curules por proveer siete (7)

ABCD

V. BlancoV. VálidosV. Nulos

V. No MarcadosTotal Votos

895LISTAS VOTOS

7961.563300126

3.68010515

3.800

Curules a proveer 7

526

263

A,B,C,D

Cuociente(votos válidos / curules a proveer)

Umbral(cuociente/2)

Listas que participan en la distribución de curules

Acepta curul

398,0Cifra Repartidora

No acepta curul No se presenta

Acepta curul

CABD

1

1563,0

895,0

796,0

300,0

3

521,0

298,3

265,3

100,0

2

781,5

447,5

398,0

150,0

4

390,8

223,8

199,0

75,0

5

312,6

179,0

159,2

60,0

6

260,5

149,2

132,7

50,0

7

223,3

127,9

113,7

42,9

SISTEMA CIFRA REPARTIDORA

CABD

1563

895

796

300

/

/

/

/

398

398

398

398

3,93

2,25

2,00

0,75

3

2

2

0

ASIGNACIÓN DE CURULES Curules

ToTal: 7

Page 11: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Apelaciones

Regla general Artículo 263

Cuando sean apeladas las decisiones sobre las reclamaciones que por primera vez se formulen o se presenten desacuerdos entre los miembros de las comisiones, estas se abstendrán de declarar la elección y de expedir las credenciales para que sea la instancia superior con atención preferente quienes resuelvan el caso y expidan las tales credenciales.

GANADOR ABSOLUTOVoto en blanco

VOTO ENBLANCO

VOTO ENBLANCO Declara Ganador

Voto en blancoSe repite la Elección

Uninominal(1º) puesto en votación

Mayoria AbsolutaAlcaldia – Gobernación

Comisión escrutadora municipal o general

RESERVA CURUL (Art. 25 Ley 1909)Nueva elección

Cargo Plurinominal(Concejo - Asamblea)

Curules a proveer

Curules restantesConcejo - Asamblea

-1Candidatos Electos

Concejo - Asamblea

Page 12: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

COMISIÓN ESCRUTADORAMUNICIPAL

COMISIÓNESCRUTADORAGENERAL

24 Horas

DIAGRAMADE FLUJO

Apelado Alcalde

Apelado Concejo

Resuelve ApelaciónAlcalde

Alcalde Posterior a la declaratoria

Alcalde

Informa

Constancia y lectura AGE y E-26 Candidato (2) puesto de votación

Candidato 2 puesto en votación

Candidato manifestar por escrito por una sola vez, sin posibilidad de retracto

No acepta curul

Acepta curul

Candidatos ElectosRegla general Artículo 263

Candidatos ElectosRegla general Artículo 263

Curules a proveerCurules restantes-1

Curules a proveerTotalidad Curules

DECLARATORIA CONCEJO

Page 13: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

Ejemplo Comparativo

Curules a proveer

Cuociente V.válidos curules a proveer

Umbral cuociente 2

Listas que participan en la

Distribución de Curules

Se organizan de mayor a menor las que pasaron el umbral y se dividen sucesivamente por los números del 1 hasta el número

de curules a proveer

Cifra repartidora:

Asignación de curules (se divide cada una de las listas que superaron el umbral por la cifra repartidora). Se tiene en cuenta

únicamente el valor entero

448 398

CurulesC A B

1563 895 796

/ / /

448 448 448

3.49 2.00 1.78

3 2 1

CurulesC A B D

1563 895 796 300

/ / //

398 398398 398

3.93 2.25 2.00 0,75

3 220

C A B

1 2 3 4 5 6 1563 895 796

782 448 398

521 298 265

390,8 223,8 199

313 179 159

261 149 133

1563 895 796 300

782 448 398 150

C A B D

1 2 3 4 5 6 7521 298 265 100

391 224 199 75

313 179 159 60

261 149 133 50

223 128 114 43

7

526

263

A, B, C, D

6

613

307

A,B,C

A.L. 02/2015, ley 1909/2018 No acepta curul Acepta curul

ART 263 C.P.Lista A B C D V. Blanco V. Válidos V. Nulos V. No marcados Total votos

Votos 895 796 1.563 300 126 3.680 105 15 3.800

Page 14: APLICACIÓN ACTO - Registraduria Nacional del Estado Civil · 2019-10-09 · NORMATIVIDAD CÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986 Capítulo IV escrutinios distritales municipales

LEY 1909 DE 2018ART.25

APLICACIÓN ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015