Aspectos de la Ley de Mipyme Nicaragua

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Universidad Nacional Autónoma De Nicaragua UNAN-León Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Contaduría Pública y Finanzas V año Plan de Negocios. Profesor: Lic. María de los Ángeles Jiménez. Elaborado por: Br. Isayana Mercedes Chacón Moreno. Br. René Benito Flores García. Br. Héctor Martín Flores Jaenz. Br. Lezny Yaritza Gutiérrez Flores. Br. Heyling Auxiliadora Henríquez Montano.

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Principales aspectos de la Ley de Mipyme de Nicaragua

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Universidad Nacional Autnoma De NicaraguaUNAN-Len

Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales.Contadura Pblica y Finanzas V aoPlan de Negocios.

Profesor: Lic. Mara de los ngeles Jimnez.

Elaborado por: Br. Isayana Mercedes Chacn Moreno. Br. Ren Benito Flores Garca. Br. Hctor Martn Flores Jaenz. Br. Lezny Yaritza Gutirrez Flores. Br. Heyling Auxiliadora Henrquez Montano.

Len, 16 de Marzo del 2015.

LEY DE PROMOCIN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA MICRO, PEQUEA Y MEDIANA EMPRESA (LEY MIPYME)

El objeto de la presente Ley es fomentar y desarrollar de manera integral la micro, pequea y mediana empresa (MIPYME) propiciando la creacin de un entorno favorable y competitivo para el buen funcionamiento de este sector econmico de alta importancia para el pas.

Definicin y Clasificacin de las MIPYMELas MIPYME son todas aquellas micro, pequeas y medianas empresas, que operan como persona natural o jurdica, en los diversos sectores de la economa, siendo en general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrcolas, pecuarias, comerciales, de exportacin, tursticas, artesanales y de servicios, entre otras.En Nicaragua existen aproximadamente 153.500 empresas formales, de las que 96.5% son microempresas; 2.95% son pequeas, y el 0.56% son medianas y grandes empresas. Muchas de las Pymes, principalmente de capital familiar, presentan retos en cuanto a la forma de autogobernarse, lo que viene a incidir en su sobrevivencia, fortalecimiento, crecimiento e internacionalizacinSin embargo, las PYMEs son el motor del crecimiento de cualquier pas. En el caso de Nicaragua, representan alrededor de un 40 por ciento del PIB (Segn datos de la CEPAL), y contribuyen con alrededor del 90% de la tasa de empleo y un 25% de nuestras exportaciones. El nuestro es un pas con una alta tasa de nacimiento de empresas, pero con la misma facilidad con la que se forman, la mayora de estas empresas no logran superar los cinco aos de vida.Caractersticas De Las Pymes. Personal poco calificado o no profesional. Poca visin estratgica y capacidad para planear a largo plazo. Organizacin del trabajo anticuada. Falta de informacin acerca del entorno y el mercado. Falta de polticas de capacitacin. Falta de innovacin tecnolgica.

Se clasifican dependiendo del nmero total de trabajadores permanentes, activos totales y ventas totales anuales.Toda persona natural debidamente inscrita como comerciante en el Registro Pblico Mercantil correspondiente, tendr los mismos beneficios, deberes y derechos que concede la presente Ley y podr inscribirse en el Registro nico de las MIPYME.Se clasificarn como micro, pequea y mediana empresa las personas naturales o jurdicas que cumplan con los siguientes requisitos. La clasificacin de cada MIPYME, en la categora correspondiente a micro, pequea y mediana se har conforme a los parmetros indicados a continuacin:

VariablesMicro EmpresaPequea EmpresaMediana

Parmetros

Nmero Total deTrabajadores1563031100

Activos Totales(Crdobas)Hasta 200.0 milesHasta 1.5 millonesHasta 6.0millones

Ventas TotalesAnuales (Crdobas)Hasta 1millnHasta 9millonesHasta 40millones

Todas las expresiones en crdobas, mantendrn su valor en relacin al dlar de los Estados Unidos de Amrica.

Para las empresas cuyos parmetros se ubican en diferentes categoras, la diferenciacin entre micro, pequea o mediana empresa se determinar mediante normativa interna elaborada por el MIFIC.

El valor de referencia de los parmetros utilizados est sujeto a la revisin y actualizacin por parte del MIFIC y en consulta con el Consejo Nacional MIPYME podr variar a mayor o menor los montos establecidos anteriormente, en correspondencia con el desarrollo econmico y productivo del pas, para lo cual tambin podr definir otras caractersticas de la MIPYME en dependencia de su grado de desarrollo y fortalecimiento.

El rgano Rector y sus Funciones

El rgano rector de esta Ley es el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) y la instancia ejecutora de las polticas, el Instituto Nicaragense de Apoyo a la Pequea y Mediana Empresa (INPYME).

Funciones MIFIC

1. Evaluar y regular los programas, normas y polticas de promocin y fomento de las MIPYME, dentro del marco de su competencia, con nfasis en la aplicacin de soluciones referidas a los obstculos ms relevantes en su desarrollo. As mismo, dar seguimiento a dichos programas;

2. Establecer la coordinacin con las instituciones del sector pblico y privado, para desarrollar la efectividad de los programas de fomento y desarrollo de las MIPYME;

3. Organizar los sectores productivos en correspondencia con la estrategia institucional del MIFIC que incluya la conformacin de las comisiones sectoriales como instancia de consulta y concertacin;

4. Promover el desarrollo de las organizaciones empresariales, la asociatividad y las alianzas estratgicas entre las entidades pblicas y privadas de apoyo a este sector;

5. Establecer mecanismos de flexibilizacin, simplificacin y descentralizacin operativa que faciliten la creacin, gestin y operacin de las MIPYME;

6. Desarrollar el Sistema Integrado de Informacin de la Micro, Pequea y Mediana Empresa (SII-MIPYME), y sus estadsticas;

7. Proponer en coordinacin con el Instituto Nicaragense de Apoyo a la Pequea y Mediana Empresa (INPYME), el Ministerio de Educacin (MED), el Instituto Nacional Tecnolgico (INATEC), las Universidades y otras Instituciones del Sector Educativo Pblico y Privado, la adecuacin de los programas de educacin de conformidad a las necesidades de desarrollo empresarial de las MIPYME;

8. Promover la creacin de parques industriales, parques tecnolgicos, centros de investigacin, centros de desarrollo tecnolgico, programas de creacin de empresas y centros de desarrollo productivo, que conlleven la masificacin y unificacin de las MIPYME;

9. Promover el crecimiento, diversificacin y consolidacin, de las exportaciones, implementando estrategias de mercado y de oferta exportable;

10. Analizar el entorno econmico, poltico y social, as como el impacto sobre las MIPYME y la capacidad de dinamizar la competitividad de stas en los mercados de bienes y servicios y adecuarlos conforme al objetivo de esta Ley;

11. Promover la formulacin, ejecucin y evaluacin de Programas y Polticas Pblicas favorables para que las MIPYME consoliden, mejoren e incrementen su competitividad;

12. Apoyar a las MIPYME ubicadas en reas de economa campesina, estimulando la creacin y fortalecimiento de empresas y empresarios rurales, propiciando la agregacin de valor a la actividad econmica del agro;

13. El MIFIC, ser el rgano encargado de fomentar la organizacin de los Consejos Regionales y Departamentales MIPYME, la integracin y funcionalidad de stos y todo aquello que conduzcan a fortalecer y desarrollar a las MIPYME de acuerdo a esta Ley, deber ser establecido en el Reglamento de la presente Ley;

14. Formular polticas para la creacin de empresas con presencia de jvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Funciones del INPYME1. Elaborar los estudios tcnicos necesarios para la formulacin y aplicacin de programas y proyectos;

2. Realizar anualmente encuentros nacionales o regionales de las MIPYME;

3. Celebrar convenios de cooperacin con las autoridades administrativas a nivel nacional, entes descentralizados, desconcentrados, reguladores y gobiernos regionales, municipales y gremios empresariales, atendiendo las necesidades, caractersticas y vocacin empresarial de cada territorio;4. Prestar servicios de informacin, orientacin y diagnstico empresarial para evaluar la posicin competitiva de las empresas, identificando sus reas de oportunidad y las rutas alternativas para elevar la productividad y rentabilidad de los negocios;

5. Formular y administrar el Programa de Desarrollo a las MIPYME (PROMIPYME);

6. Procurar la formalizacin y constitucin legal de las MIPYME del sector informal existente y promover el nacimiento de nuevas empresas mediante la implementacin de creacin de empresas;

7. Proporcionar a la micro, pequea y mediana empresa servicios de consultora y asesora, que le permitan mantenerse en un mercado altamente competitiva;

8. Capacitar a profesionales y tcnicos, (consultores individuales y dems oferentes del Servicio de Desarrollo Empresarial), en las reas funcionales empresariales incluyendo aspectos tcnicos productivos para la atencin a la micro, pequea y mediana empresa;

9. Promover y fortalecer la cooperacin y asociatividad inter empresarial a nivel nacional, Gobiernos de las Regiones Autnomas y Gobiernos Municipales, as como de sectores y cadenas productivas;

10. Promover la equidad de gnero para el acceso de oportunidades para la micro, pequea y mediana empresa;

11. Implementar buenas prcticas que permitan un buen manejo de los sistemas de proteccin del ambiente;

12. Promover la responsabilidad social empresarial; y

13. Apoyar a empresarios emprendedores para la creacin de empresas con presencia de jvenes, mujeres, personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Consejo Nacional MIPYME

Se crea el Consejo Nacional de la Micro, Pequea y Mediana Empresa (CONAMIPYME), como una instancia de consulta, concertacin y consenso entre el Gobierno Central, los Gobiernos Municipales, los Gobiernos de las Regiones Autnomas y el sector gremial de la MIPYME, para determinar las prioridades nacionales, que son expresadas en polticas, programas y acciones dirigidas a la promocin y al fomento del sector.

CAMIPYME.

Los CAMIPYME, fungirn como instancias operativas institucionales desconcentradas para la atencin a la MIPYME, con enfoque territorial, en un esfuerzo conjunto y articulado entre el MIFIC y el INPYME.

Estos Centros de Apoyo estarn conformados por un delegado del MIFIC, el cual ser el Director del CAMIPYME y un delegado del INPYME, los que tendrn bajo su responsabilidad asegurar la implementacin de las polticas institucionales para el desarrollo y fortalecimiento de la MIPYME en los territorios. Para ello el CAMIPYME contar con el apoyo de especialistas en MIPYME.

SII-MIPYMEEl Estado a travs del Instituto Nacional de Informacin de Desarrollo y el Banco Central de Nicaragua, deben en coordinacin con el MIFIC, establecer un sistema estadstico permanente de informacin especial de la MIPYME, que ser del dominio pblico.El MIFIC y el INPYME en coordinacin con los gremios empresariales de las MIPYME, proveern informacin a travs del Sistema Integrado de Informacin para las MIPYME (SII -MIPYME), que ser el instrumento de control especializado en administrar y difundir en forma coordinada y descentralizada, toda la informacin sectorial relacionada a la oferta y demanda de: capacitacin, asistencia tcnica, tecnologa y financiamiento, tanto de bienes como de servicios y otros, a fin de tener una base de datos y proporcionar informacin gil e integral a las MIPYME.Portal de Informacin EmpresarialPor medio del SII-MIPYME, el MIFIC y el INPYME; promovern, estimularn y articularn un portal empresarial, que servir de apoyo al desarrollo empresarial. Este portal contendr informacin sobre instituciones asesoras, iniciativas polticas, promocin y difusin, mediante la creacin de un servicio de visitas, contactos empresariales y oportunidades en nuevos mercados, registro de acciones y programas de apoyo, tramitologa, promocin y lugar de visita a sectores, as como todo lo que permita identificar oportunidades de desarrollo tecnolgico, de negocios y de progreso integral.Depto. Unidades de Gestin Ambiental La prioridad que tiene esta entidad es meramente contribuir al ordenamiento del territorio con base a procedimientos y normativas del Sistema de Gestin Ambiental con miras a prevenir, conservar y mitigar los posibles daos ambientales que puedan ocurrir. En los ltimos aos Nicaragua ha mejorado considerablemente su marco poltico legal en materia de medio ambiente, descentralizacin de la gestin ambiental y fortalecimiento de los municipios.

Importante en este marco, es la incorporacin de la Poltica Ambiental de Nicaragua en el Plan Nacional de Desarrollo (2003) que indica los instrumentos de gestin ambiental que sern priorizados para trabajar en el marco del Plan Estratgico de Crecimiento Econmico. Entre los instrumentos estn la planificacin y legislacin ambiental.

El Gobierno de Nicaragua, oficializa la creacin de Unidades de Gestin Ambiental (UGA) en los entes del Poder Ejecutivo y la Administracin Pblica en general, como instancias de apoyo en la toma de decisiones y el cumplimiento de las acciones de gestin ambiental en el mbito de su competencia. Entre las Unidades de Gestin Ambiental establecidas, figuran las Unidades Municipales de Gestin Ambiental.

Servicios De Desarrollo Empresarial (SDE)Servicios de desarrollo empresarial (SDE), en base a las implementaciones del Estado, facilitar y promover apoyo a pequeos y micro empresarios en los pases en vas de desarrollo. El documento pretende servir como un recurso al personal del Banco y a otros profesionales en el campo del desarrollo, que trabajan en la evaluacin de propuestas, en el diseo, ejecucin y evaluacin de proyectos dirigidos al sector de la microempresa.Por servicios de desarrollo empresarial nos referimos a servicios tales como capacitacin, transferencia de tecnologa, apoyo en mercadeo, asesoramiento empresarial, tutoras e informacin destinadas a ayudar a los pequeos y microempresarios a mejorar el desempeo de sus empresas. Fomenta la participacin del sector privado en el desarrollo de polticas y estrategias para mejorar aspectos claves del entorno econmico en que se desenvuelven las empresas mediante la transferencia de tecnologa e informacin que fomente la competitividad empresarial.

PROGRAMAS, ACCIONES DE PROMOCIN Y FOMENTO A LAS MIPYME

Programa Nacional Multi-Anual de Apoyo a la Micro, Pequea y MedianaEmpresa (PROMIPYME)

EL PROMIPYME es un programa permanente e integral de desarrollo a las MIPYME nicaragenses, cuyo propsito es elevar y consolidar la competitividad, as como integrar en igualdad de condiciones, en el mercado nacional e internacional, a las MIPYME.

Se crea el Fondo de Financiamiento del PROMIPYME, el que est dirigido a promover y mejorar la capacidad de gestin y competitividad de las micro, pequeas y medianas empresas nicaragenses con el objetivo de financiar los componentes, acciones y actividades derivadas del Programa. Este fondo estar integrado por recursos provenientes del Presupuesto General de la Repblica y de fuentes de financiamiento alternas y complementarias vinculadas a la cooperacin internacional y sector privado.

Polticas y Estrategias de Fomento, Promocin y Desarrollo de las MIPYME

Desarrollo Empresarial

El Estado facilitar y promover los servicios de desarrollo empresarial para los empresarios de las micro, pequeas y medianas empresas.

El desarrollo empresarial deber consistir en: asesora tcnica y empresarial, capacitacin, fortalecimiento y ampliacin de la oferta de servicios; a travs de la capacitacin a los oferentes nacionales. As como fomentar la participacin del sector privado en el desarrollo de polticas y estrategias para mejorar aspectos claves del entorno econmico en que se desenvuelven las empresas mediante la transferencia de tecnologa e informacin que fomente la competitividad empresarial.

Asociatividad Empresarial

Las MIPYME, sin perjuicio de las formas societarias previstas en las leyes sobre la materia, pueden asociarse para tener un mayor acceso a las contrataciones pblicas y privadas. Todos los beneficios y medidas de promocin para que las MIPYME participen en las compras estatales incluyen a las asociaciones en participacin que sean establecidas entre ellas.

Acciones Educativas de Capacitacin y Asistencia Tcnica para MIPYME y de Creacin de Empresas

El MIFIC impulsar con el apoyo del Ministerio de Educacin, el INATEC, las Universidades pblicas y privadas e Institutos tecnolgicos, pblicos o privados, acuerdos de cooperacin mutua para el establecimiento de estudios a nivel de diplomados, programas de educacin no formal, programas de extensin y ctedras abiertas especiales para las MIPYME, que incentiven la iniciativa empresarial de conformidad con las necesidades de desarrollo del pas.

Modernizacin Tecnolgica

El Estado a travs del rgano rector de la presente Ley, deber impulsar la modernizacin tecnolgica de las MIPYME y el desarrollo del mercado de servicios tecnolgicos como elementos de soporte de un sistema nacional de innovacin continua que permitan el progreso permanente y el incremento de la competitividad productiva.

Servicios Tecnolgicos

El Estado, a travs del rgano rector de la presente Ley, deber promover la inversin en investigacin, desarrollo e innovacin tecnolgica, as como la inversin en formacin y entrenamiento de sus recursos humanos, orientadas a dar igualdad de oportunidades de acceso a la tecnologa y el conocimiento, con el fin de incrementar la productividad, la mejora de la calidad de los procesos productivos y productos, la integracin de las cadenas productivas y la competitividad de los productos.

Por medio de la concertacin de acuerdos en coordinacin con el sector privado, las universidades pblicas, privadas y el Estado promovern la investigacin e innovacin tecnolgica.

Acceso Financiero a las MIPYME

Acceso Financiero El Estado, a travs del rgano rector de la presente Ley, promover el acceso al crdito y a otras fuentes de capital, por medio de la creacin de instrumentos financieros y bancarios, de sistemas de garantas, fideicomisos, descuentos y reduccin de riesgos, que sean orientados a las micro, pequea y mediana empresa, de acuerdo con las leyes que rigen la materia.

Servicios FinancierosEl Estado a travs del rgano rector de la presente Ley en coordinacin con el sistema bancario nacional, promover de manera integral el financiamiento, diversificando, descentralizando e incrementando la cobertura de la oferta de servicios de los mercados financieros y de capitales en beneficio de las MIPYME, garantizando la democratizacin del crdito y as facilitar el acceso del mismo a los empresarios de MIPYME. La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, debe normar todo lo concerniente a la creacin del crdito a las MIPYME.

PROMOCIN Y FOMENTO DE LA CAPACIDAD COMERCIALIZADORA DE LAS MIPYME

Fortalecimiento de la Comercializacin

El Estado a travs del rgano rector de la presente Ley procurar fortalecer la comercializacin en los mercados nacionales y extranjeros. En cumplimiento de lo anterior, se promovern las siguientes acciones:

1. Fortalecer los encadenamientos productivos y las alianzas estratgicas, focalizando las MIPYME con altos rendimientos ms productivos;2. Organizar ferias locales, nacionales e internacionales, al menos dos veces al ao, disponiendo de locales apropiados para exhibicin e informacin permanentes;Las MIPYME debern impulsar, con el apoyo del Estado y del Sector Privado, un Parque de Ferias para comercializar sus productos;3. Promover enlaces productivos entre las MIPYME, y la gran empresa incluyendo empresas de zonas francas;4. Promover los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en las MIPYME; y5. Otras actividades similares que logren la dinamizacin de los niveles productivos, en beneficio de las MIPYME.

Promocin de la ComercializacinEl MIFIC, los Gobiernos Regionales y Municipales, deben promover la logstica, comercializacin y elaboracin de planes de desarrollo nacional para la organizacin de ferias y otras actividades de fcil acceso que logren la promocin y desarrollo de los mercados y de los productos en sus territorios, en beneficio de las MIPYME, agropecuarios y no agropecuarios.

La garanta de la libre competencia se regir por lo preceptuado en la Ley No. 601, Ley de Promocin de la Competencia y su Reglamento.

Contratacin de Bienes y Servicios

El Estado a travs del rgano rector de la presente Ley, promover que las contrataciones de bienes y servicios sean efectuadas en igualdad de oportunidades entre el sector empresarial nicaragense. Optimizando la vinculacin e integracin de las MIPYME en el comercio interno y con ello procurar fortalecer la comercializacin de sus productos en el mercado nacional.Promocin y Fomento de la Capacidad Exportadora de las MIPYME

Fortalecimiento de la ExportacinEl rgano rector formular las polticas necesarias con el objeto de contribuir a la promocin e insercin de las MIPYME en los mercados internacionales, y promover la participacin en los acuerdos de comercio internacional, con el inters de fortalecer las expectativas de las MIPYME para lograr con xito las oportunidades de acceso a mercados extranjeros y la atraccin de inversin extranjera directa ligadas a los Tratados de Libre Comercio.

Programas de ExportacinEl MIFIC promover el crecimiento del nmero de MIPYME exportadoras y su oferta exportable, mediante el desarrollo de programas e incentivos que impulsen una cultura empresarial exportadora, de conformidad a la legislacin nacional.

Normas TcnicasEl Estado a travs del MIFIC, promover las normas tcnicas y la certificacin de calidad del producto a fin de alcanzar los estndares internacionales para elevar la competitividad de los bienes y servicios producidos por las MIPYME, adecundolos a los acuerdos y tratados que en esta materia sean suscritos por Nicaragua de conformidad con la Ley No. 219, Ley de Normalizacin Tcnica y Calidad y su Reglamento.

Promocin de Incentivos

La presente Ley determina como prioridad, la promocin de incentivos para las micros, pequeas y medianas empresas, ante las autoridades competentes del Estado, conforme los siguientes criterios:

1. Por la generacin de nuevos empleos, que incluya a mujeres, a personas de tercera edad, a personas con discapacidades o capacidades diferentes y a jvenes rehabilitados socialmente.2. Por la reinversin de capital provenientes de utilidades.3. Por la instalacin de nuevas industrias de las MIPYME en parques industriales o de reinstalacin de empresas de cualquier sector en municipios en situacin de pobreza.4. Por la exportacin de productos que integren, al menos, el cincuenta por ciento de materia prima o insumos nacionales.5. Por la incorporacin de alto componente de valor agregado nacional.6. Por la implementacin de medidas de proteccin al medio ambiente, la biodiversidad y el uso de tecnologas limpias.7. Por la produccin de productos y servicios que sustituyan los importados; y8. Que sean artesanos que promuevan la cultura nicaragense.

DEL REGISTRO NICO DE LAS MIPYME Y BENEFICIOS, MEJORAS REGULATORlAS Y FLEXIBILIZACIN DE TRMITES

Del Registro nico de las MIPYME y Beneficios

El Registro nico de la MIPYME tiene como propsito contar con una base de datos suficientemente amplia que permitir asistir adecuadamente a las MIPYME y que tengan acceso a los incentivos contemplados en las leyes de la materia; emitiendo el certificado de inscripcin provisional cuando no estuviese formalizada su inscripcin definitiva cuando hubiese cumplido las formalidades que la ley establece. El certificado de inscripcin provisional servir exclusivamente para agilizar los trmites de formalizacin y de inscripcin definitiva.

Beneficios La empresa podr acceder a los beneficios que otorga la Ley MIPYME. Las MIPYME Registradas podrn acceder a Incentivos Fiscales y a Programas de Apoyo a las MIPYME. La empresa podr hacer sus trmites ante el MIFIC de manera ms rpida

Procedimiento de Registro

Presntese al Centro de Apoyo a la Micro, pequea y mediana empresa (CAMIPYME) de su departamento a laVentanilla nica de Inversiones(VUI), para llenar formulario de inscripcin acompaado de los siguientes requisitos: Fotocopia Cdula de Identidad Fotocopia Carnet RUC Fotocopia de Matrcula de la Alcalda vigente Escritura de Constitucin (persona jurdica) Estados Financieros (persona Jurdica)

Conclusin.Nicaragua ha percibido un gran avance por medio del Tratado de libre Comercio DR-CAFTA, ha fomentado el desarrollo de las microempresas. La liberalizacin del mercado ha ayudado a que muchas pymes formen parte (de los exportadores) y se organicen para el desarrollo de las cadenas productivas. Es meritorio sealar que no en todos los sectores se ha dado un desarrollo econmico como tal, dado que hay otros que han quedado rezagados por el alto costo de la materia prima.A nivel estatal y por medio de organizaciones empresariales, se les ha brindado capacitaciones y asesoras a las MIPYMES. Otro de los mecanismos ha sido la creacin de la Ley MIPYME, la cual ya se encuentra vigente; sin embargo, hace falta entrar un poco en la aplicacin de la misma. Con la ley y mediante el Instituto Nicaragense de la Pequea y Mediana Empresa (INPYME), se establece la inscripcin de los establecimientos, acceso a polticas de financiamiento, bonos de capacitacin para el talento humano de las pequeas y medianas empresas.Los principales rezagos se dan porque la mayora de la micro y pequea empresa funciona con una lgica de auto sostenibilidad y no con una lgica empresarial. Muchas de ellas han tenido problemas al solicitar financiamiento, debido a que no cuentan con los requerimientos y la tecnologa necesaria para salir adelante. Otro de los problemas, es el factor de talento humano, ya que son administradas de manera familiar no con una visin empresarial; es decir, estn pensando en el hoy y no en el futuro, lo cual se debe a que solamente consideran que estn generando empleos para su familia y no valoran el riesgo de avanzar ms all.Existe una estrategia para que las pequeas y medianas empresas sean ms competitivas, a travs de alianzas entre el gobierno y organizaciones que estn brindando capacitaciones, teniendo presente la heterogeneidad de las MYPYMES, ya que cada una tiene sus caractersticas. No es lo mismo competir en la rama madera-mueble que en la rama de lcteos. Las cadenas (de produccin) son distintas y se tiene que hacer un estudio a cada nivel de cada sector.