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    ASPECTOS LABORALESRELACIONADOS CON LANOMINA

    RGIMEN LABORAL

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    CONTENIDO TEMTICO

    Contrato de trabajo Jornada de Trabajo Salario y Prestaciones

    Sociales Aportes parafiscales Aportes Seguridad

    Social

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    CONTRATO DETRABAJO

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    CONTRATO DE TRABAJO

    Art. 22 C.S.TContrato de trabajo es aquel por el cual unapersona natural se obliga a prestar un serviciopersonal a otra persona natural o jurdica, bajo la

    continuada dependencia o subordinacin de lasegunda y mediante remuneracin

    !ui"n presta el servicio se denomina empleado,quien lo recibe y remunera, empleador y laremuneracin, cualquiera que sea su forma,salario

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    CONTRATO DE TRABAJO#lementos $enerales- Capacidad- Consentimiento-

    %bjeto &cito- Causa &cita

    #lementos#senciales- Prestacin personal del servicio- Continua Subordinacin- 'etribucin #conmica o remuneracin

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    CONTRATO DE TRABAJOCLASIFICACIN

    P%' S( )%'*A-+erbal-

    #scritoP%' S( ('AC-./- T"rmino fijo

    - T"rmino indefinido-e obra

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    PERIODO DE PRUEBAArt. 76 C.S.T#s la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, porparte del empleador, apreciar las aptitudes del empleado, y porparte de "ste, la conveniencia de las condiciones del trabajo

    #l periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y no puedee0ceder de dos 123 meses, a e0cepcin de aquellos contratosinferiores a un a4o en que el periodo de prueba no debe sersuperior a la quinta parte del t"rmino inicialmente pactado para elrespectivo contrato, sin que e0ceda de dos meses

    #l 5ec5o de dar por terminado el periodo de prueba y con ello, elcontrato de trabajo, no obliga al empleador a pagar laindemni6acin por terminacin del contrato de trabajo, pero no loe0ime del pago de las prestaciones de ley a el trabajador

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    CONTRATO DE TRABAJOREVISIN Y SUSPENSIN

    &a Revisin del contrato de trabajo, se puede 5acer en cualquiermomento, por cualquiera de las partes, cuando se presenten gravesalteraciones de la normalidad econmica

    &a Suspensindel contrato de trabajo es el lapso durante el cual se

    interrumpe las obligaciones adquiridas, por parte del trabajador, deprestar sus servicios y por parte del empleador, de pagar los salariosy prestaciones correspondientes a este periodo &a suspensin sepuede dar por7- )uer6a mayor que impida la ejecucin del contrato- Por muerte o in5abilitacin del empleador- Por suspensin de actividades o clausura temporal de la empresa- Por licencia concedida por el empleador al trabajador- Por ser llamado el trabajador a prestar servicio militar- Por la detencin preventiva del trabajador- Por 5uelga declarada

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    OBLIGACIONESDEL EMPLEADORPagar la

    remuneracinpactada en las

    modalidades,

    periodicidad y lugar

    acordados.

    Suministrar al trabajador salvo

    que se haya acordado lo contrario,las materias primas necesarias

    para el trabajo contratado y las

    herramientas y equipos requeridos

    para desarrollar el mismo.

    Entregar al trabajador elementosde proteccin para prevenir los

    accidente y enfermedades

    profesionales, y adecuar los

    locales donde se prestan los

    servicios procurando condiciones

    ptimasPrestar los primeros

    auxilios en caso de

    accidente o

    enfermedad.

    Cumplir el

    reglamento y

    mantener el orden, la

    moralidad y el

    respeto a las leyes.

    Conceder al trabajador las

    licencias necesarias para elejercicio del sufragio, para el

    desempeo de cargos oficiales

    transitorios de for!osa

    aceptacin" en caso grave de

    calamidad dom#stica, para

    desempear comisionessindicales inherentes a la

    organi!acin.

    $ar al trabajador que lo solicite,

    certificacin en que conste tiempo

    de servicio, la %ndole de la labor y

    el salario devengado.

    Pagar al trabajador los gastos

    ra!onables de venida y

    regreso, si para prestar susservicios lo hi!o cambiar de

    residencia, salvo si la

    terminacin del contrato se

    origina por culpa del

    trabajador.

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    OBLIGACIONES DEL EMPLEADO- 'eali6ar personalmente la labor en los t"rminos estipulados, acatar y

    cumplir las rdenes e instrucciones que de modo particular le impartan

    el empleador o sus representantes seg8n el orden jer9rquicoestablecido

    - /o comunicar con terceros salvo autori6acin e0presa, lasinformaciones que tenga sobre su trabajo,

    - Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural, los

    instrumentos y 8tiles que le 5ayan sido facilitados- $uardar rigurosamente la moral en la relaciones con sus superiores y

    compa4eros- Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime

    contudentes a evitarle da4o y perjuicio-

    Prestar la colaboracin posible en caso de siniestro o de riesgoinminente que afecten o amenacen las personas o las cosas de laempresa

    - %bservar las medidas preventivas 5igi"nicas pr"scritas por el m"dicodel empleador o por las autoridades del ramo

    - %bservar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y rdenespreventivas de accidentes o de enfermedad profesional

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    PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR

    - educir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios,

    salvo previa autori6acin escrita de ellos- %bligar a los trabajadores a comprar mercancas o vveres en

    almacenes que estable6ca el empleador- #0igir o aceptar dinero del trabajador como gratificacin para que se le

    admita en el trabajo

    - &imitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores de su derec5ode asociacin

    - -mponer a los trabajadores obligaciones de car9cter religioso o poltico:acer, autori6ar o tolerar propaganda poltica en los sitios de trabajo

    - :acer o permitir rifas, colectas o suscripciones en la sede de labores-

    #mplear en las certificaciones de trabajo e0pedidas a la terminacin delcontrato, signos convencionales que tiendan a perjudicar a losinteresados, o adoptar el sistema de lista negra

    - #jecutar o autori6ar cualquier acto que vulnere o restrinja los derec5osde los trabajadores o que ofenda su dignidad

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    PROHIBICIONES DEL EMPLEADOSustraer de la f&brica los

    'tiles de trabajo sinpermiso del empleador.

    (altar al trabajo sin justa causa

    o permiso del empleador, salvo

    en huelga, en los cuales se deba

    abandonar el lugar de trabajo.

    $isminuir intencionalmente el ritmo de ejecucin del

    trabajo, suspender labores, promover suspensiones

    intempestivas del trabajo, o excitar a su declaracin

    o mantenimiento si se participa o no en ellas.

    Conservar armas en el sitio

    de trabajo, a excepcin de

    las que con autori!acin

    llevan los vigilantes.

    Presentarse al trabajo en

    estado de embriague!, o

    bajo la influencias de

    narcticos o drogas.Coartar la libertad para

    trabajar o no, o para

    afiliarse o no a un

    sindicato o permanecer

    en #l o retirarse.

    )acer, colectas, rifas,

    suscripciones o propagandaen el trabajo.

    *sar los 'tiles o

    herramientas utili!adasy suministradas por el

    empleador en objetos

    distintos del trabajo

    contratado.

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    CONTRATO DE TRABAJOTERMINACIN O FINALIZACIN

    - #l contrato de trabajo termina7- Por muerte del trabajador- Por mutuo consentimiento- Por e0piracin del pla6o fijo pactado- Por terminacin de la obra o labor

    contratada- Por liquidacin o clausura definitiva de

    la empresa o establecimiento- Por suspensin de actividades por

    parte del empleador durante m9s de

    ;2< das- Por sentencia ejecutariada- Por no regresar el trabajador a su

    empleo al desaparecer las causas desuspensin del contrato

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    POR JUSTA CAUSAPOR PARTE DEL EMPLEADOR

    - #l que el trabajador revele lossecretos t"cnicos o comerciales o d"a conocer asuntos de car9cterreservado, con perjuicio de laempresa

    - #l deficiente rendimiento en eltrabajo

    - &a sistem9tica inejecucin, sinra6ones v9lidas, por parte deltrabajador, de las obligacioneslegales

    - Todo vicio del trabajador que perturbela disciplina del establecimiento

    -

    &a renuencia del trabajador a aceptarla medidas preventivas de seguridad- &a ineptitud del trabajador para

    reali6ar la labor encomendada- #l reconocimiento al trabajador de la

    pensin de jubilacin o invalide6-

    Cuando el trabajador se incapacitepor m9s de ;=< das

    - :aber sufrido enga4o por parte deltrabajador

    - Todo acto de violencia, injuria, malostratamientos o grave indisciplina en queincurra el trabajador en sus labores yfuera del servicio en contra delempleador

    - Todo da4o material causado

    intencionalmente a los edificios, obramaquinarias e instrumentosrelacionados con el trabajo

    - Todo acto moral o delictuoso que eltrabajador cometa en el lugar detrabajo

    - Cualquier violacin grave de lasobligaciones o pro5ibiciones queincumben al trabajador

    - &a detencin preventiva del trabajadorpor m9s de treinta das a menos queposteriormente sea absuelto

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    POR JUSTA CAUSAPOR PARTE DEL TRABAJADOR- :aber sufrido enga4o por parte del empleador, respecto de las condiciones

    de trabajo- Todo acto de violencia, malos tratamientos o amena6as graves inferidas por

    el empleador contra el trabajador o los miembros de la familia- Cualquier acto del empleador o de sus representantes que indu6can al

    trabajador a cometer un acto ilcito o contrario a sus convicciones- Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el

    contrato y ponga en peligro su seguridad o salud- Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la

    prestacin del servicio- #l incumplimiento sistem9tico sin ra6ones v9lidas por parte del empleador,

    de sus obligaciones convencionales o legales- &a e0igencia del empleador, sin ra6ones v9lidas, de la prestacin de un

    servicio distinto, o en lugares diversos de aquel para el cual se le contrat- Cualquier violacin grave de las obligaciones o pro5ibiciones que incumben

    al empleador

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    SIN JUSTA CAUSA

    - Se entiende que untrabajo termina sin justacausa, por incumplimiento

    de lo pactado, conindemni6acin deperjuicios a cargo de laparte responsable

    - #sta indemni6acincomprende el lucrocesante y el da4o

    emergente

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    SALARIO Y PRESTACIONESSOCIALES

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    SALARIO

    #l salario, es el pago querecibe en forma peridica untrabajador de mano de suempleador a cambio del

    trabajo para el que fuecontratado#s una contraprestacin en dinero y adicional enespecie avaluables en dinero, que recibe el

    trabajador del empleador por causa del contratode trabajo Siempre debe e0istir una remuneracinen dinero, la especie es adicional

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    SALARIO MNIMO1Art ;>? CST3

    #s la remuneracin mnima establecida por el gobiernonacional, previo acuerdo con las agremiaciones ysindicatos nacionales

    Salario *nimo 1ecreto >@;@ del 2 ic B 2

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    PAGOS CONSTITUTIVOS DE

    SALARIO Art. !27"o Constituye salario7

    o &a remuneracin ordinaria, fija o variable

    o Primas 1definidas como salario3o Sobresueldoso Gonificaciones 5abitualeso :oras e0traso +alor del trabajo en da de descanso obligatorioo Porcentaje sobre ventas y comisiones

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    PAGOS NO CONSTITUTIVOS DESALARIO Art. !2#"o Las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad

    recibe el trabajador del empleador como:o Primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionaleso

    Participacin de utilidadeso #0cedentes de las empresas de economa solidaria

    o Lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio,ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempear acabalidad sus funciones como:o $astos de representacino *edios de transporteo #lementos de trabajo

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    JORNADA LABORAL

    &a jornada de trabajo es el tiempo convenido porlas partes para que el trabajador desempe4e sutrabajo y, a falta de esta, es la m90ima legal7

    = :%'AS -A'-AS H >= :%'AS S#*A/A

    $%&' ()* +,( -)r,( /tr,(0

    ART!"L# $%&' TRA(A)# S"*L++-TAR#' Trabajosuplementario o de .oras e/tras es el que e/cede de la

    jornada ordinaria, y en todo caso el que e/cede de lam0/ima le1al'2

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    JORNADA LABORAL FLE1IBLE

    Ley 789 de 2002. Artculo 51. Jornd L!orl"le#$!le' odif3quese el inciso primero del literal c4art3culo $5$del !di1o Sustantivo del Trabajo6

    d4 +l empleador y el trabajador podr0n acordar quela jornada semanal de cuarenta y oc.o 7894 .oras serealice mediante jornadas diarias fle/ibles detrabajo, distribuidas en m0/imo seis d3as a la

    semana con un d3a de descanso obli1atorio,que%odr&coincidir con el domin1o6'2

    http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_sustantivo_trabajo_pr005.html#161http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_sustantivo_trabajo_pr005.html#161
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    'ORAS ()*RAS #s la remuneracin por la labor desempe4ada en la jornadaadicional a la estipulada en el contrato de trabajo Jornada &aboral )le0ible Art ?; &ey D=@

    Procedimiento7 Sueldo B /o :oras trabajadas en elmes 12>

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    'or+ (#tr+

    Por e0presa solicitud del empleador,no a motu proprio 1propia iniciativa3del trabajador

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    (,erc$c$o 'or+ (#tr+

    Pedro P"re6 se desempe4a en el 9rea de produccin de unaimportante empresa te0tilera, tiene un ingreso de @

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    A-)ILIO ( *RANS/OR*(Se les paga a todos los que devenguen 5asta 2 S*&*+, S- /#C#S-TA

    *#-% *ec9nico para llegar al trabajo /o tienes derec5o si vive en laempresa, si vive cerca del lugar de trabajo, si la empresa suministra eltransporte

    Salario variable, 5oras e0tras, mas comisiones Si en un mes gana masde 2 smmlv por que gana 5oras e0tras mas comisiones no tiene derec5o

    al au0ilio de transporte Trabajadores de medio tiempo tienen derec5o al au0ilio completo Si trabaja por das se le paga proporcional Para la determinacin de si se

    tiene derec5o o no al au0ilio de transporte no se tienen en cuenta losdescuentos, es sobre lo devengado

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    A-)ILIO ( *RANS/OR*( Se paga au0ilio de transporte al trabajador que tenga ingresos iguales o

    inferiores a 2 S*&+ 1 ;;FF>

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    AS*OS ( IAJ( Son pagos 5ec5os al trabajador para el cubrimiento de

    viajes con el fin de desempe4ar la labor para la que fuecontratado

    #0isten dos tipos de gastos de viaje7 Salariales7 1Art ;F< CST3 Son los pagos 5ec5os al

    empleado destinados a lo,$ento y l$entc$3n.

    /o salariales7 Son todos los otros pagos 5ec5os al trabajadordiferentes a los anteriores

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    COMISIONES4 BONIFICACIONESOCASIONALESo !#S#-+S A(T"AL+S7 1Art ;2D CST3 #s la

    remuneracin que reciben los empleados del 9rea deventas o comercial por efectos de su labor

    o 'egularmente se calculan de acuerdo a tablas decumplimiento de ventas o por porcentaje sobre lasmismas

    o (#-;!A!#-+S #!AS#-AL+S7 Son ingresos querecibe un trabajador como premio adicional por su labor/o forman parte del salario promedio debido a su mismacondicin de ocasionales

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    VACACIONES

    Art. !#6 C.S.T."o &os trabajadores que 5ubieren prestado sus servicios

    durante ; a4o tienen derec5o a quince 1;?3 das59biles consecutivos de vacaciones remuneradas

    o Se pagan 8nicamente sobre el salario b9sico deltrabajador 1a menos que la empresa disponga locontrario3

    o #n el caso de trabajadores con salario variable 1Art;@2 CST3 como en el 9rea de +entas o Comercial,se paga vacaciones en tiempo sobre el salariopromedio de los 8ltimos doce meses

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    LI%UIDACIN VACACIONES Art.!52 C.S.T."

    o as7 /o de das de vacaciones en tiempo adisfrutar

    o Gase7Salario Promedio mensual

    o Procedimiento7 Gase B F< I as

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    A4A4ION(S (N IN(RO1Art ;=@ CST3 #s el pago que recibe el trabajador a cambio de no

    disfrutar sus vacaciones en tiempo

    #n dic5o caso el trabajador continua recibiendo su salario

    normalmente y adicional a este se le cancelar9n susvacaciones en dinero

    as7 /o de das autori6ados a pagar por vacaciones en dinero

    Gase7 Se liquida un salario promedio de los ingresos del trabajadorde los 8ltimos doce meses desde la fec5a de pago 5acia atr9s

    Procedimiento7 Gase B F< I as

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    (,erc$c$o de cc$one+ en

    $nero #n el mes de febrero se le aprobaron ;? das de vacaciones en dinero a PedroPere6 Cuanto se le debera pagar

    Procedimiento:

    Base / 30 * Das

    $761.457 / 30 * 15=

    El alor a !a"ar es de

    $3#0.7#

    DEVENGADOS

    MES SUELDO HORAS E1TRAS

    ENERO 2!2 D?

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    DOTACION Art. 2:"

    o Se debe suministrar cada > meses enforma gratuita un par de 6apatos y unvestido de labor, al trabajador cuya

    remuneracin mensual sea 5asta dosveces el salario mnimo legal vigente

    o #ste derec5o se adquiere cuando se 5aya

    cumplido tres meses de servicio alempleador

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    /R(S*A4ION(S L(AL(S1Art ;@F CST3Son devengados que cubren los riesgos o

    necesidades del trabajador que se originandurante la relacin o con motivo de la

    misma7Cesantas

    -ntereses de Cesantas

    Prima de Servicios

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    A-)ILIO ( 4(SAN*AS1&ey ?@ CST3

    C9lculo7 as7 /o de das laborados en el periodo 1a4o3

    Gase7 Salario b9sico M Promedio de otros conceptos 1A4o3 Procedimiento7 Gase B F< I as

    /ota7 Si el empleado tuvo un incremento de sueldo en los

    8ltimos @< das debe 5acer promedio de salario b9sico

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    (,erc$c$o Au#$l$o de 4e+nt$+

    Con los siguientes datos liquide el valor de las cesantas de untrabajador que labor entre #nero ; y Agosto F< de 2

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    (,erc$c$o Au#$l$o de 4e+nt$+

    C9lculo7 as7 /o de das laborados en el periodo 12>< das3

    Gase7 Salario b9sico M Promedio de otros conceptosque sean salario 1;2??;=;

    DEVENGADOS

    MES S&+3) H)r,( E/tr,( A&/. tr,*(;)rtENERO

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    IN*(R(S(S ( 4(SAN*AS

    1Art @@ &ey ?

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    (,erc$c$o de Intere+e+ de4e+nt+. Sobre los datos del ejercicio anterior, calcule elvalor de los intereses de cesantas

    as7 as desde el ;o de enero o fec5a de 8ltimo

    retiro 5asta la fec5a de liquidacin 1enero ; aagosto F< K 2>?;=;oo3

    Procedimiento7 Gase I as I < I @>>=

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    /RIMA ( S(RI4IOS1Art F

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    (,erc$c$o de /r$ de

    Ser$c$o+ Sobre el ejercicio anterior calcular el valor de la primade servicios para el segundo semestre7

    DEVENGADOS

    MES SUELDO HORAS E1TRAS AU1 TRANSPORTE

    #/#'%

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    (,erc$c$o de /r$ de

    Ser$c$o+ Procedimiento7 Total de ingresos que son salario en el

    semestre B ;2

    ;>>2F I < B F< K 2>;,F

    DEVENGADOS

    MES S&+3) H)r,( E/tr,(A&/. tr,*(;)rt

    JULIO ?

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    /R(S*A4ION(S()*RAL(AL(S1Art ;2D CST3Son de car9cter

    salarial a menosque e0ista un=&t&) ,>&r3)

    de partes en elque diga locontrario

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    SALARIO IN*(RAL

    1Art ;F2 CST3 Se liquida salario integral al trabajador que se le pague su remuneracin incluyendo el

    factor prestacional a que tiene derec5o, sin que dic5o valor (, ?*@r?)ra ;< S*&+ m9sun F

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    IN(MNI6A4IN1Art > CST3 #s el pago que se 5ace al empleado por despido sin justa

    causa as para indemni6acin no pueden ser inferiores a !8

    das

    L, ,( ( +, =?(=, 3 ,>,>?)*( * 3?*r). < das despu"s del despido debe enviar soportes de pa6 y

    salvo de seguridad Social y aportes parafiscales

    I*3=*?,>?* ;)r @,+t, 3 ;,)7 Si a la terminacin delcontrato el empleador no paga salarios y prestacionesdebidas, debe pagar al trabajador un da de salario por cadada de retardo

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    IN(MNI6A4IN1Art > CST3 E* +)( >)*tr,t)( , T'r=?*) @?)K &a indemni6acin

    corresponde al pago de los salarios del tiempo que faltarepara terminar el contrato, sin que la indemni6acin seainferior a ;? das de salario

    #jemplo7 Contrato )ijo a = meses, se le terminainjustamente a los meses, se paga el tiempo faltante paraterminar7 2 meses de salario

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    IN(MNI6A4IN1Art > CST3 E* +)( >)*tr,t)( ?*3@?*?3)(K&a indemni6acin corresponde seg8n el

    valor del salario a3 Para trabajadores que devenguen un salario inferior a ;< smmlv7

    ; F< das de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio nomayor de ; a4o

    2 Si el trabajador tuviere m9s de ; a4o de servicio continuo, se le pagar9n2< das adicionales de salario por cada uno de los a4os de serviciosubsiguientes al primero y proporcionalmente por fraccin

    #jemplo7 Si trabajo 2 a4os e0actos, la indemni6acin ser9 ?< das desalario

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    IN(MNI6A4IN1Art > CST3 E* +)( >)*tr,t)( ?*3@?*?3)(K&a indemni6acin corresponde seg8n el

    valor del salario b3 Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a ;@3

    o Son permitidos los descuentos y retenciones porconceptos de cuotas sindicales y de cooperativasy cajas de a5orros, autori6adas de forma legal1Art ;?

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    LIBRANZASo

    Son descuentos con aprobacin por parte delempleado para aplicarlos

    o Por ley solo se puede aprobar un descuento para

    cooperativas o la caja de compensacin a la cualest9 afiliado el empleado

    o/o e0iste ning8n tipo de responsabilidad por partede la empresa en caso de retiro del trabajador,sino 5asta el monto de su liquidacin

    EMBARGOS

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    EMBARGOSo 'egularmente se incluyen embargos de 2 tipos

    diferentes en su orden de prioridad7o #mbargo de Alimentoso #mbargo de Cooperativa L #mbargo Civil o #jecutivo

    o 'esponsabilidad del descuento por parte de la empresa,sin que el descuento e0ceda del ?3o 'espuesta inmediata

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    EMBARGO CIVIL O EJECUTIVOo #0isten 2 tipos de descuento7

    o escuento equivalente a la quinta parte que e0ceda delsalario mnimo 1Art;??3

    o escuento por +alor )ijoo Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones

    sociales

    o Gase7 ependiendo del embargo todo lo que sea

    salario o 8nicamente el salario b9sicoo Procedimiento7 1 Gase L ; S*&+ 3 B ?

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    EMBARGO CIVIL O EJECUTIVOeud+ enerle+ +on tod+ l+ d$;erente+ l$ento+ y coo%ert$+.

    L 1 denddo %or no %r un letrde c!$o.(l ,ue? %uede ordenr e!rr $o l 1

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    EMBARGO DE COOPERATIVAo +alor informado por #mbargo de Cooperativao Tipo de descuento7 Por valor fijo o porcentajeo Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones

    sociales

    o Gase7 ependiendo del embargo todo lo que seasalario o 8nicamente el salario b9sico

    o Procedimiento7 Gase Porcentaje informado

    EMBARGO DE ALIMENTOS

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    EMBARGO DE ALIMENTOSo 'egularmente informan un valor o porcentaje del

    salario a descontar

    o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones

    sociales

    o Gase7 ependiendo del embargo todo lo que seasalario o 8nicamente el salario b9sico

    o Procedimiento7 Gase Porcentaje informado

    EMBARGO DE ALIMENTOS Y

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    EMBARGO DE ALIMENTOS YCOOPERATIVAS

    Aquellos que se generan por

    incumplimiento de la obligacin legal con

    quien se deba alimentos, como es con los

    hijos menores, cnyuge o compaeropermanente, y con los padres en algunos

    casos (inasistencia alimentaria)

    Tambin cuando se incumplen con

    obligaciones adquiridas con cooperativascomo puede ser por prstamos o aportes

    de sostenimiento.

    n estos casos el monto a embargar del

    EMBARGO DE ALIMENTOS Y

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    EMBARGO DE ALIMENTOS YCOOPERATIVAS

    *edro con salario de < =>>'>>> el jue? ordena elembar1o del salario por la inasistencia alimentaria consu .ijo .asta el %>@ de todo incluido SL'Salario < =>>'>>> 70/imo embar1able %>@ B )ue?4

    +l monto m0/imo a embar1ar a pedro en su salariomensual es de < C%>'>>>'onto embar1able afecta el SL 7 B E>$ESe pueden embar1ar las prestaciones socialesFGeudas 1enerales: -oGeuda alimentos: Si .asta un %>@

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    EMBARGOS CONCURRENTES

    4undo llen r$o+ e!ro+ +e%l$c el ;or$+o@/r$ero en el t$e%o> %r$ero en el

    derecHo.S$ llen do+ e!ro+ del $+orno@/r$ero +e %l$c el :ue lleo %r$ero ylueo el +eundo o tercero +en elc+o.

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    EMBARGOS CONCURRENTES

    Su%3n+e :ue el $+o +eor nter$or lelle un nueo e!ro %or deud enerle:u$lente 1

  • 7/23/2019 aspectoslaboralesdenomina-120830110747-phpapp02

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    EMBARGOS CONCURRENTESSeundo e!ro@Slr$o = 1.71G.F00

    SMML = 5BB.700 CSMML 2012DE = 1.1FB.700 CSlr$o eno+ SMMLD

    = 1.1FB.700

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    EMBARGOS CONCURRENTESL %er+on re+%on+!le en l e%re+ :ue de!

    retener lo+ lore+ y con+$nrlo+ +e Hr&re+%on+!le de d$cH+ +u+ de&+ de un+nc$3n de 2 5 SMML.

    AHor +u%3n+e :ue l $+o +eor del e!ro

    $n$c$l le lleo otro e!ro %ero de l$ento+ %or el50 de +u +lr$o.(+te e!ro de+%l? l de deud enerl y +e

    %roceder& +.(!ro de l$ento+@Slr$o 2.000.000(!ro 50 E 1.000.000 Monto e!ro del$ento+

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    EMBARGOS CONCURRENTES(!ro de dud enerl@

    Slr$o = 1.000.000 SMML = 5BB.700 CSMML 2012DE = FGG.G00 CSlr$o eno+ SMMLD

    = FGG.G00

  • 7/23/2019 aspectoslaboralesdenomina-120830110747-phpapp02

    84/84

    MUCHAS GRACIAS POR SU

    ATENCION!