AVISO IMPORTANTE - contadores.crcontadores.cr/comunicacion/2015/Noviembre/10DIGESTO OCT-2015.pdf ·...
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0 10 OCTUBRE 2015 Informativos publicados
AVISO IMPORTANTE
A partir del 04 de octubre de 2015, se puso a disposición de los obligados
tributarios el sitio Administración Tributaria Virtual en sus siglas ATV,
mediante el cual se deberán de confeccionar de manera digital las
declaraciones de los impuestos y modelos de formulario:
Sobre la Renta, D-101
General sobre las Ventas, D-104
Régimen de Tributación Simplificada, D-105
Retenciones en la Fuente, D-103
Solidario, D-179
Para poder llevar a cabo dicho trámite, en obligado tributario debe
registrarse en el portal ATV y, una vez generada la contraseña, el sistema le
suministrará lo que se ha denominado una Tarjeta Inteligente Virtual en sus
siglas TIV, la cual será necesaria para ingresar al portal para la presentación
de las declaraciones tributarias enumeradas.
Es importante mencionar que la Administración Tributaria ha estado por
diferentes medios, divulgando los alcances de la herramienta informática y el
uso correcto del sitio ATV.
En otro de ideas, por medio de la Resolución N° DGT-R-33-2015 de las
las ocho horas del veintidós de setiembre de dos mil quince, de la Dirección
General de Tributación, se promulgaron las condiciones generales para el uso
de la página web Administración Tributaria Virtual, ATV , a la cual se
puede acceder con darle clic a la siguiente dirección electrónica:
http://196.40.56.20/SCIJ_MHDA/docjur/mhda_docjur.aspx?nBaseDato=1
&nDocJur=17362
En el siguiente link, con solo un clic, usted podrá tener acceso directo al
sitio ATV:
http://www.hacienda.go.cr/contenido/12992-ayuda-audiovisual
DOCUMENTOS PUBLICADOS EN LA RED EN EL
MÓDULO DEL DIGESTO TRIBUTARIO
La Dirección Normativa, por medio de la Subdirección del Digesto
Tributario, informa que durante el mes de octubre del 2015, se procedió a
colocar en el Módulo del Digesto Tributario, los documentos que aquí se
detallan. Estos documentos sólo se podrán consultar en forma integral,
incluyendo las partes, en la INTRANET. Sin embargo, se les recuerda que
cada uno de los documentos publicados, están vinculados directamente con la
dirección electrónica de internet, de manera que no solo el usuario interno
pueda acceder al Boletín Informativo, sino que por el contrario, el mismo
pueda ser divulgado al usuario externo también, en aras de promover el
derecho a la información y el principio de publicidad que consagra el Código
de Normas y Procedimientos Tributarios en su artículo 173, en concordancia
con el 101 y el 73 del Reglamento de Procedimiento Tributario, sin que ello
contravenga el principio de confidencialidad del numeral 117 del Código de
previa cita.
Este es un servicio más de la Subdirección del Digesto Tributario de la
Dirección Normativa, tendiente a dar a conocer el trabajo que diariamente se
realiza en esta Subdirección y a la vez mantenerlos actualizados, sobre los
documentos que se generan en la Dirección General de Tributación y sus
dependencias, el Tribunal Fiscal Administrativo y algunos documentos
emanados de la Dirección General de Hacienda, como es el caso de las
resoluciones publicadas en el Diario Oficial La Gaceta.
Se invita a los usuarios del Módulo del Digesto Tributario, a revisar las
diferentes secciones Web que conforman el sistema, debido a que con
regularidad se incluyen documentos de interés tributario, estas secciones son:
Criterio institucional, Documentos recomendados y Normativa y
jurisprudencia tributaria recomendada.
En los casos en que los fallos del Tribunal Fiscal Administrativo hayan
sido revocados, revocados parcialmente, anulados o anulados parcialmente, se
hará la indicación respectiva en el documento, para que los usuarios puedan
revisar la información de su interés. Igual procedimiento se hará con los
oficios, resoluciones, criterios institucionales y directrices emitidas por la
Dirección General de Tributación y sus dependencias o las resoluciones de la
Dirección General de Hacienda, a los cuales se les hará la indicación
pertinente de “No vigente” y, en el apartado de “Observaciones” se anotará la
referencia del documento por medio del cual perdió vigencia el anterior.
Con respecto a las mejoras continuas que se están realizando a esta
herramienta de consulta, se están incluyendo en el apartado “Extracto” de
cada documento, un número mayor de posibles palabras clave que las
anotadas en el ítem de “Descriptores y Restrictores”, con el fin de agilizar el
procedimiento de búsqueda de temas o términos sobre algún asunto en
específico de necesidad del usuario.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
OFICIOS DGT 2011
Cantidad de documentos publicados en la Red
Número y fecha del
documento publicado en
la Red
Descriptores y Restrictores (temas) de búsqueda
asignados
Descripción del documento publicado
1
148
11/03/2011
Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Sanción administrativa, Infracción administrativa. Discrecionalidad administrativa. Principio de discrecionalidad tributaria.
En algunos casos, la Administración tendrá que valorar las consecuencias que puedan recaer sobre los terceros y tratar de atenuar los efectos negativos que el cierre del negocio puede ocasionarles. Ver texto .
OFICIOS DGT 2014
2
1140
Cierre de negocios como Terceros hospedados, no comparten
14/11/2014 sanción administrativa tributaria: Sanción administrativa. Posesión de buena fe. Principio de protección al tercero de buena fe. Responsabilidad en materia tributaria: Sujeto pasivo.
la responsabilidad del infractor tributario por cierre de negocio, por ser terceros de buena fe y la AT no debe desconocer su derecho a estar en el hotel durante el tiempo de su reservación, a tener privacidad y disfrutar su estadía. Ver texto .
OFICIOS DGT 2015
3
957
28/08/2015
Convenio, acuerdo y tratado internacional. Doble tributación internacional. Honorarios profesionales. Impuesto sobre remesas al exterior: Doble imposición, Asesoramiento técnico o financiero.
Procedimiento amistoso previsto en
el artículo 25 del “Convenio entre el
Reino de España y la República de
Costa Rica, para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal
en materia de impuestos sobre la
renta y sobre el patrimonio” y su
respectivo Protocolo. Ver texto .
4
1067
21/09/2015
Impuesto extraordinario sobre rentas por trabajo personal dependiente y por concepto de jubilación o pensión con cargo al presupuesto nacional. Trabajador del servicio exterior.
Los salarios del Servicio Exterior de la
República, para efectos de la
deducción del impuesto al salario, se
debe realizar la equiparación entre
los Servicios Interno y Externo y,
posteriormente, aplicar la tarifa
según lo dispuesto en el numeral 33
de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Ver texto .
5
1070
21/09/2015
Deberes formales y materiales del contribuyente: Declaración informativa, Registros contables. Impuesto sobre la renta: Libros legales y normas de contabilidad, Presentación formulario D-151, Principio de Legalidad, Costos y gastos, Compras locales. Renta bruta: Comisiones. Renta neta.
En la renta bruta se deben consignar
todos los montos facturados a
clientes, sin excepción alguna. En la
declaración D-151, se debe incluir los
pagos por servicios a los proveedores
subcontratados, aunque haya sido a
nombre y por cuenta de un tercero,
así como el monto de la comisión.
Ver texto .
6
1096
28/09/2015
Donación. Fundación. Impuesto general sobre las ventas: Mercancía exenta,
La FUNDACIÓN al recibir una
contraprestación dineraria por parte
Deberes formales, Exención, Actividad lucrativa, Emisión de facturas, Mercancía gravada, Cadena de comercialización, Tarjetahabientes crédito o débito.
de un consumidor final y trasmitir el
dominio de un bien gravado
(luminarias o productos PSH LED),
debe proceder a cobrar el impuesto
de ventas, así como aplicarse el
crédito fiscal. Ver texto .
7
1103
30/09/2015
Alquiler: Ingresos afectos. Impuesto sobre la renta: Servicios profesionales, Facturas. Principio de territorialidad tributaria: Renta fuente costarricense. Rechazo ad portas en sede administrativa.
La clínica cuando alquila la silla
odontológica al profesional liberal,
éste es el obligado ante la AT por los
ingresos que perciba de sus clientes y
la clínica por el alquiler de la misma
(espacio-silla). Ver texto .
8
1106
01/10/2015
Agente de retención: Pagos a cuenta. Crédito fiscal. Honorarios de abogado. Honorarios de notario. Honorarios profesionales. Impuesto sobre la renta. Retención en la fuente: Servicios profesionales.
La retención del dos por ciento (2%)
establecida en el inciso g) del artículo
23 de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, en el caso consultado, procede
únicamente sobre el rubro de
honorarios y no sobre los gastos. El
monto retenido por dicho concepto
constituye un crédito de impuesto.
Ver texto .
9
1115
05/10/2015
Depósito Libre Comercial de Golfito. Derogatoria de leyes. Exención de tributos. Hecho generador de la obligación tributaria. Impuesto general sobre las ventas. Impuesto selectivo de consumo. Interpretación de leyes. Ley de creación de cargas tributarias sobre licores, cervezas y cigarrillos. Principio de reserva de ley en materia tributaria. Sujeto pasivo de la obligación tributaria.
La carga tributaria que se estableció
para los cigarrillos en la Ley 7972, era
de un 30%, la cual no se debe de
aplicar, por cuanto la Ley 9028,
realizó una derogación tácita de este
tributo; por lo que la consultante
deberá aplicar lo que indica la Ley
9028 arts. 22, 23, 24 y 31. Ver texto .
10
1158
14/10/2015
Error material. Fundación. Impuesto general sobre las ventas. Impuesto selectivo de consumo.
Corrección al oficio No. DGT-1096-
2015 de fecha 28 de setiembre de
2015, en virtud de que tiene un error
conceptual. Ver texto .
RESOLUCIONES DGT-R-2015
11
26 18/08/2015
Requerimiento de información al contribuyente: Estados financieros.
La Dirección General considera
necesario modificar la resolución
DGT-R-46-2014 y establecer que la
obligación de presentar los estados
financieros auditados, sea solamente
a través de un requerimiento previo
por parte de la Administración
Tributaria. Ver texto .
12
32
21/09/2015
Deberes formales y materiales del contribuyente: Vehículos. Escritura pública. Exoneración de impuestos a vehículos automotores. Exoneración de tributos. Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves: Vehículos, Recargos mora. Impuesto sobre la transferencia de vehículos. Impuesto sobre la transferencia de vehículos automotores usados. Multa tributaria: Sanción administrativa, Presentación tardía de declaración tributaria. Registro Nacional.
Elimina el cobro por concepto de
multa de los impuestos de traspaso
de Vehículos. Ver texto .
13
33
22/09/2015
Declaración jurada tributaria: Sanción administrativa, Autoliquidación tributaria, Internet, Incumplimiento presentación declaración, Declaración electrónica, Presentación tardía de declaración tributaria, Recargos por omisión presentación declaración, Declaración jurada del Impuesto general sobre las Ventas, Liquidación por el sistema tradicional D 104,
Condiciones generales para el uso de
la página web “Administración
Tributaria Virtual (ATV)”, para el
cumplimiento de los deberes
formales que recaen sobre los
obligados tributarios. Ver texto .
Declaración retenciones en la fuente D 103, Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta D-101. Instrucción del procedimiento administrativo.
14
42
05/10/2015
Deberes formales y
materiales del
contribuyente: Declaración
informativa.
Modelos electrónicos de
declaraciones informativas para el
suministro general de información
previsiblemente pertinente, derivada
de las relaciones económicas,
financieras o profesionales que se
realicen con obligados tributarios.
Ver texto .
DIRECTRIZ DGT-D- 2015
15
10
30/09/2015
Evacuación de prueba.
Plazo legal. Plazos en el
procedimiento
administrativo.
Modificación y aclaración de la
directriz DGT-D-12-2014 denominada
notificación de la propuesta motivada
en el procedimiento sancionador y
plazo para presentar alegatos y
pruebas. Ver texto .
CRITERIO INSTITUCIONAL DGT-CI- 2012
16 5
21/02/2012
Gastos deducibles del impuesto sobre la renta: Gastos en el exterior. Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Impuesto sobre la renta: Actividad lucrativa.
Adición y aclaración al criterio
institucional sobre la deducibilidad de
impuestos ocasionados y pagados en
el exterior, DGT-CI-004-2012 del 13
de febrero de 2012. Ver texto .
TRIBUNAL FISCAL ADMINISTRATIVO
FALLOS TFA- 2014
17
15
20/03/2014
Infracción administrativa tributaria. Nulidad absoluta,
Por haberse anulado el proceso de la determinación que da origen al
evidente y manifiesta del acto administrativo. Régimen sancionatorio tributario.
procedimiento sancionador, lo que procede es anular éste también. Ver texto .
18
462
21/08/2014
Carga de la prueba: gastos. Error de derecho. Error de hecho como causa de inculpabilidad. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud. Sanción administrativa tributaria: Principio del Debido Proceso, Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud.
Se sanciona al contribuyente en virtud
de que no demostró que el gasto que
se deduce tenga relación con la renta
gravable. Ver texto .
19
469
21/08/2014
Carga de la prueba: Documentos fehacientes, Registros contables. Determinación de la obligación tributaria: Deberes formales, Comprobantes de compras, Base presunta, Base cierta, Descuento, Revisión libros de contabilidad, Información de terceros, Omisión ingresos, Faltante de facturas, Omisión de ventas gravadas. Impuesto sobre la renta: costo ventas mercadería.
Ajuste en ingresos por ventas gravadas por omisión de compras. Ver texto .
20
470
21/08/2014
Debido proceso en materia tributaria. Derechos Fundamentales. Determinación de la obligación tributaria: Nulidad, Indefensión. Fiscalización tributaria. Formalidades del procedimiento administrativo. Garantías procesales. Motivación del acto administrativo. Nulidad del procedimiento
Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .
administrativo. Principio del debido proceso. Principios del procedimiento administrativo. Procedimiento administrativo tributario: Pruebas. Procedimiento determinativo de los tributos: Requisitos formales de resolución, Acto de Liquidación de Oficio ALO. Vicios del procedimiento administrativo.
21
477
22/08/2014
Deberes formales y materiales del contribuyente. Infracción administrativa tributaria: Deberes formales, No emisión o entrega de facturas. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario. Sanción administrativa tributaria: Comprobantes autorizados.
Sanción administrativa en contra del contribuyente, porque no emitió ni entregó comprobante (factura) autorizado por la Administración Tributaria. Ver texto .
22
510
29/08/2014
Procedimiento administrativo sancionatorio tributario. Sanción administrativa tributaria: Incumplimiento suministro de información, Sanción.
Sanción de dos salarios base, por el incumplimiento en la presentación de comprobantes, libros contables y otros documentos, requeridos por la a quo en razón del inicio de una actuación fiscalizadora. Ver texto .
23
514
02/09/2014
Determinación de la obligación tributaria. Liquidación tributaria. Motivación del acto administrativo. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.
La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente. Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente. Ver texto .
24
515
02/09/2014
Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario:
Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio No.1-11-048-13-008-042-03 y sus actuaciones posteriores, mediante resolución TFA.No.514-2014 de 02/09/2014, que dan origen al proceso sancionador en
Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución.
autos, lo procedente es dejar sin efecto la sanción. Ver texto .
25
516
02/09/2014
Determinación de la obligación tributaria: Requisitos formales de resolución. Motivación del acto administrativo. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio de legalidad tributaria. Principio del debido proceso.
Es obligatorio para la Administración Tributaria referirse a las pruebas y defensas alegadas por los contribuyentes, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio (ALO). Se anula determinación tributaria debido a inobservancia del debido proceso. Falta de motivación. Ver texto .
26
517
02/09/2014
Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución. Sanción administrativa tributaria.
Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio que dio origen a la sanción en autos, se deja sin efecto el presente proceso sancionador. Ver texto .
27
563
16/09/2014
Impuesto sobre la renta: Pagos parciales. Principio de valoración razonable de la prueba
Se concede a la contribuyente petición de eximirla de la segunda y tercera cuota correspondiente a los pagos parciales del Impuesto sobre la Renta del período fiscal 2014 (eliminación de pagos parciales). Ver texto .
28
711
04/11/2014
Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Requisitos formales de resolución. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.
Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .
FALLOS TFA- 2015
29 3
09/03/2015
Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento
Los actos previos al dictado de la resolución determinativa, son actos iniciales y preparatorios dentro de una serie de actos administrativos
administrativo tributario. Rechazo ad portas. Traslado de cargos y observaciones tributarias: Actos preparatorios
subsecuentes y concatenados que conforman el procedimiento administrativo tendente a la determinación de las obligaciones tributarias del contribuyente. Ver texto .
30
20
23/03/2015
Derogación expresa. Donación. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta: Donaciones. Junta de Educación.
No procede rechazar solicitud de la interesada para ser sujeta de donaciones, en virtud de que la Administración Tributaria fundamentó la improcedencia de la solicitud amparándose en un decreto ejecutivo que a la fecha de la solicitud se encontraba derogado. Ver texto .
31
24
24/03/2015
Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Determinación de oficio. Liquidación tributaria: Acto de Liquidación de Oficio ALO. Motivación del acto administrativo. Principio del debido proceso.
Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .
32
27
25/03/2015
Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución.
En razón de que el proceso determinativo que dio origen al presente proceso sancionatorio, fue anulado mediante la resolución Nº TFA No.711-2014 de fecha 04/11/2014, lo procedente es anular la sanción. Ver texto .
33
33
25/03/2015
Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Principio del Debido Proceso, Nulidad, Indefensión, Determinación
Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia. Ver texto .
de oficio. Impuesto sobre la renta. Motivación del acto administrativo.
34
65
15/04/2015
Bien jurídico tutelado. Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Plazo para pago, Incumplimiento deberes materiales. Impuesto general sobre las ventas.
Cierre de Negocios. Incumplimiento del plazo otorgado mediante requerimiento de pago, de conformidad con el artículo 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Ver texto .
35
71
16/04/2015
Devolución de impuestos. Excepción de falta de legitimación. Exoneración de impuestos. Impuesto general sobre las ventas: Energía Eléctrica. Rechazo ad portas.
Se rechaza ad portas la petición de devolución de impuestos por falta de legitimación ad causam activa. Ver texto .
36
79
22/04/2015
Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Determinación de oficio. Motivación del acto administrativo. Principio de legalidad tributaria. Principio del debido proceso. Procedimiento determinativo de los tributos.
Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .
37
90
04/05/2015
Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Infracción administrativa, Emisión de facturas, No emisión o entrega de facturas, reincidente.
Cierre de negocio por reincidencia en la no emisión de factura o comprobante autorizado al momento de realizar la venta o prestación del servicio. Ver texto .
38
100
07/05/2015
Excusa absolutoria. Sanción administrativa tributaria: Omisión presentación de las declaraciones tributarias, Incumplimiento Deberes Formales.
Sanción por no presentar las declaraciones de ventas de varios meses, pese a que la Administración Tributaria se las requirió debidamente. Ver texto .
39
115
15/05/2015
Determinación de la obligación tributaria: Determinación de oficio. Motivación del acto administrativo. Nulidad
La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente, tal y como lo establece una serie de formalismos, dado la exigencia de motivación en
absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.
aquellos actos administrativos que imponen obligaciones, como lo es en el caso presente. Ver texto .
40
116
15/05/2015
Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Requisitos formales de resolución.
Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio, N°1-03-066-13-001-42-3, dictado por la Administración Tributaria de Cartago, que da origen al procedimiento sancionador, lo procedente es anular la sanción. Ver texto .
41
122
20/05/2015
Excepción de prescripción. Sanción administrativa tributaria: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud
No procede la excepción de prescripción. El procedimiento sancionador es independiente del determinativo, por lo que el cómputo de los plazos para aplicar la sanción está correcto. Ver texto .
42
136
01/06/2015
Debido proceso en materia tributaria. Evacuación de prueba. Principio de seguridad jurídica. Rechazo ad portas. Recurso de revisión. Sana crítica.
Se rechaza ad portas la solicitud de revisión, por improcedente. Ver texto .
43
147
04/06/2015
Base imponible. Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.
No procede devolución ni acreditación de impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones, ya que se demuestra que se le está fijando una base imponible más baja de lo que realmente vale el vehículo del caso en estudio. Ver texto .
44
285
07/08/2015
Error material. Corrección del error material contenido en la resolución TFA-102-2015. Ver texto .
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
RESOLUCIONES RES-DGH- 2015
45
49 07/10/2015
Impuesto específico por unidad de consumo de bebidas alcohólicas: ajustes.
Actualización del impuesto específico sobre las bebidas con contenido alcohólico. Ver texto .
SECCIÓN RECOMENDACIÓN DE LECTURAS
Para el presente mes, la Subdirección del Digesto Tributario se complace en recomendar
para su lectura y análisis en particular, los siguientes documentos, los cuales han sido
debidamente incluidos en el presente Boletín, a los cuales además, se les ha añadido el
hipervínculo (Ver texto.) en la INTERNET para su ubicación directa:
1. Documento N° 1, Oficio DGT-148-2011 del 11 de marzo de 2011. En algunos casos, la Administración tendrá que valorar las consecuencias que puedan recaer sobre los terceros y tratar de atenuar los efectos negativos que el cierre del negocio puede ocasionarles. Ver texto .
2. Documento N° 2, Oficio DGT-1140-2014 del 14 de noviembre de 2014. Terceros hospedados, no comparten la responsabilidad del infractor tributario por cierre de negocio, por ser terceros de buena fe y la AT no debe desconocer su derecho a estar en el hotel durante el tiempo de su reservación, a tener privacidad y disfrutar su estadía. Ver texto .
3. Documento N° 5, Oficio DGT-1070-2015 del 21 de setiembre de 2015. En la renta bruta se deben consignar todos los montos facturados a clientes, sin excepción alguna. En la declaración D-151, se debe incluir los pagos por servicios a los proveedores subcontratados, aunque haya sido a nombre y por cuenta de un tercero, así como el monto de la comisión. Ver texto .
4. Documento N° 7, Oficio DGT-1103-2015 del 30 de setiembre de 2015. La clínica cuando alquila la silla odontológica al profesional liberal, éste es el obligado ante la AT por los ingresos que perciba de sus clientes y la clínica por el alquiler de la misma (espacio-silla). Ver texto .
5. Documento N° 11, Resolución N° DGT-R-026-2015 del 18 de agosto de 2015. La Dirección General considera necesario modificar la resolución DGT-R-46-2014 y establecer que la obligación de presentar los estados financieros auditados, sea solamente a través de un requerimiento previo por parte de la Administración Tributaria. Ver texto .
6. Documento N° 13, Resolución N° DGT-R-033-2015 del 22 de setiembre de 2015. Condiciones generales para el uso de la página web “Administración Tributaria Virtual (ATV)”, para el cumplimiento de los deberes formales que recaen sobre los obligados tributarios. Ver texto .
7. Documento N° 14, Resolución N° DGT-R-042-2015 del 05 de octubre de 2015. Modelos electrónicos de declaraciones informativas para el suministro general de información previsiblemente pertinente, derivada de las relaciones económicas, financieras o profesionales que se realicen con obligados tributarios. Ver texto .
8. Documento N° 18, Fallo N° 462-2014 del 21 de agosto de 2014. Se sanciona al contribuyente en virtud de que no demostró que el gasto que se deduce tenga relación con la renta gravable. Ver texto .
9. Documento N° 19, Fallo N° 469-2014 del 21 de agosto de 2014. Ajuste en ingresos por ventas gravadas por omisión de compras. Ver texto .
10. Documento N° 27, Fallo N° 563-2014 del 16 de setiembre de 2014. Se concede a la contribuyente petición de eximirla de la segunda y tercera cuota correspondiente a los pagos parciales del Impuesto sobre la Renta del período fiscal 2014 (eliminación de pagos parciales). Ver texto .
11. Documento N° 30, Fallo N° 020-2015 del 23 de marzo de 2015. No procede rechazar solicitud de la interesada para ser sujeta de donaciones, en virtud de que la Administración Tributaria fundamentó la improcedencia de la solicitud amparándose en un decreto ejecutivo que a la fecha de la solicitud se encontraba derogado. Ver texto .
12. Documento N° 39, Fallo N° 115-2015 del 15 de mayo de 2015. La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente, tal y como lo establece una serie de formalismos, dado la exigencia de motivación en aquellos actos administrativos que imponen obligaciones, como lo es en el caso presente. Ver texto .
CRÉDITOS:
Editado: Licda.. Ivannia Orozco Bastos, Encargada de Proceso.
Revisado: Marvin Alexis Guzmán Granados, Subdirector de Digesto Tributario.
Autorizado: Licda. Yamileth Vega Herrera, Directora Normativa Diseño de Banner: Lic. Rodolfo Espinoza Saravia.