BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA...

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1 SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA ADP N° 0067--2014-SEDAPAL BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE OBRA ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº0067-2014-SEDAPAL CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE: “SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO Y EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA: REPOSICIÓN DE COLECTORES Y CONEXIONES DOMICILIARIAS PARA LA URB. MONTERRICO SUR EN EL DISTRITO DE SAN BORJA 3RA ETAPA Y URB, LA CAMPIÑA EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS – 1RA ETAPA”

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SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMAADP N° 0067--2014-SEDAPAL

BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA PARA LA

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE OBRA

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº0067-2014-SEDAPAL

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE:

“SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO Y EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA: REPOSICIÓN DE COLECTORES Y CONEXIONES

DOMICILIARIAS PARA LA URB. MONTERRICO SUR EN EL DISTRITO DE SAN BORJA 3RA ETAPA Y URB, LA

CAMPIÑA EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS – 1RA ETAPA”

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SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMAADP N° 0067--2014-SEDAPAL

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de los tres (3) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el comité especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

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Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

IMPORTANTE:

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el

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momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

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IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente1.

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no admitida, en aplicación del artículo 33 de la Ley y el artículo 39 del Reglamento.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE

1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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Oi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

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1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta que exista el consentimiento de la liquidación del contrato.

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IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de consultoría de obras, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.6. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

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De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8. CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad.

Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

3.9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

El procedimiento para la liquidación del contrato de consultoría de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento.

3.10. PAGOS

La Entidad deberá efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

El pago comprende la cancelación del saldo resultante de la liquidación del contrato, de ser el caso.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

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3.11. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL

RUC Nº : 20100152356

Domicilio legal : Autopista Ramiro Priale N° 210 – La Atarjea – El Agustino

Teléfono/Fax: : 317-3389

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría para la elaboración del Estudio Definitivo y Expediente Técnico de obra: Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja – 3ra etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos – 1ra Etapa.

1.3. VALOR REFERENCIAL2

El valor referencial asciende a S/.333 293,28 (Trescientos treinta y tres mil doscientos noventa y tres con 28/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de 30.09.2014

Valor Referencial (VR)

Límite Inferior (incluye IGV)

Límite Superior (incluye IGV)

S/.333 293,28 (Trescientos treinta y tres mil doscientos noventa y tres con

28/100 Nuevos Soles),

S/.299 963,96 (Doscientos noventa y nueve mil

novecientos sesenta y tres con 96/100 Nuevos Soles)

S/.333 293,28 (Trescientos treinta y tres mil doscientos

noventa y tres con 28/100 Nuevos Soles)

IMPORTANTE:

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.

Las propuestas económicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no admitidas.

2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Informe de aprobación N°10-2014-ET-S del 24.10.2014.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Directamente Recaudados

IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestará en el plazo de NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

S/. 5,00

1.10. BASE LEGAL

- Ley N° 29873 que modifica la Ley de Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 080-2014-EF que modifica el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado del 22.04.2014.. - Decreto Supremo N° 138-2012-EF que modifica el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del

año fiscal 2014.- Ley N° 27293. Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.- Ley N° 29783. Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo - Directivas de OSCE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 27.11.2014Registro de participantes : Del:28.11.2014 Al:12.12.2014Formulación de Consultas y observaciones a las Bases

: Del:28.11.2014 al 02.12.2014

Absolución de Consultas y observaciones a las Bases

: 04.12.2014

Integración de las Bases : 11.12.2014Presentación de Propuestas : 17.12.2014

* El acto público se realizará en : Autopista Ramiro Prialé 210 La Atarjea Sede Principal – El Agustino. Hora: 10:00 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del 18.12.2014 al 22.12.2014

Otorgamiento de la Buena Pro : 23.12.2014* El acto público se realizará en : Autopista Ramiro Prialé 210 La Atarjea Sede

Principal- El Agustino.Hora:09:30 horas

IMPORTANTE:

Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en el Equipo Licitaciones y Contratos, sito en la Autopista Ramiro Priale N° 210 La Atarjea – El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora.

Los participantes registrados pueden solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar por el costo de reproducción de las mismas en Caja del Equipo Manejo de Fondos, sito en la Autopista Ramiro Priale N° 210 La Atarjea – El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

Los participantes registrados podrán solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante el Equipo Licitación y Contratos, sito en la Autopista Ramiro Prialé N° 210 - La Atarjea – El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial Permanente de la ADJUDICACION RIRECTA PÚBLICA N° 0067-2014-SEDAPAL, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected]

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas

2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial Permanente de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 0067-2014-SEDAPAL, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SeñoresSERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMAAUTOPISTA RAMIRO PRIALE N° 210 – LA ATARJEA EL AGUSTINOAtt.: Comité Especial Permanente

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 0067-2014-SEDAPALDenominación de la convocatoria: servicio de consultoría para la elaboración del Estudio Definitivo y Expediente Técnico de obra: Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja – 3ra etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos – 1ra Etapa

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y (02 copias).

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos4, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección5 (Anexo Nº 2).

También se deberá presentará:

b.1) Relación del personal profesional requerido y propuesto (adjuntando de cada uno), los documentos que acrediten su experiencia. Anexo 2.1

Relación del personal técnico de apoyo. Anexo N° 2.1b.2) Declaración jurada que certifique contar con personal técnico de apoyo.

Anexo 2.2b.3) Declaración Jurada que certifique la disponibilidad del recurso físico

requerido Anexo 2.3

4 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

5 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

SeñoresSERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMAAUTOPISTA RAMIRO PRIALE N° 210 – LA ATARJEA EL AGUSTINOAtt.: Comité Especial Permanente

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 0067-2014-SEDAPALDenominación de la convocatoria: servicio de consultoría para la elaboración del Estudio Definitivo y Expediente Técnico de obra: Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja – 3ra etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos – 1ra Etapa.

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA

[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

f)Declaración Jurada de compromiso del personal profesional requerido y propuesto (Anexo Nº 06)El Postor deberá presentar este anexo por cada profesional propuesto para cada uno de los cargos requeridos.

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la consultoría de obra.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso6.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad7.

c) Factor Experiencia en la actividad: Copia simple de: (i) contratos con su respectiva conformidad; o (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, que esta fue concluida, dicha documentación también deberá consignar el monto total del servicio.Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

6 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

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d) Factor Experiencia en la especialidad: Copia simple de: (i) contratos con su respectiva conformidad; o (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, que esta fue concluida, dicha documentación también deberá consignar el monto total del servicio.Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

e) Factor cumplimiento del servicio: Copia simple de un máximo de diez (10) constancias de prestación. (Anexo N° 9)

f) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: La experiencia del personal profesional propuesto se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional propuesto (Anexo N° 10)

g) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar el factor mejora, se presentará una declaración jurada, en la que describe detalle de la(s) mejora(s) ofrecidas. (Anexo N° 11)

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA8

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 12).

El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica= 0.80c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica=0.20

Donde: c1 + c2 = 1.00

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberán presentar Carta Fianza.c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.d) Código de cuenta interbancario (CCI), número de cuenta y entidad financiera.

No aplica para consorcio, sin RUCe) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.f) Copia de DNI del representante legal o del representante común, de ser consorcio.g) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.h) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias actualizadasi) Copia del RUC de la empresa o del RUC del consorcio.j) Desagregado de la propuesta económica presentada o estructura de costos.k) Compromiso de venta, alquiler u otro documento que certifique la disponibilidad de los

recursos físicos mínimos requeridos y declarados.l) Reglamento de aplicación por el consultor de la Ley N° 29873 “Ley de Seguridad y

Salud en el Trabajo” m) La equivalencia de la profesión, para personal extranjero.

La citada documentación deberá ser presentada (en original y copia), en la oficina del Equipo Licitaciones y Contratos de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Priale N° 210 – La Atarjea - El Agustino

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos

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efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarias para su aceptación y eventual ejecución

La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.

La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva del servicio de consultoría.

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La documentación prevista en las Bases deberá ser presentada máximo al séptimo día de consentida la Buena Pro o que administrativamente haya quedado firme, para su verificación y aprobación en la Oficina del Equipo Licitaciones y Contratos.

El representante legal o representante común del consorcio, se apersonará al duodécimo día a la Oficina de Licitaciones y Contratos de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210 – Primer Piso de Sede Principal (Ala derecha) La Atarjea – Distrito El Agustino para suscribir el contrato y recibir el original que le corresponde.

En el supuesto que el ganador de la Buena Pro no se presente dentro del plazo otorgado se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 148 del Reglamento.

2.9. ADELANTOS9

La Entidad otorgará un adelanto directo, hasta por el 10% del monto contratado.

El consultor debe solicitar los adelantos dentro de los (8) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos10 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.

La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los diez (10) días siguientes a la presentación de la solicitud del consultor.

En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el consultor tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento

9 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.

10 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

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2.10. FORMA DE PAGO

Los pagos al CONSULTOR se efectuarán mediante valorizaciones, de la forma siguiente:

1ra Valorización : 30 % del monto contractual, al obtener la aprobación del Primer Informe (Estudio Definitivo).

2da Valorización : 30% del monto contractual, al obtener la aprobación del Segundo Informe (Estudio Definitivo).

3ra Valorización : 40% del monto contractual, al obtener la Aprobación del Tercer Informe y las Aprobaciones del Estudio Definitivo y Expedientes Técnicos (como productos entregables; Dos (02) Expedientes Técnicos de obra uno por cada estudio: (1) Frente B.- "Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja - 3era Etapa" y (2) Frente A.- "Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa", con Resolución de Gerencia de Servicios Sur.

Las valorizaciones del CONSULTOR serán respaldadas por el cumplimiento de cada Informe.

La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de prestado el servicio.

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Jefe de Equipo Técnico Sur.- Informe del funcionario responsable del Equipo Técnico Sur emitiendo su

conformidad de la prestación efectuada.- Comprobante de pago.

2.11. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

2.12. REAJUSTE DE LOS PAGOS

No aplica.

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CAPÍTULO IIITÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO Y EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA DE : REPOSICION DE COLECTORES Y CONEXIONES DOMICILIARIAS PARA LA

URB. MONTERRICO SUR EN EL DISTRITO SAN BORJA - 3ERA - ETAPA Y URB. LA CAMPIÑA EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS -1ERA ETAPA

La Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, SEDAPAL, en su afán de prestar mejores servicios de Agua Potable y Alcantarillado a la ciudad, viene desarrollando estudios y ejecutando obras de reposición de colectores que permitirán restablecer las condiciones hidráulicas y recuperar la capacidad de conducción de nuestros colectores; logrando de esta manera mejorar las condiciones de vida de la población.

Asimismo, busca mantener la continuidad de las condiciones de servicio de recolección y conducción de las agua residuales de la zona.

Para este fin, ha previsto contratar los servicios de una consultoría de obra que se encargue de la elaboración de los Estudios Definitivos y Expediente Técnico de las Obras de “Reposición de Colectores y Conexiones Domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito San Borja - 3era Etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa”.

Los presentes términos de referencia para la elaboración los Estudios Definitivos y Expediente Técnico de las Obras de “Reposición de Colectores y Conexiones Domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito San Borja - 3era Etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa ” debido a que corresponden a la reposición de colectores aún operativos y no constituye un Proyecto de Inversión Pública (PIP), teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 3° “Definiciones” de la Directiva General del Sistema de Inversión Pública aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.1 de fecha 09.04.2011, donde figura que no es PIP aquella reposición de activos asociados a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad y que no implica la ampliación de la capacidad para la provisión del servicio; por tanto, toda vez que los colectores serán rehabilitados con el mismo diámetro existente en campo desde su instalación, no corresponde aplicar el Ciclo del Proyecto.

1. OBJETIVOSeñalar los lineamientos que debe tener el consultor que se encargue de elaborar los estudios definitivos y expediente técnico de obra de “Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito San Borja - 3era Etapa y Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1 era etapa".

2. VALOR REFERENCIALS/. 333,293.28 (Trescientos treinta y tres mil doscientos noventa y tres con 28/100 nuevos soles), incluido, gastos generales, utilidad y los impuestos de Ley. Precios vigentes al 30.09.2014

3. PLAZO:90 días calendarios.

4. BASE LEGALo Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, Normas Técnicas de Control Interno para el Sector

Público, publicada el 03 noviembre 2006 que sustituye a las aprobadas por Resolución de

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Contraloría Nº 072-98-C.G.o Resolución de Contraloría Nº 036-2001-CG del 14-03-2001, Normas para Consultoría de

Obras.o Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG del 01-07-2000 – Norma 700-06 (Contrataciones y

Adquisiciones de bienes, servicios y obras). o Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General del 10.04.2001.o Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública – Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nº

28522, 28802 y por el Decreto Legislativo Nº 1005 del 03.05.2008.o Decreto Supremo Nº 102-2007-EF que aprueba el Nuevo Reglamento del Sistema Nacional de

Inversión Pública, modificado por Decreto Supremo Nº 185-2007-EF.o Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01,

Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. o Ley de Contrataciones del Estado 29873 y su Reglamento aprobado por Decreto Legislativo Nº

138-2012 y sus modificatorias .o D.S. Nº 006-2009 – EF, el Reglamento de Organización y Funciones, del Organismo Inspector

de las Contrataciones del Estado (OSCE).o Ley General del Ambiente - Ley N°28611.o Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - Ley N°27446.o R.M. N° 165-2007-VIVIENDA – Política Ambiental Sectorial.o Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - Ley N°28245 y su Reglamento.o Decreto Supremo-023-2009-MINAM Disposiciones para la implementación de los Estándares

Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua – DS 002-2008-MINAM o Resolución Ministerial N° 052-2012-MINAM del 07.03.2012.o Constitución Política del Perú -1993o Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley 29783o Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. 005 – 2012 TRo Decreto Supremo  Nº 009-2009-ED,o Ley  Orgánica de Municipalidades Nº 27972.

5. UBICACIÓN Y LÍMITES

5.1 “La Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja - 3era etapa, se encuentra ubicado al sur de Lima, el área de drenaje a ser intervenido en el presente estudio se encuentran entre la Av. Javier Prado , Av. Aviación, Av. De Las Artes Norte y Av. San Luis . En las Calle y Jirones en la Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja - 3era Etapa, los trabajos de cambio de colector y conexiones domiciliarias de C.S.N en mal estado por otros colectores o Tuberías de Polietileno de Alta Densidad – (PEAD) COLOR NARANJA – NTP ISO 8772:2009.- Tubos PEAD, serie 8.

Como se aprecia en el plano adjunto, en la zona a intervenir el total de redes de alcantarillado es de diámetro 200 mm (8” referencial) y material Concreto Simple Normalizado - CSN, con un metrado total aproximado de 6,238 metros lineales y un total también aproximado de lotes a beneficiar de 418 lotes; metrados que deberán ser definidos en campo de manera exacta por el consultor.

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Ubicación de la Urb. Monterrico Sur en el

distrito de San Borja - 3era etapa

"Frente B"

5.2 “Reposición de colectores y conexiones domiciliarias en la Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa ”. En las Calle y Jirones en la Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa, se encuentra ubicado al sur de Lima, los trabajos de cambio de colector y conexiones domiciliarias de C.S.N en mal estado por otros colectores o Tuberías de Polietileno de Alta Densidad – (PEAD) COLOR NARANJA – NTP ISO 8772:2009.- Tubos PEAD, serie 8.

Como se aprecia en el plano adjunto, en la zona a intervenir el total de redes de alcantarillado es de diámetro 200 mm (8” referencial) 9,349 m y 250 mm (10" referencia) 1,089 m y material concreto simple normalizado - CSN, con un metrado total aproximado de 10,439.66 metros lineales con un total también aproximado de lotes a beneficiar de 960 lotes; metrados que deberán ser definidos en campo de manera exacta por el consultor.

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Ubicación de la Urb. La Campiña en el

distrito de Chorrillos - 1era Etapa

"Frente A"

5.3 Resumen de los proyectos a ser elaborados:

N° Estudios a ser elaborados N de lotes

Metros

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Frente B

"Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. Monterrico Sur en el distrito San Borja - 3era Etapa".

418 6,238.00

2

Frente A

"Reposición de colectores y conexiones domiciliarias para la Urb. La Campiña en el distrito Chorrillos – 1era Etapa".

960 10,439.66

TOTAL 1,378 16,677.66

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6. ANTECEDENTESSistema de Alcantarillado

Las redes secundarias de alcantarillado en el distrito de San Borja y en esta zona de Chorrillos en su mayoría son de material Concreto Simple Normalizado (CSN) y policloruro de vinilo PVC. Las redes cuyo material es Concreto Simple Normalizado, según registros de la Oficina de Catastro de SEDAPAL datan del año 1972, por lo que tienen una antigüedad de 42 años aproximadamente.

En el transcurso del tiempo las tuberías de alcantarillado han sufrido frecuentes roturas y atoros; motivo por el cual el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Surquillo de la Gerencia de Servicios Sur ha venido renovando las redes a material policloruro de vinilo (PVC).

En la zona donde se desarrollará el presente estudio definitivo y expediente técnico, actualmente se cuenta con el 100% de tuberías de material CSN. Las tuberías de CSN ya han cumplido su vida útil motivo por el cual vienen sufriendo constantes averías por el mal estado de conservación de los colectores.

Por otro lado, se observa el mal estado de conservación de los buzones, la mayoría de ellos se encuentran corroídos; se aprecia también las paredes, base y techo desgastado, productos de las altas concentraciones de sólidos solubles totales de los terrenos; así mismo se observó el deterioro de los marcos y tapas de los buzones.

7. ALCANCES DEL SERVICIOLos alcances del servicio que a continuación se indican, no son limitativos, El CONSULTOR en cuanto lo considere necesario podrá ampliarlos y/o profundizarlos, pero no reducirlos.

Los criterios técnicos que se emplearán para la elaboración de los estudios se encuentran establecidos en el Reglamento de Elaboración de Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado para Habilitaciones Urbanas de Lima Metropolitana y Callao – SEDAPAL.

Durante el desarrollo del estudio se programarán reuniones con la Inspección del estudio a cargo de un profesional designado por SEDAPAL.

Se deberá evaluar el sistema de alcantarillado existente, a fin de determinar las obras de reposición a ejecutar para lograr un servicio óptimo.

El CONSULTOR deberá coordinar estrechamente con el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes de Surquillo, a fin de obtener información sobre las redes ya renovadas de alcantarillado y plasmarlas en un plano para su mejor visualización. Asimismo deberá coordinar con el Equipo Comercial Surquillo la información de número de conexiones domiciliarias de desagüe en la zona a intervenir, etc.

El levantamiento topográfico de la zona en estudio será coordinado estrechamente con la Inspección, quien supervisará en el campo la ejecución de dichos trabajos. No podrá iniciar el desarrollo del mismo sin autorización del Inspector.

En las zonas donde el pavimento se haya dañado (hundido) no sólo sobre el trazo de la línea sino en áreas adyacentes (partes laterales) por causa del colapso de la tubería existente, se deberá considerar el corte, rotura, excavación, refine, relleno y reposición de pavimento de toda esta área en el presupuesto del proyecto e indicar en los planos dichas áreas, a fin de reponer los pavimentos dañados por dicho hundimiento.

En los tramos de colector donde se evidencias cambios recientes del mismo, si este no ha sido cambiado de buzón a buzón se considerará como no cambiado, debiendo considerar todo el tramo en el proyecto.

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Los colectores existentes en lo posible deberán reponerse en el mismo lugar de su existencia, salvo casos que requieran de reubicación al estar estos ubicados en bermas laterales, retiros municipales o dentro de propiedad privada de ser el caso. De preferencia y de no existir interferencias los colectores deben ser reubicados al centro de la vía.

Los colectores y buzones existentes que queden fuera de servicio por reubicación del trazo, deben ser rellenados con concreto fluido.

El Consultor, deberá verificar en campo la existencia de las conexiones domiciliarias de desagüe por cada lote y contrastarla con la información proporcionada por el área comercial de SEDAPAL. Así mismo deberá verificar la profundidad de las cajas de desagüe existentes, a fin de reponerlas a la misma profundidad.

El Consultor realizará el levantamiento de cada una de las conexiones domiciliarias de alcantarillado por reponer, considerando la presentación de un plano de conexiones domiciliarias y un cuadro en el que se indique: Manzana, N° de Lote o N° municipal, N° de conexiones domiciliarias de alcantarillado (si hubiera más de una por lote), cajas de registro de desagüe diferenciándolas por encontrarse dentro de los limites de propiedad o en la vereda y entre visible y no visible. Asimismo, medirá las profundidades de los buzones existentes en la zona a fin de determinar la pendiente actual de los colectores.

En lo posible las conexiones de alcantarillado proyectadas deberán mantener el trazo de las existentes, y sus cajas de registro deben ubicarse en la vereda en caso se encuentre dentro del límite de propiedad.

El presupuesto deberá ser cargado al Sistema de Costos y Presupuestos de Sedapal, en las oficinas del Equipo Gestión de Proyectos Sur de la GPO, previa coordinación con la inspección, debiendo adjuntar en los anexos los análisis de precios que sustenten los costos. De no existir el costo de algún material o equipo, estos deberán ser complementados en la base de datos de SEDAPAL, con las cotizaciones correspondientes, las que se deben adjuntar en los anexos.

Con la finalidad de determinar el tipo de suelo y sus características se requerirá el análisis físico químico y capacidad portante del terreno, para lo cual se ejecutarán como mínimo 5 calicatas y 2 análisis de laboratorio. Las calicatas le permitirán además definir el tipo y espesor del pavimento existente a reponer en la zona de estudio.

El Consultor deberá de considerar para el reposición de colectores Tubos de Polietileno de Alta Densidad (PEAD) COLOR NARANJA – Norma Técnica Peruana NTP ISO 8772:2009.- Tubos PEAD, serie 8.

El Consultor elaborará el presupuesto de obra de acuerdo a la versión implementada en Sedapal (S10 Corporativa versión 2005).

El CONSULTOR deberá designar a una persona capacitada (Ing. Especialista en Costos y Presupuestos), que se encargará de ingresar los valores del presupuesto en los ambientes de Sedapal, precisándose:

Es de responsabilidad del CONSULTOR, proveer de los equipos, útiles de oficina y cualquier otro gasto requeridos para el desarrollo normal de las actividades propias del empleo del Sistema.

El CONSULTOR sustentará las Planillas de metrados, Especificaciones Técnicas y Listas de Precios y/o Cotizaciones y Análisis de Rendimientos de las Partidas Particulares que empleen en la elaboración de los Presupuestos del proyecto.

Es obligación del CONSULTOR obtener las listas de precios y/o cotizaciones y Especificaciones Técnicas de los recursos que empleen en los presupuestos. Copia de los mismos deberán ser proporcionados a la Inspección.

El CONSULTOR deberá elaborar los Presupuestos en lo posible con la Base de Datos que SEDAPAL emplea; en caso de que el CONSULTOR requiera que se considere un nuevo Recurso y Partida de la Construcción, éstas deberán ser previamente sustentadas ante el grupo Costos del EGP-S quien se encargará de su aprobación y gestión de ingreso al Sistema.

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El Usuario Designado por el CONSULTOR se limitará al Ingreso de la Data relacionada a su Proyecto, debiendo de abstenerse de cualquier manipulación de la Base de Datos General y/o Proyectos de otros Usuarios. Toda labor será supervisada e informada por la Inspección.

8. ESTUDIO DEFINITIVOEl Estudio Definitivo; es el estudio donde se desarrolla un conjunto de actividades que permitan obtener datos concretos de ingeniería, para la elaboración del o los Expedientes Técnicos de obra.

El Expediente Técnico de Obra; es el documento desarrollado, a partir de la información obtenida en los estudios definitivos y que contiene : Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas del Proyecto y de SEDAPAL, Planos de Ejecución de la Obra, Estudio de Suelos, Estudio Geológicos, Formatos de Metrados Base, Valor Referencial, Análisis de Precios y sus Especificaciones, Desconsolidado de Gastos Generales y Utilidades, Formula (s) Polinómicas (s), Cronograma General de Ejecución y Cronograma de Desembolsos, Proforma de Contrato, Código de Normas Técnicas INDECOPI, Disposiciones Legal Vigente exija, así como de orden técnico, de acuerdo a la complejidad de la obra.

El CONSULTOR deberá tener en cuenta todos los detalles que se requieran para la reposición del sistema de alcantarillado que garanticen el buen funcionamiento de los sistemas en la etapa de obras.

Para la elaboración del Estudio Definitivo, el CONSULTOR deberá realizar, entre otras, las siguientes actividades:

A.- COORDINACIÓN CON EMPRESAS DE SERVICIOS Y OTRAS ENTIDADES

Se deberá obtener la información oficial de las redes y obras existentes de las empresas de servicio como son LUZ DEL SUR, SEDAPAL, Telefónica del Perú, Calidda, Ministerio de Agricultura y otros a fin de evitar y/o solucionar posibles interferencias con dichas instalaciones, adjuntado la información recopilada al informe correspondiente. Se deberá prever los diseños de modificación de las redes existentes, drenajes, ó canales que fueran necesarios para evitar atrasos o postergaciones durante el desarrollo de la etapa de obras.

Cuando ello sea necesario, se realizarán piques exploratorios para verificar si podría existir interferencia con los otros servicios tales como redes de agua, desagüe, instalaciones eléctricas, telefónicas, y otros, en los cruces de calles, pasajes, avenidas y en lugares donde no se tenga información actualizada de redes de otros servicios. Los costos y trámites para la ejecución de los piques exploratorios deben ser coordinados y asumidos por el consultor.

Coordinar con EMAPE, INVERMET, Dirección General de Transporte Urbano DGTU y otras dependencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las posibles interferencias con obras a su cargo en la zona donde se proyectarán las obras de rehabilitación. Cuando se traten de obras lineales, deberá preverse con especial atención, la rotura del pavimento, vereda, sardinel u otra infraestructura existente, a fin de establecer con criterio apropiado, los trabajos de reposición que deberán hacerse en la etapa de obras.

Coordinar con la Municipalidad de Lima, Municipalidad de San Borja, Chorrillos, EMAPE, etc. de ser el caso, el diseño de pavimentos en la zona donde se vayan a afectar y obtener información sobre los trámites y permisos que se requieran durante la ejecución de las obras, cuyos costos deberán ser considerados en el valor referencial.

Toda la información de las instalaciones existentes deberán estar ubicadas en los planos a escala 1/500 acotando su distancia horizontal y profundidades en las secciones a escala conveniente (detalles).

B.- LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO

Consideraciones generales

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Se realizará el levantamiento topográfico (Obras Secundarias) que requiera el Proyecto, para lo cual en el estudio a realizar, se debe verificar y complementar la planimetría y cartografía existente (Planos: SEDAPAL, Gobierno Regional, Municipalidad de Lima Metropolitana, Municipalidades donde se ubica la obra, y el Instituto de Planificación de la Municipalidad de Lima) donde se presenta el trazado urbano, los mismos que serán adquiridos por la Empresa Contratista y transferidos a SEDAPAL a la terminación del Estudio.

En los planos de planimetría, la Consultora, mostrará la ubicación del sistema de agua potable y desagüe, realizando las verificaciones necesarias para confirmar ubicaciones. El Levantamiento topográfico, se efectuarán mediante topografía digital.

Levantamientos Topográficos

Los levantamientos topográficos se efectuarán en coordenadas geográficas y de UTM referidas al sistema I.G.N. y a un B.M. oficial existente y a escala, con equidistancia de las curvas de nivel adecuadas a su fin, como se indican a continuación:

El Consultor, para el inicio y durante el desarrollo del estudio, deberá presentar:

El consultor para el desarrollo del estudio de topografía deberá entregar un Cronograma de Trabajo detallado específico, el mismo que deberá ser concordante con el Cronograma General del Servicio.

Ficha expedida por el I.G.N. sobre la ubicación del B.M. oficial empleado (determinado y certificado), para el control vertical se establecerá BMs enlazados con BMs oficiales del I.G.N

Ubicación de las estructuras proyectadas (redes secundarias, etc.), a escala 1/500 y 1/250 con curvas a nivel cada 0,50 m.

Ubicación de las estructuras y otros existentes, a escala 1/500 y 1/250

Trazo de las líneas proyectadas y existentes, en planta a escala 1/500 con curvas a nivel cada 0,50m. Se indicará toda la información encontrada: Tipo de vías, pavimento, bermas, jardines árboles, buzones de desagües, buzones de teléfonos, río, canales y otros, convenientemente acotadas y referidas a puntos notables.

Los perfiles longitudinales de las líneas de conducción, impulsión y/o redes de alcantarillado, se dibujarán a escalas horizontal 1/500 y vertical 1/50 incluyendo la ubicación de cruces e interferencias de las redes de agua, alcantarillado, redes, telefónicas, eléctricas, etc., para considerar en el presupuesto su protección durante la ejecución de las obras.

Replanteo y verificación de todas las redes existentes de agua, alcantarillado, eléctricas, telefónicas y canalizaciones, en el campo y confrontar la información proporcionada por las Empresas de servicios.

Las curvas a nivel se basarán con un B.M. oficial del sistema Altimétrico del I.G.N. indicando en los planos los B.M. auxiliares para la ubicación exacta de la cámara y/o otras estructuras proyectadas para la obra debidamente documentado.

Todos los planos topográficos serán dibujados en AUTOCAD 2011 y serán entregados con extensión DWG a SEDAPAL. (según GPOET008 Normalización de la Información Cartográfica)

Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente, cuando se necesite verificar datos sobre una estructura existente.

El levantamiento topográfico establecerá una poligonal de precisión según el perímetro del área del Proyecto, debidamente monumentados que servirán para el control horizontal.

Para el control vertical se establecerá BMs enlazados con BMs oficiales del I.G.N.

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El levantamiento de detalles se ejecutará con estación total digital, los manzaneos en la zona urbana, serán ejecutados empleando el sistema en tiempo real, para evitar las dificultades del tránsito.

En la poligonal básica se emplearán Coordenadas Geográficas, UTM y sus conversiones a topográficas.

Se dejará un BM principal del esquema y BMs auxiliares monumentados para el control vertical, incluyendo una descripción de su ubicación, un punto fijo y una topografía.

Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente para verificar datos. En el levantamiento se incluirán los detalles de vías, pavimentos, bermas, jardines, árboles, postes, buzones, canales y otras relevantes.

Todos los detalles se presentarán en un informe específico del Estudio Topográfico, incluyendo planos y archivos en CD.

Entrega de Información

Al término de la aprobación del Proyecto (Expediente Técnico), la Contratista entregará a SEDAPAL los archivos en discos compactos (CD) de la siguiente información:

Cartografía base urbana empleada en la elaboración del estudio a nivel de manzana con información de habilitaciones urbanas representado como polígonos.

Cartografía de redes de desagüe existentes y/o proyectadas, buzones, límites de áreas de drenaje, de todo lo existente y/o proyectado, con información de sus características principales como: nombre, código, referencia de ubicación, tipo, volumen, cotas, áreas de servicio (habilitaciones a servir), diámetros y material y otras que considere conveniente SEDAPAL.

Cartografía de redes de desagüe existentes y/o proyectados: características principales (nombre, tipo, código, diámetro, material, antigüedad y otras que considere conveniente SEDAPAL) representado como poli líneas.

Cartografía de buzones: características principales: nombre, código, referencia de ubicación, cotas, altura, tipo, representado como puntos y otras que considere conveniente SEDAPAL.

Cartografía de límites de áreas de drenaje, con información de área, habilitaciones urbanas, población, caudal de descarga y otras que considere conveniente SEDAPAL, representado como polígonos.

Cartografía de curvas de nivel cada metro, con información de cotas, y otras que considere conveniente SEDAPAL, representado como líneas.

Características de la Información

La Contratista, debe tener en cuenta que dicha información debe cumplir las siguientes características técnicas en la presentación de los planos:

Sistema de Coordenadas Planas Universal Transverse Mercator (UTM). Datum de referencia World Geographic System 1984 (WGS84). Zona de Referencia 18 SUR. Exactitud Posicional Submétrica ajustados con GPS. Planos para la presentación en el estudio será en Formato DWG.

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La información cartográfica utilizada en los planos Autocad, se entregará en formato Shapefile de ArcViewGIS (Versión 9.3), con las siguientes características:

Manzanas (polígono) Lote (polígono) Redes de agua Potable existente (línea) Redes de Alcantarillado Existente (línea) Redes de Alcantarillado Proyectada (línea) Reservorio Existente (punto) Válvulas Existentes (punto) Buzones existentes (punto) Buzones Proyectados (punto) Otros componentes del sistema de alcantarillado Proyectado (puntos) Curvas de Nivel (línea), estas deberán ser generadas en ArcGIS con el Spatial Analyst.

Las especificaciones respecto a los atributos o campos de información de cada objeto (Línea, Polígono o Punto), se establece en el GPOET008 Normalización de la Información Cartográfica, documento que se adjunta al presente (Ver Anexo N° 01, Especificaciones GPO-ET008). EL CONSULTOR debe previamente coordinar con el Equipo Tecnología de Información y Comunicaciones - ETIC y otras áreas competentes sobre los parámetros y criterios de información geográfica a considerar.

La Entidad se reserva el derecho de hacer las verificaciones respectivas antes de la aprobación de los entregables; para ello el Consultor, deberá proporcionar información de todos los puntos del levantamiento topográfico realizado, con sus respectivas coordenadas y elevaciones.

Durante el desarrollo de los trabajos de topografía, el Consultor está obligado a comunicar, de acuerdo a la programación entregada, los días de visita en campo, a fin de que la Entidad, disponga la verificación del levantamiento de información de los datos reales. De no existir dicha comunicación, La Entidad se reserva el derecho de no aceptar el entregable.

El consultor, contará con un equipo GPS en campo, el cual deberá almacenar información que será solicitada por la entidad en forma aleatoria durante la consultoría. De no existir dicha información, La Entidad se reserva el derecho de no aceptar el entregable.

El consultor deberá presentar el Volumen del Estudio Topográfico que incluya como mínimo:

Objetivo. Descripción del Proyecto. Información recopilada (la documentación detallada en *) Libreta de Campo. Conclusiones y Recomendaciones. Fotografías. Planos. Información del Proyecto en Geodatabase (Plataforma ArcGIS Ver. 10,1) que considere

los campos, conforme a la especificación GPOET008.

C.- ESTUDIO DE SUELOS Y GEOTECNIA

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Las características del estudio de suelos se deben realizar conforme a lo establecido en el Reglamento de Elaboración de Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado para Habilitaciones Urbanas de Lima Metropolitana y Callao de SEDAPAL.

Se requiere del Estudio de Mecánica de Suelos, que permita determinar las características del suelo, donde se ejecutarán las infraestructuras de saneamiento para las Obras Secundarias de alcantarillado.

El número de calicatas a desarrollar es de una calicata cada 50 lotes mientras que el número de análisis de laboratorio es de dos (02) unid.

Es requisito, un informe técnico (en el que se adjunte los originales de los resultados de laboratorio de todas las pruebas realizadas, debidamente suscrito por el especialista) respecto a las condiciones geotécnicas del terreno de modo que se determine los datos necesarios para fijar los diseños de instalación, material, clase de tubería y diseño de las estructuras proyectadas.

El consultor para el desarrollo del estudio de mecánica de suelos deberá entregar un Cronograma de Trabajo detallado específico, el mismo que deberá ser concordante con el Cronograma General del Servicio.

El Estudio de Suelos debe ser presentado a SEDAPAL para ser revisado por el área correspondiente para poder declarar la conformidad al Estudio.

La Entidad se reserva el derecho de hacer las verificaciones respectivas antes de la aprobación de los entregables.

Durante el desarrollo de los estudios de mecánica de suelos, el consultor está obligado a informar de acuerdo a la programación entregada, los días de inspección en campo y toma de muestras, a fin de que la Entidad, disponga la verificación de los trabajos a realizar. De no existir dicha comunicación, la Entidad se reserva el derecho de no aceptar el entregable.

El consultor deber proporcionar un panel fotográfico del estudio realizado, de tal forma que figure al menos en 25% de las fotografías la participación del profesional calificado para el desarrollo del estudio.

El estudio debe comprender:

La capacidad portante del terreno en aquellas zonas en las que se ejecutarán las estructuras proyectadas del Sistema de alcantarillado, a las profundidades de cimentación prevista.

La calidad físico - química de cada tipo de suelo, por donde atravesarán las tuberías y en donde se localicen las estructuras, tales como: nivel de Cloruros, Sulfatos, pH, Conductividad, etc., determinando la agresividad del terreno, al material de las tuberías, concreto, fierro y otros materiales que se han empleado en el estudio.

Profundidad y características del basamento rocoso en caso de ser necesario.

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Basándose en estos resultados, la Contratista establecerá las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuará las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras (tuberías y cámara, casetas, plantas, buzones, etc.)

El estudio de suelos incluirá un plano en planta, con el mapeo de suelos y el detalle de ubicación de las calicatas y tipo de suelo encontrado, y otro plano con el correspondiente perfil estratigráfico de los diferentes tipos de suelo a las profundidades requeridas; indicando el nivel de napa freática de darse el caso.

Se debe considerar además la investigación del suelo mediante calicatas y análisis físico - químicos para determinar la calidad del terreno en los lugares donde se instalarán las tuberías, (en todos los componentes de alcantarillado a cada 200 m y en las redes secundarias proyectadas a cada 50 lotes) servirán además para verificar posibles interferencias. Se recomienda cuando menos por cada tres calicatas, que se realice un análisis químico.

El Contratista debe prever, basándose en los resultados del estudio de suelos, la profundidad de la napa freática (si lo hubiere) para considerar en el Expediente Técnico el procedimiento constructivo adecuado.

Se determinará la estabilidad de la cimentación mediante un estudio geotécnico del área que compromete las estructuras proyectadas.

La Contratista presentará el volumen correspondiente al Estudio de Suelos que incluye, como mínimo:

Descripción y objetivo Ubicación del área en estudio (especificando la ubicación de cada una de las estructuras y líneas

proyectadas) Características del proyecto Investigaciones geotécnicas realizadas. Antecedentes geológicos de la zona: Geomorfología, geología y estratigrafía Trabajos de campo: Calicatas, densidad natural, muestreos y registros de exploración Resultados de calidad físico - y análisis químico de cada tipo de suelo, por donde atravesarán las

tuberías, tales como: nivel de Cloruros, Sulfatos, pH, y Conductividad, de ser el caso, determinando la agresividad del suelo (sulfatos) al material de las tuberías, concreto, fierro y otros materiales que se han empleado en el estudio.

Ensayos de laboratorio: Ensayos estándares y ensayos especiales. Los resultados de los ensayos, que serán admitidos siempre y cuando provengan de laboratorios

de entidades acreditadas por INDECOPI o universidades que den el servicio. Reconocimiento petrográfico macroscópico para el caso de rocas Calificación de suelos Perfiles Estratigráficos por punto investigado Estabilidad de taludes Descripción de la conformación del subsuelo del área en estudio (especificando para las líneas

proyectadas). Se identificará la profundidad del nivel de aguas freáticas en cada punto de observación (Si los

hubiera). Posibles problemas geotécnicos. Recomendación de ubicación de canteras para la extracción de materiales de construcción. Recomendación de centros de acopio para el depósito de los desmontes y/o materiales peligrosos. Aspectos referentes al efecto de sismos y parámetros para el diseño y construcción de Obras.

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Conclusiones y Recomendaciones de procesos constructivos como tipos de entibados, sistema de drenaje de requerirse, riesgos geológicos (Huayco, deslizamientos, inundación, erosión, desprendimiento de material suelto, etc.)

Planos (el estudio de suelos incluirá un plano en planta, con el mapeo de distintos tipos de suelos y el detalle de ubicación de las calicatas y tipo de suelos encontrados, y otro plano con el correspondiente perfil estratigráfico de los diferentes tipos de suelo a las profundidades requeridas).

Información del Proyecto en Geodatabase (Plataforma Arc GIS Ver. 10,1) que considere los campos, conforme a la especificación GPOET008 Normalización de la Información Cartográfica (ver Anexo N° 01, Especificaciones GPO-ET008).

D.- DISEÑO HIDRÁULICO

El CONSULTOR presentará el Estudio Definitivo y Expediente Técnico con el correspondiente sustento técnico y económico, de la alternativa aprobada por la inspección del estudio.

El CONSULTOR estudiará las características del sistema de alcantarillado existente y hará la verificación de las condiciones actuales. l

El CONSULTOR estudiará la contribución de las áreas de drenaje y verificará la capacidad de los colectores existentes a los cuales podrían descargar los colectores a diseñar.

El CONSULTOR realizará el diseño y simulación hidráulica de los colectores de alcantarillado mediante la aplicación del software SEWERCAD, y adjuntará los correspondientes parámetros considerados, hojas de cálculo hidráulico y reportes del programa.

El consultor presentará el volumen correspondiente al Diseño Hidráulico, el cual deberá incluir:

o Antecedentes o Ubicación y límiteso Climao Vías de accesoo Población o Tasa de crecimiento o Demandao Consumos o Población beneficiariao Proyección de la Demanda de agua potable y alcantarilladoo Cálculo Hidráulico en las condiciones actuales del Sistema o Planos de SEWERCAD, donde se visualicen los diámetros proyectados en el sistema.o Descripción del proyecto

E.- ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

El CONSULTOR deberá elaborar el Plan de Seguridad e Higiene Ocupacional para la obra respectiva, considerando las exigencias relacionadas a la aplicación del Sistema Internacional de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001, las normas técnicas peruanas de seguridad y salud en el sector de la construcción tales como la Norma técnica G.050 “Seguridad durante la Construcción”, la “Norma Básica de Seguridad e Higiene en Obras de Edificación” R.S.021 – 83 la “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo” Ley 29783 y en el “Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo” D.S. 005 – 2012 TR, y modificatorias, así como también de las Disposiciones consideradas en la Especificación GPO-ET004 sobre el tema y que está referida al desarrollo y ejecución en SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL EN LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS EJECUTADAS POR SEDAPAL.

Si es necesario, el CONSULTOR puede proponer alternativas de igual ó superior característica a los procedimientos constructivos considerados en la especificación, los que deberán ser aprobados por la Supervisión con la conformidad de los responsables de la elaboración del Proyecto, sin que ello origine Costo Adicional alguno al Proyecto.

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En el Expediente Técnico, en lo correspondiente al Valor Referencial (Presupuesto), las Partidas para Obras Provisionales y Trabajos Preliminares consideran las Partidas requeridas para Seguridad e Higiene Ocupacional, como es el caso del campamento, depósitos, señalizaciones, cercos, barandas y otras señales necesarias. Respecto a los cascos, lentes, máscaras para gases, protectores de oídos, botas, escaleras, líneas de vida, etc. que son de uso personal ó para una cuadrilla, se consideran en los Análisis de Costos de cada partida como un porcentaje de la Mano de Obra en el ítem “Herramientas complementarias: 2%”.

El contenido será el siguiente:

1. GENERALIDADES

1.1 OBJETO

1.2 CAMPO DE APLICACIÓN.

1.3 DESARROLLO DE PROCESOS, ACTIVIDADES, OPERACIONES QUE SON OBJETO DEL CONTRATO/UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA.

2. POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

2.1 DEFINIR, PUBLICAR Y DAR A ENTENDER LA POLITICA DE SST DE LA OBRA/EMPRESA

3. PLANIFICACION

3.1 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACION DE RIESGOS Y DETERMINACION DE CONTROLES PARA TODAS LAS ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN EL PROYECTO (CONTAR CON PROCEDIMIENTO Y MATRIZ).

3.2 IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE REQUISITOS LEGALES.

3.3 OBJETIVOS

3.4 PROGRAMA DE GESTIÓN

4. IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN

4.1 ESTRUCTURA Y RESPONSABILIDAD (FUNCIONES)

4.1.1 INGENIERO DE PROYECTO

4.1.2 RESIDENTE DE OBRA

4.1.3 JEFE DE SEGURIDAD

4.1.4 PREVENCIONISTA DE OBRA

4.1.5 RESIDENTE DE OBRA

4.1.6 SUPERVISORES/JEFES DE GRUPO/CAPATAZ

4.1.7 TRABAJADORES

4.2 COMPETENCIA, CAPACITACIÓN Y TOMA DE CONCIENCIA

4.3 COMUNICACIONES/CONSULTA

4.4 DOCUMENTOS Y CONTROL DE DOCUMENTOS

4.5 CONTROL OPERACIONAL

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4.6 PREPARACION Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS

4.6.1 TIPOS DE CONTINGENCIA

4.6.2 NIVELES DE RESPUESTA A EMERGENCIAS

4.6.3 ORGANIZACION Y RESPONSABILIDADES

4.6.4 EQUIPOS Y MATERIALES DE RESPUESTA A EMERGENCIAS

4.6.5 COMUNICACIONES

4.6.6 CAPACITACION

4.6.7 SIMULACROS-EVACUACION

4.6.8 ACTIVIDADES DE MITIGACION

5. VERIFICACION

5.1 MEDICIÒN Y SEGUIMIENTO DEL DESEMPEÑO Y MONITOREO EN SST

5.1.1 PROCEDIEMITO ESCRITOS DE TRABAJO SEGURO (PETS)

5.1.2 ESTADISTICAS DE SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE SST EN LA OBRA/PROYECTO

6. INVESTIGACION DE INCIDENTES, ACCION CORRECTIVA Y ACCIÓN PREVENTIVA

6.1 INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES

6.2 ACCIONES CORRECTIVAS-PREVENTIVAS

6.3 CONTROL DE REGISTROS

6.4 INSPECCIONES y/o AUDITORIAS

6.4.1 INSPECCIONES PLANEADAS, INOPINADAS, MENSUALES, SEMANALES, DIARIAS.

6.4.2 AUDITORIAS INTERNAS Y EXTERNAS.

7. COMITES DE SEGURIDAD Y/O SUPERVISOR DE SST

ANEXOS

1) LISTADO DE EQUIPOS PROTECCION PERSONAL Y ENTRENAMIENTO (CARACTERISTICAS Y CERTIFICADOS)

2) ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL (PROGRAMA O MATRIZ DE ENTRENAMIENTO/CAPACITACIÓN ANUAL)

3) REGISTRO DE ASISTENCIAS A CHARLAS/REUNIONES DE SEGURIDAD:

I) CHARLAS DE INDUCCION

II) CHARLAS DIARIAS

III) CHARLAS DE SEGURIDAD

IV) CHARLAS OPERACIONALES

V) REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD

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4) ANALISIS DE TRABAJO SEGURO (ATS)

5) MAPA DE RIESGO

6) POLITICA Y OBJETIVOS DE SST

7) REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

8) PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

9) ESTADISTICAS/REPORTES DE SST (SEMANALES, MENSUALES)

El Plan de Seguridad contemplará también las previsiones y las informaciones para efectuar en su oportunidad las debidas condiciones de seguridad y salud previsibles para trabajos posteriores, como es el caso de los Manuales de Operación y Mantenimiento de las Instalaciones proyectadas.

La aplicación de la Especificación de Seguridad e Higiene Ocupacional, no interfieren con las Disposiciones establecidas en cualesquiera de los otros documentos que conforman el Expediente Técnico, Disposiciones establecidas por la Legislación, ni limitan las Normas dictadas por los Sistemas Administrativos, así como otras Normas que se encuentren vigentes y que son de aplicación en la Elaboración de un Proyecto así como para su ejecución.

El Estudio Definitivo de Seguridad e Higiene Ocupacional en su totalidad, debe estar firmado por el Ingeniero especialista responsable de su ejecución y por el Ingeniero Director de Estudio, en concordancia con las Normas de Control Interno para el Área de Obras Públicas.

F.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

- El Consultor deberá evaluar la existencia de algún requerimiento ambiental establecido en el proceso administrativo municipal donde se desarrollará el proyecto, a fin de considerar dichos requisitos para la elaboración del expediente.

- Asimismo, el consultor, de ser el caso, tramitará, gestionará, elaborará y realizará los pagos respectivos en las Municipalidades u otras instituciones  involucradas con el proyecto, considerando que estas hayan emitido normas, procedimientos o requerimientos ambientales respecto a las obras de saneamiento.

- El Consultor deberá elaborar una propuesta de cumplimiento ambiental de los impactos ambientales que pudieran generarse por la ejecución del proyecto, según como lo establece el Art. 23° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, estableciendo los costos que involucrará su mitigación, remediación y compensación.

- Elaborar la FCCA de acuerdo a lo establecido en el MAMFO127 Formulario Ficha de Cumplimiento de Compromiso Ambiental para proyectos de saneamiento (FCCA).

- El MAMFO127 Formulario de Ficha de Cumplimiento de Compromiso Ambiental debe contar con la conformidad del EGAm, antes de incluirlo en el expediente de contratación.

- La FCCA es suscrita por el profesional responsable de su elaboración y/o Consultor a cargo de la ejecución del proyecto, con su respectiva firma en cada una de las hojas.

- Remitir al EGAm, la versión final impresa y digital de la FCCA, inmediatamente después de emitida la conformidad con los respectivos planos y panel fotográfico del proyecto.

- No podrá dar inicio a la obra, sino se cuenta con la FCCA aprobado por el EGAm.- Los Equipos responsables de los proyectos y servicios de saneamiento o infraestructura,

coordinarán con el EGAm una visita técnica de verificación ambiental al área del proyecto previa a la elaboración de la FCCA. El EGAm no revisará ni emitirá conformidad a la FCCA, sino se ha realizado la verificación ambiental por el personal asignado.

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G.- ESTUDIO DE TRÁNSITO Y SEÑALIZACIÓN

ESTUDIO DE TRÁNSITO (IMPACTO VIAL) DE INTERFERENCIA DE VÍAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA

El Consultor debe desarrollar un Estudio de Tránsito (Impacto Vial) y señalización, con un apropiado nivel de detalle de acuerdo a las exigencias de la Ordenanza N° 059 de la Municipalidad de Lima Metropolitana, de fecha 1994.03.30, publicada el 1994.04.11, en las zonas donde se desarrollarán los trabajos, con la finalidad de detectar y evidenciar los problemas que se presentarán como consecuencia de la ejecución de las obras, debiendo sustentar las soluciones temporales del tránsito (vehicular y peatonal).

Por las características de las obras que realiza SEDAPAL, la instalación de tuberías y construcción de cámaras, conexiones domiciliarias en toda vía, debe contar con la autorización de Interferencia de Vías otorgada por la Gerencia de Transporte Urbano de Lima a través de la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito (Ord. 059); esta ordenanza, tiene competencia en todas las vías de la provincia de Lima, adicional a la Autorización de Interferencia de vías se debe contar con las autorizaciones de ejecución de obras. En el caso de Ejecución de Obras en Vías Metropolitanas (Ord. 341) deberá de solicitar su autorización en la Gerencia de Desarrollo Urbano de Lima a través de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas y en el caso de Vías Locales deberá de solicitar su autorización en la Gerencia de Desarrollo Urbano del Distrito. En conclusión la constructora deberá contar en campo con dos (02) autorizaciones (de Interferencia de vías y de ejecución de obras).

En caso de obras a desarrollarse fuera de la jurisdicción de la Municipalidad de Lima Metropolitana (Provincia de Lima), el Consultor debe diseñar un Sistema de Señalización y Desvío de Tránsito, como parte del Estudio de Tránsito (Impacto Vial), el mismo que debe ser aprobado Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad correspondiente (si el caso lo requiere).

Será necesario que el Consultor realice conteos de tránsito, con el propósito de sustentar las medidas que se proponga en el Estudio, las mismas que deben tender a minimizar las molestias al tránsito de vehículos y de peatones en el Área del Proyecto y principalmente a las viviendas aledañas.

El Estudio de Tránsito (Impacto Vial), recopila las cantidades del flujo vehicular que se desplaza en la zona, se busca determinar el momento más adecuado para realizar la obra a fin de causar el menor Impacto Vial al Tránsito y residentes de la zona afectada y ejecutar los trabajos dotados de todos las medidas de seguridad como las señalización vertical reflectiva y los dispositivos de control de tránsito, reforzados con personal señalero y efectivos policiales.

Basado en este Estudio de Tránsito, el Consultor debe preparar los planos de desvío de tránsito, indicando las medidas de seguridad y señalizaciones asociadas, que se debe adoptar para ejecutar la obra.

El presente documento define el contenido de un Estudio de Tránsito (Impacto Vial) y representa una guía para su elaboración:

INDICE

1. ASPECTOS GENERALES

1.1 Introducción

1.2 Objetivos del Estudio

1.2.1 Objetivo General

1.2.2 Objetivos Específicos

1.3 Descripción del Proyecto

1.3.1 Ubicación

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1.3.2 Detalle - secciones

1.4 Área de Estudio

1.4.1 Área de Impacto Principal

1.4.2 Área de Impacto Secundario

1.4.3 Proyectos Viales Futuros

2. METODOLOGIA DEL TRABAJO

2.1. Trabajo de Gabinete

2.2. Trabajo de Campo

2.3 Análisis de la Información y obtención de resultados

3. ESTUDIO DE TRANSITO

3.1 Sentidos de Circulación

3.2 Conteo de tráfico

3.4.1 Formato de Encuestas

3.4.2 Cronograma de conteos

3.4.3 Identificación de puntos de aforo

3.4.4 Determinación del Flujo

3.4.5 Transporte Público de Pasajeros

4. EVALUACIÓN DEL TRÁNSITO EN EL ÁREA DEL PROYECTO

4.1 Vía de mayor importancia

4.3 Total tráfico generado (Se realizaran en la Zona afectada y en las Vías de Desvío)

4.4.1 Volumen Vehicular

4.4.2 Volumen Peatonal

7. ANALISIS DE LA CAPACIDAD VIAL

7.1 Volumen Vehicular

7.2 Determinación de Hora Punta

8 PROYECCIONES DE VOLUMENES DE TRANSITO

8.1 Volúmenes de Tránsito Proyectado (En las vías alternas)

9. IDENTIFICACION DE IMPACTOS

10.1 Situación Actual (Diagnosis)

10.2 Situación durante la ejecución de obra

11. MEDIDAS DE MITIGACION DE IMPACTOS

11.1 Situación Actual

11.2 Situación durante la ejecución de obras

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12. CONCLUSIONES.

13. RECOMENDACIONES

Anexos: Diagrama de Flujos Vehicular y Peatonal (Hora Punta)

Planos:

- Plano General de obra (zona de trabajo y sentido actual).- Plano de Desvío por etapas- Plano de Señalización del desvío

- Cronograma de obra por etapas

H. TÉRMINOS DE REFERENCIA Y  PRESUPUESTO PARA LA REALIZACIÓN DEL  PLAN DE MONITOREO ARQUEOLOGICO:

Al ser una rehabilitación de redes existente, corresponde la realización del Monitoreo Arqueológico durante la ejecución de las obras o remoción del terreno, como medida de protección de las evidencias arqueológicas que puedan hallarse de manera fortuita.

El Consultor, deberá elaborar los Términos de Referencia  y  el  Presupuesto para la realización del  Plan de Monitoreo Arqueológico, durante el desarrollo de las obras y actividades de ingeniería que involucren excavaciones y remoción de tierras en las obras en general por ejecutar.

Los términos de Referencia del Plan de Monitoreo Arqueológico deberán ser desarrollados según el Reglamento de Investigaciones Arqueología R.S. N° 044-200-ED, Resolución Ministerio N° 012-2010-MC, Directiva N° 001-2010/MC, Decreto Supremo N 009-209-ED.

Los Términos de Referencia del Plan de Monitoreo Arqueológico en su totalidad, debe estar firmado por el Licenciado responsable de su ejecución y el Ing. Director del Proyecto, en concordancia con las Normas de Control Interno para el Área de Obras Públicas

I.- METRADOS, COSTOS Y ESPECIFICACIONES

o Los metrados y costos deben estar claramente definidos y en los trabajos que comprenden por cada partida. Estos estarán debidamente sustentados mediante hojas de cálculo que faciliten su revisión, preparándose planillas de metrados parciales y con resúmenes por planos.

o Todas las especificaciones nuevas que se generen en el presente proyecto deberán tener una sustentación y descripción del proceso constructivo.

o Se requiere la elaboración de los metrados y presupuestos con el respectivo análisis de costos unitarios, Especificaciones Técnicas de Metrados – Formas de Pago, Procesos Constructivos y de Materiales, Cronogramas, Formulas Polinómicas, etc.

o El Valor Referencial debe estar debidamente sustentado, con planillas de metrados parciales y totales que se generaran como consecuencia del desarrollo del estudio, los cuales deben presentar el sustento y descripción de cada partida considerada; además, el Consultor debe realizar un estudio de mercado de precios de recursos (02 proveedores o más), adjuntando la lista de precios y cotización que los respalden, considerando cotizaciones actuales o vigentes relacionadas a los materiales que se emplearán para la ejecución de la obra.

o El Consultor debe presentar las Hojas de Cálculo de Sustento de los metrados consignados en las Partidas del Valor Referencial. Asimismo debe indicar en los planos del proyecto: las longitudes de los tramos de tuberías, clasificación del terreno, recomendaciones, profundidades y demás elementos que permitan realizar el análisis cuantitativo correspondiente.

o El Consultor en el valor referencial, debe considerar los costos derivados por los trámites legales y documentarios que debe realizar el contratista de la obra durante la ejecución y recepción de la obra, como es el trámite por otorgamiento de licencias, autorizaciones, gestiones en instituciones estatales y municipales, empresas eléctricas, gastos de licitación y contratación entre otros, programando oportunamente los desembolsos derivados de ellos.

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o Para la programación, control y supervisión de las obras debe programarse todas las actividades utilizando el Software de Microsoft Project.

o Dentro del periodo de responsabilidad, previsto en el Art. N° 50 de la Ley de Contrataciones del Estado, el Consultor, a Solicitud de SEDAPAL, estará obligado a actualizar el Presupuesto Referencial, de acuerdo al periodo de vigencia que debe presentar el valor referencial y otros documentos requeridos (Precios de Recursos, Análisis de Partidas, Presupuestos, Cronogramas, Formulas Polinómicas, Cotizaciones) para el proceso de convocatoria de la obra, debiendo, asimismo validar el presupuesto referencial actualizado.

o Dentro de las obligaciones emergentes al Proyecto y Proceso de Convocatoria, el Consultor está obligado a absolver las consultas que se presenten durante el proceso de selección. Asimismo, el Consultor está obligado a absolver las Consultas que SEDAPAL le solicite durante el periodo de ejecución de la obra.

o Dentro de los costos de obras se deben considerar el alquiler de una cámara filmadora de video, a fin de que se registre (antes y después de la obra) el estado de todas las calles, avenidas y pasajes donde se desarrollen las obras, teniendo especial cuidado de que se visualice el estado actual de los pavimentos, veredas, jardines y sardineles, o existan otro tipo de obras o escombros en la zona, a fin de evitar reclamos posteriores por los clientes. Esta disposición debe considerarse en el expediente técnico de obra.

J.- PROGRAMACIÓN DE OBRAS

Para la programación, control y supervisión de las obras deberá programarse todas las actividades utilizando el Software de Microsoft Project, presentando en el Diagrama Gantt, Pert y el Calendario, las secuencias y tiempo máximo y mínimo por actividad. Deberán preverse adecuadamente el suministro oportuno de todos los materiales puestos en obra.

Deberá programarse adecuadamente los trámites necesarios correspondientes al otorgamiento de licencias, autorizaciones, derechos de uso, gestiones en Instituciones Estatales y Municipal programando oportunamente los desembolsos derivados de ellos.

K.- PLANOS DE DISEÑO DEFINITIVO

Los Planos de Diseño en general deberán elaborarse a las escalas reglamentarias, ploteados en papel canson y bond tamaño A-1 y tamaño A-3 con membrete tipo SEDAPAL, debidamente firmadas y selladas por el Director del Proyecto y Especialistas responsables.

La relación de planos es la siguiente:

o Plano General Clave de ubicación de todas las estructuras del Proyecto a escala 1/10,000 con referencia a calles o puntos notables.

o Plano de ubicación con coordenadas UTM, tamaños A-3.o Planos Catastro Urbano del Área del proyecto.o Planos de colectores de alcantarillado en planta, con indicación de las curvas de niveles,

empalmes, interferencias, y otros en escala 1/500.o Planos de conexiones de alcantarillado y otros en escala 1/500.o Plano de detalle de conexiones domiciliarias, detalle típico de buzones.o Planos de Perfiles Longitudinales de las redes de alcantarillado con indicación de cotas y rasantes

de vías, diámetros, longitudes y pendientes de tuberías; buzones, cruces calles y servicios existentes y/o proyectados, en escala: H =1:500 V =1:50.

o Secciones longitudinales de vías a escalas adecuadas, con indicación de las instalaciones existentes y proyectadas.

o Planos de detalles de arquitectura y estructuras a escala 1/100, 1/50, 1/25 y 1/10, según sea el caso, para los empalmes y tipos de buzones a diseñar.

o Planos General de ductos y cámaras Telefónicas o instalaciones que fueran necesarias especificar a escala 1/5000.

o Los planos deben numerarse correlativamente indicando la totalidad de los mismos, con indicación del número de la licitación.

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Los planos deberán dibujarse en el Software de dibujo Autocad 2011.

L.- MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Este manual deberá contener las recomendaciones técnicas para asegurar la correcta operación y mantenimiento de los equipos e instalaciones de acuerdo a la concepción del diseño.

El manual de operación y mantenimiento deberá ser descrito literalmente e incluirá esquemas o gráficos que expliquen claramente las formas de operar y dar mantenimiento a los equipos y demás instalaciones en las condiciones normales, y críticas (mínimas y máximas condiciones); debiendo incluir como mínimo la siguiente información:

a. Manual de Operación:

Descripción de los elementos y estructuras que conforman el sistema, incluyendo:o Fichas técnicas de los elementos y estructuras.o Condiciones de diseño de la operación de los elementos y estructuras.

Procedimiento de Operación en Condiciones normales. Procedimiento de Operación en Condiciones críticas: Perfil y dimensionamiento del Personal a Cargo de la Operación de los Sistemas

Implementados.

b. Manual de Mantenimiento:

Desarrollo de un Plan de Mantenimiento Productivo Total (TPM) del sistema implementado indicando:

Identificación de los Objetos Sujetos de Mantenimiento (OSM). Definición de Indicadores de Eficiencia del Sistema.

o Indicadores de Fiabilidado Indicadores de Mantenibilidad.o Indicadores de Disponibilidad.

Desarrollo del Programa de Mantenimiento Autónomo. Desarrollo del Programa de Mantenimiento Preventivo. Desarrollo del Programa de Mantenimiento Predictivo. Perfil y dimensionamiento del Personal a Cargo del mantenimiento de los Sistemas

Implementados.

9.- PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO

La presentación del Estudio Definitivo será de la siguiente forma:

o Memoria Descriptiva del Estudio Definitivo: Que deberá contener: antecedentes, ubicación y límites, clima, vías de acceso, población, tasa de crecimiento, demanda, Consumos, Población beneficiaria de alcantarillado, cálculo hidráulico en las condiciones actuales del sistema, descripción del proyecto.

o Diseño Hidráulicoo Planillas y resumen de metradoso Catálogos de materiales y equipos de ser el casoo Estudio Topográficoo Estudio de Mecánica de Sueloso Estudio de Impacto Ambiental (FCCA)o Estudio de Seguridad e Higiene Ocupacionalo Manual de Operación y Mantenimientoo Términos de Referencia y Presupuesto para la realización del Plan de Monitoreo

Arqueológico.o Estudio de Tránsito y Señalizacióno Planos

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Cada uno de los estudios se presentarán 01 original y 01 copia, firmados y sellados en su totalidad por el Director del Estudio y por los Especialistas respectivos, el CONSULTOR deberá también entregar toda la información presentada en CD (disco compacto).

Los Estudios serán desarrollados en los programas de Word versión 2003, Excel versión 2003 para Windows XP, Microsoft Project versión 2003 y los planos digitalizados en Autocad 2011.

10.- DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA

Luego de obtenida la aprobación del Estudio Definitivo, el CONSULTOR procederá a la consolidación de los dos (02) Expedientes Técnicos uno por cada proyecto, el que se presentará en los plazos previstos para su revisión y aprobación por SEDAPAL.

Los dos (02) Expedientes Técnicos de obra (uno por cada estudio) como productos entregables, son los siguientes :

(1- Frente B).- Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja - 3era Etapa

(2- Frente B).- Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa .

Deben contener por lo menos lo siguiente:

o Memoria Descriptiva de las Obras a Ejecutar (antecedentes, ubicación, descripción detallada de las obras a ejecutar, relación de planos, sistema de contratación, modalidad de ejecución, valor referencial, Fecha del Valor Referencial, Plazo de ejecución de la obra).

o Valor Referencial.o Planillas y Resumen de Metrados.o Formato de Metrado Base.o Análisis de Precios Unitarios.o Fórmula (s) Polinómica (s) de reajuste.o Relación de insumos.o Desagregado de Gastos Generales.o Cronograma General de Actividades.o Cronograma de ejecución (Diagramas PERT y GANTT)o Cronograma de Desembolsos.o Disposiciones Específicas.o Especificaciones Técnicas propias de la Obra.o Estudio de Impacto Ambiental (FCCA).o Plan de Seguridad y Salud Ocupacional.o Estudio Topográfico.o Estudio de Mecánica de Suelos.o Términos de Referencia y Presupuesto para la realización del Plan de Monitoreo

Arqueológico.o Anexos:

Penalidades-GPOPRO54 Protocolo de pruebas-GPOFO021 Relación de Inst-GPOFO042 Manejo de residuos-MAMFO101 Metrados y formas de pago-GPOET001 Repos-pavimentos-GPOET002 Seguridad e higiene-GPOET004 Normas técnicas-GPODA004 Estudio de Tránsito y Señalización

o Planos de Ejecución de Obras (Plano de ubicación con coordenadas UTM en tamaño A-1, de planta, conexiones domiciliarias y perfiles longitudinales).

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Se presentarán 01 original y 03 copia (versión final), firmados y sellados en su totalidad por el Director del Estudio y por los Especialista respectivos, el CONSULTOR deberá también entregar toda la información presentada en CD (disco compacto).

Los Estudios serán desarrollados en los programas de Word versión 2003, Excel versión 2003 para Windows XP, Microsoft Project versión 2003 y los planos digitalizados en Autocad 2011.

Toda labor descrita se traducirá con suficiencia en los planos de obra del proyecto y deberán ceñirse a las Especificaciones Técnicas de SEDAPAL, a los documentos que conforman las Bases del presente proceso, al Reglamento de Elaboración de Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado para Habilitaciones Urbanas de Lima Metropolitana y Callao – SEDAPAL y al Reglamento Nacional de Edificaciones.

En cualquier etapa del desarrollo del proyecto, su revisión puede dar a lugar a observaciones, que necesariamente deben ser absueltas por el CONSULTOR, no procediendo reclamo alguno por concepto de pago pendientes, en tanto no se absuelva apropiadamente dichas observaciones.

El CONSULTOR será responsable de los errores, omisiones, defectos o fallas en el expediente técnico que den lugar al pago de presupuestos adicionales no contemplados en el proyecto definitivo, por lo que queda entendido que la revisión y aprobación del expediente técnico por parte de SEDAPAL no lo exime de su responsabilidad.

En consecuencia corresponderá al CONSULTOR el absolver oportunamente todas las consultas, que tengan relación con el estudio que se contrata.

11.- INICIO DE PLAZO Y DURACION DEL SERVICIO

El plazo efectivo de duración del servicio de consultoría de obra aplicable al CONSULTOR, será de noventa (90) días calendario.

Este plazo incluye los tiempos para absolución de consultas y observaciones que se generen con la Inspección y la Evaluación de los Estudios Definitivos.

El inicio de plazo del servicio de consultoría de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que el Equipo Técnico Sur haga de conocimiento al Consultor la designación de la Inspección del Estudio.

b) Que SEDAPAL haya hecho entrega del terreno o lugar donde se elaborarán los estudios dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la designación de la inspección.

c) Que se haya entregado el adelanto directo al CONSULTOR, de haber sido solicitado por éste.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo rige desde el día siguiente de que se cumplan las condiciones a) y b).

12.- INFORMACION A SER PROPORCIONADA POR SEDAPAL

Cabe señalar que las coordinaciones con SEDAPAL serán con profesionales de las áreas operativas, técnicas y comerciales de la zona:

Equipo Técnico Sur Equipo Operación y Mantenimiento Redes Surquillo Equipo Comercial Surquillo Equipo Recolección Primaria (de ser el caso).

13.- INFORMES DE DESARROLLO DEL ESTUDIO

Cuando se haya realizado el cálculo y dimensionamiento del sistema, así como definida la configuración hidráulica del nuevo sistema, el CONSULTOR deberá hacer una exposición de lo

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avanzado a la fecha. La exposición deberá hacerse antes de iniciar los diseños definitivos, a fin de ajustar cualquier aspecto técnico que SEDAPAL considere pertinente. No se podrá desarrollar los diseños definitivos sin antes haber explicado el sustento técnico de los planteamientos propuestos por el estudio, aspecto que es de responsabilidad del CONSULTOR. En la referida exposición se deberá contar con la participación de los siguientes Equipos de SEDAPAL:

Equipo Técnico Sur Equipo Operación y Mantenimiento Redes Surquillo Equipo Recolección Primaria (de ser el caso).

Los Informes se presentarán de la siguiente manera:

Primer Informe:

Corresponde al desarrollo del Estudio Definitivo se presentará a la Inspección a los treinta (30) días naturales de iniciado el estudio.

En este Informe se presentaran culminados los siguientes estudios:

o Estudio Topográficoo Estudio de Mecánica de Sueloso Levantamiento de redes existentes

Como informes parciales:

o Avance del Diseño Hidráulico al 50%o Estudio de Tránsito y Señalizacióno Informe de Impacto Ambiental (FCCA)

Estudio de Seguridad e Higiene Ocupacional

Como parte del Primer Informe, el CONSULTOR presentará los cargos que acrediten la presentación de la FCCA en el EGAm.

Segundo Informe:

Corresponde a la entrega final del Estudio Definitivo se presentará a la Inspección a los sesenta (60) días naturales de iniciado el estudio. En este Informe se presentará culminado el Estudio Definitivo, se presentara conforme a lo especificado en Ítem 9.

o Memoria Descriptiva del Estudio Definitivo o Diseño Hidráulicoo Planillas y resumen de metradoso Estudio Topográficoo Estudio de Mecánica de Sueloso Estudio de Impacto Ambiental (FCCA)o Estudio de Seguridad e Higiene Ocupacionalo Manual de Operación y Mantenimientoo Términos de Referencia y Presupuesto para la realización del Plan de Monitoreo Arqueológico. o Estudio de Tránsito y Señalizacióno Planos

Como parte del Segundo Informe, el CONSULTOR presentará la FCCA de acuerdo a lo establecido en el MAMFO127 Formulario de Ficha de Cumplimiento de Compromiso Ambiental con la conformidad del EGAm.

Tercer Informe:

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Corresponde a la entrega del Informe Final de los dos (02) Expedientes Técnicos (productos entregables), se presentarán a los noventa (90) días naturales de iniciado el estudio. En este Informe se presentará los dos (02) Expedientes Técnicos para la Ejecución de Obras que comprende la entrega de los estudios mencionados en el Ítem 10.

14.- SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL PROYECTO

El Equipo Técnico Sur de SEDAPAL inspeccionará permanentemente la elaboración del Estudio Definitivo y de los dos (02) Expedientes Técnicos tanto en su contenido como en su avance a través de personal designado para dicha labor a fin de verificar que se cumplan con los alcances del servicio mencionado en la presente Base.

15.- PRESENTACION DE LOS INFORMES

El CONSULTOR presentará el informe de acuerdo a la siguiente forma:

15.1 DOCUMENTOS IMPRESOS

Cada uno de los profesionales, integrantes de la Propuesta Técnica del CONSULTOR, deberán suscribir y sellar las páginas de los informes impresos del Estudio según función/especialidad (Director y los especialistas según corresponda), no pudiendo reemplazarse, en ningún caso, sus firmas y sellos por la firma y sello del representante legal del CONSULTOR. El incumplimiento dará lugar al retraso del trámite del pago correspondiente bajo responsabilidad del CONSULTOR.

Para tal fin, el CONSULTOR deberá confeccionar sellos para el Director del Estudio y Especialistas, en los que se debe indicar la razón social del CONSULTOR y el cargo del profesional en el desarrollo del estudio (Director, cada especialidad) y su Nº de Registro en el Colegio Profesional respectivo.

Para la absolución de observaciones al informe emitida por el inspector, el CONSULTOR siempre deberá presentar una nueva versión completa del mencionado informe con las observaciones subsanadas (salvo a criterio del Inspector, el número reducido de páginas a agregar o reemplazar, permita insertarlas o sustituirlas, debiendo reemplazar obligatoriamente la carátula con el número de versión que corresponda y fecha actualizada) siguiendo el procedimiento indicado para presentación de informes.

15.2 DOCUMENTOS EN MEDIOS MAGNÉTICOS

Cuando los Informes son aprobados por la Inspección, el CONSULTOR debe presentar adjunto al Informe aprobado, un juego de CDs no regrabables, debidamente rotulado (nombre, Nº de versión y fecha actualizada).

El juego de CDs debe contener toda la información impresa sin excepción, debiendo adjuntar los archivos magnéticos en Word, Excel, Autocad, MS Project, etc., no aceptándose archivos grabados en Adobe Reader.

Para que sea procedente el inicio del trámite para los pagos correspondientes, es indispensable la presentación de los documentos impresos, así como en medio magnético, con las características indicadas.

16.- DE LA REVISION DE LOS INFORMES Y ABSOLUCIONES DE OBSERVACIONES

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El CONSULTOR presentará todos los Informes y las observaciones subsanadas en Mesa de Partes de la Entidad y comunicará a la Inspección para su seguimiento y control.

Para efectos del cómputo de plazos, se considerará la fecha de presentación a la Entidad, en concordancia al “Cronograma de Presentación y Aprobación de Tareas. Asimismo la Inspección presentará las observaciones, aprobaciones y/o cualquier documento directamente al CONSULTOR.

El periodo para elevar las observaciones que se formulan a los Informes presentados por el CONSULTOR, como resultado de la revisión de éstos por la Inspección, no conlleva en ningún caso, reconocimiento de ampliación de plazo.

La duración total de elaboración del estudio definitivo y expediente técnico será de 90 días.

A continuación se muestran los plazos límites en la entrega y/o devolución de Informes:

Nota 1:

1) Los plazos están establecidos en días calendario.

INFORMES

CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE TAREAS

(90 DÍAS CALENDARIOS)

PRESENTACION DE INFORMES

OBSERVACIONES DEL ET-S

SUBSANACION POR PARTE DEL CONSULTOR

Nº 01 30 8 8

Nº 02 30 8 8

Nº 03 30 6 6

Total 90

Nº 01 30 días 8 8                  

Nº 02 30 días 8 8  

Nº 03 30 días 6 6  

Total 90 días calendarios    

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2) El plazo de duración es de 90 días calendario, el cual considera todos los recursos necesarios para dar total cumplimiento al servicio correctamente.

Nota 2:

Los días de revisión y observaciones del Inspector y de levantamiento de observaciones por parte del Consultor del primer y segundo informe, es de 8 y 8 días calendario respectivamente, y el tercer informe es 6 y 6 días calendarios y no se contabilizan dentro del plazo, debiendo realizarse en forma paralela con la siguiente tarea.

17.- TABLA DE PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los Artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el Artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

ANEXO 01: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD DESARROLLO DE ESTUDIOS

N° INFRACCIÓN UNIDAD UIT (PROPORCION)

1 No cumple con la participación del personal profesional planteado en la propuesta técnica según el cronograma y tiempo de participación.

Por día, persona y ocurrencia

0.60

2 No cumple con la disposición de una oficina equipada, el uso de materiales y equipos (vehículo, medio de comunicación, teodolito, etc.) establecidos en los Términos de Referencia.

Por día y ocurrencia 0.40

3 No cumple con la subsanación de Observaciones en el plazo establecido, registradas en el cuaderno de proyectos y/o cartas remitidas.

Por día y ocurrencia 0.90

4 No presentar los informes de avance y final completo según lo exigido en la presentación de tareas de los Términos de Referencia.

Por día y ocurrencia 0.90

5 No cumple con las responsabilidades de pago del salario u honorario al personal profesional incluyendo los beneficios sociales de acuerdo a Ley. Por ocurrencia

0.60

6 El personal profesional del Consultor no asiste a las reuniones convocadas por SEDAPAL y confirmadas por el Consultor.

Por día, persona y ocurrencia

0.60

7 No cumple con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por ocurrencia0.60

17.1 Aplicación de Penalidad en el desarrollo de Estudios (Perfil, Factibilidad,

Expediente Técnico)

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17.1.1 El Inspector de Estudio al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en: Anexo 01: Tabla de Penalidades – Contrato de Consultoría, remite una carta de preaviso al consultor estableciéndole un plazo para la subsanación de la infracción. En los casos de infracciones reincidentes pasa directamente al numeral 17.1.3

17.1.2 El consultor revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo, pasa al siguiente numeral.

17.1.3 El Inspector de Estudio, procede a calcular la penalidad según la Tabla establecida en el Anexo 01 o Anexo 02, según corresponda, sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria, por día, persona u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible,

equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasara al numeral 17.1.7

17.1.4 El Inspector de Estudio mediante carta comunica al consultor la aplicación de la penalidad, la cual deberá ser aplicada en la siguiente valorización o en la valorización final según corresponda.

17.1.5 El Inspector de Estudio elabora y remite a su Jefatura la valorización con la aplicación de la penalidad.

17.1.6 El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto aprueba y coordina se procese la valorización en la que se aplica la penalidad.

17.1.7 En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Inspector de Estudio propone al Jefe de Equipo a cargo del proyecto inicie la Resolución del Contrato de consultoría.

17.1.8 El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto evalúa la conveniencia de proceder con la Resolución del Contrato de Consultoría, en caso proceda, aplica el procedimiento GPOPR019 Resolución de Contrato de Consultoría.

18.- FORMA DE PAGO

Los pagos al CONSULTOR se efectuarán mediante valorizaciones, de la forma siguiente:

1ra Valorización : 30 % del monto contractual, al obtener la aprobación del Primer Informe (Estudio Definitivo).

2da Valorización : 30% del monto contractual, al obtener la aprobación del Segundo Informe (Estudio Definitivo).

3ra Valorización : 40% del monto contractual, al obtener la Aprobación del Tercer Informe y las Aprobaciones del Estudio Definitivo y Expedientes Técnicos (como productos entregables; Dos (02) Expedientes Técnicos de obra uno por cada estudio: (1) Frente B.- "Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. Monterrico Sur en el distrito de San Borja - 3era Etapa" y (2) Frente A.- "Reposición de colectores y conexiones domiciliarias Urb. La Campiña en el distrito de Chorrillos - 1era Etapa", con Resolución de Gerencia de Servicios Sur.

Las valorizaciones del CONSULTOR serán respaldadas por el cumplimiento de cada Informe.

La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de prestado el servicio.

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19.- CALENDARIOS DE VALORIZACIONES

Las Valorizaciones se realizarán de acuerdo a la aprobación de los informes el cual debe estar acorde al Cronograma de Actividades Valorizado del Estudio y a la presentación y aprobación por la Inspección del Informe correspondiente (última versión impresa y en CD).

20.- RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR

El CONSULTOR asumirá la responsabilidad total de los servicios profesionales prestados para la elaboración del Proyectos.

El CONSULTOR se obliga a absolver las observaciones que formule la Inspección. La revisión de los documentos y planos por parte de la Inspección, durante la elaboración del

estudio, no exime al CONSULTOR de la responsabilidad que le cabe en su condición de tal.

21.- CONCLUSIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO Y ACUERDO DE LIQUIDACIÓN DEL

CONTRATO

El servicio concluye con la entrega del CONSULTOR a SEDAPAL de la documentación indicada en los párrafos precedentes, que deberán ser a entera satisfacción de SEDAPAL, así como la presentación de una carta notarial de compromiso por un tiempo de tres (03) años, contados a partir de la aprobación del estudio definitivo y expediente técnico, a quedar a disposición de SEDAPAL para cualquier aclaración relacionada con el estudio.

22.- RECURSOS HUMANOS

01 Jefe del Proyecto o Director del Estudio: Ingeniero Sanitario, profesional colegiado, debe contar con experiencia de un (01) año como Jefe o Director o Responsable de Estudios Definitivos y/o Expedientes Técnicos para proyectos similares.

01 Ingeniero Especialista en Elaboración de Proyectos de Obras Secundarias de Agua Potable y Alcantarillado: Ingeniero Sanitario, profesional colegiado, debe contar con experiencia de seis (06) meses como Ing. Especialista en elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos para proyectos similares.

01 Ingeniero Especialista en Costos y Presupuestos, valorizaciones y programación: Ingeniero Sanitario o Ingeniero Civil o Ingeniero Mecánica de Fluidos, profesional colegiado, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses como Ing. Especialista en Costos, Presupuestos, Valorizaciones y programación de Obras, en la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos similares.

01 Especialista en Estudio de Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil, profesional colegiado, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses como Ing. Especialista en estudio de suelos, en la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos similares.

01 Profesional Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional, profesional colegiado, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses como Ing. Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional de Obras, en la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos similares.

01 Especialista en Transito: Ingeniero, profesional colegiado, Especialista en transporte o tránsito, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses en la elaboración de Estudios de Tránsito y/o tráfico (Impacto Vial) para proyectos en general.

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01 Especialista en Impacto Ambiental: Ingeniero, profesional colegiado, Especialista en impacto ambiental, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses en la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental para proyectos similares.

01 Especialista en Información Cartográfica: Ingeniero Geográfico, profesional colegiado, Especialista en el manejo de Geodatabase ArcGIS y uso de GPS, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses en la elaboración de proyectos similares.

01 Licenciado en Arqueología, profesional colegiado, debe contar con experiencia de cuatro (04) meses en la elaboración y/o implementación de Plan de Monitoreo Arqueológico. Debe estar inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos del  Ministerio de Cultura.

Todos los profesionales deberán ser colegiados y hábiles, debiendo mantener tal condición durante el plazo de ejecución contractual.

La colegiatura y habilidad de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la ejecución del contrato.

Nota: Durante la ejecución contractual del presente servicio, el cambio de personal procede por iguales o superiores características al ofertado en la propuesta técnica, pudiéndose reemplazar al personal solo por causas demostradas no atribuibles al contratista, es decir por caso fortuito o fuerza mayor. La sustitución del personal solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad.

Personal Técnico de apoyo:

(01) Técnico de metrado y presupuestos(01) Topógrafo(02) Ayudantes de Topógrafo(01) Dibujante AUTO CAD - GIS

23.- RECURSOS FÍSICOS MÍNIMOS

01 Oficina, la Empresa Consultora desarrollará sus actividades en sus oficinas que para este fin se establezca, debiendo contar con mobiliario adecuado, ambiente propicio y teléfono fijo incluido telefax, internet, un correo electrónico que permanezca activo desde el inicio hasta la culminación de los Proyectos; así como equipo de comunicación móvil.

02 Equipos de Cómputo con programas en WINDOWS XP como WORD 2003, Excel 2003, MS PROJECT 2003 y AutoCAD 2011.

01 Equipos de Impresión (01 láser b/n y 01 láser a color). Disponibilidad de contar con equipo topográfico Estación Total. 01 Vehículo para traslado de personal a las zonas de trabajo.

24.- DEFINICIÓN DE PROYECTOS SIMILARES:

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Son todos aquellos estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos de obras generales y/o secundarias ejecutadas por el postor, de naturaleza semejante a la que se desea contratar, que incluyan uno de los siguientes componentes referidos al saneamiento:

Servicio de Agua Potable

a. Sistema de producción que comprende: Conducción de agua cruda, conducción de agua tratada, líneas de impulsión, líneas de aducción.

b. Sistema de distribución que comprende: Redes de distribución y dispositivos de entrega al usuario, conexiones domiciliarias inclusive la medición.

Servicio de Alcantarillado Sanitario

a. Sistema de recolección, que comprende: Colectores primarios, Colectores secundarios, Conexiones domiciliarias, líneas de impulsión.

Se excluye lo siguiente:

a. Piletas públicas, unidad sanitaria u otros.b. Sistema de recolección y disposición de aguas de lluvias.c. Servicio de Disposición Sanitaria de Excretas Sistema de letrinas y fosas sépticas.d. Recolección de residuos sólidos.

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FORMULARIO Código : MAMFO127

Revisión : 04

Aprobado : C-SGI

Fecha : 2013.12.17

Página : 30 de 31

FICHA DE CUMPLIMIENTO DE COMPROMISO AMBIENTAL

Proyecto: Anotar la denominación del proyecto.

Responsable(s) o Titular(es) propietario(s): Anotar el nombre de la Institución que financia el Proyecto; la Unidad Formuladora; Ejecutora y Evaluadora (de ser el caso).

Fecha: Anotar la fecha de elaboración.

1. Antecedentes del Proyecto

1.1 Justificación del proyecto.

1.2 Nº de código SNIP (de ser el caso).

2. Localización

2.1 Región2.2 Departamento2.3 Provincia2.4 Distrito2.5 Localidad

3. Información General del Proyecto

3.1 Descripción de los componentes del proyecto.3.2 Cuadro de programación de las obras a realizar.3.3 Duración de la ejecución de las obras del proyecto.3.4 Costo total de ejecución y de operación y mantenimiento del proyecto.

4. Condiciones Ambientales y Sociales

4.1 Características de la zona de emplazamiento del proyecto (flora, fauna, cuerpos de agua, etc.).

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4.2 Zonificación correspondiente al espacio (urbano o rural).4.3 Actividades económicas de la zona del Proyecto.4.4 Población Beneficiaria.4.5 Acuerdos que se haya suscrito con la población.

5. Medidas de prevención y de control (etapa de construcción y operación)

Etapas de proceso Acciones Medidas de Mitigación 1 Duración

Costos de las medidas de

mitigación (S/.)

-

-

-

-

-

(1) Relacionadas al cumplimiento de normas sobre el manejo de residuos sólidos, aguas, efluentes, emisiones, ruidos, suelos, conservación del patrimonio natural y cultural, zonificación, y otros

6. Adjuntar Plano de ubicación del proyecto a escala visible.

7. Adjuntar Planos generales de los componentes del proyecto a escala visible (se recomienda que los trazos deben estar de diferentes colores).

Anexo N° 01

Especificaciones en los Estudios PreInversion -Inversión, elaboración de expedientes y ejecución de Obras

Cartografía a Entregar por el CONTRATISTA:

La información cartográfica deberá cumplir con los siguientes parámetros:

Unidades de Medida.- Se utilizará como unidad de medida el Sistema Métrico Internacional (SI).

Exactitud.- Para este caso se usara la exactitud posicional submetrica (< 1 metro) con equipos GPS diferencial.

Precisión.- La precisión está referida como el nivel de definición o decimales que hemos conseguido plasmar de la realidad. Para este caso usaremos 16 dígitos (doble precisión) cuando se utilice los formatos GIS.

Sistema de Coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM).- Datum de referencia WGS84 (Word Geodesyc System 1984- Sistema Geodésico Mundial de 1984).

Zonas.- La zona 18 Sur es la que corresponde al departamento de Lima, por lo que toda información Cartográfica que se genera para la empresa deberá estar en esta zona.

Escala.- Las escalas serán usadas de acuerdo a los niveles de detalle de cada estudio desde el perfil a los estudios de factibilidad.

Control Terrestre.- El consultor deberá utilizar como punto de control terrestre la Estación GNSS-SEDAPAL ubicado en el edificio principal de la Atarjea como apoyo para los nuevos levantamientos topográficos que ellos realizaran.

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A partir de la Cartografía base Catastral (manzanas y vías) existentes en el Repositorio Único, SEDAPAL generará una réplica, únicamente del Área de Influencia del Estudio, Proyecto u Obra, con parte de la cartografía existente, en formato Personal Geodatabase (ArcGIS 10.1), con el objetivo de tomar como base en el Estudio, Proyecto u Obra. El mismo proceso se llevara a cabo con la Red de Agua Potable y la Red de Alcantarillado para el Área de Influencia del Proyecto.

El Contratista debe proporcionar a SEDAPAL la cartografía (manzanas, lotes y Vías, conexiones de agua y alcantarillado) definitiva en formato Personal GeoDataBase (ArcGIS 10.1), tanto a nivel de Cartografía Base Catastral como de redes de agua y alcantarillado.

El Contratista deberá proveer de un listado (base de datos, formatos dbf4) con los nuevos clientes que deben darse de alta durante la fase de Recepción de Obra.

SEDAPAL entregara el modelo de datos de la cartografía (base, redes agua y alcantarillado) en estructura personal Geodatabase (ArcGIS 10.1) al inicio del servicio, estudio u obra para que el CONTRATISTA entregue el producto final en esa misma estructura.

ESPECIFICACIÓNCódigo

Revisión

Aprobado

Fecha

Página

:

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GPOET008

00

GPO

2011.10.24

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NORMALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA

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IMPORTANTE:

Para determinar la especialidad se debe tener en cuenta las especialidades de los consultores previstas en el artículo 268 del Reglamento.

En caso de consorcios con entidades internacionales, los profesionales extranjeros deben acreditar y validar sus estudios ante el colegio de ingenieros, una vez que inicien su primer entregable. En caso que no lo hiciera, el informe será devuelto y se aplicará la penalidad N° 1 contemplada en la Tabla de Penalidades.

La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva del servicio de consultoría.

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN11

A. EXPERIENCIA DEL POSTOR (35 puntos)12

A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD 10 puntosCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de quince (15) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; ii) copia simple de contratos y su respectivas resoluciones de liquidación; o iii) copia simple de contratos acompañados de comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito bancario o comprobante de pago con sello oficial de cancelación de la empresa emisora, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios..

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría correspondientes a la actividad objeto del proceso

M >= 2 veces el valor referencial:

10 puntos

M >= 1.5 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial:

7.5 puntos

M >= 1 vez el valor referencial y <1.5 veces el valor referencial:

05 puntos13

12 De conformidad con el artículo 46 del Reglamento, el puntaje debe incluir el que corresponda a los factores experiencia en la actividad y en la especialidad; así como el que corresponda al factor cumplimiento del servicio, cuando este haya sido previsto en las Bases.

13 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad.

IMPORTANTE:

Cuando el objeto del proceso sea la elaboración de expedientes técnicos deberá acreditarse la experiencia en la actividad con copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago referidos a servicios prestados en la elaboración de expedientes técnicos, sin considerar el tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del Reglamento.

Cuando el objeto del proceso sea la supervisión de obras deberá acreditarse la experiencia en la actividad con contratos o comprobantes de pago referidos a la supervisión de obras sin distinguir el tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del Reglamento.

A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD 20 puntosCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (01) vez el valor referencial.

Se considerará servicio similar, Son todos aquellos estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos de obras generales y/o secundarias ejecutadas por el postor, de naturaleza semejante a la que se desea contratar, que incluyan uno de los siguientes componentes referidos al

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría iguales o similares al objeto de la convocatoria

M >= 1 vez el valor referencial: 20 puntos

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

saneamiento:

Servicio de Agua Potable

a. Sistema de producción que comprende: Conducción de agua cruda, conducción de agua tratada, líneas de impulsión, líneas de aducción.

b. Sistema de distribución que comprende: Redes de distribución y dispositivos de entrega al usuario, conexiones domiciliarias inclusive la medición.

Servicio de Alcantarillado Sanitario

a. Sistema de recolección, que comprende: Colectores primarios, Colectores secundarios, Conexiones domiciliarias, líneas de impulsión.

Se excluye lo siguiente:

a. Piletas públicas, unidad sanitaria u otros.b. Sistema de recolección y disposición de

aguas de lluvias.c. Servicio de Disposición Sanitaria de Excretas

Sistema de letrinas y fosas sépticas.d. Recolección de residuos sólidos.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; ii) copia simple de contratos y su respectivas resoluciones de liquidación; o iii) copia simple de contratos acompañados de comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente,, con voucher de depósito bancario o comprobante de pago con sello oficial de cancelación de la empresa emisora, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios iguales o similares al objeto del proceso.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda

M >= 0.75 vez el valor referencial y < 1 vez el valor referencial: 14 puntos

M >= 0.5 veces el valor referencial y < 0.75 vez el valor referencial: 7 puntos14

14 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

A.3. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO 5 puntos

Criterio:Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios de consultoría de obra presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que

asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación15:

PCP= PF x CBC NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.PF = Puntaje máximo al postor.NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.CBC = Número de constancias de prestación válidas.

B. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO (40 puntos)

15 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

Acreditación:La experiencia del personal profesional propuesto se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional propuesto.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado

B.1

01 JEFE DEL PROYECTO O DIRECTOR DEL ESTUDIO: Ingeniero Sanitario, profesional colegiado,

CriterioDebe contar con experiencia de un (01) año como Jefe o Director o Responsable de Estudios Definitivos y/o Expedientes Técnicos para proyectos similares.

Más de 02 años: 8 puntos

Más de1.5 meses hasta 2 años: 6 puntos

Más de 1 año hasta 1.5 años:

3 puntos

B.2

01 INGENIERO ESPECIALISTA EN ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS SECUNDARIAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Ingeniero Sanitario, profesional colegiado,

CriterioDebe contar con experiencia de seis (06) meses como Ing. Especialista en elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos para proyectos similares..

Más de 18 meses: 8 puntos

Más de12 meses hasta 18 meses:

6 puntos

Más de 06 meses hasta 12 meses:

3 puntos

B.3

01 INGENIERO ESPECIALISTA EN COSTOS Y PRESUPUESTOS, VALORIZACIONES Y PROGRAMACIÓN: INGENIERO SANITARIO O INGENIERO CIVIL O INGENIERO MECÁNICA DE FLUIDOSProfesional colegiado

Criterio:Debe contar con experiencia de cuatro (04) meses como Ing. Especialista en Costos, Presupuestos, Valorizaciones y programación de Obras, en la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos similares.

Más de 08 meses: 8 puntos

Más de 06 meses hasta 08 meses:

6 puntos

Más de 04 meses hasta 06 meses:

3 puntos

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

B.4

01 PROFESIONAL ESPECIALISTA EN SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONALProfesional colegiado,

Criterio:Debe contar con experiencia de cuatro (04) meses como Ing. Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional de Obras, en la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos de proyectos similares.

Más de 08 meses: 8 puntos

Más de 06 meses hasta 08 meses:

6 puntos

Más de 04 meses hasta 06 meses:

3 puntos

B.5

01 ESPECIALISTA EN IMPACTO AMBIENTAL:Ingeniero, profesional colegiado, Especialista en impacto ambiental,

Criterio:Debe contar con experiencia de cuatro (04) meses en la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental para proyectos similares.

Más de 8 meses: 8 puntos

Más de 6 meses hasta 8 meses: 6 puntos

Más de 04 meses hasta 6 meses:

3 puntos

C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS16 (25 puntos)

Criterio:

Mejora 1Personal profesional propuesto, se debe considerar aquellos estudios a nivel de post grado o diplomado en su especialidad del personal propuesto…………………………….(15 puntos)

- Un profesional……………….05 puntos- Dos profesionales…………..10 puntos

Mejora 2Identificación de dificultades en el desarrollo de la consultoría de obra con su respectiva propuesta de solución de acuerdo a los términos de referencia…………………..(10 puntos)

Acreditación:Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos17

IMPORTANTE:

Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

16 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se les otorgará puntaje.

17 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.

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CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación a Suma Alzada del servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación del servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.18

Este monto comprende el costo del servicio de consultoría, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO19

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONSULTOR en Nuevos Soles, en PAGOS PERIÓDICOS, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente en Mesa de Partes de la Sede Principal sito en la Autopista Ramiro Priale N°210 – La Atarjea - El Agustino, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo establecido en la liquidación del contrato.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios (Jefatura del Equipo Gestión de Proyectos Norte) deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que LA ENTIDAD cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

18 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 9) en su propuesta técnica.

19 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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En caso de retraso en el pago, EL CONSULTOR tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato es de noventa (90) días calendario.El inicio de plazo del servicio de consultoría de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que el Equipo Técnico Sur haga de conocimiento al Consultor la designación de la Inspección del Estudio.

b) Que SEDAPAL haya hecho entrega del terreno o lugar donde se elaborarán los estudios dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la designación de la inspección.

c) Que se haya entregado el adelanto directo al CONSULTOR, de haber sido solicitado por éste.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo rige desde el día siguiente de que se cumplan las condiciones a) y b).

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora20 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato21: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NÚMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias22: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NÚMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA

20 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

21 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

22 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

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QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO 23 La Entidad otorgará un adelanto directo, hasta por el 10% del monto contratado.

El consultor debe solicitar los adelantos dentro de los (8) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos24 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.

La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (07) días siguientes a la presentación de la solicitud del consultor.

En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el consultor tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Equipo Gestión de Proyectos Centroe.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de tres (03) años.

23 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.

24 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

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CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

Asimismo, en base a lo establecido en el Art. 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones se aplicarán penalidades de acuerdo a las establecidas en el Procedimiento Aplicación de Penalidades a los Contratos y Consultorías de Obras-GPO-PR 054 indicados por las siguientes causas:

ANEXO 01: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD DESARROLLO DE ESTUDIOSN° INFRACCIÓN UNIDAD UIT

(PROPORCION)

1 No cumple con la participación del personal profesional planteado en la propuesta técnica según el cronograma y tiempo de participación.

Por día, persona y ocurrencia

0.60

2 No cumple con la disposición de una oficina equipada, el uso de materiales y equipos (vehículo, medio de comunicación, teodolito, etc.) establecidos en los Términos de Referencia.

Por día y ocurrencia

0.40

3 No cumple con la subsanación de Observaciones en el plazo establecido, registradas en el cuaderno de proyectos/ intervensión social y/o cartas remitidas.

Por día y ocurrencia

0.90

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4 No presentar los informes de avance y final completo según lo exigido en la presentación de tareas de los Términos de Referencia.

Por día y ocurrencia

0.90

5 No cumple con las responsabilidades de pago del salario u honorario al personal profesional incluyendo los beneficios sociales de acuerdo a Ley.

Por ocurrencia 0.60

6 El personal profesional del Consultor no asiste a las reuniones convocadas por SEDAPAL y confirmadas por el Consultor.

Por día, persona y ocurrencia

0.60

7 No cumple con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por ocurrencia0.60

Aplicación de Penalidad en el desarrollo de Estudios (Perfil, Factibilidad, Expediente Técnico)

1) El Inspector de Estudio al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en: Anexo 01: Tabla de Penalidades – Contrato de Consultoría, remite una carta de preaviso al consultor estableciéndole un plazo para la subsanación de la infracción. En los casos de infracciones reincidentes pasa directamente al numeral 3).

2) El consultor revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo, pasa al siguiente numeral.

3) El Inspector de Estudio, procede a calcular la penalidad según la Tabla establecida en el Anexo 01, sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria, por día, persona u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasara al numeral 7).

4) El Inspector de Estudio mediante carta comunica al consultor la aplicación de la penalidad, la cual deberá ser aplicada en la siguiente valorización o en la valorización final según corresponda.

5) El Inspector de Estudio elabora y remite a su Jefatura la valorización con la aplicación de la penalidad.

6) El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto aprueba y coordina se procese la valorización en la que se aplica la penalidad.

7) En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Inspector de Estudio propone al Jefe de Equipo a cargo del proyecto inicie la Resolución del Contrato de consultoría.

8) El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto evalúa la conveniencia de proceder con la Resolución del Contrato de Consultoría, en caso proceda, aplica el procedimiento GPOPR019 Resolución de Contrato de Consultoría.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y

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pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado..

CLAUSULA DÉCIMO SÉTIMA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA DE OBRALa liquidación del contrato de consultoría de obra se sujetará a lo establecido en el artículo 179 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 25 Cualquier controversia que surja entre las partes intervinientes en el presente Contrato, será resuelta de manera directa y cordial entre las mismas. No obstante, en caso que no se llegara a un acuerdo, las controversias que se deriven sobre la ejecución, interpretación, ineficacia, nulidad o invalidez del presente Contrato, serán sometidas, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de ellas deberá presentar la solicitud de conciliación ante cualquier Centro de Conciliación Extrajudicial Público o acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Para efectos de solicitar la conciliación, se aplicarán los plazos previstos en la normativa de Contrataciones del Estado.

Las controversias que no pudieran resolverse a través de conciliación o las que se resolvieran de manera parcial, respecto de la parte que se mantiene en controversia, deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltas de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado y en el Decreto Legislativo Nº 1071 - Ley de Arbitraje.

La demanda arbitral no podrá contener pretensiones que no fueron materia de procedimiento conciliatorio.

El plazo para interponer arbitraje, una vez concluido el proceso conciliatorio sin acuerdo de partes o con acuerdo parcial, es de quince (15) días hábiles, debiendo computarse el mismo, desde el día en que se suscribe el Acta de no Acuerdo Total o Parcial.

El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú o el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada parte designará un árbitro, y estos dos árbitros nombrarán a un tercer árbitro que hará las veces de Presidente del Tribunal Arbitral. En caso que los árbitros designados por las partes no lograsen acordar la designación del Presidente del Tribunal Arbitral, será el Centro elegido quien efectúe tal designación.

El arbitraje se desarrollará de conformidad con el Reglamento del Centro elegido, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas.

25 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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No obstante, las partes acuerdan expresamente lo siguiente:

a) En atención a lo dispuesto por el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 1071, las partes acuerdan que todos los gastos, costos y costas del proceso arbitral, serán asumidos por quien solicite el arbitraje.

b) Las partes acuerdan de forma expresa que para la acumulación sucesiva de pretensiones en el proceso arbitral, debe haber aceptación y consentimiento expreso de la contraparte. No se admitirán aquellas pretensiones que no hayan sido materia de un procedimiento conciliatorio previo, según lo establecido en la presente cláusula.

c) Las partes acuerdan de forma expresa que las controversias referidas al Enriquecimiento Sin Causa (o Enriquecimiento Indebido), no podrá ser materia de arbitraje.

d) De acuerdo al inciso 5) del artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, la decisión de la Entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la Contraloría General de la República, los metrados no previstos contractualmente, ni las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato.

e) Las partes acuerdan de forma expresa que para interponer el recurso de anulación contra el laudo expedido y solicitar la suspensión del cumplimiento del laudo, no se requiere de la presentación de la garantía a la que hace mención el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 1071.

Lo previsto en esta Cláusula, será aplicable para resolver las discrepancias sobre defectos o vicios ocultos que prevé la normativa de Contrataciones, siendo aplicable los plazos que en la referida norma se regulan.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 126

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.27

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

26 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

27 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de consultoría de obra: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, se deberá presentar el ANEXO N° 2.1,ANEXO N° 2.2 y ANEXO N° 2.3 que acreditan el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico

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ANEXO N° 2.1

PERSONAL PROFESIONAL REQUERIDO Y PROPUESTO

APELLIDOS

COMPLETOS

NOMBRES

COMPLETOS

CARGO POR

OCUPAR

MESES

FOLIOS

1

2

3

4

5

6

7

8

Adjuntar de cada uno de los profesionales, los documentos que acrediten su experiencia.

Nota:La experiencia del personal profesional propuesto se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional propuesto.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal, según corresponda

NOTA:En cumplimiento del PRONUNCIAMIENTO CON OBSERVANCIA OBLIGATORIA N° 691-2012/DSU del 13.12.2013, se establece las siguientes reglas:

1. La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la ejecución del contrato, tanto para aquellos titulados en el Perú como en el extranjero.

2. Lo anterior no resulta impedimento para que la Entidad, antes de suscribir el contrato, en el ejercicio de su función fiscalizadora, verifique que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando el profesional se encontraba habilitado legalmente para ello.

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ANEXO Nº 2.2

DECLARACIÓN JURADA DE CONTAR CON EL PERSONAL TÉCNICO DE APOYO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro que mi representada se compromete a contar con el personal de apoyo requerido en el desarrollo de la contratación del servicio de Consultoría: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con lo indicado en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y que forman parte de los Términos de Referencia; como sigue:

Cantidad Técnico de apoyo

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

1

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ANEXO Nº 2.3

DECLARACIÓN JURADA DE DISPONIBILIDAD DE LOS RECURSOS FISICOS REQUERIDOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro que mi representada certifica la disponibilidad del recurso físico requerido en el desarrollo de la contratación del servicio de Consultoría: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con lo indicado en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y que forman parte de los Términos de Referencia.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

1

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

1

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

1

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

1

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ANEXO Nº 06

DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS PARA EL DESARROLLO DE LA CONSULTORIA DE OBRA

El que suscribe (nombre del Profesional) con DNI Nº ............................, mediante la presente Declaración Jurada, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto para la consultoría de obra a la que postula el Postor ......................., en caso que éste obtenga la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública N°0067-2014-SEDAPAL, convocado por SEDAPAL.

Asimismo, declaro expresamente y bajo juramento, que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido.

Según el siguiente detalle:

- Cargo dentro del Proyecto: …………………………………………………………..

- Especialidad: ………………………………………………………………………….

- Actividad: ……………………………………………………………………………….

…..……………….…………...Firma y sello del Profesional

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

110

110

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ANEXO Nº 7

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA28 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA29MONTO FACTURADO

ACUMULADO30

1

2

3

4

5

6TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

28 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

29 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

30 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

110

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ANEXO Nº 8

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA31 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA32MONTO FACTURADO

ACUMULADO33

1

2

3

4

5TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

31 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

32 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

33 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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ANEXO N° 9

CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO (SIN QUE SE HAYA INCURRIDO EN PENALIDAD)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. Nº ............................, presenta los servicios ejecutados, sin haber incurrido en penalidad.

N° N° de Folio SERVICIOS EJECUTADOS

DOCUMENTO SUSTENTATORIO

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

114

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ANEXO N° 10

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

PROFESIONAL PROPUESTO

1. NOMBRE COMPLETO

2. TITULO PROFESIONAL Año:

3. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

N° N° de

Folio SERVICIO

ESPECIALIDAD DESARROLLADA

ENTIDAD CONTRATANTE

FECHAS

N° de

MESES

DEL día/mes/año

AL

día/mes/año

Tiempo acumulable total:

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

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ANEXO Nº 11

DECLARACIÓN JURADA POR MEJORA A LAS CONDICIONES PREVISTAS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones previstas que se exigen en las Bases me comprometo a desarrollar durante la ejecución del servicio la(s) mejora(as), adicional a los requerimientos, como siguen:

(Corresponde al postor incluir el análisis sobre cada propuesta de mejora: Argumentos, evaluación, conclusiones y recomendaciones):

1.-2.-3.-

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según correspon

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ANEXO Nº 12

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.