BASESAMC N 09INTERNET_20150430_100814_474 (2)

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1 SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

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bases internet para proceso licitacion osce

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    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DE

    SERVICIOS

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA

    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 005-2015-MDSR/CEP

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    BASES ADMINISTRATIVAS

    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 05 - 2015-MDP/CEP

    (PRIMERA CONVOCATORIA)

    VALOR REFERENCIAL S/. 18,000.00

    SANTA ROSA LA MAR AYACUCHO - 2015

    CONTRATACION DE SERVICIOS DE INTERNET BANDA

    ANCHA VIA ENLACE MICROONDAS PARA 23

    PUNTOS EN LA SEDE ADMINISTRATIVA Y DOS

    PUNTOS EN LA ANTIGUA SEDE (A 150 MTS DE

    DISTANCIA): TOTAL 25 PUNTOS Y/O EQUIPOS DE

    COMPUTO CON SERVICIO DE INTERNET

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la

    Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones

    del Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de

    Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin

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    electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

    El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere

    que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin

    formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro

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    de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el

    plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2)

    das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio,

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    incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del

    consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del

    consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS1

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

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    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    La presentacin de propuestas ser en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar

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    Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. IMPORTANTE:

    En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

    Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

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    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    El otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente: El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    3.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

    3 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

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    En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 149 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS

    3.3.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la

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    Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio. La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das

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    calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA

    RUC N : 20177865045

    Domicilio legal : PLAZA DE ARMAS S/N SANTA ROSA

    Telfono/Fax: :

    Correo electrnico: : [email protected]

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la CONTRATACION DE SERVICIOS DE

    INTERNET BANDA ANCHA VIA ENLACE MICROONDAS PARA 23 PUNTOS EN LA SEDE

    ADMINISTRATIVA Y DOS PUNTOS EN LA ANTIGUA SEDE (A 150 MTS DE DISTANCIA):

    TOTAL 25 PUNTOS Y/O EQUIPOS DE COMPUTO CON SERVICIO DE INTERNET

    . 1.3. VALOR REFERENCIAL

    4

    El valor referencial asciende a DIEZ Y OCHO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18,000.00), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de FEBRERO 2014. IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 14 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems,

    tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    ITEM

    DESCRIPCION Unid. Med.

    CANT. Costo Unitario CON IGV

    Costo total CON IGV

    I SERVICIO DE INTERNET SATELITAL BANDA ANCHA VIA ENLACE MICROONDAS

    MESES 09 2,000.00 18,000.00

    TOTAL 18.000.00

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN El expediente de contratacin fue aprobado mediante el FORMATO N 02 correlativo 10-2015

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    RECURSOS DETERMINADO

    4 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    18

    IMPORTANTE:

    La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El Presente, proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de 12 meses. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES SON: TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30.00)

    1.10. BASE LEGAL - Ley N 30114 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 - Ley N 28411 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico

    del ao fiscal 2012. - Ley N 27972; Ley Orgnica de Municipalidades - D.L. N 1017; Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. - D.S. N 184-2008-EF; que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado y modificatoria - Ley N 29873; Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la ley de

    Contrataciones del estado (publicado el 1 de Junio 2012) - D.S. N 148-2012-EF; Modificacin del Decreto Supremo N 184-2008 EF que Aprueba el

    Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado (Publicado el 7 de Agosto del 2012) - Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) - Ley N 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley N 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley N 28015; Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa - Ley N 27633; Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

  • 19

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    5

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 30 de Abril del 2015

    Registro de participantes : Del 02 de Mayo al 12 de Mayo (Hora: 08:AM. a 14:00 y de 15:00:00 p.m. a 18:00 p.m. Horas) en la Unidad de Abastecimiento de la MDP.

    Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : Del 00 de Mayo al 05 de Mayo 2015

    Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : 00 de Mayo del 2015

    Integracin de las Bases : 05 de Mayo del 2015

    Presentacin de Propuestas : 05 de Mayo del 2015 Hora: 08:AM. a 16:00 Horas

    * En acto privado : Unidad de Abastecimiento de la MDP , Plaza de armas s/n Pichari.

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 05 de Mayo del 2015 Hora 12:20 pm

    Otorgamiento de la Buena Pro * En acto privado (a travs del SEACE

    : 05 de Mayo del 2015

    (A travs del SEACE)

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa selectiva, entre la convocatoria y

    la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes se realizar en la UNIDAD DE LOGISTICA de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, sito en la Pza. de Armas S/N Santa Rosa La Mar - Ayacucho, segn el cronograma, en el horario de oficina (Hora: 08:00 a 16:00). En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    ES DE ENTERA RESPONSABILIDAD DEL POSTOR, REGISTRARSE EN LA INSTANCIA DONDE SE INDICA EN LA PRESENTE BASE, EN CONCORDANCIA AL CRONOGRAMA DE LAS PRESENTES BASE

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la UNIDAD DE LOGISTICA, sito en LA PLAZA DE ARMAS S/N Santa Rosa, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 05-2015 MDSR-CEP, pudiendo ser

    5 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el

    cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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    remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected]. IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser

    menor a ocho horas

    ES DE ENTERA RESPONSABILIDAD DEL POSTOR, PRESENTAR SUS CONSULTAS Y OBSERVACIONES, EN LA INSTANCIA DONDE SE INDICA EN LA PRESENTE BASE, EN CONCORDANCIA AL CRONOGRAMA DE LAS PRESENTES BASE

    2.4. PRESENTACIN DE PROPUESTAS6

    La presentacin de propuesta se realizar en ACTO PRIVADO, en la evaluacin deber considerarse lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la UNIDAD DE LOGISTICA, sito en PLAZA DE ARMAS S/N Santa Rosa, en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial. IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

    ES DE ENTERA RESPONSABILIDAD DEL POSTOR, PRESENTAR SUS PROPUESTAS, EN LA INSTANCIA DONDE SE INDICA EN LA PRESENTE BASE, EN CONCORDANCIA AL CRONOGRAMA DE LAS PRESENTES BASE

    En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 060 - 2014 MDP-CEP, conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    6 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

    Seores

    Municipalidad Distrital de Santa Rosa PLAZA DE ARMAS S/N Sta. Rosa Att: Comit Especial Permanente de Contrataciones

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 09 -2015 MDSR-CEP

    Denominacin de la convocatoria: CONTRATACION DE SERVICIOS DE INTERNET

    BANDA ANCHA VIA ENLACE MICROONDAS PARA 23 PUNTOS EN LA SEDE ADMINISTRATIVA Y DOS PUNTOS EN LA ANTIGUA SEDE (A 150 MTS DE DISTANCIA): TOTAL 25 PUNTOS Y/O EQUIPOS DE COMPUTO CON SERVICIO DE INTERNET

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    Municipalidad Distrital de Santa Rosa PLAZA DE ARMAS S/N Sta. Rosa Att: Comit Especial Permanente de Contrataciones

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 09 -2015 MDSR-CEP

    Denominacin de la convocatoria: CONTRATACION DE SERVICIOS DE INTERNET

    BANDA ANCHA VIA ENLACE MICROONDAS PARA 23 PUNTOS EN LA SEDE ADMINISTRATIVA Y DOS PUNTOS EN LA ANTIGUA SEDE (A 150 MTS DE DISTANCIA): TOTAL 25 PUNTOS Y/O EQUIPOS DE COMPUTO CON SERVICIO DE INTERNETSOBRE

    N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

  • 21

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y 02 copias El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos

    7, la siguiente

    documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria: a) Declaracin jurada de datos del postor.

    Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos

    Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin8 (Anexo N

    2). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento

    (Anexo N 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4) La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).

    f) Certificado de Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Valor Aadido, vigente, para prestar el servicio de Conmutacin de Datos por Paquetes (internet), con cobertura a nivel nacional y/o internacional, otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) al operador y/o distribuidor de telecomunicaciones.

    g) Certificado de registro para comercializar trfico telefnico local y de larga distancia nacional e internacional y trfico del servicio de conmutacin de datos por paquetes (internet), otorgado por el

    7

    8

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    Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) al operador y/o distribuidor de telecomunicaciones.

    h) Certificado de Inscripcin en el Registro de Casas Comercializadoras de Equipos y Aparatos de Telecomunicaciones, vigente, otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a la empresa que est concursando.

    i) Certificacin oficial del fabricante de la marca del equipamiento a utilizarse.

    j) Licencia de Funcionamiento de las Torres de comunicacin de Radio Enlace (cada punto) SEGN LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 28976

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    LA DOCUMENTACION PRESENTADA POR CADA POSTOR ES DE SU ENTERA RESPONSABILIDAD, EN CONCORDANCIA AL ARTICULO IV, NUMERAL 1.7 ; ARTICULO 42 Y 42.1 DEL A LEY 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL

    Documentacin de presentacin facultativa: a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y

    Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso9.

    b) Concesin con el estado Peruano para la prestacin de servicios pblicos de Telecomunicaciones.

    c) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad

    10.

    d) Factor Experiencia del Postor: Documentacin 1: Copia simple de contratos u rdenes de servicio, Documentacin 2: su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Declaracin Jurada del postor sobre cumplimiento del Servicio, acreditado mediante Certificados o constancias que sealen que la prestacin se efectu sin incurrir en penalidades. IMPORTANTE: Tales documentos deben referirse a todos los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.

    IMPORTANTE:

    En el caso de la ejecucin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la

    provincia o provincias colindantes, segn Anexo N 11.

    9

    10

  • 23

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    LA DOCUMENTACION PRESENTADA POR CADA POSTOR ES DE SU ENTERA RESPONSABILIDAD, EN CONCORDANCIA AL ARTICULO IV, NUMERAL 1.7 ; ARTICULO 42 Y 42.1 DEL A LEY 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL

    MUY IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

    11

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE: La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si

    aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i IMPORTANTE:

    11

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    Dependiendo del objeto contractual deber incluirse las disposiciones que correspondan:

    En el caso de servicios en general se aplicarn las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

    = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

    = 0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00 IMPORTANTE: En el caso de contratacin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y

    Callao debe consignarse lo siguiente:

    En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo N 11), se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El

    domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. CARTA

    FIANZA c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el

    caso. d) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). e) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    f) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. g) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo

    sido convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.

    IMPORTANTE:

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5060-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales

    y/o jurdicas que integran el consorcio .

    Adicionalmente, Presentaran los postores los siguientes documentos : a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente

    actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.

  • 25

    IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina de la Unidad de Logstica sito en la Plaza de Armas s/n Pichari.

    2.9. FORMA DE PAGO

    La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista una Vez Terminado y Entregado el Servicio a Prestar. De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    - Recepcin y conformidad de la oficina de Supervisin y el Jefe de GIDU. - Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad

    de la prestacin efectuada. - Comprobante de pago.

    2.10. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

    2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS El Reajuste del pago se proceder de acuerdo a lo previsto en el Art. 49 del Reglamento.

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    26

    CAPTULO III

    TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    ESPECIFICACIONES TCNICAS Y CONDICIONES MNIMAS REQUERIDAS.

    DETALLE UND. CANTIDAD

    Contratacin de servicios de internet, banda ancha, va enlace de

    radios microondas, con 5 ghz de banda; 23 puntos para la sede

    administrativa de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa y dos

    puntos en la antigua sede (a 150 mts. De distancia); total 25 puntos

    y/o equipos de cmputos con servicio de internet.

    meses 12

    REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS:

    RAIZ CON CONEXIN A FIBRA OPTICA EN LOCAL PRINCIPAL MAYOR A 10 mbps

    FUENTE ADSL2+

    RED DE INTERNET EN RADIOS MICROONDAS DE FRECUENCIA LA BANDA 5 GHZ

    TASA DE TRANSFERENCIA EN DOBLE POLARIDAD DESDE 108 MB HASTA 300 MB REALES

    SISTEMA DE CONEXIN A INTERNET

    1.- RAIZ CON CONEXIN A FIBRA PTICA

    La fibra ptica es un medio de transmisin empleado habitualmente en redes de datos; un hilo muy

    fino de material transparente, vidrio o materiales plsticos, por el que se envan pulsos de luz que

    representan los datos a transmitir. El haz de luz queda completamente confinado y se propaga por

    el interior de la fibra con un ngulo de reflexin por encima del ngulo lmite de reflexin total, en

    funcin de la ley de Snell. La fuente de luz puede ser lser o un LED.

    Las fibras se utilizan ampliamente en telecomunicaciones, ya que permiten enviar gran cantidad de

    datos a una gran distancia, con velocidades similares a las de radio o cable. Son el medio de

    transmisin por excelencia al ser inmune a las interferencias electromagnticas, tambin se utilizan

    para redes locales, en donde se necesite aprovechar las ventajas de la fibra ptica sobre otros

    medios de transmisin

    2.- FUENTE ADSL2+

    ADSL2 y ADSL2+ son unas tecnologas preparadas para ofrecer tasas de transferencia

    sensiblemente mayores que las proporcionadas por el ADSL convencional, haciendo uso de la

  • 27

    misma infraestructura telefnica basada en cables de fibra ptica y luego cobre. As, si con ADSL

    tenemos unas tasas mximas de bajada/subida de 8/1 Mbps, con ADSL2 se consigue 12/2 Mbps y

    con ADSL2+ 24/2 Mbps Adems de la mejora del ancho de banda, este estndar contempla una

    serie de implementaciones que mejoran la supervisin de la conexin y la calidad de servicio (QoS)

    de los servicios demandados a travs de la lnea.

    LADSL2+ es una evolucin del sistema ADSL y ADSL2 que se basa en un aumento del espectro

    frecuencial. La principal diferencia es que duplica el ancho de banda utilizado de 1,1 MHz a 2,2 MHz

    lo que le permite alcanzar una velocidad terica de 25 Mbps El ruido afecta de manera ms visible a

    ADSL2+ al utilizar la parte ms alta del espectro y slo supone una mejora en el ancho de banda

    hasta los 3 km. A partir de ah las diferencias con ADSL o ADSL2 son mnimas. A diferencia de la

    migracin a ADSL2, ADSL2+ requiere pequeos cambios en la estructura de la red. En circunstancias

    donde el canal fsico presente muy buena calidad, esto es, un buen aislamiento y falta de fuentes de

    interferencia externas; y el contrato del usuario final sea inferior a 24 Mbps, el protocolo ADSL2+

    puede utilizar las frecuencias ms altas del espectro (que en teora no necesitara a velocidades

    menores a 24 Mbps) para codificar datos y as disminuir la carga de otras frecuencias menores que

    tienen que sealizar muchos bits en esa frecuencia. De este modo aprovecha mejor el espectro

    electromagntico disponible por el medio fsico.

    3.- TRASLADO DE LA RED DE INTERNET EN RADIOS MICROONDAS DE BANDA 5 GHZ

    Esta nueva tecnologa surgi por la necesidad de establecer un mecanismo de conexin

    inalmbrica que fuera compatible entre los distintos aparatos. Buscando esa compatibilidad fue que

    en 2009 las empresas 3com, Airones, Intersil, Lucent Technologies, Nokia y Symbol Technologies se

    reunieron para crear la Wireless Ethernet Compability Aliance WECA, actualmente llamada Wi-Fi

    Alliance. El objetivo de la misma fue designar una marca que permitiese fomentar ms fcilmente la

    tecnologa inalmbrica y asegurar la compatibilidad de equipos.

    De esta forma, en abril de 2010 WECA certifica la interoperabilidad de equipos segn la norma IEEE

    802.11b, bajo la marca Wi-Fi. Esto quiere decir que el usuario tiene la garanta de que todos los

    equipos que tengan el sello Wi-Fi pueden trabajar juntos sin problemas, independientemente del

    fabricante de cada uno de ellos. Se puede obtener un listado completo de equipos que tienen la

    certificacin Wi-Fi en Alliance - Certified Products.

    En el ao 2010 la asociacin WECA estaba formada ya por casi 150 miembros en su totalidad. La

    familia de estndares 802.11 ha ido naturalmente evolucionando desde su creacin, mejorando el

    rango y velocidad de la transferencia de informacin, entre otras cosas.

    La norma IEEE 802.11 fue diseada para sustituir el equivalente a las capas fsicas y MAC de la

    norma 802.3 (Ethernet). Esto quiere decir que en lo nico que se diferencia una red Wi-Fi de una

    red Ethernet es en cmo se transmiten las tramas o paquetes de datos; el resto es idntico. Por

    tanto, una red local inalmbrica 802.11 es completamente compatible con todos los servicios de las

    redes locales (LAN) de cable 802.3 (Ethernet).

    4.- TAZA DE TRANSFERENCIA EN DOBLE POLARIDAD DESDE 108MB HASTA 300MB REALES

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    28

    Es un sistema robusto, muy potente y estable, sus 2x2 radios MIMO ofrecen un

    gran rendimiento en la recepcin. Se caracteriza por su increble alcance (+50km) y rendimiento

    (+300Mbps real TCPI/IP). El equipo est especficamente diseado para realizar enlaces en exterior

    Punto a Punto y trabajar como Estacin Base

    El estndar mundial para un equipo inalmbrico deficiente. El nuevo sistema de doble polaridad

    lleva el mismo concepto hacia el futuro con la forma rediseada, lisa y elegante. El nuevo sistema

    de doble polaridad ha sido diseado para trabajar juntas sin problemas. La instalacin del El nuevo

    sistema de doble polaridad en dichas antenas no requiere de herramientas especiales, simplemente

    encjelo en el kit de montaje suministrado con las antenas.

    ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL KIT DE EQUIPOS A PROPORCIONAR

    Cada participante detallara sus especificaciones tcnicas de los equipos con las cuales prestaran el

    servicio de internet.

    FUNCIONALIDADES

    Servicio de internet de Banda Ancha debe estar adaptado para poder trabajar con las siguientes

    funcionalidades:

    - Ancho de Banda con una contencin 1:1, Fibra ptica en la ltima Milla 100% garantizado que

    soporta altas velocidades en TCP/IP, con velocidad mnima de bajada de 2 Mbps y velocidad de

    subida de 2 Mbps Kbps.

    - Velocidad Mnima de Transmisin Garantizada de bajada: 2 Mbps, tanto para acceso a

    contenidos locales, como para acceso a contenidos internacionales.

    - Velocidad Mnima de Transmisin Garantizada de subida: 2 Mbps, tanto para acceso a

    contenidos locales, como para acceso a contenidos internacionales.

    - Un (01) IP Pblico esttico y escalable.

    - Administracin y Monitoreo del servicio en rgimen permanente (12x7x365) desde el Centro de

    Operaciones del proveedor.

    - Prestacin del servicio de acceso a internet las 24 horas del da en forma ininterrumpida. En

    caso de producirse interrupcin del servicio, su reposicin no podr superar los 30 minutos una

    vez reportado la interrupcin a la empresa prestadora del servicio.

    - Disponibilidad del Servicio del 99.70% anual, incluye el equinoccio.

    - Soporte Tcnico Telefnico gratuito en territorio nacional (24x7x365) y Soporte Tcnico

    personalizado en la misma Entidad (cuando la situacin lo amerite).

    - Calidad de servicio (QoS) configurable, para aplicaciones de tiempo real o crticas que deban

    tener prioridad sobre otros servicios de la red, segn lo establecido por nuestra entidad.

    - La estacin remota soporta Control Automtico de Potencia, para minimizar los problemas por

    atenuacin de lluvias, y otras condiciones climatolgicas adversas que afecten la calidad del

    servicio.

  • 29

    - El servicio permite utilizar cualquier aplicacin HTTP, y simultneamente, soportar robustas y

    mltiples aplicaciones con servicio ilimitado de envo y recepcin de paquetes de datos,

    garantizando la calidad en el servicio. As mismo, el servicio garantiza el acceso a redes de

    servicios pblicos y privados de datos, correo electrnico, entre otras aplicaciones, as como

    tambin, permite la gestin de sistemas externos y acceso a base de datos externos.

    - El servicio es sin lmites de trfico y permite obtener reportes estadsticos en tiempo real del

    consumo del ancho de banda contratado.

    - Centro de Gestin Segura.

    - El proveedor deber demostrar mediante un panel el monitoreo en tiempo real de la estacin.

    DETALLE DE VELOCIDAD:

    BAJADA / SUBIDA

    DESCRIPCION

    2 Mbps /2 Mbps Servicio de Internet banda ancha enlace micro

    ondas en la Municipalidad de Santa Rosa

    CAPACITACION

    El postor brindara una capacitacin en el sistema de monitoreo de 3 horas como mnimo para 3

    personas.

    Debe proporcionar a las personas designadas por la MDSR la capacitacin necesaria para el

    manejo de apertura y cierre de reportes de fallas previamente a la puesta en operacin de los

    servicios. El alcance de la capacitacin deber comprender el procedimiento a seguir para el

    reporte de averas, escalamientos de atencin del problema, informacin y presentacin del

    personal encargado de las atenciones, procedimientos de cierre de averas.

    Todos los procedimientos solicitados debern ser entregados en medio magntico para su

    posterior difusin al personal de la MDSR.

    Debiendo entregar en medio escrito el procedimiento a seguir para la atencin de averas (los

    procedimiento a seguir para la atencin de averas ser entregada al momento de la

    capacitacin).

    ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO

    Cobertura de servicio

    La cobertura de servicio ser durante las 24 horas del da, los 365 das del ao.

    PRUEBAS DEL SERVICIO

    El proveedor se obliga a ejecutar la instalacin de los equipos, materiales, accesorios y todo lo

    necesario, aunque no estn detallados en su propuesta tcnica, a fin de dejar completamente

    habilitado la prestacin de servicio a entera satisfaccin de la MDSR.

    Se deber detallar las pruebas a realizar para confirmar que cada uno de los elementos de la

    oferta adjudicada cumpla con lo requerido.

    El postor ganador, deber entregar:

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    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 005-2015-MDSR/CEP

    30

    Especificaciones de los equipos propuestos

    Diagrama de la arquitectura

    Manuales de usuario y operacin, en formato electrnico (PDF,DOC, etc)

    El archivo de configuracin de todos los ruteadores (show running), en formato electrnico

    (PDF, DOC, etc.)

    Una vez realizados los procedimientos de implementacin y pruebas a su conformidad por la

    instalacin total e inicio del servicio.

    Los equipos de comunicacin (considerando a los ruteadores, mdems, media convertrs u otro

    dispositivo activos necesarios para la instalacin de los enlaces en el lado del cliente) a instalar

    debern incluir las versiones ms actuales de sistema operativo del equipo y/o versiones de

    software actualizados.

    SOPORTE TECNICO

    Se entender por avera a una interrupcin parcial o total del servicio, as como a una prdida

    de la calidad del mismo.

    Toda actividad o provisin de bienes que tenga que ejecutar el proveedor del servicio para

    subsanar una avera ser sin costo alguno para MDSR.

    Cualquier solicitud posterior de reconfiguracin de los ruteadores deber realizarse sin costo

    para la MDSR. (se refiere a los cambios que no afectan el alcance, ni el funcionamiento del

    servicio solicitado).

    Adicionalmente, el postor deber entregar luego de cada cambio, los archivos de configuracin

    de los ruteadores (show running).

    El postor ganador de la buena pro deber generar un informe de todas las fallas por la prdida

    del servicio de forma inmediata a una direccin de correo electrnico, definida por la MDSR en

    el momento de la instalacin. El proveedor debe cubrir los costos que se generan para la

    entrega de este servicio.

    El cierre de un reporte de fallas, debe realizar de manera coordinada entre personal del

    proveedor y el personal que la entidad designe para tal efecto. El reporte generado, solo podr

    ser cerrado cuando sea corroborada la solucin de la falla y aceptado con el visto bueno por

    parte de la MDSR.

    Se considerara como parte de la propuesta, el traslado fsico de circuitos a solicitud, sin costo

    adicional para la MDSR, siempre que el traslado se realice dentro de la misma ciudad y el medio

    y la tecnologa de acceso en el lado destino sean del mismo tipo que el enlace a trasladar,

    debiendo incluir el traslado del enlace principal y equipos de comunicacin (que los posibles

    traslados fsicos solicitados estaran sujetos a las facilidades tcnicas a la nueva ubicacin).

    El postor deber contar con un profesional en ingeniera electrnica colegiado, con experiencia

    en telecomunicaciones, back office en ms de un operador nacional que maneje sistemas va

    microondas para servicios de transmisin de voz, datos y video, diplomado en direccin y

    gestin de las telecomunicaciones, para ser la primera lnea de solucin de problemas y

    diagnosticar fallas en la red.

    PLAZO DE INSTALACION

    El tiempo para la instalacin y puesta en marcha para la prestacin del servicio ser de 10 das

    calendarios como mximo, contabilizados desde el da siguiente de la suscripcin del contrato.

    CONFORMIDAD DEL SERVICIO

  • 31

    La supervisin de las actividades que desarrollara EL CONTRATISTA SERA REALIZADA POR EL

    PERSONAL DESIGNADO POR LA MDSR.

    FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

    El pago se realizara en forma mensual, en nuevos soles, luego de la recepcin formal del recibo

    correspondiente al mes de facturacin, para tal efecto la oficina responsable de la conformidad

    de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder a los 10 das calendarios de

    recepcionado el recibo, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los 10 das siguientes.

    PENALIDADES

    En los casos que se produzca un retraso en la atencin de averas, y el motivo del retraso sea

    imputable a las gestiones de acceso al local u otras causas atribuibles a la MDSR, se considerara

    una parada de reloj la cual ser registrada en la ficha de servicio y/o hoja de atencin del

    proveedor y se reanudara una vez superado el inconveniente a efectos de llevar el control de

    los tiempos de atencin requeridos en los trminos de referencia del servicio.

    Por la interrupcin total o parcial:

    Descuento por corte de transmisin por internet: Corte acumulado igual o mayor a dos horas y menor a cuatro horas al mes: 02 das de

    descuento. Corte acumulado igual o mayor a cuatro horas y menor a seis horas al mes: 04 das de

    descuento. Corte acumulado igual o mayor a seis horas y menor a nueve horas al mes: 06 das de

    descuento. Corte acumulado mayor a ocho horas al mes: 8 das de descuento

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    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 005-2015-MDSR/CEP

    32

    CAPTULO IV

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

    De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluacin:

    FACTORES DE EVALUACIN PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN

    B.

    A. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS (40 PUNTOS)

    Presenta 02 Mejoras : 10 puntos

    Presenta 01 Mejora : 05 puntos

    No presenta Mejora: 00 puntos

    Criterio:

    Mejora 1.- Servicio de Internet por Fibra ptica ltima milla ms de 30 Mbps

    Mejora 2.- Adaptacin a una plataforma de monitoreo y seguridad local:

    Acreditacin:

    Se acreditar mediante la presentacin de una declaracin jurada para la mejora 2 y 3 y documentacin que acredite el servicio de Fibra ptica para la mejora 1

    C. B. EXPERIENCIA DEL POSTOR (40 PUNTOS)

    M = Monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales y/o similares al objeto de la convocatoria.

    M >= 03 veces el valor referencial:

    50 puntos

    M >= 02 veces el valor referencial y < 05 veces el valor referencial:

    30 puntos

    M < 02 veces el valor referencial:

    10 puntos

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la prestacin del servicio de internet a las municipalidades y/o instalacin de infraestructura de telecomunicaciones actividad objeto del proceso, durante un periodo de 04 aos a la fecha de la presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a 03 veces el Valor Referencial del Item.

    Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: Documentacin 1: contratos, rdenes de servicio o comprobantes comprobante de pago (C.P). Documento 2: su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o cualquier otro documento que acredite documental y fehacientemente, que la prestacin ha sido ejecutado a entera satisfaccin del cliente. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes

  • 33

    FACTORES DE EVALUACIN PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN

    de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.

    C

    CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIN (10 PUNTOS)

    Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin:

    PCP= PF x CBC NC

    Donde:

    PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje mximo al postor. NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

    10 puntos

    Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas.

    Acreditacin: Mediante la presentacin de un mximo de veinte (20) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin del contrato u orden de compra, indicando como mnimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual. 3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

    D. PLAZO DE ENTREGA 10 PUNTOS Criterio: Se evaluar en funcin al plazo de entrega ofertado, el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido como requerimiento tcnico mnimo. Acreditacin: Se acreditar mediante la presentacin de declaracin jurada. (Anexo N 5)

    02 das calendario:

    10 puntos

    De 02 a ms das calendario:

    05 puntos

    PUNTAJE TOTAL 100 puntos12

    IMPORTANTE:

    Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.

    Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntaje tcnico mnimo de ochenta (80) puntos.

    12

    Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluacin.

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA

    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 005-2015-MDSR/CEP

    34

    CAPTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

    IMPORTANTE:

    Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.

    Conste por el presente documento, la contratacin del servicio DE INTERNET SALTELITAL BANDA ANCHA, que celebra de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHARI, en adelante LA ENTIDAD, con RUC N 20317337150, con domicilio legal en PLAZA DE ARMAS S/N PICHARI, representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 060 2014 MDP-CEP para la contratacin del DE SERVICIO DE INTERNET SATELITAL BANDA ANCHA a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por Objeto DE Contratar SERVICIO DE INTERNET SATELITAL BANDA ANCHA PARA LA META : ELABORACION DE PERFILES DE INVERSION PUBLICA, DISTRITO DE

    PICHARI, conforme a los Trminos de Referencia. CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

    13

    Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato. CLUSULA CUARTA: DEL PAGO

    14

    LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles en nico pago, luego de la recepcin formal y completa de la documentacin

    13

    Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10) en su propuesta tcnica.

    14

    En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podr adicionarse la informacin que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

  • 35

    correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debi efectuarse. CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACIN El plazo de ejecucin del presente contrato es de 50 das calendario, el mismo que se computa desde el dia siguiente de Suscrito el Contrato. CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

    El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora15

    y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes. CLUSULA STIMA: GARANTAS EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

    Garanta por el monto diferencial de la propuesta16

    : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

    CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y ser otorgada por la De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor

    15

    La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y econmica del postor ganador de la Buena Pro. 16

    En aplicacin de los dispuesto por el artculo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste en el proceso de seleccin para la contratacin de servicios, para la suscripcin del contrato el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA

    ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 005-2015-MDSR/CEP

    36

    de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, LA ENTIDAD podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan. CLUSULA UNDCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLUSULA DUODCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo mximo de responsabilidad del contratista es de 01 ao. CLUSULA DCIMO TERCERA: PENALIDADES

    contrato, la Entidad le aplicar al contratista una penalidad por cada da de atraso,

    hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del

    contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Esta penalidad

    ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final; o si

    fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas

    de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta.

    En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular

    de acuerdo con la siguiente frmula:

    Penalidad diaria = 0.10 x Monto

    F x Plazo en das

    Donde F tendr los siguientes valores:

    a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) das, para bienes, servicios

    y ejecucin de obras: F = 0.40.

    b) Para plazos mayores a sesenta (60) das:

    b.1) Para bienes y servicios: F = 0.25.

    b.2) Para obras: F = 0.15.

    Tanto el monto como el plazo se refieren, segn corresponda, al contrato o tem

    que debi ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecucin

    peridica, a la prestacin parcial que fuera materia de retraso.

    Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, la Entidad podr

    resolver el contrato por incumplimiento.

    CLUSULA DCIMO CUARTA: RESOLUCIN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 de su

  • 37

    Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLUSULA DCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daos y perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacin correspondiente. Ello no obsta la aplicacin de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que stas correspondan. Lo sealado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las dems obligaciones previstas en el presente contrato. CLUSULA DCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Slo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y dems normativa especial que resulte aplicable sern de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes del Cdigo Civil vigente, cuando corresponda, y dems normas de derecho privado. CLUSULA DCIMO STIMA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS

    17

    Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artculos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artculo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn lo sealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLUSULA DCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICA Cualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a Escritura Pblica corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLUSULA DCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecucin del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO] La variacin del domicilio aqu declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipacin no menor de quince (15) das calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas tcnico y econmica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en seal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

    17

    De conformidad con los artculos 216 y 217 del Reglamento, podr adicionarse la informacin que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecucin contractual. Por ejemplo, para la suscripcin del contrato y, segn el acuerdo de las partes podr establecerse que el arbitraje ser institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deber indicarse si la controversia