Bioética y Derechos Humanos

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BIOÉTICA Y DERECHOS HUMANOS RAFAEL E. CARRILLO BAYLÓN

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BIOÉTICA Y DERECHOS HUMANOS

RAFAEL E. CARRILLO BAYLÓN

“EL GOCE DEL GRADO MÁXIMO DE SALUD QUE SE PUEDA LOGRAR ES UNO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE TODO SER HUMANO.”Constitución de la OMS

BIOÉTICA

EL DERECHO A LA SALUD INCLUYE EL ACCESO

OPORTUNO, ACEPTABLE Y ASEQUIBLE A SERVICIOS DE

ATENCIÓN DE SALUD DE CALIDAD SUFICIENTE.

Constitución de la OMS

BIOÉTICA

BIOÉTICA

DERECHOS HUMANOS

▸ El paciente, el médico y la enfermera, además de los derechos propios del “rol” que desempeñan

▸ Tendrán como individuos los derivados de los “Códigos Internacionales de Derechos del Hombre y de los Derechos Humanos”

BIOÉTICA

DERECHOS HUMANOS

▸ Entre las libertades se incluye el derecho de las personas de controlar su salud y su cuerpo (derechos sexuales y reproductivos) sin injerencias (torturas y tratamientos y experimentos médicos no consensuados).

▸ Los derechos incluyen el derecho de acceso a un sistema de protección de la salud que ofrezca a todas las personas las mismas oportunidades de disfrutar del grado máximo de salud que se pueda alcanzar.

BIOÉTICA

DERECHOS HUMANOS

▸ Enfoques basados en los DH▸ Un enfoque de la salud basado en los DH ofrece estrategias y soluciones que

permiten afrontar y corregir las desigualdades, las prácticas discriminatorias y las relaciones de poder injustas que suelen ser aspectos centrales de la inequidad en los resultados sanitarios.

▸ El objetivo de un enfoque basado en los DH es que todas las políticas, estrategias y programas se formulen con el fin de mejorar progresivamente el goce del derecho a la salud para todas las personas.

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DERECHOS HUMANOS

Las intervenciones para conseguirlo se rigen por principios y normas rigurosos que incluyen:

1. No discriminación: el principio procura garantizar el ejercicio de los derechos sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición:

‣ Discapacidad, edad, estado civil y familiar, orientación e ID sexual, edo de salud, lugar de residencia y situación económica y social.

2. Disponibilidad: se deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud.

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DERECHOS HUMANOS

3. Accesibilidad: los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos. 4 dimensiones superpuestas: ‣ No discriminación‣ Accesibilidad física‣ Accesibilidad económica (asequibilidad);‣ Acceso a la información.

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DERECHOS HUMANOS4. Aceptabilidad: todos los establecimientos, bienes y servicios de salud

deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, y sensibles a las necesidades propias de cada sexo y del ciclo vital.

5. Calidad: los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.

6. Rendición de cuentas: los Estados y otros garantes de los derechos son responsables de la observancia de los DH.

7. Universalidad: son universales e inalienables.Todas las personas, en cualquier lugar del mundo, deben poder ejercerlos!!

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH

▸ Los DH deben ser rama prominente de la bioética porque atañen a los derechos individuales y a los derechos colectivos, ambientales, etc.. (2º)

▸ Se relacionan con el bienestar físico, mental y social de los individuos

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH

▸ Derivada del artículo 102 constitucional, entre los muchos DH que debe recibir una persona para ser considerada y tratada como tal…

▸ Sólo se referirán aquellas con estrecha relación a la bioética médica (8):

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH

1. A la calidad del microentorno y macroentorno natural del hombre (espacio social)

2. Respeto de la vida humana y dignidad de las personas3. A ser tratado sin diferencias de sexo, raza, edad, situación económica o

política4. Libertad de expresión y credo de cada individuo

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH

5. Tener los mismos derechos que los demás: a la salud, servicios sociales y legales que imparte el estado

6. Recibir los servicios a que tiene derecho con máxima calidad y otorgados humanitariamente

7. Poder exigir por medios idóneos estos servicios

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH

8. La CNDH tiene como objetivo 2º la preservación de los DH: sociales, administrativos, civiles, penales, etc..

‣ …y atiende al consumidor de bienes y servicios qu se manifieste inconforme con la impartición del servicio otorgado por particulares, autoridades o servidores públicos

‣ Queda incluida la atención médica de los servidores del SS, por considerarse servicios paraestatales

BIOÉTICA

COMISIÓN NACIONAL DE DH▸ Ante la CNDH “no proceden las quejas presentadas entre particulares,

solamente los referentes a servidores públicos o a instituciones”

▸ La inconformidad presentada ante la comisión (preferentemente por escrito)

▸ Se formula como queja o denuncia, y será procesada por ésta con base en la información recopilada

▸ La resolución del Comité de la CNDH informará su procedencia o improcedencia al quejoso, orientándolo en los trámites a seguir en ambos casos.

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DERECHOS HUMANOS

▸ En caso de inconformidad por servicios médicos deficientemente otorgados por profesionistas o instituciones de salud, la CNDH turnará el caso a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) para su Dictamen

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DERECHOS HUMANOS

Posteriormente al recibir este reporte:▸ Informará a su vez al quejoso la resolución del arbitraje médico recibido

y▸ Orientará convenientemente a qué dependencias deberá dirigirse en

caso de recomendar seguir o no trámites jurídicos

BIOÉTICA

DERECHOS HUMANOS▸ De acuerdo con los registros de la CNDH. las violaciones a los DH más frecuentes en las

instituciones del SS en MX, corresponden a la negativa o indolencia en la prestación de servicios médicos, principales:▸ Maltrato o discriminación▸ Irregularidad en la integración del expediente clínico▸ Desabasto de medicamentos en las farmacias de las clínicas▸ Negligencia médica▸ Violación del derecho al consentimiento informado▸ Violación del secreto profesional