Boletfn Administrntivo NOm.: OE-2008-...

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ESTADO LIBRE ASOCIAOODE PUERTO RICO LA FORTALEZA SANJUAN, PUERTO RICO Boletfn Administrntivo NOm.: OE-2008- 36 ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO PARA CREAR UN FONDO DE HA<;TASEIS MILLONES SEISOENTOS MIL OOLARES ($6,600,000) PARA SUFRAGAR LA CREAOON E IMPLEMENTAOON DEL PROGRAMA PARA LA CONCESION DE CUPONES DE ONCO OOLARES ($5) PARA LA ADQUISIOON DE BOMBILLAS COMPACfAS FLUORESCENTES PORCUANTO: El sabio uso de nuestros recursos naturales y la protecci6n del medio ambiente son imperativos consagrados en el .ArciculoVI, Secci6n 19 de la Constituci6n del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; los .Arciculos 3 y 4 de la Ley sobre Politic a PUblica Ambiental, Ley N&n. 416 de 22 de septiembre de 2004, segtill enmendada; y los .Arciculos2 Y3 de la Ley sobre Politica Publica de Desarrollo Sostenible, Ley N&n. 267 de 10 de septiembre de 2004. POR CUANTO: La legislaci6ncitada exige un uso y desarrollo sosteniblede los recursos naturales, 10 cual significa un uso y desarrollo dirigido a lograr la mayor annonla productiva entre la naturaleza y el ser humano que repercute en una mejor calidad de vida y procura la capacidad de los recursos naturales para sostener la vida en todas sus formas. POR CUANTO: La Ley N&n. 128 de 29 de junio de 1977, dispone que sera politica pUblicadel Estado Libre Asociado de Puerto Rico establecer medidas de conservaci6n yeficiencia energetica. La Administraci6n de Asuntos de Energfa, creada mediante el Plan de Reorg~n17,aci6n Ntim. 1 de 9 de diciembre de 1993, adscrito al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, es la entidad con el deber de cumplirel mandatode la LeyNtim. 128, supra.

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  • ESTADO LIBRE ASOCIAOODE PUERTO RICOLA FORTALEZA

    SANJUAN, PUERTO RICO

    Boletfn Administrntivo NOm.: OE-2008- 36

    ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBREASOCIADO DE PUERTO RICO PARA CREAR UN FONDO DEHA

  • POR CUANTO: Los altos costos del petffileo han creado una crisis econ6mica

    mundial que ha afectado a nuestro Pals, menoscabando el poder

    adquisitivo de nuestros ciudadanos.

    POR CUANTO: Los costos de generar energfay de los servicios que brinda la

    Autoridad de Energia Electrica de Puerto Rico, creada por virtud

    de la Ley Nllin. 83 de 2 de mayo de 1941, segUnenmendada, han

    aumentado como consecuencia del alza vertiginosa en el precio del

    barril de petffileo.

    POR CUANTO: La polltica publica energetica del Estado Libre Asociado de

    Puerto Rico es identificar y utilizar fuentes de energfa altemas que

    sean renovables para reducir la dependencia del petr6leo confonne

    con la Ley Nmn. 128 de 29 de junio de 1977, segUn enmendada,

    debemos fomentar patrones de consumo adecuados y propiciar el

    ahorm.

    POR CUANTO: Las l3mparas compactas fluorescentes, tambien conocidas como

    bombillas compactas fluorescentes 0 CFL's por sus siglasen ingles,

    wrrpaa j/uoresrentIarrps, en comparacion con !as Iamparas 0

    bombillas incandescentes, tienen una vida nominal mayor y usan

    menos energfa electrica para producir la misma iluminaci6n. De

    hecho, !as bombillas compactas fluorescentes ayudan a reducir los

    costos en las facturas de electricidad dentro de las primeras 500

    horas de uso. Adetruis, la utilizaci6n de !as bombillas compactas

    fluorescentes contribuye con la reduccion del consumo de energia

    reduciendo la utilizacion del petffileo para la generaci6n de energia.

    POR CUANTO: Se estima que si en cada hogar en Puerto Rico se sustituyera una

    bombilla incandescente par una bombilla compacta fluorescente,

    se ahOITa.I1asuficiente energfa en Puerto Rico para iluminar 33,689

    hogares al aiio, se ahOtrarlanmillones de d6lares y habria una

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  • reduccion en !as emisiones de gases de invemadero, equivalente a

    la cantidad de gases producidos por 9,000 automoviles.

    POR CUANTO: La inversion en bombillas compactas fluorescentes podrla generar

    un ahOITOde un 10% en el costo por consumo de energfa electric a

    en cada hogar en Puerto Rico. La sustitucion de cuatro bombillas

    incandescentes por bombillas por bombillas compactas

    fluorescentes en cada hogar resultaria en una reduccion de 1% en el

    consumo total de energfaen Puerto Rico y significarlaun ahOITOde

    $52,000,000 al alio en e1 consumo de energfa en 10s hogares del

    Pals.

    POR CUANTO: Ante la situacion antes descrita, !as bombillas compactas

    fluorescentes y todo articulo, servicio 0 producto que contn"buyaa

    reducir el impacto del costa de generar energfa y 10s altos costos

    relacionados, se convierten y declaran articulos de primera

    necesidad.

    POR CUANTO: E1 Gobiemo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico otorgara

    cupones para la adquisicion de al menos cuatro (4) bombillas

    compactas fluorescentes para cada hogar, en 10s diversos

    estab1ecimientos comerciales de Puerto Rico.

    POR CUANTO: La Seccion Nllin. 2 de la Reso1ucionConjunta Nllin. 87 de 30 de

    junio de 2007, dispone, interalia, que "cuando 10s intereses del

    servicio 10 requieran, e1 Gobemador de Puerto Rico 0 e1 Director

    de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, podci autorizar e1

    traspaso de fondos entre !as partidas provistas a cada agencia".

    POR TANTO: YO, ANlBAL ACEVEDO VILA, Gobemador del Estado Libre

    Asociado de Puerto Rico, en virtud de 10spoderes inherentes a mi

    cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por la

    3

  • PRIMERO:

    SEGUNDO:

    TERCERO:

    CUARTO:

    Constituciony !as Leyes del Estado Libre Asociado de Pueno

    Rico, por la presente dispongo 10siguiente:

    Autorizo y ordeno la creacion de un programa para la concesion de

    cupones de cinco dolares ($5)para la adquisicion de al menos un

    paquete de cuatro bombillas compactas fluorescentes en 10s

    estab1ecimientoscomerciales participantes, que a su vez ofreceran

    al cliente basta un 10% de descuento en el precio de la compra de

    !as referidas bombillas.

    Ordeno al Departamento de Asuntos del Consumidor, bajo 10s

    paderes que Ie confiere la Ley Nllin. 228 de 12 de mayo de 1942,

    segUn enmendada, con el prop6sito de prevenir 10s desajustes

    economicos que resultan de 10saumentos desmedidos del petro1eo

    y sus derivados, y para contra1Testare1 impacto del costo de la

    energia e1ectrica, a imp1ementar e1 programa de cupones para

    adquirir bombillas compactas fluorescentes y administrar 10s

    fondos designados para este programa.

    La Autoridad de Energia E1ectrica de Puerto Rico induir.1 en la

    factura par serviciosde energia electricaresidencialdel mes de

    septiembre de 2008, un cupon con un codigo en barras par la

    cantidad de cinco dolares ($5) para la compra de al menos un

    paquete de cuatro bombillas compactas fluorescentes. Se expedicin

    un millon cupanes(1,320,000)miltresclentos vemte

    aproximadamente dirigidos a cada hogar abonado de la Autoridad

    de Energia E1ectrica de Puerto Rico.

    Se autoriza y ordena al Director de la Oficina de Gerencia y

    Presupuesto a transferir al Departamento de Asuntos del

    Consumidor,al tenor de la Reso1ucionConjuntaNllin. 87 de 30 de

    junio de 2007, basta la cantidad de seis millonesseiscientosmil

    4

  • d6lares ($6,600,000)para sufragar 10s gastos relacionados con la

    imp1ementaci6n de este Programa dirigido a otorgar un mill6n

    trescientos veinte mil (1,320,000)cupones de cinco d6lares ($5)

    para la compra de bombillas compactas fluorescentes.

    QUINTO: Los cupones s6lo podr.ln ser redimidos en 10s comerclos

    participantespara la compra de al menos un paquete de cuatro

    bombillas compactas fluorescentes y debecin ser utilizados antes de

    la fecha de expiraci6n en dichos cupones.

    SEXTO: El Departamento de Asuntos del G>nsumidor recibici los cupones

    y certificara !as compras al Departamento de Hacienda para el

    correspondiente pago a los comercios participantes.

    SEPTIMO: Esta Orden Ejecutiva tendci vigencia inmediata.

    EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presentebajo mi

    finna y hago estampar el Gran Sello del Estado Libre Asociado de

    Puerto Rico, en la ciudad de San Juan, hoy dla If) de agosto de

    Gobemador

    Promulgada de acuerdo con la ley,hoydla/J de agosto de 2008.

    FEJ;~Secretario de Estado

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