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Boletín de novedades fiscales quincenales Tax News Segunda Quincena Diciembre 2019 Viqueira, Maidana, Ferruelo y Asociados S.C. Av. Callao 852, piso 8°. Ciudad Autónoma de Buenos Aires +54 (011) 4811 8150 [email protected] http://www.gmaconsultores.com.ar 1 Novedades Nacionales IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PRECIOS DE TRANSFERENCIA. PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA COMPLEMENTARIA ANUAL. PRÓRROGA EXCEPCIONAL A MARZO DE 2020 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4650 BO: 16/12/2019 Se prorrogan, con carácter excepcional, hasta los días comprendidos entre el 16 y el 20 de marzo de 2020, las fechas de presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia y operaciones internacionales para los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/2018 y el 30/6/2019, ambos inclusive. PROCEDIMIENTO FISCAL. INTERPRETACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL SOBRE LA COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS Y LOS PODERES QUE SE LE OTORGUEN AL PODER EJECUTIVO RESOLUCIÓN GENERAL INTERPRETATIVA (Com. Fed. Impuestos) 38/2019 BO: 17/12/2019 La Comisión Federal de Impuestos fija posición con relación a la utilización de saldos a favor de los Bienvenidos a nuestro Tax News. Esta es una publicación quincenal con la síntesis de aquellas principales novedades en materia impositiva y de los recursos de la seguridad social que pueden revestir interés general. Lo aquí expuesto no implica nuestra opinión profesional sobre los temas tratados. Cualquier consulta al respecto puede ser efectuada a nuestro grupo de profesionales.

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  • Boletín de novedades fiscales quincenales Tax News Segunda Quincena – Diciembre 2019

    Viqueira, Maidana, Ferruelo y Asociados S.C. Av. Callao 852, piso 8°. Ciudad Autónoma de Buenos Aires +54 (011) 4811 8150 [email protected] http://www.gmaconsultores.com.ar

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    Novedades Nacionales IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PRECIOS DE TRANSFERENCIA. PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA COMPLEMENTARIA ANUAL. PRÓRROGA EXCEPCIONAL A MARZO DE 2020 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4650 BO: 16/12/2019 Se prorrogan, con carácter excepcional, hasta los días comprendidos entre el 16 y el 20 de marzo de 2020, las fechas de presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia y operaciones internacionales para los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/2018 y el 30/6/2019, ambos inclusive. PROCEDIMIENTO FISCAL. INTERPRETACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL SOBRE LA COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS Y LOS PODERES QUE SE LE OTORGUEN AL PODER EJECUTIVO RESOLUCIÓN GENERAL INTERPRETATIVA (Com. Fed. Impuestos) 38/2019 BO: 17/12/2019 La Comisión Federal de Impuestos fija posición con relación a la utilización de saldos a favor de los

    Bienvenidos a nuestro

    Tax News.

    Esta es una publicación

    quincenal con la síntesis

    de aquellas principales

    novedades en materia

    impositiva y de los

    recursos de la seguridad

    social que pueden

    revestir interés general.

    Lo aquí expuesto no

    implica nuestra opinión

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    temas tratados.

    Cualquier consulta al

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    efectuada a nuestro

    grupo de profesionales.

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    contribuyentes para cancelar impuestos coparticipables. REGÍMENES ESPECIALES. DEUDA PÚBLICA. LETRAS DEL TESORO EN PESOS BADLAR PRIVADA MÁS MARGEN CON VENCIMIENTO EL 22/6/2020 RESOLUCIÓN CONJUNTA (Sec. Hacienda - Sec. Finanzas) 1/2019 BO: 23/12/2019 Las Letras del Tesoro en pesos BADLAR Privada más margen con vencimiento el 22/6/2020, emitidas conforme a la presente disposición, gozan de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones en la materia. Recordamos que la ley de reforma tributaria -L. 27430-, al incorporar el artículo 90.1 (impuesto cedular) en la ley del impuesto a las ganancias, grava con dicho impuesto la generación de renta financiera para las personas humanas. REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA DECRETO (Poder Ejecutivo Nacional) 99/2019 BO (Nacional): 28/12/2019 Se reglamenta la ley de solidaridad social y reactivación productiva. En materia de contribuciones patronales, destacamos: - Se define el funcionamiento de la detracción adicional de 10.000 pesos para empleadores con hasta 25 trabajadores. - La AFIP establecerá los requisitos, plazos y demás condiciones vinculados al ejercicio de la opción del artículo 169 de la ley 27430. - La vigencia de las medidas rigen para las obligaciones de determinación e ingreso de las contribuciones patronales cuyo vencimiento opere a partir del día 23 de diciembre de 2019, es decir, a partir del devengado diciembre de 2019. En materia impositiva, señalamos: - Impuesto sobre los bienes personales: Se fijan las alícuotas aplicables para los bienes del exterior entre un 0,70 por ciento y 2,25 por ciento, según el valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible no utilizado para los bienes del país. Asimismo, se establece que se entenderá por repatriación el ingreso al país, hasta el 31 de marzo de cada año, de las tenencias en moneda extranjera y los importes generados como resultado de la realización de los activos financieros pertenecientes a las personas humanas y sucesiones indivisas domiciliadas en el país.

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    En este sentido, los contribuyentes quedarán exceptuados del gravamen especial cuando hubieren repatriado activos financieros que representen por lo menos un 5 por ciento del total del valor de los bienes situados en el exterior y en la medida en que los fondos permanezcan depositados hasta el 31 de diciembre del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación en entidades financieras. - Impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria -PAÍS-: se establece que los servicios digitales estarán alcanzados por una alícuota del 8 por ciento y se suspende el impuesto para la adquisición de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes. También se establece que se encuentran alcanzadas por el impuesto del 30 por ciento las adquisiciones de servicios en el exterior contratados a través de agencias de turismo y servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país, contratados a través de empresas del país, que se cancelen en efectivo y deban acceder al mercado de cambios para la adquisición de las divisas correspondientes. REGÍMENES ESPECIALES. DEUDA PÚBLICA. LETRAS DEL TESORO EN PESOS BADLAR MÁS MARGEN CON VENCIMIENTO 3/4/2020 RESOLUCIÓN CONJUNTA (Sec. Hacienda - Sec. Finanzas) 4/2019

    BO: 30/12/2019

    Las “Letras del Tesoro en pesos BADLAR más margen con vencimiento 3/4/2020” gozan de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones en la materia. Recordamos que la ley de reforma tributaria -L. 27430-, al incorporar el impuesto cedular en la ley del impuesto a las ganancias, grava con dicho impuesto la generación de renta financiera para las personas humanas.

    PROCEDIMIENTO FISCAL. RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE. SE PRORROGA AL 31/3/2020 LA VIGENCIA TRANSITORIA RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4651 BO: 30/12/2019 Se prorroga al 31/3/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente para las MiPyMEs Tramo I -dispuesto por la RG (AFIP) 4268-, en lo relativo a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

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    REGÍMENES ESPECIALES. RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE. SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN Y/O CESIÓN DE BONOS FISCALES Y PARA LA CESIÓN DE BONOS NO APLICADOS RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4652 BO: 30/12/2019 Se establece el procedimiento para la aplicación y/o cesión de los bonos de crédito fiscal aplicables a la cancelación de anticipos y/o saldos de declaración jurada del impuesto a las ganancias y al valor agregado, en el marco del régimen de promoción de la economía del conocimiento -L. 27506-. Por su parte, se establece la forma en que los beneficiarios del régimen de promoción de la industria del software podrán transferir los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31/12/2019, efectuando la misma a través del servicio “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales”, servicio “web”. Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 30/12/2019.

    IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PRECIOS DE TRANSFERENCIA. REGISTRO DE CONTRATOS POR OPERACIONES DE EXPORTACIÓN DE BIENES AGRÍCOLAS CON COTIZACIÓN DONDE INTERVENGA UN INTERMEDIARIO UBICADO EN JURISDICCIONES NO COOPERANTES O DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4653 BO: 30/12/2019 La AFIP establece la forma, plazos y condiciones para registrar los contratos por operaciones de exportación de bienes agrícolas con cotización, en los cuales intervenga un intermediario que se encuentre ubicado, constituido, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación. A tal efecto, la citada registración se considerará cumplida con la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) aprobada en estado “SALIDA” y con el suministro de los demás datos requeridos a través del formulario de declaración jurada “F 1450 Contrato de Exportación de Bienes Agrícolas con Cotización”, que estará disponible en la web de AFIP en la ubicación http://www.afip.gob.ar/genericos/formularios. Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 1/1/2020, y el plazo para cumplir con el suministro de datos a través de la web de la AFIP es de 7 días desde la aprobación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) aprobada en estado “SALIDA”.

    http://www.afip.gob.ar/genericos/formularios

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    PROCEDIMIENTO FISCAL. SE EXTIENDE HASTA EL 31/3/2020 LA SUSPENSIÓN DE LA APLICACIÓN DE EMBARGOS Y OTRAS MEDIDAS CAUTELARES PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4655 BO: 30/12/2019 Se extiende hasta el 31/3/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas. Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban realizarse a partir del 1/4/2020 será realizada en forma progresiva respecto de las pautas que establezca la AFIP a tal efecto. REGÍMENES ESPECIALES.IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA SOLICITAR LOS CERTIFICADOS DE EXCLUSIÓN DE LOS REGÍMENES DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y/O PAGOS A CUENTA DEL IVA RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4656 BO: 30/12/2019 Se establecen los requisitos y condiciones para que los beneficiarios del régimen de promoción de economía del conocimiento soliciten los certificados de exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, a través del servicio denominado “Solicitud de Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción el Impuesto al Valor Agregado” de la Web de la AFIP, a partir del 20/1/2020. Se aclara que aquellos beneficiarios del régimen de promoción de la industria del software -L. 25922- que a partir del 1/1/2020 sean incorporados por la autoridad de aplicación en forma provisoria al Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento y sean titulares de un certificado de no retención del IVA gozarán del beneficio concedido hasta la fecha indicada en el mismo. IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS APLICABLE A LAS NAFTAS Y EL GASOIL. SE EFECTÚA UN NUEVO DIFERIMIENTO PARCIAL DEL IMPUESTO QUE RESULTARÍA APLICABLE EN EL MES DE ENERO DE 2020

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    DECRETO (Poder Ejecutivo) 103/2019 BO: 31/12/2019 Se establece un nuevo diferimiento parcial del incremento del impuesto sobre los combustibles que grava las naftas y el gasoil que resultaba aplicable en el mes de enero de 2020. El incremento total del impuesto que hubiera resultado aplicable se difiere al mes de febrero de 2020. A partir de dicha fecha, debe considerarse el incremento total del impuesto.

    Novedades Provinciales

    Buenos Aires (Ciudad) BUENOS AIRES (CIUDAD). ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 6248 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 19/12/2019 La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al régimen de promoción de la economía del conocimiento -L. 27506-. Al respecto, dispone que los beneficiarios del citado régimen de promoción gozarán de estabilidad fiscal en la Ciudad respecto de las actividades objeto de promoción, a partir de la fecha de su inscripción en el registro nacional de beneficiarios del régimen de promoción de la economía del conocimiento. MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEY (Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Buenos Aires (Ciudad)) 6279 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 23/12/2019 Se establecen modificaciones al Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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    LEY TARIFARIA 2020 LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 6280 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 23/12/2019 Se establecen las alícuotas, mínimos y demás valores aplicables para el período fiscal 2020. BUENOS AIRES (CIUDAD). ATENUACIÓN DE ALÍCUOTAS DE LOS REGÍMENES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 329/2019 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 27/12/2019 Se remplaza el procedimiento de solicitud de atenuación de las alícuotas de los distintos regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos vigentes por parte de los contribuyentes que acrediten un determinado nivel de saldos a favor como resultado de la aplicación de los mismos.

    Catamarca CATAMARCA. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Gral. Rentas Catamarca) 85/2019 BO: - Se establecen las fechas de vencimiento de los tributos a cargo de la Administración General de Rentas para el período fiscal 2020. MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS LEY (Poder Legislativo Catamarca) 5616 BO (Catamarca): 17/12/2019 Se modifica la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos para las entidades financieras. -art. 172 del Código Tributario-

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    Chubut CALENDARIO DE VENCIMIENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA CONTRIBUYENTES DIRECTOS, DE CONVENIO MULTILATERAL Y PARA LOS INCORPORADOS AL ACUERDO INTERJURISDICCIONAL DE ATRIBUCIÓN DE BASE IMPONIBLE PARA CONTRIBUYENTES DIRECTOS RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Chubut) 960/2019 BO: - Se fijan las fechas de vencimiento del año 2020 de los anticipos mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos.

    Córdoba MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO Y A OTRAS LEYES DE ÍNDOLE TRIBUTARIA LEY (Poder Legislativo Cba.) 10679 BO (Córdoba): 20/12/2019 Se disponen modificaciones al Código Tributario Provincial y a otras leyes de índole tributaria. LEY IMPOSITIVA PARA EL AÑO 2020. ALÍCUOTAS, CUOTAS FIJAS Y DEMÁS VALORES LEY (Poder Legislativo Cba.) 10680 BO (Córdoba): 20/12/2019 Se establecen las alícuotas y cuotas fijas para la percepción de los tributos de la Provincia de Córdoba correspondientes al año 2020. Las presentes disposiciones son de aplicación a partir del 1/1/2020. REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE RETENCIÓN DE INGRESOS BRUTOS SOBRE DETERMINADAS OPERACIONES FINANCIERAS

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    RESOLUCIÓN NORMATIVA (Dir. Gral. Rentas Cba.) 55/2019 BO (Córdoba): 20/12/2019 La Dirección General de Rentas de Córdoba reglamenta el régimen especial de retención del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos ingresos provenientes de la colocación de capital de valores, dividendos y utilidades asimilables, y operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones, y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares- -D. (Cba.) 1205/2015, arts. 333 bis a 333 septies-. CÓRDOBA. CALENDARIO 2020. CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS RESOLUCIÓN (Min. Finanzas Cba.) 409/2019 BO (Córdoba): 27/12/2019 El Ministerio de Finanzas fija las fechas de vencimiento de los tributos provinciales correspondientes al período fiscal 2020.

    INCORPORACIÓN Y ELIMINACIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS RESOLUCIÓN (Sec. Ingresos Públicos Cba.) 76/2019 BO (Córdoba): 30/12/2019 La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba incorpora y elimina sujetos a la nómina existente de agentes de recaudación de los distintos regímenes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos -R. (SIP Cba.) 1/2019-. MODIFICACIÓN DE LA LEY IMPOSITIVA PARA EL AÑO 2020 DECRETO (Poder Ejecutivo Cba.) 2029/2019 BO (Córdoba): 30/12/2019 Como consecuencia de la adhesión de la Provincia de Córdoba al Consenso Fiscal 17/12/2019 -L. (Cba.) 10683-, se modifica la ley impositiva para el año 2020 -L. (Cba.) 10680-.

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    Al respecto, se adecuan las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos para determinadas actividades económicas. Destacamos que el Anexo con el detalle de las alícuotas del impuesto no fue publicado en el Boletín Oficial. Respecto del impuesto de sellos, señalamos que se retrotrajeron las alícuotas a las aplicables durante el período fiscal 2019. ADECUACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN DEL CÓDIGO FISCAL Y DE LOS REGÍMENES DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y/O RECAUDACIÓN DECRETO (Poder Ejecutivo Cba.) 2030/2019 BO (Córdoba): 30/12/2019 Como consecuencia de las recientes modificaciones introducidas el Código Tributario Provincial –L. (Cba.) 10679-, se adecua la normativa reglamentaria vigente –D. (Cba.) 1205/2015-. ADHESIÓN AL CONSENSO FISCAL DEL 17/12/2019 LEY (Poder Legislativo Cba.) 10683 BO (Córdoba): 30/12/2019 La Provincia de Córdoba aprueba el Consenso Fiscal 2019, Acuerdo suscripto el 17/12/2019 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese orden, se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el mencionado consenso.

    Corrientes MODIFICACIÓN DE LOS PARÁMETROS PARA ACTUAR COMO AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Corrientes) 192/2019 BO (Corrientes): 17/12/2019

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    Se modifican los parámetros de facturación para actuar como agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.

    Entre Ríos ENTRE RÍOS. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2020 RESOLUCIÓN (Administradora Tributaria Entre Ríos) 599/2019 BO: - La Administradora Tributaria de Entre Ríos fija las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al período fiscal 2020.

    Jujuy CATEGORIZACIÓN DE CONTRIBUYENTES MEDIDOS EN UNIDADES FISCALES. ADECUACIÓN RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Prov. Rentas Jujuy) 1549/2019 BO (Jujuy): 27/12/2019 Se adecua la normativa que define los parámetros de categorización de los contribuyentes del impuesto administrados por la Dirección Provincial de Rentas a través de la denominada “unidad fiscal”. Al respecto, se establece que los contribuyentes del impuesto sobre ingresos brutos cuyos ingresos brutos devengados en el ejercicio fiscal anterior sean iguales o superiores a 150 unidades tributarias deberán presentar, junto con la declaración jurada anual del impuesto, una certificación de la base imponible del mismo. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2020. VALOR DE LA UNIDAD FISCAL RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Prov. Rentas Jujuy) 1550/2019 BO (Jujuy): 27/12/2019 La Dirección Provincial de Rentas establece las fechas de vencimiento para los distintos tributos provinciales correspondientes al período fiscal 2020.

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    Asimismo, se fija el valor de la “unidad fiscal”, que servirá como parámetro para categorizar a los contribuyentes de los impuestos administrados por la citada Dirección -RG (DPR Jujuy) 1549/2019-.

    La Pampa LEY IMPOSITIVA 2020. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIONES LEY (Poder Legislativo La Pampa) 3210 BO (La Pampa): 27/12/2019 Se aprueba la ley impositiva de la Provincia de La Pampa, aplicable para el período fiscal 2020. Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal de la Provincia.

    Misiones MISIONES. PLAN EXTRAORDINARIO DE QUITA Y FINANCIACIÓN DE LOS TRIBUTOS PROVINCIALES RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Misiones) 49/2019 BO (Misiones): 26/12/2019 Se establece un plan extraordinario de quita y financiación de tributos provinciales cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas.

    Neuquén LEY IMPOSITIVA PARA EL AÑO 2020. ALÍCUOTAS, MÍNIMOS Y DEMÁS VALORES LEY (Poder Legislativo Neuquén) 3219 BO (Neuquén): 20/12/2019 Se establecen las alícuotas correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos aplicables al período fiscal 2020. Destacamos que, en el marco del Consenso Fiscal suscripto el 16/11/2017 entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se continúa con el

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    cronograma de reducción de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos -L. (Neuquén) 3090-. MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL LEY (Poder Legislativo Neuquén) 3220 BO (Neuquén): 20/12/2019 Se establecen modificaciones al Código Fiscal.

    San Juan SAN JUAN. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2020 RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas San Juan) 2189/2019 BO (San Juan): 23/12/2019 Se fijan las fechas de vencimiento para el año fiscal 2020 de los impuestos cuya recaudación está a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan. SAN JUAN. RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS: INCREMENTO DEL IMPUESTO FIJO MENSUAL RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas San Juan) 2196/2019 BO (San Juan): 23/12/2019 Se incrementan los importes fijos mensuales a tributar por parte de los contribuyentes del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de San Juan.

    Santa Fe LEY IMPOSITIVA 2020. ALÍCUOTAS, MÍNIMOS E IMPORTES FIJOS LEY (Poder Legislativo San Juan) 2026-I BO (San Juan): 27/12/2019

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    Se establecen las alícuotas, los mínimos y los importes fijos correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos aplicables al período fiscal 2020. Al respecto, destacamos que se mantienen, en líneas generales, las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos del período fiscal anterior, en virtud de la suspensión de la rebaja de alícuotas dispuesta en el Consenso Fiscal 2019, Acuerdo suscripto el 17/12/2019. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIONES LEY (Poder Legislativo San Juan) 2027-I BO (San Juan): 27/12/2019 Se establecen modificaciones al Código Tributario Provincial. SANTA FE. ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO LEY (Poder Legislativo Santa Fe) 13944 BO (Santa Fe): 27/12/2019 La Provincia de Santa Fe adhiere al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento -L. 27506-.

    Santiago del Estero GUÍAS ELECTRÓNICAS DE PRODUCTOS PRIMARIOS EN TRÁNSITO: PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS EMITIDAS MANUALMENTE RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Santiago del Estero) 56/2019 BO (Santiago del Estero): 18/12/2019 Se prorroga, hasta el 31/12/2019, la fecha hasta la que serán válidas las guías de productos primarios en tránsito emitidas manualmente. Recordamos que con posterioridad a dicha fecha solo serán válidas las emitidas electrónicamente -RG (DGR Sgo. del Estero) 29/2019-.

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    Tucumán TUCUMÁN. INCREMENTO DEL PORCENTAJE DE PERCEPCIÓN Y RETENCIÓN DE INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADAS OPERACIONES CON INTERMEDIARIOS RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 118/2019 BO (Tucumán): 17/12/2019 Se establecen precisiones y aclaraciones respecto a la aplicación del porcentaje para el cálculo de la base sujeta a percepción y/o retención del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a determinadas operaciones con intermediarios. MODIFICACIONES RESPECTO A LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 119/2019 BO (Tucumán): 19/12/2019 Se adecuan determinados aspectos respecto al procedimiento para la emisión de los certificados de cumplimiento fiscal -RG (DGR Tucumán) 23/2009-. MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS PARA ESCRIBANOS PÚBLICOS RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 120/2019 BO (Tucumán): 20/12/2019 Se adecua el régimen de percepción del impuesto de sellos para los escribanos públicos -RG (DGR Tucumán) 73/2011-. TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO APLICABLES DESDE EL 1/1/2020 HASTA EL 31/3/2020 RESOLUCIÓN (Min. Economía Tucumán) 231/2019 BO (Tucumán): 20/12/2019 Se reducen las tasas de interés resarcitorio y punitorio aplicables desde el 1/1/2020 hasta el 31/3/2020, ambas fechas inclusive.

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    PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA DEL 0% EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA LA ACTIVIDAD PECUARIA LEY (Poder Legislativo Tucumán) 9208 BO (Tucumán): 20/12/2019 Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la alícuota diferencial del 0% en los impuestos sobre los ingresos brutos y para la salud pública, para la producción pecuaria -L. (Tucumán) 9021-.

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