Cap 1.0 Aspectos Generales
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ESTUDIO DEFINITIVO: MEJORAMIENTO A NIVEL DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL BICAPA DE LA CARRETERA SANTA
CRUZ -AGOMAYO: TRAMO PUENTE TOSTEN - PULAN, DISTRITO DE PULAN - SANTA CRUZ CAJAMARCA
1.0 ASPECTOS GENERALES
1.1 DEL PROYECTO
1.1.1 ANTECEDENTES
En el ao 2014, la Municipalidad Distrital de Pulan encarg la elaboracin de los Estudios de
Preinversin a nivel de Perfil de la Carretera Santa Cru ! "go#a$o tra#o% Puente &osten ' Pulan,
en el departa#ento de Ca(a#arca, con una longitud total de 11)*4 +#)
En aplicacin de las or#as del Siste#a acional de -nversin P.blica, el Estudio de Preinversin a
nivel de Perfil de la carretera Santa Cru ! "go#a$o tra#o% Puente &osten ' Pulan, con una longitud
de 11.54 km, fue revisado por la oficina de Progra#acin e -nversiones /P- de la Municipalidad
Distrital de Pulan con -nfor#e &cnico 3 % -5ME 010!201*!MDP!P-6S7C8 del 19)0:)201*
del 7efe de la ;nidad Evaluadora< se otorga la Declaracin de =iabilidad del Pro$ecto, Cdigo de
Pro$ecto 22>0*?0)
El inicio del pro$ecto, se ubica en la ona de la @uebrada &osten /Puente &osten del Distrito de
Pulan se Aa establecido el inicio del tra#o del Estudio Aabindose sealado en el terreno co#o Km=
14 + 680)
El final del Estudio es la progresiva B# 2>220 en la #argen iuierda de la calle de ingreso a la
capital distrital Pulan)
a Carretera Puente &osten ! Pulan, en estudio, se encuentra co#o una de las vFas ue conte#pla
el plan vial provincial de la provincia de Santa Cru, seg.n infor#e 3 02:!201* '-=PSC6GG< por ser
de coneHin interdistrital entre el distrito de Saucepa#pa $ el distrito de Pulan)
1.1.2 UBICACIN
El inicio de la carretera, en el Puente &osten, se localia el lF#ite entre el distrito de Pulan $ distrito
de Saucepa#pa, siendo el distrito de Pulan Irea de influencia del Pro$ecto en estudio< continuando
por las localidades de &osten, Pan de ".car Aasta llegar a Pulan capital distrital del #is#o no#bre,
departa#ento de Ca(a#arca /ver Mapa 3 01) "si#is#o, el Pro$ecto se ubica geogrIfica#ente
entre las siguientes coordenadas%
NOMBRE ESTE NORTE ALTITUDPuente Toten !"#$#!%&' E (&$()"'%*) N *(*$ +n+
Pun !"#*""%)" E (&$.'"'%#! N $# +n+
El principal acceso a la carretera Puente &osten ! Pulan, es a travs de la carretera CAicla$o '
Puente Cu#bil ' Santa Cru< a partir de Santa Cru de la Carretera Santa Cru ' "go#a$o< a partir
del +# 14>?0 inicia el tra#o de la carretera a realiar el #e(ora#iento< siendo asfaltada desde
CAicla$o ' Santa Cru $ afir#ado a partir de Santa Cru ' "go#a$o)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Informe fina*-*
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ESTUDIO DEFINITIVO: MEJORAMIENTO A NIVEL DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL BICAPA DE LA CARRETERA SANTA
CRUZ -AGOMAYO: TRAMO PUENTE TOSTEN - PULAN, DISTRITO DE PULAN - SANTA CRUZ CAJAMARCA
1.2 DEL INFORME DE ADECUACIN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
1.2.1 OBJETIOS
!" O#$%&'() *%%,!-
El ob(etivo de estudio es 5ealiar el Estudio de -#pacto "#biental)
#" O#$%&'() E/%2')
- -dentificacin de acciones del Pro$ecto con potencial de generacin de i#pactos
a#bientales)
- Diagnstico a#biental pre operacional del Irea de influencia del pro$ecto)
- -dentificacin $ evaluacin de los i#pactos a#bientales potenciales, cu$a ocurrenciatendrFa lugar durante las diferentes etapas del pro$ecto)
- Plantear el Plan de Mane(o "#biental ue per#itan prevenir, #itigar o corregir los
efectos adversos significativos de la obra pro$ectada, asF co#o fortalecer los i#pactos
positivos)
1.2.2 METODOLO*3A
El Estudio de -#pacto "#biental del pro$ecto vial se realiara #ediante el anIlisis #atricial,
e#pleando la #atri de eopold, #odificada seg.n las caracterFsticas del pro$ecto, cu$o detalle sepresenta en el capFtulo * de este infor#e, correspondiente a -dentificacin $ Evaluacin de -#pactos
"#bientales Potenciales)
a secuencia #etodolgica del estudio serI estructurada en tres etapas) " saber% Etapa Preli#inar
de Gabinete, Etapa de Ca#po $ Etapa inal de Gabinete, las #is#as ue se ilustran en la igura
1)1 $ se describen a continuacin%
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Informe fina*-&
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F',! 1.1 Etapas para la elaboracin del Estudio de -#pacto "#biental
!" E&!/! /,%-'m'!, % !#'%&%
Constitu$e la pri#era etapa del Estudio de -#pacto "#biental /E-" del pro$ecto $ co#prendi las
actividades de recopilacin $ anIlisis preli#inar de infor#acin te#Itica /cartogrIfica $
alfanu#rica sobre el te#a $ Irea de estudio, asF co#o la preparacin de los instru#entos tcnicos
/ficAas tcnicas para el levanta#iento de infor#acin co#ple#entaria en la etapa de ca#po)
&a#bin se prepar el #apa base preli#inar del Jrea de -nfluencia del pro$ecto)
#" E&!/! % !m/)
Constitu$e la segunda etapa del E-" $ consisti en la inspeccin in!situ del Irea del pro$ecto,identificando los principales proble#as eHistentes vinculados a estabilidad de taludes, obstruccin
del derecAo de vFa, anega#iento, #al drena(e $ alcantarillado eHistentes, entre otros< asF co#o los
proble#as propios de conflictos en el uso de la tierra para la agricultura $ la infraestructura
propuesta) "si#is#o, se recopil infor#acin co#ple#entaria sobre los diversos tpicos ue
co#prende el E-"% aspectos sociales, econ#icos, fFsicos $ biolgicos del Irea de influencia del
pro$ecto, ue per#itan preparar el -nfor#e del Estudio de -#pacto "#biental)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Informe fina*-"
E!a"a I
ETAPA PRELIMINAR DE GABINETE
E!a"a IIETAPA DE CAMPO
E!a"a IIIETAPA #INAL DE GABINETE
A$!i%i&a&e'- Re/o01/12n 3 n411 5e
1n6o7+/12n 07e1+1n7%
- Pne+1ento 5e Et0 5e C+0o%
A$!i%i&a&e'- E8u/12n 1n-1tu 5e 47e
5e P7o3e/to%
- Re/o01/12n 5e1n6o7+/12n /o+0e+ent71%
A$!i%i&a&e'
P7o/e+1ento 3 n411 5e 1n6o7+/12n o9ten15 en Et0 I
3 II%
E9o7/12n 5e In6o7+e F1n 5e
A5e/u/12n 5e Etu51o 5e I+0/to
A+91ent 5e 07o3e/to%
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" E&!/! F'!- % *!#'%&%
En esta tercera $ .lti#a etapa del E-", se reali el procesa#iento de la infor#acin obtenida en las
etapas anteriores, lo ue per#iti obtener Cuadros estadFsticos, grIficos e indicadores de utilidad
para la evaluacin a#biental correspondiente< aspecto ue se reali en coordinacin con losde#Is especialistas integrantes del euipo tcnico asignado al Pro$ecto) Este proceso final#ente
dio co#o resultado el presente docu#ento deno#inado -nfor#e del Estudio de -#pacto "#biental
ue for#a parte de los Estudios Definitivos de -ngenierFa para el ME75"M-E& " -=E DE
&5"&"M-E& S;PE5-C-" 8-C"P" DE " C"55E&E5" S"&" C5;K ! "GM"L% &5"M
P;E&E &S&E ! P;", D-S&5-& DE P;" ! S"&" C5;K ' C"7"M"5C", el cual for#a
parte del EHpediente &cnico de la obra vial pro$ectada)
1.2.( ALCANCES
Consiste en la realiacin del Estudio de -#pacto "#biental, consiste en realiar un diagnstico de
las condiciones pre operacionales del a#biente del Irea de influencia del pro$ecto< identificacin de
los i#pactos a#bientales potenciales 'positivos $ negativos! ue podrFan ocurrir en el a#biente
durante la e(ecucin $ operacin del pro$ecto< asF co#o la elaboracin del Plan de Mane(o
"#biental ue per#itirIn #itigar, controlar o evitar los i#pactos a#bientales negativos, tanto
durante la e(ecucin de la obra asF co#o durante su funciona#iento)
En el E-" se tendrI en cuenta las principales actividades del pro$ecto $ su posible grado de
afectacin sobre los ele#entos o co#ponentes del a#biente de su I#bito de influencia) Estos
ele#entos serIn deter#inados analiando la infor#acin eHistente sobre los co#ponentes fFsicos,
biolgicos $ socio!econ#icos ue tendrFan interrelacin con las actividades del pro$ecto)
1.( MARCO LE*AL
1.(.1 MARCO LE*AL
En nuestro paFs, en las .lti#as dcadas se Aa logrado un avance i#portante en el ca#po de la
legislacin a#biental) En efecto, Aan sido pro#ulgadas i#portantes nor#as ue sirven co#o
instru#entos (urFdicos para regular la relacin entre el Ao#bre $ su a#biente, con el propsito de
lograr el desarrollo sostenible de nuestro paFs) El cu#pli#iento de estas nor#as se viene
fortaleciendo en los .lti#os aos, en la #edida ue los actores del desarrollo van to#ando
conciencia sobre la necesidad de Aacer un uso responsable de los recursos naturales $ del
a#biente en general) "sF se tiene%
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1.(.1.1 N),m!&'('! *%%,!-
C)&'&'7 P)-&'! %- P%,
os logros nor#ativos en el I#bito a#biental en nuestro #edio se inician for#al#ente con la
Constitucin PolFtica del Per. de 199, la cual en su artFculo 12:establece%
N&odos tienen el derecAo de Aabitar en a#biente saludable, ecolgica#ente euilibrado $ adecuado
para el desarrollo de la vida $ la preservacin del paisa(e $ la naturalea) Es obligacin del Estado
prevenir $ controlar la conta#inacin a#bientalO) "specto ue se ratifica en la Constitucin PolFtica
de 199:, sealando en su artFculo 2, inciso 22 ue% N&oda persona tiene derecAo a% la pa, la
tranuilidad, al disfrute del tie#po libre $ al descanso, asF co#o goar de un a#biente euilibrado $
adecuado de desarrollo de su vidaO) "si#is#o, en los artFculos >> , >, >?$ >9se seala ue los
recursos naturales renovables $ no renovables son patri#onio de la nacin, pro#oviendo el Estado
el uso sostenible de stos< asF co#o, la conservacin de la diversidad biolgica $ de las Ireas
naturales protegidas)
"si#is#o, la Constitucin protege el derecAo de propiedad $ asF lo garantia el Estado, pues a nadie
puede privarse de su propiedad /"rt) 0) Sin e#bargo, cuando se reuiere desarrollar pro$ectos
de inters nacional, declarados por e$, stos podrIn eHpropiar propiedades para su e(ecucin< para
lo cual, se deberI inde#niar previa#ente a las personas $6o fa#ilias ue resulten afectadas)
C7') %- M%') Am#'%&% 9 -) R%,) N!&,!-%
ue establecido por D 3 >1:, del 0!09!1990) Este cdigo seala en el Fte# 1 del &Ftulo Preli#inar,
ue toda persona tiene el derecAo irrenunciable a goar de un a#biente saludable, asF co#o el
deber de conservar dicAo a#biente, precisando ue es obligacin del estado #antener la calidad de
vida de las personas a un nivel co#patible con la dignidad Au#ana)
CapFtulo -=, "rt) ?43) o se per#itirIn en las onas ocupadas por asenta#ientos Au#anos la
localiacin de pro$ectos $ otras actividades ue signifiuen alg.n grado de peligrosidad para la
poblacin)
CapFtulo =, De la prevencin de los desastres naturales) e corresponde prevenir $ controlar la
conta#inacin a#biental $ cualuier proceso de deterioro o depredacin de los recursos naturales
ue pueda interferir en el nor#al desarrollo de toda for#a de vida $ de la sociedad) as personas
estIn obligadas a contribuir $ colaborar ineHcusable#ente con estos propsitos)
El Cdigo del Medio "#biente $ los 5ecursos aturales, fue la pri#era nor#a en instaurar en el paFs
la obligacin de los proponentes de pro$ectos, de eHistir Estudios de -#pacto "#biental /E-")
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En el CapFtulo --- ! De la Proteccin del "#biente /artFculos 9 al 1:, se establece el contenido de los
Estudios de -#pacto "#biental /E-" $, se seala ue slo podrIn ser elaborados por las
instituciones p.blicas o privadas debida#ente calificadas $ registradas ante la autoridad
co#petente)
Esta nor#a ta#bin deter#in el listado de actividades $ pro$ectos co#prendidos dentro de esta
obligacin /"rt)?) Sin e#bargo, ello fue luego derogado /#ediante el D) eg) 4 sealIndose ue
deberFa ser cada sector el ue, en sus respectivas nor#as a#bientales sectoriales, realiara tal
deter#inacin)
L%9 O,:'! % A/,)(%;!m'%&) % -) R%,) N!&,!-%
ue pro#ulgada #ediante e$ 3 2>?21) Esta e$, nor#a el rgi#en de aprovecAa#iento
sostenible de los recursos naturales, estableciendo un #arco adecuado para el fo#ento de lainversin, procurando un euilibrio dinI#ico entre el creci#iento econ#ico, la conservacin de los
recursos naturales $ del a#biente $, el desarrollo integral de la persona Au#ana)
"uF se seala ue los ciudadanos tienen derecAo a ser infor#ados $ a participar en la definicin $
adopcin de polFticas relacionadas con la conservacin $ uso sostenible de los recursos naturales)
"de#Is, se les reconoce el derecAo de for#ular peticiones $ pro#over iniciativas de carIcter
individual o colectivo ante las autoridades co#petentes /"rt) *)
a nor#a seala las condiciones para el aprovecAa#iento sostenible de los recursos naturales,
precisando ue los recursos naturales deben utiliarse en for#a sostenible, lo cual i#plica ue su
#ane(o debe ser racional /"rt) 2?)
Por tanto, el otorga#iento de derecAos sobre los recursos naturales no es absoluto $a ue se
encuentra su(eto a condiciones por parte del titular del derecAo) Estas condiciones, sin per(uicio de
lo dispuesto en le$es especiales, son las siguientes /"rt)29%
;tiliar el recurso natural para los fines para los ue fue otorgado, garantiando el #anteni#iento de
los procesos ecolgicos esenciales)
Cu#plir con las obligaciones dispuestas por la legislacin especial respectiva)
Cu#plir con los procedi#ientos de evaluacin de i#pacto a#biental $ los planes de #ane(o
correspondiente, establecido en la legislacin de la #ateria)
Cu#plir con la respectiva retribucin econ#ica, de acuerdo a las #odalidades establecidas en la
legislacin correspondiente)
En caso de incu#pli#iento con estas condiciones se deter#inarI la caducidad del derecAo, ello de
acuerdo a lo establecido en los procedi#ientos sealados en las le$es especiales) DicAa caducidadi#plica la reversin al Estado del derecAo de aprovecAa#iento concedido, lo cual opera desde el
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#o#ento de la inscripcin de la cancelacin del tFtulo correspondiente)
Cabe sealar ue la retribucin econ#ica ue debe abonarse por la eHplotacin de los recursos
naturales se encuentra regulada por la legislacin del canon /e$ 240> #odificada por e$
2>: $ su respectivo regla#ento D)S) 004!2002!E)
Le) &e Con'e*o Na$iona &e Am+ien!e ,CONAM-
Mediante e$ 3 2>410, del 02!12!94, fue creado el Conse(o acional del "#biente /C"M co#o
organis#o descentraliado, con personerFa (urFdica de derecAo p.blico interno, con autono#Fa
funcional, econ#ica, financiera, ad#inistrativa $ tcnica, ue depende del Presidente del Conse(o
de Ministros)
Es el organis#o rector de la polFtica nacional a#biental ue tiene finalidad, planificar, pro#over,
coordinar, controlar $ velar por el a#biente $ patri#onio natural de la acin) Se encuentra
integrado por< a ;n rgano Directivo, b rgano E(ecutivo /Secretaria E(ecutiva $ un rgano
Consultivo /Co#isin Consultiva)
C&i/o Pena Dei!o' $on!ra a E$oo/a
Para penaliar cualuier alteracin del Medio "#biente, se dicta el D) eg) >:*, del 0? '04!
91Delitos contra la EcologFa, ue en su artFculo :04precisa% ue el ue conta#ine el a#biente con
residuos slidos, lFuidos o gaseosos, por enci#a de lF#ites per#isibles, serI repri#ido con pena
privativa de la libertad no #enor de un /1 ao, ni #a$or de tres /: aos)
"si#is#o, la e$ 2>>:1, del 21 de (unio de 199> dicta nor#as para efectos de for#aliar
denuncia por infraccin de la legislacin "#biental, la cual en su "rtFculo 1 , establece ue% Na
for#aliacin de la denuncia por los delitos tipificados en tFtulo Dci#o &ercero del ibro Segundo
del Cdigo Penal, reuerirI de las entidades sectoriales co#petentes, opinin funda#entada por
escrito sobre si se Aa infringido la legislacin a#bientalO)
En su "rt) :0?3)! referido a la co#ercialiacin de flora $ fauna protegidas, establece ue el ue
caa, captura, recolecta, eHtrae o co#ercialia especies de flora o fauna ue estIn legal#ente
protegidas, serI repri#ido con pena privativa de libertad no #enor de uno ni #a$or de tres aos)
a pena serI no #enor de dos ni #a$or de cuatro aos $ ciento ocAenta a trescientos sesenta $
cinco dFas ' #ulta cuando%
- El AecAo se co#ete en perFodo de reproduccin de se#illas o de reproduccin o creci#iento de
las especies)
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- El AecAo se co#ete contra especies raras o en peligro de eHtincin)
- El AecAo se co#ete #ediante el uso de eHplosivos o sustancias tHicas)
Le) &e E%aa$in &e Im"a$!o Am+ien!a "ara O+ra' ) A$!i%i&a&e'
e$ 3 2>?>, del 1:!0*!199) Establece ue los Ministerios deberIn co#unicar al Conse(o
acional del "#biente /C"M las regulaciones al respecto) Esta e$ no #odifica las atribuciones
sectoriales en cuanto a las autoridades a#bientales co#petentes)
as actividades a realiarse no reuerirIn una coordinacin directa con el C"M) a "utoridad
Co#petente "#biental para dicAas AarI de conoci#iento respectivo al C"M, si el caso lo
reuiriese)
Le) &e Si'!ema Na$iona &e E%aa$in &e Im"a$!o Am+ien!a
e$ Q 244>, del 2:!04! 2001) Este dispositivo legal establece un siste#a .nico $ coordinado de
identificacin, prevencin, supervisin, control $ correccin anticipada de los i#pactos a#bientales
negativos derivados de las acciones Au#anas eHpresadas a travs de los pro$ectos de inversin)
a nor#a seala diversa categorFas en funcin al riesgo a#biental) DicAas categorFas son las
siguientes% CategorFa - ' Declaracin de -#pacto "#biental< CategorFa -- ' Estudio de -#pacto
"#biental Se#idetallado, CategorFa --- ' Estudio de -#pacto "#biental Detallado) Cabe precisar ue
Aasta la fecAa no se Aa eHpedido el regla#ento de esta e$)
a e$ 244> Aa creado el Siste#a acional de Evaluacin del -#pacto "#biental /SE-", co#o el
#arco legal general aplicable a la evaluacin de i#pactos a#bientales) Esta nor#a se encuentra
vigente en la actualidad< sin e#bargo, la propia e$ seala ue las nor#as sectoriales respectivas
seguirIn siendo aplicables en tanto no se opongan a esta nueva nor#a)
"sF, los sectores continuarIn aplicando su nor#ativa sectorial Aasta ue se dicte el regla#ento de la
nueva e$)
a pro#ulgacin de esta nueva nor#a Aa tenido co#o funda#ento la constatacin de #.ltiples
conflictos de co#petencias entre sectores, $ la eHistencia de una diversidad de procedi#ientos de
evaluacin a#biental) Esta nor#a busca ordenar la gestin a#biental en esta Irea estableciendo un
siste#a .nico, coordinado $ unifor#e de identificacin, prevencin, supervisin, correccin $ control
anticipada de los i#pactos a#bientales negativos de los pro$ectos de inversin)
Debe resaltarse ue la nor#a seala ue los pro$ectos de inversin ue puedan causar i#pactos
a#bientales negativos no podrIn iniciar su e(ecucin< $ ninguna autoridad podrI aprobarlos,
autoriarlos, per#itirlos, concederlos o Aabilitarlos si no se cuenta previa#ente con la Certificacin"#biental eHpedida #ediante resolucin por la respectiva autoridad co#petente)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Informe fina*-)
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Para obtener esta certificacin, deberI to#arse co#o base la categoriacin ue esta nor#a
establece en funcin a la naturalea de los i#pactos a#bientales derivados del pro$ecto) "sF, se
Aan establecido las siguientes categorFas%
CategorFa -) Para auellos pro$ectos cu$a e(ecucin no origina i#pactos a#bientales negativos de
carIcter significativo) En este caso, se reuiere de una Declaracin de -#pacto "#biental)
b CategorFa --) Co#prende los pro$ectos cu$a e(ecucin puede originar i#pactos a#bientales
#oderados $ cu$os efectos a#bientales pueden ser eli#inados o #ini#iados #ediante la adopcin
de #edidas fIcil#ente aplicables) 5euieren de un E-" se#i detallado)
CategorFa ---) -nclu$e los pro$ectos cu$as caracterFsticas, envergadura $6o localiacin pueden
producir i#pactos a#bientales negativos significativos desde el punto de vista cuantitativo o
cualitativo, reuiriendo un anIlisis profundo para revisar sus i#pactos $ proponer la estrategia de
#ane(o a#biental correspondiente) En este caso, se reuiere de un E-" detallado)
Para deter#inar la ubicacin de un pro$ecto en una deter#inada categorFa se deberIn aplicar los
criterios de proteccin sealados en la nor#a $ ue estIn referidos, entre otros, a la proteccin de la
salud de las personas $ la integridad $ calidad de los ecosiste#as $ recursos naturales $ culturales)
Con respecto al contenido del E-", la nor#a establece ue ste deberI contener tanto una
descripcin de la accin propuesta co#o de los antecedentes de su Irea de influencia, la
identificacin $ caracteriacin de los i#pactos durante todo el pro$ecto, la estrategia de #ane(o
a#biental /inclu$endo seg.n sea el caso% el plan de #ane(o a#biental, el plan de contingencias, el
plan de co#pensacin $ el plan de abandono, asF co#o el plan de participacin ciudadana $ los
planes de segui#iento, vigilancia $ control) "sF #is#o, deberI ad(untarse un resu#en e(ecutivo de
fIcil co#prensin) as entidades autoriadas para la elaboracin del E-" deberIn estar registradas
ante las autoridades co#petentes, uedando el pago de sus servicios a cargo del titular del
pro$ecto)
5especto a la autoridad co#petente para el cu#pli#iento de esta le$, se Aa sealado ue son las
#is#as autoridades a#bientales nacionales /C"M $ sectoriales con co#petencias a#bientales
/Ministerios) Se seala ue, en particular, es co#petente el Ministerio del Sector correspondiente a
la actividad ue desarrolla la e#presa proponente o titular del pro$ecto< especificIndose, en igual
sentido ue la legislacin vigente, ue en caso ue el pro$ecto inclu$era dos o #Is actividades de
co#petencia de distintos sectores, la autoridad serI .nica#ente el Ministerio del Sector al ue
corresponda la actividad de la e#presa proponente por la ue sta obtiene sus #a$ores ingresos
brutos anuales) Por .lti#o, se establece ue en caso sea necesaria la diri#encia sobre la
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asignacin de co#petencia, corresponderI al Conse(o Directivo del C"M definir la autoridad
co#petente)
Le) Genera &e E3"ro"ia$ione'
e$ Q 211) Esta e$ en su "rt) 2Q #enciona ue la eHpropiacin consiste en la transferencia
forosa del derecAo de propiedad privada, autoriada .nica#ente por la le$ eHpresa del Congreso a
favor del Estado, a iniciativa del Poder E(ecutivo, 5egiones, o Gobiernos ocales $ previo pago en
efectivo de la inde#niacin (ustipreciada ue inclu$a co#pensacin por el eventual per(uicio)
En el "rt) :Q dispone ue el .nico beneficiado de una eHpropiacin es el Estado) El "rt) Q #enciona
ue todos los procesos de eHpropiacin ue se dispongan, al a#paro de lo dispuesto en el presente
articulo deben a(ustarse a lo establecido en la presente e$) El "rt) 9Q esta referido al trato directo,
donde se establecen #ecanis#os para acceder al trato directo, asF co#o los respectivos pasos paraen#arcar los acuerdos a la e$)
El "rt) 10Q establece la naturalea del su(eto activo de la eHpropiacin $ el "rt) 11Q la del su(eto
pasivo de la eHpropiacin) El "rt) 1*Q esta referido a la inde#niacin (ustipreciada, la #is#a ue
por un lado co#prende el valor de tasacin co#ercial debida#ente actualiado del bien ue se
eHpropia $ por otro, la co#pensacin ue el su(eto activo de la eHpropiacin debe abonar en caso de
acreditarse feAaciente#ente daos $ per(uicios para el su(eto pasivo originados in#ediata, directa $
eHclusiva#ente por la naturalea forosa de la transferencia) "sF ta#bin dentro de este #is#o
"rticulo, se #enciona ue la inde#niacin (ustipreciada no podrI ser inferior al valor co#ercial
actualiado, ni eHceder de la esti#acin del su(eto pasivo)
El "rt) 1>Q establece ue el valor del bien se deter#inarI #ediante tasacin co#ercial actualiada
ue serI realiada eHclusiva#ente por el Conse(o acional de &asaciones) El "rt) 19Q referente a la
for#a de pago, establece ue la consigna de la inde#niacin (ustipreciada, debida#ente
actualiada, se efectuarI necesaria#ente en dinero $ en #oneda nacional $ de#Is alcances
relacionados a la inde#niacin (ustipreciada)
Le) 4e fa$ii!a a e*e$$in &e o+ra' "5+i$a' %iae'. Le3 N &!'&)%
Re/amen!o &e Con!ro &e E3"o'i%o' &e U'o Ci%i
D) S) Q 019!1!-) Esta nor#a regula el uso civil de los eHplosivos) os reuisitos para las
autoriaciones $ per#isos para el transporte $ #anipulacin de eHplosiones se encuentran en el
&eHto ;nico de Procedi#ientos "d#inistrativos /&;P" del Ministerio del -nterior aprobado por D)S)
Q 00>!9:!- /:0!09!9: $ sus #odificaciones D)S) Q 00?!9:!-n /1!12!9: $ D)S) Q 004!94!-n /:0!
04!94) Es necesario coordinar con al D-SC"MEC el uso de eHplosivos civiles)
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Le) Or/6ni$a &e Mni$i"ai&a&e'
e$ Q 292, del 2!0*!200:) En esta e$ se establece ue los gobiernos locales son entidadesbIsicas de la organiacin territorial del Estado $ canales in#ediatos de participacin vecinal en los
asuntos p.blicos, ue institucionalian $ gestionan con autono#Fa los intereses propios de las
correspondientes colectividades< siendo ele#entos esenciales del gobierno local, el territorio, la
poblacin $ la organiacin)
Confor#e lo establece el "rt) -= del &Ftulo Preli#inar de esta e$, los gobiernos locales representan
al vecindario, pro#ueven la adecuada prestacin de los servicios p.blicos locales $ el desarrollo
integral, sostenible $ ar#nico de su circunscripcin)
En #ateria a#biental, las Municipalidades tienen las siguientes funciones%
- or#ular, aprobar, e(ecutar $ #onitorear los planes $ polFticas locales en #ateria a#biental, en
concordancia con las polFticas, nor#as $ planes regionales, sectoriales $ nacionales)
- Proponer la creacin de Ireas de conservacin a#biental)
- Pro#over la educacin e investigacin a#biental en su localidad e incentivar la participacin
ciudadana en todos sus niveles)
- Participar $ apo$ar a las co#isiones a#bientales regionales en el cu#pli#iento de sus
funciones)
- Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial $ regional, la correcta
aplicacin local de los instru#entos de planea#iento $ de gestin a#biental, en el #arco del
siste#a nacional $ regional de gestin a#biental)
- Pro#over la proteccin $ difusin del patri#onio cultural de la nacin, dentro de su (urisdiccin, $
la defensa $ conservacin de los #onu#entos arueolgicos, Aistricos $ artFsticos, colaborando
con los organis#os regionales $ nacionales co#petentes para su identificacin, registro, control,
conservacin $ restauracin)
De otro lado, en el u#eral 9) del "rt) >93, del CapFtulo ---, correspondiente a las 5entas
Municipales, se establece ue% os derecAos por la eHtraccin de #ateriales de construccin
ubicados en los Ilveos $ cauces de los rFos, $ canteras localiadas en su (urisdiccin, confor#e a
le$, son rentas #unicipales)
Le) Genera &e Re'i&o' Si&o'
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e$ Q 2:14, del 21!0!2000) Esta e$ establece los derecAos, obligaciones, atribuciones $
responsabilidades de la sociedad en su con(unto, para asegurar una gestin $ #ane(o de los
residuos slidos, sanitaria $ a#biental#ente adecuada, con su(ecin a los principios de
#ini#iacin, prevencin de riesgos a#bientales $ proteccin de la salud $ el bienestar de la
persona Au#ana)
Le) Genera &e Am"aro a Pa!rimonio C!ra &e a Na$in
e$ 3 2404, del 0*!01!?*) Este dispositivo Aa sido #odificado por e$ 2419: del 0>!0>!?* $ e$
2*>44 del 2!0!92, reconoce co#o bien cultural los sitios arueolgicos, estipulando sanciones
ad#inistrativas por caso de negligencia grave o dolo, en la conservacin de los bienes del
patri#onio cultural de la acin) "lgunos de los bienes culturales son% los edificios, obras de
infraestructura, a#bientes $ con(untos #onu#entales $ de#Is construcciones, asF co#o, las
acu#ulaciones de residuos provenientes de la vida $ actividad Au#anas sean urbanos o rurales,
aunue estn constituidos por bienes de diversa antigRedad $ destino ue tengan valor
arueolgico, artFstico, cientFfico, Aistrico o tcnico) a proteccin de los bienes in#uebles
culturales co#prende el suelo $ subsuelo en ue se asientan o encuentran, los aires $ el #arco
circundante)
En el "rtFculo ?3 se #enciona, ue los Ministerios, Municipalidades Provinciales, Corporaciones
Departa#entales de Desarrollo, ;niversidades $ las autoridades co#petentes, estIn obligadas a
velar por el cu#pli#iento de la presente e$)
En el "rtFculo 123 se establece ue los planes de desarrollo urbano $ rural, relacionados a obras
p.blicas en general $ los de construcciones o restauraciones privadas ue se relacionen con un bien
cultural in#ueble, serIn so#etidos por la entidad responsable de la obra, a la autoriacin previa del
-nstituto acional de Cultural) as obras no autoriadas serIn suspendidas de in#ediato por la
autoridad #unicipal de la circunscripcin)
El D)S) 3 0*0!94!ED del 11!10!94 aprueba el 5egla#ento de rganiacin $ unciones del -nstituto
acional de Cultura /-C) Este rganis#o constitu$e la entidad guberna#ental encargada de velar
por el cu#pli#iento de la nor#a referente al patri#onio cultural) Mediante D)S) 3 01:!9?!ED se
aprob el &eHto nico de Procedi#ientos "d#inistrativos del -C)
Le) #ore'!a ) &e #ana Si%e'!re
e$ Q 2:0?, del 0!0!2000) Esta e$ tiene por ob(eto nor#ar, regular $ supervisar el uso
sostenible $ la conservacin de los recursos forestales $ de fauna silvestre del paFs,
co#patibiliando su aprovecAa#iento con la valoracin progresiva de los servicios a#bientales delbosue, en ar#onFa con el inters social, econ#ico $ a#biental de la nacin, de acuerdo con lo
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establecido en los artFculos >> $ > de la Constitucin PolFtica del Per., en el D)) Q >1:, Cdigo
del Medio "#biente $ los 5ecursos aturales, en la e$ Q 2>?21, e$ rgInica para el
aprovecAa#iento sostenible de los recursos naturales $ los Convenios internacionales vigentes para
el estado Peruano)
El Ministerio de "gricultura tiene la responsabilidad de nor#ar, pro#over el uso sostenible $
conservacin de los recursos forestales $ de la fauna silvestre) El -nstituto acional de 5ecursos
aturales /-5E" es el encargado de la gestin $ ad#inistracin de los recursos forestales $ de
fauna silvestre a nivel nacional)
Por otro lado, las tierras cu$a capacidad de uso es forestal, con bosues o sin ellos, no podrIn ser
utiliadas con fines agropecuarios u otras actividades ue afecten la cobertura vegetal, el uso
sostenible $ la conservacin del recurso forestal, cualuiera ue sea su ubicacin en el territorio
nacional)
"sF ta#bin, se aprueba el Plan acional de Desarrollo orestal, en el ue se establecen las
prioridades, progra#as operativos $ pro$ectos a ser i#ple#entados< el Plan acional de Prevencin
$ Control de la Deforestacin, el Plan acional de 5eforestacin $ el Siste#a acional de
Prevencin $ Control de -ncendios orestales $ el ordena#iento del uso de la tierra a propuesta del
-5E", con la participacin del sector privado)
inal#ente, la le$ establece conceptos $ nor#as sobre el ordena#iento territorial< #ane(o,
aprovecAa#iento $ proteccin de los recursos forestales $ de fauna silvestre< forestacin $
reforestacin< pro#ocin de la transfor#acin $ co#ercialiacin de los productos forestales,
investigacin $ financia#iento $ nor#as sobre el control, infraccin $ sanciones) Dentro de las
disposiciones co#ple#entarias transitorias, destaca ue a partir del 200* slo procederI la
co#ercialiacin interna $ eHterna de productos forestales provenientes de bosues #ane(ados)
1.(.1.2 Norma!i%i&a& E'"e$fi$a
Mini'!erio &e Tran'"or!e' ) Comni$a$ione'
Creado por e$ o) 29) Es el organis#o rector del sector transportes $ co#unicaciones, ue
for#a parte del Poder E(ecutivo $ ue constitu$e un pliego presupuestal con autono#Fa
ad#inistrativa $ econ#ica, de acuerdo a le$)
Or/ani7a$in ) #n$ione' &e Mini'!erio &e Tran'"or!e' ) Comni$a$ione'
e$ 3 291, del 2:!0!02) Mediante esta e$ se deter#ina $ regula el I#bito, estructura orgInica
bIsica, co#petencia $ funciones del Ministerio de &ransportes $ Co#unicaciones)
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Re/amen!o &e Or/ani7a$in ) #n$ione' &e Mini'!erio &e Tran'"or!e' )Comni$a$ione'
ue aprobado #ediante Decreto Supre#o 3 041!2002!M&C, del 22 de agosto del 2002) Este5egla#ento define la =isin, Misin, b(etivos, unciones $ Estructura orgInica del Ministerio de
&ransportes $ Co#unicaciones /M&C) Es de aplicacin $ cu#pli#iento en todas las dependencias
del Ministerio)
Dire$$in Genera &e A'n!o' So$ioam+ien!ae'
El D)S) 3 041!2002!M&C, del 22 de agosto del 2002, 5egla#ento de rganiacin $ unciones del
Ministerio de &ransportes $ Co#unicaciones, crea la Direccin General de "suntos
Socioa#bientales) En su "rtFculo :3 establece ue la Direccin General de "suntosSocioa#bientales se encarga de velar por el cu#pli#iento de las nor#as de conservacin del #edio
a#biente del subsector, con el fin de garantiar el adecuado #ane(o de los recursos naturales
durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transportes< asF co#o de conducir los
procesos de eHpropiacin $ reubicacin ue la #is#a reuiera) Esta direccin estI a cargo de un
Director General, uien depende del =ice#inisterio de &ransportes)
Re/i'!ro &e En!i&a&e' A!ori7a&a' "ara a Ea+ora$in &e E'!&io' &e Im"a$!oAm+ien!a en e S+'e$!or Tran'"or!e'
5)M) Q 11>!200:!M&C602) Mediante esta 5esolucin se cre el 5egistro de Entidades "utoriadas
para la Elaboracin de Estudio de -#pacto "#biental en el Sub!sector &ransportes del Ministerio de
&ransportes $ Co#unicaciones)
Re/amen!o "ara a In'$ri"$in en e Re/i'!ro &e En!i&a&e' A!ori7a&a' "ara aEa+ora$in &e E'!&io' &e Im"a$!o Am+ien!a en e S+'e$!or Tran'"or!e'
5)D) 3 004!200:!M&C61>, del 20!0:!200:) Mediante esta 5esolucin se aprob el 5egla#ento
para la -nscripcin en el 5egistro de Entidades "utoriadas para la Elaboracin de Estudios de
-#pacto "#biental en el Sub!sector &ransportes del Ministerio de &ransportes $ Co#unicaciones)
A"re+an T8rmino' &e Referen$ia "ara EIA' en a $on'!r$$in %ia
5)M) Q 11!94!&CC61*)0:, del 2!04!1994) Mediante esta 5esolucin se aprobaron los &r#inos
de 5eferencia para elaborar los Estudios de -#pacto "#biental en pro$ectos viales los #is#os ue
sustentan el contenido de los #encionados estudios) En sus artFculos 13 $ 23, se Aace referencia
ue antes de la e(ecucin de todo pro$ecto de infraestructura vial, se debe elaborar previa#ente un
Estudio de -#pacto "#biental)
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De$aran 4e a' $an!era' &e minerae' no me!6i$o' &e ma!eriae' &e $on'!r$$in+i$a&a' a a&o &e a' $arre!era' en man!enimien!o 'e en$en!ran afe$!a' a e'!a'
D)S) 3 011!9:!M&C) Esta nor#a declara ue las canteras ubicadas al lado de las carreteras en
#anteni#iento se encuentran afectadas a estas, se #enciona ta#bin ue las canteras de
#inerales no #etIlicos ue se encuentran Aasta una distancia de : +#) #edidas a cada lado del e(e
de la vFa, se encuentran per#anente#ente afectados a estas $ for#an parte integrante de dicAa
infraestructura vial)
Esta nor#a es #odificada en su artFculo 13 por el Decreto Supre#o 3 020!94!M&C en el ue se
establece ue en la selva el lF#ite del Irea a afectar para canteras de #ateriales no #etIlicos serI
de 1* +#) a cada lado de la vFa< $ dicAas afectaciones se aplican a la red vial nacional ue inclu$e
las rutas nacionales, departa#entales $ vecinales)
9A"ro%e$:amien!o &e $an!era' &e ma!eriae' &e $on'!r$$in
D)S)3 0:!9>!EM, del 2*!11!199>) Este Decreto Supre#o establece en sus artFculos 1Q $ 2Q, ue
las canteras de #ateriales de construccin utiliadas eHclusiva#ente para la construccin,
reAabilitacin o #anteni#iento de obras de infraestructura ue desarrollan las entidades del Estado
directa#ente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte +il#etros de la obra o dentro de
una distancia de Aasta seis +il#etros #edidos a cada lado del e(e longitudinal de las obras, se
afectarIn a stas durante su e(ecucin $ for#arIn parte integrante de dicAa infraestructura)
-gual#ente las Entidades del Estado ue estn su(etos a lo #encionado anterior#ente, previa
calificacin de la obra AecAa por el M&C, infor#arIn al registro p.blico de MinerFa el inicio de la
e(ecucin de las obras $ la ubicacin de stas)
E3"o!a$in &e Can!era'
5)M) 3 1??!9!EM6=MM, del 12!0*!9) Mediante esta resolucin se establecen las #edidas a
to#ar para el inicio o reinicio de las actividades de eHplotacin de canteras de #ateriales de
construccin, diseo de ta(os, #inado de las canteras, abandono de las canteras, acciones al
tr#ino del uso de la cantera $ los plaos $ acciones co#ple#entarias para el trata#iento de las
#is#as)
Re/amen!o &e a Le) N; 2 4e re/a a e3"o!a$in &e ma!eriae' 4ea$arrean ) &e"o'i!an a' a/a' en '' 6%eo' o $a$e'
D)S) 3 01:!9!"G) Establece ue la autoridad de aguas es la .nica facultada para otorgar los
per#isos de eHtraccin de los #ateriales ue acarrean $ depositan en sus Ilveos o cauces,
prioriando las onas de eHtraccin en el cauce, previa evaluacin tcnica efectuada por el
ad#inistrador tcnico del distrito de riego correspondiente) Concluida la eHtraccin el titular esta
obligado a reponer a su estado natural la ribera utiliada para el acceso $ salida a la ona de
eHplotacin)
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Esta nor#a a#biental ta#bin se refiere al plao de los per#isos, suspensin $ eHtincin de los
per#isos, asF co#o al pago de derecAos por concepto de eHtraccin de #aterial de acarreo) Cada
per#iso de eHtraccin tiene valide por el plao #IHi#o de un /1 ao co#o lo seala en su artFculo
103)
U'o &e Can!era' en Pro)e$!o' E'"e$iae'
D)S) Q 01>!9?!"G) Este dispositivo establece ue las obras viales ue e(ecuta el M&C a travs de
pro$ectos especiales no estIn su(etas al pago de derecAos por concepto de eHtraccin de
#ateriales, establecido en el artFculo 143 del 5egla#ento de la e$ 3 2>:, aprobado por Decreto
Supre#o 3 01:!9!"G)
PRO?@AS DEPARTAMENTAL
5)M) 3 *2!2002 M&C61*)02 del 11!09!2002) 5esuelve lo siguiente%
"rt) 13 El Pro$ecto Especial de -nfraestructura de &ransporte Departa#ental ' P5=T"S
DEP"5&"ME&", asu#e las actividades de #anteni#iento peridico $ rutinario de las carretera
ue se encuentran a cargo de la Direccin General de Ca#inos, asF co#o las de#Is funciones ue
deter#ine la Co#isin de &ransferencia, de acuerdo a la &ransferencia Presupuestal efectuada por
el Decreto de ;rgencia 3 040!2002)
"rt) 23 El Pro$ecto Especial de -nfraestructura de &ransporte Departa#ental ' P5=T"SDEP"5&"ME&", asu#e los derecAos $ obligaciones correspondientes a la Direccin General de
Ca#inos en los Contratos $ Convenios -nterinstitucionales suscritos por sta, asF co#o en los
procesos de seleccin $ contratos para e(ecucin de obras $ elaboracin de estudios de Pre!
-nversin, Estudios Definitivos $ otros referidos a infraestructura vial a cargo de la Direccin General
de Ca#inos, a partir del 13 de "gosto del 2002, de acuerdo a la transferencia presupuestal
efectuada por el Decreto de ;rgencia 3 040!2002)
Se/ri&a& e i/iene
El Manual "#biental para el Diseo $ Construccin de =Fas del M&C, en el nu#eral 2)4 Medidas
Sanitarias $ de Seguridad "#biental, seala las #edidas preventivas $ las nor#as sanitarias a
seguir por los &raba(adores $ la E#presa) Establece ta#bin, los reuisitos o caracterFsticas ue
deben tener los ca#pa#entos, #auinarias $ euipos, todo esto con el fin de evitar la ocurrencia de
epide#ias de enfer#edades infectocontagiosas, en especial auellas de trans#isin venrea, ue
suelen presentarse en poblaciones cercanas a los ca#pa#entos de construccin de carreteras< asF
#is#o auellas enfer#edades ue se producen por ingestin de aguas $ ali#entos conta#inados)
"de#Is, referencial#ente se cuenta con El 5egla#ento de Seguridad e Uigiene Minera aprobado#ediante D)S) 3 02:!92!EM del 9!10!92) Este regla#ento tiene la finalidad de pro#over $ #antener
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los estIndares #Is altos de bienestar fFsico $ #ental de los traba(adores #inero #etal.rgicos,
proteger las instalaciones $ propiedades $ garantiar las fuentes de traba(o, #e(orando la
productividad)
Lmi!e' M63imo' Permi'i+e' ) E'!6n&are' &e Cai&a& Am+ien!a ;D%S% N< #!.-& ##*-PCM, 5e &.%#'%#*=
El 5egla#ento de EstIndares acionales de Calidad de "ire, establece los valores
correspondientes para los EstIndares acionales de Calidad "#biental de "ire $ los valores de
trInsito ue se presentan en los Cuadros 1)1 $ 1)2)
Ca&ro 1.1 Et4n57e N/1one 5e C155 A+91ent 5e A17e
Con!aminan!e' Pero&o
#orma &e E'!6n&ar
M8!o&o &e An6i'i' 1?aor #orma!o
D12>15o 5e A?u67eAnu )# Me51 71t+@t1/ nu Fuo7e/en/1 UV ;+@to5o
uto+4t1/o=&. o7 "'$ NE +4 5e * 8e? o
PM-*#
Anu $# Me51 71t+@t1/ nuSe07/12n Ine7/1 61t7/12n
G781+et7&. o7 *$# NE +4 5e " 8e/e o
Mon2>15o 5e
C79ono
) o7 *# ### P7o+e51o +281 In6777oo no 510e718o ;NDIR=
;M@to5o Auto+4t1/o=* o7 "# ### NE +4 5e * 8e? o
D12>15o 5e
N1t72eno
Anu *## P7o+e51o 71t+@t1/o nu u1+1u+1n1/en/1 ;M@to5o
uto+4t1/o=* o7 # NE +4 5e &. 8e/e o
O?ono )o7 * NE +4 5e &. 8e/e oFoto+et7 UV ;+@to5o
uto+4t1/o=
Po+oAnu & M@to5o 07 PM *#
;e0e/t7o6oto+et7 5e 9o7/12nt2+1/=
Menu *,$ NE +4 5e . 8e/e o
Su6u7o 5eH1572eno
&. o7&Fuo7e/en/1 UV ;+@to5o
uto+4t1/o=
To5o o 8o7e on /on/ent7/1one en +1/7o7+o 0o7 +et7o /91/o%NE No E>/e5e7%
* O +@to5o eu18ente 07o95o%
& A e7 5ete7+1n5o%
Ca&ro 1.2 Vo7e 5e t74n1to
Con!aminan!e' Pero&o#orma &e E'!6n&ar
?aor #orma!oPM-*# Anu )# Me51 71t+@t1/ nu
&. o7 # NE +4 5e " 8e/e o
DS-#!.-#*-PCM% Ane>o &, Vo7 5e t74n1to%
Por otro lado, la Municipalidad de i#a Metropolitana a travs de la rdenana Q 01* publicada el
:!0!?> /Supresin $ i#itacin de los 5uidos ocivos $ Molestos establece lF#ites #IHi#os
per#isibles de ruidos para las onas residenciales, co#erciales e industriales, tal co#o se #uestra
en el Cuadro 1):) Esta rdenana rige dentro de la (urisdiccin de la Provincia de i#a)
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Ca&ro 1.( No7+ o97e Ru15o No/18o 3 Moeto en 5B;A=
onifi$a$in Ri&o' No$i%o'Ri&o' moe'!o'o'
De 0=00 a 2200 De 2200 a 0=00
Re15en/1 )# '# $#Co+e7/1 )$ !# '#
In5ut71 (# )# !#O75enn? Mun1/10 #*$-MML
5B ;A= 5e/19ee /on e/ 5e 0on5e7/12n A%
Es preciso #encionar ue el incre#ento de los niveles sonoros, puede afectar a la poblacin en tres
niveles diferentes% fisiolgica#ente /prdida de audicin, en la actividad /interferencias en la
co#unicacin oral $ psicolgica#ente) &a#bin a #odo de referencia, la rganiacin Mundial de
la Salud /MS, considera los siguientes valores lF#ites reco#endados de eHposicin al ruido /ver
Cuadro 1)4)
Ca&ro 1. N18ee L+1te 5e Ru15o Et9e/15o 0o7 O7n1?/12n Mun51 5e Su5 ;OMS=
Ti"o &e am+ien!e Pero&o &B ,&e$i+ee'-
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Do+@t1/o --- .$
Do7+1to71o No/e "$
E>te71o7 51u7no D $$
E>te71o7 no/tu7no No/e .$
1.(.2 AUTORIDAD COMPETENTE
a e$ Marco para el Creci#iento de la -nversin Privada /D) eg) 3 *, establece lasco#petencias sectoriales de los Ministerios para tratar los asuntos a#bientales, sealados en elCdigo del Medio "#biente $ los 5ecursos aturales /D) eg) 3 >1: del ?!09!90)
L A5e/u/12n 5e o Etu51o De61n1t18o 5e Inen1e7 07 Re911t/12n 3
Meo7+1ento 5e C77ete7 Puente Pu/7t+9o O>0+0, 1n8ou/7 /t18155e ue
on 5e /o+0eten/1 5e M1n1te71o 5e T7n0o7te 3 Co+un1//1oneK 0o7 o tnto, eteM1n1te71o /ont1tu3e uto7155 /o+0etente 07 t7t7 o unto +91ente 5e +1+o%
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Informe fina*-*)
-
7/25/2019 Cap 1.0 Aspectos Generales
19/19
A5e/u/12n 5e o Etu51o De61n1t18o 5e Inen1e7 07 Re911t/12n 3Meo7+1ento 5e C77ete7 Puente Pu/7t+9o O>0+0
In6o7+e 5e A5e/u/12n 5e Etu51o 5e I+0/to A+91ent
1.0 ASPECTOS GENERALES........................................................................................1
*%* DEL PROYECTO%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%*
1.1.1 ANTECEDENTES.................................................................................................1
1.1.2 UBICACIN.........................................................................................................1
*%& ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&
1.2.1 OBJETIVOS........................................................................................................2
1.2.2 METODOLOGA.................................................................................................2
1.2.3 ALCANCES.........................................................................................................4*%" MARCO LEGAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%.
1.3.1 MARCO LEGAL.................................................................................................4
*%"%*%* or#atividad General%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%$*%"%*%& No7+t18155 E0e/61/%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%*"
1.3.2 AUTORIDAD COMPETENTE...........................................................................18