Charla propiedad horizontal nhrp
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PROPIEDAD HORIZONTALPROPIEDAD HORIZONTAL
PROPIEDAD HORIZONTALCONTENIDO
- CONCEPTO- MARCO HISTORICO- PRIMEROS BIENES EN PH- MARCO LEGAL Y NORMATIVO- GENERALIDADES- PRESUPUESTO- ORGANOSDE DIRECCION- CONTABILIDAD- REVISORIA FISCAL- ASPECTOS TRIBUTARIOS- OTRAS NORMAS
PROPIEDAD HORIZONTAL
Concepto:
Es una forma especial de dominio, en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes.
MARCO HISTORICO
La propiedad horizontal en el mundo.• Roma año 298 d.c.• Paris 1672 • Código de Napoleón año 1804. • 1918 se generaliza en Europa• 1924 Bélgica, primera ley similar• Brasil año 1928.• 1950 cuba reglamente la propiedad
por pisos o apartamentos• Uruguay año 1951.
MARCO HISTORICOLA PROPIEDAD HORIZONTAL EN
COLOMBIA.
• 1940 se presenta proyecto de Ley, no prospero
• 1946 nuevo proyecto, fracasa por cierre del congreso en 1947
• Año 1948.• 1951 Centro Antonio Nariño.• 1974 primeras PH mixtas• 1985 ley 16• Ley 428 de 1998 , Unid Inm. cerrada• Ley 675 del año 2001.
LOS PRIMEROS BIENES EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Centro Urbano Antonio Nariño, 1952.
Centro comercial San Diego, 1972.
Torre Colseguros, 1974.
Centro comercial Unicentro, 1974.
MARCO LEGAL
Ley 182 de 1948Ley 16 de 1985Ley 142 de 1994Ley 146 de 2002Código civil Código de ComercioCódigo de PolicíaLey 675 de 2001
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY 675 DE 2001
personería jurídicaextinción propiedad horizontalClasificaciones de los bienesReglamentoAdministraciónAsamblea de copropietariosAdministradorConsejo de administraciónRevisor fiscalComité de convivivencia
GENERALIDADES
Constitución
Reglamento
Particularidades de la PH
PRESUPUESTO
Presupuesto
Estimar las expensas necesarias
Base para la determinación de las cuotas de administración
La cuotas representaran los ingresos principales de la copropiedad
Administrador Asamblea de Copropietarios
Consejo de administración
Asamblea general de propietarios El administrador El consejo de administración
ORGANOS DE DIRECCION
FUNCIONES DE LA
ASAMBLEA
ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS
NOMBRAR Y REMOVER LIBREMENTE AL
ADMINISTRADOR
APROBAR O IMPROBAR LOS ESTADOS FINANCIEROS
APROBAR EL PRESUPUESTO ANUAL DEL EDIFICIO O CONJUNTO
Fuente: El autor
NOMBRAR Y REMOVER LIBREMENTE A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA PARA PERÍODOS DE UN AÑO
ELEGIR Y REMOVER A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
APROBAR LAS REFORMAS DEL REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
FUNCIONES DE LA
ASAMBLEA
ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS
DECIDIR LA DESAFECTACIÓN DE BIENES COMUNES NO ESENCIALES, Y AUTORIZAR SU VENTA O DIVISIÓN,
DECIDIR LA RECONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO CONJUNTO
APROBAR LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA
Fuente: El autor
DECIDIR, SALVO EN EL CASO QUE CORRESPONDA AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, SOBRE LA PROCEDENCIA DE SANCIONES
AUTORIZAR AL ADMINISTRADOR PARA REALIZAR CUALQUIER EROGACIÓN CON CARGO AL FONDO DE IMPREVISTOS
LAS DEMÁS FUNCIONES FIJADAS EN LA LEY, Y EL REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de propiedad horizontal
Cuando las necesidades imprevistas o urgentes del edificio o conjunto lo ameriten
En la segunda convocatoria se deberá dejar constancia de lo dispuesto en el artículo 41 de la ley 675
REUNIONES DE LA ASAMBLEA
Ordinarias de la Asamblea
Extraordinarias de la Asamblea
Reuniones de segunda convocatoria
Fuente: EL autor
Es válida la reunión que se haga cualquier día, hora o lugar, sin previa convocatoria - 100% COEFICIENTES
El artículo 42 de la ley 675 de 2001 sostiene que siempre que se pueda probar, habrá reunión de la asamblea general, (100% coeficientes de la copropiedad)
Para acreditar la validez de una reunión no presencial, deberá quedar prueba inequívoca, como fax, grabación.
REUNIONES DE LA ASAMBLEA
Reuniones de la Asamblea sin previa convocatoria
Reuniones no presenciales
Acreditación de reuniones no presenciales
Fuente: El autor
TIPOS DE QUORUM
PARA DELIBERAR:
PARA DECIDIR:
Se entiende como el mínimo de coeficientes requeridos para iniciar la sesión.
Se requiere de un numero plural de propietarios que representen por lo menos el 51% de los coeficientes de la copropiedad.
• Cambios destinación bien común• Imposición expensas extraordinarias > 4 veces
expensas comunes• Aprobación expensas diferentes a las necesarias• Reforma estatutos o reglamento• Desafectación bien común no esencial• Reconstrucción edificio• Cambio destinación bienes de dominio particular• Adquisición inmuebles• Liquidación y disolución
DECISIONES DE MAYORIA CALIFICADA
ADMINISTRADOR
PERFIL• Experiencia en el área contable,
financiera y administración.• Honestidad en todos los sentidos• Tener liderazgo, responsabilidad,
conocimiento de las normas pertinentes a la propiedad horizontal
• Iniciativa, experiencia y conocimiento en el ramo
• Ejecución. • Conservación. • Representación. • Recaudo
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN
ADMINISTRADOR
FUNCIONES
• Convocar a la asamblea a reuniones• Llevar directamente o bajo su
dependencia y responsabilidad, los libros de actas de la asamblea
• Poner en conocimiento de los propietarios y residentes del edificio o conjunto, las actas de la asamblea general y del consejo de administración
• Preparar y someter a consideración del Consejo de Administración las cuentas anuales
• Cuidar y vigilar los bienes comunes, y ejecutar los actos de administración
ADMINISTRADOR
FUNCIONES
• Cobrar y recaudar, directamente o a través de apoderados cuotas ordinarias y extraordinarias, multas, y en general.
• Elevar a escritura pública y registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal aprobadas por la asamblea
• Notificar a los propietarios, las sanciones impuestas en su contra por la asamblea o el consejo de administración, según el caso, por incumplimientos
• Expedir el paz y salvo de cuentas con la administración del edificio o conjunto cada vez que se produzca el cambio de tenedor o propietario de un bien de dominio particular.
Obligatorio en Mixtas y Comerciales con mas de 30 bienes privados y potestativo en otros
Debe conformarse siempre por un número impar de tres o más de propietarios de las unidades privadas, para el período establecido en el reglamento de propiedad horizontal que en su defecto será de un año.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
CONTABILIDAD
Obligatoriedad
Est. Tributario Art. 364Las entidades sin ánimo de lucro deberán llevar libros de contabilidad.
Ley 675/01 Art. 51El administrador de la copropiedad debe llevar bajo su responsabilidad la contabilidad
D.R. 2500/86 Art. 2
A partir de Enero 1/87 las entidades sin ánimo de lucro deberán llevar libros de contabilidad registrados.
Ley 190/95 Art. 45
Todas las personas jurídicas y las naturales que cumplan los requisitos deberán llevar contabilidad de acuerdo con los PCGA.
PUC
D.R. 2650/93 Art. 5
No se someten a este PUC
El PUC debe ser aplicado por las personas que estén obligadas a llevar contabilidad.
Sector financiero, asegurador, cooperativo y para quienes se hayan expedido planes de cuenta especiales.
Libros de contabilidad
Diario AuxiliaresInventarios y balances
Mayor y balance DiarioMayor y balance Diario
Día a díaResumen cuentas
Balance general
Descripción de las
transacciones
Auxiliar de presupuesto
Presupuestos de ingresos y
egresosArts. 38 y 51Ley 675 /01
Libros de Actas
Comité de convivencia
Asamblea General
Consejo de Administración
Decisiones, firma del presidente y secretario
Registro de los libros
D.R. 2649 Art. 162
ET Art. 774 Lit. a)
Para que sirvan de prueba, se deben registrar previamente a
su diligenciamiento.
ET Art. 774 Lit. a)ET Art. 774 Lit. a) Es requisito para que sea plena prueba
ET Art. 654 Lit. b) No registro, hecho irregular en la contabilidad
Sanción por libros de contabilidad Art. 655 ET
Rechazo impuestos descontables0.5% del mayor Pat. Liq.
Ing. Netos
Dónde se registran
ET Art. 774 Lit. a)
Inscripción es requisito para que sea plena prueba: - Cámara de Comercio. - DIAN
El decreto 427 del 96 estipula qué personas jurídicas sin ánimo de lucro se deben inscribir en
Cámara de Comercio, exceptúa a la PH
Cuáles se registran
DIAN
Diario
Mayor y Balances
Inventario y Balances
Entidad que vigila y Controla
Libro de actas
Tramite para registrar los libros en la DIAN• Ante la División y/o grupo de Gestión y Asistencia al
Cliente.
• Debe presentar solicitud de registro de libros de contabilidad en original y copia.
• Fotocopia de la cédula.
• Certificado de la Personería Jurídica no superior a tres meses expedida por la entidad competente.
• Los libros de contabilidad sometidos a registro en blanco.
• La DIAN tiene máximo 15 días hábiles para entregar los libros registrados.
Estados Fros. de propósito general
D.R. 2649 Art. 21
• Balance General• Estado de Resultados• E. de cambios en el Patrimonio• E. de Cambios en la Sit. Fra.• Estados de Flujo de Efectivo
D.R. 2649 Art. 22 Par.
• Balance General• Estado de Resultados
Planta de personal <= 10 o Activos totales >= 500 SMMLV
D.R. 2649 Art. 22 Par.
• Balance General• Estado de Resultados
Ejemplo práctico de determinación y contabilización
cuota de administración
20.854.480Total
206.480Fondo de imprevistos 1%
20.648.000Subtotal
300.000Fumigación
100.000Gastos varios
1.400.000Mantenimiento ascensores
500.000Mantenimiento de zonas verdes y jardinero
80.000Mantenimiento tanques de agua y equipo
1.900.000Mantenimiento y servicio de piscina
100.000Organización de asamblea
2.840.000Servicio de aseo y oficios varios
5.728.000Servicio de vigilancia
100.000Servicio de transporte
200.000Suministros de oficina
600.000Servicios de contabilidad
5.000.000Servicios públicos
1.800.000Servicios de administración
580.000Seguros Incendio y Terremoto
NoviembreCONCEPTO
93,65Total mts. cuadrados
1,07550%2,15Cuarto útil
7,42550%14,85Parqueadero
85,15100%85,15Apartamento
Ponde-rado
Pondera-ción
ÁreaApartamento 201
Área privada del conjunto 27.895 mts.
Coeficiente de copropiedad 0,003357Porcentaje 0,03357%
20.854.480Total206.480Fondo de imprevistos 1%
20.648.000SubtotalPresupuesto Noviembre
Coeficiente de copropiedad 0,003357Porcentaje 0,03357%
Cuota de Admon. Apto. 201 $ 70.713
CUENTAS POR COBRAR 70.013IINGRESOS 70.013 Cuota admon. 69.320 Fondo Imprev. 693
GASTO FONDO IMPREV 693PROVISIÓN FONDO IMPREV 693
Causación Cuota y Fondo de Imp.
CAJA / BANCOS 70.013CUENTAS POR COBRAR 70.013
FONDO LIQUIDO - imprevistos 693CAJA / BANCOS 693
Recaudo
Cuotas extraordinarias
Fin específico
Para construir un bien común
Pasivo
Gtos. de funcionamiento
No se pueden cubrir con el
fondo de imprevistos
Ingreso
Fin específico
Para construir un bien común
Pasivo
Fin específico
No se pueden cubrir con el
fondo de imprevistos
Ingreso
Para construir un bien común
Pasivo
Fin específico
No se pueden cubrir con el
fondo de imprevistos
Ingreso
Para construir un bien común
Pasivo
Fin específico
Gtos. de funcionamiento
No se pueden cubrir con el
fondo de imprevistos
Ingreso
Para construir un bien común
Pasivo
Fin específico
Cuentas por Cobrar
C x C
Cobro de expensas comunes Ordinarias y Extraordinarias.
Cobro de expensa comunes relacionadas con módulos de contribución.
Si se consigna la cuota y no se ha entregado el comprobante pasivo por consignaciones pendientes de identificar.
Provisiones (OPCIONAL)
General
5% deudas con más de 3 meses sin exceder de 6 meses
10% deudas con más de 6 meses sin exceder de 1 año
15% deudas con más de 1 año
33% del valor de cada deuda con más de un año de vencida.Individual
DepreciaciónBienes necesarios
para la Administración
Bienes comunes
No son propiedad del ente administrador.
No se incorporan como activos.
No se deprecian
Adquiridos con recursos de los copropietarios
Están a disposición de la misma copropiedad
Se deprecian
LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y LAS NIIF
• LLEVARAN SU CONTABILIDAD CON BASE EN LA ORIENTACIÓN TÉCNICA 015 DE 2015 DEL CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PUBLICA
Revisoría Fiscal
ObligatoriaEn conjuntos de uso comercial o
mixto
PotestativaDe uso
exclusivamente residencial
En conjuntos de uso comercial o
mixto
En conjuntos de uso comercial o
mixto
Obligatoria Potestativa
Asamblea de copropietarios
Nombramiento
Para el periodo que estipule el reglamento
• Contador Público• Matricula
profesional• Inscrito en JCC
Revisor fiscal
Calidades
Obligatorio Potestativo
Inhabilidades e Incompatibilidades
No Propietario No tenedor
4° Consanguinidad Administrador2° de afinidad Consejo de Admon.1° Civil
Funciones• Cerciorarse que las operaciones celebradas por el
administrador se ajusten a la ley, al reglamento o las decisiones de la asamblea y del consejo de administración
• Dar oportuna cuenta, al órgano que corresponda, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento del ente.
• Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia, especialmente con las entidades municipales en relación con el cumplimiento de normas urbanísticas.
• Velar por que se lleven regularmente la contabilidad y las actas, y porque se conserven debidamente la correspondencia y los comprobantes de las cuentas.
• Inspeccionar asiduamente los bienes (del ente y comunes) procurando que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos.
• Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores.
• Dictaminar los estados financieros.
• Impugnar decisiones de la asamblea general de propietarios cuando no se ajusten a las prescripciones legales.
REPONSABILIDADES TRIBUTARIAS
• Impuesto de Renta• Retención en la Fuente• Impuesto al Valor Agregado (IVA)• Registro Único Tributario (RUT)• Facturación • Gravamen a los Movimientos
Financieros• Impuesto Predial
L. 675/01 Art. 33
La persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal … tendrá la calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, así como del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades propias de su objeto social
Ley de propiedad horizontal
Impuesto de renta
L. 675/01 Art. 33
ET Art. 23
ET Art. 598
No contribuyentes
No declarantes de ingresos y patrimonio
ET Art. 369No sometidos a
retención en la fuente
Retención en la fuente
ET Art. 368
Al tratarse de comunidades organizadas, tienen el carácter de agentes de retención y por ende deben practicarla a terceros sobre los pagos que realice.
Retener Presentar la declaración y pagar
Informar en medios magnéticos
Expedir certificados
Obligaciones
Declarar
Oportunamente Extemporaneidad Firmas No presentada*Pago No presentada
* Contador IB o PB > 100.000 UVT
Pagar
Si la declaración se presenta sin pago, tiene una causal para tenerse por no presentada
Para que se tenga como no presentada la DIAN debe proferir un auto declarativo que así lo
señale
La declaración tendrá validez si el agente retenedor paga antes de que se le profiera auto declarativo.
La DIAN antes de proferir el auto declarativo deberá enviar un oficio en el que advierta de la situación y lo invite a efectuar el pago de la declaración, advirtiendo que de no hacerlo se emitirá el auto declarativo.
Circular 0066/08
Medios magnéticos
Informar la retenciones practicadas durante el año
5% de las sumas respecto de las cuales no se suministró la
información
Los apellidos y nombres o razón social, identificación,
dirección y país de residencia o domicilio.
A QUIEN SE LE PRÁCICO
Qué se informa
ConceptoV/r acumulado
del pago V/r retenido
Certificados
• Año gravable y ciudad donde se consignó la retención. • Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor. • Dirección del agente retenedor. • Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona
o entidad a quien se le practicó la retención. • Monto total y concepto del pago sujeto a retención. • Concepto y cuantía de la retención efectuada. • La firma del pagador o agente retenedor.
5% Valor pago no certificado - Art 667 ET
IVA
Cuotas de administración
no están sometidas
Actividades propias de su objeto social
L. 675/01 Art. 33D. 1372/97 Art. 7
No responsables
Actividades Comerciales o de servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto social
DIAN Oficio 011847 de 2006
Responsables del Régimen Común
Actividades Comerciales o de servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto social
DIAN Oficio 011847 de 2006
DIAN Oficio 011847 de 2006
Objeto social: la administración correcta y eficaz de los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común de los propietarios de bienes privados y cumplir las normas
RelaciónPH Propietarios
La persona jurídica puede obtener ingresos por actividades que no son propias de su objeto social, los cuales corresponden a aquellas actividades comerciales y/o de prestación de servicios.
RelaciónPH Terceros
Razones que expone la DIAN
Indirecto
Razones que expone la DIAN
“la exoneración de impuestos nacionales consagrada en la ley para estas entidades,
y concretamente, la condición de no responsables del IVA, no se extiende al
desarrollo de actividades comerciales, sino únicamente a aquellas que están
contempladas dentro de su objeto”
Razones que expone la DIAN
“el abuso de las formas jurídicas (…) tiene lugar cuando se utilizan figuras que no corresponden a la realidad económica, con el único propósito de aminorar o eliminar la carga tributaria”
Razones que expone la DIAN
“por el simple hecho de que la persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal preste un servicio que no corresponde al ámbito propio de su objeto social, no lo convierte en excluido”.
Razones que expone la DIAN
“ampliar vía interpretación las exclusiones a los servicios gravados por efectos de la intermediación en su prestación por la persona jurídica, genera distorsiones, competencia desleal y riñe con el principio constitucional de equidad en materia tributaria, al generar, vía precios, incidencias económicas diferentes frente a unos mismos servicios”.
Razones que expone la DIAN
“si realizan actividades comerciales y/o de servicios paralelas a las actividades propias de su objeto social tales como prestar servicios de parqueadero público, arrendamiento, concesión de espacios, restaurante, cafetería, venta de bienes gravados, etc., tienen la condición de responsables del impuesto sobre las ventas y como tales deben cumplir con todas las obligaciones inherentes a su condición”.
Presentar la declaración y pagar
Rete-iva compras a RS
Informar en medios magnéticos
Facturar
Descontarse el IVA de forma PROPORCIONAL
Obligaciones
Al ser responsable del IVA
RUT07 Retención en la fuente a titulo de renta
14 Información Exógena
09 Retención en la fuente a titulo de IVA
11 Ventas Régimen Común
Sanciones
Por no inscribirse en el RUT antes del
inicio de la actividad
Multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción
Por informar datos faltos, incompletos o
equivocadosMulta equivalente a 100 UVT
Por no actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la
actualización
Multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso.
Cuando la actualización se refiera a la dirección o actividad económica, será de dos (2) UVT por cada día de retraso.
Facturación
En su calidad de no responsables del impuesto sobre las ventas y no contribuyentes del impuesto sobre la renta, las juntas administradoras de edificios organizadas en propiedad horizontal o de copropietarios deberán expedir documento equivalente.
D. 1001/97 Art. 17
1. Nombre o razón social y NIT.2. Numeración consecutiva.3. Descripción específica o genérica de bienes o servicios.4. Fecha.5. Valor.
Requisitos documento equivalenteD. 1001/97 Art. 17
Si es responsable de IVA
Debe expedir factura Cumpliendo los requisitos del Art 617 del ET
No. 0001
VR. IVA
DESCRIPCION
Cuota de administración 70.013
FACTURA DE VENTACONJUNTO VIVIENDO ILUSIONES P.H. NIT. 800.000.000
NOMBRE: PPP NIT 71.258.365 FECHA 1/11/08
SUB.TOTAL
TOTAL
70.013 0 70.013
AGTE RETENEDOR IVA. RES. 001 del 18-4-2006 No. 001 -500
IMPRESOR
nit
A
B
C
C
D
E
F
G
H
I
J
Color = Sanción cierre
REQUISITOS FACTURA TALONARIO ART. 617 E.T.
A, H e I 1%
REQUISITOS TIQUETE MÁQUINA REGISTRADORA CON SISTEMA P.O.S. (Art. 6 Decr. 1165/96)
•Nombre o razón social y NIT del vendedor o quien presta el servicio
• Número consecutivo de la transacción.
• Fecha de la operación
• Descripción de los bienes o servicios
• Valor total de la operación
• Resolución de autorización de numeración (Res. 4022/98)
Actividades comerciales o de servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto social
DIAN Oficio 017885 de 2007
Responsables del Régimen Común
GMF
Separar las cuentas
Una para la remuneración de su
servicio, las cuotas de administración
Otra para las actividades
comerciales o de servicios
No sujeción al gravamen
IMPUESTO PREDIAL
Zonas Comunes
El impuesto de los bienes comunes está dentro de
impuesto que se paga por los bienes privados
Hacen parte de la privadas
Ley 675/01 Art. 16 Par. 1 y Art. 19
OTROS ASPECTOS NORMATIVOS
DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
LEY 1259 DE 2008
Comparendo ambientalEscombros Cuatro horasPecuniarias Entre 2 smmlv a 20 smmlvAlcaldía local Policía y agentes de tránsito línea 116
Acuerdo de 71 de 2010 “Gustavo Petro”
DISPOSICIÓN DE BASURAS
http://leslieinga23.blogspot.com.co/
Métodos de separación de basuras
DECRETO 356 DE 1994 Artículo 91La empresa debe estar debidamente certificada.Sanción en la propiedad Horizontal entre 20 a 40 SMMLV.
SEGURIDAD PRIVADA EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL
http://escavig.blogspot.com.co/p/vigilante.htmlhttp://spvsevilla.blogspot.com.co/2012/02/
recuperacion-de-la-tarjeta-de.html
REGLAMENTOS AREAS COMUNES
• PISCINAS• Ley 1209 de 2008• Decreto 0554 de 2015
• MEDIOS DE TRANSPORTE VERTICAL
• Acuerdo 285 de 2010 (Bogotá)
Tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas y rurales del territorio nacional.
"los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla, y provistos de bozal si es el caso específico de perros potencialmente peligrosos según las definiciones dadas por la presente ley. "
LEY 746 DE JULIO 19 DE 2002"Por la cual se regula la tenencia y registro de perros
potencialmente peligrosos"
Animalpetspain.blogspot.com
www.mundoperro.net
BIBLIOGRAFÍA
• Orientación profesional. Ejercicio profesional de la contaduría pública en entidades de propiedad horizontal. Consejo Técnico de la Contaduría. 1 de julio del 2008.
• Ley 675 del 2001.• Estatuto Tributario.• Conceptos DIAN.
PREGUNTAS
MUCHAS GRACIAS