cooooa - ProInversion...Adendas de Modificación celebradas el07 demayo de 2010 Yel 26 deagosto de...

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ADENDA DE MODIFICACiÓN DEL CONVENIO DE ESTABILIDAD JURíDICA CELEBRADO CON CONSORCIO HOTELERO GLOBAL DEL PERÚ S.A.C. Conste por el presente documento la Adenda de Modificación de Convenio de Estabilidad Jurídica que celebran, de una parte, el ESTADO PERUANO, representado por el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - MINCETUR, debidamente representado por su Viceministro de Turismo, señor José Miguel GAMARRA SKEELS, autorizado por Resolución Ministerial N"'1C'\-101'1~8ff~cha2.'&de mQf20 de 2.01'-1 , con domicilio en Calle Uno Oeste N° 050, Urb. Córpac, San Isidro, Lima, Perú; y, por la AGENCIA DE PROMOCiÓN DE LA INVERSiÓN PRIVADA - PROINVERSIÓN, debidamente representada por su Director Ejecutivo señor Javier Hernando ILLESCAS MUCHA, designado por Resolución Suprema N° 050-2012-EF, con domicilio en Av. Enrique Canaval y Moreyra N° 150, Piso 9, San Isidro, Lima, Perú, a quienes en adelante se les denominará el ESTADO; y, de la otra parte, CONSORCIO HOTELERO GLOBAL DEL PERÚ S.A.C, empresa constituida y existente bajo las leyes de Perú, identificada con R.U.C. N° 20492903141, inscrita en la Partida Electrónica N° 12167049 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, con domicilio en Av. Jorge Basadre N° 595, San Isidro, Lima, Perú; debidamente representada por su Apoderado señor Javier César CASTRO SALINAS, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 07848147, con domicilio en Av. Jorge Basadre N° 595, San Isidro, Lima, Perú, según Poder que se encuentra inscrito en el Asiento cooooa de la Partida N° 12167049 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP; a quien en adelante se le denominará GLOBAL DEL PERÚ; en los términos y condiciones que constan en las siguientes cláusulas: 1. ANTECEDENTES ~ 15 Con fecha 31 de Julio de 2009, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ suscribieron un Convenio de Estabilidad Jurídica, en adelante denominado el CONVENIO, al amparo de 10dispuesto en los Decretos Legislativos N° 662 YN° 757, en el Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada, aprobado por Decreto Supremo N° 162-92-EF Y normas modificatorias y complementarias, en lo sucesivo denominado REGLAMENTO; y en la Ley N° 27342. Con fecha 07 de mayo de 2010, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ celebraron una Adenda de Modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica, por el incremento del monto de la inversión, de US$ 8 000 000,00 (Ocho Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos) a la suma de US$ 12 260 000,00 (Doce Millones Doscientos Sesenta Mily 00/100 Dólares de los Estados Unidos). Con fecha 26 de agosto de 2011, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ celebraron una Adenda de Modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica, con el objeto de ampliar el plazo para acreditar la inversión. El Convenio de Estabilidad Jurídica celebrado con fecha 31 de julio de 2009 y sus Adendas de Modificación celebradas el 07 de mayo de 2010 Yel 26 de agosto de 2011, se denominarán en adelante CONVENIO. Con fecha 02 de enero de 2014, GLOBAL DEL PERÚ presentó ante PROINVERSI6N, una solicitud de suscripción de Adenda de Modificación del CONVENIO, por el cambio de denominación social de su inversionista, de CONSORCIO HOTELERO GLOBAL SA a INMOBILIARIA ATTON SpA. La adenda

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  • ADENDA DE MODIFICACiÓN DEL CONVENIO DE ESTABILIDAD JURíDICACELEBRADO CON CONSORCIO HOTELERO GLOBAL DEL PERÚ S.A.C.

    Conste por el presente documento la Adenda de Modificación de Convenio de EstabilidadJurídica que celebran, de una parte, el ESTADO PERUANO, representado por elMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - MINCETUR, debidamenterepresentado por su Viceministro de Turismo, señor José Miguel GAMARRA SKEELS,autorizado por Resolución Ministerial N"'1C'\-101'1~8ff~cha 2.'&de mQf20 de 2.01'-1 , condomicilio en Calle Uno Oeste N° 050, Urb. Córpac, San Isidro, Lima, Perú; y, por laAGENCIA DE PROMOCiÓN DE LA INVERSiÓN PRIVADA - PROINVERSIÓN,debidamente representada por su Director Ejecutivo señor Javier Hernando ILLESCASMUCHA, designado por Resolución Suprema N° 050-2012-EF, con domicilio en Av.Enrique Canaval y Moreyra N° 150, Piso 9, San Isidro, Lima, Perú, a quienes en adelantese les denominará el ESTADO; y, de la otra parte, CONSORCIO HOTELERO GLOBALDEL PERÚ S.A.C, empresa constituida y existente bajo las leyes de Perú, identificada conR.U.C. N° 20492903141, inscrita en la Partida Electrónica N° 12167049 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos - SUNARP, con domicilio en Av. Jorge Basadre N° 595, San Isidro,Lima, Perú; debidamente representada por su Apoderado señor Javier César CASTROSALINAS, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad N°07848147, con domicilio en Av. Jorge Basadre N° 595, San Isidro, Lima, Perú, segúnPoder que se encuentra inscrito en el Asiento cooooa de la Partida N° 12167049 delRegistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos - SUNARP; a quien en adelante se le denominaráGLOBAL DEL PERÚ; en los términos y condiciones que constan en las siguientescláusulas:

    1. ANTECEDENTES

    ~ 15

    Con fecha 31 de Julio de 2009, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ suscribieron unConvenio de Estabilidad Jurídica, en adelante denominado el CONVENIO, al amparode 10dispuesto en los Decretos Legislativos N° 662 YN° 757, en el Reglamento de losRegímenes de Garantía a la Inversión Privada, aprobado por Decreto Supremo N°162-92-EF Y normas modificatorias y complementarias, en lo sucesivo denominadoREGLAMENTO; y en la Ley N° 27342.

    Con fecha 07 de mayo de 2010, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ celebraron unaAdenda de Modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica, por el incremento delmonto de la inversión, de US$ 8 000 000,00 (Ocho Millones y 00/100 Dólares de losEstados Unidos) a la suma de US$ 12 260 000,00 (Doce Millones Doscientos SesentaMil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos).

    Con fecha 26 de agosto de 2011, el ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ celebraron unaAdenda de Modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica, con el objeto de ampliarel plazo para acreditar la inversión.

    El Convenio de Estabilidad Jurídica celebrado con fecha 31 de julio de 2009 y susAdendas de Modificación celebradas el 07 de mayo de 2010 Y el 26 de agosto de2011, se denominarán en adelante CONVENIO.

    Con fecha 02 de enero de 2014, GLOBAL DEL PERÚ presentó antePROINVERSI6N, una solicitud de suscripción de Adenda de Modificación delCONVENIO, por el cambio de denominación social de su inversionista, deCONSORCIO HOTELERO GLOBAL SA a INMOBILIARIA ATTON SpA. La adenda

  • de modificación se ampara en lo dispuesto en la Clausula Séptima del CONVENIO yen el Literal h) del artículo 26° del REGLAMENTO.

    Para tal efecto, el inversionista extranjero INMOBILIARIA ATTON SpA. (antesCONSORCIO HOTELERO GLOBAL SA y luego CONSORCIO HOTELERO GLOBALSpA), de Chile, presentó la Escritura Pública del Acta de Junta de Accionistas deCONSORCIO HOTELERO GLOBAL SpA (hoy INMOBILIARIA ATION SpA.),realizada con fecha 27 de diciembre de 2012, donde se acordó, entre otras cosas, elcambio de su denominación social a INMOBILIARIA ATTON SpA. El referidodocumento se encuentra legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores delPerú.

    Cabe señalar que en la Escritura Pública antes mencionada, también consta elcambio de denominación social de CONSORCIO HOTELERO GLOBAL S.A. aCONSORCIO HOTELERO GLOBAL SpA.

    Con fecha 14 de enero de 2014, mediante Informe N° 05-2014/OSI, la Dirección deServicios al Inversionista consideró pertinente acceder a la solicitud de suscripción deAdenda de Modificación presentada por GLOBAL DEL PERÚ.

    2. OBJETO DE LA PRESENTE ADENDA

    El ESTADO Y GLOBAL DEL PERÚ acuerdan modificar la denominación social delinversionista CONSORCIO HOTELERO GLOBAL S.A. establecida en el CONVENIOpor INMOBILIARIA ATTON SpA., a fin de reconocer el cambio de denomínaciónsocial de éste.

    Asimismo, las partes convienen en modificar las Cláusulas del CONVENIO en las quese mencionen a la empresa CONSORCIO HOTELERO GLOBAL S.A., debiéndoseentender referidas a la empresa INMOBILIARIA ATTON SpA., de conformidad con loestablecido en la Cláusula Séptima del CONVENIO.

    El ESTADO Y GLOBAL DEL PERÚ declaran que la modificatoria del presenteCONVENIO se refiere al cambio de denominación social del inversionista.

    DISPOSICIONES FINALES

    3.1 Queda claramente establecido que la presente Adenda de Modificación que realizanel ESTADO y GLOBAL DEL PERÚ, no varía en modo alguno el resto de derechos yobligaciones establecidos en el CONVENIO.

    De conformidad con lo dispuesto en el Numeral 8 del Procedimiento aprobadomediante el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 63-06-2003 del 29de octubre de 2003, se deja constancia que los efectos de la presente Adenda seretrotraen al 02 de enero de 2014, fecha en la cual GLOBAL DEL PERÚ presentó susolicitud de adenda de modificación del CONVENIO.

    Estando las partes de acuerdo con los términos de la presente Adenda, la suscriben, enLima, en tres (03) originales de igual contenido.

  • POR CONSORCIO HOTELERO GLOBAL DEL PERÚ S.A.C., de Perú, firmado alos S.l.~.t~L9:t) o •••••• Días del mes de../ f.'.0j:? del año 2014.

    105..... del

    a

    JAVIER HE ANDO ILLESCAS MUCHADirector Ejecutivo

    Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - Proinversión

    la presente Adenda,del mes de m.9.jQ

    Se culmina la suscripción de".I."'.~ .c ().T ) diasaño 2014.

    Javier e' ar Castro Sa .poderado

    POR EL ESTADO PERUANO