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AÑO CXXII Nº 135 36 Páginas La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 13 de julio del 2016 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL PRIMERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Base del año 1993 al 1999 del Juzgado Laboral del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: L-50-S-93 Documentos: 821 Paquetes: 94 Año: 1993-1999 Asunto: Documentos Base: 15 Paquetes con 152 documentos del año 1993, 33 Paquetes con 331 documentos del año 1994, 5 Paquetes con 38 documentos del año 1995, 41 Paquetes con 300 documentos del año 1999. Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular N° 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán, Exonerado.—( IN2016044139 ) Director Ejecutivo a. í De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1989 al 2013 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: 20790 Ampos: 25 Agendas: 3 Libros: 7 Año: 1989 al 2013 Asunto: Documentación Administrativa: 2 ampos con informes mensuales, trimestrales y anuales de 2007 al 2010, 3 ampos con estado de conciliación de 1992 al 2010, 1 ampo con registro de asistencia 2012 al 2014, 6 ampos con notas enviadas y recibidas 2012 al 2014, 7 ampos con registro de notificaciones por fax 2012 al 2014, 3 ampos con controles de monto girados de 1991 al 2007, 1 ampo con oficios consecutivos 2001 al 2006, 2 ampos con registro de gastos de monto, control de boletas nulas y devolución de vehículos y placas del 2006 al 2014. 3 agenda de señalamiento del 2012 al 2014. 7 libros con registro y controles de depósitos de giro 1989 al 2005. Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Director Ejecutivo a. í. Exonerado.—( IN2016044140 ). SALA PRIMERA Al señor Juan Jorge Hoffmann, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por la señora Mirley Enid Vargas Sibaja, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Superior del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América. Al efecto se han dictado las resoluciones que dicen: “NUE: 14-000137-0004-FA, RES: 000507- E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas cuarenta minutos del diecinueve de mayo de dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por, Mirley Enid Vargas Sibaja, costarricense, divorciada con cédula no. 1-0844-0677, vecina del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América, contra Juan José Hoffmann divorciado, contador, de nacionalidad argentino, con pasaporte de su país número: 16844863 N, vecino del Estado de California, Estados Unidos de América y demás calidades ignoradas. Figura el Licenciado Jorge Antonio Fournier Estrada, en calidad de curador de la parte demandada dado que no se tiene su domicilio exacto. Y la licenciada Yanina Jiménez Ugalde en condición de Apoderada Especial Judicial de la parte promoverte. Todos son mayores de edad y, con las excepciones dichas, divorciados, abogados y vecinos de San José. No se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia al no haber hijos involucrados. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... 4º—... Considerando I.—..., II.— ..., III.—... IV.—... Por tanto: Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora Mirley Enid Vargas Sibaja y el señor Juan José Hoffmann, dictada el 06 de diciembre del año 2010, por el Tribunal Superior del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Fs) Luis Guillermo Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Hernández, William Molinari Vílchez, Damaris Vargas Vásquez” y “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas del diez de junio de dos mil dieciséis. De oficio y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 161 del Código Procesal Civil, se corrige el error material que se incurrió en el encabezado, resultando 1º—…, 2° y 3°, considerando I.- y II.- así como en el por tanto de la sentencia de esta Sala N° 000507-E-S1-2016, de las 10 horas 40

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AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 135 — 36 PáginasLa Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 13 de julio del 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIALPRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Base del año 1993 al 1999 del Juzgado Laboral del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.Remesa: L-50-S-93Documentos: 821Paquetes: 94Año: 1993-1999Asunto: Documentos Base: 15 Paquetes con 152 documentos

del año 1993, 33 Paquetes con 331 documentos del año 1994, 5 Paquetes con 38 documentos del año 1995, 41 Paquetes con 300 documentos del año 1999.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular N° 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,Exonerado.—( IN2016044139 ) Director Ejecutivo a. í

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1989 al 2013 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.Remesa: 20790Ampos: 25Agendas: 3Libros: 7Año: 1989 al 2013Asunto: Documentación Administrativa: 2 ampos con informes

mensuales, trimestrales y anuales de 2007 al 2010, 3 ampos con estado de conciliación de 1992 al 2010, 1 ampo con registro de asistencia 2012 al 2014, 6 ampos con notas enviadas y recibidas 2012 al 2014, 7 ampos con registro de notificaciones por fax 2012 al 2014, 3 ampos con controles de monto girados de 1991 al 2007, 1 ampo con oficios consecutivos 2001 al 2006, 2 ampos con registro de gastos de monto, control de boletas nulas

y devolución de vehículos y placas del 2006 al 2014.3 agenda de señalamiento del 2012 al 2014.7 libros con registro y controles de depósitos de giro 1989 al 2005.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Director Ejecutivo a. í.Exonerado.—( IN2016044140 ).

SALA PRIMERA

Al señor Juan Jorge Hoffmann, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por la señora Mirley Enid Vargas Sibaja, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Superior del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América. Al efecto se han dictado las resoluciones que dicen: “NUE: 14-000137-0004-FA, RES: 000507-E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas cuarenta minutos del diecinueve de mayo de dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por, Mirley Enid Vargas Sibaja, costarricense, divorciada con cédula no. 1-0844-0677, vecina del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América, contra Juan José Hoffmann divorciado, contador, de nacionalidad argentino, con pasaporte de su país número: 16844863 N, vecino del Estado de California, Estados Unidos de América y demás calidades ignoradas. Figura el Licenciado Jorge Antonio Fournier Estrada, en calidad de curador de la parte demandada dado que no se tiene su domicilio exacto. Y la licenciada Yanina Jiménez Ugalde en condición de Apoderada Especial Judicial de la parte promoverte. Todos son mayores de edad y, con las excepciones dichas, divorciados, abogados y vecinos de San José. No se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia al no haber hijos involucrados. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... 4º—... Considerando I.—..., II.—..., III.—... IV.—... Por tanto: Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora Mirley Enid Vargas Sibaja y el señor Juan José Hoffmann, dictada el 06 de diciembre del año 2010, por el Tribunal Superior del Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Fs) Luis Guillermo Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Hernández, William Molinari Vílchez, Damaris Vargas Vásquez” y “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas del diez de junio de dos mil dieciséis. De oficio y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 161 del Código Procesal Civil, se corrige el error material que se incurrió en el encabezado, resultando 1º—…, 2° y 3°, considerando I.- y II.- así como en el por tanto de la sentencia de esta Sala N° 000507-E-S1-2016, de las 10 horas 40

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

II.- ... III.- ... Por tanto. Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora María Alejandra Quirós Ramírez y el señor Yuta Nagakawa, dictada el 7 de julio del 2014, por el Alcalde de la cuidad de Tsukuba, Ibaraki, Japón. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que el interesado gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, William Molinari Vílchez, Ana Isabel Vargas Vargas.

San José, 1° de julio del 2016. Angie Guerrero Pérez, Notificadora a. í.1 vez.—Exento.—( IN2016043655 ).

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la

Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 15-013625-0007-CO promovida por Olman José Briceño Fallas contra el artículo 25 inciso 5) de la Ley Nº 1644 de 26 de septiembre de 1953, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2016-008962 de las nueve horas y cinco minutos de uno de julio del dos mil dieciséis, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción. La Magistrada Hernández López y el Magistrado Hernández Gutiérrez dan razones diferentes.”

San José, 4 de julio del 2016. Gerardo Madriz Piedra

( 2016043899 ) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-017411-0007-CO promovida por Abraham Sequeira Morales, Daniela Patricia Salas Peña, Juan Carlos Salas Castro, Natalia Isabel Rojas Mata contra el artículo 22 inciso a) del Código Procesal Penal, la directriz o instrucción verbal de la Procuraduría General de la República, que exige como condiciones de la aplicación de una medida alterna en los procesos penales, que los imputados renuncien a sus puestos laborales y que acepten una suspensión para el ejercicio de cargos públicos, así como la pauta jurisprudencial de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia expresada en las sentencias Nº 2013-01555, Nº 2013-00956 y Nº 2014-0060, por estimarlas contrarias a los principios de lesividad, proporcionalidad, igualdad y derecho al trabajo, protegidos en los artículos 11, 28, 33, 39, 41 y 56 de la Constitución Política, se ha dictado el voto N° 2016-009473 de las once horas y cincuenta y uno minutos de seis de julio de dos mil dieciséis, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción.»San José, 06 de julio del 2016.

Gerardo Madriz Piedra,Exonerado.—( IN2016044569 ). Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes

de la consignación de prestaciones de trabajador fallecido, del causante Henry Gerardo Murillo Rodríguez, cédula de identidad

minutos del 19 de mayo último, relativo al nombre del demandado, pues en realidad es Juan Jorge Hoffmann y no como por error se consignó. Insértese esta resolución en la ejecutoria que en su oportunidad se expedirá. Emítase nuevo edicto. Se declara firme esta resolución. F) Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Presidente”.

San José, 29 de junio del 2016. Angie Guerrero Pérez Notificadora a. í.1 vez.—Exonerado.—( IN2016043114 ).

A la señora Yerlin Irina Hernández Cordero, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Javier Edén Sánchez Loaiza, contra ella, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Superior de California, Condado de los Ángeles, Estados Unidos de América. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 14-000170-0004-FA, RES: 000626-E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las dieciséis horas veintiocho minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecida por el señor Javier Edén Sánchez Loaiza, nacionalidad costarricense, de oficio botones hotelero, cédula de identidad número. 1-0963-0263, vecino de 214 Cedar Avenue, Burbank, Estado de California, Estados Unidos de América, contra la señora Yerlin Irina Hernández Cordero, nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-1044-0830, de ocupación y domicilio ignorados. Interviene en el proceso el Licenciado Juan Antonio Mora Doninelli, abogado, cédula número 1-0775-0763, casado, vecino de Barrio Escalante, San José, en calidad de apoderada especial judicial del promovente. Además, interviene el Licenciado Alonso Gallardo Solís en calidad de Curador de la parte demandada. Todos son mayores de edad, divorciados y con las excepciones dichas, abogados. Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1º—... 2º— ... 3º—... 4º—... Considerando: I.—... II.—... III.—... IV.—... Por tanto. Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre el señor Javier Edén Sánchez Loaiza y la señora Yerlin Irina Hernández Cordero, dictada el 28 de agosto del 2006, por el Tribunal Superior de California, Condado de Los Ángeles, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la parte interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmen María Escoto Hernández, William Molinari Vílchez, Ana Isabel Vargas Vargas.

San José, 21 de junio del 2016. Angie Guerrero Pérez Notificador a. í1 vez.—Exonerado.—( IN2016043115).

Al señor Yuta Nagakawa , de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por la señora María Alejandra Quirós Ramírez, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Alcalde de la ciudad de Tsukuba, Ibaraki, Japón. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue: 15-000155-0004-FA, RES: 000694-E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas once minutos del veintitrés de junio de dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por María Alejandra Quirós Ramírez, costarricense, cédula N° 1-1240-0571 divorciada, residente de Cambridge, Inglaterra, contra Yuta Nagakawa , de nacionalidad japonés, con pasaporte de su país no. M53665175, demás calidades y domicilio ignorados. Figura, además, la Licenciada Paula Durán Quirós, abogada, vecina de Cartago, en calidad de Apoderada Especial Judicial de la parte promovente. Y el Licenciado Luis Gustavo Pereira León en calidad de curador procesal de la parte demandada. Todos son mayores de edad, divorciados y con las excepciones indicadas abogados. Resultando 1º.-... 2º.- ... 3º.- ... 4º- ... 5º.- ... Considerando I.- ...

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 3

Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida María Elena Redondo Pérez. Expediente N° 16-000260-1001-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, (Materia Laboral), 23 de junio del 2016.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044133 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Alberto Ramírez Díaz, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula N° 7-0104-0747 y falleció el día 06 de abril del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 16-001940-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-001940-0173-LA. Promovido por Shirley Xiomara Morera Arias a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044495 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Álvarez Tasara, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula Nº 1-0378-0755 y falleció el día 29 de noviembre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Nº 16-001962-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-001962-0173-LA. Promovido por Mauricio José Álvarez Muñoz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044496 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la consignación de Fondo Capitalización Laboral, del trabajador fallecido Alberth Gutiérrez Ruiz, quien en vida fue mayor, casado, costarricense, vecino de Colorado de Abangares, con cédula de identidad Nº 05-0335-0589, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo expediente Nº 16-300012-0403-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletin Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares, Las Juntas, a las once horas cinco minutos del seis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Shirley Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044498 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carmen Segura Segura, cc. Álvaro Segura Segura, cédula Nº 2-302-176, quien fue mayor de 59 años, soltero, costarricense, fallecido el 12 de julio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº 16-000049-1340-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000049-1340-LA.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 30 de junio del 2016.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016044559 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Ángel Gutiérrez García, fallecido el 25 de abril del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación prestaciones sector privado bajo el N° 16-000050-1340-LA, a hacer valer sus derechos, de

número 2-497-303, quién fue mayor, soltero, en unión de hecho, guarda parques , Vecino de San José de la Tigra de San Carlos de Alajuela de la entrada a San José cuatrocientos metros al sur, hijo de Aurora Rodríguez Castro y Manuel Murillo Salazar, se consideren con derechos a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 16-300027-671-LA a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el art ículo 85 de Código de Trabajo. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Fortuna San Carlos del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043831 ).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 15-300045-0239-LA-0 (47-15), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido: Silvia Cristina León Alpízar, quien en vida fue mayor, costarricense, casada, ama de casa, vecina de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0546-0431; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Anthony Ugalde Brenes.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 06 de agosto del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043900 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la consignación de prestaciones de trabajador fallecido, del causante José Daniel Solís Solórzano, cédula de identidad número 2-615-526, quién fue mayor, soltero, ingeniero, vecino de La Fortuna San Carlos, hijo de Sonia María Solórzano Vargas y Luis Ángel Solís Villalobos, se consideren con derechos a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 15-300120-671-LA a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de Código de Trabajo. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Fortuna San Carlos del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—MSC. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043901 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geiner Elizondo Calderón, quien falleció el 24 de marzo del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000133-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Geiner Elizondo Calderón a favor de Seidy María Gamboa Ramírez. Expediente N° 16-000133-1127-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de junio del 2016.—Msc. Oscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016044131 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó María Elena Redondo Pérez, quien fue mayor de 52 años, casada una vez, docente en preescolar, vecina de Naranjo de Juan Viñas Cartago, cédula de identidad número 0302700763, se les hace saber que Rigoberto Redondo Otárola, cédula de identidad o documento de identidad número 0302510591, vecino de Naranjo de Juan Viñas Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín

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conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000050-1340-LA. Por a favor de Víctor Manuel Ángel Gutiérrez García.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 23 de junio del 2016.—Lic. Nain Isaac Monge Segura, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044560 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Virgilio Núñez Solano, mayor, casado una vez, guarda de seguridad, vecino de Carmen Lyra, cédula de identidad Nº 3-0152-0057, quien falleció el uno de marzo del dos mil dieciséis, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 16-000061-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000061-1007-LA. Virgilio Núñez Solano a favor de María Inés Dumilda Calderón Granados.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 05 de julio del 2016.—Lic. Marjorie Aguilar Pérez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044561 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Nelly Álvarez Vásquez, quien fue mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula N° 2-0117-0892 y falleció el día 29 de setiembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de prestaciones bajo el N° 16-000312-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000312-0173-LA. Promovido por Luis Felipe Carvajal Álvarez y José Carvajal Álvarez, a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044567 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Andrés Marcelino Rivas, quien fue mayor, casado, panadero, vecino de Aserrí, con cédula de residencia número 155816532916 se les hace saber que: Petrona del Carmen García, cédula res. 155817909836, en calidad de esposa del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Andrés Marcelino Rivas. Expediente N° 15-300010-0236 LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí, cuatro de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044570 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Henry Chambers Watson, quien fue mayor, casado, vecino de Aserrí, con cédula de identidad Nº 7-0028-0692, se les hace saber que Beverly Chambers Rivas, en calidad de hija del fallecido se apersonó a este despacho con la finalidad de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Henry Chambers Watson, expediente Nº 153000380236-LA-5.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí, 26 de febrero 2016.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044571 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Barquero Peña, quien fue mayor, casado agente de ventas, vecino de La Unión San Vicente, fallecido el 09 de octubre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 16-000013-1449-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000013-1449-LA. Por a favor de.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de la Unión (Materia Laboral), 28 de junio del 2016.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044574 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones ochocientos noventa y dos mil colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa BFL993, marca Toyota estilo Yaris E, color beige año 2014, VIN MR2BT9F3201066462, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de octubre de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ciento sesenta y nueve mil colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos veintitrés mil colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Carlos Mauricio González Villegas. Exp. N° 15-047055-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016032908 ).

Primer remate a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Cartago, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 2012-32689-01-0008- 001, y con la base de seiscientos dieciséis mil ciento veintinueve dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Cartago, número cincuenta mil novecientos setenta y uno-cero cero cero (50971-000). Es terreno de cafetal con dos casas, ubicado en distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Sus linderos son: norte, Quebradores Orosi Siglo XXI S. A. y Río Agua Caliente; sur, calle pública con 1170.63 metros de frente; este, Río Grande de Orosi y Quebradores Orosi Siglo XXI S. A.; oeste, calle pública. Mide: trescientos veintisiete mil novecientos veinticuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Pertenece a Inversiones Cafetaleras Reventazón Sociedad Anónima. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del cinco de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos sesenta y dos mil noventa y seis dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las diez horas del veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y cuatro mil treinta y dos dólares con veintinueve centavos (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 16-000006-0699-AG, de Cafetalera Internacional Cafinter Sociedad Anónima contra Inversiones Cafetaleras Reventazón Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario de Cartago, 22 de junio del 2016.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016044944 ).

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el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abraham Camacho Víquez, Joaquina de Los Ángeles Mora Hernández, Zeidy Natalia Carvajal Álvarez contra Ronald Francisco Sánchez Montero, Tomas Garro Núñez. Expediente N° 15-007319-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 08 de junio del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016044999 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de i grado citas:567-62741-01-0005-001; a las catorce horas y quince minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos veinte-cero cero cero (145920-000) la cual es terreno de solar con casa. Situada: en el distrito Tures, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cibiales Ramírez Zúñiga; al sur, Juan Carlos Ortega García; al este, Cafetalera Tournon Limitada, y al oeste, calle pública con un frente de 9 metros y 46 centímetros lineales. Mide: doscientos tres metros con catorce decímetros cuadrados. Para el Segundo Remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Gerardo Danilo de Jesús Campos Arce, Margarita Adela del Socorro Catón Baltodano. Expediente N° 15-002396-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 16 de junio del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045000 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 348-17557-01-0900-001 y medianería citas: 348-17557-01-0901-001; a las nueve horas y quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintidós mil quinientos cuarenta y siete - cero cero cero (322547-000) la cual es terreno con tres apartamentos. Situada en el distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, Jorge Soto Soto y al oeste, alameda La Unión. Mide: doscientos cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del dos de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y tres-cero cero cero (56663-000) la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 15; al sur, María Teresa Quirós Sibaja; al este, calle pública y al oeste, lote 7. Mide: cien metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Cindy Vanessa Cordero Agüero. Expediente N° 15- 005796-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 13 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016044997 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil doscientos setenta y tres cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa. Situada: en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mario Mata; al sur, calle pública con 10 metros; al este, Roberto León, y al oeste, Edwin Ramírez. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis con la base de trece mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de San Pedro Sociedad Anónima contra Ligia María Valverde González. Expediente N° 15-003513-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 27 de mayo del 2016.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016044998 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0160-001, servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0161-001, medianeria citas: 349-07499-01-0952-001, reservas y restricciones citas: 354-13688-01-0900-001; a las nueve horas y quince minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinticinco mil ciento ocho-cero cero cero (325108-000) la cual es terreno de naturaleza: para construir con casa lote 46. Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 47; al sur, INVU; al este, Alameda San Juan del Sur, y al oeste, lotes 34 Y 35. Mide: ciento cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Para

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 285-06194-01-0901-002, servidumbre trasladada citas: 285-06194-01-0903-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y dos mil doscientos sesenta-cero cero cero (492260-000), la cual es terreno destinado a parqueo. Situada: en el distrito 4-Catedral, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida veintidós; al sur, Andrew Macley; al este, Lidia Matamoros Monge, y al oeste, calle primera. Mide: cuatrocientos cincuenta y cinco metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de once mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduardo Antonio Rojas Álvarez contra Guido Peña Pol. Expediente N° 15-006630-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 20 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045005 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecario; a las quince horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y siete mil setecientos ochenta y siete cero cero cero, la cual es terreno con locales comerciales. Situada: en el distrito 01 Aserri, cantón 06 Aserri, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Víctor Manuel y Alberto Astúa; noroeste, Víctor Manuel y Albero Astúa; al sureste, calle pública, y al suroeste, Gerardo Badilla Camacho. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Turística El Encuentro Sociedad Anónima contra Arceluz Sociedad Anónima. Expediente N° 15-005968-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 10 de mayo del 2016.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016045006 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas citas: 407-19289-01-0113-001, reservas ley caminos citas: 407-19289-01-0114-001; a las once horas y quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cinco mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil doscientos ochenta y cuatro-cero cero cero (461284-000), la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito San Juan de Mata, cantón Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Dajo Bienes Raíces S. A.; al sur Carlos Luis Rubí Rojas y calle pública; al este, Carlos Rojas Rojas y calle pública,

de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Encandilado S. A., Guido Rodríguez Brenes, Miguel Ángel León Valerio contra Sonia María Briceño Bustos, expediente Nº 16-002015-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (materia cobro), 31 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2016045001 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil setecientos quince-cero cero cero (145715- 000), la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Armando Arias Meléndez; al sur, El Estado; al este, Elicinio Meléndez, y al oeste Bolívar Meléndez. Mide: ochenta y seis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Documento firmado digitalmente por: Arguedas Montero contra Javier Alexander Naranjo Páez, Juan Felipe Páez Granados. Expediente N° 15-006816-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 30 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045002 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-01953-01-0903-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil once-cero cero cero (146011-000), la cual es terreno para construir lote dos bloque B con una casa. Situada: en el distrito 1-Barva, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle publica con 12 metros; al sur lotes 5 y 9 de María Elena Garita Esquivel; al este, lote 3 de María Elena Garita Esquivel, y al oeste, lote 1 de María Elena Garita Esquivel. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asesoría e Inversiones Horus-Pab Sociedad Anónima, Rafael Ángel Arguedas Montero, Seicynpau Sociedad Anónima contra Deyma María Estrada Salas. Expediente N° 15-006685-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045004 ).

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Hidalgo. Expediente N° 14-003990-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 19 de mayo del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016045015 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2013-03053-01-0003-001; a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones ochocientos veintiocho mil doscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y dos mil ochocientos noventa y ocho, derechos cero cero tres y cero cero cuatro (5-82.898-003 y 004), la cual es terreno: terreno c/1casa de habitación U-3. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo; al sur, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo; al este, calle pública 10 metros, y al oeste, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo. Mide: doscientos cincuenta metros con dos decímetros cuadrados. Plano: G-0842018-1989. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones ciento veintiún mil ciento cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones setecientos siete mil cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en el proceso de ejecución hipotecaria, establecido por Ólger Gerardo Monestel García contra Gerardo Leonidas Yuban Cruz. Expediente N° 15-001834-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 01 de julio del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016045016 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 380-03481-01-0838-001, servidumbre trasladada citas: 380-03481-01-0839-001; servidumbre de paso citas: 465-06244-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos treinta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa y un galerón destinado a aserradero. Situada en el distrito 04 Bahia Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Edison Galeano Calderón Lucila Mesén León; al sur, Edison Galeano Calderón y Myriam Cordero Álvarez, Yaudi López Retana; al este, Edison Galeano Calderón y Jesús Mesén Cerdas y al oeste, Myriam Cordero Álvarez y calle pública con un frente a ella de 24.36 metros. Mide: mil novecientos ochenta y seis metros con once decímetros cuadrados. Plano: P-1126107-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Miguel Mesén León y Madepasur Sociedad Anónima, expediente Nº 16-000340-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (materia cobro), 09 de junio del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016045030 ).

y al oeste, Dajo Bienes Raíces S. A. Mide: quince mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis con la base de once mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Abuela Lela L.R.A. S. A., Maribel De Los Ángeles Arguedas Lobo contra Porfirio Rubí Rojas, Roxana Mayela Rubí Barboza. Expediente N° 16-001961-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 27 de mayo del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016045007 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 841123, marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color azul, vin JA4MT31 H31 P047671, cilindrada **3000 cc., combustible gasolina, motor Nº 6G72ND6048. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Pripa PJP contra Shirley Adriana Hidalgo Quirós. Expediente N° 15-004274-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016045010 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado inscrita al tomo 2009, asiento 00228199, secuencias 01-0001-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones doscientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cien mil novecientos cuarenta cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito tercero de Aguirre, cantón Sexto de Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elza Sánchez Ferreto; al sur, Reyes Cerdas Alvarado; al este, calle pública con un frente de nueve metros con noventa decímetros cuadrados, y al oeste, calle pública con un frente de nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Mide: ciento sesenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil dieciséis con la base de quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melvin López Arrieta contra Miriam Gerardina Mesen

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 8 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Copivisión Faram S.L. contra Elvis Alberto García González, expediente Nº 13-001139-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (materia cobro), 02 de junio del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016045035 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones bajo las citas 0369-00008655-01-0902-001, reservas y restricciones bajo las citas 0369-00008655-01-0902-002; a las once horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y cuatro-cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres y cero cero, cuatro la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito (10) Damas, cantón (03) Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Socorro Díaz Solano; al este, Vera Virginia Díaz Quirós, y al oeste, José Ramón Díaz Quirós. Mide: trescientos cincuenta y un metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Álvaro Guillen Masis. Expediente N° 16-002605-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045038 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 0343-00001779-01-0900-001, a las diez horas y treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil dieciséis (10:30 am 04/08/2016), y con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00365176-000 la cual es terreno para agricultura lote 53. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Caampos; al sur, calle pública con un frente de 20.09 metros lineales; al este, Frejada de Peñas Blancas Sociedad Anónima y al oeste, Frejada de Peñas Blancas Sociedad Anónima. Mide: mil quinientos ochenta y dos metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis (10:30 am 22/08/2016), con la base de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de septiembre de dos mil dieciséis (10:30 am 06/09/2016) con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra David Gerardo Cortés García, expediente Nº 16-001951-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045040 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro millones novecientos sesenta y nueve mil ciento treinta y cuatro colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y siete mil seiscientos noventa cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01-Puerto Cortes, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Municipalidad de Osa; al sur, Elba Rosa Monge Castillo; al este, calle pública, y al oeste, Roberto Olaso Maradiaga. Mide: novecientos diecisiete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Plano: P-1294034-2008. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones setecientos veintiséis mil ochocientos cincuenta colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de seis millones doscientos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Betty Mary Latouche White. Expediente N° 16-000288-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 30 de mayo del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016045032 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones cien mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, avenida primera; al sur, Socorro Mena Mena; al este, Municipalidad del cantón Osa, y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos treinta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: P-0300933-1996. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de doce millones setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Golfín Mena. Expediente Nº 15-000511-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 09 de junio del 2016.—Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016045034 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº 507794, marca: Toyota, estilo: Tercel, año: 1993, color: verde. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 9

artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Kelly José Toruño Alvarado, en expediente N° 12-000131-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zuñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016045082 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 350-15575-01-0900-001, 350-15575-01-0901-001, 366-11900-01-0900-001, 366-11900-01-0901-001, 366- 11900-01-0902-001, a las quince horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de treinta y un millones ochocientos veintiocho mil setecientos noventa y seis colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 515489-000 la cual es terreno Para construir, lote ocho, bloque b, con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-Ipís, cantón 8- Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, INVU; noroeste, lote siete B; sureste, lote nueve B; suroeste, calle pública, denominada calle uno con 7,33. Mide: ciento treinta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de septiembre del año dos mil dieciséis, con la base de veintitrés millones ochocientos setenta y un mil quinientos noventa y siete colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de septiembre del año dos mil dieciséis con la base de siete millones novecientos cincuenta y siete mil ciento noventa y nueve colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Tatiana de los Ángeles Villalobos Espinoza, expediente Nº 16-006890-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016045130 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 280-02785-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 117.876-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 01, Quesada, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Freddy Sibaja Monge, Xinia Sibaja Monge y Fausto González Torres; sur, calle pública; este, Pedro Quesada; oeste, Oscar Montero Montero y Allice Rojas. Mide: seiscientos ocho metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0011190-1991. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veinte millones setecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hernán Gerardo Vargas Cordero, Inversiones Gerbal de San Carlos S. A., Jairo Alberto Jiménez Berrocal. Expediente N° 16-000675-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de mayo del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016045176 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 620885-000 la cual es terreno para construir lote dos. Situada en el distrito Mata de Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José.

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones bajo las citas tomo 395 asiento 14549; a las once horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones ochocientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos ochenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito (01) Liberia, cantón (01) Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros 42 centímetros de frente; al sur, María de Los Ángeles Romero Acuña; al este, Juan José Acuña Acuña, y al oeste, calle pública con 11 metros 23 centímetros de frente. Mide: ciento diecinueve metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones doscientos veintidós mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Carlos Alberto Romero Acuña, María de Los Ángeles Sánchez Rojas. Expediente N° 16-002020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2016045075 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos (02:00 pm) del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL-045655, marca: Isuzu, año: 1976, color: azul, categoría: carga liviana, chasís: 7894685. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos (02:00 pm) del cinco de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos (02:00 pm) del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Félix Humberto Granados Navarro contra Manuel Joaquín Céspedes Sanabria, expediente Nº 16-000149-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de junio del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016045077 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia fiscalía al tomo 2011 asiento 57633, y denuncia por lesiones culposas al tomo 2011 asiento 372034 y sumaria 100057670497TR del Juzgado de transito de Heredia; a las ocho horas quince minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de novecientos treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa Mot 278062, marca Suzuki, estilo En 125-2A, año 2009, color azul, chasis LC6PCJK6790803538. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas quince minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis con la base de doscientos treinta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del

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minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil trescientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Germania, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Matamoros Duran; al sur, calle pública; al este, Recaredo Solís, y al oeste, Antonio Castro Cruz. Mide: siete mil setecientos catorce metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 3) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, citas 364-11180-01-0843-002, servidumbre trasladada, citas 364-11180-01-0844-002; a las ocho horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y siete mil cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para agricultura N° 121. Situada: en el distrito Florida, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al Norte, calle y lote 144; al sur, lote de Instituto Costarricense de Electricidad; al este, Vía Férrea, y al oeste, calle. Mide: veinticuatro mil seiscientos cuarenta y siete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de veintiocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 4) libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil trescientos veintitrés cero cero cero, la cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada: en el distrito Germania, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Servicios Automotricez J y J del Atlántico S. A.; al sur, calle pública; al este, Servicios Automotricez J y J del Atlántico S. A., y al oeste, calle pública. Mide: seis mil cuatrocientos seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 5) libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ciento cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil trescientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada: en el distrito Alegría, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Todo de Paz S. A.; al sur, William Mora Padilla y calle pública; al este, María Teresa Pérez Chacón y José Joaquín Herrera, y al oeste, Uriel Mora Padilla y calle pública. Mide: cinco mil doscientos noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de treinta y siete millones quinientos mil

Colinda: al norte, Consultores Vimo S. A.; al sur, con calle pública con un frente de nueve metros cincuenta y dos centímetros; al este, con lote tres noventa y seis de Consultores Vimo Sociedad Anónima y al oeste, con lote uno de Consultores Vimo Sociedad Anónima. Mide: ciento setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y un millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Arturo Vargas Pérez, expediente Nº 16-008122-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2016.—Msc. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—( IN2016045208 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2668 097 001 citas: 0317-00014664-01-0901-132 y demanda abreviada citas: 0800-00280916-01-0001-001, a las quince horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos veinte mil ochocientos veintiún colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil seiscientos noventa y dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Nelson Masís Campos; al sur, Gerardo Soto Salazar; al este, Nelson Masís y al oeste, calle pública. Mide: quinientos sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos sesenta y cinco mil seiscientos dieciséis colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis con la base de seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos cinco colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fabio Araya Méndez contra Kattia Rocío Calderón Piedra, expediente Nº 15-001712-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de noviembre del 2015.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016045210 ).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas 360-04041-01-0901-001; a las ocho horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y tres mil setecientos treinta y uno cero cero cero, la cual es terreno de potrero y cacao. Situada: en el distrito Germania, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Matamoros Duran; al sur, calle pública; al este, José López Serrano, y al oeste, Carlo Magno Chaves Guzmán. Mide: ocho mil ciento cincuenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas 393-09870-01-0810-001; a las ocho horas treinta

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veintidós metros con setenta y siete decímetros, cuadrados. Plano: G-1226425-2008. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones ciento noventa y ocho mil doscientos sesenta y seis colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis con la base de siete millones trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos veintidós colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Enrique Rivas Álvarez, expediente Nº 16-000108-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 07 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045223 ).

A las nueve horas y cero minutos del cinco de agosto del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes e infracciones, y sin sujeción a base, en el mejor postor, remataré: vehículos placas 239663, marca Fiat, categoría automóvil, sedán 4 puertas, chasis ZFA16000005003383, año 1995, color gris. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo simple, Nº 96-003171- 0226-CA, de Banco Nacional de Costa Rica contra Óscar Vargas Hidalgo, Sonia Vargas Araya.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Lic. María Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016045230 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de vista y luz natural citas 495-00008470-01-0002-001, a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento treinta y nueve mil seiscientos noventa y cuatro dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 33671-F- 000 la cual es terreno finca filial ciento treinta y siete destinada a apartamento para uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el primer nivel del edificio número dos. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ciento treinta y seis y área común libre de vacío; al sur, área común libre de terraza; al este, área común libre de vacío y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: ciento veintitrés metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. 2) Con la base de veinticinco mil quinientos sesenta dólares con nueve centavos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 33571-F- 000 la cual es terreno finca filial treinta y seis destinada a parqueo en proceso de construcción. Situada en el nivel 98.00-97.00 del edificio número uno. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pasillo; al sur, finca filial treinta y cinco; al este, área común construida de circulación vehicular y al oeste, área común libre. Mide: veinticinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. 3) Con la base de mil setecientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 33547-F-000 la cual es terreno finca filial doce destinada a bodega en proceso de construcción. Situada en el nivel 98.00-97.00 del edificio número uno. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pasillo; al sur, finca filial diez; al este, finca filial once y al oeste, finca filial trece. Mide: un metro con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis, con las siguientes bases en el mismo orden supra indicado de 1) Ciento cuatro mil setecientos setenta dólares con sesenta y siete centavos, 2) Diecinueve mil ciento setenta dólares con seis centavos, 3) Mil

colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 6) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado, citas 2014-115256-01-0002-001; a las ocho horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número diecinueve mil trescientos ochenta y seis cero cero cero, la cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada: en el distrito Germania, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, camino público, Roque Soto; al sur, calle pública, Jorge Dondy; al Este, calle pública, Miguel Jiménez, y al oeste, Roque Soto, Hernán Matamoros. Mide: ciento cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y dos metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta millones quinientos ochenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dieciséis millones ochocientos sesenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados del Banco Nacional contra Damajo del Caribe S. A., Inversiones JF Carranza Sociedad Anónima, José Francisco Carranza Ramírez, Servicio Automotriz J y J del Atlántico S. A., Todo de Paz S.A, Uriel William Mora Padilla. Expediente N° 15-024784-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2016045220 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y nueve millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 28809-000, la cual es naturaleza: lote 155 para construir, situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón. Linderos: norte, lote 122; sur, RECOPE S. A.; este, alameda peatonal con 20m, 36cms y oeste, lote 154. Mide: ciento sesenta y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: L-0626526-1987. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis con la base de catorce millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edwin Guillermo Serrano Berrocal, Laura Serrano Morera, expediente Nº 16-000202-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 08 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045221 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones quinientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y ocho colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 163850-000, la cual es naturaleza: terreno de solar, situada en el distrito 2-Cañas Dulces, cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, José Enrique Rivas Álvarez; sur, calle pública con un frente de 122 metros; este, José Rivas Álvarez y calle pública y oeste, Inmobiliaria Juanpa R.H. Sociedad Anonima. Mide: mil quinientos

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 12 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

Expediente Nº 15-002086-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de noviembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045290 ).

En la puerta exterior de este Despacho, para la finca Nº 5-80761-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 399-00001407-01-0951-001; obligac. -restr. ref.: 00011274 000, citas: 0399-00001407-01-0952-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 0577-00074558-01-0001-001; servidumbre de paso citas: 2009-00142995-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y siete dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80761 cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, parcela 16-4; al sur, Hacienda El Escobio S. A.; al este, calle pública, y al oeste, quebrada. Mide: setenta y cinco mil ciento nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta mil novecientos veinticinco dólares con sesenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil seiscientos cuarenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para la finca Nº 5-80760-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 0399-00001407-01-0947-001; obligac. - restr. ref.: 0011274 000, citas: 0399-00001407-01-0948-001; servidumbre de paso citas: 2009-00142998-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve mil trescientos ochenta y dos dólares con cinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80760 cero cero cero; la cual es terreno naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada; al este, parcela 16-1, y al oeste, Hacienda El Escobio S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil treinta y seis dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete mil trescientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Canafin S. A. contra Guiselle Quirós Lacayo. Expediente Nº 16-000097-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2016045319 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones doscientos diecinueve mil trescientos sesenta y siete colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº BGS864, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2008, color: negro, vin: KMHCN46C98U194731, cilindrada: 1600 CC. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos catorce mil quinientos veinticinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y

trescientos nueve dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con las siguientes bases en el mismo orden supra indicado de 1) Treinta y cuatro mil novecientos veintitrés dólares con cincuenta y cinco centavos, 2) Seis mil trescientos noventa dólares con dos centavos, 3) Cuatrocientos treinta y seis dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Migueru & SC S. A., Ricardo José Quirós Sequeira, expediente Nº 14-034660-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2016.—Lic. Pablo José Porras Barahona Juez.—( IN2016045238 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placa CL133922, marca Chevrolet, estilo Silverado, carrocería camioneta Pick-Up caja abierta, chasís 1GCDC14H9JZ113635, combustible gasolina, capacidad 3 personas, año 1988, color blanco. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Isidro Calvo Cerdas contra Edgar Alberto García Quirós. Expediente N° 15-018026-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de febrero del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016045258 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 378-07212-01-0906-001, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 198758 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar Maderas El Barón S. A.; al sur, Raicu S. A.; al este, Arnoldo Salazar Rojas, y al oeste, calle pública con un frente de 21,40 cm. Mide: ochocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 378-07212-01-0906-001, finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 147179 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar Maderas El Barón S. A.; al sur, Espar Maderas El Barón S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Espar Maderas El Barón S. A. Mide: noventa y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las cero horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Autoboutique Esparza Sociedad Anónima contra Espar Maderas El Barón Sociedad Anónima.

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y Préstamo contra Cindy Fiorella Chinchilla Abarca, William Chinchilla Abarca. Expediente N° 16-002153-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2016045326 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0376-00005018-01-0968-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y ocho-cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres la cual es terreno para construir con una casa, lote 257. Situada: en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, calle pública. Mide: ciento un metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ciento cuarenta y un mil setecientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del Catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos trece mil novecientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Riralemo del Norte S. A., contra Concepción Osegueda Osegueda, Gilberto Castillo Sequeira, y Yamilette Castillo Osegueda. Expediente N° 15-035959-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Juez.—( IN2016045327 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 308-15572-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 196900-000, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Viagre S. A.; al sur, calle pública con 8.00 metros de frente; al este, Viagre S. A., y al oeste, Viagre S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Calvo Estrada contra Vigre S. A. Expediente N° 14-005930-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de junio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016045358 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 315-05075-01-0901-001; a las quince horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 89356-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Carmona, cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Eladio Vega Trigueros, sur, calle pública con un frente de diez metros con seis centímetros, este, Eladio Vega

quince minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos cuatro mil ochocientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Flory Cristina Cubillo Zamora. Expediente Nº 16-001180-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2016.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2016045320 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las quince horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de trescientos noventa y tres mil novecientos setenta dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 50581 F cero cero cero la cual es terreno finca filial diez apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción. Situada: en el distrito Jaco, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inmobiliaria Valverde y Bermúdez Valver S. A.; al sur, calle interna con 6.08 metros; al este, filial 9, y al oeste, filial 11. Mide: doscientos seis metros con cincuenta y dos centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciséis con la base de noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y dos dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Remberto Lago Valdes. Expediente N° 09-000237-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de noviembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Juez.—( IN2016045322 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref:1949-105-001 bajo las citas 0282-00003000-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 05/08/2016), y con la base de veinticinco mil trescientos sesenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00520797-001-002 la cual es terreno con un apartamento. Situada: en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Dania Isabel Calderón Estrada y Henry Martín Marchena Contreras; al sur, Lotificación Echeverría Limitada; al este, calle pública con un frente de 4 metros 97 centímetros y al oeste, María Virginia Esquivel Muñoz. Mide: setenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 23/08/2016), con la base de diecinueve mil veinte dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis (9:30 am 07/09/2016) con la base de seis mil trescientos cuarenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 14 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos treinta y dos mil ochocientos trece colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Norma de Los Ángeles Blandón Cano, Paulina Lidieth Lara Cabalceta. Expediente N° 16-000989-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 04 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045370 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de ¢17.314.437,36 (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 15998-000 la cual es de naturaleza: Terreno de jardín con bodega; situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública de 10.60 metros de ancho con un frente de 33.10 metros; sur, Gustavo Alexander Gutiérrez Gutiérrez y río Diriá en parte; este, calle pública de 14 metros de ancho con un frente a ella de 9.98 metros lineales, oeste, Municipalidad de Santa Cruz. Mide: Trescientos noventa y siete metros cuadrados. Plano G-1671547-2013. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, con la base de ¢12.985.828,02 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de ¢4.328.609,34 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Iris Ruth Gutiérrez Gutiérrez (propietaria registral) y Mario Eduardo Gutiérrez Gutiérrez (deudor). Exp. N° 16-000990-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 4 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045371 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos noventa mil cuatrocientos diez colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 179904-000, la cual es terreno de tacotal. Situada: en el distrito 03 Veintisiete Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; sur, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y camino público con 29.54 metros de frente; este, Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; oeste, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho, camino público con 29.54 metros de frente y Pozza Hermes y Pérez S. A. Mide: trece mil cuatrocientos setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento diecisiete mil ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones trescientos setenta y dos mil seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.

Trigueros, oeste, Hugo Alberto Rodríguez Moraga, Mide: ciento noventa y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados, plano: G-0191756-1994. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y siete colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones novecientos sesenta y un mil doscientos ochenta y dos colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Abner Francisco Vega Ramírez. Expediente N° 16-000475-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 27 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045368 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y seis millones ochocientos veintiocho mil novecientos ochenta y nueve colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 136424-000 la cual es naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Mario Rojas Huertas, sur, Mario Rojas Huertas, este, calle pública con 10 metros, oeste, Mario Rojas Huertas. Mide: doscientos cincuenta y un metros con once decímetros cuadrados, plano: G-0784755-2002. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y dos millones seiscientos veintiún mil setecientos cuarenta y dos colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones doscientos siete mil doscientos cuarenta y siete colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodrigo José Cob Jiménez. Expediente N° 16- 000474-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 04 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045369 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas, reservas ley caminos y reservas ley forestal; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones novecientos treinta y un mil doscientos cincuenta y cinco colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 103873-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Kenner Guevara Duarte, sur, Kenner Guevara Duarte, este, calle pública, oeste, Kenner Guevara Duarte. Mide: doscientos metros cuadrados, plano: G-0359768-1996. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y un colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 15

B. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Douglas Salvatierra y otro; al sur, Rosa Ligia Navarro y otro; al este, calle pública San Diego Patarrá 3 metros y 38 centímetros, y al oeste, Douglas Salvatierra y otro. Mide: Quinientos veintidós metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciséis con la base de doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ilda Flor Herra Cartín contra Jorge Quesada Zamora. Exp. N° 14-014315-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016045438 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 321-10651-01-0901-003 condiciones ref: 2768-045-001; a las ocho horas y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones ciento veintiocho mil cuatrocientos noventa y un colones con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y tres mil quinientos diecinueve cero cero uno, cero cero dos son para ambos derechos: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cecilia Blanco Blanco; al sur, calle pública con frente a ella de 19.96 metros; al este, Cristian Zamora Bonilla, y al oeste, calle pública con frente a ella de 7.71 metros. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos noventa y seis mil trescientos sesenta y ocho colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos treinta y dos mil ciento veintidós colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Juan Carlos Madrigal Zelaya y otros. Expediente N° 15-002208-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de abril del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016045451 ).

A las diez horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintinueve millones quinientos mil doscientos colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula N° 1-215511-000. Que es terreno: para construir con una casa. Sito: distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte, Zeneida Barboza con 04 metros 180 milímetros, sur, calle pública con 03 metros 344 milímetros, este, Carmen Palomino con 21 metros 318 milímetros, y oeste, Efraín Carmona con 21 metros 736 milímetros. Mide: ochenta y un metros con siete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario N° 05-006810-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Eugenia Giralt Arguedas, 24 de junio del 2016.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Juez.—( IN2016045461 ).

La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Enrique de La Trinidad Delgado Hernández contra Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V Sociedad Anónima. Expediente N° 16-000109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 24 de junio del 2016.—Lic Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045381 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del once de agosto de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 11/08/2016-, y con la base de un millón ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 581114, marca Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1993, color plateado, vin 2T1AE04E8PC025594, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° 4AF388004. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis -15:00pm 29/08/2016-, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 13/09/2016 con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse de Alice Cruz Duarte contra Eddy Alberto Vega Ureña. Exp. N° 14-007663-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016045412 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, boleta: 2007486261, sumaria: 08-003270-497-TR, fecha de inclusión: 26-5-08, del Juzgado de Tránsito de Heredia; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de once mil quinientos treinta dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa setecientos dieciséis mil quinientos ochenta y tres (716583), marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, chasís, serie y vin: JN1FCAC11Z0006495, motor: HR16299893A, cilindrada: 1598 c.c., uso: particular, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: dorado. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho mil seiscientos cuarenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ochocientos ochenta y dos dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kattia María Guerrero Peña. Expediente N° 11-015728-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—( IN2016045425 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; ; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil ochocientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno la cual es terreno inculto con una casa lote

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metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de octubre de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra José Roberto Umaña Alonso. Exp. N° 15-033495-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2016045482 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas 225-03915-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base del crédito hipotecario de primer grado más el bono de vivienda, seis millones veintitrés mil seiscientos ochenta y tres colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos doce mil setecientos treinta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir, lote uno E. Situada en el distrito 1 Juan Viñas, cantón 4 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Dacospro Sociedad Anónima; al sur, Municipalidad de Jiménez; al este, Dacospro Sociedad ¡ y al oeste, calle pública. Mide: Ciento veinticinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. ¡) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de octubre del año dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cinco mil novecientos veinte colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianaza R. L. contra Carmen Zaida Vargas Zamora. Exp. N° 16-002202-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primerf Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de junio del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045495 ).

A las catorce horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes, y con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%) segundo remate, en el mejor postor, remataré: Vehículo placa: 484991, marca: Jeep, estilo: Cherokee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1991, carrocería: Station Wagon o familiar, color: gris, tracción: 4x4, chasis: 1J4FJ78V8ML551856, vin: 1J4FJ78V8ML551856, cilindrada: 4000 C.C, cilindros: 06, combustible: gasolina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo simple Nº 03-004234-0170-CA, de Banco de Costa Rica contra Patricia Vázquez Aguilar, Rito Báez Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2016045497 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 0571-00008417-01-0008-001; a las quince horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis (3:30 pm 04/08/2016), y con la base de cuarenta y dos millones setecientos treinta y dos mil doscientos veintisiete colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil ciento setenta y ocho cero cero cero, la

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), y con la base de tres millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: 513845, marca: Mitsubishi, categoría: Automóvil, vin: JMYLYV75W2J001950, año: 2003, color: Beige. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de septiembre de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana) con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis Gerardo Céspedes Salazar contra Mario Alberto De San Gerardo Sandoval Pineda. Exp. N° 14-007560-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro De Cartago, 1° de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045468 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente y dos servidumbres de paso; a las once horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de once millones doscientos mil doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote 28, terreno para construir. Situada: en el distrito 04 Cirrí Sur, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7,50 metros; al sur, servidumbre pluvial Municipalidad de Naranjo; al este, lote 27, y al oeste, lote 29. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0914661-2004. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones cuatrocientos mil ciento ochenta y siete colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos mil sesenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Marlene Sánchez Navarro y Mario Román del Carmen Salas Vargas. Expediente N° 16-000762-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 15 de abril del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—( IN2016045479 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 373 asiento 2519-01-912 y 913; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veinticinco mil novecientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 2 Guaitil, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso y Quebrada Sibaja; al este, servidumbre de paso y Juan Gerardo Aguilar Amador, y al oeste, Quebrada Sibaja. Mide: Mil cuatrocientos cuarenta y ocho

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cual es terreno lote A-5 terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 4 A; al sur, lotes 6 A,7 A y 8 A; al este, calle primera con un frente de 7 metros, y al oeste, José Ángel Rivera Acuña y José Humberto Gómez Marín. Mide: ciento cincuenta y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis (3:30 pm 22/08/2016), con la base de treinta y dos millones cuarenta y nueve mil ciento setenta colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis (3:30 pm 06/09/2016) con la base de diez millones seiscientos ochenta y tres mil cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Compañía Farmacéutica Sociedad Anónima contra Inmobiliaria Yuscaran Sociedad Anónima. Expediente N° 16-002113-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045501 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (350-15575-01-0900-001), (350-15575-01-0901-001), (366-11900-01-0900-001), (366-11900-01-0901-001), (366-11900-01-0902-001), hipoteca primer grado (556-03105-01-0002-001); a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos quince mil cuatrocientos ochenta y dos cero cero cero, la cual es terreno lote 01 bloque B para construir comercial. Situada: en el distrito Ipis, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública a Ipis; al sur, Asesoramiento e Inversiones Gotasi S. A.; al este, INVU, y al oeste, calle 1 en medio lote 04 bloque A. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra Max Alberto Fernández Blanco. Expediente N° 15-033496-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016045532 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de trece mil novecientos veinticinco dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDC344, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco, vin JTDBT923001425983, cilindrada 1496 cc, combustible gasolina, motor Nº 1NZE185752. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de diez mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y un dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse

así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Geancarlo Calderón Montero, Jeffrey Esteban Calderón Prado. Exp. N° 16-002209-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Juez.—( IN2016045561 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: N° 2015312900642, sumaria: N° 16-000476-0489-TR e infracciones/colisiones boleta: N° 2015316600731, sumaria: N° 16-000290-0489-TR; a las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil setecientos noventa y nueve dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHZ-604, marca de servicios Renault, estilo Logan, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color azul, vin VF14SREB4GA870834, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº K7MA812UB38358. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de quince mil quinientos noventa y nueve dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento noventa y nueve dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra María Elena Chinchilla Juárez, Marvin Eduardo Guevara Carrera. Expediente N° 16-002208-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045563 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de siete mil ochocientos veintiún dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 665245, marca Renault, estilo Megane, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color gris, vin VF1LM050E36616068, cilindrada 1998 cc, combustible gasolina, motor Nº C073049. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ochocientos sesenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Néstor Andrés Molina Góchez. Exp. N° 16-002210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045564 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de diez mil ochocientos setenta y tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 705615, marca Peugeot, estilo Berlina 206 X Desingn, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin 8AD2AKFWU7G069003, cilindrada 1361 cc, combustible gasolina, motor Nº 10DBS10029951. Para el segundo remate se

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señalan las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ciento cincuenta y cinco dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de dos mil setecientos dieciocho dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Lisímaco Ortiz Ugarte. Exp. N° 16-002211-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de junio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045565 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del trece de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil setecientos veintinueve dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número EE024162, marca Caterpillar, estilo Retroexcav, categoría equipo especial genérico, capacidad 1 personas, año 2004, color amarillo, vin CAT0416DVBFP06734, cilindrada 4000 c.c cc, combustible diésel, motor Nº 7SG04761, Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once mil cuarenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del catorce de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil seiscientos ochenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maquinaria y Tractores Limitada contra Carlos Eduardo Solís Chaves. Expediente N° 09-005848-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2016045579 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones trescientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil novecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miriam Carballo Espinoza; al sur, Juana Carballo Espinoza; al este, Cecilia Sandoval Sandoval, y al oeste, servidumbre de paso con 10.02 mts. Mide: Ciento ochenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis con la base de un millón setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra José Ariel Carballo Dávila, Mercedes Dávila García. Exp.

N° 15-002404-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 7 de diciembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045580 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre citas 0215-00001078-01-0901-001, reservas ley aguas citas 0317-00014664-01-0010-001, reservas ley caminos citas 0317-010014664-01-0011-001, servidumbre sirviente citas 0388-00017228-01-0002-001; a las 13:45 horas del 09/08/16, y con la base de diez millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 1-435050-000, la cual es terreno de Agricultura. Situada: en el distrito 05 Picagres, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Huberth Chacón Ramírez; al este, Elodia Ramírez, y al oeste, Denny Chacón Ramírez. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las 13:45 horas del 25/08/16, con la base de ocho millones ciento treinta y cinco mil setecientos treinta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las 13:45 horas del 12/09/16 con la base de dos millones setecientos once mil novecientos doce colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Ronald Vargas Chacón. Expediente N° 15-024160-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016045583 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones sesenta y un mil seiscientos tres colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas HB-3226, placas HB-3226, marca Toyota, estilo Hiace, categoría microbús, capacidad 16 personas, año 2013, tracción 4x2, serie,/chasis/vin JTFSK22P300018363, color plateado, motor N° 5L6204380, 2986 c.c., diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, con la base de doce millones setecientos noventa y seis mil doscientos dos colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Mauren Patricia Solano Contreras. Exp. N° 14-018378-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016045585 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0392-00012558-01-0901-001 y servidumbre de paso citas 2011-00342800-01-0008-001; a las 10:15 horas del 25/08/16, y con la base de siete millones ochocientos setenta y siete mil seiscientos treinta y siete colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula N° 5-00197351-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso 6.00 m de ancho; al sur, Don Tanis S. A; al este, Don Tanis S. A., y al oeste, calle pública con un frente a ella de 14.40 m. Mide: Cuatrocientos cuarenta y tres metros con veinte decímetros

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lo siguiente: Vehículo placas: 243861, marca: Nissan, estilo: Sentra Súper SA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1996, chasis: 3N1BEAB13T001268, motor número: GA16750106R. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra María del Rosario Segura Valverde, Vicente Segura Valverde, Warner Mora Soto. Expediente Nº 05-003195-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, actualmente Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2016045608 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 131705-000 cero cero cero, la cual es terreno. Situada: en el distrito Río Azul, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 10.00 metros; al sur, Teresa Arley Calderón; al este, lote 22, y al oeste, Carlos Chacón Jinesta. Mide: ciento veinticinco metros con treinta y decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Cecilia Guerrero Carvajal contra Carlos Jiménez Astúa. Expediente Nº 15-015188-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—Exonerado.—( IN2016045619 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: 698018, marca: Toyota, categoría: automóvil, estilo: RAV 4, capacidad: 5 personas, vin: JTMZD31V705072632, año de fabricación: 2008, color: verde, cilindrada: 2362 C.C. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de diez mil ochocientos veintiséis dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil seiscientos ocho dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Kinkar Chandra Paria Paria. Expediente Nº 16-000877-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016045662 ).

ConvocatoriasSe convoca a los socios o miembros de actividad sociedad

anónima, a una junta que se verificará en este Despacho, a las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el

cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 10:15 horas del 12/09/16, con la base de cinco millones novecientos ocho mil doscientos veintisiete colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 10:15 horas del 28/09/16 con la base de un millón novecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos nueve colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Carlos Manuel Matarrita Piñar. Exp. N° 15-042695-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016045587 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 10/08/2016, y con la base de cinco mil seiscientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: MOT-342.166, marca: Ducati, categoría: motocicleta, vin: ZDMM500AACB060572, año: 2013, color: negro, cilindrada: 700 c.c. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 26/08/2016, con la base de cuatro mil doscientos sesenta y dos dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 12/09/2016 con la base de mil cuatrocientos veinte dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Evelyn Peñaranda Gutiérrez. Expediente N° 16-000804-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016045597 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil ciento sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 585417, marca B.M.W, estilo X5, categoría automóvil, carrocería familiar, tracción 4X4, chasis WBAFB710X5LW40666, capacidad 5 personas ,año 2005, color beige, cilindrada 2993 c.c., combustible diesel Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de quince mil ciento veinticinco dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cinco mil cuarenta y un dólares con noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC de Costa Rica S. A. contra Jeffrey Alan Pearson. Exp. N° 11-004254-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016045600 ).

A las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajado un 25%), en el mejor postor, remataré

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Melgar, quien es mayor, casado, vecino de Bella Vista de Ciudad Quesada, portador de la cédula de residencia que exhibe número 122200228515, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido y patio. Situada en el distrito primero Quesada, cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda al norte con calla pública con trece metros y setenta y cinco centímetros; al sur con Karla Patricia Núñez Camacho; al este con Neptali Lazo Melgar y al oeste con Maritza Quesada Miranda. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con cuarenta centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Carlos Gerardo Campos Arrollo, quien es mayor, casado, chapulinista, vecino de San Pedro de La Tigra de San Carlos y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas y mantener limpio el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por David Concepción Lazo Melgar. Expediente: 15-000234-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Materia Civil, San Carlos, 16 de junio del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016044061 ).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000015-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerardo González González quien es mayor, casado, pensionado, cédula de identidad número 02-0261-0745, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café con un rancho. Situada en el distrito octavo Escobal, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Rosalba Carranza Bolaños; al sur, con Aracelly Sánchez Rojas; al este, con calle pública con un frente a ella de ocho metros con cincuenta y tres centímetros y al oeste, con Rosalba Carranza Bolaños, estancias de Escobal S. A., Quebrada Vega y Acequia. Mide: quince mil seiscientos noventa y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1820857-2015. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones exactos, y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones exactos. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gerardo González González. Exp. N° 14-000015-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de julio del 2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016044147 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000176-0930-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marvin Wepold Guillen, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Anita Grande de Jiménez, Pococí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 7-0074-0107, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito Segundo, cantón Segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, línea férrea con zona verde de por medio con un frente a ella de nueve metros lineales; al suroeste, Río Cristina; sur, Heidy Arley Mena, al este, Javier Torres Wepold, y al oeste, Carlos Luis Leiva Ureña. Mide: trescientos veintitrés metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos

nombramiento en persona idónea. Proceso: ejecución hipotecaria de: Banco Nacional de Costa Rica contra: Actividad Sociedad Anónima, Istmo Limitada, Rodrigo Herbert Castro Harrigan. Expediente Nº 11-003810-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, San José‚ a las catorce horas y diecinueve minutos del veinticuatro de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—( IN2016045043 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Alberto Alejandro Abdelnour Granados, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 15-000654-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2015045403 ).

Se convoca a los socios o miembros de Istmo Limitada, a una junta que se verificará en este Despacho, a las once horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: ejecución hipotecaria de: Banco Nacional de Costa Rica contra: Actividad Sociedad Anónima, Istmo Limitada, Rodrigo Herbert Castro Harrigan. Expediente Nº 11-003810-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, San José‚ a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—( IN2016045481 ).

Títulos SupletoriosSe hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente

N° 13-000368-0297-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Corporación Internacional M M O del Crucero S. A., cédula jurídica número 3-101-320903, representada por, Victoria Myers Arévalo, quien es mayor, viuda, vecina de Moravia, Residencial Los Colegios, de Taco Bell 100 metros al oeste y 75 metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-034-158, secretaria bilingüe, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto, Venecia, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y al este, con Antonio de Castro; al sur con Brealey Myers; y al oeste, con servidumbre de paso con un frente a ella de treinta y nueve metros con setenta y ocho centímetros lineales. Mide: Mil cuatrocientos veintiún metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la sociedad Corporación H T F de Venecia de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-251624 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en confeccionar cercas, limpieza del terreno y el mantenimiento general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Corporación Internacional M M O del Crucero S. A. Exp.: 13-000368-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil) San Carlos, 17 de mayo del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016044027 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000234-0297-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de David Concepción Lazo

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 21

millones trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Julio Badilla Barrantes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno cercado, limpiarlo y chapear las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marvin Wepold Guillen. Expediente N° 13-000176-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 07 de febrero del 2014.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—( IN2016044262 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000171-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Santos Fajardo Espinoza quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Barrio Escocia de Río Jiménez de Guácimo, mil quinientos metros al sur del Servicentro, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 5-0227-0011, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de patio y bosque con una casa de habitación. Situada en el distrito cuarto, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Ángel Marín Hidalgo (vértices del 7 al 9) José Luis Fajardo Espinoza (vértices del 2 al 4 y del 5 al 6); al sur, José Luis Fajardo Espinoza (vértices del 1 al 14) Álvaro Roberto Rodríguez Alvarado (vértices del 12 al 13); al este, José Francisco Zúñiga Soto (vértices del 9 al 12) y al oeste, José Luis Fajardo Espinoza (vértices del 13 al 14, 4 al 5 y 6 al 7) calle pública con un frente a ella de cuatro metros lineales (vértices del 1 al 2). Mide: cuatro mil trescientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizara su madre la señora María Eraida Espinoza Jiménez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener cercado el terreno, limpiarlo y chapear las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Santos Fajardo Espinoza, expediente Nº 14-000171-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 17 de noviembre del 2014.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2016044274 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000173-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Xinia María Fajardo Espinoza quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Río Jiménez de Guácimo, mil quinientos metros al este del Servicentro Río Jiménez, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 7-0109-0198, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno plantas ornamentales y patio con una casa construida. Situada en el distrito cuarto, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marco Antonio Flores Carazo y Blanca Rosa Corrales Castillo; al noreste, Rafael Abel Marín Hidalgo; al sur, Juan Marciano Fajardo Espinoza y calle pública con un frente a ella de once metros con trece centímetros lineales; al este, José Luis Fajardo Espinoza y al oeste, Gilma Cecilia Ramírez Umaña y calle pública con un frente a ella de once metros con ochenta y siete centímetros lineales. Mide: cuatro mil doscientos treinta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales

o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizara su padre el señor Francisco Fajardo Fajardo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno cercado, limpiarlo y chapear las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia María Fajardo Espinoza, expediente Nº 14-000173-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 17 de noviembre del 2014.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2016044275 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000109-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rebeca Aragón Fonseca, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de la Rita de Pococí, el Rotulo del Bar el Almendro, doscientos veinte metros al sur, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 7-0218-0939, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada: en el distrito tercero la Rita, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Roger Aragón Lara y Sandra Fonseca Picado; al sur, Gustavo Fonseca Picado; al este, Gustavo Fonseca Picado y al oeste, calle pública con un frente de trece metros con once centímetros lineales. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal que le realizará el señor Gustavo Adolfo Fonseca Picado quién es el tío de la titulante, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, chapeado del terreno y siembra de árboles frutales de mamón, pipa, mango y carambola. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rebeca Aragón Fonseca. Expediente N° 16-000109-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 30 de mayo del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016044339 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000205-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Enid Catalina Hanson González, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San José, Calle Blancos, cincuenta metros al norte de Pali, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-0144-0060, profesión auxiliar de laboratorio; Rolando Hanson González quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Siquirres, El Cairo, cien metros al oeste de la Escuela del Cairo, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0365-0093, profesión agricultor y Katia Lorena Hanson González, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de San José, Calle Blancos, cincuenta metros al norte de Pali, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-0125-0390, profesión oficios domésticos; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno patio con dos casas. Situada en el distrito quinto el Cairo, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, vía férrea; al sur, calle pública; al este, calle pública noreste, Marcos

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 22 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

Miranda Ramírez y al noroeste, Mayela Zamora Gutiérrez. Mide: cuatro mil cuatrocientos treinta y seis metros cuadrados.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizará su padre el señor Sunweck Hanson Clarke, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en levantamiento de cercas, mantenimiento del terreno, zona verde, siembra de árboles frutales, limpieza de desagües y construcción de dos viviendas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Enid Catalina Hanson González y otros. Exp. N° 15-000205-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 7 de enero del 2016.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2016044429 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000169-0640-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fernando Andrés Ramírez Calvo, quien es mayor, soltero, comerciante, vecino de Cipreses de Oreamuno de Cartago, portador de la cédula de identidad N° 3-429-912, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de patio con una bodega. Situada: en el distrito 04 Cipreses, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Fernando Ramírez Mora; al sur, Joel Antonio Ramírez Salas; al este, Rigoberto Ramírez Mora, y al oeste, Joel Antonio Ramírez Salas. Mide: ciento noventa y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal que le hiciera su padre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de la bodega, cuido, mantenimiento de las cercas y limpieza de las áreas verdes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Fernando Andrés Ramírez Calvo. Expediente N° 16-000169-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, Cartago, 22 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044448 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000077-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Aníbal González Solano quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Siquirres, Limón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 1-0256-0955, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar con dos casas mixtas de cemento y madera. Situada en el distrito dos Pacuarito, cantón tres Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de veinticuatro punto cincuenta y tres metros lineales y Sabino Bustos Bustos; al sur, Eugenio González Urbina; al este, Esther Vargas Vindas y al oeste, Jesús Arcadio Bogarín Rojas e Iglesia de Dios del Evangelio Completo. Mide: dos mil ciento cuarenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de

un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta que realizó con el señor Javier Sandi Mora, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido, construcción de mi casa mixta, mitad cemento y mitad madera y cuido de la zona verde como de los linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Aníbal González Solano. Expediente Nº 13-000077-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 26 de agosto del 2014.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2016044508 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000102-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inés del Socorro Guzmán Traña, quien es mayor, casada una vez, nicaragüense, del hogar, cédula de residencia Nº 155180222104, José Antonio Hernández Espinoza, mayor, casado una vez, agricultor, nicaragüense, cédula de residencia Nº 15580208636, Estercita María Hernández Guzmán, mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad Nº 1-1496-656 y Ruth Noemy Hernández Guzmán, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad Nº 7-197-002, todos vecinos de Jiménez de Pococí, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar con dos casas. Situada en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Porfirio Reyes Segura; al sur, Nora León Tellez; al este, calle pública con un frente a ella de quince metros con treinta y siete centímetros lineales y al oeste, Ministerio de Agricultura y Ganadería. Mide: cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inés del Socorro Guzmán Traña y otros, expediente Nº 13-000102-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 03 de octubre del 2013.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—( IN2016044527 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000056-0699- AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Funeraria El Carmen, cédula jurídica de 3-002-185887 representada por José Luis Monge Loría, quien es mayor, casado una vez, empleado público, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 3-0210-0515, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con capilla de velación y patio. Situada en el distrito El Carmen, cantón Central, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Junta de Educación de la escuela de El Carmen de Cartago; al este, calle pública y al oeste, Asociación de Desarrollo Integral de El Carmen. Mide: trescientos diecinueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble desde el mes de setiembre del año 2006, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 23

Manuel Vásquez Elizondo. Finca segunda: terreno de agricultura, situado en La Nueva Lucha del Amparo, distrito tercero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela. Mide de acuerdo al plano aportado A- 1872729-2016 una superficie de veinticuatro mil trescientos veintisiete metros cuadrados. Linda al norte, calle pública con un frente a ella de noventa y cinco metros veintitrés centímetros lineales; al sur, Hilario Gerardo Chavarría Villalobos; al este, Francisco Barrera Flores y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento noventa metros ochenta y dos centímetros lineales. Manifiesta el titulante que este terreno lo adquirió del señor Luis Ángel Delgado Delgado, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Nueva Lucha del Amparo de Los Chiles, Alajuela, 200 metros al noroeste de la escuela, cédula de identidad Nº 9-0067-0154, con quien no le liga parentesco, mediante carta de venta protocolizada en escritura pública Nº 137 otorgada a las 08:40 horas del 16-07-2009 ante el notario José Manuel Vásquez Elizondo. El terreno denominado finca primera fue estimado en trece millones de colones y el terreno denominado finca segundo fue estimado en la suma de siete millones de colones. Las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de dos millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Diligencias de información posesoria promovidas por Hilario Gerardo Chavarría Villalobos. Expediente Nº 16-000097-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 28 de junio del 2016.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044564 ).

CitacionesSe cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de

quien en vida fuera Elsa Obando Silva, mayor, viuda, ama de casa, cédula cinco-cero cero cincuenta y dos-cero trescientos veinte, fallecida el veinticuatro de mayo del dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2016-15916-oigp. Notaría de la Licenciada Olga Irene Granados Porras, Nicoya Guanacaste ciento cincuenta suroeste del cementerio. Teléfono: 26866078. Fax: 26854243. Publíquese.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2016043902 ).

Se hace saber, que en este despacho se tramita el proceso Sucesorio de Minor Eduardo Monge Guerrero, quien fuera, mayor, soltero, vendedor de lotería, vecino de Hatillo, cédula 1-1142-0937. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2015-100036-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 03 de mayo del 2016.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016043957 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Alberto Hernández Jiménez, quien fuera mayor, casado, pensionado, cédula seis-cero cero siete seis-cero seis tres cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2016-100009-0216-CI.—Juzgado Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 2 de marzo del 2016.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016043958 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jerónimo Cabalceta López, a las 09:00 horas del 20 de junio de 2016, comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso

Que los actos de posesión han consistido en limpieza constante, puesta de verjas, construcción de edificio de velación, pintura de edificio, reparaciones menores en electricidad, tubería, vigilancia y mantenimientos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación Funeraria El Carmen. Expediente Nº 09-000056-0699-AG. Notifíquese.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044551 ).

Luis Enrique Alfaro Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad dos-cuatrocientos veintisiete-trescientos tres, vecino de Linda Vista de Venado de San Carlos, ciento cincuenta metros al este de la Plaza de Deportes. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero, sito en Linda Vista, distrito décimo, Venado, y doce, Monterrey, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Didier Alfaro Vargas y calle pública con un frente a ella de quinientos ocho metros con once centímetros lineales; al sur, Narciso Vargas Ramos y en parte quebrada en medio de Narciso Vargas Ramos; al este, Luis Enrique Alfaro Vargas, Narciso Vargas Ramos y al oeste, Ricardo Rodríguez Barquero, en parte Quebrada y Río Jicarito en medio de Ricardo Rodríguez Barquero. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado N° A-1847261-2015, una superficie de treinta y cinco hectáreas dos mil trescientos cinco metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió mediante donación que le hiciera su madre Jenny Vargas Rojas, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad dos-trescientos-ochocientos cincuenta y cuatro, vecina de Linda Vista de Venado de San Carlos, ciento cincuenta metros al este de la Plaza de Deportes, mediante testimonio de escritura número 215, otorgada ante el notario Ricardo Reyes Cálix y quien le transmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de quince millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N° 16-000071-0298 AG, establecida por Luis Enrique Alfaro Vargas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de junio de 2016.—Ana Milena Castro Elizondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044562 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000097-0298-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hilario Gerardo Chavarría Villalobos, quien es mayor, casado por segunda vez, comerciante, vecino de San Ramón, Alajuela, 100 metros al este y 75 metros al norte del aserradero San Juan, cédula de identidad Nº 6-0156-0770, quien solicita se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describe así: Finca primera: terreno de pasto y reforestación, sito en La Nueva Lucha del Amparo, distrito tercero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela. Mide de acuerdo al plano aportado A-1799973-2015 una superficie de cuarenta y nueve mil setecientos dieciséis metros. Colinda al norte, Hilario Gerardo Chavarría Villalobos; al sur, Francisco Cordonero Urbina; al este, Manuel González Morera y quebrada sin nombre y al oeste, Héctor Cordonero Urbina en medio quebrada sin nombre. Manifiesta el titulante que el terreno lo adquirió del señor Luis Ángel Delgado Delgado, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Nueva Lucha del Amparo de Los Chiles, Alajuela, 200 metros al noroeste de la escuela, cédula de identidad Nº 9-0067-0154, con quien no le liga parentesco, mediante carta de venta protocolizada en escritura pública Nº 333 otorgada a las 17:30 horas del 18-05-2009 ante el notario José

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 24 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Jorge Antonio del Carmen Miranda Avendaño, mayor, casado, nacionalidad 0400540381, comerciante y vecino de Tibás, frente a Pizza Hut. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000167-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 30 de junio del 2016.—Farith Suárez Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2016044132 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en el proceso sucesorio en sede notarial de Francisco Espinoza Cambronero, con cédula de identidad número uno-cero trescientos cincuenta y tres-cero novecientos sesenta y uno, quien fue mayor de edad, pensionado, casado en primeras nupcias, vecino de San José, para que en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 3006-2016. Notaría del Bufete del Licenciado Manuel Pérez Blanco.—Lic. Manuel Pérez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016044152 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de Santiago Ramón Chaves Arroyo, quien fue mayor, casado en primeras nupcias, pensionado, cédula dos-cero doscientos veintidós-cero cero ochenta y siete, vecino de San José, Pérez Zeledón, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número uno-dos mil dieciséis. Notaria del Lic. Olman Vargas Cubero. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste, del Parque, en Vargas Abogados, segundo piso.—San Isidro, 19 de junio del 2016.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2016044155 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Sobeida de La Trinidad Madrigal García, quien fuera mayor, casada, ama de casa, vecina de Mercedes Norte de Puriscal, cédula de identidad número seis-doscientos veinticinco- ciento uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Publíquese por una única vez. Sucesión Nº 16-100063-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 16 de junio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016044158 ).

Sucesorio de César Medina Barrantes, soltero, cédula número 1-0964-0147 por este medio convoco a herederos y cualquier interesado para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente en que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi Notaría ubicada en la ciudad de San José, Avenida 6, calle 24 bis, casa 626, hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo se procederá la herencia pasará a favor de quienes en Derecho corresponda. Expediente N° 2016-012806-DLB.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2016044172 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Nidia Vega González, cédula uno-cuatrocientos nueve-ciento cuarenta y ocho, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta sur del Correo de Heredia. Expediente 6-2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN2016044180 ).

sucesorio conjunto de quien en vida fueron Juan Carlos Cabalceta Matarrita, quienes fue mayor, soltero, soldador y constructor, último domicilio en Guanacaste, Nicoya, Nosara, Santa Marta, del puente 50 metros al norte, frente a la plaza, cédula: 5-249-322; falleció el 17 de noviembre de 2015. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. William Chaves Villalta, San José, avenida 14, calles 10 y 12, número 1040, teléfono: 2233-9390.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—( IN2016043959 ).

Se cita a herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue, Edgar Guido González Rodríguez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula cuatro-cero cero setenta-cero cero trescientos cuatro y vecino de Poas de Aserrí, San José de la guardia Rural ciento cincuenta metros sur a fin de que se apersonen dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto a esta notaría en San José Barrio distrito Catedral de la iglesia la Dolorosa setenta y cinco metros sur frente a Coopenae. En defensa de sus derechos. Bajo apercibimientos de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 10-2016.—Lic. José Antonio Agüero Morales, Notario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043969 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lidiette Cristina del Carmen Muñoz Bolaños, mayor, ama de hogar, Divorciada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad número 0900150286 y vecina de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000073-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 20 de mayo del 2016.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2016043986 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rodolfo Monge Segura, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad N° uno-trescientos seis-seiscientos sesenta y seis, vecino de San Antonio de Desamparados, del Liceo de San Antonio, setenta y cinco metros noroeste y es gestionado por Hazel Tatiana Monge Calvo, mayor, divorciada, abogada, cédula de identidad uno-novecientos cuarenta-ciento sesenta y tres. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de este proceso aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-100129-0237-CI (134-1-16).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de mayo del 2016.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—( IN2016043987 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Runia Corrales Fallas, a las dieciséis horas del tres de julio de dos mil dieciséis; comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Alba Iris Fallas Zúñiga. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Mariana Campos Jiménez.—San José, 04 de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016044014 ).

Por escritura pública número ciento veintidós, del tomo cuatro, otorgada en esta notaría, a las once horas del veintidós de junio del dos mil dieciséis, se declaró abierto proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Mario Adolfo Espinoza Lezcano, cédula nueve-cero setenta y nueve-trescientos diecisiete, chofer, casado una vez, vecino de Barrio San Vito Nuevo, casa número dos, cien metros oeste del hospital del lugar.—Coto Brus, Puntarenas.—Lic. Ana Vita Ureña Valvelde, Notaria.—1 vez.—( IN2016044118 ).

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sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000014-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de febrero del 2016.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2016044273 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Martin Segura Quirós, mayor, cédula de identidad uno-cero cuatrocientos cincuenta y nueve-cero quinientos setenta y nueve, casado una vez, transportista, con domicilio en San José, Desamparados, Patarrá, quinientos metros al este del Ebais Quebrada Honda, casa dos plantas, color beige, mano izquierda, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda, Expediente N° 0002-2016, San José, 09:00 horas del cinco de julio del 2016, Notaría de la licenciada Brenda Gloriana Soto Ortiz, teléfono: 8888-9961, correo: [email protected].—Licda. Brenda Gloriana Soto Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2016044278 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Olga Marta Sanabria Sanabria, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Sarapiquí, Nueva Cinchona, portador de la cédula de identidad número uno trescientos setenta y ocho-cero sesenta y cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: N° 15-000031-1309-CI.—22 de febrero de dos mil dieciséis.—Lic. Ólger Martín Pérez Gómez.—1 vez.—( IN2016044279 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas del cinco de julio del año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento de quien en vida fue Alfredo Miguel Delgado Murillo, costarricense, mayor de edad, casado una vez, ingeniero eléctrico, vecino de Betania de Montes de Oca, frente al estacionamiento de la Facultad de Odontología, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio Brenes, con cédula de identidad número uno-cero doscientos ochenta y ocho-cero trescientos sesenta y uno; esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato bajo expediente Nº 0001-2016. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Milena Jaikel Gazel, situada en la ciudad de San José, Sabana Norte, edificio Torre La Sabana, piso siete, Bufete Soley, Saborío & Asociados, teléfono 2290-7220.—San José, dieciocho horas del cinco de julio del dos mil dieciséis.—Licenciada Milena Jaikel Gazel, Notaria.—1 vez.—( IN2016044284 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Carlos Manuel Aguilar Navarro, a las 11:00 horas del 27 de junio del 2016 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera María Josefina Navarro Rodríguez, cedula N° 3-0106-0022, mayor, casada una vez, vecina de Cartago, Guadalupe, quien falleció en Cartago el día 02 de junio del 2010. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Francisco Manuel Conejo Vindas, San José, Barrio don Bosco, Centro Corporativo Internacional, piso 6, esquina de avenida 6 y calle 26, teléfono: 2248-2101.—Lic. Francisco Manuel Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—( IN2016044292 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue María Luisa Hernández Esquivel, mayor, cédula de identidad N° 400920253, ama de casa, casada tres veces, separada de hecho, vecina de Heredia, San Rafael, de Pollos

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos Alberto Rojas Vallejos, cédula uno-mil trescientos treinta y cuatro-cuatrocientos nueve, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta sur del correo de Heredia. Expediente 5-2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN2016044182 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Cecilia Rojas Solano, mayor, casada, nacionalidad costarricense, número de cédula 01-0330-0955, vecina de San José, cantón San José, distrito Catedral. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000256-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 13 de junio del año 2016.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—1 vez.—( IN2016044197 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó Sara Cordero Loaiza, Ernestina, Roque Enrique, Javier y Amado, éstos últimos Rodríguez Cordero, mayores, estado civil que se indica , nacionalidad Costa Rica, con documentos de identidad Nº 3003902054, 301180384, 0301260375, 0301600303 y 0301440208 respectivamente y todos vecinos de San José, Moravia San Blas. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000056-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016044230 ).

Yo, Jenny Ramírez Robles, Notaria comunico a quien interese que en mi notaría ubicada en Rohrmoser, Plaza Mayor, segundo piso, oficina número quince, se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó: Manuel Francisco Agüero Vargas, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Tilarán, de la esquina sureste de la iglesia católica setenta y cinco metros al sur, cédula de identidad número seis-cero cero treinta y dos-cuatrocientos cuarenta y nueve. Cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos.—San José, veintinueve de junio del dos mil dieciséis.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—( IN2016044244 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Richard Gerardo Espinoza Álvarez y Monserrat Dormond Espinoza, a las 09:00 horas del 13 de junio del año 2016 y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Mario Enrique Espinoza Álvarez, portador de la cédula de identidad Nº 5-0200-0575, vecino de San José. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Arvid Bokenfohr Solís, San José, Curridabat, cien metros oeste del Supermercado AM PM, Edificio Parabellvm, con teléfono 2272-7137.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016044257 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel González Moya, mayor, viudo, agricultor, con documento de identidad Nº 0301360508 y vecino de Limón, Guayacán de Guácimo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer

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Bene 100 metros al este y 25 metros al norte, primera alameda a mano derecha, urbanización Arguedas Molina, quien falleció en Centro San Rafael de Heredia, el día 05 de mayo del 2002, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quienes corresponda por testamento. Expediente sucesión N° 002-2016.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—( IN2016044312 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Shelly (nombre) Grover (apellido), quien en vida fue, mayor, casada una vez, empresaria, vecino de Escazú, Bello Horizonte, condominio Santa Fe, unidad A, cuarenta y dos, cédula de residencia permanente número ciento treinta y cinco-seis cero cero cero cero-ocho cinco tres dos, quien falleció el día diecisiete de diciembre de dos mil quince, en San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2016. NCC Abogados, Escazú, frente a hospital Cima, San José, edificio Fuentecantos, continuo al Bac San José de la pista, pisos uno y dos, teléfono 2288 64 64.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario Público.—1 vez.—( IN2016044320 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de José Eduardo Fargas Arroyo, quien fue mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de Barrio Dent, Montes de Oca, San José, con cédula de residencia de Costa Rica Nº 121800005927, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de 30 días a hacer valer sus derechos, en la oficina de la notaria Luzmilda Vargas González,, sita en San José, Barrio Luján en tope de avenida 12 bis, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2016. Sucesión de José Eduardo Fargas Arroyo.—San José, 5 de julio del 2016.—Licda. Luzmilda Vargas González y Lic. Luis Sáenz Carranza, Notarios.—1 vez.—( IN2016044341 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Monge Hernández, quien fue mayor, soltero, pensionado, con cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y siete-trescientos cincuenta y ocho, vecino de San José, Curridabat, de Cortel cien metros al este y cincuenta metros al sur, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia respectiva pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio Nº 001-2016. Notaria pública licenciada Norma Lucía Palma Brenes.—San José, 21 de junio del año 2016.—Lic. Norma Lucía Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016044347 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Dagoberto Jiménez Valverde, quien fue mayor, casado una vez, empresario agrícola, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo, cédula de identidad N° 1-0200-0821, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no, se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-100075-0217-CI. Sucesión de Dagoberto Jiménez Valverde.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 26 de abril del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016044353 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Céspedes Araya, mayor, soltero, administrador, vecino de Cartago, Tres Ríos, con documento de identidad Nº 0110640330. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000331-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044363 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Karen Natalia Ortega Herrera, mayor, soltera, del hogar, costarricense, con documento de identidad N° 01-1382-0651 y vecina de Heredia, Bajo Los Molinos. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000395-0370-CI (2).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 24 de noviembre del 2015.—Licda. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—1 vez.—( IN2016044369 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Virginia Fournier Guevara de Urcuyo, mayor, del hogar, viuda de sus primeras nupcias, cédula número 1-0138-0665, vecina de San José, fallecida el 14 de marzo de 2016, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan al expediente N° 0003-2016, para acreditar o reclamar en defensa de sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Arturo Fournier Fació, Bufete Fournier Fació & Asociados, calle 29, entre avenidas 0 y 8, Apartamento Sully N° 7, San José, fax 2225-8349.—Lic. Arturo Fournier Fació Notario.—1 vez.—( IN2016044406 ).

Por solicitud de apertura de proceso sucesorio ad intestato hecha por Lidier Val ver de Rojas y otros, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Angelina María Rojas Bermúdez, quien en vida fuera mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número: dos-doscientos treinta y uno- quinientos treinta y tres, vecina de Puntarenas, Golfíto, Pavones, La Hierba. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. San José, barrio La California, calle 19-21, edificio 40 N. Teléfono 2233-6439. Expediente N° 01-006-2016.—San José, 04 de julio del 2016.—Lic. Derroy Jeiner Navara Beita, Notario.—1 vez.—( IN2016044412 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Jeannette Pastrano Castro, mayor, soltera, ama de casa, con cédula Nº 6-127-831, de Filadelfia, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, balo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda, notaría del Lic. Roberto Paniagua Vargas, teléfono Nº 2688-8661, Fax Nº 2688-8682.—Filadelfia, 30 de Junio del 2016.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016044420 ).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general a la sucesión notarial del señor José Olman Barboza Loaiciga, mayor, divorciado una vez, pensionado, cedula siete-cero cero dos seis-tres cero tres, vecino de Limón centro, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a la notaria que se indicara a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasara a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en el sucesorio notarial número NA W-cero cero cuatro-dos mil dieciséis, de José Olman Barboza Loaiciga gestionan, Olman Barboza Orias, Ileana Barboza Orias, Giselle María Barboza Orias, Janel Barboza Orias, Eduardo Barboza Orias. Oficina del notario Northon Allen White, ubicada en Costa Rica, Limón, centro, setenta y cinco metros al oeste de la gasolinera Danny Hayling, fax 2758-1673, correo electrónico [email protected].—Limón, 22 de junio del 2016.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1 vez.—( IN2016044422 ).

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 27

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de los señores, Manuela Díaz Barboza, cédula número uno-trescientos diecisiete-cuatrocientos setenta, quien fue mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Santiago de Puriscal, barrio El Carmen, según inscripción de defunción que se ve en el Registro Civil, Sección de Defunciones, partido de San José, al tomo quinientos, folio cuatrocientos setenta y seis, asiento ciento cincuenta y uno, de lo que el suscrito Notario da fe, y Reginaldo Ramírez Barboza, cédula número uno-doscientos setenta y ocho-cuatrocientos nueve, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Santiago de Puriscal, barrio El Carmen, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edito comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría del notario público, Rolando Alfredo Corella Cruz, sita en San José, en avenidas dos y seis, calle diecisiete, número doscientos setenta y ocho (Edificio Mamura), y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos a que, si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio notarial de Manuela Díaz Barboza, y Reginaldo Ramírez Barboza. Expediente Nº 0001-2016.—San José, 07 de julio de 2016.—Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario tramitador.—1 vez.—( IN2016044440 ).

Conforme lo dispuesto por los artículos novecientos veintidós y siguientes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Israel Ramírez Pacheco, y para que en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el entendido de que sí no lo hacen la herencia pasará a quiénes legalmente corresponda.—Palmares, cinco de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016044457 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gerardo Chinchilla Pérez, mayor, casado una vez, profesor de matemática, costarricense, con cédula de identidad número tres-cero ciento setenta y cuatro, y vecino de Cartago, Central, urbanización El Molino casa veinte. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°16-000278-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044472 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Félix Nataniel Cyrus Catlin, quien en vida fue mayor, divorciado una vez, pintor, con cédula Nº 7-0030-0470, quien falleció el pasado 8 de enero del 2002, para que dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Fax: 2276-7217. Expediente N° 0004-2016. Notaría de la Licda. Ingrid Brown Sequeira. Notifíquese.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2016044474 ).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del treinta y uno de marzo del año dos mil dieciséis, a solicitud del señor Félix Norberto Núñez Arias, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatro cuarenta y nueve-cero setecientos ochenta, se dio apertura al sucesorio Ab Intestato en sede notarial de Rafaela Clodomira Hidalgo Quirós, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número tres-cero cero noventa y uno-cero cuatrocientos setenta y dos, vecina de Horquetas de Sarapiquí, Heredia. Se cita y emplaza a todos sus herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que en el improrrogable término de treinta días se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—San José, cuatro de julio de dos mil dieciséis.—Licda. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2016044482 ).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del cuatro de enero del año dos mil dieciséis, a solicitud de la señora Marleny Rafaela Sánchez Araya, portadora de la cédula de identidad número seis-cero ciento cincuenta y uno-cero trescientos ochenta y nueve se dio apertura al sucesorio Ab Intestato en Sede Notarial del señor Roberto Sánchez Mora, mayor, casado, pensionado, cédula de identidad número dos-cero ciento cincuenta y seis-cero quinientos cincuenta y ocho, vecino de Golfito. Se cita y emplaza a todos sus herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que en el improrrogable término de treinta días se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—San José, primero de julio de dos mil dieciséis.—Licda. María Elena Salazar Díaz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2016044483 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien fue Joaquín Acuña Murillo, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi Despacho situado en Heredia, para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Joaquín Acuña Murillo. Expediente Nº 2015-004. Notaria Angioletta Alvarenda Venutulo.—Heredia, 5 de julio del 2016.—Lic. Angioletta Alvarenda Venutulo, Notaria.—1 vez.—( IN2016044499 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien fue Alejandro Agüero Chacón, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi Despacho situado en Heredia, para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Alejandro Agüero Chacón. Expediente Nº 2015-003. Notario Angioletta Alvarenda Venutulo.—Heredia, 5 de julio del 2016.—Lic. Angioletta Alvarenda Venutulo, Notario.—1 vez.—( IN2016044500 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Valex Miles Adnijah Bryan, a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, y comprobado el fallecimiento de Sarah Maud Pennat Reid Reid, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Siquirres, Madre de Dios, ciento cincuenta metros al oeste de la Iglesia Evangélica, con cédula número siete-cero veinte-ochocientos cincuenta, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciado Carlos Eduardo Solano Serrano, alto de Tienda Pirámide, teléfono 2768-0101, seis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—( IN2016044510 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue el señor James (nombre) Laque (apellido) quien no utilizaba segundo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado, ingeniero de custodia, vecino de dos mil trescientos uno, Quinta Avenida, apartamento seis CC, diez mil treinta y siete, New York, Estados Unidos de América, número de seguro social cuatrocientos treinta y tres-cuarenta y dos-cero cuatrocientos setenta, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, sito en San José, barrio don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados, a fin de hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de James Laque. Expediente Nº 0001-2016.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016044517 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Jorge Luis Mora Villalta, a las trece horas del veintiuno de mayo del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara

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abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Jorge Enrique Mora Sequeira, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-doscientos uno-trescientos ochenta y tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Erick Giovanni Fallas Siles, con oficina abierta en San José, teléfono dos dos tres cero-tres tres dos tres.—Lic. Eric Giovanni Fallas Siles, Notario.—1 vez.—( IN2016044530 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Evelia Blanco Solano, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, con cédula número uno-ciento sesenta y uno-trecientos setenta y siete, vecina de Buenos Aires, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 13-100034-1046-CI(41-13) de Álvaro Quesada Blanco.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 04 de septiembre del 2013.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2016044534 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eunice Borloz Osorio, mayor, estado civil casada una vez, profesión profesora pensionada, nacionalidad costarricense, con cédula de identidad Nº 0600830990 y vecina de Cartago la Pitahaya residencial Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000163-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044539 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olga María Calvo Ramírez, mayor, estado civil casada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0301970736 y vecina de Cartago, Tejar del Guarco. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000161-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044540 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar Salas Moya, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad Nº 0301580827 y vecino de Santa Teresita, Turrialba, Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000030-1006-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba (Materia Civil No Contenciosa), 17 de junio del 2016.—Licenciado Wilberth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—( IN2016044548 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Tui Lin Panszczyk Frye, conocida como Tui Lin Frye con cédula uno cero nueve dos siete cero cero ocho uno, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de la provincia de Guanacaste, cantón ocho Tilaran, distrito siete Arenal, en Barrio las Palmeras, Nuevo Arenal, y Caterina Andrea Panszczyk Pignani, también conocida como Caterina Andrea Panszczyk Boncinelli, con cédula uno uno tres tres dos cero ocho tres ocho, mayor, soltera estudiante, vecina de

cinco siete cero uno, North Sheridan Road, Apartamento cinco E, Chicago Illinois, Estados Unidos de América seis cero seis seis cero, quienes se presentan como herederas testamentarias y la cónyuge supérstite, Paola Pignani Boncinelli, mayor, estado civil viuda de su matrimonio, con el causante, actualmente portadora de la cedula de identidad costarricense número ocho cero cero nueve tres cero seis nueve siete, vecina de la provincia de San José, cantón San José, en Sabana Norte en Apartotel Cristina, a las dieciséis horas del miércoles veintinueve de junio del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Nicholas Andrew Panszczyk Prentkowski, quien en vida fue mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de la provincia de San José, en Escazú, Barrio Trejos Montealegre, condominio El Emperador, unidad número cinco, costarricense naturalizado, con cédula ocho cero cero cinco cero cero cero siete tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Agustín Enrique Atmetlla Cruz, carnet 1450, con oficina en San Rafales de Montes de Oca, en calle La Antigua, frente a la entrada al Ebais, 150 metros al sur, puerta azul, teléfono: 2273-8884 (Publicar l vez en el Boletín Judicial).—Lic. Agustín Enrique Atmetlla Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2016044550 ).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Juan Evangelista Hernández Briceño, quien fue mayor, casado de primeras nupcias, agricultor, vecino de Aserrí, cédula de identidad Nº 600450085, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-100015-0217-CI. Sucesión de Juan Evangelista Hernández Briceño.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 07 de abril del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016044553 ).

AvisosSe convoca por medio de edicto, a todos los interesados, a

efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de la demanda, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, en el entendido de que si no hubiere noticias del ausente ni oposición de algún interesado, el juez declarará la ausencia, previa demostración de ella conforme con lo dicho en el artículo 71 del Código Civil y párrafo 1) del ordinal 872 del Código Procesal Civil. Publíquese por tres veces consecutivas con intervalos de un mes cada uno. Proceso de declaratoria de ausencia de Miguel Jorge Rivero Parraga venezolano, mayor de edad, casado, empresario, titular de la cédula de residencia costarricense número 186200342012. Expediente 16-400080-0197-FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 05 de abril de 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2016022988). 3 v. 3. Alt.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Rosaura Oporta Urbina, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000330-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 22 de junio del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043599 ). 3 v. 2

Se convoca por medio de edicto que se publicara por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor de edad Gonzalo Vindas Jiménez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 16-000344-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio de 2016.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043600 ). 3 v. 2

Miércoles 13 de julio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 135 — Pág 29

Se avisa al señor Aristomenes Eliezer Sánchez Matos, mayor, dominicano, panadero, cédula de residencia No 121400106907, domicilio, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio No 2014-001144-0186-FA establecido por Procuraduría General República que se tramita en este Juzgado, se dictó la Sentencia No. 846-2015 de las quince horas y ocho minutos del diecinueve de agosto de dos mil quince, que en lo conducente dice: por tanto: Con base en lo expuesto, normas legales citadas, se falla: Se acoge la demanda, declarando la inexistencia del matrimonio entre los señores Aristomenes Eliézer Sánchez Matos y la demandada María Fernanda González Segura. Firme inscríbase en el Registro Civil, la modificación aquí ordenada, y en consecuencia, debe cancelarse la inscripción del matrimonio entre ellos, pues nunca existió, cancelándose esa inscripción en la Provincia de San José al tomo quinientos diez folio doscientos noventa, asiento quinientos ochenta. Se declara nulo todo trámite y acto tendiente a la obtención de la naturalización por parte del co-demandado Aristómenes Eliézer Sánchez Matos, así como su carta de naturalización, con base en este matrimonio. De igual forma deben modificarse las citas de inscripción del nacimiento de la persona menor de edad Dereck Jesús Sánchez González, para que se inscriba como Dereck Jesús González Segura. Son ambas costas a cargo del demandado Aristómenes Eliézer Sánchez Matos. Notifíquese.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de abril de 2016.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043894 ).

Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), a Cindy Tatiana Sandoval Palma y a Jhonny David Ojeda Salinas, ambos en su carácter personal, ambos mayores de mayores, solteros, ella con cédula 0702300774, el con cedula N° 0503770995 y ambos de ocupaciones y domicilios desconocidos, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, expediente N° 15-000623-0938-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Cindy Tatiana Sandoval Palma y Jhonny David Ojeda Salinas, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: sentencia N° 374-2016. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 1° de julio del 2016. Proceso especial de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Karen Vanessa Ojeda Sandoval, Joselyn Paola Ojeda Sandoval y Julián Andrés Sandoval Palma promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licda. Ana Marcela Montero Noguera, mayor, divorciada, abogada, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y tres quinientos treinta y nueve, vecina de Liberia, en su condición de apoderada general judicial administrativa sin límite de suma, contra Jhonny David Ojeda Salinas, mayor, soltero, cédula de identidad número cinco-trescientos setenta y siete-novecientos noventa y cinco, de ocupación y domicilio desconocidos y Cindy Tatiana Sandoval Palma, mayor, soltera, cédula de identidad número siete-doscientos treinta-setecientos setenta y cuatro, de ocupación y domicilio desconocidos. Interviene el Licenciado Gerardo Camacho Nassar, en su condición de curador procesal de los accionados. Resultando: I... II... III... Considerando: I.—Hecho probados... II.—Sobre el fondo.... III.—Costas y notificacion a los demandados... Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se falla: 1) Se acoge la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Karen Vanessa Ojeda Sandoval, Joselyn Paola Ojeda Sandoval y Julián Andrés Sandoval Palma. Se le extingue al señor Jhonny David Ojeda Salinas y a la señora Cindy Tatiana Sandoval Palma el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijas Karen Vanessa Ojeda Sandoval y Joselyn Paola Ojeda Sandoval, y a la madre respecto de su hijo Julián Andrés Sandoval Palma. Se dispone poner en custodia del Patronato Nacional de la Infancia a las mencionadas personas menores de edad, esto para los efectos establecidos en el artículo 161 del Código de Familia, sea para que tenga su representación legal y para que se gestione a la mayor brevedad posible la adopción o la tutela según corresponda a su mejor interés. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela,

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ismael Mesén Arroyo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000170-1343-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), 29 de junio del año 2016.—Mariselle Zamora Ramírez.—Exonerado.—( IN2016043623 ). 3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Jesús Andrés y María ambos de apellidos Vargas Alfaro, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. 23 de junio del 2016. Expediente N° 16-000609-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y cuarenta y ocho minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exento.—( IN2016043859 ). 3 v. 2

Se hace saber que ante este Despacho, se tramitó proceso de presunción de muerte promovido por María Isabel, Rosaura Elizabeth, Dora Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos Castillo Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, es su condición de esposa la primera y el resto de hijos; encaminado a solicitar la Presunción de Muerte de Juan de Dios Castillo Calderón, conocido como Héctor Castillo Calderón, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de la provincia de Cartago del Estadio José Rafael “Fello” Meza Ivancovich; 200 metros sur y cien metros oeste, portador de la cédula de identidad número tres-cero ocho siete-tres uno nueve. En el mismo se dictó la resolución que dice: “Sentencia de primera instancia N° 258-2015. Juzgado Civil de Cartago, a las diez horas y cincuenta y siete minutos del treinta de octubre de dos mil quince. Por tanto, en mérito de lo expuesto se declara con lugar la presente acción no contenciosa, presentada por los gestionantes quienes son María Isabel, Rosaura Elizabeth, Dora Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos Castillo Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, por lo que se declara la Presunción de muerte del señor Juan de Dios Castillo Calderón conocido como Héctor Castillo Calderón y se da la posesión definitiva de los bienes del señor Castillo Calderón a sus presuntos herederos sin necesidad de fianza. Inscribirse esta sentencia en el Registro Civil para lo cual se transcribirá. Además la parte resolutiva de esta resolución deberá publicarse por tres veces en el Boletín judicial, con intervalos de quince días y también en otro medio de comunicación colectiva, en un periódico de circulación nacional o bien por medio de la radio. Licda. Ivannia Jiménez Castro, Juez. Exp. N° 13-000433-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de abril del 2016.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016043229 ). 3 v. 1

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Dayana Michelle y Randall Joel ambos apellidos Ugalde Cespedes nacidos en Alajuela, por su orden el 13 de setiembre de 2004 y el 24 de octubre del 2006 para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de Asunto Depósito Judicial de personas menores de edad. Expediente N° 15-001284-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas cuarenta y ocho minutos del seis de junio de 2016.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exento.—( IN2016044150 ). 3 v. 1

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se avisa que en este Despacho Esteban Gerardo Araya Vargas, Sofía Alejandra Valverde Agüero, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Bianca Amanda Tellez Álvarez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000252-0186-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 27 de junio del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043593 ).

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 30 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

Licenciada Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a María del Pilar Montero Arias, en su carácter personal, quien es mayor, soltera, pensionada, vecina de Heredia, cédula 101050-0149, se le hace saber que en demanda curatela. Exp: 16-000517-364-FA, establecida por Luz Marina de la Trinidad Arias Ramírez en favor de María del Pilar Montero Arias, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las a las trece horas y cincuenta y uno minutos del nueve de mayo del año dos mil dieciséis. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de insania. Practíquesele a la presunta insana María del Pilar Montero Arias, una valoración por parte de la Sección de Psiquiatría Forense del Organismo de Investigación Judicial, que abarque los extremos a que se refiere el artículo 848 del Código Procesal Civil y demás aspectos contemplados en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Curador procesal: Se nombra a Luz Marina de la Trinidad Arias Ramírez, como curadora procesal, con el fin de que represente en este proceso a la presunta insana; en conformidad con lo dispuesto en el artículo 848 Código Procesal Civil y a quien se le previene comparecer a este Despacho, dentro del plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo. Publicación de Edictos: Por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en la insania y consecuente curatela que se pide, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). Señale el promovente las personas que deben ser consideradas para el nombramiento de curador, de acuerdo con los artículos 236 del Código de Familia. El edicto será enviado electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional, para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez cumplido el plazo deberá aportarlo al despacho. Prevención: Previamente a enviar el oficio a Psiquiatría, deberá el promovente aportar un juego de copias de todo el expediente e indicar el número de teléfono de la presunta insana. Lo anterior deberá ser satisfecho dentro del plazo legal e improrrogable de cinco días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se archivará el expediente sin resolución que así lo indique. Esto, es solo una medida de orden interno de la oficina y no implica la terminación del proceso, el mismo, puede ser activado previo cumplimiento de la prevención indicada. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044136 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la presunta insana, Daniela Zumbado Delgado, mayor, soltera, estudiante, vecina de San Antonio de Belén, cédula 4-0239-0007, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por, María Isabel Delgado González, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Antonio de Belén, cédula 1-0469-0361. Expediente número 16-000566-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 27 de mayo del 2016.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044137 ).

MSC. Lianna Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese se le hace saber que en proceso de insania, expediente N° 15-000399-0292-FA, establecida por Ronald Eduardo Gómez Laurent, se dictó la resolución que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 100179-2016. Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y uno minutos del diez de febrero de dos mil dieciséis. Proceso de actividad judicial no contenciosa -declaratoria insania- promovido por Eduardo Gómez Laurent, mayor, costarricense, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad número 6-085-447. En carácter de padre de la joven Cynthia Gómez Madrigal, mayor, costarricense, soltera, cédula de identidad número 2-0614-019; ambos vecinos de Alajuela. Resultando: 1)..., 2)..., 3)... Considerando: I. Hechos probados:.., II..., III..., IV..., V..., Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de

respecto de Karen Vanessa al tomo novecientos diecinueve, folio ciento tres, asiento doscientos cinco, respecto de Joselyn Paola al tomo novecientos cincuenta y uno, folio doscientos sesenta y seis, asiento quinientos treinta y dos, y respecto de Julián Andrés al tomo novecientos ochenta y tres, folio trescientos treinta y uno, asiento seiscientos sesenta y dos. 2) Se ordena notificar esta sentencia a las personas demandadas mediante la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. 3) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia).—MSc Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—( IN2016043896 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Lorenzo Serrano Campos. Expediente número 15-000722-0687-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), 29 de enero del 2016.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043897 ).

Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; Hace saber a Gloria Cecilia Mejía Chaves, que en este Despacho se interpuso un proceso Insania, bajo el expediente número 15-002062-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: N° 402-16 Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial. Goicoechea, a las once horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil dieciséis. Proceso de actividad judicial no contenciosa-Interdicción y Curatela- promovido por Gloria Mejía Chaves, mayor, casada una vez, vecina de Tepeyac 2, Resultando: 1) Gloria Mejía Chaves solicita que se declare la insania de Henry Martin Balladares Mejía y que se le nombre a su persona en calidad de curador 2) Una vez publicado el edicto de ley, nadie se opuso a estas diligencias. 3) En el procedimiento se han observado las prescripciones legales. No se notan defectos u omisiones capaces de producir nulidad o indefensión. Esta resolución se dicta dentro del plazo de ley; y Considerando: I, II, III, IV, V, VI, VII. Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Gloria Mejía Chaves se falla de la siguiente forma:---1) Se declara el estado de interdicción a: Henry Martin Balladares Mejía.---2) Se nombra como curadora del incapaz, a Gloria Mejía Chaves, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere.---3) Aceptado que sea el cargo por la curadora, se deberá presentar en los próximos días sin señalamiento previo a prestar el juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. ---4) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que éste se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia.---5) La curadora deberá presentar el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, incluyendo lo relativo a alguna pensión que eventualmente reciba.---6) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el Periódico Oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil.---7) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes.---8) Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental o física.---9) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz. Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Persona.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Carlos Sánchez Miranda.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043898 ).

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I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo:... III.—Por tanto: En mérito de los y artículos citados se acogen la presentes diligencias de Insania, en consecuencia se declara en esa condición a Fidelina Córdoba Arrieta y se nombra como curadora de la persona insana a su hija Belén Patricia López Córdoba, quien se hará cargo de su madre, de su cuidado, de su bienestar físico y emocional de manera integral, así como de administrar el patrimonio con que cuenta o pueda llegar a contar. Se previene a la curadora para que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca personalmente a aceptar y jurar el cargo conferido. De conformidad con los ordinales 206, 215, 219, 241 del Código de Familia deberá dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, presentar inventario de los bienes del insano, luego de lo cual presentará informes anuales de su gestión artículo 237 Código de Familia. Con el fin de que la curadora represente a la persona declarada incapaz, en los asuntos judiciales en los que ésta se halle interesado u otros, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente y administrar bienes del señor Barrientos Fernández. A la firmeza de esta sentencia, se ordena la inscripción en el Registro Público y en la Sección de Personas del Registro Civil, citas de la provincia de Alajuela al tomo 290, folio 250, asiento 750. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Publíquese esta resolución por una vez en el Boletín Judicial. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal. Manuel Loría Corrales. Juez(a). Lo anterior por haberse ordenado en proceso Insania N° 15-001291-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044151 ).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en el proceso de localización de derecho promovido por German Rojas Burrillon, cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y cinco-mil cuatrocientos noventa y nueve, mayor, casado tres veces, ingeniero agrónomo, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de pasto, en forma triangular, sin cultivos, sito en el distrito once Cóbano, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Juan Félix Rodríguez Castro; al sur, con calle pública, con un frente a ella de doscientos nueve metros con setenta y tres centímetros; este, con Juan Félix Rodríguez Castro y Ana María Rodríguez Castro y oeste, con Juan Félix Rodríguez Castro, mide quince mil trescientos treinta y dos metros cuadrados, según plano catastrado número P-uno ocho cero siete cero tres nueve-dos mil cinco. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el. Lo adquirió a título de dueño, por escritura otorgada a las catorce y treinta horas del dos de febrero del año dos mil cinco, el inmueble lo estima en la suma de quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Localización de derecho N° 16-100039-0642-CI, promovido por German Rojas Burrillon.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—( IN2016044313 ).

Se hace saber al señor José Epaminondas Trujillo Rojas, de nacionalidad colombiana, pasaporte Nº PCC9808780, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso abreviado divorcio Nº 2016-000026-0186-FA (2) establecido por Astrid Gacela Guadron Manfut, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, sin declaración en cuanto a gananciales por no existir, y con guarda crianza a cargo de la madre. Se solicita la disolución del vínculo matrimonial. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de junio de 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2016044381 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Phillip Jesús Piedra Orlich, mayor, soltero, documento de identidad N° 0113820699, vecino de San

Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, formulado por Ronald Eduardo Gómez Laurent, se resuelve de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción de la joven Cynthia Gómez Madrigal, en los siguientes extremos de su vida: no puede ejercer su derecho al sufragio, tampoco ser electa en cargos públicos. No está en capacidad: para administrar sus bienes ni opinar sobre los mismos, retirar ni administrar su pensión, realizar gestiones bancarias, administrar pequeñas sumas de dinero, gestionar en sede judicial o administrativa o al menos emitir opinión sobre este particular, controlar asuntos financieros o al menos emitir opinión sobre el particular, obligarse en asuntos mercantiles u omitir opinión sobre esto, aceptar donaciones, herencias o legados o al menos emitir opinión sobre este particular, vivir de forma independiente ni elegir donde y con quién vivir, acceder a su correspondencia sin intervención de terceros, incluyendo aquellas que las asisten, no puede trabajar, contraer matrimonio, ejercer su sexualidad, adoptar personas mayores o menores de edad, ejercer todos o algunos de los atributos de la responsabilidad parental, ejercer la tutela de las personas menores de edad. Así mismo requiere de continuar con su control médico en Psiquiatría y seguir con el tratamiento que se le recomiende por parte de dichos profesionales. Requiere de una persona responsable que supervise que tome adecuadamente su medicación y que tenga condiciones de vida adecuada, además de buscar atención médica pronta si empieza a mostrar síntomas de descompensación de su enfermedad. 2) Se nombra como curador de la incapaz, a su padre el señor Ronald Eduardo Gómez Laurent, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea el cargo por el curados, se señalará el día y la hora para que se presente a prestar el juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. 4) Con el fin de que el curador represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que éstos se hallen interesados, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5) El curador deberá presentar el inventario y el avalúo de todos los bienes de los incapaces. 6) Queda dicho curador en calidad de padre exento de rendir fianza o bien informes de su administración, salvo la cuenta final. 7) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil. 8) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente a la inhábil y administrar sus bienes (no disponer libremente de ellos). 9) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044148 ).

Se avisa a la señora Kimberly Dayana Suárez Sequeir, mayor, costarricense, cédula de identidad número 04-0245-0444, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita expediente Nº 15-000788-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito judicial de la menor Yasiel García Suarez. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 15-000788-1302-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del veintidós de abril de dos mil dieciséis.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044149 ).

Msc. Lianna Mata Méndez. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese le hace saber que en proceso insania N° 15-001291-0292-FA, establecido por Belén Patricia López Córdoba, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N°100899-2016 . Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas y treinta y nueve minutos del diecisiete de junio de dos mil dieciséis. Actividad Judicial No Contenciosa -Declaratoria de Insania- de Fidelina Córdoba Arrieta, mayor de edad, casada una vez, sin ocupación, cédula de identidad número 202900750, promovido por Belén Patricia López Córdoba, quien es mayor de edad, casada una vez, ama de casa, ambas son vecinas de Santiago Oeste del Coco, Alajuela, cédula de identidad número 110220183. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... 4º—... Considerando:

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Antonio de Belén de Heredia, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Phillip Jesús Piedra Orlich, por el de Phillip mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 16-000239-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de mayo del 2016.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—( IN2016044382 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 16-001017-0338-FA, Wilfrido Chavarría Herrera, solicita se apruebe la adopción de hijo de cónyuge de la persona menor de edad Jaustin Steve Salvatierra Hernández. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 09 de junio del 2016.—Licda. Karina María Víquez Hernández, Notaria.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044490 ).

Licenciado José Mauricio Reyes Jiménez, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Marlon Espinoza Gutiérrez, en su carácter , quien es mayor, cédula de identidad 7-0378-0763, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas y treinta y cuatro minutos del veintiocho de junio del año dos mil dieciséis. De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Justin Johef Espinoza, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Verónica De Los Ángeles Chacón Cárdenas y Marlon Espinoza Gutiérrez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con el fin de realizar la audiencia de ley, se señalan las trece horas con treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis. En otro orden de ideas, tal y como lo solicita el ente promovente, se ordena el depósito provisional del menor de edad Justin Johef, en el domicilio del señor José Francisco Fallas Navarro. Notifíquese esta resolución a Verónica de Los Ángeles Chacón Cárdenas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Delegado de Proximidad de San Isidro de León Cortes. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Ahora bien, en virtud de que se desconoce sobre el paradero del señor Marlon Espinoza Gutiérrez, notifíquese al mismo por medio de edicto. Notifíquese. Expediente 16- 001543-0338-FA-01.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de junio del 2016.—Licda. José Mauricio Reyes Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044493 ).

Licenciada Karina María Víquez Hernández, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Ana Teresa Guillén Barquero, en su carácter personal, quien es mayor, de calidades desconocidas, cédula Nº 03-0494-0405, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por PANI contra Ana Teresa Guillén Barquero, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las nueve horas y veinticuatro minutos del catorce de enero del año dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Steven Daniel Guillén Barquero, planteado por contra , a quien se le concede el plazo de cinco días, para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. En otro orden de ideas, tal y como lo solicita el ente actor, se ordena como medida cautelar el deposito provisional del niño Steven Daniel, en el Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Delegado Policial de Paraíso de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente Nº 16-000038-0338-FA-01.—Cartago, 14 de junio de 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044558 ).

El licenciado Leonardo Loría Alvarado, juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber a Marta Eugenia Moreira Prieto, número de identificación 602960374 que en este juzgado se tramita un proceso en su contra por declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, pérdida de la responsabilidad parental y depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, bajo la sumaria Nº 15-001027-1146-1146-FA, dentro del cual se ha ordenado notificarle la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las once horas del veintinueve de enero del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, pérdida de la responsabilidad parental y depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Marta Eugenia Moreira Prieto, a quien se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad de interés Daniel Moreira Prieto bajo la responsabilidad de la señora María Jeannette Tolinson Prieto, a quien se le previene presentarse a aceptar el cargo conferido.

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Asimismo, se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Marta Eugenia Moreira Prieto mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Pococí, por ser habida la misma en Guápiles centro, 50 metros norte de la empresa de autobuses Los Badilla, casa de color anaranjada, y de igual manera a la depositaria judicial provisional de la persona menor de edad involucrada por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de esta localidad ser habida en Puntarenas, Barrio 20 de noviembre, del salón Jiménez 200 metros norte y 75 metros oeste, precario Obando Chan, casa de fibrolit, cercada por malla, color verde agua. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 06 de julio del 2016.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044568 ).

Lic. Héctor Ruiz Salas, juez, se encuentra la sentencia de las quince horas y veinte minutos del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, a las quince horas y veinte minutos del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis. Resultando: I) ... II)... III) ... IV... Considerando: I.—Hechos probados: 1... 2)... 3)... 4)... 5)... II.—Hechos no probados: III.—Sobre el fondo: ... III.- ... IV.-... V.-... VI.- ... VII.- ... VIII.-... Por tanto: de conformidad con lo expuesto y lo regulado en el artículo 53 de la Constitución Política, artículos 2, 8, 69, 70, 71, 91, 92, 98 y 98 bis, y siguientes del Código de Familia, artículos 15, 30 y siguientes y concordantes del Código de la Niñez y la Adolescencia, así como lo establecido en los artículos 3, 5, 9, 10 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Convención Americana de los Derechos Humanos, y demás convenciones y tratados vigentes a la fecha, se declara con lugar la demanda de declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad, de Norha Álvarez Caicedo contra William Milton Jenkins Paniagua y Jaime Eberto Garzon García; resolviendo de la siguiente manera: a) Se declara con lugar la declaratoria de extramatrimonialidad, siendo que se declara que la menor de edad Elena Garzon Álvarez no es hija del señor Jaime Eberto Garzon García, para lo que se deberá de modificar las citas inscripción del nacimiento de la menor de edad, en el Registro Civil, en la Sección de Nacimientos, provincia de Cartago, al tomo: quinientos treinta y cinco, folio: cuatrocientos quince, asiento: ochocientos treinta. b) Asimismo se declara con lugar la investigación de paternidad presentada por la señora Norha Álvarez Caicedo, contra William Milton Jenkins Paniagua. c) Se declara que la menor de edad Elena Garzon Álvarez es hija del señor William Milton Jenkins Paniagua. d) La menor de edad Elena tendrá derecho a llevar el apellido del señor William Milton Jenkins Paniagua por lo que en adelante se llamará Elena Jenkins Álvarez. e) La menor de edad Elena Jenkins Álvarez, tiene derecho a ser alimentada por su padre, obligación que se retrotrae a la fecha de presentación de ésta demanda 17 de abril de 2015 y deberá ser liquidada en el proceso alimentario correspondiente, asimismo tiene todos los derechos que devienen de las obligaciones de su padre como progenitor y tendrá derecho a sucederle ad intestato. f) Se rechaza la pretensión de cobró de gastos de embarazo, maternidad, esto por cuanto se demostró que el señor William Jenkins Álvarez, suplió las necesidades de la menor Elena desde su concepción y hasta al menos doce años hasta que se separa de la madre de la menor. g) Se falla sin especial condenatoria en costas, puesto que se verifica que todas las partes han litiado de buena fe. h) En virtud de lo anterior firme el fallo, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Cartago, al tomo: quinientos treinta y cinco, folio: cuatrocientos

quince, asiento: ochocientos treinta. Notifíquese. Licda. Pamela Zúñiga Alemán. Jueza de Familia. Expediente N° 15-400103-0928-FA (105-1-2015)-A. Proceso especial de filiación. Declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste. Cañas, 05 de julio del 2016.—Lic. Héctor Ruiz Salas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044572 ).

Edictos MatrimonialesAnte mí Juan Carlos Retana Otárola, notario público con

oficina en San José, calles veintinueve y treinta y uno, avenida primera, casa dos mil novecientos siete, han comparecido los señores Hugo Gutiérrez Aguilar, mayor de edad, portador de la cédula de identidad costarricense número uno-quinientos uno-novecientos treinta y ocho, divorciado una vez, pensionado, vecino de San José, Vásquez de Coronado, San Francisco, doscientos metros oeste, y cien metros sur de la Estación de Bomberos y Lupita del Pilar Meoño Barrantes, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad costarricense número uno-setecientos ocho-seiscientos tres, divorciada una vez, Asistente Administrativa, vecina de San José, Vásquez de Coronado, Patalillo, Urbanización Villa Antigua, casa tres, manifiestan que se presentan ante mi Notaría con el fin de solicitar que celebre matrimonio civil, de conformidad del artículo once, trece y veinticuatro y veinticinco del Código de Familia. En cumplimiento de lo establecido en el artículo veinticinco del Código de Familia, se hace constar que los solicitantes manifiestan ser padres en el caso del señor Gutiérrez Aguilar de Vivian Gutiérrez Murillo, nacida el primero de julio de mil novecientos setenta y ocho; Hugo Alfonso Gutiérrez Murillo, nacido el dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y dos y de Gisela Gutiérrez Murillo, nacida el dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y cinco; y en el caso de la señora Meoño Barrantes, de Valeria Meoño Barrantes, nacida el veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y seis. Quien deba manifestar alguna oposición a dicho matrimonio, deberá realizarlo en los ochos días hábiles posteriores a la publicación al presente edicto, en mi Notaría, sito en San José, calles veintinueve y treinta y uno, avenida primera, casa dos mil novecientos siete.—San José, cinco de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Retana Otárola, Juez.—1 vez.—( IN2016043905 ).

José Antonio Araya Vásquez, mayor, de cuarenta y dos años de edad, divorciado en primeras nupcias, Mecánico Automotriz, costarricense, cédula de identidad 1-0878-0782 y Karol Aguilar Barrantes, mayor de cuarenta años de edad, divorciada en primeras nupcias, ama de casa, costarricense, cedula identidad número 1-0938-0745, ambos vecinos de Escazú, San Antonio, solicitan a este Despacho, la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil número 16-100099-0917-CI (109-2016) de José Antonio Araya Vásquez y Karol Aguilar Barrantes. Publíquese por única vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 1° de julio del 2016.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—( IN2016044051 ).

Arley Scnaideers Valverde Díaz y Giovanna Badilla Chacón, cédula por su orden: 1-1554-436 y 1-1176-222; vecinos de San José, Desamparados, Patarrá, Linda Vista, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente 16-400831-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 21 de junio del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez de Familia.—1 vez.—( IN2016044066 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Abraham Avilio Gutiérrez Castillo, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número tres-cuatrocientos cincuenta y nueve-cero cincuenta y seis, hijo de José Gutiérrez Madriz y Miriam Castillo Vargas, nacido en Centro Turrialba Cartago, el veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y uno, con veinticuatro años de edad, y Andersy Mata Palacios, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número tres-cuatrocientos noventa y cuatro - novecientos cincuenta y cinco, hija de José Gerardo Mata Ugalde y Kembly

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Palacios Romero, nacida en Centro Turrialba Cartago, el catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis, actualmente con veinte años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 16-000287-0675-FA-I.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 01 de julio del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044134 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Diego Daniel Varela Castillo, mayor, estado civil soltero, profesión transportista, cédula de identidad número 6-0322-0985, vecino de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, de la iglesia católica de Rosales, 200 metros al este y 100 metros al norte, hijo de Daniel Varela Salazar y Nuria Castillo Morales, nacido en Puntarenas el 11 de agosto de mil novecientos ochenta y dos, con 33 años de edad, y Yerlin Vanessa Araya Ramírez, mayor, estado civil, profesión ama de casa, cédula de identidad número 05-0346-0577, vecina de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, de la iglesia católica de Rosales, 200 metros al este y 100 metros al norte, hija de Rubén Araya Fuentes y Virginia Ramírez Picado, nacida en Guanacaste el 25 de julio de mil novecientos ochenta y cinco, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente. 16-000498-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 22 de junio del 2016.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—( IN2016044135 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Andrey Adolfo Gómez Mata, mayor, Soltero, clínico automotriz, cédula de identidad número 0304730459, vecino de San Rafael de Oreamuno 475 noreste de la Plaza de Deportes del lugar, hijo de Melanea Mata Guzmán y Adolfo Gómez Méndez, nacido en Oriental Central Cartago, el 04/10/1993, con 22 años de edad, y Yendry Carolina Madriz Vargas, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad número 0304850252, vecina San Rafael de Oreamuno del Abastecedor el Halcón Negro diagonal 1 calle 33, hija de Zayda Damaris Vargas Segura y Heriberto Madriz Jiménez, nacida en Oriental Central Cartago, el 01/03/1995, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-001592-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 4 de julio del 2016.—Lic. José Mauricio Reyes Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016044138 ).

Ricardo Antonio López Hernández, mayor de edad, divorciado dos veces, pensionado, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y uno-doscientos setenta y cinco, vecino de San José, Aserrí, San Gabriel, de la plaza pública de La Trinidad, quinientos metros al noroeste, y cien metros sur; y Lilliam Juana Solórzano Sánchez, mayor de edad, divorciada una vez, agricultora, cédula de identidad número siete-ochenta-quinientos veintinueve, vecina de San José, Aserrí, San Gabriel, de la plaza pública de La Trinidad, quinientos metros al noroeste, y cien metros sur, que han manifestado ante esta notaria su voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la celebración del mismo deberá manifestarlo por escrito o vía fax al Nº 2-219-70-89; en los siguientes ocho días naturales ante mi notaría, situada en San José, Desamparados, Gravilias, residencial Los Claveles, casa ochenta y siete E. Es todo.—Veintidós de junio del dos mil dieciséis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016044302 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Katherine Paola Brenes Mata, mayor, soltera, ama de casa, de veinticuatro años de edad, hija de Julio Alberto Brenes Plazaola

y Kattya Yalbicia Mata Aguilera, portadora de la cédula de identidad número cero siete cero dos uno dos cero dos uno ocho, nacida el veintiocho de enero del año mil novecientos noventa y dos, vecina de Siquirres, barrio El Cocal, doscientos cincuenta metros al oeste del Ebais, casa mixta de dos plantas y el señor Daniel Gómez Rojas, mayor, divorciado, taxista y peón agrícola, de sesenta y un años de edad, hijo de Rafael Gómez Mayorga y Carmelina Rojas Núñez, portador de la cédula de identidad número cero tres cero cero cincuenta y cuatro cero nueve cinco ocho, nacido el nueve de junio del año mil novecientos cincuenta y cinco, vecino de Siquirres, barrio El Cocal, doscientos cincuenta metros al oeste del Ebais, casa mixta de dos plantas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-000732-1307-FA. Este edicto debe, será publicado solo una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de julio del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—( IN2016044489 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Esteban Alberto Víquez Navarro, mayor, soltero, contador, vecino de San Rafael de Oreamuno 25 m norte 25 este de la entrada principal del Residencial Tatizcu, cédula de identidad número 0303960176, hijo de Aracelly Navarro Calvo y Jorge Alberto Víquez Garita, nacido en Oriental Central Cartago, el 23/07/1984, con 31 años de edad, y Johanna Marcela Rodríguez Alfaro, mayor, soltera, administradora, cédula de identidad número 0304360138, vecina de Cartago Central San Francisco Urbanización Cocori, casa 27 del súper del sur 100 m sur y 50 m oeste, hija de Carmen Mireya Alfaro Coto y Rolando Rodríguez Gómez, nacida en Oriental Central Cartago, el 11/04/1989, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-001108-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 5 de julio del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044491 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: María de los Ángeles Palacios Picado, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 1-1562-758, vecina de La Milpa, Guarari, 25 sur y 25 oeste de la abastecedor La Central, casa 52-3, hija de Ángel Palacios Picado y María del Pilar Picado Leiva, nacida en Heredia con 22 años de edad, y Guillermo Alberto Calderón Ramírez, mayor, soltero, albañil, vecino de La Milpa, Guarari, 25 sur y 25 oeste de la abastecedor La Central, casa 52-3, cédula de residencia Nº 155818104422 hijo de Javier Enrique Calderón Hernández y Laura Ramírez Ugarte, nacido en Managua, Nicaragua, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-001231-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 27 de junio del 2016.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044492 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Juan Francisco Romero Cordero, mayor, soltero, operador industrial, cédula de identidad Nº 03-0428-0786, vecino de Cartago, Guadalupe, 25 metros al oeste del Hogar de Ancianos Manos de Jesús, hijo de Maritza Elena Romero Cordero, nacido en Cartago, Oriental, Central, el 16/06/1988, con 28 años de edad, y Hazel Shirley Alvarado Abarca, mayor, divorciada de Cristian Antonio Fuentes Sandoval el 07/04/2010 en Cartago, ama de casa, cédula de identidad Nº 03-0402-0128, vecina de igual a la anterior, hija de Gladys Abarca Guillén y Gilber Alvarado Álvarez, nacida en Cartago, Oriental, Central, el 19/04/1985, actualmente con 31 años de edad, indican los promoventes tener un hijo de nombre Kenyer Sabyett Romero Alvarado de 2 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del

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segunda casa, color menta, hijo de George Peters y Yorleny Cordero Martínez, nacido en Centro, Turrialba, Cartago, el 16/08/1993, con 22 años de edad, y Estefanie Lucía Solano Madriz, mayor, soltera, ama de casa y estudiante, cédula de identidad Nº 0304870086, vecina de Turrialba, Noche Buena, segunda entrada frente a la iglesia católica, segunda casa, color menta, hija de Ramón Solano Torres y Lucía Madriz Portuguez, nacida en Centro, Turrialba, Cartago, el 18/05/1995, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-000288-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 04 de julio del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044566 ).

Edictos en lo PenalMediante sentencia en firme de las diez horas del dos de junio de

dos mil quince, se condenó al imputado Carlos Gilberto Badilla Umaña por el delito de portación ilícita de arma permitida, fallo en el cual se ordenó la prestación de trabajo de utilidad pública por el plazo de un mes; sin embargo, no se dispuso el destino de la evidencia decomisada al aquí sentenciado, por lo que se ordena devolver el arma de fuego, tipo pistola, calibre 9x19 mm, marca Norinco, serie 25005945, color negra, al representante de la sociedad Soto Morales de Seguridad Privada, cédula jurídica 3-101259389. De lo anterior, es que se ordena publicar tres veces en el Boletín Judicial mediante edicto la entrega de dicha arma, con el fin de que la parte interesada se apersone ante este Tribunal a gestionar la entrega respectiva; sí en el entendido de que la parte interesada tiene el plazo de tres meses para gestionar lo que corresponda, caso contrario se ordena el comiso definitivo a favor del Estado, esto de conformidad con la Ley 6106. Exp. N° 13-110027-0243-TP.—Tribunal de Juicio de Cartago, 15 de febrero del 2016.—Licda. Adriana Sobrado Barquero, Notaria.—( IN2016042791 ). 3 v. 2

Se comunica al público en general sobre la diligencia Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 13 de julio del 2016, a las dieciocho treinta horas. En la que se destruirán:

1. Casos de Cocaína con sus envoltorios.

edicto. Expediente Nº 16-001585-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 30 de junio del 2016.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—Exonerdo.—( IN2016044494 ).

Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil. Verónica Trejos Gómez, de veinticuatro años de edad, soltera, ama de casa, nativa de Puntarenas, de la escuela el Palmar 1 kilómetro al oeste, nacida el treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa, hija de Nemesio Trejos Bejarano, vecino de Guanacaste y de Inés Eduvina Gómez Gómez, vecina de Puntarenas, cédula de identidad N° 6-0396-0292 y José Ángel Chavarría Sánchez, de veintitrés años de edad, soltero, Súper Visor de Alimento Pro-salud, vecino de la escuela el Palmar 1 kilómetro al oeste, nacido el diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y tres, hijo de José Ángel Chavarría Chavarría, vecino de Puntarenas y Sandra Sánchez Altamirano, vecina de Puntarenas, con cédula de N° 6-0407-0640. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este despacho, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio Civil. Expediente N° 16-100008-0438-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía Montes Oro. Miramar, primero de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Mora Monge, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044497 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Brayan Luis Solano Badilla, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 0503730593, vecino de La Mansión de Nicoya 250 metros noroeste de la plaza Vieja camino hacia Nicoya casa de zócalo de color amarilla, hijo de Elsi Isabel Badilla Rojas y Luis Ángel Solano Ávila, nacida en Centro, Nicoya, Guanacaste, el 13/12/1989, actualmente con 26 años de edad y Natalia Brenes Contreras, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº 0503910109, vecina de Hojancha detrás de la escuela Victoriano Mena, barrio el Invu, tercera casa a mano izquierda, de color terracota de zócalo, hija de Nelsy Contreras Chavarría y Gonzalo Brenes Chavarría, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el 07/01/1993, con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio), expediente Nº 16-000096-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya) (Materia Familia), 06 de abril del 2016.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044563 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Carlos Luis Basilio Duarte Duarte, mayor, divorciado, peón agrícola, cédula de identidad N° 5-161-767, vecino de Pavones de Nandayure, 250 metros oeste y 150 metros norte de la plaza, hijo de María Eugenia Duarte, nacido en Santa Rita de Nandayure, el 20/05/1956, con 59 años de edad, teléfono celular 84305197 y Stefanny Hellen Paniagua Arguedas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503970807, vecino de Pavones de Nandayure, 250 metros oeste y 150 metros norte de la plaza, hijo de Odilie Paniagua Arguedas, nacida en Centro de Nicoya, el 23/03/1994, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 16-000132-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 05 de mayo del 2016.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016044565 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Manfred Alberto Peters Cordero, mayor, soltero, operario industrial, cédula de identidad Nº 0304730216, vecino de Turrialba, Noche Buena, segunda entrada frente a la iglesia católica,

Miércoles 13 de julio del 2016Pág 36 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 135

Total de material a destruir: dos mil cuatrocientos cincuenta y cinco kilos y ciento treinta gramos (2,455.130).

Lo anterior, será efectuado, utilizando el incinerador de laempresa Holcim en Agua Caliente de Cartago.Conforme con el artículo 91 de la Ley sobre Estupefacientes

Sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas, Nº 8204 del 26 de diciembre del 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes. Este edicto se encuentra exento de pago en virtud del principio de gratuidad.—Juzgado Penal Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Fabián Serrano Soto, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043270 ).