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Grupo Funcional Desarrollo Social/Gasto Federalizado 1 Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Auditoría Financiera con Enfoque de Desempeño: 15-D-09015-14-0733 733-DS-GF Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 40,926.7 Muestra Auditada 40,926.7 Representatividad de la Muestra 100.0% Respecto de los 683,847.1 miles de pesos transferidos durante el ejercicio 2015 al Gobierno de la Ciudad de México, a través del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), se verificó la aplicación de los recursos asignados a la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, que ascendieron a 40,926.7 miles de pesos; de éstos, se revisó física y documentalmente el 100.0%. Antecedentes En el marco del Sistema Nacional de Fiscalización (SNF), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) suscribió convenios de coordinación y colaboración con las Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales (EFSL), con el objeto de fortalecer las acciones de fiscalización a los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales. En ese contexto, para la revisión de la Cuenta Pública 2015, la ASF diseñó una estrategia de fiscalización coordinada con las EFSL, cuyo objetivo es incrementar la cobertura en la revisión del gasto federalizado, evitar la duplicidad en las auditorías realizadas e impulsar la homologación de criterios, normas y metodologías de auditoría, que son objetivos sustantivos del SNF. Esta auditoría se realizó con base en esa estrategia y se llevó a cabo conjuntamente con la Auditoría Superior de la Ciudad de México; se consideró el marco jurídico de la ASF y se desarrolló en un ambiente de estrecha coordinación con esa entidad de fiscalización, quien de manera específica participó de todos los procedimientos de auditoría. Resultados Control Interno 1. Se analizó el control interno instrumentado por los ejecutores de los Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) 2015, con base en el Marco Integrado de Control Interno (MICI), emitido por la Auditoría Superior de la Federación; para ello, se aplicó un cuestionario de

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Grupo Funcional Desarrollo Social/Gasto Federalizado

1

Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México

Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

Auditoría Financiera con Enfoque de Desempeño: 15-D-09015-14-0733

733-DS-GF

Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 40,926.7 Muestra Auditada 40,926.7 Representatividad de la Muestra

100.0%

Respecto de los 683,847.1 miles de pesos transferidos durante el ejercicio 2015 al Gobierno de la Ciudad de México, a través del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), se verificó la aplicación de los recursos asignados a la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, que ascendieron a 40,926.7 miles de pesos; de éstos, se revisó física y documentalmente el 100.0%.

Antecedentes

En el marco del Sistema Nacional de Fiscalización (SNF), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) suscribió convenios de coordinación y colaboración con las Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales (EFSL), con el objeto de fortalecer las acciones de fiscalización a los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales.

En ese contexto, para la revisión de la Cuenta Pública 2015, la ASF diseñó una estrategia de fiscalización coordinada con las EFSL, cuyo objetivo es incrementar la cobertura en la revisión del gasto federalizado, evitar la duplicidad en las auditorías realizadas e impulsar la homologación de criterios, normas y metodologías de auditoría, que son objetivos sustantivos del SNF.

Esta auditoría se realizó con base en esa estrategia y se llevó a cabo conjuntamente con la Auditoría Superior de la Ciudad de México; se consideró el marco jurídico de la ASF y se desarrolló en un ambiente de estrecha coordinación con esa entidad de fiscalización, quien de manera específica participó de todos los procedimientos de auditoría.

Resultados

Control Interno

1. Se analizó el control interno instrumentado por los ejecutores de los Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) 2015, con base en el Marco Integrado de Control Interno (MICI), emitido por la Auditoría Superior de la Federación; para ello, se aplicó un cuestionario de

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control interno y se evaluó la documentación comprobatoria con la finalidad de contribuir proactiva y constructivamente a la mejora continua de los sistemas de control interno implementados.

Después de analizar las evidencias y las respuestas, los resultados más relevantes de la evaluación arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:

FORTALEZAS:

Ambiente de control

La delegación cuenta con un Manual de Organización. La existencia de dicho manual permite establecer la distribución de las funciones entre los servidores públicos con nivel de mando medio y superior.

Existen códigos de Ética y de Conducta que fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de mayo de 2016.

La delegación cuenta con un Comité Mixto de Planeación, Control y Desempeño Institucional, instalado en diciembre de 2015.

Administración de riesgos

Existe una planeación estratégica, que establece las acciones a seguir para la consecución de los objetivos y metas institucionales, y está publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Actividades de control

Existen manuales de Procedimientos que permiten precisar las actividades que deben realizarse para cumplir debidamente las funciones que demandan los puestos desempeñados.

Existen sistemas informáticos establecidos por el Gobierno del Distrito Federal que apoyan el desarrollo sustantivo de la Delegación Cuauhtémoc.

Información y Comunicación

Se tienen definidas las áreas que participan en la elaboración de información sobre el presupuesto, contabilidad gubernamental y transparencia y acceso a la información pública.

La Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de sus funciones, registra información presupuestal y contable de la Delegación Cuauhtémoc, ya que corresponde a esa dependencia el registro consolidado de la información contable y patrimonial para su reporte en la Cuenta Pública.

DEBILIDADES:

Ambiente de control

No se ha difundido el Código de Ética y Conducta entre los servidores públicos de la Delegación a través de la página institucional, así como a terceros.

No se ha documentado la aceptación por escrito del Código de Ética y Conducta entre los servidores públicos, sin distinción de jerarquías.

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Administración de riesgos

No se cuenta con indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa Delegacional de Desarrollo en la Delegación Cuauhtémoc.

No se cuenta con un Comité de Administración de Riesgos.

No se evalúa el sistema de control interno, lo que le impide conocer las causas que originan los problemas de subejercicios de recursos y el cumplimiento de metas y objetivos y, por ende, no se ha establecido un programa de atención.

No se han implementado acciones para identificar los riesgos que pueden impedir la consecución de cada objetivo y meta institucional, lo que imposibilita la realización de acciones que permitan mitigar, administrar o minimizar dichos riesgos.

No existe un informe sobre el estado que guarda la administración de riesgos relevantes.

Actividades de control

No existe un Comité de Tecnología de la Información y Comunicaciones (Informática).

No existen políticas, ni lineamientos que garanticen la seguridad en la utilización de los sistemas informáticos y de comunicación.

No se cuenta con certificados de las licencias del software instalado en cada computadora.

Información y comunicación

No se cuenta con un plan de recuperación de información almacenada en los equipos y sistemas informáticos de la Delegación Cuauhtémoc que, en caso de desastres, permita recuperar y restablecer los sistemas, a fin de continuar con la operación del ente auditado, y asegurar el logro de objetivos y metas.

No existen disposiciones internas en la Delegación Cuauhtémoc que obliguen a reportar a su titular el avance y cumplimiento del Programa Delegacional de Desarrollo en Cuauhtémoc y sus metas y objetivos institucionales para promover la integridad, confiabilidad, oportunidad y protección de la información.

Supervisión

En el último año, no se evaluó el control interno de los principales procesos sustantivos y adjetivos.

No existe un programa para supervisar las actividades más susceptibles a corrupción. Una vez analizadas las evidencias documentales proporcionadas por la entidad fiscalizada, relativas a cada respuesta del Cuestionario de Control Interno y aplicado el instrumento de valoración determinado para la revisión, se obtuvo un promedio general de 48 puntos de un total de 100 en la evaluación practicada por componente, lo que ubica a la Delegación Cuauhtémoc en un nivel medio.

En razón de lo expuesto, la Auditoría Superior de la Federación considera que la entidad fiscalizada ha realizado acciones para la implementación de un sistema de control interno; sin embargo, éstas no han sido suficientes para establecer un sistema que esté integrado con los procesos institucionales y sujeto a la evaluación y mejora continua, por lo que se considera necesario reforzar la cultura en materia de control interno y administración de riesgos, para garantizar el cumplimiento de los objetivos, la normativa y la transparencia en su gestión.

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La Delegación Cuauhtémoc, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias mediante la difusión del Código de Ética al personal de las áreas que la integran; y giró instrucciones para que se atendieran las debilidades observadas en materia de ambiente de Control, actividades de control e información y comunicación, con lo que se solventa lo observado.

Transferencia de Recursos

2. La Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México asignó los 40,926.7 miles de pesos del FISMDF 2015 a la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, conforme al calendario de enteros publicado; además, administró dichos recursos junto con sus rendimientos financieros en una cuenta bancaria específica y productiva y no transfirió recursos del fondo a otras cuentas bancarias.

3. La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México asignó 40,926.7 miles de pesos del FISMDF 2015 a la Delegación Cuauhtémoc, en tanto que en el techo presupuestal que la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México notificó a la Delegación Cuauhtémoc para el ejercicio de 2015 y en el Informe de Cuenta Pública de la Delegación Cuauhtémoc se detectó que fueron asignados 40,859.7 miles de pesos del fondo; es decir, existe una diferencia de 67.0 miles de pesos entre lo publicado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México y lo realmente asignado por la misma dependencia a la Delegación Cuauhtémoc.

La delegación remitió la ampliación presupuestal autorizada por la Secretaría de Finanzas por 67.0 miles de pesos, con lo que se solventa lo observado.

4. Con la revisión de los estados de cuenta y contrato de apertura de la cuenta bancaria, se constató que la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México administró los recursos del FISMDF 2015 asignados a la Delegación Cuauhtémoc por 40,859.7 miles de pesos, en una cuenta bancaria productiva; sin embargo, de los intereses generados por las disponibilidades existentes al 30 de abril de 2016 por 14,925.7 miles de pesos, a la Delegación Cuauhtémoc le corresponde un monto calculado en 431.7 miles de pesos que no han sido notificados ni asignados por parte de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

15-B-09000-14-0733-08-001 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no notificaron ni asignaron los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria del FISMDF 2015 a la Delegación Cuauhtémoc.

Registros contables y documentación soporte

5. Se constató que la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, mediante la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, realizó los registros contables y presupuestales de las operaciones realizadas con recursos del fondo, y están actualizados, identificados y controlados; además, la documentación comprobatoria del gasto del FISMDF 2015 cumple con los requisitos fiscales y se encuentra cancelada con la leyenda de “Operado” e identificada con el nombre de fondo.

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Revisión de la implantación de normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

6. La Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, por medio de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, es responsable de implementar las normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), y de registrar las operaciones contables de la Delegación Cuauhtémoc; se comprobó que el sistema contable del Gobierno del Distrito Federal se consolida para la emisión de la Cuenta Pública y atiende razonablemente las disposiciones en materia de armonización contable.

Destino de los Recursos

7. La Delegación Cuauhtémoc recibió 40,926.7 miles de pesos del FISMDF 2015, y durante su administración se generaron intereses por 431.7 miles de pesos que no le han sido notificados ni asignados, por lo que el total disponible para el ejercicio fiscal 2015 fue de 41,358.4 miles de pesos. Con la revisión de estos recursos, se constató que al 31 de diciembre de 2015 se ejercieron 12,699.6 miles de pesos que representaron el 30.7% del disponible, y se determinó un subejercicio a este último corte del 69.3%, que equivale a 28,658.8 miles de pesos, en tanto que al 30 de abril de 2016 el gasto fue de 40,630.3 miles de pesos que representa el 98.2% de los recursos disponibles, por lo que se determinó un subejercicio del 1.8%, que equivale a 728.1 miles de pesos.

DESTINO DE LOS RECURSOS AL 30 DE ABRIL DE 2016

(miles de pesos)

Núm. de obras

y acciones Pagado

% vs. Pagado

% vs. disponible

INVERSIONES APLICADAS A LOS OBJETIVOS DEL FONDO Mejoramiento de vivienda 2,478 28,629.9 70.5 69.2 Urbanización 400 12,000.4 29.5 29.0

TOTAL PAGADO 2,878 40,630.3 100.0 98.2

Intereses no ministrados y no ejercidos 431.7 1.0

Recursos no ministrados ni ejercidos 67.0 0.2

Recursos no ejercidos 229.4 0.6

Total subejercicio 728.1 1.8

TOTAL DISPONIBLE: 41,358.4 100.0

FUENTE: Registros contables, estados de cuenta bancarios y expedientes del gasto.

15-B-09000-14-0733-08-002 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no notificaron ni asignaron los recursos del FISMDF 2015 no ejercidos al 31 de diciembre de 2015 a la Delegación Cuauhtémoc.

15-D-09015-14-0733-06-001 Pliego de Observaciones

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 728,100.53 pesos (setecientos veintiocho mil cien pesos 53/100 M.N.), por no haber aplicado la totalidad de los recursos disponibles al 30 de abril de 2016 del FISMDF 2015, más los rendimientos generados hasta la aplicación de los recursos del fondo, lo que originó que

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la población objetivo no recibiera oportunamente los beneficios programados, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

8. La delegación destinó el 70.5% de los recursos a las acciones de incidencia directa, por lo que cumplió con el porcentaje mínimo establecido en los lineamientos del FAIS para dicho tipo de proyectos; en tanto que invirtió el 29.5% de los recursos en acciones de carácter complementario y no realizó proyectos especiales, en tal virtud no excedió el porcentaje permitido del 30.0%.

9. La Delegación Cuauhtémoc ejerció el 2.4% de los recursos asignados del FISMDF 2015 para la atención de la única Zona de Atención Prioritaria Urbana; y el 17.6%,en beneficio de la población con los dos grados de rezago social más altos.

10. La Delegación Cuauhtémoc destinó 32,450.3 miles de pesos de los recursos asignados del FISMDF 2015 en 2,170 acciones que no beneficiaron directamente a la población en pobreza extrema ni a las localidades con los dos niveles de rezago social más altos.

La Delegación Cuauhtémoc acreditó que las obras se encuentran en zonas con el mayor índice de pobreza con carencias sociales relacionadas con la educación, salud, seguridad social, calidad y espacios y servicios básicos de la vivienda, para el combate y erradicación de la pobreza; asimismo, que invirtió los recursos del FISMDF en las Zonas de Atención Prioritarias Urbanas y en los dos mayores grados de rezago social.

Transparencia de los recursos

11. Con la revisión de la información contenida en el Sistema de Formato Único de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se constató que la Delegación Cuauhtémoc reportó los cuatro trimestres del Formato de Gestión de Proyectos, Formato Avance Financiero y los indicadores de desempeño sobre el fondo; y que la información contenida en el cuarto trimestre corresponde al Fondo y a los registros contables y presupuestales de la Demarcación Territorial. Asimismo, se constató que los informes trimestrales fueron publicados en su página de internet.

12. La Delegación Cuauhtémoc no proporcionó información en la cual se pueda verificar que dispone de un Plan Anual de Evaluación y no realizó la evaluación del FISMDF establecida en la normativa.

15-B-09000-14-0733-08-003 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no dispusieron de un Programa Anual ni evaluaron el desempeño del FISMDF 2015.

13. La Delegación Cuauhtémoc no hizo del conocimiento de sus habitantes, los recursos que recibió, las obras y acciones por realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios; ni al término del ejercicio, informó sobre los resultados alcanzados.

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15-B-09000-14-0733-08-004 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no hicieron del conocimiento de sus habitantes los recursos que recibió, las obras y acciones por realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios; ni al término del ejercicio, informó sobre los resultados alcanzados.

Obras y Acciones Sociales

14. La Delegación Cuauhtémoc no reportó recursos en obra pública.

15. Se comprobó que las adquisiciones pagadas con recursos del FISMDF 2015, se licitaron, adjudicaron y contrataron de conformidad con la normativa; asimismo, se constató que las adquisiciones están amparadas mediante un contrato debidamente formalizado y que reúne los requisitos mínimos establecidos en la normativa, y que el proveedor adjudicado garantizó la adquisición mediante fianza; asimismo, según las facturas, notas de remisión y kárdex del Almacén General, la delegación recibió las adquisiciones realizadas.

16. La delegación no mostró evidencia documental de la realización de las actas de entrega a los beneficiarios de los calentadores solares, adquiridos con el fondo; sin embargo, se comprobó su existencia.

15-B-09000-14-0733-08-005 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no acreditaron documentalmente realizar las actas de entrega a los beneficiarios de los calentadores solares.

17. Con la revisión de los 2,478 expedientes de la adquisición de calentadores solares, se determinó que éstos no contienen evidencia documental de que los beneficiarios cumplieran todos los requisitos para ser beneficiarios (2,475 no contienen la Cédula de Evaluación del Inmueble; en 131, la identificación oficial con domicilio en la Delegación Cuauhtémoc no era la vigente; 41 no presentan comprobante de domicilio; 28 carecen del CURP y 16 del acta de nacimiento); además, de que fueron instalados en predios regulares (Cédula de Evaluación del Inmueble).

15-B-09000-14-0733-08-006 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no acreditaron que los beneficiarios de los calentadores solares cumplieran con los todos los requisitos establecidos para poder ser favorecidos con el programa.

18. Con la visita de inspección física a 1,539 calentadores solares, se comprobó que 1,075 por un monto de 12,398.6 miles de pesos no corresponden a los adquiridos, toda vez son de la marca Sunshine y no de la marca Resel Solar, ésta última marca es la que ofertó el proveedor adjudicado en el proceso de licitación pública nacional; además, 445 de las 1,075, no estaban

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en operación, debido a que no habían sido instalados por la empresa, por lo que no están proporcionando el beneficio a la población objetivo, sin que la delegación presentara la justificación correspondiente, por un monto de 5,141.4 miles de pesos, que se encuentra incluido en los 12,398.6 miles de pesos antes citados.

15-D-09015-14-0733-06-002 Pliego de Observaciones

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 12,398,620.00 pesos (doce millones trescientos noventa y ocho mil seiscientos veinte pesos 00/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegró en la cuenta del fondo, por pagar 1,075 calentadores solares que no corresponden con las características especificadas en el contrato ni en las facturas con recursos del FISMDF 2015; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la evidencia documental de su destino y aplicación en el objetivo del fondo con base en la Ley de Coordinación Fiscal.

19. Se comprobó que en los domicilios en que se instalaron los calentadores y las luminarias no se colocó la placa con las frases “Esta vivienda fue mejorada con recursos del FAIS” y “Esta obra se realizó con recursos del FAIS”, respectivamente.

15-B-09000-14-0733-08-007 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

Ante la Contraloría General de la Ciudad de México para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no supervisaron que se colocaran las frases "Esta vivienda fue mejorada con recursos del FAIS" y "Esta obra se realizó con recursos del FAIS" en los domicilios en donde se instalaron los calentadores y las luminarias.

20. Durante la visita de inspección física de 400 luminarias, postes y bases perimetrales de alumbrado público, se comprobó su correcta instalación; sin embargo, se observó que la empresa no desinstaló lámparas y postes situados originalmente y la Delegación Cuauhtémoc no sancionó al proveedor por un monto de 429.1 miles de pesos por el incumplimiento.

La Delegación Cuauhtémoc, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, proporcionó seis notas de remisión emitidas por el proveedor con los que comprobó el retiro de 101 postes, 90 luminarias tipo farol, 13 luminarias tipo OVG, 5 bases dobles y 20 ménsulas, previstos en el contrato núm. 059/2015; sin embargo, la Contraloría Interna en la Delegación Cuauhtémoc no se pronunció respecto del cumplimiento del contrato núm. 059/2015 ni de 7 postes adicionales, por lo que la presente observación no se solventa.

15-D-09015-14-0733-06-003 Pliego de Observaciones

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 429,067.67 (cuatrocientos veintinueve mil sesenta y siete pesos 67/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fondo, por no aplicar penalizaciones al proveedor que no desinstaló lámparas y postes situados originalmente; en su caso, deberán ser acreditados ante este órgano de fiscalización con la

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evidencia documental de su destino y aplicación en el objetivo del fondo, con base en la Ley de Coordinación Fiscal.

Desarrollo Institucional

21. La Delegación Cuauhtémoc no destinó recursos del FISMDF 2015 al rubro de Desarrollo Institucional.

Gastos Indirectos

22. La Delegación Cuauhtémoc no destinó recursos del FISMDF 2015 al rubro de Gastos Indirectos.

Cumplimento de metas y objetivos

23. A la Delegación Cuauhtémoc le fueron transferidos por el fondo un total de 40,926.7 miles de pesos y durante su administración se generaron intereses calculados en 431.7 miles de pesos, por lo que el total disponible para el ejercicio fiscal 2015 fue de 41,358.4 miles de pesos y al 31 de diciembre de 2015 el nivel del gasto fue del 30.7%; es decir, a esta fecha la delegación no gastó 28,658.8 miles de pesos, en tanto que al 30 de abril de 2016, gastó 40,630.3 miles de pesos que representa el 98.2% de los recursos disponibles, por lo que se determinó un subejercicio del 1.8%, que equivale a 728.1 miles de pesos. Lo anterior limita el cumplimiento del objetivo del fondo y retrasa los beneficios para la población, lo que genera opacidad significativa que deja fuera del proceso fiscalizador los recursos que no son aplicados.

Del total disponible del fondo, se destinó el 19.8% (8,180.0 miles de pesos) para la atención de los grupos de población en condiciones sociales más desfavorables, en virtud de que se aplicaron en la Zona de Atención Prioritaria (ZAP) definida por la SEDESOL y a la población con los dos grados de rezago social más altos en la Delegación Cuauhtémoc, lo que fortalece a mejorar las condiciones de vida de la población más desprotegida de la demarcación territorial y propicia igualdad social entre la población.

Respecto de la planeación de las inversiones del fondo y considerando el catálogo de proyectos establecido por la SEDESOL, la Delegación Cuauhtémoc destinó a los programas de urbanización y mejoramiento de la vivienda un total de 40,630.3 miles de pesos, que representan el 98.2% de los recursos disponibles del FISMDF 2015, lo que permite mejoras en la calidad de vida de la población beneficiada por el fondo.

Cabe destacar que el 69.2% de lo disponible se aplicó a acciones de contribución directa, es decir, a proyectos de infraestructura social básica que contribuyen de manera inmediata a mejorar alguna de las carencias sociales relacionadas con la pobreza multidimensional, en tanto que el 29.5% de lo gastado se aplicó para proyectos de contribución Indirecta o complementarios, que están asociados a los proyectos de contribución directa y que son necesarios para su realización o que coadyuvan en el mejoramiento de los indicadores de pobreza, rezago social y al desarrollo económico y social de la Delegación Cuauhtémoc.

Es importante destacar que, a la fecha de la revisión y de acuerdo con las visitas de inspección física a las acciones (instalación de luminarias y de calentadores solares) que la Delegación Cuauhtémoc realizó, de las 2 adquisiciones programadas, 1 se encontraba instalada y en operación, y 1 en proceso de instalación.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015

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Lo anterior pone de manifiesto que la Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México tiene una contribución parcial al cumplimiento de los objetivos de la política pública en materia de Desarrollo Social, debido a que el nivel de gasto a la fecha de la revisión fue del 98.2% de lo disponible.

Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del fondo, se consideró un conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:

INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FISMDF

Indicador Valor

I.- EFICACIA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN Y EN LAS METAS I.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2015 (% pagado del monto disponible) 30.7 I.2.- Nivel de gasto al 30 de abril de 2016 (% pagado del monto disponible) 98.2 II.- IMPACTO Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DEL FISMDF II.1.- Inversión ejercida en las ZAP (% pagado del monto disponible ) 2.4 II.2.- Inversión ejercida en obras y acciones que no beneficiaron directamente a grupos de población en rezago social y pobreza extrema.

0.0

II.3.- Inversión ejercida en obras y acciones que no se encuentran en el Catálogo definido por la SEDESOL (% pagado del monto asignado), ni se relacionan con los rubros establecidos en la LCF

0.0

II.4.- Porcentaje del Fondo destinado a infraestructura social básica (% pagado del monto disponible) 98.2 II.5.- Porcentaje del Fondo aplicado a proyectos de contribución Directa (% pagado del monto disponible) 69.2 II.6.- Porcentaje del Fondo aplicado a proyectos de contribución Complementaria y Especiales (% pagado del monto disponible)

29.0

FUENTE: Expedientes de obras y acciones del FISMDF, resultados de la auditoría e información proporcionada por la Delegación Cuauhtémoc.

15-D-09015-14-0733-01-001 Recomendación

Para que la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, instruya a quien corresponda a fin de que se implementen las acciones necesarias para dar cumplimiento a las políticas públicas en materia de Desarrollo Social y a las metas y los objetivos.

Recuperaciones Probables

Se determinaron recuperaciones probables por 12,827.7 miles de pesos.

Subejercicio

Durante el transcurso de la revisión se observó un subejercicio por 728.1 miles de pesos, cuya aplicación está pendiente de ejercer.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 13 observación(es), de la(s) cual(es) 3 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 10 restante(s) generó(aron): 1 Recomendación(es), 7 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 3 Pliego(s) de Observaciones.

Dictamen

La Auditoría Superior de la Federación revisó una muestra de 40,926.7 miles de pesos que representó el 100.0% de los recursos transferidos a la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, mediante el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF); la auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable.

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Grupo Funcional Desarrollo Social/Gasto Federalizado

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Al 31 de diciembre de 2015, la delegación gastó el 31.0% de los recursos transferidos y al corte de la auditoría (30 de abril de 2016), se gastó el 99.3%; ello generó opacidad en la aplicación efectiva de los recursos no erogados.

En el ejercicio de los recursos, la delegación incurrió en inobservancias de la normativa, principalmente en materia de transparencia, obra pública y contabilidad, respecto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, de la Ley de Obra Pública del Distrito Federal y de la Ley de Coordinación Fiscal, que generaron un probable daño a la Hacienda Pública Federal por 12,827.7 miles de pesos que representan el 31.3% de la muestra de auditoría; asimismo, se determinó una afectación a la población objetivo al no ejercer 728.1 miles de pesos; las observaciones determinadas derivaron en la promoción de las acciones correspondientes.

La delegación no dispone de un adecuado sistema de control interno para identificar y atender los riesgos que limitan el cumplimiento de los objetivos del FISMDF, la observancia de su normativa y el manejo ordenado, eficiente y transparente de los recursos, lo que incidió en las irregularidades determinadas en la auditoría.

Además, la delegación incurrió en incumplimientos de las obligaciones de transparencia sobre la gestión del FISMDF, ya si bien reportó a la SHCP los informes trimestrales sobre el ejercicio de los recursos previstos por la normativa, no dispuso del Programa Anual de Evaluación ni evaluó del desempeño del FISMDF 2015, lo que limitó al municipio conocer sus debilidades y áreas de oportunidad.

Los objetivos y metas del fondo se cumplieron de manera parcial, ya que la delegación invirtió los recursos del FISMDF para la atención de la población objetivo, en virtud de que se destinó a localidades que están integradas en zonas de atención prioritaria o en las localidades con los dos niveles de rezago social más altos, y atendió a la población en pobreza extrema; sin embargo, no se cumplió con las especificaciones del contrato por 12,398.6 miles de pesos y no se aplicaron penas convencionales por atraso en los trabajos por 429.1 miles de pesos.

Aunado a lo anterior, se comenta que se cumplió con el porcentaje de recursos establecido para la atención de las Zonas de Atención Prioritaria, en virtud de que se destinó para estas áreas el 2.4% de los recursos asignados; en tanto que el porcentaje que se invirtió en proyectos de incidencia directa fue del 70.5%; cuando lo mínimo que establece la normativa es del 70.0% de los recursos transferidos. Cabe mencionar que, en conjunto, la delegación destinó el 70.5% de lo gastado en obras y acciones de Infraestructura Básica (mejoramiento de vivienda).

En conclusión, la Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, no realizó una gestión eficiente y transparente de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF).

Apéndices

Áreas Revisadas

La Dirección General de Administración de la Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015

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Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Presupuesto de Egresos de la Federación: Artículo 7.

2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 54, 85, 110 y 111.

3. Ley General de Contabilidad Gubernamental: Artículos 69 y 79.

4. Ley de Coordinación Fiscal: Artículos 25, 33, apartado B, fracción II, incisos a y c, 35 y 49, párrafo primero, fracción V.

5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por el que se dan a conocer la fórmula, variables, fuentes de información, metodología y distribución que corresponde a las demarcaciones territoriales del Gobierno del Distrito Federal respecto del fondo para la infraestructura social municipal y de las demarcaciones territoriales del distrito federal, para el ejercicio 2015: Numeral cuarto.

Lineamientos para Informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Operación de los Recursos del Ramo General 33: Lineamiento trigésimo segundo.

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal: Artículos 44, 69, fracción I, y 71.

Lineamientos generales para la operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y del Acuerdo modificatorio, publicado el 12 de marzo de 2015: Numerales 1.1, apartado B y 3.1.2, fracción VII.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social: Artículo 27, párrafo segundo.

Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos y Mecanismos de Operación de la Acción Institucional, Mejoramiento de Vivienda con suministro e instalación de "Calentadores Solares" en viviendas plurifamiliares derivado del Fondo de Aportación para la Infraestructura Social (FAIS) 2015: Fracciones V. Requisitos y Procedimientos de Acceso y VI. Procedimiento de Instrumentación.

Contratos números 046/2015 y 079/2015: Cláusulas quinta.

Convenio modificatorio al contrato número 046/2015: Cláusula cuarta.

Contrato número 059/2015: Cláusulas primera, décima sexta y el Anexo 1.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal: Artículo 58.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto, y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 29, fracción X; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de

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Grupo Funcional Desarrollo Social/Gasto Federalizado

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mayo de 2009, en relación con los Transitorios PRIMERO y CUARTO del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

En el Informe de Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015, se consideran las justificaciones, aclaraciones y demás información presentada por la entidad fiscalizada, la cual entregó mediante oficio núm. JUDASA/176/2016 del 13 de octubre de 2016, que se anexa a este informe.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015

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