Derecho de propiedad

11
PROPIEDAD, OCUPACIÓN Y ACCESION REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Autor: Katherine Martínez. C.I.V.- 24.567.763. Asignatura: Derecho Civil Bienes y Derecho Reales Sección: SAIA-A. Profesor: Abg. Eleana Santander. Barquisimeto, Septiembre 2014.

description

Derechos de Propiedad

Transcript of Derecho de propiedad

Page 1: Derecho de propiedad

PROPIEDAD, OCUPACIÓN Y

ACCESION

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

Autor: Katherine Martínez.

C.I.V.- 24.567.763. Asignatura:

Derecho Civil Bienes y Derecho Reales Sección: SAIA-A.

Profesor: Abg. Eleana Santander. 

Barquisimeto, Septiembre 2014.

Page 2: Derecho de propiedad

Es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley.

PropiedadConcepto

Page 3: Derecho de propiedad

Características del derecho de propiedad

EXCLUSIVO: Se beneficia solo el

titular del derecho.

ABSOLUTO: El titular hace valer su

derecho frente a todos.

PERPETUO: La propiedad se extingue en el

tiempo, pasando a los descendientes por

sucesión.

ELASTICO: Los atributos de uso, goce pueden ser

cedidos y al finalizar el propietario

recupera los poderes sobre la cosa.

AUTONOMO: Existe por sí mismo, no se requiere el soporte

de otro derecho.

Page 4: Derecho de propiedad

Fundamento legal de la propiedad en la Constitución y el Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela

ARTÍCULO 115 C.R.B.V.

"Se garantiza el Derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Solo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.

"La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley."

ARTÍCULO 545. CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO.

Fundamento legal del

Derecho de la Propiedad del suelo

en el marco jurídico

venezolano

Articulo 549. Código Civil Venezolano"La propiedad del suelo lleva consigo la de la superficie y de todo cuanto se encuentre encima o debajo de ella, salvo lo dispuesto en las leyes especiales."

Page 5: Derecho de propiedad

 ELEMENTOS DEL DERECHO DE PROPIEDAD

SUJETIVO

Personas naturales y jurídicas.

OBJETIVOTodos los

bienes excepto los del dominio

público de uso público.

Page 6: Derecho de propiedad

CONTENIDO DEL DERECHO DE PROPIEDADEl Derecho de

Propiedad se estructura como un haz de facultades que envuelve todas las utilidades económicas permitidas por el ordenamiento jurídico. 

1.- Facultades de Libre Disposición

Enajenar, Limitar o gravar,

Transformar, Destruir

2.- Facultades de Goce o Disfrute

* Uso o utilización de la cosa misma; (ius utiendi). Ej, Utilizar

una bicicleta* Disfrute o goce de la cosa; que

permite la obtención y apropiación de sus frutos, productos y rendimientos económicos. (ius fruendi 

* Abusar o consumir; es utilizar las cosas consumibles por

naturaleza (ius abutendi). Ej. Consumir un montón de leña

para calefacción 

3.-Facultades de exclusión

*Facultad de cercar o cerrar las fincas

*Facultad de deslindar y amojonar 

Page 7: Derecho de propiedad

La OcupaciónC

on

cep

to

Es el modo originario de adquirir que consiste en tomar posesión de una cosa apropiable sin dueño, con la intención de adquirir su propiedad, en derecho moderno la ocupación se restringe a cosas muebles.

Page 8: Derecho de propiedad

Requisitos

1.  Sujeto capaz.2.  Cosas muebles:

a. Semovientesb. Apropiables.

4.  Aprehensión. Intención de apropiarse

5.  Evidencia. Actitud evidente.

No va a ser a escondidas que se

apropie de la cosa.

3.  Res nullíus No tener dueño porque este los

abandonó o no se conoce.

6. Importante: Deben existir

signos de BUENA FE y que sea de manera pacífica.

Page 9: Derecho de propiedad

Fundamento LegalC.C Art. 570 C.C

Art. 798

C.C. Art. 799

C.C. Art. 801

 C.C. Art.

1.572C.C. Art.

803

C.C. Art. 800

C.C. Art. 802

C.C. Art. 804

Page 10: Derecho de propiedad

LA ACCESIÓN. 

Es el derecho en virtud del cual el propietario de una cosa hace suyo todo lo que esta produce o se le une natural o artificialmente.

Concepto

Page 11: Derecho de propiedad

Fundamento legal

Artículo 552

CC

Art. 444 CC

Art. 1622 CC

Artículo 585

CC

Artículo 1626

CC

Artículo 624

CC