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DECRETO SUPREMO Nº 2145 Viabiliza y Reglamenta la Ley Nº 348 Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia

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DECRETO SUPREMO Nº 2145Viabiliza y Reglamenta la Ley Nº 348

Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida

Libre de Violencia

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Estado del gasto 2013 – 2014 en lucha contra la violencia hacia la

mujer

GOBIERNOS DEPARTAMENTALESEn 2013 los Gobiernos

Departamentales ejecutaron 353

Millones de Bs. en programas de

gestión social que incluyen los

servicios de gestión social, programas

para niñez y adolescencia, adulto

mayor y otros.

De ese monto, se estima que

solamente el 1 %, vale

decir 3,5 millones de

Bs., se invirtieron en programas

o proyectos relacionados en

contra de la violencia hacia la

mujer.

En 2014 el presupuesto de los

Gobiernos Departamentales en

gestión social asciende a 360 Millones

de Bs.

De ese monto, se estima que

solamente el 3 %, vale

decir 10 millones de Bs.,

se invertirán en programas o

proyectos relacionados en contra

de la violencia hacia la mujer.

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Estado del gasto 2013 – 2014 en lucha contra la violencia hacia la

mujer

GOBIERNOS MUNICIPALES

En 2013 los Gobiernos Municipales

ejecutaron alrededor 137 millones de

Bs. en programas de promoción y

políticas de género así como defensa

y protección de niñez y familia .

De ese monto, se estima que

el 30%, vale decir 41

millones de Bs. se

invirtieron en programas o

proyectos relacionados en

contra de la violencia hacia la

mujer, fundamentalmente a

partir del funcionamiento de los

SLIMS en alrededor de 200

municipios.

En 2014 el presupuesto de los

Gobiernos Autónomos Municipales en

estos programas asciende a 210

Millones de Bs.

De los cuales se estima que el monto

presupuestado aproximado en

programas relacionados en contra de

la violencia hacia la mujer asciende

al 30 %, vale decir 63

millones de Bs.

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DECRETO SUPREMO Nº 2145

OBJETO

• Reglamentar la Ley Nº 348, estableciendo mecanismos de prevención, atención, protección, reparación y recursos para su implementación.

APLICACIÓN

• Los servicios prestados protegen a:

• Mujeres que se encuentren en situación de violencia, sin ningún tipo de discriminación.

• Hijas, hijos y otras personas dependientes de las mujeres en situación de violencia, respecto a los cuales se aplican todas las medidas de protección y acciones de auxilio.

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FALTAS Y CONTRAVENCIONES

Publicación y difusión de mensajes e imágenes

estereotipadas

• Que promuevan sumisión de las mujeres

• Uso sexista de su imagen

• Violencia mediática, simbólica y/o encubierta

Agresiones verbales

• Discriminación, maltrato, incumplimiento de deberes

• Violencia institucional, violencia psicológica, contra la dignidad, la honra y el nombre, violencia contra los derechos reproductivos, derecho a la salud y a la libertad sexual

Acoso Laboral y Violencia Laboral

• Denuncia ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social

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FALTAS Y CONTRAVENCIONES

En todos los procesos administrativos se deberán disponer de forma inmediata para

garantizar la protección

• La aplicación de sanciones no impide el ejercicio de las acciones civiles emergentes

Todas las instituciones públicas y privadas que reciban denuncias por faltas y

contravenciones, reportarán al SIPPASE bajo responsabilidad de incumpliendo de deberes

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Políticas Públicas

Toda Política Pública, y Plan Nacional que se

adopte en el Órgano Ejecutivo, debe incluir de

manera integral y transversal, medidas e

indicadores dirigidos a mejorar la situación de

las mujeres para garantizar el ejercicio pleno de

todos sus derechos.

Deberán contener mecanismos y acciones

para la prevención, atención y protección de

casos de violencia hacia las mujeres de acuerdo

a sus atribuciones

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Declaratoria de Alerta

El Ministerio de Justicia declarará alerta en el ámbito nacional con

Resolución Ministerial

El Ente Rector y las ETAS contemplarán mínimamente:

* Determinación del ámbito o zona objeto de la alerta

* Conformación de comisiones interinstitucionales

* Implementación del Plan de Acción

* Reasignación de recursos económicos

El SIPPASE elaborará indicadores y la línea base para establecer

los tipos y los ámbitos para determinar alerta de violencia hacia las

mujeres.

Las Organizaciones sociales e instituciones de

mujeres apoyarán con acciones definidas en caso

de alerta.

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RECURSOS

Se autoriza a las ETAs el uso de recursos provenientesdel IDH, asignados a SEGURIDAD CIUDADANA en elmarco de la Ley Nº 264.

Los GAD utilizarán el 30% del total de los recursos delIDH para la construcción de las Casas de Acogida yRefugios Temporales, durante la primera gestión fiscalsiguiente a la publicación del Decreto.

A partir del segundo año el 10% del total de los recursos

del IDH para mantenimiento y atención, para provisión de

de personal y gastos de funcionamiento.

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RECURSOS

Los GAM durante la primera gestión fiscal

destinarán para infraestructura, equipamiento,

mantenimiento y atención de los Servicios

Legales Integrales Municipales, utilizarán el 25%

del total de los recursos del IDH (mayor a 50,000

hab.) y 30% (menor a 50,000 hab.)

A partir del segundo año el 10% del total de los

recursos

del IDH para mantenimiento y atención, para

provisión de personal y gastos de funcionamiento.

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RECURSOS

Del total de recursos asignados a seguridad ciudadana por las ETAS, la

Policía Boliviana solicitará como mínimo el 5% para el fortalecimiento de la Fuerza Especial de Lucha contra la

Violencia - FELCV

Estos recursos serán adicionales a lo

establecido en la Ley Nº 348

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TOTAL RECURSOS QUE APORTARÁN

LAS ETAS PARA LUCHAR CONTRA LA

VIOLENCIA HACIA LA MUJEREl DS establece que los recursos

son adicionales a los del 2014

Estimado ETAs en 2014 : 10 GOB

63 MUN.

Total : 73 Millones

2015 en adelante

Incremento de más del

200% con respecto al

2014

año 1 siguientes años

Presupuesto estimado gobernaciones 2014

( se mantiene en 2015 ) 10.000.000 10.000.000

Presupuesto estimado municipios 2014

( se mantiene en 2015) 63.000.000 63.000.000

Mas +

Presupuesto estimado gobernaciones 2015 38.794.679 12.931.560

Presupuesto estimado municipios 2015 70.362.656 26.301.817

Mas +

5 % del total presupuestado en Seg. C. para la FELCV 40.000.000 40.000.000

222.157.335 152.233.376

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ACCIONES PREVENTIVAS

1

• Ministerios de Defensa y de Gobierno

• Implementación de programas y acciones de prevención dela violencia dirigidos miembros de las Fuerzas Armadas yPolicía Boliviana.

2

• Ministerio de Educación coordinación Ministerio de Justicia

• Incorporación temas de prevención y erradicación de la violenciaen los contenidos curriculares del Sistema Educativo Plurinacional.

• El responsable del Sistema de Educación tiene la obligación dedenunciar los casos de violencia.

• Las Direcciones Distritales de Educación garantizarán el traspasoinmediato de hijas e hijos o dependientes de las mujeres ensituación de violencia.

3

• Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

• Las mujeres tendrán tolerancia y flexibilidad de horarios detrabajo para asistir a los actos procesales, recibirtratamiento o terapia médica, psicológica o cualquier otraemergente.

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ACCIONES PREVENTIVAS

Ministerio de SaludObligación de

denunciar

El personal de todos los niveles públicos y

servicios privados, si detectan violencia,

reportarán al SLIM más próximo y a la FELCV.

Responsabilidades:

Desarrollar Procesos de formación y capacitación

permanente en el Sistema Nacional de

Salud, para la prevención, promoción y

atención integral.

Responsabilidades

Promover y realizar investigaciones sobre

factores de riesgo, desencadenantes,

consecuencias asociados a la violencia.

Coordinará con el Instituto de Investigación Médico Forenses – IDIF - la

adopción y aplicación de protocolos e instrumentos para la atención

a mujeres en situación de violencia y la HOMOLOGACIÓN DE

CERTIFICADOS MÉDICOS.

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ACCIONES PREVENTIVAS• Elaborará contenidos mínimos de difusión para

prevenir y erradicar hechos de violencia.

• Remitirá contenidos a medios de comunicaciónpara su emisión gratuita.

Ministerio de Comunicación

• Elaborar, implementar y cumplir sus Códigos de Ética en la difusión de programación y publicidad para prevenir y erradicar estereotipos y violencia.

• Transmitir información preservando intimidad, identidad y dignidad de las mujeres en situación de violencia y de sus hijas e hijos.

• Difundir información relativa a violencia contra las mujeres sin sensacionalismo, con objetividad y ética.

• Difusión de contenidos para la prevención y educación:

• En canales de televisión al menos 10 min;

• En radioemisoras al menos 20 min;

• En diarios y semanarios al menos 1 página al mes;

• En revistas al menos ½ página;

• En periódico digital al menos 1 espacio al mes;

• HORARIOS Y ESPACIOS PREFERENCIALES

Medios de Comunicación

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FUERZA DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA

- FELCV

Seguimiento por 72 horas a mujeres en

situación de violencia, mediante visitas

domiciliarias u otras dentro el proceso de

investigación, debiendo presentar un informe

Luego visitas periódicas hasta que cese la situación de riesgo

La Policía Boliviana asignará presupuesto suficiente para

infraestructura adecuada, equipamiento de trabajo e

investigación, capacitación y formación del personal y otros

necesarios

Sus servidoras /es policiales

desarrollarán sus funciones de manera

exclusiva y permanente

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• EXAMEN MÉDICO

• Se realizará preservando la salud y dignidad de la examinada.

• Al acto asistirá una persona de confianza de la examinada.

• La copia de lacertificaciónmédica deberáadjuntarseobligatoriamente al HistorialClínico.

• DEBER DE INFORMAR

• Instituciones promotoras y receptoras de la denuncia deben en todas las etapas del proceso legal, brindar información de forma diligente y adecuada las mujeres y en el idioma de su comprensión.

• ATENCIÓN CON CALIDEZ

• Las servidoras/es públicos que atiendan casos de mujeres en situación de violencia darán un trato digno, respetuoso, con calidad y calidez .

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Gracias ……..