El contrato social jean-jacques rousseau

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En toda la historia de las ideas políticasno existe ninguna obra que haya ejercidoun influjo comparable sobre elpensamiento político democrático al queha tenido y sigue teniendo el CONTRATOSOCIAL (1762) de Jean-JacquesRousseau (1712-1778). El propio autorresume así su propósito al escribirla:«Quiero averiguar si puede haber en elpoder civil alguna regla de administraciónlegítima y segura tomando a los hombrestal como son y a las leyes tal como puedenser. Procuraré aliar siempre, en estaindagación, lo que la ley permite con loque el interés prescribe, a fin de que lajusticia y la utilidad no se hallen

separadas». El resultado será, en palabrasde Fernando de los Ríos (1879-1947),traductor de esta edición, «un libro devalor eterno que al plantearse losproblemas de la vida civil lo hace sobretales bases, que siempre habrán denecesitar ser o confirmadas ocontradichas y, en todo caso, nadie podrádejarlas de tomar como punto dereferencia».La concepción russoniana de lademocracia y su incorporación alconstitucionalismo requiere hoy, sin duda,una lectura crítica; para ella prepara elPrólogo de esta edición Manuel Tuñón deLara.

Jean-Jacques RousseauEl contrato socialPrincipios de derecho político

ePUB v1.0Wilku 04.12.12

Título original: Du Contrat Social, ouPrincipes Du Droit Politique.Rousseau, Jean-Jacques, 1762.Traducción: Fernando de los Ríos

Editor original: Wilku (v1.0)ePub base v2.0

Prólogo

Durante largos años ha prevalecido ciertamoda intelectual consistente en decir queRousseau estaba «superado». Se tratabade una antigualla, por añadidura nocivacomo casi todo lo que nos había legadoaquel siglo que tuvo la osadía de quererconceder el primado a la razón humana,de fundamentar la sociedad en basesautónomas (y no heterónomas como lohicieran las anteriores ideologías delegitimación) y de haber dado vida a lasdeclaraciones de derechos del hombre.

Dista mucho de ser un azar el hechode que esa moda coincidiese con el

ascenso de los fascismos europeos.Verdad es que nunca faltaron, en losmomentos de reacción social, quienes, ensu intento de desacreditar a Rousseau,facilitaban así las tareas de lasinquisiciones espirituales del momento.Ese fue el caso de Sainte-Beuve, tras laderrota de los obreros parisienses en lastrágicas jornadas de junio de 1848; y el deTaine, aún tembloroso por el ventarrón dela Comuna. Tampoco era de extrañar queMaurras lo tratase de «energúmenojudaico», ni que todavía en 1924 unaimportante jerarquía eclesiástica dijeseque «había hecho más daño a Francia quelas blasfemias de Voltaire y de todos losenciclopedistas». Pero el fascismo intentó

destruir la ideología legitimadora delEstado democrático; el fascismo teníanecesidad de que el hombre estuviesesometido a un poder heterónomo, quefuera súbdito y no ciudadano. Sin duda laidea de voluntad general realiza unaoperación hipostática, al establecer que lavoluntad de la mayoría es la del conjuntoque forma el cuerpo soberano; pero eltotalitarismo necesitaba sustituirla por unahipostatización mucho mayor, en la que elser ungido por el carisma asumía lasatribuciones de la totalidad y seidentificaba con ésta. En cierto modo, elabsolutismo francés ya había proclamadola gran hipostatización, L'État c'est Moi,que fue precisamente demolida por la

obra de Rousseau, de Montesquieu, etc.Ha habido, pues, un período de

nuestro siglo en que no era «de buen tono»recoger, siquiera fuese con sentidocrítico, el legado político e ideológico deJean-Jacques Rousseau. No era una moda«inocente»; Iras la condenaciónintelectual del ginebrino se alzaron luegolas piras siniestras de los campos deexterminio; se empieza quemando librosde Rousseau con el brazo en alto y setermina enviando a la muerte a quienes seatreven a señalar que la voluntad generalpuede ser mucho más útil y más moralpara organizar la convivencia que lasfaramallas barrocas de quienes quierentener razón contra la mayoría.

El gran tema del CONTRATOSOCIAL es, ni más ni menos, que lafundamentación de la legitimidaddemocrática. Ciertamente, su temática nose agota ahí, y su estudio no puede serajeno al período histórico que la vionacer, pero su idea-clave es laelaboración del concepto de sociedadcivil, su separación del concepto deEstado y la subordinación de éste aaquélla.

La concepción roussoniana parte dereconocer la estructura dualista de lasociedad moderna, en la cual el primadodecisorio corresponde al pueblo queforma «el cuerpo soberano»,

El pacto social de Rousseau no es, ni

ha pretendido ser nunca, una hipótesishistórica; es una fundamentación teórica.Que se trata de fundamentar en la razón lalegitimidad queda claro desde el primercapítulo de la obra. Rousseau declara allíignorar cómo el hombre perdió la libertadprimaria del estado de naturaleza.

En cambio, dice que cree poderresolver qué puede legitimar ese cambio—del estado de naturaleza a la sociedadcivil—. La fuerza no es más que unasituación de hecho si no está legitimada.¿Cómo la fuerza se convierte en derecho yes aceptada voluntariamente, no comoimposición? En eso reside lalegitimación. «El más fuerte —diceRousseau en el capítulo III del libro I—

no es nunca bastante fuerte para sersiempre el señor (pour être toujours lemaître), si no transforma su fuerza enderecho y la obediencia en deber»;. Heaquí todo el proceso de legitimación.

Rousseau busca la clave de bóveda enque descanse el edificio de la sociedadcivil. Es «el acto por el cual un pueblo estal pueblo». Siguiendo a Grocio, diceRousseau que «un pueblo es un puebloantes de darse un rey». El acto de darse unrey supone una deliberación pública: laconstitución de la sociedad civil, es decir,del cuerpo social soberano. SegúnRousseau el hombre llega a ese actomediante el pacto o contrato social, únicoque exige el consentimiento unánime de

cuantos en él participan.Por ese pacto cada cual pone su

persona y sus poderes a la disposición deuna voluntad general que emana de uncuerpo moral y colectivo creado por laasociación de todos.

Rousseau empieza usando en elcapítulo VI los términos comunidad yasociación, pero el término voluntadgeneral pasa cada vez a ser máspreponderante y, por ende, definitorio.Sabemos que la voluntad general no es lasuma de voluntades individuales, nitampoco la voluntad de un jefe o de unaélite que se creen autorizados (por fuentesdivinas o humanas) a definir e interpretarpor sí y ante sí la voluntad del conjunto

del cuerpo social.La creación de una unidad dialéctica

superior al negarse al estado de naturalezaprimario (la sociedad civil, el cuerposoberano, que a su vez afirma en un planosuperior las libertades del estado denaturaleza, negadas primero, y afirmadasluego a nivel superior, protegidas por elderecho) diferencia el contrato socialroussoniano de otros que lo precedieron:el de Hobbes, que es la dimisión de todosen favor de un poder absoluto de un solohombre o de una asamblea (tradiciónevocada complacientemente por lostotalitarismos); el de Locke que, si biengarantiza los derechos individuales,supone un contrato bilateral por el cual

los particulares ceden sus poderes a unhombre o grupo de hombres. ParaRousseau se trata de una creación denueva planta a base de negar los estratosprecedentes: estado de naturaleza con laslibertades primarias; alienación total depoderes individuales de hecho; creaciónde un cuerpo social nuevo, cuyomecanismo decisorio es la voluntadgeneral que será en adelante la fuente delodo poder político.

Ese nuevo cuerpo —república ocuerpo político— es llamado porRousseau soberano cuando es activo,Estado cuando es pasivo y poder si se lecompara con sus semejantes. Y aquí vieneuna precisión muy importante, puesto que

se trata de una terminología muy usada enlos dos siglos que han seguido a laedición del CONTRATO SOCIAL:«respecto a los asociados, tomancolectivamente el nombre de pueblo y sellaman en particular ciudadanos, encuanto son participantes de la autoridadsoberana, y súbditos, en cuanto sometidosa las leyes del estado».

Fácil es colegir la actualidad dealgunas de estas definiciones, dos sigloslargos después de haber sido escritas. Enellas se basa la comprensión de lo que essoberanía popular (aunque algunos, comoBurdeau, tienden a la confusión entresoberanía nacional y soberanía popular).Es un concepto jurídico-político de

pueblo —en cuanto a la totalidad de losciudadanos como cuerpo colectivosoberano—que no hay que confundir conel concepto sociológico de esa mismapalabra (en el sentido latino de Plebs).

Las precisiones terminológicas deRousseau nos ayudan igualmente a evitarconfusiones de grave alcance, como la dellamar ciudadanos a quienes no soncopartícipes de la soberanía ni tomanparte libremente en el proceso deelaboración de la voluntad general. Dondeel Poder tiene base carismática oteocrática —o en cualquier variante delautoritarismo—, difícilmente puede haberciudadanos.

La fundamentación teórica de

Rousseau iba más lejos; por un lado, setrataba de un razonamiento análogo al delcálculo de probabilidades apoyándose enla ley de los grandes números; por otrolado, y siempre dentro de la concepcióndel pacto social, resulta que éste ha sidorealizado por el voto unánime de quienesse asocian; luego, todos y cada uno handecidido previamente y como principiobásico que el voto de la mayoríasignificaría en adelante el criterio deinterés general. Aceptar por adelantado loque decida la mayoría, respetar sudecisión, es «la regla de juego» que haceposible toda democracia, el consensosobre la forma o procedimientos, sin elcual la democracia se convierte en

banderín de enganche para incautos.Según Rousseau, los hombres ceden

mediante el contrato social el derechoilimitado a todo cuanto les apetece.Ganan, en cambio, la libertad civil queles hace dueños de sí mismos y lesgarantiza contra toda dependenciapersonal.

El contrato da origen a una personacolectiva, con voluntad propia; ésta es lavoluntad general. Pero hay que guardarsede confundir la voluntad general con lavoluntad de todos; la voluntad general noes igual a la suma de voluntadesparticulares ni es cuestión de votos. Loque hace que la voluntad sea general esmenos el número de votos que el interés

común que les une.Porque la voluntad general tiende a

evitar los intereses particulares enconflicto y armonizarlos. Precisamente laVoluntad General tiene como finalidadsocializar todos los intereses. Y asíexplica Rousseau: «quitad a esas mismasvoluntades (particulares) el más y elmenos que se destruyen mutuamente yqueda, como suma de las diferencias, laVoluntad General».

Para Rousseau, la soberanía esatributo esencial del cuerpo social quesurge del Pacto (el Estado) y no puededelegarse nunca. Como la soberanía seexpresa por medio de la voluntad generalal elaborar la ley, esto ha sido motivo de

numerosas objeciones hechas a la teoríade Rousseau en este aspecto; en efecto,entra en contradicción con la doctrina dela «representación colectiva». Vaughan yHalbwachs han confundido la voluntadgeneral con la representación colectiva denuestro tiempo. Durkheim, sitúa elproblema en su ámbito de trabajo,afirmando que hay oposición entre laconcepción sociológica y la de Rousseau.Uno de los primeros estudiosos deRousseau en nuestro tiempo, RobertDerahté, explica que si bien en la edadcontemporánea el gobierno representativono ha hecho sino evolucionar en el sentidode la democracia, la cuestión era muydistinta en el siglo XVIII cuando Rousseau

escribía su CONTRATO SOCIAL: «losescritores y hombres políticos que en elsiglo XVIII fueron promotores de ladoctrina de la representatividad, temían ala democracia más que la deseaban y nose identificaban de ninguna manera con elprincipio de la soberanía del pueblo». «ElCONTRATO SOCIAL —añade Derahté— contiene muy pocas alusiones a lostiempos modernos y se sirve de ejemplosde historia antigua». Recuerda tambiénque «según confiesa el propio autor, elideal formulado en el CONTRATOSOCIAL no pudo ya realizarse sino enpequeños Estados como la República deGinebra o algunas ciudades libres deAlemania o de los Países Bajos». Es más,

cuando Rousseau redactó susConsideraciones sobre el Gobierno dePolonia (1772) escribió que en un granEstado «el poder legislativo no puedeactuar más que por diputación».

En el libro IV del CONTRATOSOCIAL (cap. II) explica Rousseau: «Nohay más que una ley que por su naturalezaexija un consentimiento unánime: el pactosocial […]. Fuera de este contratoprimitivo la voz del mayor número obligasiempre a todos los demás: es unaconsecuencia del contrato mismo». Elprofesor Derahté interpreta elpensamiento de Rousseau diciendo que«si ciertas condiciones se han realizado(que no haya coaliciones en la Asamblea

ni asociaciones parciales dentro delEstado) el criterio de la mayoría puedepasar como expresión de la voluntadgeneral.

Es también motivo de reflexión elcomentario que hace Rousseau en elcapítulo II del libro IV al referirse a launanimidad de sufragios: «Esto parecemenos evidente cuando entran en suconstitución (de la Asamblea) dos o másclases sociales, como en Roma lospatricios y plebeyos […] pero estaexcepción es más aparente que real,porque entonces, a causa del vicioinherente al cuerpo político, hay, pordecirlo así, dos Estados en uno; lo que noes verdad de los dos juntos es verdad de

cada uno separadamente».Ciertamente, la teoría política de

Rousseau carece de suficiente apoyaturasociológica; no parte de la realidadestructural contradictoria que tiene lasociedad civil; si bien distingue entre éstay el Estado, no alcanza al hecho de quesólo una parte de la sociedad adquiere lahegemonía de los instrumentos decisorios.Rousseau crea, en cierto modo, una utopíapolítica basada en la virtud. El pacto sebasa en la virtud política, y, según se diceen el capítulo VIH, el paso del estado denaturaleza al estado civil tiene comoconsecuencia que los instintos seansustituidos por una moral inspirada en lajusticia. Ahí parece que Rousseau ha

querido rectificar sus ideas de doce añosatrás, en su laureado Discurso a laAcademia de Dijon (9 de julio de 1750),cuando dice que la civilización ha hechoperder al hombre la virtud, tesis que semantiene en lo esencial cinco añosdespués en su Discurso sobre el origende la desigualdad entre los hombres(1755). Cuando madura el pensamiento deJean-Jacques llega a la conclusión de quela virtud del hombre del estado denaturaleza es una especie de bondadnegativa, basada en la ignorancia del bieny del mal; el paso al estado civil medianteel pacto social da lugar a una bondad y auna justicia positivas, en las queintervienen la conciencia de sentirse

obligado a respetar la libertad y bienes delos demás y el que sean respetados lospropios.

El mismo carácter utópico se observaen la idealización de los Estadospequeños a imagen del cantón de Ginebra,que siempre tiene Rousseau presente en suobra. Pero sería una visión unilateral, enla que no pocos han caído, la que nosllevase a suponer que Rousseau sóloadmitía las formas de democracia directa.En el libro ni del CONTRATO SOCIALmanifiesta lo contrario, aunque sigapensando que «según se agranda el Estadodisminuye la libertad». Por otra parte, laparticipación de todos los ciudadanosdeseada por Rousseau se refiere a la

expresión de la voluntad generalestatuyendo sobre una materia u objetotambién general y con carácter obligatoriopara todos, es decir, a la elaboración dela ley.

Cuando Rousseau piensa en unpequeño Estado, se opone a lassociedades parciales dentro del mismo, alos partidos, etc. La historia sociopolíticaha demostrado durante dos siglos que elvacío entre el Poder y el individuo en unEstado moderno tiene que ser llenado porcuerpos intermedios si se quiere impedirel aniquilamiento de la personalidadhumana. No era ése, desde luego, elpropósito de Jean-Jacques quien, por otraparte, cuidó bien de añadir que «si una de

esas asociaciones es tan grande quedomina todas las demás […], el criterioque resulte dominante será un criterioparticular».

Sabemos que el gran escollo de laconstrucción teórica de Rousseau resideen que la Soberanía no puede delegarse, yla elaboración de la ley es ejercicio de lasoberanía. «Los diputados del pueblo —dice— no son, pues, ni pueden ser susrepresentantes; no son sino suscomisarios; no pueden concluir nadadefinitivamente. Toda ley que el puebloen persona no haya ratificado, es nula, noes una ley. El pueblo inglés cree ser librey se engaña; sólo lo es durante la elecciónde los miembros del Parlamento; en

cuanto son elegidos, él es esclavo, ya noes nada».

La idea de Comisarios aplicada a ladelegación ejecutiva se ha vistoobservada, pero sólo nominalmente, enciertos momentos de la Revoluciónfrancesa y en la Revolución rusa. Lanecesidad de someter las leyes areferéndum figuró también en laConstitución francesa del Año I (1793),pero jamás se aplicó ese precepto.

No es la menor paradoja de ladoctrina roussoniana el haber echado lasbases de la legitimidad del Estadodemocrático y de su funcionamiento, pormedio de la voluntad general, y habersequedado en cambio a nivel de la idea de

compromisario o mandatario sin llegar ala de representante.

Puede decirse que el concepto derepresentatividad, tal como se utiliza en elestado contemporáneo, no había sidodescubierto en tiempo de Rousseau, pormás que la práctica inglesa lo asemejase.

Por ejemplo, los procuradores enCortes eran sólo mandatarios de susciudades. Pero si hoy nos parecesuperado, la voz de Rousseau puedeservir de advertencia contra los excesosde la teoría de «representatividadnacional». Como es sabido, los teóricosde esta última sostienen que cadarepresentante no representa a suselectores, sino a la nación entera;

partiendo de ese primer supuesto, nopueden estar obligados por mandato, yaque «su función no es expresar unavoluntad preexistente en el cuerponacional» (Burdeau). El voto supone unatransferencia al representante cuyavoluntad se convierte en voluntad de lanación (lo que de ningún modo es ciertoya que será una parte alícuota de lavoluntad nacional formada por la sumaalgebraica de voluntades de losrepresentantes).

Modernamente, los diferentesproyectos de control por los electores dela función parlamentaria, las constantesreferencias a programas concretos a partirde los cuales son elegidos los

representantes, demuestran unavinculación real entre electores y elegidos(además de las sesiones de «explicaciónde mandato electoral», relaciones delelegido con comisiones y cuerposprofesionales de su circunscripción, etc.),ponen de manifiesto que la doctrina de la«representación nacional» no pasatampoco de ser una «hipótesis detrabajo», que se hacía necesaria parajustificar teóricamente el funcionamientode los cuerpos legislativos modernos.

En todo caso, el concepto del Estado yde sus límites que nos dejó Rousseausigue teniendo, como decíamos antes, unapalpitante actualidad. Porque si establecióla supremacía del soberano, también creó

sus límites. Cuando en la segunda mitaddel siglo xx, los progresos de la técnica yde la información concentran en el«Leviatán» de nuestros días un poderíocon frecuencia inquietante para la personahumana, el problema de los límites, comoel de las libertades, es un asunto deprimer plano.

El poder soberano del cuerpo políticoestá limitado por las propiasconvenciones del pacto social, de suerteque, por ejemplo, el cuerpo políticosoberano no puede obligar o cargar más aun súbdito-ciudadano que a otro; lavoluntad general no puede aplicarse almundo particular de las personasindividuales, porque dejaría de ser

general. La ley viene a ser la primeragarantía; naturalmente, se parte de que nohaya confusión entre la función soberanade proclamar la ley y la función deejecutarla que compete, según Rousseau ylos politistas clásicos, al Gobierno. «Paraser legítimo —dice en una nota— elGobierno no tiene que confundirse con elsoberano, sino ser su ministro».

La ley no es ni puede ser inmutable;las sociedades cambian, lascircunstancias en que viven también. Silas leyes son para Montesquieu«relaciones necesarias que derivan de lanaturaleza de las cosas», Rousseau estimaque «un pueblo es siempre, en todomomento, dueño de cambiar sus leyes,

incluso las mejores» (libro II, cap. XII);ambas concepciones pueden equilibrarse,puesto que a fin de cuentas se trata de quela ley sea para el hombre y no el hombrepara la ley; lo importante, lo que garantizael bien de la comunidad, es que la normaobligatoria sea una ley, es decir,expresión de la voluntad general. Sóloentonces puede decirse, según Rousseau,que gobierna el interés público. Paraprecisar esa idea llama república a todoestado regido por leyes, cualquiera quepueda ser su forma de administración; enese sentido roussoniano una monarquíapuede ser república.

Vemos, pues, que la cuestión de lalegitimidad democrática se plantea de

nuevo y vigorosamente por Rousseau en elprimer capítulo del libro III delCONTRATO. Su definición de gobiernoes del mayor interés: «Llamo, pues,gobierno o suprema administración alejercicio legítimo del poder ejecutivo, ypríncipe o magistrado al hombre o cuerpoencargado de esta administración».

No ignora Rousseau la predisposiciónde Ejecutivo a atribuirse potestades delcuerpo político soberano. Comooportunamente ha señalado Halbwachs, esfundamental en el libro III delCONTRATO SOCIAL el estudio de «latendencia natural que tiene el gobierno ausurpar atribuciones al soberano». Lasignificación que puede tener la

monarquía dentro de la doctrinademocrática de la voluntad general nodeja de ser sugestiva e incluso espremonitoria respecto a una serie demonarquías de nuestro tiempo, como sonlas escandinavas, la belga, la holandesa yhoy la española (aparte del vasto tema dela monarquía de la BritishCommonwealth, que dejamosvoluntariamente de lado). La fuentelegítima del poder está en todos esoscasos en la soberanía popular, y elmonarca gobierna por delegación. Sinsuda, la mecánica no es exactamente lamisma que la de las llamadas monarquíasparlamentarias en las cuales los decretosdel monarca tienen que ir refrendados por

un ministro, pero las consecuencias sonlas mismas; incluso en el «doctrinarismo»decimonónico (desde Guizot hasta AlonsoMartínez y Cánovas del Castillo).

Más sugestivas aparecen algunasinterpretaciones de la voluntad general —a las que hemos hecho alusión—expresadas en el último decenio denuestro siglo —en los ochenta quierodecir—, a saber: la de Alexis Philonenkoen el tomo III de su obra Jean-JacquesRousseau et la pensée du malheur (Vrin,1984), que estima que la idea de voluntadgeneral se apoya en una rigurosa basematemática, la del cálculo infinitesimal,tal como éste se desarrolló en el sigloXVIII tras los trabajos de Leibniz que, al

parecer, fueron conocidos por Rousseau.Otros politistas, Luc Ferry y Alain Renaut,en su obra Philosophie politique, III. Desdroits de l'homme a l'idée républicaine(París, 1985) han afirmado que lavoluntad general no es el resultado de unsimple recuento auténtico de lasvoluntades particulares, sino unav e r d a d e r a integral en el sentidomatemático.

Sea como fuere resulta evidente que laidea de Voluntad General de Rousseauestaba inserta en un modelo moralizantecon gran carga de utopía y suponía unasociedad que no estuviese escindida engrupos con intereses antagónicos; en suproyecto de organización social ésta se

movía a impulsos de la cooperación y lasolidaridad y no de la lucha y lacompetencia.

El problema práctico que se lepresentó era de cómo a partir de unasociedad ya corrompida por el egoísmo,la Ley podría ser expresión de la voluntadgeneral.

En todo caso, Rousseau era conscientede las grandes dificultades que suponía laaplicación empírica de su modelo: «elpueblo de por sí quiere siempre el bien,pero no siempre lo ve. La VoluntadGeneral es siempre recta, mas el juicioque la guía no siempre es claro».

Y a veces parece ganado por eldesaliento: «Para descubrir las mejores

reglas de sociedad que convienen a lasnaciones —escribe en el CONTRATO—,sería precisa una inteligencia superior queviese todas las pasiones de los hombres yque no experimentase ninguna».

En el capítulo VII del libro II, al tratardel Legislador, dice Rousseau que «parainstituir hay que sentirse en estado decambiar, por decirlo así, la naturalezahumana, de transformar a cada individuo».En resumen, opta por la vía pedagógica omodelo educativo, como muchospensadores sociales lo han hecho después.

La aportación roussoniana cobranuevos valores en la sociedad de nuestrotiempo. No solamente por las razones yaaducidas; hay más. En primer lugar está el

tema de las libertades y la difícil ecuaciónde libertad c igualdad. Rousseau serefería tan sólo a la igualdadjurídicoformal, la de todos los hombresante la ley. Digamos de antemano que yano es parva cosa, y que su vigencia es unsupuesto previo de cualquier otraigualdad. Pero, además, hay que leer todoRousseau, y saber que también diceaquello de que «ningún ciudadano sea tanopulento para poder comprar a otro, y queninguno sea tan pobre para estar obligadoa venderse». Y en una nota dice que paraque un Estado tenga consistencia «no hayque sufrir ni personas opulentas nimiserables».

Rousseau concibe todavía un Estado

pequeño formado esencialmente poragricultores (el impacto fisiocrático en éles bastante neto), artesanos y pequeñoscomerciantes. Escribía en una épocaesencialmente precapitalista, que no habíaconocido todavía la revolución industrial.Por consiguiente, su manera de enfocar lacuestión de la propiedad, se centra sobrela propiedad de bienes de uso adquiridacon el trabajo personal, y en modo algunoentra en línea de cuenta el tema, sinembargo clave, de la propiedad demedios de producción.

Se ha repetido mil veces que elderecho de propiedad figura en primerplano de la Declaración de 1789 y queello refleja el carácter burgués de la

Revolución francesa. Sin duda, elCONTRATO SOCIAL legitima elderecho de propiedad, cambia la simpletenencia, el derecho del primer ocupante,etc., en la figura jurídica de propiedad.Pero sería erróneo confundir elpensamiento de Rousseau con el de losideólogos, más o menos ocasionales, de laburguesía que accede al poder en Franciaa fines del siglo XVIII. La Declaración de1789 sitúa en primer plano la libertad y lapropiedad como derechos naturales. En laDeclaración de 1793 (mucho másroussoniana) se insiste preferentemente enla igualdad y se dice que «cada ciudadanotiene igual derecho a concurrir a laformación de la ley y al nombramiento de

sus mandatarios». La Constitución delAño I (1793) es la que sigue másfielmente la teoría del Estado delCONTRATO SOCIAL; es ella la queestablece el sufragio universal directo y elrefrendo necesario de las asambleasprimarias sin cuyo acuerdo las leyesvotadas por el Cuerpo legislativo notienen completa validez; y es ella quienconcibe el Ejecutivo como agentedelegado de la asamblea.

Conviene recordar que si en elCONTRATO dice Rousseau ignorar cómose ha operado históricamente el paso delestado de naturaleza al estado civil, sieteaños antes, en su Discurso sobre elorigen de la desigualdad… ha esbozado

un hipotético esquema de cómo se haproducido ese cambio. Y allí sefundamenta históricamente la formacióndel estado civil en la necesidad deafirmar la propiedad, transformándola ennorma de derecho: «El primero quehabiendo cercado un terreno se ocupó dedecir esto es mío, y encontró gentes lobastante simples para creerlo, fue elverdadero fundador de la sociedad civil».Esta idea, que por otra parte tiene unrelativo precedente en los Pensamientosde Pascal, es ampliamente desarrollada.Y el Discurso concluye que si ladesigualdad apenas existía en el estado denaturaleza «[…] se hace por fin estable ylegítima mediante el establecimiento de la

propiedad y de las leyes».Sabemos que esa visión pesimista es

la que intentó superar Rousseauescribiendo el CONTRATO SOCIAL.Para ello renuncia a la explicaciónhistórica y opta por la política y moral.Pero tiene siempre conciencia de que laigualdad jurídica no lo es todo;recordemos una nota suya al capítulo IXdel libro I donde dice: «Bajo los malosgobiernos esta igualdad es exclusivamenteaparente e ilusoria; sólo sirve paramantener al pobre en su miseria y al ricoen su usurpación. De hecho, las leyes sonsiempre útiles para los que poseen algo yperjudiciales para los que no tienennada». Quiere decir, como se desprende

en el contexto, que son útiles a aquellosque más poseen, que poseen demasiado.Así, Rousseau no podrá ser nunca elideólogo de la «democracia» censatariaEl estricto liberalismo, para el que elEstado no es sino la garantía de losderechos de libertad y de propiedadanteriores al pacto social —anclados enuna concepción estrictamenteiusnaturalista— está representado porLocke. Pero con razón se ha dicho queRousseau (al contrario de suinterpretación por los liberalesdecimonónicos) representa un punto deruptura en la concepción clásicaiusnaturalista.

Esta reinterpretación roussoniana —

que debe mucho a los italianos HumbertoCerroni y Galvano Della Volpe— es otrade las razones que reactualizan la obra deJean-Jacques. Según este punto de vista,Rousseau abre en cierto modo la crisisdel iusnaturalismo, puesto que no concedeel primado a unos derechos individualesanteriores al pacto, sino a la creación deuna nueva asociación política orgánica,de la que van a partir los nuevos derechosque se tienen no como individuos en sí,sino como miembros de la comunidad. Eltema central de Rousseau no es la garantíade esos derechos, sino el ejercicio directoy continuado de la soberanía popular. Loque Rousseau ha captado como esencia esla realidad del consenso confirmado

posterior y cotidianamente, que es razón ysoporte de la sociedad civil. En palabrasde Cerroni, «en Rousseau la soberaníaprofundiza en sus raíces políticasafrontando la construcción no ya de unestado custodio de los derechosindividuales, sino la de un Estado querealiza la comunidad popular, la de un yocomún». «No se trata para Rousseau degarantizar la esfera individual como talpor medio del Estado (con lo cual Cerronise opone a su compatriota Del Vecchio,que sólo veía esa función en el pactosocial), sino de resolver la individualidady el carácter privado en una comunidadpública en la que todos actúan comoiguales, articulada por la directa

participación de los individuos».Rousseau escribe a mediados del

siglo XVIII en una encrucijada decisivade la historia del mundo. Si por una parteestá inevitablemente condicionado por él,por otra va y ve más allá que losideólogos de una burguesía —sobre todocomercial y de negocios— ante todoapetente del poder, que se presentaentonces como clase hegemónicanacional. De ahí sus contradicciones; porun lado, la preocupación, cara al Derechonatural, de que el individuo, aun despuésdel pacto, no obedezca sino a sí mismo(lo que no deja de ser una ficción jurídicay moralista); por otra, la consecuencia aque se llega de crear un cuerpo nuevo, del

que emana la soberanía y, porconsiguiente, los derechos de la personacomo miembro de la comunidad, comopartícipe en la formación de la voluntadgeneral.

Rousseau llega a captar lacontradicción política del mundo modernoy contemporáneo, el problema de laconjunción de igualdad y libertad (ésta noexiste sin aquélla), el de lafundamentación de las decisiones delcuerpo político, en suma, la legitimidaddemocrática mediante el consenso, y estocon un criterio de participación activa. Encambio, la contradicción realsociológica,no llegó a ser enteramente captada por él,el gran tema de cómo la contradicción

política no puede desglosarse, en suaspecto funcional, de la contradicciónsocioreal. De ahí su tendencia al utopismomoralizante; tendencia que no es unívocay que se contradice no sólo en el Discursosobre el origen de la desigualdad…, sinotambién en numerosos pasajes delCONTRATO: el grave riesgo que ladesigualdad económica supone para lacomunidad política (visto en la ópticaeticista, de ricos y pobres, más que en lacientífica de relaciones de producción), eltotal escepticismo sobre la verdaderademocracia (libro III, cap. IV), dondellega a decir que «si hubiese un pueblo dedioses, se gobernaría democráticamente.Mas un gobierno tan perfecto no es propio

para los hombres». ¿Qué significa esto?Significa, a mi entender, que Rousseau esmenos utópico de lo que pudiera creersetras una lectura superficial. Ese capítuloes un grito de desesperación al reconocerque la mecánica política exige elestablecimiento de numerosas funcionesdelegadas, lo que a la postre supone uncambio en la administración; que elequipo más restringido que resuelve losasuntos (lo que nosotros llamaríamos«ejercicio cotidiano del poder») acabanaturalmente por tener más autoridad(formación de la élite del personalpolítico). Rousseau tenía la suficientelucidez para entrever los peligros; pero sireconoce que la democracia no es

perfecta, eso no invalida las bases de lalegitimidad democrática, con todas lasimperfecciones que pueda tener.

Pero no sabríamos cerrar esteprefacio sin una referencia a las críticasmás contemporáneas recibidas por elCONTRATO SOCIAL y las ideasroussonianas. Dejamos de lado, para noprolongar en exceso estas líneas, lascríticas de los adversarios de laRevolución francesa que escriben bajo elimpacto de ésta y se obstinan en vincularliteralmente la obra de Rousseau con losavatares de la Revolución: se trata deBurke, de Bonald y de tantos otrosideólogos de la Restauración. Nosreferimos a otro género de politistas que

han abundado después de la segundaguerra mundial. El más renombrado hasido el norteamericano de origen israelí J.L. Talmon, que en 1952 ha presentado suo b r a The Origins of totalitariandemocracy suscitando el tema acariciadopor algunos de trazar una líneaininterrumpida que iría desde la VoluntadGeneral del CONTRATO SOCIAL quesignificaría el aplastamiento de lasvoluntades individuales, hasta nuestrosdías. Esta tesis ha gozado de ciertaaudiencia entre los partidarios de reducirla Revolución francesa a unos simplesepisodios sin significación social,destacando de ella tan sólo el Terror que,con evidente arbitrariedad, ponen en línea

por un lado con Rousseau y por otro conel «gulag» ruso que así se vensorpresivamente emparentados.

Dejando de un lado lo que esasinterpretaciones «fin de siglo» puedantener de superficial, no es menos ciertoque la confusión entre Rousseau y susposibles epígonos de siglos despuésparece muy forzada.

Eminentes historiadores y politistas sehan ocupado de este debate: así elprofesor Jean Touchard en su célebreHistoire des idées politiques (1961)recuerda las palabras de Juan Jacobo:«Un pueblo libre obedece, pero no sirve;tiene jefes, pero no amos; obedece a lasleyes, pero no obedece más que a las

leyes; y es por la fuerza de las leyes porlo que no obedece a los hombres». Ensuma, el Estado de derecho, expresiónantitética del totalitarismo y de tododespotismo. En cuanto a Robert Derathé,ha escrito: «Lo que nunca dijo Rousseaues que la minoría deba someterse a lavoluntad de la mayoría ni que sea libresiguiendo un criterio contrario al suyo».

Jacques Julliard, en su polémico libropublicado en 1985 (La faute à Rousseau,que puede traducirse por La culpa es deRousseau, título no exento de ironía) hacebrillantemente de «abogado del diablo» yse plantea la siguiente cuestión: «antes depreguntarse lo que Rousseau ha queridodecir, hay que mencionar brevemente lo

que no quiso decir […] Una cosa essegura: el Rousseau histórico, elRousseau auténtico no tiene mucho quever con el demócrata revolucionario quehicieron de él los jacobinos, ni con elpensador pretotalitario imaginado por susadversarios». Y añade más adelante lacita de Rousseau contra las faccionespolíticas que concluye así: «Cuando unade las asociaciones es tan grande queexcede sobre todas las demás […] ya nohabrá voluntad general y la opinión quedomina no es sino una opinión particular».

Julliard comenta: «¿Cómo lospartidarios de la interpretación totalitariade Rousseau han podido olvidar textosque muestran claramente que había para él

algo peor que el régimen de partidosrivales; el del partido único?».

Muy probablemente, lo másimportante a tener en cuenta es no incurriren anacronismos al estudiar la obra deRousseau. Tal vez por eso merecenseñalarse las palabras de uno de los mássólidos «roussoneistas» de nuestros días,el profesor Bronislaw Baczko, de origenpolaco y profesor de la Universidad deGinebra, en su colaboración en laNouvelle histoire des idées politiques(París, 1987, dirigida por Pascal Ory).Baczko se esfuerza por señalar «laoriginalidad de Rousseau en relación conlas ideas políticas de su tiempo: losorígenes y los fundamentos de toda

institución política, principalmente delEstado, se remontan necesariamente a lasocialización de los hombres que sonlibres, iguales e independientes pornaturaleza. Ningún poder del hombresobre el hombre es natural niprovidencial». Ciertamente, así quedabanechados los cimientos de lasecularización política y se minaba«avant la lettre» el terreno de la«legitimidad» carismática.

Refiriéndose al proceso deintenciones totalitarias que se ha hecho aRousseau (Talbot, Popper, etc.) Baczko localifica de «debate de términos confusosque se hunde fácilmente en el anacronismoal proyectar sobre la obra de Rousseau

conceptos, problemas e interrogacionespropios de otra época distinta de lanuestra que no se planteaban ni a él ni asus contemporáneos».

Por eso la conclusión del profesorBaczko nos parece de lo más atinado:«Comprender el pensamiento de Rousseausignifica, en primer lugar, restituirlo a sutiempo. A su manera, con sus dudas y susambigüedades, participa en la empresaintelectual y política que representa lainvención de la democracia moderna,obra apenas comenzada en el siglo XVIII.Por otra parte Rousseau ha formuladocuestiones cuyo alcance sobrepasa a suépoca…».

Por donde Baczko continúa la línea de

Ernest Cassirer cuando en su célebreFilosofía de la Ilustración, escribía hacemás de medio siglo: «Rousseau se levantasobre su inmediato cerco histórico yrebasa el círculo de ideas y pensamientode la Enciclopedia […] El entusiasmo porla fuerza y la dignidad de la ley es lo quecaracteriza la ética y la política deRousseau y lo que a él le convierte en unpredecesor de Kant y Fichte».

Lo que nadie ha superado hasta hoy esla legitimación del Poder propuesta porRousseau. A la larga, viene a decirnos, nobasta con la fuerza para mandar; tambiénes preciso que el pueblo crea en lajusticia de esa fuerza que le manda.«Después de todo, la pistola que empuña

el bandolero es también un poder», dicecriticando la «razón» de la fuerza.

¿Serán acaso las pistolas —o lasametralladoras— la «última ratio»? Esoes lo que jamás admite Rousseau, y poreso, precisamente ha encontrado su teoríamás de cuatro enemigos. La voluntadgeneral, por imperfecta que sea, evita esa«última ratio». La soberanía popular esirremplazable, es el cimientouniversalmente reconocido de laorganización y funcionamiento decualquier Estado; es igualmentereconocido que los hombres nacen y vivenlibres, que son iguales ante la ley, que suslibertades y derechos son inalienables.Ciertamente, más de dos siglos han sido

necesarios para que estos principiostengan la categoría de valores universales,y para ello ha sido necesario superar laintoxicación que suponían las«legitimaciones» que trataron de arrebataral pueblo sus poderes y al hombre susderechos.

Y si, siguiendo el ejemplo de donAntonio Machado, hacemos nuestro elproverbio de «Nadie es más que nadie.Porque por mucho que valga un hombrenunca tendrá valor mayor que el de serhombre», tendremos que reconocer que lavoluntad general y el respeto de susdecisiones es el único camino paracumplirlo.

Gracias, pues, al solitario pensador de

Ginebra. Su libro, publicado enÁmsterdam, en abril de 1762, quemadodos meses después en París y en Ginebra,guarda todo su vigor y puede enseñarnosmucho todavía. El CONTRATO SOCIALy su autor entraron por el gran portón dela historia de la cultura universal. ¿Quiense acuerda ya de quienes lo condenaron ala hoguera? ¿Quién conoce sus nombres?Como dijo el poeta, murieron «sinrecuerdo en los hombres que juzguen elpasado sombrío de la tierra»[1].

MANUEL TUÑÓN DE LARA

Advertencia

Este pequeño tratado es el extracto deotro más extenso emprendido ha tiemposin haber consultado mis fuerzas, yabandonado hace no poco. De losdiversos trozos que se podían entresacarde lo que había terminado, éste es el másimportante, y además lo he creído elmenos indigno de ser ofrecido al público.Los demás no existen ya.

Libro PrimeroQuiero averiguar si puede haber en elorden civil alguna regla de administraciónlegítima y segura tomando a los hombrestal como son y las leyes tales comopueden ser. Procuraré aliar siempre, enesta indagación, lo que la ley permite conlo que el interés prescribe, a fin de que lajusticia y la utilidad no se hallenseparadas.

Entro en materia sin demostrar laimportancia de mi asunto. Se mepreguntará si soy príncipe o legisladorpara escribir sobre política. Yo contestoque no, y que por eso mismo es por lo que

escribo sobre política. Si fuese príncipe olegislador, no perdería el tiempo en decirlo que es preciso hacer, sino que lo haríao me callaría.

Nacido ciudadano en un Estado libre,y miembro del soberano, por muy débilinfluencia que pueda ejercer mi voz en losasuntos públicos, me basta el derecho devotar sobre ellos para imponerme eldeber de instruirme: ¡dichoso cuantasveces medito acerca de los gobiernos, porencontrar en mis investigaciones razonespara amar al de mi país!

Capítulo IAsunto de este primer

libro

El hombre ha nacido libre y, sin embargo,por todas partes se encuentra encadenado.Tal cual se cree el amo de los demás,cuando, en verdad, no deja de ser tanesclavo como ellos.

¿Cómo se ha verificado este camino?Lo ignoro. ¿Qué puede hacerlo legítimo?Creo poder resolver esta cuestión.

Si no considerase más que la fuerza yel efecto que de ella se deriva, diría:mientras un pueblo se ve obligado a

obedecer y obedece, hace bien: mas en elmomento en que puede sacudir el yugo, ylo sacude, hace todavía mejor; porquerecobrando su libertad por el mismoderecho que se le arrebató, o está fundadoel recobrada, o no lo estaba el «habérselaquitado». Pero el orden social es underecho sagrado y sirve de base a todoslos demás. Sin embargo, este derecho noviene de la Naturaleza; por consiguiente,está, pues, fundado sobre convenciones.Se trata de saber cuáles son estasconvenciones. Mas antes de entrar en estodebo demostrar lo que acabo de anticipar.

Capítulo IIDe las primeras

sociedades

La más antigua de todas las sociedades, yla única natural, es la de la familia, auncuando los hijos no permanecen unidos alpadre sino el tiempo en que necesitan deél para conservarse. En cuanto estanecesidad cesa, el lazo natural se deshace.Una vez libres los hijos de la obedienciaque deben al padre, y el padre de loscuidados que debe a los hijos, recobrantodos igualmente su independencia. Sicontinúan unidos luego, ya no lo es

naturalmente, sino voluntariamente, y lafamilia misma no se mantiene sino porconvención.

Esta libertad común es unaconsecuencia de la naturaleza del hombre.Su primera ley es velar por su propiaconservación; sus primeros cuidados sonlos que se debe a sí mismo; tan prontocomo llega a la edad de la razón, siendoél solo juez de los medios apropiadospara conservarla, adviene por ello supropio señor. La familia es, pues, si sequiere, el primer modelo de lassociedades políticas: el jefe es la imagendel padre; el pueblo es la imagen de loshijos, y habiendo nacido todos iguales ylibres, no enajenan su libertad sino por su

utilidad. Toda la diferencia consiste enque en la familia el amor del padre porsus hijos le remunera de los cuidados queles presta, y en el Estado el placer demando sustituye a este amor que el jefe nosiente por sus pueblos.

Grocio niega que todo poder humanosea establecido en favor de los que songobernados, y cita como ejemplo laesclavitud. Su forma más constante derazonar consiste en establecer el derechopor el hecho[2]. Se podría emplear unmétodo más consecuente.

Es, pues, dudoso para Grocio si elgénero humano pertenece a una centena dehombres o si esta centena de hombrespertenece al género humano, y en todo su

libro parece inclinarse a la primeraopinión; éste es también el sentir deHobbes. Ved de este modo a la especiehumana dividida en rebaños de ganado,cada uno de los cuales con un jefe que loguarda para devorarlo.

Del mismo modo que un guardián esde naturaleza superior a la de su rebaño,así los pastores de hombres, que son susjefes, son también de una naturalezasuperior a la de sus pueblos. Asírazonaba, según Philon, el emperadorCalígula, y sacaba, con razón, comoconsecuencia de tal analogía que los reyeseran dioses o que los pueblos eranbestias.

El razonamiento de Calígula se

asemeja al de Hobbes y al de Grocio.Aristóteles, antes de ellos dos, habíadicho también[3] que los hombres no sonnaturalmente iguales, sino que unos nacenpara la esclavitud y otros para ladominación.

Aristóteles tenía razón; pero tomaba elefecto por la causa: todo hombre nacidoen la esclavitud nace para la esclavitud,no hay nada más cierto. Los esclavospierden todo en sus cadenas, hasta eldeseo de salir de ellas; aman suservilismo, como los compañeros deUlises amaban su embrutecimiento[4]; sihay, pues, esclavos por naturaleza esporque ha habido esclavos contranaturaleza. La fuerza ha hecho los

primeros esclavos; su cobardía los haperpetuado.

No he dicho nada del rey Adán ni delemperador Noé, padre de tres grandesmonarcas, que se repartieron el universocomo hicieron los hijos de Saturno, aquienes se ha creído reconocer en ellos.

Yo espero que se me agradecerá estamoderación; porque, descendiendodirectamente de uno de estos príncipes, yacaso de la rama del primogénito, ¿qué séyo si, mediante la comprobación detítulos, no me encontraría con que era ellegítimo rey del género humano? Decualquier modo que sea, no se puededisentir de que Adán no haya sidosoberano del mundo, como Robinsón lo

fue de su isla en tanto que único habitante;y lo que había de cómodo en el imperiode éste era que el monarca, asegurado ensu trono, no tenía que temer rebelión niguerras, ni a conspiraciones.

Capítulo IIIDel derecho del más

fuerte

El más fuerte no es nunca bastante fuertepara ser siempre el señor, si notransforma su fuerza en derecho y laobediencia en deber. De ahí, el derechodel más fuerte; derecho tomadoirónicamente en apariencia y realmenteestablecido en principio. Pero ¿no se nosexplicará nunca esta palabra? La fuerza esuna potencia física: ¡no veo quémoralidad puede resultar de sus efectos!Ceder a la fuerza es un acto de necesidad,

no de voluntad; es, a lo más, un acto deprudencia. ¿En qué sentido podrá esto serun acto de deber?

Supongamos por un momento estepretendido derecho. Yo afirmo que noresulta de él mismo un galimatíasinexplicable; porque desde el momento enque es la fuerza la que hace el derecho, elefecto cambia con la causa: toda fuerzaque sobrepasa a la primera sucede a suderecho. Desde el momento en que sepuede desobedecer impunemente, se hacelegítimamente; y puesto que el más fuertetiene, siempre razón, no se trata sino dehacer de modo que se sea el más fuerte.Ahora bien; ¿qué es un derecho queperece cuando la fuerza cesa? Si es

preciso obedecer por la fuerza, no senecesita obedecer por deber, y si no seestá forzado a obedecer, no se estáobligado. Se ve, pues, que esta palabra elderecho no añade nada a la fuerza; nosignifica nada absolutamente.

Obedeced al poder. Si esto quieredecir ceded a la fuerza, el precepto esbueno, pero superfluo, y contesto que noserá violado jamás. Todo poder viene deDios, lo confieso; pero toda enfermedadviene también de Él; ¿quiere esto decirque esté prohibido llamar al médico? Siun ladrón me sorprende en el recodo de unbosque, es preciso entregar la bolsa a lafuerza; pero si yo pudiera sustraerla,¿estoy, en conciencia, obligado a darla?

Porque, en último término, la pistola quetiene es también un poder.

Convengamos, pues, que fuerza noconstituye derecho, y que no se estáobligado a obedecer sino a los podereslegítimos. De este modo, mi primitivapregunta renace de continuo.

Capítulo IVDe la esclavitud

Puesto que ningún hombre tiene unaautoridad natural sobre sus semejantes, ypuesto que la Naturaleza no produceningún derecho, quedan, pues, lasconvenciones como base de todaautoridad legítima entre los hombres.

Si un particular —dice Grocio—puede enajenar su libertad y convertirseen esclavo de un señor, ¿por qué no podráun pueblo entero enajenar la suya yhacerse súbdito de una vez? Hay en estomuchas palabras equívocas que

necesitarían explicación; masdetengámonos en la de enajenar. Enajenares dar o vender.

Ahora bien; un hombre que se haceesclavo de otro no se da, sino que sevende, al menos, por su subsistencia; peroun pueblo, ¿por qué se vende? No hay quepensar en que un rey proporcione a sussúbditos la subsistencia, puesto que es élquien saca de ellos la suya, y, segúnRabelais, los reyes no viven poco. ¿Dan,pues, los súbditos su persona a condiciónde que se les tome también sus bienes? Noveo qué es lo que conservan entonces.

Se dirá que el déspota asegura a sussúbditos la tranquilidad civil. Sea. Pero¿qué ganan ellos si las guerras que su

ambición les ocasiona, si su avidezinsaciable y las vejaciones de suministerio los desoían más que lo hicieransus propias disensiones? ¿Qué ganan, siesta tranquilidad misma es una de susmiserias? También se vive tranquilo enlos calabozos; ¿es esto bastante paraencontrarse bien en ellos? Los griegosencerrados en el antro del Cíclope vivíantranquilos esperando que les llegase elturno de ser devorados.

Decir que un hombre se dagratuitamente es decir una cosa absurda einconcebible, Un acto tal es ilegítimo ynulo por el solo motivo de que quien lorealiza no está en su razón. Decir de unpueblo esto mismo es suponer un pueblo

de locos, y la locura no crea derecho.Aun cuando cada cual pudiera

enajenarse a sí mismo, no puede enajenara sus hijos: ellos nacen hombres libres, sulibertad les pertenece, nadie tiene derechoa disponer de ellos sino ellos mismos.Antes de que lleguen a la edad de larazón, el padre, puede, en su nombre,estipular condiciones para suconservación, para su bienestar; mas nodarlos irrevocablemente y sin condición,porque una donación tal es contraria a losfines de la Naturaleza y excede a losderechos de la paternidad. Sería preciso,pues, para que un gobierno arbitrariofuese legítimo, que en cada generación elpueblo fuese dueño de admitirlo o

rechazarlo; mas entonces este gobiernohabría dejado de ser arbitrario.

Renunciar a la libertad es renunciar ala cualidad de hombres, a los derechos dehumanidad e incluso a los deberes. Nohay compensación posible para quienrenuncia a todo. Tal renuncia esincompatible con la naturaleza delhombre, e implica arrebatar todamoralidad a las acciones el arrebatar lalibertad a la voluntad. Por último, es unaconvención vana y contradictoria alreconocer, de una parte, una autoridadabsoluta y, de otra, una obediencia sinlímites. ¿No es claro que no se estácomprometido a nada respecto de aquelde quien se tiene derecho a exigir todo?

¿Y esta sola condición, sin equivalencia,sin reciprocidad, no lleva consigo lanulidad del acto? Porque ¿qué derechotendrá un esclavo sobre mí si todo lo quetiene me pertenece, y siendo su derecho elmío, este derecho mío contra mí mismo esuna palabra sin sentido?

Grocio y los otros consideran laguerra un origen del pretendido derechode esclavitud. El vencedor tiene, segúnellos, el derecho de matar al vencido, yéste puede comprar su vida a expensas desu libertad; convención tanto más legítimacuanto que redunda en provecho deambos.

Pero es claro que este pretendidoderecho de dar muerte a los vencidos no

resulta, en modo alguno, del estado deguerra. Por el solo hecho de que loshombres, mientras viven en suindependencia primitiva, no tienen entre sírelaciones suficientemente constantescomo para constituir ni el estado de paz niel estado de guerra, ni son por naturalezaenemigos. Es la relación de las cosas y nola de los hombres la que constituye laguerra; y no pudiendo nacer ésta de lassimples relaciones personales, sino sólode las relaciones reales, la guerra privadao de hombre a hombre no puede existir, nien el estado de naturaleza, en que noexiste ninguna propiedad constante, ni enel estado social, en que todo se halla bajola autoridad de las leyes.

Los combates particulares, los duelos,los choques, son actos y no constituyenningún estado; y respecto a las guerrasprivadas, autorizadas por los Estatutos deLuis IX, rey de Francia, y suspendidas porla paz de Dios, son abusos del gobiernofeudal, sistema absurdo como ninguno,contrarío a los principios del derechonatural y a toda buena política.

La guerra no es, pues, una relación dehombre a hombre, sino una relación deEstado a Estado, en la cual losparticulares sólo son enemigosincidentalmente, no como hombres, ni aunsiquiera como ciudadanos[5], sino comosoldados; no como miembros de la patria,sino como sus defensores. En fin, cada

Estado no puede tener como enemigossino otros Estados, y no hombres, puestoque entre cosas de diversa naturaleza nopuede establecerse ninguna relaciónverdadera.

Este principio se halla conforme conlas máximas establecidas en todos lostiempos y por la práctica constante detodos los pueblos civilizados. Lasdeclaraciones de guerras no son tantoadvertencia a la potencia cuanto a sussúbditos. El extranjero, sea rey, particularo pueblo, que robe, mate o detenga a lossúbditos sin declarar la guerra alpríncipe, no es un enemigo; es un ladrón.Aun en plena guerra un príncipe justo seapodera en país enemigo de todo lo que

pertenece al público; más respeta a laspersonas y los bienes de los particulares:respeta los derechos sobre los cualesestán fundados los suyos propios.

Siendo el fin de la guerra ladestrucción del Estado enemigo, se tienederecho a dar muerte a los defensores entanto tienen las armas en la mano; mas encuanto entregan las armas y se rinden,dejan de ser enemigos o instrumentos delenemigo y vuelven a ser simplementehombres, y ya no se tiene derecho sobresu vida. A veces se puede matar al Estadosin matar a uno solo de sus miembros.Ahora bien; la guerra no da ningúnderecho que no sea necesario a su fin.Estos principios no son los de Grocio; no

se fundan sobre autoridades de poetas,sino que se derivan de la naturalezamisma de las cosas y se fundan en larazón.

El derecho de conquista no tiene otrofundamento que la ley del más fuerte. Si laguerra no da al vencedor el derecho dematanza sobre los pueblos vencidos, estederecho que no tiene no puede servirle debase para esclavizarlos. No se tiene elderecho de dar muerte al enemigo sinocuando no se le puede hacer esclavo; elderecho de hacerlo esclavo no viene,pues, del derecho de matarlo, y es, portanto, un camino inicuo hacerle comprar lavida al precio de su libertad, sobre la cualno se tiene ningún derecho. Al fundar el

derecho de vida y de muerte sobre el deesclavitud, y el de esclavitud sobre el devida y de muerte, ¿no es claro que se caeen un círculo vicioso? Aun suponiendoeste terrible derecho de matar, yo afirmoque un esclavo hecho en la guerra, o unpueblo conquistado, sólo está obligado,para con su señor, a obedecerle en tantoque se siente forzado a ello. Buscando unbeneficio equivalente al de su vida, elvencedor, en realidad, no le concedegracia alguna; en vez de matarle sin fruto,lo ha matado con utilidad. Lejos, pues, dehaber adquirido sobre él autoridad algunaunida a la fuerza, subsiste entre ellos elestado de guerra como antes, y su relaciónmisma es un efecto de ello; es más, el uso

del derecho de guerra no supone ningúntratado de paz. Han hecho un convenio,sea; pero este convenio, lejos de destruirel estado de guerra, supone sucontinuidad.

Así, de cualquier modo que seconsideren las cosas, el derecho deesclavitud es nulo, no sólo por ilegítimo,sino por absurdo y porque no significanada. Estas palabras, esclavo y derecho,son contradictorias: se excluyenmutuamente. Sea de un hombre a otro,bien de un hombre a un pueblo, esterazonamiento será igualmente insensato:«Hago contigo un convenio,completamente en tu perjuicio ycompletamente en mi provecho, que yo

observaré cuando me plazca y que túobservarás cuando me plazca a mítambién».

Capítulo VDe cómo es preciso

elevarse siempre a unaprimera convención

Aun cuando concediese todo lo que herefutado hasta aquí, los fautores deldespotismo no habrán avanzado más porello. Siempre habrá una gran diferenciaentre someter una multitud y regir unasociedad. Que hombres dispersos seansubyugados sucesivamente a uno solo,cualquiera que sea el número en que seencuentren, no por esto dejamos de

hallarnos ante un señor y esclavos, mas noante un pueblo y su jefe; es, si se quiere,una agregación, pero no una asociación;no hay en ello ni bien público ni cuerpopolítico. Este hombre, aunque hayaesclavizado la mitad del mundo, no dejade ser un particular; su interés, desligadodel de los demás, es un interés privado.Al morir este mismo hombre, quedadisperso y sin unión su imperio, como unaencina se deshace y cae en un montón deceniza después de haberla consumido elfuego.

Un pueblo —dice Grocio— puedeentregarse a un rey. Esta misma donaciónes un acto civil; supone una deliberaciónpública. Antes de examinar el acto por el

cual un pueblo elige a un rey sería buenoexaminar e! acto por el cual un pueblo estal pueblo; porque siendo este actonecesariamente anterior al otro, es elverdadero fundamento de la sociedad.

En efecto; si no hubiese convenciónanterior, ¿dónde radicaría la obligaciónpara la minoría de someterse a la elecciónde la mayoría, a mentís que la elecciónfuese unánime? Y ¿de dónde cientos quequieren un señor tienen derecho a votarpor diez que no lo quieren? La misma leyde la pluralidad de los sufragios es unafijación de convención y supone, al menosuna vez, la previa unanimidad.

Capítulo VIDel pacto social

Supongo a los hombres llegados a unpunto en que los obstáculos queperjudican a su conservación en el estadode naturaleza logran vencer, mediante suresistencia, a la fuerza que cada individuopuede emplear para mantenerse en dichoestado. Desde este momento, el estadoprimitivo no puede subsistir, y el génerohumano perecería si no cambiase demanera de ser.

Ahora bien: como los hombres nopueden engendrar nuevas fuerzas, sino

unir y dirigir las que existen, no tienenotro medio de conservarse que formar poragregación una suma de fuerzas que puedaexceder a la resistencia, ponerlas en juegopor un solo móvil y hacerlas obrar enarmonía.

Esta suma de fuerzas no puede nacersino del concurso de muchos; pero siendola fuerza y la libertad de cada hombre losprimeros instrumentos de su conservación,¿cómo va a comprometerlos sinperjudicarse y sin olvidar los cuidadosque se debe? Esta dificultad, referida anuestro problema, puede enunciarse enestos términos:

«Encontrar una forma de asociaciónque defienda y proteja de toda fuerza

común a la persona y a los bienes de cadaasociado, y por virtud de la cual cada uno,uniéndose a todos, no obedezca sino a símismo y quede tan libre como antes». Tales el problema fundamental, al cual dasolución el Contrato social.

Las cláusulas de este contrato sehallan determinadas hasta tal punto por lanaturaleza del acto, que la menormodificación las haría vanas y de efectonulo; de suerte que, aun cuando jamáshubiesen podido ser formalmenteenunciadas, son en todas partes lasmismas y doquiera están tácitamenteadmitidas y reconocidas, hasta que, unavez violado el pacto social, cada cualvuelve a la posesión de sus primitivos

derechos y a recobrar su libertad natural,perdiendo la convencional, por la cualrenunció a aquélla.

Estas cláusulas, debidamenteentendidas, se reducen todas a una sola, asaber: la enajenación total de cadaasociado con todos sus derechos a toda lahumanidad; porque, en primer lugar,dándose cada uno por entero, la condiciónes la misma para todos, y siendo lacondición igual para todos, nadie tieneinterés en hacerla onerosa a los demás.

Es más: cuando la enajenación se hacesin reservas, la unión llega a ser lo másperfecta posible y ningún asociado tienenada que reclamar, porque si quedasenreservas en algunos derechos, los

particulares, como no habría ningúnsuperior común que pudiese fallar entreellos y el público, siendo cada cual supropio juez en algún punto, prontopretendería serlo en todos, y el estado denaturaleza subsistiría y la asociaciónadvendría necesariamente tiránica o vana.

En fin, dándose cada cual a todos, nose da a nadie, y como no hay un asociado,sobre quien no se adquiera el mismoderecho que se le concede sobre sí, segana el equivalente de todo lo que sepierde y más fuerza para conservar lo quese tiene.

Por tanto, si se elimina del pactosocial lo que no le es de esencia, nosencontramos con que se reduce a los

términos siguientes: «Cada uno denosotros pone en común su persona y todosu poder bajo la suprema dirección de lavoluntad general, y nosotros recibimosademás a cada miembro como parteindivisible del todo».

Este acto produce inmediatamente, envez de la persona particular de cadacontratante, un cuerpo moral y colectivo,compuesto de tantos miembros comovotos tiene la asamblea, el cual recibe deeste mismo acto su unidad, su yo común,su vida y su voluntad. Esta personapública que así se forma, por la unión detodos los demás, tomaba en otro tiempo elnombre de ciudad[6] y toma ahora el derepública o de cuerpo político, que es

llamado por sus miembros Estado, cuandoes pasivo; soberano, cuando es activo;poder, al compararlo a sus semejantes;respecto a los asociados, tomancolectivamente el nombre de pueblo, y sellaman en particular ciudadanos, en cuantoson participantes de la autoridadsoberana, y súbditos, en cuanto sometidosa las leyes del Estado. Pero estostérminos se confunden frecuentemente y setoman unos por otros; basta con saberlosdistinguir cuando se emplean en toda suprecisión.

Capítulo VIIDel soberano

Se ve por esta fórmula que el acto deasociación encierra un compromisorecíproco del público con losparticulares, y que cada individuo,contratando, por decirlo así, consigomismo, se encuentra comprometido bajouna doble relación, a saber: comomiembro del soberano, respecto a losparticulares, y como miembro del Estado,respecto al soberano. Mas no puedeaplicarse aquí la máxima del derechocivil de que nadie se atiene a los

compromisos contraídos consigo mismo;porque hay mucha diferencia entreobligarse con uno mismo o con un todo deque se forma parte.

Es preciso hacer ver, además, que ladeliberación pública, que puede obligar atodos los súbditos respecto al soberano, acausa de las dos diferentes relacionesbajo las cuales cada uno de ellos esconsiderado, no puede por la razóncontraria obligar al soberano para con élmismo, y, por tanto, que es contrario a lanaturaleza del cuerpo político que elsoberano se imponga una ley que no puedeinfringir. No siéndole dable considerarsemás que bajo una sola y misma relación,se encuentra en el caso de un particular

que contrata consigo mismo; de donde seve que no hay ni puede haber ningunaespecie de ley fundamental obligatoriapara el cuerpo del pueblo, ni siquiera elcontrato social. Lo que no significa queeste cuerpo no pueda comprometerse porcompleto con respecto a otro, en lo que noderogue este contrato; porque, en lo querespecta al extranjero, es un simple ser, unindividuo.

Pero el cuerpo político o el soberano,no derivando su ser sino de la santidaddel contrato, no puede nunca obligarse, niaun respecto a otro, a nada que derogueeste acto primitivo, como el de enajenaralguna parte de sí mismo o someterse aotro soberano. Violar el acto por el cual

existe sería aniquilarlo, y lo que no esnada no produce nada.

Tan pronto como esta multitud se hareunido así en un cuerpo, no se puedeofender a uno de los miembros ni atacar alcuerpo, ni menos aún ofender al cuerposin que los miembros se resistan. Portanto, el deber, el interés, obliganigualmente a las dos partes contratantes aayudarse mutuamente, y los mismoshombres deben procurar reunir bajo estadoble relación todas las ventajas quedependan de ella.

Ahora bien; no estando formado elsoberano sino por los particulares que locomponen, no hay ni puede haber interéscontrario al suyo; por consiguiente, el

poder soberano no tiene ningunanecesidad de garantía con respecto a lossúbditos, porque es imposible que elcuerpo quiera perjudicar a todos susmiembros, y ahora veremos cómo nopuede perjudicar a ninguno en particular.El soberano, sólo por ser lo que es, essiempre lo que debe ser.

Mas no ocurre lo propio con lossúbditos respecto al soberano, de cuyoscompromisos, a pesar del interés común,nada respondería si no encontrase mediosde asegurarse de su fidelidad.

En efecto; cada individuo puede comohombre tener una voluntad particularcontraria o disconforme con la voluntadgeneral que tiene como ciudadano; su

interés particular puede hablarle de unmodo completamente distinto de como lohace el interés común; su existencia,absoluta y naturalmente independiente, lepuede llevar a considerar lo que debe a lacausa común, como una contribucióngratuita, cuya pérdida será menosperjudicial a los demás que oneroso espara él el pago, y considerando la personamoral que constituye el Estado como unser de razón, ya que no es un hombre,gozaría de los derechos del ciudadano sinquerer llenar los deberes del súbdito,injusticia cuyo progreso causaría la ruinadel cuerpo político.

Por tanto, a fin de que este pactosocial no sea una vana fórmula, encierra

tácitamente este compromiso: que sólopor sí puede dar fuerza a los demás, y quequienquiera se niegue a obedecer lavoluntad general será obligado a ello portodo el cuerpo. Esto no significa otra cosasino que se le obligará a ser libre, pues estal la condición, que dándose cadaciudadano a la patria le asegura de todadependencia personal; condición queconstituye el artificio y el juego de lamáquina política y que es la única quehace legítimos los compromisos civiles,los cuales sin esto serían absurdos,tiránicos y estarían sujetos a los másenormes abusos.

Capítulo VIIIDel estado civil

Este tránsito del estado de naturaleza alestado civil produce en el hombre uncambio muy notable, al sustituir en suconducta la justicia al instinto y al dar asus acciones la moralidad que antes lefaltaba. Sólo cuando ocupa la voz deldeber el lugar del impulso físico y elderecho el del apetito es cuando elhombre, que hasta entonces no habíamirado más que a sí mismo, se veobligado a obrar según otros principios ya consultar su razón antes de escuchar sus

inclinaciones. Aunque se prive en esteestado de muchas ventajas que le brindala Naturaleza, alcanza otra tan grande alejercitarse y desarrollarse sus facultades,al extenderse sus ideas, al ennoblecersesus sentimientos; se eleva su alma entera atal punto, que si el abuso de esta nuevacondición no lo colocase frecuentementepor bajo de aquella de que procede,debería bendecir sin cesar el feliz instanteque le arrancó para siempre de ella, y quede un animal estúpido y limitado hizo unser inteligente y un hombre.

Reduzcamos todo esto balance atérminos fáciles de comparar: lo que elhombre pierde por el contrato social es sulibertad natural y un derecho ilimitado a

todo cuanto le apetece y puede alcanzar;lo que gana es la libertad civil y lapropiedad de todo lo que posee. Para noequivocarse en estas complicaciones espreciso distinguir la libertad natural, queno tiene más límite que las fuerzas delindividuo, de la libertad civil, que estálimitada por la voluntad general, y laposesión, que no es sino el efecto de lafuerza o el derecho del primer ocupante,de la propiedad, que no puede fundarsesino sobre un título positivo.

Según lo que precede, se podríaagregar a lo adquirido por el estado civilla libertad moral, la única queverdaderamente hace al hombre dueño desí mismo, porque el impulso exclusivo del

apetito es esclavitud, y la obediencia a laley que se ha prescrito es la libertad; masya he dicho demasiado sobre esteparticular y sobre el sentido filosófico dela palabra libertad, que no es aquí mitema.

Capítulo IXDel dominio real

Cada miembro de la comunidad se da aella en el momento en que se forma talcomo se encuentra actualmente; se entregaél con sus fuerzas, de las cuales formanparte los bienes que posee. No es que poreste acto cambie la posesión de naturalezaal cambiar de mano y advenga propiedaden las del soberano; sino que, como lasfuerzas de la ciudad sonincomparablemente mayores que las de unparticular, la posesión pública es también,de hecho, más fuerte y más irrevocable,

sin ser más legítima, al menos para losextraños; porque el Estado, con respecto asus miembros, es dueño de todos susbienes por el contrato social, el cual, en elEstado, es la base a todos los derechos;pero no lo es frente a las demás potenciassino por el derecho de primer ocupante,que corresponde a los particulares.

El derecho de primer ocupante,aunque más real que el del más fuerte, noadviene un verdadero derecho sinodespués del establecimiento del depropiedad. Todo hombre tiene,naturalmente, derecho a todo aquello quele es necesario; mas el acto positivo quele hace propietario de algún bien loexcluye de todo lo demás. Tomada su

parte, debe limitarse a ella, y no tiene yaningún derecho en la comunidad. He aquípor qué el derecho del primer ocupante,tan débil en el estado de naturaleza, esrespetable para todo hombre civil. Serespeta menos en este derecho lo que esde otro que lo que no es de uno mismo.

En general, para autorizar sobrecualquier porción de terreno el derechodel primer ocupante son precisas lascondiciones siguientes: primera, que esteterritorio no esté aún habitado por nadie;segunda, que no se ocupe de él sino laextensión de que se tenga necesidad parasubsistir, y en tercer lugar, que se tomeposesión de él, no mediante una vanaceremonia, sino por el trabajo y el

cultivo, único signo de propiedad que, afalta de títulos jurídicos, debe serrespetado por los demás.

En efecto: conceder a la necesidad yal trabajo el derecho de primer ocupante,¿no es darle la extensión máxima de quees susceptible? ¿Puede no ponérselelímites a este derecho? ¿Será suficienteponer el pie en un terreno común paraconsiderarse dueño de él? ¿Bastará tenerla fuerza necesaria para apartar unmomento a los demás hombres, paraquitarles el derecho de volver a él?¿Cómo puede un hombre o un puebloapoderarse de un territorio inmenso yprivar de él a todo el género humano sinque esto constituya una usurpación

punible, puesto que quita al resto de loshombres la habitación y los alimentos quela Naturaleza les da en común? ¿Eramotivo suficiente que Núñez de Balboatomase posesión, en la costa del mar delSur, de toda la América meridional, ennombre de la corona de Castilla, paradesposeer de ellas a todos los habitantes yexcluir de las mismas a todos lospríncipes del mundo? De modo análogo semultiplicaban vanamente escenassemejantes, y el rey católico no tenía másque tomar posesión del universo entero deun solo golpe, exceptuando tan sólo de suImperio lo que con anterioridad poseíanlos demás príncipes.

Se comprende cómo las tierras de los

particulares reunidas y contiguas seconvierten en territorio público, y cómo elderecho de soberanía, extendiéndosedesde los súbditos al terreno, adviene a lavez real y personal. Esto coloca a losposeedores en una mayor dependencia yhace de sus propias fuerzas la garantía desu fidelidad; ventaja que no parece habersido bien apreciada por los antiguosmonarcas, quienes, llamándose reyes delos persas, de los escitas, de losmacedonios, parecían considerarse máscomo jefes de los hombres que comoseñores de su país. Los de hoy se llaman,más hábilmente, reyes de Francia, deEspaña, de Inglaterra, etc.; dominando asíel territorio, están seguros de dominar a

sus habitantes.Lo que hay de singular en esta

enajenación es que, lejos de despojar lacomunidad a los particulares de susbienes, al aceptarlos, no hace sinoasegurarles la legítima posesión de losmismos, cambiar la usurpación en unverdadero derecho y el disfrute enpropiedad. Entonces, siendo consideradoslos poseedores como depositarios delbien público, respetados los derechos detodos los miembros del Estado ymantenidos con todas sus fuerzas contra elextranjero, por una cesión ventajosa alpúblico, y más aún a ellos mismos,adquieren, por decirlo así, todo lo que handado; paradoja que se aplica fácilmente a

la distinción de los derechos que elsoberano y el propietario tienen sobre elmismo fundo, como a continuación severá.

Puede ocurrir también que loshombres comiencen a unirse antes deposeer nada y que, apoderándose enseguida de un territorio suficiente paratodos, gocen de él en común o lo repartanentre ellos, ya por igual, ya segúnproporciones establecidas por elsoberano. De cualquier modo que se hagaesta adquisición, el derecho que tienecada particular sobre el mismo fundo estásiempre subordinado al derecho que lacomunidad tiene sobre todos, sin lo cualno habría ni solidez en el vínculo social ni

fuerza real en el ejercicio de la soberanía.Terminaré este capítulo y este libro

con una indicación que debe servir debase a todo el sistema social, a saber: queen lugar de destruir la igualdad natural, elpacto fundamental sustituye, por elcontrario, con una igualdad moral ylegítima lo que la Naturaleza habíapodido poner de desigualdad física entrelos hombres y que, pudiendo serdesiguales en fuerza o en talento, advienentodos iguales por convención y derecho[7].

Libro Segundo

Capítulo ILa soberanía es

inalienable

La primera y más importante consecuenciade los principios anteriormenteestablecidos es que la voluntad generalpuede dirigir por sí sola las fuerzas delEstado según el fin de su institución, quees el bien común; porque si la oposiciónde los intereses particulares ha hechonecesario el establecimiento de lassociedades, el acuerdo de estos mismosintereses es lo que lo ha hecho posible.Esto es lo que hay de común en estos

diferentes intereses que forman el vínculosocial; y si no existiese un punto en el cualse armonizasen todos ellos, no hubiesepodido existir ninguna sociedad. Ahorabien; sólo sobre este interés común debeser gobernada la sociedad.

Digo, pues, que no siendo la soberaníasino el ejercicio de la voluntad general,no puede enajenarse jamás, y el soberano,que no es sino un ser colectivo, no puedeser representado más que por sí mismo: elpoder es susceptible de ser transmitido,mas no la voluntad.

En efecto; si bien no es imposible queuna voluntad particular concuerde enalgún punto con la voluntad general, sí loes, al menos, que esta armonía sea

duradera y constante, porque la voluntadparticular tiende por su naturaleza alprivilegio y la voluntad general a laigualdad. Es aún más imposible que existauna garantía de esta armonía, aun cuandosiempre debería existir; esto no sería unefecto del arte, sino del azar. El soberanopuede muy bien decir: «Yo quieroactualmente lo que quiere tal hombre o,por lo menos, lo que dice querer»; perono puede decir: «Lo que este hombrequerrá mañana yo lo querré también»;puesto que es absurdo que la voluntad seeche cadenas para el porvenir y porque nodepende de ninguna voluntad el consentiren nada que sea contrario al bien del serque quiere. Si, pues, el pueblo promete

simplemente obedecer, se disuelve poreste acto y pierde su cualidad de pueblo;en el instante en que hay un señor, ya nohay soberano, y desde entonces el cuerpopolítico queda destruido.

No quiere esto decir que las órdenesde los jefes no pueden pasar porvoluntades generales, en cuanto elsoberano, libre para oponerse, no lo hace.En casos tales, es decir, en casos desilencio universal, se debe presumir elconsentimiento del pueblo. Esto seexplicará más detenidamente.

Capítulo IILa soberanía es

indivisible

Por la misma razón que la soberanía no esenajenable es indivisible; porque lavoluntad es general o no lo es; es la delcuerpo del pueblo o solamente de unaparte de él[8]. En el primer caso, estavoluntad declarada es un acto desoberanía y hace ley; en el segundo, no essino una voluntad particular o un acto demagistratura; es, a lo más, un decreto.

Mas no pudiendo nuestros políticosdividir la soberanía en su principio, la

dividen en su objeto; la dividen en fuerzay en voluntad; en Poder legislativo yPoder ejecutivo; en derechos de impuesto,de justicia y de guerra; en administracióninterior y en poder de tratar con elextranjero; tan pronto confunden todasestas partes como las separan. Hacen delsoberano un ser fantástico, formado depiezas relacionadas; es como sicompusiesen el hombre de muchoscuerpos, de los cuales uno tuviese losojos, otro los brazos, otro los pies, y nadamás. Se dice que los charlatanes delJapón despedazan un niño a la vista de losespectadores, y después, lanzando al airesus miembros uno después de otro, hacenque el niño vuelva a caer al suelo vivo y

entero. Semejantes son los juegosmalabares de nuestros políticos: despuésde haber despedazado el cuerpo social,por un prestigio digno de la magia reúnenlos pedazos no se sabe cómo.

Este error procede de no haberseformado noción exacta de la autoridadsoberana y de haber considerado comopartes de esa autoridad lo que no eransino emanaciones de ella. Así, porejemplo, se ha considerado el acto dedeclarar la guerra y el de hacer la pazcomo actos de soberanía; cosa inexacta,puesto que cada uno de estos actos noconstituye una ley, sino solamente unaaplicación de la ley, un acto particularque determina el caso de la ley, como se

verá claramente cuando se fije la idea queva unida a la palabra ley.

Siguiendo el análisis de las demásdivisiones, veríamos que siempre que secree ver la soberanía dividida seequivoca uno; que los derechos que setoman como parte de esta soberanía leestán todos subordinados y suponensiempre voluntades supremas, de lascuales estos hechos no son sino suejecución.

No es posible expresar cuántaoscuridad ha lanzado esta falta deexactitud sobre las decisiones de losautores en materia de Derecho políticocuando han querido juzgar de los derechosrespectivos de los reyes y de los pueblos

sobre los principios que habíanestablecido. Todo el que quiera puede veren los capítulos III y IV del primer librode Grocio cómo este sabio y su traductorBarbeyrac se confunden y enredan en sussofismas por temor a decir demasiado, ode no decir bastante, según sus puntos devista, y de hacer chocar los intereses quedebían conciliar. Grocio, refugiado enFrancia, descontento de su patria yqueriendo hacer la corte a Luis XIII, aquien iba dedicado su libro, no perdonamedio de despojar a los pueblos de todossus derechos y de adornar a los reyes contodo el arte posible. Éste hubiese sidotambién el gusto de Barbeyrac, quededicaba su traducción al rey de

Inglaterra Jorge I. Pero,desgraciadamente, la expulsión de JacoboII, que él llama abdicación, le obliga aguardar reservas, a soslayar, atergiversar, para no hacer de Guillermo unusurpador. Si estos dos escritoreshubiesen adoptado los verdaderosprincipios, se habrían salvado todas lasdificultades y habrían sido siempreconsecuentes; pero hubieran dicho, pordesgracia, la verdad y no hubiesen hechola corte más que al pueblo. Ahora bien; laverdad no conduce al lucro, y el pueblono da embajadas, ni sedes, ni pensiones.

Capítulo IIISobre si la voluntadgeneral puede errar

Se sigue de todo lo que precede que lavoluntad general es siempre recta y tiendea la utilidad pública; pero no que lasdeliberaciones del pueblo ofrezcansiempre la misma rectitud. Se quieresiempre el bien propio; pero no siemprese le conoce. Nunca se corrompe alpueblo; pero frecuentemente se le engaña,y solamente entonces es cuando parecequerer lo malo.

Hay, con frecuencia, bastante

diferencia entre la voluntad de todos y lavoluntad general. Ésta no tiene en cuentasino el interés común; la otra se refiere alinterés privado, y no es sino una suma devoluntades particulares. Pero quitad deestas mismas voluntades el más y elmenos, que se destruyen mutuamente[9], yqueda como suma de las diferencias lavoluntad general.

Si cuando el pueblo delibera, una vezsuficientemente informado, nomantuviesen los ciudadanos ningunacomunicación entre sí, del gran número delas pequeñas diferencias resultaría lavoluntad general y la deliberación seríasiempre buena. Mas cuando se desarrollanintrigas y se forman asociaciones

parciales a expensas de la asociacióntotal, la voluntad de cada una de estasasociaciones se convierte en general, conrelación a sus miembros, y en particularcon relación al Estado; entonces no cabedecir que hay tantos votantes comohombres, por tanto como asociaciones.Las diferencias se reducen y dan unresultado menos general. Finalmente,cuando una de estas asociaciones es tangrande que excede a todas las demás, notendrá como resultado una suma depequeñas diferencias sino una diferenciaúnica; entonces no hay ya voluntadgeneral, y la opinión que domina no essino una opinión particular.

Importa, pues, para poder fijar bien el

enunciado de la voluntad general, que nohaya ninguna sociedad parcial en elEstado y que cada ciudadano opineexclusivamente según él mismo[10]; tal fuela única y sublime institución del granLicurgo. Si existen sociedades parciales,es preciso multiplicar el número de ellasy prevenir la desigualdad, como hicieronSolón, Numa y Servio. Estas precaucionesson las únicas buenas para que la voluntadgeneral se manifieste siempre y para queel pueblo no se equivoque nunca

Capítulo IVDe los límites del poder

soberano

Si el Estado o la ciudad no es sino unapersona moral, cuya vida consiste en launión de sus miembros, y si el másimportante de sus cuidados es el de supropia conservación, le es indispensableuna fuerza universal y compulsiva quemueva y disponga cada parte del modomás conveniente para el todo.

De igual modo que la Naturaleza da acada hombre un poder absoluto sobre susmiembros, así el pacto social da al cuerpo

político un poder absoluto sobre todo losuyo. Ese mismo poder es el que, dirigidopor la voluntad general, lleva el nombrede soberanía.

Pero, además de la persona pública,tenemos que considerar las personasprivadas que la componen, y cuya vida ylibertad son naturalmente independientesde ella. Se trata, pues, de distinguir bienlos derechos respectivos de losciudadanos y del soberano[11], así comolos deberes que tienen que llenar losprimeros, en calidad de súbditos delderecho natural, cualidad de que debengozar por el hecho de ser hombres.

Se conviene en que todo lo que cadauno enajena de su poder mediante el pacto

social, de igual suerte que se enajena desus bienes, de su libertad, es solamente laparte de todo aquello cuyo uso importa ala comunidad; mas es preciso convenirtambién que sólo el soberano es juez paraapreciarlo.

Cuantos servicios pueda un ciudadanoprestar al Estado se los debe prestar en elacto en que el soberano se los pida; peroéste, por su parte, no puede cargar a sussúbditos con ninguna cadena que sea inútila la comunidad, ni siquiera puededesearlo; porque bajo la ley de la razónno se hace nada sin causa, como asimismoocurre bajo la ley de la Naturaleza.

Los compromisos que nos ligan alcuerpo social no son obligatorios sino

porque son mutuos, y su naturaleza es tal,que al cumplirlos no se puede trabajarpara los demás sin trabajar también parasí. ¿Por qué la voluntad general essiempre recta, y por qué todos quierenconstantemente la felicidad de cada unode ellos, si no es porque no hay nadie queno se apropie estas palabras de cada unoy que no piense en sí mismo al votar paratodos? Lo que prueba que la igualdad dederecho y la noción de justicia queproduce se derivan de la preferencia quecada uno se da y, por consiguiente, de lanaturaleza del hombre; que la voluntadgeneral, para ser verdaderamente tal, debeserlo en su objeto tanto como en suesencia; que debe partir de todos, para

aplicarse a todos, y que pierde su naturalrectitud cuando tiende a algún objetoindividual y determinado, porqueentonces, juzgando de lo que nos esextraño, no tenemos ningún verdaderoprincipio de equidad que nos guíe.

En efecto; tan pronto como se trata deun hecho o de un derecho particular sobreun punto que no ha sido reglamentado poruna convención general y anterior, elasunto adviene contencioso; es un procesoen que los particulares interesados sonuna de las partes, y el público la otra;pero en el que no ve ni la ley que espreciso seguir ni el juicio que debepronunciar. Sería ridículo entoncesquererse referir a una expresa decisión de

la voluntad general, que no puede ser sinola conclusión de una de las partes, y que,por consiguiente, no es para la otra sinouna voluntad extraña, particular, llevadaen esta ocasión a la injusticia y sujeta alerror. Así, del mismo modo que unavoluntad particular no puede representarla voluntad general, ésta, a su vez, cambiade naturaleza teniendo un objetoparticular, y no puede, como general,pronunciarse ni sobre un hombre ni sobreun hecho. Cuando el pueblo de Atenas,por ejemplo, nombraba o deponía susjefes, otorgaba honores al uno, imponíapenas al otro y, por multitud de decretosparticulares, ejercía indistintamente todoslos actos de gobierno, el pueblo entonces

no tenía la voluntad general propiamentedicha; no obraba ya como soberano, sinocomo magistrado. Esto parecerá contrarioa las ideas comunes; pero es preciso quese me deje tiempo para exponer las mías.

Se debe concebir, por consiguiente,que lo que generaliza la voluntad esmenos el número de votos que el interéscomún que los une; porque en estainstitución cada uno se sometenecesariamente a las condiciones que élimpone a los demás: armonía admirabledel interés y de la justicia, que da a lasdeliberaciones comunes un carácter deequidad, que se ve desvanecerse en ladiscusión de todo negocio particular porfalta de un interés común que una e

identifique la regla del juez con la de laparte.

Por cualquier lado que se eleve uno alprincipio, se llegará siempre a la mismaconclusión, a saber: que el pacto socialestablece entre los ciudadanos unaigualdad tal, que se comprometen todosbajo las mismas condiciones y, por tanto,que deben gozar todos los mismosderechos. Así, por la naturaleza de pacto,todo acto de soberanía, es decir, todo actoauténtico de la voluntad general, obliga yfavorece igualmente a todos losciudadanos; de suerte que el soberanoconoce solamente el cuerpo de la nación yno distingue a ninguno de aquellos que lacomponen. ¿Qué es propiamente un acto

de soberanía? No es, en modo alguno, unaconvención del superior con el inferior,sino una convención del cuerpo con cadauno de sus miembros; convenciónlegítima, porque tiene por base el contratosocial; equitativa, porque es común atodos; útil, porque no puede tener másobjeto que el bien general, y sólida,porque tiene como garantía la fuerzapública y el poder supremo. En tanto quelos súbditos no se hallan sometidos másque a tales convenciones, no obedecen anadie sino a su propia voluntad; ypreguntar hasta dónde se extienden losderechos respectivos del soberano y delos ciudadanos es preguntar hasta quépunto pueden éstos comprometerse

consigo mismos, cada uno de ellosrespecto a todos y todos respecto a cadauno de ellos.

De aquí se deduce que el podersoberano, por muy absoluto, sagrado einviolable que sea, no excede, ni puedeexceder, de los límites de lasconvenciones generales, y que todohombre puede disponer plenamente de loque por virtud de esas convenciones lehan dejado de sus bienes y de su libertad.De suerte que el soberano no tiene jamásderecho de pesar sobre un súbdito másque sobre otro, porque entonces, aladquirir el asunto carácter particular, haceque su poder deje de ser competente.

Una vez admitidas estas distinciones,

es preciso afirmar que es falso que en elcontrato social haya de parte de losparticulares ninguna renuncia verdadera;pues su situación, por efecto de estecontrato, es realmente preferible a la deantes, y en lugar de una enajenación nohan hecho sino un cambio ventajoso, deuna manera de vivir incierta y precaria,por otra mejor y más segura; de laindependencia natural, por la libertad; delpoder de perjudicar a los demás, por supropia seguridad, y de su fuerza, que otrospodrían sobrepasar, por un derecho que launión social hace invencible. Su vidamisma, que han entregado al Estado, estácontinuamente protegida por él. Y, cuandola exponen por su defensa, ¿qué hacen

sino devolverle lo que de él han recibido?¿Qué hacen que no hiciesen másfrecuentemente y con más peligro en elestado de naturaleza, cuando, al librarsede combatientes inevitables, defendiesencon peligro de su vida lo que les sirvepara conservarla? Todos tienen quecombatir, en caso de necesidad, por lapatria, es cierto; pero, en cambio, no tienenadie que combatir por sí. ¿Y no se vaganando, al arriesgar por lo que garantizanuestra seguridad, una parte de lospeligros que sería preciso correr pornosotros mismos tan pronto como nosfuese aquélla arrebatada?

Capítulo VDel derecho de vida y

de muerte

Se pregunta: ¿cómo no teniendo derechoalguno a disponer de su propia vidapueden los particulares transmitir alsoberano este mismo derecho de quecarecen? Esta cuestión parece difícil deresolver porque está mal planteada. Todohombre tiene derecho a arriesgar supropia vida para conservarla. ¿Se hadicho nunca que quien se tira por unaventana para huir de un incendio seaculpable dé suicidio? ¿Se le ha imputado

nunca este crimen a quien perece en unatempestad, cuyo peligro no ignoraba alembarcarse?

El contrato social tiene por fin laconservación de los contratantes. Quienquiere el fin quiere también los medios, yestos medios son inseparables de algunosriesgos e incluso de algunas pérdidas.Quien quiere conservar su vida aexpensas de los demás debe darla tambiénpor ellos cuando sea necesario. Ahorabien, el ciudadano no es juez del peligro aque quiere la ley que se exponga, ycuando el príncipe le haya dicho: «Esindispensable para el Estado quemueras», debe morir, puesto que sólo conesta condición ha vivido hasta entonces

seguro, y ya que su vida no es tan sólo unamerced de la Naturaleza, sino un doncondicional del Estado.

La pena de muerte infligida a loscriminales puede ser considerada casidesde el mismo punto de vista: a fin de noser la víctima de un asesino se consienteen morir si se llega a serlo. En este pacto,lejos de disponer de la propia vida, no sepiensa sino en darle garantías, y no es desuponer que ninguno de los contratantespremedite entonces la idea de dar motivoa que se le ajusticie.

Por lo demás, todo malhechor, alatacar el derecho social, hácese por susdelitos rebelde y traidor a la patria; dejade ser miembro de ella al violar las leyes,

y hasta le hace la guerra. Entonces laconservación del Estado es incompatiblecon la suya; es preciso que uno de los dosperezca, y cuando se hace morir alculpable, es menos como ciudadano quecomo enemigo. Los procedimientos, eljuicio, son las pruebas y la declaración deque ha roto el pacto social, y, porconsiguiente, de que no es ya miembro delEstado. Ahora bien; como él se hareconocido como tal, a lo menos por suresidencia, debe ser separado de aquél,por el destierro, como infractor del pacto,o por la muerte, como enemigo público;porque un enemigo tal no es una personamoral, es un hombre, y entonces elderecho de la guerra es matar al vencido.

Mas se dice que la condena de uncriminal es un acto particular. Deacuerdo. Tampoco esta condenacorresponde al soberano; es un derechoque puede conferir sin poder ejercerlo élmismo. Todas mis ideas están articuladas;pero no puedo exponerlas a la vez.

Además, la frecuencia de los suplicioses siempre un signo de debilidad o depereza en el gobierno. No hay malvadoque no pueda hacer alguna cosa buena. Nose tiene derecho a dar muerte, ni paraejemplo, sino a quien no pueda dejar vivirsin peligro.

Respecto al derecho de gracia o al deeximir a un culpable de la pena impuestapor la ley y pronunciada por el juez, no

corresponde sino a quien está por encimadel juez y de la ley, es decir, al soberano:todavía su derecho a esto no está bienclaro, y los casos en que se ha usado de élson muy raros. En un Estado biengobernado hay pocos castigos, no porquese concedan muchas gracias, sino porquehay pocos criminales; la excesivafrecuencia de crímenes asegura suimpunidad cuando el Estado decae. Bajola república romana, ni el Senado, ni loscónsules intentaron jamás conceder graciaalguna; el pueblo mismo no la otorgaba,aun cuando algunas veces revocase supropio juicio. Las gracias frecuentesanuncian que pronto no tendrán necesidadde ellas los delitos, y todo el mundo sabe

a qué conduce esto. Mas siento que micorazón murmura y detiene mi pluma;dejemos estas cuestiones para que lasdiscuta el hombre justo, que no ha caídonunca y que jamás tuvo necesidad degracia.

Capítulo VIDe la ley

Mediante el pacto social hemos dadoexistencia y vida al cuerpo político; setrata ahora de darle el movimiento y lavoluntad mediante la legislación. Porqueel acto primitivo por el cual este cuerpose forma y se une no dice en sí mismonada de lo que debe hacer paraconservarse.

Lo que es bueno y está conforme conel orden lo es por la naturaleza de lascosas e independientemente de lasconvenciones humanas. Toda justicia

viene de Dios. Sólo Él es la fuente deella; mas si nosotros supiésemos recibirlade tan alto, no tendríamos necesidad ni degobierno ni de leyes. Sin duda, existe unajusticia universal que emana sólo de larazón; pero esta justicia, para ser admitidaentre nosotros, debe ser recíproca. Lasleyes de la justicia son vanas entre loshombres, si consideramos humanamentelas cosas, a falta de sanción natural; noreportan sino el bien al malo y el mal aljusto, cuando éste las observa para conlas demás sin que nadie las observe paracon él. Son necesarias, pues,convenciones y leyes para unir losderechos a los deberes y llevar la justiciaa su objeto. En el estado de naturaleza, en

que todo es común, nada debo a quiennada he prometido; no reconozco que seade otro sino lo que me es inútil. No ocurrelo propio en el estado ci vil, en que todoslos derechos están fijados por la ley.

Mas ¿qué es entonces una ley?Mientras nos contentemos con no unir aesta palabra sino ideas metafísicas,continuaremos razonando sin entendernos,y cuando se haya dicho lo que es una leyde la Naturaleza no por eso se sabrámejor lo que es una ley de Estado.

Ya he dicho que no existía voluntadgeneral sobre un objeto particular. Enefecto; ese objeto particular está en elEstado o fuera del Estado. Si está fueradel Estado, una voluntad que le es extraña

no es general con respecto a él, y si esteobjeto está en el Estado, forma parte deél; entonces se establece entre el todo y suparte una relación que hace de ellos dosseres separados, de los cuales la parte esuno, y el todo, excepto esta misma parte,el otro. Pero el todo, menos una parte, noes el todo, y en tanto que esta relaciónsubsista, no hay todo, sino dos partesdesiguales; de donde se sigue que lavoluntad de una de ellas no es tampocogeneral con relación a la otra.

Mas cuando todo el pueblo estatuyesobre sí mismo, sólo se considera a sí, ysi se establece entonces una relación, esdel objeto en su totalidad, aunque desdeun aspecto, al objeto entero, considerado

desde otro, pero sin ninguna división deltodo, y la materia sobre la cual se estatuyees general, de igual suerte que lo es lavoluntad que estatuye. A este acto es alque yo llamo una ley.

Cuando digo que el objeto de las leyeses siempre general, entiendo que la leyconsidera a los súbditos en cuantocuerpos y a las acciones como abstractos:nunca toma a un hombre como individuoni una acción particular. Así, la ley puedeestatuir muy bien que habrá privilegios;pero no puede darlos especialmente anadie. La ley puede hacer muchas clasesde ciudadanos y hasta señalar lascualidades que darán derecho a estasclases; mas no puede nombrar a éste o a

aquél para ser admitidos en ellas; puedeestablecer un gobierno real y una sucesiónhereditaria, mas no puede elegir un rey ninombrar una familia real; en una palabra,toda función que se relacione con algoindividual no pertenece al Poderlegislativo.

De conformidad con esta idea, esmanifiesto que no hay que preguntar aquién corresponde hacer las leyes, puestoque son actos de la voluntad general, ni siel príncipe está sobre las leyes, puestoque es miembro del Estado, ni si la leypuede ser injusta, puesto que no hay nadainjusto con respecto a sí mismo, ni cómose está libre y sometido a las leyes, puestoque no son éstas sino manifestaciones

externas de nuestras voluntades.Se ve, además, que, reuniendo la ley

la universalidad de la voluntad y la delobjeto, lo que un hombre, cualquiera quesea, ordena como jefe no es en modoalguno una ley; lo que ordena el mismosoberano sobre un objeto particular no estampoco una ley, sino un decreto; no es unacto de soberanía, sino de magistratura.

Llamo, pues, república a todo Estadoregido por leyes, sea bajo la forma deadministración que sea; porque entoncessolamente gobierna el interés publico y lacosa pública es algo. Todo gobiernolegítimo es republicano[12]; a continuaciónexplicaré lo que es gobierno.

Las leyes no son propiamente sino las

condiciones de la asociación civil. Elpueblo sometido a las leyes debe ser suautor; no corresponde regular lascondiciones de la sociedad sino a los quese asocian. Mas ¿cómo la regulan? ¿Seráde común acuerdo, por una inspiraciónsúbita? ¿Tiene el cuerpo político unórgano para enunciar sus voluntades?¿Quién le dará la previsión necesaria paraformar con ellas las actas y publicarlaspreviamente, o cómo las pronunciará en elmomento necesario? Una voluntad ciega,que con frecuencia no sabe lo que quiere,porque rara vez sabe lo que le conviene,¿cómo ejecutaría, por sí misma, unaempresa tan grande, tan difícil, como unsistema de legislación? El pueblo, de por

sí, quiere siempre el bien; pero nosiempre lo ve. La voluntad general essiempre recta; mas el juicio que la guía nosiempre es claro. Es preciso hacerle verlos objetos tal como son, y algunas vecestal como deben parecerle; mostrarle elbuen camino que busca; librarle de lasseducciones de las voluntadesparticulares; aproximar a sus ojos loslugares y los tiempos; contrarrestar elatractivo de las ventajas presentes ysensibles con el peligro de los malesalejados y ocultos. Los particulares ven elbien que rechazan; el público quiere elbien que no ve. Todos necesitanigualmente guías. Es preciso obligar a losunos a conformar sus voluntades a su

razón; es preciso enseñar al otro aconocer lo que quiere. Entonces, de lasluces públicas resulta la unión delentendimiento y de la voluntad en elcuerpo social; de aquí el exacto concursode las partes y, en fin, la mayor fuerza deltodo. He aquí de dónde nace la necesidadde un legislador.

Capítulo VIIDel legislador

Para descubrir las mejores reglas desociedad que convienen a las nacionessería preciso una inteligencia superior,que viese todas las pasiones de loshombres y que no experimentase ninguna;que no tuviese relación con nuestranaturaleza y que la conociese a fondo; quetuviese una felicidad independiente denosotros y, sin embargo, que quisieseocuparse de la nuestra; en fin, que en elprogreso de los tiempos, preparándoseuna gloria lejana, pudiese trabajar en un

siglo y gozar en otro[13]. Serían precisosdioses para dar leyes a los hombres. Elmismo razonamiento que hacía Calígulaen cuanto al hecho, lo hacía Platón encuanto al derecho para definir el hombrecivil o real que busca en su libro DeRegno[14]. Mas si es verdad que un granpríncipe es un hombre raro, ¿qué será deun gran legislador? El primero no tienemás que seguir el modelo que el otro debeproponer; éste es el mecánico que inventala máquina, aquél no es más que el obreroque la monta y la hace marchar. «En elnacimiento de las sociedades —diceMontesquieu— son los jefes de lasrepúblicas los que hacen la institución, yes después la institución la que forma los

jefes de las repúblicas»[15].Aquel que ose emprender la obra de

instituir un pueblo, debe sentirse en estadode cambiar, por decirlo así, la naturalezahumana, de transformar a cada individuo,que por sí mismo es un todo perfecto ysolitario, en parte de un todo más grande,del cual recibe, en cierto modo, esteindividuo su vida y su ser; de alterar laconstitución del hombre para reforzarla;de sustituir una existencia parcial y moralpor la existencia física e independienteque hemos recibido de la Naturaleza. Espreciso, en una palabra, que quite alhombre sus fuerzas propias para darleotras que le sean extrañas, y de las cualesno pueda hacer uso sin el auxilio de otro.

Mientras más muertas y anuladas quedenestas fuerzas, más grandes y duraderas sonlas adquiridas y más sólida y perfecta lainstitución; de suerte que si cadaciudadano no es nada, no puede nada sintodos los demás, y si la fuerza adquiridapor el todo es igual o superior a la sumade fuerzas naturales de todos losindividuos, se puede decir que lalegislación se encuentra en el más altopunto de perfección que es capaz dealcanzar.

El legislador es, en todos losrespectos, un hombre extraordinario en elEstado. Si debe serlo por su genio, nodebe serlo menos atendiendo a su función.Ésta no es de magistratura, no es de

soberanía. La establece la república, perono entra en su constitución; es una funciónparticular y superior que no tiene nada decomún con el imperio humano, porque siquien manda a los hombres no debeordenar a las leyes, el que ordena a lasleyes no debe hacerlo a los hombres; deotro modo, estas leyes, ministros de suspasiones, no harían frecuentemente sinoperpetuar sus injusticias; nunca podríaevitar que miras particulares alterasen lasantidad de su obra.

Cuando Licurgo dio leyes a su patriacomenzó por abdicar de la realeza. Eracostumbre, en la mayor parte de lasciudades griegas, confiar a extranjeros elestablecimiento de las suyas. Las

repúblicas modernas de Italia imitaroncon frecuencia este uso; la de Ginebrahizo lo mismo, con éxito[16]. Roma, en sumás hermosa edad, vio brotar en su senotodos los crímenes de la tiranía, y estuvopróxima a perecer por haber reunidosobre las mismas cabezas la autoridadlegislativa y el poder soberano.

Sin embargo, ni siquiera losdecenviros se arrogaron nunca el derechode hacer pasar ninguna ley con su solaautoridad. «Nada de lo que osproponemos —decían al pueblo— puedepasar como ley sin vuestroconsentimiento. Romanos: sed vosotrosmismos los autores de las leyes que debenhacer vuestra felicidad».

Quien redacta las leyes no tiene, pues,o no debe tener, ningún derecholegislativo, y el pueblo mismo no puede,cuando quiera, despojarse de este derechoincomunicable; porque, según el pactofundamental, no hay más que voluntadgeneral que obligue a los particulares, yno se puede jamás asegurar que unavoluntad particular está conforme con lavoluntad general sino después de haberlasometido a los sufragios libres delpueblo. Ya he dicho esto, pero no es inútilrepetirlo.

Así se encuentra a la vez, en la obrade la legislación, dos cosas que parecenincompatibles: una empresa que está porencima de la fuerza humana y, para

ejecutarla, una autoridad que no es nada.Otra dificultad que merece atención:

los sabios que quieren hablar al vulgo ensu propia lengua, en lugar de hacerlo en lade éste, no lograrán ser comprendidos.Ahora bien: hay mil categorías de ideasque es imposible traducir a la lengua delpueblo. Los puntos de vista demasiadogenerales y los objetos demasiadoalejados están igualmente fuera de sualcance; cada individuo, no gustando deotro plan de gobierno que el que se refierea su interés particular, percibedifícilmente las ventajas que debe sacarde las privaciones continuas que imponenlas buenas leyes. Para que un pueblo quenace pueda apreciar las sanas máximas de

la política y seguir las reglasfundamentales de la razón del Estado,sería preciso que el efecto pudieseconvertirse en causa; que el espíritusocial, que debe ser la obra de lainstitución, presidiese a la instituciónmisma, y que los hombres fuesen, antes delas leyes, lo que deben llegar a sermerced a ellas. Así pues, no pudiendoemplear el legislador ni la fuerza ni elrazonamiento, es de necesidad que recurraa una autoridad de otro orden, que puedaarrastrar sin violencia y persuadir sinconvencer.

He aquí lo que obligó en todos lostiempos a los padres de la nación arecurrir a la intervención del cielo y a

honrar a los dioses con su propiasabiduría, a fin de que los pueblos,sometidos a las leyes del Estado como alas de la Naturaleza, y reconociendo elmismo poder en la formación del hombrey en la de la ciudad, obedeciesen conlibertad y llevasen dócilmente el yugo dela felicidad pública.

Esta razón sublime, que se eleva porencima del alcance de los hombresvulgares, es la que induce al legislador aatribuir las decisiones a los inmortales,para arrastrar por la autoridad divina aaquellos a quienes tío podría estremecerla prudencia humana[17]. Pero nocorresponde a cualquier hombre hacerhablar a los dioses ni ser creído cuando

se anuncie para ser su intérprete. La granalma del legislador es el verdaderomilagro, que debe probar su misión. Todohombre puede grabar tablas de piedra, ocomprar un oráculo, o fingir un comerciosecreto con alguna divinidad, o amaestrarun pájaro para hablarle al oído, oencontrar medios groseros para imponeraquéllas a un pueblo. El que no sepa másque esto, podrá hasta reunir un ejército deinsensatos; pero nunca fundará un imperio,y su extravagante obra perecerá enseguida con él. Vanos prestigios formanun vínculo pasajero; sólo la sapienciapuede hacerlo duradero. La ley judaica,siempre subsistente; la del hijo de Ismael,que desde hace diez siglos rige la mitad

del mundo, pregona aún hoy a los grandeshombres que las han dictado; y mientrasque la orgullosa filosofía o el ciegoespíritu de partido no ven en ellos másque afortunados impostores, el verdaderopolítico admira en sus instituciones estegrande y poderoso genio que preside a lasinstituciones duraderas.

No es preciso deducir de todo esto,con Warburton[18], que la política y lareligión tengan, entre nosotros, un objetocomún, sino que en el origen de lasnaciones la una sirve de instrumento a laotra.

Capítulo VIIIDel pueblo

Lo mismo que un arquitecto antes delevantar un gran edificio observa y sondeael terreno para ver si puede soportar elpeso de aquél, así el sabio legislador nocomienza por redactar buenas leyes en símismas, sino que antes examina si elpueblo al cual las destina es adecuadopara recibirlas. Ésta fue la razón por lacual Platón rehusó dar leyes a losarcadios y a los cirenienses, sabiendo queestos dos pueblos eran ricos y no podíansufrir la igualdad; he aquí el motivo de

que se vieran en Creta buenas leyes yhombres malos, porque Minos no habíadisciplinado sino un pueblo lleno devicios.

Mil naciones han florecido que nuncahabrían podido tener buenas leyes, y aunlas que las hubiesen podido soportar sólohubiese sido durante breve tiempo. Lamayor parte de los pueblos, como de loshombres, no son dóciles más que en sujuventud: se hacen incorregibles alenvejecer. Una vez que las costumbresestán establecidas y los prejuiciosarraigados, es una empresa peligrosa yvana el querer reformarlos: el pueblo nopuede consentir que se toque a sus malespara destruirlos de un modo semejante a

esos enfermos estúpidos y sin valor quetiemblan a la vista del médico.

Lo mismo que ocurre con algunasenfermedades que trastornan la cabeza delos hombres y les borran el recuerdo delpasado, se encuentran algunas veces, en lavida de los Estados, épocas violentas enque las revoluciones obran sobre lospueblos como ciertas crisis sobre losindividuos, en que el horror al pasadosustituye al olvido y en que el Estado, a suvez, oprimido por las guerras civiles,renace, por decirlo así, de sus cenizas yvuelve a adquirir el vigor de la juventudsaliendo de los brazos de la muerte. Asíacaeció en Esparta en tiempo de Licurgo;en Roma, después de los Tarquinos, y

entre nosotros, en Holanda y Suiza,después de la expulsión de los tiranos.

Mas estos acontecimientos son raros,son excepciones, cuya razón se encuentrasiempre en la constitución particular delEstado motivo de excepción. Ni siquierapodrían ocurrir dos veces en el mismopueblo, puesto que puede hacerse libremientras sólo sea bárbaro; mas no puedehacerlo una vez que se ha gastado elresorte civil. Entonces, las turbulenciaspueden destruirlo, sin que lasrevoluciones puedan restablecerlo, y tanpronto como los hierros se rompen, sedispersa y ya no existe; a partir de estemomento necesita un dominador y no unlibertador. ¡Pueblos libres, acordaos de

esta máxima: «Se puede adquirir lalibertad, pero no se la puede recobrarjamás»!

La juventud no es la infancia. Haypara las naciones, como para los hombres,una época de juventud, o si se quiere, demadurez, a la que hay que esperar antes desometer a aquéllos a las leyes. Pero lamadurez de un pueblo no siempre es fácilde reconocer, y si se anticipa la obra,fracasa. Tal pueblo es disciplinado desdeque nace; tal otro lo es al cabo de diezsiglos. Los rusos no serán nuncaverdaderamente civilizados, porque lohan sido demasiado pronto. Pedro tenía elgenio imitativo, el verdadero genio, el quecrea y todo lo hace de la nada. Algunas de

las cosas que hizo estaban bien; la mayorparte, fuera de lugar, Vio que su puebloera bárbaro, no vio que no estaba maduropara la civilidad; quiso civilizarlo,cuando sólo era preciso hacerloaguerrido; quiso, desde luego, haceralemanes o ingleses, cuando era precisocomenzar por hacer rusos; impidió a sussúbditos llegar a ser nunca lo que podíanser persuadiéndoles de que eran lo que noson. Así es como un preceptor francéseduca a su alumno, para brillar en elmomento de su infancia y para no serluego nada. El Imperio ruso querrásubyugar a Europa, y él será subyugado.Los tártaros, sus súbditos o sus vecinos,llegarán a ser sus dueños y los nuestros:

esta revolución me parece infalible.Todos los reyes de Europa trabajan deconsuno para acelerarla.

Capítulo IXContinuación

Del mismo modo que la Naturaleza hadado límites a la estatura de un hombrebien conformado, pasados los cuales nohace sino gigantes o enanos, ha tenido encuenta, para la mejor constitución de unEstado, los límites de la extensión quepuede alcanzar a fin de que no sea, nidemasiado grande para poder ser biengobernado, ni demasiado pequeño parapoderse sostener por sí mismo. Existe entodo cuerpo político un máximum defuerzas que no puede sobrepasarse, del

cual se aleja con frecuencia, a fuerza deensancharse. Mientras más se extiende elvínculo social, más se afloja, y, engeneral, un Estado pequeño esproporcionalmente más fuerte que unogrande.

Mil razones demuestran esta máxima.Primeramente, la administración se hacemás penosa con las grandes distancias,como un peso aumenta colocado alextremo de una palanca mayor. Es tambiénmás onerosa a medida que los grados semultiplican; porque cada ciudad tiene,primero, la suya, que el pueblo paga; cadadistrito, la suya, también pagada por elpueblo; después, cada provincia; luego,los grandes gobiernos, las satrapías, los

virreinatos, y es preciso pagar más caro amedida que se sube, y siempre a expensasdel desgraciado pueblo. Por Fin viene laadministración suprema, que todo lotritura. Con tantos recargos como agotancontinuamente a los súbditos, lejos deestar mejor gobernados por todos estosdiferentes órdenes, lo están mucho menosque si no hubiese más que uno solo porencima de ellos. Sin embargo, apenasquedan recursos para los casosextraordinarios, y cuando es precisorecurrir a ellos, el Estado está siempre envísperas de su ruina.

No es esto todo; no solamente tienemenos vigor y celeridad el gobierno parahacer observar las leyes, impedir

vejaciones, corregir abusos, prevenirempresas sediciosas que puedenrealizarse en lugares alejados, sino que elpueblo siente menos afecto por sus jefes,a los cuales no ve nunca; a la patria, quees a sus ojos como el mundo, y a susconciudadanos, de los cuales la mayorparte le son extraños. Las mismas leyes nopueden convenir a tantas provinciasdiversas, que tienen diferentescostumbres, que viven bajo climasopuestos y que no pueden soportar lamisma forma de gobierno. Leyesdiferentes no engendran sino turbulencia yconfusión entre los pueblos que, al vivirbajo los mismos jefes, y en unacomunicación continua, se relacionan y

contraen matrimonio unos con otros, ysometidos a otras costumbres no sabennunca si su patrimonio es completamentepropio. Las capacidades intelectuales nose aprovechan y los vicios quedanimpunes en esta multitud de hombres,desconocidos unos de otros, que laorganización administrativa supremareúne en un mismo lugar. Los jefes,agotados por los negocios, no ven nadapor sí mismos, y gobiernan al Estado susdelegados. Por último, las medidas quehay que tomar para mantener a laautoridad general, de la cual tantosempleados subalternos quieren sustraerseo imponerla, absorben todas lasatenciones públicas; no queda nada para

la felicidad del pueblo; apenas resta algopara su defensa en caso de necesidad, yasí es como un cuerpo demasiado grandepor su constitución se abate y pereceaplastado bajo su propio peso.

Por otra parte, el Estado debeproporcionarse una cierta base para tenersolidez, para resistir las sacudidas que nodejará de experimentar y los esfuerzosque se verá obligado a realizar parasostenerse; porque todos los pueblostienen una especie de fuerza centrífuga,mediante la cual ellos obran unos sobreotros y tienden a agrandarse a expensas desus vecinos, como los torbellinos deDescartes. Así, los débiles estánexpuestos a ser devorados en seguida, y

apenas puede nadie conservarse sinoponiéndose con todos en una especie deequilibrio, que hace el empujeaproximadamente igual en todos sentidos.

Se ve, pues, que hay razones así paraextenderse como para reducirse. Y no esel menor talento del político encontrarentre unas y otras la solución másventajosa para la conservación delEstado. Se puede decir, en general, quelos primeros, no siendo sino exteriores yrelativos, deben ser subordinados a losotros, que son internos y absolutos. Unasana y fuerte constitución es la primeracosa que es preciso buscar. Y se debecontar, más con el vigor que nace de unbuen gobierno, que con los recursos que

proporciona un gran territorio.Por lo demás, se han visto Estados de

tal modo establecidos que la necesidad deconquistar entraba en su mismaconstitución, y que para mantenerse seveían obligados a ensancharse sin cesar.Acaso se regocijasen demasiado por estafeliz necesidad, que les señalaba, sinembargo, con el término de su grandeza,el inevitable momento de su caída.

Capítulo XContinuación

Se puede medir un cuerpo político de dosmaneras, a saber: por la extensión delterritorio y por el número de habitantes, yexiste entre ambas medidas una relaciónconveniente para dar al Estado suverdadera extensión. Los hombres son losque hacen el Estado, y el territorio el quealimenta a los hombres. Esta relaciónconsiste, pues, en que la tierra baste a lamanutención de sus habitantes, y que hayatantos como la tierra pueda alimentar. Enesta proporción es en la que se encuentra

el máximun de fuerza de un número dadode pueblo; porque si hay terreno excesivo,su custodia es onerosa; su cultivo,insuficiente; su producto, superfluo; es lacausa próxima de las guerras defensivas.Si no fuese el territorio bastante, elEstado se encuentra, con respecto alsuplemento que necesita, a discreción desus vecinos; es la causa próxima de lasguerras ofensivas. Todo pueblo que, porsu posición, no tiene otra alternativa queel comercio o la guerra, es débil en símismo; depende de sus vecinos; dependede los acontecimientos; no tiene nuncasino una existencia incierta y breve.Subyuga y cambia de situación o essubyugado y no es nada. No puede

conservarse libre si no es a fuerza deinsignificancia o de extensión.

No se puede dar en cálculo unarelación fija entre la extensión de tierra yel número de hombres de modo que basteaquélla a éstos, tanto a causa de lasdiferencias que se encuentran en lascualidades del terreno, en sus grados defertilidad, en la naturaleza de susproducciones, en la influencia de losclimas, como por la que se observa en lostemperamentos de los hombres que loshabitan, de los cuales, unos consumenpoco en un país fértil y otros mucho en unsuelo ingrato. Es preciso, además, teneren cuenta la mayor o menor fecundidad delas mujeres: lo que puede haber en el país

de más o menos favorable a la población;el número de habitantes que el legisladorpuede esperar llegue a alcanzar; de suerteque no debe fundar su juicio sobre lo queve, sino lo que prevé, sin detenerse tantoen el estado actual de la población, cuantoen aquel a que, naturalmente, debe llegar.Finalmente, hay mil ocasiones en que losaccidentes particulares del lugar exigen opermiten que se abarque más terreno delque parece necesario. Así, se extenderáuno mucho en un país montañoso, dondelas producciones naturales, bosques ypastos, exigen menos trabajo; donde laexperiencia enseña que las mujeres sonmás fecundas que en las llanuras, y dondeun extenso suelo inclinado no da sino una

pequeña base horizontal, la única con quees preciso contar la vegetación, Por elcontrario, se puede uno ceñir a la orilladel mar aun en rocas y arenas casiestériles, porque la pesca puede suplirallí en gran parte las producciones de latierra, porque los hombres deben estarmás reunidos para rechazar a los piratas yporque se tiene más facilidad para libraral país, mediante las colonias, de loshabitantes que le sobren.

A estas condiciones para instituir unpueblo es preciso añadir una que nopuede sustituir a ninguna otra, pero sin lacual todas son inútiles: la de que sedisfrute de abundancia y paz; porque laépoca en que se organiza un Estado es,

como aquella en que se forma un batallón,el instante en que el cuerpo es menoscapaz de resistencia y más fácil dedestruir. Mejor se resistirá en un desordenabsoluto que en un momento defermentación, en que cada cual se ocupade su puesto y no del peligro. Si tienelugar en esta época de crisis una guerra,un estado de hambre, una sedición, elEstado será trastornado infaliblemente.

No es que no haya muchos gobiernosestablecidos durante estas tempestades;pero estos mismos gobiernos son los quedestruyen el Estado. Los usurpadoresproducen o eligen siempre estos tiemposde turbulencia para hacer pasar, a favordel terror público, leyes destructoras que

el pueblo no adoptaría nunca a sangre fría.La elección del momento de la instituciónes uno de los caracteres más segurosmediante los cuales se puede distinguir laobra del legislador de la del tirano.

¿Qué pueblo es, pues, propio para lalegislación? Aquel que, encontrándose yaligado por alguna unión de origen, deinterés o de convención, no ha llevadoaún el verdadero yugo de las leyes; el queno tiene costumbres ni supersticiones muyarraigadas; el que no teme ser aniquiladopor una invasión súbita; el que, sinmezclarse en las querellas de sus vecinos,puede resistir él solo a cada uno de elloso servirse de uno para rechazar al otro;aquel en el cual cada miembro puede ser

conocido por todos y en el que no se estáobligado a cargar a un hombre con unfardo mayor de lo que es capaz de llevar,el que puede pasarse sin otros pueblos ydel cual pueden, a su vez, éstosprescindir[19]; el que no es rico ni pobre ypuede bastarse a sí mismo; en fin, el quereúne la consistencia de un antiguo pueblocon la docilidad de un pueblo nuevo. Loque hace penosa la obra de la legislaciónes menos lo que se precisa establecer quelo que es necesario destruir, y lo que haceel éxito tan raro es la imposibilidad deencontrar la sencillez de la Naturalezajunto a las necesidades de la sociedad.Ciertamente que todas estas condicionesse encuentran difícilmente reunidas, y por

ello se ven pocos Estados bienconstituidos.

Hay aún en Europa un país capaz delegislación: la isla de Córcega. El valor yla constancia con que ha sabido recobrary defender su libertad este valiente pueblomerecerían que algún hombre sabio leenseñase a conservarla. Tengo elpresentimiento de que algún día estapequeña isla asombrará a Europa.

Capítulo XIDe los diversos sistemas

de legislación

Si se indaga en qué consiste precisamenteel mayor bien de todos, que debe ser el finde todo sistema de legislación, se hallaráque se reduce a dos objetos principales:l a libertad y la igualdad; la libertad,porque toda dependencia particular esfuerza quitada al cuerpo del Estado; laigualdad, porque la libertad no puedesubsistir sin ella.

Ya he dicho lo que es la libertad civil;respecto a la igualdad no hay que entender

por esta palabra que los grados de podery de riqueza sean absolutamente losmismos, sino que, en cuanto concierne alpoder, que éste quede por encima de todaviolencia y nunca se ejerza sino en virtudde la categoría y de las leyes, y en cuantoa la riqueza, que ningún ciudadano seabastante opulento como para podercomprar a otro, y ninguno tan pobre comopara verse obligado a venderse[20]; lo quesupone, del lado de los grandes,moderación de bienes y de crédito, y dellado de los pequeños, moderación deavaricia y de envidias.

Esta igualdad, dicen, es una quimerade especulación, que no puede existir enla práctica. Pero si el abuso es inevitable,

¿se sigue de aquí que no pueda al menosreglamentarse? Precisamente porque lafuerza de las cosas tiende siempre adestruir la igualdad es por lo que la fuerzade la legislación debe siempre pretendermantenerla.

Mas estos objetos generales de todabuena constitución deben ser modificadosen cada país por las relaciones que nacentanto de la situación local como delcarácter de los habitantes, y en estosrespectos es en lo que se debe asignar acada pueblo un sistema particular deinstitución que sea el mejor, acaso no ensí mismo, sino para el Estado a que estádestinado. Por ejemplo: si el suelo esingrato y estéril o el país demasiado

estrecho para sus habitantes, volveos dellado de la industria, de las artes, con lascuales cambiaréis las producciones conlos géneros que os falten. Por el contrario,ocupad ricas llanuras y costas fértiles; enun buen terreno, careced de habitantes;prestad todos vuestros cuidados a laagricultura, que multiplica los hombres, ydesterrad las artes, que no harían sinoacabar de despoblar el país, agrupando enalgún punto del territorio los pocoshabitantes que haya[21]. Ocupad costasextensas y cómodas, cubrir el mar debarcos, cultivad el comercio y lanavegación y tendréis una existenciabreve, pero brillante. El mar no baña envuestras costas sino rocas casi

inaccesibles; permaneced bárbaros eictiófagos; entonces viviréis mástranquilos, mejor, quizá, y seguramentemás felices. En una palabra: además delas máximas comunes a todos, cadapueblo encierra en sí alguna causa que leordena de una manera particular y hace sulegislación propia para sí solo. Así escomo en otro tiempo los hebreos, yrecientemente los árabes, han tenido comoprincipal objeto la religión; losatenienses, las letras; Cartago y Tiro, elcomercio; Rodas, la marina; Esparta, laguerra, y Roma, la virtud. El autor de Elespíritu de las leyes ha mostrado, enmultitud de ejemplos, de qué artes se valeel legislador para dirigir la institución

respecto a cada uno de estos objetos.Lo que hace la constitución de un

Estado verdaderamente sólida y duraderaes que la conveniencia sea totalmenteobservada, que las relaciones naturales ylas leyes coincidan en los mismos puntosy que éstas no hagan, por decirlo así, sinoasegurar, acompañar, rectificar a lasotras. Mas si el legislador, equivocándoseen un objeto, toma un principio diferentedel que nace de la naturaleza de las cosas,si uno tiende a la servidumbre y otro a lalibertad, uno a las riquezas y otro a lapoblación, uno a la paz y otro a lasconquistas, se verá que las leyes sedebilitan insensiblemente, la constituciónse altera y el Estado no dejará de verse

agitado, hasta que sea destruido ocambiado y hasta que la invencibleNaturaleza haya recobrado su imperio,

Capítulo XIIDivisión de las leyes

Para ordenar el todo y para dar la mejorforma posible a la cosa pública hay queconsiderar diversas relaciones.Primeramente, la acción del cuerpo enteroobrando sobre sí mismo, es decir, larelación del todo con el todo o delsoberano con el Estado, y esta relación secompone de aquellos términosintermediarios que veremos acontinuación.

Las leyes que regulan esta relaciónllevan el nombre de leyes políticas, y se

llaman también leyes fundamentales, nosin alguna razón, si estas leyes son sabias;porque si no hay en cada Estado más queuna buena manera de ordenar, el puebloque la ha encontrado debe atenerse a ella;mas si el orden establecido es malo, ¿porqué se han de tomar como fundamentalesleyes que nos impiden ser buenos? Deotra parte, un pueblo es siempre, en todomomento, dueño de cambiar sus leyes,hasta las mejores. Porque si le gustahacerse el mal a sí mismo, ¿quién tienederecho a impedirlo?

La segunda relación es la de losmiembros entre sí o con el cuerpo entero,y esta relación debe ser, en el primerrespecto, todo lo pequeño posible, y, en el

segundo, todo lo grande posible; de suerteque cada ciudadano se halla en unaperfecta independencia de todos losdemás y en una excesiva dependencia dela ciudad. Esto se hace siempre por losmismos medios; porque sólo la fuerza delEstado hace la libertad de sus miembros.De esta segunda relación nacen las leyesciviles.

Se puede considerar una tercera clasede relación entre el hombre y la ley, asaber: la de la desobediencia a la pena, yésta da lugar al establecimiento de leyescriminales que, en el fondo, más bien queuna clase particular de leyes, son lasanción de todas las demás.

A estas tres clases de leyes se añade

una cuarta, la más importante de todas, yque no se graba ni sobre mármol ni sobrebronce, sino en los corazones de losciudadanos, que es la verdaderaconstitución del Estado; que toma todoslos días nuevas fuerzas; que, en tanto otrasleyes envejecen o se apagan, ésta lasreanima o las suple; que conserva a unpueblo en el espíritu de su institución; quesustituye insensiblemente con la fuerza delhábito a la autoridad. Me refiero a lascostumbres, a los hábitos y, sobre todo, ala opinión; elemento desconocido paranuestros políticos, pero de la que dependeel éxito de todas las demás y de la que seocupa en secreto el gran legislador,mientras parece limitarse a reglamentos

particulares, que no son sino la cintra dela bóveda, en la cual las costumbres, máslentas en nacer, forman, al fin, lainquebrantable clave.

De entre estas diversas clases deleyes, las políticas, que constituyen laforma de gobierno, son las únicas en quehe de ocuparme.

Libro TerceroAntes de hablar de las diversas formas degobierno procuremos fijar el sentidopreciso de esta palabra, que aún no hasido muy bien explicada.

Capítulo IDel gobierno en general

Advierto al lector que este capitulo debeser leído reposadamente y quedesconozco el arte de ser claro para quienno quiere prestar atención.

Toda acción libre tiene dos causasque concurren a producirla; una moral, asaber: la voluntad, que determina el acto;otra física, a saber: el poder, que laejecuta. Cuando marcho hacia un objeto espreciso primeramente que yo quiera ir; ensegundo lugar, que mis piernas me lleven.Si un paralítico quiere correr o si un

hombre ágil no lo quiere, ambos sequedarán en su sitio. El cuerpo políticotiene los mismos móviles; se distinguen enél, del mismo modo, la fuerza y lavoluntad; ésta, con el nombre de poderlegislativo; la otra, con el de poderejecutivo. No se hace, o no debe hacerse,nada sin el concurso de ambos.

Hemos visto cómo el poderlegislativo pertenece al pueblo y no puedepertenecer sino a él. Por el contrario, esfácil advertir, por los principios antesestablecidos, que el poder ejecutivo nopuede corresponder a la generalidad,como legisladora o soberana, ya que estepoder ejecutivo consiste en actosparticulares que no corresponden a la ley

ni, por consiguiente, al soberano, todoscuyos actos no pueden ser sino leyes.

Necesita, pues, la fuerza pública unagente propio que la reúna y la ponga enacción según las direcciones de lavoluntad general, que sirva para lacomunicación del Estado y del soberano,que haga de algún modo en la personapública lo que hace en el hombre la unióndel alma con el cuerpo. He aquí cuál es enel Estado la razón del gobierno,equivocadamente confundida con elsoberano, del cual no es sino el ministro.

¿Qué es, pues, el gobierno? Un cuerpointermediario establecido entre lossúbditos y el soberano para su mutuacorrespondencia, encargado de la

ejecución de las leyes y delmantenimiento de la libertad, tanto civilcomo política.

Los miembros de este cuerpo sellaman magistrados o reyes, es decir,gobernantes, y el cuerpo entero lleva elnombre de príncipe[22]. Así, los quepretenden que el acto por el cual unpueblo se somete a los jefes no es uncontrato tiene mucha razón. Esto no esabsolutamente nada más que unacomisión, un empico, en el cual, comosimples oficiales del soberano, ejercen ensu nombre el poder, del cual les ha hechodepositarios, y que puede limitar,modificar y volver a tomar cuando leplazca. La enajenación de tal derecho,

siendo incompatible con la naturaleza delcuerpo social, es contraria al fin de laasociación.

Llamo, pues, gobierno, o supremaadministración, al ejercicio legítimo delpoder ejecutivo, y príncipe o magistrado,al hombre o cuerpo encargado de estaadministración.

En el gobierno es donde se encuentranlas fuerzas intermediarias, cuyasrelaciones componen la del todo al todo ote del soberano al Estado. Se puederepresentar esta última relación por la delos extremos de una proporción continua,cuya media proporcional es el gobierno.Éste recibe del soberano las órdenes queda al pueblo; y para que el Estado se halle

en equilibrio estable es preciso que, unavez todo compensado, haya igualdad entreel producto o el poder del gobierno,tomado en sí mismo, y el producto o elpoder de los ciudadanos, que sonsoberanos, de una parte, y súbditos, deotra.

Además, no es posible alterar ningunode los tres términos sin romper en elmismo momento la proporción. Si elsoberano quiere gobernar, o el magistradodar leyes, ú los súbditos se niegan aobedecer, el desorden sucede a la regla,la fuerza y la voluntad no obran ya deacuerdo y, disuelto el Estado, cae así enel despotismo o en la anarquía. En fin, asícomo no hay más que una media

proporcional en cada relación, no haytampoco más que un buen gobiernoposible en un Estado; pero como hay milacontecimientos capaces de alterar lasrelaciones de un pueblo, no solamentepuede ser conveniente para diversospueblos la diversidad de gobiernos, sinopara el mismo pueblo en diferentesépocas.

Para procurar dar una idea de lasmúltiples relaciones que pueden existirentre estos dos extremos, tomaré, a modode ejemplo, el número de habitantes de unpueblo como una relación más fácil deexpresar.

Supongamos que se componga elEstado de 10.000 ciudadanos. El

soberano no puede ser considerado sinocolectivamente y en cuerpo; pero cadaparticular, en calidad de súbdito, esconsiderado como individuo; así, elsoberano es el súbdito como diez mil es auno: es decir, que cada miembro delEstado no tiene, por su parte, más que ladiezmilésima parte de la autoridadsoberana, aunque esté sometido a ella porcompleto. Si el pueblo se compone de100.000 hombres, el estado de lossúbditos no cambia y cada uno de elloslleva igualmente el imperio de las leyes,mientras que su sufragio, reducido a unacienmilésima, tiene diez veces menosinfluencia en la forma concreta delacuerdo. Entonces, permaneciendo el

súbdito siempre uno, aumenta la relacióndel soberano en razón del número deciudadanos; de donde se sigue quemientras crece el Estado, más disminuyela libertad.

Al decir que la relación aumenta,entiendo que se aleja de la igualdad. Así,mientras mayor es la relación en laacepción de los geómetras, menosrelación existe en la acepción común; enla primera, la relación, considerada desdeel punto de vista de la cantidad, se midepor el exponente, y en la otra, consideradadesde el de la identidad, se estima por lasemejanza.

Ahora bien; mientras menos serelacionan las voluntades particulares con

la voluntad general, es decir, lascostumbres con las leyes, más debeaumentar la fuerza reprimente. Por tanto,el gobierno, para ser bueno, debe serrelativamente más fuerte a medida que elpueblo es más numeroso.

De otro lado, proporcionando elengrandecimiento del Estado a losdepositarios de la autoridad pública mástentaciones y medios para abusar de supoder, debe tener el gobierno más fuerzapara contener al pueblo, y, a su vez, mástambién el soberano para contener algobierno. No hablo aquí de una fuerzaabsoluta, sino de la fuerza relativa de lasdiversas partes del Estado.

Se sigue de esta doble relación que la

proporción continúa entre el soberano, elpríncipe y el pueblo no es una ideaarbitraria, sino una consecuencianecesaria de la naturaleza del cuerpopolítico y que, siendo permanente yestando representado por la unidad uno delos extremos, el pueblo, como súbdito,siempre que la razón doble, aumente odisminuya, la razón simple aumenta odisminuye de un modo semejante, y, porconsiguiente, el término medio hacambiado. Esto muestra que no hay unaconstitución de gobierno único y absoluto,sino que puede haber tantos gobiernos,diferentes en naturaleza, como hayEstados distintos en extensión.

Si, poniendo este sistema en ridículo,

se dijera que para encontrar esta mediaproporcional y formar el cuerpo delgobierno no es preciso, según yo, más quesacar la raíz cuadrada del número dehombres, sino, en general, por la cantidadde acción, que se combina por multitud decausas; por lo demás, si para explicarmeen menos palabras me sirvo un momentode términos de geometría, no es porqueignore que la precisión geométrica notiene lugar en las cantidades morales.

El gobierno es, en pequeño, lo que elcuerpo político que lo encierra en grande.Es una persona moral dotada de ciertasfacultades, activa como el soberano,pasiva como el Estado, y que se puededescomponer en otras relaciones

semejantes; de donde nace, porconsiguiente, una nueva proporción, y deésta, otra, según el orden de lostribunales, hasta que se llegue a untérmino medio indivisible; es decir, a unsolo jefe o magistrado supremo, que sepuede representar, en medio de estaprogresión, como la unidad entre la seriede las fracciones y la de los números.

Sin confundirnos en esta multitud detérminos, contentémonos con considerar algobierno como un nuevo cuerpo en elEstado del pueblo y del soberano, y comointermediario entre uno y otro.

Existe una diferencia esencial entreestos dos cuerpos: que el Estado existepor sí mismo, y el gobierno no existe sino

por el soberano. Así, la voluntaddominante del príncipe no es, o no debeser, sino la voluntad general, es decir, laley; su fuerza, la fuerza públicaconcentrada en él; tan pronto como éstequiera sacar de sí mismo algún actoabsoluto e independiente, la unión deltodo comienza a relajarse. Si ocurriese,en fin, que el príncipe tuviese unavoluntad particular más activa que la delsoberano y que usase de ella paraobedecer a esta voluntad particular de lafuerza pública que está en sus manos, detal modo que hubiese, por decirlo así, dossoberanos, uno de derecho y otro dehecho, en el instante mismo la uniónsocial se desvanecería y el cuerpo

político sería disuelto.Sin embargo, para que el cuerpo del

gobierno tenga una existencia, una vidareal, que lo distinga del cuerpo delEstado, para que todos sus miembrospuedan obrar en armonía y responder alfin para qué fueron instituidos, necesita unyo particular, una sensibilidad común asus miembros, una fuerza, una voluntadpropias, que tiendan a su conservación.

Esta existencia particular suponeasambleas, consejos, sin poder dedeliberar, de resolver; derechos, títulos,privilegios, que corresponden a unpríncipe exclusivamente y que hacen lacondición del magistrado más honrosa amedida que es más penosa. Las

dificultades radican en la manera deordenar dentro del todo este subalterno demodo que no altere la constitución generalal afirmar la suya; que distinga siempre sufuerza particular, destinada a laconservación del Estado, y que, en unapalabra, esté siempre pronta a sacrificarel gobierno al pueblo y no el pueblo algobierno.

Por lo demás, aunque el cuerpoartificial del gobierno sea obra de otrocuerpo artificial y no tenga más que algocomo una vida subordinada, esto noimpide para que no pueda obrar con más omenos vigor o celeridad y gozar, pordecirlo así, de una salud más o menosvigorosa. Por último, sin alejarse

directamente del fin de su institución,puede apartarse en cierta medida de él,según el modo de estar constituidos.

De todas estas diferencias es de dondenacen las distintas relaciones que debe elgobierno mantener con el cuerpo delEstado, según las relaciones accidentalesy particulares por las cuales este mismoEstado se halla modificado. Porque, confrecuencia, el mejor gobierno en sí llegaráa ser el más vicioso, si sus relaciones sealteran conforme a los defectos del cuerpopolítico a que pertenece.

Capítulo IIDel principio que

constituye las diversasformas de gobierno

Para exponer la causa general de estasdiferencias es preciso distinguir aquí elprincipio y el gobierno, como hedistinguido antes el Estado y el soberano.

El cuerpo del magistrado puedehallarse compuesto de un mayor o menornúmero de miembros. Hemos dicho que larelación del soberano con los súbditos eratanto mayor cuanto más numeroso era el

pueblo, y, por una evidente analogía,podemos decir otro tanto del gobierno enlo referente a los magistrados.

Ahora bien; la fuerza total delgobierno, siendo siempre la del Estado,no varía; de donde se sigue que mientrasmás usa de esta fuerza sobre sus propiosmiembros, le queda menos para obrarsobre todo el pueblo.

Por tanto, mientras más numerosos sonlos magistrados, más débil es el gobierno.Como esta máxima es fundamental,dediquémonos a aclararla mejor.

Podemos distinguir en la persona delmagistrado tres voluntades esencialmentediferentes: primero, la voluntad propiadel individuo, que no tiende sino a su

ventaja particular; segundo, la voluntadcomún de los magistrados, que se refiereúnicamente a la ventaja del príncipe, yque se puede llamar voluntad de cuerpo,que es general con relación al gobierno yparticular con relación al Estado, del cualforma parte el gobierno; en tercer lugar, lavoluntad del pueblo o la voluntadsoberana, que es general, tanto en relacióncon el Estado, considerado como un todo,cuanto en relación con el gobierno,considerado como parte del todo.

En una legislación perfecta, lavoluntad particular o individual debe sernula; la voluntad del cuerpo, propia algobierno, muy subordinada, y, porconsiguiente, la voluntad general o

soberana ha de ser siempre la dominante yla regla única de todas las demás.

Por el contrario, según el ordennatural, estas diferentes voluntadesdevienen más activas a medida que seconcentran. Así, la voluntad general essiempre la más débil; la voluntad decuerpo ocupa el segundo grado, y lavoluntad particular el primero de todos;de suerte que, en el gobierno, cadamiembro es primeramente él mismo;luego, magistrado, y después, ciudadano;gradación directamente opuesta a aquellaque exige el orden social.

Una vez esto sentado, si todo elgobierno está en manos de un solohombre, aparecen la voluntad particular y

la del cuerpo perfectamente unidas, y, porconsiguiente, en el más alto grado deintensidad que pueden alcanzar. Ahorabien; como el uso de la fuerza dependedel grado de la voluntad, y como la fuerzaabsoluta del gobierno no varía nunca, sesigue que el más activo de los gobiernoses el de uno solo.

Por el contrario, unamos el gobierno ala autoridad legislativa; hagamos príncipeal soberano, y de todos los ciudadanos,otros tantos magistrados; entonces, lavoluntad de cuerpo, confundida con lavoluntad general, no tendrá más actividadque ella y dejará la voluntad particular entodo su vigor. Así, el gobierno, siemprecon la misma fuerza absoluta, se hallará

con un mínimum de fuerza relativa o deactividad.

Esto es incontestable, y aun existenotras consideraciones que sirven paraconfirmarlas. Se ve, por ejemplo, quecada magistrado es más activo en sucuerpo que lo es cada ciudadano en elsuyo, y que, por consiguiente, la voluntadparticular tiene mucha más influencia enlos actos del gobierno que en los delsoberano, pues cada magistrado estásiempre encargado de una función degobierno, en tanto que cada ciudadanoaislado no tiene ninguna función desoberanía. Además, mientras más seextiende el Estado, aumenta más su fuerzareal, aunque no en razón de su extensión.

Mas al seguir siendo el Estado el mismo,es inútil que los magistrados semultipliquen, pues el gobierno noadquiere una mayor fuerza real porqueesta fuerza sea la del Estado, cuya medidaes siempre igual. Así, la fuerza relativa ola actividad del gobierno disminuye, sinque su fuerza absoluta o real puedaaumentar.

Es seguro, además, que la resoluciónde los asuntos adviene más lenta a medidaque se encarga de ellos mayor número depersonas; concediendo demasiado a laprudencia, no se concede bastante a lafortuna; y se deja escapar la ocasión, yaque, a fuerza de deliberar, se pierde confrecuencia el fruto de la deliberación.

Acabo de demostrar que el gobiernose relaja a medida que los magistrados semultiplican, y he demostrado también, másarriba, que mientras mas numeroso es elpueblo, más debe aumentar la fuerzacoactiva. De donde se sigue que larelación de los magistrados con elgobierno debe ser inversa a la relación delos súbditos con el soberano; es decir,que mientras más aumenta el Estado, másdebe reducirse el gobierno; de tal modo,que el número de los jefes disminuya enrazón del aumento de la población.

Por lo demás, no hablo aquí sino de lafuerza relativa del gobierno y no de surectitud; porque, por el contrario, mientrasmás numerosos son los magistrados, más

se aproxima la voluntad de cuerpo a lavoluntad general; en tanto que bajo unmagistrado único esta voluntad de cuerpono es, como he dicho, sino una voluntadparticular. Así se pierde de un lado lo quese puede ganar de otro, y el arte dellegislador consiste en saber fijar el puntoen que la fuerza y la voluntad delgobierno, siempre en proporciónrecíproca, se combinan en la relación másventajosa para el Estado.

Capítulo IIIDivisión de los

gobiernos

Se ha visto en el capítulo precedente porqué se distinguen las diversas especies oformas de gobierno por el número de losmiembros que los componen; queda porver en éste cómo se hace esta división.

El soberano puede, en primer lugar,entregar las funciones del gobierno a todoel pueblo o a la mayor parte de él, demodo que haya más ciudadanosmagistrados que ciudadanos simplementeparticulares. Se da a esta forma de

gobierno el nombre de democracia.Puede también limitarse el gobierno a

un pequeño número, de modo que seanmás los ciudadanos que los magistrados, yesta forma lleva el nombre dearistocracia.

Puede, en fin, estar concentrado elgobierno en manos de un magistradoúnico, del cual reciben su poder todos losdemás. Esta tercera forma es la máscomún, y se llama monarquía, o gobiernoreal.

Debe observarse que todas estasformas, o al menos las dos primeras, sonsusceptibles de más o de menos amplitud,alcanzándola bastante grande; porque lademocracia puede abrazar a todo el

pueblo o limitarse a la mitad. Laaristocracia, a su vez, puede formarla unpequeño número indeterminado, que nollegue a la mitad. La realeza misma essusceptible de alguna división. Espartatuvo constantemente dos reyes por suconstitución; y se han visto en el Imperioromano hasta ocho emperadores a la vez,sin que se pudiese decir que el Imperioestuviese dividido. Así, existe un punto enque cada forma de gobierno se confundecon la siguiente, y se ve que, bajo tressolas denominaciones, el gobierno esrealmente susceptible de tantas formasdiversas como ciudadanos tiene el Estado.

Hay más: pudiendo este mismogobierno subdividirse, en ciertos

respectos, en otras partes, unaadministrada de un modo y otra de otro,cabe el que estas tres formas combinadasden por resultado una multitud de formasmixtas, cada una de las cuales esmultiplicable por todas las formassimples.

En todas las épocas se ha discutidomucho sobre la mejor forma de gobierno,sin considerar que cada una de ellas es lamejor en ciertos casos y la peor en otros.

Si en los diferentes Estados el númerode los magistrados supremos debe estaren razón inversa del de ciudadanos, sesigue que, en general, el gobiernodemocrático conviene a los pequeñosEstados; el aristocrático, a los medianos,

y la monarquía, a los grandes. Esta reglaestá deducida de un modo inmediato delprincipio. Pero ¿cómo contar la multitudde circunstancias que pueden dar lugar aexcepciones?

Capítulo IVDe la democracia

Quien hace la ley sabe mejor que nadiecómo debe ser ejecutada e interpretada.Parece, pues, que no puede tenerse mejorconstitución que aquella en que el poderejecutivo esté unido al legislativo; masesto mismo es lo que hace a este gobiernoinsuficiente en ciertos respectos, porquelas cosas que deben ser distinguidas no loson, y siendo el príncipe y el soberano lamisma persona, no forman, por decirloasí, sino un gobierno sin gobierno.

No es bueno que quien hace las leyes

las ejecute, ni que el cuerpo del puebloaparte su atención de los puntos de vistagenerales para fijarla en los objetosparticulares. No hay nada más peligrosoque la influencia de los intereses privadosen los asuntos públicos; y el abuso de lasleyes por el gobierno es un mal menor quela corrupción del legislador, consecuenciainevitable de que prevalezcan puntos devista particulares. Cuando así acontece,alterado el Estado en su sustancia, se haceimposible toda reforma. Un pueblo que noabusase nunca del gobierno, no abusaríatampoco de la independencia; un puebloque siempre gobernase bien, no tendríanecesidad de ser gobernado.

De tomar el vocablo en todo el rigor

de su acepción habría que decir que no haexistido nunca verdadera democracia, yque no existirá jamás, pues es contrario alorden natural que el mayor númerogobierne y el pequeño sea gobernado. Nose puede imaginar que el pueblopermanezca siempre reunido paraocuparse de los asuntos públicos, y secomprende fácilmente que no podríaestablecer para esto comisiones sin quecambiase la forma de la administración.

En efecto; yo creo poder afirmar, enprincipio, que cuando las funciones delgobierno están repartidas entre variostribunales, los menos numerososadquieren, pronto o tarde, la mayorautoridad, aunque no sea sino a causa de

la facilidad misma para resolver losasuntos que naturalmente se les somete.

Por lo demás, ¡cuántas cosas difícilesde reunir no supone este gobierno!Primeramente, un Estado muy pequeño, enque el pueblo sea fácil de congregar y enque cada ciudadano pueda fácilmenteconocer a los demás; en segundo lugar,una gran sencillez de costumbres, queevite multitud de cuestiones y dediscusiones espinosas; además, muchaigualdad en las categorías y en la fortuna,sin lo cual la igualdad no podría subsistirpor largo tiempo en los derechos y en laautoridad; en fin, poco o ningún lujo,porque éste, o es efecto de las riquezas, olas hace necesarias; corrompe a la vez al

rico y al pobre: a uno, por su posesión, yal otro, por la envidia; entrega la patria ala molicie, a la vanidad; quita al Estadotodos sus ciudadanos, para esclavizarlosunos a otros y todos a la opinión.

He aquí por qué un autor célebre haconsiderado la virtud como la base de larepública[23], porque todas estascondiciones no podrían subsistir sin lavirtud; pero por no haber hecho lasdistinciones necesarias, este gran genio hacarecido con frecuencia de exactitud;algunas veces, de claridad, y no ha vistoque, siendo la autoridad soberana en todaslas partes la misma, debe tener lugar entodo Estado bien constituido el mismoprincipio, más o menos ciertamente, según

la forma de gobierno.Agreguemos que no hay gobierno tan

sujeto a las guerras civiles y agitacionesintestinas como el democrático o popular,porque tampoco hay ninguno que tiendatan fuerte y continuamente a cambiar laforma, ni que exija más vigilancia y valorpara ser mantenido en ella. En estaconstitución es, sobre todo, en la que elciudadano debe armarse de fuerza y deconstancia, y decir cada día de su vida,desde el fondo de su corazón, lo que decíaun virtuoso palatino[24] en la Dieta dePolonia: Malo periculosam libertatemquam quietum servitium.

Si hubiese un pueblo de dioses, segobernaría democráticamente. Mas un

gobierno tan perfecto no es propio paralos hombres.

Capítulo VDe la aristocracia

Tenemos aquí dos personas morales muydistintas, a saber: el gobierno y elsoberano; y, por consiguiente, dosvoluntades generales, una con relación atodos los ciudadanos, y otra solamentecon respecto a los miembros de laadministración. Así, aunque el gobiernopueda reglamentar su política interiorcomo le plazca, no puede nunca hablar alpueblo sino en nombre del soberano, esdecir, en nombre del pueblo mismo; nohay que olvidar nunca esto.

Las primeras sociedades segobernaron aristocráticamente. Los jefesde las familias deliberaban entre sí sobrelos asuntos públicos. Los jóvenes cedíansin trabajo ala autoridad de laexperiencia. De aquí, los nombres desacerdotes, senado, gerontes . Lossalvajes de América septentrional segobiernan todavía así en nuestros días, yestán muy bien gobernados.

Pero a medida que la desigualdad dela institución prevalece sobre ladesigualdad natural, la riqueza o elpoder[25] fueron preferidos a la edad, y laaristocracia se convirtió en electiva.Finalmente, el poder transmitido con losbienes de padres a hijos formó las

familias patricias, convirtió al gobiernoen hereditario y se vieron senadores deveinte años.

Hay, pues, tres clases de aristocracia:natural, electiva y hereditaria. La primerano es apropiada sino para los pueblossencillos; la tercera es el peor de todoslos gobiernos. La segunda es la mejor: esla aristocracia propiamente dicha.

Además de la ventaja de la distinciónde los dos poderes, tiene la de la elecciónde sus miembros, porque en el gobiernopopular todos los ciudadanos nacenmagistrados; pero éste los limita a unpequeño número y no llegan a serio sinopor elección[26], medio por el cual laprobidad, las luces, la experiencia y todas

las demás razones de preferencia yestimación pública son otras tantas nuevasgarantías de que será gobernado conacierto.

Además, las asambleas se hacen máscómodamente; los negocios se discutenmás a conciencia, solucionándose con másorden y diligencia; el crédito del Estadose mantiene mejor entre los extranjerospor venerables senadores que por unamultitud desconocida o despreciada.

En una palabra: es el orden mejor ymás natural aquel por el cual los mássabios gobiernan a la multitud, cuando seestá seguro que la gobiernan en provechode ella y no para el bien propio. No esnecesario multiplicar en vano estos

resortes, ni hacer con veinte mil hombreslo que ciento bien elegidos pueden haceraún mejor. Pero es preciso reparar en queel interés de cuerpo comienza ya aquí adirigir menos la fuerza pública sobre laregla de la voluntad general y que otrapendiente inevitable arrebata a las leyesuna parte del poder ejecutivo.

Atendiendo a las convenienciasparticulares, no se necesita ni un Estadotan pequeño ni un pueblo tan sencillo yrecto que la ejecución de las leyes sea unasecuela inmediata de la voluntad pública,como acontece en una buena democracia.Y no es conveniente tampoco una nacióntan grande que los jefes dispersos con lamisión de gobernarla puedan romper con

el soberano cada uno en su provincia, ycomenzar por hacerse independientes paraterminar por ser los dueños.

Mas si la aristocracia exige algunasvirtudes menos el gobierno popular, exigetambién otras que le son propias, como lamoderación en los ricos y la conformidaden los pobres; porque parece que unaigualdad rigurosa estaría fuera de lugar: nien Esparta fue observada.

Por lo demás, si esta forma degobierno lleva consigo una ciertadesigualdad de fortuna es porque, engeneral, la administración de los asuntospúblicos está confiada a los que mejorpueden dar todo su tiempo; pero no, comopretende Aristóteles, porque los ricos

sean siempre preferidos. Por el contrario,importa que una elección opuesta enseñealgunas veces al pueblo que hay en elmérito de los hombres razones depreferencia más importantes que lariqueza.

Capítulo VIDe la monarquía

Hasta aquí hemos considerado al príncipecomo una persona moral y colectiva,unida por la fuerza de las leyes ydepositaría en el Estado del poderejecutivo. Ahora tenemos que considerareste poder en manos de una personanatural, de un hombre real, que sólo tienederecho a disponer de él según las leyes.Es lo que se llama un monarca o un rey.

Todo lo contrario de lo que ocurre enlas demás administraciones, en las que elser colectivo representa a un individuo; en

ésta, un individuo representa un sercolectivo; de suerte que la unidad moralque constituye el príncipe es, al mismotiempo, una unidad física, en la cual todaslas facultades que la ley reúne en la otracon tantos esfuerzos se encuentranreunidas de un modo natural.

Así, la voluntad del pueblo y lavoluntad del príncipe y la fuerza públicadel Estado y la fuerza particular delgobierno, todo responde al mismo móvil,todos los resortes de la máquina están enla misma mano, todo marcha al mismo fin;no hay movimientos opuestos que sedestruyan mutuamente. No se puedeimaginar un tipo de constitución en el cualun mínimum de esfuerzo produzca una

acción más considerable. Arquímedes,sentado tranquilamente en la playa ysacando sin trabajo un barco a flote, se merepresenta como un monarca hábil,gobernando desde su gabinete sus vastosEstados y haciendo moverse todo conactitud de inmovilidad.

Mas si no hay gobierno que tenga másvigor, no hay otro tampoco en que lavoluntad particular tenga más imperio ydomine más fácilmente a los demás; todomarcha al mismo fin, es cierto, pero estefin no es el de la felicidad pública, y lafuerza misma de la administración vuelvesin cesar al prejuicio del Estado.

Los reyes quieren ser absolutos, ydesde lejos se les grita que el mejor

medio de serlo es hacerse amar de suspueblos.

Esta máxima es muy bella y hasta muyverdadera en ciertos respectos;desgraciadamente, será objeto de burla enlas cortes. £1 poder que viene del amor alos pueblos es, sin duda, el mayor; pero esprecario, condicional, y nunca seconformarán con él los príncipes. Losmejores reyes quieren poder ser malos siles place, sin dejar de ser los amos. Seráinútil que un sermoneador político lesdiga que, siendo la fuerza del pueblo lasuya, su mayor interés es que el pueblosea floreciente, numeroso, temible; ellossaben muy bien que no es cierto. Suinterés personal es, en primer lugar, que

el hombre sea débil, miserable y que nopueda nunca resistírsele. Confieso que,suponiendo a los súbditos siempreperfectamente sometidos, el interés delpríncipe sería entonces que el pueblofuese poderoso, a fin de que, siendo suyoeste poder, le hiciese temible para susvecinos; pero como este interés no es sinosecundado y subordinado, y las dossuposiciones son incompatibles, es naturalque los príncipes den siempre preferenciaa la máxima que es más íntimamente útil.Esto es lo que Samuel representaba engrado sumo para los hebreos, y lo queMaquiavelo ha hecho ver con evidencia.Fingiendo dar lecciones a los reyes, se lasha dado muy grandes a los pueblos. Del

Príncipe, de Maquiavelo, es el libro delos republicanos[27].

Hemos visto, examinando lascuestiones generales, que la monarquía noconviene sino a los grandes Estados, y loveremos también al examinarla en símisma. Mientras más numerosa es laadministración pública, más débil es larelación del príncipe con los súbditos ymás se aproxima a la igualdad; de suerteque esta relación es una o la igualdad enla propia democracia. Esta relaciónaumenta a medida que el régimen delgobierno no se restringe, y llega a sumáximum cuando el gobierno se halla enmanos de uno solo. Entonces la distanciaentre el príncipe y el pueblo es mucho

mayor y el Estado carece de unión. Paraformarla, es preciso, pues, órdenesintermedias, y príncipes, grandes,nobleza. Ahora bien; nada de esto esconveniente para un pequeño Estado, alque arruinan todas estas jerarquías.

Pero si es difícil que un Estado grandesea bien gobernado, lo es mucho más quelo sea por un solo hombre, nadie ignora loque sucede cuando el rey se nombrasustitutos.

Un defecto esencial e inevitable, quehará siempre inferior el gobiernomonárquico al republicano, es que en éstela voz pública no eleva casi nunca a losprimeros puestos sino a hombres notablesy capaces, que los llenan de prestigio; en

tanto que los que llegan a ellos en lasmonarquías no son las más de las vecessino enredadores, bribonzuelos eintrigantes, a quienes la mediocridad quefacilita en las cortes el llegar a puestospreeminentes sólo les sirve para mostraral público su inepcia, tan pronto como loshan alcanzado. El pueblo se equivocamucho menos en esta elección que elpríncipe; el hombre de verdadero méritoes casi tan raro en un ministerio como loes un tonto a la cabeza de un gobiernorepublicano. Así, cuando, por una felizcasualidad, uno de estos hombres nacidospara gobernar toma el timón de losasuntos en una monarquía casi arruinadapor ese cúmulo de donosos gobernantes,

nos sorprendemos de los recursos queencuentra y hace época en el país.

Para que un Estado monárquicopudiese estar bien gobernado, seríapreciso que su extensión o su tamañofuese adecuado a las facultades del quegobierna. Es más fácil conquistar quegobernar. Mediante una palancasuficiente, se puede conmover al mundocon un dedo; mas para sostenerlo hacenfalta los hombros de Hércules. Por escasaque sea la extensión de un Estado, elpríncipe, casi siempre, es demasiadopequeño para él. Cuando, por el contrario,sucede que el Estado es excesivamentediminuto para su jefe, lo cual es muy raro,también está mal gobernado; porque el

jefe, atento siempre a su grandeza demiras, olvida los intereses de los pueblosy no los hace menos desgraciados por elabuso de su ingenuo que un jefeintelectualmente limitado por carecer decualidades. Sería preciso que un reino seextendiese o se limitase, por decirlo así,en cada reinado según los alcances delpríncipe; en cambio, tratándose de unSenado, con atribuciones más fijas, puedeel Estado ofrecer límites constantes y laadministración no marchar menos bien.

El inconveniente mayor del gobiernode uno solo es la falta de esta sucesióncontinua que forma en los otros dos unarelación constante. Muerto un rey, hacefalta otro; las elecciones dejan intervalos

peligrosos; son tormentosas, y a menosque los ciudadanos no sean de undesinterés y de una integridad que estegobierno no suele llevar consigo, laintriga y la corrupción se introducen enellas. Es difícil que aquel a quien se havendido el Estado no lo venda a su vez yno se resarza con el dinero que lospoderes le han arrebatado. Pronto o tarde,todo se hace venal con semejanteadministración, y la paz de que se gozaentonces bajo los reyes es peor que eldesorden de los interregnos.

¿Qué se ha hecho para prevenir estosmales? Se han instituido las coronashereditarias en ciertas familias y se haestablecido un orden de sucesión que

prevé toda disputa a la muerte de losreyes; es decir, que sustituyendo elinconveniente de las regencias al de laselecciones, se ha preferido una aparentetranquilidad a una administraciónprudente, y asimismo el exponerse a tenerpor jefes niños, monstruos o imbéciles, atener que discutir sobre la elección debuenos reyes. No se ha reflexionado que,exponiéndose de este modo a los riesgosde la alternativa, casi todas lasprobabilidades están en contra. Era unarespuesta muy sensata la del joven Denys,a quien su padre, reprochándole unaacción vergonzosa, decía: «¿Te he dadoyo ejemplo de ello?», «j Ah —respondióel hijo—, vuestro padre no era un

rey!»[28].Todo concurre a privar de justicia y

de razón a un hombre educado paramandar a los demás. Se preocupan mucho,según se dice, por enseñar a los jóvenespríncipes el arte de reinar, mas no pareceque esta educación les sea provechosa.Sería mejor comenzar por enseñarles elarte de obedecer. Los más grandes reyesque ha celebrado la Historia no han sidoeducados para reinar; es una ciencia queno se posee nunca, a menos de haberlaaprendido demasiado, y se adquiere mejorobedeciendo que mandando. «Namutilissimus idem ac brevissimus bonarummalarumque rerum delectus, cogitarequid aut nolueris sub alio principe, aut

volueris»[29].Una consecuencia de esta falta de

coherencia es la inconstancia del gobiernoreal, que rigiéndose tan pronto por un plancomo por otro, según el carácter delpríncipe que reina o de las personas quereinan por él, no puede tener muchotiempo un objeto fijo ni una conductaconsecuente; variación que hace al Estadooscilar constantemente de máxima enmáxima, de proyecto en proyecto; cosaque no tiene lugar en los demás gobiernos,en que el príncipe siempre es el mismo.Se ve también que, en general, si hay másastucia en una corte, hay más sabiduría enun Senado, y que las repúblicas van a susfines con miras más constantes y mejor

atendidas, mientras que cada revoluciónen el ministerio produce otra en el Estado,siendo máxima común a todos losministros, y casi a todos los reyes, elhacer en todo lo contrario que suspredecesores.

De esta misma incoherencia se deducela solución de un sofisma muy familiar alos políticos reales; es, no solamentecomparar el gobierno civil al gobiernodoméstico y el príncipe al padre defamilia, error ya refutado, sino además, elatribuir liberalmente a este magistradotodas las virtudes que debería tener ysuponer que el príncipe es siempre lo quedebería ser; suposición con ayuda de lacual el gobierno real es preferible a

cualquier otro, porque es,indiscutiblemente, el más fuerte, y paraser también el mejor no le falta más queuna voluntad corporativa más conformecon la voluntad general.

Pero si, según Platón, el rey, pornaturaleza, es un personaje tan raro,¿cuántas veces concurrirán la naturaleza yla fortuna a coronarlo? Y si la educaciónreal corrompe necesariamente a los que lareciben, ¿qué debe esperarse de una seriede hombres educados para reinar? Es,pues, querer engañarse confundir elgobierno real con el de un buen rey. Paraver lo que es este gobierno en sí mismo espreciso considerarlo sometido a príncipeslimitados o malos, porque, sin duda,

llegarán tales al trono o el trono les harátales.

Estas dificultades no han pasadoinadvertidas a nuestros autores; pero no sehan preocupado por ello. El remedio es,dicen, obedecer sin murmurar; Dios da losmalos reyes en su cólera, y es precisosoportarlos, como los castigos del cielo.Este modo de discurrir es edificante, sinduda; pero no sé si sería más propio delpulpito que de un libro de política. ¿Quése diría de un médico que prometiesemilagros y cuyo arte consistiese enexhortar a su enfermo a la paciencia? Esevidente que si se tiene un mal gobiernohabrá que sufrirlo; pero la cuestión está enencontrar uno bueno.

Capítulo VIIDe los gobiernos mixtos

Propiamente hablando, no hay gobiernosimple. Es preciso que un jefe único tengamagistrados subalternos y que un gobiernopopular tenga un jefe. Así, en el repartodel poder ejecutivo hay siempregraduación, desde el mayor número almenor, con la diferencia de que unasveces depende el mayor número delpequeño y otras el pequeño del mayor.

En ocasiones hay una división igual,bien cuando las partes constitutivas estánen una dependencia mutua, como en el

gobierno de Inglaterra, ya cuando laautoridad de cada parte es independiente,pero imperfecta, como en Polonia. Estaúltima forma es mala, porque no hayninguna unidad en el gobierno y el Estadocarece de unión.

¿Qué es preferible: un gobiernosimple o un gobierno mixto? Es cuestiónmuy debatida entre los políticos, y a lacual hay que dar la misma respuesta quela que he dado antes sobre toda forma degobierno.

El gobierno simple es el mejor en símismo, sólo por el hecho de ser simple.Pero cuando el poder ejecutivo nodepende suficientemente del legislativo,es decir, cuando hay más relación del

príncipe al soberano, es preciso remediaresta falta de proporción dividiendo elgobierno; pues entonces cada una de suspartes no tiene menor autoridad sobre lossúbditos, y su división las hace a todasjuntas menos fuertes contra el soberano.

Existiría también el mismoinconveniente si se estableciesenmagistrados intermedios que, dejando algobierno en su plenitud, sirviesensolamente para armonizar las dos poderesy mantener sus derechos respectivos. Eneste caso el gobierno no es mixto, sinomoderado.

Se puede remediar porprocedimientos semejantes elinconveniente opuesto, y cuando el

gobierno es demasiado débil es tambiénposible erigir tribunales paraconcentrarlo. Esto se practica en todas lasdemocracias. En el primer caso se divideel gobierno para debilitarlo, y en elsegundo, para reforzarlo; porque tanto elmáximum de fuerza como el de debilidadse encuentran en los gobiernos simples,mientras que las formas mixtas ofrecenuna fuerza media.

Capítulo VIIIDe cómo toda forma degobierno no es propiapara todos los países

No siendo la libertad un fruto de todos losclimas, no se encuentra al alcance detodos los pueblos. Mientras más se meditaeste principio de Montesquieu, mejor seve su verdad; mientras más se le discute,más ocasión se ofrece de hallar nuevaspruebas que le apoyen.

En todos los gobiernos del mundo, lapersona pública consume y no produce

nada. ¿De dónde le viene, pues, lasustancia consumida? Del trabajo de susmiembros. Lo superfluo de losparticulares es lo que produce lonecesario para el público. De donde sesigue que el estado civil no puedesubsistir sino en tanto que el trabajo delos hombres produce más de lo precisopara sus necesidades.

Ahora bien; este sobrante no es elmismo en todos los países del mundo. Enmuchos es considerable; en otros,mediano; en algunos, nulo, y no faltanotros en los que es negativo. Esta relacióndepende de la fertilidad del clima, de laclase de trabajo que la tierra exige, de lanaturaleza de sus producciones, de la

fuerza de sus habitantes, del mayor omenor consumo que les es necesario y deotras muchas relaciones semejantes, delas cuales se compone.

De otra parte, no todos los gobiernosson de la misma naturaleza; los hay más omenos devoradores, y las diferencias sefundan sobre el principio de que mientrasmás se alejan de su origen, lascontribuciones públicas son másonerosas. No es por la cantidad de lasimposiciones por lo que hay que mediresta carga, sino por el camino que han derecorrer para volver a las manos de dondehan salido. Cuando esta circulación esrápida y está bien establecida, no importapagar poco o mucho, pues el pueblo es

siempre rico y los fondos van bien. Por elcontrario, por poco que el pueblo dé,cuando este poco no se le devuelve, comoestá siempre dando, pronto se agota: elEstado nunca es rico y el pueblo siempremendigo.

Se sigue de aquí que, a medida queaumenta la distancia entre el pueblo y elsoberano, los tributos se hacen másonerosos; así, en la democracia, el puebloes el menos gravado; en la aristocracia loes más; en la monarquía lleva el mayorpeso. La monarquía no conviene, pues,sino a las naciones opulentas; laaristocracia, a los Estados medios enriqueza como en extensión; la democracia,a los Estados pequeños y pobres.

En efecto: mientras más se reflexiona,más diferencias se hallan entre losEstados libres y las monarquías. En losprimeros todo se emplea en la utilidadcomún; en los otros, las fuerzas públicas yparticulares son recíprocas, y una aumentapor la debilitación de la otra; en fin, enlugar de gobernar a los súbditos parahacerlos felices, el despotismo los hacemiserables para gobernarlos.

He aquí cómo en cada clima existencausas naturales, en vista de las cuales sepuede determinar la forma de gobiernoque le corresponde, dada la fuerza delclima, y hasta decir qué especie dehabitantes debe haber.

Los lugares ingratos y estériles, donde

los productos no valen el trabajo queexigen, deben quedar incultos o desiertos,o solamente poblados de salvajes; loslugares donde el trabajo de los hombresno dé exactamente más que lo preciso,deben ser habitados por pueblosbárbaros: toda civilidad sería imposibleen ellos; los lugares en que el exceso delproducto sobre el trabajo es mediano,convienen a los pueblos libres; aquellosen que el terreno, abundante y fértil, rindemuchos producto con poco trabajo, exigenser gobernados monárquicamente, a fin deque el lujo del príncipe consuma elexceso de lo que es superfluo a lossúbditos; porque más vale que este excesosea absorbido por el gobierno que

disipado por los particulares. Hayexcepciones, ya lo sé; pero estas mismasexcepciones confirman la regla, porqueproducen, antes o después, revoluciones,que llevan la cuestión otra vez al orden dela Naturaleza.

Distingamos siempre las leyesgenerales de las causas particulares quepueden modificar el efecto. Aun cuandotodo el Mediodía se hubiese cubierto derepúblicas y todo el Norte de Estadosdespóticos, no sería menos cierto que, porel efecto del clima, el despotismoconviene a los países cálidos; la barbarie,a los fríos, y la perfecta vida civil a lasregiones intermedias. Veo también que,aun concediendo el principio se podrá

discutir sobre su aplicación y decir quehay países fríos muy fértiles y otrosmeridionales muy ingratos. Pero estadificultad no existe sino para los que noexaminan las cosas en todos sus aspectos.Es preciso, como ya he dicho, apreciar lorelativo a los trabajos, a las fuerzas, alconsumo, etc.

Supongamos que de dos terrenosiguales, uno produce cinco y otro diez. Silos habitantes del primero consumencuatro y los del segundo nueve, el excesodel primer producto será un quinto y eldel segundo una décima. Siendo larelación de estos dos excesos inversa a lade los productos, el terreno que noproduce más que cinco dará un exceso

doble que el del terreno que produzcadiez.

Pero no es cuestión de un productodoble, y no creo que nadie se atreva aigualar, en general, la fertilidad de lospaíses fríos con la de los cálidos. Sinembargo, supongamos esta igualdad;establezcamos, si se quiere, un equilibrioentre Inglaterra y Sicilia, Polonia yEgipto: más al Sur tendremos África y laIndia; más al Norte, nada. Para estaigualdad de productos, ¡qué diferencia enel cultivo! En Sicilia no hace falta másque arañar la tierra; en Inglaterra, ¡qué detrabajos para labrarla! Ahora bien; allídonde hacen falta más brazos para dar elmismo producto lo superfluo debe ser

necesariamente menor.Considerad, además, que la misma

cantidad de hombres consumen muchomenos en los países cálidos. El climaexige que se sea sobrio para estar bien;los europeos que quieren vivir en estospaíses como en el suyo perecen todos dedisentería o de indigestión. «Nosotrossomos —dice Chardin— animalescarniceros, lobos, en comparación de losasiáticos. Algunos atribuyen la sobriedadde los persas a que su país está menoscultivado, y yo creo lo contrario: que supaís abunda menos en productosalimenticios porque les hace menos falta asus habitantes. Si su frugalidad —continúa— fuese un efecto de la escasez del país,

solamente los pobres serían los quecomerían poco, siendo así que esto ocurregeneralmente a todos, y se comería más omenos en cada región según su fertilidad,y no que se encuentra la misma sobriedaden todo el reino. Se vanaglorian muchopor su manera de vivir, diciendo que nohay más que mirar su color parareconocer cuánto mejor es que el de loscristianos. En efecto; el tinte de los persases igual: tienen la piel hermosa, fina ylisa; mientras que el tinte de los armenios,sus súbditos, que viven a la europea, esbasto y terroso, y sus cuerpos, gruesos ypesados».

Cuanto más se aproxima uno a la líneadel Ecuador, con menos, viven los

pueblos; casi no se come carne: el arroz,el maíz, el cuzcuz, el mijo, el cazabe sonsus alimentos ordinarios. Hay en la Indiamillones de hombres cuyo alimento nocuesta cinco céntimos diarios. Vemos,hasta en Europa, diferencias sensibles enel apetito entre los pueblos del Norte ylos del Sur. Un español viviría ocho díascon la comida de un alemán. En el país enque los hombres son más voraces, el lujose inclina también hacia las cosas deconsumo: en Inglaterra se manifiesta sobreuna mesa cubierta de viandas, en Italia seos regala azúcar y flores.

El lujo en el vestir ofrece tambiénanálogas diferencias. En los climas en quelos cambios de estación son rápidos y

violentos se tienen trajes mejores y mássencillos; en aquellos en que no se viste lagente más que para el adorno se buscamás apariencia que utilidad: los trajesmismos son un elemento de lujo. EnNápoles veréis todos los días pasearse enel Posilipo hombres con casaca dorada ysin medias. Lo mismo ocurre con lasconstrucciones: se da todo a lamagnificencia cuando no se tiene nada quetemer de las injurias del aire. En París, enLondres, se busca un alojamientoabrigado y cómodo; en Madrid se tienensalones soberbios, pero no hay ningunaventana que cierre y se acuesta uno en unnido de ratones.

Los alimentos son mucho más

sustanciosos y suculentos en los paísescálidos; es una tercera diferencia que nopuede dejar de influir en la segunda. ¿Porqué se comen tantas legumbres en Italia?Porque son buenas, nutritivas, deexcelente gusto. En Francia, donde no selas alimenta más que de agua, no nutrennada y casi no se cuenta con ellas para lamesa; sin embargo, no por eso ocupanmenos terreno ni deja de costar tantotrabajo el cultivarlas. Es una cosaexperimentada que los trigos de Berbería,por lo demás inferiores a los de Francia,rinden mucha más harina que los deFrancia, y a su vez dan más que los trigosdel Norte. De donde se puede inferir quese observa una gradación análoga,

generalmente en la misma dirección,desde el Ecuador al Polo, Ahora bien; ¿noes una desventaja visible tener en unproducto igual menor cantidad dealimento?

A todas estas diferentesconsideraciones puedo agregar una que sederiva de ellas y las fortifica: es que lospaíses cálidos tienen menos necesidad dehabitantes que los fríos y podríanalimentar más; lo que produce un doblesobrante, siempre en ventaja deldespotismo. Mientras mayor superficieocupa el mismo número de habitantes,más difíciles se hacen los levantamientos,porque no se pueden poner de acuerdocon prontitud ni secretamente y porque es

siempre fácil al gobierno descubrir losproyectos y cortar las comunicaciones.Pero cuanto más se apiña un pueblonumeroso, menos fácil es al gobiernousurpar al soberano: los jefes deliberancon tanta seguridad en sus cámaras comoel príncipe en su Consejo, y la multitud sereúne tan pronto en las plazas como lastropas en sus cuarteles, La ventaja, pues,de un gobierno tiránico está en poderobrar a grandes distancias. Con la ayudade los puntos de apoyo de que sirve, sufuerza aumenta con la distancia, como lade las palancas[30]. La del pueblo, por elcontrario, no obra sino concentrada, seevapora y se pierde al extenderse, comoel efecto de la pólvora esparcido en la

tierra y que no se inflama sino grano agrano. Los países menos poblados sontambién los más propios para la tiranía:los animales feroces no reinan sino en losdesiertos.

Capítulo IXDe los rasgos de un

buen gobierno

Cuando se pregunta de un modo absolutocuál es el mejor gobierno, se hace unapregunta que no puede ser contestada,porque es indeterminada o, si se quiere,tiene tantas soluciones buenas comocombinaciones posibles hay en lasposiciones absolutas y relativas de lospueblos.

Pero si se preguntase por qué signo sepuede conocer que un pueblo dado estábien o mal gobernado, sería otra cosa, y la

cuestión, de hecho, podría resolverse.Sin embargo, no se la resuelve,

porque cada cual quiere hacerlo a sumanera. Los súbditos alaban latranquilidad pública; los ciudadanos, lalibertad de los particulares; uno prefierela segundad de las posesiones y otro la delas personas; uno quiere que el mejorgobierno sea el más severo, otro sostieneque es el más dulce; éste desea que secastiguen los crímenes, y aquél que se lesprevenga; uno encuentra bien que se seatemido por los pueblos vecinos, otroprefiere que se viva ignorado por ellos;uno está contento cuando el dinerocircula, otro exige que el pueblo tengapan. Aunque se estuviese de acuerdo

sobre estos puntos y otros semejantes, ¿sehabría adelantado algo? Careciendo demedida precisa las cualidades morales,aunque se estuviese de acuerdo respectodel signo, ¿cómo estarlo respecto a laestimación de ellas?

Por lo que a mí toca, siempre meadmiro de que se desconozca un signo tansencillo o que se tenga la mala fe de noconvenir con él. ¿Cuál es el fin de laasociación política? La conservación y laprosperidad de sus miembros. ¿Y cuál esla señal más segura de que se conserva yprospera? Su número y su población. Novayáis, pues, a buscar más lejos este signotan discutido. En igualdad de condiciones,es infaliblemente mejor el gobierno bajo

el cual sin medios extraños, sinnaturalización, sin colonias, losciudadanos pueblan y se multiplican más.

Aquel bajo el cual un pueblodisminuye y decae es el peor.¡Calculadores, ahora es cosa vuestra:contad, medid, comparad![31]

Capítulo XDel abuso del gobierno

y de su inclinación adegenerar

Así como la voluntad particular obra sincesar contra la voluntad general, así elgobierno hace un esfuerzo continuo contrala soberanía. Mientras más aumenta eseesfuerzo, más se altera la constitución; ycomo no hay aquí otra voluntad de cuerpoque, resistiendo a la del príncipe, seequilibre con ella, debe suceder, antes odespués, que el príncipe oprima al

soberano y rompa el tratado social. Éstees el vicio inherente e inevitable que,desde el nacimiento del cuerpo político,tiende sin descanso a destruirlo, lo mismoque la vejez y la muerte destruyen al fin elcuerpo del hombre.

Dos caminos generales existen,siguiendo los cuales degenera ungobierno, a saber: cuando se hace másrestringido o cuando se disuelve elEstado.

El gobierno se restringe cuando de serejercido por un gran número pasa a serlopor uno pequeño; es decir, cuando pasa dela democracia a la aristocracia y de laaristocracia a la realeza. Ésta es suinclinación natural[32]. Si retrocediese de

la minoria a la mayoría, se podría decirque tiene lugar un relajamiento; pero esteprogreso inverso es imposible.

En efecto, el gobierno jamás cambiade forma más que cuando, gastadas susenergías, queda ya debilitado para poderconservar la suya. Ahora bien; si serelajase, además, extendiéndose, su fuerzallegaría a ser completamente nula y másdifícil le sería subsistir. Es preciso, pues,fortificar y apretar el resorte a medida quecede; de otra suerte, el Estado quesostiene sucumbirá.

El caso de la disolución del Estadopuede sobrevenir de dos maneras.

En primer lugar, cuando el príncipe noadministra el Estado según las leyes y

usurpa el poder soberano. Entonces serealiza un cambio notable, y es que, no elgobierno, sino el Estado, se restringe;quiere decir que el gran Estado sedisuelve y se forma otro en aquél,compuesto solamente por miembros delgobierno, el cual ya no es para el resto delpueblo, desde este instante, sino el amo yel tirano. De suerte que en el momento enque el gobierno usurpa la soberanía, elpacto social se rompe, y todos losciudadanos, al recobrar de derecho sulibertad natural, se ven forzados, pero noobligados, a obedecer.

Lo mismo acontece cuando losmiembros del gobierno usurpanseparadamente el poder que no deben

ejercer sino corporativamente; cosa queno constituye una pequeña infracción delas leyes, pues produce un gran desorden.Una vez que se ha llegado a esta situaciónhay, por decirlo así, tantos príncipescomo magistrados, y el Estado, no menosdividido que el gobierno, perece o cambiade forma.

Cuando el Estado se disuelve, elabuso del gobierno, cualquiera que sea,toma el nombre común de anarquía.Distinguiendo, la democracia degenera enoclocracia; la aristocracia, en oligarquía.Yo añadiría que la realeza degenera entiranía; pero esta última palabra esequívoca y exige explicación.

En el sentido vulgar, un tirano es un

rey que gobierna con violencia y sin teneren cuenta la justicia ni las leyes. En elsentido estricto, un tirano es un particularque se arroga la autoridad real sin tenerderecho a ello. Así es como entendían losgriegos la palabra tirano; la aplicabanindistintamente a los buenos y a los malospríncipes cuya autoridad no eralegítima[33]. Así, tirano y usurpador sondos voces perfectamente sinónimas.

Para dar diferentes nombres adiferentes cosas, llamo tirano alusurpador de la autoridad real, y déspotaal usurpador del poder soberano. El tiranoes aquel que se injiere contra las leyespara gobernar según las mismas; eldéspota es aquel que se coloca por

encima de las mismas leyes. Así, el tiranopuede no ser déspota; pero el déspota essiempre tirano.

Capítulo XIDe la muerte delcuerpo político

Tal es la pendiente natural e inevitable delos gobiernos mejor constituidos. SiEsparta y Roma han perecido, ¿quéEstado puede tener la esperanza de durarsiempre? Si queremos formar unainstitución duradera no pensemos enhacerla eterna. Para tener éxito no se debeintentar lo imposible ni pretender dar alas obras de los hombres una solidez quelas cosas humanas no admiten.

El cuerpo político, lo mismo que el

cuerpo del hombre, comienza a morirdesde el nacimiento, y lleva en sí mismolas causas de su destrucción. Pero uno yotro pueden tener una constitución más omenos robusta y apropiada paraconservarla más o menos tiempo. Laconstitución del hombre es la obra de laNaturaleza; la del Estado, la del Arte. Nodepende de los hombres el prolongar supropia vida; pero sí, en cambio, elprolongar la del Estado tanto como esposible, dándole la mejor constitución quepueda tener. El más perfectamenteconstituido morirá, pero siempre mástarde que otro, si ningún accidenteimprevisto ocasiona su muerte antes detiempo.

El principio de la vida política está enla autoridad soberana.

El poder legislativo es el corazón delEstado; el poder ejecutivo, el cerebro queda movimiento a todas las partes. Elcerebro puede sufrir una parálisis y elindividuo seguir viviendo, sin embargo.Un hombre se queda imbécil y vive; masen cuanto el corazón cesa en susfunciones, el animal muere.

No es por las leyes por lo que subsisteel Estado, sino por el poder legislativo.La ley de ayer no obliga hoy; pero elconsentimiento tácito se presume por elsilencio, y el soberano está obligado aconfirmar incesantemente las leyes que noderoga, pudiendo hacerlo. Todo lo que se

ha declarado querer una vez lo quieresiempre, a menos que lo revoque.

¿Por qué, pues, se tiene tanto respeto alas leyes antiguas? Por esto mismo. Sedebe creer que sólo la excelencia de lasvoluntades antiguas ha podidoconservarlas tanto tiempo', si el soberanono las hubiese reconocido constantementebeneficiosas, las hubiese revocado milveces. He aquí por qué, lejos dedebilitarse las leyes, adquieren sin cesaruna fuerza nueva en todo Estado bienconstituido; el prejuicio de la antigüedadlas hace cada día más venerables,mientras que dondequiera que las leyes sedebilitan al envejecer es prueba de que nohay poder legislativo y de que el Estado

no vive ya.

Capítulo XIICómo se mantiene laautoridad soberana

El soberano, no teniendo más fuerza queel poder legislativo, sólo obra por mediode leyes, y no siendo las leyes sino actosauténticos de la voluntad general, nopodría obrar el soberano más que cuandoel pueblo está reunido. Se dirá: el pueblocongregado, ¡qué quimera! Es una quimerahoy; pero no lo era hace dos mil años.¿Han cambiado los hombres denaturaleza?

Los límites de lo posible en las cosas

morales son menos estrechos de lo quepensamos; nuestras debilidades, nuestrosvicios, nuestros prejuicios son lo querestringen. Las almas bajas no creen enlos grandes hombres: viles esclavos,sonríen con un aire burlón a la palabralibertad.

Pe* lo que se ha hecho consideramoslo que se puede hacer. No hablaré de lasantiguas repúblicas de Grecia; pero larepública romana era, me parece, un granEstado, y la ciudad de Roma, una granciudad. El último censo acusó en Romacuatrocientos mil ciudadanos armados, yel último empadronamiento del Imperio,más de cuatro millones de ciudadanos, sincontar los súbditos, los extranjeros, las

mujeres, los niños ni los esclavos.¡Qué difícil es imaginarse, reunido

frecuentemente, al pueblo inmenso de estacapital y de sus alrededores! Sin embargo,no transcurrían muchas semanas sin que sereuniese el pueblo romano, y en ocasioneshasta muchas veces en este espacio detiempo. No solamente ejercía losderechos de la soberanía, sino una partede los del gobierno. Trataba ciertosasuntos; juzgaba ciertas causas, y estepueblo era en la plaza pública casi contanta frecuencia magistrado comosoberano.

Remontándose a los primeros tiemposde las naciones, hallaríamos que la mayorparte de los antiguos gobiernos, aun

monárquicos, como los de los macedoniosy francos, tenían Consejos semejantes. Detodos modos, este solo hecho indiscutibleresponde a todas las dificultades: de loexistente a lo posible me parece legítimala consecuencia.

Capítulo XIIIContinuación

No basta que el pueblo reunido hayafijado una vez la constitución del Estadodando la sanción a un cuerpo de leyes; nobasta que haya establecido un gobiernoperpetuo o que haya provisto de una vezpara siempre la elección de losmagistrados; además de las asambleasextraordinarias motivadas por casosimprevistos, es preciso que haya otrasfijas y periódicas, a las cuales nada puedeabolir ni prorrogar, de tal modo que, en eldía señalado, el pueblo sea legítimamente,

convocado por la ley, sin que se haganecesario para ello ninguna otraconvocatoria formal.

Por fuera de estas asambleasjurídicas, por su fecha determinada, todaasamblea del pueblo que no haya sidoconvocada por los magistradospreviamente nombrados a este efecto, ysegún las formas prescriptas, debe serconsiderada como ilegítima, y cuanto sehaga en ellas como nulo, porque la ordenmisma de reunión debe emanar de la ley.

En cuanto a la repetición más o menosfrecuente de las asambleas legítimas,depende de tantas consideraciones que nose pueden dar reglas precisas sobre ello.Sólo puede afirmarse, en general, que

mientras más fuerza tiene el gobierno, másfrecuentemente debe actuar el soberano.

Se me dirá que esto puede serconveniente para una sola ciudad; pero¿qué hacer cuando el Estado comprendevarías? ¿Se dividirá la autoridad soberanao se la debe concentrar en una sola ciudady someter a ella las restantes?

Yo contesto que no debe hacerse ni louno ni lo otro. En primer lugar, laautoridad soberana es simple y una, y nose la puede dividir sin destruirla. Ensegundo lugar, una ciudad, lo mismo queuna nación, no puede ser legítimamentesometida a otra, porque la esencia delcuerpo político reside en el acuerdo de laobediencia y la libertad, y las palabras de

súbdito y soberano son correlacionesidénticas, cuya idea queda comprendidaen la sola palabra de ciudadano.

Contesto, además, que siempre es unmal unir varias ciudades en una sola yque, queriendo hacer esta unión, no debeuno alabarse de evitar sus inconvenientesnaturales. No se debe argumentar con elabuso de los grandes Estados a quien sóloquiere los pequeños. Pero ¿cómo dar a lospequeños Estados bastante fuerza pararesistir a los grandes? Como en otrotiempo las ciudades griegas resistieron elgran rey y como, más recientemente,Holanda y Suiza han resistido a la Casade Austria.

Sin embargo, si no se puede reducir el

Estado a justos límites, queda aún unrecurso: no soportar una capital, darasiento al gobierno alternativamente encada ciudad y reunir también en ellas,sucesivamente, los estados del país.

Poblad igualmente el territorio,extended por todas sus partes los mismosderechos, llevad por todos lados laabundancia y la vida; así es como elEstado llegará a ser a la vez el más fuertey el mejor gobernado posible. Acordaosde que los muros de las ciudades no séhacen sino del cascote de las casas decampo. Por cada palacio que veo edificaren la capital, me parece ver derrumbarsetodo un país.

Capítulo XIVContinuación

Desde el instante en que el pueblo estálegítimamente reunido en cuerpo soberanocesa toda jurisdicción del gobierno, sesuspende el poder ejecutivo y la personadel último ciudadano es tan sagrada einviolable como la del primer magistrado,porque donde se encuentra elrepresentado no hay representante. Lamayor parte de los tumultos que seelevaron en Roma en los comiciosprovino de haber ignorado o descuidadoen su aplicación esta regla. Los cónsules

entonces no eran sino los presidentes delpueblo; los tribunos, simples oradores[34];el Senado no era absolutamente nada.

Estos intervalos de suspensión, en queel príncipe reconocía o debía reconocerun superior actual, los lamentó siempre, yestas asambleas del pueblo, que son laégida del cuerpo político y el freno delgobierno, han sido en todos los tiempos elhorror de los jefes, por lo cual noperdonan cuidados, objeciones,dificultades ni promesas para desanimar alos ciudadanos. Cuando éstos son avaros,cobardes, pusilánimes, más amantes delreposo que de la libertad, no se mantienenmucho tiempo contra los esfuerzosredoblados del gobierno, y por ello,

aumentando la fuerza de resistencia sincesar, se desvanece al fin la autoridadsoberana y la mayor parte de las ciudadescaen y perecen antes de tiempo.

Mas entre la autoridad soberana y elgobierno arbitrario se introduce algunasveces un poder medio, del que es precisohablar.

Capítulo XVDe los diputados o

representantes

Tan pronto como el servicio público dejade ser el principal asunto de losciudadanos y prefieren servir con subolsillo a hacerlo con su persona, elEstado se halla próximo a su ruina.Entonces, si es preciso ir a la guerra,pagan tropas y se quedan en su casa; si espreciso ir al Consejo, nombran diputadosy se quedan en su casa también. A fuerzade pereza y de dinero consiguen tenersoldados para avasallar a la patria y

representantes para venderla.El movimiento del comercio y de las

artes, el ávido interés de ganancia, laindolencia y el amor a las comodidades eslo que hace cambiar los serviciospersonales en dinero. Se cede una partede su propio provecho para aumentarlo asu gusto. Dad dinero, y pronto tendréiscadenas. La palabra hacienda es unapalabra de esclavo, desconocida en laciudad. En un país verdaderamente libre,los ciudadanos todo lo hacen con susbrazos y nada con el dinero; lejos depagar para eximirse de sus deberes,pagarán para llenarlos ellos mismos. Yome hallo muy distante de las ideascomunes, pues creo las prestaciones

personales menos contrarias a la libertadque los impuestos.

Cuanto mejor constituido se halla elEstado, más prevalecen los asuntospúblicos sobre los privados en el espíritude los ciudadanos. Hasta hay muchosmenos asuntos privados, porqueproporcionando la felicidad común unasuma más considerable a la de cadaindividuo, quédale a cada cual menos quebuscar en los asuntos particulares. En unaciudad bien conducida, todos vanpresurosos a las asambleas; pero con unmal gobierno, nadie quiere dar un pasopara incorporarse a ellas, porque nadiepone interés en lo que allí se hace, ya quese prevé que la voluntad general no

dominará y que a la postre los cuidadosdomésticos todo lo absorben. Las buenasleyes inducen a hacer otras mejores; lasmalas, otras peores. En cuanto alguiendice de los asuntos del Estado «¡qué meimporta!», se debe contar con que elEstado está perdido.

El entibiamiento del amor a la patria,la actividad del interés privado, la granextensión de los Estados, las conquistas,el abuso del gobierno, han dado lugar a laexistencia de diputados o representantesdel pueblo en las asambleas de la nación.A esto es a lo que en ciertos países se haosado llamar el tercer estado. Así, elinterés particular de dos órdenes ocupa elprimero y e| segundo rangos, en tanto que

el interés público está colocado en eltercero.

La soberanía no puede serrepresentada, por la misma razón que nopuede ser enajenada; consisteesencialmente en la voluntad general, yésta no puede ser representada; es ellamisma o es otra; no hay término medio.Los diputados del pueblo no son, pues, nipueden ser, sus representantes; no sonsino sus comisarios; no pueden acordarnada definitivamente. Toda ley noratificada en persona por el pueblo esnula; no es una ley. El pueblo inglés creeser libre: se equivoca mucho; no lo essino durante la elección de los miembrosdel Parlamento; pero tan pronto como son

elegidos es esclavo, no es nada. En losbreves momentos de su libertad, el usoque hace de ella merece que la pierda.

La idea de los representantes esmoderna: procede del gobierno feudal, deese inicuo y absurdo gobierno en el cualla especie humana se ha degradado y en lacual el nombre de hombre ha sidodeshonrado. En las antiguas repúblicas yen las monarquías, el pueblo no tuvojamás representantes; no se conocía estapalabra. Es muy singular que en Roma,donde los tribunos eran tan sagrados, nose haya ni siquiera imaginado quepudiesen usurpar las funciones del pueblo,y que en medio de tan grande multitud nohayan intentado nunca sustraer a su jefe un

solo plebiscito. Júzguese, sin embargo, delas dificultades que originaba algunasveces la multitud por lo que ocurrió entiempo de los Gracos, en que una parte delos ciudadanos daban su sufragio desdelos tejados.

Donde el derecho y la libertad estodo, los inconvenientes nada significan.En este pueblo sabio todo era colocado ensu justa medida: dejaba hacer a suslictores lo que sus tribunos no se hubieranatrevido a hacer; no temían que suslictores quisiesen representarlos.

Para explicar, sin embargo, cómo losrepresentaban los tribunos algunas veces,basta pensar cómo el gobierno representaal soberano. No siendo la ley sino la

declaración de la voluntad general, esclaro que en el poder legislativo no puedeser representado el pueblo; pero puede ydebe serlo en el poder ejecutivo, que noes sino la fuerza aplicada a la ley. Estohace comprender que, examinando bienlas cosas, se hallarían muy pocas nacionesque tuviesen leyes. De cualquier modoque sea, es seguro que los tribunos, noteniendo parte alguna en el poderejecutivo, no pudieron representar jamásal pueblo romano por los derechos de suscargos, sino solamente usurpando los delSenado.

Entre los griegos, cuanto tenía quehacer el pueblo, lo hacía por sí mismo:constantemente estaba reunido en la plaza.

Disfrutaba de un clima suave, no eraansioso, los esclavos hacían sus trabajos,su gran preocupación era la libertad. Noteniendo las mismas ventajas, ¿cómoconservar los mismos derechos? Vuestrosclimas, más duros, os crean másnecesidades[35]; durante seis meses delaño la plaza pública no está habitable;vuestras lenguas sordas no se dejan oír alaire libre: concedéis más importancia avuestra ganancia que a vuestra libertad, yteméis mucho menos la esclavitud que lamiseria.

¿No se mantiene la libertad sino conel apoyo de la servidumbre? Puede ser.Los extremos se tocan. Todo lo que noestá en la Naturaleza tiene sus

inconvenientes, y la sociedad civil, másque todos los demás. Hay situacionesdesgraciadas en que no puede conservarsela libertad más que a expensas de la deotro y en que el ciudadano no puede serperfectamente libre si el esclavo no lo esen otro extremo. Tal era la posición deEsparta. Vosotros, pueblos modernos, notenéis esclavos, pero lo sois; pagáis sulibertad con la vuestra. Os gusta alabaresta preferencia: yo encuentro que hay enello más cobardía que humanidad.

No, creo en modo alguno, por cuantova dicho, que sea preciso tener esclavosni que el derecho de esclavitud sealegítimo, puesto que he probado locontrario; digo solamente las razones por

las cuales los pueblos modernos, que secreen libres, tienen representantes y porqué los pueblos antiguos no los tenían. Decualquier modo que sea, en el instante enque un pueblo se da representantes ya noes libre, ya no existe.

Examinando todo bien, no veo que seadesde ahora posible al soberano elconservar entre nosotros el ejercicio desus derechos si la ciudad no es muypequeña. Pero si es muy pequeña, ¿serásubyugada? No. Haré ver a continuacióncómo se puede reunir el poder exterior deun gran pueblo con la civilidad (police)fácil y el buen orden de un pequeñoEstado.

Capítulo XVILa institución delgobierno no es un

contrato

Una vez bien establecido el poderlegislativo se trata de establecer delmismo modo el poder ejecutivo; porqueéste, que sólo opera por actosparticulares, no siendo de la mismaesencia que el otro, se halla, naturalmente,separado de él. Si fuese posible que elsoberano, considerado como tal, tuvieseel poder ejecutivo, el derecho y el hecho

estarían confundidos de tal modo que nose sabría decir lo que es ley y lo que no loes, y el cuerpo político, asídesnaturalizado, pronto sería presa de laviolencia, contra la cual fue instituido.

Siendo todos los ciudadanos igualespor el contrato social, lo que todos debenhacer todos deben prescribirlo, así comonadie tiene derecho a exigir que haga otrolo que él mismo no hace. Ahora bien; espropiamente este derecho, indispensablepara vivir y para mover el cuerpopolítico, el que el soberano da al príncipeal instituir el gobierno.

Muchos han pretendido que el acto deesta institución era un contrato entre elpueblo y los jefes que éste se da; contrato

por el cual se estipulaba entre las dospartes condiciones bajo las cuales una seobligaba a mandar y la otra a obedecer.Estoy seguro de que se convendrá que éstaes una manera extraña de contratar. Peroveamos si es sostenible esta opinión.

En primer lugar, la autoridad supremano puede ni modificarse ni enajenarse:limitarla es destruirla. Es absurdo ycontradictorio que el soberano se dé a unsuperior; obligarse a obedecer a un señores entregarse en plena libertad.

Además, es evidente que este contratodel pueblo con tales o cuales personassería un acto particular; de donde se sigueque este contrato no podría ser una ley niun acto de soberanía, y que, por

consiguiente, sería ilegítimo.Se ve, además, que las partes

contratantes estarían entre sí sólo bajo laley de naturaleza y sin ninguna garantía desus compromisos recíprocos; lo querepugna de todos modos al estado civil.El hecho de tener alguien la fuerza en susmanos, siendo siempre el dueño de laejecución, equivale a dar el título decontrato al acto de un hombre que dijese aotro: «Doy a usted todos mis bienes acondición de que usted me entregue lo quele plazca».

No hay más que un contrato en elEstado: el de la asociación, y éste excluyecualquier otro. No se podría imaginarningún contrato público que no fuese una

violación del primero.

Capítulo XVIIDe la institución del

gobierno

¿Bajo qué idea es preciso, pues, concebirel acto por el cual se instituye elgobierno? Haré notar, primero, que esteacto es complejo o compuesto de otrosdos: a saber: el establecimiento de la leyy la ejecución de la ley.

Por el primero, el soberano estatuyeque habrá un cuerpo de gobiernoinstituido en tal o cual forma, y es claroque este acto es una ley.

Por el segundo, el pueblo nombra

jefes que serán encargados del gobiernoestablecido. Ahora bien; siendo estenombramiento un acto particular, no esuna segunda ley, sino solamente unacontinuación de la primera y una funcióndel gobierno.

La dificultad está en comprenderCómo se puede tener un acto de gobiernoantes de que el gobierno exista, y cómo elpueblo, que o es soberano o súbdito,puede llegar a ser príncipe o magistradoen ciertas circunstancias.

En esto se descubre, además, una deesas asombrosas propiedades del cuerpopolítico, por virtud de las cuales conciliaéste operaciones contradictorias enapariencia; esto se hace por una

conversión súbita de la soberanía endemocracia, de suerte que, sin ningúncambio sensible, y solamente por unanueva relación de todos a todos, losciudadanos, advenidos magistrados, pasande los actos generales a los particulares yde la ley a la ejecución.

Este cambio de relación no es unasutileza de especulación sin ejemplo en lapráctica: tiene lugar todos los días en elParlamento inglés, donde la Cámara baja,en ciertas ocasiones, se transforma engran Comité, para discutir mejor lascuestiones y se convierte así en simpleComisión, en vez de Corte soberana queera en el momento precedente. De estemodo, presenta informe ante sí misma,

como Cámara de los Comunes, de lo queacaba de reglamentar como gran Comité, ydelibera de nuevo, con un especial título,sobre aquello que ha resuelto con otro.

Tal es la ventaja propia de ungobierno democrático: poder serestablecido de hecho por un simple actode la voluntad general, Después de lo cualel gobierno provisional continúa enposesión, si tal es la forma adoptada, oestablece, en nombre del soberano, elgobierno prescrito por la ley, y en todo seencuentra de este modo conforme a laregla. No es posible instituir el gobiernode ninguna otra manera legítima y sinrenunciar a los principios que acabo deestablecer.

Capítulo XVIIIMedios de prevenir las

usurpaciones delgobierno

De estas aclaraciones resulta, enconfirmación del capítulo XVI, que elacto que instituye el gobierno no es uncontrato, sino una ley; que losdepositarios del poder ejecutivo no son.los dueños del pueblo, sino susservidores; que puede nombrarlos odestituirlos cuando le plazca; que no escuestión para ellos de contratar, sino de

obedecer, y que, encargándose de lasfunciones que el Estado les impone, nohacen sino cumplir con su deber deciudadanos, sin tener en modo alguno elderecho de discutir sobre las condiciones.

Por tanto, cuando sucede que elpueblo instituye un gobierno hereditario,sea monárquico en una familia, seaaristocrático en una clase de ciudadanos,no contrae un compromiso, sino que dauna forma provisional a la administración,hasta que le place ordenarla de otramanera.

Es cierto que estos cambios sonsiempre peligrosos y que no convienenunca tocar al gobierno establecido sinocuando adviene incompatible con el bien

público; pero esta circunspección es unamáxima política y no una regla dederecho, y el Estado no está más obligadoa dejar la autoridad civil a sus jefes de loque lo está de entregar la autoridad militara sus generales.

También es cierto que no se sabría, ensemejante caso, observar con rigor lasformalidades que se requieren paradistinguir un acto regular y legítimo de untumulto sedicioso y la voluntad de unpueblo de los clamores de una facción. Espreciso, sobre todo, no dar al caso ociososino lo que no se le puede rehusar en todoel rigor del derecho, y de esta obligaciónes también de donde el príncipe saca unagran ventaja para conservar su poder, a

pesar del pueblo, sin que se pueda decirque lo haya usurpado; porque,apareciendo no usar sino de sus derechos,le es muy fácil extenderlos e impedir,bajo el pretexto de la tranquilidadpública, las asambleas destinadas arestablecer el orden; de suerte que seprevale de un silencio que él impide serompa, o de las irregularidades que hacecometer, para suponer en su favor laconfesión de aquellos a quienes el temorhace callar y para castigar a los que seatreven a hablar. Así es como losdecenviros, habiendo sido elegidos alprincipio por un año, después prorrogadosu cargo por otro, intentaron retenerperpetuamente su poder, no permitiendo

que los comicios se reuniesen; y este fácilmedio es el que han utilizado todos losgobiernos del mundo, una vez revestidosde la fuerza pública, para usurpar, antes odespués, la autoridad soberana.

Las asambleas periódicas de que hehablado antes son adecuadas paraprevenir o diferir esta desgracia, sobretodo cuando no tienen necesidad deconvocatoria formal, porque entonces elpríncipe no podría oponerse sindeclararse abiertamente infractor de lasleyes y enemigo del Estado.

La apertura de estas asambleas, queno tienen por objeto sino el mantenimientodel tratado social, debe siempre hacersepor dos proposiciones, que no se puedan

nunca suprimir y que sean objeto delsufragio separadamente:

Primera. «Si place al soberanoconservar la presente forma de gobierno».

Segunda. «Sí place al pueblo dejar laadministración a los que actualmente estánencargados de ella».

Doy por supuesto lo que creo haberdemostrado, a saber: que no hay en elEstado ninguna ley fundamental que no sepueda revocar, ni el mismo pacto social;porque si todos los ciudadanos sereuniesen para romper ese pacto, decomún acuerdo, no se puede dudar de queestaría legítimamente roto. Grocio creeincluso que cada cual, puede renunciar alEstado de que es miembro, y recobrar su

libertad natural y sus bienes saliendo delpaís[36]. Ahora bien; sería absurdo quetodos los ciudadanos, reunidos, nopudiesen hacer lo que es factible a cadauno de ellos separadamente.

Libro Cuarto

Capítulo ILa voluntad general es

indestructible

En tanto que muchos hombres reunidos seconsideran como un solo cuerpo, no tienenmás que una voluntad, que se refiere a lacomún conservación y al bienestargeneral. Entonces todos los resortes delEstado son vigorosos y sencillos; susmáximas, claras y luminosas; no tienenintereses embrollados, contradictorios; elbien común se muestra por todas partescon evidencia, y no exige sino buensentido para ser percibido. La paz, la

unión, la igualdad son enemigas de lassutilezas políticas. Los hombres rectos ysencillos son difíciles de engañar, a causade su sencillez: los ardides, los pretextosrefinados no les imponen nada, no son nisiquiera bastante finos para serengañados. Cuando se ve en los pueblosmás felices del mundo ejércitos decampesinos que resuelven los asuntos delEstado bajo una encina y que se conducensiempre con acierto, ¿puede uno evitar eldespreciar los refinamientos de las demásnaciones que se hacen ilustres ymiserables con tanto arte y misterio?

Un Estado gobernado de este modonecesita muy pocas leyes, y a medida quese hace preciso promulgar algunas, esta

necesidad se siente universalmente. Elprimero que las propone no hace sinodecir lo que todos han sentido, y no escuestión, pues, ni de intrigas ni deelocuencia para dar carácter de ley a loque cada cual ha resuelto hacer, tan prontocomo esté seguro de que los demás loharán como él.

Lo que engaña a los que piensan sobreesta cuestión es que, no viendo más queEstados mal constituidos desde su origen,les impresiona la imposibilidad demantener en ellos una civilidad semejante;se ríen de imaginar todas las tonterías deque un pícaro sagaz, un charlatáninsinuante, podrían persuadir al pueblo deParís o de Londres. No saben que

Cromwell hubiese sido castigado a sermartirizado por el pueblo de Berna, y alduque de Beauford le habrían sidoaplicadas las disciplinas por losginebrinos.

Pero cuando el nudo social comienzaa aflojarse y el Estado a debilitarse;cuando los intereses particularesempiezan a hacerse sentir y las pequeñassociedades a influir sobre la grande, elinterés común se altera y encuentraoposición; ya no reina la unanimidad enlas voces; la voluntad general ya no es lavoluntad de todos; se elevancontradicciones, debates, y la mejoropinión no pasa sin discusión.

En fin: cuando el Estado, próximo a su

ruina, no subsiste sino por una fórmulailusoria y vana; cuando el vínculo socialse ha roto en todos los corazones; cuandoel más vil interés se amparadescaradamente en el nombre sagrado delbien público, entonces la voluntad generalenmudece: todos, guiados por motivossecretos, no opinan ya como ciudadanos,como si el Estado no hubiese existidojamás, y se hacen pasar falsamente porleyes decretos inicuos, que no tienen porfin más que el interés particular.

¿Se sigue de aquí que la voluntadgeneral esté aniquilada o corrompida?No. Ésta es siempre constante, inalterable,pura; pero está subordinada a otras que sehallan por encima de ella. Cada uno,

separando su interés común, se ve muybien que no puede separarlo porcompleto; pero su parte del mal públicono le parece nada, en relación con el bienexclusivo que pretende apropiarse.Exceptuando este bien particular, quiereel bien general, por su propio interés, tanfuertemente como ningún otro. Aunvendiendo su sufragio por dinero, noextingue en sí la voluntad general; laelude. La falta que comete consiste encambiar el estado de la cuestión y encontestar otra cosa a lo que se le pregunta;de modo que en vez de decir, respecto deun sufragio: «Es ventajoso para talhombre o para tal partido que tal o cualopinión se acepte». Así, la ley de orden

publico, en las asambleas, no consistetanto en mantener la voluntad generalcomo en hacer que sea en todos los casosinterrogada y que responda siempre.

Tendría que hacer aquí muchasreflexiones sobre el simple derecho avotar en todo acto de soberanía, derechoque nadie puede quitar a los ciudadanos, ysobre el de opinar, proponer, dividir,discutir, que el gobierno tiene siempregran cuidado en no dejar sino a susmiembros; pero este importante asuntoexigiría un tratado aparte y no puedodecirlo todo en éste.

Capítulo IIDe los sufragios

Se ve, por el capítulo precedente, que lamanera de tratarse los asuntos generalespuede dar un indicio, bastante seguro, delestado actual de las costumbres y de lasalud del cuerpo político. Mientras másarmonía revista en las asambleas, esdecir, mientras más se acerca a launanimidad en las opiniones, más dominala voluntad general; pero los debateslargos, las discusiones, el tumulto,anuncian el ascendiente de los interesesparticulares y la decadencia del Estado.

Esto parece menos evidente cuandoentran en su constitución dos o más clasessociales, como en Roma los patricios ylos plebeyos, cuyas querellas turbaronfrecuentemente los comicios, aun en losmás gloriosos tiempos de la República;pero esta excepción es más aparente quereal, porque entonces, a causa del vicioinherente al cuerpo político, hay, pordecirlo así, dos Estados en uno: lo que noes verdad de los dos juntos es verdad decada uno separadamente. En efecto: hastaen los tiempos más tempestuosos, losplebiscitos del pueblo, cuando el Senadono intervenía en ellos, pasaban siempretranquilamente y por una gran cantidad desufragios; no teniendo los ciudadanos más

que un interés, no tenía el pueblo más queuna voluntad.

En el otro extremo del círculo resurgela unanimidad; cuando los ciudadanos,caídos en la servidumbre, no tenían ya nilibertad ni voluntad, entonces el terror yla adulación convierten en actos deaclamación el del sufragio: ya no sedelibera, se adora o se maldice. Tal era lavil manera de opinar el Senado bajo losemperadores. Algunas veces se hacía estocon precauciones ridículas. Tácitoobserva[37] que, bajo Otón, los senadoresanonadaban a Vittelius de execraciones,afectando hacer al mismo tiempo un ruidoespantoso, a fin de que, si por casualidadllegaba a ser el dominador, no pudiese

saber lo que cada uno de ellos habíadicho.

De estas diversas consideracionesnacen las máximas sobre las cuales sedebe reglamentar la manera de contar losvotos y de comparar las opiniones, segúnque la voluntad general sea más o menosfácil de conocer y el Estado más o menosdecadente.

No hay más que una sola ley que porsu naturaleza exija un consentimientounánime: el pacto social, porque laasociación civil es el acto más voluntariodel mundo; habiendo nacido libre todohombre y dueño de sí mismo, nadie puede,con ningún pretexto, sujetarlo sin suasentimiento. Decidir que el hijo de una

esclava nazca esclavo es decidir que nonace hombre.

Por tanto, si respecto al pacto socialse encuentra quienes se opongan, suoposición no invalida el contrato: impidesolamente que sean comprendidos en él;éstos son extranjeros entre losciudadanos. Una vez instituido el Estado,el consentimiento está en la residencia;habitar el territorio es someterse a lasoberanía[38].

Fuera de este contrato primitivo, lavoz del mayor número obliga siempre atodos los demás: es una consecuencia delcontrato mismo. Pero se pregunta cómo unhombre puede ser libre y obligado aconformarse con las voluntades que no

son las suyas. ¿Cómo los que se oponenson libres, aun sometidos a leyes a lascuales no han dado su consentimiento?

Respondo a esto que la cuestión estámal puesta. El ciudadano consiente entodas las leyes, aun en aquellas que hanpasado a pesar suyo y hasta en aquellasque le castigan cuando se atreve a violaralguna. La voluntad constante de todos losmiembros del Estado es la voluntadgeneral; por ella son ciudadanos ylibres[39]. Cuando se propone una ley enuna asamblea del pueblo, lo que se lepregunta no es precisamente si apruebanla proposición o si la rechazan, sino siestá conforme o no con la voluntadgeneral, que es la suya; cada uno, dando

su sufragio, da su opinión sobre esto, ydel cálculo de votos se saca ladeclaración de la voluntad general. Portanto, cuando la opinión contraria vence ala mía, no se prueba otra cosa sino que yome había equivocado, y que lo que yoconsideraba como voluntad general no loera. Si mi opinión particular hubiesevencido, habría hecho otra cosa de lo quehabía querido, y entonces es cuando nohubiese sido libre.

Esto supone que todos los caracteresde la voluntad general coinciden con losde la pluralidad, y si cesan de coincidir,cualquiera que sea el partido que seadopte, ya no hay libertad.

Al mostrar anteriormente cómo se

sustituían las voluntades particulares de lavoluntad general en las deliberacionespúblicas, he indicado suficientemente losmedios practicables para prevenir esteabuso, y aún hablaré de ello después.Respecto al número proporcional de lossufragios para declarar esta voluntad, hedado también los principios sobre loscuales se les puede determinar. Ladiferencia de un solo voto rompe laigualdad: uno solo que se oponga rompela unanimidad; pero entre la unanimidad yla igualdad hay muchos términos dedesigualdad, en cada uno de los cuales sepuede fijar este número según el estado ylas necesidades del cuerpo político.

Dos máximas generales pueden servir

para reglamentar estas relaciones: una,que cuanto más graves e importantes sonlas deliberaciones, más debe aproximarsea la unanimidad la opinión dominante; laotra, que cuanta más celebridad exige elasunto debatido, más estrechas deben serlas diferencias de las opiniones; en lasdeliberaciones que es preciso terminarinmediatamente, la mayoría de un solovoto debe bastar. La primera de estasmáximas parece convenir más a las leyesy la segunda a los asuntos. De cualquiermodo que sea, sobre su combinación essobre lo que se establecen las mejoresrelaciones que se pueden conceder a lapluralidad para pronunciarse en uno u otrosentido.

Capítulo IIIDe las elecciones

Respecto a las elecciones del príncipe yde los magistrados, que son, como hedicho, actos complejos, se pueden seguirdos caminos, a saber: la elección y lasuerte. Uno y otro han sido empleados endiversas repúblicas y se ve aúnactualmente una mezcla muy complicadade los dos en la elección del dogo deVenecia.

«El sufragio por la suerte —diceMontesquieu[40]— es de la naturaleza dela democracia». Convengo en ello; pero

¿cómo es así? «La suerte —continúa— esuna manera de elegir que no aflige anadie, deja a cada ciudadano unarazonable esperanza de servir a la patria».Éstas no son razones.

Si se fija uno en que la elección de losjefes es una función del gobierno y no dela soberanía, se verá por qué elprocedimiento de la suerte está más en lanaturaleza de la democracia, en la cual laadministración es tanto mejor cuantomenos se repiten los actos.

En toda verdadera democracia, lamagistratura no es una ventaja, sino unacarga onerosa, que no se puede imponercon justicia a un particular y no a otro.Sólo la ley puede imponer esta carga a

aquel sobre quien recaiga la suerte.Porque entonces, siendo igual lacondición para todos, y no dependiendo laelección de ninguna voluntad humana, nohay ninguna aplicación particular quealtere la universalidad de la ley.

En la aristocracia, el príncipe elige alpríncipe, el gobierno se conserva por símismo y, a causa de ello, los sufragiosestán bien colocados.

El ejemplo de la elección del dogo deVenecia confirma esta distinción, lejos dedestruirla; esta forma mixta conviene a ungobierno mixto. Porque es un error tomarel gobierno de Venecia por una verdaderaaristocracia. Si bien el pueblo no tomaallí ninguna parte en el gobierno, la

nobleza misma es pueblo. Una multitud depobres Barnabotes no se aproximan jamása ninguna magistratura, y sólo tienen de sunobleza el vano título de excelencia y elderecho de asistir al gran Consejo; siendoeste gran Consejo tan numeroso comonuestro Consejo general en Ginebra, notienen sus ilustres miembros másprivilegios que nuestros simplesciudadanos. Es cierto que, quitando laextrema disparidad de las dos repúblicas,la burguesía de Ginebra representaexactamente el patriciado veneciano;nuestros naturales del país y habitantesrepresentan a los ciudadanos y el pueblode Venecia; nuestros campesinosrepresentan los súbditos de tierras

arrendadas; en fin, de cualquiera maneraque se considere esta república,abstracción hecha de su extensión, sugobierno no es más aristocrático que elnuestro. La diferencia estriba en que, noteniendo ningún jefe vitalicio, no tenemosla misma necesidad de la suerte.

Las elecciones por la suerte tendránpocos inconvenientes en una verdaderademocracia, en que siendo todos iguales,así en las costumbres como en el talento yen los principios como en la fortuna, laelección llegaría a ser casi diferente. Peroya he dicho que no existe ningunademocracia verdadera.

Cuando la elección y la suerte seencuentran mezcladas, la primera debe

llenar los lugares que exigen capacidadpropia, tales como los empleos militares;la otra conviene a aquellos en que bastanel buen sentido, la justicia, la integridad,tales como los cargos de la judicatura,porque en un Estado bien constituido estascualidades son comunes a todos losciudadanos.

Ni la suerte ni los sufragios ocupanlugar alguno en el gobierno monárquico.Siendo el monarca, por derecho, únicopríncipe y magistrado único, la elecciónde los lugartenientes no corresponde sinoa él. Cuando el abate Saint-Pierreproponía multiplicar los Consejos del reyde Francia y elegir sus miembros porescrutinio, no veía que lo que proponía

era cambiar la forma de gobierno.Me falta hablar de la manera de dar y

recoger los votos en la asamblea delpueblo; pero acaso la historia de lacultura romana en este respecto explicarámás vivamente las máximas que yopudiese establecer. No es indigno de unlector juicioso ver un poco en detallecómo se trataban los asuntos públicos yparticulares en un consejo de doscientosmil hombres.

Capítulo IVDe los comicios

romanos

No tenemos documentos muy seguros delos primeros tiempos de Roma; es más,parece que la mayor parte de las cosasque se le atribuyen son fábulas[41], y, engeneral la parte más instructiva de losanales de los pueblos, que es la historiade su establecimiento, es la que más nosfalta. La experiencia nos enseña todos losdías de qué causas nacen las revolucionesde los Imperios; pero como no se formaya ningún pueblo, apenas si tenemos más

que conjeturas para explicar cómo se hanconstituido.

Los usos que se encuentranestablecidos atestiguan, por lo menos, quetuvieron un origen. Las tradiciones que seremontan a estos orígenes, las queaprueban las más grandes autoridades yconfirman las más fuertes razones, debenpasar por las más ciertas. He aquí lasmáximas que he procurado seguir albuscar cómo ejercía su poder supremo elmás Ubre y poderoso pueblo de la Tierra.

Después de la fundación de Roma, larepública naciente, es decir, el ejércitodel fundador, compuesto de albanos, desabinos y de extranjeros, fue dividido entres clases, que de esta división tomaron

el nombre de tribus. Cada una de estastribus fue subdividida en diez curias, ycada curia en decurias, a la cabeza de lascuales se puso a unos jefes, llamadoscuriones o decuriones.

Además de esto se sacó de cada tribuun cuerpo de cien caballeros, llamadocenturia, por donde se ve que estasdivisiones, poco necesarias en una aldea(bourg), no eran al principio sinomilitares. Pero parece que un instinto degrandeza llevaba a la pequeña ciudad deRoma a darse por adelantado unaorganización conveniente a la capital delmundo.

De esta primera división resultó enseguida un inconveniente: que la tribu de

los albanos[42] y la de los sabinos[43]

permanecían siempre en el mismo estado,mientras que la de los extranjeros[44]

crecía sin cesar por el concurso perpetuode éstos, y no tardó en sobrepasar a lasotras dos. El remedio que encontró Serviopara este peligroso abuso fue cambiar ladivisión, y a la de las razas que él abolió,sustituyó otra sacada de los lugares de laciudad ocupados por cada tribu. En lugarde tres tribus, hizo cuatro, cada una de lascuales tenía su asiento en una de lascolinas de Roma y llevaba el nombre deéstas. Así, remediando la desigualdadpresente, la previno aun para el porvenir,y para que tal división no fuese solamentede los lugares, sino de los hombres,

prohibió a los habitantes de un barriopasar a otro; lo que impidió que seconfundiesen las razas.

Dobló de este modo las tres antiguascenturias de caballería y añadió otrasdoce, pero siempre bajo los antiguosnombres; medio simple y juicioso por elcual acabó de distinguir el cuerpo de loscaballeros del pueblo sin hacer quemurmurase este último.

A estas cuatro tribus urbanas añadióServio otras quince, llamadas tribusrústicas, porque, estaban formadas de loshabitantes del campo, repartidas en otrostantos cantones. A continuación sehicieron otras tantas nuevas, y el puebloromano se encontró al fin dividido en

treinta y cinco tribus, número a quequedaron reducidas hasta el final de larepública.

De esta distinción de las tribus de laciudad y de las tribus del campo resultóun efecto digno de ser observado, porqueno hay ejemplo semejante y porque Romale debió, a la vez, la conservación de suscostumbres y el crecimiento de suImperio. Se podría creer que las tribusurbanas se arrogaron en seguida el podery los honores y no tardaron en envilecerlas tribus rústicas: fue todo lo contrario.Es sabido el gusto de los primerosromanos por la vida campestre. Estaafición provenía del sabio fundador, queunió a la libertad los trabajos rústicos y

militares y relegó, por decirlo así, a laciudad las artes, los oficios, las intrigas,la fortuna y la esclavitud.

Así, todo lo que Roma tenía de ilustreprocedía de vivir en los campos y decultivar las tierras, y se acostumbraron ano buscar sino allí el sostenimiento de larepública. Este Estado, siendo el de losmás dignos patricios, fue honrado portodo el mundo; la vida sencilla ylaboriosa de los aldeanos fue preferida ala vida ociosa y cobarde de los burguesesde Roma, y aquel que no hubiese sido sinoun desgraciado proletario en la ciudad,labrando los campos llegó a ser unciudadano respetado. No sin razón —diceVarron— establecieron nuestros

magnánimos antepasados en la ciudad unplantel en estos robustos y valienteshombres, que los defendían en tiempos deguerra y los alimentaban en los de paz.Plinio dice positivamente que las tribusde los campos eran honradas a causa delos hombres que las componían, mientrasque se llevaban como signo de ignominiade la ciudad a los cobardes, a quienes sequería envilecer. El sabino Apio Claudio,habiendo ido a establecerse a Roma, fuecolmado de honores e inscrito en una triburústica, que tomó desde entonces elnombre de su familia. En fin, los libertosentraban todos en las tribus urbanas,jamás en las rurales; y no hay durante todala república un solo ejemplo de ninguno

de estos libertos que llegase a ningunamagistratura, aunque hubiese llegado a serciudadano.

Esta máxima era excelente; pero fuellevada tan lejos, que resultó, al fin, uncambio y ciertamente un abuso en la vidapública.

En primer lugar, los censores, despuésde haberse arrogado mucho tiempo elderecho de transferir arbitrariamente a losciudadanos de una tribu a otra,permitieron a la mayor parte hacerseinscribir en la que quisiesen; permiso queseguramente no convenía para nada ysuprimía uno de los grandes resortes de lacensura. Además, los grandes y lospoderosos se hacían inscribir en las tribus

del campo, y los libertos convertidos enciudadanos quedaron con el populacho enla ciudad; las tribus, en general, llegaron ano tener territorio: todas se encontraronmezcladas de tal modo que ya no se podíadiscernir quiénes eran los miembros decada una sino por los Registros; de suerteque la idea de la palabra tribu pasó así delo real a lo personal, o más bien seconvirtió casi en una quimera.

Ocurrió, además, que estando más alalcance de todos las tribus de la ciudad,llegaron con frecuencia a ser las másfuertes en los comicios y vendieron elEstado a los que compraban los sufragiosde la canalla que las componían.

Respecto a las curias, habiendo hecho

el fundador diez de cada tribu, se hallótodo el pueblo romano encerrado en losmuros de la ciudad y se encontrócompuesto de treinta curias, cada una delas cuales tenía sus templos, sus dioses,sus oficiales, sus sacerdotes y sus fiestas,l l amadas compitalia, análogas a lapaganalia que tuvieron posteriormente lastribus rústicas.

No pudiendo repartirse por igual estenúmero de treinta entre las cuatro tribusen el nuevo reparto de Servio, no quisoéste tocarlas y las curias independientesde las tribus llegaron a ser otra divisiónde los habitantes de Roma; pero no setrató de curias, ni en las tribus rústicas nien el pueblo que las componía, porque

habiéndose convertido las tribus eninstituciones puramente civiles, yhabiendo sido introducida otraorganización para el reclutamiento de lastropas, resultando superfluas lasdivisiones militares de Rómulo. Así,aunque todo ciudadano estuviese inscritoen una tribu, distaba mucho de estarlo enuna curia.

Servio hizo una tercera división queno tenía ninguna relación con las dosprecedentes, y esta tercera llegó a ser porsus efectos la más importante de todas.Distribuyó el pueblo romano en seisclases, que no distinguió ni por el lugar nipor los hombres, sino por los bienes; demodo que las primeras clases las nutrían

los ricos; las últimas, los pobres, y lasmedias, los que disfrutaban una fortunaintermedia. Estas seis clases estabansubdivididas en ciento noventa y trescuerpos, llamados centurias, y estoscuerpos distribuidos de tal modo que laprimera clase comprendía ella sola másde la mitad de aquéllos, y la últimaexclusivamente uno. De esta suerte resultaque la clase menos numerosa en hombresera la más numerosa en centurias, y que laúltima clase no contaba más que unasubdivisión, aunque contuviese más de lamitad de los habitantes de Roma.

Para que el pueblo no se diese cuentade las consecuencias de esta últimareforma, Servio afectó darle un aspecto

militar; insertó en la segunda clase doscenturias de armeros, y dos deinstrumentos de guerra en la cuarta; encada clase, excepto en la última,distinguió los jóvenes de los viejos, esdecir, los que estaban obligados a llevararmas de aquellos que por su edadestaban exentos, según las leyes;distinción que, más que la de los bienes,produjo la necesidad de rehacer confrecuencia el censo o empadronamiento;en fin, quiso que la asamblea tuviese lugaren el campo de Marte, y que todosaquellos que estuviesen en edad de serviracudiesen con sus armas.

La razón por la cual no siguió estamisma separación de jóvenes y viejos en

la última clase es que no se concedía alpopulacho, del cual estaba compuesta, elhonor de llevar las armas por la patria;era preciso tener hogares para alcanzar elderecho de defenderlos, y de estosinnumerables rebaños de mendigos quelucen hoy los reyes en sus ejércitos, acasono haya uno que hubiese dejado de serarrojado con desdén de una cohorteromana cuando los soldados eran losdefensores de la libertad.

Se distinguió, sin embargo, en laúltima clase a los proletarios de aquellosa quienes se llamaba capite censi.

Los primeros no estaban reducidospor completo a la nada y daban, al menos,ciudadanos al Estado; a veces, en

momentos apremiantes, hasta soldados.Los que carecían absolutamente de todo yno se les podía empadronar más que porcabezas, eran considerados como nulos, yMario fue el primero que se dignóalistarlos.

Sin decidir aquí si este últimoempadronamiento era bueno o malo en símismo, creo poder afirmar que sólo lascostumbres sencillas de los primerosromanos, su desinterés, su gusto por laagricultura, su desprecio por el comercioy por la avidez de las ganancias, podíanhacerlo practicable. ¿Dónde está elpueblo moderno en el cual el ansiadevoradora, el espíritu inquieto, la intriga,los cambios continuos, las perpetuas

revoluciones de las fortunas, puedan dejarsubsistir veinte años una organizaciónsemejante sin transformar todo el Estado?Es preciso notar bien que las costumbresy la censura, más fuertes que esta mismainstitución, corrigieron los vicios de ellaen Roma, y que hubo ricos que se vieronrelegados a la clase de los pobres porhaber ostentado demasiado su riqueza.

De todo esto se puede colegirfácilmente por qué no se ha hechomención, casi nunca, más que de cincoclases, aunque realmente haya habidoseis. La sexta, como no proveía ni desoldados al ejército ni de votantes alcampo de Marte[45], y como además noera casi de ninguna utilidad en la

república, rara vez se contaba con ellapara nada.

Tales fueron las diferentes divisionesdel pueblo romano. Veamos ahora elefecto que producían en las asambleas.Estas asambleas, legítimamenteconvocadas, se llamaban comicios; teníanlugar ordinariamente en la plaza de Romao en el campo de Marte y se distinguían encomicios por curias, comicios porcenturias y comicios por tribus, segúncuál de estas tres formas le servía debase. Los comicios por curias habían sidoinstituidos por Rómulo; los por centurias,por Servio, y los por tribus, por lostribunos del pueblo. Ninguna ley recibíasanción, ningún magistrado era elegido

sino en los comicios, y como no habíaningún ciudadano que no fuese inscrito enuna curia, en una centuria o en una tribu,se sigue que ningún ciudadano eraexcluido del derecho de sufragio y que elpueblo romano era verdaderamentesoberano, de derecho y de hecho.

Para que los comicios fuesenlegítimamente reunidos, y lo que en ellosse hiciese tuviese fuerza de ley, eranprecisas tres condiciones: primera, que elcuerpo o magistrado que los convocaseestuviese revestido para esto de laautoridad necesaria; segunda, que laasamblea se hiciese uno de los díaspermitidos por la ley, y la tercera, que losaugurios fuesen favorables.

La razón de la primera regla nonecesita ser explicada; la segunda es unacuestión de orden; así, por ejemplo, noestaba permitido celebrar comicios losdías de feria y de mercado, en que lagente del campo, que venía a Roma parasus asuntos, no tenía tiempo de pasar eldía en la plaza pública. En cuanto a latercera, el Senado tenía sujeto a un puebloorgulloso e inquieto y templaba el ardorde los tribunos sediciosos; pero éstosencontraron más de un medio de librarsede esta molestia.

Las leyes y la elección de los jefes noeran los únicos puntos sometidos al juiciode los comicios. Habiendo usurpado elpueblo romano las funciones más

importantes del gobierno, se puede decirque la suerte de Europa estabareglamentada por sus asambleas. Estavariedad de objetos daba lugar a lasdiversas formas que tomaban aquéllassegún las materias sobre las cuales teníaque decidir.

Para juzgar de estas diversas formas,basta compararlas. Rómulo, al instituir lascurias, se proponía contener al Senadopor el pueblo y al pueblo por el Senado,dominando igualmente sobre todos. Dio,pues, al pueblo, de este modo, toda laautoridad del número, para contrarrestarla del poder y la de las riquezas quedejaba a los patricios. Pero, según elespíritu de la monarquía, dejó, sin

embargo, más ventajas a los patricios porla influencia de sus clientes sobre lapluralidad de los sufragios. Estaadmirable institución de los patronos y delos clientes fue una obra maestra depolítica y de humanidad, sin la cual elpatriciado, tan contrario al espíritu de larepública, no hubiese podido subsistirsolo. Roma ha tenido el honor de dar almundo este hermoso ejemplo, del cualnunca resultó abuso, y que, sin embargo,no ha sido seguido jamás.

El haber subsistido bajo los reyeshasta Servio esta misma forma de lascurias, y el no ser considerado comolegítimo el reinado del último Tarquino,fueron la causa de que se distinguiesen

generalmente las leyes reales con elnombre de leges cariatae.

Bajo la república, las curias, siemprelimitadas a cuatro tribus urbanas, y noconteniendo más que el populacho deRoma, no podían convenir, ni al Senado,que estaba a la cabeza de los patricios, nia los tribunos, que, aunque plebeyos, sehallaban al frente de los ciudadanosacomodados. Cayeron, pues, en eldescrédito; su envilecimiento fue tal, quesus treinta lictores reunidos hacían lo quelos comicios por curias hubiesen debidohacer.

La división por centurias era tanfavorable a la aristocracia que no secomprende, al principio, cómo el Senado

no dominaba siempre en los comicios quellevaban este nombre, y por los cualeseran elegidos los cónsules, los censores ylos demás magistrados curiales. En efecto;de ciento noventa y tres centurias queformaban las seis clases del puebloromano, como la primera clasecomprendía noventa y ocho, y como losvotos no se contaban más que porcenturias, sólo esta primera clase teníamayor número de votos que las otras dos.Cuando todas estas centurias estaban deacuerdo, no se seguía siquiera recogiendolos sufragios; lo que había decidido elmenor número pasaba por una decisión dela multitud, y se puede decir que en loscomicios por centurias los asuntos se

decidían más por la cantidad de escudosque por la de votos.

Pero esta extrema autoridad semodificaba por dos medios:primeramente, perteneciendo los tribunos,en general, a la clase de los ricos, yhabiendo siempre un gran número deplebeyos entre éstos, equilibraban elcrédito de los patricios en esta primeraclase.

El segundo medio consistía en que, envez de hacer primero votar las centuriassegún su orden, lo que habría obligado acomenzar siempre por la primera, sesacaba una a la suerte, y aquélla[46]

procedía sola a la elección; después de locual todas las centurias, llamadas otro

día, según su rango, repetían la mismaelección, y por lo común la confirmaban.Se quitó así la autoridad del ejemplo alrango para dársela a la suerte, según elprincipio de la democracia.

Resultaba de este uso otra ventajaaún: que los ciudadanos del campo teníantiempo, entre dos elecciones, deinformarse del mérito del candidatonombrado provisionalmente, a fin de darsu voto con conocimiento de causa. Más,con pretexto de celeridad, se acabó porabolir este uso, y las dos elecciones sehicieron el mismo día.

Los comicios por tribus eranpropiamente el Consejo del puebloromano. No se convocaba más que por los

tribunos: los tribunos eran allí elegidos yllevaban a cabo sus plebiscitos. Nosolamente no tenía el Senado ningunaautoridad en estos comicios, sino nisiquiera el derecho de asistir, y obligadosa obedecer leyes sobre las cuales nohabían podido votar, los senadores eran,en este respecto, menos libres que losúltimos ciudadanos. Esta injusticia estabamuy mal entendida, y bastaba ella solapara invalidar derechos de un cuerpo enque no todos sus miembros eranadmitidos. Aun cuando todos los patricioshubiesen asistido a estos comicios, por elderecho que teman a ello dada su calidadde ciudadanos, al advenir simplesparticulares, no hubiesen influido casi

nada en una forma de sufragios que serecogían por cabeza y en el que el másinsignificante proletario podía tanto comoel príncipe del Senado.

Se ve, pues, que, además del ordenque resultaba de estas diversasdistribuciones para recoger los sufragiosde un pueblo tan numeroso, estasdistribuciones no se reducían a formasindiferentes en sí mismas, sino que cadauna tema efectos relativos a los aspectosque la hacían preferible.

Sin entrar en más detalles, resulta delas aclaraciones precedentes que loscomicios por tribus eran los másfavorables para el gobierno popular, y loscomicios por centurias, para la

aristocracia, Respecto a los comicios porcurias, en que sólo el populacho de Romaformaba la mayoría, como no servían sinopara favorecer la tiranía y los malospropósitos, cayeron en el descrédito,absteniéndose los mismos sediciosos deutilizar un medio que ponía demasiado aldescubierto sus proyectos. Es cierto quetoda la majestad del pueblo romano no seencontraba más que en los comicios porcenturias, únicos completos: en tanto queen los comicios por curias faltaban lastribus rústicas, y en los comicios portribus, el Senado y los patricios.

En cuanto a la manera de recoger lossufragios, era entre los primeros romanostan sencilla como sus costumbres, aunque

no tanto como en Esparta. Cada uno dabasu sufragio en voz alta, y un escribano losiba escribiendo; la mayoría de votos encada tribu determinaba el sufragio de latribu; la mayoría de votos en todas lastribus determinaba el sufragio del pueblo,y lo mismo de las curias y centurias. Esteuso era bueno, en tanto reinaba lahonradez en los ciudadanos y cada unosentía vergüenza de dar públicamente susufragio sobre una opinión injusta oasunto indigno; pero cuando el pueblo secorrompió y se compraron los votos, fueconveniente que se diesen éstos en secretopara contener a los compradores mediantela desconfianza y proporcionar a lospillos el medio de no ser traidores.

Sé que Cicerón censura este cambio yatribuye a él, en parte, la ruina de larepública. Pero aun cuando siento el pesode la autoridad de Cicerón, en este asuntono puedo ser de su opinión; yo creo, porel contrario, que por no haber hechobastantes cambios semejantes se aceleróla pérdida del Estado. Del mismo modoque el régimen de las personas sanas noes propio para los enfermos, no se puedequerer gobernar a un pueblo corrompidopor las mismas leyes que sonconvenientes a un buen pueblo. Nadaprueba mejor esta máxima que la duraciónde la república de Venecia, cuyosimulacro existe aún, únicamente porquesus leyes no convienen sino a hombres

malos.Se distribuyó, pues, a los ciudadanos

unas tabletas, mediante las cuales cadauno podía votar sin que se supiese cuálera su opinión; se establecieron tambiénnuevas formalidades para recoger lastabletas, el recuento de los votos, lacomparación de los números, etc.; lo cualno impidió que la fidelidad de losoficiales encargados de estas funcionesfuese con frecuencia sospechosa[47]. Sehicieron, en fin, para impedir las intrigasy el tráfico de los sufragios, edictos, cuyainutilidad demostró la multitud.

Hacia los últimos tiempos se estabacon frecuencia obligado a recurrir aexpedientes extraordinarios para suplir la

insuficiencia de las leyes, ya suponiendoprodigios que, si bien podían imponer alpueblo, no imponían a aquellos que logobernaban; otras veces se convocababruscamente una asamblea antes de quelos candidatos hubiesen tenido tiempo dehacer sus intrigas, o bien se veía al puebloganado y dispuesto a tomar un malpartido. Pero, al fin, la ambición lo eludiótodo, y lo que parece increíble es que, enmedio de tanto abuso, este puebloinmenso, a favor de sus antiguas reglas, nodejase de elegir magistrados, de aprobarlas leyes, de juzgar las causas, dedespachar los asuntos particulares ypúblicos, casi con tanta facilidad como lohubiese podido hacer el mismo Senado.

Capítulo VDel tribunado

Cuando no se puede establecer una exactaproporción entre las partes constitutivasdel Estado, o causas indestructiblesalteran sin cesar dichas relaciones,entonces se instituye una magistraturaparticular que no forma cuerpo con lasdemás, que vuelve a colocar cada términoen su verdadera relación y que constituyeun enlace o término medio, bien entre elpríncipe y el pueblo, ya entre el príncipe yel soberano, bien a la vez entre ambaspartes, si es necesario.

Este cuerpo, que llamaré tribunado, esel conservador de las leyes y del poderlegislativo. Sirve, a veces, para protegeral soberano contra el gobierno, comohacían en Roma los tribunos del pueblo;otras, para sostener al gobierno contra elpueblo, como hace ahora en Venecia elConsejo de los Diez, y en otras ocasiones,para mantener el equilibrio de ambaspartes, como los éforos en Esparta.

El tribunado no es una parteconstitutiva de la ciudad, y no debe tenerparte alguna del poder legislativo ni delejecutivo; pero, por esto mismo, es mayorla suya, porque no pudiendo hacer nada,puede impedirlo todo. Es más sagrado ymás reverenciado, como defensor de las

leyes, que el príncipe que las ejecuta yque el soberano que las da. Esto se vioclaramente en Roma cuando los soberbiospatricios, que despreciaron siempre alpueblo entero, fueron obligados adoblegarse ante un simple funcionario delpueblo que no tenía ni auspicios nijurisdicción.

El tribunado, sabiamente moderado,es el más firme apoyo de una buenaconstitución; pero, a poco que sea elexceso de fuerza que posea, lo trastornatodo: la debilidad no está en sunaturaleza, y con tal que sea algo, nuncaes menos de lo que es preciso que sea.

Degenera en tiranía cuando usurpa elpoder ejecutivo, del cual no es sino el

moderador, y cuando quiere dispensar delas leyes, a las que sólo debe proteger. Elenorme poder de los éforos, que noconstituyó peligro alguno en tanto queEsparta conservó sus costumbres, aceleróla corrupción comenzada. La sangre deAgis, ahorcado por estos tiranos, fuevengada por su sucesor: el crimen y elcastigo de los éforos apresuraronigualmente la pérdida de la república, ydespués de Cleómenes, Esparta ya no fuenada. Roma perdió también por seguir elmismo camino; y el poder excesivo de lostribunos, usurpado por grados, sirvió, porfin, con la ayuda de leyes hechas paraproteger la libertad, como salvaguardia alos emperadores que la destruyeron. En

cuanto al Consejo de los Diez, deVenecia, es un tribunal de sangre,igualmente horrible para los patricioscomo para el pueblo, que lejos deproteger altamente las leyes, no sirve ya,después de su envilecimiento, sino pararecibir en las tinieblas los golpes que noosa detener.

El tribunado se debilita, como elgobierno, por la multiplicación de susmiembros. Cuando los tribunales delpueblo romano, en sus comienzos, ennúmero de dos, después de cinco,quisieron doblar este número, el Senadolos dejó hacer seguro de contener a losunos por los otros; lo que, al fin,aconteció.

El mejor medio de prevenir lasusurpaciones de tan temible cuerpo,medio del cual ningún gobierno se hadado cuenta hasta ahora, sería no hacereste cuerpo permanente, sino reglamentarlos intervalos durante los cualespermanecería suprimido. Estos intervalos,que no deberían ser tan grandes quedejasen tiempo de que se consolidasen losabusos, pueden ser fijados por la ley, demanera que resulte fácil reducirlos, encaso de necesidad, a comisionesextraordinarias.

Este medio me parece que no ofreceinconveniente alguno, porque como noforma parte el tribunado, según he dicho,de la constitución, puede ser quitado, sin

que sufra ésta por ello; y me pareceeficaz, porque un magistrado nuevamenterestablecido no parte del poder que teníasu predecesor, sino del que la ley le da.

Capítulo VIDe la dictadura

La inflexibilidad de las leyes, que lesimpide plegarse a los acontecimientos,puede en ciertos casos, hacerlasperniciosas y causar la pérdida del Estadoen sus crisis. El orden y la lentitud de lasformas exigen un espacio de tiempo quelas circunstancias niegan algunas veces.Pueden presentarse mil casos que no haprevisto el legislador, y es una previsiónmuy necesaria comprender que no sepuede prever todo.

No es preciso, pues, querer afirmar

las instituciones políticas hasta negar elpoder de suspender su efecto. Espartamismo ha dejado dormir sus leyes.

Mas exclusivamente los mayorespeligros pueden hacer vacilar y alterar elorden público, y no se debe jamás detenerel poder sagrado de las leyes sino cuandose trata de la salvación de la patria. Enestos casos raros y manifiestos se proveea la seguridad pública por un actoparticular que confía la carga al másdigno. Esta comisión puede darse de dosmaneras, según la índole del peligro.

Si para remediarlo basta con aumentarla actividad del gobierno, se le concentraen uno o dos de sus miembros; así no es laautoridad de las leyes lo que se altera,

sino solamente la forma de suadministración; porque si el peligro es talque el aparato de las leyes es un obstáculopara garantizarlo, entonces se nombra unjefe supremo, que haga callar todas lasleyes y suspenda un momento la autoridadsoberana. En semejante caso, la voluntadgeneral no es dudosa, y es evidente que laprimera intención del pueblo consiste enque el Estado no perezca. De este modo lasuspensión de la autoridad legislativa nola abole; el magistrado que la hace callarno puede hacerla hablar: la domina sinpoder representarla. Puede hacerlo todo,excepto leyes.

El primer medio se empleaba por elSenado romano cuando encargaba a los

cónsules, por una fórmula consagrada, deproveer a la salvación de la república. Elsegundo tenía lugar cuando uno de los doscónsules nombraba un dictador[48], uso delcual Alba había dado el ejemplo a Roma.

En los comienzos de la república serecurrió con mucha frecuencia a ladictadura, porque el Estado no tenía aúnbase bastante fija como para podersostenerse por la sola fuerza de suconstitución.

La costumbre, al hacer superfluasmuchas precauciones que hubiesen sidonecesarias en otro tiempo, no temía ni queun dictador abusase de su autoridad ni queintentase conservarla pasado el plazo.Parecía, por el contrario, que un poder tan

grande era una carga para aquel que laostentaba, a juzgar por la prisa con quetrataba de deshacerse de ella, como sifuese un puesto demasiado penoso ydemasiado peligroso el ocupar el de lasleyes.

Así, no es el peligro del abuso, sino eldel envilecimiento, lo que me hacecensurar el uso indiscreto de esta supremamagistratura en los primeros tiempos;porque mientras se prolongaba enelecciones, en dedicatorias, en cosas depura formalidad, era de temer queadviniese menos temible en casonecesario, y que se acostumbrasen a mirarcomo un título vano lo que no se empleabamás que en vanas ceremonias.

Hacia el final de la república, losromanos, que habían llegado a ser máscircunspectos, limitaron el uso de ladictadura con la misma falta de razón quela habían prodigado otras veces. Era fácilver que su temor no estaba fundado; que ladebilidad de la capital constituía entoncessu seguridad contra los magistrados queabrigaban en su seno; que un dictadorpodía, en ciertos casos, suspender laslibertades públicas, sin poder nuncaatentar contra ellas, y que los hierros deRoma no se forjarían en la misma Roma,sino en sus ejércitos. La pequeñaresistencia que hicieron Mario a Sila yPompeyo a César muestra bien lo que sepuede esperar de la autoridad del interior

contra la fuerza de fuera.Este error les hizo cometer grandes

faltas; por ejemplo, el de no habernombrado un dictador en el asunto deCatilina, pues como se trataba de unacuestión del interior de la ciudad y, a lomás, de alguna provincia de Italia, dada laautoridad sin límites que las leyesconcedían al dictador, hubiese disipadofácilmente la conjura, que sólo fueahogada por un concurso feliz de azaresque nunca debe esperar la prudenciahumana.

En lugar de esto, el Senado secontentó con entregar todo su poder a loscónsules; por lo cual ocurrió que Cicerón,por obrar eficazmente, se vio obligado a

pasar por cima de este poder en un puntocapital, y si bien los primeros transportesde júbilo hicieron aprobar su conducta, acontinuación se le exigió, con justicia, darcuenta de la sangre de los ciudadanosvertida contra las leyes; reproche que nose le hubiese podido hacer a un dictador.Pero la elocuencia del cónsul lo arrastrótodo, y él mismo, aunque romano, amandomás su gloria que su patria, no buscabatanto el medio más legítimo y seguro desalvar al Estado cuanto el de alcanzar elhonor en este asunto[49]. Así, fue honradoen justicia como liberador de Roma ycastigado, también en justicia, comoinfractor de las leyes. Por muy brillanteque haya sido su retirada, es evidente que

fue un acto de gracia. Por lo demás, decualquier modo que sea conferida estaimportante comisión, es preciso limitar suduración a un término muy corto, a fin deque no pueda nunca ser prolongado. Enlas crisis que dan lugar a su implantación,el Estado es inmediatamente destruido osalvado y, pasada la necesidadapremiante, la dictadura, o es tiránica, ovana. En Roma, los dictadores no lo eranmás que por seis meses; pero la mayorparte de ellos abdicaron antes de esteplazo. Si éste hubiese sido más largo,acaso habrían tenido la tentación deprolongarlo, como lo hicieron losdecenviros con el de un año. El dictadorno disponía de más tiempo que el que

necesitaba para proveer a la necesidadque había motivado su elección; mas no lotenía para pensar en otros proyectos.

Capítulo VIIDe la censura

Del mismo modo que la declaración de lavoluntad general se hace por la ley, la deljuicio público se hace por la censura. Laopinión pública es una especie de ley,cuyo censor es el ministro, que no hacemás que aplicarla a los casos particulares,a ejemplo del príncipe.

Lejos, pues, de que el tribunalcensorial sea el arbitro de la opinión delpueblo, no es sino su declarador, y tanpronto como se aparte de él susdecisiones son vanas y no surten efecto.

Es inútil distinguir las costumbres deuna nación de los objetos de suestimación, porque todo ello se refiere almismo principio y se confundenecesariamente. Entre todos los pueblosdel mundo no es la Naturaleza, sino laopinión, la que decide de la elección desus placeres. Corregid las opiniones delos hombres, y sus costumbres sedepurarán por sí mismas; se ama siemprelo que es hermoso y lo que se consideracomo tal; pero en este juicio es en el quese equivoca uno; por tanto, este juicio esel que se trata de corregir. Quien juzga delas costumbres, juzga del honor, y quienjuzga del honor toma su ley de la opinión.

Las opiniones de un pueblo nacen de

su constitución. Aunque la ley no corrigelas costumbres, la legislación las hacenacer; cuando la legislación se debilita,las costumbres degeneran; pero entoncesel juicio de los censores no hará lo que lafuerza de las leyes no haya hecho.

Se sigue de aquí que la censura puedeser útil para conservar las costumbres,jamás para restablecerlas. Establecedcensores durante el vigor de las leyes;mas tan pronto como éstas lo hayanperdido, todo está perdido: nada legítimotendrá fuerza cuando carezcan de ella lasleyes.

La censura mantiene las costumbres,impidiendo que se corrompan lasopiniones, conservando su rectitud

mediante sabias aplicaciones y, a veces,hasta fijándolas cuando son inciertas. Eluso de los suplentes en los duelos,llevado hasta el extremo en el reino deFrancia, fue abolido por estas solaspalabras de un edicto del rey: «En cuantoa los que tienen la cobardía de llevarconsigo suplentes». Este juicio,previniendo al del público, lo resolvió depronto en un sentido dado. Pero cuandolos mismos edictos quisieron declarar queera también una cobardía batirse en duelo—cosa muy cierta, pero contraria a laopinión común—, el público se burló deesta decisión, sobre la cual su juicioestaba ya formado.

He dicho en otra parte[50] que, no

estando sometida la opinión pública a lacoacción, no ha menester de vestigioalguno en el tribunal establecido pararepresentarla. Nunca se admirarádemasiado con qué arte ponían en prácticalos romanos este resorte, completamenteperdido para los modernos, y aun mejorque los romanos, los lacedemonios.

Habiendo emitido una opinión buenaun hombre de malas costumbres en elConsejo de Esparta, los cloros, sin tenerloen cuenta, hicieron proponer la mismaopinión a un ciudadano virtuoso[51], ¡Quéhonor para el uno, qué nota para el otro,sin haber recibido palabra alguna dealabanza, ni censura ninguno de los dos!Ciertos borrachos de Samos[52]

mancillaron el tribunal de los éforos; aldía siguiente, por edicto público, fuepermitido a los de Samos ser indignos. Unverdadero castigo hubiese sido menossevero que semejante impunidad. CuandoEsparta se pronunció sobre lo que es o nohonrado, Grecia no apeló de susresoluciones.

Capítulo VIIIDe la religión civil

Los hombres no tuvieron al principio másreyes que los dioses ni más gobierno queel teocrático. Hicieron el razonamiento deCalígula, y entonces razonaron conjusticia. Se necesita una larga alteraciónde sentimientos e ideas para poderresolverse a tomar a un semejante porseñor y a alabarse de que de este modo sevive a gusto.

Del solo hecho de que a la cabeza deesta sociedad política se pusiese a Diosresultó que hubo tantos dioses como

pueblos. Dos pueblos extraños uno a otro,y casi siempre enemigos, no pudieronreconocer durante mucho tiempo unmismo señor; dos ejércitos que secombaten, no pueden obedecer al mismojefe. Así, de las divisiones nacionalesresultó el politeísmo, y de aquí laintolerancia teológica y civil, que,naturalmente, es la misma, como se dirá acontinuación.

La fantasía que tuvieron los griegospara recobrar sus dioses entre los pueblosbárbaros provino de que se considerabantambién soberanos naturales de estospueblos. Pero existe en nuestros días unaerudición muy ridícula, como es la quecorre sobre la identidad de los dioses de

las diversas naciones. ¡Como si Moloch,Saturno y Cronos pudiesen ser el mismodios! ¡Como si el Baal de los fenicios, elZeus de los griegos y el Júpiter de loslatinos pudiesen ser el mismo! ¡Como sipudiese quedar algo de común a seresquiméricos que llevan diferentes nombres!

Si se pregunta cómo no había guerrasde religión en el paganismo, en el cualcada Estado tenía su culto y sus dioses,contestaré que por lo mismo que cadaEstado, al tener un culto y un gobiernopropios, no distinguía en nada sus diosesde sus leyes. La guerra política eratambién teológica; los departamentos delos dioses estaban, por decirlo así,determinados por los límites de las

naciones. El dios de un pueblo no teníaningún derecho sobre los demás pueblos.Los dioses de los paganos no erancelosos: se repartían entre ellos elimperio del mundo; el mismo Moisés y elpueblo hebreo se prestaban algunas vecesa esta idea al hablar del Dios de Israel.Consideraban, ciertamente, como nuloslos dioses de los cananeos, pueblosproscritos consagrados a la destrucción ycuyo lugar debían ellos ocupar. Mas vedcómo hablaban de las divinidades de lospueblos vecinos, a los cuales les estabaprohibido atacar: «La posesión de lo quepertenece a Chamos, vuestro dios —decíaJefté a los ammonitas—, ¿no os eslegítimamente debida? Nosotros

poseemos, con el mismo título, las tierrasque nuestro dios vencedor haadquirido»[53]. Esto era, creo, unareconocida paridad entre los derechos deChamos y los del Dios de Israel.

Pero cuando los judíos, sometidos alos reyes de Babilonia y más tarde a losreyes de Siria, quisieron obstinarse en noreconocer más dios que el suyo, estanegativa, considerada como una rebelióncontra el vencedor, les atrajo laspersecuciones que se leen en su historia, yde las cuales no se ve ningún otro ejemploantes del cristianismo[54].

Estando, pues, unida cada religiónúnicamente a las leyes del Estado que lasprescribe, no había otra manera de

convertir a un pueblo que la de someterlo,ni existían más misioneros que losconquistadores; y siendo ley de losvencidos la obligación de cambiar deculto, era necesario comenzar por vencerantes de hablar de ello. Lejos de que loshombres combatiesen por los dioses, eran,como en Homero, los dioses los quecombatían por los hombres; cada cualpedía al suyo la victoria y le pagaba connuevos altares. Los romanos, antes detomar una plaza, intimaban a sus dioses aabandonarla, y cuando dejaban a lostarentinos con sus dioses irritados es queconsideraban a estos dioses comosometidos a los suyos u obligados arendirles homenaje. Dejaban a los

vencidos sus dioses, como les dejaban susleyes. Una corona al Júpiter del Capitolioera con frecuencia el único tributo que lesimponían.

En fin: habiendo extendido losromanos su culto y sus dioses al par quesu Imperio, y habiendo adoptado confrecuencia ellos mismos los de losvencidos, concediendo a unos y a otros elderecho de ciudad, halláronseinsensiblemente los pueblos de este vastoImperio con multitud de dioses y decultos, los mismos próximamente, entodas partes; y he aquí cómo el paganismono fue al fin en el mundo conocido sinouna sola y misma religión.

En estas circunstancias fue cuando

Jesús vino a establecer sobre la tierra sureino espiritual; el cual, separando elsistema teológico del político, hizo que elEstado dejase de ser uno y originódivisiones intestinas, que jamás handejado de agitar a los pueblos cristianos.Ahora bien; no habiendo podido entrarnunca esta idea nueva de un reino del otromundo en la cabeza de los paganos,miraron siempre a los cristianos comoverdaderos rebeldes, que bajo unahipócrita sumisión no buscaban más queel momento de hacerse independientes ydueños y usurpar diestramente laautoridad que fingían respetar en sudebilidad. Tal fue la causa de laspersecuciones.

Lo que los paganos habían temido,ocurrió. Entonces todo cambió deaspecto: los humildes cristianoscambiaron de lenguaje, y en seguida se havisto a tal pretendido reino del otromundo advenir en éste, bajo un jefevisible, el más violento despotismo.

Sin embargo, como siempre ha habidoun príncipe y leyes civiles, ha resultadode este doble poder un perpetuo conflictode jurisdicción, que ha hecho imposibletoda buena organización en los Estadoscristianos y jamás se ha llegado a sabercuál de los dos, si el señor o el sacerdote,era el que estaba obligado a obedecer.

Muchos pueblos, sin embargo, enEuropa o en su vecindad, han querido

conservar o restablecer el antiguosistema, pero sin éxito; el espíritu delcristianismo lo ha ganado todo. El cultosagrado ha permanecido siempre, o se haconvertido de nuevo en independiente delsoberano y sin unión necesaria con elcuerpo del Estado. Mahoma tuvoaspiraciones muy sanas; trabó bien susistema político, y en tanto que subsistióla forma de su gobierno bajo los califas,sus sucesores, este gobierno fueexactamente uno y bueno en esto. Perohabiendo llegado al florecimiento losárabes y convertidos en cultos, corteses,blandos y cobardes, fueron sojuzgadospor los bárbaros, y entonces la divisiónentre los dos poderes volvió a comenzar.

Aunque esta dualidad sea menos aparenteentre los mahometanos que entre loscristianos, se encuentra en todas partes,sobre todo en la secta de Alí y hayEstados, como Persia, donde no deja dehacerse sentir.

Entre nosotros, los reyes de Inglaterrase han constituido como jefes de laIglesia; otro tanto han hecho los zares,pero aun con este título son menos señoresen ella que ministros; no han adquiridotanto el derecho de cambiarla cuanto elpoder de mantenerla; no son allílegisladores, sino que sólo son príncipes.Dondequiera que el clero constituye uncuerpo[55] es señor y legislador en supatria. Hay, pues, dos poderes, dos

soberanos, en Inglaterra y en Rusia, lomismo que antes.

De todos los autores cristianos, elfilósofo Hobbes es el único que ha vistobien el mal y el remedio; que se haatrevido a proponer reunir las doscabezas del águila y reducir todo a unidadpolítica, sin lo cual jamás estará bienconstituido ningún Estado ni gobierno.Pero ha debido ver que el espíritudominador del cristianismo eraincompatible con su sistema, y que elinterés del sacerdote sería siempre másfuerte que el del Estado. Lo que ha hechoodiosa su política no es tanto lo que hayde horrible y falso en ella cuanto lo queencierra de justo y cierto[56].

Yo creo que desarrollando desde estepunto de vista los hechos históricos serefutarían fácilmente los sentimientosopuestos de Bayle y de Warburton, uno delos cuales pretende que ninguna religiónes útil al cuerpo político, en tanto sostieneel otro, por el contrario, que elcristianismo es el más firme apoyo de él.Se podría probar al primero que jamás fuefundado un Estado sin que la religión lesirviese de base, y al segundo, que la leycristiana es en el fondo más perjudicialque útil a la fuerte constitución de Estado.Para terminar de hacerme entender, sólohace falta dar un poco más de precisión alas ideas demasiado vagas de religiónrelativas a mi asunto.

La religión, considerada en relacióncon la sociedad, que es o general oparticular, puede también dividirse en dosclases, a saber: la religión del hombre yla del ciudadano. La primera, sin templos,sin altares, sin ritos, limitada al cultopuramente interior del Dios supremo y alos deberes eternos de la Moral, es lapura y simple religión del Evangelio, elverdadero teísmo y lo que se puede llamarel derecho divino natural. La otra, inscritaen un solo país, le da sus dioses, suspatronos propios y tutelares; tiene susdogmas, sus ritos y su culto exterior,prescrito por leyes. Fuera de la naciónque la sigue, todo es para ella infiel,extraño, bárbaro; no entiende los deberes

y los derechos del hombre sino hastadonde llegan sus altares. Tales fueron lasreligiones de los primeros pueblos, a lascuales se puede dar el nombre de derechodivino, civil o positivo.

Existe una tercera clase de religión,más rara, que dando a los hombres doslegislaciones, dos jefes, dos patrias, lossomete a deberes contradictorios y lesimpide poder ser a la vez devotos yciudadanos. Tal es la religión de loslamas, la de los japoneses y elcristianismo romano. Se puede llamar aesto la religión del sacerdote, y resulta deella una clase de derecho mixto einsociable que no tiene nombre.

Considerando políticamente estas tres

clases de religiones, se encuentran enellas todos los defectos de éstas. Latercera es tan evidentemente mala, que esperder el tiempo distraerse endemostrarlo; todo lo que rompe la unidadsocial no tiene valor ninguno; todas lasinstituciones que ponen al hombre encontradicción consigo mismo, tampocotienen valor alguno.

La segunda es buena en cuanto reúneel culto divino y el amor de las leyes, y,haciendo a la patria objeto de laadoración de los ciudadanos, les enseñaque servir al Estado es servir al diostutelar. Es una especie de teocracia, en lacual no se debe tener otro pontífice que elpríncipe ni otros sacerdotes más que los

magistrados. Entonces, morir por la patriaes ir al martirio; violar las leyes es serimpío, y someter a un culpable a laexecración pública es dedicarlo a lacólera de los dioses: Sacer esto. Pero esmala porque, estando fundada sobre elerror y la mentira, engaña a los hombres,los hace crédulos, supersticiosos y ahogael verdadero culto de la Divinidad en unvano ceremonial.

Pero es mala, además, porque al serexclusiva y tiránica hace a un pueblosanguinario e intolerante, de modo que norespira sino ambiente de asesinatos ymatanzas, y cree hacer una acción santamatando a cualquiera que no admite susdioses. Esto coloca a un pueblo semejante

en un estado natural de guerra con todoslos demás, muy perjudicial para su propiaseguridad.

Queda, pues, la religión del Hombre,o el cristianismo, no el de hoy, sino el delEvangelio, que es completamentediferente. Por esta religión santa, sublime,verdadera, los hombres, hijos del mismodios, se reconocen todos hermanos, y lasociedad que los une no se disuelve nisiquiera con la muerte.

Mas no teniendo esta religión ningunarelación con el cuerpo político, deja quelas leyes saquen la fuerza de sí mismas,sin añadirle ninguna otra, y de aquí queuno de los grandes lazos de la sociedadparticular quede sin efecto. Más aún; lejos

de unir los corazones de los ciudadanos alEstado, los separa de él como de todas lascosas de la tierra. No conozco nada máscontrario al espíritu social.

Se nos dice que un pueblo deverdaderos cristianos formaría la másperfecta sociedad que se puede imaginar.No veo en esta suposición más que unadificultad: que una sociedad deverdaderos cristianos no sería unasociedad de hombres.

Digo más: que esta supuesta sociedadno sería, con toda esta perfección, ni lamás fuerte ni la más durable; a fuerza deser perfecta, carecería de unión, y su viciodestructor radicaría en su perfecciónmisma.

Cada cual cumpliría su deber elpueblo estaría sometido a las leyes; losjefes serían justos y moderados; losmagistrados, íntegros, incorruptibles; lossoldados despreciarían la muerte; nohabría ni vanidad ni lujo. Todo esto estámuy bien; pero miremos más lejos.

El cristianismo es una religióncompletamente espiritual, que se ocupaúnicamente de las cosas del cielo; lapatria del cristianismo no es de estemundo. Cumple con su deber, es cierto;pero lo cumple con una profundaindiferencia sobre el buen o mal éxito.Con tal que no haya nada que reprocharle,nada le importa que vaya bien o mal aquíabajo. Si el Estado es floreciente, apenas

si se atreve a gozar de la felicidadpública; teme enorgullecerse de la gloriade su país; si el Estado decae, bendice lamano de Dios, que se deja sentir sobre supueblo.

Para que la sociedad fuese pacífica yla armonía se mantuviese, sería precisoque todos los ciudadanos, sin excepción,fuesen igualmente buenos cristianos; perosi, desgraciadamente, surge un soloambicioso, un solo hipócrita, un Catilinao, por ejemplo, un Cromwell, seguramentedaría al traste con sus piadososcompatriotas. La caridad cristiana nopermite fácilmente pensar mal en elprójimo. Así pues, desde el momento enque encuentre, mediante alguna astucia, el

arte de imponerse y apoderarse de unaparte de la autoridad pública, noshallaremos ante un hombre constituido endignidad. Dios quiere que se le respete:en seguida se convierte, por tanto, en unpoder; Dios quiere que se le obedezca. Siel depositario de este poder abusa de él,es la vara con que Dios castiga a sushijos. Si se convenciesen de que habíaque echar al usurpador, sería precisoturbar el reposo público, usar deviolencia, verter la sangre; pero todo elloconcuerda mal con la dulzura delcristianismo, y, después de todo, ¿quéimporta que sea libre o esclavo en estevalle de miserias? Lo esencial es ir alparaíso, y la resignación no es sino un

medio más para conseguirlo.Si sobreviene alguna guerra

extranjera, los ciudadanos marchan sintrabajo al combate; ninguno de ellospiensa huir; cumplen con su deber, perosin pasión por la victoria; saben morirmejor que vencer. Que sean vencedores ovencidos, ¿qué importa? ¿No sabe laProvidencia mejor que ellos lo que lesconviene? Imagínese qué partido puedesacar de su estoicismo un enemigosoberbio, impetuoso, apasionado. Ponedfrente a ellos estos pueblos generosos, aquienes devora el ardiente amor de lagloria y de la patria; suponed vuestrarepública cristiana frente a Esparta o aRoma: los piadosos cristianos serán

derrotados, aplastados, destruidos, antesde haber tenido tiempo de reconocerse, ono deberán su salvación sino al desprecioque su enemigo conciba por ellos. Era unbuen juramento, a mi juicio, el de lossoldados de Fabio: no juraron morir ovencer; juraron volver vencedores, ymantuvieron su juramento. Nunca hubiesenhecho los cristianos nada semejante;hubiesen creído tentar a Dios.

Pero me equivoco al hablar de unarepública cristiana; cada una de estaspalabras excluye a la otra. El cristianismono predica sino sumisión y dependencia.Su espíritu es harto favorable a la tiraníapara que ella no se aproveche de ellosiempre. Los verdaderos cristianos están

hechos para ser esclavos; lo saben, y nose conmueven demasiado: esta corta vidaofrece poco valor a sus ojos.

Se nos dice que las tropas cristianasson excelentes; yo lo niego: que se memuestre alguna. Por lo que a mí toca, noconozco tropas cristianas. Se me citaránlas Cruzadas. Sin discutir el valor de lasCruzadas, haré notar que, lejos de sercristianos, eran soldados del sacerdote,eran ciudadanos de la Iglesia, se batíanpor su país espiritual, que él habíaconvertido en temporal no se sabe cómo.Interpretándolo como es debido, esto caedentro del paganismo; puesto que elEvangelio no establece en parte algunauna religión nacional, toda guerra sagrada

se hace imposible entre los cristianos.Bajo los emperadores paganos, los

soldados cristianos eran valientes; todoslos autores cristianos lo afirman, y yo locreo; se trataba de una emulación dehonor contra las tropas paganas. Desdeque los emperadores fueron cristianos,esta emulación desapareció, y cuando lacruz hubo desterrado al águila, todo elvalor romano dejó de existir.

Pues poniendo a un lado lasconsideraciones políticas, volvamos alderecho y fijemos los principios sobreeste punto importante. El derecho que elpacto social da al soberano sobre lossúbditos no traspasa, como he dicho, loslímites de la utilidad pública[57]. Los

súbditos no tienen, pues, que dar cuenta alsoberano de sus opiniones sino en tantoque estas opiniones importan a lacomunidad. Ahora bien; importa al Estadoque cada ciudadano tenga una religión quele haga amar sus deberes; pero losdogmas de esta religión no le interesan nial Estado ni a sus miembros sino en tantoque estos dogmas se refieren a la moral ya los deberes que aquel que la profesaestá obligado a cumplir respecto de losdemás. Cada cual puede tener, por lodemás, las opiniones que le plazca, sinque necesite enterarse de ello el soberano;porque como no tiene ningunacompetencia en el otro mundo, cualquieraque sea la suerte de los súbditos en una

vida postrera, no es asunto que a élcompeta, con tal que sean buenosciudadanos en ésta.

Hay, pues, una profesión de fepuramente civil, cuyos artículoscorresponde fijar al soberano, noprecisamente como dogmas de religión,sino como sentimientos de sociabilidad,sin los cuales es imposible ser buenciudadano ni súbdito fiel[58], No puedeobligar a nadie a creerles, pero puededesterrar del Estado a cualquiera que nolos crea; puede desterrarlos, no porimpíos, sino por insociables, porincapaces de amar sinceramente a lasleyes, la justicia, e inmolar la vida, encaso de necesidad, ante el deber. Si

alguien, después de haber reconocidopúblicamente estos mismos dogmas, seconduce como si no los creyese, seacondenado a muerte; ha cometido elmayor de los crímenes: ha mentido antelas leyes.

Los dogmas de la religión civil debenser sencillos, en pequeño número,enunciados con precisión, sin explicaciónni comentarios. La existencia de laDivinidad poderosa, inteligente,bienhechora, previsora y providente; lavida, por venir, la felicidad de los justos,el castigo de los malos, la santidad delcontrato social y de las leyes; he aquí losdogmas positivos. En cuanto a losnegativos, los reduzco a uno solo: la

intolerancia; ésta entra en los cultos quehemos excluido.

Los que distinguen la intoleranciacivil de la teológica, se equivocan en miopinión. Estas dos intolerancias soninseparables. Es imposible vivir en pazcon gentes a quienes se cree condenadas;amarlas, sería odiar a Dios, que lascastiga; es absolutamente precisorechazarlas o atormentarlas. Dondequieraque la intolerancia teológica estáadmitida, es imposible que no tenga algúnefecto civil[59], y tan pronto como lo tiene,el soberano deja de serlo, hasta en lotemporal; desde entonces los sacerdotesson los verdaderos amos; los reyes, sussubordinados.

Hoy, que ya no hay ni puede haber unareligión nacional exclusiva, se debentolerar todas las que sean tolerantes conlas demás, con tal que sus dogmas nocontengan principios contrarios a losdeberes del ciudadano. Pero el que seatreva a decir, «fuera de la Iglesia nohay salvación», debe ser desterrado delEstado, a no ser que el Estado sea laIglesia y el príncipe el pontífice.Semejante dogma sólo es bueno en ungobierno teocrático; en cualquier otro, espernicioso. El motivo por el cual, segúndicen, Enrique IV abrazó la religiónromana, debería hacerla abandonar a todohombre de bien, y sobre todo a unpríncipe que sepa razonar[60].

Capítulo IXConclusión

Después de haber establecido losverdaderos principios del derechopolítico y de haber procurado fundar elEstado sobre su base, faltaría apoyarlopor medio de sus relaciones exteriores; loque comprendería el derecho de gentes, elcomercio, el derecho de hacer la guerra ylas conquistas, el derecho público, lasalianzas, las negociaciones, los tratados,etc. Pero todo esto forma un nuevo tema,demasiado vasto para mi corta capacidad,y reconozco que hubiera debido fijar mi

vista más cerca de mí.

JEAN-JACQUES ROUSSEAU, nació enjunio de 1712, en Ginebra, como hijo deun modesto relojero que formaba parte deun grupo de artesanos del barrio de Saint-Gervais. Su madre, Suzanne Bernard,murió pocos días después del parto.

A los doce años abandona la escuela.Es un niño tímido y orgulloso. Se colocade aprendiz en el taller del grabador

Ducommun quien lo hace objeto de untrato tan brutal que consigue convertirloen un auténtico granuja. Un domingo,cuando regresaba demasiado tarde de unpaseo, el joven Rousseau halla cerradaslas puertas de la ciudad y, temeroso de lapaliza que le esperaba de su amo, decidehuir y alejarse de Ginebra. A dos leguasde la población, en Saboya, un abatecompasivo se hace cargo del muchacho yRousseau, por consejo del abad y quizásatraído simplemente por la posibilidad decomer todos los días, opta por convertirseal catolicismo.

El abate le conduce a Annecy, a lacasa de la señora de Warens, una mujerviuda, católica conversa. "Me había

imaginado una vieja y ceñudamojigata…" escribirá más tarde JuanJacobo. Pero el Domingo de Ramos de1728 se encontró con un "semblanteagraciado, bellos ojos llenos de dulzura,una tez brillante y un busto encantador".El efecto del busto de la buena señoraresultó quizás decisivo y el hecho es que,poco después, Madame Warens envió a suprotegido al hospicio de los catecúmenosde Turín para recibir el bautismo "Nopodía apartar de mi mente que elsagrado acto que iba a realizar era enrealidad el acto de un bandido". Laverdad es que la nueva fe le sirvió de bienpoco. Desempeñó diferentes trabajos deapenas unos días y durante algún tiempo

vivió pobremente en distintas ciudadesalojándose esporádicamente en la casa dela señora de Warens.

Pero en 1732 se refugia en ella por unlargo período. Durante cinco años vive enun círculo cerrado cuyos puntos dereferencia son Madame Warens, ClaudeAnet y el propio Rousseau. Las relacionesentre él y Madame de Warens son todavíaa nivel familiar: el protegido la llama"mamá" y ella le denomina "pequeño".Pero a la muerte de Claude Anet,Rousseau se convierte en el amante de suprotectora, lo que le hace llevar una vidamás agradable y tranquila. Trabaja en elcatastro de Saboya y da lecciones demúsica. Sin embargo, la armonía dura

poco y pronto un nuevo amante lereemplaza en el corazón y en el lecho dela señora de Warens.

A la edad de treinta años llega a Parisen busca de gloria. Lleva bajo el brazo unnuevo sistema de notación musical que haideado con gran ilusión y en el que hadepositado grandes esperanzas. El sistemafracasa. No obstante, tiene oportunidad deconocer a importantes personajes comoFontenelle, Réaumur, Rameau, Marivaux yDiderot. Recibe entonces un buen consejodel abad de Saint-Pierre: "en Paris no sehace nada si no es por las mujeres".Viniendo de un abad, el consejo no espara despreciar por lo que Rousseaubusca, consecuentemente, la protección de

las grandes damas las que, en efecto, leconsiguen diversos empleos.

En 1745 se une en pareja con ThérèseLavasseaur. Thérèse es una jovensirvienta, ignorante y de cortos alcances ala cual Rousseau aprecia por su carácterapacible y su dulce mirada; pero ledeclara sin ambages que, si bien no piensacasarse nunca con ella tampoco ha deabandonarla jamás. Con el correr de losaños, Juan Jacobo tendrá nada menos quecinco hijos con ella. Todos, uno tras otro,terminarán en el hospicio. Lo único queRousseau les brindará como padre sonremordimientos tardíos y unaautojustificación muy poco convincente:"Puesto que no me hallaba en

condiciones de educar yo mismo a mishijos hubiera sido necesario dejarlescrecer junto a su madre, la cualhubiérales convertido en monstruos. Meestremece este mero pensamiento". Laverdad es que su conciencia nunca leimpidió la persecución de sus propiosintereses, ni la satisfacción de susmanifiesto egoísmo.

En 1750 Diderot le impulsa apresentarse al concurso que ha convocadola Academia de Dijon. Con su "Discourssur les sciences et les arts" obtiene elprimer premio y cierto prestigio. Poraquel entonces, Juan Jacobo reforma suestilo de vida y trata de ponerla enconcordancia con sus ideas acerca de las

ventajas de una existencia simple ynatural. Durante algún tiempo acepta lahospitalidad de la señora d'Epinay que leofrece la residencia de L'Ermitage. Es unacasita situada junto al bosque deMontmerency, lugar solitario y salvaje alnorte de París, y considerado porRousseau como un paraje ideal para elcumplimiento de su misión: decir laverdad.

El Contrato Social fue el manual delos doctrinarios de la Revoluciónfrancesa. Emile ou De l'éducation exponela teoría que la pedagogía debe respetarlos buenos instintos naturales del hombre,guiando su libre desarrollo de la maneramenos artificial posible. La parte

religiosa del Emile, titulada "Profesiónde foi du Vicaire Savoyard" irritó deinmediato al parlamento de Paris, que loconsideró "impío, escandaloso yofensivo" por lo que se vio obligado ahuir de Francia para no acabar en lacárcel.

Emprendió así ocho años de fuga quele obligaron a llevar una vida errante. Unode sus refugios fue Inglaterra, aceptandola invitación de David Hume. Peroperseguido por odios religiosos y por laanimosidad de sus antiguos amigos, sesintió acosado en todas partes y decidió,finalmente, volver a Francia.

Pobre y solitario, se instaló en Parísteniendo por única compañía la de

Thérèse — con la cual, al final ycontradiciendo sus propias intencionesoriginales, terminó casándose en agostode 1768 — y la amistad de un solohombre, Bernardin de Saint-Pierre. Vivióallí atormentado por la paranoia,afirmando la existencia de un complotuniversal urdido contra él. En 1770intentó justificarse ante todos con sus LesConfessions cuya lectura pública resultótambién prohibida.

En mayo de 1778, invitado por elmarqués de Girardin, se trasladó alpabellón situado frente al castillo deErmenonville, en tanto que aguardaba laconstrucción de una cabaña en el parque.A pleno sol se dedicaba a su pasatiempo

preferido: recoger hierbas.El 2 de julio falleció víctima de una

apoplejía. Lo enterraron dos días después,por la noche, en el extremo del lago, en laisla de los Chopos.

Notas

[1] Alberti, De un momento a otro.<<

[2] «Las sabias investigaciones sobre elderecho público no son, a me nudo, sinola historia de los antiguos abusos, y seobstina, con poca fortuna, quien seesfuerza en estudiarlas demasiado»(Traité des intérêts de la Frunce avec sesvoisins, por el marqués de Argenson; imp.de Rey, Amsterdam). He aquíprecisamente lo que ha hecho Grocio.<<

[3] Politic, lib. I, cap. V (ed).<<

[4] Véase un pequeño tratado de Plutarco,ti tul ado Que los animales usen larazón.<<

[5] Los romanos, que han entendido yrespetado el derecho de la guerra más queninguna otra nación del mundo, llevabantan lejos los escrúpulos a este respecto,que no estaba permitido a un ciudadanoservir como voluntario sin habersecomprometido antes a ir contra el enemigoy expresamente contra tal enemigo.Habiendo sido reformada una legión enque Catón, el hijo, hacía sus primerasarmas bajo Popilio, Catón, el padre,escribió a éste que si deseaba que su hijocontinuase bajo su servicio era precisohacerle prestar un nuevo juramentomilitar; porque habiendo sido anulado el

primero, no podía ya levantar las armascontra el enemigo. Y el mismo Catónescribía a su hijo que se guardara depresentarse al combate en tanto no hubieseprestado este nuevo juramento. Sé que seme podrá oponer el sitio de Cluriam yotros hechos particulares; mas yo citoleyes, usos. Los romanos son los quemenos frecuentemente han transgredidosus leyes y los que han llegado a tenerlasmás hermosas.<<

[6] El verdadero sentido de esta palabra seha perdido casi por completomodernamente; la mayor parte toman unaaldea por una ciudad y un burgués por unciudadano. No saben que las casas formanla aldea; pereque los ciudadanosconstituyen la ciudad. Este mismo errorcostó caro en otro tiempo a loscartagineses. No he leído que el título decives haya sido dado nunca al súbdito deun príncipe, ni aun antiguamente a losmacedonios, ni en nuestros días a losingleses, aunque se hallen más próximos ala libertad que los demás. Tan sólo losfranceses toman todos familiarmente este

nombre de ciudadanos, porque no tienenuna verdadera idea de él, como puedeverse en sus diccionarios, sin lo cualcaerían, al usurparlo, en el delito de lesamajestad; este nombre, entre ellos,expresa una virtud y no un derecho.Cuando Bodino ha querido hablar denuestros ciudadanos y burgueses, hacometido un error tomando a unos porotros. N. d'Aumbert no se ha equivocado,y ha distinguido bien, en su artículoGéneve, las cuatro clases de hombres —hasta cinco, contando a los extranjeros—que se encuentran en nuestra ciudad, y delas cuales solamente dos componen laRepública. Ningún otro autor francés, queyo sepa, ha comprendido el verdadero

sentido de la palabra ciudadano.<<

[7] Bajo los malos gobiernos, estaigualdad es exclusivamente aparente eilusoria; sólo sirve para mantener alpobre en su miseria y al rico en suusurpación. De hecho, las leyes sonsiempre útiles para los que poseen algo yperjudiciales para los que nada tienen. Dedonde se sigue que el estado social no esventajoso a los hombres sino en tanto queposeen todos algo y que ninguno de ellostiene demasiado.<<

[8] Para que una voluntad sea general, nosiempre es necesario que sea unánime;pero es preciso que todas las voces seantenidas en cuenta; una exclusión formalrompe la generalidad.<<

[9] «Cada interés —dice el marqués deArgenson— tiene principios diferentes.La armonía entre dos interesesparticulares se forma por oposición al deun tercero». [Véase las Considérationssur le gouvernement ancien y présent dela France, cap. II. (ed.)] Se hubierapodido añadir que la concordancia detodos los intereses se forma por oposiciónal de cada uno de ellos. Si no hubieseintereses diferentes, apenas se apreciaríael interés común, que jamás encontraría unobstáculo: todo marcharía por sí mismo yla política dejaría de ser un arte.<<

[10] «Vera cose è —dice Maquiavelo—che alcune divisioni nuociono alierepubbliche, e alcune giovano; quellenuociono che sonó dalle sette e dapartigiani accompagnate: quelle giovanoche senza sette, senza partigiani, simantengono. Ñon potendo adunqueprovedere un fondatore d'una reppublicache non siano nimicizie in quella, ha daproveder almeno che non vi siano sette»(Hist. Florent., líb. VII).<<

[11] Atentos lectores: no os apresuréis, oslo ruego, a acusarme aquí decontradicción. No he podido evitarlo enlos términos, dada la pobreza de lalengua: mas esperad.<<

[12] No entiendo solamente por estapalabra una aristocracia o unademocracia, sino, en general, todogobierno guiado por la voluntad general,que es la ley. Para ser legítimo, no espreciso que el gobierno se confunda conel soberano, sino que sea un ministro:entonces la monarquía misma esrepública. Esto se aclarará en el librosiguiente.<<

[13] Un pueblo no llega a ser célebre sinocuando su legislación comienza adeclinar. Se ignora durante cuántos sigloshizo la legislación de Licurgo la felicidadde los espartanos, antes de que se hiciesemención de ella en el resto de Grecia.<<

[14] Véase el diálogo de Platón que, en lastraducciones latinas, lleva por títuloPolíticus o Vir civilis . Algunos lo hantitulado De Regno (ed.).<<

[15] Grandeza y decadencia de losromanos (colección Universal, números156 a 158. En colección Austral, núm.253).<<

[16] Los que no consideran a Calvino sinocomo teólogo, conocen mal la extensiónde su genio. La redacción de nuestrossabios edictos, en la cual tuvo muchaparte, le hace tanto honor como suinstitución. Por muchos trastornos que eltiempo pueda llevar a nuestro culto, entanto que el amor a la patria y a la libertadno se haya extinguido entre nosotros,nunca dejará de ser bendecida la memoriade este grande hombre.<<

[17] «E veramente —dice Maquiavelo—mai non fi alcuno ordinatore di leggistraordinarie in popolo, che nonricorresse a Dio, perché altrimenti nonsarebbero accettate; perché sonó moltibeni conosciuti da uno prudente, i qualinon hanno in se ragioni evidenti dapotergli permadere ad altrui» (Discorsisopratio Limo, lib. I, cap. XI).<<

[18] Célebre teólogo inglés, muerto en1779 (ED).<<

[19] Si de dos pueblos vecinos uno nopudiese prescindir del otro, sería unasituación muy dura para el primero y muypeligrosa para el segundo. Toda naciónprudente, en un caso semejante, seesforzará en seguida en librar al otro deesta dependencia. La República deTlascala, enclavada en el Imperio deMéjico, prefirió pasarse sin sal acomprarla a los mexicanos y hasta aaceptarla gratuitamente. Los sabiostlascaltecas vieron el lazo oculto bajo estaliberalidad. Se conservan libres, y estepequeño Estado, encerrado en este granImperio, fue por fin el instrumento de su

ruina.<<

[20] Si queréis, pues, dar al Estadoconsistencia, aproximad a los extremostodo lo posible; no sufráis ni gentesopulentas ni mendigos. Estos dos estados,naturalmente inseparables, son igualmentefunestos para el bien común; del uno salenlos factores de la tiranta, y del otro lostiranos. Entre ambos vive el tranco de lalibertad pública: uno, la compra, y otro, lavende.<<

[21] «Alguna rama del comercio exterior—dice el marqués de Argenson— noextiende apenas sino una falsa utilidadpara un reino en general; puede enriquecera algunos particulares, hasta a algunasciudades; pero la nación entera no gananada con ellos y el pueblo no mejora susituación».<<

[22] Por esto es por lo que en Venecia seda a! Colegio el nombre de Príncipeserenísimo, aun cuando no asista a él elDogo (Dux).<<

[23] Espíritu de las leyes, lib. III, cap. III(ed.).<<

[24] El palatino de Posnania, padre del reyde Polonia y duque de Lorena.<<

[25] Es claro que la palabra optimates,entre los antiguos, no quiere decir losmejores, sino los más poderosos.<<

[26] Importa mucho regularizar, medianteleyes, la forma de elección de losmagistrados, porque abandonándola a lavoluntad del príncipe no se puede evitarel caer en la aristocracia hereditaria,como les ha sucedido a las repúblicas deVenecia y Roma. Así, la primera es desdehace mucho tiempo un Estado disuelto;mas la segunda se mantiene por la extremasabiduría de su Senado: es una excepciónmuy honrosa y muy peligrosa.<<

[27] Maquiavelo era un hombre honrado yun buen ciudadano; pero unido a la Casade los Médicis, se veía obligado, en laopresión de su patria, a disfrazar su amorpor la libertad. Sólo la elección de suhéroe execrable —César Borgia—manifiesta bastante su intención secreta, yla oposición de las máximas de su libroDel Príncipe a las de sus Discursos sobreTito Livio y de su Historia de Florenciademuestran que este profundo político noha tenido hasta aquí sino lectoressuperficiales o corrompidos. La corte deRoma ha prohibido su libro severamente;lo comprendo: a ella es a la que retrata

más claramente.<<

[28] Plutarco, Dichos notables de losreyes y de los grandes capitanes, párrafo22 (ed.).<<

[29] Tácito, Hist, I. XVI (ed).<<

[30] Esto no contradice lo que he dichoantes (lib. II, cap. IX) sobre losinconvenientes de los grandes Estados,porque se retrataba allí a la autoridadgubernativa sobre sus miembros y se tratade su fuerza contra los súbditos. Susmiembros dispersos le sirven de punto deapoyo para obrar de lejos sobre elpueblo; pero no tiene ningún punto deapoyo para obrar directamente sobre susmiembros mismos. Así, en uno de loscasos, la longitud de la palanca es causade su debilidad, y de fuerza en el otro.<<

[31] Se debe juzgar sobre el mismoprincipio de los siglos que merecen lapreferencia para la prosperidad delgenero humano. Han sido demasiadoadmirados aquellos en que se han vistoflorecer las letras y las artes, sin que sehaya penetrado el objeto secreto de sucultura ni considerado su funesto efecto:«Idque apud imperitos humanitasvocabatur quum pars sevitutis esse» (*).(*) Tácito, Agric, XXI.¿No veremos nunca en las máximas de loslibros el grosero interés que hace hablar alos autores? No; aunque ellos lo digan,cuando, a pesar de su esplendor, un país

se despuebla, no es verdad que todoprospere, y no basta que un poeta tengacien mil libras de renta para que su siglosea el mejor de todos. Es precisoconsiderar más el bienestar de lasnaciones enteras y, sobre todo, de losEstados más poblados que el reposoaparente y la tranquilidad de sus jefes.Las granizadas desoían algunas regiones;pero rara vez producen escasez. Losmotines, las guerras civiles, amedrentanmucho a los jefes; pero no constituyen lasverdaderas desgracias de los pueblos, quepueden hasta tener descanso mientrasdiscuten quién los va a tiranizar. De unEstado permanente es del que nacenprosperidades o calamidades reales para

él; cuando lodo está sometido al yugo escuando todo decae; entonces es cuandolos jefes, destruyéndolos a su gusto, «ubisolitudinem faciunt pacem appellant» (**).Cuando las maquinaciones de los grandesagitaban el reino de Francia y el coadjutorde París llevaba al Parlamento un puñalen el bolsillo, esto no impedía que elpueblo francés viviese feliz y numerosoen un honesto y libre bienestar. En otrotiempo, Grecia florecía en el seno de lasmás crueles guerras; la sangre corría anos. y todo el país estaba cubierto dehombres; parecía —dice Maquiavelo—que en medio de los crímenes, de lasproscripciones, de las guerras civiles,nuestra república advenía más pujante; la

virtud de sus ciudadanos, sus costumbres,su independencia, tenía más efecto parareforzarla que todas sus discusiones paradebilitarla.Un poco de agitación da energía a losdemás, y lo que verdaderamente haceprosperar a la especie es menos, la pazque la libertad.<<{**) Tácito. Agric., XXXI.

[32] La formación lenta y el progreso de larepública de Venecia en sus lagunasofrece un ejemplo notable de estasucesión; es asombroso que, después demil doscientos años, los venecianasparecen hallarse aún en el segundotérmino, que comenzó en el Serrar diconsiglio, en 1198. En cuanto a losantiguos dux que se les reprocha, diga loque quiera el Squittinio della libertàvéneta(*), está probado que no han sidosus soberanos.No se me dejará de objetar, recordando larepública romana, que siguió un proceso,dicen, completamente contrario, pasando

de la monarquía a la aristocracia y de laaristocracia a la democracia. Estoy muylejos de pensar tal cosa.La primera organización que establecióRómulo fue un gobierno mixto, quedegeneró pronto en despotismo. Porcausas particulares, el Estado perecióantes de tiempo, como puede morir unrecién nacido antes de haber llegado a laedad madura. La expulsión de losTarquinos fue la verdadera época delnacimiento de la república. Pero no tomóal principio una forma constante, pues nose realizó más que la mitad de la obra, noaboliendo el patriciado. Porque de estamanera, al quedar la aristocraciahereditaria, que es el peor de las

administraciones legítimas, en conflictocon la democracia, no se fijó la forma degobierno, siempre insegura y flotante,como ha probado Maquiavelo, sino alestablecerse los tribunos; sólo entonceshubo un verdadero gobierno y unaverdadera democracia. En efecto; elpueblo en aquel momento no erasolamente soberano, sino tambiénmagistrado y juez; el Senado era untribunal subordinado para moderar yconcretar al gobierno, y los mismoscónsules, aunque patricios, primerosmagistrados, y generales absolutos en laguerra, no eran en Roma sino lospresidentes del pueblo.Desde entonces se vio también que el

gobierno tomaba su pendiente natural yque tendía fuertemente a la aristocracia.Abollándose al patriciado, podríadecirse, por sí mismo, no estaba ya laaristocracia en el cuerpo de los patricios,como ocurro en Venecia y en Génova,sino en el cuerpo del Senado, compuestode patricios y plebeyos, e incluso en elcuerpo de los tribunos, cuandocomenzaron a usurpar un poder activo;porque las palabras no tienen nada quever con las cosas, y cuando el pueblotiene jefes que gobiernan por él,cualquiera que sea el nombre que llevenson siempre una aristocracia.Del abuso de la aristocracia nacieron lasguerras civiles y el triunvirato. Sylla,

Julio Cesar, Augusto advinieron de hechoverdaderos monarcas; y, en fin, bajo eldespotismo de Tiberio fue disuelto elEstado. La historia romana no desmiente,pues, mi principio, sino que lo confirma.(*) Es el título de una obra anónima,publicada en 1612, para establecer elpretendido derecho de los emperadoressobre la república de Venecia (ed.).<<

[33] «Omnes enim et habentur et dicunturtyranni, qui potestate utuntur perpetua inea civitate quae libertate usa est» (Com.Nep. In Miltlad., cap. VIII). Es cierto queAristóteles (Mor. Nicom ., lib. VIII, cap.X) distingue al tirano del rey en que elprimero gobierna para su propia utilidad yel segundo solamente para la de sussúbditos; pero además de quegeneralmente todos los autores griegoshan tomado la palabra tirano en otrosentido, como parece mostrarlo, sobretodo, el Hierón de Jenofonte, se deduciríade la distinción de Aristóteles que desdeel comienzo del mundo no habría existido

ni un solo rey.<<

[34] Aproximadamente, según el sentidoque se le dé a esta palabra en elParlamento de Inglaterra. La semejanza deestos empleos hubiese creado un conflictoa los cónsules y a los tribunos, aun cuandohubiese sido suspendida todajurisdicción.<<

[35] Adoptar en los países fríos el lujo y lamolicie de los orientales es quererencadenarse a sí mismo, es someterse alas cadenas aun de un modo más necesarioque aquéllos.<<

[36] Bien entendido que no sea para eludirsu deber y librarse de servir a la patria enel momento en que tiene necesidad denosotros. La huida sería entonces criminaly punible; ya no sería retirada, sinodeserción.<<

[37] Hist., I, 85 (ed.).<<

[38] Esto debe siempre entenderse respectoa un Estado libre; porque, por lo demás,la familia, los bienes, la falta de asilo, lanecesidad, la violencia, pueden retener aun habitante en el país a pesar suyo, yentonces la mera residencia no supone suconsentimiento al contrato o la violacióndel contrato.<<

[39] En Ginebra se lee delante de lasprisiones y sobre los hierros de lasgalerías la palabra Libertas. Estaaplicación de la divisa es hermosa y justa.En efecto; sólo los malhechores de todasclases impiden al hombre ser libre. En unpaís donde toda esa gente estuviese engaleras, se gozaría de la más perfectalibertad.<<

[40] Esprit des lois, lib. II, cap. II<<

[41] El nombre Roma, que se pretendederivar de Rómulo, es griego y significafuerza; el nombre Numa es también griegoy significa ley, ¡qué casualidad que losdos primeros reyes de esta ciudad hayanllevado previamente nombres tan enarmonía con lo que han hecho!<<

[42] Ramnenses.<<

[43] Tatienses.<<

[44] Luceres.<<

[45] Digo en el campo de Marte porqueallí era donde se reunían los comicios porcenturias; en las oirás dos formas, elpueblo se reunía en forum, o en otra parte;entonces los capitae censi tenían tantainfluencia y autoridad como los primerosciudadanos.<<

[46] Esta centuria, así sacada a la suerte, sellamaba praerrogativa a causa de que erala primera a quien se le pedía su sufragio,y de aquí ha venido la palabraprerrogativa.<<

[47] «Custodes, shiribitores, rogatoressuffragiorum».<<

[48] Este nombramiento se hacía de nochey en secreto, como si se hubiese tenidovergüenza de poner a un hombre porencima de las leyes.<<

[49] Esto es de lo que no podía responderal proponer un dictador, no atreviéndose anombrarse a sí mismo y no pudiendo estarseguro de que lo nombrase su colega.<<

[50] No hago más que indicar en estecapítulo lo que ya he tratado másextensamente en la Lettre a M.d'Alambert.<<

[51] Plutarco, Dictis notables desLacédémoniens, 69 (ed.).<<

[52] Eran de otra isla que la delicadeza dela lengua francesa prohíbe nombrar enesta ocasión. Se comprende difícilmentecómo el nombre de una isla puede herir ladelicadeza de la lengua francesa. Paracomprenderlo, hay que saber queRousseau ha tomado este rasgo dePlutarco (Dictis notables deslacédémoniens), quien lo cuenta con todasu crudeza y lo atribuye a los habitantesde Chío. Rousseau, al no nombrar estaisla, ha querido evitar un juego depalabras y no excitar la risa en un asuntoserio.Aelien (lib. II, cap. XV) refiere también

este hecho; pero aminora el bochornodiciendo que el tribunal de los éforos fuecubierto de hollín.(Nota de M. Petitain).<<

[53] «Nonne ea quae possidet Chamos deustuus, tibi jure debentur?» (Jug., XI, 24).Tal es el texto de la Vulgata. El padre deCarriéres, lo ha traducido: «¿No creéistener derecho a poseer lo que pertenece aChamos, vuestro dios?». Yo ignoro lafuerza del texto hebreo; pero veo que. enla Vulgata, Jefté reconoce positivamenteel derecho del dios Chamos, y que eltraductor francés debilita estereconocimiento por un según vosotros queno está en el latín.<<

[54] Es evidente que la guerra de tosfocenses, llamada guerra sagrada, no eraguerra de religión; tenía por objetocastigar sacrilegios y no someterinfieles.<<

[55] Es preciso notar bien que no son tantoasambleas formales, cuales las deFrancia, las que unen el clero en uncuerpo, como la comunión de las Iglesias.La comunión y la excomunión son el pactosocial del clero, pacto con el cual serásiempre el dueño de los pueblos y de losreyes. Todos los sacerdotes que comulganjuntos son ciudadanos, aunque estén en losdos extremos del mundo. Esta invenciónes una obra maestra en política. No habíanada semejante entre los sacerdotespaganos; por ello no hicieron nunca delclero un cuerpo.<<

[56] Ved, entre otras, en una carta deGrotius a su hermano, del 11 de abril de1643, lo que este sabio aprueba y lo quecensura respecto al libro De Cive. Escierto que, llevado por la indulgencia,parece perdonar al autor el bien en arasdel mal: pero todo el mundo no es tanclemente.<<

[57] «En la república —dice el marqués deArgenson— cada cual es perfectamentelibre en aquello que no perjudica a losdemás». He aquí el límite invariable; nose le puede colocar con más exactitud. Nohe podido resistirme al placer de citaralgunas veces este manuscrito, aunque noes conocido del público, para hacer honora la memoria de un hombre ilustre yrespetable, que había conservado, hastaen el ministerio, el corazón de unverdadero ciudadano y puntos de vistasanos y rectos sobre el gobierno de supaís. [Considérations sur legouvernement ancien et présent de la

France (ed.)].<<

[58] César, al defender a Catilina,intentaba establecer el dogma de lamortalidad del alma. Catón y Cicerón,para refutarlo, no se divirtieron enfilosofar; se contentaron con demostrarque César hablaba como mal ciudadano yanticipaba una doctrina perniciosa para elEstado. En efecto: de esto es de lo quedebía juzgar el Senado de Roma, y no deuna cuestión de teología.<<

[59] Siendo, por ejemplo, un contrato civilel matrimonio, tiene efectos civiles, sinlos cuales es imposible que exista lasociedad. Supongamos que un clerotermina por atribuirse a sí exclusivamenteel derecho de autorizar este acto, derechoque necesariamente debe usurpar en todareligión intolerante, ¿no es evidente que alhacer valer para ello la autoridad de laIglesia hará vana la del príncipe, que notendría más súbditos que los que el cleroles quiere dar? Dueño de casar o no casara las personas, según tengan o no tal ocual doctrina, según admitan o rechacental o cual formulario, según le sean más o

menos sumisos, conduciéndoseprudentemente y manteniéndose firmes,¿no es claro que dispondría sólo él de lasherencias, de los cargos, de losciudadanos, del Estado mismo, que nopodría subsistir una vez compuesto sólode bastardos? Pero se dirá: se estimaráeste abuso, se aplazará, se decretará y sele someterá al poder temporal. ¡Quélástima! El clero, por poco que tenga, nodigo de valor, sino de buen sentido,dejará hacer y seguirá su camino; dejarátranquilamente apelar, decretar, embargary acabará por ser dueño. Me parece queno es un sacrificio muy grande abandonaruna parte cuando se está seguro deapoderarse de todo.<<

[60] Un historiador refiere que, habiendohecho celebrar el rey una conferencia anteél entre doctores de una y otra Iglesia, yviendo que un ministro estaba de acuerdoen que se podía salvar uno en la religiónde los católicos, tomó Su Majestad lapalabra y dijo a este ministro: "¡Cómo!¿Estáis de acuerdo en que se puede unosalvar en la religión de estos señores? "Alresponderle el ministro que no lo dudaba,siempre que se viviese bien, le contestómuy juiciosamente: "La prudencia quiere,pues, que yo sea de su religión y no de lavuestra: porque siendo de la suya mesalvo, según ellos y según vos, y siendo

de la vuestra, me salvo, según vos, perono según ellos. Por tanto, la prudencia meaconseja que siga lo más seguro."(Pereflxe, Hist. d'Henri IV.)<<