El salario

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EL SALARIO Maria Camila Pineda Gómez 10ºa

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EL SALARIOMaria Camila Pineda Gómez

10ºa

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EL SALARIO Según el articulo 14 de la ley 50 del 90

el salario:”no solamente la remuneración ordinaria, fija o variable sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como sobresueldos, primas, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor de trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones”

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PAGOS QUE CONSTITUYE EL SALARIO

1. remuneración fija u ordinaria. 2. el auxilio de transporte. 3. las primas habituales, distintas de la de

servicio (se pagan en junio y diciembre). 4. sobre sueldos. 5. los viáticos, en la parte destinada a atender

la alimentación y el alojamiento. 6. las bonificaciones habituales. 7. el valor del trabajo en horas extras, recargos

nocturnos, valor del trabajo en días dominicales y festivos, y el valor de los días compensatorios, cuando estos se paguen en dinero.

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PAGOS QUE CONSTITUYE EL SALARIO

8. porcentajes o comisiones sobre ventas o cobranzas.

9. la vivienda suministrada por el empleador.

10. la alimentación suministrada por el empleador.

11. el vestuario suministrado por el empleador como contraprestación directa del servicio y que no sea la prestación social que ordena el articulo séptimo en la ley 11 de 1984, es decir, el suministrado de calzado y vestido de labor cada 4 meses.

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REMUNERACION FIJA Se denomina jornal, el salario pactado

por días, se denomina sueldo, el salario estipulado por periodos mayores: semanal, decenal, quincenal y mensual.

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PRIMAS HABITUALES Son las que el empleadores paga con

cierta periodicidad, cada dos o tres meses; estas se convierten en salario y generalmente son otorgadas, por antigüedad, por rendimiento en la producción, por recolección de cartera, entre otras, no se da prima salarial, las de servicio de junio y diciembre o las exporadicas.

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SOBRESUELDOS Son las sumas adicionales al sueldo o

jornal que el empleador paga a un trabajador por las mismas causas que las primas habituales.

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VIATICOS Son los valores que el empleador

suministra al trabajador cuando este debe desplazarse a un lugar diferente al contratado; estas son para atender el transporte aéreo, marítimo y terrestre, alojamiento, alimentación y gastos de representación.

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BONIFICACIONES HABITUALES

Son las el empleador paga con regularidad, hace parte de ella los servicios especiales, por antigüedad o por cualquier otra causa.

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HORAS EXTRAS Y RECARGO NOCTURNO

Todas las sumas que el empleador cancele al trabajador por concepto de horas extras y recargo nocturno, dominicales, festivos y compensatorios cuando se paguen en dinero se constituyen en salario y harán parte del salario básico para la liquidación de prestaciones sociales.

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PORCENTAJES O COMISIONES Son los valores pagados sobre ventas,

cartera, realización de otras labores, rendimiento en la prestación de servicios, entre otros.

Cuando devengado por el trabajador por porcentajes sea inferior al salario mínimo legal vigente el empleador debe hacer los ajustes pertinentes.

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CLASES DE SALARIOS SALARIO MINIMO LEGAL: es el que todo

trabajador tiene derecho a percibir para subvenir sus necesidades normales y las de su familia, en los ordenes material, moral y cultural.

SALARIO BASICO: es la remuneración ordinaria pactada en el contrato laboral y sirve de base para la liquidación del trabajo nocturno, trabajo en dominicales y festivos y trabajo extra en días ordinarios, dominicales y en festivos.

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CLASES DE SALARIOS SALARIO INTEGRAL: es aquel que además de

retribuir el trabajo ordinario, compensa de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios que por virtud legal o convencional correspondan al trabajador, como recargos de trabajo nocturno y extra, primas legales y extralegales, auxilio de cesantías, intereses sobre cesantías y demás con excepción de las vacaciones.

SALARIO EN ESPECIE: el salario puede pactarse en dinero, o parte en dinero y parte en especie. Este ultimo caso se presenta cuando el empleador suministra al trabajador, en parte de pago del salario, vivienda, alimentación, vestuario, etc.