El Trabajo en La Argentina-Ciudad de Buenos Aires-Ueplas

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El trabajo en la Argentina: Ciudad de Buenos Aires y gestión en materia de inspección. En la última década se han recuperado más de cinco millones de puestos de trabajo que tras las sucesivas crisis y sus respectivas resoluciones adversas para los trabajadores habían sido destruidos junto con el dispositivo productivo que les otorgaba sustento. Sin embargo, existen diversas consecuencias para el trabajo respecto de los cambios que sufriera la estructura productiva, ya que éstos no siempre son acompañados por iguales transformaciones en el mercado laboral, ya sea de avance o de retroceso, en la legislación, en la capacidad de los trabajadores de torcer la puja distributiva, o en la participación del trabajo en el producto. Durante la etapa de liberalización económica de los países del Cono Sur se implementó una política coordinada que disminuyó la capacidad reguladora de estado y convirtió en inviable a la industria nacional. Esta caída en la capacidad reguladora del Estado se tradujo en una desregulación de las relaciones laborales existentes, y en la creación de puestos de trabajo con distintos grados de informalidad, precariedad e inestabilidad. Tales consecuencias para los trabajadores, sin embargo, se realizaron en un contexto en el cual las tasas de crecimiento económico del período 1991-1997 dieron cierta legitimidad a los cambios. El aumento de la productividad del empleo por reducción de costos se instrumentó mediante la disminución y eliminación de las contribuciones patronales a la seguridad social, una caída significativa en los puestos de trabajo provocada por el cierre de grandes y pequeñas industrias, y la privatización –bajo distintas modalidades-- de las empresas 1

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El trabajo en la Argentina:

Ciudad de Buenos Aires y gestión en materia de inspección.

En la última década se han recuperado más de cinco millones de puestos de trabajo que tras las sucesivas crisis y sus respectivas resoluciones adversas para los trabajadores habían sido destruidos junto con el dispositivo productivo que les otorgaba sustento. Sin embargo, existen diversas consecuencias para el trabajo respecto de los cambios que sufriera la estructura productiva, ya que éstos no siempre son acompañados por iguales transformaciones en el mercado laboral, ya sea de avance o de retroceso, en la legislación, en la capacidad de los trabajadores de torcer la puja distributiva, o en la participación del trabajo en el producto.

Durante la etapa de liberalización económica de los países del Cono Sur se implementó una política coordinada que disminuyó la capacidad reguladora de estado y convirtió en inviable a la industria nacional. Esta caída en la capacidad reguladora del Estado se tradujo en una desregulación de las relaciones laborales existentes, y en la creación de puestos de trabajo con distintos grados de informalidad, precariedad e inestabilidad. Tales consecuencias para los trabajadores, sin embargo, se realizaron en un contexto en el cual las tasas de crecimiento económico del período 1991-1997 dieron cierta legitimidad a los cambios.

El aumento de la productividad del empleo por reducción de costos se instrumentó mediante la disminución y eliminación de las contribuciones patronales a la seguridad social, una caída significativa en los puestos de trabajo provocada por el cierre de grandes y pequeñas industrias, y la privatización –bajo distintas modalidades-- de las empresas del estado, que empujaría a quienes conservaban el empleo a tolerar o resistir peores condiciones laborales; además, a través de la desregulación de los contratos de trabajo, que importarían una merma en los beneficios, en las garantías protectorias de la estabilidad, facilitando mecanismos de contratación y despido ágil, o como la adopción del monotributo y las locaciones de servicios u obra para disfrazar en el autoempleo los contratos de trabajo en relación de dependencia.

Por último, mediante la creación de figuras de contratación a término, a plazo, por tiempo determinado y pasantías especialmente dispuestas para los jóvenes, además de la creciente proliferación de las subcontrataciones y tercerizaciones que reúnen, mediante una organización empresaria aparentemente desarticulada, las exigencias de la relación productividad y bajo costo que todas las otras modalidades de precarización permitían. En este cuadro, en 1996 más de la mitad de los habitantes del área metropolitana de Buenos Aires se encontraba en condiciones de vulnerabilidad laboral.

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Junto con la recuperación económica de la última década, la incorporación de 4 millones de trabajadores redujo el desempleo del 25% en 2002 hasta entre 7 y 8% en los últimos años, la inclusión de personas ocupadas a la economía formal hizo que la informalidad bajara un tercio respecto a los niveles de los primeros años siguientes a la crisis de 2001, poner los mejores índices de desarrollo del mercado del trabajo inclusive productivo en la etapa. Puede advertirse que no se ha logrado perforar el nivel de alrededor del 34% de informalidad de la población económicamente activa. Este hecho puede deberse a la existencia de sectores de actividad económica que estructuralmente no logran adecuarse a determinados esquemas de formalidad, como es el caso del sector agrario o el sector textil, o bien el servicio doméstico.

Sin embargo, también puede afirmarse que la recuperación económica y las políticas que la dieron forma en gran medida se han repuesto sobre las condiciones que le dieron forma a la crisis, perfilando la creación de nuevos puestos de trabajo registrado y no registrado, en las proporciones que se imponían previamente, sin poder torcer esa tendencia de manera drástica en favor de trabajo formal, adecuadamente remunerado y con toda la protección del sistema de la seguridad social, con las consecuencias que ello conlleva.

La extensión de los convenios colectivos de trabajo actualizados por año, la recuperación de leyes protectorias de la estabilidad del trabajo y la reformulación de las condiciones de precariedad de los contratos a plazo, junto con políticas por sector dirigidas a equiparar derechos, además del soporte que otorgan los beneficios sociales, la asignación universal y la reconstrucción del sistema jubilatorio son el marco de maniobra sobre el cual se puede avanzar. Una necesidad es la reforma integral del sistema actual de subcontrataciones y tercerizaciones, que detrás de una mayor productividad y renta esconde bajos salarios, nula organización sindical y peligrosas condiciones de trabajo.

Lamentablemente, estas mejoras macroeconómicas no llegan por igual a todos los sectores de la sociedad: en la actualidad, casi el 80% de los jefes de hogares pobres ocupados lo están en condiciones de informalidad o por cuenta propia, lo cual implica mayor inestabilidad y vulnerabilidad; contrasta frente a tantos nuevos puestos de trabajo que el 27,9% de los jefes de hogares pobres no trabajan ni buscan trabajo; a su vez frente a una desocupación del 7,3% se destaca que, en jóvenes de entre 18 y 34 años, este indicador marque 11,1% , el más alto de los distintos grupos por edad.

La informalidad persistente, a pesar de políticas activas, sectorizadas o no, dirigidas a la protección de ramas de actividad de alta informalidad estructural como es el caso del servicio doméstico, obedece a múltiples causas, algunas de carácter macroeconómico, a la matriz tributaria, o la falta de legislación adecuada, y otras de tipo sectorial. Una de ellas es sin dudas la falta de políticas locales en materia de inspección laboral, que

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constituye una herramienta fundamental tanto para la persecución del empleo no registrado como para su entendimiento por parte del estado. El Estado nacional delegó a las provincias las facultades de control y el poder de policía en materia de inspección del trabajo, entre ellas la Ciudad de Buenos Aires, lo cual, a pesar de los convenios suscriptos para establecer políticas coordinadas, redunda en dispares resultados de acuerdo al distrito al que nos refiramos.

El hecho de que sea la Ciudad de Buenos Aires uno de los distritos que menor información sistematizada posee con respecto a este punto, alarma a la hora de conocer su alcance si nos concentramos en que es receptora de trabajadores y depositaria de actividades productivas y comerciales que denotan altísimos niveles de informalidad, como los son los servicios tercerizados o los talleres textiles.

II. El trabajo y la informalidad en la Ciudad de Buenos Aires1.

En la ciudad de Buenos Aires trabajan 1.248.099 porteños y 981.596 habitantes delconurbano bonaerense. 306.328 habitantes de la ciudad y del conurbano trabajan en los dos lugares. Es decir que son 2.536.023 personas que trabajan en esta Ciudad. De ellos, 389.436 son cuentapropistas. 2.036.201 son empleados u obreros. 8.599 son trabajadores familiares que no cobran una remuneración por su trabajo, y 101.787 son patrones, es decir, dueños de comercios, industrias, etc.

En el universo de los obreros u empleados, se observa que 522.289 son trabajadoresque no reciben aportes patronales, contra 1.514.012 que sí los reciben. Esta cifra implica un porcentaje de informalidad del 25,6 por ciento.

¿En qué sectores se concentra la informalidad? 259.607 de quienes están en negro, es decir, el 50 por ciento, trabajan en un local, oficina, establecimiento, o negocio. Pero la otra mitad, si bien no son sectores tan representativos en términos de cantidad de puestos de empleo, se basan en la informalidad para funcionar. Por ejemplo, de las 10.332 personas que trabajan con vehículos para transporte de objetos (autos, motos, etc.), 4.202 no perciben aportes jubilatorios. Es decir, el 40,66 por ciento se encuentra en una situación de informalidad. Del mismo modo, el 30, 64 por ciento de los obreros de la construcción son trabajadores que no perciben aportes patronales.

Existen otros sectores donde también se observa una alta cifra de trabajadores sin aportes, como el transporte de personas o el trabajo callejero, pero en estos casos, la desagregación de los datos de acuerdo a si son trabajadores o cuentapropistas no nos permitiría llegar a cifras estadísticamente válidas, dado que estamos trabajando con una encuesta. Del mismo modo, se perciben altos niveles de informalidad entre los

1 Datos propios elaborados en base a la última base de datos de la EPH disponible en 2013 con categorías de la EPH.

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trabajadores que desarrollan sus actividades en domicilios particulares.

Más allá de estas distinciones, el hecho de que exista un 25 por ciento de trabajadores informales en la ciudad de Buenos Aires nos habla de un problema que, aún siendo importante, no es inmanejable: es decir que puede resolverse, aunque sea en parte, a partir de políticas de mayor control por parte del gobierno de la Ciudad.

El hecho de que la mitad de los trabajadores informales trabaje en comercios, oficinas, y empresas, nos habla de estos espacios no son, necesariamente, lugares clandestinos en su mayoría, y por lo tanto pueden detectarse con una presencia mayor y más eficiente por parte del Estado.

III. Subsecretaría de Trabajo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Inspecciones; autoridad administrativa de empleo; policía de trabajo; inspectores del trabajo.

Los niveles de trabajo precario que se mantienen en la Ciudad de Buenos Aires se deben en gran parte a la falta de control sobre determinados sectores, en donde la informalidad funciona como sostén de la actividad económica, generando un triple perjuicio: la falta de higiene y seguridad en las condiciones laborales, el incumplimiento de las obligaciones en materia de trabajo y seguridad social, y la evasión impositiva.

La lucha por el trabajo digno y decente implica, además de políticas positivas dirigidas a la promoción del empleo registrado, también de la persecución de las empresas que usufructúan de la fuerza de trabajo por diferentes mecanismos de contratación y organización que van desde la tercerización hasta condiciones de esclavitud.

Al ingresar al sitio web de la Subsecretaría de Trabajo de la C.A.B.A2 se puede leer que entre sus funciones se encuentra:

“Asistir al Ministro de Desarrollo Económico en el conocimiento de las cuestiones vinculadas con el Trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de policía en materia laboral, y en la determinación de las políticas de Empleo y seguridad social.”

Resulta importante resaltar qué implica el poder de policía en materia laboral. El mismo se desprende de la Ley N°265, Artículo 3°, Inciso J3, el cual expresa: “los inspectores están habilitados para requerir directamente el auxilio de la fuerza pública a los fines del cumplimiento de su cometido”.

Del resto de los incisos de dicho artículo se pueden conocer todas las facultades de

2 http://trabajo.mdebuenosaires.gov.ar/system/contenido.php?id_cat=84

3 http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/poderdepolicia/deltrabajo/index2.html

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inspección asignadas exclusivamente a la Autoridad Administrativa del Trabajo, es decir la mencionada Subsecretaría. Esto es de vital importancia para comprender que las tareas desarrolladas por la autoridad competente se encuentran establecidas por ley y solo pueden ser desarrolladas por la misma, que en caso de abstenerse de sus tareas comete un enorme perjuicio a todos los trabajadores de la C.A.B.A. dejándolos en un desamparo absoluto. Esto se debe a la facultad disciplinaria de sanción con el que cuenta la Subsecretaría por ley, pudiendo aplicar multas, suspensiones y hasta clausuras de establecimiento en casos de reincidencia de algún incumplimiento de los referidos en la ley, en cuanto a condiciones de trabajo, conciliaciones, etc. Si no contara con esta facultad de sanción las inspecciones no tendrían mayor sentido que el de un simple monitoreo que no generaría ningún tipo de coerción para el cumplimiento de la normativa laboral y las condiciones de seguridad en el trabajo por parte de los empleadores.

Sin embargo, y debido, al poder de policía que tienen los inspectores estos pueden realizar sus funciones y aplicar sanciones frente a cualquier irregularidad detectada en el marco de la ley, la falta de esta facultad generaría la absoluta desprotección del trabajador y como consecuencia una reproducción de los incumplimientos laborales no sancionados por la Autoridad Administrativa competente.

Para el control de las condiciones de trabajo, entonces, el estado de la ciudad cuenta con la Dirección General de Protección del Trabajo, que es la oficina que concentra todas las facultades de fiscalización y sanción por incumplimiento de las condiciones de trabajo que ordena la ley.

Continuando con la lectura del sitio web encontramos entre las funciones mencionadas por la misma autoridad:

“Diseñar, establecer implementar políticas, planes, programas y proyectos inherentes al poder de policía, registro, rúbricas, relaciones y condiciones de trabajo y empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.” Además, es competencia de la Subsecretaría: “Coordinar vínculos, pautas y acciones con otros organismos o instituciones locales, provinciales, nacionales e internacionales, con empresas, universidades, organizaciones no gubernamentales, de empresarios y trabajadores, en su calidad de Autoridad Administrativa del Trabajo en los términos de la Ley N° 265, para asegurar el cumplimiento de las normas laborales sobre empleo, relaciones individuales, colectivas e inspectivas y condiciones y medio ambiente de trabajo.”

En los últimos años bajo la actual administración la subsecretaría ha llevado adelante escasos programas y ha limitado sus funciones casi exclusivamente a controles solicitados por medio de denuncias particulares, siendo que dejó fuera de servicio la línea telefónica que permitía realizar dichas denuncias.

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De los pocos programas concretos realizados para controlar las condiciones de empleo, varios de ellos se encuentran cuestionados por la misma Auditoria General de la C.A.B.A como es el caso del programa N°45 de “regularización de micro y pequeño emprendimiento de la industria indumentaria” el cual mostró serías falencias en planificación de las metas, manuales, planificación presupuestaria, falta de documentación, procedimientos inadecuados, escaso control y demora en los plazos4.

Desde hace años esta dependencia ha sido abandonada por la actual gestión, se han desconcentrado sus funciones y acotado su plantilla, reduciendo su capacidad fiscalizadora. En poco tiempo algunas tareas de control fueron delegadas a entidades privadas, otras discontinuadas y hasta suspendidas. Los procedimientos que alcanzan la clausura se reducen a la mínima, dadas las dificultades que presenta el impulso de las denuncias. Por otra parte, la dotación de inspectores asciende a solamente cien, en una Ciudad donde trabajan más de dos millones de personas, y al menos una de cada tres experimenta condiciones de precariedad en su empleo. El punto extremo del desguace de esta dependencia, es la eliminación de la línea telefónica antes habilitada para denunciar.

Otro caso concreto de falta de planificación estratégica es el mapa del trabajo precario,

formal y esclavo cuya confección fue ordenada por ley n°43315 de la legislatura en

Octubre de 2012 y a la fecha no ha sido realizado por la Autoridad Administrativa del Trabajo.

En el mes de Agosto de este año mediante resolución conjunta6

entre la Subsecretaría y

la Agencia Gubernamental de Control se resolvió trasladar a todo el cuerpo de inspectores a la AGC, con la clara finalidad de desmantelar completamente la inspección del trabajo en la ciudad.

Más allá de que dicho traslado no puede ser realizado por una resolución sino que requeriría una ley específica, dado que la misma Constitución de la Ciudad en su artículo 80 dice que es potestad de la legislatura regular la función de la policía del trabajo, cabe aclarar que el cuerpo de inspectores debe prestar tareas en la Autoridad Administrativa del Trabajo, es decir en la Subsecretaría de Trabajo, porque esta tiene la exclusiva facultad de inspección del trabajo y de policía laboral, siendo improrrogables por la mencionada ley 265 y la ratificación del convenio N°44/001 firmado entre el gobierno

4 Informe Anual de la Auditoria, Proyecto: 4.11.135 http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley4331.html

6 RESFC-2013-No1 de la Subbsecretaría del Trabajo y la Agencia Gubernamental de Control (AGC)

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de la Ciudad y el Ministerio de Trabajo, delegando todo lo referido a inspecciones del trabajo en la C.A.B.A a la Autoridad Administrativa del Trabajo de la misma, siendo contradictorio también con la Constitución Nacional (a través del ratificado convenio 81 que refiere a la función de inspección del trabajo debiendo la misma estar a cargo de la autoridad administrativa del trabajo centralizada).

Además la AGC no es el órgano indicado para entender en materia de inspección del trabajo, dado que esta materia específica requiere conocimientos técnicos vinculados a la conflictividad laboral que no tienen que ver con las funciones de control que competen a dicha agencia.

Por ello, dejando de lado la evidente nulidad del acto administrativo mencionado -el cual fue frenado mediante un amparo presentado por los trabajadores de la Subsecretaría resuelto favorablemente por el juez Gallardo- lo preocupante es la expresa voluntad del Gobierno de la Ciudad de desentenderse de la inspección laboral lo cual deja desprotegidos a millones de porteños y trabajadores que se desempeñan en el ámbito de la C.A.B.A. Es importante destacar que al dictarse esta resolución, comenzó de hecho el traspaso hasta ser detenido por el amparo dejando de realizarse inspecciones en la ciudad durante más de 45 días entre Agosto y Septiembre, lo cual es sumamente preocupante dado que sin inspecciones, ni sanciones de las irregularidades, las mismas solo puede multiplicarse al calor de la impunidad.

En suma, por un lado caracterizamos como un grave problema la ineficiencia, los escasos controles y acotados mecanismos de denuncia. A ello se suma la falta de personal (menos de 150 inspectores, alrededor de 137 para controlar más de cuatro millones de trabajadores en el ámbito de la C.A.B.A, muchos de ellos en condiciones de precariedad laboral. Resulta sumamente paradójico dado que es parte de sus funciones como inspectores controlar la precariedad en el empleo de otros trabajadores), la sub-ejecución presupuestaria y el incumplimiento efectivo de los pocos programas planificados por la actual gestión de la Subsecretaria de Trabajo.

Además de ello la falta de voluntad de coordinación de los funcionarios de la Ciudad para con el ministerio de trabajo de Nación quien a través de las herramientas de aportes y fiscalización tributaria realiza controles concretos en el ámbito de la C.A.B.A, y por último, la reciente resolución, ya mencionada y evidentemente inconstitucionalidad, que pretende traspasar al cuerpo de inspectores a la AGC, resulta una burla a los trabajadores de la C.A.B.A los cuales quedarían en una situación de extrema vulnerabilidad al no haber inspectores especializados con poder de policía del trabajo en toda la Ciudad.

Todas estas políticas redundan no solo en una mala gestión sobre el control del trabajo por parte del actual gobierno de la Ciudad, sino en una clara voluntad política de

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desmantelar el las herramientas que el estado posee, en beneficio de los sectores empresarios que mantienen los altísimos niveles de precariedad que presenta nuestra la capital de nuestro país.

En suma, esta situación debería revertirse a partir de los siguientes ejes de las políticas públicas de cara a la gestión:

-Ampliación de la capacidad inspectora de la DGPDT:

. Ampliación del cuerpo de inspectores.

. Concentración de competencias en la Secretaría de Trabajo de acuerdo a lo que fija la ley.

- Coordinación con el Ministerio de Trabajo nacional en las políticas de inspección.

. Cruzamiento de relevamiento nacional y local de datos tributarios AFIP, de la seguridad social ANSES, con las denuncias y procedimientos en la propia DGPDT de la Ciudad.

. Creación de un mapa del trabajo precario en la Ciudad, con diferenciación por sector y rama de actividad, distribución territorial y geográfica, composición etaria, calificación y comportamiento empresarial.

. Campaña de sensibilización social y compromiso empresario focalizado.

. Concentración de las políticas de inspección hacia sectores de mayor vulnerabilidad.

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