Financiación de la Empresa en un Entorno Rural

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FINANCIACIÓN DE LA EMPRESA EN UN ENTORNO RURAL 28/05/202 2 1 “La situación actual precisa de una respuesta rápida para afrontar la “escasez” de liquidez y mantener la estabilidad financiera de nuestras empresas.

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FINANCIACIÓN DE LA EMPRESA

EN UN ENTORNO RURAL

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“La situación actual precisa de una respuesta rápida para afrontar la “escasez” de liquidez y

mantener la estabilidad financiera de nuestras empresas.”

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1.1.- Obtención de recursos para la empresa

1.- FINANCIACIÓN POR DEUDA

2.- FINANCIACIÓN POR RECURSOS PROPIOS

3.- LAS AYUDAS PUBLICAS

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1.1.- Obtención de recursos para la

empresa

1.-Financiación por deuda

Las entidades de Crédito.- Bancos, Cajas de Ahorro, entidades financieras de crédito, Instituto de Crédito oficial (ICO) Sociedades de Capital RiesgoLas Sociedades de Garantía Recíproca

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1.- FINANCIACIÓN POR DEUDA ENTIDADES DE CREDITO • BANCOS A través de prestamos a corto y largo plazo,

cuentas de crédito, líneas de descuento y otras operaciones como son el leasing, factoring y renting.

• CAJAS DE AHORRO Aunque nacieron con un fin social hoy día

compiten con los bancos en su oferta de productos financieros que son prácticamente iguales

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ENTIDADES FINANCIERAS DE CREDITO

A través de prestamos y créditos, especialmente dirigidos al consumo y la inversión en bienes de equipo, aplazamiento en los pagos, Factoring, Leasing, Emisión y gestión de tarjetas de crédito, sobre todo dirigido a futuros clientes de las

empresas.

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INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL (ICO)

A través de prestamos y créditos, especialmente dirigidos al consumo y la inversión en bienes de equipo, aplazamiento en los pagos, Factoring, Leasing, Emisión y gestión de tarjetas de

crédito, sobre todo dirigido a futuros clientes de las empresas.

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SOCIEDADES DE CAPITAL RIESGO

Aquellas sociedades cuyo objeto social principal consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas no financieras, cuyos valores no coticen en el primer mercado de las bolsas de valores.

Algunos ejemplos en Extremadura:

- Corporación Empresarial de Extremadura- Fomento de Extremadura- Sodiex- Fomento de emprendedores

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SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA

◦ Son entidades financieras sin ánimo de lucro y ámbito de actuación geográfico regional, constituidas por pequeños y medianos empresarios (PYME) su principal misión es conceder avales que permitan a sus socios acceder a la financiación bancaria que precisan para sus empresas y obtener créditos en mejores condiciones que las que conseguirían en el mercado si acudieran a titulo individual.

◦ El capital de las S G R está integrado por las aportaciones de los socios y cuenta con el apoyo de organismos e instituciones públicas, Cajas de Ahorros y organizaciones empresariales.

En Extremadura contamos con Extraval S.G.R.,

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1.1.- Obtención de recursos para la

empresa2.-Financiación por recursos propios

Los inversores o socios.- Aportan capital a la empresa a cambio de obtener un dividendo, y a la vez se convierten en propietarios o socios de la empresa

La salida a Bolsa.El acceso al mercado bursátil precisa del cumplimiento de unos requisitos previos y de una posterior elección del procedimiento que mejor se ajuste a las necesidades y objetivos de la empresa.

El proceso de admisión es más sencillo de lo que a menudo se piensa, tanto por la facilidad de cumplir los requisitos como por la tramitación que requiere. La relevancia de la decisión de cotización aconseja, no obstante, una preparación y seguimiento profesionales a través de los servicios que ofrecen los miembros del mercado y otras entidades financieras.

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1.1.- Obtención de recursos para la

empresa3.-Las Ayudas Públicas a la inversión

·   Ayudas financieras de la Junta de Extremadura·   Ayudas a la inversión de la Junta de Extremadura·   Programa de ayudas a las pymes extremeñas para el apoyo a las líneas acogidas al Plan de Fomento Empresarial del ICO.·   Línea ICO- Anticipos Empresas con Corporaciones locales 2009·   Subvenciones Enfoque Leader fondos FEADER

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Ayudas financieras de la Junta de Extremadura

Financiación de Inversiones (Préstamos Pymes)  Convocatoria Abierta: 14-02-2007 al 31-12-2013

Consiste en la subsidiación de puntos de interés de los préstamos que formalicen las empresas con las entidades financieras adheridas al convenio suscrito con la Junta de Extremadura.

Beneficiarios-Las empresas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia, que tengan la consideración de pyme. -Empresas privadas que no teniendo la consideración de pyme, sean susceptibles de ser subvencionadas por alguna  de nuestras líneas de subvención directa.

Actividades Subvencionables

Las empresas que cumpliendo los requisitos generales para ser beneficiarios realicen su actividad en alguno de los siguientes sectores:

- Industrias extractivas y transformadoras. - Industrias Agroalimentarias. - Artesanía. - Establecimiento de alojamiento hotelero y turístico. - Transporte (se exceptúan los elementos de transporte para el sector transporte). - Comercio. - Sector de las telecomunicaciones, medios audiovisuales y Sociedad de la información. - Servicios en general, a excepción de: servicios agrícolas a terceros y comercio mayor de ganado.

Quedan excluidas las actividades agrícolas y ganaderas, así como invernaderos y actividades de apicultura.

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Conceptos subvencionablesInversiones en Activo Fijo (terrenos, con un máximo de un 10% sobre la totalidad de la inversión, edificios, equipamiento y otras inversiones).

Tipo de Interés

Será como máximo el resultado de añadir al EURIBOR ( a seis meses) el diferencial de un punto.Tipo de interés para el 2º semestre de 2009, es el 2,5 %

Inversión Subvencionable-Activo Fijo 75%

ComisiónMáxima y única de apertura: 0,5% para activo fijo. La comisión a cobrar por las entidades de crédito en caso de Amortizaciones Anticipadas parciales o totales será del 0%.

Plazo-Activo Fijo: 25 años incluyendo uno o más periodos de carencia opcionales.* Los periodos de carencia deberán establecerse por plazos trimestrales coincidiendo con los plazos de amortización de la póliza formalizada.

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Financiación de Operaciones de Leasing  Convocatoria Abierta: del 14-02-2007 al 31-12-2013

El arrendamiento financiero o leasing financiará activos fijos nuevos muebles y deberá formalizarse con posterioridad a la recepción de la comunicación de elegibilidad. Como novedad, además de la tramitación normal, se contempla la modalidad de tramitación reducida, basada en los siguientes pasos:- Presentación de la solicitud- Comunicación de elegibilidad- Formalización de la operación- Resolución de la concesión previa comprobación( no hará falta presentar la solicitud de liquidación)- Pago de la subsidiaciónSalvo indicación expresa en contrario por parte del solicitante, la modalidad general de tramitación será la reducida.

 Con la entrada en vigor del Decreto 95/2008, se intensifican las ayudas de apoyo al emprendimiento, estableciéndose que para proyectos promovidos por "nuevas empresas emprendedoras", la Junta de Extremadura concederá una subsidiación de intereses equivalente al tipo de interés que rija la operación de arrendamiento financiero a formalizar o formalizada con un máximo de 7 puntos, de acuerdo a la modalidad de tramitación elegida por el solicitante, de tal manera que el coste de la operación resulte a tipo cero para el beneficiario, mientras que el tipo de referencia de la operación no supere tal cifra.

Beneficiarios

-Las empresas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia, que tengan la consideración de pyme. -Empresas privadas que no teniendo la consideración de pyme, sean susceptibles de ser subvencionadas por alguna de nuestras líneas de subvención directa.

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Actividades Subvencionables

Las empresas que cumpliendo los requisitos generales para ser beneficiarios realicen su actividad en alguno de los siguientes sectores:

- Industrias extractivas y transformadoras. - Industrias Agroalimentarias. - Artesanía. - Establecimiento de alojamiento hotelero y turístico. - Transporte (se exceptúan los elementos de transporte para el sector transporte). - Comercio. - Sector de las telecomunicaciones, medios audiovisuales y Sociedad de la información. - Servicios en general.

Conceptos subvencionables

Los Activos Fijos subvencionables son los siguientes:-Elementos de transportes industriales o comerciales (se excluyen los elementos de transporte en el sector del transporte).-Bienes de equipo.-Equipamiento de oficinas.

Tipo de Interés Tipo de interés para el 2º semestre de 2009, es el 3,5 %

Será nominal y fijo durante toda la duración del contrato de arrendamiento financiero. El tipo de interés a aplicar será el resultado de añadir al EURIBOR (a seis meses) un diferencial de 2 de puntos.

Inversión Subvencionable

El contrato de leasing puede formalizarse por el 100% del coste del bien, calculándose la subvención sobre el 75% de su valor.

Comisión

Máxima y única de apertura de 0,5%  sobre el principal de la operación.

Plazo La duración máxima del contrato será de 5 años y mínima de 2 años.

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Apoyo al Sistema de Garantías Recíprocas Convocatoria abierta: 14-02-2007 al 31/12/2013

  A través de esta línea de ayudas se pretende favorecer el

acceso a la financiación a aquellas empresas con dificultades a la hora de disponer de garantías exigidas por las entidades financieras para la concesión de préstamos.

Cuantía Aquellas operaciones de inversión en Activo Fijo apoyadas por alguna de las líneas de financiación de la Dirección General de Empresa que sean avaladas por una sociedad de garantía recíproca regional, podrán recibir una ayuda complementaria de hasta 2 puntos porcentuales al interés con destino a la reducción del coste de aval.La cuantía de la ayuda se abonará directamente a dicha sociedad, que destinará las cantidades recibidas exclusivamente a sufragar el coste del aval.

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Ayudas a la Inversión de la Junta de Extremadura (Líneas de ayuda a fondo perdido)

Incentivos Industriales Extremeños  Convocatoria abierta: Del 14-02-2007 al 31-12-2013

 

Consiste en una subvención directa para empresas que realicen inversiones en Extremadura, en alguno de los sectores considerados claves par el desarrollo regional.

 Con la entrada en vigor del Decreto 95/2008, se intensifican las ayudas de apoyo al emprendimiento, estableciéndose una ayuda adicional de hasta 10 puntos porcentuales a los proyectos promovidos por "nuevas empresas emprendedoras".

  Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles con personalidad jurídica propia, y que realicen inversiones en el ámbito de la CCAA de Extremadura en algunas de las actividades consideradas subvencionables. Están excluidas las empresas públicas o participadas mayoritariamente por éstas y las entidades de derecho público.

  Sectores subvencionables  

-Industrias extractivas y transformadoras-Industrias artesanales-Servicios de hospedaje (hoteles y moteles, hostales y pensiones (cuando las habitaciones dispongan de baño individual), hoteles-apartamentos, alojamientos turísticos extrahoteleros y campamentos turísticos en los que se prestan los servicios mínimos de salubridad, como agua potable, lavabos, fregaderos, etc.).-Producción y Servicios de cinematografía y vídeo-Residencias geriátricas y Guarderías infantiles-Servicios de televisión-Actividades de reciclaje excluidas las destinadas a vehículos-Proyectos que sean generadores de riqueza para la región y contribuyan de manera notoria a su desarrollo con independencia del sector de actividad en el que estén encuadrados, previa propuesta de la Directora General de Empresa. En todo caso se tendrán en cuenta las normas y criterios de la Unión Europea vigentes para los sectores que puedan considerarse sensibles.

 

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Conceptos Subvencionables 

Siempre que se trate de elementos nuevos y su ejecución se realice con posterioridad a la recepción de la comunicación de elegibilidad, serán subvencionables:

-          Terrenos ( no superior al 10% del total de la inversión considerada subvencionable)-          Edificios-          Equipamiento ( quedan excluidos los vehículos de transporte exterior)-          Otras inversiones   Tipos de proyectos subvencionables 

La inversión proyectada podrá oscilar entre 15.000 € y 1.000.000 € 

Los proyectos subvencionables pueden ir orientados tanto a la creación de una nueva empresa, la ampliación-modernización de centros productivos existentes, el traslado de centros productivos existentes, así como proyectos de integración de tecnologías limpias en la empresa.

  Cuantía 

La subvención se establecerá en un máximo de un 40%, pudiendo ampliarse hasta un 50% en el caso de medianas empresas y en un 60% en el caso de pequeñas empresas, sólo cuando los proyectos de inversión con gastos subvencionables no superiores a 50 millones de euros.

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Así mismo, con objeto de modular el nivel de incentivación pública promoviendo las inversiones medianas y grandes, la Consejería de Economía, Comercio e Innovación complementará la subvención otorgada por el Ministerio de Economía y Hacienda a proyectos presentados a partir del 1 de enero de 2007 a través de los Incentivos Económicos Regionales, concediéndoles el mismo porcentaje de subvención que dicha línea, salvo en aquellos proyectos de inversión de cuantía igual o superior a 6.000.000 € en cuyo caso el porcentaje de subvención concedido en esta línea no podrá superar el 75 % de lo concedido en la línea de Incentivos Regionales.

En cualquier caso, se establece un límite máximo del 35% de subvención global entre ambas líneas de ayuda y, para aquellos proyectos cuya inversión subvencionable sea inferior a 25.000.000 €, un mínimo del 25%.  

Requisitos-          Presentación de la solicitud.-          Iniciar las inversiones proyectadas una vez recibida la comunicación de elegibilidad.-          Con posterioridad a la presentación de la solicitud y a la recepción de la comunicación

de elegibilidad, el promotor deberá acreditar el no inicio de las inversiones ( excepto en los casos de proyectos que consistan únicamente en maquinaria).

-          El proyecto deberá ser viable.-          El promotor deberá financiar al menos el 25% del proyecto.

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 Incentivos Económicos Regionales   

Mediante esta línea de subvención a fondo perdido, se apoya a empresas que lleven a cabo proyectos de inversión superiores a 600.000 € en algunos de los siguientes sectores:

 -Industrias extractivas y transformadoras.-Industrias agroalimentarias y de acuicultura.-Artesanía.-Establecimientos de alojamiento hotelero o de turismo rural, campamentos de turismo y otras ofertas turísticas especializadas.

   Cuantía El porcentaje de subvención máximo a conceder será del 40% de la inversión aprobada.   Tramitación del expediente 

La tramitación del expediente se inicia con la presentación, ante la Dirección General de Empresa, del modelo de solicitud establecido para tal fin, así como el resto de documentación que se solicita.

 Una copia del expediente y un informe realizado en esta Dirección General, relativos a la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto, se remitirán al Ministerio de Economía, para su estudio y posterior aprobación.

 La comunicación oficial de la subvención concedida y de la inversión aprobada, se realizará a la empresa mediante la resolución individual desde el Ministerio de Economía.

  Liquidación y pago 

Concedida la subvención, el beneficiario dispone de un plazo máximo de dos años para ejecutar las inversiones.

 Así mismo cabe dos posibilidades de efectuar la liquidación:

 - De una sola vez -Mediante liquidación parcial de la subvención

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Incentivos Agroindustriales Extremeños 

Convocatoria abierta: Del 14-02-2007 al 31-12-2013

  Esta línea de ayudas consiste en una subvención directa para empresas del sector agroindustrial que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 Con la entrada en vigor del Decreto 95/2008, se intensifican las ayudas de apoyo al emprendimiento, estableciéndose una ayuda adicional de hasta 10 puntos porcentuales a los proyectos promovidos por "nuevas empresas emprendedoras".

  Beneficiarios 

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles con personalidad jurídica propia, y que realicen inversiones destinadas a la transformación y comercialización de los productos indicados en el Anexo I del Tratado y de los productos forestales, siempre y cuando tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la definición de la Comisión en la Recomendación 2003/361/CE, o de empresas que cuenten con menos de 750 trabajadores o con un volumen de negocio no superior a 200 millones de euros y cumplan las directrices comunitarias al efecto y los requisitos del Programa Operativo de Extremadura para el periodo 2007-2013.

 Se excluyen las empresas públicas, o participadas mayoritariamente por éstas, y las entidades de derecho público, así como las inversiones promovidas en el sector de la pesca y la acuicultura.

  Conceptos subvencionables 

- Terrenos ( no superior al 10% de la inversión subvencionable)- Edificios- Equipamiento ( excluídos los elementos de transporte exterior y material amortizable en un año).- Otras inversiones: programas informáticos, trabajos de ingeniería de proyectos y de dirección facultativa de los trabajos relativos a la legalización de las instalaciones objeto de inversión ante organismos oficiales.

 

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Proyectos subvencionables 

- La creación de nuevas empresas.- La ampliación-modernización de centros productivos existentes.- El traslado de centros productivos existentes: siempre que impliquen inversiones asociadas al traslado de instalaciones de empresas desde el casco urbano hasta un polígono industrial o terrenos similares del término municipal, o entre distintas localidades.

 En todos los casos la empresa está obligada a crear nuevos puestos de trabajo con carácter indefinido, excepto en los proyectos de ampliación- modernización y proyectos de traslado, con una  inversión no superior a 100.000 €, en cuyo caso será suficiente el mantenimiento de la plantilla. Cabe destacar que se puede contabilizar de manera homogénea la creación de empleos fijos discontinuos.

  El importe mínimo del proyecto de inversión a realizar será de 15.000 €.  Actividades subvencionables

Actividades relacionadas con la transformación y comercialización de productos agroindustriales y de productos forestales, limitándose en este último caso a microempresas, cumpliendo las directrices comunitarias.

 Serán prioritarias las actividades relacionadas con: el aceite de oliva virgen, la aceituna de mesa, el vino, las Centrales hortofrutícolas, el sector lácteo, transformación de las producciones cárnicas (porcino, vacuno y ovino), corcho, proyectos promovidos por entidades asociativas agrarias, proyectos de elaboración bajo una figura de calidad, proyectos que apliquen técnicas innovadoras, proyectos que conlleven concentración industrial, proyectos que conlleven prevención de contaminación, etc.

  Cuantía 

La subvención máxima se establece en un 50 % para aquellas empresas que tengan la condición de pyme. Para el caso de empresas que no cumplan esa condición pero tengan menos de 750 empleados o volumen de negocio no superior a 200 millones de €, la subvención máxima será de un 25 %.

 

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En la siguiente tabla se refleja el límite máximo porcentual de subvención que podrá alcanzar un proyecto de inversión:

 Importe inversión subvencionable Limitación general CooperativasHasta 150.000 € 47% 50%De 150.001 a 300.000 € 44% 47%De 300.001 a 600.000 € 41% 44%De 600.001 a 1.200.000 € 38% 41%De 1.200.001 a 3.000.000 € 35% 38%De 3.000.001 a 6.000.000 € 33% 35%Más de 6.000.001 € 30% 33%

 Requisitos

- Presentación de la solicitud- Inicio de las inversiones una vez recibida la comunicación de elegibilidad- El promotor deberá financiar al menos un 25% del proyecto- El producto debe tener posibilidades de mercado- El proyecto deberá juzgarse viable, técnica, económica y financieramente, asimismo deberán cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y en su caso, bienestar de los animales.- La inversión deberá contribuir a mejorar la situación del sector productivo agrario básico correspondiente. - Cumplimiento de la condición de beneficiario establecida en el Decreto 28/2008, de 7 de marzo.

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Programa de ayudas a las pymes extremeñas para el apoyo a las líneas acogidas al Plan de Fomento Empresarial del ICO.

Convocatoria abierta: Del 01-05-2009 al 31-12-2010

Este programa está dirigido a facilitar el acceso de las empresas en Extremadura a la financiación bancaria con la finalidad de favorecer el desarrollo del tejido empresarial, fomentar la creación de empleo, estimular la iniciativa emprendedora y el crecimiento empresarial, impulsar la internacionalización y mejorar la competitividad de las empresas.

Líneas

- Línea ICO- PYME

- Línea ICO-CRECIMIENTO EMPRESARIAL

- Línea ICO- INTERNACIONALIZACIÓN

- Línea ICO-EMPRENDEDORES

Beneficiarios

Podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas, bien personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia y tengan la consideración de pyme.

Se podrán acoger empresas de todos los sectores de actividad, excepto las excluidas expresamente en el art. 1.1 del Reglamento (CE) nº1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

Adicionalmente, se establecen las siguientes condiciones específicas:

Línea ICO-PYME: pymes existentes o de nueva creación que financien proyectos de nuevas inversiones productivas.

Línea ICO-CRECIMIENTO EMPRESARIAL: pymes con 50 trabajadores o más, existentes o de nueva creación, que financien proyectos de nuevas inversiones productivas.

Línea ICO-INTERNACIONALIZACIÓN: pymes (sociedades mercantiles o sociedades cooperativas) que financien proyectos de nuevas inversiones productivas y dirigidas a facilitar su presencia en el exterior.

Línea ICO-EMPRENDEDORES: autónomos y microempresas pendientes de constituir o que hayan sido constituidas con menos de un año de antigüedad.

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Proyectos subvencionables

Línea ICO-PYME: activos fijos nuevos y activo circulante (ligado al AF).

Línea ICO-CRECIMIENTO EMPRESARIAL: activos fijos nuevos (inmobilizaciones intangibles no tecnológicas e inmobilizaciones materiales).

Línea ICO-INTERNACIONALIZACIÓN: activos fijos nuevos (inmobilizaciones intangibles no tecnológicas e inmobilizaciones materiales ), activos circulantes ligados al proyecto de inversión (máximo del 20%) y gastos de primer establecimiento (máximo del 10%).

Línea ICO-EMPRENDEDORES: activos fijos nuevos (inmobilizaciones intangibles no tecnológicas e inmobilizaciones materiales ), activos circulantes ligados al proyecto de inversión (máximo del 20%) y gastos de primer establecimiento (máximo del 10%).

Importe de financiación

Línea ICO-PYME: Hasta el 100% de la inversión (60% en activo fijo y 40% en activo circulante).El importe mínimo por beneficiario y año será de 3.000€ y máximo de hasta 1.500.000€, en una o varias operaciones.

Línea ICO-CRECIMIENTO EMPRESARIAL: Hasta el 80%  del proyecto de inversión neto (IVA e impuestos excluidos)El importe mínimo por beneficiario y año será de 3.000.000€  y máximo de hasta 6.000.000€, en una o varias operaciones.

Línea ICO-INTERNACIONALIZACIÓN: Hasta el 80% del proyecto de inversión neto (IVA y otros impuestos excluidos). El importe mínimo de financiación por beneficiario y año será de 3.000 € y máximo de hasta 1.500.000 €, en una o varias operaciones.

Línea ICO-EMPRENDEDORES: Hasta el 90% del proyecto de inversión neto (IVA y otros impuestos excluidos). El importe mínimo por beneficiario y año será de 3.000 € y máximo de hasta 200.000 €, ya sea en una operación o en varias.

Cuantía Hasta 2,5 puntos porcentuales.

(El importe de la subsidiación del interés se calculará como máximo por el periodo de los dos primeros años de vigencia de la operación).

Aquellas operaciones avaladas por EXTRAVAL, podrán recibir una ayuda complementaria de hasta 2 puntos porcentuales al interés con destino a la reducción del coste del aval.

Tramitación

Una vez formalizada la operación financiera objeto de subsidiación, dentro del plazo de los dos meses siguientes, se presentará la solicitud en el modelo establecido.

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Linea ICO- Anticipos Empresas con Corporaciones locales 2009 (LINEA DE AVALES ICO)

FINALIDAD: Avalar el pago de los créditos comerciales a cargo de las Corporaciones Locales, entendiendo por estas tanto Ayuntamientos como Diputaciones.

PUBLICO OBJETIVO: Empresas y Autónomos sin limitación de Tamaño, que tengan facturas pendientes de cobro con las Corporaciones Locales.

IMPORTE MAXIMO POR CLIENTE: 300.000 € en el sistema

CONDICIONES: Solo se podran anticipar facturas con fecha de emisión anterior al 24 de abril de 2009 (Independientemente de la antigüedad de la deuda)La fecha de compromiso de pago máxima que podran adquirir las Corporaciones Locales será de 30 de noviembre de 2009.

VIGENCIA DE LA LINEA: Hasta el 31 de julio de 2009

SOPORTE DOCUMENTAL: Documentación que debe ser firmada por las corporaciones locales (Anexo I y Anexo II)

INTERES A APLICARDe un 3% a un 5%, del total de la factura que perderá el empresario.

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Extremadura Habla

Reunión del FORO

EMPRESARIAL ADICOMT 21