Gaceta cofetel 60_art_amc_cd_l
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Por Alexis Milo Caraza
Carlos Antonio de Legarreta DíazComisionado de COFETEL
Interconexión de redes móviles: medidas a favor del consumidor
Importancia de la interconexión
La interconexión de redes de te-
lecomunicaciones es indispensa-
ble para que los suscriptores de
distintos proveedores de los servicios
puedan comunicarse entre sí. En su
ausencia, un suscriptor de cierta em-
presa no podría realizar una llamada o
enviar un mensaje de texto a una per-
sona suscrita a la red de otro operador.
En dicho caso resulta claro que ambos
consumidores se verían perjudicados al
no poder comunicarse, eliminando uno
de los principales beneficios que ofre-
cen las redes de telecomunicaciones
al hacer posible la comunicación entre
el mayor número de personas posible
y así aprovechar el efecto conocido
como “externalidad de red”. Por lo an-
terior, destaca la importancia que, des-
de el punto de vista del consumidor,
tiene la interconexión de redes.
Desde el punto de vista de los ope-
radores, debe señalarse que el tráfico
de terminación es una fuente de in-
gresos en países donde el cobro de las
llamadas se realiza bajo la modalidad
“El Que Llama Paga”, dado que el ope-
rador de una red puede cobrar a otros
proveedores por el tráfico que atraen
sus usuarios (Gruber, 2005). Dada la
importancia del tema, tanto desde el
punto de vista del consumidor como
del de los operadores, la interconexión
de redes ha sido un punto central en la
regulación de las telecomunicaciones.
Ahora bien, en un escenario con dos
operadores de telefonía con aproxima-
damente el mismo número de suscrip-
tores entre sí, podría pensarse que
ambas empresas tienen incentivos a
facilitar la interconexión a su red, toda
vez que sus usuarios se verían benefi-
ciados al poder comunicarse con más
personas. Sin embargo, en un escena-
rio donde el tamaño de los operadores
es desigual, el operador con un mayor
número de suscriptores podría tener
menores incentivos a facilitar que la
otra empresa se interconecte a su red,
ya que podría actuar con el objetivo de
maximizar las externalidad de red sólo
para sus suscriptores, lo que se conoce
como “efecto club”. Lo anterior termi-
naría por desplazar del mercado al ope-
rador de menor tamaño.
A fin de evitar este tipo de prác-
ticas, en México la Ley Federal de
Telecomunicaciones (LFT) establece
que los concesionarios deben adoptar
diseños de red que permitan la inter-
conexión. No obstante, establecer la
obligatoriedad de la interconexión de
redes es sólo el primer paso para evitar
prácticas discriminatorias y anticom-
petitivas en este sentido. La LFT prevé
que los concesionarios deben acordar
las condiciones para interconectar sus
redes, entre las cuales destaca la tari-
fa que un operador cobra a otros por
terminar la llamada en su red (por ello,
dicha tarifa se conoce también como
“cargo por terminación”). En caso
de que los operadores no llegasen a
un acuerdo, la Comisión Federal de
Oficina del Comisionado B
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15Comisionados opinan
Telecomunicaciones (COFETEL) es el
órgano encargado de dirimir las dife-
rencias en las condiciones de interco-
nexión que no hayan podido convenir
entre sí dichos operadores.
Así, conforme a la legislación aplica-
ble, la COFETEL tiene la facultad de ase-
gurar que las condiciones bajo las que
se presta el servicio sean razonables y
no discriminatorias, y fijar tarifas de in-
terconexión que equilibren el fomento
de la sana competencia y los incentivos
para invertir en el despliegue y mante-
nimiento de redes por parte de los ope-
radores.
Acciones de la autoridad en la materia
En febrero de 2009, la COFETEL
expidió el Plan Técnico Fundamental
de Interconexión e Interoperabilidad
(PTFII), que rige las condiciones en
las que se debe prestar el servicio de
interconexión y la interoperabilidad
de las redes. Con el fin de asegurar
las mejores condiciones económicas
para la interconexión entre redes de
telecomunicaciones, el PTFII estable-
ce aspectos que deberán observar los
concesionarios, como procurar que la
tarifa de interconexión no incluya cos-
tos que ya sean recuperados a través
de las tarifas finales a los usuarios. El
PTFII también sirvió como precedente
de la introducción de una herramienta
regulatoria conocida como modelos
de costos de interconexión, que será
explicada más adelante.
A pesar de las resoluciones que la
Comisión había venido emitiendo en
materia de interconexión, dichas reso-
luciones con frecuencia se suspendían
en tribunales, lo que ocasionaba que las
tarifas que se cobraban en la práctica
fueran diferentes a las resueltas por la
autoridad. Con todo, la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) determi-
nó en mayo de 2011 que no sería proce-
dente suspender las tarifas de interco-
nexión que fijase la COFETEL. A partir
de esa fecha, las tarifas resueltas por
la autoridad deben aplicarse hasta que
termine el proceso de apelación, lo que
otorga certidumbre a las partes sobre
las condiciones de interconexión que
prevalecerán durante dicho proceso.
Con base en un modelo de costos,
que fue puesto a disposición del públi-
co, la COFETEL determinó una tarifa de
terminación móvil local de 39 centavos
de peso por minuto para 2011, lo que
significó una reducción de alrededor de
60% con respecto a la tarifa que se co-
braban los operadores entre sí en 2010.
Asimismo, la Comisión resolvió que la
facturación de los servicios de interco-
nexión por llamada fuera por segundo
y no por minuto redondeado.
Los modelos de costos como herramienta regulatoria
Al igual que en otras industrias de
red, los costos incurridos por proveer
una unidad adicional de servicio (en
el caso de telecomunicaciones, una
llamada o un mensaje de texto), son
poco significativos en comparación
con los altos costos de la infraestruc-
tura necesaria para proveer dicho ser-
vicio (Shy, 2001). Los altos costos fijos
de la industria hacen necesario contar
con una metodología para calcular los
costos para proveer servicios espe-
cíficos; la metodología utilizada por
la COFETEL para estos fines es la es-
timación de los costos incrementales
de largo plazo. La metodología ante-
riormente mencionada es una de las
mejores prácticas internacionales en
la materia e incluso ha sido recomen-
dado por la Comisión Europea para los
países de dicha región (OCDE, 2012).
En abril de 2011, la Comisión publicó
los lineamientos que habrían de seguir-
se para la elaboración de los modelos
de costos que servirán de base para
resolver los desacuerdos entre opera-
dores. Con base en estos lineamientos,
la COFETEL se encuentra desarrollan-
do la versión final de los modelos que
servirán para determinar las tarifas de
interconexión aplicables para los años
posteriores.
Contar con modelos que hayan sido
producto de un proceso de escrutinio
público, como es el caso en cuestión,
mitigará muchos de los conflictos que
actualmente se dan ante las resolucio-
nes de la autoridad, fortaleciendo las
decisiones regulatorias. En este sen-
tido, cabe destacar que los modelos
de costos para fijar tarifas de interco-
nexión funcionan también como un
instrumento de comunicación de la po-
lítica regulatoria, toda vez que transpa-
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rentan ante la sociedad las decisiones
de la autoridad, siendo éstas las que
definen en parte la manera en que inte-
ractúan las empresas de telefonía.
Beneficios para el consumidor
Existen al menos tres beneficios para
los consumidores derivados de fijar tari-
fas de interconexión basadas en costos.
En primer lugar, la disminución de los
costos de uno de los insumos para pro-
veer los servicios de telecomunicaciones
puede inducir una reducción en los pre-
cios finales de estos servicios, pues los
operadores no tendrán la necesidad de
pagar un sobreprecio por la terminación.
En este contexto, el precio del servicio de
telefonía móvil, medido a través del índi-
ce de precios publicado por el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI) disminuyó en más de 50% entre
enero de 2011 y diciembre de 2012. La dis-
minución en la tarifa de interconexión
de 2011 podría explicar en cierta medida
esta reducción de los precios finales.
Cabe destacar que cálculos más de-
tallados permiten observar que la re-
ducción en el precio del servicio de tele-
fonía móvil en la modalidad de prepago
fue diferente dependiendo del nivel de
consumo de los usuarios, siendo de alre-
dedor de 40% para los usuarios de bajo
consumo y de hasta 70% para los de alto
consumo, como se observa en la gráfi-
ca. Dichas consideraciones toman ma-
yor relevancia si se toma en cuenta que
la mayoría de los usuarios de telefonía
móvil en México se encuentra bajo el es-
quema de prepago.1
En segundo lugar, las tarifas de ter-
minación basadas en costos reducen las
barreras de entrada y expansión para los
operadores, creando un entorno más
propicio para el desarrollo de la compe-
tencia, lo que tiene implicaciones positi-
vas en la calidad y los precios finales que
Referencias
Gruber, H., 2005. The Economics of Mobile Telecommunications. Primera ed.
Nueva York: Cambridge University Press.
OCDE, 2012. Developments in Mobile Termination. OECD Digital Economy
Papers, Issue 193.
Shy, O., 2001. The Economics of Network Industries. Primera ed. Nueva York:
Cambridge University Press.
1 85% de las suscripciones de telefonía celular corres-
pondieron a prepago al cierre del tercer trimestre de 2012,
última cifra publicada por la COFETEL.
-40.0% -41.7%
-57.5%
-69.5% -70.5%
$50 $100 $150 $200 $300
Disminución en la tarifa efectiva para el servicio móvil por nivel de consumo (recarga),* ene-11 – dic-12
*/
Fuente: Cálculos propios con información de las páginas de internet de los operadores.
los usuarios del servicio enfrentan. Por
último, si las tarifas de interconexión se
establecen en un nivel adecuado que
permita recuperar la inversión de los
operadores, se mantendrá el incentivo
a invertir en el despliegue de redes, lo
que potencialmente fomentará la di-
versificación de la oferta de servicios y
tecnologías que los operadores ponen a
disposición de los usuarios.
Conclusiones
A pesar de que en principio el tema de
la interconexión de las redes de telefonía
móvil y la determinación de sus tarifas a
través de herramientas como los mode-
los de costos puedan parecer alejados
de los usuarios finales del servicio, exis-
ten importantes implicaciones de estas
interacciones entre los operadores y la
autoridad. Asimismo, al transparentar y
fortalecer las herramientas regulatorias
y las decisiones que la autoridad toma a
partir de ellas, se otorga certidumbre a
la industria, con lo cual se fomenta un en-
torno adecuado para la competencia en
los mercados de telefonía móvil.
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