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GUIA TÉCNICA PARA LA DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE RONDA HÍDRICA

EN AFLUENTES PRIORIZADOS DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL

DEL GUAVIO – CORPOGUAVIO

DOCUMENTO TÉCNICO - SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN

PROGRAMA:

PLANIFICACIÓN AMBIENTAL TERRITORIAL, GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO, ADAPTACIÓN Y

MITIGACIÓN AL CAMBIO Y VARIABILIDAD CLIMÁTICA

PROYECTOS:

PLANIFICACIÓN AMBIENTAL TERRITORIAL Y GESTION INTEGRAL DEL RIESGO

Mayo de 2015

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TABLA DE CONTENIDO

GUIA TÉCNICA PARA LA DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE RONDA HÍDRICA EN AFLUENTES

PRIORIZADOS DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL GUAVIO – CORPOGUAVIO……. 4

INTRODUCCIÓN

OBJETO ............................................................................................................................................................................................... 6 1. ANTECEDENTES ........................................................................................................................................................................... 6 2. ANÁLISIS DE LA GUÍA METODOLÓGICA EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE .................... 6

2.1 Lineamientos jurídicos ......................................................................................................................... 7 2.2 Lineamientos técnicos ......................................................................................................................... 8 2.3 Requerimientos de la guía ................................................................................................................... 9 2.4 Elementos fundamentales de análisis ............................................................................................... 11 2.5 Resultados esperados ........................................................................................................................ 11

3. ANÁLISIS DE INFORMACIÓN DISPONIBLE EN CORPOGUAVIO PARA EFECTOS DE APLICACIÓN METODOLÓGICA .......................................................................................................................................................................... 12

3.1 Imágenes Lidar ................................................................................................................................... 12 3.2 GPS de precisión ................................................................................................................................ 13 3.3 Series hidroclimatológicas 20 años .................................................................................................... 13 3.4 Bases de datos de inundaciones, con niveles (cotas) ........................................................................ 13 3.5 Cartografía 1:10.000 o mayor. Para zonas urbanas, cartografía 1:2.000 .......................................... 14 3.6 Fotografías aéreas con resolución espacial mayor a 30 m ................................................................ 14 3.7 Información sobre caudales o precipitación para correr modelos .................................................... 14 3.8 Modelos de elevación del terreno ..................................................................................................... 14

4. LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS PROPUESTOS EN JURISDICCIÓN DE CORPOGUAVIO ............................. 15 4.1 Búsqueda de información disponible en el área de estudio.............................................................. 16 4.2 Verificación de la información colectada ........................................................................................... 16 4.3 Primera verificación de campo .......................................................................................................... 17 4.4 Cruce cartográfico y análisis de información ..................................................................................... 17 4.5 Incorporación de información caracterizadora al análisis ................................................................. 17 4.6 Zonificación ........................................................................................................................................ 18 4.7 Comparación de los resultados e incorporación en los demás instrumentos de planificación territorial.................................................................................................................................................. 19

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................................................................................................................... 19

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GUIA TÉCNICA PARA LA DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE RONDA HÍDRICA EN AFLUENTES PRIORIZADOS DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL GUAVIO – CORPOGUAVIO La presente guía técnica para la delimitación de las zonas de ronda hídrica en afluentes priorizados de la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Guavio “CORPOGUAVIO” tuvo como referente técnico el contrato interadministrativo N° 377 de 2012 suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS con la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, el cual tuvo por objeto “ Realizar el acompañamiento técnico en la construcción de una guía metodológica, que incluya los lineamientos y directrices para definir las rondas hídricas de los cuerpos de agua, con el fin de establecer las medidas de protección y conservación que requiere la faja paralela a los cuerpos de agua a que se refiere el literal d) del Decreto Ley 2811 de 1974 y el área de protección o conservación aferente que conforman la ronda hídrica”. Dado el contexto anterior, La Corporación Autónoma Regional del Guavio CORPOGUAVIO asistió a las socializaciones del documento preliminar “Instrumentos de Planificación, Administración y Seguimiento a la Gestión Integral del Recurso Hídrico en Colombia”, viceministerio de Ambiente, Dirección de Ecosistemas, Grupo Recurso Hídrico) que se pretendía aplicar a nivel nacional, por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través del ente consultor.

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INTRODUCCIÓN

La Corporación Autónoma Regional de Guavio (CORPOGUAVIO) dentro del Plan Acción 2012-2015 “Comprometidos por Naturaleza”, planteó el programa “Planificación ambiental territorial, gestión del riesgo, adaptación y mitigación al cambio y variabilidad climática” y los proyectos “1.1. Planificación Ambiental Territorial y 1.2 Gestión del Riesgo”, y en donde como meta puntual estrechamente relacionada con la Planificación Ambiental Territorial se estableció “Estudios para la determinación de las zonas de ronda hídrica en afluentes priorizados”, la cual está orientada a la puesta en implementación de procesos de prevención y atención del riesgo y adaptación o mitigación por efecto del fenómeno de cambio climático y variabilidad climática frente a los riesgos de carácter hidrometeorológicos que le son inherentes, bajo un enfoque de gestión ambiental integral en la unidad territorial básica, toda vez, que el fenómeno de cambio climático y variabilidad climática responde a un problema ambiental de ámbito global con impacto a escala local y regional, con manifestaciones claras de alta vulnerabilidad que afecta principalmente a la población, infraestructura física y los recursos naturales.

Que dada la ausencia de la expedición definitiva y aprobación oficial por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS de la expedición de la guía que permita el acotamiento de las rondas hídricas de los cuerpos agua, CORPOGUAVIO con el ánimo de avanzar en este tema culminó un ejercicio práctico y autónomo que permitió elaborar una metodología para ser utilizada como caso piloto en un tramo de la cuenca del río Guavio, correspondiente a un primer tramo con una longitud de 7,5 kilómetros del sector de Puentelisio al sector de Puente Reyes aguas abajo, y un segundo tramo desde la confluencia del río Sueva y río Zaque 800 metros aguas arriba de este último, con influencia en los municipios de Junín y Gachetá. Así las cosas, es importante realizar la delimitación de rondas hídricas en el área bajo la jurisdicción, con el objetivo de fortalecer los procesos de ordenamiento ambiental del territorio y de gestión integral del riesgo desde el contexto regional a través del acompañamiento y asistencia técnica a los municipios de la jurisdicción, implementando acciones articuladas e integrales de sensibilización y materialización para el conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres a partir del ejercicio de planificación estratégica.

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OBJETO

Definir para la jurisdicción de “CORPOGUAVIO” una metodología que permita realizar la delimitación de las zonas de ronda hídrica en afluentes priorizados de la jurisdicción, acorde a la Resolución N° 328 de Mayo 29 de 2015 emitida por esta entidad y la normatividad nacional ambiental vigente. 1. ANTECEDENTES El mal manejo dado a las rondas hídricas, ha ocasionado el deterioro progresivo de las mismas y de los recursos naturales asociados a ellas, especialmente el recurso hídrico. Ello hace que se convierta en un tema prioritario para los procesos de planificación y uso adecuado del territorio, incluido en las diferentes herramientas de planeación de nuestro país y aplicable por las autoridades ambientales regionales. Es por ello que se ha deseado definir o establecer en una guía metodológica, los lineamientos y criterios técnicos necesarios para delimitar las rondas hídricas de forma adecuada y definir las medidas de manejo apropiadas para su protección y conservación. Es contradictorio, pero a pesar de la relevancia del tema, normativamente sólo se reglamenta este tema en la Ley 1450 de 2011. La falta de claridad jurídica ha hecho que la inclusión de las rondas hídricas en los procesos de desarrollo y ordenamiento territorial carezca de una adecuada definición técnica, que hace que éstas continúen siendo utilizadas en usos que no están acorde con el objetivo de protección y conservación al cual deben destinarse.

Bajo ese criterio establecido en la Ley 1450 de 2011, se estructura la metodología que da pie al análisis y en la que se propone como fundamento conceptual “la funcionalidad del sistema fluvial, es decir que la ronda se entiende como el espacio necesario para que el sistema fluvial cumpla con sus funciones hidrológicas, geomorfológicas y ecosistémicas propias del mismo. Por tal razón su delimitación o acotamiento parte del entendimiento de la dinámica natural de la corriente o cuerpo de agua a la cual se le va delimitar la ronda hídrica”. Estos elementos permiten establecer un marco de referencia, el cual será el objeto de análisis y a su vez de apropiación y/o aplicación en el área de jurisdicción de CORPOGUAVIO. 2. ANÁLISIS DE LA GUÍA METODOLÓGICA EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE La guía metodológica formulada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y sometida a consideración por el mismo a las autoridades ambientales regionales al finalizar el año 2012, a fin de verificar su aplicabilidad en cada contexto regional y local y en caso de requerirse, efectuar

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ajustes para su implementación final y/o plantear ejercicios locales basados en los lineamientos técnicos en ella contenidos. En tal sentido, revisada la guía para verificar sus contenidos, se realizó un análisis individualizado de los elementos que contiene desde las diferentes líneas de trabajo y de manera muy resumida, en los siguientes numerales se destacan elementos de condición general, base para su implementación en área de jurisdicción regional de CORPOGUAVIO. 2.1 Lineamientos jurídicos Como es lógico, la determinación del área de rondas hídricas despierta una serie de inquietudes en cuanto a lo que se puede, lo que se debe y lo que se quiere realizar. Como en cualquier ejercicio de planificación territorial, resulta fundamental conservar criterios asociados con la estructura democrática de nuestro país, luchar por el respeto de las ideas particulares y el derecho a la propiedad privada, pero así mismo, recordar criterios constitucionales que rigen nuestro desarrollo, especialmente el relativo a que “deben primar los intereses generales de la sociedad, sobre los intereses particulares”. Bajo esa perspectiva, lógicamente que el escenario más adecuado será el de la concertación, en el cual el propietario o usuario del territorio verifique antes de cualquier cosa, la posibilidad de uso que puede adelantar en su predio, antes que deba ser requerido por las autoridades pertinentes. La GUÍA PARA EL ACOTAMIENTO DE LAS RONDAS HÍDRICAS DE LOS CUERPOS DE AGUA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 206 DE LA LEY 1450 DE 2011, publicada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al terminar el año 2012, presenta unas líneas jurídicas y normativas base, sobre las cuales se rige el tema en nuestro País. Las mismas permiten identificar e inferir terminología, definiciones y de alguna manera estructurar los diferentes momentos históricos y el estado conceptual de la temática a lo largo de los años de discusión y debate técnico. A continuación las que a criterio del presente documento, ameritan resaltarse:

Literal D, Decreto 2811 de 1974 Define las rondas hídricas como las “Zonas o franjas de terreno aledañas a los cuerpos de agua, que tienen como fin permitir el normal funcionamiento de las dinámicas hidrológicas, geomorfológicas y ecosistémicas propias de dichos cuerpos de agua”. En su concepto amplio, el Código Nacional de los Recursos Naturales concibe la ronda de manera integral y valora su impacto como zona de mitigación de crecientes y de desarrollo de especies vegetales de especial significancia ambiental. Aún los 40 años transcurridos desde su concepción, es una definición con bastante vigencia y aplicabilidad.

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Ley 1450 de 2011 El actual Plan Nacional de Desarrollo determina la ronda hídrica como la “Faja paralela a los cuerpos de agua. Faja paralela a las líneas de mareas máximas o a la del cauce permanente de ríos y lagos, hasta de 30 m de ancho”.

Ley 119 de 1919 que reformó la Ley 110 de 1912 Esta, conocida como la Ley de Bosques, indica que se debe “Prohibir la tala y quema de bosques a lado y lado de cuerpos de agua. 50 m en bosques Nacionales y baldíos”. Esta ley, formulada con un propósito particular relacionado con el tema de bosques, y que se atrevió a determinar una distancia desde el cauce para proteger los bosques riparios o de galería, terminó convirtiéndose indirectamente en un referente para estimar áreas asociadas con el tema ambiental y particularmente con la protección de la ronda hídrica. Tanto la Ley 119 como la Ley 1450, son parte de los pocos referentes normativos que determinan distancias desde el cauce.

Art. 83 Decreto 2811 de 1974 El mismo Código Nacional de los Recursos Naturales determina la condición de la ronda hídrica como “Inembargable, imprescriptible, 30 m siempre. Salvo para los derechos adquiridos”.

Constitución Política 1991, Art 58 Nuestra Carta Magna indica una condición de restricción de la propiedad que conmina a que “Cuando hay conflicto por derechos adquiridos, prima la función social y ecológica”.

2.2 Lineamientos técnicos Realizando un análisis corto y concreto, asociado con la línea técnica expresada en la metodología, resulta fundamental indicar algunos puntos. 2.2.1 El objeto de análisis que tiene como marco de referencia la estructura metodológica propuesta por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, incluye:

• Corrientes superficiales • Nacimientos y manantiales • Humedales

Resulta fundamental indicarlo, en razón a que los resultados obligan considerar elementos no sólo para las corrientes de agua (cuerpos lóticos) principalmente los ríos, sino también para los cuerpos de agua reconocidos como lénticos y que tienen una especial significancia ambiental, por conformar zonas de hábitat permanente y transicional para especies faunísticas.

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2.2.2 Para efectos cartográficos, la metodología establece lo que se considerarían unas variables delimitadoras (estructurantes) y otras variables caracterizadoras. Las primeras, que son las que obligan contar con información base de referencia cartográfica, implican un nivel de conocimiento básico de la zona de estudio o de interés y terminan por propiciar elementos de análisis fundamental desde los componentes:

• Hidrológico • Geomorfológico • Ecosistémico

Estas variables, tanto individual como colectivamente, representan la posibilidad de establecer parámetros estructurales para la zonificación o delimitación de áreas. Es así como la variable geomorfológica permite establecer la vega y sobrevega de la corriente estudiada, así como sus niveles de terraza. En tanto que la condición ecosistémica permite revisar la presencia de especies florísticas (e indirectamente las faunísticas asociadas), para tener presente su importancia y/o significancia ambiental como indicio para propiciar su protección. Finalmente, la variable hidrológica, amparada en un análisis histórico, permite deducir la probabilidad y recurrencia del aumento del cauce de la corriente, así como sus puntos críticos y posibilidades temporales de ocurrencia y/o recurrencia. A estas variables estructurantes o delimitadoras, se deben sumar como análisis, las variables que caracterizan la eventual zonificación. Dichos elementos permiten reforzar las decisiones tomadas con base en las variables estructurantes y a su vez facilitan en el ejercicio, las acciones que pueda tomar la autoridad competente, sea esta ambiental o administrativa. Hacen parte de estas variables caracterizadoras, la presencia de construcciones e infraestructuras, el uso actual del territorio y por supuesto y por encima de todo, la presencia de comunidades asentadas en la cercanía e incluso, dentro de la ronda hídrica de la corriente estudiada. 2.3 Requerimientos de la guía Para efectos de su implementación, la guía sugiere contar con una serie de requerimientos técnicos de información, que siendo lógicos, realmente podría considerarse de difícil cumplimiento, al menos en su totalidad, por parte de las diferentes autoridades ambientales regionales. Un listado básico de la información requerida se presenta a continuación:

• Imágenes Lidar • GPS de precisión • Series hidroclimatológicas 20 años • Bases de datos de inundaciones, con niveles (cotas)

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• Cartografía 1:10.000 o mayor. Para zonas urbanas, cartografía 1:2.000 • Fotografías aéreas con resolución espacial mayor a 30 m • Información sobre caudales o precipitación para correr modelos • Modelos de elevación del terreno

Al revisar el listado, no cabe duda que hay información mínima que ineludiblemente hace parte del quehacer diario de cualquier autoridad ambiental, pero que aun así, dado su costo y complejidad técnica de elaboración, con seguridad no estará disponible en todos los sitios de nuestro país. Indudablemente no todas las autoridades ambientales tienen la posibilidad de contar con cartografía oficial de precisión, máxime cuando la entidad encargada de suministrarla, el IGAC, cuenta con un atraso significativo en la elaboración de las bases cartográficas de las escalas más detalladas, 1:10.000 o mayores. Así mismo, es importante destacar que los datos hidroclimatológicos de nuestro país no tienen una secuencia informativa garantizada en su totalidad, así como que hay zonas sin estaciones suficientes en cantidad, localización y tipo de información, que permitan que el ejercicio sea lo adecuadamente representativo. Si bien existen estaciones en la mayoría de regiones del país, es esencial verificar si las mismas tienen la información necesaria para cotejar la serie o secuencia de 20 años, para poder realizar los análisis estadísticos e históricos comparativos. Así mismo, hay que tener congruencia cartográfica conceptual, puesto que no sería lógico extrapolar información de estaciones cuando el ejercicio cartográfico se realiza con base en la escala 1:10.000 o mayor. Como para aumentar el nivel del debate, no es menos importante indicar que la temática asociada con amenazas, vulnerabilidad y riesgos, adquirió un carácter de especial importancia del año 2011 en adelante, debido a la ocurrencia del fenómeno mal denominado “Ola Invernal”. Eso conlleva claramente deducir que información asociada con inundaciones, caudales y demás datos que pudieran alimentar modelos o la simulación de los mismos, no tiene la cualidad esencial para el ejercicio, es decir la completitud histórica. Finalmente, la disponibilidad de imágenes de satélite e incluso aerofotografías recientes, es muy baja a nivel Nacional, no sólo por su costo, sino porque nuevamente se depende de la información de la fuente oficial, la cual sin lugar a dudas es al menos insuficiente. Es de resaltar que como pocas, para efectos de disponibilidad de información, CORPOGUAVIO tiene un lugar de privilegio por cuanto en los últimos 5 años logró realizar la toma aerofotográfico de casi la totalidad de su territorio y la consecuente actualización cartográfica digital a escala 1:10.000, lo que la pone a la vanguardia pero que la saca del promedio de análisis comparativo con otras autoridades ambientales regionales, tema que deberá ser tenido en cuenta en el ponderado Nacional de implementación de la guía metodológica objeto del presente análisis.

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2.4 Elementos fundamentales de análisis Capítulo aparte merecen temas que son de especial énfasis como recomendación para la implementación de la GUÍA PARA EL ACOTAMIENTO DE LAS RONDAS HÍDRICAS DE LOS CUERPOS DE AGUA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 206 DE LA LEY 1450 DE 2011, publicada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al terminar el año 2012. Son los aspectos relacionados con:

• Participación comunitaria • Líneas de tiempo • Transectos en campo • Conflictos ambientales por uso • Análisis predial

Y son de importancia porque sin lugar a dudas que la aplicación y puesta en macha de la guía, obliga considerar los derechos adquiridos y los antecedentes que en materia de ocupación del territorio existen. Contar con el mayor nivel de participación comunitaria y poder considerar a plenitud los aspectos de tenencia y uso de la tierra garantizará que las normas emitidas en materia administrativa y ambiental tengan al menos un mínimo futuro de implementación. De igual manera poder contrastar los datos obtenidos en la oficina con los datos de campo en recorridos plenamente concertados y verificables, así como analizar sus implicaciones en el tiempo, contribuirá seguramente a que se disminuyan los conflictos socio ambientales ya de hecho evidentes como razón básica para la formulación de la misma guía. 2.5 Resultados esperados Para finalizar este análisis muy somero de la guía, es fundamental considerar lo que como resultado de su implementación espera el promotor y Autoridad Nacional, y que se puede sintetizar en dos puntos generales: Por un lado se espera obtener una Zonificación Cartográfica o espacial, en la que se definan en particular las zonas que son susceptibles de declararse como de Protección, bajo dos criterios esenciales, la que tiene fines de Preservación y la que tiene un énfasis de Restauración. Y de ello realmente se podría generar un compendio mayor acerca de qué se interpreta como Preservación y qué se identifica como Restauración, so pena de incurrir en discusiones bizantinas acerca de dónde se encuentra el límite entre una y otra y a su vez con otras categorías de la zonificación ambiental, pero que en todo caso a criterio del autor del presente documento, serán discusiones que tendrán que concluir en los elementos normativos de mayor actualidad en la temática de la planificación ambiental territorial, es decir, la metodología para la Elaboración de Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas.

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Este elemento es precisamente la otra arista que identifica la expectativa de resultados para el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y tiene que ver con toda la capacidad de las autoridades ambientales regionales para lograr la “articulación” de los resultados de la zonificación de las rondas hídricas con los instrumentos de Planificación Territorial por excelencia como son los POT y los POMCAS, estos últimos en proceso de “maduración” permanente, debido a su trascendencia. Como resultados puntuales, es preciso indicar los siguientes, basados en las variables estructurantes ya enunciadas anteriormente:

• Geomorfología: mapa topográfico, mapa de drenajes, mapa geomorfológico e informe

• Hidrología: topografía, cartografía social, cruce cartográfico hidrología-social

• Ecosistemas: mapas de análisis de la condición ecosistémica amparada en los componentes bióticos de la zona de estudio

Dichos resultados ya han sido discutidos con cierta amplitud en los numerales anteriores. Tal vez sólo baste reiterar la importancia en la consistencia de uso cartográfico que minimice la probabilidad de error ya frecuente en nuestro entorno, es decir, que las escalas de generación o construcción cartográfica sean realmente las enunciadas en los documentos y cumplan con el requerimiento de la guía metodológica (nuevamente 1:10.000 o mayores) y que los cruces efectuados conserven precisamente ese criterio cartográfico que por momentos quisiera ignorarse, relacionado con que se cruce información del mismo nivel de detalle. 3. ANÁLISIS DE INFORMACIÓN DISPONIBLE EN CORPOGUAVIO PARA EFECTOS DE APLICACIÓN METODOLÓGICA Una vez se analizó y compiló la información existente en la Corporación Autónoma Regional del Guavio – CORPOGUAVIO, se comparó con los requerimientos exigidos en la GUÍA PARA EL ACOTAMIENTO DE LAS RONDAS HÍDRICAS DE LOS CUERPOS DE AGUA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 206 DE LA LEY 1450 DE 2011, publicada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al terminar el año 2012, con los siguiente resultados: 3.1 Imágenes Lidar CORPOGUAVIO no cuenta con información satelital del proveedor LIDAR, pero cuenta con información de otros satélites como es el caso de SPOT y LANDSAT. Es importante precisar que el requerimiento de la guía está orientado a las imágenes Lidar, por cuanto estas presentan una resolución espacial excelente (hasta 3 m) en tanto que los demás servicios oscilan entre los 15 y 30 m de resolución espacial.

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Es probable que los otros componentes o características de las imágenes sean similares, como lo son su resolución temporal e incluso espectral, pero para efectos prácticos, el interés es contar con un nivel de detalla máximo que permita el trazado óptimo de delineaciones. En conclusión: NO se cuenta con la información. 3.2 GPS de precisión Dado el requerimiento de confirmación en campo y debido a lo exigente de dicha revisión en términos de precisión, resulta importante contar con equipos GPS de precisión. En tal sentido, CORPOGUAVIO dispone de los mismos, marca Trimble, referencia Juno, los cuales además de disponer de diccionarios de datos que facilitan la colecta de información en campo, presentan un nivel de precisión inferior a 1 m, lo cual garantiza la respuesta al requerimiento. En conclusión: SI se cuenta con el equipo. 3.3 Series hidroclimatológicas 20 años La jurisdicción de CORPOGUAVIO no cuenta con suficientes y representativas estaciones hidroclimatológicas administradas por el IDEAM, lo que se ha convertido en una limitante mayúscula para la caracterización de muchos de sus proyectos, ya que obliga el uso extrapolado de muchos datos. En tal sentido y como estrategia Corporativa, desde hace cerca de 5 años ha venido trabajando por construir un sistema de información hidroclimatológico propio, con el cual se puedan potenciar datos que alimenten los proyectos propios de la Corporación. Lógicamente debido a lo reciente de su implementación, las series históricas aún son muy cortas y limita su uso para proyectos como el que atañe a las rondas hídricas. Es en síntesis, una apuesta de mediano y largo plazo. En conclusión: NO se cuenta con la información. 3.4 Bases de datos de inundaciones, con niveles (cotas) Como ya se mencionó anteriormente, sólo hasta el año 2011 con la mal denominada “Ola Invernal”, los ojos del País se volcaron a revisar las estadísticas relacionadas con caudales, aumento de niveles de las corrientes, cotas de inundaciones y demás. Y en tal sentido la información documentada acerca de un número aunque no muy grande, si significativo, de eventos asociados con inundaciones en jurisdicción de CORPOGUAVIO. Es decir, existe información documentada de los últimos hechos ocurridos en las corrientes principales, pero no se cuenta con la información histórica superior a los últimos 3 años, al menos en completitud y cuantificación.

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En conclusión: NO se cuenta con la información. 3.5 Cartografía 1:10.000 o mayor. Para zonas urbanas, cartografía 1:2.000 Desde el año 2007, la Corporación Autónoma Regional del Guavio – CORPOGUAVIO, ha tomado como bandera dentro de su plan de acción, contar con la información cartográfica de la fuente oficial, el IGAC, a la escala adecuada para sus procesos de planificación y uso del territorio. En tal sentido, a la fecha CORPOGUAVIO cuenta con las planchas a escala 1:10.000 en la totalidad de su territorio, producto de tomas aerofotográficas de los años 2007 a 2009, reforzadas con imágenes de satélite para alcanzar los requerimientos básicos de la escala. La única limitación será el nivel de detalle para las zonas urbanas. En conclusión: SI se cuenta con la información. 3.6 Fotografías aéreas con resolución espacial mayor a 30 m Como ya se mencionó en el numeral anterior, se cuenta con aerofotografías tomadas en los años 2007 a 2009, con escala promedio 1:25.000 y con resolución espacial superior a los 30 m. En conclusión: SI se cuenta con la información. 3.7 Información sobre caudales o precipitación para correr modelos Igualmente, ya se mencionó anteriormente como existe información documentada de los últimos hechos ocurridos en las corrientes principales en relación con inundaciones y datos de precipitación e hidroclimatología, pero no se cuenta con la información histórica superior a los últimos 3 años, al menos en completitud y cuantificación. En conclusión: NO se cuenta con la información. 3.8 Modelos de elevación del terreno Dadas las circunstancias ya expresadas, relacionadas con la cartografía básica disponible, se concluye se pueden procesar las bases para obtener los modelos de elevación del terreno. En la actualidad se dispone de dicho modelo con una resolución de 30 m. En conclusión: SI se cuenta con la información.

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4. LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS PROPUESTOS EN JURISDICCIÓN DE CORPOGUAVIO Con el fin de unificar criterios para aplicarlos en el marco temático, se entenderá para todos los efectos de este documento, la siguiente definición para las rondas hídricas: “Zonas o franjas de terreno aledañas y/o paralelas a los cuerpos de agua, a las líneas de mareas máximas o las del cauce permanente de ríos y lagos, que tienen como fin permitir el normal funcionamiento de las dinámicas hidrológicas, geomorfológicas y ecosistémicas propias de dichos cuerpos de agua, hasta de 30 m de ancho”.

Sobrevega del río o cauce principal

Plano de inundación, área susceptible de inundación y/o área de influencia directa del río

FIGURA 1. Corte esquemático conceptual (Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2012)

Significaría entonces, que la definición ya establecida y retomada de lo determinado en la Ley 1450 de 2011, implica hacer un análisis integral, dentro del área correspondiente mínimo a 30 m de cada margen de la corriente a estudiar y/o cuya ronda hídrica se delimitará. No obstante, se sugiere que el análisis contenga una evaluación de los 50 m de la ronda para fines prácticos, pero que los resultados reflejen lo previsto en el área final de evaluación de los 30 m. Para efectos del establecimiento de unos lineamientos básicos de orden metodológico para la jurisdicción de CORPOGUAVIO, lógicamente se parte de la GUÍA PARA EL ACOTAMIENTO DE LAS RONDAS HÍDRICAS DE LOS CUERPOS DE AGUA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 206 DE LA LEY 1450 DE 2011, publicada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al terminar el año 2012, con base en ella se proponen, entendiendo el tipo de información existente en la Corporación, de los siguientes paso a paso:

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4.1 Búsqueda de información disponible en el área de estudio Comprende la búsqueda de la información asociada con las variables estructurantes y delimitadoras identificadas en la guía metodológica y ya descritas en párrafos anteriores. Es decir, componente geomorfológico (mapa e información general), hidrológico (datos hidroclimatológicos y de caudales) y ecosistémico (mapas de cobertura y uso actual y ecosistemas). A la par con el ejercicio, se deberá compilar la información social necesaria, como son los mapas prediales de la zona de estudio y lógicamente, de las bases cartográficas a escala 1:10.000 (zona rural) y 1:2.000 (zona urbana), en la cual se identifiquen las construcciones existentes dentro del área de influencia del proyecto. 4.2 Verificación de la información colectada Se revisará la completitud y precisión cartográfica de la información colectada, con el propósito de determinar que sea homogénea en su escala y cumpla con los requerimientos del nivel de detalle temático previsto. Es decir, por un lado verificar que los mapas temáticos colectados sean de la misma escala y que individualmente, cada uno cumpla los requerimientos técnicos exigidos temáticamente para la escala a la cual se encontraron. En caso tal que no exista información primaria o la colectada refleje dudas de contenido y construcción cartográfica (especialmente por no corresponder a la escala 1:10.000 o mayor), se debe realizar el ejercicio de elaboración, reelaboración y/o ajuste técnico, considerando las normas y métodos temáticos definidos por la Entidad y/o Institución que regule dicha área del conocimiento. En especial la instrucción se referiría a:

Ajustar el mapa geomorfológico, resaltando e identificando detalladamente las unidades asociadas con las geoformas propias del valle aluvial (particularmente planos de inundación y terrazas).

Ajustar el mapa temático de cobertura y uso de la tierra, identificando de manera detallada las unidades de bosques, áreas sucesionales de los mismos y las áreas antropizadas.

Verificar la completitud de la base cartográfica, específicamente si la misma es de la escala 1:10.000, y establecer si en la misma se localizan la totalidad de viviendas presentes en el área de influencia de la ronda hídrica de la corriente estudiada, en caso contrario se deberá realizar el levantamiento completo y georreferenciado de las mismas para adjuntarlo digitalmente a la base ya existente. De no existir la base en esta escala, ya se podrá generar una limitante mayor al desarrollo del ejercicio.

Elaborar los mapas hidrológicos que permitan la incorporación de elementos de análisis como son las manchas de agua o análisis multitemporal de crecientes o evidencias de crecientes y cotas máximas de inundación, acompañadas de las evaluaciones de las

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estadísticas de los datos obtenidos en las estaciones hidroclimatológicas dentro del área de influencia y su correspondiente complemento con datos tomados directamente durante el desarrollo del ejercicio mismo de la delimitación de la ronda hídrica.

4.3 Primera verificación de campo En el entendido que se deberá realizar una visita de reconocimiento a campo, esta podrá ser aprovechada para revisar, analizar y comparar la información objeto de ajuste técnico de acuerdo a lo planteado en el numeral anterior. 4.4 Cruce cartográfico y análisis de información La información colectada se cruza con el uso del software ArcGis, con el fin de establecer las zonas derivadas del análisis de las variables estructurantes, es decir, la geomorfología, la hidrología y los ecosistemas. Mediante el uso de la herramienta intersección del software, se determinan las áreas en las que se cruzan las unidades espaciales de uso y las geomorfológicas, lo que posteriormente sumado a la información hidrológica, permitirá trazar delineaciones pertinentes, que identifiquen áreas de protección. El análisis realizado al resultado del cruce cartográfico, tiene unas libertades mayores dependientes de la zona de estudio, ya que cada área tendrá un comportamiento particularmente diferente de otra, lo que debe detonar en el equipo consultor, elementos de comparación, análisis y reflexión para definir las diferentes unidades de zonificación. 4.5 Incorporación de información caracterizadora al análisis Como se mencionó en apartes del presente documento, el análisis y determinación de la ronda hídrica depende en gran medida del uso de variables delimitadoras o estructurantes (geomorfológicas, hidrológicas y ecosistémicas), pero aquellas que comprenden los elementos caracterizadores, deberán ser contempladas en esta fase casi terminal, en la cual las variables antrópicas serán fundamentales, es el caso del reconocimiento de la presencia de construcciones e infraestructuras, usos del territorio e incluso la condición de ocupación territorial existente (propietarios, poseedores, arrendatarios, mejoratarios, etc). Gran parte de esta información proviene de mapas temáticos igualmente colectables para efectos del estudio (por ejemplo el mapa predial), pero que igualmente provienen del análisis y reconocimiento de las condiciones de ocupación del territorio y la posible presencia de conflictos socio ambientales, mediante visita de campo. En esta fase es crucial el reconocimiento de la presencia de comunidades asentadas y así mismo, lograr su integración y participación en el proyecto.

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4.6 Zonificación La zonificación reflejará el resultado final del ejercicio técnico y permitirá identificar áreas con recomendaciones de uso particular. Si bien la guía plantea dos alternativas para la zonificación, el presente documento sugiere que dadas las circunstancias irregulares de ocupación del territorio en nuestro país y dado que el interés mayor siempre será cumplir con los requerimientos planteados en la Ley 1523 de 2012, por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se incluya una categoría adicional, al de restitución. En síntesis, la guía recomienda definir zonas de Protección con dos énfasis, Preservación y Restauración. El presente documento sugiere incorporar las zonas de Restitución. Para el fin se entenderán las siguientes definiciones:

PRESERVACIÓN: Zonas cuyo objetivo es mantener y garantizar la intangibilidad y la perpetuación de los recursos naturales dentro de espacios específicos. Serán espacios de preservación aquellos que contengan biomas o ecosistemas de especial significación para el municipio y la región, donde se permita la evolución natural de los procesos biológicos. El mantener la condición original de los recursos naturales de un área silvestre, reduciendo la intervención humana a un nivel mínimo, da la posibilidad de tener sectores especiales en los cuales se pueda realizar un uso no extractivo tendiente al logro de fines ambientales, sociales, científicos, educativos, recreativos o potencialmente económicos.

RESTAURACIÓN: La restauración como una forma de recuperación, debe operar por medio de la inducción de transformaciones ambientales en apoyo y en la dirección de las tendencias generales de la sucesión, lo que implica el manejo de factores físicos, bióticos y sociales. Aunque la restauración implica, por definición, un modelo de ecosistema original no alterado, como meta, no siempre se conduce exactamente así. En ciertos casos el objetivo puede ser la rehabilitación de una función del ecosistema por medio de la toma de decisiones administrativas y ambientales que restrinjan su uso.

RESTITUCIÓN: En esta categoría se incluirán y/o delimitarán aquellas áreas que por efecto de la presencia de acciones antrópicas intensivas y a su vez, por la presencia de personas y viviendas en zonas de alto riesgo de inundación, deberán ser reubicadas y/o reasentadas de acuerdo a lo requerido por las autoridades administrativas y ambientales.

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4.7 Comparación de los resultados e incorporación en los demás instrumentos de planificación territorial

Una vez concluido el ejercicio técnico, se espera la última revisión en campo para confrontar los resultados obtenidos con la realidad del terreno. Posteriormente se deberá comparar con lo publicado en los otros instrumentos de planificación territorial, específicamente Plan o Esquema de Ordenamiento Territorial (según corresponda) y POMCA. Avalado el proceso y con la versión final, se deberá adelantar un proceso de socialización ante las instancias de planificación territorial municipal y regional, para que la zonificación final y la estructura de planeación y manejo de la ronda hídrica, sea reconocida plenamente y obre como determinante ambiental para el uso del territorio. 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1 La metodología propuesta por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, recoge muchas de las iniciativas que por años se han planteado para llevar a cabo la delimitación de las rondas hídricas, no obstante su estructuración esgrime un modelo teórico que dista en gran medida de la realidad, especialmente cuando de contar con información geográfica se trata, en términos de completitud, escala, homogeneidad y calidad.

5.2. Cualquier interpretación a los métodos desarrollados para delimitar la ronda hídrica de una corriente, deberá partir de lo establecido en la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 2811 de 1974, es decir que en todo caso la tendencia será posiblemente a definir una ronda hídrica en cualquier corriente, con 30 m de ancho y seguramente será mejor especificar categorías de Protección dentro de la Zonificación Cartográfica que se efectúe para garantizar un manejo óptimo a cada ronda de corrientes hídricas y cuerpos de agua. En todo caso, ante un derecho adquirido, se debe implementar igualmente lo sugerido en el Art. 83 del Decreto 2811 de 1974.

5.3. Evidentemente, el análisis y presentación en torno a los resultados de la delimitación de la ronda hídrica en cualquier corriente, será una determinante ambiental que debe considerarse en el proceso de planificación territorial integral de cualquier municipio (a través de su Ordenamiento Territorial) y a su vez deberá trascender en los otros instrumentos de planeación regionales y transmunicipales como los POMCAS.

5.4 La delimitación de la ronda hídrica representa un elemento base para la conservación de los recursos hidrobiológicos y los recursos conexos en el área de influencia de una corriente hídrica, pero a su vez, el ejercicio de su delimitación, comprende de manera indirecta la identificación de zonas de riesgo por la presencia de personas e infraestructuras que deben ser reubicadas en áreas de menor exposición al riesgo, lo que genera implicaciones de alto impacto social.

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5.5. Si bien el ejercicio práctico desarrollado en el presente estudio facilita la identificación y proposición de acciones para atender los conflictos socio ambientales existentes, es claro que hay una serie de condicionantes sociales previos que serán siempre más difíciles de abordar por las autoridades (administrativas o ambientales), cualquiera que sea su ámbito de competencia y nivel geográfico de acción (municipal, regional y aún nacional).