INFORME -...

27
SG/RE.ARIAN/INFORME 27 de junio de 2005 2.18.35 REUNION DE INSTALACION DEL GRUPO DE EXPERTOS EN ARANCEL INTEGRADO ANDINO 23 - 24 de junio de 2005 Lima – Perú INFORME DE LA REUNION DE INSTALACIÓN DEL GRUPO DE EXPERTOS EN ARANCEL INTEGRADO ANDINO-ARIAN

Transcript of INFORME -...

Page 1: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

SG/RE.ARIAN/INFORME

27 de junio de 2005 2.18.35

REUNION DE INSTALACION DEL GRUPO DE EXPERTOS EN ARANCEL INTEGRADO ANDINO 23 - 24 de junio de 2005 Lima – Perú

INFORME

DE LA REUNION DE INSTALACIÓN DEL GRUPO DE

EXPERTOS EN ARANCEL INTEGRADO ANDINO-ARIAN

Page 2: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE
Page 3: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

INFORME

DE LA REUNION DE INSTALACIÓN DEL GRUPO DE EXPERTOS EN ARANCEL INTEGRADO ANDINO - ARIAN

I

Con fecha 23 y 24 de junio de 2005 se realizó en la Sede de la Secretaría General de la Comunidad Andina la reunión de instalación del grupo de Expertos en el Arancel Integrado Andino – ARIAN.

II

La lista de participantes y los documentos que sirvieron para el desarrollo de dicha reunión, constan en los Anexos I y II del presente Informe. La Presidencia de la reunión estuvo a cargo del Señor Alejandro Bravo Martínez, Sub-Director de Integración Subregional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú, quién contó con el apoyo del Proyecto de Gestión Aduanera de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

III La inauguración de la reunión estuvo a cargo del Dr. Richard Moss Ferreira, Director General de la Comunidad Andina, quien dio la bienvenida a los delegados de los Países Miembros, haciendo un análisis de la situación actual del proceso de integración andina, informando sobre la próxima Cumbre Presidencial Andina y los compromisos de la Comisión de la Comunidad Andina, de culminar la Agenda Legislativa de los temas aduaneros en el presente año. Finalmente, señaló que dando cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Transitoria de la Decisión 572 en el sentido de que: “La Secretaría General elaborará una propuesta de Reglamento para el funcionamiento del Grupo de Expertos en ARIAN, la que será aprobada en la reunión de instalación de este grupo”, se analizará en esta Reunión de Instalación el referido Reglamento. Posteriormente, la Presidencia de la reunión sometió a consideración la Agenda quedando aprobada de la siguiente manera: 1. Presentación del Proyecto Arancel Integrado Andino (ARIAN) por parte de la

Secretaria General. 2. Análisis, discusión y aprobación del reglamento para el funcionamiento del Grupo

de expertos en el Arancel Integrado Andino, ARIAN. 3. Aprobación de cronograma de actividades.

Page 4: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 2 -

IV Con relación al primer punto de la agenda: Presentación del Proyecto Arancel Integrado Andino ARIAN por parte de la Secretaria General, el Señor Edgar Moreno funcionario de la Secretaria General efectúo la presentación en Power Point del proyecto ARIAN, dicha presentación se encuentra en el Anexo IV del presente informe.

V Con relación al segundo punto de la agenda: Aprobación del Reglamento para el funcionamiento del Grupo de expertos en el Arancel Integrado Andino ARIAN, La Secretaria General presentó un proyecto de Reglamento, el mismo que fue analizado y discutido por los integrantes del grupo de expertos, llegándose a aprobar el texto que se presenta en el anexo III.

V Con relación al tercer punto de la agenda: Aprobación de Cronograma Actividades, la Secretaria General presentó un cronograma de actividades a desarrollar para la entrada en vigencia del Arancel Integrado Andino, ARIAN, a partir del primero de enero de 2006 en cumplimiento de lo dispuesto en la Decisión 611. Con relación a este punto los expertos manifestaron no tener inconvenientes en que a dicha fecha se pueda transmitir electrónicamente la información del ARIAN, sin embargo no podrían cumplir con la adopción de la nomenclatura ARIAN a nivel de diez (10 ) dígitos ya que ello implicaba tener que expedir el dispositivo legal correspondiente que apruebe su Arancel de Aduanas recogiendo la citada nomenclatura, razón por la que solicitaron se evalúe una nueva prórroga para la entrada en vigencia del ARIAN. Sobre el particular, la Secretaría General indicó que ésta ya había sido objeto de prórroga, puesto que inicialmente, y de acuerdo con lo establecido en la Decisión 572, la fecha de entrada en vigencia del ARIAN era el primero de enero de 2005. La situación antes descrita motivó que no se pudiera discutir el cronograma presentado por la Secretaria General. La Secretaria General convocará a la primera reunión del grupo de expertos gubernamentales del ARIAN, a celebrarse en la primera quincena del mes de agosto de 2005 con la finalidad de aprobar el cronograma de actividades para la entrada en vigencia del Arancel Integrado Andino, ARIAN, así como identificar y analizar las medidas a integrar.

Page 5: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 3 -

ANEXO I

LISTA DE PARTICIPANTES

BOLIVIA Jorge Dorado Quiroga Viceministro de Política Tributaria a.i. Ministerio de Hacienda Teléfono : 591-2-2201277 / 2128008 Fax : 591-2-2204016 E-mail : [email protected] La Paz Katerina Rico Cernohorska Directora de Integración y Asuntos Arancelarios Viceministerio de Política Tributaria Ministerio de Hacienda Teléfono : 591-2-2201955 / 2201968 Fax : 591-2-2204016 E-mail : [email protected] La Paz Javier Navarro González Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales Aduana Nacional de Bolivia Teléfono : 591-2-2152905 Cel.: 591-71985757 Fax : E-mail : [email protected] La Paz Liliana Canedo Antezana Aduana Nacional de Bolivia Teléfono : (591-2) 2152887 Fax : (591-2) 2152887 E.mail : [email protected] La Paz COLOMBIA Diego Gómez Castaño Jefe de la División de Arancel Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Teléfono : 571-6079829 / 6079801 Celular: 57-315-3973054 Fax : 571-6079801 E.mail : [email protected] Bogotá

Page 6: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 4 -

Abdul Fatat Dirección de Integración Económica Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Teléfono : 571-6067530 Fax : 571-6067534 E.mail : Bogotá Daniel Ossa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Teléfono : 571-6079829 / 6079801 Fax : 571-6079801 E.mail : Bogotá ECUADOR Marco Arias Rivadeneira Director de Negociaciones Internacionales Ministerio de Comercio Exterior Teléfono : 593-2-2526049 Cel.: 593-95035986 Fax : E.mail : [email protected] Quito Carlos Vera Sánchez Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE Teléfono : 593-4-2480640 Ext. 1157 Fax : E.mail : [email protected] Guayaquil PERU Alejandro Bravo Martínez Sub-Director de Integración Subregional Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Teléfono : 4753618 Fax : 2243241 E.mail : [email protected] Lima Edda Lombardi Velasquez Jefe de la División de Nomenclatura Arancelaria Intendencia Nacional de Técnica Aduanera Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT Teléfono : 4690058 Anexo 2317 - 2426 Fax : 4653712 E.mail : [email protected] Callao

Page 7: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 5 -

Rossana Margarita Valeriani Vela Especialista en Comercio Internacional Agrario Oficina General de Planificación Agraria Ministerio de Agricultura Teléfono : 6135800 Anexo 2162 Fax : E.mail : [email protected] Lima Luz Puelles De La Cruz Analista - Oficina General de Planificación Agraria Ministerio de Agricultura Teléfono : 6135819 Anexo 2160 Fax : E.mail : [email protected] Lima Fernando Sam Su Profesional Especialista en Aduanas División de Nomenclatura Arancelaria Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT Teléfono : 4690058 Anexo 2317 Fax : 4653712 E-mail : Callao Wilfredo Madera Madera Analista Profesional en Aduanas División de Nomenclatura Arancelaria Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT Teléfono : 4690058 Anexo 2317 Fax : 4653712 E-mail : [email protected] Callao Consuelo Soto Crovetto Jefe del Departamento de Balanza de Pagos Banco Central de Reservas del Perú Teléfono : 4276250 Anexo 3881 Fax : 4288563 E.mail : [email protected] Lima Willy Frans Aguilar Morante Analista – Unidad de Comercio Internacional Ministerio de Agricultura Teléfono : 6135819 Anexo 2162 Fax : E.mail : [email protected] Lima

Page 8: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 6 -

Bernardo Muñoz Angosto Gerente de Agro y Agroindustrias PROMPEX - PERÚ Teléfono : 2221222 - 2210880 Fax : 4213179 E.mail : [email protected] Lima Julio César Rejas García Consultor de la Gerencia de Agroexportación PROMPEX - PERÚ Teléfono : 2221222 - 2220014 Fax : 4213179 E.mail : [email protected] Lima Mario A. Berrocal Pérez Gerente General Asociación Peruana de Avicultura Teléfono : 3721540 Fax : 3721538 E.mail : [email protected] Lima VENEZUELA Marisol Muller Reyes Profesional Tributaria Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria - SENIAT Teléfono : 58-212-7092200 / 7092203 Fax : 58-212-7092205 E-mail : [email protected] Caracas Jennifer Leal Profesional Tributaria Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria - SENIAT Teléfono : 58-212-7092211 / 7092212 Celular: 58-414-9829725 Fax : 58-212-7092205 E-mail : [email protected] Caracas Manuel Antonio Cazorla Palacios Gerencia General de Informática Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria – SENIAT Teléfono : (58-212) 2744666 Fax : (58-212) E.mail : [email protected] Caracas

Page 9: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 7 -

Asociación Latinoamericana de Integración- ALADI Teresa Macció Técninco del Departamento de Política Comercial Teléfono : 4101121 Anexo 247 Fax : E-mail : [email protected] Montevideo - Uruguay SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Dirección: Paseo de la República Nº 3895 esquina con Aramburú – San Isidro Teléfono : 4111400 Fax : 2213329 http://www.comunidadandina.org Walter Robles Gonzáles Gerente del Proyecto de Gestión Aduanera Teléfono : 511-4111400 Cel.: 511-96471341 Fax : 511-2213329 E-mail : [email protected] Edgar Preciado Pineda Proyecto Gestión Aduanera Teléfono : 511-4111400 Cel.: 511-96591222 Fax : 511-2213329 E.mail : [email protected] Edgar Moreno Salinas Gerente de Proyecto Teléfono : 511-4111400 Fax : 511-2213329 E.mail : [email protected] Nilsa Mujica Directora del Proyecto de Cooperación UE - Comunidad Andina en materia de Asistencia Técnica Relativa al Comercio. Teléfono : 4111400 Fax : 2213329 E-mail : : [email protected]

Page 10: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 8 -

ANEXO II

RELACION DE DOCUMENTOS 1. Agenda Provisional

Documento: SG/REG.N.CAAA/X/dt 1 del 26 de mayo de 2005.

2. Proyecto de Reglamento de Funcionamiento del Grupo de Expertos en Arancel Integrado Andino - ARIAN.

3. Decisión 572: Arancel Integrado Andino (ARIAN). 4. Decisión 611: Modificación del plazo de entrada en vigencia de la Decisión 572

sobre el Arancel Integrado Andino (ARIAN). 5. Resolución 871: Reglamento de Procedimientos de Gestión de la Nomenclatura

Común NANDINA 6. Decisión 570: Actualización de la Nomenclatura NANDINA

Gaceta Oficial N° 1022 del 15 de diciembre de 2003.

7. Unión Europea: Reglamento (CEE) N° 2658/87 del Consejo del 23 de julio de 1987 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.

Page 11: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 9 -

ANEXO III

Page 12: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 10 -

RESOLUCION nnn

Reglamento sobre la incorporación de códigos complementarios en el Sistema ARIAN.

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTA: La Decisión 572 sobre el Arancel Integrado Andino; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Decisión 572 confiere a la Secretaría General establecerá la estructura organizativa, técnica y tecnológica necesaria para el funcionamiento del ARIAN con la finalidad de, entre otros, adoptará las disposiciones que sean necesarias para asignar el número de código ARIAN y los códigos complementarios ARIAN; Que, es necesario reglamentar las actividades de la Secretaría General relativas a la asignación de códigos complementarios del ARIAN y el asesoramiento que, conforme lo dispuesto en los artículos 5 y 9 de la Decisión 572, le brindarán en dicho campo los Grupos de Expertos NANDINA y ARIAN; Que, con el propósito de optimizar el asesoramiento del Grupo de Expertos ARIAN, se debe compatibilizar el Reglamento de Funcionamiento de dicho Grupo, considerado conforme lo dispuesto en la disposición Transitoria Primera de la Decisión 572 en su reunión de fecha 23 y 24 de de junio de 2005, con las actividades de integración de códigos complementarios ARIAN a ser realizadas por la Secretaría General;

RESUELVE: Adoptar el siguiente Reglamento sobre la incorporación de códigos complementarios en el Sistema ARIAN:

CAPÍTULO I

DE LA INTEGRACIÓN DE CÓDIGOS COMPLEMENTARIOS

Sección Primera Consideraciones Generales

Artículo 1.- El presente tiene por objeto reglamentar las actividades que fueron encomendadas a la Secretaría General para la incorporación al Sistema ARIAN de los códigos complementarios de que trata el literal c) del artículo 3 y el segundo párrafo del artículo 4 de la Decisión 572,. La Secretaría General en el desarrollo de las referidas actividades contará, conforme lo dispuesto en el artículo 5 de la Decisión 572, con el asesoramiento de los Grupos de Expertos en ARIAN y NANDINA. Artículo 2.- Para efectos de las actividades de referidas en el artículo anterior, se entenderá por:

Page 13: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 11 -

a) Medida: a aquella disposición o norma legal, nacional o comunitaria por medio de la cual se confiera un tratamiento aduanero especial a un bien y que requieren ser integradas al sistema ARIAN para fines para facilitar su difusión. b) Medida complementaria.- Aquella medida que han sido adoptadas mediante una disposición comunitaria que surte efectos conforme lo dispuesto por el artículo 3 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. c) Integración de medidas complementarias: al procedimiento o conjunto de actividades a realizar para incorporar un tipo de medidas complementarias en el Sistema ARIAN.

Sección Segunda

Del procedimiento de integración de las medidas complementarias al ARIAN

Artículo 8.- Las solicitudes para la integración de medidas complementarias deberán presentarse a la Secretaría Técnica del Grupo de Expertos ARIAN. Tales solicitudes podrán ser presentadas por los organismos oficiales de los Países Miembros o por la Secretaría General. En cualquier caso, deberán contener la siguiente información: a) Motivo de la solicitud e indicación de la medida a integrar; b) Fundamento técnico y/o jurídico que lo ampara; y c) Elementos que se quieren controlar; Artículo 3.- Toda recomendación respecto a la integración de medidas complementarias, deberá considerar: a) Los compromisos internacionalmente asumidos; b) Las medidas de política comercial adoptadas o en curso de adopción; c) La necesidad de los Países Miembros respecto al desarrollo de sus intereses

comerciales, estadísticos u otros de análoga significación; y d) La necesidad de armonizar el flujo y el tratamiento de medidas que sean de

aplicación comunitaria. Artículo 4.- Las solicitudes de integración de medidas complementarias serán analizadas por la Secretaría Técnica, la que podrá realizar reuniones de coordinación con las áreas competentes de la Secretaría General con el propósito de enriquecer la propuesta y analizar la viabilidad de su incorporación al sistema ARIAN. Como resultado, presentará los Grupos de Expertos en ARIAN y NANDINA un concepto sobre la integración de la medida, el que deberá contener: a) Los motivo de la solicitud e indicación de la medida a integrar; b) El fundamento técnico y/o jurídico que lo ampara; c) Los elementos que se quiere controlar; d) Los recursos necesarios para la integración de la medida; y

Page 14: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 12 -

e) Las obligaciones relativas a la integración de la medida que deberán asumir los Países Miembros.

Artículo 5.- Los Grupos de Expertos ARIAN y NANDINA discutirán en sus reuniones la propuesta de integración de las medidas complementarias presentada por la Secretaría Técnica con el propósito de recomendar su aprobación o rechazo. Artículo 6.- Recibida la recomendación de los Grupos de Expertos ARIAN y NANDINA, la Secretaría General la evaluará juntamente con la solicitud y aprobará o rechazará la integración de los tipos medidas complementarias al ARIAN mediante Resolución. Artículo 7.- Las Resoluciones de la Secretaría General mediante las cuales se integre al ARIAN de tipos de medidas complementarias, entrarán en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, salvo que las Resoluciones indiquen una fecha distinta; y serán de obligatorio en los Países Miembros, debiendo estos realizar todos los actos necesarios para la incorporación de las integraciones en sus respectivos Subsistemas.

CAPÍTULO II

DEL GRUPO DE EXPERTOS EN ARIAN

Sección Primera De la Conformación y Estructura

Artículo 8.- El Grupo de Expertos en Arancel Integrado Andino, estará conformado por representantes de la Secretaría General y por un representante titular designado por la autoridad aduanera de cada País Miembro y representantes ad hoc convocados de acuerdo con la materia. Dichos representantes podrán estar asistidos por los técnicos, peritos, expertos o profesionales que en cada caso consideren los Países Miembros. Artículo 9.- La Presidencia del Grupo de Expertos será asumida por el delegado del País Miembro en ejercicio de la Presidencia de la Comisión y estará encargada de dirigir las reuniones y coordinar sus labores. La Secretaría Técnica del Grupo de Expertos será ejercida por los funcionarios que al efecto designe la Secretaría General de la Comunidad Andina. Artículo 10.- En las reuniones podrán estar presentes, previa invitación de la Secretaría General o por requerimiento de los Países Miembros, representantes de organismos internacionales y técnicos especializados en las materias a tratar, quienes podrán participar en las deliberaciones sin derecho a voto. Artículo 11.- Las reuniones del Grupo de Expertos podrán realizarse en forma presencial o virtual. En el segundo caso se utilizarán los medios tecnológicos de comunicaciones que permitan reuniones a distancia.

Page 15: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 13 -

Sección Segunda De las Funciones

Artículo 12.- Corresponderá al Grupo de Expertos: a) Evaluar, conforme lo dispuesto por el artículo 5 de la Decisión 572, las solicitudes de

integración de las medidas contempladas en el artículo 4 de la citada disposición, en el Arancel Integrado Andino;

b) Con base en sus evaluaciones, emitir recomendaciones, conjuntamente con el

Grupo de Expertos en NANDINA, respecto de la inserción de códigos suplementarios; y

c) Cualquier otra actividad de asesoramiento técnico a la Secretaría General en

relación con el ARIAN.

Artículo 13.- Corresponderá a la Secretaría Técnica: a) Organizar las reuniones del Grupo de Expertos y proceder a su convocatoria previa

aprobación de la Secretaría General.

b) Preparar y difundir las comunicaciones, para lo que tendrá en cuenta los plazos establecidos en este Reglamento.

c) Recibir de los Países Miembros los nombramientos y acreditaciones de los

participantes en las reuniones.

d) Proceder a la apertura y clausura de las reuniones.

e) Someter a la consideración del Grupo de Expertos, la Agenda de los asuntos que deban ser tratados.

f) Presentar al Grupo de Expertos las solicitudes de integración de medidas, previa

revisión y análisis.

g) Someter a votación las deliberaciones y acuerdos, cuando así sea procedente, difundiendo oportunamente los resultados.

h) Redactar los informes de las reuniones y elevar a la consideración de la Secretaría

General los resultados.

i) Mantener actualizada la documentación utilizada en las reuniones.

Sección Tercera De las Reuniones

Artículo 14.- Las reuniones serán convocadas por la Secretaría General y tendrán lugar una vez al año en sesión ordinaria o extraordinariamente cuando así lo solicite la Secretaría General.

Page 16: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 14 -

Artículo 15.- Las convocatorias de las reuniones se efectuarán al menos con treinta (30) días de antelación a la fecha de inicio de las mismas. Las convocatorias contendrán la agenda provisional de los asuntos pendientes, las sugerencias de la Secretaría General y demás solicitudes que hubieren presentado los Países Miembros. Artículo 16.- Recibida la Convocatoria con la documentación pertinente, los miembros del Grupo de Expertos ARIAN dispondrán de diez (10) días para la presentación de sugerencias a fin de que la Secretaría Técnica pueda difundirla como parte integrante de la agenda provisional revisada, a más tardar quince (15) días antes de la fecha prevista para el inicio de la reunión. Artículo 17.- En los casos de reuniones con carácter de urgencia, cuando las circunstancias así lo requieran, la convocatoria, con la documentación pertinente, se remitirá con una antelación no menor de quince (15) días de inicio de la reunión. Artículo 18.- El Grupo de Expertos ARIAN aprobará la agenda definitiva al inicio de cada reunión, podrá modificar el orden de los temas de la agenda provisional.

Artículo 19.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19, el Grupo de Expertos sesionará con un quórum mínimo de tres (3) Países Miembros y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los miembros presentes. Artículo 20.- Cada País Miembro tendrá derecho a un voto, las abstenciones no serán consideradas como voto negativo y la ausencia de un País Miembro en el momento de la votación será considerada como abstención. Artículo 21.- Al término de cada reunión, la Secretaría Técnica redactará un informe en el que se consignará el resultado de los trabajos, las recomendaciones para la integración de medidas al ARIAN. Este informe será remitido a los Países Miembros en un plazo no mayor de cinco (5) días. El informe será provisional, elevándose a definitivo luego de transcurrido un plazo de quince (15) días en el que los miembros del Grupo de Trabajo ARIAN que estuvieron presentes en la reunión de que trata el informe, podrán realizar sus observaciones.

DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los …..

Page 17: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 15 -

Anexo IV Presentación del Arancel Integrado Andino - ARIAN

Page 18: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 16 -

Edgar Moreno Salinas

ARANCEL INTEGRADO ANDINO

SIAAN-ARIAN

DefinicionesEl Arancel Integrado Andino, ARIAN es un compendio electrónico de normas y disposiciones arancelarias y de política comercial, de aplicación comunitaria.El Sistema de Información del ARIAN es aquel cuyo objetivo es gestionar la información contenida en el ARIAN.La aplicación informática del ARIAN permitirá recoger, validar, incorporar a una base de datos y distribuir toda la información y normativa relativa a las medidas de control del comercio exterior que son de aplicación comunitaria.La integración de una medida es la incorporación de el concepto de tal medida en los procesos relacionados al ARIAN.

Page 19: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 17 -

ComponentesEl Sistema de información ARIAN, tiene dos componentes:

El componente Central, encargado de gestionar y distribuir la información del ARIAN, cuyo funcionamiento estará a cargo de la Secretaría General, y,El componente Nacional, encargado de la recepción, validación y aplicación de las medidas recibidas, cuyo funcionamiento estará a cargo de las administraciones aduaneras de los Países Miembros.

UsuariosLas dependencias de la Secretaria General de la Comunidad Andina.Las Aduanas de los Países Miembros, a nivel central y operativo.Otros Organismos Gubernamentales.En general, los operadores económicos del comercio exterior, con restricciones por país de acuerdo con la legislación de cada País Miembro.

Page 20: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 18 -

Diagrama de la transmisión de datosCARGA DE LOS

DATOSTRANSMISION A

LOS PAÍSES MIEMBROS

INTEGRACION EN LOS SISTEMAS NACIONALES

APLICACIÓN POR LOS SISTEMAS

NACIONALES

SITUACION NORMAL DE UNA CARGA DE DATOS (con anticipación)

Durante el día

P

AEC

FP

Prefs

LP

Etc.

Nom

BASE DE

DATOSARIAN

Fin de la tarde

TRANSMISIÓN

InterfazECUADOR

InterfazBOLIVIA

InterfazCOLOMBIA

InterfazPERU

InterfazVENEZUELA

BO

CO

EC

PE

VE

Noche

DIVERSASAPLICACIONES

Etc.

Estadístic

Vigilancia

Cupos

Tránsito

DUA

Liquidac.

PROCESA. MEDIDAS NACIONALES

Método de integración de medidas

INFORMÁTICA, POLITICA COMERCIAL, AGROPECUARIO, SANIDAD, ETC.

2

PROPUESTA INICIAL

DEBE CONTENER:• LA BASE LEGAL.• LOS ELEMENTOS QUE SE

QUIEREN CONTROLAR. • PRESENTARSE EN LAS

REUNIONES DE TRABAJO.

Grupo de Expertos ARIAN • ESTUDIA LA PROPUESTA.• COMPLEMENTA• DETERMINA SI ES VIABLE• INFORMA AL RESTO DE LOS

PAÍSES MIEMBROS

1

De la Secretaría General -ARIAN

De los Países Miembros Otros, inclusive de operadores económicos

EVALUACIÓN CON OTRAS ÁREAS

Page 21: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 19 -

Método de integración de medidas (2)PROPUESTA FINAL

DEBE CONTENER:• LA BASE LEGAL.• LOS ELEMENTOS QUE VAN A CONTROLAR.• MANTENIMIENTO• FECHA DE INICIO Y FIN• DATOS CONCRETOS DE PARTIDAS AFECTADAS, PAISES, ETC.

CON TODA LA INFORMACION SE TIENE QUE PRESENTAR UNA PROPUESTA CONCRETA DE INTEGRACION PARA SER DISCUTIDA EN LAS REUNIONES CON LOS PAÍSES MIEMBROS. LA PROPUESTA SE TIENE QUE ENVIAR CON ANTELACION PARA SU ESTUDIO PERTINENTE.

EN ESTAS REUNIONES SE TIENE QUE DETERMINAR SI SE ACEPTA LA PROPUESTA DE LA SECRETARIA GENERAL, SI HAY QUE MODIFICARLA O AMPLIARLA, CUANDO SE PUEDE HACER LA INTEGRACION CON LOS RECURSOS DISPONIBLES, OBLIGACIONES QUE ASUMEN LOS PAÍSES MIEMBROS Y LA SECRETARIA GENERAL, ETC.

3

Método de integración de medidas (3)

INTEGRACION Y PRUEBAS• INTEGRACION DE TODOS LOS DATOS EN EL ARIAN (MEDIDAS, REGLAMENTOS, PAISES,) SERÁ REALIZADA POR EL PERSONAL DE LA SGCA

• EN ALGUNOS CASOS, SOBRE TODO EN LA FASE INICIAL, SERÁ CONVENIENTE ESTABLECER UN PERIODO DE PRUEBAS PARA VALIDAR LOS PROGRAMAS Y DAR TIEMPO A LOS PAÍSES MIEMBROS A ADAPTARSE AL NUEVO SISTEMA

• NORMALMENTE EL MANTENIMIENTO DE LA BASE DE DATOS SERÁ REALIZADO POR PERSONAL DE LA SGCA

4

5

MANTENIMIENTO

Page 22: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 20 -

Codificación de medidas específicas

10987654321 14131211

SISTEMA ARMONIZADO NANDINA

(unificada)

CÓDIGO ARIAN

1er CODIGO

ADICIONAL

18171615

2do CÓDIGO

ADICIONAL

Para identificar medidas de carácter comunitario

Para identificar medidas de carácter nacional

Estrategia de ImplementaciónIntegración gradual de medidas

Funcionará inicialmente con la remisión de:

Nomenclaturas (SA, NANDINA, ARIAN), con sus diferentes desagregaciones

Arancel Externo Común

Franjas de precio

Algunas clasificaciones

Posteriormente, se remitirán las medidas fitosanitarias y zoosanitarias para aplicación comunitaria

Page 23: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 21 -

Edgar Moreno Salinas

ARANCEL INTEGRADO ANDINO

(Presentación Técnica)

SIAAN-ARIAN

Intercambio de datos ARIANUtiliza formatos estándar (administrados por la SGCA)Usa como vía de transmisión el correo electrónicoDistribución de los datos es automáticaFlujo de datos es controlado en cada pasoCriterios básicos de seguridad: integridad, disponibilidad y confiabilidadEl esquema de seguridad asumida es cruce de certificados entre servidoresLos sistemas aduaneros mantienen independencia gracias a módulos de interfaz desarrollados en cada país.

Page 24: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 22 -

Procesos (1)

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,VISTOS: La Decisión NNN de la Comisión de la Comunidad Andina; y,

CONSIDERANDO: Que con vistas a Que como consecuencia de ello, Que asimismo, Que sin embargo, Que la Secretaría General.

RESUELVE:Artículo 1.- Se consideraránArtículo 2.- Para la Artículo 3.- La aplicación...

Procesos (2)

Safari

SISTEMASGCAN

Safari

SISTEMALOCAL

E-MAIL

ARIANLOCAL

ARIANCENTRAL

DespachoAduanero

LA SECRETARÍA GENERAL DE LACOMUNIDAD ANDINA

Administraciones aduaneras

SGCA

Page 25: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 23 -

Seguridad de la transmisión

ADMIN

ARIAN

País Miembro

ARIAN

SecretaríaGeneral

CERTIFICADOS CRUZADOS(entre servidores)

Servidor de Correo Servidor de Correo

Formatos Transmitidos

Cabecera de ENVIO

Directorio de ENVIO

Comentario de ENVIO

Formato NNN1

Formato NNN2

Formato NNNN

Cabecera de RESPUESTA

Directorio de RESPUESTA

Detalle de RESPUESTA

Comentario de RESPUESTA

Page 26: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 24 -

Ejemplo 1Subpartida: 8471900000A la que se aplicarán tarifas:

Advalorem : 10% Advalorem Adicional : 25 US$ KG Neto

Tipos de Dato a transmitir a las Aduanas:23500 Tipo de Medida25000 Área Geográfica (Grupo de Países)28500 Base de la Regulación35000 Condición de aplicación de medida35500 Acción de Medida (ante una condición previa)40000 Nomenclatura43000 Medida (vigencia, publicación)43005 Componentes de la Medida (tarifas, unidades,etc)43010 Condición de medida (requisito)43011 Componentes de condición de medida

Ejemplo 1Subpartida: 8471900000Tarifas, vigencia y consideraciones a tomar en cuenta y acciones:Transmisión Número 90345687 de fecha 04 DIC 200323500 . . ...43000 ME1 01 ENE 2003 31 DIC 2003 ROL4 GZ123 PG04

: Vigencia y Publicación43005 ADV 10 -- -- ---

: 10% ADVALOREM43005 ADV 25 US KG NET

: + 25 US$ por Kg Neto43010 ADV <= 35 US KG NET IDEM

: Si importe es menor o = 35 US$, aplicar43010 ADV > 35 US KG NET COMP

: Si importe es mayor a 35 US$ aplicar componente43011 ADV 40 US KG NET

: Se aplicará 40 US$ por Kg Neto

Page 27: INFORME - intranet.comunidadandina.orgintranet.comunidadandina.org/Documentos/Reuniones/DFinales/SG_RE... · Gerencia de Gestión Aduanera Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE

- 25 -

Ejemplo 2Subpartida 8471300000 se desdoblará en las siguientes subpartidas:

84713010008471302000

Tipos de Dato a transmitir a las Aduanas:

23500 Tipo de Medida28500 Base de la Regulación40000 Nomenclatura40005 Indentaciones de Nomenclatura (guiones)40015 Descripción de Nomenclatura40020 Píe de Página de Nomenclatura40025 Píe de Página de Grupo al que pertenece40035 Origen de Nomenclatura

Ejemplo 2Subpartida: 8471900000Tarifas, vigencia y consideraciones a tomar en cuenta y acciones:Transmisión Número 90345687 de fecha 04 DIC 200323500:40000 8471300000 01 ENE 2003 04 DIC 2003

: Vigencia de nomenclatura40000 8471301000 05 DIC 2003 ---------------

: Vigencia de nomenclatura40000 8471302000 05 DIC 2003 ---------------

: Vigencia de nomenclatura40015 8471301000 MÁQUINAS AUTOMÁTICAS, CONSIDERADAS DE… : Texto:40035 8471300000 8471301000

: Derivación de nomenclatura (correlación)

40035 8471300000 8471302000: Derivación de nomenclatura (correlación)

* * * * *