Instructivo Inicio Ejecucion Fondo Emprender - Enero 2016

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    FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DEDESARROLLO-FONADE

    SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

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    Bogotá, D.C. Enero de 2016

    Señor(es):BENEFICIARIOS FONDO EMPRENDERCiudad

    Asunto: Instrucciones para la ejecución de planes de negocio. 

    Apreciados Emprendedores:

    Por medio de la presente se informa el procedimiento a seguir para la legalización de contratos, laconstitución de las empresas y el inicio de los desembolsos de esta etapa de seguimiento de las nuevasempresas que se constituyen con la asignación de capital semilla del Fondo Emprender:

    1.  ENTREGA DEL CONTRATO DE COOPERACIÓN EMPRESARIAL

    FONADE remitirá a la Dirección General del SENA – Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y FondoEmprender las minutas de los respectivos contratos, para su envío a las Unidades de Emprendimiento(internas y externas), a fin de que a través de ella se realice su entrega a los emprendedores.

    2.  FIRMA DEL CONTRATO DE COOPERACIÓN EMPRESARIAL

    TODOS Y CADA UNO DE LOS BENEFICIARIOS (únicamente emprendedores inscritos en la plataformadel Fondo Emprender), DEBEN FIRMAR, ANTE NOTARIO PÚBLICO CON RECONOCIMIENTO DETEXTO, los siguientes documentos:

    •  Contrato de Cooperación Empresarial •  Pagaré que se presenta en el Anexo 1, junto a la carta de instrucciones del Anexo 2,•  Autorización de constitución del encargo fiduciario señalado en el Anexo 3•  Formato de contrapartidas señalado en el Anexo 4.•  Contrato de garantía mobiliaria señalado en el Anexo 5 

    Nota: En los anexos se encuentra el detalle sobre cómo se deben diligenciar estos anexos.

    Así mismo, LOS BENEFICIARIOS deben hacer entrega junto con el contrato y sus anexos, de los siguientesdocumentos:

    •  Registro Único Tributario (RUT) de la empresa 

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    •  Certificado de existencia y representación legal de la empresa constituida para el desarrollo del plande negocios. 

    •  Copia de la escritura pública o el documento privado de constitución de la empresa.

    Esta documentación, deberá ser enviada a FONADE (Calle 26 No. 13-19, Bogotá), a nombre de la Ing.Fanny Hernández Flórez – Gerente de Unidad del Área de Ciencia, Tecnología y Emprendimiento deFONADE, para el trámite de suscripción por parte de FONADE y el SENA, en un plazo no superior a 30días calendario, contados a partir del envió de los contratos del SENA Dirección General a lasrespectivas unidades de emprendimiento. 

    El mismo día del recibo de los contratos por parte del SENA - Dirección General, cada unidad deemprendimiento deberá entregar los contratos a los emprendedores mediante un oficio o acta de recibido.

    Cuando se presente fuerza mayor o caso fortuito el emprendedor o grupo de emprendedores deberá enviaruna comunicación al Gerente Administrador de los recursos solicitando un único plazo adicional que nosupere el término de 30 días calendarios, indicando la fecha de cumplimiento para la devolución del contrato.

    Con el fin de evitar que se presenten solicitudes extemporáneas, se ha definido que la solicitud de prórrogapodrá realizarse por la página web de FONADE www.fonade.gov.co  en el link atención al ciudadano /Peticiones, quejas, reclamos y denuncias, donde se podrá explicar las razones por las cuales no se podrácumplir con el término establecido para el envío de los documentos de legalización del contrato y adjuntar losrespectivos soportes.

    Una vez solicitada la prórroga, se enviara una comunicación de respuesta en los términos establecidos por laley, indicando si se otorgó una respuesta positiva o negativa a su solicitud.

    Si pasado este término de 30 días calendario o su período de prórroga, no se ha recibido en FONADE todoslos documentos de legalización, se entenderá que el emprendedor o grupo de emprendedores desiste desu interés de recibir la financiación del plan de negocio, por lo que se declarará como no celebrado elcontrato de cooperación empresarial. 

    Con la suscripción de los contratos, FONADE tramita para los emprendedores un amparo, con una pólizade seguro de vida de acuerdo a las condiciones de cubrimiento suministradas por la aseguradora, elvalor del seguro de vida en la presentación conjunta de varios emprendedores en un plan de negocio se haráen partes iguales hasta el valor asignado por el consejo directivo del SENA. El valor de la pólizacorresponderá al saldo insoluto del valor ejecutado en el plan de negocios.

    Una vez recibidos perfectamente diligenciados la totalidad de los documentos para la legalización decontrato en FONADE, se habilitarán en la plataforma en su plan de negocio dos nuevas pestañas “empresa”y “seguimiento presupuestal” y en la línea de tiempo se ubica el cursor en la fase de seguimiento.

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    2.1. CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA

    Paralelamente a la suscripción del contrato de cooperación empresarial, los beneficiarios deben presentarse ala Cámara de Comercio respectiva, de acuerdo a la ciudad de ejecución empresarial definida en la plataformadel Fondo Emprender (el registrado al momento de la inscripción por parte del asesor), con el propósito decontinuar con el proceso de constitución de la empresa, la jurisdicción de las cámaras de comercio lapueden encontrar en el sitio Web del Fondo Emprender.

    Para el trámite de constitución de la empresa, FONADE tiene un convenio de cooperación conCONFECAMARAS que permite que el costo de la inscripción, impuesto de inscripción y le expedición delcertificado de registro (por primera vez) se realice sin costo alguno para el emprendedor.

    Para mayor información se anexa “guía metodológica para constitución de una empresa”. Al respecto serecuerda que los registros mercantiles requieren un proceso interno que puede tardar hasta 15 días, tengapresente este tiempo para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el ítem 2 de éste instructivo.

    El capital de constitución de la empresa debe corresponder al capital suscrito y pagado por los socios oemprendedores, el capital semilla del Fondo Emprender no hace parte del capital inicial de la empresa.

    Una vez constituida la empresa, con solo los emprendedores inscritos en la plataforma, se debe diligenciar losdatos de registro mercantil en la respectiva pestaña de su proyecto, en el módulo empresa, de la misma formase debe anexar en la actividad del plan operativo “99 documentos legales” copia escáner del registro únicotributario RUT expedido por la DIAN, del certificado de existencia y representación legal expedido por laCámara de Comercio respectiva y de la escritura pública o el documento privado de constitución de laempresa.

    Estos mismos documentos deben ser enviados a la Calle 26 No. 13-19 a nombre de la Ing. Fanny HernándezFlórez – Gerente de Unidad del Área de Ciencia, Tecnología y Emprendimiento de FONADE y por vía correoelectrónico al interventor líder de la ejecución del proyecto empresarial (en el sitio Web del Fondo Emprenderencontrará los datos de su interventora líder).

    En caso de estar constituida la empresa (no más de doce meses a la presentación de la convocatoria), serequiere que los únicos socios de la misma sean los beneficiarios inscritos en el sistema de información delFondo Emprender y quienes suscriben el contrato de cooperación empresarial. 

    3.  PERFECCIONAMIENTO CONTRATO

    Una vez se reciban en FONADE la documentación definida en el ítem 2 del presente instructivo, estosdocumento serán revisados por FONADE y SENA.

    El perfeccionamiento del contrato exige:•  La remisión completa y sin observaciones de la documentación exigida•  Firma del emprendedor del contrato y sus anexos

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    •  Firma de FONADE del contrato de cooperación empresarial•  Firma del SENA del contrato de cooperación empresarial y contrato de garantías mobiliarias•  Expedición del registro presupuestal

    De otra parte se reitera, que FONADE realizará nuevamente validación de que el grupo de emprendedor nopresente ninguna inhabilidad o incompatibilidad. En el evento en el que las consultas de Policía,Procuraduría, Contraloría u OFAC presente alguna inhabilidad, el contrato no podrá celebrarse, y la razónserá imputable al Emprendedor.

    4.  ASIGNACIÓN INTERVENTORÍA

    Una vez se cumpla el proceso de perfeccionamiento y legalización del contrato de cooperación empresarial,FONADE asignará a las interventoría los proyectos a los cuales se les realizará seguimiento.

    La interventoría deberá revisar la información correspondiente al plan de negocio para programar la fecha devisita de inicio del proyecto.

    La fecha de la primera visita será coordinada entre la interventoría, el emprendedor y la unidad deemprendimiento, y notificada a través de una tarea en el sistema de información, que re-direcciona al correoelectrónico que el emprendedor registro en éste sistema.

    5.  ACTA DE INICIO Y AJUSTE DEL PLAN OPERATIVO

    Se realizará la visita de inicio en el sitio donde iniciará actividades la empresa o en la unidad deemprendimiento respectiva.

    Se recomienda establecer comunicación directa para definir el sitio exacto de reunión, por lo que es muyimportante que sus datos diligenciados en la pestaña mi perfil estén completos y actualizados. 

    Para esta primera reunión debe estar presente todo el grupo emprendedor y sus asesores (técnico yoperativo) de la unidad de emprendimiento, además, se debe presentar la copia de los documentos que envióa FONADE (contrato, anexos,) con el original de los documentos de constitución de la empresa debidamenteorganizados y definido el plan de trabajo a seguir durante el primer año sobre la base del que se diligenciócomo plan operativo en el plan de negocio. Nota: Es importante tener presente que por cada actividadprogramada, le corresponderá máximo un pago por mes.

    En esta reunión se suscribirá el acta de inicio del contrato de cooperación empresarial, y se suscribirá un actacomplementaria por el o los emprendedores y el interventor líder, en la cual se registrará todo lo revisado enesa sesión. Además, se deberá imprimir un original del plan operativo, el cual establece la programación de laejecución presupuestal del proyecto, el cual deberá ser refrendado por la firma del emprendedor, interventoríay asesores asistentes.

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    6.  PROCEDIMIENTO PARA INICIO DE DESEMBOLSOS

    Para iniciar el proceso de desembolso de los recursos se requiere haber dado cumplimiento a las etapaspreviamente señaladas.

    Todos los desembolsos se programaran a través del sistema de información del Fondo emprender, mediantela utilización de la pestaña “Empresa”, módulo “avance”, sub-módulo “plan operativo” o “nómina”, que podráver en su proyecto.

    Los pagos estarán siempre dirigidos a los proveedores que registre dentro del sistema por el modulo de“registro de beneficiarios”.

    Toda solicitud de pago que se programe deberá estar conforme al instructivo de pagos (ver archivo en laplataforma del Fondo Emprender), cumplir con las condiciones legales y tributarias vigentes, y según lasindicaciones respectivas del interventor líder.

    Los desembolsos serán aplicados por transferencia electrónica, a las cuentas bancarias de los proveedoresde cada empresa, en un plazo no superior a siete (7) días hábiles, siempre y cuando la Interventoría y lafiduciaria dispongan de la información suficiente y necesaria que se requiere de acuerdo al instructivo depagos. Es indispensable que el emprendedor evite equivocaciones, ya que es el único habilitado para ingresarla información del pago a sus proveedores, registros que no pueden ser modificados ni por la Interventoría nipor la fiduciaria. Por tanto se requiere de gran responsabilidad por parte del emprendedor(es) en el manejo delas claves del sistema de información y se reitera que son personales e intransferibles.

    La atención total de esta comunicación hará que su empresa inicie con la premura y condiciones propias paradesarrollar el plan de negocio.

    Cordialmente,

    LINA MARCELA LARROTAGerente Fondo Emprender 2 y 5Contratos interadministrativos 211035 y 215045

    JUAN FELIPE LOPEZGerente Fondo Emprender 3 y 4Contratos interadministrativos 213045 y 214012

    Anexo lo enunciado.

    *Para mayor información e inquietudes relacionadas con la legalización de su contrato de cooperación, podrá comunicarse con FONADE al PBX:5940407 extensiones 125162 – 12511.

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    ANEXO 1

    PAGARE No. ______________

    VALOR $

    Yo (Nosotros), identificado(s) como se indica a continuación:

    Nombre Número de Cédula de Ciudadanía y lugar deexpedición

    Pagare(mos) incondicionalmente a la orden del FONDO EMPRENDER o a quien represente sus derechos, ensus instalaciones ubicadas en la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C.,(Dirección)___________________________, en las fechas de amortización por cuotas señaladas en lacláusula segunda de este mismo pagaré: PRIMERO: la suma de

     ________________________________________________________________________________pesos moneda corriente, ($ ___________________), que declaro(amos) he(mos) recibido. SEGUNDO: Que pagaré(mos) la suma indicada en la cláusula anterior en un plazo máximo de treinta y seis (36) meses, contados apartir de la fecha de suscripción de este pagaré, mediante el pago de treinta y seis (36) cuotas mensualessucesivas correspondientes cada una a la cantidad de

     ________________________________________________________________________________________ ___________ pesos moneda corriente, ($ ________________). El primer pago se efectuará el día

     ________________________ y así sucesivamente el mismo día de cada mes. Este pago corresponde solo alcapital y deberá incrementarse en la cuota de intereses correspondiente para cada periodo mensual.TERCERO: Durante el plazo previsto para el pago de la suma contenida en el presente pagaré,reconoceremos sobre las sumas pendientes de pago, intereses a la tasa de interés variable de la DTFEfectiva Anual vigente en la fecha de inicio de la obligación, incrementada en ___ (____.0) puntosporcentuales, Efectivos Anuales, con base en la cual se calculará y pagará la tasa equivalente anual mesvencido. La DTF a que se refiere este título corresponde al costo promedio ponderado de captación a noventa(90) días de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras y compañías de financiamientocomercial, señalada por el Banco de la República, para la semana de iniciación de la obligación. CUARTO: En caso de mora y a partir de ella, y para cada período en que persista la mora, pagaremos interesesmoratorios calculados a las tasas que estuvieren vigentes como límite máximo a cobrar de acuerdo con la ley,sin perjuicio de los demás derechos y acciones que pudiere adelantar FONDO EMPRENDER para obtener el

    recaudo de la obligación. QUINTO: EL FONDO podrá hacer exigible la totalidad del saldo impagado de laobligación más los intereses remuneratorios y de mora, en cualquiera de los siguientes eventos: a) Si LOSDEUDORES incurriere en mora en el pago de cualquiera de las cuotas de capital o intereses pactadas para elpago de la obligación; b) Si los bienes objeto de la garantía que respalda la obligación contenida en elpresente pagaré fueren perseguidos judicialmente por terceros, o sufrieren desmejora o deprecio tales que nopresenten suficiente garantía para el recaudo de las obligaciones contenidas en el presente pagaré; c) Si sellegare a solicitar, declarar o admitir a LOS DEUDORES a concordato, liquidación forzosa o entrare encualquier otro trámite de ejecución universal; e) Por presentar información inexacta a FONDO EMPRENDER;

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    f) Si a juicio de FONDO EMPRENDER la situación financiera de LOS DEUDORES se hubiere deteriorado enforma tal que se hiciere evidente su imposibilidad de cumplir con las obligaciones derivadas de este pagaré.SEXTO: En el evento en que la fecha de cualquiera de los pagos previstos en el presente título valor coincidacon un día no hábil, se trasladará al día hábil inmediatamente siguiente. SEPTIMO : Los pagos que efectúe

    LOS DEUDORES para atender las obligaciones derivadas del presente pagaré, se aplicarán en el siguienteorden: cuentas por pagar causadas a cargo de LOS DEUDORES, incluidos los honorarios de abogado, si loshubiere, intereses moratorios, si los hubiere, intereses remuneratorios, amortización de capital y, por último, alpago de la obligación. OCTAVO: Todos los gastos e impuestos que causare el presente pagaré son de cargode LOS DEUDORES, lo mismo que los gastos de cobranza, si hubiere lugar a ella, los honorarios de abogadopara el cobro extrajudicial o judicial. Se suscribe el presente pagaré, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, alos ______________.

    LOS DEUDORES:

    Firma (s):

    Nombre:Dirección, Teléfono:Ciudad: 

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    ANEXO 2

    Bogotá, D.C. ______________________

    Señores:SENA- FONDO EMPRENDER Ciudad

    Asunto: CARTA DE INSTRUCCIONES

    Por medio de la presente, autorizo (amos) a SENA- FONDO EMPRENDER a diligenciar el Pagaré anexo porlos montos y plazo en las que en su momento adeude, solo cuando el interventor del Fondo Emprender

    certifique que he(mos) incurrido en una cualquiera de las Causales de devolución de los recursos o retiro dela financiación otorgada por el SENA- FONDO EMPRENDER, previstas en el Reglamento Interno del FondoEmprender, en las siguientes condiciones:

    1.  Número del Pagaré: El número consecutivo que el SENA- FONDO EMPRENDER designe al pagaré.2.  Nombre y cédula de ciudadanía: Se consignará mi (nuestro) nombre completo y el número de mi

    (nuestro) documento de identificación.3.  Monto: Será el monto del aporte otorgado por el SENA- FONDO EMPRENDER, en letras y en números.4.  Valor de cada cuota a capital: Será el valor de cada una de las cuotas a capital y corresponderá al monto

    adeudado dividido en treinta y seis (36) cuotas mensuales.5.  Fecha del primer pago: Será la fecha en la que debo (emos) realizar el primer pago de capital y de

    intereses.6.  Fecha de Suscripción: La fecha en la que se decide hacer exigible la devolución de los dineros otorgados

    por el SENA- FONDO EMPRENDER 

    Atentamente,

    Firma :

    Nombre:C.C. No.Dirección, Teléfono:Ciudad:

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    ANEXO No. 3

    Señores

    FIDUCIARIA

    E.S.D.

    Yo, ____________________________ ,  mayor de edad, identificado (a) como aparece al pie de mi firma,actuando en nombre propio, otorgo poder especial, amplio y suficiente a JOSÉ OBERDAN MARTÍNEZROBLES,  identificado con cédula de ciudadanía número 19.497.309, quien actúa en nombre yrepresentación del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE, enadelante  FONADE, Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero, del ordennacional, vinculada al Departamento Nacional de Planeación, identificada con el NIT 899.999.316-1,en su calidad de Subgerente de Contratación de conformidad con la Resolución No. 248 del 15 deseptiembre de 2015 y debidamente posesionado el 16 de septiembre de 2015, tal y como consta enel acta 005 de la misma fecha, en ejercicio de las facultades conferidas mediante la Resolución No.372 del 15 de diciembre de 2015, para que suscriba a nombre del FIDEICOMISO FONADE FONDOEMPRENDER el encargo fiduciario que manejará los recursos que me fueron aprobados, a través de unasubcuenta que para estos asignará la FIDUCIARIA.

    Dado a los ____________________

    Suscribe,

     _____________________________________________

    C.C. __________________

    Acepto,

     _____________________________________________

    JOSÉ OBERDAN MARTÍNEZ ROBLES C.C. 19.497.309 

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    ANEXO Nº 4

    MODELO DE CONTRAPARTIDASFONDO EMPRENDER

    Teniendo en cuenta que a través del Fondo Emprender el SENA aporta recursos de capital semilla, facilitandoasí la creación de empresas por parte de jóvenes, se ha definido que cada emprendedor realicé tras laaprobación de su Plan de Negocio una contribución al fortalecimiento de una cultura emprendedora, para locual se establece una contrapartida en especie que se realizará a través de transferencia de conocimientopara los usuarios de la formación profesional del SENA.

    Esta transferencia se debe desarrollar durante la fase de ejecución empresarial, y representa el 1,4% de suvalor total, este porcentaje está sustentado y valorado sobre la participación en eventos, los cuales tendrán uncosto del 25% de 1 SMMLV, lo anterior representa como máximo la participación del emprendedor en trece(13) eventos, clasificados así: i) capacitación, ii) conferencias, iii) jornadas de sensibilización, iv) pasantías yv) transferencia de tecnología.

    Este proceso debe ser realizado durante el periodo de ejecución de los recursos aprobados, siendo lacontraprestación el resultado no solo del desarrollo de una de las actividades estipuladas, sino que podráoptar por la suma de varias de ellas a fin de completar con el aporte de contrapartida exigido en el contrato decooperación suscrito entre el BENEFICIARIO, FONADE y el SENA. En el caso de proyectos susceptibles derealizar transferencia de tecnología o pasantías, se tomará como cumplido el aporte cuando sea la únicaactividad que se realice.

    De esta manera el cálculo del número de eventos a desarrollar como parte de la contrapartida delemprendedor, estará dado por la siguiente formula:

    (Monto aprobado en SMMLV * 1,4%) = Número de EventosValor evento 0,25 SMLMV

    224 SMLMV

    Contrapart 1,40% 3 SMLMV

    Valor Evento 25% 0,25 SMLMV

    Número de Eventos 13  

    El porcentaje de aporte por cada actividad será así:

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    Porcentaje N SMLMV N. Eventos

    1,00% 2,24 9

    1,00% 2,24 9

    1,00% 2,24 91,4% 3 -

    1,4% 3 -

    Valores Máximos

    Jornadas de SensibilizaciónPasantías

    Transferencia

    Actividades

    Capacitación

    Conferencias

     

    De acuerdo a lo anterior se entienden cada una de las actividades de la siguiente manera:

    Capacitación y Conferencias: Desarrollo de actividades de formación bien sea a alumnos, instructoresSENA o beneficiarios en actividades asociadas al componente técnico y tecnológico desarrollado por la nuevaempresa.Jornadas de sensibilización:  Participación en eventos de sensibilización hacia el emprendimiento talescomo ferias y jornadas empresariales para compartir su experiencia.Pasantías:  Desarrollo de programas de pasantías teórico – prácticas con alumnos SENA al interior de lanueva empresa.Transferencia de tecnología:  Transferencia que permita dependiendo de su viabilidad y pertinencia seradaptada a los Centros de Formación generando valor agregado a los programas de formación técnica y/otecnológica. 

    Todas las actividades enunciadas anteriormente deben ser concertadas y certificadas por el Servicio Nacionalde Aprendizaje – SENA, en compromiso de que se adelantaran las debidas contrapartidas, se anexaprogramación y se suscribe el presente por el representante legal de la nueva empresa y con el recibido de launidad de emprendimiento con la que se procederá el acuerdo

    Atentamente,

    Firma :

    Representante Legal:Nombre:CC. No.Dirección empresa, Teléfono empresa:Ciudad:

    Anexo: programación tentativa de los eventos proyectados durante los doce meses de seguimiento.

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    ANEXO Nº 5

    CONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA A FAVOR DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

    GARANTE:Nombre: ___________________________________________________NIT: ___________________________________________________Representante Legal: ________________________________________Cédula de Ciudadanía: _______________________________________Domicilio: __________________________________________________Ciudad ____________________________________________________

    ACREEDOR GARANTIZADO:Razón Social: Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA

    NIT: 899.999.034-1Representante Legal: MARÍA ANDREA NIETO ROMEROCédula de ciudadanía: 52.415.399Domicilio: Dirección General del SENA Calle 57 No. 8-69Ciudad: Bogotá

    DATOS OBLIGACIÓN

    PLAN DE NEGOCIOS: ____________________________________________________________________

    ID: _______ C ONTRATO COOPERACION EMPRESARIAL No. ___________

    Entre los suscritos, de una parte MARÍA ANDREA NIETO ROMERO, identificada con cédula de ciudadaníaNo 52.415.399 de Bogotá, en su calidad de Directora Encargada de Área G10 de la Dirección de Empleo yTrabajo de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, nombrada mediante ResoluciónNo. 02034 del 22 de septiembre de 2014 y debidamente posesionada mediante Acta de posesión 000124 del22 de septiembre de 2014, quien actúa conforme a la delegación conferida por el Director General del SENAmediante Resolución No.GJ564 del 8 de abril de 2011 para celebrar en nombre del SERVICIO NACIONALDE APRENDIZAJE – SENA los contratos de prenda que se generen en virtud de la adquisición de bienes delos emprendedores beneficiarios con recursos del Fondo Emprender, y que para los efectos del presentecontrato se denominará ACREEDOR GARANTIZADO, y por otra parte 

     ____________________________________________________, mayor de edad, identificado con la cédulade ciudadanía N° _____________________ expedida en ____________________, actuando en nombrepropio y en representación de __________________________________________________ según consta enRegistro de Cámara de Comercio, NIT:  _______________________ y quien en adelante se denominará elGARANTE, celebran el presente CONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA, el cual se regirá por la Ley 1676del 20 de agosto de 2013, Decreto 400 del 24 de febrero de 2014, Resolución 0834 del 3 de marzo de 2014,expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y en especial por la siguientes cláusulas:PRIMERA-OBJETO Y VALOR DE LA GARANTÍA: El presente contrato se constituye por parte delGARANTE de acuerdo con lo estipulado por la Ley 1676 de 2013 y su decreto reglamentario, con el fin degarantizar el capital entregado en desarrollo del Contrato de Cooperación Empresarial No. _________ ,

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    cuyo valor se encuentra estipulado por la suma de $ ________________ , y respaldado en el titulo valorpagaré suscrito por el GARANTE, el cual hace parte integral de la obligación garantizada por el presentecontrato; así como sus intereses durante el plazo, mora, honorarios de abogado, costos y costas de lacobranza judicial, gastos de ejecución, de recaudo, si a ello hubiere lugar; y para garantizar el fiel y

    estricto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el GARANTE contraiga en virtuddel mencionado contrato de cooperación, hasta la cancelación total de las obligaciones, incluidassus prórrogas o renovaciones. PARÁGRAFO:  Adicionalmente a las obligaciones enunciadas yvigentes al momento de la suscripción del presente contrato, se garantizarán también aquellas quese deriven de los marcos legales y reglamentarios dispuestos para la ejecución del Programa FondoEmprender, así como las futuras que surjan de la relación contractual. SEGUNDA-BIENES ENGARANTÍA: Por medio del presente contrato se constituye como garantía todos los bienes existentes ofuturos, corporales o incorporales, determinados o determinables, derechos, contratos y acciones, que seansusceptibles de valoración pecuniaria al momento de la constitución o los que se adquieran posteriormentecon los recursos otorgados por el Fondo Emprender para la ejecución del plan de negocios objeto delContrato de Cooperación Empresarial No.  ___________ y utilizados para el desarrollo de la actividadeconómica  _____________________________________________________   que se estipuló en el plan denegocios en mención, que hayan sido previamente solicitados por el GARANTE;  cuya descripción yespecificaciones se detallan en los inventarios que suscribirán el GARANTE y que sean previamenterevisados y aprobados por la interventoría asignada por el Gerente Administrador de los recursos, cuando seadquieran los bienes objetos de la garantía y los cuales hacen parte integral del presente contrato, deconformidad con lo estipulado en la reglamentación vigente del Fondo Emprender y especialmente loacordado en el Contrato de Cooperación Empresarial suscrito por el GARANTE. PARÁGRAFO PRIMERO:Para efectos de la presente cláusula, el GARANTE autoriza en los términos de la Ley 1676 de 2013 y sunormatividad complementaria al  ACREEDOR GARANTIZADO para reportar en el registro de garantíasmobiliarias los bienes adquiridos y que constituyen objeto de la presente garantía. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL GARANTE podrá dar uso de los bienes constituidos en garantía única y exclusivamente para lasactividades descritas en el plan de negocios objeto del Contrato de Cooperación Empresarial, aprobado por elConsejo Directivo Nacional del SENA. PARÁGRAFO TERCERO: EL GARANTE no podrá transferir,

    disponer, ceder, arrendar, trasladar, gravar, afectar con algún derecho a favor de terceros, y en general  realizar cualquier tipo de negocio jurídico sobre los sobre los bienes respaldados por la presente garantía, sinautorización escrita y expresa del ACREEDOR GARANTIZADO.  TERCERA- VIGENCIA DE LA GARANTÍAMOBILIARIA: La vigencia de la presente Garantía Mobiliaria se pacta por un plazo de cinco (5) años,prorrogables según sea el caso. No obstante, el plazo se encuentra supeditado a la existencia de obligacionesinsolutas por el GARANTE con el Fondo Emprender. CUARTA-. OBLIGACIONES DEL GARANTE CON ELACREEDOR GARANTIZADO: 1) Ejercer cuidado razonable y responder por la custodia y preservación de losbienes en garantía que se encuentren en su tenencia; 2) Tomar las medidas necesarias para preservar elvalor de los bienes en garantía y los derechos derivados de los mismos. 3) Mantener los bienes en garantíade manera que permanezcan identificables. En el caso de que éstos sean fungibles debe mantener la mismacantidad y calidad. 4) Dar uso de los bienes en garantía solo dentro del alcance contemplado en el plan denegocio y en el Contrato de Cooperación Empresarial. 5) Conservar los bienes objeto del contrato de garantía

    y responder hasta por la culpa leve. En caso de pérdida o deterioro se presume que se debe a su propia culpade acuerdo con lo contemplado en el artículo 1212 del Código de Comercio. 6)  Informar oportunamente alACREDEDOR GARANTIZADO  cualquier circunstancia que ponga en peligro los bienes garantizados. 7) Permitir que el ACREEDOR GARANTIZADO o quien delegue, inspeccione o supervise los bienes dados engarantía para verificar su cantidad, calidad y estado de conservación. 8) No entregar, trasladar, abandonar,ocultar, transformar o enajenar a cualquier título los bienes constituidos en garantía, so pena de las sancionesestablecidas en la ley penal. 9) Asumir   los riesgos de destrucción, pérdida o daño de los bienes dados engarantía 10) Pagar todos los gastos e impuestos relacionados con los bienes en garantía.  11) A partir de la

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    suscripción del presente documento y durante su vigencia, mantener los bienes garantizados en: ________________________________________________________________________________________ ________________________________. En caso de requerir cambiar el sitio de ubicación de estos bienes,deberá solicitar previa autorización por escrito del ACREDEDOR GARANTIZADO. QUINTA- DERECHO DE

    INSPECCIÓN A FAVOR DEL ACREEDOR GARANTIZADO:  El  GARANTE se obliga a permitir alACREEDOR GARANTIZADO o a quien éste designe, la inspección de los bienes en garantía, cada vez queasí lo requiera, para cuyo efecto el ACREEDOR GARANTIZADO fijará fecha y hora para la inspección y daráaviso al GARANTE  con antelación de cinco (5) días calendario a la fecha en que se realizará la misma.PARÁGRAFO PRIMERO. EL SENA no será responsable por ningún costo, gasto o lucro cesante que puedagenerarse para el GARANTE con ocasión de las visitas de inspección. EL  SENA en su calidad de ACREEDOR GARANTIZADO podrá recomendar por escrito todas las medidas que estime convenientes que,de no ser atendidas por  el GARANTE dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fechadel escrito, serán causal para que el ACREEDOR GARANTIZADO  ejecute la presente garantía, deconformidad con los establecido en la Ley 1676 de 2013 o exija el pago de la obligaciones generadas en eldesarrollo del plan de negocios, aunque el plazo de ésta no se haya vencido de conformidad con lo previstoen el Contrato de Cooperación Empresarial. SEXTA- CESIÓN DE LA GARANTÍA: El GARANTE acepta

    desde ahora, y sin necesidad de notificación alguna, cualquier cesión que el ACREEDOR GARANTIZADOhaga de este contrato y cualquier otro documento que contenga obligaciones principales a que accede, acualquier persona natural o jurídica, y renuncia a todo derecho que por ley, decreto o resolución llegare aconsagrarse en su favor y que tienda a disminuir el valor de las obligaciones cuyos pagos se garantizan poreste contrato. SÉPTIMA- AVISO POR PÉRDIDA: EL GARANTE  se compromete a dar aviso escrito alACREEDOR GARANTIZADO, cuando sobre el bien garantizado existan acciones judiciales de terceros, o enel caso de pérdida total o parcial, deterioro o destrucción de la cosa, para lo cual el GARANTE se obliga a daraviso de manera inmediato al ACREEDOR GARANTIZADO o a quien haga sus veces; en caso de no hacerloincurrirá en las sanciones de ley que se deriven. OCTAVA -CLÁUSULA ACELERATORIA: El ACREDEDORGARANTIZADO declarará vencido el plazo y exigirá el pago de la totalidad de las obligaciones, junto con susintereses, sin necesidad de requerimiento previo, y podrá promover las acciones judiciales correspondientes oejecutar la garantía mobiliaria de acuerdo con los previsto en el presente contrato y especialmente loestipulado en la Ley 1676 de 2013, en los siguientes eventos: a) Cuando el GARANTE no cumpla con loscompromisos adquiridos por este documento, los contenidos en el Contrato de Cooperación Empresarial y lostérminos de la normatividad vigente del Fondo Emprender o cuando a consideración del administrador de losrecursos y/o interventoría se evidencie objetivamente el incumplimiento de acciones, cronogramas y engeneral de los lineamientos planteados en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo Nacional delSENA. b) Si el GARANTE grava o enajena el bien parcial o totalmente sin consentimiento previo y escrito delACREEDOR GARANTIZADO. b) Por perdida de la titularidad o posesión de los bienes objeto de la garantía.c) Si recaen sobre los bienes garantizados embargos o son perseguidos por terceros en ejercicio de cualquieracción judicial o extrajudicial. PARÁGRAFO PRIMERO: EL  ACREEDOR GARANTIZADO, como medidapreventiva para garantizar el pago de las obligaciones y perjuicios causados, podrá aprehender el bien encualquier lugar donde se encuentre y retenerlo bajo la responsabilidad y a costa del  GARANTE, en tanto lasautoridades judiciales resuelvan, para lo cual el GARANTE manifiesta su consentimiento y el ACREEDORGARANTIZADO podrá obrar por si mismo o recurrir a las autoridades policivas, judiciales, administrativas afin de obtener la retención del bien con la simple presentación del presente contrato. NOVENA-EJECUCIÓNDE LA GARANTIA MOBILIARIA:  El GARANTE y el ACREDOR GARANTIZADO  por medio del presentedocumento acuerdan que en caso que el GARANTE incumpla con cualquiera de las obligaciones contenidasen el presente documento, las descritas en el Contrato de Cooperación Empresarial y las determinadas en lareglamentación del Fondo Emprender, el ACREEDOR GARANTIZADO estará facultado para dar por vencidoel plazo pactado con el GARANTE y como consecuencia podrá proceder con la exigibilidad de la garantíamobiliaria haciendo uso del mecanismo de pago directo o alternativamente a través del mecanismo deejecución especial o de ejecución judicial, de acuerdo con lo previsto en el presente contrato y con el trámite

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    dispuesto en los artículos 61 y subsiguientes de la ley 1676 de 2013 y demás normas que la reglamenten,adicionen, modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento en el que no se alcanzare a cubrirlas obligaciones garantizadas, luego de llevarse a cabo cualquiera de los mecanismos de ejecución de lagarantía mobiliaria, el ACREEDOR GARANTIZADO  tendrá derecho a iniciar las acciones legales que

    correspondan con el fin de cobrar el saldo de la(s) acreencia(s) pendientes. PARÁGRAFO SEGUNDO: Paraefectos de la aplicación de lo dispuesto en la presente cláusula, el trámite se regirá por lo establecido en laLey 1676 de 2013 sobre ejecución especial y judicial de la garantía y demás normas complementarias; asícomo lo determinado en los contratos y manuales que definen el Fondo Emprender. DÉCIMA TERMINACIONDEL CONTRATO: 1) Causas Convencionales: El presente contrato terminará: a)  Por expiración de sutérmino, con sujeción a lo previsto en el presente contrato; b) Por acuerdo mutuo de las partes; c) En el casode que, con anterioridad al vencimiento, el ACREEDOR GARANTIZADO cancele la presente garantía porencontrarse el GARANTE  a paz y salvo por todo concepto. d) Por condonación de los recursos por elConsejo Directivo Nacional del SENA. e) Por pago total de las obligaciones constituidas. 2)  Causas deTerminación Unilateral por parte del SENA: EL SENA podrá dar por terminado unilateralmente el presentecontrato, y por lo tanto extinguido el plazo de las obligaciones respectivas y hacer efectiva la presentegarantía sin previo aviso o requerimiento, antes del plazo estipulado, por el incumplimiento o cumplimiento

    defectuoso de una cualquiera o de varias obligaciones que le incumben al GARANTE de acuerdo con estecontrato y, en especial, por los siguientes hechos cuya enumeración no es taxativa: a) Por incumplimiento omora en los pagos de cualquier obligación o de sus intereses derivadas del presente contrato; b) Por el usoindebido de los bienes constituidos en garantía que desnaturalice su función original. c) Cuando los derechosgarantizados con prenda fueren perseguidos por un tercero en ejercicio de cualquier acción. Esta causal deaceleración de las obligaciones podrá aplicarse conjuntamente con la respectiva denuncia penal por violaciónde lo consagrado en el artículo 255 del Código Penal. d) Cuando el GARANTE no permita o perturbe al SENAla inspección sobre los bienes garantizados; e) En caso de que el GARANTE constituya otros gravámenessobre los bienes garantizados con prenda y/o traspase su dominio, sin previa autorización escrita del SENA.Esta causal de aceleración de las obligaciones podrá aplicarse conjuntamente con la respectiva denunciapenal por violación de lo consagrado en el artículo 255 del Código Penal. f) En caso de suspensión de pagos,concurso de acreedores, cesación o suspensión de actividades del GARANTE; g) Por el incumplimiento ocumplimiento defectuoso de cualquier obligación a cargo del GARANTE, derivada del presente contrato y delContrato de Cooperación Empresarial. h)  Darle un uso distinto a los bienes objeto del presente contrato y endesarrollo de las actividades conexas que se deriven del Contrato de Cooperación Empresarial. i) Variar ellugar de ubicación de los bienes garantizados sin previo acuerdo por escrito del ACREEDORGARANTIZADO.. DÉCIMA SEGUNDA- EFECTOS PENALES DEL INCUMPLIMIENTO: Sin perjuicio de locontemplado en el presente contrato, el incumplimiento del mismo podrá dar lugar a la responsabilidad penaldescrita en el artículo 255 del Código Penal. DÉCIMA TERCERA- PAGO DIRECTO POR EL ACREEDORPRENDARIO: Las partes acuerdan por medio del presente documento que en caso de incumplimiento decualquiera de las obligaciones contenidas en el presente documento, las descritas en el Contrato deCooperación Empresarial y las determinadas en la reglamentación del Fondo Emprender, el ACREEDORGARANTIZADO estará facultado para pagarse con los bienes constituidos como garantía mobiliaria por elpresente documento, previo avaluó de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1676 de 2013 ydemás normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. DÉCIMA CUARTA- AUTORIZACIÓNDEL GARANTE:  Mediante el presente documento el GARANTE  manifiesta que autoriza expresamente alACREEDOR GARANTIZADO y al Administrador de los recursos del Fondo Emprender contratado por éste,para inscribir en el registro de garantías mobiliarias, realizar las modificaciones, prórroga, cancelación,ejecución en el mismo de la presente garantía constituida sobre los bienes adquiridos con los recursos delFondo Emprender en desarrollo del Contrato de Cooperación Empresarial No._________________ ; así comopara efectuar todas las actuaciones que se establecen en la Ley 1676 de 2013 para hacer efectiva la garantíamobiliaria. DÉCIMA QUINTA- METODOS ALTERNOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Laspartes acuerdan que cualquier controversia que se suscite con respecto a la constitución, interpretación,

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    prelación, cumplimiento, ejecución, liquidación de la presente garantía mobiliaria, podrá ser sometida aconciliación, arbitraje o cualquier otro mecanismo alternativo de solución de conflicto, de conformidad con loestipulado en de la Ley 1676 de 2013 y demás normatividad nacional aplicable en esta materia. DÉCIMASEXTA-ACLARACIÓN: Los contratos de prenda abierta sin tenencia, celebrados con anterioridad entre el

    GARANTE y ACREEDOR GARANTIZADO desde la fecha de inicio del contrato hasta la fecha de suscripcióndel presente documento, serán inscritos en el registro de garantías mobiliarias y le son aplicables las normasestablecidas en la Ley 1676 de 2013.

    Se firma el presente contrato por las partes en la ciudad de Bogotá, D.C. a los __________________________.

    GARANTE

     __________________________________Nombre:Representante LegalNIT:

    ACREEDOR GARANTIZADO

     _________________________________Director (a) de Empleo y TrabajoDirección General SENA

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    IINNSSTTRRUUCCTTIIVVOO:: ¿¿CCÓÓMMOO DDIILLIIGGEENNCCIIAARR CCAADDAA DDOOCCUUMMEENNTTOO oo AANNEEXXOO?? 

    1. PAGARE

    NOTA: Este pagaré debe ser firmado por todos los beneficiarios de los planes de negocio inscritos en el sistema deinformación como emprendedores. NO SE NECESITA DE NINGUN FIADOR Y ESTE DOCUMENTO DEBE IRAUTENTICADO.

    PAGARE No. _____

    VALOR $

    Yo (Nosotros), identificado(s) como se indica a continuación:

    Nombre Número de Cédula de Ciudadanía y lugar de expedición

    NOMBRE DEL EMPRENDEDOR CEDULA DE CIUDADANIA

    Pagaré(mos) incondicionalmente a la orden del FONDO EMPRENDER o a quien represente sus derechos, en sus instalacionesubicadas en la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., (Dirección)___________________________, en las fechas de amortizaciónpor cuotas señaladas en la cláusula segunda de este mismo pagaré: PRIMERO: la suma de________________________________________________________________________________pesos moneda corriente,($___________________), que declaro(amos) he(mos) recibido. SEGUNDO: Que pagaré (mos) la suma indicada en la cláusulaanterior en un plazo máximo de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha de suscripción de este pagaré, mediante elpago de treinta y seis (36) cuotas mensuales sucesivas correspondientes cada una a la cantidad de___________________________________________________________________________________________________ pesosmoneda corriente, ($ ________________). El primer pago se efectuará el día ________________________ y así sucesivamenteel mismo día de cada mes. Este pago corresponde solo al capital y deberá incrementarse en la cuota de intereses correspondientepara cada periodo mensual. TERCERO: Durante el plazo previsto para el pago de la suma contenida en el presente pagaré,reconoceremos sobre las sumas pendientes de pago, intereses a la tasa de interés variable de la DTF Efectiva Anual vigente en lafecha de inicio de la obligación, incrementada en ___ (____.0) puntos porcentuales, Efectivos Anuales, con base en la cual secalculará y pagará la tasa equivalente anual mes vencido. La DTF a que se refiere este título corresponde al costo promedio

    ponderado de captación a noventa (90) días de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras y compañías definanciamiento comercial, señalada por el Banco de la República, para la semana de iniciación de la obligación. CUARTO: Encaso de mora y a partir de ella, y para cada período en que persista la mora, pagaremos intereses moratorios calculados a las tasasque estuvieren vigentes como límite máximo a cobrar de acuerdo con la ley, sin perjuicio de los demás derechos y acciones quepudiere adelantar FONDO EMPRENDER para obtener el recaudo de la obligación. QUINTO: EL FONDO podrá hacer exigiblela totalidad del saldo impagado de la obligación más los intereses remuneratorios y de mora, en cualquiera de los siguienteseventos: a) Si LOS DEUDORES incurriere en mora en el pago de cualquiera de las cuotas de capital o intereses pactadas para elpago de la obligación; b) Si los bienes objeto de la garantía que respalda la obligación contenida en el presente pagaré fuerenperseguidos judicialmente por terceros, o sufrieren desmejora o deprecio tales que no presenten suficiente garantía para el recaudode las obligaciones contenidas en el presente pagaré; c) Si se llegare a solicitar, declarar o admitir a LOS DEUDORES aconcordato, liquidación forzosa o entrare en cualquier otro trámite de ejecución universal; e) Por presentar información inexacta aFONDO EMPRENDER; f) Si a juicio de FONDO EMPRENDER la situación financiera de LOS DEUDORES se hubieredeteriorado en forma tal que se hiciere evidente su imposibilidad de cumplir con las obligaciones derivadas de este pagaré.SEXTO: En el evento en que la fecha de cualquiera de los pagos previstos en el presente título valor coincida con un día no hábil,se trasladará al día hábil inmediatamente siguiente. SEPTIMO : Los pagos que efectúe LOS DEUDORES para atender lasobligaciones derivadas del presente pagaré, se aplicarán en el siguiente orden: cuentas por pagar causadas a cargo de LOS

    DEUDORES, incluidos los honorarios de abogado, si los hubiere, intereses moratorios, si los hubiere, intereses remuneratorios,amortización de capital y, por último, al pago de la obligación. OCTAVO: Todos los gastos e impuestos que causare el presentepagaré son de cargo de LOS DEUDORES, lo mismo que los gastos de cobranza, si hubiere lugar a ella, los honorarios deabogado para el cobro extrajudicial o judicial. Se suscribe el presente pagaré, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, a los______________. LOS DEUDORES:

    Firma :

    Nombre:Dirección, Teléfono:Ciudad: 

    Coloque el Nombredel losbeneficiarios

    Coloque la cédulade ciudadanía delos beneficiarios

    Lo que estasombreado. Nodiligenciar.

    Coloque Nombre, firma, Identificación, dirección yteléfono del (os) Emprendedor(es)Con resentación ante Notario

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    2. CARTA DE INSTRUCCIONES

    NOTA: ESTE DOCUMENTO DEBE IR DEBIDAMENTE FIRMADO Y AUTENTICADO

    ANEXO 2

    Bogotá, D.C. ______________________

    Señores:SENA- FONDO EMPRENDER Ciudad

    CARTA DE INSTRUCCIONES

    Por medio de la presente, autorizo(amos) a SENA- FONDO EMPRENDER a diligenciar el Pagaré anexo por los montos yplazo en las que en su momento adeude, solo cuando el interventor del Fondo Emprender certifique que he(mos)incurrido en una cualquiera de las Causales de devolución de los recursos o retiro de la financiación otorgada por elSENA- FONDO EMPRENDER, previstas en el Reglamento interno del Fondo Emprender, en las siguientes condiciones:

    1.  Número del Pagaré: El número consecutivo que el SENA- FONDO EMPRENDER designe al pagaré.2.  Nombre y cédula de ciudadanía: Se consignará mi (nuestro) nombre completo y el número de mi (nuestro)

    documento de identificación.3.  Monto: Será el monto del aporte otorgado por el SENA- FONDO EMPRENDER, en letras y en números.4.  Valor de cada cuota a capital: Será el valor de cada una de las cuotas a capital y corresponderá al monto adeudado

    dividido en treinta y seis (36) cuotas mensuales.5.  Fecha del primer pago: Será la fecha en la que debo (emos) realizar el primer pago de capital y de intereses.6.  Fecha de Suscripción: La fecha en la que se decide hacer exigible la devolución de los dineros otorgados por el

    SENA- FONDO EMPRENDER 

    Atentamente,

    Firma :

    Nombre:C.C. No.Dirección, Teléfono:Ciudad: 

    Coloque el Nombre, Firma y demásdatos de identificación y ubicación delos beneficiarios

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    3. AUTORIZACIÓN ENCARGO FIDUCIARIO

    Señores

    FIDUCIARIA

    E.S.D.

    Yo, ___________________, mayor de edad, identificado (a) como aparece al pie de mi firma, actuando en nombre

    propio, otorgo poder especial, amplio y suficiente a JOSÉ OBERDAN MARTÍNEZ ROBLES,  identificado con cédula de

    ciudadanía número 19.497.309, quien actúa en nombre y representación del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS

    DE DESARROLLO - FONADE, en adelante FONADE, Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero,

    del orden nacional, vinculada al Departamento Nacional de Planeación, identificada con el NIT 899.999.316-1, en su

    calidad de Subgerente de Contratación de conformidad con la Resolución No. 248 del 15 de septiembre de 2015 y

    debidamente posesionado el 16 de septiembre de 2015, tal y como consta en el acta 005 de la misma fecha, en ejercicio

    de las facultades conferidas mediante la Resolución No. 372 del 15 de diciembre de 2015, para que suscriba a nombre

    del FIDEICOMISO FONADE FONDO EMPRENDER el encargo fiduciario que manejará los recursos que me fueron

    aprobados, a través de una subcuenta que para estos asignará la FIDUCIARIA.

    Dado a los:

    Suscribe,

     _____________________________________________

    C.C. __________________

    Acepto,

     _____________________________________________

    JOSÉ OBERDAN MARTÍNEZ ROBLES C.C. 19.497.309

    Coloque el Nombredel o losbeneficiarios

    Firma del o los

    Beneficiarios

    Cédula deCiudadanía de losBeneficiarios

    No incluya fecha, esta se tramita internamente

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    4. MODELO DE CONTRAPARTIDAS

    Suscribir el documento por el representante legal en acuerdo con el líder o Jefe de la Unidad de Emprendimiento SENAcon la cual concertará las contrapartidas a realizar. Anexar programación de eventos tentativa durante el año de

    seguimiento.

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    5. CONTRATO DE GARANTIAS MOBILIARIAS

    CONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA A FAVOR DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA 

    GARANTE:

    Nombre: NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA COMO ESTÁ REGISTRADA EN LA CÁMARA DE COMERCIO  NIT: NIT CON EL QUE LA EMPRESA SE ENCUENTRA REGISTRADA EN LA CÁMARA DE COMERCIO  Representante Legal: NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA IDENTIFICADA COMO REPRESENTANTE LEGAL ACTUAL DE LA

    EMPRESA SUSCRITA Cédula de Ciudadanía: NUMERO DE CEDULA DEL REPRESENTANTE LEGALDomicilio: DIRECCIÓN COMPLETA DONDE SE ENCUENTRA LA EMPRESA SUSCRITA EN FUNCIONAMIENTO ACTUALMENTE

    CON CUIDAD Y DEPARTAMENTO Ciudad: CIUDAD DONDE SE ENCUENTRA UBICADA LA EMPRESA ACTUALMENTE 

    ACREEDOR GARANTIZADO:Razón Social: Servicio Nacional de Aprendizaje - SENANIT: 899.999.034-1

    Representante Legal: MARÍA ANDREA NIETO ROMEROCédula de ciudadanía: 52.415.399Domicilio: Dirección General del SENA Calle 57 No. 8-69Ciudad: Bogotá

    DATOS OBLIGACIÓN

    PLAN DE NEGOCIOS: EL NOMBRE DEL PLAN NEGOCIOS SUSCRITOID: EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS SUSCRITO CONTRATO COOPERACION EMPRESARIAL No.EL NÚMERO DEL CONTRATO DE CONTRATO DE COOPERACIÓN EMPRESARIAL SUSCRITO ENTRE FONADE Y EL (LOS)EMPRENDEDOR(ES). 

    Entre los suscritos, de una parte MARÍA ANDREA NIETO ROMERO, identificada con cédula de ciudadanía No 52.415.399 de Bogotá,en su calidad de Directora Encargada de Área G10 de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del Servicio Nacional

    de Aprendizaje-SENA, nombrada mediante Resolución No.  02034 del 22 de septiembre de 2014 y debidamente posesionadamediante Acta de posesión 000124 del 22 de septiembre de 2014, quien actúa conforme a la delegación conferida por el DirectorGeneral del SENA mediante Resolución No.GJ564 del 8 de abril de 2011 para celebrar en nombre del SERVICIO NACIONAL DEAPRENDIZAJE – SENA  los contratos de prenda que se generen en virtud de la adquisición de bienes de los emprendedoresbeneficiarios con recursos del Fondo Emprender, y que para los efectos del presente contrato se denominará ACREEDORGARANTIZADO, y por otra parte  NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL, mayor de edad, identificado con la cédula deciudadanía N° NUMERO DE CEDULA DEL REPRESENTANTE LEGAL expedida en CIUDAD DE EXPEDICION DE LA CEDULA,actuando en nombre propio y en representación de NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA según consta en Registro de Cámarade Comercio, NIT: NIT REGISTRADO EN LA CAMARA DE COMERCIO y quien en adelante se denominará el GARANTE, celebranel presente CONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA, el cual se regirá por la Ley 1676 del 20 de agosto de 2013, Decreto 400 del 24de febrero de 2014, Resolución 0834 del 3 de marzo de 2014, expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y enespecial por la siguientes cláusulas: PRIMERA-OBJETO Y VALOR DE LA GARANTÍA: El presente contrato se constituye por partedel GARANTE de acuerdo con lo estipulado por la Ley 1676 de 2013 y su decreto reglamentario, con el fin de garantizar el capitalentregado en desarrollo del Contrato de Cooperación Empresarial No. NUMERO DE CONTRATO DE COOPERACIONEMPRESARIAL, cuyo valor se encuentra estipulado por la suma de $ VALOR NUMERICO DEL CONTRATO DE COOPERACIONEMPRESARIAL, y respaldado en el titulo valor pagaré suscrito por el GARANTE, el cual hace parte integral de la obligacióngarantizada por el presente contrato; así como sus intereses durante el plazo, mora, honorarios de abogado, costos y costas de lacobranza judicial, gastos de ejecución, de recaudo, si a ello hubiere lugar; y para garantizar el fiel y estricto cumplimiento de todas ycada una de las obligaciones que el GARANTE contraiga en virtud del mencionado contrato de cooperación, hasta la cancelación totalde las obligaciones, incluidas sus prórrogas o renovaciones. PARÁGRAFO: Adicionalmente a las obligaciones enunciadas y vigentesal momento de la suscripción del presente contrato, se garantizarán también aquellas que se deriven de los marcos legales yreglamentarios dispuestos para la ejecución del Programa Fondo Emprender, así como las futuras que surjan de la relacióncontractual. SEGUNDA-BIENES EN GARANTÍA: Por medio del presente contrato se constituye como garantía todos los bienesexistentes o futuros, corporales o incorporales, determinados o determinables, derechos, contratos y acciones, que sean susceptibles

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    de valoración pecuniaria al momento de la constitución o los que se adquieran posteriormente con los recursos otorgados por el FondoEmprender para la ejecución del plan de negocios objeto del Contrato de Cooperación Empresarial No.  NUMERO DE CONTRATO DECOOPERACION EMPRESARIAL  y utilizados para el desarrollo de la actividad económica VER CUADRO AL FINAL DELDOCUMENTO (ACTIVIDADES ECONOMICAS)  que se estipuló en el plan de negocios en mención, que hayan sido previamentesolicitados por el GARANTE; cuya descripción y especificaciones se detallan en los inventarios que suscribirán el GARANTE y que

    sean previamente revisados y aprobados por la interventoría asignada por el Gerente Administrador de los recursos, cuando seadquieran los bienes objetos de la garantía y los cuales hacen parte integral del presente contrato, de conformidad con lo estipuladoen la reglamentación vigente del Fondo Emprender y especialmente lo acordado en el Contrato de Cooperación Empresarial suscritopor el GARANTE. PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de la presente cláusula, el GARANTE autoriza en los términos de la Ley1676 de 2013 y su normatividad complementaria al ACREEDOR GARANTIZADO para reportar en el registro de garantías mobiliariaslos bienes adquiridos y que constituyen objeto de la presente garantía. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL GARANTE podrá dar uso de losbienes constituidos en garantía única y exclusivamente para las actividades descritas en el plan de negocios objeto del Contrato deCooperación Empresarial, aprobado por el Consejo Directivo Nacional del SENA. PARÁGRAFO TERCERO: EL GARANTE no podrátransferir, disponer, ceder, arrendar, trasladar, gravar, afectar con algún derecho a favor de terceros, y en general realizar cualquiertipo de negocio jurídico sobre los sobre los bienes respaldados por la presente garantía, sin autorización escrita y expresa delACREEDOR GARANTIZADO.  TERCERA- VIGENCIA DE LA GARANTÍA MOBILIARIA: La vigencia de la presente GarantíaMobiliaria se pacta por un plazo de cinco (5) años, prorrogables según sea el caso. No obstante, el plazo se encuentra supeditado a laexistencia de obligaciones insolutas por el GARANTE con el Fondo Emprender. CUARTA-. OBLIGACIONES DEL GARANTE CONEL ACREEDOR GARANTIZADO: 1) Ejercer cuidado razonable y responder por la custodia y preservación de los bienes en garantíaque se encuentren en su tenencia; 2) Tomar las medidas necesarias para preservar el valor de los bienes en garantía y los derechos

    derivados de los mismos. 3) Mantener los bienes en garantía de manera que permanezcan identificables. En el caso de que éstossean fungibles debe mantener la misma cantidad y calidad. 4) Dar uso de los bienes en garantía solo dentro del alcance contempladoen el plan de negocio y en el Contrato de Cooperación Empresarial. 5)  Conservar los bienes objeto del contrato de garantía yresponder hasta por la culpa leve. En caso de pérdida o deterioro se presume que se debe a su propia culpa de acuerdo con locontemplado en el artículo 1212 del Código de Comercio. 6)  Informar oportunamente al ACREDEDOR GARANTIZADO  cualquiercircunstancia que ponga en peligro los bienes garantizados. 7)  Permitir que el ACREEDOR GARANTIZADO  o quien delegue,inspeccione o supervise los bienes dados en garantía para verificar su cantidad, calidad y estado de conservación. 8) No entregar,trasladar, abandonar, ocultar, transformar o enajenar a cualquier título los bienes constituidos en garantía, so pena de las sancionesestablecidas en la ley penal. 9) Asumir  los riesgos de destrucción, pérdida o daño de los bienes dados en garantía 10) Pagar todoslos gastos e impuestos relacionados con los bienes en garantía.  11) A partir de la suscripción del presente documento y durante suvigencia, mantener los bienes garantizados en: DIRECCIÓN COMPLETA DONDE SE ENCUENTRA LA EMPRESA SUSCRITA ENFUNCIONAMIENTO ACTUALMENTE CON CIUDAD Y DEPARTAMENTO. En caso de requerir cambiar el sitio de ubicación de estosbienes, deberá solicitar previa autorización por escrito del ACREDEDOR GARANTIZADO. QUINTA- DERECHO DE INSPECCIÓN AFAVOR DEL ACREEDOR GARANTIZADO:  El  GARANTE se obliga a permitir al ACREEDOR GARANTIZADO o a quien éstedesigne, la inspección de los bienes en garantía, cada vez que así lo requiera, para cuyo efecto el ACREEDOR GARANTIZADO fijará

    fecha y hora para la inspección y dará aviso al GARANTE con antelación de cinco (5) días calendario a la fecha en que se realizará lamisma. PARÁGRAFO PRIMERO. EL SENA no será responsable por ningún costo, gasto o lucro cesante que pueda generarse parael GARANTE con ocasión de las visitas de inspección. EL SENA en su calidad de ACREEDOR GARANTIZADO podrá recomendarpor escrito todas las medidas que estime convenientes que, de no ser atendidas por  el GARANTE dentro de los quince (15) díascalendarios contados a partir de la fecha del escrito, serán causal para que el ACREEDOR GARANTIZADO  ejecute la presentegarantía, de conformidad con los establecido en la Ley 1676 de 2013 o exija el pago de la obligaciones generadas en el desarrollo delplan de negocios, aunque el plazo de ésta no se haya vencido de conformidad con lo previsto en el Contrato de CooperaciónEmpresarial. SEXTA- CESIÓN DE LA GARANTÍA: El GARANTE acepta desde ahora, y sin necesidad de notificación alguna,cualquier cesión que el ACREEDOR GARANTIZADO haga de este contrato y cualquier otro documento que contenga obligacionesprincipales a que accede, a cualquier persona natural o jurídica, y renuncia a todo derecho que por ley, decreto o resolución llegare aconsagrarse en su favor y que tienda a disminuir el valor de las obligaciones cuyos pagos se garantizan por este contrato. SÉPTIMA-AVISO POR PÉRDIDA: EL GARANTE  se compromete a dar aviso escrito al ACREEDOR GARANTIZADO, cuando sobre el biengarantizado existan acciones judiciales de terceros, o en el caso de pérdida total o parcial, deterioro o destrucción de la cosa, para locual el GARANTE se obliga a dar aviso de manera inmediato al ACREEDOR GARANTIZADO o a quien haga sus veces; en caso deno hacerlo incurrirá en las sanciones de ley que se deriven. OCTAVA  -CLÁUSULA ACELERATORIA: El  ACREDEDOR

    GARANTIZADO declarará vencido el plazo y exigirá el pago de la totalidad de las obligaciones, junto con sus intereses, sin necesidadde requerimiento previo, y podrá promover las acciones judiciales correspondientes o ejecutar la garantía mobiliaria de acuerdo conlos previsto en el presente contrato y especialmente lo estipulado en la Ley 1676 de 2013, en los siguientes eventos: a) Cuando elGARANTE  no cumpla con los compromisos adquiridos por este documento, los contenidos en el Contrato de CooperaciónEmpresarial y los términos de la normatividad vigente del Fondo Emprender o cuando a consideración del administrador de losrecursos y/o interventoría se evidencie objetivamente el incumplimiento de acciones, cronogramas y en general de los lineamientosplanteados en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo Nacional del SENA . b) Si el GARANTE grava o enajena el bienparcial o totalmente sin consentimiento previo y escrito del ACREEDOR GARANTIZADO. b) Por perdida de la titularidad o posesiónde los bienes objeto de la garantía. c) Si recaen sobre los bienes garantizados embargos o son perseguidos por terceros en ejerciciode cualquier acción judicial o extrajudicial. PARÁGRAFO PRIMERO: EL ACREEDOR GARANTIZADO, como medida preventiva para

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    garantizar el pago de las obligaciones y perjuicios causados, podrá aprehender el bien en cualquier lugar donde se encuentre yretenerlo bajo la responsabilidad y a costa del GARANTE, en tanto las autoridades judiciales resuelvan, para lo cual el GARANTEmanifiesta su consentimiento y el ACREEDOR GARANTIZADO  podrá obrar por sí mismo o recurrir a las autoridades policivas, judiciales, administrativas a fin de obtener la retención del bien con la simple presentación del presente contrato. NOVENA-EJECUCIÓN DE LA GARANTIA MOBILIARIA: El GARANTE y el ACREDOR GARANTIZADO  por medio del presente documento

    acuerdan que en caso que  el  GARANTE incumpla con cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente documento, lasdescritas en el Contrato de Cooperación Empresarial y las determinadas en la reglamentación del Fondo Emprender, el ACREEDORGARANTIZADO estará facultado para dar por vencido el plazo pactado con el GARANTE y como consecuencia podrá proceder con laexigibilidad de la garantía mobiliaria haciendo uso del mecanismo de pago directo o alternativamente a través del mecanismo deejecución especial o de ejecución judicial, de acuerdo con lo previsto en el presente contrato y con el trámite dispuesto en los artículos61 y subsiguientes de la ley 1676 de 2013 y demás normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan . PARÁGRAFOPRIMERO: En el evento en el que no se alcanzare a cubrir las obligaciones garantizadas, luego de llevarse a cabo cualquiera de losmecanismos de ejecución de la garantía mobiliaria, el ACREEDOR GARANTIZADO tendrá derecho a iniciar las acciones legales quecorrespondan con el fin de cobrar el saldo de la(s) acreencia(s) pendientes. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos de la aplicaciónde lo dispuesto en la presente cláusula, el trámite se regirá por lo establecido en la Ley 1676 de 2013 sobre ejecución especial y judicial de la garantía y demás normas complementarias; así como lo determinado en los contratos y manuales que definen el FondoEmprender. DÉCIMA TERMINACION DEL CONTRATO: 1) Causas Convencionales: El presente contrato terminará: a)  Porexpiración de su término, con sujeción a lo previsto en el presente contrato; b) Por acuerdo mutuo de las partes; c) En el caso de que,con anterioridad al vencimiento, el ACREEDOR GARANTIZADO cancele la presente garantía por encontrarse el GARANTE a paz ysalvo por todo concepto. d) Por condonación de los recursos por el Consejo Directivo Nacional del SENA. e) Por pago total de las

    obligaciones constituidas. 2)  Causas de Terminación Unilateral por parte del SENA: EL SENA  podrá dar por terminadounilateralmente el presente contrato, y por lo tanto extinguido el plazo de las obligaciones respectivas y hacer efectiva la presentegarantía sin previo aviso o requerimiento, antes del plazo estipulado, por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de unacualquiera o de varias obligaciones que le incumben al GARANTE  de acuerdo con este contrato y, en especial, por los siguienteshechos cuya enumeración no es taxativa: a)  Por incumplimiento o mora en los pagos de cualquier obligación o de sus interesesderivadas del presente contrato; b) Por el uso indebido de los bienes constituidos en garantía que desnaturalice su función original. c) Cuando los derechos garantizados con prenda fueren perseguidos por un tercero en ejercicio de cualquier acción. Esta causal deaceleración de las obligaciones podrá aplicarse conjuntamente con la respectiva denuncia penal por violación de lo consagrado en elartículo 255 del Código Penal. d) Cuando el GARANTE no permita o perturbe al SENA la inspección sobre los bienes garantizados; e) En caso de que el GARANTE  constituya otros gravámenes sobre los bienes garantizados con prenda y/o traspase su dominio, sinprevia autorización escrita del SENA. Esta causal de aceleración de las obligaciones podrá aplicarse conjuntamente con la respectivadenuncia penal por violación de lo consagrado en el artículo 255 del Código Penal. f) En caso de suspensión de pagos, concurso deacreedores, cesación o suspensión de actividades del GARANTE; g) Por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cualquierobligación a cargo del GARANTE, derivada del presente contrato y del Contrato de Cooperación Empresarial. h)  Darle un uso distintoa los bienes objeto del presente contrato y en desarrollo de las actividades conexas que se deriven del Contrato de Cooperación

    Empresarial. i) Variar el lugar de ubicación de los bienes garantizados sin previo acuerdo por escrito del ACREEDORGARANTIZADO. DÉCIMA SEGUNDA- EFECTOS PENALES DEL INCUMPLIMIENTO: Sin perjuicio de lo contemplado en elpresente contrato, el incumplimiento del mismo podrá dar lugar a la responsabilidad penal descrita en el artículo 255 del Código Penal.DÉCIMA TERCERA- PAGO DIRECTO POR EL ACREEDOR PRENDARIO: Las partes acuerdan por medio del presente documentoque en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente documento, las descritas en el Contrato deCooperación Empresarial y las determinadas en la reglamentación del Fondo Emprender, el ACREEDOR GARANTIZADO  estaráfacultado para pagarse con los bienes constituidos como garantía mobiliaria por el presente documento, previo avaluó de los mismos,de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1676 de 2013 y demás normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan.DÉCIMA CUARTA- AUTORIZACIÓN DEL GARANTE:  Mediante el presente documento el GARANTE  manifiesta que autorizaexpresamente al ACREEDOR GARANTIZADO  y al Administrador de los recursos del Fondo Emprender contratado por éste, parainscribir en el registro de garantías mobiliarias, realizar las modificaciones, prórroga, cancelación, ejecución en el mismo de lapresente garantía constituida sobre los bienes adquiridos con los recursos del Fondo Emprender en desarrollo del Contrato deCooperación Empresarial No. NUMERO DE CONTRATO DE COOPERACION EMPRESARIAL; así como para efectuar todas lasactuaciones que se establecen en la Ley 1676 de 2013 para hacer efectiva la garantía mobiliaria. DÉCIMA QUINTA- METODOSALTERNOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que cualquier controversia que se suscite con

    respecto a la constitución, interpretación, prelación, cumplimiento, ejecución, liquidación de la presente garantía mobiliaria, podrá sersometida a conciliación, arbitraje o cualquier otro mecanismo alternativo de solución de conflicto, de conformidad con lo estipulado ende la Ley 1676 de 2013 y demás normatividad nacional aplicable en esta materia. DÉCIMA SEXTA-ACLARACIÓN: Los contratos deprenda abierta sin tenencia, celebrados con anterioridad entre el GARANTE y ACREEDOR GARANTIZADO desde la fecha de iniciodel contrato hasta la fecha de suscripción del presente documento, serán inscritos en el registro de garantías mobiliarias y le sonaplicables las normas establecidas en la Ley 1676 de 2013.

    Se firma el presente contrato por las partes en la ciudad de Bogotá, D.C. a los CAMPO EXCLUSIVO DE FONADE.

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    GARANTE

     __________________________________Nombre:Representante LegalNIT:

    ACREEDOR GARANTIZADO

     _________________________________Director (a) de Empleo y TrabajoDirección General SENA

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    GUIÁ METODOLOGICAPARA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA

    1.  REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL (RUE)

    Con el propósito de dar inicio al proceso de constitución de la empresa es necesario realizar la consulta de Homonimia orazón social del Plan de Negocios en la página web del Registro Único Empresarial (RUE) www.rue.com.co.

    La consulta de Homonimia permite que el registro de nombres de sociedades y establecimientos de comercio seacontrolado no solo en la jurisdicción en la cual se realiza la inscripción del mismo sino también a nivel nacional. Estaconsulta permite conocer si existen o no otras empresas o establecimientos con el mismo nombre de la empresa que elempresario desea registrar.

    Antes de consultar un nombre se recomienda tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

    1.  De acuerdo con la Ley, la Cámara de Comercio no registra nombres iguales a otros que ya se encuentren

    inscritos. En consecuencia no se matricula a una persona natural o jurídica, ni a un establecimiento decomercio, sucursal o agencia que tenga el mismo nombre de otro ya inscrito.

    2.  Es responsabilidad del usuario realizar la Consulta de Marca para evitar conflictos con los Nombres registradosante la Superintendencia de Industria y Comercio.

    3.  Tenga en cuenta que la inscripción en el registro mercantil de un nombre similar a otro ya inscrito no impide laposible aplicación de sanciones por la autoridad competente.

    4.  Para evitar posibles sanciones legales, evite matricular nombres que puedan generar confusión con otros yaregistrados.

    5.  Es conveniente que el nombre que se pretende utilizar sea tan distinto como sea posible de los que ya seencuentren registrados.

    6.  Ninguna Cámara de Comercio del país se encuentra autorizada para reservarle un determinado nombre. Sientre el tiempo de la consulta del nombre y el momento en el que se presente para inscripción el nombrerespectivo ya se ha inscrito otro igual, no podrá accederse al registro. La consulta no le garantiza ninguna

    prioridad al nombre ni ningún derecho a usarlo. Para evitar este inconveniente realice su matrícula lo antesposible.7.  No son diferenciadores las expresiones que identifican el tipo de sociedad o que por ley deben añadirse al

    nombre (Ltda, S.A., S en C). Por Ej.: Carnes y Carnes S en C se considera idéntico al nombre Carnes y CarnesLtda.

    Con el propósito de evitar que, entre el tiempo de la consulta del nombre y el momento en el que se presente parainscripción el nombre respectivo ya se ha inscrito otro igual, se deben tomar en consideración dos nombres o razonessociales de la empresa a constituir.

    2.  TIPO DE EMPRESA A CONSTITUIR:

    2.1.  EMPRESAS EN SOCIEDAD2.2.1  EMPRESA BAJO SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S:

    Esta sociedad puede ser constituida en los casos en que solo hay un emprendedor inscrito en la plataforma o solo unode ellos decide constituir la empresa, constituyéndose como una persona jurídica mediante la cual una persona natural o

     jurídica (comerciante), que en este caso se denomina empresario, destina parte de sus activos para la realización de unao varias actividades mercantiles.

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    La sociedad por acciones simplificada se creará mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privadoreconocido ante notario o ante el funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, inscrito en el Registro mercantil dela Cámara de Comercio. El documento debe contener la siguiente información, sin la cual la Cámara de Comercio nopodrá efectuar el registro:

    a.  Nombre completo, documento de identidad, domicilio (ciudad o municipio) y dirección de la persona que

    constituye la empresa.b.  Denominación o Razón social, seguida de la expresión “sociedad por acciones simplificada” o de la sigla

    “S.A.S”c.  Domicilio principal (ciudad o municipio) de la empresa, conforme a lo registrado en el sistema del Fondo

    Emprender.d.  Término de duración, el cual puede ser preciso o indefinido (en cualquier caso se debe ser superior a

    cuatro años).e.  Objeto: enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la

    empresa podrá realizar “cualquier acto lícito de comercio”.f.  Monto del capital. El capital autorizado suscrito y pagado por el emprendedor, En caso de que el capital se

    componga de bienes aportados, debe hacer una inscripción pormenorizada de todos los bienes aportadosindicando su valor.

    g.  El número de cuotas en que se divide el capital y el valor nominal de las mismas.

    h.  La forma de administración y representación legal de la empresa (debe ser el emprendedor) y el nombre,documento de identidad y las facultades del mismo.

    NOTA: Si se aporta un bien inmueble a la empresa, la constitución de la misma se debe realizar únicamente porescritura pública.

    Para efectuar el registro de la empresa unipersonal se debe presentar una Copia de la escritura pública que expidela notaria o copia auténtica del documento privado, a la Cámara de Comercio más cercana.

    Los planes de negocio, que tengan inscritos un solo emprendedor, se constituyen como Empresas Bajo SociedadPor Acciones Simplificada S.A.S., esto en consideración de los mecanismos administrativos que permite unrespaldo en el crecimiento empresarial.

    2.2.2  EMPRESA EN SOCIEDAD DE VARIOS EMPRENDEDORES

    Una sociedad es un acuerdo de dos o más personas que se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o enotros bienes cuantificables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o laactividad que realicen.

    La sociedad se constituye por escritura pública, la cual debe contener cuando menos la siguiente información:

    a.  Nombre, identificación y domicilio de los socios.b.  La clase de sociedad que se constituye y su nombre, formado de acuerdo con cada uno de los tipos de

    sociedad. Ejemplo: Sociedad Anónima, Limitada, Sociedad en Comandita. Verifique que en la Cámara deComercio no exista registrado un nombre igual al escogido.

    c.  La ciudad o municipio escogido como el domicilio de la sociedad, así como el de las sucursales que seestablezcan en el mismo acto de constitución.d.  El objeto social: una enunciación clara y completa de las actividades principales.e.  El capital social y la parte del mismo que se suscribe y se paga en el acto de constitución. En las

    sociedades limitadas, colectivas o en comandita simple debe indicarse el nombre completo de los socioscon sus respectivos documentos de identidad y la parte que cada uno aporta al capital.

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    f.  La forma de administrar los negocios de la sociedad, con indicación de las atribuciones y las facultades delos representantes legales (deben ser uno de los emprendedores inscritos en la plataforma que no hallanrenunciado a realizar la empresa).

    g.  La época y la forma de convocar la asamblea o la junta de socios a sesiones ordinarias y extraordinarias.h.  La duración de la sociedad y las causales de disolución.

    i.  La cláusula de arbitraje, para la cual sugerimos la siguiente redacción: "Toda controversia o diferenciarelativa a este documento y a su ejecución, liquidación o interpretación se resolverá por un tribunal dearbitramento que se sujetará a las siguientes reglas del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara deComercio.

     j.  El tribunal estará integrado por (número de árbitros) designados por la Cámara de Comercio.k.  El tribunal decidirá en: (derecho o en equidad).l.  El nombre de los representantes legales de la sociedad y e l número de su documento de identidad.m.  Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal si el cargo está previsto en la ley o en los estatutos.

    Una vez que la sociedad se ha constituido por escritura pública, forma una persona jurídica que debe matricularseen la Cámara de Comercio. Para efectuar el registro de la sociedad se debe presentar una Copia de la escriturapública que expide la notaria a la Cámara de Comercio más cercana al domicilio principal de funcionamiento de laempresa y de acuerdo a la circunscripción del país.

    NOTA: Los emprendedores deben matricular su empresa en el tipo de sociedad que mejor consideren cumple conlos propósitos del plan de negocio, dentro de la misma no pueden inscribirse socios distintos a los inscritos en laplataforma y de entre ellos seleccionar el representante legal de la sociedad, la participación que definan deberá serregistrada dentro de la plataforma pero en nada incide sobre el valor del seguro de vida a tomar.

    3  ESCRITURA PÚBLICA: 

    La escritura pública de constitución de sociedades y el pago de los derechos de inscripción y el impuesto de registro serealiza en las notarías, sin tener que desplazarse a la Cámara de Comercio.

    Los emprendedores deberán adelantar el proceso relacionado con la escrituración pública de la empresa a constituirse,

    está se debe firmar ante notario público. Los costos generados por este concepto se girarán a la nueva empresa, previapresentación de factura notarial, con el formato de reembolso del instructivo de pagos.

    NOTA: En cuanto al impuesto de registro, este se paga en algunas cámaras de comercio, en otras ciudades no lorecauda la cámara, pero esta le informará donde debe hacer el pago. Todo emprendedor que pague el impuesto deregistro debe acreditar el pago ante la cámara de comercio, para que se le reembolse el dinero.

    4  MATRÍCULA MERCANTIL

    Para registrar una empresa ante la Cámara de Comercio es necesario tener los siguientes documentos al momento delregistro:

    -  Formulario del Registro Único Tributario RUT (Se recomienda diligenciarlo en www.dian.gov.co, opción

    “Nuevo Rut” opción “Nuevos Comerciantes” que aun no cuentan con el NIT” y diligenciar completamenteel formulario que allí aparece. Luego se deberá Imprimir el Formulario RUT que saldrá con la frase “Paratrámite en Cámara” que contiene el número del formulario (casilla 4).

    -  Escritura Pública de constitución de empresa o documento privado ante la cámara de comercio.-  Original del (los) documento(s) de identidad-  Formulario del Registro Único Empresarial (RUE)-  Cancelar el impuesto de registro y/o los impuestos locales cuando aplique, se recomienda consultar la ley

    1429 del 29 de diciembre de 2010.

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    En la pagina Web del Fondo Emprender www.fondoemprender.com, podrá consultar el listado de las Cámaras deComercio con su circunscripción y podrá identificar en la cual deberá realizar los trámites de constitución de empresa,una vez legalizado el contrato podrá comenzar con el proceso de expedición del Registro Mercantil y constitución de laempresa, en la Cámara de Comercio correspondiente.