Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

36
ESCUELA: PONENTE: BIMESTRE: LEGISLACIÓN MERCANTIL MONETARIA Y BANCARIA CICLO: CIENCIAS JURÍDICAS II BIMESTRE Dr. Marco Jirón ABRIL – AGOSTO 2007

Transcript of Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

Page 1: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

ESCUELA:

PONENTE:

BIMESTRE:

LEGISLACIÓN MERCANTIL MONETARIA Y BANCARIA

CICLO:

CIENCIAS JURÍDICAS

II BIMESTRE

Dr. Marco Jirón

ABRIL – AGOSTO 2007

Page 2: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO DE CONSUMOCONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO DE CONSUMO

Concepto.-.- Es un contrato en que una de las partes entrega a al Es un contrato en que una de las partes entrega a al otra otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otrasrestituir otras

tantas del mismo género y calidadtantas del mismo género y calidad Préstamo mercantil.- Préstamo mercantil.- El préstamo se tiene por mercantil El préstamo se tiene por mercantil

cuando se contrae en el concepto y con expresión de que las cuando se contrae en el concepto y con expresión de que las cosas prestadas se destinan a actos de comercio, aunque las cosas prestadas se destinan a actos de comercio, aunque las partes no sean comerciantespartes no sean comerciantes

CaracterísticasCaracterísticas:: El mutuo es un contrato realEl mutuo es un contrato real El mutuo es un contrato unilateralEl mutuo es un contrato unilateral El mutuo es un contrato principalEl mutuo es un contrato principal El mutuo puede ser gratuito u oneroso ( El mutuo civil por El mutuo puede ser gratuito u oneroso ( El mutuo civil por

principio es gratuito. El préstamo mercantil devenga principio es gratuito. El préstamo mercantil devenga intereses, salvo convención en contrariointereses, salvo convención en contrario

Page 3: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

FORMALIDADESFORMALIDADES.- El contrato de mutuo puede celebrarse por escritura pública .- El contrato de mutuo puede celebrarse por escritura pública o por documento privado. Si se celebra por documento privado, para que tenga o por documento privado. Si se celebra por documento privado, para que tenga la calidad de título ejecutivo, debe hacerse reconocimiento judicial de las firmas la calidad de título ejecutivo, debe hacerse reconocimiento judicial de las firmas y rúbricas de las partes que comparecen en el contrato.y rúbricas de las partes que comparecen en el contrato.

Obligaciones del MutuarioObligaciones del Mutuario.- La principal obligación del mutuario es la de .- La principal obligación del mutuario es la de restituir las cosas recibidas con otras tantas del mismo género y calidad. restituir las cosas recibidas con otras tantas del mismo género y calidad.

Obligaciones del Mutuante.-Obligaciones del Mutuante.- Las obligaciones del mutuante pueden originarse Las obligaciones del mutuante pueden originarse con posterioridad y eventualmente, como es el caso de la indemnización y con posterioridad y eventualmente, como es el caso de la indemnización y rescisión por vicios ocultos de la cosa prestada.rescisión por vicios ocultos de la cosa prestada.

Plazo para la restitución de la cosa dada en mutuo.- Plazo para la restitución de la cosa dada en mutuo.- -Si se ha establecido plazo, la restitución será cuando venza el plazo -Si se ha establecido plazo, la restitución será cuando venza el plazo -Renuncia del plazo, puede renunciarse el plazo y cancelarse antes siempre y -Renuncia del plazo, puede renunciarse el plazo y cancelarse antes siempre y

-Si no se hubiere estipulado plazo para el pago o restitución, no habrá derecho -Si no se hubiere estipulado plazo para el pago o restitución, no habrá derecho a a

exigirlo sino después de los diez días subsiguientes a la entrega.exigirlo sino después de los diez días subsiguientes a la entrega. -Si se ha establecido que el mutuario pague cuando le sea posible, en este caso -Si se ha establecido que el mutuario pague cuando le sea posible, en este caso

el el juez atendidas las circunstancias fijará un término.juez atendidas las circunstancias fijará un término.

Page 4: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL O LEASINGCONTRATO DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL O LEASING..

CONCEPTO.-CONCEPTO.- Es aquel por el cual el propietario de un bien mueble o inmueble concede el Es aquel por el cual el propietario de un bien mueble o inmueble concede el goce de este bien a otra persona, por el pago de una renta determinada, bajo un plazo inicial goce de este bien a otra persona, por el pago de una renta determinada, bajo un plazo inicial forzoso, a cuyo vencimiento el arrendatario puede ejercitar algunas alternativas.forzoso, a cuyo vencimiento el arrendatario puede ejercitar algunas alternativas.

REQUISITOS o ELEMENTOS PERSONALES (SUBJETIVOS).REQUISITOS o ELEMENTOS PERSONALES (SUBJETIVOS).

-El arrendador, que es el propietario del bien, y puede ser una persona natural o jurídica-El arrendador, que es el propietario del bien, y puede ser una persona natural o jurídica-El arrendatario, que es la persona natural o jurídica que toma el bien mueble o inmueble en -El arrendatario, que es la persona natural o jurídica que toma el bien mueble o inmueble en arrendamiento.arrendamiento.

REQUISITOS REALES u OBJETIVOS.- REQUISITOS REALES u OBJETIVOS.-

ObjetoObjeto.- Dar un bien mueble o inmueble para que otra persona lo use y lo goce, por el pago de .- Dar un bien mueble o inmueble para que otra persona lo use y lo goce, por el pago de una renta determinada, bajo un plazo inicial forzosouna renta determinada, bajo un plazo inicial forzosoPlazoPlazo.- El contrato debe tener un plazo inicial forzoso. Tratándose de inmuebles el plazo no .- El contrato debe tener un plazo inicial forzoso. Tratándose de inmuebles el plazo no puede ser inferior a los cinco años. En los otros bienes se puede optar por el de vida útil de los puede ser inferior a los cinco años. En los otros bienes se puede optar por el de vida útil de los mismos.mismos.Precio (renta).-Precio (renta).- Al ser un arrendamiento se debe pagar una renta, y si se va a ejercer la opción Al ser un arrendamiento se debe pagar una renta, y si se va a ejercer la opción de compra se establecerá un precio.de compra se establecerá un precio.

Page 5: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

OPCIONES AL FINALIZAR EL PLAZO DEL CONTRATOOPCIONES AL FINALIZAR EL PLAZO DEL CONTRATO::

COMPRAR EL BIEN, por el precio acordado para la opción de compra o valor residual COMPRAR EL BIEN, por el precio acordado para la opción de compra o valor residual previsto en el contrato que no será inferior al 20% del total de las rentas devengadasprevisto en el contrato que no será inferior al 20% del total de las rentas devengadas

PRORROGAR EL CONTRATO POR UN PLAZO ADICIONAL.- Durante la prórroga la PRORROGAR EL CONTRATO POR UN PLAZO ADICIONAL.- Durante la prórroga la renta deberá ser inferior a la pactada originalmente.renta deberá ser inferior a la pactada originalmente.

RECIBIR UNA PARTE INFERIOR AL VALOR RESIDUAL DEL PRECIO en que el bien RECIBIR UNA PARTE INFERIOR AL VALOR RESIDUAL DEL PRECIO en que el bien sea vendido a un tercerosea vendido a un tercero

SUSTITUCIÓN DEL BIEN.- Recibir otro bien en arrendamiento mercantilSUSTITUCIÓN DEL BIEN.- Recibir otro bien en arrendamiento mercantil

REQUITIOS FORMALES:REQUITIOS FORMALES:

1.- CELEBRACIÓN POR ESCRITO1.- CELEBRACIÓN POR ESCRITO

Page 6: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

2.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL2.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL

CARACTERÍSTICAS JURIDICO-ESTRUCTURALES.-CARACTERÍSTICAS JURIDICO-ESTRUCTURALES.-

1.- 1.- ES SOLEMNEES SOLEMNE.- Escritura e Inscripción.- Escritura e Inscripción2.- 2.- PRINCIPALPRINCIPAL.- Subsiste por si mismo.- Subsiste por si mismo3.- 3.- BILATERABILATERAL.- Por cuanto las partes contratantes se obligan L.- Por cuanto las partes contratantes se obligan recíprocamenterecíprocamente4.- 4.- ONEROSONEROSO.- Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantesO.- Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes5.- 5.- CONMUTATIVOCONMUTATIVO.- Por cuanto lo que cada parte se mira como .- Por cuanto lo que cada parte se mira como equivalente a lo que la otra parte debe darequivalente a lo que la otra parte debe dar6.- 6.- DE TRACTO SUCESIVODE TRACTO SUCESIVO.- Porque el cumplimiento del contrato se prolonga .- Porque el cumplimiento del contrato se prolonga por por un tiempo determinado y mes a mes.un tiempo determinado y mes a mes.7.- 7.- ES DE ADHESIÓNES DE ADHESIÓN.- Generalmente las cláusulas de este contrato ya están .- Generalmente las cláusulas de este contrato ya están

preestablecidas y quien desea contratar o lo acepta o lo dejapreestablecidas y quien desea contratar o lo acepta o lo deja

DERECHOS DEL ARRENDADORDERECHOS DEL ARRENDADOR1.- PERCIBIR UNA RENTA DURANTE EL PLAZO FORZOSO1.- PERCIBIR UNA RENTA DURANTE EL PLAZO FORZOSO

Page 7: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

2.- RECUPERAR INMEDIATAMENTE LA COSA: en caso de 2.- RECUPERAR INMEDIATAMENTE LA COSA: en caso de incumplimiento, terminación del plazo, muerte o liquidación del incumplimiento, terminación del plazo, muerte o liquidación del arrendatario; y, embargo o prohibición de enajenar arrendatario; y, embargo o prohibición de enajenar

3.- RESOLVER O RESCINDIR EL CONTRATO EN CASOS 3.- RESOLVER O RESCINDIR EL CONTRATO EN CASOS ESTABLECIDOS POR LA LEYESTABLECIDOS POR LA LEY

OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR:OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR:

1.- ENTREGAR EL BIEN1.- ENTREGAR EL BIEN2.- RESPONDER AL ARRENDATARIO HASTA DE LA CULPA LEVE ( Sin embargo 2.- RESPONDER AL ARRENDATARIO HASTA DE LA CULPA LEVE ( Sin embargo no responderá por la evicción ni por los vicios ocultos)no responderá por la evicción ni por los vicios ocultos)3.- RESPETAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ALTERNATIVOS QUE LE 3.- RESPETAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ALTERNATIVOS QUE LE CORRESPONDEN AL ARRENDATARIO.CORRESPONDEN AL ARRENDATARIO.4.- GARANTIZAR AL ARRENDATARIO EL USO Y GOCE DEL BIEN4.- GARANTIZAR AL ARRENDATARIO EL USO Y GOCE DEL BIEN

DERECHOS DEL ARRENDATARIO:DERECHOS DEL ARRENDATARIO:1.- EJERCITAR LAS ALTERNATIVAS AL FINALIZAR EL PLAZO1.- EJERCITAR LAS ALTERNATIVAS AL FINALIZAR EL PLAZO

Page 8: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

2.- DEMANDAR EL SANEAMIENTO DE LA COSA ARRENDADA.2.- DEMANDAR EL SANEAMIENTO DE LA COSA ARRENDADA.3.- USAR Y GOZAR DEL BIEN 3.- USAR Y GOZAR DEL BIEN

OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIOOBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

1.- PAGAR LA RENTA DEL ARRENDAMIENTO1.- PAGAR LA RENTA DEL ARRENDAMIENTO

2.- EN CASO DE EJERCER LA OPCIÓN DE COMPRA, PAGAR 2.- EN CASO DE EJERCER LA OPCIÓN DE COMPRA, PAGAR EL PRECIO DEL BIENEL PRECIO DEL BIEN

3.- CONSERVAR EL BIEN ARRENDADO3.- CONSERVAR EL BIEN ARRENDADO

4.- EXHIBIR EL BIEN CUANDO LE SEA PEDIDO4.- EXHIBIR EL BIEN CUANDO LE SEA PEDIDO

5.- RESTITUIR EL BIEN CUNADO NO HA EJERCIDO LA OPCIÓN DE 5.- RESTITUIR EL BIEN CUNADO NO HA EJERCIDO LA OPCIÓN DE COMPRA O HARECIBIDO UN BIEN SUSTITUTOCOMPRA O HARECIBIDO UN BIEN SUSTITUTO

Page 9: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

MODALIDADES DEL LEASINGMODALIDADES DEL LEASING

1.- LEASING OPERATIVO O ARRENDAMIENTO FINANCIERO.-1.- LEASING OPERATIVO O ARRENDAMIENTO FINANCIERO.- (Fabricante concede el goce de bienes generalmente de rápida (Fabricante concede el goce de bienes generalmente de rápida

obsolescencia)obsolescencia)

2.- LEASING FINANCIERO.- ( Una sociedad especializada se 2.- LEASING FINANCIERO.- ( Una sociedad especializada se obliga a adquirir la propiedad de un bien o un equipo, cuyo obliga a adquirir la propiedad de un bien o un equipo, cuyo proveedor y caracteres técnicos son señalados por el usuario, proveedor y caracteres técnicos son señalados por el usuario, concediendo el uso y goce del mismo a cambio de una renta)concediendo el uso y goce del mismo a cambio de una renta)

3.- LEASE BACK.- (El empresario-propietario de una maquinaria o 3.- LEASE BACK.- (El empresario-propietario de una maquinaria o equipo, que requiere de capital de trabajo, opta por vendérselos equipo, que requiere de capital de trabajo, opta por vendérselos a la sociedad de leasing ( arrendador), a la que a su vez y de a la sociedad de leasing ( arrendador), a la que a su vez y de inmediato se los arrienda al mismo empresario inmediato se los arrienda al mismo empresario

4.- RENTIG.- ( parecido al Leasing operativo pero sin intermediación).4.- RENTIG.- ( parecido al Leasing operativo pero sin intermediación).

Page 10: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

FIDEICOMISO MERCANTIL:FIDEICOMISO MERCANTIL:

En este contrato una o más personas llamadas CONSTITUYENTES o En este contrato una o más personas llamadas CONSTITUYENTES o FIDEICOMITENTES FIDEICOMITENTES TRANSFIEREN TRANSFIEREN de manera temporal e irrevocable, la de manera temporal e irrevocable, la propiedad propiedad de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales, que de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales, que existen o se espera que existan, a un PATRIMONIO AUTONOMO, dotado de existen o se espera que existan, a un PATRIMONIO AUTONOMO, dotado de personalidad jurídica para que una SOCIEDAD ADMINISTRADORA de fondos personalidad jurídica para que una SOCIEDAD ADMINISTRADORA de fondos y fideicomisos, que es su FIDUCIARIA , y en tal calidad su representante y fideicomisos, que es su FIDUCIARIA , y en tal calidad su representante legal, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de legal, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de constitución, bien a favor DEL PROPIO CONSTITUYENTE O DE UN TERCEROconstitución, bien a favor DEL PROPIO CONSTITUYENTE O DE UN TERCERO

ELEMENTOS PERSONALES:ELEMENTOS PERSONALES:

1.- CONSTITUYENTE O FIDEICOMITENTE ( Personas naturales o 1.- CONSTITUYENTE O FIDEICOMITENTE ( Personas naturales o jurídicas privadas, públicas o mixtas, nacionales o jurídicas).jurídicas privadas, públicas o mixtas, nacionales o jurídicas).2.- FIDUCIARIO (Persona que recibe el encargo de cumplir las finalidades)2.- FIDUCIARIO (Persona que recibe el encargo de cumplir las finalidades)

Page 11: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

2.- FIDUCIARIO.- 2.- FIDUCIARIO.- Persona que recibe el encargo de Persona que recibe el encargo de

cumplir las finalidadescumplir las finalidades 3.- BENEFICIARIO.- 3.- BENEFICIARIO.- Persona a favor de quien se Persona a favor de quien se

constituye el fideicomiso, puede ser el propio constituye el fideicomiso, puede ser el propio

constituyente o un tercero.constituyente o un tercero.

REQUISITO REALESREQUISITO REALES::

1.-OBJETO.- (Puede tener fines culturales, de 1.-OBJETO.- (Puede tener fines culturales, de

investigación, altruistas o filantrópicos, investigación, altruistas o filantrópicos,

industriales, comerciales, agrícolas)industriales, comerciales, agrícolas)

Page 12: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

2.- DENOMINACIÓN.- 2.- DENOMINACIÓN.- El fideicomiso tendrá una El fideicomiso tendrá una denominación particular o peculiardenominación particular o peculiar

3.- PLAZO.- 3.- PLAZO.- El fideicomiso tendrá un plazo de vigencia. La El fideicomiso tendrá un plazo de vigencia. La duración del fideicomiso mercantil no podrá ser superior a duración del fideicomiso mercantil no podrá ser superior a ochenta añosochenta años

4.- TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD.-4.- TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD.- El fideicomitente El fideicomitente debe transferir la propiedad (temporal o irrevocablemente) al debe transferir la propiedad (temporal o irrevocablemente) al patrimonio autónomo.patrimonio autónomo.

REQUISITOS FORMALES:REQUISITOS FORMALES:1.- INSTRUMENTO PÚBLICO1.- INSTRUMENTO PÚBLICO2.- INSCRIPCIÓN2.- INSCRIPCIÓN

Page 13: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:- CONTRATO SOLEMNE.- CONTRATO SOLEMNE.- ES PRINCIPAL.- ES PRINCIPAL.- ES BILATERAL- ES BILATERAL- ES ONEROSO- ES ONEROSO- ES CONMUTATIVO- ES CONMUTATIVO- DE TRACTO SUCESIVO- DE TRACTO SUCESIVO- REAL- REAL- NOMINADO - NOMINADO

DERECHOS DEL FIDEICOMITENTE O CONSTITUYENTEDERECHOS DEL FIDEICOMITENTE O CONSTITUYENTE-- Exigir al fiduciario el cumplimiento de las finalidades Exigir al fiduciario el cumplimiento de las finalidades

establecidas en el contrato de fideicomiso mercantilestablecidas en el contrato de fideicomiso mercantil

Page 14: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

- Exigir al fiduciario la rendición de cuentasExigir al fiduciario la rendición de cuentas- Ejercer las acciones de responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar , en Ejercer las acciones de responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar , en

contra del fiduciario por dolo o culpa levecontra del fiduciario por dolo o culpa leve- Designar al fiduciario y al fideicomisarioDesignar al fiduciario y al fideicomisario- Pedir y obtener al restitución de los bienesPedir y obtener al restitución de los bienes- Nombrar a un sustituto del fiduciarioNombrar a un sustituto del fiduciario

DEBERES DEL FIDEICOMITENTE O CONSTITUYENTEDEBERES DEL FIDEICOMITENTE O CONSTITUYENTE.- .-

- Transferir la propiedad de los bienes objeto del fideicomiso a un patrimonio Transferir la propiedad de los bienes objeto del fideicomiso a un patrimonio autónomo autónomo

- Remunerar al fiduciarioRemunerar al fiduciario

- DERECHOS DEL FIDUCIARIODERECHOS DEL FIDUCIARIO.- .-

- Percibir una remuneración Percibir una remuneración - Ejercer la representación legal del fideicomisoEjercer la representación legal del fideicomiso

Page 15: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

- Ejercer la gestión del fideicomisoEjercer la gestión del fideicomiso- Renunciar a su gestión, de acuerdo con la LeyRenunciar a su gestión, de acuerdo con la Ley

- DEBERES DEL FIDUCIARIODEBERES DEL FIDUCIARIO

- Actuar de manera diligente y profesional a fin de cumplir las Actuar de manera diligente y profesional a fin de cumplir las instrucciones determinadas en el contratoinstrucciones determinadas en el contrato

- Responder hasta de la culpa leve en el cumplimiento de su gestiónResponder hasta de la culpa leve en el cumplimiento de su gestión- Rendir cuentas de su gestiónRendir cuentas de su gestión- Presentar a la Superintendencia de Compañías información sobre Presentar a la Superintendencia de Compañías información sobre

el fideicomisoel fideicomiso

Page 16: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

- Entregar al fideicomisario los frutos o rendimientos del Entregar al fideicomisario los frutos o rendimientos del fideicomisofideicomiso

- Transferir los bienes a quien corresponda, una vez Transferir los bienes a quien corresponda, una vez terminado el contratoterminado el contrato

- Responder en forma solidaria con el fideicomiso mercantil Responder en forma solidaria con el fideicomiso mercantil por el incumplimiento de deberes formales que como por el incumplimiento de deberes formales que como agente de retención y percepción le correspondaagente de retención y percepción le corresponda

- DERECHOS DEL BENEFICIARIODERECHOS DEL BENEFICIARIO- Exigir al fiduciario el cumplimiento de las finalidades Exigir al fiduciario el cumplimiento de las finalidades

establecidas en el contratoestablecidas en el contrato- Exigir al fiduciario la rendición de cuentasExigir al fiduciario la rendición de cuentas

Page 17: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

- Ejercer las acciones de responsabilidad civil o penal a que Ejercer las acciones de responsabilidad civil o penal a que hubiere lugarhubiere lugar

- Impugnar los actos de disposición de bienes del fideicomiso Impugnar los actos de disposición de bienes del fideicomiso mercantil realizados por el fiduciario en contra de las mercantil realizados por el fiduciario en contra de las instrucciones del fideicomiso mercantilinstrucciones del fideicomiso mercantil

- Solicitar la sustitución del fiduciarioSolicitar la sustitución del fiduciario- Percibir los frutos y rendimientos del fideicomisoPercibir los frutos y rendimientos del fideicomiso- Ejercer las atribuciones que determine el contratoEjercer las atribuciones que determine el contrato

- DEBERES DEL BENEFICIARIODEBERES DEL BENEFICIARIO- La restitución del bien, si llegare a estar en su poderLa restitución del bien, si llegare a estar en su poder- Remunerar al fiduciario, en forma subsidiariaRemunerar al fiduciario, en forma subsidiaria

Page 18: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

PATRIMONIO AUTPATRIMONIO AUTÓÓNOMO:NOMO:Es el conjunto de derechos y obligaciones afectados a una Es el conjunto de derechos y obligaciones afectados a una finalidad y que se constituye como efecto jurídico del contrato, finalidad y que se constituye como efecto jurídico del contrato, también se denomina fideicomiso mercantiltambién se denomina fideicomiso mercantil

Este patrimonio autónomo o fideicomiso mercantil es una Este patrimonio autónomo o fideicomiso mercantil es una ficción jurídica no es una sociedad civil o mercantilficción jurídica no es una sociedad civil o mercantil

Este patrimonio autónomo está dotado de personalidad Este patrimonio autónomo está dotado de personalidad jurídica, y como tal su representante legal es el fiduciario. jurídica, y como tal su representante legal es el fiduciario. Además es independiente del patrimonio individual que Además es independiente del patrimonio individual que mantenga el constituyente, el fiduciario, el beneficiario u otros mantenga el constituyente, el fiduciario, el beneficiario u otros fideicomisos mercantiles.fideicomisos mercantiles.

Page 19: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

- Este patrimonio autónomo puede ser embargado por los Este patrimonio autónomo puede ser embargado por los acreedores del constituyente y del beneficiario.acreedores del constituyente y del beneficiario.

- REQUISITOS DEL PATRIMONIO AUTONOMO O REQUISITOS DEL PATRIMONIO AUTONOMO O FIDEICOMISOFIDEICOMISO

- Constitución mediante instrumento públicoConstitución mediante instrumento público- Debe realizarse la transferencia de la propiedad de los Debe realizarse la transferencia de la propiedad de los

bienes al patrimonio autónomobienes al patrimonio autónomo- La vigencia del fideicomiso mercantil está determinada por La vigencia del fideicomiso mercantil está determinada por

el plazo fijado en el instrumento, o por el cumplimiento de el plazo fijado en el instrumento, o por el cumplimiento de la finalidad prevista o de una condición la finalidad prevista o de una condición

Page 20: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE FIDEICOMISOTERMINACIÓN DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO- Por el cumplimiento de la finalidad establecida en el Por el cumplimiento de la finalidad establecida en el

contratocontrato- El cumplimiento de las condicionesEl cumplimiento de las condiciones- El cumplimiento de la condición resolutoriaEl cumplimiento de la condición resolutoria- El cumplimiento del plazo contractualEl cumplimiento del plazo contractual- La imposibilidad de cumplir con la finalidad establecida en La imposibilidad de cumplir con la finalidad establecida en

el acto constitutivoel acto constitutivo- Sentencia ejecutoriada dictada por el JuezSentencia ejecutoriada dictada por el Juez- La resciliación del contratoLa resciliación del contrato- LaLa quiebra o disolución del fiduciario quiebra o disolución del fiduciario

Page 21: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

ENCARGO FIDUCIARIOENCARGO FIDUCIARIO::

Es un contrato escrito y expreso por el cual una persona, Es un contrato escrito y expreso por el cual una persona, constituyente, instruye a otra llamada fiduciario, para que constituyente, instruye a otra llamada fiduciario, para que de manera irrevocable, con carácter temporal y por cuanta de manera irrevocable, con carácter temporal y por cuanta de aquél, cumpla diversa finalidades, tales como gestión, de aquél, cumpla diversa finalidades, tales como gestión, inversión, tenencia o guarda, enajenación, disposición a inversión, tenencia o guarda, enajenación, disposición a favor del propio constituyente o de un tercero llamado favor del propio constituyente o de un tercero llamado beneficiario.beneficiario.

En el encargo fiduciario no existe transferencia de bienes En el encargo fiduciario no existe transferencia de bienes de pare del constituyente, como ocurre en el fideicomisode pare del constituyente, como ocurre en el fideicomiso

En el encargo fiduciario no se configura persona jurídicaEn el encargo fiduciario no se configura persona jurídica

Page 22: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIOCONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO::

CONCEPTOCONCEPTO.- Es un contrato en que una de las partes se obliga a realizar la entrega .- Es un contrato en que una de las partes se obliga a realizar la entrega material inmediata de una cosa, así como a la tradición una vez que se haya pagado la material inmediata de una cosa, así como a la tradición una vez que se haya pagado la totalidad del precio; y la otra, a pagar el precio en el plazo convenido.totalidad del precio; y la otra, a pagar el precio en el plazo convenido.

REQUISITOS PERSONALESREQUISITOS PERSONALES.-.- COMPRADOR y VENDEDORCOMPRADOR y VENDEDOR

REQUISITOS REALES.-REQUISITOS REALES.-

COSA.-COSA.- La venta con reserva de dominio procede respecto de las cosas corporales La venta con reserva de dominio procede respecto de las cosas corporales muebles, singularizadas o especificadas, se excluyen las cosas incorporales en general muebles, singularizadas o especificadas, se excluyen las cosas incorporales en general y a las cosas corporales inmuebles.y a las cosas corporales inmuebles.La cosa objeto de la compraventa con reserva de dominio sale del comercio.La cosa objeto de la compraventa con reserva de dominio sale del comercio.

PRECIOPRECIO.- debe estar determinado en el contrato, así como la forma y condiciones de .- debe estar determinado en el contrato, así como la forma y condiciones de pago.pago.

Page 23: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

ENTREGA Y TRADICIÓN.- El vendedor debe realizar la entrega ENTREGA Y TRADICIÓN.- El vendedor debe realizar la entrega material del bien una vez perfeccionado el contrato de material del bien una vez perfeccionado el contrato de compraventa con reserva de dominio; pero la tradición del compraventa con reserva de dominio; pero la tradición del mismo se difiere hasta que el comprador pague la totalidad del mismo se difiere hasta que el comprador pague la totalidad del precio.precio.PLAZO.- El contrato de compraventa con reserva de dominio PLAZO.- El contrato de compraventa con reserva de dominio constituye un mecanismo para dar seguridad a las ventas a constituye un mecanismo para dar seguridad a las ventas a créditocrédito

REQUISITOS FORMALESREQUISITOS FORMALES

DEBE SER ESCRITO e INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTILDEBE SER ESCRITO e INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL

Page 24: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

CONTRATO DE FACTORING:CONTRATO DE FACTORING:

CONCEPTO.- CONCEPTO.- Consiste en que una persona (factor) adquiere los documentos Consiste en que una persona (factor) adquiere los documentos de crédito que provienen de las ventas a crédito que realiza una empresa, la de crédito que provienen de las ventas a crédito que realiza una empresa, la que se convierte en su cliente. Esta labor es a cambio de una comisiónque se convierte en su cliente. Esta labor es a cambio de una comisión

ELEMENTOS PERSONALESELEMENTOS PERSONALES.- .- - EL FACTOR.- Que es la empresa o persona que compra los títulos de - EL FACTOR.- Que es la empresa o persona que compra los títulos de crédito que tiene la organización que le permite la ejecución de este negocio, crédito que tiene la organización que le permite la ejecución de este negocio, y de esa manera coloca recursos financierosy de esa manera coloca recursos financieros- EL FACTORADO o CLIENTE ADHERENTE.- es la persona natural o jurídica - EL FACTORADO o CLIENTE ADHERENTE.- es la persona natural o jurídica portadora de títulos de crédito que negocia y entrega esta cartera al factor y portadora de títulos de crédito que negocia y entrega esta cartera al factor y recibe un precio por ella.recibe un precio por ella.

El contrato de factoring constituye un negocio de créditos, por el cual el factor El contrato de factoring constituye un negocio de créditos, por el cual el factor compra créditos, y con ello transfiere recursos al cliente adherente, que los compra créditos, y con ello transfiere recursos al cliente adherente, que los recupera del deudor cedido cuando este paga la obligaciónrecupera del deudor cedido cuando este paga la obligación

Page 25: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

CONTRATO DE UNDERWRITINGCONTRATO DE UNDERWRITING

- CONCEPTO.- Es aquel mediante el cual una entidad autorizada para el efecto y - CONCEPTO.- Es aquel mediante el cual una entidad autorizada para el efecto y una persona emisora o tenedora de valores, convienen en que la primera asuma la una persona emisora o tenedora de valores, convienen en que la primera asuma la obligación de adquirir una emisión, o un paquete de valores, o garantizar su obligación de adquirir una emisión, o un paquete de valores, o garantizar su colocación o venta en el mercado, o la realización de los mejores esfuerzos para colocación o venta en el mercado, o la realización de los mejores esfuerzos para ello ello

- REQUISITOS PERSONALES: - REQUISITOS PERSONALES:

- ENTIDAD ENCARGANTE O EMISORA.- La que efectúa la emisión de - ENTIDAD ENCARGANTE O EMISORA.- La que efectúa la emisión de valores ( Cías. Anon. y las Limitadas). Son tenedoras aquéllas personas que valores ( Cías. Anon. y las Limitadas). Son tenedoras aquéllas personas que poseen un paquete de valores que desean colocar en el públicoposeen un paquete de valores que desean colocar en el público

- EL UNDERWRITER.- Que es la entidad autorizada que asume la obligación de - EL UNDERWRITER.- Que es la entidad autorizada que asume la obligación de adquirir una emisión de valores o un paquete de valores y colocarlos en el público. adquirir una emisión de valores o un paquete de valores y colocarlos en el público. Son entidades autorizadas para actuar como underwriter: las casas de valores, los Son entidades autorizadas para actuar como underwriter: las casas de valores, los bancos, las sociedades financieras y la Corporación Financiera Nacionalbancos, las sociedades financieras y la Corporación Financiera Nacional

El compromiso de colocar los valores por parte de underwriter puede cumplirse El compromiso de colocar los valores por parte de underwriter puede cumplirse adquiriendo todo o parte de la emisión; garantizando su colocación o venta en el adquiriendo todo o parte de la emisión; garantizando su colocación o venta en el mercado; o, realizando sus mejores esfuerzos para venderla.mercado; o, realizando sus mejores esfuerzos para venderla.

Page 26: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

OBLIGACIONES PRINCIPALES DEL EMISOR:OBLIGACIONES PRINCIPALES DEL EMISOR:-Pagar al Underwriter la comisión pactada-Pagar al Underwriter la comisión pactada-Asumir los gastos de emisión de los títulos-Asumir los gastos de emisión de los títulos-Brindar al underwriter todos los datos e información -Brindar al underwriter todos los datos e información

necesaria para la colocación de los títulos valoresnecesaria para la colocación de los títulos valores

OBLIGACIONES DEL UNDERWRITEROBLIGACIONES DEL UNDERWRITER-Pagar al emisor la suma que corresponda por los títulos -Pagar al emisor la suma que corresponda por los títulos

negociados.negociados.-Colocar los títulos valor conforme a lo convenido con el -Colocar los títulos valor conforme a lo convenido con el

emisoremisor-Devolver al emisor los títulos valor no colocados-Devolver al emisor los títulos valor no colocados

Page 27: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

QUE VALORES SON OBJETO DEL UNDERWRITING:QUE VALORES SON OBJETO DEL UNDERWRITING:

Los títulos que son emitidos en grandes masas con el expreso Los títulos que son emitidos en grandes masas con el expreso propósito de captar de manera directa recursos financieros en el propósito de captar de manera directa recursos financieros en el mercado público de valores; como son las acciones, las obligaciones, mercado público de valores; como son las acciones, las obligaciones, los bonos y el papel comercial.los bonos y el papel comercial.

VENTAJAS QUE OFRECE EL UNDERWRITINGVENTAJAS QUE OFRECE EL UNDERWRITING::

Ofrece un servicio especializado de colocación de los títulos valorOfrece un servicio especializado de colocación de los títulos valorEvita al emisor los trámites de ventaEvita al emisor los trámites de ventaEl emisor asegura la obtención rápida de los recursos financieros que El emisor asegura la obtención rápida de los recursos financieros que requiere para sus proyectos productivos.requiere para sus proyectos productivos.

Page 28: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA BANCARIA

CONTRATO DE JOINT VENTURECONTRATO DE JOINT VENTURE

CONCEPTO.- Constituye una asociación de empresas para CONCEPTO.- Constituye una asociación de empresas para la realización de un determinado proyecto mediante gestión la realización de un determinado proyecto mediante gestión compartida. Esta asociación puede tener dos formas: 1.- compartida. Esta asociación puede tener dos formas: 1.- societaria; 2.- contractual. La cooperación puede darse en societaria; 2.- contractual. La cooperación puede darse en el ámbito comercial, financiero, técnico, tecnológicoel ámbito comercial, financiero, técnico, tecnológico

Los partícipes en la operación de Joint venture pueden Los partícipes en la operación de Joint venture pueden efectuar aportaciones como ocurre en las sociedades en efectuar aportaciones como ocurre en las sociedades en general; pueden contribuir para cubrir pérdidas; puede general; pueden contribuir para cubrir pérdidas; puede estipularse que determinadas obligaciones asumirá el joint estipularse que determinadas obligaciones asumirá el joint venture: En el contrato se especificará la participación de venture: En el contrato se especificará la participación de cada empresa, como dividir utilidades, como se asumirán cada empresa, como dividir utilidades, como se asumirán las pérdidas, sobre la participación en la gestión.las pérdidas, sobre la participación en la gestión.

Page 29: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

TERMINACIÓN DEL CONTRATOTERMINACIÓN DEL CONTRATO

La terminación de este contrato está sujeta a:La terminación de este contrato está sujeta a:- Tiempo necesario para la realización del proyecto.Tiempo necesario para la realización del proyecto.- Al plazo que fijen las partesAl plazo que fijen las partes- Fallecimiento o extinción de uno de los contratantesFallecimiento o extinción de uno de los contratantes- Por el incumplimiento del aporte a la asociación, por uno o Por el incumplimiento del aporte a la asociación, por uno o

más contratantes.más contratantes.

Page 30: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

EL SISTEMA FINANCIERO EN EL ECUADOREL SISTEMA FINANCIERO EN EL ECUADOR1.- INSTITUCIONES DEL SITEMA FINANCIERO PUBLICO.1.- INSTITUCIONES DEL SITEMA FINANCIERO PUBLICO.2.- INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO PRIVADO2.- INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO PRIVADO3.- ENTIDADES CONTROLADAS POR LAS SUPERITENDENCIA 3.- ENTIDADES CONTROLADAS POR LAS SUPERITENDENCIA

DE BANCOS Y SEGUROSDE BANCOS Y SEGUROS

Page 31: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

INSTITUCIONES DEL SITEMA FINANCIERO PÚBLICO:INSTITUCIONES DEL SITEMA FINANCIERO PÚBLICO:1.- BANCO CENTRAL DEL ECUADOR1.- BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Rector de las .- Rector de las políticas del Estado en materia monetaria, financiera y políticas del Estado en materia monetaria, financiera y crediticia. Se administra a través de un Directorio crediticia. Se administra a través de un Directorio conformado por cinco miembros, propuestos por el conformado por cinco miembros, propuestos por el Presidente de la república y designados por el Congreso Presidente de la república y designados por el Congreso Nacional.Nacional.2.- BANCO DEL ESTADO2.- BANCO DEL ESTADO.- Persona Jurídica de Derecho .- Persona Jurídica de Derecho Público, creada como insitución financiera sujeta a su Público, creada como insitución financiera sujeta a su propia ley. Su objeto social consiste en financiar propia ley. Su objeto social consiste en financiar programas, proyectos, obras y servicios del sector público. programas, proyectos, obras y servicios del sector público. Es depositaria de fondos públicos; y, Presta servicios Es depositaria de fondos públicos; y, Presta servicios bancarios y financieros para el desarrollo de actividades bancarios y financieros para el desarrollo de actividades económicaseconómicas

Page 32: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

3.- BANCO NACIONAL DE FOMENTO3.- BANCO NACIONAL DE FOMENTO.- Persona Jurídica de .- Persona Jurídica de Derecho PRIVADO con finalidad social. Su objeto social es Derecho PRIVADO con finalidad social. Su objeto social es amplio constituyéndose en organismo ejecutor de los planes y amplio constituyéndose en organismo ejecutor de los planes y programas de desarrollo económico del gobierno, especialmente programas de desarrollo económico del gobierno, especialmente en materia agropecuaria, industrial, artesanal, pesquera y en materia agropecuaria, industrial, artesanal, pesquera y turísitica.turísitica.

4.- CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL4.- CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL.- es una persona .- es una persona Jurídica de derecho PRIVADO con finalidad social. Su objeto Jurídica de derecho PRIVADO con finalidad social. Su objeto social está dado, en lo principal para estimular y acelerar la social está dado, en lo principal para estimular y acelerar la producción del país en la industria manufacturera, pesaca, producción del país en la industria manufacturera, pesaca, agroindustria y turismo.agroindustria y turismo.IMPORTANTE: Actualmente la CFN puede actuar como banca de IMPORTANTE: Actualmente la CFN puede actuar como banca de primer piso.primer piso.

Page 33: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

ENTIDADES DEL SITEMA FINANCIERO PRIVADO*ENTIDADES DEL SITEMA FINANCIERO PRIVADO*1.- BANCOS NACIONALES Y EXTRANJEROS.- La principal 1.- BANCOS NACIONALES Y EXTRANJEROS.- La principal

actividad es la de realizar “intermediación financiera” que actividad es la de realizar “intermediación financiera” que consiste en captar recursos monetarios del público, a consiste en captar recursos monetarios del público, a cambio del pago de una tasa de interés ( interés pasivo), cambio del pago de una tasa de interés ( interés pasivo), para colocarlos a personas que solicitan crédito, a cambio para colocarlos a personas que solicitan crédito, a cambio del cobro de una tasa de interés (interés activo), que es la del cobro de una tasa de interés (interés activo), que es la utilidad que persigue y hace “vivir económicamente” a las utilidad que persigue y hace “vivir económicamente” a las entidades financieras.entidades financieras.

Page 34: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

OPERACIONES BANCARIAS:OPERACIONES BANCARIAS:

1.- Recibir depósitos monetarios a la vista1.- Recibir depósitos monetarios a la vista2.- Recibir depósitos a plazo2.- Recibir depósitos a plazo3.- SUSCRIBIR:3.- SUSCRIBIR:

Aceptaciones BancariasAceptaciones Bancarias EndososEndosos Avales de títulos de CréditoAvales de títulos de Crédito Cartas de garantíaCartas de garantía Cartas de CréditoCartas de Crédito FianzasFianzas

4.- Emitir Obligaciones4.- Emitir Obligaciones5.- Recibir préstamos y aceptar créditos de instituciones 5.- Recibir préstamos y aceptar créditos de instituciones

financieras del país y del exteriorfinancieras del país y del exterior

Page 35: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)

LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIABANCARIA

OPERACIONES BANCARIAS:OPERACIONES BANCARIAS:

6.- Otorgar préstamos hipotecarios y prendarios, con o sin 6.- Otorgar préstamos hipotecarios y prendarios, con o sin emisión de títulos, así como préstamos quirografariosemisión de títulos, así como préstamos quirografarios

7.- Conceder créditos en cuenta corriente7.- Conceder créditos en cuenta corriente8.- Adquirir y vender ( negociar) letras de cambio, libranzas, 8.- Adquirir y vender ( negociar) letras de cambio, libranzas,

pagarés , facturas y otros documentos que representen pagarés , facturas y otros documentos que representen obligación de pagoobligación de pago

9.- Negociar documentos resultantes de operaciones de 9.- Negociar documentos resultantes de operaciones de comercio exteriorcomercio exterior

10.-Negociar títulos valor y descontar letras documentarias 10.-Negociar títulos valor y descontar letras documentarias sobre el exterior, o hacer adelantos sobre ellossobre el exterior, o hacer adelantos sobre ellos

11.-Constituir depósitos en inst. fin. del País y el exterior11.-Constituir depósitos en inst. fin. del País y el exterior

Page 36: Legislación Mercantil Monetaria y Bancaria (II Bimestre)