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LINEAMIENTO PARA ACCIONES DE PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y CONTROL DE VECTORES EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES Bogotá, diciembre de 2014

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VNBV

LINEAMIENTO PARA ACCIONES DE PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y CONTROL DE VECTORES EN

ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES

Bogotá, diciembre de 2014

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ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social

FERNANDO RUÍZ GÓMEZ Viceministro de Salud Pública y Prestación

de Servicios CARMEN EUGENIA DÁVILA GUERRERO

Viceministra de Protección Social

GERARDO BURGOS BERNAL Secretario General

ELKIN DE JESÚS OSORIO SALDARRIAGA Director de Promoción y Prevención

JOSÉ FERNANDO VALDERRAMA VERGARA Subdirector de Enfermedades Transmisibles

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ELABORACIÓN

FERNANDO ANTONIO MENDIGAÑA PÁEZ Consultor Enfermedades Endemo-epidémicas - ETV Zoonosis

Dirección de Promoción y Prevención Ministerio de Salud y Protección Social

COLABORADORES

Ministerio de Salud y Protección Social

Subdirección de Enfermedades Transmisibles

Julio Cesar Padilla Rodríguez Coordinador Grupo Enfermedades Endemo-epidémicas

Mauricio Javier Vera Soto Profesional especializado. Grupo Enfermedades Endemo-epidémicas

Eduin Pachón Abril Consultor Enfermedades Endemo-epidémicas - ETV Zoonosis

Tania Erika Tibaduiza Zacipa Profesional especializada Grupo Enfermedades Endemo-epidémicas

Subdirección de Salud Ambiental

Arturo Díaz Gómez Subdirector Salud Ambiental

Adriana Estrada Estrada Profesional especializada

Sara Torres Muñoz Profesional especializada

Elsy del Pilar González Casas Profesional especializada

María Alejandra Cárdenas Pinilla Profesional especializada

Jairo Hernández Márquez Profesional especializado

Jorge Alberto Gómez Amaya Consultor OPS – MSPS- Salud Ambiental-Zoonosis

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Dirección de Epidemiología y Demografía

María Alexandra Durán Romero Profesional especializada

Instituto Nacional de Salud

Ligia Lugo Vargas Coordinadora Laboratorio Entomología-LNR

Patricia Fuya Profesional especializada- Laboratorio Entomología-LNR

Susanne Ardila Roldán Profesional Contratista Laboratorio Entomología -LNR

Direcciones Territoriales de Salud

Wilson Fernando Torres T. Coordinador ETV- DTS Casanare

Alexander Zamora Coordinador Salud Ambiental – ETV- DTS Vichada

Maritza Parrado G. Profesional Universitaria – ETV – Zoonosis – DTS Meta

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SIGLAS

OMS – WHO Organización Mundial de la Salud

OPS Organización Panamericana de la Salud

MSPS Ministerio de Salud y Protección Social

EAPB Empresa Administradora de Planes de Beneficio

DPP Dirección de Promoción y Prevención

SET Subdirección de Enfermedades Transmisibles

DTS Direcciones Territoriales de Salud

INS Instituto Nacional de Salud

PDSP Plan Decenal de Salud Pública

PISA Política Integral de Salud Ambiental

ODM Objetivos Desarrollo del Milenio

EGI Estrategia de Gestión Integral

ETV Enfermedades Transmitidas por Vectores

IPS Institución Prestadora de Servicios de Salud

LDSP Laboratorio Departamental de Salud Pública

POA Plan Operativo Anual

POAI Plan Operativo Anual de Inversión

COTSA Consejos Territoriales de Salud Ambiental

IVC Inspección, Vigilancia y Control

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TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETIVOS ………………………………………………………………………………………………………………. 11

1.1. OBJETIVO GENERAL ……………………………………………………………………………………………………11

1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS …………………………………………………………………………………………………………….11

2. ALCANCE Y AMBITO DE APLICACIÓN………………………………………………………………………………..12

3. PRINCIPIOS…………………………………………………………………………………………………………………………………….13

4. DEFINICIONES:………………………………………………………………………………………………………………………………13

5. MARCO LEGAL Y NORMATIVO………………………………………………………………………………………..18

5.1. MARCO LEGAL Y NORMATIVO INTERNACIONAL……………………………………………………………………………..….18

5.2. MARCO LEGAL Y NORMATIVO DE COLOMBIA…………………………………………………………………………………….18

6. MARCO CONCEPTUAL……………………………………………………………………………………………………………………20

6.1. MARCO CONCEPTUAL DE LA ESTRATEGIA DE GESTION INTEGRAL EGI – ETV………………………………20

6.2. MARCO CONCEPTUAL DEL MODELO DE GESTION INTEGRAL DE SALUD AMBIENTAL……………………21

6.3. MULTIENFOQUE:……………………………………………………………………………………………………………………………22

7. LINEAMIENTOS DE OPERATIVIZACION DE LAS ACCIONES DE PREVENCION (INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL DE VECTORES) EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES……………………………………………………….……24

7.1. ARTICULACION DE ACTORES A NIVEL NACIONAL – CONPES 3550 de 2008…………………………….……..24

7.2. COMPETENCIAS INSTITUCIONALES……………………………………………………………………………………….……..24

7.3. ARTICULACION DE ACTORES INSTITUCIONALES A NIVEL TERRITORIAL…………………………………….…25

7.4. CRITERIOS A INCLUIR EN EL PLAN DE SANEAMIENTO Y CONTROL VECTORIAL EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES………………………………………………………………………………………………………....26

7.4.1. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Salud. (Clínicas, Hospitales y Centros de Salud)………………………………………………………………………………………………………………………………………………………27

7.4.2. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios educativos. (Guarderías, Preescolares, Básica Primaria y Secundaria, Técnicos, Tecnológicos y Universitarios)………………………………………………………………………28

7.4.3. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios funerarios o cementerios…………………………..29

7.4.4. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Centros Religiosos………………………………29

7.4.5. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios rellenos sanitarios……………………………………29

7.4.6. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Centros de Recreación………………………..30

7.4.7. En los Batallones Militares y afines………………………………………………………………………………………………………30

7.4.8. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Cárceles y Centros de Retención…………..31

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7.4.9. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios que por sus características dan origen a focos de vectores……………………………………………………………………………………………………………………………………………….32

7.5. RESPONSABILIDADES…………………………………………………………………………………………………………….………32

7.5.1. Responsabilidades de Coordinador de Salud Ambiental en las DTS:……………………………………………….………32

7.5.2. Responsabilidades de Coordinador de ETV en las DTS……………………………………………………………….………..33

7.5.3. Responsabilidades del Supervisor de ETV………………………………………………………………………………….……….33

7.5.4. Responsabilidades de los Técnicos y auxiliares del programa de ETV…………………………………………….………34

7.5.5. Responsabilidad de los Técnicos de Saneamiento que comparten acciones de ETV………………………………..34

7.6. MONITOREO Y EVALUACIÓN…………………………………………………………………………………………….…………….35

8. BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………………………………………………………….37

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Introducción

Las competencias territoriales para la prevención y control en salud pública, están definidas en la Constitución Política, la

Ley 9 de 1979, Ley 10 de 1990, Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Ley 1122 de 2007, Decreto 3518 de 2006, Decreto

2323 de 2006, Resolución 1841 de 2013, Resolución 1229 de 2013, reglamentarios de la vigilancia y control

epidemiológico, el reglamento sanitario internacional y las Metas del Milenio.

De acuerdo con lo establecido en las Leyes 10 de 1990, 100 de 1993, 715 de 2001, 691 de 2006 y 1438 de 2011,

corresponde a las entidades nacionales, adscritas al Ministerio de Salud y Protección Social, Direcciones Territoriales de

Salud, Entidades Promotoras de Salud - EPS, entidades de los regímenes especiales y de excepción, a las

Administradoras de Riesgos Profesionales - ARP, a las Instituciones Prestadores de Servicios de salud – IPS, a los

resguardos indígenas y a la sociedad civil en general, adoptar las políticas, prioridades, objetivos, metas y estrategias del

Plan Decenal de Salud Pública.

La relación entre salud y medio ambiente es una de las preocupaciones mundiales más relevantes, tanto de estados como

de organismos internacionales encargados de velar por la calidad de vida integral de la población. Una de las principales

responsabilidades del sector salud es contribuir a la protección del bienestar público, que posibilite el desarrollo humano

sostenible y que proteja a las personas más vulnerables de la sociedad. Para tal fin, el sector salud necesita trabajar en

forma articulada con otros sectores (desarrollo, ambiente, trabajo, agricultura, educación, comercio, infraestructura,

transporte, servicios, entre otros), para conocer, monitorear y contrarrestar las causas del deterioro ambiental.

El estado de salud de las personas depende, de sus interacciones con el ambiente en el que viven, a excepción de lo que

hacen los rasgos genéticos y hereditarios, las condiciones ambientales y la experiencia: factores determinantes

fundamentales de la salud. El mejoramiento en las condiciones de vida de las personas y con ello de la salud debe ser la

meta social del desarrollo.

Según la OMS (2009), en los países en desarrollo, el porcentaje de mortalidad atribuible a causas ambientales alcanza

un 25%, mientras que en los países desarrollados alcanza un 17%. Se estima que la carga en salud atribuible a las

condiciones ambientales en Colombia, aún insuficientemente evaluada, puede estar relacionada con la inequidad en el

acceso a servicios públicos de agua y saneamiento, la falta de ingresos, el crecimiento acelerado del sector industrial, el

deterioro y sobre-explotación de los recursos naturales, factores que incrementan los niveles de vulnerabilidad y

exposición de la población, y su impacto negativo genera significativos niveles de carga de enfermedad y muerte. (Conpes

3550, 2008)

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La presencia de factores ambientales adversos para la salud de la población colombiana y sus manifestaciones y

repercusiones expresadas en morbilidad, mortalidad, discapacidades, deben ser abordados en su conjunto, con la

intervención de diferentes actores y sectores, tanto de carácter público, como privado y social, según competencias y

responsabilidades, con el fin de lograr el impacto necesario y mejorar las condiciones de calidad de vida y salud, en el

marco de un desarrollo sostenible.

Desde hace varios años el grupo de ETV, viene en un proceso continuo de fortalecimiento de las capacidades

administrativas y técnicas (mediante la elaboración de guías, manuales, lineamientos y actualización normativa) en el

orden nacional y territorial, en las enfermedades transmitidas por vectores Malaria, Leishmaniasis, Chagas y Dengue, en

lo pertinente a las Guías Clinicas y Entomológicas, y protocolos de vigilancia, en coordinación con el Instituto Nacional de

Salud.

Las enfermedades transmitidas por vectores son consideradas un problema de interés en salud pública en Colombia por

su enorme contribución a la carga económica y social que genera la morbilidad, complicaciones y mortalidad por estas

causas.

A partir de esta concepción se generó la Estrategia de Gestión Integrada –EGI- para la Promoción, Prevención, Vigilancia

y Control de las ETV. Esta estrategia establece los fundamentos para operativizar el programa de ETV en las DTS. El cual

se define como “un conjunto articulado de subprogramas y proyectos que responden a las políticas y planes relacionados

con su misión, liderado por la autoridad sanitaria, articulador de actores públicos y privados intra e interinstitucionales y

promotor de la integración transectorial. El programa comprende recursos, usuarios, instituciones, dependencias

institucionales, normas y procedimientos, organizados para responder a planes y políticas, el cual se desarrolla a través

de la Estrategia de Gestión Integrada para la vigilancia, promoción, prevención y control de las ETV.

Esta estrategia constituye la carta de navegación en la próxima década planteada por la Dirección de Promoción y

Prevención, para direccionar y liderar los esfuerzos institucionales, sectoriales y sociales para reducir la carga social y

económica que producen la morbilidad, complicaciones y mortalidad por estas causas. Para lograr esto se requiere

impulsar y apoyar la implementación de la EGI ETV en todo el territorio nacional mediante procesos continuos de

cooperación técnica a las DTS, con el fin de contribuir al desarrollo institucional en los territorios para lograr el liderazgo

requerido que pueda garantizar el mantenimiento de una gestión eficiente y efectiva de las acciones de promoción,

prevención, vigilancia y control de los programas departamentales que puedan garantizar el logro de las metas nacionales

establecidas en PDSP y los objetivos regionales.

Se pretende con este documento definir los lineamientos para las acciones de promoción, prevención y control de

enfermedades transmitidas por vectores en aquellos establecimientos que se han clasificado como de control especial y

que se ampliarán en el presente documento, en los cuales se han identificado deficiencias en la implementación de los

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planes de saneamiento y control vectorial resultado de las acciones de inspección, vigilancia y control de los vectores

adelantadas por los responsables del control vectorial en el territorio y de la autoridad sanitaria en dichos establecimientos.

Por lo anterior es necesario el abordaje de intervención a estos establecimientos de forma homogénea en el país, lo que

hace necesario unificar los criterios de intervención de manera no solo sectorial, sino de forma integral, conservando las

particularidades de cada región e involucrando las distintas instancias del MSPS, que desde el nivel nacional, comparten

acciones similares de visitas de inspección a estos establecimientos.

Es importante adicionalmente mencionar que como marco conceptual de estos lineamientos, se responde a la

armonización de los planteamientos del plan decenal de salud pública 2012-2021, y al modelo de Estrategia de gestión

integral – EGI- ETV que contempla las acciones de inspección, vigilancia y control como un componente importante dentro

del manejo integral de los determinantes en salud y el enfoque de gestión de riesgo en la prevención de enfermedades

transmitidas por vectores.

Por último, el documento contiene además, las interrelaciones entre los actores nacionales, departamentales y municipales

que interactúan y que desarrollan por competencias las acciones en las diferentes instancias y visibilizadas en espacios

constituidos a través de la CONASA, (Conpes 3550 de 2008), con sus mesas de trabajo de ETV y Entornos Saludables y

sus homólogos a nivel territorial por medio del COTSA y los PAIES, visibilizados en el Modelo de Gestión Sectorial de

Salud Ambiental y desarrollados ampliamente en las Direcciones Territoriales de Salud por la Subdirección de Salud

Ambiental.

Las acciones son articuladas y verificadas en los requisitos mínimos de funcionamiento establecidos por la normatividad

vigente en especial, a la ley 9 de 1979, y los decretos reglamentarios 1843 de 1991, 1011 de 2006, resolución 1229 de

2013 y protocolos de vigilancia epidemiológica entre otros, los cuales han sido soporte para la conceptualización y

definiciones contempladas en el presente documento así como a la posterior socialización con las Direcciones Territoriales

municipales y departamentales que permitan evaluar este instrumento de manera eficiente y consolidar la información a

nivel nacional para su análisis y toma de decisiones, orientando la definición de la política pública que sustente las

acciones de prevención descritas en la EGI – ETV y contempladas en el Plan Decenal de Salud Publica en la dimensión

de enfermedades transmisibles.

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1. OBJETIVOS

1.1. OBJETIVO GENERAL

Establecer criterios unificados y pautas técnicas y operativas para la gestión de las acciones de promoción, prevención y

control de los vectores de interés en salud publica en los establecimientos especiales.

1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Formular los contenidos mínimos en cuanto a recomendaciones y lineamientos operativos de promoción, prevención

y control de vectores en establecimientos considerados especiales y afines.

Suministrar herramientas técnicas de apoyo y presentar contenidos básicos a incluir en los planes de saneamiento

básico y control vectorial en los establecimientos considerados especiales y afines.

Articular con los actores del sistema las responsabilidades a desarrollar de promoción sobre los establecimientos

especiales para la prevención y control de vectores.

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2. ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION

2.1. Las acciones contempladas en el presente lineamiento y acorde al nivel de competencia territorial serán adelantadas

por la Nación y las entidades territoriales del orden Departamental, Distrital y Municipal y se aplicaran a los

establecimientos objeto del lineamiento.

2.2. Los siguientes son los establecimientos que se han considerado de interés para la prevención y control vectorial:

Instituciones Educativas formales y no formales, así como en los Centros de Atención Integral al Preescolar o centros

de desarrollo infantil (Ley 1098 de 2006, Conpes Social 109, Política Pública Nacional de Primera Infancia “Colombia

por la primera infancia”, ley 115 de 1994)

Clínicas, Hospitales y Centros de Salud. IPS.

Consultorios, centros Veterinarios y Afines

Centros de Recreación y cultura.

Cementerios y funerarias.

Rellenos Sanitarios.

Centros Religiosos.

Establecimientos Militares y de Policía

Cárceles y centros de retención

Otros que por sus características generan criaderos de Vectores como potencial riesgo a aglomeraciones de

personas.

2.3. El presente lineamiento desarrolla los artículos 1 y 2 de la resolución 1841 de 2013, así como los artículos 6, 9, 10,

32, 40 y 41 del decreto 3518 de 2006, a los artículos 14 y 18 de la resolución 1229 de 2013 y los lineamientos para la

ejecución de los recursos de las transferencias regulares de ETV.

2.4. El Presente lineamiento desarrolla la EGI - ETV en sus componentes de Promoción de la salud, Prevención de la

transmisión y gestión y atención de contingencias.

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3. PRINCIPIOS

Los principios en los que se base este documento son los amparados por el marco legal y contemplado entre otros por la

Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Ley 1438 2011, Plan Decenal de Salud Publica 2012 – 2021, Resolución 1841 de

2013, y otros que los modifiquen. :

4. DEFINICIONES

Las definiciones del presente lineamiento son las establecidas en los decretos reglamentarios de la Ley 9ª de 1979 en

especial; Zoonosis (Decreto 2257 de 1986), Residuos sólidos (Decreto 2676 de 2000), Sistema de Vigilancia, Inspección

y Control del Sector Salud. (Decreto 1280 de 2002), y los documentos; Inspección, vigilancia y control de establecimientos

veterinario y afines (MSPS 2013), Manual técnico administrativo de la gestión de uso de biológicos y Guías de Vigilancia

Entomológica y Control para las enfermedades transmitidas por vectores.

- Agente infeccioso: Todo organismo capaz de producir una infección, tales como los virus, bacterias, hongos,

parásitos y priones.

- Agua potable o agua para consumo humano: Es aquella que, por cumplir las características físicas, químicas y

microbiológicas, y demás normas que la reglamenten, es apta para consumo humano. Se utiliza en bebida directa, en

la preparación de alimentos o en la higiene personal.

- Ambiente: Conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y

desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados.

- Animal sinantrópico: Aquellos animales que tienen estrecha asociación con la especia humana, llegando a ser

reservorios de agentes infecciosos o servir de vectores de los mismos, tales como artrópodos, roedores y otros

- Artrópodo: (Phylum Arthropoda), animales multicelulares con simetría bilateral, con segmentos modificados en cada

región, con forma y función específicos y recubierto por una capa dura compuesta de quitina y que funciona como

esqueleto externo, patas articuladas y desarrollo por medio de mudas.

- Asperjar: Rociar un líquido en gotas de tamaño de 100 a 400 micras

- Autoridades sanitarias: Entidades jurídicas de carácter público con atribuciones para ejercer funciones de rectoría,

regulación, inspección, vigilancia y control de los sectores público y privado en salud y adoptar medidas de prevención

y seguimiento que garanticen la protección de la salud pública.

- Bioseguridad: Es el término utilizado para referirse a los principios, técnicas y prácticas aplicadas con el fin de evitar

la exposición no intencional a agentes de riesgo biológico y toxinas, o su liberación accidental.

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- Brote: Aparición o aumento inusitado de una enfermedad en una población limitada, en un tiempo corto y que

sobrepasa excesivamente la incidencia esperada.

- Carga de insecticida: Cantidad de un preparado de insecticida, en polvo o líquido, necesaria para abastecer el

depósito de una bomba aspersora.

- Concepto sanitario. Es el concepto emitido por la autoridad sanitaria, una vez realizada la visita de inspección,

vigilancia y control a los establecimientos de especial interés sanitario. Este concepto puede ser favorable, favorable

condicionado o desfavorable.

- Contacto: Persona o animal que, por una relación con otra persona, animal o ambiente contaminados por un agente

infeccioso, se ha colocado en condiciones de contraer una infección.

- Control físico: Procedimiento aplicado para disminuir o evitar el riesgo del contacto vector-humano, efectuando

modificaciones en el ambiente para eliminar permanentemente (modificación del ambiente) o de forma temporal

(manipulación del ambiente) el hábitat de los transmisores.

- Control químico: Procedimiento aplicado contra los vectores, en sus estadios larvarios o inmaduros y de imagos o

adultos, utilizando sustancias tóxicas con efecto insecticida, garrapaticida o nematocida.

- Desinfección: Destrucción de agentes infecciosos que se encuentran en el medio ambiente, por medio de la aplicación

directa de medios físicos o químicos.

- Desinfestación: Consiste en la operación de procesos físicos, químicos o biológicos de carácter sanitario por medio

de los cuales se eliminan los artrópodos y roedores, que se encuentren en la parte externa del cuerpo de personas o

animales, así como en el medio ambiente.

- Desinsectación: Operación sanitarias practicadas para eliminar insectos vectores de enfermedades en el hombre, en

los animales y, en general, en el medio ambiente.

- Desnaturalizar: Operación consistente en variar la forma, tamaño, propiedades organolépticas y en general las

condiciones de una cosa, con el fin de inutilizarla y evitar que pueda llegar a causar daños o molestias desde el punto

de vista sanitario.

- Endemia: Ocurrencia habitual de una enfermedad, en una zona determinada en la población humana.

- Enfermedades transmisibles: Aquellas que, por su naturaleza, generalmente de tipo infeccioso, pueden ser

transmitidas a personas, animales o plantas.

- Enfermedades transmitidas por vectores: Enfermedades en los que el agente causal o infeccioso requiere la

participación de un artrópodo como hospedero o transmisor para completar su ciclo de vida y para mantener su

población en hospederos vertebrados susceptibles. Se incluyen " malaria, dengue, leishmaniosis, oncocercosis,

tripanosomiasis, rickettsiosis, virus del Oeste del Nilo y otras arbovirosis.

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- Epidemia: Aumento inusitado de una enfermedad transmisible o no, aguda o crónica, o de algún evento en salud

humana, que sobrepasa claramente la incidencia normal esperada, en un tiempo y lugar determinados.

- Epizootia: Aumento inusitado de una enfermedad transmisible o no, aguda o crónica, o de algún evento en salud

animal, que sobrepasa claramente la incidencia normal esperada, en un tiempo y lugar determinados.

- Equipo de aspersión: Aparatos, generalmente bombas, diseñados para rociar los insecticidas al aire o sobre una

superficie.

- Factores condicionantes, determinantes o de riesgo: Componentes físicos, químicos, biológicos, psicológicos o

sociales que pueden ser causa o coadyuvantes de una enfermedad u otro evento en salud.

- Fumigación: Acción que se realiza mediante la aspersión o nebulización de vapores o gases tóxicos, para el control

y eventual eliminación de especies nocivas para la salud o que causan molestia sanitaria.

- Generador de residuos hospitalarios. Es la persona natural o jurídica que produce residuos hospitalarios y similares

en desarrollo de las actividades, manejo e instalaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud, incluidas

las acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación; la

docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres; los bioterios y laboratorios de biotecnología, los

laboratorios farmacéuticos y productores de insumos médicos, consultorios, clínicas, farmacias, cementerios, morgues,

funerarias y hornos crematorios, centros de pigmentación y/o tatuajes.

- Gestión integral de Residuos: Es el manejo que implica la cobertura y planeación de todas las actividades

relacionadas con la gestión de los residuos desde su generación hasta su disposición final.

- Huésped u hospedero: Persona o animal que en circunstancias naturales permite la subsistencia o el alojamiento de

un agente infeccioso.

- Infección: Entrada y desarrollo de multiplicación de un agente infeccioso en el organismo de una persona o animal.

- Infestación: Presencia de artrópodos en la parte externa de personas, animales o plantas y de roedores plaga en el

medio ambiente.

- Insecto: Artrópodo de la Superclase Hexápoda que se caracteriza por tener tres pares de patas, un par de antenas y

su cuerpo está dividido en tres regiones bien diferenciadas: cabeza, tórax y abdomen.

- Insecticida: Sustancias de origen químico sintético o biológico que eliminan a los vectores o evitan el contacto con el

humano, están dirigidos a cualquiera de sus estadios de desarrollo (huevo, larva, pupa o Imago).

- Inspección sanitaria: Proceso sistemático y constante de verificación de estándares de calidad e inocuidad, monitoreo

de efectos en salud y acciones de intervención en las cadenas productivas, orientadas a eliminar o minimizar riesgos,

daños e impactos negativos para la salud humana, así como para comprobar el cumplimiento de las disposiciones

sanitarias.

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- Institución Prestadora de Servicios de Salud: Son los hospitales, clínicas, laboratorios, etc. que prestan

directamente el servicio a los usuarios y aportan todos los recursos necesarios para la recuperación de la salud y la

prevención de la enfermedad, los profesionales independientes de salud (médicos, enfermeras/os, etc.) y los

transportadores especializados de pacientes (ambulancias).

- Larva y pupa: Estados juveniles de los artrópodos, con metamorfosis completa (holometábolos).

- Larvicida: Insecticida que mata larvas de los insectos.

- Medida sanitaria: significa todo procedimiento aplicado para prevenir la propagación de enfermedades o

contaminación; una medida sanitaria no comprende medidas de policía ni de seguridad del Estado.

- Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares (PGIRH): Es el documento diseñado por los

generadores, los prestadores del servicio de desactivación y especial de aseo, el cual contiene de una manera

organizada y coherente las actividades necesarias que garanticen la Gestión Integral de los Residuos Hospitalarios y

Similares.

- Planes de Saneamiento: Es la aplicación sistemática de las medidas preventivas para el mejoramiento y preservación

de las condiciones sanitarias, que disminuya sensiblemente el riesgo de contaminación, mediante el uso de protocolos

con instrucciones estrictas que describan con claridad los procedimientos empleados para controlar las actividades

donde se puede presentar o los aspectos que inciden en la contaminación.

- Prevención de la Enfermedad: Son todas aquellas acciones, procedimientos e intervenciones integrales que actúan

sobre las causas inmediatas, orientadas a la población: individuos, familias, comunidades, instituciones y

organizaciones, con el fin de reducir la incidencia.

- Promoción de la salud: Proceso que permite fortalecer los conocimientos, aptitudes y actitudes de las personas para

participar co-responsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida saludables facilitando el logro

y la conservación de un adecuado estado de salud individual, familiar y colectivo mediante actividades de Participación

Social, Comunicación Educativa y Educación para la Salud.

- Reservorio de agente infeccioso: Toda persona, animal, planta o materia inanimada en donde normalmente vive y

se multiplica un agente infeccioso y del cual depende para su supervivencia, pudiendo transmitirse a un huésped o a

un vector susceptible.

- Residuos hospitalarios y similares: son las sustancias, materiales o subproductos sólidos, líquidos o gaseosos,

generados por una tarea productiva resultante de la actividad ejercida por el generador.

- Riesgo para la salud pública: Probabilidad de que se produzca un evento que puede afectar adversamente a la salud

de las poblaciones humanas, considerando en particular la posibilidad de que se propague internacionalmente o pueda

suponer un peligro grave o directo.

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- Rociado residual domiciliario: Aplicación de un insecticida de efecto residual variable, en las superficies (paredes y

techos) de las viviendas y de sus anexos.

- Susceptible: Toda persona o animal que se supone no posee resistencia contra un agente patógeno determinado y,

por lo tanto, está expuesta contraer la enfermedad en caso de contacto con el mismo.

- Toldillo: Red protectora hecha de algodón, tela plástica o metal con determinado número de orificios por pulgada

cuadrada, que evita el contacto de los insectos con el humano y se ubica alrededor de la cama o en ventanas y puertas.

- Toldillos Insecticidas de Larga Duración- LLIN: Toldillo de cama construida con material sintético en el que durante

el proceso de fabricación se incorpora a las fibras el insecticida, teniendo como resultado residualidad del efecto

insecticida de 1 a 5 años.

- Vector: Vertebrado e invertebrado capaz de transmitir un agente infeccioso. Para el presente lineamiento insecto

capaz de transmitir un agente infeccioso.

- Vector Biológico: Organismo en cuyo organismo un agente infeccioso se multiplica o cumple su desarrollo cíclico, o

ambos, permitiendo así la transmisión de la forma infectante del agente al hombre o a los animales.

- Vector mecánico: Organismo capaz de transmitir un agente infeccioso, sin que éste se multiplique o desarrolle en el

organismo de aquel.

- Vigilancia en salud pública: Función esencial asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la

salud, consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, análisis, interpretación y divulgación de datos

específicos relacionados con la salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en

salud pública.

- Vigilancia epidemiológica: Proceso regular y continuo de observación e investigación de las principales

características y componentes de la morbilidad, y otros eventos en salud, basado en la recolección. procesamiento,

análisis y divulgación de la información epidemiológica Vigilancia personal: Práctica especial de supervisión y vigilancia

sanitaria que se hace a las personas y animales que hayan estado en contacto con las personas o animales enfermos,

con el fin de hacer un diagnóstico rápido de su enfermedad, pero sin restringirles su libertad de movimiento.

- Zoonosis: Enfermedad que en condiciones naturales, se transmite de los animales vertebrados al hombre o viceversa.

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5. MARCO LEGAL Y NORMATIVO

5.1. MARCO LEGAL Y NORMATIVO INTERNACIONAL

Emitidos por OMS - ONU, Objetivos de Desarrollo del Milenio hacia 2015: Objetivo 4. Disminución de la Mortalidad Infantil,

Objetivo 6. Combatir el VIHSIDA, el paludismo y otras enfermedades., Objetivo 7. Garantizar la sostenibilidad del medio

ambiente.

Emitidos por FAO; Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, Roma de 1997; con el propósito de actuar eficaz

y conjuntamente para prevenir la diseminación e introducción de Vectores y plagas, y de promover medidas apropiadas

para combatirlas, las partes contratantes se comprometen a adoptar las medidas legislativas, técnicas y administrativas

que se especifican en esta Convención, y en otros acuerdos suplementarios en cumplimiento del Artículo XVI (CNE, 2007).

Además, OMS, Reglamento Sanitario Internacional 2005 (Segunda Edición); Art 2. La finalidad y el alcance de este

Reglamento son prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y

darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública y evitando al mismo

tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio internacionales (OMS, 2005).

5.2. MARCO LEGAL Y NORMATIVO DE COLOMBIA

A continuación el conjunto general de regulaciones jurídicas que establecen la forma en que deben desarrollarse las

acciones para alcanzar los objetivos propuestos en el presente documento:

NORMA ENTIDAD GENERALIDAD

Constitución Política de Colombia

Asamblea Nacional Constituyente

Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución

Ley 9 de 1979 Congreso de la República de Colombia

Por el cual se dictan medidas sanitarias.

Ley 232 de 1995 Congreso de la República de Colombia

Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales.

Ley 430 de 1998 Congreso de la República de Colombia

Por el cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.

Ley 715 de 2001 Congreso de la República de Colombia

Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y disposiciones para organizar la prestación de los servicios del sector salud, además de las competencias de los departamentos, municipios y distritos, artículo 43, 44, 45

Ley 1122 de 2007 Congreso de la República de Colombia

Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, artículos 35, 36, 37.

Ley 1252 de 2008 Congreso de la República de Colombia

Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2341 de 1971

Ministerio de Defensa Nacional En las instituciones prestadoras de servicios de salud, las medidas de prevención y control de emergencias y desastres.

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Decreto 1843 de 1991

Ministerio de Salud. Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V,VI, VII Y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de Plaguicidas.

Decreto 2676 de 2000

Ministerio del Medio Ambiente y Ministerio de Salud y Protección Social

Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares

Decreto 1280 de 2002

Ministerio de Salud Por el cual se organiza el Sistema de Vigilancia, Inspección y Control del Sector Salud.

Decreto 4741 de 2005

Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo territorial

Este decreto tiene por objeto prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos, así como regular el manejo de los residuos o desechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.

Decreto 838 de 2005

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.

Decreto 3518 de 2006

Ministerio de la Protección Social Por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones

Decreto 1011 de 2006

Ministerio de la Protección Social Por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Decreto 1575 de 2007

Ministerio de la Protección Social Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.

Resolución 2400 de 1979

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo

Resolución 4445 de 1996

Ministerio de Salud Por el cual se dictan normas para el cumplimiento del contenido del Título IV de la Ley 9 de 1979, en lo referente a las condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos hospitalarios y similares

Resolución 1434 de 2002

Ministerio de Minas y Energía Por el cual se adopta el reglamento de Protección y Seguridad Radiológica.

Resolución 1478 de 2006

Ministerio de la Protección Social Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son monopolio del Estado.

Resolución 1841 de 2013

Ministerio de Salud y Protección Social

Por el cual se adopta el Plan Decenal de Salud Publica 2012 - 2021

Resolución 1229 de 2013

Ministerio de Salud y Protección Social

Por el cual se establece el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario para los productos de uso y consumo humano

Documento CONPES 2750 de 1994

Departamento Nacional de Planeación y Ministerios.

Políticas sobre manejo de residuos sólidos

Documento CONPES 3530 de 2008

Departamento Nacional de Planeación y Ministerios.

Lineamientos y estrategias para fortalecer el servicio público de aseo en el marco de la gestión integral de residuos sólidos

Documento CONPES 3550 de 2008

Departamento Nacional de Planeación y Ministerios.

Lineamientos para la formulación de la política integral de salud ambiental con énfasis en los componentes de calidad del aire, calidad de agua y seguridad química.

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6. MARCO CONCEPTUAL

6.1. MARCO CONCEPTUAL DE LA ESTRATEGIA DE GESTION INTEGRAL EGI – ETV.

Es importante tener en cuenta dentro del proceso de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control de vectores, en los

establecimientos especiales, el marco conceptual de la Estrategia de Gestión Integral EGI – ETV, en este sentido

resaltaremos el proceso adelantado a la fecha con especial énfasis en los componentes de aplicación del presente

lineamiento:

Desde principios de la década del 2000, el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), en conjunto con el Instituto

Nacional de Salud y las Entidades Territoriales de Salud ha venido unificando esfuerzos en torno a las directrices de la

Organización Panamericana de la Salud, frente al posicionamiento de la malaria, dengue, enfermedad de Chagas y

leishmaniosis, en la agenda política del país, generando espacios para la articulación intersectorial y la creación de una

estrategia participativa para reducir la carga de enfermedad generada por las ETV. Durante el 2011, considerando la

integralidad nacional para el manejo de las ETV, el MSPS decidió construir participativamente una EGI ETV 2012-2021,

la cual fue incluida como meta de implementación a nivel nacional en el Plan Decenal de Salud 2012-2021.

La EGI ETV tiene siete áreas estratégicas de intervención entre las cuales hay tres que son transversales y comunes a

todo el proceso, y tres que son fundamentales y específicos, resaltándose los de Gerencia de Programa, prevención y

gestión para el caso del lineamiento.

FUENTE: Documento EGI-ETV2012-2021 – Subdirección de Enfermedades Transmisibles, MSPS 2012.

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a) Gerencia del Programa: Son las acciones intrainstitucionales e intersectoriales, relacionadas con la gestión,

planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las recursos, tendientes a la promoción, prevención, vigilancia y control

de las Enfermedades Transmitidas por Vectores ETV.

b) Inteligencia Epidemiológica: Conjunto de actividades que integra la información de vigilancia epidemiológica, y de

laboratorio (entomológica, virológica, serológica, parasitológica), dirigidos a sustentar las intervenciones desde la Salud

Pública.

c) Gestión del Conocimiento: La gestión del conocimiento, tiene por objeto transferir el conocimiento desde el lugar

dónde se genera hasta el interior de las organizaciones para compartirlo y utilizarlo entre sus miembros. Es también el

conjunto de procesos y sistemas que permiten que el capital intelectual de una organización aumente de forma

significativa, mediante la gestión de sus capacidades de manera que pueda generar ventajas competitivas.

d) Promoción de la Salud: La Promoción de la salud son todas actividades y acciones dirigidas tanto a nivel individual

como poblacional, enfocada a los determinantes sociales físicos, ambientales, culturales y políticos, así como al bienestar,

el estilo de vida, y educación en salud.

d) Prevención Primaria de la transmisión: Son todas aquellas acciones, procedimientos e intervenciones integrales que

actúan sobre las causas inmediatas, orientadas a la población: individuos, familias, comunidades, instituciones y

organizaciones, con el fin de reducir la incidencia.

f) Atención Integral de Pacientes: Manejo integral del paciente en todas las fases de la atención y que comprende

detección, diagnóstico, tratamiento oportuno, efectivo y seguro, seguimiento y rehabilitación. Hace referencia a la

prevención secundaria y terciaria.

e) Gestión y Atención de Contingencias: Son todas las actividades, procesos y procedimientos integrales que se deben

realizar para la ejecución, monitoreo, evaluación y seguimiento oportuno de las contingencias producidas por brotes de

las ETV, derivado de situaciones coyunturales.

6.2. MARCO CONCEPTUAL DEL MODELO DE GESTION INTEGRAL DE SALUD AMBIENTAL.

“El mapa conceptual de la Salud Ambiental desarrollado en el documento “Propuesta de modelo para la gestión y ejecución

de las competencias sectoriales en salud ambiental para Colombia”. 1 Se convirtió en la herramienta básica para la visión

del nuevo accionar de la salud ambiental trascendiendo de un trabajo exclusivo de acciones de inspección, vigilancia y

4 Documento técnico informe final “Propuesta de modelo para la gestión y ejecución de las competencias sectoriales en salud amb iental para Colombia – versión

diciembre de 2010”. Carlos Eduardo Calderón Llantén. Bogotá, Diciembre 2010

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control a un modelo de gestión que incluye la intervención de los determinantes estructurales con el fin de abordar e

implementar el estado de salud deseado con la articulación de estrategias y acciones hacia la comunidad y el individuo.

Fuente: Mapa conceptual de salud ambiental, Modelo de Gestión Sectorial en Salud Ambiental 2010-2012. Dr Calderón C.E. 2008

6.3. MULTIENFOQUE:

La Estrategia de Gestión Integrada para la Promoción, Prevención y Control de las ETV está acorde con el mandato

constitucional sobre el derecho a la salud, las normas que rigen el SGSSS, el Plan Nacional de Salud Pública y los Planes

de Desarrollo, bajo diversos enfoques conceptuales, con el fin de disminuir la carga social y económica producida por la

transmisión endémica y epidémica de las ETV y mejorar así las condiciones de salud, bienestar y calidad de vida de la

población residente en el territorio Colombiano. En este sentido, debe entenderse como el producto de la movilización

social de actores y la concertación y articulación de las acciones sectoriales e intersectoriales. Para ello se articulan los

siguientes enfoques, con el propósito de reducir la carga de la enfermedad y crear las condiciones para modificar la carga

futura en la población.

En este sentido se resaltan las contempladas en la resolución 1841 de 2013, resaltándose:

Enfoque de Estrategia de Atención Primaria en Salud Renovada

Enfoque de Determinantes

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Enfoque Poblacional

Enfoque Diferencial

Enfoque de Gestión Social del Riesgo

Estrategia de Entornos Saludables

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7. LINEAMIENTOS DE OPERATIVIZACION DE LAS ACCIONES DE PREVENCION (INSPECCION, VIGILANCIA Y

CONTROL DE VECTORES) EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES

7.1. ARTICULACION DE ACTORES A NIVEL NACIONAL – CONPES 3550 de 2008.

En este sentido se debe visibilizar este tipo de articulación acorde a lo establecido en el decreto 2972 de 2010 y su proceso

mediante la Comisión Técnica Nacional Intersectorial de Salud Ambiental – CONASA, la cual permite definir los actores y

las mesas de trabajo vigentes al año 2013.

MESAS DE TRABAJO

COMISIÓN TÉCNICA NACIONAL INTERSECTORIAL PARA LA SALUD AMBIENTAL – CONASA – DECRETO 2972 DE 2010

COMISIÓN TÉCNICA NACIONAL INTERSECTORIAL PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN

DEL AIRE - CONAIRE Contaminación atmosféricaContaminación por ruido

CONCEPTUALConceptualización – Capacitación

Aspectos Socioculturales Participación Social y Comunitaria

SEGURIDAD QUÍMICASeguridad química y desechos peligrosos

Evaluación del riesgo y toxicología

CALIDAD DEL AGUA Y SANEAMIENTOAgua potable y saneamiento básico e higiene

Recursos hídricos y contaminación Residuos SólidosCOMISIÓN INTERSECTORIAL DE MEDIDAS SANITARIAS

Y FITOSANITARIAS MSFInocuidad de alimentos

TEMAS TRANSVERSALESSalud y seguridad ocupacional - Seguridad en el transporte - Desastres naturales –

Aspectos ambientales globales - Planificación urbana y uso del suelo

Mesas de Trabajo Articulación Intersectorial

CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE ZOONOSISControl de zoonosis

MESA INTERINSTUTICIONAL DE CALIDAD DEL AGUA Calidad del agua

ENTORNOS SALUDABLESEntornos de vivienda y espacios saludables

ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTORES

Fuente: Documentos de trabajo, Dimensión de Salud Ambiental, Subdirección de Salud Ambiental 2013, Adriana Estrada Estrada

7.2. COMPETENCIAS INSTITUCIONALES.

Acorde al decreto 4107 de 2011 donde se establecer las funciones al interior del Ministerio de Salud y Protección Social,

observamos las acciones de articulación entre las diferentes áreas que involucran al Viceministerio de Salud Pública y

Protecciones Social, sus Direcciones y Subdirecciones.

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Fuente: Documento Dimensión Salud Ambiental, Subdirección de Salud Ambiental 2012-2013, Dra Adriana Estrada E. ajustado por los autores bajo autorización para este documento.

7.3. ARTICULACION DE ACTORES INSTITUCIONALES A NIVEL TERRITORIAL.

En este sentido se debe visibilizar como en el nivel nacional este tipo de articulación acorde a lo establecido en el decreto

2972 de 2010 y su proceso mediante la Comisión Territorial Intersectorial de Salud Ambiental – COTSA, y la EGI-ETV de

las Direcciones Territoriales de Salud, lo cual permite la interlocución entre los actores locales y las mesas de trabajo

vigentes al año 2013.

Fuente: Documento Dimensión Salud Ambiental, Subdirección de Salud Ambiental 2012-2013, Dra Adriana Estrada E. ajustado por los autores bajo autorización para este documento.

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7.4. CRITERIOS A INCLUIR EN EL PLAN DE SANEAMIENTO Y CONTROL VECTORIAL EN ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES.

Si bien es cierto las acciones a incluir en los planes de saneamiento y control vectorial en los establecimientos especiales

conservan generalidades que aplican para todos, destacaremos en cada uno de los mismos aquellas que son particulares.

En el diagrama adjunto se presentan inicialmente las consideraciones generales para la identificación de los factores de

riesgo en los establecimientos mencionados.

Fuente: Tania Tibaduiza, Profesional Especializada, Subdirección de Enfermedades Transmisibles, Lineamientos de Promoción, Prevención y Control ETV

Posteriormente se describen las particularidades en aquellos establecimientos que por sus características de actividad

alojan personas o mantienen durante parte del día rotación de las mismas.

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Fuente: Tania Tibaduiza, Profesional Especializada, Subdirección de Enfermedades Transmisibles, Lineamientos de Promoción, Prevención y Control ETV

A continuación, revisaremos cada uno de los establecimientos referenciados en el ámbito de aplicación:

7.4.1. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Salud. (Clínicas, Hospitales y Centros de Salud).

Adicional a las establecidas en el Decreto 1011 de 2006, a las contempladas en el título IV de la ley 9ª de 1979 sobre

saneamiento de edificaciones de salud. Resolución 425 de 2008, el plan de saneamiento y en especial de control de

vectores incluye:

- Cumplimiento de Control de agentes y materiales infecciosos, vectores y reservorios (Articulo 45, Decreto 3518 de

2006)

- Acreditar que los servicios se prestarán en salud legalmente autorizados; ( Ley 75 de 1985 y Ley 576 de 2000).

- Plan de Saneamiento Básico y Manejo integral de residuos, (Decreto 2676 de 2000).que incluye el control de

Vectores acciones específicas de:

- Vigilar el aislamiento vectorial (utilización de toldillos) al 100% de los síndromes febriles en áreas endémicas

para ETV.

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- Inspección de todos los depósitos de agua en la institución verificando el riesgo de reproducción de vectores

(Vigilar que los tanques elevados se encuentren debidamente tapados).

- Identificación de fallas en los sistemas de drenaje de agua en la institución (incluye inspección de tejados, plan

de mantenimiento de canales, canaletas). No deben existir zonas inundables o de acumulo de agua.

- Estado de limpieza de zonas verdes (incluye poda de árboles), recolección de basuras e inservibles (llantas,

tarros, tapas entre otros), presencia de elementos que puedan acumular agua en muros (presencia de botellas

cortadas sobre muros, latas, entre otros)..

- Verificación del funcionamiento del 100% de las unidades sanitarias.

- Inspección y vigilancia de riesgo a áreas en donde se encuentren: plantas de tratamiento de agua – manejo de

residuos - mantenimiento de equipos – depósitos de materiales y/o zonas de almacenamiento de elementos en

desuso – construcciones abandonadas.

7.4.2. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios educativos. (Guarderías, Preescolares, Básica Primaria y Secundaria, Técnicos, Tecnológicos y Universitarios).

- Indagar presencia de pacientes febriles que asisten a la institución (situaciones de brote)

- Inspección de todos los depósitos de agua en la institución verificando el riesgo de reproducción de vectores

(Vigilar que los tanques elevados se encuentren debidamente tapados).

- Conformar los comités educativos institucionales para la prevención del dengue (zonas endémicas)

- Identificación de fallas en los sistemas de drenaje de agua en la institución (incluye inspección de tejados, plan

de mantenimiento de canales, canaletas). No deben existir zonas inundables o de acumulo de agua.

- Estado de limpieza de zonas verdes (incluye poda de árboles), recolección de basuras e inservibles (llantas,

tarros, tapas entre otros), presencia de elementos que puedan acumular agua en muros (presencia de botellas

cortadas sobre muros, latas, entre otros).

- Verificación del funcionamiento del 100% de las unidades sanitarias (Plan de mantenimiento de unidades

sanitarias dañadas).

- Inspección y vigilancia de riesgo a áreas en donde se encuentren: plantas de tratamiento de agua – manejo de

residuos - mantenimiento de equipos – depósitos de materiales y/o zonas de almacenamiento de elementos en

desuso – construcciones abandonadas- parques infantiles.

- Identificar presencia de triatominos en zonas de preparacion de alimentos.

-

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7.4.3. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios funerarios o cementerios.

Acorde a lo establecido en la resolución 5194 del 10 de diciembre de 2010 Cementerios: “Artículo 12. Plan de

Saneamiento. Todo cementerio debe contar con un Plan de Saneamiento, este plan debe ser responsabilidad directa de

la administración del cementerio.

El Plan de Saneamiento debe estar por escrito y a disposición de la autoridad sanitaria competente e incluirá, como

mínimo, los siguientes componentes:

- Procedimientos documentados, de las operaciones sanitarias de limpieza y desinfección;

- Procedimientos escritos e implementados de separación, recolección, transporte, almacenamiento, evacuación

y disposición final de residuos sólidos y un programa permanente con enfoque de control integral de vectores

plaga.

- Programa de gestión integral de residuos (Peligrosos y No peligrosos).

- Programa de control de vectores plaga. (Los cementerios deben contar con un programa de control de plagas

(artrópodos y roedores), escritos y a disposición de la autoridad sanitaria).

- Sensibilizar a la comunidad para evitar el uso de floreros, reemplazándolos con flores artificiales y oasis.

7.4.4. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Centros Religiosos

El Plan de Saneamiento debe estar por escrito y a disposición de la autoridad sanitaria competente e incluirá, como

mínimo, los siguientes programas:

- Programa de limpieza y desinfección de las áreas que lo requieran.

- Programa de gestión integral de residuos

- Programa de control de vectores de plaga

- Plan de atención y respuesta ante emergencias.

- Programa de manejo de residuos líquidos dentro y fuera del establecimiento, que garantice no generar molestias

sanitarias, inundaciones o malos olores.

- Programa de disposición de sistemas sanitarios para la recolección y la disposición de aguas residuales.

7.4.5. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios rellenos sanitarios.

El Plan de Saneamiento debe estar por escrito y a disposición de la autoridad sanitaria competente e incluirá, como

mínimo, los siguientes programas:

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- Plan de Gestión Integral de residuos sólidos

- Plan de atención y respuesta ante emergencias

- Programa de control de vectores de plaga

- Diagnóstico ambiental (análisis de las condiciones geográficas, ambientales y climatológicas que beneficien la

presencia de vectores).

- Programa de calidad de agua.

- Programa de control de fauna nociva.

- Programa de Contingencias (procedimientos de emergencia, contra incendios, fenómenos meteorológicos).

- Programa de control de vectores de enfermedades (aves, moscas y otros insectos, roedores, etc).

- Programa de control de malos olores provenientes de los residuos.

- Programa de control de lixiviados.

7.4.6. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Centros de Recreación.

El Plan de Saneamiento debe estar por escrito y a disposición de la autoridad sanitaria competente e incluirá, como

mínimo, los siguientes programas:

- Programa de limpieza y desinfección de las áreas que lo requieran.

- Programa de gestión integral de residuos

- Programa de control de vectores de plaga

- Plan de atención y respuesta ante emergencias.

7.4.7. En los Batallones Militares y afines.

- Indagar manejo de pacientes febriles que se encuentran en la base militar.

- Vigilar el aislamiento vectorial (utilización de toldillos) al 100% de los síndromes febriles en el área de sanidad

militar.

- Inspección de todos los depósitos de agua en la institución verificando el riesgo de reproducción de vectores (Vigilar

que los tanques elevados se encuentren debidamente tapados).

- Realizar visita de inspección a las unidades habitacionales (apartamentos, apartaestudios, casas entre otros)

dentro de la unidad militar

- Identificación de fallas en los sistemas de drenaje de agua en la institución (incluye inspección de tejados, plan de

mantenimiento de canales, canaletas). No deben existir zonas inundables o de acumulo de agua.

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- Estado de limpieza de zonas verdes (incluye poda de árboles), recolección de basuras e inservibles (llantas, tarros,

tapas entre otros), eliminar los elementos que puedan acumular agua en muros (presencia de botellas cortadas

sobre muros, latas, entre otros).

- Verificación del funcionamiento del 100% de las unidades sanitarias (Plan de mantenimiento de unidades sanitarias

dañadas).

- Inspección y vigilancia de riesgo a áreas en donde se encuentren: plantas de tratamiento de agua – manejo de

residuos - mantenimiento de equipos – depósitos de materiales y/o zonas de almacenamiento de elementos en

desuso – construcciones abandonadas- parques infantiles – caballerizas.

- Revisión de colchones y cambio periódico de los mismos para evita proliferación de ácaros, chinches de cama

(Cimex lectularis)

- Verificar presencia de Triatominos en zonas de preparacion o almacenamiento de alimentos.

7.4.8. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios de Cárceles y Centros de Retención.

Para implementar medidas de prevención en este tipo de establecimientos, es importante considerar los métodos y

acciones de control, cuya selección dependerá del comportamiento de los vectores, como hábitos de picadura y reposo,

y los de la población expuesta en costumbres y actividades laborales durante los periodos de mayor presencia o incidencia

de los diferentes vectores.

MEDIDAS INDIVIDUALES:

- Uso de ropa protectora adecuada. Uso de toldillos impregnados de larga duración. Uso de repelentes tópicos.

Inmunización para fiebre amarilla.

-

MEDIDAS COLECTIVAS:

- Control de criaderos mediante acciones de limpieza, rellenos sanitarios o drenaje.

- Poda de abrigos naturales de reposo de mosquitos vectores.

- Disposición adecuada de basuras y de inservibles.

- Adecuación de desagües de aguas lluvias.

- Correcto uso de servicios sanitarios domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

- Control larvario de depósitos o contenedores de agua para uso doméstico, mediante acciones físicas, químicas y

participación social integrada.

- Utilizar planes de vivienda saludable del entorno habitacional.

- Programa de limpieza y desinfección de las áreas que lo requieran

- Programa de gestión integral de residuos

- Programa de control de vectores de plaga

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- Plan de atención y respuesta ante emergencias

7.4.9. En los establecimientos destinados a la prestación de servicios que por sus características dan origen a focos de vectores.

El Plan de Saneamiento debe estar por escrito y a disposición de la autoridad sanitaria competente e incluirá, como

mínimo, los siguientes programas:

- Programa de limpieza y desinfección, que garantice las condiciones higiénicas adecuadas del establecimiento. En

el cual se incluyan todas las áreas, productos, frecuencias y registros.

- Programa de desechos sólidos, que garantice la correcta gestión, recolección, conducción, manejo,

almacenamiento interno, clasificación, transporte y disposición que evite molestias sanitarias como focos de

infección, proliferación de insectos y roedores.

- Programa de Control de Plagas, incluido artrópodos y roedores, generando control integral de los mismos, con

énfasis en la prevención.

- Abastecimiento de agua en la cantidad, continuidad y presión es suficiente para realizar todas las actividades.

- Tanques de almacenamiento protegidos, con procedimientos de limpieza y desinfección.

- Programa de almacenamiento bajo techo de depósitos que puedan contener agua y viabilizar criaderos de vectores.

- Plan de atención y respuesta ante emergencias

7.5. RESPONSABILIDADES

7.5.1. Responsabilidades de Coordinador de Salud Ambiental en las DTS

- Desarrollar, impulsar y fortalecer mecanismos y estrategias de coordinación intersectorial e interinstitucional para

la protección de la salud ambiental, el control de los eventos de interés en salud pública y, el desarrollo de las

acciones de diagnóstico, inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo incluidos los de las enfermedades

transmitidas por vectores.

- Liderar la elaboración y consolidación de los diagnósticos sanitarios de establecimientos y espacios que

representen riesgo para la salud pública y la priorización de proyectos de intervención e integración de otros actores

a la solución de la problemática sanitaria.

- Intervenir en los procesos de acercamiento con el Ministerio de la Salud y Protección Social, el Instituto Nacional

de Salud, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la red

de organismos controladores, en la búsqueda de las acciones que fomenten la protección de la salud ambiental y

el desarrollo de la inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo asociados con el ambiente.

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- Elaborar el diagnóstico ambiental que incluya los mapas de riesgos generados por los factores ambientales

territoriales, con el fin de formular las estrategias a desarrollar en conjunto con los otros sectores.

7.5.2. Responsabilidades de Coordinador de ETV en las DTS

- Participar en la formulación de políticas y determinar de los planes y programas del área de ETV.

- Dirigir los estudios y análisis técnico administrativo para el diagnóstico, pronóstico y diseño de alternativas de

solución en los programas de control de patologías trasmitidas por vectores.

- Asistir técnicamente a las demás dependencias de la Dirección Territorial de Salud en asuntos propios de su

competencia.

- Promover la capacitación en acciones de promoción, prevención y control de enfermedades transmitidas por

vectores a los funcionarios a su cargo y demás funcionarios de la Dirección Territorial de Salud

- Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y las labores del personal bajo su responsabilidad.

- Responder por la calidad de los trabajos asignados a los funcionarios responsables del desarrollo del programa.

- Diseñar, proponer y ejecutar acciones de prevención y promoción de enfermedades dirigidas a la comunidad e

instituciones del ámbito territorial.

7.5.3. Responsabilidades del Supervisor de ETV

- Participar en la programación, organización, ejecución y control de las actividades propias del área de trabajo.

- Supervisar los trabajos realizados por los auxiliares, con el fin de verificar su impacto y garantizar la correcta

aplicación de las normas y procedimientos.

- Soportar y hacer de manera conjunta con los coordinadores de ETV los pedidos de medicamentos especiales e

insecticidas para tratamiento de las ETV.

- Recibir, verificar, almacenar y distribuir los medicamentos especiales e insecticidas a hospitales, centros y puestos

de salud.

- Consolidar los datos y formular el informe estadístico para reportarlo a las entidades correspondientes.

- Cumplir y hacer cumplir las normas disciplinarias y de procedimientos en el programa de control vectores a los

auxiliares.

- Recibir y analizar los informes de programas de rociado, cuando a ello hubiere que recurrir.

- Llevar el inventario de elementos suministrados a cada funcionario del área de ETV.

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7.5.4. Responsabilidades de los Técnicos y auxiliares del programa de ETV

- Inspeccionar, vigilar y controlar sanitariamente los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y

espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, destinados a la

prestación de servicios en salud, centros religiosos, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, entre otros,

encaminadas a disminuir riesgos de enfermedades transmitidas por vectores.

- Desarrollo paralelamente de actividades de información, educación y comunicación para la promoción de entornos

favorables a la salud y la reducción de factores de riesgo contribuyendo a implantar factores protectores.

- Tomar, recibir y recolectar muestras, prepararlas y practicar el diagnóstico y hacer los análisis del caso.

- Participar en actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad dirigida a la comunidad.

- Velar por la salud de la población del área de influencia.

- Realizar labores de control que reduzcan los vectores trasmisores de enfermedades.

- Realizar encuestas sobre los vectores trasmisores del paludismo, fiebre amarilla y dengue, entre otros.

- Diligenciar y entregar cuadros e informes al Supervisor Técnico de acuerdo con las normas técnicas.

- Realizar vigilancia y tratamiento a depósitos de agua.

- Recolectar y disponer adecuadamente los desechos e inservibles en el área de influencia.

- Participar en las actividades de control integral de vectores.

- Realizar actividades de educación, promoción y prevención dirigidas a la comunidad y las instituciones.

7.5.5. Responsabilidad de los Técnicos de Saneamiento que comparten acciones de ETV

- Apoyar en la Información, programación y evaluación mensual de actividades.

- Identificar y priorizar los sujetos programáticos objeto de Inspección, vigilancia y control.

- Realizar inspección, vigilancia y control de la calidad, producción, comercialización y distribución de los alimentos

para consumo humano, con prioridad en los de alto riesgo epidemiológico, así como las materias primas para

consumo animal que representen riesgo para la salud humana en los municipios del departamento en sus áreas

urbanas y rurales.

- Realizar inspección, vigilancia y control de las condiciones sanitarias de viviendas, establecimientos, servicios y

espacios públicos de a acuerdo con las normas, técnicas y procedimientos establecidos.

- Vigilar y controlar las condiciones ambientales que afectan la salud y el bienestar de la población generadas por

ruidos, tenencia de animales domésticos, basuras y olores.

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- Inspeccionar, vigilar y controlar la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, disposición

sanitaria de excretas, residuos líquidos y aguas servidas.

- Vigilancia y control de ETV y Zoonosis (Rabia)

- Aplicar y notificar las medias sanitarias tanto preventivas como de seguridad.

- Inspección, vigilancia y control de plaguicidas y sustancias toxicas

- Vigilancia y control de medicamentos

7.6. MONITOREO Y EVALUACIÓN

Teniendo en cuenta lo establecido en la ley 9ª de 1979 o Código Sanitario Nacional y sus decretos reglamentarios para

cada uno de los establecimientos se establecen las condiciones de monitoreo y seguimiento para el cumplimiento de las

recomendaciones descritas en un plazo máximo de 45 días, los cuales podrán ser fraccionados en una visita inicial con

30 días para su cumplimiento y 15 días adicionales en caso de que se amerite y se contemple voluntad para el mismo.

Sin prejuicio de lo anteriormente expuesto las autoridades sanitarias podrán establecer dentro de los términos establecidos

y bajo los tiempos descritos en los decretos reglamentarios hacer visitas de monitoreo y seguimiento dentro de los 45 días

contemplados.

En todas y cada una de las visitas de IVC adelantadas por el funcionario competente de la DTS, además del cumplimiento

de las condiciones descritas por la ley 9ª de 1979 y sus decretos reglamentarios, se tendrán en cuenta las siguientes

exigencias:

- Determinación de zonas de aplicación y responsables.

- Evaluación inicial del establecimiento, BPM (decreto 3075/97).

- Disposición de condiciones y mantenimientos necesarios, para la puesta en marcha del plan.

- Tareas primarias, surgimiento de cronogramas trabajo dado en actividades programadas en el plan.

- Evaluación de eficiencia del plan y acciones correctivas.

- Diagnóstico inicial de establecimientos de interés ambiental y sanitario

- Datos epidemiológicos

- Levantamiento entomológico

- Mapa de riesgo ambiental y sanitario ( Nuevo modelo de IVC, según resolución 1229 de 2013)

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Establecimientos especiales

Control integrado de

vectores plaga

-Disminuir poblaciones de plagas vertebradas e

invertebradas .

-Implementación de insumos y soluciones técnicas con

soporte ambiental.

- Incluir zonas afectadas circunvecinas

- Controlar la emisión de malos olores

Los roedores, moscas y cucarachas son

vectores plaga de numerosas

enfermedades, entre las cuales están:

fiebre tifoidea, diarrea, amibiasis, cólera,

poliomielitis, disentería bacilar, y otros

parásitos.

La contaminación causada por los malos

olores emitidos por la inadecuada

disposición de los residuos sólidos, es un

factor que favorece la proliferación de

vectores plaga y afecta la salud de las

personas que permanecen en los

establecimientos especiales y en áreas

circunvecinas.

MoscasCucarachas Roedores

Estr

ate

gia

de

co

ntr

ol

inte

gra

do

Control químico con equipo ULV para reducir

densidades

Control Físico: trampas

Control físico: trampas de

captura de roedores

Control Químico:

aplicación de rodenticidas

MONITOREO Y

EVALUACION

Control cultural

Fuente: Tania Tibaduiza, Profesional Especializada, Subdirección de Enfermedades Transmisibles, Lineamientos de Promoción, Prevención y Control ETV.

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