Manejo Del Proceso Mercantil

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Proceso Mercantil

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    Manual Terico- Prctico del MduloAutocontenido Transversal

    PARA LAS CARRERA DEPROFESIONAL TECNICO BACHILLER

    33.00

    AdministracinSemestre I

    55667312

    a:

    L M M

    AsistenteDirectivoSemestre I

    ContabilidadSemestre I

    InformticaSemestre I

    Manejo del Proceso Mercantil

    Capacitado por:e ccbc

    Educacin Capacitacin

    Basadas en Competencias

    Contextualizadas

    Colegio Nacional de Educacin Profesional Tcnica

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    Contadura, Administracin, Tecnologas de la Informacin2

    PARTICIPANTES

    Suplente del Director GeneralJoaqun Ruiz NandoSecretario de Desarrollo Acadmico y de CapacitacinMarco Antonio NorzagarayDirector de Diseo Curricular de la Formacin OcupacionalGustavo Flores FernndezCoordinadores de rea:Cristina Martnez MercadoGrupo de Trabajo para el Diseo del MduloEspecialista de contenidoAMIME Asociacin Mexicana de Ingenieros Mecnicos y ElectricistasLic. Tania Villafranco Tinoco.

    Revisor de contenidoHugo Labastida /CONALEPEspecialista pedaggicoAMIME Asociacin Mexicana de Ingenieros Mecnicos y ElectricistasSandra Rubio RoseteAna Mara Villafranco TinocoRevisor pedaggicoPatricia Toledo Mrquez / CONALEPRevisores de contextualizacinAgustn Valerio / CONALEPGuillermo Armando becerril Prieto / CONALEP

    INDICE PAG

    Tecnologas de la Informacin, Contadura y AdministracinManual del curso-mdulo Autocontenido Transversal Manejo delProceso MercantilContabilidad, Adminitracin, Asistente Directivo, InformticaD.R. a 2003 CONALEP.Prohibida la reproduccin total o parcial de esta obra, incluida laportada, por cualquier medio sin autorizacin por escrito delCONALEP. Lo contrario representa un acto de piratera intelectualperseguido por la ley Penal.ECBCC

    Av. Conalep N 5, Col. Lzaro Crdenas, C.P. 52140 Metepec, Estadode Mxico.

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    I. Mensaje al alumnoII. Como utilizar este manualIII. Propsito del curso mdulo Autocontenido

    IV Normas de Competencia LaboralV. Especificaciones de evaluacinVI. Mapa curricular del curso mdulo auto contenido

    Capitulo I Generalidades del Derecho Mercantil.1.1 Antecedentes y caractersticas del Derecho Mercantil1.2 Fuentes de Derecho y Actos de Comercio

    Prcticas y Listas de cotejoCapitulo II El comerciante como persona que ejerce el comercio2.1 Lineamientos para ser comerciante2.2 Auxiliares y Obligaciones del comercio

    Prcticas y Listas de cotejoCapitulo III Los Ttulos y Operaciones de Crdito

    3.1 Ttulos de Crdito3.2 Estructura de los Ttulos de Crdito

    Prcticas y Listas de cotejoCapitulo IV Los Contratos Mercantiles4.1 Uso de los Contratos4.2 Lineamientos de los contratos

    Prcticas y Listas de cotejoResumenAutoevaluacin de ConocimientosRespuestas a la AutoevaluacinGlosario de trminosReferencias documentales

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    I. MENSAJE AL ALUMNO

    CONALEP TE DA LA BIENVENIDA ALCURSO-MDULO AUTOCONTENIDOTRANSVERSAL MANEJO DEL PROCESOMERCANTIL!

    Este manual terico prctico que apoya almdulo autocontenido transversal, hasido diseado bajo la ModalidadEducativa Basada en CompetenciaContextualizadas, con el fin de ofrecerte

    una alternativa efectiva para el desarrollode conocimientos, habilidades y actitudesque contribuyan a elevar tu potencialproductivo, y a la vez que satisfagan lasdemandas actuales del sector laboral, teformen de manera integral y tengas laoportunidad de realizar estudios a nivelsuperior.

    Esta modalidad requiere tu participacin einvolucramiento activo en ejercicios yprcticas con simuladores, vivencias ycasos reales para promover unaprendizaje integral y significativo, atravs de experiencias. Durante esteproceso debers mostrar evidencias quepermitirn evaluar tu aprendizaje y eldesarrollo de competencias laborales ycomplementarias requeridas.

    El conocimiento y la experiencia adquiridase vern reflejados a corto plazo en elmejoramiento de tu desempeo laboral y

    social, lo cual te permitir llegar tan lejoscomo quieras en el mbito profesional ylaboral.

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    COMO UTILIZAR ESTE MANUAL Analiza la Matriz de contextualizacin

    del curso-mdulo AutocontenidoTransversal Manejo del procesoMercantil. Puede ser entendida como laforma en que, al darse el proceso deaprendizaje, el sujeto establece unarelacin activa del conocimiento y sushabilidades sobre el objeto desde uncontexto cientfico, tecnolgico, social,cultural e histrico que le permite hacersignificativo su aprendizaje, es decir, elsujeto aprende durante la interaccinsocial, haciendo del conocimiento unacto individual y social

    Realiza la lectura del contenido de cadacaptulo y las actividades de aprendizajeque se te recomiendan. Recuerda que enla educacin basada en normas decompetencia laborales la responsabilidaddel aprendizaje es tuya, ya que eres elque desarrolla y orienta susconocimientos y habilidades hacia el

    logro de algunas competencias enparticular.

    Analiza la Matriz de contextualizacindel curso-mdulo autocontenido. Puedeser entendida como la forma en que, aldarse el proceso de aprendizaje, el sujetoestablece una relacin activa delconocimiento y sus habilidades sobre elobjeto desde un contexto cientfico,tecnolgico, social, cultural e histricoque le permite hacer significativo suaprendizaje, es decir, el sujeto aprendedurante la interaccin social, haciendodel conocimiento un acto individual ysocial

    En el desarrollo del contenido de cadacaptulo, encontrars ayudas visualescomo las siguientes, haz lo que ellas tesugieren efectuar. Si no haces noaprendes, no desarrollas habilidades, y teser difcil realizar los ejercicios deevidencias de conocimientos y los dedesempeo.

    III. IMGENES DE REFERENCIA

    Estudio individual Investigacin documental

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    Consulta con el docente Redaccin de trabajo

    Comparacin de resultadoscon otros compaeros Repeticin del ejercicio

    Trabajo en equipo Sugerencias o notas

    Realizacin del ejercicio Resumen

    ObservacinConsideraciones sobre seguridad e

    higiene

    Investigacin de campo Portafolios de evidencias

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    IV. PROPSITO DEL CURSO MDULO AUTOCONTENIDO

    Al finalizar el curso - mdulo autocontenido, el alumno conocer y podr elaborar

    cualquier tipo de ttulos mercantiles, orientar o ser consultor de Personas Fsicas ymorales en el mbito del comercio o actividades que se deriven del comercio, podrasesorar sobre los procesos mercantiles dentro del sistema de las empresas, teniendolas bases del Derecho Mercantil.

    V. NORMAS TCNICAS DE COMPETENCIA LABORAL O NORMA DEINSTITUCIN EDUCATIVA

    Para que analices la relacin queguardan las partes o componentes de

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    la NTCL o NIE con el contenido delprograma del curso mdulo

    autocontenido de la carrera quecursas, te recomendamos consultarla atravs de las siguientes opciones:

    Acrcate con el docente para que tepermita revisar su programa deestudio del curso - mduloautocontenido de la carrera quecursas, para que consultes el apartadode la norma requerida.

    Visita la pgina WEB del CONOCERen www.conocer.org.mx en caso deque el programa de estudio del curso -mdulo ocupacional esta diseado conuna NTCL.

    Consulta la pgina de Internet delCONALEP http://intranet/ en caso deque el programa de estudio del curso -mdulo autocontenido est diseadocon una NIE.

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    VI. ESPECIFICACIONES DE EVALUACIN

    Durante el desarrollo de las prcticas deejercicio tambin se estar evaluando eldesempeo. El docente mediante laobservacin directa y con auxilio de unalista de cotejo confrontar el cumplimientode los requisitos en la ejecucin de lasactividades y el tiempo real en que serealiz. En stas quedarn registradas lasevidencias de desempeo.

    Las autoevaluaciones de conocimientoscorrespondientes a cada captulo ademsde ser un medio para reafirmar losconocimientos sobre los contenidostratados, son tambin una forma de evaluary recopilar evidencias de conocimiento.

    Al trmino del curso - mdulo deberspresentar un Portafolios de Evidencias, elcual estar integrado por las listas decotejo correspondientes a las prcticas deejercicio, las autoevaluaciones deconocimientos que se encuentran al finalde cada captulo del manual y muestras delos trabajos realizados durante el desarrollodel curso - mdulo, con esto se facilitar laevaluacin del aprendizaje para determinarque se ha obtenido la competencia laboral.

    Debers asentar datos bsicos, tales como:nombre del alumno, fecha de evaluacin,nombre y firma del evaluador y plan deevaluacin.

    1 El portafolios de evidencias es una compilacin de documentos que le permiten al evaluador, valorar losconocimientos, las habilidades y las destrezas con que cuenta el alumno, y a ste le permite organizar la documentacinque integra los registros y productos de sus competencias previas y otros materiales que demuestran su dominio en unafuncin especfica (CONALEP. Metodologa para el diseo e instrumentacin de la educacin y capacitacin basada encompetencias, Pg. 180).

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    1.1Analizar el derecho mercantil de acuerdo a sus antecedenteshistricos y sus caractersticas.

    4 hrs.

    1.2Utilizar las fuentes del derecho y los actos de comercio de acuerdoa sus caractersticas de operacin.

    8 hrs.

    2.1 Identificar los lineamientos para ser comerciante de acuerdo a laley aplicando su normatividad

    8 hrs.

    2.2 Identificar los auxiliares y las obligaciones del comercio de acuerdo

    a la normatividad vigente. 7 hrs.

    3.1 Utilizar las caracterstica de los ttulos de crdito de acuerdo a susnecesidades de operacin

    10 hrs.

    3.2 Estructurar ttulos de crdito de acuerdo a la normatividad vigente 20 hrs.

    4.1 Utilizar los lineamientos generales de los contratos de acuerdo conla normatividad que los rige.

    7 hrs.

    4.2 Identificar los lineamientos generales de los contratos de acuerdocon la normatividad que los rige.

    10 hrs.

    Unidad deAprendizaje

    Mdulo

    Resultadosde

    Aprendizaje

    2 Generalidadesdel DerechoMercantil.

    12 hrs.

    3 El comerciantecomo personaque ejerce elcomercio.

    15 hrs.

    4 Los Ttulos yOperacionesde Crdito.

    30 hrs.

    5. Los Contratosmercantiles.

    17 hrs.

    Manejo delProcesoMercantil.

    74 hrs.

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    Mdulo

    Manejo delProceso

    Mercantil.

    74 hrs.

    1GENERALIDADES DEL DERECHOMERCANTIL

    Al trmino de la unidad, identificar loslineamientos del derecho mercantil, deacuerdo con los antecedentes histricos,para la operacin y control administrativode la organizacin.

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    1.3Analizar el derecho mercantil de acuerdo a sus antecedenteshistricos y sus caractersticas.

    4 hrs.

    1.4Utilizar las fuentes del derecho y los actos de comercio de acuerdoa sus caractersticas de operacin.

    8 hrs.

    2.3 Identificar los lineamientos para ser comerciante de acuerdo a laley aplicando su normatividad 8 hrs.

    2.4 Identificar los auxiliares y las obligaciones del comercio de acuerdoa la normatividad vigente.

    7 hrs.

    3.3 Utilizar las caracterstica de los ttulos de crdito de acuerdo a susnecesidades de operacin

    10 hrs.

    3.4 Estructurar ttulos de crdito de acuerdo a la normatividad vigente 20 hrs.

    4.1 Utilizar los lineamientos generales de los contratos de acuerdo conla normatividad que los rige.

    7 hrs.

    4.2 Identificar los lineamientos generales de los contratos de acuerdocon la normatividad que los rige.

    10 hrs.

    Unidad deAprendizaje

    Resultados deAprendizaje

    1 Generalidadesdel DerechoMercantil.

    12 hrs.

    2 El comerciantecomo personaque ejerce elcomercio.

    15 hrs.

    3 Los Ttulos yOperaciones

    de Crdito.

    30 hrs.

    4. Los Contratosmercantiles.

    17 hrs.

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    1.

    GENERALIDADES DEL DERECHO

    MERCANTIL

    Sumario

    Derecho Mercantil.

    Derecho Mercantil Contemporneo.

    Fuentes de Derecho Mercantil.

    Actos de Comercio.

    RESULTADO DE APRENDIZAJE

    Analizar el Derecho Mercantil de acuerdo a sus

    antecedentes histricos y sus caractersticas..

    Estudio Individual

    Competencia

    Cientfico-Terica

    Identificar las caractersticas del Derecho.

    Competencia

    Para la vida.

    Aplicacin del Derecho en el hogar.El alumno: Buscar informacin dentro de la

    Biblioteca del Plantel o de su comunidaden libros o pginas web de derecho, lascaractersticas del Derecho Mercantil.

    Disear un cuadro sinptico ubicandolas caractersticas del derecho mercantil yaplicaciones del derecho mercantil en losque haceres del hogar.( no es lo mismoquehaceres del hogar que actividadeconmica de la familia)

    Utilizar apoyos visuales en el diseo delcuadro sinptico.

    Explicar a manera de exposicin elcuadro sinptico en el saln de clases.

    Revisar conceptos, redaccin yortografa.

    1.1.1

    DERECHO MERCAN TIL.

    Antecedentes:

    Edad Antigua. El comercio, como fenmenoeconmico y social, se presenta en todas laspocas y lugares. Por ello an en los pueblos msantiguos pueden encontrarse normas aplicables alcomercio, o ms bien, a algunas de las relaciones

    e instituciones a que aquella actividad da origen.As sucede en los sistemas jurdicos deBabilonia, Egipto, Grecia, Fenicia, Cartago, etc.

    Sin embargo, en esos sistemas jurdicos noexisti un Derecho especial o autnomo, propiode la materia mercantil. Es decir, no existi unDerecho Mercantil como hoy lo entendemos,sino tan slo normas aisladas relativas adeterminados actos o relaciones comerciales.

    El primer cuerpo de Derecho mercantil de que

    nos habla la historia, son las leyes martimas delos Rhodios. Estas leyes que llegaron a formar uncuerpo de legislacin reguladora del comerciomartimo, en el que ocupa el primer lugar tressiglos antes de Cristo en todo el Mediterrneo,por este motivo, esta legislacin debi haberejercido grande influencia sobre la de los demspueblos martimos y muy particularmente en elDerecho de los romanos, con quienes los rhodioscultivaron relaciones pacficas, hasta que la islafue reducida a provincia romana.

    Derecho Romano.

    Tampoco puede hablarse de la existencia de underecho mercantil especial o autnomo- en elsistema jurdico de Roma. Roma no conoci unDerecho Mercantil como una rama distinta yseparada en el tronco nico del Derecho Privado(ius civile),

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    entre otras razones, porque a travs de laactividad del pretor fue posible adaptar eseDerecho a las necesidades del trfico comercial.

    Edad Media.

    Derrumbado el imperio romano de occidente ydurante toda la era de las invasiones, la anarquamas espantosa se enseore de Europa y ante lasnuevas condiciones de vida (como el feudalismo)el magistral Derecho Romano, resultoinsuficiente; Surgi entonces, un nuevo Derecho,

    constituido primero por la costumbre,cristalizado despus en ciertas leyes escritas, querecibieron el nombre de estatutos, y cuyoconjunto forma el llamado derecho estatutario elcual sent algunas de las bases sobre las cualesse ciment ms adelante el Derecho Mercantilcmo tal.

    El Derecho Mercantil como Derecho especial ydistinto del comn, nace en la Edad Media, y esde origen consuetudinario.

    El auge del comercio en esa poca, el grandesarrollo del cambio y del crdito, fueron entreotras las causas que originaron la multiplicacinde las relaciones mercantiles, que el Derechocomn era incapaz de regular en las condicionesexigidas por las nuevas situaciones y necesidadesdel comercio.

    El nacimiento del Derecho Mercantil como tal,est ligado ntimamente a la actividad de losgremios o corporaciones de mercaderes, que seorganizan en las ciudades comercialesmedievales para la mejor defensa de los interesescomunes de la clase. Las corporacionesperfectamente organizadas, no solo estabanregidas por sus estatutos escritos, que en sumayor parte recogan practicas mercantiles, sinoque adems instituyeron tribunales demercaderes (jurisdiccin consular), que resolvanlas cuestiones surgidas entre los asociados,

    administrando justicia segn usos o costumbresdel comercio.

    Es as que, en el seno de los gremios ycorporaciones, principalmente en las florecientesciudades medievales italianas, va crendose unconjunto de normas sobre el comercio y los

    comerciantes, tendientes a dirimir lascontroversias mercantiles, normas de origenconsuetudinario, que son aplicadas por loscnsules, rganos de decisin de aquellos

    gremios o corporaciones.

    Estas normas consuetudinarias, y las decisionesmismas de los tribunales consulares, fueronrecopiladas en forma ms o menos sistemtica,llegando a constituir verdaderos ordenamientosmercantiles de la poca.

    poca Moderna.

    Fue en Francia, donde propiamente se comenzno solo a comprender y sentir la necesidad

    reclamada por la actividad del comercio, sinotambin se satisfizo completamente, asentando lapiedra angular sobre que se ha levantado eledificio del moderno Derecho Mercantil, el quedesde entonces, emancipndose completamentedel Derecho Romano, del Derecho comn y delos Derechos forales, no solamente ha adquiridouna verdadera autonoma jurdica, sino quetiende a obtener un carcter de universalidadinternacional, llegando su influencia, como esnatural, hasta modificar los preceptos delDerecho Civil de cada pueblo, pues el cotejo delos diversos cdigos mercantiles, su estudiocomparativo por los jurisconsultos y superfeccionamiento constante, conduceninflexiblemente a correcciones del DerechoCivil, que de todas maneras tiene que estar enarmona con el Derecho Mercantil de cadaEstado.

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    Fue as, que partiendo de obras como el CodeMerchant francs de 1673 un gran nmero deEstados redactaron legislaciones similares pararegular la materia que nos compete. Este granmovimiento legislativo de todas las naciones,trajo consigo un gran movimiento cientfico en laesfera de la literatura jurdica del derechomercantil, cuyas obras de estudio forman hoyuna riqusima biblioteca. Sobre todo la materiade la legislacin comparada adquiri, como erade esperarse, un gran desarrollo, pues siendo el

    comercio cosmopolita por su naturaleza y por elgrande impulso que en los tiempos modernos lecomunican las pacficas relacionesinternacionales, los tratados, las vas decomunicacin martimas y terrestres, es naturalque el Derecho Mercantil, reflejo de lasnecesidades del comercio, tienda a buscar esa

    unidad de preceptos y doctrinas, esauniversalidad de principios que exige elcosmopolitismo del trfico en sus diversasmanifestaciones. Entre los varios ramos de la

    legislacin mercantil hay algunos en que ms seha acentuado la necesidad de uniformar elDerecho de las distintas naciones, como sucedeen lo relativo a las letras de cambio entre muchosotros aspectos.

    Con motivo de la necesidad de uniformar por lomenos ciertos aspectos del Derecho Mercantilentre las diversas naciones se comenzaron acelebrar congresos y conferencias entre estaspara llegar a acuerdos y tratados. Siendo laprimera de ellas la reunin en Berna en 1878, a lacual le han seguido innumerables intentos atravs del tiempo con el fin de lograr la tandeseada obtencin de acuerdos que produzcan launiformidad tan necesaria en materiasmercantiles.

    Derecho Mercantil Mexicano

    Anterior a la Conquista.

    La completa transformacin poltica y econmicaa que fue sometido el territorio ocupado por elantiguo imperio azteca a consecuencia de laconquista de los espaoles, as como losposteriores cambios sociales y econmicos quebajo el gobierno nacional e independiente deMxico han tenido lugar, han borradocompletamente las huellas de aquella antiguacivilizacin indgena, cuyo estudio, bajo elaspecto econmico y mercantil, no puede tenerms aliciente que el de una simple curiosidadhistrica y no el de un punto de partida necesariopara explicar el estado econmico actual denuestra patria. Los historiadores de aquellos

    remotos tiempos nos dice, que a pesar de que lapropiedad territorial estaba casi toda ellavinculada en manos del soberano autcrata, de lanobleza guerrera y de la nobleza sacerdotal, demanera que el comn del pueblo apenas posea amanera de enfiteusis (Cesin perpetua o porlargo tiempo del dominio til de un inmueble,mediante el pago anual de canon) y recargada detributos las tierras no monopolizadas por losgrandes seores; a pesar de todo esto, laagricultura, la industria manual y la industriaminera alimentaban centros de trfico al grado

    que los mercaderes del imperio de Moctezumaformaban un gremio o clase llamado pochtecatl,perfectamente organizado con sus ordenanzaspropias y gozando de muchas franquicias einmunidades.

    Los pochtecas cumpliendo su intento principal decomerciantes llevaban lienzos, joyas, losproductos de la industria azteca y esclavos, paratraer de retorno los artefactos de las otrasnaciones, las producciones raras y curiosasbuscadas en el Imperio azteca para la comodidad

    o la moda de los ricos y de los nobles.

    La residencia del tribunal de los mercaderesestaba en Tlaltelolco.El pochteca, ambulante querecorra los tianquiztli o mercados, obraba por supropia cuenta, aunque sujeto a las ordenanzas delramo. El tianquiztli ms grande, el de msadmirable capacidad fue el de Tlaltelolco en elcual ciertos das del ao concurran los

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    mercaderes y comerciantes del reino con susmercancas ms selectas llenando la plaza con las"tiendas" puestas en hileras, estas tiendas eranarmadas con bastidores porttiles cubiertos dealgodn para resistir al agua y al sol. Se hacanlas compras y las ventas por va de permutacin,con que daba cada uno lo que le sobraba por loque haba menester, y el maz o el cacao servade moneda para las cosas menores. No segobernaban por el peso ni le conocieron; perotenan diferentes medidas con que distinguir lascantidades, y sus nmeros, y caracteres con queajustar los precios, segn sus transacciones.

    Haba una casa dispuesta para los jueces delcomercio, en cuyo tribunal se resolvan lasdiferencias de los comerciantes, adems habaotros ministros inferiores que andaban entre lagente cuidando de la igualdad de contratos, yllevaban al tribunal las causas de fraude o excesoque necesitaban castigo.

    Hacan el comercio por medio del trueque de losobjetos, confrontados segn su valor; carecan enlo absoluto de la moneda acuada, masempleaban para suplirla ciertos productos queservan como pecunia en las transaccionesmercantiles. El cacao de mejor clase, cuyosgranos escogidos se contaban por bolsas de 8,000almendras (xiquipilli), si la mercanca era degran valor se computaba por tres sacos dexiquipilli. Esta moneda, aunque muy incomoda,es la de uso ms comn. Para el mismo empleousaban cautos transparentes de pluma queencerraban polvo de oro los cuales servan en lascontrataciones para pagar las cosas de muchaestima.

    De 1521 A 1821.

    La conquista espaola imprimi al pasconquistado una inmensa transformacin no soloen el orden poltico y moral, sino tambin en el

    orden de la agricultura, de la industria y delcomercio: la introduccin de ganadera, denuevos cereales como

    el arroz, el trigo, la cebada y otros de igualespecie, y del cultivo de algunas plantas como lacaa de azcar, gusano de seda, grana, lino,camo, olivo, pero principalmente el grandeimpulso que recibi la explotacin de mineralesdel pas, abrieron nuevas corrientes hastaentonces desconocidas para los indgenas, a laindustria, a la agricultura y al comercio. Pero laorganizacin que se dio a la propiedad bajo elgobierno colonial, los monopolios que se

    establecieron, la esclavitud a que fue reducida laclase indgena, el sistema de impuestos o tributospblicos, y la incomunicacin a que fuecondenada la Nueva Espaa con las demsnaciones, impidieron que el comercio adquiriesesu desenvolvimiento natural.

    Es bien sabido que la primera etapa de lassociedades en el orden econmico es eldesarrollo de la industria agrcola, la segunda eldesarrollo de la industria fabril, y solo cuandoestas dos industrias se han desarrollado adquiere

    importancia interior o exterior la industria oactividad mercantil. Ahora bien, bajo el imperiode las leyes coloniales, la industria agrcola, lomismo que la fabril, estaba rodeada de trabas quehacan imposible su crecimiento. En materia deimpuestos, el sistema de alcabalas interiores erano solo gravoso sino embarazoso. Como ejemplotenemos al ordenamiento establecido al principiobajo el gobierno del Virrey Mendoza,imponiendo un dos por ciento sobre toda venta,permuta u operacin mercantil, el cual fueaumentando hasta un 16%.Por otra parte, el

    diezmo, contribucin eclesistica declaradaobligatoria por la ley civil, pesaba brbaramentesobre el producto bruto de la agricultura y nosobre las utilidades, matando as en su origentoda posibilidad de acumulacin de capitales.

    Con semejante sistema econmico, poltico,fiscal, agravado hasta la exageracin por eldesptico aislamiento a que estaba condenado

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    Mxico con el resto de las dems naciones, nadatiene de admirable que el pas, cubierto comoestaba por todas partes de claustros, templos yseminarios, no tuviera a vuelta de tres siglos deconquista ni grandes vas de comunicacin, nicaminos carreteros y que por lo tanto se frenarael desarrollo de toda actividad mercantil.

    Est poca el comercio exterior nicamente erapermitido a las ciudades de Sevilla y Cdiz, hacialos cuales solo estaba permitido exportar metalespreciosos y artculos de menor importancia comojabn, loza de Puebla, algodn harina y azcar.

    Mxico Independiente.

    Una vez consumada la Independenciacontinuaron aplicndose, sin embargo, lasordenanzas de Bilbao, aunque ya en 1824 pordecreto del Congreso el 16 de Octubre fueronsuprimidos los consulados.

    Por ley del 15 de Noviembre de 1841 se crearonlos tribunales mercantiles, determinndose en

    cierta forma los negocios mercantiles sometidosa su jurisdiccin.

    En 1854 durante el gobierno de Antonio Lpezde Santa Anna, se promulg el primer Cdigo deComercio mexicano, conocido con el nombre de"Cdigo de Lares". Este Cdigo dej de aplicarseen 1855, aunque posteriormente en tiempos delimperio (1863) fue restaurada su vigencia. Enesos intervalos continuaron aplicndose las viejasordenanzas de Bilbao.

    En 1883 el Derecho mercantil adquiri enMxico carcter Federal, al ser reformada laConstitucin, se otorg al Congreso de la Uninla facultad de legislar en materia comercial. Conbase en esta reforma constitucional se promulgel Cdigo de Comercio de 1884, aplicable entoda la Repblica. Debe citarse tambin la Leyde Sociedades Annimas de 1888. Por ltimo el1 de Enero de 1890 entr en vigor el Cdigo de

    1889 el cual es en extremo similar al Cdigoespaol de 1885.

    Definicin:

    El Derecho Mercantiles una rama del DerechoPrivado que tiene por objeto regular lasrelaciones entre los comerciantes y entre aquellaspersonas que sin ser comerciantes ejecutan actosde comercio.

    El Derecho Mercantil es aquel que regula losactos de comercio pertenecientes a la explotacinde las industrias mercantiles organizadas (actos

    de comercio propios) y los realizadosocasionalmente por comerciantes y nocomerciantes (actos de comercio impropios), queel legislador considera mercantiles, as como elestatuto del comerciante o empresario mercantilindividual y social y los estados de anormalidaden el cumplimiento de sus obligaciones.

    El Derecho Mercantil, puede definirse como elconjunto de normas jurdicas que se aplican a losactos de comercio legalmente calificados comotales y a los comerciantes en el ejercicio de su

    profesin.

    El Derecho Mercantiles la rama que regula lasrelaciones nacidas del comercio y de los actosque histricamente se le han asimilado, as comolas obligaciones impuestas a las personas queconsidera comerciantes.

    Se llama Derecho Pblico Mercantil elconjunto de leyes que reglamentan la libertad decomercio y sus instituciones, no en relacin conlos derechos privados de los individuos,resultantes de las operaciones mercantiles quepractiquen, pues esto pertenece al dominio delDerecho Mercantil, civil o privado, sino en susrelaciones con el Estado y con los intereses oderechos de la sociedad en su generalidad oconjunto"

    Derecho Mercantil es aquel que regulaespecialmente las relaciones que ataen a las

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    personas, los lugares, los contratos y los actos delcomercio terrestre y martimo"

    Artculo 73 Constitucional:A ninguna personapodr impedirse que se dedique a la profesin,industria, comercio o trabajo que le acomode,siendo lcitos. El ejercicio de esta libertad slopodr vedarse por determinacin judicial, cuandose ataquen los derechos de tercero, o porresolucin gubernativa, dictada en los trminosque marque la ley, cuando se ofendan losderechos de la sociedad. Nadie puede ser privadodel producto de su trabajo, sino por resolucinjudicial.

    La Ley determinar en cada Estado, cuales sonlas profesiones que necesitan ttulo para suejercicio, las condiciones que deban llenarse paraobtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

    Nadie podr ser obligado a prestar trabajospersonales sin la justa retribucin y sin su plenoconsentimiento, salvo el trabajo impuesto comopena por la autoridad judicial, el cual se ajustara lo dispuesto en las fracciones I y II del artculo123.

    En cuanto a los servicios pblicos, slo podrnser obligatorios, en los trminos que establezcanlas leyes respectivas, el de las armas y losjurados, as como el desempeo de los cargosconcejiles y los de eleccin popular, directa oindirecta.

    Las funciones electorales y censales tendrncarcter obligatorio y gratuito, pero sernretribuidas aqullas que se realicenprofesionalmente en los trminos de esta

    Constitucin y las leyes correspondientes. Losservicios profesionales e ndole social sernobligatorios y retribuidos en los trminos de laley y con las excepciones que sta seale.

    El Estado no puede permitir que se lleve a efectoningn contrato, pacto o convenio que tenga porobjeto el menoscabo, la prdida o el irrevocable

    sacrificio de la libertad de la persona porcualquier causa.

    Tampoco puede admitirse convenio en que lapersona pacte su proscripcin o destierro o enque renuncie temporal o permanentemente aejercer determinada profesin, industria ocomercio.

    El contrato de trabajo slo obligar a prestar elservicio convenido por el tiempo que fije la ley,sin poder exceder de un ao en perjuicio deltrabajador, y no podr extenderse, en ningncaso, a la renuncia, prdida o menoscabo de

    cualquiera de los derechos polticos o civiles.

    La falta de cumplimiento de dicho contrato, porlo que respecta al trabajador, slo obligar a stea la correspondiente responsabilidad civil, sinque en ningn caso pueda hacerse coaccin sobresu persona.

    1.1.2 DERECHO MERCANTIL

    CONCEPTO

    Derecho Mercantil Contemporneo es unarama del Derecho Privado que tiene por objetoregular las relaciones entre los comerciantes yentre aquellas personas que sin ser comerciantesejecutan actos de comercio.

    CARACTERSTICAS

    Las actuales caractersticas de la economaparecen imponer una revisin de la estructura delDerecho Mercantil.

    En efecto, las exigencias de abundanteproduccin y trfico racionalizado, para la rpidasatisfaccin de necesidades siempre crecientes yabastecimiento de grandes mercados, quecaracterizan a nuestra economa actual, hanvuelto punto menos que intrascendente para lapractica mercantil la regulacin de los actos decomercio aislados, para

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    centrar su inters en los celebrados en formareiterada o masiva, que exigen una articulacinlegal especial y diversa de la de los actosaislados, en la cual las peculiaridades de stosquedan relegadas a segundo trmino, para darnfasis a la forma repetida o encadenamiento conque los actos se realizan.

    Ahora bien, esta regulacin masiva de actosrequiere indefectiblemente, de una organizacinespecializada y profesional, de una adecuadacombinacin de los factores de la produccin oempresa que permitas su realizacin. Con estanueva concepcin, el ncleo central del sistema

    de Derecho Mercantiles desplaza del acto aisladohacia la organizacin, hacia la empresa, en cuyoseno se realizan los actos reiterados o masivos, yen los que destaca ms la ordenacin que el acto,ms la forma o apariencia que la esencia.

    A finales del siglo XX se desarrollaronprofusamente las teoras sobre la empresa, conmiras a convertirla en el eje central del DerechoMercantil, lo cual implica que esta nuevaconcepcin del Derecho mercantil comienza allevarse a la legislacin.

    La Revolucin Industrial

    El rasgo ms fcil de comprender y l msnotable de la historia, es la transformacin y elprodigioso desarrollo de la industria y elcomercio, y por consiguiente, la transformacintotal de las condiciones materiales de la vida.

    La revolucin industrial es definida como elconjunto de transformaciones econmicas ysociales que caracterizaron el proceso de laindustrializacin; el trmino fue utilizado porprimera vez en 1837 por J. Blanqui, ytradicionalmente se ubica a Inglaterra como lacuna de este movimiento.

    La revolucin Industrial es producto de laexplotacin de riquezas procedentes de la

    explotacin de las colonias que dominaban lospases europeos, a su vez, esta acumulacin fueconsecuencia del comercio que haba tenido undesarrollo extraordinario generndose as elcapitalismo mercantil, que pronto se transformen capitalismo industrial, es decir, ya no solobasado en el comercio sino tambin en laproduccin industrial.

    RESULTADO DE APRENDIZAJE

    Utilizar las Fuentes del derecho y los actos delcomercio de acuerdo a sus caractersticas de

    operacin.

    1.2.1 FUENTES DEL DERECHOMERCANTIL:

    Entendemos por fuente de donde brota surge onace. Por lo que las fuentes del DerechoMercantil son aquellas que procuran elnacimiento de normas, sin embargo dichas noson exclusivas del Derecho Mercantil.

    Debemos partir forzosamente de la distincinentre "fuente material" (elemento que contribuyea la creacin del derecho: conviccin jurdica delos comerciantes, tradicin, naturaleza de lascosas y otros factores morales, econmicos,polticos, etc.) y "fuente formal", o sea la formaexterna de manifestarse el Derecho positivo.

    Acotado as el tema, no puede haber en realidaduna teora propia de las fuentes del DerechoMercantil, porque este Derecho no ofrece formasespeciales de manifestacin, distintas de las delDerecho Civil: tanto uno como otro seexteriorizan en dos fuentes fundamentales: la leyy la costumbre; el Derecho se manifiesta o porpalabras o por actos; o reflexiva y mediatamentea travs del Estado, o espontnea einmediatamente por la sociedad misma. No hay,pues, una diversidad de fuente. Hay una

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    diversidad de normas (las normas contenidas enla ley o en la costumbre mercantil),la rbrica"Fuentes del Derecho Mercantil" contiene unaexpresin equvoca impuesta por la doctrinatradicional. No tratamos, en efecto, de las fuentesdel Derecho Mercantil como modos o formaspeculiares de manifestarse este Derecho, sino delas normas (legales o consuetudinarias) relativasa la materia mercantil. La ley y la costumbremercantil, en tanto que fuentes del Derecho, ennada se diferencian de la ley mercantil y lacostumbre civil. La diferencia est en surespectivo contenido (relaciones sociales queregulan, necesidades que satisfacen).

    FUENTES DIRECTAS:

    La Ley como Fuente Formal del DerechoMercantil

    La ley es la principal fuente formal del DerechoMercantil, y en nuestro sistema, elaborarlacorresponde al Congreso de la Unin, segnestablece la fraccin X del artculo 73Constitucional, que a la letra dice "El Congresotiene facultad: Para legislar en toda la Repblica

    sobre hidrocarburos, minera, industriacinematogrfica, comercio, "Sin embargo, paralos fines de nuestro estudio, entendemos por leymercantil no solamente las normas emanadas delPoder Legislativo Federal, sino tambin otras quedict el Ejecutivo por delegacin y en uso de lasfacultades extraordinarias que recibi delLegislativo; las que contienen los tratadosinternacionales celebrados por el mismoEjecutivo con aprobacin del Senado; as comoaquellas dictadas por el Ejecutivo en ejercicio desus funciones, para proveer al exacto

    cumplimiento de todas las anteriores normas.

    En consecuencia entendemos por normamercantil, toda aquella disposicin obligatoria decarcter general y abstracto emanada del EstadoFederal y provista de una sancin soberana queregulan la materia delimitada como mercantil.

    Ahora bien, nuestra legislacin mercantil seencuentra sumamente dispersa, toda vez que, poruna parte, muchas de las materia queoriginalmente se encontraban reglamentadas enel Cdigo de Comercio, se han segregado de l avirtud de leyes derogatorias; y por la otra, se hanexpedido mltiples ordenamientos que hanvenido a regular materias no comprendidas antesen dicho Cdigo, de aqu que pueda decirse quenuestra legislacin mercantil se encuentraintegrada por el Cdigo de Comercio y por lasleyes derogatorias y complementarias de l.

    En cuanto a las leyes derogatorias del Cdigo

    podemos citar como ejemplos a la Ley Generalde Ttulos y Operaciones de Crdito, LeyGeneral de Sociedades Mercantiles, Ley sobre elContrato de Seguro y Ley General de SociedadesCooperativas, entre otras.

    Por lo que toca a leyes complementarias esposible citar (por dar un par de ejemplos) la LeyOrgnica del Banco de Mxico, Ley de CmarasEmpresariales y sus Confederaciones.

    La ley mercantil de carcter general, es el Cdigo

    de Comercio, el cual integra los aspectosgenerales del Derecho Mercantil.

    Usos y Costumbres: La forma primitiva delDerecho es la costumbre, as, podemos afirmarque este es la primera manifestacin histrica delDerecho. Se puede definir como la observanciauniforme y constante de reglas de conductaobligatorias, elaboradas por una comunidadsocial para resolver situaciones jurdicas.

    Las normas que tienen como origen lacostumbre, reciben, en conjunto el nombre dederecho consuetudinario (nacido de lacostumbre).

    Principios generales del derecho comn

    El Derecho Comn El artculo 2 del Cdigo deComercio establece que, a falta de disposiciones

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    Contadura, Administracin, Tecnologas de la Informacin 21

    en el mismo, sern aplicables a los actos decomercio las del Derecho comn.

    El Derecho comn es un calificativo que se le daal Derecho Civil, por ser un derecho general, yaque es considerado el tronco comn de lasdisciplinas correspondientes al Derecho Privado.De ah surge el que sus principios y reglas seapliquen otras disciplinas, solo cuando existanlagunas que se colmen con dichos principiosciviles.

    El Derecho Comn, en todo caso, no debe serconsiderado como fuente del Derecho Mercantil;

    solamente es un Derecho de aplicacinsupletoria, es decir, solo debe aplicarse a falta dedisposicin expresa de la legislacin mercantil.

    FUENTES INDIRECTAS:

    Conjunto de normas que desde el punto de vistaestrictamente legal no se pueden considerarcomo fuentes directas del Derecho Mercantil, loque no significa que no influyan en el mbitomercantil. Estas fuentes son:

    Principios Generales del Derecho.

    Jurisprudencia.

    Condiciones Generales de los Contratos.

    Principios Generales del Comercio

    Son las bases sobre las cuales se asientan lasnormas jurdicas en general. Slo tendrnaplicacin prctica en caso de no existir Leyaplicable o Uso.

    Jurisprudencia.

    Conjunto de sentencias judiciales que de formareiterada, al menos dos, emanan del TribunalSupremo. No son fuente directa del DM peroinfluyen en su realidad prctica.

    Condiciones Generales de los Contratos.

    Surgen con la contratacin mercantil en serie,con los contratos estndar.

    Los contratos nunca son fuente del DM objetivo,pero si son fuente de obligaciones ya que as loindica el artculo 1091 del Cdigo Civil. Elcontenido del contrato obliga a las partes que lofirman.

    En los ltimos aos parte de la doctrinaconsidera que en determinadas ocasiones lascondiciones generales de contratacin, puedenconvertirse en normas supletorias para lo cualsera necesario:

    Que estuvieran dictadas o impuestas a laspartes contratantes por una autoridad pblicainvestida con poder normativo.

    Tienen que ser condiciones impuestasindirectamente por quien tiene podernormativo como consecuencia de unadelegacin de facultades de otra autoridad.

    Han de ser condiciones establecidas porasociaciones profesionales o corporaciones

    legalmente reconocidas cuya funcin searegular o intervenir en las relacionescontractuales(Cmaras de Comercio)

    1.2.2 ACTOS DE COMERCIO

    Estudio Individual

    Competencia

    AnalticaAnalizar los actos de comercio.

    Competencia

    De Informacin.

    Aplicacin del Cdigo de Comercio

    El alumno: Buscar en Biblioteca del Plantel o de su

    comunidad el Cdigo de Comercio comofuente directa del derecho mercantil.

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    Ubicar el artculo 75 del Cdigo deComercio.

    Analizar los actos de comercio. Disear un mapa conceptual ubicandotres actos de comercio aplicando lasnormas de calidad.

    Utilizar apoyos visuales en el diseo delmapa conceptual

    Revisar conceptos, redaccin yortografa.

    Comercio

    Conjunto de actividades que efectan la

    circulacin de los bienes entre productores yconsumidores, es decir, es una negociacin quese lleva a cabo al vender, compra o permutarservicios o mercancas.

    Actos de Comercio.

    Palomar de Miguel define a los actos decomercio como "Los que se rigen por el Cdigode Comercio y sus leyes complementarias,aunque no sean comerciantes quienes losrealicen".

    Se podra definir al acto de comercio como elregido por las leyes mercantiles y Juzgado porlos tribunales con arreglo a ellas, o los queejecutan los comerciantes. Otros consideran quelos actos de comercio son actos jurdicos queproducen efectos en el campo del DerechoMercantil.

    Artculo 75 Cdigo de Comercio.

    La Ley reputa actos de comercio:

    I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones yalquileres verificados con propsito deespeculacin comercial, de mantenimientos,artculos, muebles o mercaderas, sea en estadonatural, sea despus de trabajados o labrados.

    II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles,cuando se hagan con dicho propsito deespeculacin comercial;

    III.- Las compras y ventas de porciones, accionesy obligaciones de las sociedades mercantiles;

    IV.- Los contratos relativos y obligaciones delEstado otros ttulos de crdito corrientes en elcomercio;

    V.- Las empresas de abastecimientos ysuministros;

    VI.- Las empresas de construcciones, y trabajospblicos y privados;

    VII.- Las empresas de fbricas y manufacturas;

    VIII.- Las empresas de trasportes de personas ocosas, por tierra o por agua; y las empresas deturismo;

    IX.- Las libreras, y las empresas editoriales ytipogrficas;

    X.- Las empresas de comisiones, de agencias, deoficinas de negocios comerciales yestablecimientos de ventas en pblica almoneda;

    XI.- Las empresas de espectculos pblicos;

    XII.- Las operaciones de comisin mercantil;

    XIII.- Las operaciones de mediacin de negociosmercantiles;

    XIV.- Las operaciones de bancos;

    XV.- Todos los contratos relativos al comerciomartimo y a la navegacin interior y exterior;

    XVI.- Los contratos de seguros de toda especie,siempre que sean hechos por empresas;

    XVII.- Los depsitos por causa de comercio;

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    XVIII.- Los depsitos en los almacenes generalesy todas las operaciones hechas sobre loscertificados de depsito y bonos de prendalibrados por los mismos;

    XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesasde dinero de una plaza a otra, entre toda clase depersonas;

    XX.- Los vales otros ttulos a la orden o alportador, y las obligaciones de los comerciantes,a no ser que se pruebe que se derivan de unacausa extraa al comercio;

    XXI.- Las obligaciones entre comerciantes ybanqueros, si no son de naturaleza esencialmentecivil;

    XXII.- Los contratos y obligaciones de losempleados de los comerciantes en lo queconcierne al comercio del negociante que lostiene a su servicio;

    XXIII.- La enajenacin que el propietario o elcultivador hagan de los productos de su finca ode su cultivo;

    XXIV. Las operaciones contenidas en la LeyGeneral de Ttulos y Operaciones de Crdito;

    XXV.- Cualesquiera otros actos de naturalezaanloga a los expresados en este cdigo.

    PRACTICAS Y LISTAS DE COTEJO

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    Unidad deaprendizaje:

    1

    Prctica nmero: 1

    Nombre de laprctica:

    Identificacin del surgimiento derecho mercantil

    Propsito de laprctica:

    Al finalizar de la prctica el alumno podr identificar el surgimiento del derechomercantil de acuerdo a sus antecedentes histricos.

    Escenario: Aula

    Duracin: 5 hrs.

    Materiales Maquinaria y equipo Herramienta Lpiz y Goma.

    Bolgrafo.

    Hojas blancas.

    Computadora.

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    Procedimiento

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene. Evitar la duplicidad de documentos.

    Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elaborar en equipo un cuestionario o guin de entrevista, para la recopilacin de datos sobre losantecedentes y definicin del derecho mercantil tomando como sugerencia lo siguiente:

    Cul es el primer cuerpo de derecho mercantil de que nos habla la historia?

    Qu era el derecho estatutario dentro de la edad media?

    En que poca fue el auge del comercio

    Qu son los Gremios?

    Qu sucedi en la reunin de Berna en el ao de 1878?

    En el derecho mercantil a la conquista mexicano, anterior a la conquista, cual fue el suceso mas

    importante dentro del derecho mercantil?

    En qu poca surgi la introduccin de la ganadera?

    Qu sucedi una vez consumada la Independencia?

    En qu fecha en derecho mercantil en Mxico adquiri carcter Federal?

    Qu es el Derecho Mercantil?

    2. Aplicar el cuestionario a sus compaeros de carrera.3. Recopilar los datos obtenidos a travs del cuestionario.

    4. Elaborar un informe escrito de la prctica realizada que incluya: Cuestionario o guin de entrevista.

    Respuestas5. Comentar ante el grupo los resultados del cuestionario.

    Separar los residuos recuperables realizando el acopio de hojas para reciclaje y el rehso de cartuchos detonner.

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    Lista de cotejo de la prcticaNmero 1:

    Identificacin del Derecho Mercantil de acuerdo a sus antecedentes

    Nombre del alumno:

    Instrucciones: A continuacin se presentan los criterios que van a ser verificadosen el desempeo del alumno mediante la observacin del mismo.

    De la siguiente lista marque con una aquellas observaciones quehayan sido cumplidas por el alumno durante su desempeo

    Desarrollo S No NoAplica

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene.

    Evitar la duplicidad de documentos. Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elabor en equipo un cuestionario o guin de entrevista, para la recopilacin dedatos sobre los antecedentes y definicin del derecho mercantil tomando comoejemplo lo siguiente: Cul es el primer cuerpo de derecho mercantil de que nos habla la

    historia?

    Qu era el derecho estatutario dentro de la edad media?

    En que poca fue el auge del comercio

    Qu son los Gremios?

    Qu sucedi en la reunin de Berna en el ao de 1878?

    En el derecho mercantil a la conquista mexicano, anterior a la conquista,cual fue el suceso mas importante dentro del derecho mercantil?

    En qu poca surgi la introduccin de la ganadera? Qu sucedi una vez consumada la Independencia?

    Qu es el Derecho Mercantil?

    En qu fecha en derecho mercantil en Mxico adquiri carcter Federal?

    2. Aplicar el cuestionario a sus compaeros de carrera.

    3. Recopilar los datos obtenidos a travs del cuestionario.

    4. Elaborar un informe escrito de la prctica realizada que incluya:

    Cuestionario o guin de entrevista.

    Respuestas

    5. Comentara ante el grupo los resultados de el cuestionario.

    Separ los residuos recuperables realizando el acopio de hojas para reciclaje yel rehso de cartuchos de tonner.

    Observaciones:

    PSA:

    Hora deinicio:

    Hora detrmino:

    Evaluacin:

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    PRACTICAS Y LISTAS DE COTEJO

    Unidad deaprendizaje:1

    Prctica nmero: 2

    Nombre de laprctica:

    Identificacin de los actos de comercio

    Propsito de laprctica:

    Al finalizar de la prctica el alumno identificar los actos de comercio aplicando lasfuentes del derecho mercantil

    Escenario: Comercios oestablecimientos

    Duracin: 2 hrs.

    Materiales Maquinaria y equipo Herramienta Lpiz y Goma.

    Bolgrafo.

    Hojas blancas.

    Computadora.

    Maquina de escribir.

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    Procedimiento

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene. Evitar la duplicidad de documentos.

    Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elaborar, en equipos de tres integrantes un guin de entrevista con 10 preguntas, para la recopilacin de datosentre las personas que ejercen el comercio, en donde se mencionen las fuentes del derecho como aplicacinque contenga :

    Actos de Comercio.

    Derecho Mercantil.

    Las Fuentes del derecho Mercantil.

    La Ley como Fuente Formal del Derecho Mercantil.

    Los usos.

    Las costumbres. Fuentes Indirectas.

    Condiciones Generales de los contratos.

    Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito.

    Jurisprudencia.

    2. Entrevistar a personas que ejerzan el comercio.3. Recopilar la informacin.4. Procesar la informacin recabada detectando:

    Tipos de actos de comercio detectados.

    Aplicacin de la fuente de derecho en los actos de comercio.5. Comparar la informacin derivada del estudio con lo establecido en la normatividad respectiva.6. Elaborar un informe escrito de la prctica realizada que incluya:

    Cuestionario o guin de entrevista.

    Respuestas

    Informacin recopilada.7. Comentar ante el grupo los resultados obtenidos de la encuesta.

    Separar los residuos recuperables realizando el acopio de hojas para reciclaje y el rehso de cartuchos detonner.

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    Lista de cotejo de la prcticaNmero 2:

    Identificacin de los actos de comercio

    Nombre del alumno:

    Instrucciones: A continuacin se presentan los criterios que van a ser verificadosen el desempeo del alumno mediante la observacin del mismo.

    De la siguiente lista marque con una aquellas observaciones quehayan sido cumplidas por el alumno durante su desempeo

    Desarrollo S No NoAplica

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene.

    Evitar la duplicidad de documentos.

    Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elabor, en equipos de tres integrantes un guin de entrevista con 10preguntas, para la recopilacin de datos entre las personas que ejercen elcomercio, en donde se mencionen las fuentes del derecho como aplicacin quecontenga :

    Derecho Mercantil

    las Fuentes del derecho Mercantil.

    La Ley como Fuente Formal del Derecho Mercantil.

    Los usos.

    Las costumbres.

    Fuentes Indirectas.

    condiciones Generales de los contratos.2. Aplic el guin o cuestionario de entrevista

    3. Recopil la informacin de acuerdo con los lineamientos de acopio deinformacin establecidos.

    4. Proces la informacin recabada detectando:

    Tipos de actos de comercio detectados.

    Aplicacin de la fuente de derecho en los actos de comercio. 5. Compar la informacin derivada del estudio con lo establecido en la

    normatividad respectiva.6. Elabor un informe escrito de la prctica realizada que incluya:

    Cuestionario o guin de entrevista.

    Respuestas

    Informacin recopilada7. Comentar ante el grupo los resultados obtenidos de la encuesta.

    Observaciones:

    PSA:

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    Contadura, Administracin, Tecnologas de la Informacin30

    Hora deinicio:

    Hora detrmino:

    Evaluacin:

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    Contadura, Administracin, Tecnologas de la Informacin 31

    PRACTICAS Y LISTAS DE COTEJOUnidad deaprendizaje:

    2

    Prctica nmero: 3

    Nombre de laprctica:

    Identificacin de personas fsicas.

    Propsito de laprctica:

    Al finalizar la prctica, el alumno reconocer los atributos con que se integran laspersonas fsicas, de acuerdo con lo existente en materia jurdica.

    Escenario: Aula o Empresa.

    Duracin: 3 hrs.

    Materiales Maquinaria y equipo Herramienta Hojas blancas tamao carta.

    Hojas cuadriculadas.

    Regla.

    Lpiz.

    Goma de borrar.

    PC.

    Mquina de Escribir

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    Procedimiento

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene.

    Evitar la duplicidad de documentos.

    Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elaborar grupalmente un cuestionario o guin de entrevista, para la recopilacin de datos sobre lascaractersticas y atributos de las personas fsicas que incluya:

    Atributos de las personas Fsicas:

    Capacidad jurdica.

    El nombre comercial.

    El estado civil.

    La nacionalidad.

    El comercio individual. Obligaciones de los comerciantes.

    La empresa pblica.

    Escritura constitutiva.

    Capital social y capital contable.

    Dividendos.

    Atributos de las personas fsicas.

    El nombre.

    El domicilio.

    El patrimonio.2. Aplicar el guin o cuestionario de entrevista a personas fsicas.3. Recopilar la informacin de acuerdo con los lineamientos de acopio de informacin establecidos.4. Procesar la informacin recabada.5. Comparar la informacin derivada del estudio con lo establecido en la normatividad respectiva.

    6. Elaborar un informe escrito de la prctica realizada que incluya: Cuestionario o guin de entrevista.

    Informacin recopilada.

    Conclusiones.

    Separar los residuos recuperables realizando el acopio de hojas para reciclaje y el reuso de cartuchos detonner.

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    Lista de cotejo de la prcticaNmero 3:

    Identificacin de personas fsicas

    Nombre del alumno:

    Instrucciones: A continuacin se presentan los criterios que van a ser verificadosen el desempeo del alumno mediante la observacin del mismo.

    De la siguiente lista marque con una aquellas observaciones quehayan sido cumplidas por el alumno durante su desempeo

    Desarrollo S No NoAplica

    Aplicar las medidas de seguridad e higiene

    Evitar la duplicidad de documentos. Evitar la duplicidad de informacin.

    1. Elaborar grupalmente un cuestionario o guin de entrevista, para la recopilacinde datos sobre las caractersticas y atributos de las personas fsicas queincluya:

    Determin las caractersticas y atributos de las personas fsicas.

    2. Aplic el guin o cuestionario de entrevista a personas fsicas.

    3. Recopilar la informacin de acuerdo con los lineamientos de acopio deinformacin establecidos.

    4. Proces la informacin recabada.

    5. Compar la informacin derivada del estudio con lo establecido en lanormatividad respectiva.

    6. Elabor un informe escrito de la prctica realizada que incluy:

    Cuestionario o guin de entrevista. Informacin recopilada.

    Conclusiones

    Separar los residuos recuperables realizando el acopio de hojas para reciclaje yel reuso de cartuchos de tonner.

    Observaciones:

    PSA:

    Hora deinicio:

    Hora detrmino:

    Evaluacin:

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    2EL COMERCIANTE COMOPERSONA QUE EJERCE ELCOMERCIO

    Al finalizar la unidad, el alumno identificar loselementos que integran al comerciante, deacuerdo con lo que marca la ley, para eldesarrollo administrativo.

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    2

    EL COMERCIANTE COMO

    PERSONA QUE EJERCE EL

    COMERCIO

    Sumario

    El Comerciante.

    Requisitos Legales para ser considerados

    Comerciantes.

    Auxiliares del Comercio

    Obligaciones de los Comerciantes.

    1.5Analizar el derecho mercantil de acuerdo a sus antecedenteshistricos y sus caractersticas.

    4 hrs.

    1.6Utilizar las fuentes del derecho y los actos de comercio de acuerdoa sus caractersticas de operacin.

    8 hrs.

    2.5 Identificar los lineamientos para ser comerciante de acuerdo a laley aplicando su normatividad

    8 hrs.

    2.6 Identificar los auxiliares y las obligaciones del comercio de acuerdoa la normatividad vigente.

    7 hrs.

    3.5 Utilizar las caracterstica de los ttulos de crdito de acuerdo a susnecesidades de operacin

    10 hrs.

    3.6 Estructurar ttulos de crdito de acuerdo a la normatividad vigente 20 hrs.

    4.1 Utilizar los lineamientos generales de los contratos de acuerdo conla normatividad que los rige.

    7 hrs.

    4.2 Identificar los lineamientos generales de los contratos de acuerdocon la normatividad que los rige.

    10 hrs.

    Unidad deAprendizaje

    Mdulo

    Resultados

    deAprendizaje

    3 Generalidadesdel DerechoMercantil.

    12 hrs.

    4 El comerciantecomo personaque ejerce elcomercio.

    15 hrs.

    6 Los Ttulos yOperacionesde Crdito.

    30 hrs.

    7. Los Contratosmercantiles.

    17 hrs.

    Manejo delProceso

    Mercantil.

    74 hrs.

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    RESULTADO DE APRENDIZAJE

    Identificar los lineamientos para ser

    comerciante de acuerdo a la ley aplicando su

    normatividad

    2.1.1 EL COMERCIANTE:

    Definicin

    l artculo 3 del Cdigo de Comercio define en sufraccin I al sujeto por antonomasia del DerechoComercial: el comerciante y considera tres clasesde ellos: el comerciante que deviene tal a virtud

    del ejercicio del comercio, quien generalmente esuna persona fsica, pero que tambin puede seruna sociedad irregular; el comerciante social, osea, las sociedades mexicanas, que adquieren talcarcter antes de realizar actividad alguna, por elmero cumplimiento de formalidades y derequisitos de publicidad; y el tercero, sociedadesextranjeras y agencias y sucursales de ellas, lascuales tambin asumen el papel de comerciantesen funcin del ejercicio de actos de comerciodentro del territorio nacional.

    Son comerciantes las personas que teniendocapacidad legal para ejercer el comercio hacen deel su ocupacin ordinaria; esta definicingenrica cubre a las personas fsicas y morales osociedades y a mexicanos y extranjeros.

    PERSONAS FSICAS:

    La persona fsica es el individuo, el ser humano,sin distincin de genero, raza o posicin social,el cual desde el momento mismo de suconcepcin adquiere la capacidad de goce y por

    consecuencia tiene derecho a la proteccin queel Estado le brinda a travs del derecho a todos ycada uno de sus miembros.El derecho constitucional mexicano, descarta demanera tajante la existencia de individuoscarentes de capacidad jurdica, abole laesclavitud y formula la declaracin de libertad acualquiera que entre a su territorio, brindando as

    mismo la proteccin de sus leyes a travs de sucarta Magna.Desconoce, igualmente, el derecho de nuestrosdas la institucin de la muerte civil, que elCdigo Napolenico regulaba y que nodesapareci hasta mediados del siglo pasado,ms sin embargo en algunas democraciastotalitarias o dictaduras de tipo castrense existengrandes ncleos de poblacin sometidas a unasituacin tan cruel e inhumana como la quesupona la muerte civil, y que representa unaverdadera muerte poltica que los colocamarginales de toda intervencin en negociospblicos.

    Todo individuo tiene los siguientes atributos:

    1. Capacidad2. Estado Civil3. Nombre4. Domicilio5. Patrimonio, y6. Nacionalidad.

    A continuacin analizaremos cada uno de losatributos de las personas.

    CAPACIDAD

    La capacidad es el atributo mas importante de laspersonas, ya que todo sujeto de derecho poseeimplcitamente y por su propia naturaleza lacapacidad jurdica ya sea total o parcial que es enconsecuencia reconocida por la ley a todas laspersonas desde el momento de su concepcin yhasta el momento de su muerte concretndosecomo la aptitud en que se encuentran de sersujetos de derechos y obligaciones aun durante laminora de edad.

    La doctrina admite la aptitud de la persona fsicapara ser sujeto activo o pasivo de relacionesjurdicas, sealando as que dicha capacidadpresenta 2 manifestaciones que son:

    a) La capacidad de goce que es la aptitud para sertitular de derechos o para ser sujeto deobligaciones, ya que si se niega o suprime esta

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    caracterstica, desaparece la personalidad delsujeto, impidiendo la posibilidad jurdica deaccin del mismo.

    b) La capacidad de ejercicio es la aptitud en quese encuentran las personas para ejercer por simismos sus derechos y para contraer y cumplirobligaciones.La capacidad de goce supone para CASTAN unaposicin esttica, mientras que la de ejerciciodenota una capacidad dinmica, debiendo sealaral respecto que en consecuencia la capacidad degoce es la aptitud para ser titular de derechos yobligaciones, mientras que la segunda es la

    facultad de dar vida a relaciones y actosjurdicos.

    CAPACIDAD DE GOCE

    De lo anteriormente dicho se desprende que lacapacidad de goce no puede ser suprimida en elindividuo, que basta la calidad de ser humanopara que se reconozca dicha capacidad de goce yen consecuencia una personalidad, debiendoentender que todo hombre es una persona y enconsecuencia posee capacidad de goce.

    Esta capacidad se reconoce desde antes delnacimiento, es decir con anterioridad a laexistencia orgnica independiente al senomaterno, para ello el Cdigo Civil recoge lateora del nasciturus, manifestando al respectoque el concebido se tiene por nacido para todoslos efectos que le sean favorables, es decir que lacapacidad jurdica de las personas fsicas seadquiere por nacimiento, pero desde laconcepcin, el individuo es protegido por la Ley.

    De esta manera el embrin humano tienecapacidad de goce y personalidad desde antes denacer para actos jurdicos como son el heredar,recibir legados y donaciones, mas sin embargodichos derechos (especficamente el hereditario)requiere que el ser concebido nazca vivo yadems viable, es decir, que desprendido delseno materno viva 24 horas fuera del seno

    materno o bien sea presentado vivo al RegistroFamiliar o Civil.

    La capacidad de goce se pierde con la muerte, sinembargo, si se ignora el momento en que estasucedi no se extingue la personalidad, estosucede en las personas declaradas ausentes, esdecir, cuando se ignora si el ausente vive o hamuerto, la ley esta incapacitada a determinar laextincin de la personalidad por carecer decerteza.

    Ahora bien tal presuncin puede darse anterior oposteriormente a la muerte real, por esto a pesar

    de que se declare la presuncin de muerte cuandoel sujeto aparece se destruyen sus efectosjurdicos.De esta manera la muerte es la nica causaextintiva de la capacidad de goce, pero no as delas relaciones jurdicas anteriores al hecho fsicodel fallecimiento.

    GRADOS DE CAPACIDAD DE GOCE

    Estos determinan el principio y fin de lapersonalidad y pueden ser:

    a) Mnimo, este se da en el ser concebido pero nonacido, bajo la condicin de que nazca vivo y seapresentado al Registro Civil, este grado brindaderechos subjetivos patrimoniales, tambin sirvecomo base para determinar la condicin de hijolegitimo o natural.

    b) Medio bajo, este grado se presenta en losmenores de edad, en ellos la capacidad de gocees casi equivalente al del mayor en pleno uso defacultades mentales, existiendo restricciones.

    c) El tercer grado esta representado por mayoresde edad, debiendo diferenciar a aquellos que seencuentran en pleno uso de sus facultadesmentales de aquellos sujetos a interdiccin.

    Cuando un mayor de edad padece locura,imbecilidad, retraso mental, idiotismo o bien esun alcohlico o hace uso de drogas y enervantes,

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    se dice que se encuentra en estado deinterdiccin y en consecuencia es incapaz deejercer derechos y mucho menos de contraer ycumplir obligaciones, debiendo entonces contarcon un representante, figura que podr recaer ensu padre o tutor.

    La causa de esta medida es proteger al incapaz,puesto que este no posee inteligencia o bien, susfacultades estn perturbadas, por lo que no podrdesempear la funcin educativa nirepresentativa.Esta interdiccin es por lo tanto un estadoespecial de las personas, que constituye una

    incapacidad para la realizacin de ciertos actosciviles y se produce mediante resolucin judicialde ndole civil o penal.

    CAPACIDAD DE EJERCICIOPara estar en posibilidades de adquirir lacapacidad de ejercicio (capacidad de actuar y darorigen a relaciones jurdicas), es necesario cubrirlos requisitos exigidos al caso por la ley y queson:

    1. Ser mayor de edad (18 aos)

    2. El pleno uso de las facultades mentales3. No ser sordomudo que no sepa leer o escribir4. No ser ebrio consuetudinario ni adicto adrogas.

    Esta supone la posibilidad jurdica de un sujetopara hacer valer sus derechos, celebrar actosjurdicos, contraer y cumplir obligaciones, ascomo ejercitar acciones ante los tribunales, esposible definirla de manera muy breve en laaptitud de participar de manera activa ydirectamente en la vida jurdica de manera

    individual y personal.Existen 4 grados de incapacidad de ejercicio loscuales son:

    a) En el caso del ser concebido, el cual requiereforzosamente de una representacin fsica yjurdica que vendr a recaer en las figuraspaternas, primordialmente en la madre, en loscasos de herencias, legados o donaciones, la

    madre tiene la representacin del no nato paraadquirir y hacer valer derechos.

    b) El segundo grado se origina desde el momentodel nacimiento hasta la emancipacin, estaincapacidad es tanto natural como legal,requiriendo de un representante para podercontratar o comparecer a juicio.En este supuesto, deber exceptuarse los bienesobtenidos por el menor en virtud de su trabajo,ya que la legislacin le otorga la capacidad paraactos de administracin relativos a dichos bienes

    c) A los menores emancipados se les otorga una

    semi capacidad, pudiendo llevar a cabo actosrelativos a bienes muebles sin contar con unrepresentante, ejecutar actos de dominio relativosa sus bienes muebles, mas sin embargo paraejecutar actos sobre inmuebles o bien paracomparecer en juicio requieren forzosamente deautorizacin judicial o tutor.Igualmente se requiere el consentimiento paternopara contraer matrimonio.

    d) En este grado se considera a los mayores deedad cuya inteligencia o facultad mental se

    encuentra perturbada.

    Para esta incapacidad es el representante quienhace valer los derechos y acciones del incapaz,as mismo, no existe capacidad de ejercicio enacto jurdicos familiares tales como la adopcin,el matrimonio o reconocimiento de hijos.

    Esta incapacidad es tajante, aun cuando se tenganintervalos de lucidez, siendo la excepcin queconfirma la regla, aquella que se presenta enmateria de testamentos, que acepta la presencia

    de un momento de lucidez para validar eltestamento y aquello en el perpetuado. As pues,la incapacidad debe ser declarada por la ley y noimpuesta por contrato o acto jurdico.

    Todo aquel sujeto que no se encuentre dentro delos supuestos antes mencionados, posee plenacapacidad, por lo que la representacin legal esuna institucin auxiliar, pues sin ella, aun cuando

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    existiera la capacidad de goce, se carecera de laposibilidad de hacer valer los derechosadquiridos.

    ESTADO CIVIL

    El estado civil consiste en la situacin jurdicaconcreta que posee un individuo con respecto ala familia, el Estado o Nacin a que pertenece.

    Por lo que hace a la familia, este puede ser hijo,padre, esposo, etc.; en el segundo caso se sealala situacin del individuo, expresando su relacinrespecto a ser nacional o extranjero, pudiendo as

    mismo ser ciudadano en el caso de ser mayor deedad y contar con un modo honesto de vida.

    El estado civil de las personas es el conjunto decualidades que distinguen al individuo de lasociedad y en la familia, tales cualidadesdependen de tres hechos o situaciones que son:

    - Nacionalidad- Matrimonio, y- Parentesco por afinidad o consanguneo.

    As pues, el estado es un valor de ordenextrapatrimonial, indivisible e inalienable cuyanaturaleza social y moral impide intentaracciones a los acreedores donde se afecte lasituacin jurdica de la persona.

    Con relacin al estado de las personas la Leyreconoce dos acciones fundamentales a saber:

    1. La reclamacin de estado, donde se faculta aquien carece de cierto estado para exigirlo, y2. El desconocimiento, donde el titular de un

    estado se encuentra facultado para impedir queotro se atribuya esto o bien obtenga beneficiosmorales y patrimoniales inherentes.

    REGISTRO CIVIL

    Toda vez que el estado de las personas sedetermina por la relacin poseda en unasituacin jurdica con relacin al seno de familia

    se deben considerar como fuentes de dichoestado a:

    a) Parentescob) Matrimonioc) Divorciod) Concubinato.

    Tal estado determina derechos subjetivos tantopatrimoniales como carentes de valor econmico,como el derecho a heredar, exigir alimentos yllevar el apellido de los padres, toda vez que lafinalidad especifica del nombre y apellido como

    se vera en capitulo aparte es la de identificar a laspersonas.

    El estado civil se comprueba con las constanciasdel Registro Civil, que es una institucin cuyoobjetivo es hacer constar, a travs de un sistemaorganizando todos aquellos actos relacionadoscon el estado civil, por medio de funcionariosestatales dotados de fe publica, con el fin de quelas actas y testimonios que otorgue tengan plenovalor probatorio.

    La funcin del Registro Civil como institucin deorden publico, funciona bajo el orden depublicidad y permite la regencia estatal de losactos primordiales de las personas fsicas.

    Esta institucin encuentra sus antecedentes en losregistros parroquiales de la Iglesia catlica,donde se hacan constar por la autoridadeclesistica los datos referentes a bautizos,matrimonios y defunciones. Posteriormente losmovimientos revolucionarios secularizaron talesregistros adoptndolos al rgimen gubernamental

    y en consecuencia a las necesidades de ordencivil.

    En Mxico, fue instaurado por ley el 27 de enerode1857, donde se emancip totalmente de la tutelade los registros parroquiales. La verdaderaorganizacin del Registro Civil se produce segnLuis Mndez en dos pasos: primeramente por

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    medio de la ley del Primero de Noviembre de1865 y segundo las disposiciones del primerCdigo Civil de 1870, tal organizacin encuentrasu culminacin en la ley del 10 de julio de 1871,cuando se reglamento, pues el decreto de esa

    fecha determina la existencia de libros, as comola forma de inscripcin en la institucin registral.

    ACTAS DEL REGISTRO CIVIL

    Las actas expedidas por el Registro Civil soninstrumentos en los que constan fehacientementeactos o hechos jurdicos relativos al estado civil

    de las personas y los actos en los que ellasintervienen. En el levantamiento de un acta delRegistro Civil debern intervenir:

    1. El oficial del Registro civil, quien las redacta yautoriza2. La parte o partes interesadas3. Los testigos4. Los declarantes en actos como el nacimiento ola defuncin.

    Las partes son las personas de cuyo estado setrata, constituyendo el objeto del acta, lostestigos otorgan veracidad sobre los hechospresentados ante el Juez del Registro Familiar ylos declarantes son aquellos que comparecenpara informar sobre hechos que deben constar enciertas actas.

    En consecuencia a la relevancia de las actas delestado civil se exige que los testigos seanmayores de edad, lo que no se hace en juiciosciviles o penales, toda vez que determinan la

    existencia de la persona fsica, marcando suprincipio (nacimiento), su capacidad(matrimonio, emancipacin, interdiccin,mayora o minora de edad), o su fin (muerte),debiendo acudir los interesados personalmente alregistro o bien representado por un mandatarioespecial para el acto, cuyo nombramiento constepor lo menos en documento privado otorgadoante dos testigos, exceptundose el matrimonio y

    el reconocimiento de hijos, donde se requierepoder notarizado o bien mandato extendido enforma privada ante dos testigos y ratificadas lasfirmas ante Notario Pblico, juez de lo familiar,menor o de paz.

    Existen formalidades especficascorrespondientes a cada una de las diferentesactas que son:

    a) Actas de Nacimiento

    Estas se levantarn presentando al nio ante elOficial del Registro Familiar o Civil por lospadres o cualquiera de ellos, faltando estos podrser presentado por los abuelos paternos omaternos en ese orden, en su ausencia podr serpresentado por cualquier otra persona antes delos seis meses siguientes.

    Existe obligacin de los mdicos o matronas deavisar dicho nacimiento al Juez del RegistroFamiliar.

    Cuando en la poblacin no haya Juez delregistro, el menor se presentar ante la personaque ejerza autoridad delegacional o municipalquien otorgar constancia a los interesados, loscuales debern presentarla ante el Oficial delregistro que corresponda a efecto de que seasiente en el acta. Dicha acta se levantar antedos testigos y deber

    contener da hora y lugar del nacimiento, sexodel presentado, nombre y apellidos e impresindigital del presentado.

    Cuando el presentado sea nacido en matrimoniose asentaran los nombres, domicilio ynacionalidad de los padres, para el caso en que elhijo haya nacido fuera de matrimonio esnecesario que el padre por si o por apoderadolegal solicite que conste en el acta su apellido,mientras que la madre esta obligada a que sunombre figure en el acta.

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    Toda persona que encuentre un recin nacidodeber presentarlo tal y como lo haya encontradoante el Juez del Registro Civil, haciendo mencindel da, hora y lugar en que lo encontr, as comolas caractersticas del caso, si con el expsito seencontrarn valores u objetos que puedanconducir a su reconocimiento se depositarn enel Archivo del Registro.

    b) Actas de reconocimientoEn este caso si el padre o la madre de un hijonatural, o ambos lo presentaren a registrar sunacimiento dicha acta surte efectos de

    reconocimiento legal para el presentante, si elreconocimiento de un menor se hiciere despusde haber sido registrado su nacimiento seformar acta separada, si el registrado fuesemayor de edad se requerir su consentimientoexpreso en el acta de reconocimiento.

    Cuando el reconocimiento se haga por algnmedio establecido por el Cdigo Civil, lasentencia emitida se presentar al encargado delregistro en original y copia para que se inserte laparte relativa; la omisin del registro de la

    resolucin no anula los efectos relativos alreconocimiento.

    c) Actas de adopcinPara la adopcin una vez dictada la resolucinjudicial que autorice la misma, el adoptantehabr de presentar copia certificada de sta anteel Juez del Registro del Estado Civil para suinscripcin, la falta de este registro no suspendelos efectos legales de la adopcin, pero haceobjeto a los responsables de la aplicacin de unasancin.

    El acta en comento habr de contener losnombres, apellidos edad y domicilio tanto deladoptante como del adoptado as como de lostestigos, insertndose ntegramente la resolucinjudicial dictada; cuando un Juez o tribunal dejesin efecto una adopcin deber remitir copia dela misma para cancelar el registro.

    d) De la Tutela

    Pronunciado el auto de discernimiento de latutela se remitir copia al Juez del Registro Civilpara que levante el acta respectiva, la falta deregistro no impide al tutor desempear susfunciones.

    Dicha acta contendr:a) Nombre apellido y edad del incapacitadob) La clase de incapacidad que posee

    c) Nombre y datos generales de las personasque ejercan la patria potestad hasta el momento

    de determinada la tutorad) Datos generales del tutore) Garanta otorgada por el tutor, as como elnombre y datos de la afianzadoraf) Nombre del Juez que resolvi y fecha dela sentencia.g) Actas de emancipacinCuando dicha emancipacin se de pormatrimonio no se requerir acta por separado,bastando para acreditarse la de matrimonio.h) MatrimonioEn estas constar

    - Datos generales de los contrayentes- Declaracin de edad- Generales de los padres- Consentimiento de los padres, en su ausencia delos abuelos, tutores o autoridades que debansuplirlos- La declaracin de no existir impedimentoalguno para la realizacin del matrimonio- Declaracin de voluntad de los contrayentes- La sociedad o rgimen bajo la cual contraenmatrimonio

    - Datos generales de los testigos.Todos los participantes habrn de firmarla alcalce y al margen se impondrn las huellasdigitales de los contrayentes.g) Actas de divorcio

    La sentencia que decreta un divorcio se remitiral Juez del Registro Civil para levantar un acta,previa solicitud por escrito que presenten los

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    cnyuges y donde consten los datos del acta enque obra su matrimonio, extendida el acta semandar anotar en la de matrimonio de losdivorciados.

    h) Actas de defuncinEn cumplimiento a la legislacin civil vigenteninguna inhumacin o cremacin se har sinautorizacin escrita dada por el Juez del registrocivil quien se asegurar del fallecimiento y hastadespus de que hayan transcurrido veinticuatrohoras del deceso.

    El acta deber contener:

    - Datos generales del difunto- Estado civil del mismo y en caso de que hayasido casado o viudo se anotaran el nombre yapellido del cnyuge- Datos generales de los testigos y grado deparentesco- Generales de los padres del difunto- La clase de enfermedad que ocasion la muertey lugar donde habr de sepultarse- Hora de la muerte y datos relativos cuando esta

    haya sido violenta.

    En caso que el fallecimiento ocurriese donde nohaya oficina del registro del estado civil seotorgar constancia que con posterioridad habrde presentarse ante el Juez de la materia.

    POSESIN DE ESTADO

    La posesin de estado se justifica por el conjuntode hechos que indiquen una relacin de filiaciny parentesco entre un individuo y la familia a la

    que pretende incluirse.Los principales hechos al respecto son:

    - Que se haya usado el apellido del que pretendesea su padre con su permiso- Que el padre lo haya tratado como hijo,proveyendo subsistencia, educacin yestablecimiento.

    Siendo necesario que dichos hechos seandemostrados por los medios ordinarios deprueba.

    EL NOMBRE

    El nombre, en los pueblos primitivos, era nico eindividual, cada persona solo llevaba un nombrey no lo transmita a sus descendientes. Este usosobrevivi por mucho tiempo, en algunospueblos principalmente los griegos y hebreos, encambio, los romanos posean un sistema denombres sabiamente organizado pero demasiadocomplicado. Sus elementos eran el nomen o

    gentilitium llevado por todos los miembros de lafamilia y el praenomen o nombre propio de cadaindividuo.

    El nombre es una forma obligatoria dedesignacin de la persona, es el signo que lodistingue de los dems en sus relaciones socialesy jurdicas, se compone del nombre propio y delnombre de la familia o apellido.

    El primer nombre sirve para designar a lapersona y lo separa de los dems miembros de su

    familia mientras que el apellido separa ydistingue a la familia de las dems.

    El derecho al nombre es un derecho subjetivo decarcter extrapatrimonial, no pertenece enpropiedad a una persona determinada sino que escomn a los miembros de una familia, viene degeneracin en generacin, pero no portransmisin hereditaria sino como atributocomn a los miembros que integran una familia.Tanto en el Registro Civil como en el RegistroPblico de la Propiedad se imputan derechos o

    situaciones jurdicas determinadas en funcin delnombre, el derecho objetivo atribuye esta calidadpara la diferenciacin de personas y para evitarcontroversias.

    As pues, el nombre debe clasificarse dentro delgrupo de derechos subjetivos que consisten enimpedir que otro sujeto interfiera en nuestraconducta, no es que el nombre nos conceda una

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    facultad jurdica de accin sino tan solo unaautorizacin para impedir que otro interfiera ennuestra propia esfera jurdica y en nuestrapersona misma.Existe el principio de que el nombre es inmutablea excepcin de la adopcin, legitimacin yreconocimiento, pero no puede serlo en otrasituacin donde no exista disposicin legal alrespecto.

    El nombre se encuentra protegido ya que comoderecho subjetivo no solo cumple las finalidadespersonales del sujeto y le protege en funcin desus intereses individuales, sino tambin

    representa intereses generales que es necesarioproteger y as mismo supone el deber frente alestado de usar el que verdaderamente se tenga;

    este deber es calificado como pblico en atencina que, quien se sirve de un nombre que no lecorresponde frente a cualquier funcionariocompetente ser sancionado.

    Se cuenta como dato el que los apellidos no seconfieren en virtud de la muerte del jefe de unafamilia, sino que se dan a los descendientes

    legtimos en