Papas a La Francesa

download Papas a La Francesa

of 36

Transcript of Papas a La Francesa

Carrera: Control de calidaMateria: Anlisis de procesos de manufacturaGrupo: 304 Turno: VespertinoP.S.P: Abelardo Duron de Luna Alumnos: Alexis Rodrguez Espinoza, Miguel Angel de Lira Lpez

19 de noviembre del 2011

ABSTRACBueno nuestro proceso es de papas fritas este proceso es muy fcil de elaborar pero: Cuando ests por caer en la tentacin de comer papas fritas, o cualquier comida frita con un alto contenido de grasa, es cuando ms tienes que controlar el tamao de la porcin. Si las cocinas en tu casa es una cosa; pero si las pides en un restaurante de comidas rpidas es otra cosa totalmente diferente. Consejo: Las papas Para que no se deshagan durante la coccin, asegurarse de que las papas estn bien firmes, sin brotes o partes verdosas. Evitar las papitas nuevas pues contienen ms agua. Luego de cortarlas segn indique la receta, y una vez peladas, secarlas con un repasador (no lavarlas)

INDICE

Portada

1

Abstrac

2

ndice

3

Introduccin del proceso

4

Diagrama de flujo

7

Normas

8

Foto explicada

34

Conclusin

35

Bibliografa

36

PAPAS FRITASLas papas fritas, patatas fritas o papas a la francesa son aquellas que se preparan cortndose en rodajas o en forma de palitos y frindose en aceite caliente hasta que queden doradas, retirndolas del aceite. Las papas fritas tienen ms vitaminas que las cocidas, debido a que el proceso de coccin es ms corto, y es un tipo de fritura en el que el aceite sufre muy poco. Tambin reciben este nombre las que se venden ya fritas en bolsas para aperitivo. Son muy crujientes y normalmente se presentan en forma de rodajas.

HistoriaEl origen de la papa frita cortada en forma de bastn esta discutido entre Blgica y Francia. Los belgas la cocinan en dos etapas en aceite con grasa es la opcin mas deliciosa y los franceses solo en aceite. Las patatas fritas tipo chips, es decir las que estn cortadas en forma redonda y delgada, surgieron en un restaurante llamado Moon Lake Lodge's, en Saratoga Springs, Nueva York all por el ao 1853[cita requerida.

El chef de dicho restaurante, George Crum, ante las continuas quejas de un cliente habitual que siempre lo recriminaba de no cortar suficientemente finas las patatas fritas, decidi darle una leccin cortndolas excesivamente delgadas, de manera que no pudieran pincharse con el tenedor. El resultado fue todo lo contrario al esperado, el cliente qued sorprendido y quedo completamente satisfecho. Pronto todos los clientes comenzaron a pedir aquella nueva y extraa especialidad, a la que bautizaron como Saratoga Chips. El xito fue creciendo, y en 1920 se invent la primera mquina mondadora de patatas, con lo que las patatas chips comenzaron a ser exactamente como las conocemos hoy en da. Contenido calrico de las papas fritas Las papas fritas aportan una media de 380-400 caloras por 100 gramos dependiendo de de su tamao (por la absorcin de aceite).1 Una porcin de papas fritas contiene 22 gramos de grasa y 57 gramos de hidratos de carbono. Una porcin promedio de papas fritas asciende a los 200g, aportando 760 caloras:

Ingredientes Receta de patatas fritas: 1 litro de aceite de oliva 1 kilo de buenas patatas (que no sean harinosas ni viejas) Sal

Preparacin Paso 1: Pelar las patatas, cortarlas finas del mismo tamao, lavarlas bien y dejarlas a remojo una media hora en agua fra. Por ltimo, secarlas muy bien con un pao. Paso 2: Utilizar un sartn honda o freidora. Echar el aceite de oliva. Dejar calentar. Poner la patatas poco a poco en el aceite caliente y frerlas hasta que estn doraditas. Removerlas de vez en cuando. Paso 3: Poner las patatas fritas en un escurridor y espolvorearlas con sal muy fina.

DIAGRAMA DE FLUJO

T.T T.P

2`

2`

Papas

1

Pp= 0.5 kg

4`

2`

Enjuagar papas

2

Va=0.5 lt

9`

5`

Pelar papas

3

14`

5`

Cortar papas en tiras 4

16`

2`

Lavar papas cortadas 5 Va=0.5 lt

26` 10`

Agregar sal alas papa6

Ps= 0.1 g

27`

1`

Frer papas

7

Pa=0.7 lt

30`

3`Colar papas8

NORMAS

NORMA DEL CODEX PARA LAS PATATAS (PAPAS)CODEX STAN 114-1981 1. AMBITO DE APLICACION Esta norma se aplicar a las patatas (papas) fritas congeladas rpidamente, preparadas con tubrculos de la especie Solanum tuberosum L. destinadas al consumo directo sin una ulterior elaboracin, excepto un nuevo envasado, si fuese necesario. 2.1 Definicin del producto Se entiende por patatas (papas) fritas congeladas rpidamente el producto preparado con tubrculos limpios, maduros y sanos de la planta de la patata (papa) que se ajuste a las caractersticas de la especie Solanum tuberosum L. Estos tubrculos debern haber sido seleccionados, lavados, pelados, cortados en tiras y sometidos a la elaboracin necesaria para lograr un color satisfactorio, y haber sido fritos en aceite o grasa comestible.

Las operaciones de elaboracin y de fritura debern ser suficientes para garantizar una estabilidad adecuada de color y sabor durante los ciclos normales de comercializacin.

2.3 Prctica de manipulacin El producto deber manipularse en condiciones que mantengan su calidad durante el transporte, almacenamiento y distribucin, hasta el momento de la venta final inclusive. Se recomienda que el producto se manipule de conformidad con las disposiciones establecidas en el Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas para la Elaboracin y Manipulacin de los Alimentos Congelados Rpidamente (CAC/RCP 8-1976).

2.4.1 Forma de presentacin Las formas de presentacin del producto estarn determinadas por la naturaleza de la superficie y la naturaleza del corte transversal.

a) Corte liso - tiras de patata (papa) con lados prcticamente paralelos y superficies lisas.

b) Corte ondulado - tiras de patata (papa) cuyos lados son prcticamente paralelos y dos o ms de ellos tienen la superficie ondulada. 2.4.1.2 Dimensiones del corte transversal Las dimensiones del corte transversal de las tiras de las patatas (papas) fritas congeladas rpidamente que hayan sido cortadas por los cuatro lados no debern ser inferiores a 5 mm cuando la medicin se haga en estado de congelacin. Las patatas (papas) fritas congeladas rpidamente de cada envase debern ser de cortes transversales similares.

El producto podr identificarse por las dimensiones aproximadas del corte transversal o por referencia a las siguientes designaciones: Designacin Pequea Media Corte grueso

2.4.2 Otras formas de presentacin

Se permitir cualquier otra forma de presentacin del producto, basada en los diferentes cortes transversales, siempre que:

a) se distinga suficientemente de otras formas de presentacin establecidas en la presente norma;

b) rena todos los dems requisitos de esta norma;

c) est descrita debidamente en la etiqueta para evitar errores o confusiones por parte del consumi-dor.

FACTORES ESENCIALES DE COMPOSICION Y CALIDAD3.1.1 Ingredientes bsicos a) Patatas (papas) segn se definen en la seccin 2.1.

b) Aceites y grasas comestibles, segn la definicin de la Comisin del Codex

Alimentarius. 3.1.2 Ingredientes facultativos a) Azcares (sacarosa, azcar invertido, dextrosa, fructosa, jarabe de glucosa y jarabe de glucosa deshidratada), tal como los define la Comisin del Codex

Alimentarius. b) Sal (cloruro de sodio).

c) Condimentos, tales como especias y hierbas aromticas.

3.2.1 Requisitos generales Las patatas (papas) fritas congeladas rpidamente debern:

a) estar exentas de sabores y olores extraos;

b) estar limpias, sanas y prcticamente exentas de materias extraas;

c) tener un color razonablemente uniforme; y con respecto a los defectos visibles para los que se ha fijado una tolerancia, debern estar:

d) sin excesivos defectos exteriores, por ejemplo, macas, ojos y decoloracin;

e) sin excesivos defectos de seleccin, por ejemplo, astillas, trozos pequeos y fragmentos;

f) razonablemente exentas de defectos de fritura, por ejemplo, partes chamuscadas.

Cuando se preparen de conformidad con las instrucciones del fabricante, las patas (papas) fritas congeladas rpidamente debern tener: - un color razonablemente uniforme; - una textura caracterstica del producto y no ser excesivamente duras ni blandas o pastosas.

3.2.2 Requisitos analticos

3.2.2.1 Humedad - el contenido mximo de humedad del producto en las formas de presentacin "Pequea", "Media" y "De corte grueso", ser de 76% m/m; y en la forma "Extra gruesa" y Otras formas de presentacin, de 78% m/m.

3.2.2.2 La grasa o el aceite extrado del producto deber tener un contenido de cido graso libre no mayor de 1,5% m/m, medido como cido oleico, o como cido graso equivalente, basado en el cido graso predominante en la grasa o el aceite. 3.2.3 Definicin de defectos visibles

3.2.3.1 Defectos externos - macas o decoloracin (interna o de la superficie) debidas a la exposicin a la luz, a causas mecnicas, patolgicas o a plagas, as como ojos o restos de piel.

a) Defecto menor - unidad afectada por enfermedad, decoloracin oscura o intensa, ojos, o piel oscura, que cubran una superficie o un crculo de 3 mm, pero de menos de 7 mm de dimetro; piel de color castao claro o decoloracin ligera en una superficie superior a 3 mm de dimetro.

b) Defecto mayor - unidad afectada por enfermedad, decoloracin oscura o intensa, ojos, o piel oscura, que cubran una superficie o un crculo de ms de 7 mm, pero de menos de 12 mm de dimetro.

c) Defecto grave - unidad afectada por enfermedad, decoloracin oscura o intensa, ojos, o piel oscura, que cubran una superficie o un crculo de 12 mm de dimetro o ms.

Defectos de seleccin a) Astillas - unidad muy delgada (generalmente un trozo del borde) que pase por una ranura cuyo ancho sea del 50 por ciento de la dimensin mnima del tamao nominal o normal.

b) Trozos pequeos - unidad de menos de 25 mm de longitud.

c) Fragmentos - materia de la patata (papa), de forma irregular, que no se ajusta a la forma general de las patatas (papas) fritas.

3.2.3.3 Defectos de fritura - Parte chamuscada - toda unidad de color castao oscuro y dura que sea resultado de un proceso excesivo de fritura. 3.2.4 Tamao de la unidad uniforme de muestra La unidad de muestra ser de 1 kg. 3.2.5 Tolerancias para los defectos visibles En caso de las tolerancias basadas en el tamao de la unidad uniforme de muestra, tal como se especifica en la seccin 3.2.4, los defectos visibles "externos" se clasifican en "menor", "mayor" o "grave". Con respecto a los defectos "externos", las tolerancias dependen del corte transversal de las patatas (papas) fritas.

Para ser aceptables, las muestras uniformes no debern contener unidades cuyo nmero exceda de los correspondientes a las respectivas categoras, incluido el "total" del Cuadro 1.

CUADRO 1 Tolerancias para los defectos externos Categora Nmero de unidades afectadas de los defectos Corte transversal de las tiras

5 - 16 mm

ms de 16 mm

Grave

7

3

Grave + mayor

21

9

Total (grave + mayor + menor)

60

27

Principio de transferencia Deber aplicarse la Seccin 4.1 de la Norma General para los Aditivos Alimentarios (CODEX STAN 192-1995).

5. HIGIENE 5.1 Se recomienda que el producto regulado por las disposiciones de esta norma se prepare y manipule de conformidad con las secciones correspondientes del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969), y con los dems Cdigos de Prcticas recomendados por la Comisin del Codex Alimentarius que sean aplicables para este producto.

5.2 En la medida de lo posible, de acuerdo con las buenas prcticas de fabricacin, el producto deber estar exento de sustancias objetables.

5.3 Analizado con mtodos adecuados de muestreo y examen, el producto: - deber estar exento de microorganismos en cantidades que puedan constituir un peligro para la salud; - deber estar exento de parsitos que puedan representar un peligro para la salud; y - no deber contener, en cantidades que puedan representar un peligro para la salud, ninguna sustancia originada por microorganismos.

6. ETIQUETADO Adems de los requisitos que figuran en la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CODEX STAN 1-1985), se aplicarn las siguientes disposiciones especficas: 6.1 Nombre del alimento 6.1.1 El nombre del alimento declarado en la etiqueta deber incluir la designacin "patatas (papas) fritas", o la designacin equivalente utilizada en el pas donde haya de venderse el producto.

6.1.2 Adems, en la etiqueta figurar tambin una designacin de la forma de presentacin, segn proceda, por ejemplo, "Corte liso" o "Corte ondulado", y podr haber tambin una indicacin de las dimensiones aproximadas del corte transversal o la designacin adecuada, por ejemplo "Pequea", "Media", "Corte grueso" o "Extra gruesa".

6.1.3 Si el producto se fabrica de conformidad con la seccin 2.4.2, en la etiqueta debern figurar, muy cerca de las palabras "patatas (papas) fritas", las palabras o frases adicionales necesarias para evitar errores o confusiones al consumidor.

6.1.4 En la etiqueta debern aparecer tambin las palabras "congeladas rpidamente", excepto que el trmino "congeladas"1 podr utilizarse en los pases donde este trmino se emplea habitualmente para describir el producto elaborado de acuerdo con la seccin 2.2 de esta norma.

1 "Congelados" (frozen): en algunos pases de habla inglesa se usa este trmino en lugar de la expresin "congelados rpidamente" (quick frozen).

6.2 Requisitos adicionales En los envases debern darse instrucciones claras para la conservacin del producto desde el momento de su compra al minorista hasta el de su consumo, as como instrucciones para su coccin.

6.3 Producto envasado a granel Cuando se trate de patatas (papas) fritas congeladas rpidamente envasadas a granel, la informacin exigida en los apartados anteriores deber indicarse en el envase o en los documentos que lo acompaen, excepto que en el envase debern figurar el nombre del alimento acompaado de las palabras "congeladas rpidamente" (el trmino "congeladas" podr emplearse de conformidad con lo establecido en la seccin 6.1.4 de la presente norma), y el nombre y la direccin del fabricante o el envasador.

7. ENVASADO El envase que se utilice para las patatas (papas) fritas congeladas rpidamente deber: a) proteger las caractersticas organolpticas y otras caractersticas de calidad del producto;

b) proteger el producto contra la contaminacin microbiolgica y de otra ndole;

c) proteger el producto contra la deshidratacin y, cuando proceda, contra las prdidas en la medida en que sea tecnolgicamente posible; y

d) no transmitir al producto ningn olor, sabor, color, ni ninguna otra caracterstica extraa durante toda la elaboracin (cuando proceda) y distribucin del producto hasta el momento de su venta final.

8. METODOS DE ANALISIS Y MUESTREO Vase textos relevantes del Codex sobre mtodos de anlisis y muestreo.

NORMA DEL CODEX PARA EL CONCENTRADO DE TOMATE ELABORADO (CODEX STAN 57-1981)1 MBITO DE APLICACIN Esta Norma se aplica al producto, segn se definen en la Seccin 2 infra, que est destinado al consumo directo, inclusive para fines de hostelera o para reenvasado en caso necesario. Esta Norma tambin se aplica al producto cuando se indique que est destinado a una elaboracin ulterior.

La Norma no comprende los productos que contienen semillas y pieles como los tomates para pizza y otros productos tipo casero ni los productos conocidos corrientemente como salsa de tomate, salsa de chiles, catsup, u otros similares, que son productos fuertemente aderezados, de concentraciones diversas y que contienen ingredientes caractersticos como pimienta, cebolla, vinagre, etc. en cantidades tales que alteran considerablemente el sabor, aroma y gusto del ingrediente tomate.

2.1 DEFINICIN DEL PRODUCTO Se entiende por concentrado de tomate elaborado el producto: (a) preparado mediante la concentracin de la pulpa o del zumo (jugo)1 obtenido de tomates rojos convenientemente sanos y maduros

(Lycopersicon/Lycopersicum esculentum P. Mill) que ha sido filtrado o sometido a otras operaciones para eliminar del producto terminado pieles, semillas y otras sustancias gruesas o duras; y

(b) conservado por medios fsicos.

La concentracin2 de slidos solubles naturales totales deber ser igual o mayor al 7%, pero sin llegar al grado de deshidratacin del polvo seco o en copos.

2.2 DESIGNACIN DEL PRODUCTO El concentrado de tomate podr considerarse pur de tomate o pasta de tomate cuando el concentrado cumple con los siguientes requisitos:

2.2.1 Pur de tomate - es el concentrado de tomate que contiene por lo menos el 7%, pero no ms del 24% de slidos solubles naturales totales.

2.2.2 Pasta de tomate - es el concentrado de tomate que tiene un contenido igual o mayor al 24% de slidos solubles naturales totales.

3 FACTORES ESENCIALES DE COMPOSICIN Y CALIDAD 3.1.1 Ingredientes bsicos Concentrado de tomate elaborado segn se define en la Seccin 2.1.

3.1.2 Otros ingredientes autorizados (a) sal (cloruro de sodio) de conformidad con la Norma del Codex para la Sal de Calidad Alimentaria (CODEX STAN 1501985);

(b) especias e hierbas aromticas (como la hoja de albahaca, etc.) y sus extractos naturales;

(c) zumo (jugo) de limn (natural o concentrado) empleado como acidificante; y

(d) agua.

3.2 CRITERIOS DE CALIDAD El concentrado de tomate elaborado deber tener un buen sabor y aroma, un color claramente rojo y poseer una textura homognea (distribuida uniformemente), caracterstica del producto. 6 HIGIENE 6.1 Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de la presente Norma se preparen y manipulen de conformidad con las secciones apropiadas del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969), y otros textos pertinentes del Codex, tales como cdigos de prcticas y cdigos de prcticas de higiene.

6.2 El producto deber ajustarse a los criterios microbiolgicos establecidos de conformidad con los Principios para el Establecimiento y la Aplicacin de Criterios Microbiolgicos a los Alimentos (CAC/GL 21-1997).

NORMA PARA LOS ACEITES DE OLIVA Y ACEITES DE ORUJO DE OLIVA CODEX STAN 33-1981

El Apndice de la presente Norma contiene disposiciones destinadas a ser aplicadas, con carcter voluntario, por los socios comerciales y no por los gobiernos.

1. MBITO DE APLICACIN La presente Norma se aplica a los aceites de oliva y a los aceites de orujo de oliva, descritos en la seccin 2, presentados en un estado apto para el consumo humano.

2. DESCRIPCIN 2.1 El aceite de oliva es el aceite obtenido nicamente del fruto del olivo (Olea europaea L.) con exclusin de los aceites obtenidos usando disolventes o procedimientos de reesterificacin y de cualquier mezcla con aceites de otro tipo.

3. COMPOSICIN ESENCIAL Y FACTORES DE CALIDAD

3.5 Aceite de oliva: Aceite constituido por la mezcla de aceite de oliva refinado y aceites de oliva vrgenes aptos para el consumo humano. Tiene una acidez libre, expresada en cido oleico, de no ms de 1 gramo por 100 gramos, y sus dems caractersticas corresponden a las estipuladas para esta categora.2

6. HIGIENE 6.1 Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de la presente Norma se preparen y traten en conformidad con las secciones apropiadas del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969), y otros textos pertinentes del Codex, como los Cdigos de Prcticas de Higiene y dems Cdigos de Prcticas GENERALIDADES Este Cdigo contiene una serie de requisitos y prcticas que han de observarse durante la elaboracin y venta de alimentos y bebidas de consumo directo que se expendan en la calle.

La presente Norma se aplica a todas las personas naturales o jurdicas que se ocupan de la elaboracin y/o venta de alimentos y bebidas en la va pblica, as como a los locales donde se preparan, los puestos donde se venden y los medios de transporte utilizados. Tiene por objeto lograr productos alimenticios incuos y aptos para el consumo, a fin de proteger la salud de las personas que recurren a esta forma de servicio alimentario.

- Agua potable: Agua tratada y exenta de contaminantes, apta para el consumo humano. - Comidas y bebidas de consumo directo: Cualquier tipo de alimento o bebida fra o caliente,que para ser consumidos requieren algn tipo de preparacin. Coprocultivo: Siembra de excremento en un medio de cultivo para identificar microorganismos patgenos. Vajilla: Conjunto de vasos, platos y recipientes utilizados para servir comidas.

Debern adquirirse productos cuyas propiedades organolpticas (olor, sabor, color, textura, etc.) correspondan a alimentos frescos, no deteriorados porque de ese modo se tiene la seguridad de que se adquieren alimentos de calidad ptima para el consumo.

3.2 Transporte, recepcin y conservacin de los insumos Hbitos de higiene 5.2.1 Es preciso lavarse las manos con agua y jabn antes de comenzar a manipular cualquier alimento, o cuando se cambie de actividad. Se dispondr de un recipiente exclusivamente para lavarse las manos, porque las manos sucias son la principal fuente de contaminacin y vehculo de la mayor parte de enfermedades transmisibles por alimentos.

5.2.2 Las hortalizas y verduras debern lavarse con abundante agua, teniendo especial cuidado con las que se consumen crudas, porque pueden haber sido regadas con aguas residuales y quedado altamente contaminadas, por lo cual su consumo ser de elevado riesgo para la salud.

El agua que se utilice para lavar deber ser potable y corriente, porque su efecto de arrastre hace disminuir la presencia de contaminantes de los alimentos.

5.2.5 Deber protegerse la ropa con un guardapolvos o delantal, y el cabello con un cubre cabeza, durante todo el proceso de manipulacin de los alimentos, para evitar el contacto de los alimentos con la ropa y la posibilidad de que caigan cabellos sobre los alimentos.

5.2.6 No debern utilizarse anillos, pulseras, etc, en las manos mientras se manipulan alimentos.

5.2.7 No debern manipularse alimentos cuando se tengan heridas, porque estas constituyen fuentes de infeccin que pueden contaminar los alimentos al entrar en contacto con ellos. 6.2 Hbitos de higiene

6.2.1 Debern lavarse siempre los utensilios utilizados para probar los alimentos, antes de volver a introducirlos en el recipiente en cuestin, ya que podra contaminarse el alimento preparado con grmenes de la boca del manipulador.

6.2.2 Deber evitarse estornudar o toser sobre los alimentos, especialmente cuando estn listos para ser servidos, porque la tos y el estornudo contienen grmenes que pueden contaminar el alimento.

6.2.3 Debern lavarse las manos con agua y jabn antes de iniciar la preparacin de los alimentos y siempre que se cambie de actividad durante la manipulacin de los alimentos.

6.2.4 Las ensaladas debern prepararse empleando utensilios y nunca las manos, puesto que las manos son el principal vehculo de contaminacin.

NORMA DEL CODEX PARA LA SAL DE CALIDAD ALIMENTARIA CODEX STAN 150-1985 Rev. 1-1997 Enmienda 1-1999, Enmienda 2-2001, Enmienda 3-20061 1. MBITODE APLICACIN La presente norma se aplica a la sal utilizada como ingrediente de los alimentos, que se destina tanto a la venta directa al consumidor como a la industria alimentaria. Se aplica tambin a la sal utilizada como vehculo de aditivos alimentarios o de nutrientes.

Con sujecin a las disposiciones de la presente norma podrn aplicarse requisitos ms especficos para atender a necesidades especiales. No se aplica a la sal obtenida de fuentes distintas de las que se mencionan en la Seccin 2, en particular toda sal que sea subproducto de las industrias qumicas. 2. DESCRIPCIN Se entiende por sal de calidad alimentaria el producto cristalino que consiste predominantemente en cloruro de sodio. Se obtiene del mar, de depsitos subterrneos de sal mineral o de salmuera natural. 3.2 PRODUCTOS SECUNDARIOS Y CONTAMINANTES NATURALMENTE PRESENTES El resto estar integrado por productos secundarios naturales, presentes en cantidades diversas segn el origen y el mtodo de produccin de la sal, y compuestos sobre todo de sulfatos, carbonatos y bromuros y cloruros de calcio, potasio, magnesio y sodio. Puede contener tambin contaminantes naturales en cantidades diversas segn el origen y el mtodo de produccin de la sal. 3.3 UTILIZACIN COMO VEHCULO Cuando la sal se emplee como vehculo de aditivos alimentarios o nutrientes por razones tecnolgicas o de salud pblica se utilizar sal de calidad alimentaria. Ejemplos de tales preparados son las mezclas de sal con nitrato y/o nitrito (sal de curado) y la sal mezclada con pequeas cantidades de fluoruro, yoduro, hierro, vitaminas, etc., y aditivos utilizados para transportar o estabilizar tales adiciones.

4. ADITIVOS ALIMENTARIOS Los aditivos alimentarios comprendidos en los cuadros 1 y 2 de la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (CODEX STAN 192-1995) en la categora de alimentos 12.1.1 (Sal) pueden utilizarse en los alimentos regulados por esta norma. 4.1 Todos los aditivos alimentarios que se empleen debern ser de calidad alimentaria. 6. HIGIENE Con el fin de garantizar un nivel adecuado de higiene alimentaria hasta que el producto llegue al consumidor, el mtodo de produccin, envasado, almacenamiento y transporte de la sal de calidad alimentaria deber ser tal que se evite todo riesgo de contaminacin.

En esta foto se ve nuestro producto ya elaborado con todos los requerimientos y normas que pide el producto contiene todos los ingredientes que pide la receta.

ConclusinNuestra conclusin es que aprendimos muchas cosas como que se necesita para elaborar un producto como todas sus normas que debe de llevar su proceso o elaboracin. Fue pesado todo el proceso del trabajo pero se aprenden muchas cosas nuevas en estos proyectos.

Punto de vistaAlexis: Mi punto de vista es que fue un trabajo muy pesado por que si se necesitan de mucho esfuerzo en buscar las normas de elaborar el video y de editarlo pero tambin dejan enseanzas nuevas. Miguel: Mi punto de vista es que fue cansado el trabajo por que se necesitaba de buscar normas de proceso y eso fue muy pesado y cansado pero gracias a estos trabajos hace a uno mas capacitado.

Bibliografa http://www.Google.com http://www.economia-noms.gob.mx/noms/inicio.do http://www.codexalimentarius.net/search/advancedsearch.do