PROCESO DE BÚSQUEDA DE UN INVERSIONISTA-OPERADOR … · sustituye la referencia al Anexo D por una...
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ES FE DE ERRATAS
El presente documento es expedido por el Agente Especial de Electrificadora del Caribe S.A.
E.S.P. y contiene una fe de erratas de asuntos de forma respecto del reglamento de
presentación de ofertas vinculantes y enajenación de acciones (el “Reglamento”) publicado
el 28 de septiembre de 2018. El Reglamento publicado el 3 de octubre de 2018 sustituye en
todas sus partes al Reglamento publicado el 28 de septiembre de 2018.
Las erratas son las siguientes:
1. En la línea 26 de la página 7, definición “Garantías de Compra de Energía” se elimina
la expresión “o de la participación en el mercado mayorista por parte de
Electricaribe”.
2. En la línea 31 de la página 8, definición de “Pasivo Financiero Reestructurado” se
sustituye la referencia al Anexo H por una referencia al Anexo G.
3. En la línea 19 de la página 11 se agrega “Cierre de la Transacción Propuesta” a la
lista de términos definidos.
4. En las líneas 15 y 24 de la página 25 se agrega la expresión “el Agente Especial”.
5. En la línea 28 de la página 33, en la línea 26 de la página 34 y en la línea 4 de la
página 35 se sustituye la referencia al Anexo C por una referencia al Anexo B.
6. En las líneas 18 y 19 de la página 35 se sustituye la expresión “los requisitos indicados
en el Anexo C” por la expresión “los requisitos que se definan en el documento que
será incluido en la Sala de Información”.
7. En la línea 5 de la página 39, subsección “Carta de Solicitud de Precalificación”, se
sustituye la referencia al Anexo D por una referencia al Anexo C.
8. En la línea 9 de la página 39, subsección “Poder”, se sustituye la referencia al Anexo
F por una referencia al Anexo E.
9. En las líneas 24 y 25 de la página 39, se sustituye la referencia a la sección
4.3(A)(2)(a) por una referencia a las secciones 4.3(B)(2)(a) y 4.3(B)(2)(b), según
corresponda.
10. En la línea 27 de la página 39, se sustituye la referencia a la sección 4.3(A)(2)(b) por
una referencia a la sección 4.3(B)(2)(c).
11. En la línea 22 de la página 41, se sustituye la referencia a las secciones 3.9(B)(2)(b)
y 3.9(C) por una referencia a las secciones 3.9(D) y 3.9(E).
Quedan hechas las salvedades.
Cordialmente,
___________________
Agente Especial de Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P
PROCESO DE BÚSQUEDA DE UN INVERSIONISTA-OPERADOR PARA EL SISTEMA
DE DISTRIBUCIÓN LOCAL Y DE TRANSMISIÓN REGIONAL ATENDIDO POR
ELECTRICARIBE EN LOS DEPARTAMENTOS DE ATLÁNTICO, BOLÍVAR, CESAR,
CÓRDOBA, GUAJIRA, MAGDALENA Y SUCRE Y LA ACTIVIDAD DE
COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE DESARROLLA
ELECTRICARIBE
REGLAMENTO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS VINCULANTES Y ENAJENACIÓN
DE ACCIONES
Bogotá D.C., 28 de septiembre de 2018
TABLA DE CONTENIDO
Pág
CAPÍTULO I.
INTERPRETACIÓN Y DEFINICIONES
1.1 Términos Definidos ................................................................................................................ 3 1.2 Reglas de Interpretación ....................................................................................................... 11
CAPÍTULO II.
LA TRANSACCIÓN Y EL REGLAMENTO
2.1 Antecedentes ........................................................................................................................ 13 2.2 Objeto del Proceso de Venta; Objetivos Generales del Reglamento .................................... 14 2.3 Constitución de la Nueva Sociedad, Venta de Acciones y Capitalización ........................... 15 2.4 Negocio transferido a la Nueva Sociedad ............................................................................ 16 2.5 Reconocimientos y Compromisos del Inversionista Adjudicatario ..................................... 17
CAPÍTULO III.
DISPOSICIONES COMUNES; ACCESO A INFORMACIÓN Y DEBIDA DILIGENCIA
3.1 Aceptación de los Términos del Reglamento ....................................................................... 19 3.2 Plazos y Horarios.................................................................................................................. 19 3.3 Identidad; Apoderados ......................................................................................................... 19 3.4 Adendas ................................................................................................................................ 19 3.5 Reserva ................................................................................................................................. 19 3.6 Régimen Jurídico; Jurisdicción ............................................................................................ 20 3.7 Otras Reglas Comunes del Reglamento ............................................................................... 20 3.8 Cronograma del proceso ....................................................................................................... 21 3.9 Proceso de Debida Diligencia - Consultas e Información .................................................... 22 3.10 Exclusión de Responsabilidad por la Información Suministrada ......................................... 25 3.11 Contacto ............................................................................................................................... 26
CAPÍTULO IV.
PROCESO DE PRECALIFICACIÓN
4.1 Exigencias para que un Interesado se Pueda Convertir en Inversionista Precalificado........ 27 4.2 Acreditación de la Existencia y Representación .................................................................. 27 4.3 Requisitos de Precalificación ............................................................................................... 31 4.4 Contenido del Sobre para Precalificación ............................................................................ 38 4.5 Presentación de los Sobres Para Precalificación .................................................................. 40
TABLA DE CONTENIDO
(continuación)
Pág
ii
4.6 Efectos de la Precalificación ................................................................................................ 42
CAPÍTULO V.
PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS
5.1 Términos del Proceso ........................................................................................................... 43 5.2 Documentos a Aportar para el Proceso de Reestructuración de Pasivos.............................. 44 5.3 Presentación de los Sobres Para Reestructuración ............................................................... 44 5.4 Publicación de los Resultados de Reestructuración de Pasivos ........................................... 44
CAPÍTULO VI.
FINANCIACIÓN POR PARTE DE LOS ACREEDORES FINANCIEROS
CAPÍTULO VII.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS, GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA,
MECANISMO DE SUBASTA, FIRMA DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN, CIERRE
7.1 Validez de las Ofertas ........................................................................................................... 47 7.2 Contenido de los Sobres ....................................................................................................... 47 7.3 Presentación de los Sobres ................................................................................................... 48 7.4 Efectos de las Ofertas Vinculantes ....................................................................................... 50 7.5 Irrevocabilidad de las Ofertas Vinculantes: ......................................................................... 50 7.6 Garantía de Seriedad de la Oferta:........................................................................................ 50 7.7 Mecanismo de Subasta ......................................................................................................... 52 7.8 Procedimiento de la Subasta; Restricciones ......................................................................... 53 7.9 Firma del Contrato de Adquisición de Acciones .................................................................. 53 7.10 Acto de Cierre ...................................................................................................................... 53 7.11 Transferencia y Suscripción de las Acciones ....................................................................... 53 7.12 Consecuencias del No Pago ................................................................................................. 54 7.13 Condicionamientos Regulatorios: ........................................................................................ 54 7.14 Declaraciones ....................................................................................................................... 54 7.15 Declaratoria de Desierta ....................................................................................................... 55
iii
ANEXOS
Anexo A Acuerdo de Confidencialidad
Anexo B Carta de Intención
Anexo C Carta de Solicitud de Precalificación
Anexo D Guía del Usuario
Anexo E Modelo de Poder de Representación
Anexo F Poder de Miembros del Consorcio
Anexo G Reestructuración de Pasivos
Anexo H Carta de Aceptación de Reestructuración
Anexo I Carta de Presentación de la Oferta
Anexo J Mecanismo de Subasta
iv
ÍNDICE DE TÉRMINOS DEFINIDOS
Pág
Acciones ........................................................ 3
Acreedores Financieros ................................. 3
Acreedores Pre-Toma Destinatarios .............. 3
Activos ........................................................ 16
Activos Bajo Manejo ..................................... 3
Activos Excluidos ......................................... 3
Acuerdo de Asunción del Pasivo Pensional .. 3
Acuerdo de Confidencialidad ........................ 4
Adendas ......................................................... 4
Afiliada .......................................................... 4
Agente Especial ............................................. 4
Anexos........................................................... 4
Asesor Externo .............................................. 4
Aviso de Subasta ........................................... 4
Banco Aceptable ........................................... 4
Capitalización de la Nueva Sociedad ............ 4
Carta de Intención ......................................... 5
Carta de Presentación de la Oferta ................ 5
Carta de Solicitud de Precalificación ............ 5
Cierre de la Transacción Propuesta ............. 16
Compañía de Seguros Aceptable ................... 5
Consorcio ...................................................... 5
Contrato de Adquisición de Acciones ........... 5
Contratos Incluidos ..................................... 17
Control........................................................... 5
COP$ ............................................................. 9
Créditos del Fondo Empresarial .................... 5
Datos Personales ........................................... 6
Debida Diligencia .......................................... 6
Día ................................................................. 6
Día Hábil ....................................................... 6
Dólares .......................................................... 6
Electricaribe .................................................. 1
Fase Final .................................................... 52
Fase Inicial .................................................. 52
Fecha de Cierre ............................................. 6
Fecha de Subasta o Fecha de Adjudicación .. 6
Fondo............................................................. 6
Fondo de Capital Privado .............................. 6
Fondo Empresarial ........................................ 6
Garantía de Compra Energía Equivalente ..... 7
Garantía de Seriedad de la Oferta ................. 6
Garantías de Compra de Energía ................... 6
Guía del Usuario ........................................... 7
Interesados .................................................... 7
Inversionista Adjudicatario ........................... 7
Inversionista Precalificado............................ 7
Leyes Anticorrupción ................................... 7
Mecanismo de Subasta o Subasta ................. 8
Memorando de Información ......................... 8
Miembro ....................................................... 8
Miembro Acreditado ................................... 33
Negocio ......................................................... 8
Nueva Sociedad .......................................... 15
OFAC ........................................................... 8
Oferta Vinculante ......................................... 8
Oferta Vinculante Aceptable ........................ 8
Pasivo Financiero Reestructurado ................ 8
Pasivo Pensional ........................................... 8
Pasivo Pre-Toma Reestructurado ................. 8
Pasivo Reestructurado .................................. 9
Pasivos Excluidos ....................................... 16
Pasivos Incluidos .......................................... 9
Pasivos Incluidos Post-Toma ........................ 9
Pasivos Incluidos Pre-Toma ......................... 9
Patrimonio Acreditable ................................. 9
Persona.......................................................... 9
Persona Bloqueada ....................................... 9
Pesos ............................................................. 9
Pesos Colombianos ....................................... 9
Plan de Inversiones Mínimo ......................... 9
Plazo de Recepción del Sobre de Documentos
de Oferta ....................................................... 9
Plazo de Recepción del Sobre para
Precalificación ............................................ 10
Plazo de Recepción del Sobre para
Reestructuración ......................................... 10
Portal de Internet ........................................ 10
Precio de Compra ....................................... 48
Proceso de Precalificación .......................... 10
Proceso de Reestructuración de Pasivos ..... 10
Proceso de Venta ........................................ 15
Reglamento ................................................... 1
Sala de Información .................................... 10
SIC .............................................................. 38
Sobre de Documentos de la Oferta ............. 10
v
Sobre de Oferta ........................................... 10
Sobre para Precalificación ........................... 10
Sobre para Reestructuración de Pasivos ...... 10
SSPD ........................................................... 11
Superintendencia de Servicios Públicos y
Domiciliarios de Colombia ......................... 11
Tercero Operador Idóneo ............................ 11
Toma de Posesión ....................................... 13
Transacción Propuesta ................................ 14
Transferir .................................................... 11
US$ ............................................................... 6
Introducción
Página 1 de 55
INTRODUCCIÓN 1
Este reglamento de presentación de ofertas vinculantes, documentos de precalificación y enajenación 2
de acciones (en adelante, conjuntamente considerado con sus anexos y Adendas, el “Reglamento”) 3
ha sido expedido por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (“Electricaribe”), por decisión del 4
Agente Especial, para regular la presentación de documentos de precalificación y ofertas vinculantes, 5
así como el proceso de enajenación de acciones para la vinculación de un inversionista-operador para 6
el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por Electricaribe en los 7
Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre y la actividad de 8
comercialización de energía eléctrica que desarrolla Electricaribe. Este Reglamento ha sido expedido 9
para efectos informativos y para los demás fines que se establecen en este documento, y se 10
proporciona únicamente para ser utilizado por los Interesados en participar en el Proceso de Venta y 11
por los Acreedores Pre-Toma Destinatarios interesados en participar en el Proceso de 12
Reestructuración de Pasivos, tal como estos se definen en el presente Reglamento. Los términos que 13
se utilizan con letra mayúscula inicial en el Reglamento tienen los significados asignados a los 14
mismos en la Sección 1.1 de este Reglamento, o expresamente en otra parte de este Reglamento. 15
Ni Electricaribe, ni el Agente Especial, ni el Asesor Externo, ni sus respectivos directores, 16
funcionarios, socios, empleados, agentes, representantes, asesores o consultores, otorgan, otorgarán, 17
ni se considerará que han otorgado declaración o garantía alguna, expresa o implícita, en cuanto a la 18
exactitud, confiabilidad o integridad de la información contenida en este documento, en la Sala de 19
Información, o en cualquier otro documento puesto a disposición de un interesado o proporcionado 20
al mismo en forma escrita o verbal. Dicha información ha sido preparada únicamente para ayudar a 21
los Interesados a hacer su propia evaluación de la Nueva Sociedad, y no pretende ser exhaustivo ni 22
incluir toda la información que un Interesado pueda requerir o desear para tomar su decisión. El 23
contenido de los documentos e información puestos a disposición de los Interesados no se considerará 24
como una promesa o declaración sobre hechos o actos pasados o futuros 25
La presentación de un Sobre de Precalificación constituye el reconocimiento y acuerdo de cada 26
Interesado, en cuanto a que, salvo por lo expresamente previsto en este Reglamento, Electricaribe 27
(salvo por lo indicado en el Contrato de Adquisición de Acciones), el Agente Especial, el Asesor 28
Externo, y sus respectivos directores, funcionarios, socios, empleados, agentes, representantes, 29
asesores o consultores, no estarán sujetos a responsabilidad u obligación alguna derivada de: 1. el 30
desarrollo del presente Proceso de Venta; 2. cualquier información contenida en la Sala de 31
Información; 3. cualquier material proporcionado (o declaración efectuada) durante el transcurso de 32
alguna visita a cualquiera de las instalaciones de la Nueva Sociedad, o de cualquier auditoría que se 33
haga en dichas instalaciones; 4. cualquier otra información proporcionada (ya sea en forma verbal o 34
escrita) en relación con este Reglamento, el Negocio, la Nueva Sociedad o el Proceso de Venta de las 35
acciones de la Nueva Sociedad (como dicho término se define más adelante); o 5. el desempeño 36
financiero u operativo presente, pasado o futuro de Electricaribe, el Negocio o la Nueva Sociedad. En 37
particular, no se otorga declaración o garantía alguna con respecto al logro o la razonabilidad de las 38
proyecciones, las perspectivas o los rendimientos operativos o financieros futuros de la Nueva 39
Sociedad, si los hubiere. 40
Ni la recepción del Reglamento por cualquier persona, ni la información contenida en este documento 41
o proporcionada en conjunto con el mismo, o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea 42
en forma verbal o escrita, con respecto a las Acciones, Electricaribe, la Nueva Sociedad o el Negocio, 43
constituye un otorgamiento de asesoría en materia de inversiones, aspectos legales, fiscales, 44
regulatorios, técnicos o de otra naturaleza, a cualquiera de dichas personas por parte de Electricaribe, 45
o el Asesor Externo. Los interesados se deben informar sobre todos los requisitos legales y técnicos 46
que correspondan y cumplir con los mismos cuando fuere el caso. 47
Introducción
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Electricaribe, se reserva el derecho, en forma discrecional y de conformidad con la ley aplicable y el 1
Reglamento, en cualquier momento a: 1. modificar o adicionar el Reglamento; 2. prorrogar o 2
modificar el cronograma para el Proceso de Venta; 3. suspender y reiniciar el Proceso de Venta, 4.3
modificar la estructura y las condiciones del Proceso de Venta, o 5. terminar anticipadamente el 4
Proceso de Venta. Todo ello sin necesidad de dar aviso previo o notificación previa a cualquier 5
persona, en cuyo caso ninguna persona tendrá derecho a formular reclamación alguna en contra de 6
Electricaribe, el Agente Especial, y/o el Asesor Externo, ni sus respectivos directores, funcionarios, 7
socios, empleados, agentes, representantes, asesores o consultores. 8
El Reglamento ha sido preparado únicamente para los fines antes descritos, y en el entendido expreso 9
de que cada interesado lo utilizará únicamente para dichos fines. Adicionalmente, cada Interesado 10
entiende que la publicación de este Reglamento no constituye una oferta de venta de las Acciones de 11
la Nueva Sociedad o del Negocio. 12
Al proporcionar el Reglamento, ni Electricaribe, ni el Agente Especial, ni el Asesor Externo asumen 13
obligación alguna de corregir, modificar o actualizar la información contenida en este documento, o 14
de proporcionar a cada interesado o a persona alguna, acceso a cualquier información adicional. 15
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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CAPÍTULO I. 1
2
INTERPRETACIÓN Y DEFINICIONES 3
1.1 TÉRMINOS DEFINIDOS 4
(A) Definiciones 5
A menos de que (a) el contexto en el cual se utiliza la palabra exija lo contrario, (b) se 6
trate de nombres propios, o (c) que los términos incluidos en el Reglamento dispongan 7
lo contrario, las palabras que se utilizan con letra mayúscula inicial en el Reglamento 8
tendrán el alcance y significado siguientes: 9
(1) “Acciones” significa la totalidad de las acciones ordinarias a ser emitidas por la 10
Nueva Sociedad, de propiedad de Electricaribe, las cuales serán equivalentes al 11
cien por ciento (100%) del capital suscrito y pagado de la Nueva Sociedad. 12
(2) “Acreedores Financieros” significa, conjuntamente, Bancolombia S.A., Banco 13
BBVA Colombia S.A., Banco de Bogotá S.A., Banco de Occidente S.A., Itaú 14
Corpbanca Colombia S.A., Banco Comercial AV Villas S.A., Scotiabank 15
Colpatria S.A., Corporación Financiera Colombiana S.A., Banco Davivienda 16
S.A., y Banco GNB Sudameris S.A. 17
(3) “Acreedores Pre-Toma Destinatarios” significa los acreedores de obligaciones a 18
cargo de Electricaribe causadas con anterioridad a la Toma de Posesión, distintas 19
a (i) el Pasivo Pensional, (ii) las obligaciones causadas con anterioridad a la Toma 20
de Posesión relacionadas con pasivos laborales (incluyendo procesos litigiosos en 21
los que Electricaribe no sea la parte activa, y sentencias en firme asociadas con 22
pasivos laborales, relacionadas con los empleados objeto de la sustitución patronal 23
a la cual se refiere la Sección 2.3(2)(a)(ii)); (iii) el pasivo litigioso; y (iv) los 24
Acreedores Financieros. 25
(4) “Activos Bajo Manejo” significa los activos sujetos al manejo discrecional por 26
parte de un Fondo de Capital Privado o de la sociedad administradora de un Fondo 27
de Capital Privado, para el último año fiscal reportado anterior a la fecha de 28
publicación del Reglamento. 29
(5) “Activos Excluidos” significa (a) los derechos litigiosos derivados de demandas, 30
litigios, acciones, reclamaciones o cualquier otro tipo de proceso en el cual 31
Electricaribe es parte demandante o activa, excepto por aquellos que se encuentran 32
directamente asociados a la operación de Electricaribe incluyendo, pero sin 33
limitarse a, litigios respecto de la constitución de servidumbres, y procesos de 34
pertenencia o posesión, ente otros; (b) todo otro derecho que, conforme a lo 35
indicado en este Reglamento o en el Memorando de Información, no se transfiere 36
a la Nueva Sociedad. 37
(6) “Acuerdo de Asunción del Pasivo Pensional” significa el acuerdo de asunción de 38
Pasivo Pensional a ser suscrito entre Electricaribe y la Nueva Sociedad en la Fecha 39
de Cierre, de conformidad con la normativa vigente y sustancialmente en los 40
términos del modelo que será suministrado por Electricaribe en la Sala de 41
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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Información. 1
(7) “Acuerdo de Confidencialidad” significa el acuerdo de confidencialidad que 2
deberán suscribir los Interesados para acceder a la información disponible en la 3
Sala de Información, el cual se adjunta como Anexo A – “Acuerdo de 4
Confidencialidad” al presente Reglamento. 5
(8) “Adendas” significa los documentos aclaratorios o modificatorios del Reglamento 6
que con posterioridad a su expedición emita Electricaribe, los cuales harán parte 7
integral del mismo y estarán a disposición de los interesados conforme con lo 8
establecido en la Sección 3.4 de este Reglamento. 9
(9) “Afiliada” significa, respecto de cualquier persona, cualquier otra persona, 10
Controlada directa o indirectamente por dicha persona, Controlante de dicha 11
persona, o sujeta al Control común de dicha persona. 12
(10) “Agente Especial” significa la persona designada por la Superintendencia de 13
Servicios Públicos Domiciliarios para actuar en nombre y representación de 14
Electricaribe en el proceso de Toma de Posesión, mediante Resolución No. SSPD-15
20161000062795 del 14 de noviembre de 2016, de conformidad con las facultades 16
establecidas en la ley. 17
(11) “Anexos” significa los siguientes documentos, los cuales forman parte integral del 18
Reglamento: (i) Anexo A - “Acuerdo de Confidencialidad”; (ii) Anexo B – “Carta 19
de Intención”; (iii) Anexo C - “Carta de Solicitud de Precalificación”; (iv) Anexo 20
D - “Guía del Usuario”; (v) Anexo E - “Modelo de Poder de Representación”; (vi) 21
Anexo F – “Poder de Miembros del Consorcio”; (vii). Anexo G – 22
“Reestructuración de Pasivos”; (viii) Anexo H - “Carta de Aceptación de 23
Reestructuración; (ix) Anexo I– “Carta de Presentación de la Oferta”; y (x) Anexo 24
J – “Mecanismo de Subasta”. 25
(12) “Asesor Externo” significa Financiera de Desarrollo Nacional S.A. y sus 26
subcontratistas Ágora Corporate Consultants S.A.S., Brigard & Urrutia Abogados 27
S.A.S., y Lazard Colombia S.A.S. 28
(13) “Aviso de Subasta”: significa el aviso que se publicará en un diario de amplia 29
circulación en el territorio nacional, por medio del cual se establecerá la Fecha de 30
Subasta, la hora, el lugar y las demás condiciones en las que se llevará a cabo la 31
Subasta y que deberá ser publicado por lo menos cinco (5) Días Hábiles antes de 32
la fecha en la que se lleve a cabo la Subasta. 33
(14) “Banco Aceptable” significa (i) un establecimiento de crédito establecido y 34
legalmente autorizado para operar en Colombia y vigilado por la Superintendencia 35
Financiera de Colombia, con calificación de riesgo crediticio de la deuda de largo 36
plazo grado de inversión por parte de una agencia calificadora de riesgos vigilada 37
por la Superintendencia Financiera de Colombia, o (ii) un banco comercial 38
extranjero cuya deuda subordinada a largo plazo, tenga una calificación de crédito 39
global de Standard & Poor’s Corporation, de al menos “AA” o de Moody’s 40
Investor’s Services Inc, de al menos “Aa2”. 41
(15) “Capitalización de la Nueva Sociedad” significa el aporte en dinero que el 42
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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Inversionista Adjudicatario hará al capital de la Nueva Sociedad, por el monto que 1
se defina en la Sala de Información, el cual equivale al monto de las inversiones 2
del primer año de inversiones del Plan de Inversiones Mínimo, el cual será pagado 3
íntegramente en la Fecha de Cierre mediante giro de recursos a la cuenta bancaria 4
de la Nueva Sociedad. 5
(16) “Carta de Intención” significa la carta que deberá presentar el Interesado como 6
parte de los documentos que se deben incluir en el Sobre para Precalificación, 7
suscrita por un Tercero Operador Idóneo que cumple con los requisitos técnicos 8
definidos en la Sección 4.3(B),en el formato adjunto como Anexo B – “Carta de 9
Intención” de este Reglamento. 10
(17) “Carta de Presentación de la Oferta” significa la carta que deberá suscribir y 11
presentar el Interesado Precalificado y que hace parte de los documentos que se 12
deben incluir en el Sobre de Documentos de la Oferta, cuyo formato se encuentra 13
contenido como Anexo I. 14
(18) “Carta de Solicitud de Precalificación” significa la carta que deberá suscribir y 15
presentar el Interesado y que hace parte de los documentos que se deben incluir 16
en el Sobre para Precalificación para efectos de participar en el Proceso de 17
Precalificación, cuyo formato se encuentra contenido como Anexo C – “Carta de 18
Solicitud de Precalificación” de este Reglamento. 19
(19) “Compañía de Seguros Aceptable” significa una compañía de seguros legalmente 20
autorizada para operar en Colombia, y que tenga una calificación de crédito global 21
de Standard & Poor’s Corporation, de al menos “AA” o de Moody’s Investor’s 22
Services Inc, de al menos “Aa2”. 23
(20) “Consorcio” significa la unión de dos (2) o más Personas bajo un régimen de 24
responsabilidad solidaria e ilimitada que, de manera conjunta, cumplen con los 25
requisitos establecidos en la Sección 4.3(A), y que: (i) cumpla de forma individual 26
o conjunta con los requisitos técnicos para ser Inversionista Precalificado 27
incluidos en la Sección 4.3(B); o (ii) en caso que las Personas que integran el 28
Consorcio no cumplan de manera individual o conjunta con dichos requisitos, 29
presente un único contrato de operación y mantenimiento de la Nueva Sociedad 30
suscrito con un Tercero Operador Idóneo en las condiciones previstas en la 31
Sección 4.3(B)(2)(c). Esta definición es propia de este Reglamento y no hace 32
referencia a la prevista en la Ley 80 de 1993. 33
(21) “Contrato de Adquisición de Acciones” significa el contrato que será suscrito por 34
Electricaribe y el Inversionista Adjudicatario para la adquisición por parte del 35
Inversionista Adjudicatario de las Acciones. El Contrato de Adquisición de 36
Acciones será puesto a disposición de cada Inversionista Precalificado en la Sala 37
de Información. 38
(22) “Control” significa respecto de una Persona, cuando su poder de decisión se 39
encuentra sometido a la voluntad de otra u otras Personas que es o son su matriz 40
o controlantes, bien sea directamente, caso en el cual aquélla se denominará filial, 41
o con el concurso o por intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso 42
se llamará subsidiaria. Se presumirá que existe Control cuando se presente 43
cualquiera de las presunciones de subordinación previstas en el artículo 27 de la 44
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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Ley 222 de 1995. 1
(23) “Créditos del Fondo Empresarial” significa el saldo total a la Fecha de Cierre de 2
los créditos otorgados en favor de Electricaribe por el Fondo Empresarial. 3
(24) “Datos Personales” significa cualquier información vinculada o que pueda 4
asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. 5
(25) “Debida Diligencia” significa el proceso que se describe en la Sección 3.9 de este 6
Reglamento. 7
(26) “Día Hábil” o “Día” significa cualquier día calendario de lunes a viernes, 8
excluyendo días festivos en la República de Colombia. 9
(27) “Dólares” o “US$” significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos de 10
América. Aquellos valores en otras monedas que deben ser convertidos a Dólares 11
para efecto de los documentos a ser incluidos en el Sobre para Precalificación, 12
deberán ser convertidos usando la tasa de cambio reportada por la Reserva 13
Federal, o en su defecto por el banco central en el país de emisión de la moneda 14
original, correspondiente a la fecha de cierre del período para el cuál se reporta el 15
valor en su moneda original. 16
(28) “Electricaribe” tiene el significado que se le asigna en la Introducción. 17
(29) “Fecha de Cierre” significa la fecha en la cual se perfeccionará la compraventa de 18
las Acciones entre Electricaribe y el Inversionista Adjudicatario. 19
(30) “Fecha de Subasta o Fecha de Adjudicación” significa la fecha en la que se llevará 20
a cabo la Subasta y se adjudicarán las Acciones, la cual se indicará en el Aviso de 21
Subasta. 22
(31) “Fondo de Capital Privado” o “Fondo” significa aquellos fondos de inversión 23
colectiva (i) constituidos en Colombia en los términos y condiciones previstos en 24
el Decreto 2555 de 2010 y las normas que lo modifiquen, o (ii) en el extranjero 25
conforme a las normas del país de su constitución. 26
(32) “Fondo Empresarial” significa el Fondo Empresarial de la Superintendencia de 27
Servicios Públicos Domiciliarios. 28
(33) “Garantía de Compra de Energía Equivalente” significa, en relación con cada 29
contrato de compra de energía, una garantía que cumpla con las siguientes 30
características: (i) que sea una garantía de primer grado incondicional, irrevocable 31
y pagadera al primer requerimiento, por un valor equivalente a 2,5 veces sobre el 32
mayor valor mensual contratado; en el que la entidad crediticia renuncie 33
expresamente al beneficio de división y excusión contemplados en los artículos 34
2383 y siguientes del Código Civil; (ii) que sea expedida por un Banco Aceptable 35
y, en caso de que sea emitida por un Banco Aceptable extranjero, que sea 36
confirmada por un Banco Aceptable local de las mismas o mejores características 37
del emisor; (iii) que tenga una vigencia que cubra la duración del contrato más 2,5 38
meses después de la fecha prevista para la terminación del mismo, con la 39
posibilidad de extender dicha vigencia en caso de prórrogas, (iv) que permita 40
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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ejecuciones parciales y que, en el evento que se produzca la ejecución parcial de 1
la garantía, esta sea restablecida, si el vendedor de la energía así lo permite y 2
solicita, en los mismos términos de la garantía original dentro de los siete (7) Días 3
Hábiles siguientes; (v) que se rija por la última versión vigente al momento de la 4
celebración de la misma, de las reglas Uniform Rules for Demand Guarantees o 5
de ISP 98 de la Cámara de Comercio Internacional; (vi) que sea exigible desde el 6
día siguiente a aquel en el que ocurra el Cierre de la Transacción Propuesta; y (vii) 7
que permita que el acreedor de los contratos de compra de energía que estén 8
vigentes en la Fecha de Cierre la pueda hacer efectiva una vez sea declarado el 9
incumplimiento de las obligaciones a cargo de la Nueva Sociedad al primer 10
requerimiento. El vendedor de la energía no podrá oponerse a las características 11
antes mencionadas de la Garantía de Compra de Energía Equivalente. Una vez la 12
Garantía de Compra de Energía Equivalente sea entregada por el Inversionista 13
Adjudicatario, el vendedor de energía tendrá tres (3) Días Hábiles para rechazar 14
la Garantía de Compra de Energía Equivalente, pasados los cuales, si no se ha 15
manifestado, se entenderá que la ha aceptado. 16
(34) “Garantía de Seriedad de la Oferta” significa (i) una póliza de seguro de 17
cumplimiento expedida por una Compañía de Seguros Aceptable, o (ii) una 18
garantía bancaria a primer requerimiento emitida por un Banco Aceptable, según 19
sea el caso, en las condiciones establecidas en el numeral 7.6 del presente 20
Reglamento. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser presentada por el 21
Inversionista Precalificado y deberá ser incluida en el Sobre de Documentos de la 22
Oferta. 23
(35) “Garantías de Compra de Energía” significa las garantías otorgadas por el Fondo 24
Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos con ocasión de la 25
celebración de contratos de compra de energía. 26
(36) “Guía del Usuario” significa las reglas a las cuales deben sujetarse los Interesados 27
que pretendan acceder a la Sala de Información, la cual se adjunta a este 28
Reglamento como Anexo D - “Guía del Usuario”. 29
(37) “Interesados” significa cualquier persona, natural o jurídica, que estudie la 30
posibilidad de realizar una Oferta Vinculante por las Acciones. 31
(38) “Inversionista Adjudicatario” significa el Inversionista Precalificado a quien se 32
adjudiquen las Acciones. 33
(39) “Inversionista Precalificado” significa el Interesado que ha sido precalificado por 34
el Agente Especial de Electricaribe en desarrollo del Proceso de Precalificación. 35
(40) “Leyes Anticorrupción” significa, según sean modificadas de tiempo en tiempo, 36
la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos de América 37
(Foreign Corrupt Practices Act; 15 U.S.C. §78dd, et seq.), la Convención de la 38
OCDE para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en 39
Transacciones Comerciales Internacionales, la Convención Interamericana contra 40
la Corrupción, El Estatuto Anticorrupción de la República de Colombia (Ley 1474 41
de 2011) y cualesquiera otras Leyes, normas, directivas y reglamentos que 42
prohíban la corrupción y/o el lavado de activos en cualquier jurisdicción donde el 43
Interesado (o sus Miembros, si se trata de un Consorcio) tiene o ha tenido 44
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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presencia o ha desarrollado negocios, directa o indirectamente. 1
(41) “Mecanismo de Subasta” o “Subasta” significa la subasta que realizará el Agente 2
Especial, mediante la cual se llevará a cabo la adjudicación de las Acciones al 3
Inversionista Adjudicatario que pague el mayor precio por las mismas y que se 4
encuentra descrito en el Anexo J de este Reglamento. 5
(42) “Memorando de Información” significa el memorando de información 6
confidencial que le será suministrado a quienes suscriban el Acuerdo de 7
Confidencialidad, a través de la Sala de Información. 8
(43) “Miembro” significa cualquiera de las Personas que integran un Consorcio. 9
(44) “Negocio” significa todos los Activos, Pasivos Incluidos y Contratos Incluidos de 10
Electricaribe, necesarios para operar el sistema de distribución local y de 11
transmisión regional atendido por Electricaribe en los departamentos de Atlántico, 12
Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre y la actividad de 13
comercialización de energía eléctrica que desarrolla Electricaribe, el cual está 14
compuesto según se dispone en la Sección 2.4. 15
(45) “OFAC” significa la de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del 16
Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América. 17
(46) “Oferta Vinculante” significa (a) la declaración de voluntad unilateral e 18
irrevocable por medio de la cual un Inversionista Precalificado formula una 19
propuesta económica vinculante para la adquisición de las Acciones, contenida en 20
el Sobre de Oferta, junto con (b) (i) las declaraciones contenidas en los 21
documentos incluidos en tal sobre y (ii) los documentos del Sobre de Documentos 22
de la Oferta, todos debidamente presentados conforme al CAPÍTULO VII. 23
(47) “Oferta Vinculante Aceptable” significa cada una de las Ofertas Vinculantes 24
presentadas por los Inversionistas Precalificados que cumplan con los requisitos 25
establecidos en la Sección 7.1 y que sean declaradas como tal por el Agente 26
Especial. 27
(48) “Pasivo Financiero Reestructurado” significa el pasivo financiero certificado por 28
el Agente Especial que, sujeto a la condición suspensiva consistente en que las 29
Acciones sean adjudicadas y se perfeccione el Cierre de la Transacción Propuesta, 30
será reestructurado de conformidad con el Anexo G y transferido a la Nueva 31
Sociedad, liberando y exonerando a Electricaribe de toda responsabilidad con 32
respecto al pasivo que se transfiere a la Nueva Sociedad. 33
(49) “Pasivo Pensional” significa todo el pasivo pensional de Electricaribe y cualquier 34
litigio asociado al mismo. 35
(50) “Pasivo Pre-Toma Reestructurado” significa las deudas a cargo de Electricaribe, 36
certificadas por el Agente Especial, causadas antes de la Toma de Posesión y a 37
favor de los Acreedores-Pre-Toma Destinatarios que se reestructuran y convierten 38
en pasivos de la Nueva Sociedad conforme a lo dispuesto en el CAPÍTULO V, en 39
cualquier caso, sujeto a la condición suspensiva consistente en que las Acciones 40
sean adjudicadas y se perfeccione el Cierre de la Transacción Propuesta. 41
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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(51) “Pasivo Reestructurado”: significa (i) el Pasivo Financiero Reestructurado y (ii) 1
el Pasivo Pre-toma Reestructurado. 2
(52) “Pasivos Incluidos Post-Toma” significa todas las obligaciones causadas con 3
posterioridad a la Toma de Posesión, incluyendo, pero sin limitarse a, (a) pasivos 4
laborales, incluyendo procesos litigiosos en los que Electricaribe no sea la parte 5
activa, y sentencias en firme asociadas con pasivos laborales, relacionadas con los 6
empleados objeto de la sustitución patronal a la cual se refiere la Sección 7
2.3(2)(a)(ii), y (b) cualquier obligación insoluta asociada con los Contratos 8
Incluidos que haya surgido con posterioridad a la Toma de Posesión. Se exceptúa 9
de lo anterior, los procesos litigiosos en los que Electricaribe es la parte pasiva, 10
distintos a los laborales y pensionales. 11
(53) “Pasivos Incluidos Pre-Toma” significa (a) las obligaciones causadas con 12
anterioridad a la Toma de Posesión relacionadas con pasivos laborales, incluyendo 13
procesos litigiosos en los que Electricaribe no sea la parte activa, y sentencias en 14
firme asociadas con pasivos laborales, relacionadas con los empleados objeto de 15
la sustitución patronal a la cual se refiere la Sección 2.3(2)(a)(ii); (b) el Pasivo 16
Pensional; y (c) los anticipos recibidos por la ejecución de Contratos Incluidos; 17
(d) el Pasivo Reestructurado. 18
(54) “Pasivos Incluidos” significa, en conjunto, el Pasivo Pensional, los Pasivos 19
Incluidos Pre-Toma y los Pasivos Incluidos Post-Toma. 20
(55) “Patrimonio Acreditable” significa, (i) con respecto a cualquier Persona (excepto 21
por Fondos de Capital Privado), el monto que figura en la cuenta de “patrimonio” 22
en el balance auditado de dicha Persona para el último año fiscal reportado 23
anterior a la Fecha de Publicación del Reglamento, y (ii) con respecto a Fondos, 24
los Activos Bajo Manejo. 25
(56) “Persona Bloqueada” significa cualquier Persona, entidad o gobierno incluidos en 26
la lista OFAC, o en cualquier otra lista de igual o similar naturaleza, de carácter 27
nacional o internacional, o cualquier lista de personas emitida por la OFAC o 28
cualquier otra lista similar emitida por la OFAC, así como cualquier Persona, 29
entidad o gobierno sentenciado por, acusada de, o procesada por cargos con 30
relación a, lavado de activos o financiación del terrorismo. 31
(57) “Persona” significa cualquier persona natural o jurídica, de nacionalidad 32
colombiana o extranjera, o un Fondo de Capital Privado. 33
(58) “Pesos Colombianos”, “Pesos” o “COP$” significa la moneda de curso legal en 34
la República de Colombia. 35
(59) “Plan de Inversiones Mínimo” significa el plan de inversiones preparado por 36
Electricaribe y presentado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) 37
en desarrollo de la Resolución CREG 015 de 2018, que se encuentra descrito en 38
el Memorando de Información y puesto a disposición de los Interesados en la Sala 39
de Información. 40
(60) “Plazo de Recepción del Sobre de Documentos de Oferta” significa el plazo 41
correspondiente previsto en el cronograma de la Sección 3.8. 42
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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(61) “Plazo de Recepción del Sobre para Precalificación” significa el plazo 1
correspondiente previsto en el cronograma de la Sección 3.8. 2
(62) “Plazo de Recepción del Sobre para Reestructuración”: significa el plazo 3
correspondiente previsto en el cronograma de la Sección 3.8. 4
(63) “Portal de Internet” significa el sitio web http://www.electricaribe.co/, en el cual 5
se encuentran disponibles: (i) el Reglamento y las Adendas; (ii) la dirección de 6
acceso a la Sala de Información; (iv) los avisos e invitaciones que se deban 7
publicar conforme al presente Reglamento; (v) una política de tratamiento de 8
Datos Personales, y (vi) cualquier otra información que sea de relevancia para el 9
Proceso de Venta. 10
(64) “Proceso de Precalificación” significa el proceso que se adelantará a partir de la 11
fecha de publicación del Reglamento y que tendrá por objeto que el Agente 12
Especial de Electricaribe evalúe y verifique que los Interesados que hayan 13
presentado el Sobre para Precalificación cumplen con las características 14
establecidas en las Secciones 4.2 y 4.3 del presente Reglamento, para que así 15
puedan ser considerados Inversionistas Precalificados y puedan participar en las 16
fases posteriores del Proceso de Venta. 17
(65) “Proceso de Reestructuración de Pasivos” significa el proceso que se adelantará a 18
partir de la fecha de publicación del Reglamento y que tendrá por objeto que el 19
Agente Especial de Electricaribe evalúe y verifique que los acreedores de 20
Electricaribe interesados en reestructurar sus acreencias y acogerse a los términos 21
y condiciones del Anexo G cumplan con todas las condiciones establecidas en el 22
CAPÍTULO V del presente Reglamento. 23
(66) “Reglamento” tiene el significado que se le asigna en la Introducción. 24
(67) “Sala de Información” significa la sala virtual de información que contiene 25
información acerca de la Nueva Sociedad y del Negocio que podrán evaluar los 26
Interesados, en los términos y condiciones establecidas en este Reglamento. 27
(68) “Sobre de Documentos de la Oferta” significa un sobre cerrado que contendrá los 28
documentos indicados en la Sección 7.2(A) del Reglamento que deberá presentar 29
el Inversionista Precalificado dentro del Plazo de Recepción del Sobre de 30
Documentos de la Oferta. 31
(69) “Sobre de Oferta” significa un sobre cerrado que contendrá los documentos 32
indicados en la Sección 7.2(B) del Reglamento que deberá presentar el 33
Inversionista Precalificado en la Fecha de Subasta. 34
(70) “Sobre para Precalificación” significa un sobre cerrado que contendrá los 35
documentos indicados en la Sección 4.4 del Reglamento que deberá presentar el 36
Interesado dentro del Plazo de Recepción del Sobre para Precalificación. 37
(71) “Sobre para Reestructuración de Pasivos” significa un sobre cerrado que 38
contendrá los documentos indicados en la Sección 5.3 del Reglamento que podrán 39
presentar los Acreedores Pre-Toma Destinatarios dentro del Plazo de Recepción 40
del Sobre para Reestructuración. 41
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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(72) “Superintendencia de Servicios Públicos y Domiciliarios de Colombia” o “SSPD” 1
significa el organismo técnico adscrito al Departamento Nacional de Planeación, 2
con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio 3
propio, cuyas funciones consisten en la inspección, vigilancia y control sobre las 4
entidades y empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. 5
(73) “Tercero Operador Idóneo” significa una persona jurídica que (a) cumple con los 6
requisitos establecidos en la Sección 4.3(B)(1), y (b) ha sido propuesto por un 7
Interesado en el Sobre para Precalificación para que éste sea calificado como 8
Inversionista Precalificado mediante la suscripción de un contrato de operación y 9
mantenimiento de la Nueva Sociedad, todo de conformidad con la Sección 10
4.3(B)(1)(a)(ii) o 4.3(B)(1)(b)(ii), la que sea aplicable. El contrato de operación y 11
mantenimiento de la Nueva Sociedad deberá cumplir con los requisitos que se 12
definan en la Sala de Información. 13
(74) “Transferir” significa vender, transferir, ceder, enajenar, gravar o, con respecto a 14
acciones, cuotas, partes de interés o cualquier otro título participativo, conferir a 15
un tercero distinto al titular derechos económicos o políticos derivados del título. 16
(B) Otros Términos Definidos 17
Las siguientes palabras tienen los significados que se les asignan en la Sección que se 18
indica a continuación de cada una de ellas: 19
Término Definido §
“Activos Excluidos” .......................................................................... 2.4(1)
“Activos” ........................................................................................... 2.4(1)
“Cierre de la Transacción Propuesta” ................................................ 2.3(2)(a)
“Contratos Incluidos” ........................................................................ 2.4(2)(b)
“Miembro Acreditado” ...................................................................... 4.3(B)(1)(b)(i)(B)
“Negocio” .......................................................................................... 2.4
“Nueva Sociedad” .............................................................................. 2.3(1)
“Pasivos Excluidos” ........................................................................... 2.4(2)
“Precio de Compra” ........................................................................... 7.2(B)(1)(b)
“Proceso de Venta” ............................................................................ 2.2
“Toma de Posesión” .......................................................................... 2.1(1)
“Transacción Propuesta” ................................................................... 2.1(12)
1.2 REGLAS DE INTERPRETACIÓN 20
Salvo que el contexto del presente Reglamento así lo requiera, las siguientes reglas serán 21
utilizadas para interpretar el Reglamento: 22
(1) los Anexos y las Adendas hacen parte del Reglamento; 23
(2) las referencias a leyes o a disposiciones legales incluyen (a) dichas leyes o disposiciones 24
tal como las mismas sean adicionadas, consolidadas o modificadas, (b) las leyes o 25
disposiciones que las reemplacen y (c) cualquier decreto, resolución, circular y, en 26
general, cualquier disposición de rango subordinado expedida en virtud de tales leyes o 27
disposiciones; 28
Capítulo I – Interpretación y Definiciones
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(3) las referencias a este Reglamento o a otro documento, cuando sea apropiado, se 1
interpretarán como referencias a este Reglamento y al documento que lo modifique o 2
reemplace; 3
(4) los términos definidos (a) que denoten singular también incluirán el plural y viceversa; 4
y (b) las palabras de cualquier género incluirán el género opuesto respectivo; 5
(5) los títulos de los Capítulos y Secciones se incluyen únicamente con fines de referencia 6
y de conveniencia, pero de ninguna manera limitan o amplían el alcance del presente 7
Reglamento; 8
(6) salvo que del contexto se desprenda lo contrario, las expresiones “este”, “del presente”, 9
“en el presente”, “por el presente”, y otras palabras o expresiones derivadas de ellas o 10
de similar significado se refieren a este Reglamento como a un todo y no a ninguna 11
cláusula, Capítulo o Sección en particular del mismo; 12
(7) los términos “Capítulo”, “Sección” o “Numeral” se refieren al capítulo, sección o 13
numeral de este Reglamento que se haya especificado; 14
(8) a menos que del contexto se desprenda que se trata de una lista limitativa, cuando en este 15
Reglamento se use la expresión “incluyendo” o expresiones de similar significado, deben 16
leerse como si estuvieran seguidas de la expresión “sin limitación”; 17
(9) cuando en el Reglamento se haga referencia a un día y no se precise otra cosa se 18
entenderá que es Día Hábil; y 19
(10) los términos técnicos o científicos que no se encuentren definidos expresamente en este 20
Reglamento tendrán los significados que les dé la ciencia o el arte a la que pertenezcan, 21
y los demás términos se entenderán en su sentido natural y obvio, según su uso general. 22
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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CAPÍTULO II. 1
2
LA TRANSACCIÓN Y EL REGLAMENTO 3
2.1 ANTECEDENTES 4
(1) Mediante Resolución SSPD-20161000062785 del 14 de noviembre de 2016, emitida 5
luego de obtener el concepto favorable de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, 6
la SSPD ordenó la toma de posesión de Electricaribe por encontrar configuradas las 7
causales de los numerales 1 y 7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994 (la “Toma de 8
Posesión”). 9
(2) Mediante la Resolución No. SSPD-20161000062795 del 14 de noviembre de 2016, se 10
nombró a JAVIER ALONSO LASTRA FUSCALDO como Agente Especial de la 11
Superintendencia de Servicios Públicos para la toma de posesión de Electricaribe, quién 12
se posesionó el día 15 del mismo mes y año. 13
(3) Las facultades del Agente Especial se encuentran consagradas en el Estatuto Orgánico 14
del Sistema Financiero, aplicable por disposición expresa del artículo 121 de la Ley 142 15
de 1994. 16
(4) La SSPD emitió la Resolución SSPD-20171000000205 del 11 de enero de 2017 para 17
prorrogar, por dos meses, el plazo otorgado en el numeral 2 del artículo 116 del Estatuto 18
Orgánico del Sistema Financiero y en el artículo 9.1.1.1.1. del Decreto 2555 de 2010, 19
con el fin de llevar a cabo los análisis necesarios para determinar la modalidad de 20
intervención. 21
(5) De acuerdo con el análisis realizado por la SSPD respecto de Electricaribe, esa entidad 22
encontró que esta sociedad no estaba en condiciones de superar las causales de toma de 23
posesión contempladas en los numerales 1 y 7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, ni 24
de cumplir con su objeto social conforme a las leyes que lo rigen. 25
(6) La SSPD, mediante Resolución No. SSPD-201710000005986 del 14 de marzo de 2017, 26
ordenó la toma de posesión de Electricaribe con fines liquidatorios y dispuso una etapa 27
de administración temporal durante la toma de posesión, con el propósito de garantizar 28
la prestación continuada y sin interrupciones del servicio de energía eléctrica en el área 29
atendida por la compañía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 365 de la 30
Constitución Política de Colombia y el artículo 2 de la Ley 142 de 1994. 31
(7) El día 9 de junio de 2017 Electricaribe y la Financiera de Desarrollo Nacional S.A. 32
suscribieron el Contrato No. 4117000225 del 2017 para apoyar en la definición, 33
estructuración e implementación de la solución que resulte más adecuada para lograr la 34
continuidad del servicio público que actualmente se presta, teniendo en cuenta la 35
protección de los derechos de los usuarios y de los acreedores. 36
(8) En ejecución del contrato mencionado se conformó por parte de la Financiera de 37
Desarrollo Nacional S.A. el equipo de Asesores Externos, quienes realizaron los análisis 38
y estudios del caso para la presentación de un informe de recomendaciones, en donde se 39
plantearon diversas alternativas para la solución empresarial. 40
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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(9) Actualmente, continúa en curso la etapa de toma de posesión con fines liquidatorios y se 1
tiene la intención de implementar una solución que permita la continuidad del servicio 2
público que actualmente se presta. 3
(10) El tres (3) de agosto de 2018, Electricaribe puso a disposición del público general un 4
proyecto de Reglamento de precalificación y presentación de ofertas no vinculantes, y 5
habilitó canales de comunicación con los interesados en el Proceso de Venta y la 6
Transacción Propuesta para recibir comentarios y sugerencias a dicho documento hasta 7
el 17 de agosto de 2018. 8
(11) Como parte del proceso de recepción de comentarios al proyecto de Reglamento, 9
Electricaribe recibió una hoja de términos con una propuesta de los Acreedores 10
Financieros, el cual se encuentra adjunto como Anexo G. 11
(12) Con base en lo anterior, el Agente Especial ha expedido el presente Reglamento. Este 12
Reglamento tiene por objeto establecer los términos y condiciones para la vinculación 13
de un inversionista-operador para el sistema de distribución y comercialización de 14
energía eléctrica en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, 15
Magdalena y Sucre, mediante la enajenación de las Acciones de la Nueva Sociedad 16
(como dichos términos se definen más adelante) (la “Transacción Propuesta”). 17
(13) La Transacción Propuesta se llevará a cabo mediante el proceso regulado en este 18
Reglamento, en desarrollo del cual Electricaribe precalificará a los Interesados, recibirá 19
Ofertas Vinculantes y adjudicará las Acciones. 20
2.2 OBJETO DEL PROCESO DE VENTA; OBJETIVOS GENERALES DEL REGLAMENTO 21
(A) Objeto del Proceso de Venta 22
El Proceso de Venta tiene como objeto la vinculación de un inversionista-operador para 23
el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por Electricaribe en 24
los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre, 25
y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla Electricaribe, 26
mediante (1) la Transferencia de Activos y Pasivos Incluidos de Electricaribe a la Nueva 27
Sociedad, y (2) la enajenación de las Acciones de la Nueva Sociedad (como dichos 28
términos se definen más adelante). 29
(B) Objetivo General del Reglamento 30
El objetivo general del Reglamento es el de establecer los términos y condiciones para 31
la vinculación de un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de 32
transmisión regional atendido por Electricaribe en los departamentos de Atlántico, 33
Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre y la actividad de comercialización 34
de energía eléctrica que desarrolla Electricaribe, regulando, entre otros aspectos: 35
(1) las reglas, procedimientos y condiciones en que se llevará a cabo la Debida 36
Diligencia; 37
(2) la forma de acreditar los requisitos y los criterios de acreditación de los 38
Inversionistas Precalificados; 39
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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(3) las reglas, procedimientos, condiciones y modalidades del Proceso de 1
Reestructuración de Pasivos; 2
(4) la forma de presentación de las Ofertas Vinculantes; 3
(5) las reglas, procedimientos, condiciones y modalidades correspondientes al 4
proceso de enajenación de las Acciones, incluyendo el Mecanismo de Subasta; y 5
(6) en general, todos los aspectos que se requieran para desarrollar el Proceso de 6
Venta. 7
2.3 CONSTITUCIÓN DE LA NUEVA SOCIEDAD, VENTA DE ACCIONES Y CAPITALIZACIÓN 8
En el marco de la Transacción Propuesta y con miras a garantizar la continuidad del servicio 9
público que actualmente presta Electricaribe, se espera llevar a cabo los siguientes pasos (todos 10
ellos, conjuntamente, el “Proceso de Venta”): 11
(1) Electricaribe constituirá, inmediatamente después de la Fecha de Adjudicación, una 12
nueva sociedad por acciones, que tendrá la calidad de empresa prestadora de servicios 13
públicos domiciliarios y que contará con todas las autorizaciones regulatorias requeridas 14
para prestar el servicio público que actualmente presta Electricaribe (la “Nueva 15
Sociedad”). 16
(2) La totalidad del Negocio (incluyendo todos los Activos y los Pasivos Incluidos) será 17
aportado, en la Fecha de Cierre, a la Nueva Sociedad. Para lo anterior: 18
(a) en la Fecha de Cierre, 19
(i) Electricaribe Transferirá a la Nueva Sociedad la totalidad de los Activos y 20
los Pasivos Incluidos cuya Transferencia no esté sometida a registros o 21
formalidades; 22
(ii) se perfeccionará una sustitución patronal en virtud de la cual todos los 23
empleados de Electricaribe dedicados al Negocio serán Transferidos a la 24
Nueva Sociedad; 25
(iii) se perfeccionará el Acuerdo de Asunción del Pasivo Pensional, entre 26
Electricaribe y la Nueva Sociedad; 27
(iv) tendrá efectos el Proceso de Reestructuración de Pasivos y la 28
reestructuración y Transferencia del Pasivo Financiero, el cual en todo caso 29
estará sujeto a la condición suspensiva consistente en que se perfeccione el 30
Cierre de la Transacción Propuesta; 31
(v) el Inversionista Adjudicatario pagará el Precio de Compra; 32
(vi) el Inversionista Adjudicatario pagará directamente a la Nueva Sociedad el 33
100% del valor de la Capitalización de la Nueva Sociedad; 34
(vii) el Inversionista Adjudicatario pagará los Créditos del Fondo Empresarial; 35
y 36
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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(viii) Electricaribe hará entrega material y transferirá la posesión a la Nueva 1
Sociedad de la totalidad de los Activos cuya transferencia esté sometida a 2
registros o formalidades 3
El cumplimiento de la totalidad de las acciones descritas anteriormente se 4
denomina, para todos los efectos de este Reglamento el “Cierre de la Transacción 5
Propuesta”. 6
(b) con posterioridad a la Fecha de Cierre: 7
(i) deberá surtirse, entre otros, el trámite de publicidad establecido en la 8
regulación aplicable para este tipo de operaciones; y 9
(ii) el Inversionista Adjudicatario tomará todas las medidas necesarias para 10
perfeccionar la tradición de aquellos Activos y aquellos Pasivos Incluidos 11
que requieran de registro u otra formalidad para su Transferencia en los 12
términos del Contrato de Adquisición de Activos. Electricaribe tomará las 13
medidas razonablemente necesarias para facilitar dicho proceso. 14
(3) En la Fecha de Cierre, el Inversionista Adjudicatario adquirirá las Acciones. 15
2.4 NEGOCIO TRANSFERIDO A LA NUEVA SOCIEDAD 16
La Nueva Sociedad será titular del Negocio. En desarrollo de lo anterior, Electricaribe 17
Transferirá a la Nueva Sociedad el Negocio integrado de la siguiente manera: 18
(1) Electricaribe transferirá a la Nueva Sociedad todos los activos de Electricaribe 19
necesarios para operar el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido 20
por Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, 21
Magdalena y Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla 22
esta empresa, salvo por los Activos Excluidos (los “Activos”). 23
(2) En cuanto a los pasivos, Electricaribe: 24
(a) Transferirá a la Nueva Sociedad los Pasivos Incluidos Pre-Toma; y 25
(b) como regla general, trasladará a la Nueva Sociedad todos los Pasivos Incluidos 26
Post-Toma. 27
(3) Electricaribe no Transferirá a la Nueva Sociedad pasivo alguno surgido con anterioridad 28
a la Toma de Posesión que (a) no haya sido reestructurado conforme a lo dispuesto en el 29
CAPÍTULO V, y (b) no esté incluido en la lista de la Sección 2.4(2) anterior (los 30
“Pasivos Excluidos”). 31
(4) Electricaribe transferirá a la Nueva Sociedad (a) todos los contratos vigentes en la Fecha 32
de Cierre relacionados con la operación del sistema de distribución local y de 33
transmisión regional atendido por Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, 34
Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre y con la actividad de 35
comercialización de energía eléctrica que desarrolla esta empresa, (b) los contratos 36
celebrados con empleados de Electricaribe, y (c) los contratos celebrados por 37
Electricaribe para la gestión de recursos desembolsados por el Programa de 38
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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Formalización en Redes Eléctrica y el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización 1
de las Zonas Rurales Interconectadas ((a), (b), y (c) conjuntamente, los “Contratos 2
Incluidos”). Respecto de los Contratos Incluidos que tengan cláusulas que restrinjan su 3
cesión o transferencia a la Nueva Sociedad, realizará sus mejores esfuerzos para lograr 4
la Transferencia de los mismos. 5
(5) Ninguna obligación insoluta asociada a los Contratos Incluidos, excepto por los 6
indicados en la Sección 2.4(2) que haya surgido con anterioridad a la Toma de Posesión 7
será Transferida a la Nueva Sociedad. 8
(6) La descripción y monto de los Activos, Pasivos Incluidos, Pasivo Reestructurado, 9
Pasivos Excluidos y Contratos Incluidos será puesta a disposición de los Interesados que 10
suscriban el Acuerdo de Confidencialidad a través de la Sala de Información del proceso. 11
2.5 RECONOCIMIENTOS Y COMPROMISOS DEL INVERSIONISTA ADJUDICATARIO 12
(A) Plan de Inversiones Mínimo 13
El Interesado reconoce y acepta que, de ser adjudicatario de las Acciones, se 14
comprometerá a ejecutar, por lo menos, el Plan de Inversiones Mínimo, el cual es 15
requerido para garantizar la adecuada prestación del servicio de distribución y 16
comercialización de energía eléctrica en la región Caribe. 17
(B) Créditos otorgados por el Fondo Empresarial y Garantías de Compra de Energía 18
(1) Toda presentación de un Sobre de Precalificación supone el pleno reconocimiento 19
y aceptación de la existencia de (a) los Créditos del Fondo Empresarial, y (b) las 20
Garantías de Compra de Energía. 21
(2) El Interesado reconoce y acepta que las Garantías de Compra de Energía serán 22
transferidas a la Nueva Sociedad transitoriamente y continuarán vigentes por un 23
plazo máximo de dos meses y medio a partir del perfeccionamiento de la cesión de 24
los contratos respaldados por dichas Garantías de Compra de Energía. En ese 25
sentido el Inversionista Adjudicatario se obliga a presentar Garantías de Compra de 26
Energía Equivalentes antes de la expiración del plazo antedicho. 27
(3) El Interesado reconoce y acepta que, de ser declarado Inversionista Adjudicatario, 28
en la Fecha de Cierre pagará, conforme al documento de venta que suscriba con 29
Electricaribe, en los términos que se dispongan en el Contrato de Adquisición de 30
Acciones, la totalidad del saldo pendiente de pago bajo cualquier crédito que 31
Electricaribe tenga con el Fondo Empresarial. 32
(C) Prohibición de Venta de las Acciones y el Negocio 33
Con la entrega de una Oferta Vinculante, el Interesado reconoce y acepta que, de ser 34
declarado Inversionista Adjudicatario de las Acciones, no podrá, sin autorización previa 35
y escrita de Electricaribe (o quien este designe), durante un periodo de tres años 36
posteriores a la Fecha de Cierre: (1) Transferir, directa o indirectamente, todo o parte del 37
Negocio, los Activos, Pasivos Incluidos o Contratos Incluidos, ni (2) Transferir, total o 38
parcialmente, la Acciones de la Nueva Sociedad, ni (3) dar por terminado, ceder, o 39
permitir la terminación o cesión del contrato celebrado con el Tercero Operador Idóneo. 40
Capítulo II – La Transacción y el Reglamento
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(D) Pago de honorarios 1
En el evento de resultar adjudicado con las Acciones, el Inversionista Adjudicatario 2
además del pago del Precio de Compra y los pagos mencionados en la Sección 2.3(2), 3
tendrá la obligación de pagar los honorarios del Asesor Externo, en los términos que se 4
indicarán en la Sala de Información.5
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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CAPÍTULO III. 1
2
DISPOSICIONES COMUNES; ACCESO A INFORMACIÓN 3
Y DEBIDA DILIGENCIA 4
3.1 ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL REGLAMENTO 5
Con la firma del Acuerdo de Confidencialidad, cada Interesado manifiesta que conoce y acepta 6
los términos y condiciones de (1) los aspectos del Proceso de Venta descritos en este 7
Reglamento, (2) el contenido de este Reglamento (incluyendo lo dispuesto en la Sección 8
3.10(D), con lo cual se brinda el consentimiento al tratamiento de Datos Personales), así como 9
(3) las normas aplicables al Proceso de Venta. 10
3.2 PLAZOS Y HORARIOS 11
(1) Para todos los efectos a que haya lugar bajo este Reglamento, los plazos vencerán a las 12
5:00 p.m. del Día Hábil respectivo en la República de Colombia. En cuanto a la 13
presentación de solicitudes, consultas y documentos, deberán efectuarse en Días Hábiles, 14
salvo que el Reglamento establezca algo distinto. 15
(2) Cuando se señale en el Reglamento una hora límite, se aplicará la hora que indique el 16
reloj localizado en la recepción de correspondencia de la oficina en la cual debe 17
cumplirse el trámite respectivo. Respecto de las Ofertas Vinculantes o subsanaciones a 18
las mismas que deban ser presentadas, se aplicará esta misma hora. 19
(3) Si alguna de las fechas límite indicadas en este documento corresponde a un día que no 20
sea un Día Hábil, dicha fecha límite se prorrogará hasta el siguiente Día Hábil. 21
(4) Los plazos previstos en el Reglamento podrán ser ampliados en cualquier momento 22
mediante Adenda. 23
3.3 IDENTIDAD; APODERADOS 24
(1) La identidad se acreditará mediante la correspondiente cédula de ciudadanía o la 25
contraseña que expida la Registraduría Nacional del Estado Civil (la cual hará las veces 26
de cédula de ciudadanía), la cédula de extranjería o el pasaporte, según sea el caso. 27
(2) La representación se acreditará mediante poder especial, otorgado por la persona que 28
confiere la respectiva representación, con presentación personal ante notario, y 29
legalizado o apostillado, según sea el caso, con arreglo a las leyes de la República de 30
Colombia y al modelo de poder de representación incluido en el Anexo E - “Modelo de 31
Poder de Representación” y/o en el Anexo F - “Poder de Miembros del Consorcio” del 32
presente Reglamento, según sea el caso, que deberá ser utilizado por los Inversionistas 33
Precalificados para presentar una Oferta Vinculante. 34
3.4 ADENDAS 35
Las Adendas que se expidan por parte de Electricaribe son parte integrante del presente 36
Reglamento y se pondrán a disposición de los Interesados en el Portal de Internet. 37
3.5 RESERVA 38
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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(1) La información suministrada por los Interesados, así como su intención de participar en 1
el Proceso de Venta es reservada y confidencial. Dicha información (a) constituye 2
información sobre negociaciones reservadas conforme al artículo 24 de la Ley 3
Estatutaria 1755 de 2015 y tiene, por tanto, carácter reservado, y (b) de ser divulgada, 4
puede ser utilizada en detrimento de Electricaribe, por lo cual no puede ser revelada por 5
su administración ni por los Asesores Externos. 6
(2) Electricaribe, el Agente Especial, y los Asesores Externos mantendrán dicha 7
información en estricta confidencialidad y no la revelarán a ninguna persona, salvo que 8
les sea exigido por ley mediante una orden judicial o administrativa. 9
3.6 RÉGIMEN JURÍDICO; JURISDICCIÓN 10
(A) Régimen Jurídico 11
El proceso de precalificación y presentación de Ofertas Vinculantes durante el Proceso 12
de Venta se rige por las normas de toma de posesión de las empresas de servicios 13
públicos domiciliarios previstas en la Ley 142 de 1994, el Estatuto Orgánico del Sistema 14
Financiero y el Decreto 2555 de 2010 y, en lo no previsto en esas normas, por lo 15
establecido en el Código de Comercio colombiano conforme a lo establecido en el 16
artículo 19 de la Ley 142 de 1994. Para efectos de claridad, este proceso no se rige por 17
la Ley 80 de 1993. 18
(B) Ley Aplicable 19
El presente Reglamento, cualquier asunto relacionado con este Reglamento, incluyendo, 20
pero sin limitarse a su ejecución, así como los derechos y obligaciones en él contenidos, 21
estarán sujetos a y deberán interpretarse de conformidad con las Leyes de la República 22
de Colombia. 23
3.7 OTRAS REGLAS COMUNES DEL REGLAMENTO 24
(A) Costos y Gastos de la Participación en el Proceso de Venta 25
Todos los costos y gastos, tanto directos como indirectos, relacionados con la 26
participación en el Proceso de Venta correrán por cuenta de cada participante. 27
Electricaribe, el Agente Especial, la Nueva Sociedad, el Asesor Externo, y sus 28
respectivos directores, funcionarios, socios, empleados, agentes, representantes, 29
asesores o consultores, no serán responsables, en ningún caso, por dichos costos y gastos, 30
cualquiera que sea el resultado del Proceso de Venta. 31
Será responsabilidad única y exclusiva de los Interesados, adelantar las actividades 32
necesarias para presentarse al Proceso de Precalificación y para la presentación de su 33
Oferta Vinculante. 34
(B) Idioma 35
La totalidad de las preguntas, respuestas, actuaciones y procedimientos que se deban 36
adelantar conforme a este Reglamento, y todos los documentos que se deban presentar 37
durante el Proceso de Precalificación y con la Oferta Vinculante, se deberán tramitar en 38
idioma castellano. Los documentos que se deben presentar para el Proceso de 39
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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Precalificación o con la Oferta Vinculante que se encuentren en otro idioma deberán 1
estar acompañados de traducción oficial al idioma castellano, efectuada por traductor 2
oficial autorizado para ello, conforme a las leyes aplicables. En caso de que se advierta 3
alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento, 4
prevalecerá el texto en castellano. 5
(C) Apostilla y Autenticación de Documentos 6
Los interesados en participar en el Proceso de Venta deberán presentar los documentos 7
requeridos conforme a las siguientes reglas: 8
(1) Cuando se trate de documentos públicos otorgados en el exterior, y siempre que 9
hubieren sido emitidos en territorios o jurisdicciones que sean parte de la 10
Convención de la Haya de 1961 para la abolición del requisito de legalización 11
para documentos públicos extranjeros, sólo será exigible la autenticación de 12
dichos documentos mediante apostilla, tal y como se desprende de lo establecido 13
en la Ley 455 de 1998, por medio de la cual se incorporó a la legislación 14
colombiana dicha convención. Si la apostilla está dada en idioma distinto al 15
castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho 16
idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 17
(2) Si los documentos han sido otorgados en un territorio o jurisdicción que no sea 18
parte de la Convención de la Haya de 1961, se requerirá autenticación por los 19
funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales 20
funcionarios lo será a su vez por, el Cónsul de Colombia en la jurisdicción 21
competente o, a falta de dicho cónsul, por parte de una nación amiga, sin perjuicio 22
de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes, de 23
conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio y las 24
normas de procedimiento aplicables. Tratándose de sociedades, al autenticar los 25
documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que 26
existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. 27
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser 28
presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para la correspondiente 29
legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 30
(D) Utilización Obligatoria de Formatos 31
Los Interesados que participen en el Proceso de Venta, deben diligenciar los formatos 32
en la forma y con sujeción a los términos de los formatos adjuntos al presente 33
Reglamento y la Guía del Usuario del Anexo D. 34
3.8 CRONOGRAMA DEL PROCESO 35
A continuación, se incluye el cronograma esperado del Proceso de Venta. 36
HITO FECHA
Último Día para firma de Acuerdos de
Confidencialidad 2 de noviembre de 2018
Proceso de Reestructuración de Pasivos 1 de octubre de 2018 al 26 de octubre de 2018
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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HITO FECHA
Comunicación de Pasivo Reestructurado 20 de noviembre de 2018
Plazo de Recepción del Sobre para
Precalificación 2 de noviembre de 2018
Último Día para verificación de Sobres para
Precalificación por el Agente Especial 7 de noviembre de 2018
Último Día para aclaraciones y correcciones por
los Interesados 14 de noviembre de 2018
Último Día para Comunicación de resultados
Precalificación de Interesados 16 de noviembre de 2018
Último Día para envío de consultas en la Sala de
información 4 de febrero de 2019
Plazo de Recepción del Sobre de Documentos de
la Oferta 14 de febrero de 2019
Último Día para verificación de Sobres de
Documentos de la Oferta por el Agente Especial 18 de febrero de 2019
Subasta, Adjudicación y suscripción de Contrato
de Adquisición de Acciones 22 de febrero de 2019
Fecha de Cierre La que se publique en el Aviso de Subasta
El Agente Especial podrá modificar este cronograma previo Aviso a través de la Sala de 1
Información. 2
3.9 PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA - CONSULTAS E INFORMACIÓN 3
(A) Consultas y Respuestas 4
(1) Plazo y Procedimiento. A partir de las 10:00 a.m. del Día Hábil siguiente al de la 5
publicación del Reglamento y hasta los diez (10) Días Hábiles anteriores a la fecha 6
de terminación del Plazo de Recepción del Sobre para Precalificación, los 7
Interesados podrán formular consultas sobre el Reglamento. Tanto en uno como 8
en otro caso, dichas consultas deberán ser recibidas por Electricaribe dentro del 9
plazo mencionado. 10
(2) Envío de Consultas y Solicitudes sobre el Reglamento. Todas las preguntas y 11
demás comunicaciones relacionadas con el Reglamento se deberán presentar por 12
escrito, en idioma castellano, haciendo referencia a la página y renglones del 13
Reglamento correspondientes. Electricaribe responderá, sin excepción, todas las 14
preguntas y solicitudes de información que le sean formuladas en relación con el 15
Reglamento. Para ser consideradas válidamente efectuadas se deberán realizar de 16
conformidad con bajo alguna de las siguientes modalidades: (1) por servicio de 17
mensajería o por correo registrado o certificado (con el porte pagado y acuse de 18
recibo solicitado por quien la dirige); o (2) por correo electrónico a las direcciones 19
que se enuncian a continuación. En el evento en que un Interesado envíe una 20
misma comunicación por dos (2) o más medios, Electricaribe hará referencia 21
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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exclusiva a la primera que hubiere recibido. Dichas preguntas y demás 1
comunicaciones deberán dirigirse a: 2
Señores
Electricaribe S.A. E.S.P.
Atención: Equipo Electricaribe Intervenida
Dirección: Carrera 55 No. 72-109 edificio Centro
Ejecutivo II. Piso 7, Barranquilla, Colombia.
Correo electrónico: [email protected]
Con copia a:
Señores
Financiera de Desarrollo Nacional S.A.
Atención: Vicepresidencia Estructuración - Electricaribe
Dirección: Carrera 7 No. 71-52. Torre B. Piso 6, Bogotá,
Colombia.
Correo electrónico: [email protected]
(3) Consultas y Solicitudes sobre la Sala de Información. Todas las preguntas y 3
demás comunicaciones relacionadas con la información disponible en la Sala de 4
Información se deberán formular en la forma dispuesta en la Guía del Usuario del 5
Anexo D. 6
(4) Procedimiento de Respuestas. Las consultas y solicitudes serán consideradas por 7
Electricaribe y ésta emitirá las respuestas a que haya lugar. Cada respuesta incluirá 8
la consulta respectiva sin identificar a la persona que la presentó. La respuesta se 9
dará a conocer a través de la Sala de Información si estuviesen relacionadas con 10
información puesta a disposición a través de esta, o en la misma forma prevista 11
para las Adendas en la Sección 3.4 del presente Reglamento si las inquietudes 12
formuladas fuesen respecto del Reglamento. Sin embargo, tales conceptos o 13
respuestas no se considerarán como una modificación del Reglamento a menos 14
que sean adoptadas por Adendas debidamente expedidas y suscritas por 15
Electricaribe. 16
(B) Información Acerca del Proceso de Venta y Portal de Internet 17
(1) Portal de Internet. Con el fin de dar amplia publicidad y promover la masiva 18
participación en el Proceso de Venta, Electricaribe pondrá a disposición de los 19
Interesados la información relevante relacionada con el Proceso de Venta en el 20
Portal de Internet. En dicho portal se podrá consultar: (a) el Reglamento y las 21
Adendas al mismo; (b) la dirección de acceso a la Sala de Información; (c) el 22
cronograma de actividades del proceso el cual precisará los tiempos durante los 23
cuales tendrá lugar cada una de ellas; y (d) cualquier otra información que sea de 24
relevancia para el Proceso de Venta. 25
Con excepción de los requisitos establecidos más adelante, el acceso al Portal de 26
Internet por parte de los Interesados será en cualquier tiempo, de manera libre y 27
sin costo alguno. 28
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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(2) Sala de Información 1
(a) Acceso a la Sala de Información. La Sala de Información será virtual y 2
contendrá la información confidencial acerca de Electricaribe y la Nueva 3
Sociedad que se ha considerado relevante para efectos de que los 4
Interesados evalúen la inversión en la Nueva Sociedad. El acceso a la Sala 5
de Información se hará de conformidad con las instrucciones y requisitos 6
establecidos en el Anexo D – “Guía del Usuario”. 7
Para tener acceso a la Sala de Información, cada uno de los visitantes deberá 8
suscribir el Acuerdo de Confidencialidad que aparece como Anexo A del 9
presente Reglamento. 10
(b) Plazo y Funcionamiento. La Sala de Información funcionará para los 11
Interesados durante la vigencia del Proceso de Precalificación, y 12
posteriormente exclusivamente para los Inversionistas Precalificados hasta 13
la Fecha de Adjudicación. El mecanismo de funcionamiento de la Sala de 14
Información se regula en el Anexo D - “Guía del Usuario”. Las consultas 15
relacionadas con la Sala de Información se harán de conformidad con la 16
Sección 3.9(A)(3) del presente Reglamento. 17
(C) Presentaciones de Gerencia, Entrevistas y Visitas de Campo 18
(1) Presentación de Gerencia: Los Inversionistas Precalificados podrán solicitar, 19
mediante comunicación enviada conforme a lo previsto en la Sección 3.9(A) de 20
este Reglamento, una presentación por parte del equipo de gerencia de 21
Electricaribe. En dicha presentación se hará una exposición general de la empresa 22
por parte del equipo gerencial. 23
(2) Visita a las instalaciones de Electricaribe y entrevistas: Si así lo requieren, los 24
Inversionistas Precalificados podrán solicitar, mediante comunicación enviada 25
conforme a lo previsto en la Sección 3.9(A) de este Reglamento, entrevistas con 26
los funcionarios de Electricaribe o visitas a las instalaciones de Electricaribe. En 27
ningún evento se podrá contactar directamente a los funcionarios de Electricaribe 28
ni solicitarles información o documentos en forma directa. 29
(3) Gastos de las Presentaciones de Gerencia, Visitas y Entrevistas: los Interesados 30
que de conformidad con los numerales (1) y (2) anteriores soliciten una 31
presentación por parte del equipo de gerencia de Electricaribe, o entrevistas con 32
los funcionarios de Electricaribe o visitas a las instalaciones de Electricaribe, 33
deberán asumir todos los gastos relacionados con las mismas. 34
(D) Incumplimiento de las Normas de Confidencialidad 35
En el evento en que los usuarios de la Sala de Información incumplan los términos y 36
condiciones del Acuerdo de Confidencialidad, éstos asumirán la totalidad de los daños 37
y perjuicios ocasionados a Electricaribe, la Nueva Sociedad, el Asesor Externo, a sus 38
representantes, administradores, funcionarios, integrantes y a cualquier otra persona que 39
resulte afectada como consecuencia de dicho incumplimiento, sin perjuicio de las demás 40
acciones legales a que haya lugar. 41
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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(E) Cumplimiento de Leyes Aplicables 1
Durante la vigencia del Proceso de Venta, Electricaribe cumplirá todas las obligaciones 2
que les corresponden según lo establecido en la Ley 1712 de 2014, la cual regula el 3
derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y 4
garantía del derecho, y las excepciones a la publicidad de la información, así como la 5
Ley 1755 de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición. 6
3.10 EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD POR LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA 7
(A) Decisión Independiente 8
Ni la recepción del Reglamento por cualquier persona, ni la información contenida en 9
este documento o proporcionada en conjunto con el mismo, o comunicada 10
posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto al 11
Proceso de Venta, las Acciones, Electricaribe, el Negocio o la Nueva Sociedad, 12
constituye prestación de asesoría en aspectos en materia de inversiones, legales, fiscales, 13
regulatorios, técnicos o de otra naturaleza, a cualquiera de dichas personas por parte de 14
Electricaribe, el Agente Especial, el Asesor Externo, o de cualquiera de sus 15
representantes, administradores, funcionarios, integrantes o asesores. Cada Interesado 16
que obtenga acceso a la Sala de Información, y que presente una Oferta Vinculante o de 17
otra forma participe en el Proceso de Venta deberá evaluar independientemente los 18
aspectos legales, fiscales, regulatorios, técnicos o de otra naturaleza con respecto al 19
Proceso de Venta, las Acciones, Electricaribe, el Negocio o la Nueva Sociedad y, por 20
tanto, la decisión de presentar o no la Oferta Vinculante será una decisión libre e 21
independiente de los Interesados, basada en sus propios análisis, investigaciones, 22
exámenes, inspecciones, y no en documento, material o información alguna, o en 23
comentario o sugerencia alguna, provenientes de Electricaribe, el Agente Especial, la 24
Nueva Sociedad, el Asesor Externo, o de cualquiera de sus representantes, 25
administradores, funcionarios, integrantes o asesores, o que hubiese sido colocada en la 26
Sala de Información. 27
(B) Exclusión de Responsabilidad 28
Sin limitar la generalidad de lo dispuesto en la Introducción de este Reglamento, ni 29
Electricaribe, el Agente Especial, la Nueva Sociedad, el Asesor Externo, ni sus 30
funcionarios o asesores, garantizan de manera explícita o implícita la integridad, 31
exactitud y calidad de la información que se suministre, ya sea en forma oral o escrita, 32
bien sea que haga o no parte de la Sala de Información, bien sea que haga referencia a 33
información histórica o a proyecciones. En consecuencia, no se podrá responsabilizar a 34
las entidades o personas antes mencionadas, o a sus representantes, por el uso que pueda 35
darse a dicha información o por cualquier inexactitud de la misma, por sus deficiencias 36
o por cualquier otra causa. 37
(C) Aceptación de Términos y Condiciones 38
La presentación de una Oferta Vinculante supone la plena conformidad con los términos 39
contenidos en el presente Reglamento. Lo anterior sin perjuicio de las obligaciones 40
adicionales que asumen los Interesados que suscriban el Acuerdo de Confidencialidad 41
para acceder a la Sala de Información. 42
Capítulo III – Disposiciones Comunes; Acceso a Información y Debida Diligencia
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(D) Protección de Datos Personales 1
(1) El Interesado persona natural, titular de la información con fines legales y 2
contractuales, entregará de forma voluntaria sus Datos Personales y confirmará 3
mediante el diligenciamiento y suscripción de la Oferta Vinculante, su 4
autorización expresa al tratamiento de los Datos Personales suministrados en los 5
términos que a continuación se precisan. Los Datos Personales suministrados 6
harán parte de un repositorio de datos administrado por Electricaribe, a los cuales 7
podrán acceder el responsable y los encargados del tratamiento de los Datos 8
Personales. 9
(2) Electricaribe será responsable del tratamiento de los Datos Personales del 10
Interesado. Como responsable, Electricaribe se compromete a dar cumplimiento 11
a lo previsto en la Ley 1581 de 2012, el Capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015, 12
las normas que los modifiquen complementen y/o deroguen y demás normas 13
internas expedidas por Electricaribe que regulen el tratamiento de Datos 14
Personales y a enmarcar el tratamiento de los Datos Personales en lo previsto en 15
este numeral. 16
3.11 CONTACTO 17
Salvo lo previsto en la Sección 3.9(A), en ningún caso deberán los Interesados contactar 18
directamente a Electricaribe o sus empleados en relación con la Transacción Propuesta. 19
Cualquier contacto al respecto, debe hacerse a través de la Financiera de Desarrollo Nacional 20
S.A. 21
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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CAPÍTULO IV. 1
2
PROCESO DE PRECALIFICACIÓN 3
El Proceso de Precalificación se iniciará a partir de la fecha de publicación de este Reglamento y se 4
llevará a cabo durante el Plazo de Recepción del Sobre para Precalificación, en el lugar y el horario 5
que se indica en la Sección 4.5(A) del presente Reglamento. El Proceso de Precalificación tiene por 6
fin validar y precalificar a todos aquellos Interesados que tengan interés en presentar una Oferta 7
Vinculante y que cumplan con los requisitos técnicos, financieros y legales que se establecen en este 8
CAPÍTULO IV. 9
4.1 EXIGENCIAS PARA QUE UN INTERESADO SE PUEDA CONVERTIR EN INVERSIONISTA 10
PRECALIFICADO 11
El Interesado que desee convertirse en Inversionista Precalificado deberá, conforme a lo 12
dispuesto en este CAPÍTULO IV: 13
(1) acreditar, en la forma señalada en la Sección 4.2, que el Interesado (o, si se trata de un 14
Consorcio, cada uno de los Miembros que lo integran) existe y está debidamente 15
facultado y representado para presentar la Oferta Vinculante; y 16
(2) acreditar que tal Interesado cumple, directamente o a través de alguna de las entidades a 17
las que se refiere la Sección 4.3(A)(3), cuando ello aplique, con 18
(a) los requisitos financieros conforme a la Sección 4.3(A); 19
(b) los requisitos técnicos aplicables conforme a la Sección 4.3(B); 20
(c) los requisitos legales conforme a la Sección 4.3(C); y 21
(d) los requisitos regulatorios establecidos en la Sección 4.3(D) 22
4.2 ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN 23
Los Interesados que deseen ser calificados como Inversionistas Precalificados deberán 24
acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con lo establecido en esta Sección 4.2. 25
En todo caso, las autorizaciones a que se refiere esta Sección deberán estar, si es el caso, 26
legalizadas en la forma prevista en la Sección 3.7(C) del presente Reglamento. La manera de 27
acreditar la existencia y representación legal será la siguiente: 28
(A) Sociedades colombianas 29
La existencia y representación legal de las sociedades colombianas se acreditará con: 30
(1) Sociedades colombianas cuyos estatutos sociales facultan al representante legal: 31
Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de 32
Comercio de su domicilio principal, con no más de sesenta (60) días calendario 33
de antelación a la fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación, en el 34
que se dé cuenta que el representante legal tiene facultades suficientes para 35
presentar la Oferta Vinculante; o 36
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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(2) Sociedades colombianas cuyos estatutos sociales facultan a un órgano social: El 1
certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de 2
Comercio de su domicilio principal, con no más de sesenta (60) días calendario 3
de antelación a la fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación, 4
acompañado de una copia debidamente autenticada del acta del órgano social 5
competente donde conste la autorización para: (a) presentar la Oferta Vinculante, 6
y (b) otorgar a un tercero dicha facultad a través de un poder, de ser el caso. 7
(B) Personas jurídicas colombianas de naturaleza no societaria 8
La existencia y representación legal de las personas jurídicas colombianas de naturaleza 9
no societaria se acreditará con: 10
(1) Personas Jurídicas que no son sociedades comerciales cuyos estatutos facultan 11
al representante legal: El certificado de existencia y representación legal 12
expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal o por la autoridad 13
que corresponda según su naturaleza, con no más de sesenta (60) días calendario 14
de antelación a la fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación en el 15
que se dé cuenta que el representante legal tiene facultades suficientes para: (a) 16
presentar la Oferta Vinculante, y (b) otorgar a un tercero dicha facultad a través 17
de un poder, de ser el caso; o 18
(2) Personas Jurídicas que no son sociedades comerciales cuyos estatutos facultan a 19
un órgano: El certificado de existencia y representación legal expedido por la 20
Cámara de Comercio de su domicilio principal o por la autoridad que corresponda 21
según su naturaleza, con no más de sesenta (60) días calendario de antelación a la 22
fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación, acompañado de una 23
copia debidamente autenticada del acta del órgano competente donde conste la 24
autorización para: (a) presentar la Oferta Vinculante, y (b) otorgar a un tercero 25
dicha facultad a través de un poder, de ser el caso; o 26
(3) Personas Jurídicas que no son sociedades comerciales que no puedan acreditar 27
existencia y representación a través de los numerales (1) y (2) anteriores: Si la 28
persona jurídica no puede acreditar su existencia y representación legal por medio 29
del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de 30
Comercio de su domicilio principal o por la autoridad que corresponda según su 31
naturaleza, lo hará mediante: (a) la fotocopia simple de la ley o fotocopia auténtica 32
de la ordenanza o acuerdo que autorizó su creación; (b) la fotocopia auténtica del 33
decreto u otro acto por medio del cual se hubieren adoptado sus estatutos; (c) la 34
fotocopia auténtica del acto de nombramiento del o de los representantes legales; 35
y (d) la fotocopia auténtica del acta de posesión del o de los representantes legales. 36
(C) Fondos de Capital Privado 37
La existencia y representación legal de los Fondos de Capital Privado se acreditará con: 38
(1) Fondos de Capital Privado Colombianos: 39
(a) acreditar su constitución antes de la fecha de presentación del Sobre para 40
Precalificación (es decir se deberá haber radicado previamente a la fecha de 41
presentación del Sobre para Precalificación el reglamento ante la 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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Superintendencia Financiera de Colombia), lo cual será certificado por el 1
representante legal de la sociedad administradora del Fondo de Capital 2
Privado; 3
(b) acreditar que sus objetivos de inversión le permitan invertir en empresas 4
distribuidoras y comercializadores de energía eléctrica, lo cual será 5
certificado por el representante legal de la sociedad administradora del 6
Fondo de Capital Privado; 7
(c) allegar una copia autentica del extracto del acta del comité de inversiones 8
del Fondo en el que se autorice al Fondo y a su gerente o gestor profesional, 9
según sea el caso, para presentar la Oferta Vinculante, o un certificado del 10
gerente o gestor profesional del Fondo, según corresponda, indicando que 11
dicha autorización no es requerida de conformidad con el reglamento del 12
Fondo para presentar una Oferta Vinculante; y 13
(d) acreditar la existencia y representación legal de la sociedad administradora 14
del Fondo de Capital Privado mediante el certificado de existencia y 15
representación legal expedido por la Superintendencia Financiera de 16
Colombia, con no más de sesenta (60) días calendario de antelación a la 17
fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación. 18
(2) Fondos de Capital Privado Extranjeros: 19
(a) acreditar que haya sido constituido antes de la fecha de presentación del 20
Sobre para Precalificación, lo cual será certificado por el representante legal 21
de la sociedad que tenga a su cargo la administración del Fondo de Capital 22
Privado; 23
(b) acreditar que sus objetivos de inversión le permitan invertir en empresas 24
distribuidoras y comercializadoras de energía eléctrica, lo cual será 25
certificado por el representante legal de la sociedad que tenga a su cargo la 26
administración del Fondo de Capital Privado; 27
(c) allegar una copia autentica, suscrita por quien según los documentos del 28
Fondo pueda certificar los extractos de las actas del órgano 29
correspondiente, del extracto del órgano del Fondo de Capital Privado que 30
haya autorizado al Fondo y a su gerente o gestor, según sea el caso, para 31
presentar una Oferta Vinculante y, otorgar a un tercero dicha facultad a 32
través de un poder, de ser el caso; 33
(d) acreditar la existencia y representación legal de la sociedad que tenga a su 34
cargo la administración del Fondo de Capital Privado mediante el 35
certificado de existencia y representación expedido por la autoridad u 36
órgano que tenga dicha facultad conforme a las leyes del lugar de 37
constitución de dicha sociedad, con no más de sesenta (60) días calendario 38
de antelación a la fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación; 39
y 40
(e) acreditar mediante el documento correspondiente, la designación o relación 41
contractual de la sociedad que tenga a su cargo la administración del Fondo 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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de Capital Privado como administrador del Fondo de Capital Privado. 1
(D) Personas Jurídicas Extranjeras 2
(1) Personas Jurídicas Extranjeras sin Sucursal en Colombia: 3
Cada una de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en 4
Colombia, deberá probar su existencia y representación legal con: 5
(a) Personas Jurídicas Extranjeras cuyos estatutos sociales faculten al 6
Representante Legal: Uno o varios certificados expedidos por la autoridad 7
extranjera del domicilio de constitución de la persona jurídica, con no más 8
de sesenta (60) días calendario de antelación a la fecha en la cual se presente 9
el Sobre para Precalificación, en el cual deberá constar: (i) que dicha 10
sociedad existe como persona jurídica; (ii) que ejerce su objeto de acuerdo 11
con las leyes de su domicilio; (iii) el nombre de quien o quienes, de acuerdo 12
con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal; (iv) la 13
facultad de sus representantes legales para presentar una Oferta Vinculante 14
y otorgar a un tercero dicha facultad a través de un poder, de ser el caso; o 15
(b) Personas Jurídicas Extranjeras cuyos Estatutos Sociales facultan a un 16
Órgano Social: Un certificado expedido por el Cónsul de Colombia con 17
jurisdicción en el país de su domicilio, en el que deberán constar las mismas 18
condiciones establecidas en las subsecciones (i), (ii), (iii) y (iv) de la 19
Sección 4.2(D)(1)(a). En cualquier caso, el certificado deberá haber sido 20
expedido con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha 21
en la cual se presente el Sobre para Precalificación. 22
(c) Si en la jurisdicción de incorporación de la persona extranjera sin sucursal 23
en Colombia no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la 24
totalidad de la información aquí solicitada, dicha sociedad extranjera deberá 25
presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad 26
jurídica para vincular y representar a la sociedad en la que conste que (a) 27
no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente 28
numeral; y (b) la información que certifique lo solicitado en las 29
subsecciones 4.2(D)(1)(a)(i), 4.2(D)(1)(a)(ii), 4.2(D)(1)(a)(iii) y 30
4.2(D)(1)(a)(iv); y (c) la capacidad jurídica para vincular y representar a la 31
sociedad de la persona que efectúa la declaración. 32
(2) Personas Jurídicas Extranjeras con Sucursal en Colombia: 33
Cada una de las personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en 34
Colombia, deberá probar su existencia y representación legal con: 35
(a) Personas Jurídicas Extranjeras cuyos estatutos sociales faculten al 36
Representante Legal: Certificado de existencia y representación legal 37
expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de su sucursal en 38
Colombia, con no más de sesenta (60) días calendario de antelación a la 39
fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación, en el que se dé 40
cuenta de que el representante legal tiene facultades suficientes para: (i) 41
presentar una Oferta Vinculante, y (ii) conferir a un tercero dicha facultad 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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mediante un poder, de ser el caso; o 1
(b) Personas Jurídicas Extranjeras cuyos estatutos sociales facultan a un 2
Órgano Social: Certificado de existencia y representación legal expedido 3
por la Cámara de Comercio del domicilio de su sucursal en Colombia, con 4
no más de sesenta (60) calendario de antelación a la fecha en la cual se 5
presente el Sobre para Precalificación acompañado de una copia 6
debidamente autenticada del acta del órgano social competente donde 7
conste la autorización para: (i) presentar una Oferta Vinculante, y (ii) 8
conferir a un tercero dicha facultad mediante un poder, de ser el caso. 9
(E) Consorcios 10
Para el caso en que el Interesado se presente como Consorcio se deberá: 11
(1) acreditar la existencia del Consorcio mediante copia del acuerdo constitutivo del 12
mismo; 13
(2) acreditar el nombramiento de un representante legal único de los Miembros del 14
Consorcio con facultades suficientes para representar sin limitación alguna a todos 15
y cada uno de los Miembros en todos los términos de los actos y contratos que 16
resulten del presente Reglamento. El presente requisito se deberá acreditar 17
mediante la presentación por cada uno de los Miembros del poder contenido en el 18
Anexo F – “Poder de Miembros del Consorcio” del presente Reglamento; y 19
(3) todos los Miembros deberán demostrar con el certificado de existencia y 20
representación legal, o los documentos de constitución expedidos por los 21
funcionarios competentes conforme a lo dispuesto en las subsecciones (A), (B), 22
(C) o (D), la que sea aplicable, de esta Sección 4.2, que fueron debidamente 23
constituidos antes de la fecha de presentación del Sobre para Precalificación. 24
(F) Otorgamiento de Poderes 25
En los casos en los cuales se otorguen poderes de conformidad con lo establecido en las 26
Secciones 4.1(A), 4.1(B) y 4.1(C) del presente Reglamento, los mismos deberán cumplir 27
con los requisitos establecidos en la Sección 3.3 del Reglamento. 28
4.3 REQUISITOS DE PRECALIFICACIÓN 29
(A) Requisitos Financieros 30
(1) Requisitos: 31
(a) Para Interesados No Consorciados: El Interesado deberá demostrar un 32
Patrimonio Acreditable igual o superior a quinientos millones de Dólares 33
(US$500.000.000). 34
(b) Para Interesados Consorciados: 35
(i) Los Miembros del Consorcio, de forma conjunta, deberán demostrar 36
un Patrimonio Acreditable igual o superior a quinientos millones de 37
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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Dólares (US$500.000.000). 1
(ii) Para efectos de calcular el Patrimonio Acreditable del Consorcio, 2
(A) se sumará el Patrimonio Acreditable de cada uno de los 3
Miembros y el resultado de dicha suma deberá ser igual o 4
mayor al requisito de que trata la letra 4.3(A)(1)(b)(i) anterior; 5
y 6
(B) al menos uno de los Miembros del Consorcio deberá 7
demostrar, de forma individual, un Patrimonio Acreditable 8
igual o superior a trescientos millones de Dólares 9
(US$300.000.000). Este Miembro deberá tener una 10
participación económica y política en el Consorcio superior al 11
30%. 12
(2) Acreditación: 13
(a) Para Interesados No Consorciados: Una certificación suscrita por el revisor 14
fiscal o el auditor externo, o la figura análoga que corresponda según el tipo 15
de entidad que se trate conforme a lo dispuesto en las Secciones 4.2(A), 16
4.2(B), 4.2(C), 4.2(D) o 4.2(E), según aplique, o el representante legal, en 17
la que se certifique que el Interesado cumple con los requisitos establecidos 18
en la Sección 4.3(A)(1) anterior. 19
(b) Para Interesados Consorciados: En el caso de los Consorcios, deberá 20
presentarse la certificación descrita en la letra (a) anterior, suscrita por el 21
revisor fiscal o el auditor externo, o la figura análoga que corresponda, o el 22
representante legal de cada miembro que, individualmente, acredita el 23
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Sección 4.3(A)(1) 24
anterior. 25
(3) Méritos que Puede Invocar el Interesado: Para acreditar el cumplimiento de los 26
requisitos previstos en la Sección 4.3(A)(1) de este Reglamento: 27
(a) Interesados Distintos a Fondos de Capital Privado: El Interesado podrá 28
invocar no sólo sus propios méritos financieros, sin duplicidad alguna, sino 29
también los de: (i) las sociedades bajo el Control directo o indirecto (a 30
través de otras sociedades) del Interesado; (ii) las sociedades que directa o 31
indirectamente (a través de otras sociedades) ejercen el Control sobre el 32
Interesado; o (iii) las sociedades bajo el Control directo o indirecto de 33
quienes ejercen el Control sobre el Interesado. A efectos de certificar la 34
relación de Control, los Interesados deberán entregar junto con los 35
documentos a que se hace referencia en las Secciones 4.2 y 4.3(A)(2) del 36
presente Reglamento, según aplique, una certificación del revisor fiscal o 37
el auditor externo, o figura similar, y del representante legal en la que se 38
certifique la relación de Control existente entre el Interesado y la sociedad 39
que ejerce o sobre la cual se ejerce el Control, según el caso, de acuerdo a 40
los términos indicados en los numerales (i), (ii) o (iii) anteriores. Así 41
mismo, deberá presentar los documentos que acrediten su existencia y 42
representación legal de conformidad con lo establecido en la Sección 4.2 43
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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de este Reglamento. 1
(b) Interesados Fondos de Capital Privado: Los Interesados que sean Fondos 2
de Capital Privado, sólo podrán cumplir los requisitos establecidos en la 3
Sección 4.3(A) por sus propios méritos financieros. 4
(B) Requisitos Técnicos 5
(1) Los Interesados deberán demostrar que reúnen los siguientes requisitos técnicos: 6
(a) Para Interesados No Consorciados: 7
(i) El Interesado deberá demostrar que, directa o indirectamente, a 8
través de sus Afiliadas, o en el caso de los Fondos, a través de uno o 9
varios fondos administrados por un mismo gestor, es operador 10
principal o propietario, esto es que tiene Control, o ha sido operador 11
principal o propietario, esto es que haya tenido Control, en algún 12
momento durante los cinco (5) años anteriores a la fecha de 13
publicación de este Reglamento, siempre que dicha calidad de 14
operador o propietario haya durado por lo menos tres (3) años, de 15
una empresa de distribución y/o comercialización de energía 16
eléctrica o de gas natural domiciliario que atienda por lo menos 17
seiscientos mil (600.000) suscriptores. 18
(ii) Si el Interesado no cumple los requisitos técnicos previstos en la 19
Sección 4.3(B)(1)(a)(i) del presente numeral, deberá nominar un 20
único Tercero Operador Idóneo que cumpla tales requisitos técnicos, 21
con el cual suscribirá un contrato de operación y mantenimiento de 22
la Nueva Sociedad que cumpla con los requisitos que se definan en 23
el documento que será incluido en la Sala de Información. El 24
Interesado deberá proporcionar como parte del Sobre para 25
Precalificación una Carta de Intención debidamente suscrita por un 26
representante legal del Tercero Operador Idóneo según el formato 27
incluido en el Anexo B. 28
(b) Para Interesados Consorciados: 29
(i) El Consorcio deberá demostrar: 30
(A) que al menos uno de sus Miembros cumple con los requisitos 31
establecidos en el numeral 4.3(B)(1)(a)(i) anterior; o 32
(B) que máximo dos de sus Miembros cumplen, en conjunto, con 33
los requisitos del numeral 4.3(B)(1)(a)(i) anterior, en cuyo 34
caso el Consorcio deberá acreditar: 35
(1) que uno de tales Miembros (el “Miembro Acreditado”), 36
directa o indirectamente a través de sus Afiliadas o, en 37
el caso de los Fondos, a través de uno o varios fondos 38
administrados por un mismo gestor, es actualmente 39
operador principal o propietario, esto es que tiene 40
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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Control, o ha sido operador principal o propietario, esto 1
es que haya tenido Control, en cualquier momento en 2
los últimos cinco (5) años antes de la fecha de 3
publicación de este Reglamento, siempre que dicha 4
calidad de operador o propietario haya durado por lo 5
menos tres (3) años, de una empresa de distribución o 6
comercialización de energía eléctrica o de gas natural 7
domiciliario que atienda por lo menos cuatrocientos mil 8
(400.000) suscriptores; y 9
(2) que el Miembro Acreditado (i) es propietario de, al 10
menos, el 50% de los derechos políticos y económicos 11
en el Consorcio, o (ii) si el Miembro Acreditado tiene 12
menos del 50% de los derechos políticos y económicos 13
en el Consorcio, que dicho Miembro Acreditado se 14
obliga, si el Consorcio adquiere las Acciones, a 15
suscribir un contrato de operación y mantenimiento de 16
la Nueva Sociedad que cumpla con los requisitos que se 17
definan en la Sala de Información. 18
(ii) Si el Consorcio Interesado no cumple, en alguna de las modalidades 19
indicadas en la Sección 4.3(B)(1)(b)(i), con los requisitos técnicos la 20
Sección 4.3(B)(1)(a)(i) del Reglamento, deberá nominar un único 21
Tercero Operador Idóneo que cumpla tales requisitos técnicos. El 22
Consorcio Interesado deberá proporcionar como parte del Sobre para 23
Precalificación una Carta de Intención debidamente suscrita por un 24
representante legal del Tercero Operador Idóneo en según el formato 25
incluido en el Anexo B. 26
(2) Acreditación: 27
(a) Para Interesados No Consorciados: Una certificación suscrita por el revisor 28
fiscal o el auditor externo, o la figura análoga que corresponda según el tipo 29
de entidad que se trate conforme a lo dispuesto en las Secciones 4.2(A), 30
4.2(B), 4.2(C), 4.2(D), según aplique, o por el representante legal en la que 31
se certifique que el Interesado cumple con los requisitos establecidos en la 32
Sección 4.3(B)(1)(a)(i) anterior. 33
(b) Para Interesados Consorciados: En el caso de Consorcios, deberá 34
presentarse 35
(i) la certificación descrita en la letra (A)(2)(a) anterior, suscrita por el 36
revisor fiscal o el auditor externo, o la figura análoga que 37
corresponda según el tipo de entidad que se trate conforme a lo 38
dispuesto en las Secciones 4.2(A), 4.2(B), 4.2(C), 4.2(D) o 4.2(E), 39
según aplique, de cada Miembro que acredita requisitos técnicos, en 40
la cual se acredita que el respectivo miembro cumple, 41
individualmente, con los requisitos de la Sección 4.3(B)(1)(b)(i)(A) 42
o la Sección 4.3(B)(1)(b)(i)(B)(1), según sea el caso; y 43
(ii) si el Miembro Acreditado tiene menos del 50% de los derechos 44
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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políticos y económicos en el Consorcio, un compromiso suscrito por 1
un representante legal del Miembro Acreditado, en términos 2
sustancialmente iguales a los de la Carta de Intención, según el 3
formato incluido en el Anexo B. 4
(c) Para Interesados que no Cumplen Individualmente con Algún Requisito 5
Técnico Conforme a la Sección 4.3(B)(1) si el Interesado no cumple, en 6
alguna de las modalidades indicadas en la Sección 4.3(B)(1)(b)(i), con los 7
requisitos técnicos establecidos en la Sección 4.3(B)(1)(a)(i), deberá 8
presentar en su Sobre para Precalificación: 9
(i) una certificación suscrita por el revisor fiscal o el auditor externo, o 10
la figura análoga que corresponda, o por el representante legal del 11
Tercero Operador Idóneo en la que se certifique que el Tercero 12
Operador Idóneo cumple con los requisitos establecidos en la 13
Sección 4.3(B)(1), y 14
(ii) una Carta de Intención expedida por el Tercero Operador Idóneo en 15
la cual conste que tal Tercero Operador Idóneo está dispuesto a 16
suscribir con el Interesado un contrato de operación y mantenimiento 17
de Electricaribe, el cual debe cumplir con con los requisitos que se 18
definan en el documento que será incluido en la Sala de Información. 19
(3) Méritos que Puede Invocar el Interesado: Para acreditar el cumplimiento de los 20
requisitos previstos en la Sección 4.3(A)(1) de este Reglamento: 21
(a) Interesados Distintos a Fondos de Capital Privado: El Interesado o, si se 22
trata de Consorcio, el Miembro que acredita requisitos técnicos, podrá 23
invocar no sólo sus propios méritos técnicos, sino también los de: (i) las 24
sociedades bajo el Control directo o indirecto (a través de otras sociedades) 25
del Interesado o Miembro, según corresponda; (ii) las sociedades que 26
directa o indirectamente (a través de otras sociedades) ejercen el Control 27
sobre el Interesado o Miembro, según corresponda; (iii) las sociedades bajo 28
el Control directo o indirecto de quienes ejercen el Control sobre el 29
Interesado o Miembro, según corresponda; (iv) cualquier consorcio del cual 30
sea miembro, siempre que tenga una participación superior al 50% de los 31
derechos políticos y económicos, o siempre que tenga la calidad de 32
operador dentro de dicho consorcio en condiciones análogas a las que se 33
exigen a un Tercero Operador Idóneo, conforme a este Reglamento, en 34
cuyo caso podrá acreditar la totalidad de la experiencia del respectivo 35
consorcio; o (v) si ello procede conforme a este Reglamento, el Tercero 36
Operador Idóneo. A efectos de certificar la relación de Control, los 37
Interesados deberán entregar los documentos establecidos en la Sección 38
4.3(A)(3)(a). 39
(b) Interesados Fondos de Capital Privado: los Fondos de Capital Privado 40
podrán invocar no sólo sus propios méritos técnicos, sino también los 41
méritos técnicos de: 42
(i) las sociedades Controladas, directa o indirectamente, por (A) el 43
gestor profesional del respectivo Fondo de Capital Privado o (B) la 44
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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sociedad que tenga a su cargo la administración del respectivo Fondo 1
de Capital Privado (fund manager), según aplique, caso en el cual el 2
revisor fiscal o el auditor externo (o la figura similar) y el 3
representante legal de la sociedad o entidad Controlante, deberán 4
certificar la relación de Control existente entre dicha entidad 5
Controlante y (1) el Fondo de Capital Privado y (2) la sociedad que 6
acredita los méritos técnicos; o 7
(ii) las sociedades Controladas, directa o indirectamente, por fondos de 8
capital privado cuyo gestor profesional o sociedad administradora 9
(fund manager) es el mismo gestor profesional o la sociedad 10
administradora del Fondo de Capital Privado Interesado, caso en el 11
cual el revisor fiscal o el auditor externo (o la figura similar) y el 12
representante legal del gestor profesional o de la sociedad que tenga 13
a su cargo la administración del Fondo de Capital Privado Interesado 14
deberá acreditar (1) que tiene a su cargo la administración del Fondo 15
de Capital Privado Interesado, (2) que tiene a su cargo la 16
administración de otro fondo de capital privado, y (3) que dicho 17
segundo fondo de capital privado Controla la sociedad que acredita 18
los méritos técnicos; o 19
(iii) las sociedades Controladas, directa o indirectamente, por la sociedad 20
que Controla al gestor profesional del Fondo de Capital Privado o a 21
la sociedad que tenga a su cargo la administración del Fondo de 22
Capital Privado (fund manager), caso en el cual el revisor fiscal o el 23
auditor externo (o la figura similar) y el representante legal de la 24
sociedad o entidad Controlante del gestor profesional o sociedad 25
administradora del Fondo de Capital Privado Interesado, deberán 26
certificar que (1) controla al gestor profesional o sociedad 27
administradora del Fondo de Capital Privado Interesado, y (2) 28
Controla a la sociedad que acredita los requisitos técnicos; o 29
(iv) las sociedades, Controladas directa o indirectamente, por fondos de 30
capital privado Controlados por la sociedad que Controla al gestor 31
profesional o sociedad administradora (fund manager) del Fondo de 32
Capital Privado Interesado, caso en el cual el revisor fiscal o el 33
auditor externo (o la figura similar) y el representante legal de la 34
sociedad que Controla al gestor profesional del Fondo de Capital 35
Privado o a la sociedad que tiene a su cargo la administración del 36
Fondo de capital privado, según aplique, deberán acreditar: 37
(A) la situación de Control existente entre el fondo de capital 38
privado y la sociedad que acredita los requisitos técnicos; 39
(B) la situación de control existente entre el gestor profesional del 40
Fondo de Capital Privado o la sociedad que tiene a su cargo la 41
administración del Fondo de Capital Privado, según aplique, y 42
la sociedad controlante de dicho gestor profesional o sociedad 43
que administra al fondo; y 44
(C) que, de acuerdo con la legislación aplicable actúa como gestor 45
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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profesional o sociedad que tiene a su cargo la administración 1
del fondo de capital privado controlante de la sociedad que 2
acredita los requisitos técnicos; o 3
(v) las sociedades Controladas, directa o indirectamente, por fondos de 4
capital privado cuyo gestor profesional o sociedad administradora 5
(fund manager) es Controlado por la persona que Controla al gestor 6
profesional o sociedad administradora del Fondo de Capital Privado 7
Interesado, caso en el cual el revisor fiscal o el auditor externo (o la 8
figura similar) y el representante legal de la sociedad que Controla al 9
gestor profesional o sociedad administradora del Fondo de Capital 10
Interesado, según aplique, deberán acreditar: 11
(A) la situación de Control existente entre el fondo de capital 12
privado y la sociedad que acredita los requisitos técnicos; 13
(B) la situación de Control entre el gestor profesional del Fondo 14
de Capital Privado o la sociedad que tiene a su cargo la 15
administración del Fondo de Capital Privado, según aplique, 16
la sociedad controlante de dicho gestor profesional o sociedad 17
que tenga a su cargo la administración, según aplique, y la 18
sociedad que actúa como gestor profesional del fondo de 19
capital privado que controla la sociedad que acredita los 20
requisitos técnicos; y 21
(C) el revisor fiscal o el auditor externo (o la figura similar) y el 22
representante legal de quien actúa como gestor profesional del 23
fondo de capital privado que controla la sociedad que acredita 24
la experiencia técnica deberá acreditar que, de acuerdo con la 25
legislación aplicable actúa como gestor profesional o sociedad 26
que tiene a su cargo la administración del fondo de capital 27
privado controlante de la sociedad que acredita los requisitos 28
técnicos. 29
(C) Requisitos Legales 30
El representante legal, o la figura análoga que corresponda según el tipo de entidad que 31
se trate conforme a lo dispuesto en las Secciones 4.2(A), 4.2(B), 4.2(C), 4.2(D) o 4.2(E), 32
según aplique, del Interesado (o de cada Miembro, si se trata de un Consorcio) y, cuando 33
corresponda, del Tercero Operador Idóneo deberán certificar que cada una de tales 34
Personas: 35
(1) no ha conducido, no conducirá y no permitirá que sus sociedades Controladas, 36
administradores o administradores de sus sociedades Controladas, directa o 37
indirectamente, conduzcan negocios a sabiendas o participen en cualquier 38
operación con cualquier Persona Bloqueada; 39
(2) no ha participado y no participará en ninguna actividad o conducta que viole o 40
pueda violar las Leyes Anticorrupción; y 41
(3) no han realizado, suministrado o pagado, u ofrecido realizar, suministrar o pagar 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
Página 38 de 55
(directa o indirectamente) cualquier cosa de valor (incluyendo cualquier 1
contribución, regalos, entretenimiento u otros gastos), con fines de influenciar 2
ilegalmente cualquier acto oficial, decisión u omisión de cualquier funcionario 3
público o autoridad gubernamental, a: (a) cualquier candidato a un cargo público 4
o político, (b) cualquier funcionario público o autoridad gubernamental, (c) 5
cualquier agente, empleado, funcionario o director de cualquier funcionario 6
público o autoridad gubernamental, o (d) cualquier Persona con la que tal Persona 7
hace negocios. 8
(D) Requisito Regulatorio 9
(1) Procedimiento de competencia ante la Superintendencia de Industria y Comercio 10
(“SIC”) 11
(a) Interesados que requieren surtir procedimiento en la SIC: Los Interesados 12
que lo requieran de acuerdo con la normatividad vigente, deberán presentar 13
ante la SIC la solicitud para efectos de que ésta adelante los análisis que 14
conduzcan a establecer si existen o no razones para objetar la adquisición 15
de las Acciones en caso de ser seleccionada la Oferta. 16
A efectos de que el Interesado pueda realizar el trámite antes indicado, el 17
Agente Especial presentará ante la SIC dentro de las tres (3) semanas 18
siguientes a la publicación de la Invitación de Debida Diligencia la 19
información de Electricaribe requerida de conformidad con la normatividad 20
vigente para efectos de que ésta adelante junto con la información que le 21
radiquen los Interesados, los análisis que conduzcan a establecer si existen 22
razones para objetar o no la eventual adquisición de las Acciones por parte 23
de los mismos. 24
En el evento en que la SIC solicite al Interesado alguna información 25
adicional de Electricaribe, que no se encuentre disponible en la Sala de 26
Información, así se lo deberán hacer saber los Interesados al Agente 27
Especial a través del mecanismo de consultas establecido en el numeral 28
3.9(A) del presente Reglamento. El Agente Especial entregará la 29
información adicional que solicite la SIC a la mayor brevedad posible. 30
A efectos de acreditar el cumplimiento de este requisito regulatorio, el 31
Interesado deberá incluir en el Sobre para Precalificación la carta emitida 32
por la SIC de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.4(6)(a) del presente 33
Reglamento, siempre que haya obtenido dicha carta para el momento del 34
Proceso de Precalificación. 35
(b) Interesados que no requieren surtir procedimiento en la SIC: Aquellos 36
Interesados que de acuerdo con la normatividad vigente no requieran 37
presentar ante la SIC la solicitud antes mencionada, deberán incluir en el 38
Sobre para Precalificación una certificación y la opinión legal en los 39
términos indicados en numeral 4.4(6)(b) de este Reglamento. 40
4.4 CONTENIDO DEL SOBRE PARA PRECALIFICACIÓN 41
El Sobre para Precalificación estará conformado por los siguientes documentos los cuales se 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
Página 39 de 55
deberán entregar en un sobre cerrado, en original y dos (2) copias, foliados, sin tachaduras ni 1
enmendaduras: 2
(1) Carta de Solicitud de Precalificación: La Carta de Solicitud de Precalificación deberá 3
ser suscrita por el representante legal o por el apoderado del Interesado, y deberá 4
ajustarse a los términos indicados en el Anexo C – “Carta de Solicitud de 5
Precalificación”. 6
(2) Poder: En el evento en que el Interesado actúe a través de un apoderado, deberá adjuntar 7
el poder que otorgue para suscribir la respectiva Oferta Vinculante, de conformidad con 8
el modelo que se incluye en el Anexo E – “Modelo de Poder de Representación”. 9
(3) Documentos que acrediten la existencia y representación legal y las autorizaciones 10
societarias: Cada Interesado deberá acreditar su existencia y representación conforme a 11
lo indicado en la Sección 4.2 del presente Reglamento. 12
(4) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos financieros: 13
(a) Caso en el cual el Interesado cumple individualmente con los requisitos: Cada 14
Interesado deberá entregar los documentos que acrediten el cumplimiento de los 15
requisitos financieros conforme a lo indicado en la Sección 4.3(A)(2) o 4.3(A)(3) 16
de este Reglamento, según sean el caso. 17
(b) Caso en el cual el Interesado no cumple individualmente con los requisitos: Cada 18
Interesado deberá entregar los documentos indicados en la Sección 4.3(A)(3) de 19
este Reglamento. 20
(5) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos técnicos: 21
(a) Caso en el cual el Interesado cumple individualmente con los requisitos: Cada 22
Interesado deberá entregar los documentos que acrediten el cumplimiento de los 23
requisitos técnicos conforme a lo indicado en la Sección 4.3(B)(2)(a) y 24
4.3(B)(2)(b), según corresponda de este Reglamento. 25
(b) Caso en el cual el Interesado no cumple individualmente con los requisitos: Cada 26
Interesado deberá entregar los documentos indicados en la Sección 4.3(B)(2)(c) 27
de este Reglamento. 28
(6) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos regulatorios 29
(a) Interesado que requieren surtir procedimiento en la SIC: Aquellos Interesados que 30
de acuerdo con la normatividad vigente requieran presentar ante la SIC la solicitud 31
para efectos de que esta entidad adelante los análisis que conduzcan a establecer 32
si existen razones para objetar o no la adquisición de las Acciones, deberán, 33
siempre y cuando cuenta con esta carta al momento del Proceso de Precalificación, 34
allegar: 35
(i) Carta de no objeción emitida por la SIC; o 36
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
Página 40 de 55
(ii) Carta de la SIC en la cual se autoriza la adquisición de las Acciones con 1
condicionamientos, siempre que dichos condicionamientos no 2
contravengan de ninguna manera lo previsto en este Reglamento; y 3
(iii) Una certificación suscrita bajo fe de juramento por el representante legal y 4
el revisor fiscal del Interesado, en la que se indique que se ha cumplido con 5
la condición impuesta y/o el compromiso irrevocable de dar cumplimiento 6
a la condición impuesta por la SIC. 7
Aquellos Interesados que no incluyan en el Sobre para Precalificación este 8
requisito por no contar con la carta de la SIC para el momento del Proceso de 9
Precalificación, deberán entregar la carta de la SIC en el Sobre de Documentos de 10
la Oferta. 11
En el evento en el cual el Interesado, habiendo sido precalificado y obteniendo 12
conformidad a los documentos del Sobre de los Documentos de la Oferta, no haya 13
presentado la comunicación a la que se hace referencia en el presente numeral, se 14
entenderá que dicho Interesado ha decidido no participar en la Subasta y no podrá 15
presentar una Oferta Vinculante en la Subasta. 16
(b) Interesados que no requieren surtir procedimiento en la SIC: Aquellos Interesados 17
que de acuerdo con la normatividad vigente no requieran presentar ante la SIC la 18
solicitud para efectos de que esta entidad adelante los análisis que conduzcan a 19
establecer si existen razones para objetar o no la adquisición de las Acciones en 20
caso de ser seleccionada la Oferta Vinculante, deberán allegar: 21
(i) una certificación del representante legal en la que se indique que: (1) de 22
acuerdo con la normatividad vigente no requieren presentar ante la SIC la 23
solicitud para efectos de que esta entidad adelante los análisis que 24
conduzcan a establecer si existen razones para objetar o no la adquisición 25
de las Acciones, y (2) que de presentar una Oferta Vinculante y resultar 26
Inversionista Adjudicatario, asume la total responsabilidad por cualquier 27
perjuicio que le pueda causar a Electricaribe por no haber presentado dicha 28
solicitud de no objeción ante la SIC, y por consiguiente, asume la 29
obligación de indemnizar la totalidad de los perjuicios que eventualmente 30
se le puedan causar a Electricaribe por este hecho; y 31
(ii) una opinión legal suscrita por un abogado autorizado para ejercer en 32
Colombia en la cual indique que el Interesado, de acuerdo con cada uno de 33
los criterios establecidos por la normatividad vigente, no requiere presentar 34
ante la SIC la solicitud para efectos de establecer si objeta o no la 35
adquisición de las Acciones. 36
4.5 PRESENTACIÓN DE LOS SOBRES PARA PRECALIFICACIÓN 37
(A) Presentación 38
El Sobre para Precalificación deberá presentarse por el Interesado, durante el Plazo de 39
Recepción del Sobre para Precalificación en las oficinas de la Financiera de Desarrollo 40
Nacional S.A. en la ciudad de Bogotá Carrera 7 No 71- 52 Torre B piso 6, lugar en el 41
cual se recibirán en Días Hábiles desde las 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. En este sentido, 42
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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no se aceptará la entrega de Sobres para Precalificación una vez vencido el Plazo de 1
Recepción del Sobre para Precalificación. 2
Asimismo, en la fecha en la cual se presente el Sobre para Precalificación se deberá 3
llevar una copia de la Carta de Solicitud de Precalificación en la cual se impondrá la 4
firma del funcionario de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., en donde conste el 5
registro de fecha y hora de entrega del Sobre de Precalificación de acuerdo con el reloj 6
que para el efecto esté dispuesto en la oficina de la Financiera de Desarrollo Nacional 7
S.A. en donde se reciban los Sobres para Precalificación. 8
(B) Verificación de conformidad de la documentación contenida en los Sobres para 9
Precalificación 10
Una vez concluido el Plazo de Recepción del Sobre para Precalificación, el Agente 11
Especial de Electricaribe realizará el procedimiento de verificación de conformidad con 12
la documentación incluida en los Sobres para Precalificación presentados de 13
conformidad con el Cronograma de la Sección 3.8, para lo cual se aplicarán las siguientes 14
reglas: 15
(1) En el evento en que el Agente Especial encuentre: (a) que se han presentado 16
documentos que contienen adulteraciones o modificaciones de su texto original, 17
o (b) que los documentos no han sido realmente expedidos por quien 18
supuestamente aparece expidiéndolos, o (c) que existen discrepancias con alcance 19
material entre lo afirmado en dichos documentos y la realidad, o (d) haya 20
evidencia que el Interesado ha incumplido con lo establecido en las Secciones 21
3.9(D) y 3.9(E) de este Reglamento, el Interesado será rechazado, razón por la 22
cual no será precalificado por el Agente Especial. 23
(2) Una vez culminado el proceso de verificación de conformidad de la 24
documentación incluida en el Sobre para Precalificación, el Agente Especial está 25
facultado para solicitar que se aclaren, corrijan o subsanen errores o deficiencias 26
(distintas de aquellas a que se refiere la Sección 4.5(B)(1) inmediatamente 27
anterior), que se hubieren detectado en la documentación que compone el Sobre 28
para Precalificación. Si ese fuere el caso, una vez culminado el plazo para realizar 29
el procedimiento de verificación de conformidad de la documentación 30
contenida en el Sobre para Precalificación, el Agente Especial podrá solicitar, 31
enviando una comunicación por escrito a cada uno de los Interesados, las 32
solicitudes de aclaración y correcciones necesarias, para que se proceda a dar 33
respuesta a las mismas dentro del plazo establecido en el Cronograma de la 34
Sección 3.8. Si el Interesado no aclara, corrige o subsana los errores dentro del 35
plazo anterior, se considerará que ha desistido de la presentación de su 36
precalificación, y por tanto, no será precalificado. 37
(3) El Agente Especial, dentro del plazo establecido en el Cronograma de la Sección 38
3.8, plazo que podrá ser ampliado de ser considerado necesario previa notificación 39
a los Interesados a través de la Sala de Información, procederá a comunicar los 40
resultados de dicho análisis remitiendo una comunicación escrita y confidencial a 41
cada uno de los Interesados, en el cual expresamente se indicará si ha sido 42
precalificado en desarrollo del Proceso de Precalificación. 43
(4) Los Interesados adquirirán la calidad de Inversionistas Precalificados en el 44
Capítulo IV – Proceso de Precalificación
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momento en que el Agente Especial verifique que han cumplido con todos los 1
requisitos de precalificación, y remita notificación sobre el particular a dicho 2
Interesado. Para efectos informativos el Agente Especial, en la fecha en que de 3
conformidad con el cronograma de este Reglamento termine el Proceso de 4
Precalificación, levantará un acta, de carácter confidencial para beneficio 5
exclusivo de Electricaribe, identificando la totalidad de los Precalificados. 6
(5) Los Interesados que no hubieran presentado toda la documentación de 7
conformidad con lo establecido en el presente Reglamento o que habiéndola 8
presentado se le hubiera solicitado subsanar algunos de los errores y no hubieran 9
sido subsanados, quedarán automáticamente descalificados. 10
4.6 EFECTOS DE LA PRECALIFICACIÓN 11
Todos aquellos Interesados que sean declarados como Inversionistas Precalificados por el Agente 12
Especial en desarrollo del Proceso de Precalificación estarán autorizados para presentar: (i) el Sobre 13
de Documentos de la Oferta en la Fecha de Presentación de los Documentos de la Oferta, y (ii) el 14
Sobre de Oferta en la Fecha de Subasta. Así mismo, desde el momento en que un Interesado sea 15
declarado como Inversionista Precalificado tendrá derecho a realizar las solicitudes de la Sección 16
3.9(C). 17
Capítulo V – Proceso de Restructuración de Pasivos
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CAPÍTULO V. 1
2
PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS 3
El Proceso de Reestructuración de Pasivos se iniciará a partir de la fecha de publicación de este 4
Reglamento y se llevará a cabo durante el Plazo de Recepción del Sobre para Reestructuración en el 5
lugar y el horario que se indica en la Sección 5.3(A) del presente Reglamento. El Proceso de 6
Reestructuración de Pasivos tiene por finalidad darle la oportunidad a los Acreedores Pre-Toma 7
Destinatarios de reestructurar sus acreencias y acogerse a los términos y condiciones del Anexo G, 8
para lo cual el Agente Especial verificará que cumplan con todas las condiciones establecidas en este 9
CAPÍTULO V. 10
5.1 TÉRMINOS DEL PROCESO 11
(1) El Anexo G contiene los términos de reestructuración a las cuales se pueden acoger los 12
Acreedores Pre-Toma Destinatarios. 13
(2) En desarrollo de este CAPÍTULO V el Agente Especial realizará, por los medios que 14
determine a su discreción, un proceso de invitación pública a todos los Acreedores Pre-15
Toma Destinatarios, por medio del cual les ofrecerá la opción de: 16
(a) continuar como acreedores de Electricaribe, sin modificación alguna de los 17
términos y condiciones de las deudas a cargo de Electricaribe y a favor del 18
respectivo Acreedor Pre-Toma, y someterse a las reglas de insolvencia 19
correspondientes; o 20
(b) convertirse en acreedores de la Nueva Sociedad en los términos del Anexo G, con 21
sujeción a las siguientes reglas: 22
(i) cada Acreedor Pre-Toma que desee convertirse en acreedor de la Nueva 23
Sociedad deberá aceptar que su acreencia queda exclusivamente a cargo de 24
la Nueva Sociedad, y liberar a Electricaribe de toda responsabilidad 25
relacionada con la deuda transferida a la Nueva Sociedad; y 26
(ii) el Acreedor Pre-Toma que opte por convertirse en acreedor de la Nueva 27
Sociedad sólo podrá hacerlo si acepta que su acreencia se reestructure en 28
los términos del Anexo G. 29
(3) El Agente Especial podrá diseñar y ofrecer opciones de restructuración alternativas a los 30
Acreedores Pre-Toma Destinatarios, siempre que las mismas sean necesarias para 31
garantizar la continuidad de la prestación del servicio por parte de la Nueva Sociedad, 32
las cuales serán comunicadas a los mismos por los medios que determine a su discreción. 33
(4) Se entenderá que los Acreedores Pre-Toma Destinatarios que no opten por convertirse 34
en acreedores de la Nueva Sociedad antes del vencimiento del Plazo de Recepción del 35
Sobre para Reestructuración, han optado por seguir siendo acreedores de Electricaribe, 36
en las condiciones indicadas en la Sección 5.1(2)(a). 37
(5) Las acreencias a cargo de los Acreedores Pre-Toma Destinatarios que opten por 38
convertirse en acreedores de la Nueva Sociedad se convertirán en Acreencias Pre-Toma 39
Reestructuradas sólo si las Acciones son adjudicadas y se perfecciona el Cierre de la 40
Capítulo V – Proceso de Restructuración de Pasivos
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Transacción Propuesta. 1
5.2 DOCUMENTOS A APORTAR PARA EL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS 2
El Sobre para Reestructuración de Pasivos estará conformado por los siguientes documentos 3
los cuales se deberán entregar conforme a lo dispuesto en la Sección 5.3: 4
(1) Carta de Aceptación de Reestructuración: La Carta de Aceptación de Reestructuración 5
deberá ser suscrita por el representante legal o por el apoderado del Acreedor Pre-Toma 6
Destinatario, y deberá ajustarse a los términos indicados en el Anexo H – “Carta de 7
Aceptación de Reestructuración”. En la Carta de Aceptación de Restructuración, cada 8
Acreedor Pre-Toma Destinatario deberá 9
(a) aceptar expresamente que la Nueva Sociedad se haga responsable de la acreencia 10
del Acreedor Pre-Toma Destinatario en los términos del Anexo G; 11
(b) liberar y exonerar a Electricaribe de toda responsabilidad con respecto a la deuda 12
que se transfiere a la Nueva Sociedad. 13
(2) Poder: En el evento en que el Acreedor Pre-Toma Destinatario actúe a través de un 14
apoderado, deberá adjuntar el poder correspondiente. 15
(3) Documentos que acrediten la existencia y representación legal y las autorizaciones 16
societarias: Cada Acreedor Pre-Toma Destinatario deberá acreditar su existencia y 17
representación conforme a lo indicado en la Sección 4.2 del presente Reglamento. 18
5.3 PRESENTACIÓN DE LOS SOBRES PARA REESTRUCTURACIÓN 19
(A) Presentación 20
El Sobre para Reestructuración deberá presentarse por el acreedor, en las oficinas de la 21
gerencia financiera de Electricaribe en la ciudad de Barranquilla en la Carrera 55 No 72- 22
109 Piso 4, lugar en el cual se recibirán en Días Hábiles desde las 8:00 a.m. hasta las 23
5:00 p.m. No se aceptará la entrega de Sobres para Reestructuración una vez vencido el 24
Plazo de Recepción del Sobre para Reestructuración. 25
(B) Verificación de conformidad de la documentación contenida en los Sobres de 26
Reestructuración 27
Una vez concluido el Plazo de Recepción del Sobre para Reestructuración, el Agente 28
Especial de Electricaribe tendrá un el plazo establecido en el Cronograma de la Sección 29
3.8 para realizar el procedimiento de verificación de conformidad con la documentación 30
incluida en los Sobres de Reestructuración presentados, para lo cual se aplicarán las 31
mismas reglas de la Sección 4.5(B) del Reglamento para los Sobres de Precalificación 32
en lo que aplique. 33
5.4 PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS 34
Una vez finalice el periodo para el procedimiento de verificación descrito en la Sección 5.3(B) del 35
Reglamento, el Agente Especial procederá a la publicación del monto y la lista de Pasivos 36
Capítulo V – Proceso de Restructuración de Pasivos
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Reestructurados en la Sala de Información, y dará aviso de ello a los Acreedores Pre-Toma 1
Destinatarios que hayan participado en el Proceso de Reestructuración de Pasivos.2
Capítulo VI –Financiación por Parte de los Acreedores Financieros
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CAPÍTULO VI. 1
2
FINANCIACIÓN POR PARTE DE LOS ACREEDORES FINANCIEROS 3
4
Los Acreedores Financieros le han manifestado al Agente Especial que están dispuestos a considerar 5
el otorgamiento de nuevas líneas de crédito para financiar parte del plan de inversiones de la Nueva 6
Sociedad, sujeto al acuerdo sobre los términos, garantías y condiciones de dichas líneas de crédito. 7
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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CAPÍTULO VII. 1
2
PRESENTACIÓN DE OFERTAS, GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, 3
MECANISMO DE SUBASTA, FIRMA DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN, CIERRE 4
7.1 VALIDEZ DE LAS OFERTAS 5
Sólo serán consideradas válidas las Ofertas Vinculantes presentadas que, presentadas dentro 6
de los plazos previstos cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en este 7
Reglamento, y siempre que los documentos contenidos en el Sobre de Oferta y en el Sobre de 8
Documentos de la Oferta cumplan con los requisitos establecidos en las Secciones 7.2 y 7.3 9
del presente Reglamento. 10
7.2 CONTENIDO DE LOS SOBRES 11
A efectos de presentar Ofertas Vinculantes se deberán entregar el Sobre de Documentos de la 12
Oferta y el Sobre de Oferta de conformidad con los plazos y requisitos establecidos en las 13
siguientes secciones de este Reglamento. 14
(A) Contenido del Sobre de Documentos de la Oferta 15
El Sobre de Documentos de la Oferta deberá presentarse cerrado y contener dos (2) 16
copias de 17
(1) una certificación expedida por el representante legal del Inversionista 18
Precalificado sobre el conocimiento y cumplimiento de dicho Inversionista 19
Precalificado de los términos, condiciones y requisitos del Contrato de 20
Adquisición de Acciones; 21
(2) la Garantía de Seriedad de la Oferta; 22
(3) La Carta de Presentación de la Oferta (Anexo I – “Carta de Presentación de la 23
Oferta” de este Reglamento) que contendrá 24
(a) la manifestación de que la Oferta Vinculante tiene carácter irrevocable e 25
incondicional y la aceptación expresa de todos los términos y condiciones, 26
sin excepción, establecidos en el Reglamento; 27
(b) la manifestación de voluntad irrevocable por parte del Inversionista 28
Precalificado de suscribir el Contrato de Adquisición de Acciones; 29
(c) la manifestación de voluntad irrevocable por parte del Inversionista 30
Precalificado de adquirir las Acciones y pagar el precio indicado en la 31
Oferta Vinculante; 32
(d) la manifestación de voluntad irrevocable por parte del Inversionista 33
Precalificado de pagar la Capitalización de la Nueva Sociedad; 34
(e) la manifestación de voluntad irrevocable por parte del Inversionista 35
Precalificado de pagar los Créditos del Fondo Empresarial; 36
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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(f) la manifestación de voluntad irrevocable por parte del Inversionista 1
Precalificado de ejecutar por lo menos el Plan de Inversiones Mínimo; 2
(g) la manifestación de que la Oferta Vinculante estará vigente hasta la Fecha 3
de Cierre; y 4
(h) la manifestación de que a la fecha las condiciones acreditadas según el 5
CAPÍTULO IV del Reglamento permanecen vigentes. 6
(B) Contenido de los Sobres de Oferta 7
Cada Inversionista Precalificado deberá presentar el Sobre de Oferta cerrado y deberá 8
contener: 9
(1) Una oferta vinculante que represente el precio que el Inversionista Precalificado 10
está dispuesto a pagar por las Acciones de la Nueva Sociedad propiedad de 11
Electricaribe, la cual se considerará como una Oferta Vinculante Aceptable sólo 12
si cumple todos los siguientes requisitos: 13
(a) Ha estado precedida de la entrega satisfactoria, según se establece en este 14
Reglamento, del Sobre de Documentos de la Oferta; y 15
(b) Incluye el monto que está dispuesto a pagar por las Acciones, en la forma 16
de un único pago en efectivo expresado en Pesos Colombianos (el “Precio 17
de Compra”), bajo el entendido de que la Nueva Sociedad recibirá la 18
totalidad de los Activos y será responsable por la totalidad de los Pasivos 19
Incluidos, incluyendo en particular, pero sin limitarse a, aquellos que se 20
mencionan en la Sección 2.4(2) de este Reglamento. 21
7.3 PRESENTACIÓN DE LOS SOBRES 22
(A) Presentación del Sobre de Documentos de la Oferta 23
El Sobre de Documentos de la Oferta deberá presentarse por el Inversionista 24
Precalificado, por lo menos en la fecha que establece el cronograma en la Sección 3.8, 25
en las oficinas de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A. en la ciudad de Bogotá 26
Carrera 7 No 71- 52 Torre B piso 6, lugar en el cual se recibirán en Días Hábiles desde 27
las 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. En este sentido, no se aceptará la entrega de Sobres de 28
Documentos de la Oferta una vez vencido el plazo de recepción mencionado. 29
Así mismo, en la fecha en la cual se presente el Sobre de Documentos de la Oferta se 30
deberá llevar una copia de la Carta de Presentación de la Oferta en la cual se impondrá 31
la firma del funcionario de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., en donde conste 32
el registro de fecha y hora de entrega del Sobre de Documentos de la Oferta de acuerdo 33
con el reloj que para el efecto esté dispuesto en la oficina de la Financiera de Desarrollo 34
Nacional S.A. en donde se reciban los Sobres de Documentos de la Oferta. 35
(B) Verificación de conformidad del Sobre de Documentos de la Oferta 36
La Financiera de Desarrollo Nacional S.A y el Agente Especial verificarán la 37
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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conformidad del Sobre de Documentos de la Oferta en los plazos indicados en el 1
Cronograma de la Sección 3.8, de conformidad con la Sección 7.3(A) del presente 2
Reglamento, para lo cual se aplicarán las siguientes reglas: 3
(1) Faltas Insubsanables: Serán consideradas como faltas insubsanables: 4
(a) la falta de presentación de la Carta de Presentación de la Oferta; o 5
(b) la falta de firma en la Carta de Presentación de la Oferta; o 6
(c) que se han presentado documentos que contienen adulteraciones o 7
modificaciones de su texto original, o 8
(d) que los documentos no han sido realmente expedidos por quien 9
supuestamente aparece expidiéndolos, o 10
(e) que existen discrepancias con alcance material entre lo afirmado en dichos 11
documentos y la realidad, o 12
(f) que se determine que el Inversionista Precalificado aparece en la lista SDN 13
(Specially Designated Nationals And Blocked Persons List) emitida por la 14
OFAC (Office of Foreign Assets Control) o en cualquier otra, de igual o 15
similar naturaleza, de carácter nacional o internacional; o 16
(g) la falta de presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta; o 17
(h) la sola presentación de un borrador de la Garantía de Seriedad de la Oferta; 18
o 19
(i) la presentación de un original de la Garantía de Seriedad de la Oferta no 20
suscrito por la Compañía de Seguros Aceptable o por el Banco Aceptable. 21
(2) Aclaraciones, Correcciones y Subsanación: En el proceso de verificación de 22
conformidad de la documentación incluida en el Sobre de Documentos de la 23
Oferta, el Agente Especial está facultado para solicitar que se aclaren, corrijan o 24
subsanen errores o deficiencias (distintas de aquellas a que se refiere el numeral 25
(1) inmediatamente anterior), que se hubieren detectado en la documentación. Si 26
ese fuera el caso, el Agente Especial solicitará por escrito a cada uno de los 27
Inversionistas Precalificados sobre las aclaraciones y correcciones necesarias 28
dentro de los plazos establecidos en el cronograma de la Sección 3.8. Los 29
Inversionistas Precalificados dispondrán del plazo establecido en el cronograma 30
de la Sección 3.8, para que procedan de conformidad. Si el Inversionista 31
Precalificado no aclara, corrige o subsana sus documentos dentro del plazo 32
anterior, se considerará que ha desistido de la presentación de su Oferta 33
Vinculante y por tanto se le devolverán los documentos contenidos en el Sobre de 34
Documentos de la Oferta con posterioridad a la Adjudicación. 35
Se entenderá que todos los documentos contenidos en el Sobre de Documentos de la 36
Oferta están conformes, si el Inversionista Precalificado recibe comunicación del Agente 37
Especial expresando su conformidad dentro del plazo establecido en el cronograma de 38
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
Página 50 de 55
la Sección 3.8. 1
(C) Presentación del Sobre de Oferta y Adjudicación de las Acciones 2
En la Fecha de Subasta, los Inversionistas Precalificados cuyos documentos contenidos 3
en el Sobre de Documentos de la Oferta se encuentren conforme a lo establecido en el 4
Reglamento, presentarán su Sobre de Oferta. 5
El Agente Especial procederá a levantar un acta en la que constarán los nombres de los 6
Inversionistas Precalificados que efectivamente presentaron Oferta Vinculante. 7
Posteriormente, se dará apertura a la urna y se abrirán los Sobres de Oferta con el fin de 8
adelantar la Subasta en los términos y condiciones del Anexo J - “Mecanismo de 9
Subasta” del Reglamento. 10
Si por cualquier causa la Subasta debe ser suspendida, el Agente Especial indicará la 11
fecha, lugar y hora en la cual se reanudará, todo lo cual se hará constar en el acta que al 12
efecto se levante, la cual deberá ser suscrita por todos los Inversionistas Precalificados 13
que hayan asistido y presentado Oferta Vinculante, el Agente Especial, y los demás 14
asistentes a la Subasta. Al momento de reanudar la Subasta, se reiniciará en la misma 15
fase en la cual quedó al momento de la suspensión. 16
7.4 EFECTOS DE LAS OFERTAS VINCULANTES 17
La declaración de un Inversionista Precalificado como Inversionista Adjudicatario, dará derecho a 18
dicho Inversionista Precalificado a (a) comprar las Acciones al precio por Acción determinado en su 19
última Oferta Vinculante Aceptable de conformidad con lo establecido en el Mecanismo de Subasta, 20
(b) llevar a cabo la Capitalización de la Nueva Sociedad, en los términos y condiciones que se 21
establezcan en el reglamento de emisión y suscripción de acciones que la Nueva Sociedad emita para 22
el efecto; y (c) los demás previstos en este Reglamento. 23
Así mismo, la declaración de un Inversionista Precalificado como Inversionista Adjudicatario 24
obligará a dicho Inversionista Precalificado a (a) pagar el Precio de Compra, de las Acciones al precio 25
por Acción determinado en su última Oferta Vinculante Aceptable de conformidad con lo establecido 26
en el Mecanismo de Subasta, y (b) pagar los Créditos del Fondo Empresarial, y (c) pagar la 27
Capitalización de la Nueva Sociedad, en los términos y condiciones que se establezcan en el 28
reglamento de emisión y suscripción de acciones que la Nueva Sociedad emita para el efecto; (d) 29
pagar los honorarios del Asesor Externo; y (e) cumplir con la totalidad de las obligaciones previstas 30
en el presente Reglamento, el Contrato de Adquisición de Acciones y la Oferta Vinculante. 31
7.5 IRREVOCABILIDAD DE LAS OFERTAS VINCULANTES: 32
Las Ofertas Vinculantes tendrán carácter irrevocable e incondicional desde el momento de su 33
presentación y suponen la aceptación íntegra e incondicional por el Inversionista Precalificado del 34
Reglamento y, en caso de resultar Inversionista Adjudicatario, la Oferta Vinculante se entenderá 35
aceptada y, en consecuencia, implicará la automática asunción de las obligaciones y compromisos 36
que se deriven de su Oferta Vinculante. 37
7.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: 38
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser emitida por una Compañía de Seguros Aceptable o 1
por un Banco Aceptable a favor de Electricaribe, y deberá ser presentada por los Interesados 2
Precalificados en el Sobre de Documentos de la Oferta. La Garantía de la Seriedad de la Oferta deberá 3
sujetarse a los requisitos que se exponen a continuación: 4
(1) Los Inversionistas Precalificados deberán presentar junto con la Garantía de Seriedad de 5
la Oferta: 6
(a) Si se trata de una póliza de seguros, la certificación del pago de la prima, la nota 7
de cobertura en la cual deben ser nombrados los reasegurados que endosan la 8
póliza, si los hubiere, y la certificación de la Superintendencia Financiera de 9
Colombia en relación con el funcionamiento, vigilancia y representación legal de 10
la entidad que emite la Garantía de Seriedad de la Oferta, cuando se trate de una 11
Compañía de Seguros Aceptable; o 12
(b) Si se trata de una garantía bancaria, la certificación de la Superintendencia 13
Financiera de Colombia en relación con el funcionamiento, vigilancia y 14
representación legal de la entidad que emite la Garantía de Seriedad de la Oferta, 15
cuando se trate de un Banco Aceptable colombiano. 16
(2) El monto de la suma asegurada será de COP$100.000.000.000 (CIEN MIL MILLONES DE 17
PESOS). 18
(3) En el texto de la Garantía de Seriedad de la Oferta se debe designar como beneficiario y 19
asegurado a Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. -Electricaribe. 20
(4) El objeto de la Garantía de Seriedad de la Oferta debe ser: 21
(a) “Garantizar, incondicional e irrevocablemente, la seriedad de la Oferta Vinculante 22
que formula el Inversionista Precalificado a Electricaribe y el Agente Especial, de 23
conformidad con el Reglamento de Precalificación y Presentación de Ofertas 24
Vinculantes, y sus modificaciones, expedido por el Agente Especial de 25
Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. -Electricaribe.” 26
(b) “Garantizar la suscripción de los actos y contratos, así como el cumplimiento de 27
los requisitos necesarios para llevar a cabo los actos descritos en el CAPÍTULO 28
VII del Reglamento en la Fecha de Cierre, garantizar el pago de la pena estipulada 29
para los eventos de incumplimiento y las obligaciones consignadas en la Carta de 30
Presentación de la Oferta.” 31
(5) El texto original de la Garantía de Seriedad de la Oferta debe ser incondicional e 32
irrevocable con una vigencia no inferior a noventa (90) días calendario contados a partir 33
del día anterior a la Fecha de la Subasta. En el caso en que las Ofertas Vinculantes 34
extiendan su vigencia, la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá también 35
ser extendida, lo cual deberá estar expresamente previsto en el texto de la póliza de 36
seguros o de la garantía bancaria. Como consecuencia de lo anterior, quienes hayan 37
presentado Ofertas Vinculantes acreditarán el cumplimiento de la obligación de extender 38
la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta dentro de los cinco (5) Días Hábiles 39
siguientes a la fecha de expedición de la modificación del cronograma. 40
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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(6) Tanto la póliza de seguros como la garantía bancaria serán de “primer llamado” y, por 1
ende, el garante deberá pagar la suma requerida por el Agente Especial de Electricaribe 2
de forma inmediata y sin lugar a excepciones. 3
(7) Las sumas que se lleguen a pagar en desarrollo de la Garantía de Seriedad de la Oferta 4
no se consideran como estimación anticipada de los perjuicios que causare el 5
incumplimiento. En consecuencia, por el pago de la Garantía de Seriedad de la Oferta 6
no se podrá entender ni interpretar que el Inversionista Adjudicatario ha cubierto la 7
totalidad de los perjuicios causados a Electricaribe por su incumplimiento de las 8
obligaciones derivadas del presente Reglamento, razón por la cual, Electricaribe y el 9
Agente Especial se reservan el derecho de instaurar las acciones legales requeridas para 10
obtener el cumplimiento de dichas obligaciones y/o el pago de la totalidad de los 11
perjuicios ocasionados por ese incumplimiento. 12
(8) Las Garantías de Seriedad de la Oferta se devolverán a los Interesados Precalificados 13
distintos del Inversionista Adjudicatario que así lo soliciten en los términos descritos en 14
el Anexo J, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Fecha de Cierre; y al 15
Inversionista Adjudicatario en la Fecha de Cierre, siempre y cuando haya cumplido con 16
todas las obligaciones que se le imponen por haber resultado Inversionista Adjudicatario. 17
(9) En caso de que el Sobre de Documentos de la Oferta sea presentado por un Consorcio, 18
se deberá presentar una sola Garantía de Seriedad de la Oferta por todos los Miembros 19
del Consorcio. 20
7.7 MECANISMO DE SUBASTA 21
(1) La Subasta será adelantada por el Agente Especial en la Fecha de Subasta. A través del 22
Mecanismo de Subasta se recibirán los Sobres de Oferta de parte de los Inversionistas 23
Precalificados, y se procederá a la Adjudicación de las Acciones al Inversionista 24
Precalificado que presente la Oferta Vinculante más alta. 25
(2) El Mecanismo de Subasta tendrá dos fases diferentes así: (a) una fase inicial, donde todos 26
los Inversionistas Precalificados presentarán su Sobre de Oferta y se escogerán los dos 27
(2) Inversionistas Precalificados con Ofertas Vinculantes Aceptables más altas (la “Fase 28
Inicial”), y (b) una fase final, en la que participarán solo los dos (2) Inversionistas 29
Precalificados que presentaron Ofertas Vinculantes Aceptables más altas en la Fase 30
Inicial, quienes tendrán una sola oportunidad de presentar un nuevo Sobre de Oferta, 31
resultando ganador el Inversionista Precalificado que haya presentado la Oferta 32
Vinculante Aceptable más alta (la “Fase Final”). 33
(3) El Mecanismo de Subasta se encuentra descrito en detalle en el Anexo J – “Mecanismo 34
de Subasta” de este Reglamento. 35
(4) Durante la Fase Inicial: 36
(a) Si sólo hay dos (2) Inversionistas Precalificados, se procederá a la Fase Final con 37
esos dos Inversionistas Precalificados. 38
(b) Si sólo hay un (1) Inversionista Precalificado, las Acciones podrá ser adjudicadas 39
a dicho Inversionista Precalificado siempre que el mismo presente una Oferta 40
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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Vinculante Aceptable durante la Fase Inicial. 1
7.8 PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA; RESTRICCIONES 2
(1) Sólo pueden presentar Sobres de Oferta los Interesados que hayan adquirido la calidad 3
de Inversionistas Precalificados en desarrollo del Proceso de Precalificación, de 4
conformidad con lo indicado en el CAPÍTULO IV del presente Reglamento, para lo cual 5
deberán presentar Sobre de Oferta en los plazos y forma establecidos en este CAPÍTULO 6
VII. 7
(2) Entre la fecha de Recepción de Sobres de Precalificación y la Fecha de Subasta no se 8
podrá modificar la composición accionaria del Inversionista Precalificado (salvo que las 9
acciones de dicho Inversionista Precalificado se negocien en una bolsa de valores y no 10
se trate de un accionista que haya acreditado algunos de los requisitos financieros para 11
considerar a un Interesado como Inversionistas Precalificado), y en el caso en que éste 12
se presente como Consorcio, no se podrá cambiar a ninguno de los miembros del 13
Consorcio ni su estructura. 14
7.9 FIRMA DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES 15
El Contrato de Adquisición de Acciones será suscrito por el Inversionista Adjudicatario y 16
Electricaribe después de la Fecha de Adjudicación en la fecha que establezca el cronograma de 17
la Sección 3.8 del Reglamento. 18
7.10 ACTO DE CIERRE 19
(A) Fecha y lugar del Acto de Cierre 20
El Acto de Cierre se llevará a cabo en la Fecha de Cierre, la cual tendrá lugar en la fecha 21
establecida en el Cronograma de la Sección 3.8, y en el mismo lugar en el que se lleve a 22
cabo la Subasta. 23
(B) Actuaciones durante el Acto de Cierre 24
En el curso del Acto de Cierre tendrán lugar los actos indicados en la Sección 2.3(2)(a) 25
de este Reglamento. 26
7.11 TRANSFERENCIA Y SUSCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES 27
(1) La transferencia de la titularidad de las Acciones adjudicadas se realizará con la 28
anotación en el libro de registro de acciones de la Nueva Sociedad a favor del 29
Inversionista Adjudicatario, es decir, con el registro del Inversionista Adjudicatario 30
como titular de las Acciones en el libro de registro de acciones de la Nueva Sociedad 31
una vez cumplidas todas las actuaciones señaladas en la Sección 7.10 anterior. 32
(2) En la Fecha de Cierre para efectos de la capitalización, 33
(a) la Nueva Sociedad formulará una oferta de suscripción de acciones al 34
Inversionista Adjudicatario, conforme al reglamento de emisión y suscripción de 35
acciones que la Nueva Sociedad emita para el efecto, el cual contemplará un 36
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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precio de suscripción total, igual al valor de la Capitalización de la Nueva 1
Sociedad, pagadero de contado en la Fecha de Cierre; y 2
(b) el Inversionista Adjudicatario aceptará en su integridad dicha oferta y pagará el 3
precio de suscripción de las acciones suscritas. 4
7.12 CONSECUENCIAS DEL NO PAGO 5
Una vez realizada la Adjudicación, si el Inversionista Adjudicatario incumple las obligaciones 6
que le corresponden, incluyendo la obligación de hacer los pagos correspondientes en el plazo 7
indicado para tal efecto, Electricaribe hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, sin 8
perjuicio de las acciones legales y contractuales correspondientes. Por lo anterior, Electricaribe 9
y el Agente Especial se reservan el derecho de instaurar las acciones legales requeridas para 10
obtener el cumplimiento de dichas obligaciones y/o el pago de la totalidad de los perjuicios 11
ocasionados por el incumplimiento. 12
7.13 CONDICIONAMIENTOS REGULATORIOS: 13
(1) En el evento en el cual la SIC o cualquier otra entidad con jurisdicción haya 14
condicionado la adquisición de las Acciones, el Inversionista Adjudicatario deberá dar 15
estricto cumplimiento a los condicionamientos impuestos dentro de los plazos 16
establecidos por dicha entidad. La Nueva Sociedad y Electricaribe (o quien este 17
designe), podrán exigir el cumplimiento de dichos condicionamientos. 18
(2) En el evento en el cual el Inversionista Adjudicatario no cumpla con los 19
condicionamientos impuestos, éste deberá pagar a favor de Electricaribe (o de quien 20
este designe) una multa equivalente al 100% del Plan de Inversiones Mínimo la cual 21
tendrá la naturaleza de cláusula penal de apremio, de manera que el Inversionista 22
Adjudicatario deberá pagar a Electricaribe (o a quien este designe) el monto de todos 23
los perjuicios que se causen por dicho incumplimiento. 24
7.14 DECLARACIONES 25
Con la presentación de (i) el respectivo Sobre de Precalificación, cada Interesado, o su 26
representante en su nombre, y (ii) la respectiva Oferta Vinculante, cada Inversionista 27
Precalificado, o su representante en su nombre, declara que: 28
(1) la información suministrada es veraz y corresponde a la realidad, puede ser verificada 29
en cualquier medio, y que autoriza la inclusión y consulta de bases de datos que para el 30
efecto se constituyan o existan; 31
(2) conoce y acepta los términos y condiciones establecidos en el Aviso de Subasta, el 32
Reglamento, el Contrato de Adquisición de Acciones, y en la Oferta Vinculante, y se 33
obliga a cumplir con los términos allí establecidos; 34
(3) en caso de que acceda a la Sala de Información, conoce y acepta las sanciones derivadas 35
del incumplimiento del Acuerdo de Confidencialidad y el Reglamento; 36
(4) la fuente de los recursos destinada al pago de las Acciones es lícita; 37
Capítulo VII – Presentación de Ofertas, Garantía de Seriedad de la Oferta, Mecanismo de
Subasta, Firma del Contrato de Adquisición, Cierre
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(5) acepta que, en los casos de devolución de dinero por cualquier razón, no habrá lugar al 1
reconocimiento de intereses o rendimientos de naturaleza alguna, ni tampoco se 2
reconocerán las deducciones tributarias o retenciones de cualquier otro tipo que resulten 3
aplicables; y 4
(6) acepta y autoriza expresamente a Electricaribe y al Agente Especial para entregar la 5
información suministrada en desarrollo del Proceso de Venta a los Asesores Externos, 6
independientemente de si dicha información está o no cubierta por reserva legal. 7
7.15 DECLARATORIA DE DESIERTA 8
La Subasta se entenderá declarada desierta cuando no se presenten Ofertas Vinculantes 9
Aceptables. 10
Si la subasta se declara desierta, o por cualquier motivo no ocurre el Cierre, no tendrá lugar ni 11
la reestructuración y transferencia del Pasivo Reestructurado ni el Proceso de Reestructuración 12
de Pasivos, los cuales no producirán efecto alguno. 13
Anexo A – Acuerdo de Confidencialidad
A-1
Anexo A 1
Acuerdo de Confidencialidad 2
3
[__]de [__] de 2018 4
5
6
Señores 7
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. 8
Barranquilla 9
10
Ref.: Acuerdo de Confidencialidad – Reglamento de Presentación de Ofertas 11
Vinculantes y Enajenación de Acciones. 12
13
Estimados Señores: 14
Nos referimos al Reglamento de presentación de ofertas vinculantes y enajenación de acciones 15
expedido por Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (“Electricaribe”), para el proceso de búsqueda de 16
un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por 17
Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y 18
Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla esta empresa (el 19
“Reglamento”). Los términos en mayúsculas incluidos en este acuerdo de confidencialidad tendrán, 20
salvo que en ella se indique lo contrario, el significado que se le atribuye en el Reglamento. 21
En relación con nuestro interés de participar en el Proceso de Precalificación y de enajenación 22
de Acciones, entendemos que la suscripción de este Acuerdo de Confidencialidad es una condición 23
para la entrega del Memorando de Información y para permitirnos el acceso a la Sala de Información. 24
Para efectos de la presente carta, el término Material de Evaluación comprende de manera 25
colectiva, toda la información que nos será suministrada, por escrito, de forma oral, por revisión en 26
las oficinas o en otros locales de Electricaribe, o por cualquier otro medio, en el marco del Proceso 27
de Venta, a nosotros o a cualquiera de los funcionarios, asesores o representantes de la entidad que 28
representamos, durante el proceso de nuestra investigación y evaluación, incluyendo el Memorando 29
de Información, los materiales disponibles en la Sala de Información y cualquier información 30
adicional sobre la Primera Fase, legal, tributaria, financiera, comercial y contable, y en general, toda 31
la información relacionada con la operación de Electricaribe, al igual que todos los análisis, estudios, 32
notas, resúmenes y conclusiones, o cualquier otro documento preparado por nosotros, que refleje la 33
información suministrada por Electricaribe. Es considerado Material de Evaluación, adicionalmente 34
y sin limitarse a lo anterior, los planes de negocio y de desarrollo, información técnica y financiera, 35
planes de estrategias comerciales y de servicios, listas de clientes, informes de mercadeo, precios, 36
proveedores o insumos, análisis y proyecciones, especificaciones técnicas, software, datos, secretos 37
industriales, know how y cualquier otra información relevante del negocio de Electricaribe que sea 38
revelada por cualquier medio. El alcance deja de incluir cualquier información que (i) sea publica o 39
este a disponibilidad del público en general o deje de tener naturaleza confidencial, (ii) sea conocida 40
por nosotros o nuestros Representantes al tiempo en que nos sea revelada o sea desarrollada de forma 41
Anexo A – Acuerdo de Confidencialidad
A-2
independiente por nosotros o nuestros Representantes, (iii) deba ser revelada en cumplimiento de una 1
disposición legal o regulatoria o del requerimiento de una autoridad pública o (iv) nos haya sido 2
facilitada por un tercero no sujeto a obligaciones de confidencialidad 3
Reconocemos desde ahora y de manera expresa, la naturaleza confidencial de todo el Material 4
de Evaluación, y nos comprometemos y vinculamos, incluyendo en este compromiso, de ser el caso, 5
a nuestros empleados, asesores, Tercero Operador Idóneo, de ser el caso, y todos aquellos que actúen 6
en nuestro nombre o por instrucciones nuestras (quienes en adelante se denominarán, los 7
“Representantes”) a: 8
1. utilizar el Material de Evaluación con el propósito exclusivo de ayudarnos a tomar una decisión 9
independiente basada en nuestros propios criterios, intereses, análisis, investigación, examen, 10
inspección, visitas y entrevistas, considerados por nosotros suficientes, con base en los cuales 11
determinaremos si nos interesa presentar Oferta Vinculante y los términos de ésta y a mantener 12
el Material de Evaluación en estricta confidencialidad para los efectos aquí contemplados; 13
2. abstenernos de utilizar el Material de Evaluación para obtener una ventaja competitiva (directa 14
o indirecta) en relación con cualquier negocio de Electricaribe; 15
3. no permitir la reproducción o el acceso al Material de Evaluación, ni divulgar de manera parcial 16
o total su contenido a ningún tercero distinto de los Representantes (incluyendo, sin limitación, 17
cualquier representante de la prensa o los medios de comunicación), sin el consentimiento 18
escrito previo de Electricaribe; 19
4. no divulgar a ningún tercero distinto de los Representantes (incluyendo, sin limitación, 20
cualquier representante de la prensa o los medios de comunicación): (a) cualesquiera 21
discusiones internas que se estén llevando a cabo con respecto a una posible Oferta Vinculante, 22
o (b) cualesquiera de los términos, condiciones u otros hechos con respecto a posibles Ofertas 23
Vinculantes (incluido el estado de las mismas), o (c) que la Oferta Vinculante ha sido o está a 24
punto de ser presentada, sin el consentimiento escrito previo de Electricaribe; 25
5. informar a los Representantes sobre la naturaleza confidencial del Material de Evaluación y 26
sobre el hecho de que este es de propiedad exclusiva de Electricaribe. Si lo solicitase 27
Electricaribe, facilitar a Electricaribe los nombres de todas los Representantes a quienes se 28
haya facilitado el Material de Evaluación; 29
6. no hacer ninguna afirmación o compromiso respecto a la exactitud o integridad de cualquier 30
información suministrada a nosotros o nuestros Representantes por parte de Electricaribe. 31
Aceptamos que Electricaribe no tendrá ninguna responsabilidad hacia nosotros o a cualquiera 32
de nuestros Representantes derivada del uso (incluyendo conclusiones e inferencias) que 33
demos al Material de Evaluación; 34
7. en el evento en que nos veamos obligados a divulgar de manera total o parcial el contenido del 35
Material de Evaluación en cumplimiento de una obligación legal o regulatoria y/o por orden 36
de una autoridad judicial o administrativa, bolsa de valores, o autoridad de autorregulación, 37
aceptamos y nos obligamos a darle aviso escrito inmediato a Electricaribe, siempre que ello 38
esté permitido por la normativa aplicable, de manera que se puedan ejercer los correspondientes 39
derechos de protección o de tutela, según corresponda; 40
8. informar a Electricaribe de forma inmediata en el evento en que llegue a nuestro conocimiento 41
que el Material de Evaluación ha sido facilitado a un tercero no autorizado, siempre que ello 42
Anexo A – Acuerdo de Confidencialidad
A-3
esté permitido por la normativa aplicable y los procedimientos legales correspondientes, bajo 1
el entendido que todo el Material de Evaluación es propiedad única de Electricaribe; 2
9. en cualquier momento, a petición por escrito de Electricaribe, o en el supuesto de que terminara 3 nuestro interés en el Proceso de Venta: (a) dentro de un plazo de diez (10) días posteriores a 4 la solicitud por escrito de Electricaribe, destruir o devolver a Electricaribe todo el Material de 5 Evaluación, así como cualquier copia, fotografía o reproducción de los documentos contentivos 6 de Material de Evaluación, bajo el entendido que no estaremos obligados a destruir o devolver 7 (i) el Material de Información en la medida y por el período que tengamos prohibido hacerlo a 8 causa de una citación, proceso, ley gubernamental, norma o reglamentación o la orden de 9 cualquier órgano judicial o administrativo ni (ii) el Material de Información generado de 10 acuerdo con procedimientos automáticos de back-up o sistemas o procedimientos de 11 recuperación en caso de desastre (disaster recovery), los cuales tienen acceso restringido; (b) 12 confirmar por escrito a Electricaribe que todo el Material de Información ha sido destruido; y 13 (c) mantener, en los términos de este acuerdo, la confidencialidad del Material de Información 14 que no sea devuelto o destruido; 15
10. Aceptamos y reconocemos que los documentos, información o Material de Evaluación que sea 16
suministrado por Electricaribe no constituyen ninguna oferta; 17
11. aceptamos y reconocemos que no podremos ceder este acuerdo sin autorización previa de 18
Electricaribe; 19
12. ningún tercero que no sea parte del presente contrato (a excepción de los Afiliados) tendrá 20
derecho a reclamar con base en este contrato o a hacer cumplir sus términos; 21
13. aceptamos y reconocemos que una indemnización monetaria no será suficiente para cubrir los 22
perjuicios que resulten de la violación del presente acuerdo por nuestra parte o la de nuestros 23
Representantes. En consecuencia, Electricaribe podrá perseguir la indemnización de perjuicios 24
y ejercer cualquier acción legal para evitar que le sigan ocasionando perjuicios como 25
consecuencia de la violación. Finalmente, nos obligamos a mantener indemne a Electricaribe 26
contra cualquier daño o perjuicio que se derive de reclamaciones iniciadas en contra de 27
cualquiera de ellos por parte de terceros, como consecuencia directa de la revelación o 28
utilización del Material de Evaluación por parte nuestra, en contravención a lo dispuesto en 29
este Acuerdo de Confidencialidad; y 30
14. aceptamos y reconocemos igualmente que Electricaribe no será en ningún momento 31
responsable por las inexactitudes u omisiones que se puedan presentar en el Material de 32
Evaluación. Entendemos y aceptamos que es responsabilidad exclusiva de quien suscribe esta 33
carta o de la entidad que represento y en general de los Representantes, verificar la información, 34
concluir sobre su suficiencia y analizarla y adoptar de manera absolutamente independiente la 35
decisión de presentar una Oferta Vinculante. 36
Entendemos y aceptamos que, al brindarnos acceso a la Sala de Información, Electricaribe 37
acepta la totalidad de los términos de este acuerdo de confidencialidad y, por tanto, podrá exigir su 38
cumplimiento y ejercer todas las acciones que sean necesarias para obtener su cumplimiento, una 39
indemnización de perjuicios, o cualquier otro remedio previsto en la ley aplicable. Este compromiso 40
estará vigente a partir de la fecha indicada al inicio y por tres (3) años contados a partir de la fecha 41
indicada en el encabezado y no podrá ser cedido total o parcialmente por mi representada/o, sin 42
obtener antes el consentimiento escrito de Electricaribe. 43
44
Anexo A – Acuerdo de Confidencialidad
A-4
El presente compromiso de confidencialidad se rige enteramente por las leyes de la Republica 1
de Colombia. Todas las controversias que se deriven del presente acuerdo serán resueltas 2
definitivamente por un tribunal de arbitramento presentado ante el Centro de Arbitraje y Conciliación 3
de la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual estará sujeto a sus reglamentos y al procedimiento allí 4
contemplado, de acuerdo con las siguientes reglas: (a) el tribunal estará integrado por tres árbitros 5
designados por las partes de común acuerdo. En caso de que no fuere posible, los árbitros serán 6
designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, a solicitud 7
de cualquiera de las partes; (b) el tribunal decidirá en derecho; (c) el tribunal sesionará en las 8
instalaciones del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá; y (d) la 9
secretaría del tribunal estará integrada por un miembro de la lista oficial de secretarios del Centro de 10
Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá 11
12
Muy atentamente, 13
[NOMBRE DEL INTERESADO] 14
Por: __________________________________ 15
Nombre: [__] 16
C.C.: [__] 17
Cargo: [__]18
Anexo B – Carta de Intención
B-1
Anexo B 1
Carta de Intención 2
[Ciudad], [__] de [__] de [__] 3
Señores 4
[NOMBRE DEL INTERESADO] 5
Atención: [__] 6
[CARGO] 7
[Ciudad] 8
Ref.: Carta de Intención. 9
Estimados señores, 10
Esta carta de intención (la “Carta de Intención”) (1) se suscribe en el marco del Proceso de 11
Precalificación y el Proceso de Venta, tal como dichos términos se definen en el Reglamento de 12
Presentación de Ofertas Vinculantes y Enajenación de Acciones (el “Reglamento”) expedido por 13
Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (la “Compañía”), y (2) confirma el interés de [__] (el 14
“Operador”) en suscribir con [__] (el “Interesado” y en conjunto con el Operador, en adelante las 15
“Partes”) un contrato de operación y mantenimiento (el “Contrato de Operación y Mantenimiento”) 16
que se adjunte a la oferta vinculante que el Interesado formule para adquirir las acciones en el capital 17
de la Nueva Sociedad (como dicho término se define en el Reglamento). Los términos que se utilizan 18
con letra mayúscula inicial en este formato tendrán los significados que se le atribuyen en el 19
Reglamento 20
1. Declaraciones del Operador. El Operador: 21
(a) reconoce y acepta que ha tenido acceso al Reglamento y que conoce la 22
totalidad de sus términos, incluyendo todos aquellos que establecen los requisitos técnicos que debe 23
acreditar el Interesado que desee convertirse en Inversionista Precalificado; y 24
(b) declara que cumple con los requisitos establecidos en la Sección 25
[4.3(B)(1)(a)(i)(A)] del Reglamento. 26
(c) declara que conoce los términos y condiciones previstos en el Anexo A - 27
“Acuerdo de Confidencialidad” del Reglamento y que acepta estar vinculado por los mismos. 28
2. [Condiciones Mínimas para el Contrato de Operación y Mantenimiento. Con su 29
suscripción de esta Carta de Intención, el Operador confirma su disposición a que el Contrato de 30
Operación y Mantenimiento contenga, al menos, los términos que se indican en esta Sección 2. Así, 31
el Operador reconoce que, con el fin de garantizar la continua y efectiva prestación de los servicios 32
públicos actualmente a cargo de la Compañía y, en el futuro, a cargo de la Nueva Sociedad, el 33
Contrato de Operación y Mantenimiento deberá, como mínimo, cumplir con los siguientes requisitos: 34
(a) Partes: (i) el Interesado, (ii) el Operador, y (iii) la Nueva Sociedad, como 35
beneficiaria de los servicios de operación y mantenimiento a cargo del Operador. 36
(b) Duración: Mínimo tres (3) años contados a partir de la fecha en que el 37
Interesado adquiera las acciones en el capital de la Nueva Sociedad. 38
Anexo B – Carta de Intención
B-2
(c) Terminación Anticipada del Contrato: El contrato solamente se podrá 1
terminar anticipadamente antes del cumplimiento del plazo establecido en la letra (b) anterior, en la 2
medida en que se cuente con la autorización previa, expresa y escrita de la Superintendencia de 3
Servicios Públicos Domiciliarios, quien determinará las condiciones que deba cumplir el nuevo 4
Operador. 5
(d) Modificación del Contrato: Las partes solamente podrán modificar el 6
contrato, sin que se afecten las condiciones técnicas y de calidad, confiabilidad y continuidad en la 7
prestación del servicio, en la medida en que se cuente con la autorización previa, expresa y escrita del 8
la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. 9
(e) Cesión del Contrato: El Operador no podrá ceder su posición contractual sin 10
la previa autorización escrita de Electricaribe (o de quien este designe). 11
3. Confidencialidad y Publicidad. Esta Carta de Intención y sus contenidos son 12
estrictamente confidenciales y no deben ser revelados a ninguna Parte sin el consentimiento previo y 13
escrito de la otra Parte y la Compañía. 14
4. Efecto de la Carta de Intención. Esta Carta de Intención tiene como único propósito 15
describir los términos mínimos que el Operador está dispuesto a incluir en el Contrato de Operación 16
y Mantenimiento. Esta Carta de Intención no es una oferta y, por lo tanto, cualquier obligación de 17
las Partes con respecto al Contrato de Operación y Mantenimiento, o cualquier otra transacción 18
mencionada en esta Carta de Intención, estará sujeta a la negociación por representantes autorizados 19
de las Partes de los demás términos y condiciones del Contrato de Operación y Mantenimiento que 20
las Partes estimen convenientes, siempre que no desvirtúen o sean contradictorios con los términos 21
indicados en la Sección 2 de esta Carta de Intención. 22
5. [OTROS].1 23
Si el Interesado está de acuerdo con los términos de esta Carta de Intención, por favor 24
sírvase manifestarlo en el espacio dispuesto para el efecto al final de este documento y devolver una 25
copia firmada a las oficinas del Operador. 26
Muy atentamente, 27
[NOMBRE DEL OPERADOR] 28
Por: __________________________________ 29
Nombre: [__] 30
C.C.: [__] 31
Cargo: [__]32
1 Nota al Documento: el Operador y el Interesado incluirán otros términos que estimen convenientes, siempre
que sean compatibles con las demás disposiciones de esta Carta de Intención.
Anexo C – Carta de Solicitud de Precalificación
C-1
Anexo C 1
Carta de Solicitud de Precalificación 2
[__]de [__] de 2018 3
Señores 4
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. 5
Barranquilla 6
7
Ref.: Carta de Solicitud de Precalificación – Reglamento de Presentación de Ofertas 8
Vinculantes y Enajenación de Acciones. 9
10
Estimados Señores: 11
Nos referimos al Reglamento de presentación de ofertas vinculantes y enajenación de acciones, 12
expedido por Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (“Electricaribe”), para el Proceso de búsqueda de 13
un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por 14
Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y 15
Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla esta empresa (el 16
“Reglamento”). Los términos en mayúsculas incluidos en esta Carta de Solicitud de Precalificación 17
tendrán, salvo que en ella se indique lo contrario, el significado que se le atribuye en el Reglamento 18
o, si aplica, sus Anexos. 19
En desarrollo de las disposiciones contenidas en el Reglamento, por medio de la presente 20
[actuando en mi propio nombre y representación/actuando en nombre y representación de [incluir 21
nombre del Interesado]] solicito ser declarado como Inversionista Precalificado. A tal efecto, a 22
continuación, relacionamos los documentos que conforman el Sobre para Precalificación en original 23
y dos (2) copias, foliados, sin tachaduras ni enmendaduras: 24
1. Documento de poder con [presentación personal debidamente ante Notario 25
Público/apostillado]. 26
2. Documentos que acreditan la existencia y representación del Interesado, consistentes en (i) 27
[__], (ii) [__], [INCLUIR LISTADO DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXISTENCIA 28
Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL INTERESADO CONFORME A LO INDICADO EN EL 29
NUMERAL 4.2 DEL REGLAMENTO]; 30
3. [Documentos que acreditan la existencia y representación de [__] (el “Tercero Operador 31
Idóneo”), consistentes en (i) [__], (ii) [__], [INCLUIR LISTADO DE DOCUMENTOS QUE 32
ACREDITEN LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL TERCERO OPERADOR 33
IDÓNEO CONFORME A LO INDICADO EN EL NUMERAL 4.2 DEL REGLAMENTO].] 2 34
2 Eliminar en caso de que el Interesado cumpla con los requisitos técnicos.
Anexo C – Carta de Solicitud de Precalificación
C-2
4. Certificación suscrita por el [revisor fiscal/representante legal/auditor externo/figura análoga] 1
del [Interesado/Miembro del Consorcio] en la cual se acredita que el [Interesado/Miembro del 2
Consorcio] cumple[, directamente o por intermedio de las entidades señaladas en la Sección 3
4.3(A)(3)(a) del Reglamento,]3 con los requisitos financieros establecidos en el numeral 4
[4.3(A)(1)(a)4/ 4.3(A)(1)(b)5] del Reglamento. 5
5. [Certificación suscrita por el [revisor fiscal/representante legal/auditor externo/figura análoga] 6
del [Interesado/Miembro del Consorcio] en la cual se acredita que el [Interesado/Miembro del 7
Consorcio] cumple, directamente o por intermedio de las entidades señaladas en la Sección 8
[4.3(B)(3)(a)6/ 4.3(B)(3)(b)7] del Reglamento, con los requisitos técnicos establecidos en la 9
Sección [4.3.(B)(1)(a)8/4.3(B)(1)(b)(i)(A)9/(B)10] del Reglamento.]11 10
6. Certificación suscrita por el [representante legal/figura análoga] del [Interesado/Miembro del 11
Consorcio] en la cual se acredita que el [Interesado/Miembro del Consorcio] cumple con los 12
requisitos legales establecidos en el numeral 4.3(C) del Reglamento. 13
7. Certificación suscrita por el revisor fiscal o el auditor externo, o la figura análoga que 14
corresponda, o el representante legal del Tercero Operador Idóneo en la que se certifique que 15
el Tercero Operador Idóneo cumple con los requisitos establecidos en la Sección 16
4.3(B)(1)(a)(i) del Reglamento. 17
8. Carta de Intención expedida por el Tercero Operador Idóneo conforme a lo dispuesto en la 18
Sección 4.3(B)(c)(ii). 19
9. Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos regulatorios de conformidad con 20
la Sección [4.3(D)] del Reglamento 21
[Así mismo, a efectos de cumplir con los requisitos previstos en [las Secciones 4.3(A)(1) y 22
4.3(B)(1)]12 / [la Sección 4.3(B)(1)]13 del Reglamento, informamos que los mismos son acreditados 23
con los méritos técnicos [del Interesado y] [INCLUIR NOMBRE DE LA ENTIDAD QUE APLIQUE 24
CONFORME A LA SECCIÓN 4.3(B)(3)(a) [INTERESADOS DISTINTOS A FONDOS] O 25
4.3(B)(3)(b) [INTERESADOS QUE SON FONDOS] DEL REGLAMENTO], una sociedad constituida 26
de conformidad con las leyes de [__] y [controlada (directa/indirectamente) por [el 27
Interesado]/[NOMBRE DE MIEMBRO DEL CONSORCIO]/[ENTIDAD QUE CORRESPONDA 28
CONFORME A LA SECCIÓN 4.3(B)(3)(b) – EN EL CASO DE FONDOS]] / [que (directa o 29
indirectamente) controla [al Interesado] /[NOMBRE DE MIEMBRO DEL CONSORCIO]] / [que es 30
3 No aplica para Fondos de Capital Privado.
4 Para Interesados no consorciados.
5 Para Interesados consorciados.
6 Aplica a Interesados distintos a Fondos de Capital Privado.
7 Aplica a Interesados que son Fondos de Capital Privado.
8 Aplica para Interesados no consorciados.
9 Aplica si Consorcio acredita requisitos técnicos con uno sólo de sus miembros.
10 Aplica si Consorcio acredita requisitos técnicos con dos miembros, incluyendo el Líder.
11 Aplica si Interesado no acredita requisitos técnicos mediante Carta de Intención con un Tercero Operador Idóneo.
12 Aplica para interesados distintos a Fondos.
13 Aplica a Interesados que son Fondos.
Anexo C – Carta de Solicitud de Precalificación
C-3
controlada (directa o indirectamente) por quienes controlan [al Interesado]/[NOMBRE DE 1
MIEMBRO DEL CONSORCIO]]14. [A efectos de lo anterior se incluye en el Sobre para 2
Precalificación certificación suscrita por el representante legal y el [revisor fiscal/auditor 3
externo/figura análoga] de [INCLUIR NOMBRE EMPRESA CON LA CUAL SE TIENE SITUACIÓN 4
DE CONTROL], en la cual se certifica la relación de Control existente entre dichas entidades, así 5
como los documentos de existencia y representación legal, consistentes en [_____], [____] y 6
[_____].]15 y un esquema gráfico que evidencia dichas relaciones. 7
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, en nombre y representación de [__], declaro 8
conocer, aceptar y someterme íntegramente a las disposiciones contenidas en el Reglamento, y en 9
desarrollo de las mismas, en nombre y representación de [__], declaro bajo juramento que: 10
(a) Todo el Material de Evaluación al que he tenido acceso con el objeto de preparar y formular la 11
Oferta Vinculante es confidencial, y dicha obligación de confidencialidad compromete [al 12
Interesado/a cada Miembro del Consorcio / y al Tercero Operador Idóneo] junto con sus 13
funcionarios, agentes, asesores y representantes, sin perjuicio de lo establecido en el Acuerdo 14
de Confidencialidad. 15
(b) La Oferta Vinculante que se formule estará basada exclusivamente en mis propias 16
averiguaciones, estudios, auditorías y proyecciones hasta donde lo he considerado conveniente. 17
(c) Los documentos que se presentan en el Sobre para Precalificación son originales, las copias de 18
los mismos son copias fieles de sus originales y las personas que los suscriben tiene la 19
capacidad para hacerlo. 20
(d) No me encuentro, ni cada Miembro del Consorcio ni el Tercero Operador Idóneo, en 21
incumplimiento con lo establecido en el numeral 3.9(D) y 3.9(E) del Reglamento y Acuerdo 22
de Confidencialidad. 23
Cualquier notificación que deban enviarme durante el todo el proceso del Proceso de Venta, 24
deberá realizarse a las siguientes direcciones: 25
[Dirección: ________________] 26
[E-mail:___________________] 27
Muy atentamente, 28
[NOMBRE DEL INTERESADO] 29
Por: __________________________________ 30
Nombre: [__] 31
C.C.: [__] 32
14 Ajustar dependiendo de los méritos a ser utilizados para cumplir con los requisitos establecidos en Las Secciones 4.3(B)
y 4.3(A) del Reglamento.
15 Ajustar dependiendo de los méritos a ser utilizados para cumplir con los requisitos establecidos en las Secciones 4.2 y
4.3 del Reglamento.
Anexo C – Carta de Solicitud de Precalificación
C-4
Cargo: [__]1
Anexo D – Guía del Usuario
D-1
Anexo D 1
Guía del Usuario 2
1. INTRODUCCIÓN 3
Las presentes reglas para el uso de la Sala de Información (la “Guía del Usuario”) por parte de 4
los Interesados constituyen un anexo del Reglamento. La presente Guía del Usuario tiene por objeto 5
establecer el procedimiento que deben seguir los Interesados para acceder a la Sala de Información. 6
La Sala de Información se encuentra ubicada en la siguiente página web 7
https://www.intralinks.com/login, a través del Intralinks Virtual Data Room (la “Sala de 8
Información”). 9
Teniendo en cuenta que la presente Guía del Usuario forma parte integral del Reglamento, las 10
palabras aquí utilizadas que tengan su primera letra en mayúscula, y no hayan sido definidas en la 11
presente Guía del Usuario, tendrán el significado que se les atribuye en el Reglamento. 12
2. RESPONSABLE DE LA SALA DE INFORMACIÓN 13
(a) Electricaribe es la propietaria de la información para lo cual ha designado la 14
administración de la Sala de Información al equipo del Agente Especial, en cabeza de la 15
persona que se indica a continuación (el “Administrador”). Ésta será la encargada de 16
coordinar y asignar el acceso a la Sala de Información, así como gestionar las preguntas 17
que se formulen, conforme a lo indicado en el presente documento. Los datos de contacto 18
del Administrador son los siguientes: 19
Nombre: Daniella Espinosa Escaf 20
Área: Gerencia Financiera 21
Tel.: 3611000 Ext: 81402 22
Dirección: Carrera 55 No. 72-109, Piso 4 23
Correo electrónico: [email protected] 24
(b) El Agente Especial de Electricaribe podrá sustituir el Administrador de la Sala de 25
Información, en cualquier momento. En tal caso, enviará una notificación por escrito al 26
Interesado. 27
3. LA SALA DE INFORMACIÓN 28
(a) Proceso de Ingreso a la Sala de Información 29
(i) Para que un Interesado, o cualquiera de sus Representantes (como dicho término 30
se define en el Acuerdo de Confidencialidad incluido como Anexo A del 31
Reglamento) ingrese como visitante de la Sala de Información (cualquiera de los 32
anteriores, un “Visitante”) se requiere que el Interesado cumpla con los siguientes 33
requisitos: 34
(A) El Interesado deberá suscribir el Acuerdo de Confidencialidad, el cual 35
forma parte del Reglamento como Anexo A, y adjuntar una copia del 36
certificado de existencia y representación legal o documento equivalente, 37
el cual no tendrá más de 30 días de expedición, en dónde se acredite que 38
Anexo D – Guía del Usuario
D-2
quien suscribe el Acuerdo de Confidencialidad se encuentra debidamente 1
facultado para hacerlo. El Interesado deberá entregar al Administrador una 2
copia firmada del Acuerdo de Confidencialidad, físicamente o mediante 3
versión escaneada por correo electrónico, a las direcciones indicadas en la 4
Sección 2(a) anterior. 5
(B) Cada Interesado deberá pagar la suma de COP$ 30.000.000 en la cuenta 6
bancaria cuyos datos son los siguientes: 7
Entidad Financiera: Banco Bogotá 8
NIT: 800256769-6 9
Número de Cuenta: 996009148 10
Tipo de Cuenta: Ahorros 11
Denominación: Fiduciaria Corficolombiana S.A. - Fideicomiso 12
Electricaribe Recaudos 13
14
Este pago se podrá hacer mediante consignación o transferencia 15
electrónica, la cual deberá ser acreditada al correo electrónico: 16
[email protected]. En caso de que el pago no se acredite en la 17
forma antes indicada, se entenderá para todos los efectos que no se ha 18
efectuado, de tal forma que el Interesado no podrá ingresar como visitante 19
a la Sala de Información, muy a pesar de que por cualquier motivo haya 20
suscrito el Acuerdo de Confidencialidad. 21
(C) Una vez entregado el Acuerdo de Confidencialidad conforme a lo dispuesto 22
en la letra (A) anterior, el Administrador pondrá a disposición del 23
respectivo Interesado un formulario de acceso a la Sala de Información. 24
Los interesados en acceder a la Sala de Información deberán solicitar el 25
acceso mediante comunicación enviada por correo electrónico al 26
Administrador, a la cual deberá adjuntar el formulario de acceso 27
debidamente diligenciado. 28
(D) Se habilitará acceso a un máximo de quince (15) Visitantes por cada 29
Interesado. 30
(E) Sólo se atenderán solicitudes de acceso enviadas por la persona cuyo 31
contacto queda registrado en el Acuerdo de Confidencialidad. 32
(ii) Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos anteriores, en un plazo no 33
mayor a cinco (5) días, los Visitantes recibirán vía correo electrónico una 34
invitación para acceder a la plataforma de Intralinks. Dicha plataforma podrá ser 35
utilizadas únicamente por el Visitante y la información de acceso no podrá ser 36
cedida. 37
(iii) El Visitante podrá acceder a la Sala de Información desde que reciba la clave de 38
acceso y hasta la fecha de entrega del Sobre para Precalificación. El 39
Administrador podrá extender este periodo para quienes presenten Ofertas 40
Vinculantes Aceptables. 41
(iv) La infracción de las disposiciones de la presente Guía del Usuario y en el 42
Anexo D – Guía del Usuario
D-3
tratamiento de la información confidencial allí contenida podrá dar lugar a la 1
pérdida de la calidad de Visitante de la Sala de Información y a que su oferta no 2
sea considerada una Oferta Vinculante Aceptable, sin perjuicio de las acciones 3
legales o contractuales que puedan derivarse de dicha infracción. 4
(b) Reglas de Uso de la Sala de Información 5
(i) El Visitante acepta desde ahora adherirse a los términos y condiciones 6
establecidos en la página web https://www.intralinks.com/, correspondientes a las 7
reglas de acceso a dicha página establecidas por Intralinks desarrollador de la 8
mencionada página web. 9
(ii) El Visitante no podrá compartir su clave de acceso con ninguna otra persona ni 10
podrá revisar el contenido de la Sala de Información en compañía de terceros, a 11
menos que dichos terceros sean sus Representantes, tal y como se define este 12
término en el Acuerdo de Confidencialidad. En todo caso, los Visitantes se 13
comprometen a entregar una copia de estas reglas de acceso a los Representantes 14
suyos que tengan acceso a la Sala de Información para que estos las conozcan. 15
(iii) El Visitante se obliga a mantener la clave de acceso en un lugar seguro y, respecto 16
de esta y del material de evaluación, deberá obrar con la diligencia que un buen 17
hombre de negocios utiliza en la conservación, custodia y protección de su 18
información confidencial y de sus secretos industriales. 19
(c) Información Adicional: 20
(i) Los visitantes que reciban acceso a la Sala de Información sólo podrán formular 21
preguntas hasta el sexto (6º) Día Hábil anterior a la fecha de entrega del Sobre de 22
Precalificación. 23
(ii) Cualquier solicitud de información adicional, así como cualquier pregunta o 24
comentario, debe canalizarse a través del Q&A que se encuentra en la Sala de 25
Información. Cada viernes se hará un cierre de las preguntas allegadas a través del 26
Q&A a lo largo de la semana, a las cuales se les dará respuesta en los términos 27
que considere el Administrador. 28
(d) Otras Reglas: 29
(i) El Interesado entiende que la información proporcionada en la Sala de 30
Información podrá ser ampliada, modificada o limitada en cualquier momento por 31
parte de Electricaribe y que Electricaribe puede suspender el acceso a la Sala de 32
Información, bajo el principio de la buena fe. Igualmente entiende que los activos, 33
pasivos, contratos, entre otros, de Electricaribe son susceptibles de modificación 34
en el tiempo. De tal forma, los registros contables, financieros, así como la 35
información institucional y técnica, entre otra, obedece a una realidad presente en 36
un momento en el tiempo, la cual puede haber variado para el momento de su 37
revelación o variar en el futuro. 38
(ii) El Interesado entiende y reconoce que ni Electricaribe ni los Asesores Externos, 39
ni ninguno de sus empleados, administradores, representantes o asesores está 40
otorgando representación o garantía alguna, explícita o implícita, en cuanto a la 41
Anexo D – Guía del Usuario
D-4
exactitud, veracidad o integridad de la información que sea suministrada a través 1
de la Sala de Información. Por lo anterior, ni Electricaribe ni los Asesores 2
Externos, ni ninguno de sus empleados, administradores, representantes o 3
asesores tendrán responsabilidad alguna frente al Interesado o cualquier otra 4
persona en relación con la información suministrada o resultante del uso de esta. 5
4. CONFIDENCIALIDAD: 6
La información disponible en la Sala de Información esta explícitamente definida como 7
confidencial y está cubierta bajo el Acuerdo de Confidencialidad previamente firmado por el 8
Interesado. Se recuerda a los Interesados que la información contenida en la Sala de Información debe 9
ser utilizada exclusivamente para la evaluación de una posible Oferta Vinculante y no puede ser 10
utilizada directa o indirectamente para propósito distinto. 11
No se garantiza que en la sala de información se encuentre toda la información y 12
documentación que puedan requerir los interesados, en consecuencia, cada uno de los interesados 13
deberá efectuar una evaluación independiente y su eventual decisión de participar en el mencionado 14
proceso será producto exclusivo de sus propios análisis e investigaciones.15
Anexo E – Modelo de Poder de Representación
E-1
Anexo E 1
Modelo de Poder de Representación 2
[__] de [__] de 2018 3
Ref.: Modelo de Poder de Representación – Reglamento de Enajenación de Acciones. 4
Yo, [__] mayor de edad, con domicilio en [__], identificado con Cédula de [Ciudadanía / 5
Extranjería] No. [__] expedida en [__], [actuando en mi propio nombre y representación/actuando en 6
representación de [__]] debidamente facultado para la celebración de este acto según consta en los 7
documentos que se adjuntan como anexo A, por medio del presente documento confiero poder 8
especial a [__] mayor de edad, con domicilio en [__], identificado con Cédula de 9
[Ciudadanía/Extranjería] No. [__] expedida en [__] (el “Apoderado”) para que en nombre y 10
representación [mía/de la entidad que represento]: 11
1. Presente el Sobre para Precalificación en desarrollo del Proceso de Precalificación y formule 12
Oferta Vinculante en relación con el Proceso de Venta, según se define en el Reglamento, y 13
bajo los términos y condiciones allí establecidos. En desarrollo de lo aquí establecido, el 14
Apoderado estará facultado para que en nombre y representación de [____] y el poderdante 15
realice los siguientes actos: 16
(a) suscribir y presentar la Carta de Solicitud de Precalificación; 17
(b) suscribir y presentar la Oferta Vinculante; 18
(c) suscribir y presentar todas las certificaciones que sean necesarias y requeridas en el 19
Reglamento. 20
2. Trate con el Agente Especial, o quien este designe, todos los asuntos que se pudieran presentar 21
en relación con los documentos incluidos en el Sobre para Precalificación, los documentos de 22
la Oferta Vinculante, y, en general, con todos los asuntos y trámites relacionados con el Proceso 23
de Venta. 24
3. Responda, en nombre del Interesado o del Inversionista Precalificado, según corresponda, y 25
con efecto vinculante para su(s) poderdante(s), todas las preguntas o aclaraciones que le sean 26
formuladas por Agente Especial, y recibir notificaciones en nombre y representación del 27
Interesado o del Inversionista Precalificado, según corresponda. 28
4. En general, realizar cuantos actos sean necesarios con el objeto de llevar a buen fin el ámbito 29
de la representación conferido en este poder. 30
Los términos en mayúscula tendrán el significado que se asigna en el Reglamento, salvo que 31
se manifieste expresamente lo contrario. 32
33
Anexo E – Modelo de Poder de Representación
E-2
[NOMBRE DEL PODERDANTE] 1
Por: __________________________________ 2
Nombre: 3
C.C. No.: 4
Cargo: 5
ACEPTO 6
Por: _______________________________ 7
Nombre: 8
C.C. No.:9
Anexo F – Poder de Miembros del Consorcio
F-1
Anexo F 1
Poder de Miembros del Consorcio 2
3
[__] de [__] de 2018 4
5
Ref.: Poder de Miembros del Consorcio – Reglamento de Presentación de Ofertas 6
Vinculantes, y Enajenación de Acciones. 7
8
Yo, [__] mayor de edad, con domicilio en [__], identificado con Cédula de [Ciudadanía / 9
Extranjería] No. [__] expedida en [__], actuando en representación de [__], en su calidad de Miembro 10
del Consorcio [__] y en representación del Consorcio [__], debidamente facultado para la celebración 11
de este acto según consta en los documentos que se adjuntan como anexo A, por medio del presente 12
documento confiero poder especial a [__], mayor de edad, con domicilio en [__], identificado con 13
Cédula de [Ciudadanía/Extranjería] No. [__] expedida en [__] (el “Apoderado”) para que en nombre 14
y representación de [__] y del Consorcio [__]: 15
1. Presente el Sobre para Precalificación en desarrollo del Proceso de presentación de ofertas 16
vinculantes y proceso de enajenación y formule Oferta Vinculante en relación con el Proceso 17
de Venta, según se define en el Reglamento, y bajo los términos y condiciones allí establecidos. 18
En desarrollo de lo aquí establecido, el Apoderado estará facultado para que en nombre y 19
representación del Consorcio [____] y el poderdante realice los siguientes actos: 20
(a) suscribir y presentar la Carta de Solicitud de Precalificación; 21
(b) suscribir y presentar la Oferta Vinculante; 22
(c) suscribir y presentar todas las certificaciones que sean necesarias y requeridas en el 23
Reglamento. 24
2. Trate con el Agente Especial, o quien este designe, todos los asuntos que se pudieran presentar 25
en relación con los documentos incluidos en el Sobre para Precalificación, los documentos de 26
la Oferta Vinculante, y, en general, con todos los asuntos y trámites relacionados con el Proceso 27
de Venta. 28
3. Responda, en nombre del Interesado o del Inversionista Precalificado, según corresponda, y 29
con efecto vinculante para su(s) poderdante(s), todas las preguntas o aclaraciones que le sean 30
formuladas por Agente Especial, y recibir notificaciones en nombre y representación del 31
Interesado o del Inversionista Precalificado, según corresponda. 32
4. En general, realizar cuantos actos sean necesarios con el objeto de llevar a buen fin el ámbito 33
de la representación conferido en este poder. 34
Los términos en mayúscula tendrán el significado que se asigna en el Reglamento, salvo que 35
Anexo F – Poder de Miembros del Consorcio
F-2
se manifieste expresamente lo contrario. 1
CONSORCIO [__] [NOMBRE DEL PODERDANTE] 2
Por: __________________________________ 3
Nombre: 4
C.C. No.: 5
Cargo: 6
ACEPTO 7
Por: _______________________________ 8
Nombre: 9
C.C. No.: 10
Anexo G – Reestructuración de Pasivos
G-1
Anexo G 1
Reestructuración de Pasivos 2
TÉRMINOS Y CONDICIONES 3
REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA FINANCIERA ELECTRICARIBE 4
S.A. E.S.P. 5
Septiembre 27, 2018 6
7
El presente resumen de Términos y Condiciones es presentado por los acreedores financieros de 8
Electricaribe S.A. E.S.P. (la “Compañía”) abajo mencionados (los “Acreedores Financieros”), con 9
el fin de ser tenido en cuenta por parte del Agente Especial de Electricaribe S.A. E.S.P. en el proceso 10
de búsqueda de un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de transmisión 11
regional atendido por Electricaribe S.A. E.S.P en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, 12
Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que 13
desarrolla Electricaribe S.A. E.S.P. (el “Proceso”) 14
Este documento representa una versión revisada de los Términos y Condiciones presentados por los 15
acreedores financieros al Agente Especial de Electricaribe el pasado 11 de septiembre de 2018, y 16
responde a los cambios realizados en algunos supuestos de proyección del plan de negocio en los 17
que se encuentra sustentado, los cuales se dieron a raíz de las conversaciones sostenidas entre los 18
asesores de los Acreedores Financieros, la FDN y sus asesores. 19
Luego de cotejar los supuestos de proyección del plan de negocios realizado por los Acreedores 20
Financieros con los supuestos de la FDN y sus asesores, los Acreedores Financieros ratifican su 21
convencimiento de que estos Términos y Condiciones concuerdan con un plan de negocio viable 22
que hace sostenible la operación y la continuidad en la prestación del servicio público de distribución 23
y comercialización de energía en los departamentos antes mencionados. 24
Con este documento se busca que el pasivo financiero de Electricaribe S.A. E.S.P. sea incluido, bajo 25
los términos y condiciones aquí propuestos, dentro de la masa de activos, pasivos y contratos que se 26
le transfieran a la nueva compañía a la cual se vincularía el inversionista-operador, todo ello en 27
concordancia con los principios que rigen el proceso de toma de posesión al que se encuentra 28
sometida Electricaribe S.A. E.S.P. 29
El presente resumen de Términos y Condiciones debe ser tenido en cuenta de manera integral; sin 30
embargo, el mismo no pretende describir ni resumir todos los términos y condiciones relacionadas 31
con las acreencias financieras, ni tampoco sugerir una redacción específica para las cláusulas de la 32
documentación final. 33
34
Anexo G – Reestructuración de Pasivos
G-2
Deudor:
“El Deudor” sería una nueva sociedad (en adelante la “Nueva
Sociedad”), a la cual Electricaribe S.A. E.S.P. le transferirá,
vía segregación, los activos, pasivos ciertos y contratos
relacionados con la operación de la compañía, conforme lo
que aquí se establece.
Acreedores Financieros
Bancolombia S.A
Banco BBVA Colombia S.A.
Banco de Bogotá S.A.
Banco de Occidente S.A.
Itau Corpbanca Colombia S.A.
Banco Comercial AV Villas S.A.
Scotiabank Colpatria S.A.
Corporación Financiera Colombiana S.A.
Banco Davivienda S.A.
Banco GNB Sudameris S.A.
Capital a Reestructurar:
COP 1.757.168 MM16, discriminados por Acreedor
Financiero, así:
Bancolombia: COP 536.771 MM
BBVA: COP 249.179 MM
Banco de Bogotá: COP 363.674 MM
Banco de Occidente: COP 82.912 MM
Itau Corpbanca: COP 28.000 MM
AV Villas: COP 23.857 MM
Scotiabank Colpatria: COP 100.043 MM
Corficolombiana: COP 78.551 MM
Davivienda: COP 235.402 MM
GNB Sudameris: COP 58.780 MM
Intereses a Reestructurar:
Los intereses causados y no pagados con anterioridad a la
Toma de Posesión se pagarán conforme al perfil de
amortización acá previsto.
Amortización:
Amortización fija, de acuerdo con el siguiente esquema:
2019 – 2030: 36% (3% anual)
2031: 4%
2032: 30%
2033: 30%
16 El monto aquí consignado tiene diferencias en el saldo de las acreencias de Scotiabank Colpatria respecto del monto
registrado en el Balance General de Electricaribe (COP 99.991 MM). El Agente Especial y el Acreedor se encargarán
de conciliar este monto más adelante y será informado a través de la Sala de Información
Anexo G – Reestructuración de Pasivos
G-3
Tasa de Interés: 2019 – 2033: IPC
Pago de Intereses:
Esquema de “Pague si Puede” (PIYC por sus siglas en ingles),
con acumulación de intereses y barrido de caja.
(1) Acumulación de Intereses No Pagados: En el evento en
que el Flujo de Caja Libre Operativo del Deudor, luego
de descontado la amortización de la deuda pactada, sea
insuficiente para pagar la totalidad de los intereses
causados de las acreencias reestructuradas, el monto de
intereses no pagados se acumulará como una cuenta por
pagar del Deudor, sin generar nuevos intereses sobre
dicha cuenta.
(2) Barrido de Caja: Mientras haya un saldo positivo en la
cuenta por pagar de intereses acumulados, habrá barrido
de caja del 50% del excedente sobre el Flujo de Caja
Libre Operativo generado, hasta que se cancele la
totalidad de dicha cuenta.
Los Acreedores Financieros están dispuestos a revisar los
términos de este esquema de pago de intereses con los
operadores-inversionistas interesados, con base en sus
respectivos planes de negocio.
Otros Pasivos a Reestructurar:
Los términos y condiciones de reestructuración del pasivo
financiero acá establecidos presuponen que la Nueva
Sociedad asumirá todos los pasivos ciertos de Electricaribe
S.A. E.S.P.
Para tales efectos, el pasivo pensional y la sustitución
patronal tendrán el tratamiento previsto en el borrador del
Reglamento publicado por el Agente Especial de
Electricaribe S.A. E.S.P.
Para la transferencia del resto del pasivo previo a la toma de
posesión, distinto al pasivo financiero, entendemos que el
Agente Especial observará las siguientes reglas:
(1) La Compañía dará a todos los acreedores la opción de
escoger que sus respectivos créditos (A) se transfieran a
la Nueva Sociedad en forma reestructurada, ya sea (i) en
condiciones idénticas a los Términos de
Reestructuración del Pasivo Financiero o (ii) en
Condiciones Alternativas; ó (B) que los mismos
continúen a cargo de la Compañía.
(2) La Compañía formulará, en los términos previstos en el
Reglamento, una oferta a sus acreedores para que opten
por una de las opciones indicadas en la Sección (1)
anterior en un plazo razonable que será previsto en el
Reglamento.
(3) Los créditos a favor de los acreedores que opten por la
alternativa descrita en la Sección (1)(A) se transferirán a
la Nueva Sociedad vía segregación, y la Nueva Sociedad
Anexo G – Reestructuración de Pasivos
G-4
quedará obligada a pagarlo en las condiciones de su
reestructuración.
(4) Los créditos a cargo de la Compañía y a favor de los
acreedores que opten por la alternativa descrita en la
Sección (1)(B) quedarán a cargo de la Compañía, para
ser pagados conforme a las reglas del proceso
liquidatario de la Compañía.
(5) Para efectos de lo previsto en la Sección (1) anterior, se
entiende por “Condiciones Alternativas” las condiciones
de reestructuración distintas a las Condiciones de
Reestructuración del Pasivo Financiero que determine la
Compañía, las cuales podrán ser ofrecidas libremente por
el Agente Especial a otros acreedores distintos a los
Acreedores Financieros.
Nuevos Recursos:
Los Acreedores Financieros son conscientes de que la
Nueva Sociedad requerirá nuevos créditos para financiar
parcialmente su plan de inversiones y, en ese sentido, han
tenido en cuenta dichas líneas de crédito en el plan de
negocios que sustenta esta propuesta de reestructuración de
acreencias, el cual estará disponible para todos los
potenciales operadores-inversionistas previo cumplimiento
de las condiciones descritas en el acápite de Plan de Negocio
abajo.
Los Acreedores Financieros están dispuestos a considerar el
otorgamiento de nuevas líneas de crédito para financiar parte
del plan de inversiones del Deudor, sujeto al acuerdo sobre
los términos, garantías y condiciones de dichas líneas de
crédito.
Los términos y condiciones bajo los cuales se definan las
nuevas líneas de crédito podrán ser acordadas entre los
Acreedores Financieros y los potenciales inversionistas-
operadores que estén interesados en participar en la subasta,
previo análisis del plan de negocios que estos tengan de la
Nueva Sociedad y las garantías que ofrezcan para su
respaldo.
Así mismo, para estos efectos, el inversionista – operador
que se vincule a la Nueva Sociedad deberá pasar
satisfactoriamente el proceso de debida diligencia, así como
todos los controles y estándares regulatorios de
Conocimiento del Cliente de los Acreedores Financieros y
deberá acreditar a satisfacción de éstos y a través de medios
idóneos, que cumplirá con un plan de negocios razonable
para la Nueva Sociedad.
Plan de Negocios:
Los potenciales inversionistas-operadores tendrán acceso,
previa firma de un acuerdo de confidencialidad con los
Acreedores Financieros, a un documento con el plan de
negocios completo, incluyendo supuestos y proyecciones,
Anexo G – Reestructuración de Pasivos
G-5
con base en el cual se plantearon las condiciones de las
acreencias financieras a ser transferidas a la Nueva Sociedad.
Los acreedores financieros están convencidos de que este
plan de negocio es viable y hace sostenible la operación de
distribución de energía eléctrica en los departamentos antes
mencionados.
Tal como se mencionó arriba, el plan de negocios que
sustenta los términos y condiciones de esta reestructuración
de acreencias plantea nuevas líneas de crédito, cuyas
condiciones están descritas en el documento que será puesto
a disposición de los potenciales inversionistas-operadores.
Condiciones de Vinculación de
Nuevo Operador:
Este documento es presentado por los Acreedores
Financieros de Electricaribe S.A. E.S.P. de tal manera que su
pasivo financiero sea incluido, bajo los términos y
condiciones aquí planteados, dentro de la masa de activos,
pasivos ciertos y contratos que se le transfieran a la Nueva
Sociedad.
Información a Disposición de los
Interesados:
Los potenciales inversionistas-operadores tendrán acceso al
documento al cual se hace referencia en el aparte titulado
“Plan de Negocios”, previo cumplimiento de las condiciones
mencionadas.
Condición Suspensiva-
Continuidad en la Prestación del
Servicio:
La transferencia de la deuda reestructurada a la Nueva
Sociedad estará sujeta a la condición suspensiva consistente
en que un Operador Idóneo en los términos del reglamento y
de lo que se plantea en este documento, presente una Oferta
Vinculante aceptable y cierre el proceso de vinculación de un
socio estratégico. Mientras no se verifique la condición
suspensiva, la reestructuración aquí planteada no tendrá
efectos.
Cronograma:
Los Acreedores Financieros se comprometen a participar de
todos los trámites que requiera el Agente Especial para la
implementación de la transacción acá propuesta, incluyendo
la participación de un Acuerdo de Acreedores promovido por
el Agente Especial, y a hacer los mejores esfuerzos para que
se logre dicho Acuerdo en los tiempos estipulados en el
proceso.
Confidencialidad:
Tanto este documento como la comunicación recibida por
parte de Electricaribe S.A. E.S.P. el 6 de septiembre de 2018,
son de carácter confidencial y no podrán ser divulgados por
los Acreedores Financieros ni por el Agente Especial, ni por
los funcionarios de Electricaribe S.A. E.S.P y del Gobierno
nacional, ni por los asesores de éstos y aquellos, a ninguna
persona sin la autorización previa y por escrito de las otras
partes.
. 1
Anexo H – Carta de Solicitud de Reestructuración
H-1
Anexo H 1
Carta de Aceptación de Reestructuración 2
[__]de [__] de 2018 3
Señores 4
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. 5
Barranquilla 6
7
Ref.: Carta de Aceptación de Reestructuración – Reglamento de Presentación de 8
Ofertas Vinculantes y Enajenación de Acciones. 9
10
Estimados Señores: 11
Nos referimos al Reglamento de presentación de ofertas vinculantes y enajenación de acciones, 12
expedido por Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (“Electricaribe”), para el Proceso de búsqueda de 13
un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por 14
Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y 15
Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla esta empresa (el 16
“Reglamento”). Los términos en mayúsculas incluidos en esta Carta de Aceptación de 17
Reestructuración tendrán, salvo que en ella se indique lo contrario, el significado que se le atribuye 18
en el Reglamento o, si aplica, sus Anexos. 19
En desarrollo de las disposiciones contenidas en el Reglamento, [actuando en mi propio 20
nombre y representación/actuando en nombre y representación de [incluir nombre del Interesado]] 21
por medio de la presente informamos a Electricaribe nuestro interés de participar en el proceso de 22
Reestructuración de Pasivos en los términos del CAPÍTULO V del Reglamento, y de acogernos a los 23
términos del Anexo G. 24
En consecuencia, a continuación, damos cumplimiento con lo establecido en la Sección [___] 25
del Reglamento y adjuntamos a este documento 26
(1) Poder 27
(2) Documentos que acreditan la existencia y representación del Acreedor Pre-Toma 28
Destinatario, consistentes en (i) [__], (ii) [__], [INCLUIR LISTADO DE 29
DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 30
DEL INTERESADO CONFORME A LO INDICADO EN EL NUMERAL 5.2 DEL 31
REGLAMENTO]; 32
Declaraciones y Obligaciones Adicionales 33
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, [en representación de __________] declaro 34
conocer, aceptar y someterme íntegramente a las disposiciones contenidas en el Reglamento y en el 35
Anexo G, y en desarrollo de las mismas [en nombre y representación de _______] declaro bajo la 36
Anexo H – Carta de Solicitud de Reestructuración
H-2
gravedad de juramento que [RAZON SOCIAL]: 1
(1) Es un[a] [______], debidamente constituida de conformidad con las leyes de 2
[______].Se encuentra plenamente habilitada de conformidad con las leyes de [____], 3
sus estatutos sociales y demás disposiciones de carácter societario o corporativo para 4
presentar esta solicitud, y firmar el Acuerdo de Reestructuración de Pasivos conforme a 5
lo establecido en el Anexo G y cumplir con los compromisos adquiridos en virtud del 6
Reglamento, y la celebración y cumplimiento del mismo han sido autorizados mediante 7
todos los requisitos corporativos y demás acciones correspondientes, y no constituye 8
violación o incumplimiento de los términos o disposiciones de ninguna ley, acuerdo, 9
reglamentación u orden judicial. 10
(2) Acepta que la Nueva Sociedad se haga responsable de la totalidad de sus acreencias con 11
Electricaribe por valor total de COP$[______]17, reestructurado de conformidad con los 12
términos del Anexo G del Reglamento, y libera a Electricaribe de toda responsabilidad 13
con respecto a dicha deuda que se transfiere a la Nueva Sociedad. 14
(3) Entiende y acepta que la transferencia de la deuda reestructurada a la Nueva Sociedad 15
estará sujeta a la condición suspensiva consistente en que ocurra el Cierre de la 16
Transacción Propuesta. Mientras no acaezca la condición suspensiva, la reestructuración 17
aquí aceptada no tendrá lugar. 18
19
Muy atentamente, 20
21
[Por: Nombre del Acreedor] 22
__________________________ 23
Nombre: [______] 24
C.C. [__________] 25
Cargo: [_________] 26
27
28
17 Este valor debe corresponder al monto conciliado con Electricaribe.
Anexo I – Carta de Presentación de la Oferta
I-1
Anexo I 1
Carta de Presentación de la Oferta 2
3
[__]de [__] de 2018 4
Señores 5
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. 6
Barranquilla 7
8
Ref.: Carta de Presentación de Oferta – Reglamento de Presentación de Ofertas 9
Vinculantes y Enajenación de Acciones. 10
11
Estimados Señores: 12
Nos referimos al Reglamento de presentación de ofertas vinculantes y enajenación de acciones, 13
expedido por Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (“Electricaribe”), para el Proceso de búsqueda de 14
un inversionista-operador para el sistema de distribución local y de transmisión regional atendido por 15
Electricaribe en los Departamentos de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y 16
Sucre y la actividad de comercialización de energía eléctrica que desarrolla esta empresa (el 17
“Reglamento”). Los términos en mayúsculas incluidos en esta Carta de Presentación de Oferta 18
tendrán, salvo que en ella se indique lo contrario, el significado que se le atribuye en el Reglamento 19
o, si aplica, sus Anexos. 20
En desarrollo de las disposiciones contenidas en el Reglamento, [actuando en mi propio 21
nombre y representación/actuando en nombre y representación de [incluir nombre del Interesado]] 22
por medio de la presente informamos a Electricaribe nuestro interés de presentar Oferta Vinculante 23
en la Fecha de Subasta. 24
En consecuencia, a continuación, damos cumplimiento con lo establecido en el numeral 7.2 del 25
Reglamento. 26
1. Identificación del Inversionista Precalificado: informamos a Electricaribe que la 27
persona[s] que participará[n] en la Oferta Vinculante a ser presentada por el Inversionista 28
Precalificado será: [nombre o denominación completa del Inversionista Precalificado] quien tiene la 29
condición de Inversionista Precalificado conforme con el Reglamento y según consta en 30
comunicación de fecha [_____] enviada por el Agente Especial al Inversionista Precalificado. 31
2. Documentos del Sobre de Documentos de la Oferta 32
De conformidad con las disposiciones del Reglamento, a continuación, se relacionan los 33
documentos que hemos introducido en el Sobre de Documentos de la Oferta: 34
(1) una certificación expedida por el representante legal del Inversionista Precalificado sobre 35
Anexo I – Carta de Presentación de la Oferta
I-2
el conocimiento y cumplimiento de dicho Inversionista Precalificado de los términos, 1
condiciones y requisitos del Contrato de Adquisición de Acciones; 2
(2) la Garantía de Seriedad de la Oferta 3
Declaraciones 4
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, en representación del Inversionista Precalificado 5
declaro conocer, aceptar y someterme íntegramente a las disposiciones contenidas en el Reglamento, 6
y en desarrollo de las mismas [en nombre y representación de _______] declaro bajo la gravedad de 7
juramento que: 8
(1) El Interesado Precalificado es una [______], debidamente constituida de conformidad con 9
las leyes de [______]. 10
(2) El Inversionista Precalificado se encuentra plenamente habilitado de conformidad con las 11
leyes de [____], sus estatutos sociales y demás disposiciones de carácter societario o 12
corporativo para presentar una Oferta y participar en la Subasta conforme al mecanismo 13
establecido en el Anexo J y cumplir con las obligaciones adquiridas en virtud del 14
Reglamento, y la celebración y cumplimiento del mismo han sido autorizados mediante 15
todos los requisitos corporativos y demás acciones correspondientes, y no constituye 16
violación o incumplimiento de los términos o disposiciones de ninguna ley, acuerdo, 17
reglamentación u orden judicial. 18
(3) Todo el Material de Evaluación al que tuvo acceso el Inversionista Precalificado con el 19
objeto de preparar y formular la Oferta Vinculante es confidencial, y dicha obligación de 20
confidencialidad compromete al Interesado Precalificado junto con sus funcionarios, 21
agentes, asesores y representantes. 22
(4) La Oferta Vinculante está basada exclusivamente en las averiguaciones, estudios, 23
auditorías y proyecciones propias del Inversionista Precalificado hasta donde lo ha 24
considerado conveniente y, por lo mismo, no se sustenta ni tiene origen en declaraciones 25
de causalidad o manifestaciones formuladas por Electricaribe, el Agente Especial, la Nueva 26
Sociedad, la SSPD, el Gobierno Nacional ni cualquiera de sus asesores. 27
(5) La Oferta Vinculante es irrevocable e incondicional, y el Inversionista Precalificado se 28
obliga a presentarla en la fecha establecida en la Fecha de Subasta. 29
(6) El Inversionista Precalificado acepta todos los términos y condiciones, sin excepción, 30
establecidos en el Reglamento. 31
(7) En caso de resultar Inversionista Adjudicatario, el Inversionista Precalificado suscribirá el 32
Contrato de Adquisición de Acciones y adquirirá las Acciones. 33
(8) En caso de resultar Inversionista Adjudicatario, el Interesado Precalificado pagará el precio 34
indicado en la Oferta Vinculante, realizará la Capitalización de la Nueva Sociedad y pagará 35
los Créditos del Fondo Empresarial. 36
(9) En caso de resultar Inversionista Adjudicatario, el Interesado Precalificado ejecutará por 37
lo menos el Plan de Inversiones Mínimo. 38
Anexo I – Carta de Presentación de la Oferta
I-3
(10) La Oferta Vinculante estará vigente hasta la Fecha de Cierre. 1
(11) Los recursos utilizados para la adquisición de las Acciones tienen origen lícito y no 2
provienen de ninguna actividad contraria a la ley. 3
(12) A la fecha de esta carta, las condiciones acreditadas por el Inversionista Precalificado 4
según el CAPÍTULO IV del Reglamento, permanecen vigentes. 5
Obligaciones Adicionales 6
(1) En caso de resultar Inversionista Adjudicatario, y en el evento en el cual la SIC haya 7
condicionado la adquisición de las Acciones, el Inversionista Precalificado se obliga a dar 8
estricto cumplimiento al mismo dentro de los plazos establecidos por la SIC. 9
(2) En caso de resultar Inversionista Adjudicatario, el Interesado Precalificado se obliga a no 10
enajenar las Acciones dentro de los tres (3) años siguientes a la Fecha de Cierre. 11
12
Muy atentamente, 13
14
[Por: Nombre del Interesado Precalificado] 15
__________________________ 16
Nombre: [______] 17
C.C. [__________] 18
Cargo: [_________] 19
20
21
Anexo J – Mecanismo de Subasta
J-1
Anexo J 1
Mecanismo de Subasta 2
La Subasta se llevará a cabo por el Agente Especial en la Fecha de Subasta y tendrá dos (2) fases 3
diferentes así: 4
(1) la Fase Inicial, donde todos los Inversionistas Precalificados presentarán su Sobre de Oferta 5
y se escogerán los dos (2) Inversionistas Precalificados con las Ofertas Vinculantes 6
Aceptables más altas, y 7
(2) la Fase Final, en la que participarán solo los dos (2) Inversionistas Precalificados que 8
presentaron las Ofertas Vinculantes Aceptables más altas en la Fase Inicial, quienes tendrán 9
una sola oportunidad de presentar un nuevo Sobre de Oferta, resultando ganador el 10
Inversionista Precalificado que haya presentado la nueva Oferta Vinculante Aceptable más 11
alta. 12
En caso en que ocurra un empate se procederá a las rondas de desempate aquí establecidas. 13
1. Ingreso a la Sala de Subasta 14
Desde las 9:00 a.m. y hasta las 10:00 a.m. de la Fecha de Subasta, los Inversionistas 15
Precalificados, sus representantes y asesores entrarán a la Sala de Subasta y presentarán, al 16
Agente Especial su Sobre de Oferta quien los depositará en una urna. Transcurrido dicho plazo 17
no se autorizará la entrada de Inversionistas Precalificados, ni de ninguna otra persona a la Sala 18
de Subasta, a menos que se trate de los empleados autorizados de Electricaribe, el Agente 19
Especial, la Nueva Sociedad, la SSPD, el Gobierno Nacional o cualquiera de sus asesores, y no 20
se recibirán más Sobres de Oferta. 21
2. Fase Inicial 22
Vencido el plazo para presentar los Sobres de Oferta conforme el numeral 1 anterior, se dará 23
inicio a la Fase Inicial de la Subasta, sujeta a las siguientes reglas: 24
(A) El Agente Especial procederá a dar apertura a la urna y retirar los Sobres de Oferta. El 25
Agente Especial se retirará de la sala con el fin de revisar las Ofertas Vinculantes en los 26
Sobres de Oferta presentados por los Inversionistas Precalificados, con el fin de (a) 27
determinar aquellas Ofertas Vinculantes Aceptables, (b) ordenarlas de mayor a menor 28
valor, y (c) establecer las dos (2) Ofertas Vinculantes Aceptables de mayor valor que 29
podrán participar en la Fase Final. 30
(B) El Agente Especial procederá de la siguiente manera: 31
(1) Única Oferta Vinculante Aceptable: En el evento en que se reciba una sola Oferta 32
Vinculante Aceptable, se procederá a declarar como Inversionista Adjudicatario al 33
respectivo Inversionista Precalificado. 34
(2) Dos Ofertas Vinculantes Aceptables: En el evento en que se reciban dos (2) Ofertas 35
Vinculantes Aceptables, se procederá directamente a la Fase Final y se les solicitará 36
a los dos Inversionistas Precalificados sus Sobres de Oferta de la Fase Final. 37
(3) Tres o más Ofertas Vinculantes Aceptables: En el evento en que se reciban tres (3) 38
Anexo J – Mecanismo de Subasta
J-2
o más Ofertas Vinculantes Aceptables, se procederá a la Fase Final donde sólo los 1
Inversionistas Precalificados que presentaron las dos (2) Ofertas Vinculantes 2
Aceptables más altas podrán participar. Para tal efecto, el Agente Especial 3
anunciará quienes son los dos (2) Inversionistas Precalificados que tendrán derecho 4
a participar en la Fase Final, sin indicar el precio ofrecido por éstos en la Fase 5
Inicial. 6
(4) Dos o más Ofertas Vinculantes Aceptables empatadas: En caso de que se presenten 7
dos o más Ofertas Vinculantes Aceptables empatadas, se seguirán las siguientes 8
reglas: 9
(a) El Agente Especial entregará a cada uno de los Inversionistas Precalificados 10
empatados un nuevo Formato de Oferta y procederá a suspender la Subasta 11
por un plazo máximo de hasta treinta (30) minutos. 12
(b) Al finalizar el término al que se refiere el literal (A) anterior, el Agente 13
Especial llamará, uno a uno, a los Inversionistas Precalificados empatados a 14
presentar los nuevos Formatos de Oferta Vinculante y depositarlos en una 15
urna cerrada dentro de los cinco (5) minutos siguientes a que fueron 16
llamados. En el evento en que un Inversionista Precalificado no desee 17
presentar un nuevo Sobre de oferta deberá presentar el Formato de Oferta con 18
el mismo valor del Sobre de Oferta presentado en la última ronda ascendente 19
de la Fase Inicial. En todo caso, si el Inversionista Precalificado (a) no 20
presenta un Formato de Oferta de la Fase Final, o (b) vencido los cinco (5) 21
minutos sin que deposite el nuevo Sobre de Oferta en la urna al ser llamado; 22
se entenderá que la ha presentado por el mismo valor presentado en la última 23
ronda. No se admitirán nuevos Formatos de Oferta una vez el Agente 24
Especial haya llamado al respectivo Inversionista Precalificado, no podrá ser 25
presentado más de un Formato de Oferta por cada Inversionista Precalificado 26
y no podrán retirarse ofertas o sustituirse las mismas por otras una vez se 27
hayan depositado en la urna. 28
(c) Se repetirá el mismo procedimiento hasta por un máximo de dos (2) rondas 29
de la Fase Inicial. En el evento en el cual el empate persista después de la 30
segunda ronda como consecuencia de que ninguno de los Inversionistas 31
Precalificados cuyos Sobres de Oferta hayan resultado empatados presenta 32
un Sobre de Oferta por un valor mayor al del Sobre de Oferta que resultó 33
empatado en la anterior ronda, se definirá el orden de elegibilidad de los 34
Inversionistas Precalificados mediante sorteo. Dicho sorteo se realizará de la 35
siguiente forma: 36
(i) El Agente Especial, escribirá en papeles individuales los nombres de 37
los Inversionistas Precalificados empatados. 38
(ii) A continuación, el Agente Especial procederá a depositar los papeles 39
con los nombres de los Inversionistas Precalificados en una bolsa 40
vacía. 41
(iii) Posteriormente, el Agente Especial, sacará al azar un papel, y el 42
nombre de quien se encuentre escrito en dicho papel será el 43
Inversionista Precalificado en el primer orden de elegibilidad, y así 44
Anexo J – Mecanismo de Subasta
J-3
sucesivamente hasta sacar todos los papeles de la bolsa, y sus Ofertas 1
Vinculantes se considerarán como una oferta en firme hasta que se 2
produzcan los actos en la Fecha de Cierre. 3
(C) Las Ofertas Vinculantes Aceptables de los Inversionistas Precalificados que ocuparon el 4
tercer lugar en adelante en la Fase Inicial, se considerarán como una oferta en firme hasta 5
que se produzcan los actos en la Fecha de Cierre y ocuparán un lugar en el orden de 6
elegibilidad. 7
3. Fase Final 8
Determinados los dos (2) Inversionistas Precalificados con la Oferta Vinculante Aceptable más 9
alta, se dará inicio a la Fase Final. Las reglas para participar en la Fase Final son las siguientes: 10
(A) El Agente Especial entregará a cada uno de los Inversionistas Precalificados el Formato 11
de Oferta de la Fase Final y procederá a suspender la Subasta por un plazo máximo de 12
hasta treinta (30) minutos. 13
(B) Al finalizar el término al que se refiere el literal (A) anterior, el Agente Especial llamará 14
uno a uno a los Inversionistas Precalificados a presentar los Formatos de Oferta en la Fase 15
Final y depositarlos en una urna cerrada dentro de los cinco (5) minutos siguientes a que 16
fueron llamados. En el evento en que un Inversionista Precalificado no desee presentar un 17
nuevo Sobre de Oferta deberá presentar el Formato de Oferta de la Fase Final con el mismo 18
valor contenido en el Sobre de Oferta presentado en la última ronda ascendente. En todo 19
caso, si el Inversionista Precalificado (a) no presenta un Formato de Oferta de la Fase 20
Final, o (b) vencido los cinco (5) minutos sin que deposite el Sobre de Oferta de la Fase 21
Final en la urna al ser llamado; se entenderá que la ha presentado por el mismo valor 22
presentado en la Fase Inicial. No se admitirán nuevos Formatos de Oferta en la Fase Final 23
una vez el Agente Especial haya llamado al respectivo Inversionista Precalificado, no 24
podrá ser presentado más de un Formato de Oferta en la Fase Final por cada Inversionista 25
Precalificado y no podrán retirarse ofertas o sustituirse las mismas por otras una vez se 26
hayan depositado en la urna. 27
(C) El valor contenido en el Sobre de Oferta de la Fase Final de cada Inversionista 28
Precalificado no podrá ser inferior al valor contenido en su Sobre de Oferta presentado en 29
la Fase Inicial, y en el evento en que fuere inferior, para todos los efectos se entenderá que 30
corresponde al valor contenido en el Sobre de Oferta presentado en la Fase Inicial. 31
(D) El Agente Especial abrirá la urna y dará lectura en voz alta de los valores contenidos en 32
los nuevos Sobres de Oferta y declarará Inversionista Adjudicatario al Inversionista 33
Precalificado que haya presentado el Sobre de Oferta con el valor más alto por las 34
Acciones. La Oferta Vinculante Aceptable del Interesado Precalificado que no haya sido 35
declarado Inversionista Adjudicatario quedará en firme hasta que se produzcan todos los 36
actos en la Fecha de Cierre, y ocupará el segundo lugar en el orden de elegibilidad. 37
(E) Si en la segunda ronda de la Fase Final se presenta un empate se definirá el Inversionista 38
Adjudicatario mediante sorteo. Dicho sorteo se realizará en las mismas condiciones de la 39
Anexo J – Mecanismo de Subasta
J-4
sección (2)(B)(4) anterior. 1
4. Diligenciamiento de los Formatos de Oferta 2
Los Formatos de Oferta y los Formatos de Oferta de la Fase Final deberán ser diligenciados sin 3
tachadura o enmiendas, a menos que fuere expresamente salvado por quien suscriba la nueva 4
Oferta Vinculante Aceptable mediante indicación expresa de la información o valor correcto a 5
tomar como válido y diligenciado conforme con las siguientes reglas: 6
(A) en caso de empate, el valor contenido en el Sobre de Oferta no podrá ser inferior al valor 7
ofrecido en la ronda anterior por el Inversionista Precalificado; 8
(B) los valores se deberán expresar en letras y números legibles. En todo caso, en caso de que 9
haya alguna diferencia entre la expresión en letras y aquella en números, prevalecerá el 10
valor expresado en letras; 11
(C) se deberá expresar el valor sin incluir cifras decimales; en el evento en que el Formato de 12
Oferta incluya cifras decimales, se entenderá que el valor contenido en el Sobre de Oferta 13
corresponde al siguiente número entero; 14
(D) en caso de empate en la Fase Inicial, el nuevo Formato de Oferta (y en la Fase Final, el 15
Formato de Oferta de la Fase Final), no se podrán transcribir y, en consecuencia, deben 16
corresponder al formato sellado y entregado por el Agente Especial, el cual podrá entregar 17
dos o más Formatos de Oferta (o Formatos de Oferta de la Fase Final), a solicitud del 18
respectivo Inversionista Precalificado. 19
El Agente Especial conservará los documentos contenidos en los Sobres de Documentos de la 20
Oferta presentados por aquellos Inversionistas Precalificados cuyos Sobres de Documentos de 21
la Oferta hubieren sido declarados conformes y cuyas Ofertas Vinculantes hubieren sido Ofertas 22
Vinculantes Aceptables válidas, en espera de la Fecha de Cierre. 23
Con el fin de establecer el orden de elegibilidad, se tendrá en cuenta el valor contenido en el 24
último Sobre de Oferta presentado por cada uno de ellos. Al frente del nombre de cada 25
Inversionista Precalificado, se indicará el valor contenido en el Sobre de Oferta presentado de 26
conformidad con lo mencionado en este párrafo. 27
5. Acta y Constancia de Adjudicación 28
Concluida la sesión, el Agente Especial elaborará y suscribirá un acta en la cual dejará constancia 29
de: (i) el precio contenido en cada Formato de Oferta de la Fase Inicial y el correspondiente 30
Inversionista Precalificado que la presentó, (ii) el precio contenido en cada Formato de Oferta 31
de la Fase Final y el correspondiente Inversionista Precalificado que la presentó; (iii) el orden de 32
elegibilidad de la adjudicación, el cual incluirá la posición que ocupó cada uno de los 33
Inversionistas Precalificados; (iv) el desarrollo de la Subasta, con indicación de las razones por 34
las cuales un Sobre de Oferta no fue declarado conforme, de ser el caso; y (v) sobre los términos 35
de la adjudicación. 36
El Agente Especial conservará los documentos contenidos en los Sobres de Documentos de la 37
Oferta presentados por aquellos Interesados Precalificados cuyos Sobres de Documentos de la 38
Oferta hubieren sido declarados conformes y cuyas Ofertas Vinculantes hubieren sido Ofertas 39
Vinculantes Aceptables válidas, en espera de la Fecha de Cierre. 40
Anexo J – Mecanismo de Subasta
J-5
Con el fin de establecer el orden de elegibilidad, se tendrá en cuenta el valor contenido en el 1
último Sobre de Oferta en firme presentado por cada uno de ellos y, en caso de existir empate 2
entre cualquiera de éstos, el Agente Especial resolverá dicho empate según lo establecido en la 3
sección (2)(B)(4) anterior, Al frente del nombre de cada Inversionista Precalificado, indicará el 4
valor contenido en el Sobre de Oferta presentado de conformidad con lo mencionado en este 5
párrafo. 6
Así mismo, el Agente Especial procederá a devolver los documentos del Sobre de Oferta a los 7
Inversionistas Precalificados cuyos Sobres de Oferta no fueron declarados conformes. 8
6. Nuevas Adjudicaciones 9
Si el Inversionista Adjudicatario: (i) no realiza el pago del precio de las Acciones conforme con 10
su Oferta Vinculante en la Fecha de Cierre, o (ii) no paga los honorarios del Asesor Externo, o 11
(iii) de cualquier forma incumple las obligaciones derivadas de su Oferta Vinculante, el Agente 12
Especial procederá de la forma que se expone a continuación: 13
(A) El Agente Especial procederá a declarar como Inversionista Adjudicatario al Interesado 14
Precalificado que haya ocupado el siguiente lugar en el orden de elegibilidad en desarrollo 15
de la Subasta, y así sucesivamente, lo cual se le comunicará al Inversionista Precalificado 16
dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que: (a) se produzca el 17
incumplimiento del Inversionista Adjudicatario, o (b) el Inversionista Adjudicatario 18
comunique al Agente Especial o éste tenga información por otro medio, del 19
incumplimiento del Inversionista Adjudicatario. 20
(B) En este evento, la nueva Fecha de Cierre tendrá lugar dentro de los diez (10) Días Hábiles 21
siguientes a la fecha en que el Agente Especial comuniquen al Inversionista Precalificado 22
que es el nuevo Inversionista Adjudicatario. 23
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