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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

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1. La protección del software en Argentina:

La importancia de la cuestión en América latina y en especial en Argentina, es que el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración, y sólo representa el 3,3% del mercado mundial. Para ser sustentable, la expansión de la industria debe ir acompañada de la protección jurídica correspondiente. “Los derechos de propiedad intelectual (“DPIs”) nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy.

La transformación del software en un objeto separado de comercialización y su vulnerabilidad son las dos causas más importantes que han estimulado el debate sobre la protección jurídica. Tenemos que los medios de protección propuestos son:

Por medio de derechos de propiedad intelectual.

Por medio de normas penales

Por medio de instituciones comunes de derecho privado

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La protección del software en Estados Unidos: derechos de autor, Patentes y secretos comerciales

  En Estados Unidos, las normas sobre “secretos comerciales,

copyright y derecho de patentes han sido usadas para proteger la inversión en programas de computación desde los comienzos de la industria. En los primeros años, cuando la mayoría del software de aplicaciones era diseñado a medida y las relaciones confidenciales con los usuarios comerciales se formaban fácilmente, el derecho de secretos comerciales era la fuente de protección más importante.

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¿En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor (d.leg. 822) o el derecho de patentes (D.Leg. 823)?

Si nos referimos a Derecho de Autor o Propiedad Industrial en el Perú es regulado por el Decreto Legislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor” y no se atribuyó su protección a la Propiedad Industrial por diversas razones. Primero, pues el software no introduce cambios en el mundo físico al no ser un bien tangible.

Según el Decreto Legislativo 823 veremos si el software está en la propiedad intelectual. En el artículo 3 nos dice: La protección reconocida por la presente Ley recae, entre otros, sobre los elementos constitutivos de la propiedad industrial, según lo leído podemos decir que pertenece a las Patentes de invención

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Elementos del software:

- Elementos de identificación y análisis de un problema a ser resuelto por un computador.

- El programa de computador que resulta de ello.

- En los EEUU, a partir de 1966 el Copyright Office comenzó a admitir el registro de los programas de computación. En 1980 se sancionó una ley federal estableciendo la protección de los programas de computación por medio del copyright.