PROTOCOLOS DE VIGILANCIA MEDICA

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PROGRAMAS DE VIGILANCIA MEDICA DE L MINSAL

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  • INACAP Antofagasta Ingeniera en prevencin de riesgos calidad y medio ambiente

    PROGRAMAS DE

    VIGILANCIA MEDICA DE

    SALUD OCUPACIONAL

    Integrantes: Romina Argandoa Cortes

    Integrantes: Alejandro Castillo Robertson

    Seccin: 931

    Profesor: Jorge Vergara

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    1

    NDICE

    1. INTRODUCCION .......................................................................................................................................... 9

    2. PROTOCOLOS DE VIGILANCIA PARA TRABAJADORES EXPUESTOS A FACTORES DE RIESGO DE

    TRASTORNOS MUSCULOESQUELTICOS DE EXTREMIDADES ........................................................................... 11

    Alcance Tcnico ............................................................................................................................................ 11

    Poblacin Objetivo ....................................................................................................................................... 11

    La identificacin de los trabajadores expuestos: ......................................................................................... 12

    La identificacin de trabajadores expuestos puede darse a travs de las siguientes vas: ......................... 12

    Por evento centinela: ............................................................................................................................... 12

    Marco Legal .................................................................................................................................................. 12

    Al Ministerio de Salud corresponde: ............................................................................................................ 12

    Ley 16.744: ................................................................................................................................................... 12

    D.S. 109: ....................................................................................................................................................... 12

    A los Organismos Administradores corresponde: ........................................................................................ 13

    Ley 16.744: ............................................................................................................................................... 13

    D.S. 101:.................................................................................................................................................... 13

    D. S. 40: ....................................................................................................................................................... 13

    PROPOSITO .................................................................................................................................................. 14

    Objetivo general ....................................................................................................................................... 14

    VIGILANCIA DE LOS FACTORES DE RIESGO EN LAS TAREAS LABORALES. ..................................................... 14

    Objetivos .................................................................................................................................................. 14

    Norma para la identificacin y evaluacin de factores de riesgo de TMERT- EESS ..................................... 14

    PERIODICIDAD DE LA EVALUACIN DE FACTORES DE RIESGO Y SALUD DEL TRABAJADOR ........................ 15

    VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS A FACTORES DE RIESGO DE TMERT- EESS. 16

    Objetivos .................................................................................................................................................. 16

    EVALUACION DE LA SALUD MUSCULOESQUELTICA: ........................................................... 16

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    2

    Consideraciones generales ....................................................................................................................... 16

    PROCEDIMIENTO DE DERIVACIN DEL ORGANISMO ADMINISTRADOR. .................................................... 17

    3. PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLGICA DE TRABAJADORES EXPUESTOS A PLAGUICIDAS ......... 17

    Exposicin a Plaguicidas ............................................................................................................................... 17

    Trabajadores Expuestos ............................................................................................................................... 17

    Tipos de Intoxicacin. .................................................................................................................................. 18

    Intoxicacin aguda .................................................................................................................................... 18

    Intoxicacin subaguda .............................................................................................................................. 18

    Intoxicacin crnica .................................................................................................................................. 18

    Vas de Entrada ......................................................................................................................................... 18

    Indicadores biolgicos y lmites de tolerancia biolgica segn plaguicida. DS N 594 ............................ 19

    VIGILANCIA DE EXPUESTOS A PLAGUICIDAS ................................................................................................ 19

    Objetivos ...................................................................................................................................................... 20

    Objetivo General ...................................................................................................................................... 20

    Objetivos Especficos ................................................................................................................................ 20

    Metodologa ................................................................................................................................................. 20

    Poblacin Objetivo ....................................................................................................................................... 20

    Poblacin expuesta a riesgo ..................................................................................................................... 20

    EVALUACIN DE SALUD DEL TRABAJADOR EXPUESTO ................................................................................ 21

    Evaluacin Pre ocupacional ......................................................................................................................... 21

    Evaluacin mdica ....................................................................................................................................... 21

    VIGILANCIA OCUPACIONAL .......................................................................................................................... 21

    Exmenes ..................................................................................................................................................... 22

    4. GUA TCNICA SOBRE EXPOSICIN OCUPACIONAL A HIPOBARIA INTERMITENTE CRNICA POR GRAN

    ALTITUD ............................................................................................................................................................ 22

    MARCO METODOLGICO ............................................................................................................................ 22

    EVALUACIN OCUPACIONAL PARA EXPOSICIN INTERMITENTE CRNICA A HIPOBARIA: ......................... 23

    EVALUACIN DE SALUD PARA EXPOSICIN ESPORDICA SOBRE LOS 3.000 MTS DE ALTITUD. ................. 23

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    3

    EVALUACIN DE SALUD PARA EXPOSICIN SOBRE LOS 5.500 MTS DE ALTITUD. ....................................... 23

    EXAMEN PARA LA VIGILANCIA OCUPACIONAL ............................................................................................ 23

    MARCO TERICO: ........................................................................................................................................ 24

    INFORMACIN MNIMA QUE DEBE ENTREGAR LA EMPRESA A SUS TRABAJADORES SOBRE LOS RIESGOS

    ESPECFICOS DE LA EXPOSICIN LABORAL A GRAN ALTITUD E HIPOBARIA, Y SUS MEDIDAS DE CONTROL E

    INSTRUCCIN TERICO PRCTICA ANUAL. ............................................................................................... 25

    PROGRAMAS PREVENTIVOS ......................................................................................................................... 25

    EVALUACIONES DE SALUD PARA EXPOSICIN LABORAL A GRAN ALTITUD. ................................................ 26

    OBJETIVO DE LA EVALUACIN DE SALUD PARA LA EXPOSICIN A GRAN ALTITUD: ................................ 26

    EVALUACIN PRE- OCUPACIONAL ............................................................................................................... 26

    PROGRAMA DE VIGILANCIA OCUPACIONAL: ............................................................................................... 27

    PROGRAMA DE VIGILANCIA DE LA SALUD: .................................................................................................. 27

    Ingreso de trabajador expuesto al programa de Vigilancia. ..................................................................... 27

    PROGRAMA DE VIGILANCIA OCUPACIONAL: ............................................................................................... 27

    Efecto en salud: ............................................................................................................................................ 27

    PROTOCOLO DE SEGUIMIENTO DE LA ACLIMATACIN A LA LLEGADA A LA FAENA Y A LAS 24 Y 48 HORAS:

    ..................................................................................................................................................................... 28

    5. PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO ............................................ 29

    Modelo general de prevencin de riesgos psicosociales en el trabajo ........................................................ 29

    Marco legal y atribuciones del Ministerio de Salud en la dictacin de protocolos de vigilancia de la salud

    de los trabajadores ...................................................................................................................................... 29

    Alcance del Protocolo y del Sistema de Vigilancia ....................................................................................... 31

    Poblacin Objetivo ................................................................................................................................... 31

    Descripcin del Modelo de Vigilancia del presente Protocolo .................................................................... 31

    Sobre los resultados obtenidos en el proceso de evaluacin .................................................................. 31

    Situacin Sin Riesgo............................................................................................................................... 32

    Situacin Riesgo Medio ......................................................................................................................... 32

    Situacin Riesgo Alto ............................................................................................................................. 32

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    4

    Medidas Preventivas: recomendaciones y sugerencias para mitigar los Riesgos Psicosociales en el Trabajo

    ..................................................................................................................................................................... 33

    El ISTAS6 propone las siguientes medidas orientadas a:.......................................................................... 33

    Validacin del Instrumento de Evaluacin de Medidas para la Prevencin de Riesgos Psicosociales en el

    Trabajo, por parte del Instituto de Salud Pblica (ISP) ............................................................................. 34

    6. Norma Tcnica para la Implementacin de Sistema de Vigilancia de Accidentes de Trabajo con

    Resultado de Muerte y Graves. ........................................................................................................................ 36

    MARCO LEGAL DE LA NORMA TCNICA DE VIGILANCIA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO FATALES Y GRAVES

    ..................................................................................................................................................................... 36

    Objetivo General .......................................................................................................................................... 37

    Objetivos Especficos .................................................................................................................................... 38

    EL SISTEMA DE VIGILANCIA .......................................................................................................................... 38

    MODELO DE VIGILANCIA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO GRAVES Y CON RESULTADO DE MUERTE ............ 39

    NOTIFICACIN DE LOS CASOS ...................................................................................................................... 39

    EVALUACIN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA ................................................................................................. 40

    7. PROTOCOLO SOBRE NORMAS MNIMAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE VIGILANCIA DE LA

    PRDIDA AUDITIVA POR EXPOSICIN A RUIDO EN LOS LUGARES DE TRABAJO PREXOR ............................. 41

    Marco Legal .................................................................................................................................................. 42

    Responsabilidades ........................................................................................................................................ 47

    Propsito ...................................................................................................................................................... 47

    Objetivo general ........................................................................................................................................... 47

    Vigilancia ...................................................................................................................................................... 47

    VIGILANCIA AMBIENTAL DE LA EXPOSICIN OCUPACIONAL A RUIDO ........................................................ 49

    Objetivo ........................................................................................................................................................ 49

    Lmites Mximos Permisibles ....................................................................................................................... 49

    Evaluacin Ambiental: .............................................................................................................................. 49

    Calidad de la evaluacin ambiental: ......................................................................................................... 50

    Descripcin Programa Preventivo a Implementar: .................................................................................. 50

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    5

    Identificacin de riesgo: ........................................................................................................................... 50

    Evaluacin Inicial: ..................................................................................................................................... 51

    Reevaluacin: ........................................................................................................................................... 51

    VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON EXPOSICIN OCUPACIONAL A RUIDO .................. 53

    Evaluacin Auditiva: ................................................................................................................................. 53

    Audiometra de base: ............................................................................................................................... 53

    Audiometra de seguimiento: ................................................................................................................... 53

    Audiometra de confirmacin: .................................................................................................................. 55

    Audiometra de egreso: ............................................................................................................................ 55

    Ficha Epidemiolgica: ............................................................................................................................... 56

    Historia Ocupacional: ............................................................................................................................... 56

    Evaluacin Mdica (Diagnstico): ............................................................................................................ 57

    Funciones y responsabilidades especficas ............................................................................................... 59

    PROCEDIMIENTO DE DERIVACIN DEL TRABAJADOR POSTDETERMINACIN DE LA ENFERMEDAD

    PROFESIONAL ............................................................................................................................................... 61

    Intervencin en puesto de trabajo ........................................................................................................... 61

    Rehabilitacin ........................................................................................................................................... 61

    Procedimiento: ............................................................................................................................................. 61

    Reeducacin profesional .......................................................................................................................... 63

    Derivacin Mdico Legal .......................................................................................................................... 63

    Evaluacin del protocolo .............................................................................................................................. 64

    Sistema de informacin (Notificacin) ......................................................................................................... 64

    8. NORMA TCNICA DE IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE FACTORES DE RIESGO DE TRASTORNOS

    MUSCULOESQUELTICOS RELACIONADOS AL TRABAJO TMERT................................................................... 65

    ALCANCE Y MBITO DE APLICACIN: .......................................................................................................... 65

    QUIEN DEBE APLICAR LA NORMA TCNICA: ................................................................................................ 65

    QUIEN PUEDE COLABORAR EN LA APLICACIN ........................................................................................... 66

    IDENTIFICACIN DE LOS FACTORES DE RIESGO ........................................................................................... 66

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    6

    REPETIVIDAD: ............................................................................................................................................... 66

    FUERZA: ........................................................................................................................................................ 67

    FACTORES ADICIONALES. ............................................................................................................................. 68

    POSTURA FORZADA ...................................................................................................................................... 68

    FACTOR AMBIENTAL: FRO Y VIBRACIN ..................................................................................................... 68

    FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL. ........................................................................................................... 69

    FACTORES INDIVIDUALES. ............................................................................................................................ 70

    FACTORES DERIVADOS DE LA ORGANIZACIN DEL TRABAJO. ..................................................................... 70

    LISTA DE CHEQUEO ...................................................................................................................................... 71

    OBJETIVOS DE LA LISTA DE CHEQUEO ...................................................................................................... 71

    CRITERIOS PARA LA APLICACIN DE LA LISTA DE CHEQUEO .................................................................... 71

    ETAPAS DE LA APLICACIN DE LA LISTA DE CHEQUEO ............................................................................ 72

    RESULTADOS: ........................................................................................................................................... 73

    FICHA DE DATOS GENERALES ....................................................................................................................... 74

    PROPUESTA DE CAPACITACIN ................................................................................................................... 74

    CONTENIDOS DE LA CAPACITACIN: ........................................................................................................... 75

    DIAGRAMA DE DESICIN ............................................................................................................................. 76

    CONTROL DE LOS FACTORES DE RIESGO ...................................................................................................... 76

    PROPUESTA DE MEDIDAS ORGANIZACIONALES Y PSICOSOCIALES: ............................................................ 77

    Criterios para disminuir la exposicin de los trabajadores a la combinacin de factores de riesgo: ....... 78

    Cuando se tome la decisin de aumentar la productividad deben tomarse algunas medidas, tales como:

    .................................................................................................................................................................. 78

    PROPUESTA DE MEDIDAS DE CONTROL RELACIONADAS CON FACTORES AMBIENTALES. .......................... 79

    FRO: ......................................................................................................................................................... 79

    VIBRACIONES ............................................................................................................................................ 79

    TCNICAS ALTERNATIVAS DE PRODUCCIN:............................................................................................ 80

    ELECCIN DE LA HERRAMIENTA ADECUADA PARA CADA TAREA: ........................................................... 80

    ELECCIN CORRECTA DE ACCESORIOS: .................................................................................................... 80

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    REDUCCIN DE LAS VIBRACIONES EN MAQUINARIAS YA EXISTENTES: ................................................... 80

    REVISIN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LA MAQUINARIA: .......................................................... 80

    ADQUISICIN DE MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS: ............................................................................... 81

    ENTRENAMIENTO Y TCNICAS DE TRABAJO:............................................................................................ 81

    PROPUESTA DE MEDIDAS DE CONTROL PARA EL USO DE HERRAMIENTAS Y EQUIPOS: ............................. 81

    DISEO ADECUADO DE LUGARES Y ESTACIONES DE TRABAJO:................................................................... 81

    EVITAR EXPOSICIONES PROLONGADAS: ................................................................................................... 81

    ELECCIN DE LA HERRAMIENTA ADECUADA PARA CADA TAREA: ........................................................... 82

    EQUIPO DE PROTECCIN PERSONAL: ....................................................................................................... 82

    9. DIRECTRICES ESPECFICAS SOBRE SISTEMAS DE GESTIN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA

    EMPRESAS CON RIESGO DE EXPOSICIN A SLICE (SGSST-SLICE 2013) ........................................................... 82

    ALCANCE TCNICO ....................................................................................................................................... 82

    CAMPO DE APLICACIN: .............................................................................................................................. 82

    MARCO REGULATORIO ................................................................................................................................ 82

    1.a) Documentacin de la Poltica: .............................................................................................................. 84

    2.a) Responsabilidades ................................................................................................................................. 85

    A. Dueo, gerente, jefe, encargado o representante del empleador ...................................................... 85

    B. Comit Paritario de Higiene y Seguridad o Trabajador-Monitor .......................................................... 85

    C. Trabajadores ......................................................................................................................................... 86

    D. Organismos Administradores de la Ley 16.744 (OA)............................................................................ 86

    2.b) Capacitacin .......................................................................................................................................... 87

    Toda capacitacin debe incluir al menos la siguiente documentacin:....................................................... 87

    2.c) Documentacin ................................................................................................................................. 88

    2.d) Comunicacin .................................................................................................................................... 89

    3. Tercera etapa: Planificacin y aplicacin ................................................................................................. 89

    3.a) Identificacin de slice ....................................................................................................................... 89

    3.b) Evaluacin del riesgo de exposicin a slice ...................................................................................... 90

    3.c) Identificacin de trabajadores expuestos por puesto de trabajo ...................................................... 90

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    3.d) Implementacin de medidas de control ........................................................................................... 90

    4. Elementos de proteccin personal (EPP) ................................................................................................. 91

    3.e) Coordinacin y realizacin de evaluaciones mdicas........................................................................ 92

    3.f) Comunicacin del informe de las evaluaciones mdicas ................................................................... 92

    3.g) Evaluacin mdico-legal en caso de silicosis ..................................................................................... 92

    3.h) Reubicacin ....................................................................................................................................... 92

    4.a) Investigacin de casos de silicosis ..................................................................................................... 92

    4.b) Auditoria y examen realizado por la Direccin de la empresa .......................................................... 93

    5. Quinta etapa: Accin para la mejora ....................................................................................................... 93

    10. CONCLUSIN ....................................................................................................................................... 93

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    1. INTRODUCCION

    La salud de las y los trabajadores es un tema de gran relevancia, particularmente en lo que se refiere a la

    prevencin y vigilancia epidemiolgica de las enfermedades que derivan o se agravan por efectos de los

    agentes de riesgo en el trabajo.

    Para el control y prevencin de estas enfermedades las empresas deben incorporar a su Sistema de Gestin

    de SST, las Normas Tcnicas, Protocolos y las Directrices referidas a Salud en el Trabajo, que son parte del DS

    N 594, y que estn dentro de la obligatoriedad de las empresas de proteger eficazmente la salud y la vida

    de los trabajadores (Art. N 184 del Cdigo del Trabajo).

    Los protocolos de vigilancia de salud de los trabajadores son Instrumentos de aplicacin con orientaciones

    prcticas, con el fin de ser implementadas en los lugares de trabajo. En este sentido, los protocolos buscan

    ser una herramienta reglamentaria y unificadora de criterios en el proceso de identificacin y evaluacin de

    factores de riesgo de las tareas laborales y puestos de trabajo, como tambin de su control y seguimiento.

    El organismo administrador deber incorporar a la entidad empleadora a sus programas de vigilancia

    epidemiolgica, al momento de establecer en ella la presencia de factores de riesgo que as lo ameriten o de

    diagnosticar en los trabajadores alguna enfermedad profesional.

    Dentro de este mbito, las empresas deben confeccionar los respectivos Sistemas de Gestin toda la

    informacin que establecen las Normas Tcnicas, Protocolos y Directrices, incorporando las evaluaciones

    cualitativas y cuantitativas de los agentes causantes de enfermedades profesionales; los Programas de

    Vigilancia Mdica, Programas con equipos de Proteccin Personal, la capacitacin a distintos niveles de la

    empresas, entre otros aspectos, con su respectiva evaluacin que las empresas puedan demostrar el

    concepto de Proteger eficazmente y los registros, por lo que est informacin debe estar incluida en los

    Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad y en la Obligacin de Informar los Riesgos Laborales,

    cuando se est en presencia del agente o est la condicin.

    Los programas de vigilancia epidemiolgica Son actividades sistemticas y permanentes que tienen como

    finalidad proteger la salud de los trabajadores evaluando el impacto del agente en el trabajador expuesto a

    los agentes de riesgo identificados en el puesto de trabajo. Su fin es intervenir esos riesgos a travs de la

    prevencin y control.

    Comprende adems la evaluacin de los medios de proteccin, colectiva o individual as como la evaluacin

    de la exposicin de los trabajadores a los agentes nocivos.

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    Estos programas nos permiten conocer la distribucin de la enfermedad, calcular la incidencia de

    morbimortalidad para implementar medidas de prevencin y control , planear acciones para prevenir

    eventos, adoptar medidas para combatir eventos, evaluar acciones preventivas y de control, investigar

    origen y desarrollar capacitacin.

    En este ltimo tiempo, se han dictado una serie de Normas Tcnicas y Protocolos orientados

    fundamentalmente a proteger la salud de los trabajadores, tales como:

    Protocolo Sobre Normas Mnimas para el Desarrollo de Programas de Vigilancia de la Prdida Auditiva por

    Exposicin a Ruido en los Lugares de Trabajo PREXOR , el cual entrega las directrices tanto para la

    elaboracin, aplicacin y control de los programas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos al

    agente ruido.

    Protocolo de vigilancia para trabajadores expuestos a Factores de Riesgo de Trastornos

    Musculoesquelticos relacionados al Trabajo TMERT, el cual permite la identificacin y evaluacin de

    factores de riesgo de Trastornos Musculoesquelticos Relacionados al Trabajo de Extremidad Superior.

    Plan Nacional de Erradicacin de la Silicosis PLANESI, el cual entrega normas y directrices para el control

    de la slice en los lugares de trabajo.

    Protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo, cuyo objetivo es identificar la presencia y nivel

    de exposicin a riesgos psicosociales al interior de una organizacin.

    Norma Tcnica para la Implementacin de Sistema de Vigilancia de Accidentes de Trabajo con Resultado de

    Muerte y Grave, la cual se encuentra orientada principalmente hacia la prevencin en salud y de los factores

    de riesgo a consecuencia del trabajo.

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    11

    2. PROTOCOLOS DE VIGILANCIA PARA TRABAJADORES EXPUESTOS A FACTORES DE

    RIESGO DE TRASTORNOS MUSCULOESQUELTICOS DE EXTREMIDADES

    Alcance Tcnico

    El protocolo busca ser una herramienta reglamentaria y unificadora de criterios en el proceso de

    identificacin y evaluacin de factores de riesgo de trastornos musculoesquelticos de extremidades

    superiores en las tareas laborales y puestos de trabajo, como tambin su control y seguimiento.

    Permitir estandarizar y organizar la informacin sobre Trastornos Musculoesquelticos de Extremidades

    Superiores relacionados con el Trabajo (TMERT- EESS).

    Permitir recolectar la informacin necesaria para objetivar el estudio de la relacin causa-efecto entre

    factor de riesgo y TMERT- EESS.

    Permitir la vigilancia de:

    Trabajadores/as expuestos/as a factores de riesgo que no presentan sintomatologa ni TMERT

    EESS (asintomticos)

    Trabajadores/as expuestos/as a factores de riesgo que presentan sintomatologa de TMERT-EESS

    (sintomticos).

    Trabajadores/as expuestos/as a factores de riesgo que presentan TMERT-EESS calificado como tal

    (sintomtico).

    Poblacin Objetivo

    Todos los trabajadores que estn expuestos a factores de riesgo de TMERT- EESS.

    Dicha exposicin ser identificada mediante la aplicacin de la Lista de Chequeo de la Norma Tcnica para la

    Identificacin y Evaluacin de factores de riesgo de TMERT- EESS, del Ministerio de Salud.

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    12

    La identificacin de los trabajadores expuestos:

    La identificacin de trabajadores expuestos puede darse a travs de las siguientes vas:

    Por evento centinela: Se considerar evento centinela la pesquisa de una de las patologas descrita en este

    protocolo, vale decir, Sndrome del Tnel Carpiano, Tenosinovitis de Quervain, epicondilitis Lateral,

    Epicondilitis Madial, Sndrome del Manguito Rotador, Sinovitis y Tenosinovitis de Mano Mueca, Dedo en

    gatillo, que pueda estar relacionada con factores de riesgo presentes en tareas laborales.

    Marco Legal

    En este apartado se destacan los principales ordenamientos de la Ley y decretos respecto de las acciones de

    prevencin y cuidado de la salud, cuyo cumplimiento es responsabilidad de distintas instituciones que

    tienen directa relacin con la Salud Ocupacional de los y las trabajadoras.

    Al Ministerio de Salud corresponde:

    Ley 16.744:

    Artculo 65.-

    Inciso 1.- Corresponder al servicio nacional de salud la competencia general en materia de supervigilancia

    y fiscalizacin de la prevencin, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera que sean las

    actividades que en ellos se realicen.

    Artculo 65.-

    Inciso 3.- Corresponder, tambin al Servicio Nacional de Salud la fiscalizacin de las instalaciones mdicas

    de los dems organismos administradores, de la forma y condicin como tales organismos otorguen las

    prestaciones mdicas, y de la calidad de las actividades de prevencin que realicen.

    Artculo 74:

    Los servicios de las entidades con administracin delegada sern supervigilados por el Servicio Nacional de

    Salud y por la Superintendencia de Seguridad Social, cada cual en sus respectivas competencias.

    D.S. 109:

    Artculo 21:

    El Ministerio de Salud, a travs de las autoridades correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el

    artculo 14C del DL N 2.763, de 1979, para facilitar y uniformar las actuaciones mdicas y preventivas que

    procedan, impartir las normas mnimas de diagnstico a cumplir por los organismos administradores, as

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    como las que sirvan para el desarrollo de programas de vigilancia epidemiolgica que sean procedentes, las

    que debern revisarse, a lo menos cada 3 aos. Para tal efecto, debern remitirse las propuestas a la

    Superintendencia de Seguridad Social para su informe. Sin perjuicio de lo anterior, dicha Superintendencia

    podr formular las propuestas que estime necesarias en relacin a lo establecido en el inciso anterior.

    A los Organismos Administradores corresponde:

    Ley 16.744:

    Artculo 76:

    Inciso 3.- Los Organismos Administradores debern informar al Servicio Nacional de Salud los accidentes o

    enfermedades profesionales que les hubieren sido denunciados y que hubieren ocasionado incapacidad

    para el trabajador o la muerte de la vctima, en la forma y con la periodicidad que seale el Reglamento.

    D.S. 101:

    Artculo 72:

    Referente al procedimiento en caso de enfermedad profesional:

    En su letra a), Los organismos administradores estn obligados a efectuar , de oficio o a requerimiento de los

    trabajadores o de las entidades empleadoras, los exmenes que correspondan para estudiar la eventual

    existencia de una enfermedad profesional, slo en cuanto existan o hayan existido en los lugares de trabajo,

    agentes o factores de riesgo que puedan asociarse a una enfermedad profesional, debiendo comunicar a los

    trabajadores los resultados individuales y a la entidad empleadora respectiva los datos a que puedan tener

    acceso en conformidad a las disposiciones legales vigentes, y en caso de haber trabajadores afectados por

    una enfermedad profesional se deber indicar que sean trasladado a otras faenas donde no estn expuestos

    al agente causal de la enfermedad. El Organismo Administrador no podr negarse a efectuar los respectivos

    exmenes si no ha realizado una evaluacin de las condiciones de trabajo, dentro de los seis meses

    anteriores al requerimiento, o en caso que la historia ocupacional del trabajador as lo sugiera.

    D. S. 40:

    Ttulo II, Artculo 3:

    Las Mutualidades de Empleadores estn obligadas a realizar actividades permanentes de prevencin de

    riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Para este efecto debern contar con una organizacin

    estable que permita realizar en forma permanente acciones sistematizadas de prevencin en las empresas

    adheridas; a cuyo efecto dispondrn de registros por actividades acerca de la magnitud y naturaleza de los

    riesgos, acciones desarrolladas y resultados obtenidos.

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    14

    Del Artculo 4 del mismo ttulo:

    El personal a cargo de estas actividades deber ser especializado en prevencin de riesgo de enfermedades

    profesionales y de accidentes del trabajo y su idoneidad ser calificada previamente por el Servicio Nacional

    de Salud, pero en todo caso la direccin inmediata y los cargos que se consideren claves, como jefaturas

    generales y locales slo podrn ser ejercidas por expertos en prevencin de riesgos, definidos segn lo

    dispuesto en el artculo 9, del mismo Decreto Supremo.

    PROPOSITO

    Lograr establecer un sistema estandarizado para la vigilancia de la salud y de factores de riesgo de TMERT-

    EESS entre las diferentes instituciones a cargo de la salud ocupacional en el pas, permitiendo de esta

    manera, establecer un dilogo constante y fluido para el control, mitigacin o eliminacin de factores de

    riesgo, a travs de la implementacin de polticas pblicas y su cumplimiento.

    Objetivo general

    Entregar directrices para la elaboracin, aplicacin y control de programas de vigilancia de la salud y del

    ambiente, para disminuir la incidencia y prevalecia de TMERT- EESS en todos los rubros productivos del pas.

    VIGILANCIA DE LOS FACTORES DE RIESGO EN LAS TAREAS LABORALES.

    Objetivos

    Identificar y conocer los niveles de riesgo de TMERT- EESS a los que estn expuestos los y las

    trabajadoras, as como la distribucin de estos factores en los distintos sectores de la empresa o

    faena;

    Adoptar medidas de prevencin de manera oportuna y eficazmente.

    Establecer criterios preventivos para la periodicidad de las evaluaciones a las tareas realizadas en

    los puestos de trabajo;

    Aportar datos e informacin relevante a los sistemas de gestin de riesgos de las empresas.

    Generar programas de fiscalizacin de cumplimiento de programas de gestin del riesgos a las

    empresas que presenten trabajadoras y/o trabajadores expuestos a factores de riesgo de TMERT-

    EESS.

    Norma para la identificacin y evaluacin de factores de riesgo de TMERT- EESS

    La Norma Tcnica del Ministerio de Salud fue desarrollada para la identificacin y evaluacin de los factores

    de riesgo que afectan a las EESS en las tareas laborales. Dicha Norma, que dicta el Ministerio de Salud

    mediante decreto emitido bajo la frmula Por orden del Presidente de la Repblica, est basada

    tcnicamente en la Norma ISO 11228-3.

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    15

    En ella se establece el procedimiento para la identificacin y evaluacin de factores de riesgo de TMERT

    EESS a travs de la Lista de Chequeo, y algunas acciones bsicas para mejorar las condiciones generales de

    los puestos de trabajo y en la ejecucin y organizacin de la tarea, con el fin de disminuir los riesgos

    especficos, especialmente los riesgos fsicos biomecnicos identificados.

    La Norma propone una metodologa que se inicia con la identificacin de la condicin de riesgo en la

    ejecucin de la tarea (paso I, II, III y IV), sucedida de una etapa donde se identifican factores de riesgo

    adicionales, como factores psicosociales y organizacionales, que pueden estar implcitos en las tareas y

    relacionado a las condiciones laborales.

    Cuando el riesgo identificado y evaluado no puede ser mitigado o eliminado con medidas administrativas e

    ingenieriles segn esta evaluacin inicial (Lista de Chequeo), la Norma propone la aplicacin de

    herramientas especficas de valoracin de riesgo, que debern ser aplicadas, en la medida de lo necesario,

    para corregir y gestionar mejor el riesgo que pudiere estar presente.

    Por ltimo, la Norma Tcnica del Ministerio de Salud ofrece en sus anexos algunas recomendaciones para

    adoptar medidas de control segn las caractersticas de las actividades observadas y los riesgos detectados.

    PERIODICIDAD DE LA EVALUACIN DE FACTORES DE RIESGO Y SALUD DEL TRABAJADOR

    La probabilidad de desarrollar TMERT- EESS depende de la presencia en las tareas realizadas de los factores

    de riesgo tales como: intensidad, duracin del esfuerzo, repetitividad, frecuencia, tiempo de exposicin.

    Estos, junto a otros antecedentes como, la Evaluacin de Salud y la Historia Ocupacional, pueden aclarar la

    relacin existente entre el cuadro patolgico que presenta el trabajador o la trabajadora y los factores de

    riesgos a los que est o estuvo expuesto.

    Debido a la escasa evidencia cientfica respecto al periodo de latencia desde el inicio de la exposicin a cierta

    combinacin de factores de riesgo hasta la aparicin de los primeros signos ysntomas de TME- EESS, es que

    en este manual se define la periodicidad de Evaluacin de Salud y de los factores de riesgo en las tareas

    considerando criterios de expertos, descritos a continuacin:

    7.1.- Para trabajadores expuestos:

    La periodicidad de EVALUACION DE SALUD de trabajadores expuestos se realizar cada tres meses si este

    trabajador o trabajadora continuase expuesto a un nivel rojo de riesgo segn se determine utilizando la

    Norma Tcnica del Ministerio de Salud. Si por las correcciones de los factores de riesgo identificados el

    riesgo disminuyese a niveles inferiores, es decir, amarillo y verde, la evaluacin de salud se realizar segn lo

    determinado en el flujograma de actuacin en el anexo I y II. (ver flujograma en punto 15.- Anexos).

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    16

    Si la identificacin y evaluacin de factores de riesgo, segn la Norma Tcnica del Ministerio de Salud,

    estuviese en nivel de riesgo alto (rojo) en una primera instancia, y luego este nivel de riesgo fueses

    disminuido a nivel amarillo o verde por las intervenciones y correcciones correspondientes, deber

    mantenerse la secuencia de identificacin y evaluacin de riesgo en las tareas y la aplicacin del

    cuestionario de salud segn lo indicado en el flujograma II.

    VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS A FACTORES DE RIESGO DE

    TMERT- EESS.

    Objetivos

    Disminuir la incidencia de los TMERT-EESS.

    Conocer la incidencia y prevalencia de los TMERT- EESS en los diferentes rubros productivos del

    pas.

    Definir las acciones a seguir para la pesquisa de TMERT- EESS de origen laboral.

    Establecer los procedimientos que deben ser adoptados para la vigilancia de la salud de las y los

    trabajadores expuestos a factores de riesgo de TMERT- EESS.

    Establecer cuales trabajadores deben ser incorporados en el programa de vigilancia, como tambin

    cuales patologas deben ser vigiladas al estar presente el factor de riesgo.

    Establecer la periodicidad con que deben tomarse evaluaciones de salud y las medidas de control.

    Establecer los criterios tcnico-mdicos para determinar el origen laboral de TMERT- EESS. Relacin

    existente entre factores de riesgo y una determinada patologa laboral de extremidad superior.

    EVALUACION DE LA SALUD MUSCULOESQUELTICA:

    Consideraciones generales

    El programa de vigilancia de la salud de los trabajadores debe ser desarrollado y ejecutado por un equipo de

    salud, bajo la supervisin de un profesional competente en materias de Salud Ocupacional del

    Administrador del Seguro Ley 16.744.

    Los empleadores deben identificar tareas y puestos de trabajo con factores de riesgo de TMERT-EESS, como

    tambin los trabajadores expuestos, con la finalidad de incorporarlos en sus programas de vigilancia de la

    salud; y dar aviso a su Administrador del Seguro Ley 16.744.

    La EVALUACIN DE LA SALUD de los trabajadores expuestos consiste en la aplicacin de un CUESTIONARIO

    DE SALUD y la EVALUACION MEDICA con sus exmenes complementarios correspondientes.

    El CUESTIONARIO DE SALUD contiene al Quick DASH, Cuestionario Nrdico y el SF36, que servirn para

    determinar el estado de salud del la persona examinada. Estos instrumentos de evaluacin levantarn datos

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    17

    importantes para nutrir el criterio mdico en la resolucin de la calificacin de enfermedad de origen

    laboral. Deber considerarse un CUESTIONARIO DE SALUD ALTERADO segn los datos entregados el Quick

    DASH y el Cuestionario Nrdico, quedando el cuestionario SF36 como apoyo en la caracterizacin de la

    condicin de salud de la persona.

    PROCEDIMIENTO DE DERIVACIN DEL ORGANISMO ADMINISTRADOR.

    Frente a un diagnstico mdico de patologa musculoesqueltica de extremidad superior, que coincida con

    una de las patologas nombradas en el punto 11.- Patologas objeto de este protocolo, el mdico deber

    calificar la patologa como laboral o no laboral, considerando, a lo menos, la informacin entregada por la

    EVALUACION DE SALUD, la IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE FACTORES DE RIESGO en la tarea realizada en

    el puesto de trabajo y la HISTORIA OCUPACIONAL del trabajador o trabajadora.

    Habiendo calificado la patologa como laboral, el mdico deber ingresar al trabajador o trabajadora al

    programa de vigilancia musculoesqueltica de extremidades superiores del Administrador del Seguro

    respectivo.

    3. PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLGICA DE TRABAJADORES EXPUESTOS A

    PLAGUICIDAS

    Exposicin a Plaguicidas

    Se considera que un individuo est expuesto cuando la sustancia se encuentra en la vecindad inmediata a las

    vas de ingreso al medio interno del organismo, estas son piel, mucosas, respiratoria y digestiva.

    Trabajadores Expuestos

    Trabajadores que se desempeen en tareas que implican contacto directo y frecuente con un plaguicida,

    esto es en procesos tales como aplicacin, preparacin, formulacin o mezclado de estos agentes.

    Existe una gran diversidad de actividades laborales en las que hay exposicin a estos productos; siendo los

    trabajadores del sector agrcola los que presentan una mayor exposicin, debido a que en este sector se

    presenta una mayor utilizacin de plaguicidas.

    De acuerdo a los antecedentes recogidos por REVEP, los aplicadores de plaguicidas son los trabajadores ms

    afectados.

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    18

    Existen grupos vulnerables de trabajadores, como son los pequeos productores y campesinos, dada la falta

    de asesora tcnica, capacitacin en la manipulacin, y dificultad para obtener para la compra de elementos

    de proteccin personal (EPP).

    Dentro de las principales actividades laborales en las cuales se podra presentar exposicin a plaguicidas se

    encuentran:

    Aplicacin de plaguicida va area o terrestre.

    Aplicacin de plaguicidas en viviendas, bodegas, lugares pblicos, etc.

    Aplicacin de plaguicidas en campaa y emergencias sanitaria y/o fitosanitarias (ej. Chagas,

    mosquitos, etc.)

    Operacin de cmara de fumigacin (cmaras de bromuro de metilo y de anhdrido sulfuroso).

    Fumigacin de silos, bodegas, barcos, entre otros.

    Tipos de Intoxicacin.

    Intoxicacin aguda

    Exposicin de corta duracin y absorcin rpida del txico, dosis nica o mltiple en un perodo no superior

    a 24 horas.

    En general los sntomas de intoxicacin aparecen rpidamente. Las manifestaciones clnicas de la

    intoxicacin aguda pueden incluir efectos sistmicos, (nauseas, bradicardia, miosis), o localizados

    (dermatitis). Adems, pueden ser cuadros clnicos leves, menos graves, graves o fatales.

    Intoxicacin subaguda

    Exposiciones frecuentes o repetidas en periodos de varios das o semanas.

    Intoxicacin crnica

    La intoxicacin crnica es el resultado de exposiciones repetidas durante un largo perodo de tiempo. Los

    signos de intoxicacin se manifiestan debido a que el txico se acumula en el organismo en cada exposicin,

    y esto es porque la cantidad de txicos eliminada es menor que la absorbida.

    Vas de Entrada

    Las vas de ingreso al organismo son: piel, mucosas, respiratoria y oral. En el caso de las intoxicaciones de

    origen laboral, las principales vas son la va respiratoria y piel.

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    19

    Se entiende como indicador biolgico al trmino genrico que identifica al agente y/o sus metabolitos, o los

    efectos provocados por los agentes en el organismo. Estos se utilizan para establecer los lmites mximos o

    tolerables de una sustancia o para sealar signos de alteraciones fisiolgicas precisas2.

    En el caso de estas intoxicaciones por plaguicidas la utilizacin de estos indicadores es limitada, dado que

    slo existen para algunos de estos productos.

    Los indicadores biolgicos y los Lmites de Tolerancia Biolgica3 para los trabajadores expuestos a

    plaguicidas estn definidos en el Ttulo V del DS N 594 4 (Tabla N1). El Instituto de Salud Pblica (ISP)

    Laboratorio de Referencia Nacional para esta rea, a travs del Laboratorio de Salud Ocupacional, define las

    tcnicas de laboratorio para stos indicadores biolgicos.

    Indicadores biolgicos y lmites de tolerancia biolgica segn plaguicida. DS N 594

    QUIMICO INIDICADOR

    BIOLOGICO

    MUESTRA LIMITE DE

    TOLERANCIA

    BIOLOGICA

    MOMENTO DE MUESTREO

    Bromuro de Metilo In Bromuro Sangre 10 mg/l Antes de la aplicacin y durante

    la aplicacin

    Pesticidas

    Organofosforados

    y Carbamatos

    Actividad de

    Acetilcolinesterasa

    Sangre 70% de la lnea

    base de la

    persona.

    Antes de aplicar y despus de la

    aplicacin

    VIGILANCIA DE EXPUESTOS A PLAGUICIDAS

    La orientacin de la vigilancia es eminentemente preventiva y su propsito es establecer criterios, lneas de

    accin y recomendaciones para el manejo integral del trabajador expuesto a plaguicidas, con la finalidad de

    prevenir y detectar precozmente dao a la salud.

    En esta se integra las evaluaciones de salud ocupacional y de riesgo ambiental.

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    20

    Objetivos

    Objetivo General

    Establecer una herramienta que permita evitar o detectar tempranamente los daos en la salud de los

    trabajadores por la exposicin a plaguicidas.

    Objetivos Especficos

    Identificar a los trabajadores expuestos.

    Identificar las condiciones ambientales laborales de mayor riesgo.

    Incorporar a los trabajadores expuestos al programa de vigilancia.

    Detectar oportunamente trabajadores con sobre exposicin o intoxicados y las medidas de accin.

    Implementar las medidas preventivas.

    Contar con informacin epidemiolgica para la actualizacin de normativa en la materia e

    implementacin de acciones preventivas.

    Metodologa

    Los trabajadores expuestos sern incorporados por los organismos administradores de la Ley N 16.744 a un

    programa de vigilancia. Esta vigilancia incluye dos reas: la evaluacin del ambiente de trabajo y la

    evaluacin de salud del trabajador.

    Poblacin Objetivo

    Este protocolo est dirigido a los trabajadores y trabajadoras quienes debido a su actividad laboral se

    encuentran en riesgo de dao a la salud por exposicin a plaguicidas.

    Poblacin expuesta a riesgo

    Dada la definicin de expuesto algunos de los grupos de trabajadores que cumplen con la definicin de

    expuesto son:

    Trabajadores de plantas de fabricacin o formulacin o fraccionamiento.

    Aplicadores agrcolas y forestales.

    Cargadores y mezcladores de plaguicidas.

    Operador de cmara de fumigacin o similares.

    Aplicadores de plaguicidas de uso sanitario y domsticos, edificaciones urbanas, silos, industrias,

    parques y jardines, etc.

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    21

    EVALUACIN DE SALUD DEL TRABAJADOR EXPUESTO

    Esta evaluacin corresponde al control clnico y de laboratorio que se le realiza a la poblacin laboral

    expuesta a plaguicidas, en diferentes momentos del trabajo:

    a) Al Ingreso a la actividad laboral.

    b) Durante el trabajo.

    c) Al retiro de la actividad laboral.

    Es recomendable que los mdicos que realicen estas evaluaciones tengan formacin en Salud Ocupacional o

    al menos experiencia en la realizacin de estos exmenes

    Evaluacin Pre ocupacional

    Esta evaluacin ser a cargo del empleador y es la puerta de entrada al programa de vigilancia por lo cual su

    protocolizacin tiene como objetivo establecer los estndares y homologacin de sus contenidos para la

    poblacin que estar expuesta a plaguicidas. Esta evaluacin tendr un ao de vigencia.

    Este examen no aplica cuando el trabajador cambia de empleador y se encuentra con exmenes de

    vigilancia ocupacional vigentes.

    Evaluacin mdica

    Corresponde a la evaluacin que se realiza al ingreso a la actividad laboral e incluye:

    a) Entrevista mdica.

    b) Historia laboral.

    c) Examen clnico general y especfico (orientado a los efectos especficos de cada plaguicida).

    d) Exmenes de laboratorio.

    e) Encuesta de salud.

    f) Consejera.

    VIGILANCIA OCUPACIONAL

    Esta vigilancia corresponde a la evaluacin que se realiza al trabajador durante el tiempo de exposicin. Es

    responsabilidad del empleador entregar al Organismo Administrador correspondiente el plan anual de

    aplicacin, a objeto de programar la vigilancia ocupacional de los trabajadores expuestos.

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    22

    Exmenes

    Plaguicida Control

    Organofosforados ACh plasmtica Anual

    Expuestos por temporada: tomarla en el

    periodo de mayor exposicin.

    Bromuro de Metilo In Bromuro anual

    Cumarnicos Tiempo de Protrombinemia anual

    4. GUA TCNICA SOBRE EXPOSICIN OCUPACIONAL A HIPOBARIA INTERMITENTE

    CRNICA POR GRAN ALTITUD

    MARCO METODOLGICO

    Esta Norma Tcnica fue elaborada por el Departamento de Salud Ocupacional, dependiente de la

    Subsecretara de Salud Pblica del Ministerio de Salud, con la importante colaboracin de profesionales

    mdicos y acadmicos con vasta experiencia y conocimiento en materias de trabajo en altura geogrfica e

    hipoxia hipobrica.

    El trabajo se centraliz en determinar las acciones para la prevencin en salud de todos los trabajadores

    que, por motivos laborales, se vieran expuestos a hipobaria intermitente crnica, independiente de la

    actividad que realice. Todas estas acciones se establecen realizando un anlisis del conocimiento que se

    tiene sobre la fisiologa humana y trabajo en altura geogrfica y las condiciones reales organizativas en salud

    de las empresas que tienen sus faenas en estas condiciones, independiente del rubro econmico al que

    pertenezcan.

    Se constituy una comisin tcnica con participacin de profesionales representantes de Organismos

    Administradores de la Ley 16.744, acadmicos de la Universidad de Chile, expertos de reconocido prestigio

    en la materia y profesionales del Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud.

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    23

    El desarrollo de esta Gua Tcnica obedece a lo establecido en el Decreto Supremo N 594 de 1999, del

    Ministerio de Salud, para el Trabajo en condiciones de Hipobaria Intermitente Crnica, regulacin que fue

    introducida a dicho acto administrativo por intermedio del Decreto Supremo N 28 de 2012, tambin del

    Ministerio de Salud.

    EVALUACIN OCUPACIONAL PARA EXPOSICIN INTERMITENTE CRNICA A HIPOBARIA:

    Evaluacin de salud efectuada a todo trabajador contratado que se expondr a hipobaria intermitente

    crnica, con antecedentes de exposicin laboral y evaluaciones de salud previas, a la vista del mdico

    examinador.

    La batera de exmenes es la misma que se aplica en las evaluaciones pre-ocupacionales, salvo por la Rx de

    Trax que se realiza cada 5 aos.

    Esta evaluacin es de cargo del Organismo Administrador del seguro de la Ley 16.744 al cual est adherida la

    empresa o de la empresa con Administracin Delegada, segn corresponda.

    EVALUACIN DE SALUD PARA EXPOSICIN ESPORDICA SOBRE LOS 3.000 MTS DE ALTITUD.

    Evaluacin de salud efectuada a trabajadores que realizan labores sobre los 3.000 mts de altitud en forma

    espordica o puntual, que no cumplen con la definicin de expuestos a hipobaria intermitente crnica.

    La batera de exmenes a aplicar es la misma que se aplica en las evaluaciones pre-ocupacionales, excepto

    radiografa de trax si se le ha realizados en los 5 aos previos

    Esta evaluacin es de cargo de la empresa.

    EVALUACIN DE SALUD PARA EXPOSICIN SOBRE LOS 5.500 MTS DE ALTITUD.

    Evaluacin de salud efectuada a todo trabajador que realizar labores sobre los 5.500 metros de altitud,

    independientemente del tiempo proyectado de permanencia, crnico intermitente o espordico.

    La batera de exmenes a aplicar es la misma que se utiliza en las evaluaciones pre-ocupacionales, a la que

    se agrega un Test de Esfuerzo, independiente de la edad del trabajador.

    Esta evaluacin es de cargo del Organismo Administrador del seguro de la Ley 16.744 al cual est afiliada la

    empresa o de la empresa con Administracin Delegada, segn corresponda.

    EXAMEN PARA LA VIGILANCIA OCUPACIONAL

    Evaluacin peridica orientada a pesquisar precozmente la condicin patolgica de POLICITEMIA CRONICA y

    APNEA CENTRAL secundarias a Hipobaria Intermitente Crnica. Para estos efectos pueden ser utilizados los

    exmenes realizados para la evaluacin ocupacional, segn vigencia

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    24

    MARCO TERICO:

    Los efectos ms importantes de la gran altitud sobre la fisiologa humana son secundarios a la disminucin

    de la presin baromtrica y de los cambios que sta provoca en la presin de oxgeno del aire ambiental. La

    presin baromtrica disminuye de forma logartmica al aumentar la altitud.

    Al disminuir sta con la altitud tambin lo hace el oxgeno inspirado, condicionando con ello hipoxemia

    (disminucin de la concentracin de oxgeno arterial) e hipoxia (disminucin del aporte de oxgeno a las

    clulas). El organismo responde en una primera etapa con aumento de la frecuencia cardaca e

    hiperventilacin, lo que puede inducir una alcalosis respiratoria, situacin que comienza a ser compensada,

    aunque ms tardamente, por el rin.

    Entre los efectos fisiopatolgicos agudos de la exposicin a hipobaria se describen el Mal Agudo de Montaa

    Simple, presentacin ms frecuente, el Edema Pulmonar Agudo de Altitud y el Edema Cerebral Agudo de

    Altitud.

    Dependiendo de la intensidad de la hipoxia y de su velocidad de instalacin, los sntomas del Mal Agudo de

    Montaa aparecen ms frecuentemente en las primeras 24 horas. Sus principales sntomas y signos son

    cefalea, que es ms intensa en la noche prdida del apetito, que puede ir acompaada de nuseas y

    vmitos, alteraciones del sueo y fatiga.

    El Mal Agudo de Montaa puede presentarse, en un nmero reducido de personas, desde cotas de 2500

    metros de altitud, elevndose significativamente su incidencia y severidad a partir de los 3000 metros (gran

    altitud).

    El Mal de Montaa Crnico afecta a los residentes y a los que viven largas temporadas en las grandes

    alturas. Es de baja incidencia en la poblacin laboral en Chile dado el tipo de exposicin a la altitud, que es

    de tipo crnica e intermitente, con estadas alternadas a gran altitud y descanso a baja altitud (bajo los

    3.000 msnm)

    Esta particular forma de exposicin crnica intermitente a la hipobaria puede producir enfermedades

    reversibles a corto y/o largo plazo, principalmente neurolgicas y cardiopulmonares que van desde el Mal

    de Montaa Agudo en sus diferentes variedades, Policitemia, Hipertensin Pulmonar y/o Trastornos del

    sueo, el que se podra agravar en sujetos con Apnea Obstructiva del Sueo previa, entre otras patologas.

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    25

    INFORMACIN MNIMA QUE DEBE ENTREGAR LA EMPRESA A SUS TRABAJADORES SOBRE LOS

    RIESGOS ESPECFICOS DE LA EXPOSICIN LABORAL A GRAN ALTITUD E HIPOBARIA, Y SUS

    MEDIDAS DE CONTROL E INSTRUCCIN TERICO PRCTICA ANUAL.

    Las empresas o faenas que tenga trabajadores expuestos a hipobaria intermitente crnica por gran altitud,

    debern informar a sus trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos de la exposicin.

    Por otra parte se deber impartir anualmente una instruccin terico - prctica sobre el riesgo y las

    consecuencias para la salud tanto de la exposicin aguda como crnica intermitente a la hipobaria, la que

    deber ser impartida en forma presencial, teniendo como mnimo las siguientes caractersticas:

    1. Duracin mnima de 3 hrs cronolgicas, impartido por un profesional de la salud con ttulo otorgado

    por una entidad de educacin superior reconocida por el Estado, con un mnimo de 8 semestres y

    formacin en el tema a tratar, lo que implica que tenga conocimientos y experiencia en la materia,

    requisito este ltimo que se podra dar por cumplido en los siguientes casos:

    Certificado de aprobacin de curso de medicina de altitud de al menos 32 horas cronolgicas y

    experiencia laboral de al menos un ao en actividades relacionadas, vale decir, en Centro que

    realice evaluaciones de salud para trabajo en altitud geogrfica o directamente en faenas en

    altitud, o

    Profesional con experiencia comprobable de trabajo de al menos 3 aos en un Centro que realice

    evaluaciones de salud para trabajo en altitud geogrfica o directamente en faenas en altitud.

    2. Los contenidos de este curso, que debern constar por escrito, contemplarn al menos los

    siguientes temas:

    Conceptos y definiciones del trabajo a gran altitud.

    Efectos agudos y crnicos de la altura en el ser humano.

    Contraindicaciones para el trabajo en gran altitud.

    Medidas preventivas para enfrentar el trabajo a gran altitud.

    Promocin de estilos de vida saludables (alimentacin saludable, actividad fsica, prevencin de

    alcohol, tabaco y otras drogas)

    PROGRAMAS PREVENTIVOS

    Ser obligacin de las empresas contar con un Programa Preventivo, elaborado por un mdico o enfermera

    con conocimiento en Salud Ocupacional, que debe constar por escrito y actualizado cada ao, tendiente a

    preservar la salud de los trabajadores expuestos a Hipobaria Intermitente Crnica, que considere al menos:

    Estrategias de Promocin de Salud y Calidad de vida establecidas en un programa anual de trabajo.

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    26

    Informacin sobre los riesgos asociados a la exposicin intermitente Crnica a hipobaria y su

    prevencin la que debe ser entregada mediante medios escritos, radiales, verbales u otros de

    manera permanente.

    Incorporacin del riesgo en el Sistema de Gestin de Seguridad y Salud de la empresa el cual

    deber ser verificable y contar con metas y plazo claramente establecidos.

    Medidas de prevencin y/o mitigacin para la alteracin del sueo que puede ser agravado por la

    exposicin a hipobaria intermitente crnica. Estas medidas estn indicadas en el punto de las

    medidas de mitigacin.

    Informacin al trabajador sobre la importancia del control de patologa crnica comn compensada

    de trabajador expuesto, por su previsin. Esta informacin deber ser entregada por el mdico en,

    al menos, el momento de la evaluacin ocupacional.

    EVALUACIONES DE SALUD PARA EXPOSICIN LABORAL A GRAN ALTITUD.

    OBJETIVO DE LA EVALUACIN DE SALUD PARA LA EXPOSICIN A GRAN ALTITUD:

    Pesquisar condiciones patolgicas y no patolgicas (embarazo) que, producto de la exposicin a la

    hipobrica o a las especiales condiciones de aislamiento y difcil accesibilidad de las faenas, pudieran

    constituir un riesgo tanto para la salud del propio trabajador como para terceras personas y la empresa.

    EVALUACIN PRE- OCUPACIONAL

    Para la pesquisa de contraindicaciones de salud para la exposicin a hipobaria intermitente crnica se

    realizar la siguiente batera de exmenes pre-ocupacionales y ocupacionales, diferencindose solamente la

    radiografa de trax que ser tomada para los exmenes ocupacionales cada 5 aos.

    i.- Encuesta de salud (en anexo)

    ii.- Batera de exmenes clnicos y de laboratorio:

    Peso.

    Talla.

    Presin Arterial.

    Pulso.

    Electrocardiograma de reposo.

    Rx de trax AP

    Hemoglobina.

    Glicemia.

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    Creatininemia.

    Perfil lipdico.

    ndice de riesgo cardiovascular basado en el ndice de Framingham (parmetros: edad, sexo,

    tabaquismo, diabetes colesterol total, colesterol HDL, P.sistlica y P.diastlica).

    Cuestionario de Lake Louise.

    iii.- Evaluacin mdica: anamnesis, examen fsico, anlisis de antecedentes, conclusin mdica y consejera.

    PROGRAMA DE VIGILANCIA OCUPACIONAL:

    El programa de vigilancia tiene por objetivo:

    Pesquisar precozmente alteraciones en la salud por la exposicin laboral a hipoxia hipobrica intermitente crnica.

    PROGRAMA DE VIGILANCIA DE LA SALUD:

    Ingreso de trabajador expuesto al programa de Vigilancia.

    Todo trabajador o trabajadora que desempee sus labores entre los 3.000 y 5.500 msnm por ms de 6

    meses, con una permanencia mnima de 30% de ese tiempo en sistemas de turnos rotativos a gran altitud y

    descanso a baja altitud, deber ser registrado e ingresado al programa de vigilancia realizado por el

    Organismo Administrador de la Ley 16.744 al que est afiliada a la empresa.

    Para tal efecto se realizarn los siguientes exmenes para el control y seguimiento de la salud mediante

    indicadores biolgicos, posibilitando de esta forma un diagnstico precoz y tratamiento:

    PROGRAMA DE VIGILANCIA OCUPACIONAL:

    El programa de vigilancia tiene por objetivo:

    Pesquisar precozmente alteraciones en la salud por la exposicin laboral a hipoxia

    hipobrica intermitente crnica.

    Efecto en salud:

    La Hemoglobinemia utilizada para los exmenes ocupacionales ser vlida, dentro de su vigencia, para este

    efecto.

    A los trabajadores que presenten alteraciones de la Encuesta de Calidad de Sueo debern ser evaluados

    por medio de la Saturacin de Oxigeno durante el sueo, despus del segundo da de dormir en

    campamento y dentro de los siguientes dos meses de aplicada la Encuesta de Calidad de Sueo. Se

    considerar como base la aplicacin del cuestionario de Pittsburgh de Calidad de Sueo, no obstante cada

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    Organismo Administrador podr, adems, aplicar otras encuestas que estime conveniente por definicin

    mdica considerando al menos los siguientes criterios:

    5 menos horas de sueo

    3 ms despertares

    Insomnio de conciliacin

    Si la Saturacin de Oxgeno se encuentra alterada, compatible con apnea obstructiva, se derivar a

    evaluacin mdica por su sistema de salud comn para estudio y eventual tratamiento. En caso de apnea

    central el trabajador deber ser derivado a los programas

    PROTOCOLO DE SEGUIMIENTO DE LA ACLIMATACIN A LA LLEGADA A LA FAENA Y A LAS 24 Y 48

    HORAS:

    Esta evaluacin se aplicar al llegar a la faena o lugar de trabajo por primera vez, o si han pasado ms de 6

    meses sin haber subido a gran altitud, y luego a las 24 y a las 48 horas de permanencia en faena.

    El seguimiento a las 24 y 48 horas ser conforme a citacin del personal de salud del policlnico, o por

    consulta espontnea de los trabajadores, que refiera sintomatologa compatible con Aclimatacin

    Insuficiente o Mal de Montaa Agudo.

    El protocolo de seguimiento considerar:

    a. Control de presin arterial.

    b. Medicin de Saturacin de Oxgeno.

    c. Encuesta de Lake Louise.

    d. Evaluacin mdica o protocolo elaborado por un mdico

    En base a esta evaluacin el personal de salud decidir las medidas a seguir, en funcin de cada caso en

    particular y de las posibilidades de manejo en la faena, que pueden ir desde administrar farmacoterapia con

    indicacin mdica, indicar medidas de mitigacin o disponer bajar al trabajador de la faena. En general,

    cuando el puntaje de la encuesta de Lake Louise para un sntoma individual sea de 3 o la sumatoria sea

    mayor de 6, se recomienda el descenso.

    Para aquellos trabajadores con exposicin espordica o que no se encuentre en la definicin de expuesto,

    tambin se aplicar esta evaluacin sin considerar la encuesta de Lake Louise.

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    5. PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO

    Modelo general de prevencin de riesgos psicosociales en el trabajo

    Segn el Comit Mixto OIT/OMS, no se presta mucha atencin a este tipo de problemas sino en forma

    tarda, cuando presentan signos manifiestos (ausencia injustificada, licencias, intoxicacin alcohlica,

    agravamiento de reclamos y denuncias, entre otros). La preocupacin por los factores psicosociales en el

    mbito del trabajo supone un cambio a nivel de cultura laboral, donde se reconoce la incidencia de

    elementos que afectan su desempeo. Por ello, vigilar estos factores implica un cambio en la manera de

    abordar el trabajo y sus prcticas.

    Respecto de las formas de mitigacin de los riesgos psicosociales en el trabajo, es posible sealar que, de

    acuerdo al modelo de prevencin en salud general, es posible identificar tres tipos de intervencin:

    1.Intervencin primaria: Por una parte, entregar informacin y prevencin orientado a mejorar la salud

    laboral enfocndose en la fuente de problemas (Ej.: condiciones laborales, diseo del puesto de trabajo,

    estilos de administracin/liderazgo y la organizacin del trabajo), con el objetivo de reducir los factores de

    riesgo psicosocial. Por otra parte, con esa informacin elaborar estrategias y polticas organizacionales con

    el objeto de evitar situaciones conflictivas que puedan aumentar y potenciar este tipo de riesgos y, por

    ende, generen niveles altos de estrs.

    2.Intervencin secundaria: Detectar la existencia de estrs y sus causas, enfocndose en las respuestas

    (conductuales) de los trabajadores, reforzando sus estrategias de afrontamiento e interviniendo en las

    condiciones de trabajo que sean factores de riesgo psicolaboral.

    3.Intervencin terciaria: Implementar acciones destinadas a reparar los daos causados en los trabajadores.

    Marco legal y atribuciones del Ministerio de Salud en la dictacin de protocolos de vigilancia de

    la salud de los trabajadores

    Las atribuciones del Ministerio de Salud y de la Subsecretaria de Salud Pblica para la dictacin de

    protocolos de vigilancia estn dadas por:

    Constitucin Poltica de la Repblica de Chile.

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    Cdigo Sanitario.

    Ley N 16.744, de 1968, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades

    profesionales. Art. 65 y 68 del ttulo VII Prevencin de Riesgos Profesionales.

    Reglamento para la aplicacin de la Ley N 16.744, aprobado por Decreto Supremo 101 del ao

    1968 de Ministerio del Trabajo. Artculo 72: En caso de enfermedad profesional deber aplicarse el

    siguiente procedimiento: El organismo administrador deber incorporar a la entidad empleadora

    a sus programas de vigilancia epidemiolgica, al momento de establecer en ella la presencia de

    factores de riesgo que as lo ameriten o de diagnosticar en los trabajadores alguna enfermedad

    profesional.

    Reglamento para la calificacin y evaluacin de los accidentes del trabajo y enfermedades

    profesionales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N 16.744, aprobado por Decreto Supremo 109,

    de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsin Social. Artculo 21: El Ministerio de Salud, a travs

    de las autoridades correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artculo 14 C del DL N

    2.763, de 1979, para facilitar y uniformar las actuaciones mdicas y preventivas que procedan,

    impartir las normas mnimas de diagnstico a cumplir por los organismos administradores, as

    como las que sirvan para el desarrollo de programas de vigilancia epidemiolgica que sean

    procedentes, las que debern revisarse, a lo menos, cada 3 aos. Para tal efecto, deber remitir las

    propuestas a la Superintendencia de Seguridad Social para su informe.

    D.F.L. N1, de 2005, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley

    2763, de 1979, que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los Servicios de Salud, el Fondo

    Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pblica de Chile y la Central de Abastecimiento del Sistema

    Nacional de Servicios de Salud, y de las leyes N 18.933 y N 18.469, publicado en el diario oficial de

    24.04.06

    Ley N 19.937 que modifica el D.L. N 2763, de 1979 con la finalidad de establecer una nueva

    concepcin de la Autoridad Sanitaria, distintas modalidades de gestin y fortalecer la participacin

    ciudadana.

    Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales bsicas en los lugares de trabajo, aprobado

    por Decreto Supremo 594/99 del Ministerio de Salud.

    Reglamento Orgnico del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N 136, de 2005, del

    Ministerio de Salud.

    Circular N 2582 de fecha 18 de noviembre del 2009 emanada de la Superintendencia de Seguridad

    Social, imparte instrucciones sobre los nuevos formularios de Denuncia Individual de Accidentes del

    Trabajo (DIAT) y Denuncia Individual de Enfermedades Profesionales (DIEP), adems de la puesta en

    marcha del Sistema de Informacin de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la

    Ley 16.744 (SIATEP).

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    Oficio Ord. B52/N 95, de fecha 20 de enero del 2010, emanada desde la Subsecretara de Salud

    Pblica, informa de la entrada en vigencia del Sistema Nacional de Informacin en Salud

    Ocupacional (SINAISO).

    Alcance del Protocolo y del Sistema de Vigilancia

    Poblacin Objetivo

    Este protocolo tiene alcance y aplicacin en todas las empresas, organismos pblicos y privados que se

    encuentren legal y formalmente constituidas, con independencia del rubro o sector de la produccin en la

    cual participen, o del nmero de sus trabajadores.

    Este protocolo deber ser conocido por las empresas y los profesionales relacionados con la prevencin de

    riesgos laborales de las organizaciones, y todos los profesionales de las instituciones administradoras del

    seguro de la Ley 16.744 que tengan a su cargo programas de vigilancia.

    Asimismo, deber estar a disposicin y conocimiento de las instituciones de educacin superior que

    imparten cursos o carreras en las que las temticas de prevencin de riesgos laborales y salud ocupacional

    estn comprendidas en sus planes de estudio.

    Descripcin del Modelo de Vigilancia del presente Protocolo

    La evaluacin de riesgo psicosocial puede ser solicitada a travs de los distintos estamentos de la

    Organizacin (Comits Paritarios de Higiene y Seguridad, Sindicatos, Departamento de Prevencin de

    Riesgos) o directamente por la autoridad sanitaria (SEREMI de Salud).

    La evaluacin de la exposicin a riesgo psicosocial ser medida a travs del Cuestionario SUSESO/ISTAS21

    versin breve, que es un instrumento que evala, de manera simple, el grado de exposicin a riesgo

    psicosocial al interior de la organizacin.

    Los resultados del cuestionario orientarn a la organizacin sobre la necesidad de realizar medidas

    correctivas en aquellas dimensiones que muestren niveles de riesgo medio y alto.

    Sobre los resultados obtenidos en el proceso de evaluacin

    La medicin a travs del Cuestionario Breve SUSESO/ISTAS21 entrega un nivel de riesgo para cada

    dimensin y para cada trabajador. El instrumento establece niveles de puntaje que se consideran riesgosos

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    para cada dimensin (ver anexo) en cada trabajador en forma individual. Para establecer el nivel de riesgo

    de la organizacin o empresa, se requiere establecer la prevalencia del riesgo elevado, es decir, qu parte de

    los trabajadores obtuvieron un puntaje considerado de riesgo alto. Cuando ms del 50% de los

    trabajadores obtuvieron un puntaje de riesgo alto, se considera que esta dimensin est en riesgo.

    Situacin Sin Riesgo

    Si la medicin arroja que las cinco dimensiones medidas estn dentro del nivel de riesgo bajo, la

    situacin se considerar como Sin Riesgo y deber repetirse el proceso de evaluacin cada 2

    aos.

    Situacin Riesgo Medio

    Si existen dimensiones cuyos resultados se ubican en riesgo moderado, la situacin se considerar

    como Riesgo Medio, y la organizacin deber implementar medidas correctivas locales en un

    plazo de 3 meses. El proceso de evaluacin mediante el Cuestionario SUSESO/ISTAS21 versin

    breve deber repetirse en un plazo no superior a 1 ao.

    Situacin Riesgo Alto

    Si existen 1 o 2 dimensiones en riesgo alto, la situacin se considerar como Riesgo Alto / Nivel

    1. En este caso, la organizacin tiene un plazo de 03 meses para implementar las medidas

    correctivas locales para las dimensiones en evaluacin, y volver a evaluar la presencia del riesgo

    mediante el Cuestionario SUSESO/ ISTAS21 versin breve 06 meses despus de ejecutar las

    acciones correctivas.

    Si existen 3 dimensiones en riesgo alto, la situacin se considerar como Riesgo Alto / Nivel 2. En

    este caso, la organizacin tiene un plazo de 06 meses para implementar las medidas correctivas

    locales para las dimensiones en evaluacin, y volver a evaluar la presencia del riesgo mediante el

    Cuestionario SUSESO/ISTAS21 versin breve 12 meses despus de ejecutar las acciones correctivas.

    Si existen 4 o 5 dimensiones en riesgo alto, la situacin se considerar como Riesgo Alto / Nivel

    3. La organizacin deber informar a su organismo administrador de la Ley 16.744, con el fin de

    ser incorporado al programa de vigilancia. El organismo administrador deber informar esta

    situacin a la Secretara Regional Ministerial de Salud correspondiente y a la Superintendencia de

    Seguridad Social SUSESO. En este caso, la reevaluacin la realiza el organismo administrador al

    cabo de 12 meses.

    Si las medidas correctivas propuestas por el protocolo no logran reducir o eliminar el nivel de riesgo

    y se requiera realizar intervenciones locales o completas, el empleador deber pedir asesora a su

    Organismo Administrador de la Ley con el fin de ser incorporado al programa de vigilancia. El

    organismo administrador deber informar esta situacin a la Secretara Regional Ministerial de

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    Salud correspondiente y a la Superintendencia de Seguridad Social SUSESO. Para disear las

    intervenciones que sern de carcter menor o local, o global cuando el riesgo sea mayor, las

    actividades del Organismo Administrador Ley se enmarcaran dentro de los criterios de la ley

    16.744, procurando con ello mantener la causalidad directa del trabajo u oficio y el riesgo

    respectivo. Respecto de las dimensiones contenidas en el instrumento, cabe sealar que la

    dimensin Doble presencia debe ser evaluada, sin embargo, queda exenta de fiscalizacin

    durante las etapas de tamizaje y medidas locales, pero debe ser incorporada como dimensin de

    fiscalizacin cuando se trate de una intervencin mayor.

    Las intervenciones que requieran mayor profundidad se pueden realizar en base a la metodologa

    del Cuestionario SUSESO/ISTAS21 en su versin completa, el Instrumento de Evaluacin de

    Medidas para la Prevencin de Riesgos Psicosociales en el Trabajo del ISP y/u otro instrumento que

    defina el Organismo Administrador, siempre y cuando est validado y su uso sea oficial para estos

    fines.

    Medidas Preventivas: recomendaciones y sugerencias para mitigar los Riesgos Psicosociales en

    el Trabajo

    En este punto, la organizacin debe tener en consideracin que la evaluacin no es un fin en s mismo, sino,

    una herramienta para la accin preventiva. Por ello, existen una serie de recomendaciones y sugerencias

    que apuntan a mitigar y eliminar los factores de riesgo presentes en los ambientes de trabajo.

    El ISTAS6 propone las siguientes medidas orientadas a:

    a) Fomentar el apoyo entre las trabajadoras y los trabajadores y de los superiores en la realizacin de las

    tareas; por ejemplo, potenciando el trabajo en equipo y la comunicacin efectiva, eliminando el trabajo en

    condiciones de aislamiento social o de competitividad entre compaeros. Ello puede reducir o eliminar la

    exposicin al bajo apoyo social y bajo refuerzo.

    b) Incrementar las oportunidades para aplicar los conocimientos y habilidades y para el aprendizaje y el

    desarrollo de nuevas habilidades; por ejemplo, a travs de la eliminacin del trabajo estrictamente pautado,

    el enriquecimiento de tareas a travs de la movilidad funcional ascendente o la recomposicin de procesos

    que impliquen realizar tareas diversas y de