Régimen de Revisión, Regularización y Registración edilicia
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Régimen de Revisión, Regularización y
Registración edilicia
Ordenanzas 14.493-1214.504-13
Decreto reglamentario 027/13
Autoridad de AplicaciónUnidad Ejecutora
Integrada por: 3 miembros por la Secretaría de
Planeamiento Urbano1 miembro por la Secretaría de Obras
Públicas1 miembro por la Secretaría de Ambiente y
Servicios Públicos1 asesor designado por la Procuración
Vencimiento:
28 Julio 2013 Obras mayores a 100 m2
28 Julio 2014 Viviendas Unifamiliares
Obras comprendidas
Obras ejecutadas
Obras en ejecución con avance mayor al 80% al 14/01/13.- Cálculo de avance de obra según cuadros Art.
5 del Decreto 27/13.
Categorías
A) Construcción hasta 100 m2.
B) Construcción más de 100 m2.
Documentación mínima necesaria
Anexo 1: Declaración Jurada
Planos de relevamiento (arquitectura – electricidad y estructura)
Planos de seguridad visado por bomberos.
Informe de Auditoría Ambiental y Social.
Efectos del incumplimientoDiferencias sustanciales entre planos
presentados y la obra existente:
- Implicará el desistimiento automático de la adhesión al Régimen.
- Una multa de 10.000 U.T.
- La reanudación de los procedimientos suspendidos.
CargosPara obras mayores a 100 m2 (que no sean viviendas unifamiliares) se aplicarán los siguientes cargos:a) FOS 700 U.T./ m2 en excesob) FOT 1.000 U.T./ m2 en excesoc) Excesos en altura:
- Se acepta hasta 1 piso más s/zonificación.- Recargo 10.000 U.T./m lineal de exceso- Exceso más de 1 piso: DEMOLICIÓN (no se registra).
d) Defecto de retiros: 500 U.T./m lineal en exceso.e) Estacionamiento: 5.000 U.T./cochera faltante.f) Otras infracciones: entre 500 y 10.000 U.T./
infracción según valoración de la U.E.
Reducción de cargosConstrucciones hasta 100 m2- Reducción del 50% del recargo
establecido en art. 74 Ord. 14271 (No se cobran otros cargos ni multas)
Viviendas unifamiliares mayores a 100 m2- Reducción del 20% del total de los cargos
liquidados según art. 9 de la Ordenanza (diapositiva anterior)
Derechos y visados
Derechos pagados en su totalidad previo a la registración.
Visado de planos por Colegio o Consejo.Anotación en planos (cuadro «Municipalidad») de los
incumplimientos.Se registra con sello que dirá:
Plano RegistradoOrdenanza 14493/14504
Efectos de la adhesión al Régimen
Adhesión voluntaria, implica desistimiento de recursos.
Suspende los plazos de procesos administra-tivos o judiciales de cobro.
Si se cumple con el Régimen se condonan multas y recargos.
El incumplimiento al Régimen implica al desistimiento del acogimiento, la aplicación de una multa de 10.000 U.T. y la reanudación de los trámites suspendidos.