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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES
COLEGIO “REPÚBLICA DE FRANCIA”
AÑO 2018
PRESENTACIÓN
Los principios, criterios y procedimientos evaluativos que sustentan este
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar se desarrollaron según los cuerpos
normativos legales vigentes, consagrados en la Constitución Política de la
República; D.F.L. Nº 2 de 1998 (Ley de Subvenciones); Decretos de Evaluación Nº
511/1997; Nº107/2003; Nº112/1999; Nº83/2001;N°158/1999; Declaración Universal
de los Derechos Humanos; Convención de los Derechos del Niño y Ley General de
Educación; con el propósito de resguardar la consolidación de un ambiente
pedagógico que estimule la sana convivencia escolar y velar por el logro
permanente y sostenido de aprendizajes significativos de todos nuestros
estudiantes, para así asegurar su permanencia y trayectoria en el sistema escolar.
Esta tarea la queremos realizar a través de una gestión educativa de calidad, con
un liderazgo que contribuya al desarrollo, la innovación y la colaboración de todos
los miembros de la comunidad educativa.
LA DIRECCIÓN
IDENTIFICACIÓN
El Colegio República de Francia, ubicado en calle Exequiel Fernández Nº 1433, de
la ciudad de Santiago, RBD: 9091-3, es reconocido oficialmente como Colegio
Municipal de la comuna de Ñuñoa.
Su Directora es la Sra. Patricia García Guitart
I.- Fundamentación La Comunidad Educativa del Colegio República de Francia, elaboró el presente
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar teniendo como base la normativa
vigente y el rol protagónico que deben asumir los estudiantes en su proceso de
aprendizaje. La Evaluación es mucho más que una calificación, consiste en un proceso
permanente y sistemático , mediante el cual se obtiene y analiza información
relevante sobre todo en el proceso de enseñanza –aprendizaje , para formular un
juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y
mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.
Esto implica evaluar no solo los aprendizajes de los estudiantes sino también los
componentes del proceso de enseñanza: planificación, estrategias didácticas,
espacios educativos, organización del tiempo, recursos, incluyendo la propia
evaluación.
Dentro del contexto de la evaluación actual, la fuerza e incidencia que adquiere la
Auto-Evaluación y la Evaluación Formativa o de Proceso hace inminente su
aplicación en todas las asignaturas. Las evaluaciones aplicadas deben responder a
una planificación y análisis frecuente.
Evaluación Para el Aprendizaje se logra cuando los estudiantes saben en qué
consisten las metas del aprendizaje, cuando tienen modelos de lo que constituye
un buen trabajo y, quizás lo más importante de todo, cuando reciben
retroalimentación para que mejoren su desempeño a partir del trabajo realizado. El
profesor retroalimenta constantemente su enseñanza, considerando las fortalezas
y debilidades observadas en los y las estudiantes del curso.
En otras palabras, Evaluación Para el Aprendizaje se basa en un concepto amplio
de lo que significa evaluar cuyo centro es la noción de un proceso de observación,
monitoreo y establecimiento de juicios sobre el estado del aprendizaje de los
estudiantes a partir de lo que ellos producen en sus trabajos, actuaciones e
interacciones en clases. El rol de la evaluación desde esta perspectiva es orientar,
estimular y proporcionar información y herramientas para que los estudiantes
progresen en su aprendizaje, ya que a fin de cuentas son ellos quienes pueden y
tienen que hacerlo. No obstante lo anterior, claramente el rol del docente es
conducir el aprendizaje, acción que incluye explicar y modelar en que consiste
evaluar para mejorar.
Los factores que inhiben la utilización de la evaluación para mejorar los
logros de los aprendizajes son:
La tendencia de los docentes a evaluar la cantidad de trabajo entregado y su
presentación formal, en vez de evaluar la calidad del aprendizaje evidenciado
en el trabajo.
La tendencia de dedicar más tiempo y atención en corregir trabajos y poner
notas que en guiar a los/las estudiantes sobre cómo mejorar su desempeño.
Un fuerte énfasis en hacer comparaciones entre estudiantes, que tienden a
desmotivar a aquellos más débiles.
Cuando la retroalimentación es débil y no sirve a los estudiantes para
aprender de forma más eficaz.
Falta de conocimiento de los docentes en relación a las necesidades de
aprendizaje de sus estudiantes.
De esa visión, queremos como colegio avanzar a una EVALUACIÓN PARA EL
APRENDIZAJE de la siguiente manera:
Los profesores proveen a sus estudiantes de una retroalimentación efectiva.
Los estudiantes están activamente involucrados en su propio aprendizaje.
Los profesores ajustan las estrategias de enseñanza de acuerdo a los
diferentes ritmos y estilos de aprendizaje y a los resultados de la evaluación.
Existe un reconocimiento de parte de todos los actores involucrados de la
influencia profunda que tiene la evaluación sobre la motivación y la
autoestima de los/as estudiantes, ambas variables cruciales en el proceso
de aprendizaje.
Los estudiantes saben cómo autoevaluarse y comprenden cómo hacer para
mejorar su desempeño.
Considerando los aspectos ya mencionados, los objetivos de nuestro reglamento
son:
1. Comprender que en la construcción de los aprendizajes intervienen factores
tales como: el tiempo, los materiales, la evaluación, las metodologías, el
ritmo de aprendizaje, el apoyo familiar y el entorno en el que está inserto el
/la estudiante, lo que hace necesario situar a la evaluación como un proceso
permanente.
2. Orientar a los equipos de aula que intervienen en el proceso, para que al
aplicarlo se consideren las diferencias individuales y los ritmos/estilos de
aprendizaje de los estudiantes de acuerdo al Proyecto Educativo
Institucional del Colegio.
3. Lograr aprendizajes significativos que permitan que todos los estudiantes
avancen en su proceso escolar y disminuir la repitencia.
4. Mejorar la calidad de los aprendizajes con metodologías innovadoras y
retroalimentación efectiva.
5. Generar estrategias para evitar la deserción escolar brindando todos los
apoyos necesarios a los estudiantes que presentan NEE(Necesidades
Educativas Especiales) por diferentes causas(emocionales, familiares,
psicosociales, académicas y de salud.)
6. Diversificar las estrategias de Evaluación Para el Aprendizaje (Diseño
Universal para el Aprendizaje).
7. Mantener a los estudiantes y a sus padres y apoderados informados acerca
de sus fortalezas y debilidades en el proceso de enseñanza –aprendizaje.
8. Considerar los diferentes ritmos de aprendizaje y NEE aplicando Evaluación
Diferenciada.
9. Normar situaciones especiales.
10. Propiciar que los estudiantes asuman la responsabilidad y protagonismo en el progreso de su proceso de aprendizaje.
I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas y procedimientos de
Evaluación y Promoción para los estudiantes del Colegio República de Francia de
Ñuñoa, a contar del 1° de marzo de 2018. Se sustenta en los principios de nuestro
Proyecto Educativo Institucional y en los Decretos Supremos de Evaluación dados
por el MINEDUC. Artículo 2 Importancia del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. “La evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar
información al profesor/a para apoyar a los estudiantes en su proceso de
aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos educacionales
propios de cada nivel” (Decreto Exento de Evaluación Nº 511/97, N°158/99 y
complementado por 107/ 2010 (Modifica Decreto Supremo exento de Educación N°
511 de 1997) de Educación Básica.
Artículo 3 El sistema de evaluación del Colegio República de Francia, se basa
en la normativa legal vigente, se orienta a conocer los logros y avances de cada
estudiante y a identificar sus necesidades educativas, para así poder tomar
decisiones oportunas sobre estrategias, recursos y metodologías.
En el proceso de evaluación se deben considerar las siguientes dimensiones:
a. Cognitiva: logro de los Objetivos de Aprendizaje. b. Procedimental: desarrollo de diferentes tipos de habilidades y destrezas. c. Actitudinal: fomentar la positiva predisposición para enfrentar con éxito los
diversos y desafiantes escenarios, basado en Objetivos de Aprendizaje
Transversales, Proyecto Educativo Institucional y el plan formativo de valores
comunales. Artículo 4 Al inicio del año escolar, la Dirección del establecimiento informará sobre
el Reglamento de Evaluación a todos los padres, apoderados y estudiantes.
Se sociabilizará y analizará con los estudiantes y miembros de la comunidad
escolar.
La evaluación de los/las estudiantes, será continua e integral, considerando entre sus objetivos, lo siguiente:
Retroalimentar la información pedagógica del/la profesor/a para la posterior toma de decisiones.
Conocer y valorar los logros alcanzados por los/las estudiantes, recogiendo
información sistemática con procedimientos e instrumentos evaluativos adecuados, diversos y eficaces.
Conocer el proceso de desarrollo de los/las estudiantes para:
Identificar características personales, intereses, ritmos y estilos de aprendizaje.
Identificar las potencialidades e inteligencias múltiples, talentos y habilidades especiales.
Identificar las dificultades y limitaciones que manifiesta cada estudiante.
Facilitar el autoconocimiento y la autoevaluación personal.
Ayudar a tomar decisiones, así como a asumir responsabilidades y compromisos.
Ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia.
Afianzar aciertos y tomar las medidas remediales para superar las dificultades.
Obtener información para reorientar o consolidar las prácticas pedagógicas.
Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los/las estudiantes que tengan dificultades en sus estudios.
Proporcionar información a los Apoderados, sobre los logros y desafíos de sus pupilos, comprometiendo su colaboración, fortaleciendo su compromiso y responsabilidad, como los primeros educadores.
Determinar promoción o repitencia de los estudiantes.
Artículo 5 La información sobre el avance educacional de los estudiantes será
entregada a los padres y apoderados, a través de las siguientes modalidades:
a. Informe de notas Semestral. (Se entrega al término del 1° Semestre). b. Certificado Anual de Estudio. (Se entrega posterior al cierre del año escolar). c. Informe de Desarrollo Personal Anual (Se entrega al cierre del año escolar,
sólo si el apoderado lo solicita de manera formal, a través de una comunicación escrita en la agenda escolar ,con dos semanas de anterioridad ).
d. En el caso de los estudiantes que egresan de 8° Básico, al término del primer semestre se entregan: Certificado anual de estudio de 7° Básico, Informe de Notas semestral e Informe de Personalidad de 1° Semestre Octavo Básico.
II.- DEL REGIMEN DE ESTUDIO
Artículo 6 El régimen de estudio del Colegio República de Francia será semestral.
III.- DE LOS TIPOS DE EVALUACIÓN, PROCEDIMIENTOS, INSTRUMENTOS Y PRUEBAS a. Evaluación Diagnóstica: se entenderá como aquel procedimiento que se aplica al inicio del año escolar en diversas asignaturas (marzo). Los resultados de esta evaluación se registrarán en el libro de clases de la siguiente forma:
Logrado (L) : 80%-100%
Parcialmente Logrado (P/L) : 60 %-79,9%
No Logrado (N/L) : - 60%
b. Evaluación Formativa: permanente y constante, entrega información sobre cómo se desarrolla el proceso de enseñanza - aprendizaje de cada estudiante. Permite recoger información, analizarla y tomar las decisiones que aseguren el buen desarrollo del proceso pedagógico.
c. Evaluación Sumativa: determina el logro de los objetivos de aprendizaje que la asignatura ha definido como requisito para la unidad y, a la vez, proporciona información que permite el análisis de las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de las metas propuestas.
d. Evaluación Diferenciada: Se entenderá como el procedimiento de evaluación para aquellos estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.
III.-DE LAS CALIFICACIONES
Artículo 7 Todas las asignaturas son fundamentales para el desarrollo Integral de
nuestros estudiantes. Nuestro reglamento busca revalorizar asignaturas como Artes
Visuales, Educación Física, Tecnología y Música considerándolas básicas para el
desarrollo de Habilidades Blandas.
La finalidad primordial de la evaluación está dirigida al mejoramiento del aprendizaje del estudiante y al énfasis en los procesos. Es por ello, que el docente debe seleccionar las técnicas e instrumentos de evaluación que contribuyan a garantizar la construcción permanente del aprendizaje.
La evaluación desde la perspectiva cualitativa como de la cuantitativa, es un complemento. Sin embargo, dependiendo de qué queremos evaluar, se hace necesario enfatizar uno de los dos aspectos.
Con la finalidad de obtener mejor información para analizar el proceso de aprendizaje de nuestros estudiantes se han diversificado los procedimientos, pruebas e instrumentos evaluativos, entre los principales: PRUEBAS O EVENTOS
Pruebas Escritas
Pruebas Orales
Pruebas Prácticas o de realización de tareas.
Individuales
Colectivos
Informales
Estandarizados (Evaluaciones curriculares, SIMCE)
Ensayos
Laboratorios
Salidas a terreno PROCEDIMIENTOS DE OBSERVACIÓN
Registros de hechos anecdóticos
Listas de Cotejo
Escalas de Valoración
Diálogos
Juego de Roles
Foro y Debates Disertaciones/dramtizaciones.
PROCEDIMIENTOS DE INFORME
Cuestionarios
Inventarios
Entrevistas
Bitácoras
Portafolios
Mapas Conceptuales
Proyectos de aula De acuerdo a lo anteriormente expuesto, cada profesor/a de asignatura deberá considerar al evaluar a un estudiante, equilibrar el número de experiencias de aprendizaje de la siguiente forma: 1° Semestre
1 Prueba escrita al finalizar la 1° Unidad. 1 Prueba escrita al finalizar la 2° Unidad. 1 Prueba escrita de cierre de semestre: 1° Unidad y 2° Unidad (Evaluación
externa) durante el mes de junio. 1 Nota de proceso, que consiste en evaluar en diferentes instancias el trabajo
realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por la o el docente (Evaluación clase a clase, Interrogaciones orales, escritas, trabajos prácticos, trabajo en equipo, disertaciones). Se utilizará una lista de cotejo o rúbrica con criterios definidos previamente y que el estudiante conocerá, el promedio de todas esas actividades se traducirán en una nota al libro.
1 Nota por revisión de cuadernos, libros y participación en clases (Lista de cotejo o rúbrica que indica al estudiante lo que se espera de Él o Ella). El promedio de todas las revisiones se transformará en una nota al libro de clases.
1 Nota de diferentes experiencias de Aprendizaje que demuestren la creatividad, innovación, pensamiento divergente y capacidad de colaboración de los estudiantes (Disertaciones, plenarios, debates, Feria del Libro, Feria Científica, Bitácora etc.)
2° Semestre
1 Prueba escrita al finalizar la 3° Unidad. 1 Prueba escrita al finalizar la 4° Unidad. 1 Prueba escrita de cierre de semestre: 3° Unidad y 4° Unidad (Evaluación
externa) durante el mes de noviembre. 1 Nota de proceso, que consiste en evaluar en diferentes instancias el trabajo
realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por la o el docente (Evaluación clase a clase, Interrogaciones orales, escritas, trabajos prácticos, trabajo en equipo, disertaciones) Se utilizará una lista de cotejo o rúbrica con criterios definidos previamente y que el estudiante conocerá, el promedio de todas esas actividades se traducirán en un anota al libro.
1 Nota por revisión de cuadernos, libros y participación en clases (Lista de cotejo o rúbrica que indica al estudiante lo que se espera de Él o Ella). El promedio de todas las revisiones se transformará en una nota al libro de clases.
1 Nota de diferentes experiencias de Aprendizaje que demuestren la creatividad, innovación, pensamiento divergente y capacidad de colaboración de los estudiantes (Disertaciones, plenarios, debates, Feria del Libro, Feria Científica, Bitácora etc.)
Los estudiantes serán evaluados en todos las asignaturas del plan de estudio en cada semestre.
Se establecen los siguientes parámetros:
0% - 1,0
60% - 4,0
100% - 7,0
Los resultados de las evaluaciones se expresarán en calificaciones de acuerdo a la escala, hasta con un decimal. La fracción decimal de los promedios semestrales y finales se aproximará al entero superior, ejemplo: 5.55 equivale a 5.6 La calificación mínima de aprobación será 4.0. El promedio final anual de la asignatura de Religión y Orientación será con conceptos.
Los estudiantes de Educación Pre Básica, serán evaluados con los conceptos:
L: Logrado.
M/L: Medianamente logrado.
P/L: Por lograr
Artículo 8 Durante cada semestre los estudiantes obtendrán un número de
calificaciones mínimas y máximas que se detallan en el cuadro siguiente:
N° de horas por Asignatura semanal
N° de Calificaciones Mínimas
N° de calificaciones máximas
02 horas. 03 04
03 horas. 03 04
04 horas. 04 05
05 horas. 05 06
06 horas. 06 07
08 horas 06 07
Se establecerá que el N° de calificaciones máximas dependerá de la necesidad de aprobación que presenten los estudiantes como se indica a continuación: Calificación Final Semestral:
Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas
en cada asignatura, registrándose con un decimal y con aproximación de las
centésimas a la décima superior (sobre 0.05 a la décima superior).
Calificación Final Anual:
Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones semestrales (1º y 2º semestre) de cada asignatura.
En el promedio anual, se aproximará la centésima igual o sobre 0.05 a la décima superior.
El promedio Anual General, comprende todas las asignaturas calificadas al promedio aritmético y se aproxima de centésima igual o sobre 0.05 a la décima superior.
La calificación mínima de aprobación en cada asignatura es 4.0 (cuatro, cero).
Existirá un mecanismo de registro de estrategias que se aplicarán para evaluar a estudiantes que presentan NEE que se describen en el ítem V.- Evaluación Diferenciada y Eximiciones que se basarán en el Plan de Trabajo Anual elaborado por el Equipo de Aula.
Para evaluar la situación de los estudiantes con NEE también se considerará el plan de apoyo individual elaborado por el equipo de aula (profesores de asignatura y del Proyecto de Integración).
Artículo 9 Si un estudiante obtiene en una asignatura, notas (-4), que conduzcan a
un promedio final REPROBADO, el docente deberá citar al apoderado para informar
la situación y establecer un compromiso firmado de colaboración en el proceso de
aprendizaje y la responsabilidad de apoyarlo en sus actividades escolares.
Si presentase más de dos evaluaciones reprobadas en diferentes asignaturas o en
la misma asignatura es deber del/la profesor/a jefe citar al apoderado a una reunión
con la encargada de la Unidad Técnico Pedagógica para establecer medidas
pedagógicas y de apoyo familiar, en conformidad a lo que se estipula en las Normas
de Convivencia del Colegio.
Las calificaciones se registrarán en el Libro de Clases y en la Plataforma
SINEDUC y en el caso de las pruebas de unidades, se informará a los estudiantes
sus resultados en un plazo que no exceda los 10 días hábiles posteriores a la
rendición de la evaluación. El profesor(a) no podrá realizar otra prueba con nota, si
no ha dado a conocer el resultado anterior.
Artículo 10 Al iniciar cada semestre los estudiantes recibirán un calendario con las fechas de evaluaciones de todas las asignaturas y las actividades a evaluar.
Artículo 11 Sólo la Coordinación del Área Técnico Pedagógica, podrá autorizar la
suspensión de una prueba previamente calendarizada, por razones debidamente
justificadas. En este caso, el evento será reprogramado por UTP.
Artículo 12 Si en una instancia de evaluación el nivel de logro de los estudiantes
de un curso indica que existe más de un 50% de calificaciones inferiores a 4,0, la
nota no será registrada en el libro. UTP analizará junto al profesor de la asignatura
los bajos resultados y los factores que pudieron incidir .Se considerarán entre otros
los siguientes criterios: calendarización oportuna, contenidos tratados en clases,
condiciones al momento de la aplicación. Se aplicará una nueva evaluación.
Artículo 13 No se podrán aplicar dos (2) pruebas de unidad en un día. Artículo 14 Las fechas de las pruebas o eventos principales deberán
calendarizarse a principios de cada semestre , deberán ser informadas a UTP, a los
estudiantes y a los apoderados a través de una comunicación , así como los
objetivos de aprendizaje y los indicadores de evaluación .
Los estudiantes deben conocer el puntaje de cada una de las preguntas y el puntaje
total del instrumento evaluativo. (Tabla de Especificaciones)
Además, se deberán publicar las fechas de evaluación en el Panel o Mural de cada
curso.
Se exceptúan aquellas interrogaciones orales y/o escritas sin aviso previo. Artículo 15 Los profesores dispondrán de diez días hábiles para realizar la
corrección de todo instrumento de evaluación aplicado a los estudiantes,
consignar la nota en el libro de clases y en la plataforma SINEDUC, entregar la
prueba a cada estudiante y hacer la correspondiente retroalimentación.
Si un estudiante obtiene nota bajo 4.0 se citará al apoderado para que firme la
evaluación y asuma un compromiso de apoyo al proceso escolar de su pupilo y
se le hará entrega de una copia de la prueba, debiendo el docente guardar el
original con la finalidad de analizar porque no se lograron las metas de
aprendizaje.
IV EVALUACIONES ATRASADAS
Artículo 16 El estudiante que se ausente a un evento de evaluación, cualquiera sea
la asignatura de ésta, deberá justificar su inasistencia presentando el apoderado el
certificado médico o acudiendo al establecimiento a realizar una justificación
personal. Una vez realizado ese trámite, el estudiante podrá acogerse al sistema
de aplicación de pruebas atrasadas.
Con Certificado Médico y /o justificación del apoderado:
De 1° a 8° año básico: 1. El/la profesor/a de la asignatura informará a encargado de evaluaciones
atrasadas la nómina de estudiantes que no se presentó a la prueba. El /la
estudiante será citado para rendir su evaluación .EI nivel de exigencia será
el mismo, no así la prueba o instancia de evaluación. 2. Si el día que rinde su prueba calendarizada el estudiante no se presenta,
tendrá nota mínima 2.0.
3. Si el día de la prueba atrasada el/la profesor/a encargado no asiste a clases
y no se encuentra el instrumento en Coordinación Técnico Pedagógica ésta
se recalendarizará.
Artículo 17 EI estudiante que estando presente en el colegio NO rinda una
evaluación fijada, el/la profesor/a informará a Inspectoría General para que se
presente con su apoderado, previa anotación negativa en su hoja de vida, además
de determinarse la forma de proceder según Reglamento interno del colegio.
Artículo 18 Todo estudiante que no asista a una evaluación, pero que justifica su
inasistencia, tendrá derecho a ser evaluado con un instrumento diferente pero con
el mismo nivel de complejidad que el de la prueba aplicada al curso.
V.- EVALUACIONES DIFERENCIADAS Y EXIMICIONES Artículo 19 De la Evaluación Diferenciada: Esta modalidad de evaluación permite
contar con procedimientos específicos que se aplicarán a todos los estudiantes que
presenten NEE (Necesidades Educativas Especiales) de forma transitoria o
permanente. Para optar a este tipo de evaluación el apoderado debe presentar
informe Psicopedagógico y/o certificados de especialistas clínicos a UTP antes del
30 de abril o ser evaluados por el Equipo de Integración Escolar (PIE) del
establecimiento. La Evaluación Diferenciada se aplicará desde 1° básico a 8° año. Artículo 20 Los estudiantes que lo requieran serán evaluados a través de
procedimientos adecuados a sus necesidades, según las indicaciones específicas
entregadas por él/la especialista y el profesor de la asignatura. Artículo 21 Esta instancia no implica necesariamente que el estudiante al término
del período escolar sea calificado con la nota mínima de aprobación, vale decir 4,0
o que no pueda llegar a obtener una calificación superior que eventualmente pueda
llegar a 7,0, pues ello estará sujeto al esfuerzo y responsabilidad personal del
estudiante, al apoyo y tratamientos internos y externos que su situación requiera. Artículo 22 Las estrategias a utilizar para aquellos estudiantes con evaluación
diferenciada pueden ser entre otras: mayor tiempo para desarrollar la actividad de
evaluación, mediación permanente del profesor/a dentro del período estipulado
para la evaluación, que contempla entre otras alternativas el cambio de ambiente o
modificar el tipo de instrumento evaluativo, así como adaptaciones curriculares.
Criterios generales de la evaluación diferenciada:
Para cualquier estudiante con necesidad educativa especial será necesario:
Efectuar las coordinaciones con las especialistas del equipo PIE para consensuar estrategias de apoyo al estudiante, adecuando el material de trabajo en cada caso.
Diferenciar niveles de complejidad en las evaluaciones , mediante la adecuación del instrumento de evaluación o su diversificación
Prestarle apoyo facilitando la comprensión de las instrucciones.
Acompañarlo afectivamente, reconociendo sus logros y motivándolo a seguir esforzándose.
En cuanto a la evaluación que se aplica a los estudiantes que presentan NEE deberá cumplir con ciertas condiciones técnicas:
Considerar en cada asignatura, la posibilidad de adaptaciones curriculares, entendidas como modificaciones en el apoyo pedagógico en la sala o que puedan referirse a tiempos distintos para conseguir los mismos objetivos o priorizar objetivos.
Los procedimientos de evaluación deberán considerar la utilización de diversos instrumentos, observación e informes. Su aplicación será en cualquier momento o instancia del proceso educativo, según necesidades detectadas por el profesor/a, considerando el estado de avance del estudiante.
Los procedimientos de evaluación pueden estar referidos a las mismas habilidades establecidas en la planificación para lograr los objetivos del curso. No obstante lo anterior, se sugiere al profesor determinar objetivos esenciales para reducir el número de preguntas y otorgar mayor tiempo para el desarrollo de la prueba.
Los procedimientos evaluativos, en términos de corrección, deberán establecerse sobre la base de un esquema “ referido a criterios”, donde el criterio será:
-Progreso evidenciado a partir de una situación inicial (diagnóstico), pequeños logros, pero que para el estudiante resultan significativos.
-Intraindividual, esto es, comparado consigo mismo.
El grado de dificultad de la prueba deberá ser diferente al de la prueba del curso si se requiere. Es decir, a partir del mismo contenido/habilidad u objetivo construir un instrumento adaptado: menor cantidad de preguntas, claridad en las instrucciones, diferentes niveles de resolución (una prueba con diferentes alternativas, elección de una cantidad de preguntas a responder, evaluaciones orales etc.) y menor grado de complejidad. La estrategia de evaluación a aplicar emana del trabajo colaborativo entre el/la profesor/a de asignatura y el/la profesor/a de diferencial.
Artículo 23 La Dirección en conjunto con el equipo Técnico, previo informe
Psicopedagógico o médico (profesional pertinente a la solicitud), podrán dar curso
a la solicitud de eximición de Inglés y Educación Física a los estudiantes que
acrediten dificultades de aprendizaje y/o problemas de salud temporal o
permanente.
Artículo 24 La presentación de la documentación por parte del apoderado para
optar a la eximición de inglés tiene como fecha tope el 30 de abril del año en curso
y debe ser entregado personalmente a la UTP del establecimiento. A partir de esa
fecha, se tendrán 15 días hábiles para estudiar el caso y resolver acerca del mismo.
El estudiante será eximido de la evaluación, no de clases, por lo tanto debe
permanecer en el aula desarrollando un trabajo académico, sin interferir de ninguna
forma en el desarrollo de la clase.
Artículo 25 La presentación por parte del apoderado para optar a la eximición de
Religión debe hacerse al momento de su matrícula, quedando registrada en ésta.
El estudiante será eximido de la evaluación, no de clases, por lo tanto debe
permanecer en el aula desarrollando un trabajo académico, relacionado con
valores ciudadanos.
Articulo 26 La eximición de Educación Física contempla sólo las clases prácticas,
ya que los estudiantes serán evaluados a través de trabajos teóricos y/o
responsabilidades afines a la asignatura.
Artículo 27 La presentación de la documentación por parte del apoderado para
optar a la eximición parcial o total de Educación Física, tiene fecha tope el 31 de
Marzo para los casos de enfermedad crónica (cardiaco, respiratorio, articular, etc.),
si ya presentó el certificado médico el año anterior, deberá traer uno actualizado
antes de la fecha indicada. A los estudiantes que se le detecte alguna enfermedad
crónica posterior a los plazos establecidos, deberán presentar todos los
antecedentes a más tardar 15 días posteriores al diagnóstico.
VI.- DE LA CALENDARIZACION: Artículo 28 Los procedimientos evaluativos se centran en el proceso, es por eso que: a.- La evaluación diagnóstica se aplicará al inicio del año escolar con el objetivo de
constatar las conductas terminales del nivel anterior y proyectar las unidades de
aprendizajes conforme a los programas de estudio vigente. b.- La evaluación formativa se aplicará durante el proceso para constatar el grado
de avance de los estudiantes
c.- La evaluación sumativa se aplicará durante todo el proceso con objeto de medir
y calificar los objetivos de aprendizaje logrados y no logrados.
Artículo 29 Las evaluaciones serán determinadas por cada profesor a cargo de la
asignatura de aprendizaje e informadas a UTP. UTP confecciona el calendario de
las fechas propuestas para cada nivel. Los calendarios se publicarán por cursos al
inicio de cada semestre. Las fechas programadas y coordinadas no podrán sufrir
cambios sin autorización de UTP.
VII DE LA PROMOCIÓN Artículo 30 Para la promoción de curso de cada estudiante se considerarán conjuntamente:
1. Logro de objetivos de aprendizaje o aprendizajes esperados. 2. Asistencia.
1. Logro de objetivos:
1.1 Serán promovidos los estudiantes de 1° y 2° Nivel de Transición (PK.K)al nivel siguiente, si cumple con la asistencia del 85% y los aprendizajes esperados para el nivel. Para determinar si un estudiante es promovido al siguiente nivel, se podrá aplicar evaluación individual por especialistas del Programa de Integración Escolar. 1.2 Serán promovidos los estudiantes de 1° básico a 4to básico que hubieren:
a) Aprobado todas las asignaturas de aprendizaje de los respectivos planes de
estudio.
b) Reprobado una asignatura y cuyo promedio general final sea igual o superior
a cuatro coma cinco (4,5), incluida la asignatura reprobada. En caso que
los/las estudiantes de 1° a 2° y 3° a 4° básico presenten un retraso
significativo en lectura, escritura y/o Matemática en relación a los objetivos
de aprendizaje y que pueda afectar la continuidad de sus aprendizajes del
curso superior podrán repetir, previo informe fundado del docente,
(adjuntando documentación de especialistas, actas de compromiso del
apoderado, pruebas aplicadas) fundamentando dicha repitencia.
c) Reprobadas dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio cinco coma cero (5,0) o superior, incluidas las no
aprobadas.
1.3 Serán promovidos los/las estudiantes de 2° Básico a 8° año que hubieren:
a) Aprobado todas las asignaturas de los respectivos planes de estudio.
b) Reprobado una asignatura y cuyo promedio general final sea igual o superior
a cuatro coma cinco (4,5), incluida la asignatura reprobada.
c) Reprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio cinco coma cero (5,0) o superior, incluidas las
asignaturas reprobadas.
2 . Asistencia:
1.3 Serán promovidos de curso, los estudiantes desde Pre-kínder a 8° Básico,
que hubiesen asistido a lo menos el 85% de las clases establecidas en el
calendario lectivo anual; no obstante, si este requisito no se cumpliere, la
Directora autorizará la promoción de un estudiante en los siguientes casos: a. Ingreso tardío al Colegio por enfermedad u otra causa debidamente
justificada. b. Ingreso tardío al Colegio por traslado. c. Enfermedad prolongada durante el año escolar, debidamente certificada. d. Finalización del año escolar anticipado. (embarazo, enfermedad grave) e. Otros casos debidamente certificados. f. Carta a la directora, explicando la situación.
2.2.- En casos calificados, la Dirección, previa consulta al Consejo General de
Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores
al 85% de asistencia.
Artículo 31 La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar
resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Colegio
entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios (que no podrá
ser retenido por ningún motivo). Este documento indicará las Asignaturas, las
calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
VIII DE LA REPITENCIA
Artículo 32 Repetirán curso todos los/las estudiantes que no cumplan con los
requisitos estipulados en el presente Reglamento de Evaluación.
VIII DE LAS INDICACIONES, RESTRICCIONES Y FALTAS.
Artículo 33 Copiar o ayudar a un compañero/a durante las evaluaciones es
considerado una falta de honestidad grave, estipulada en el Manual de Normas de
Convivencia del Colegio y, de suceder, el profesor/a dejará constancia y evidencia
si procede, en la hoja de vida del estudiante y deberá informar al apoderado/a a la
brevedad.
Artículo 34 Será falta grave, rendir una evaluación escrita y no entregar al docente
el instrumento para su corrección. En este caso se amonestará por escrito, se
informará al apoderado y se deberá repetir la evaluación a cargo de UTP con nota
mínima de aprobación. Artículo 35 El estudiante que no cumpla con la fecha de entrega de trabajos, sin
haber presentado certificado médico será amonestado con una anotación en su
hoja de observaciones y su apoderado será citado a entrevista para informar la
situación y buscar caminos de solución al problema de forma conjunta. Podrá
presentar el trabajo fuera de plazo, el que será evaluado con nota mínima de
aprobación. Artículo 36 Frente al incumplimiento de materiales requeridos en las diferentes
asignaturas, se aplicarán los siguientes criterios: a.- Primera vez amonestación en la hoja de vida, con comunicación al apoderado, vía libreta de comunicación. b.- Segunda vez citación de apoderado y entrevista con estudiante, para revertir dicha situación y lograr los objetivos de la asignatura. El incumplimiento de materiales incide en la evaluación de proceso. IX DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES, APODERADOS Y ESTUDIANTE
Artículo 37 El Profesor Jefe entregará a los apoderados una vez en cada semestre,
un informe de las calificaciones parciales y conceptos logrados por el estudiante
durante el período, en cada una de las asignaturas; además la asistencia y atrasos.
No obstante a esta entrega oficial, el apoderado podrá acceder a nuestra
plataforma online “SINEDUC”. Artículo 38 En relación a la comunicación de avance en el logro de los objetivos
de aprendizaje trasversales y PEI (Proyecto Educativo Institucional), expresados en
las áreas de crecimiento y autoafirmación personal, desarrollo del pensamiento,
formación ética y relación con su entorno, el Profesor Jefe entregará a solicitud del
apoderado, el Informe de Personalidad. X EDUCACION PARVULARIA.
Artículo 39 La edad de postulación para niños y niñas de Pre-kinder es de cuatro
años (4) cumplidos al 31 de marzo. La edad de postulación a Kinder es de 5 años
al 31 de marzo, de acuerdo a la normativa vigente.
TÍTULO XI RELIGIÓN
Artículo 40 El sector de Religión es optativo de 1° básico a 8° año y debe resolverse
al momento de la matrícula. Después de esa instancia el estudiante no podrá optar.
Artículo 41 El estudiante que no opta por Religión, no puede abandonar la sala de
clases durante el período de hora que dure dicha asignatura, debiendo permanecer
en la sala realizando un trabajo de desarrollo valórico. De abandonar la sala de
clases será considerada como falta grave y se actuará de acuerdo a lo estipulado
en el Reglamento Interno vigente del colegio. XII EDUCACION FISICA Y SALUD
Artículo 42 Dentro de las disposiciones generales, el estudiante que teniendo
clase de educación física y/o evaluación en la asignatura, se presente sin
equipo deportivo y sin justificativo, no será autorizado a realizar la clase o la
evaluación, previa anotación en su hoja de observaciones y citación de su
apoderado para informar la situación. .Artículo 43 El estudiante que no realice la clase práctica, deberá estudiar o
desarrollar una guía con temas atingentes a la asignatura de Educación Física y
Salud.
Las notas obtenidas permitirán evaluar el proceso en el caso, que se presenten
certificados medicos que avalen la situación
TITULO XIII DISPOSICIONES FINALES Artículo 44 Durante el mes de junio y noviembre se realizarán evaluaciones
externas para medir los avances logrados por los estudiantes en Lenguaje y
Comunicación, Lengua y Literatura,Matemática, Ciencias Naturales e Historia,
Geografía y Ciencias Sociales. La asistencia es obligatoria.
Artículo 45 Reforzamiento y/o Nivelación UTP, gestionará para aquellos estudiantes que presenten déficit en las asignaturas del plan de estudio, nivelación con carácter obligatorio en períodos parciales. Artículo 46 Los estudiantes que se incorporen al Colegio, provenientes de otros establecimientos, deberán asistir a una Entrevista con encargada de admission y presentar:
a) Certificado de promoción escolar. b) Certificado de nacimiento.
Artículo 47 En relación de las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción
Escolar. Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán
en cada curso, las calificaciones en cada asignatura, el % anual de asistencia, la
situación final de los/las estudiantes y cédula nacional de identidad de cada una de
ellos.
Artículo 48 Atendiendo la naturaleza dinámica de las materias contenidas en el
presente Reglamento, la Unidad Técnico Pedagógica evaluará permanentemente
la eficiencia de los procedimientos aquí estipulados y propondrá a la Dirección del
establecimiento, las modificaciones que procedan, informando oportunamente al
Departamento Provincial Oriente de Educación.
Artículo 49 Las estudiantes que se encuentren embarazadas podrán continuar con
su proceso de aprendizaje en forma regular, mientras su salud lo permita. El colegio
proporcionará las condiciones necesarias para que las estudiantes puedan concluir
su año escolar, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.370 General de Educación
del año 2009.
Artículo 50 La Dirección del Establecimiento, dará amplia difusión al presente
Reglamento de Evaluación, a nivel de las estudiantes, padres y apoderados, y
miembros de la comunidad escolar.
Artículo 51 Toda situación no contemplada en el presente reglamento de
evaluación y promoción escolar, será analizada por el equipo directivo del
establecimiento.
Artículo 52 Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el
presente Reglamento, serán resueltas por el Consejo de Profesores y aprobación
de la Directora del Establecimiento, pudiendo ser consultadas en las Secretarias
Regionales Ministeriales de Educación respectivas dentro del ámbito de su
competencia.