REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR … · La Escuela Rural “La Rinconada” de Choshuenco,...

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REPÚBLICA DE CHILE REGIÓN DE LOS RÍOS CORPORACIÓN MUNICIPAL PANGUIPULLI ÁREA EDUCACIÓN ESCUELA RURAL LA RINCONADA CHOSHUENCO 1 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA RURAL LA RINCONADA CHOSHUENCO Choshuenco, Abril 2018

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REGLAMENTO INTERNO

DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Choshuenco, Abril 2018

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Introducción

El presente documento corresponde al Reglamento Interno de Convivencia Escolar de la

Escuela Rural La Rinconada de Choshuenco, comuna de Panguipulli.

La Escuela Rural La Rinconada de Choshuenco, está ubicada a 54 kilómetros al interior de

Panguipulli. Su creación se remonta hacia el año 1968 cuando con el nombre de Escuela

Coeducacional N°95 comienza su labor educativa. Desde esa época sufre diferentes modificaciones,

hasta que en el año 1983 se instala en las actuales dependencias y comienza a llamarse Escuela F N°

202, en la actualidad lleva el nombre de Escuela Rural La Rinconada, impartiendo educación

preescolar y básica completa, además cuenta con un Programa de Integración Escolar.

La escuela posee estudiantes diversos, por lo que ha sido necesario resguardar la interacción

de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa. Esto respaldado en los valores que como

escuela promovemos y formamos a nuestros estudiantes, fomentando la aceptación y la sana

convivencia escolar, pilar fundamental en el proceso educativo de nuestros estudiantes.

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Misión

La Escuela Rural “La Rinconada” tiene como misión en el ámbito de la Gestión Curricular,

desarrollar una gestión pedagógica colaborativa, alineada con el sistema de aseguramiento de la

calidad, con énfasis en las planificaciones y estrategias para elevar los estándares de aprendizajes de

todos los estudiantes, desarrollar el gusto por la lectura, incluyendo a los alumnos con NEE,

evaluación y retroalimentación para la toma de decisiones.

En el ámbito de la Gestión del Liderazgo, orientar competencias de los equipos, para el

desarrollo de prácticas efectivas que posibiliten el mejoramiento continuo del establecimiento.

En Gestión de la Convivencia, desarrollar plan de trabajo anual en un ambiente de altas

expectativas, que promuevan el respeto y la valoración de las diferencias a través de la

implementación de diversos proyectos que apunten a elevar el capital cultural de la comunidad,

impulsar la vida saludable y procurar una sana convivencia basada en valores.

En el área de gestión de los recursos la escuela asegura procedimientos y prácticas para contar

con un cuerpo docente idóneo y asistente de la educación, comprometido y motivado con su labor,

una gestión ordenada, actualizada y un efectivo uso de recursos educativos necesarios para apoyar los

procesos de gestión institucional y de aprendizaje de todos los estudiantes.

Visión

Escuela inclusiva, comprometida con altos estándares de aprendizaje, promotora de la

autonomía y de la formación valórica, en torno a una cultura de altas expectativas.

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FUNCIONAMIENTO INTERNO:

NORMAS TÉCNICO PEDAGÓGICAS

DISTRIBUCIÓN DE CURSOS

El siguiente es el Reglamento, que regirá las diversas situaciones presentes al interior de nuestro

establecimiento.

La Escuela Rural “La Rinconada” de Choshuenco, ubicada en la comuna de Panguipulli, es un establecimiento

que atiende cursos de Pre-Kínder a 8º año básico. Los cursos están distribuidos de la siguiente manera:

Educación Pre-básica: Pre-Kinder y Kinder (NT 1 y NT 2).

Educación Básica: ocho cursos de 1º a 8º.

CARGA HORARIA POR CURSO Y ASIGNATURA

Las asignaturas de los distintos niveles, se rigen por los Planes y Programas de estudio vigentes

emanados del MINEDUC.

TÍTULO 1:

1.1.- CALENDARIZACIONES

En concordancia con el régimen semestral adoptado por el colegio, las calendarizaciones para los

distintos niveles de educación y sus asignaturas se realizarán en forma mensual, entregándose éstas a la

Encargada de UTP el último día jueves de cada mes. Estas calendarizaciones serán un documento de apoyo

Técnico Pedagógico realista y funcional que incluirá los objetivos de acuerdo a las proposiciones de los

Programas de Estudio y concordante a los principios educacionales (calidad, equidad, participación, eficiencia,

libertad, flexibilidad, creatividad). Se incluyen en estas los Objetivos de Aprendizaje (OA), nombre de las

unidades, asignatura, objetivo de la clase, fechas de evaluaciones y recursos.

Durante el inicio del año escolar los docentes deberán entregar los objetivos anuales de acuerdo a las

unidades de los planes y programas a trabajar durante el primer y segundo semestre.

Además de las calendarizaciones de las asignaturas, existirán las actividades de libre elección como

talleres, de acuerdo a la Jornada Escolar Completa Diurna con la que está comprometida la escuela.

La asignatura de Religión, será optativa para los estudiantes, consultada a sus apoderados al inicio de

cada año escolar. Para ello, ante la selección, quienes no opten desarrollarán en conjunto al profesor asignado un

taller complementario que apoye la formación valórica y/o curricular.

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1.2.- PLANIFICACIONES

El tipo de planificación utilizada en el establecimiento se basará en el Diseño Universal de Aprendizaje

(DUA) cuyo formato será consensuado en el consejo de profesores al inicio del año escolar.

Estas serán diseñadas colaborativamente entre los profesores de asignatura, co–docentes y equipo

psicoeducativo.

TÍTULO 2:

SISTEMA DE EVALUACIÓN

El sistema de Evaluación y Promoción de los estudiantes, en los diferentes niveles está basado en el

Decreto 511/97, modificado en el Decreto 158/99 y cuyo reglamento se encuentra aprobado por el

Departamento Provincial de Educación de Valdivia al que se le pueden efectuar modificaciones al principio de

cada año lectivo, de forma semestral las que se realizarán de la siguiente forma:

Este Reglamento de Evaluación incluye:

- Evaluación Diagnóstica.

- Evaluación Formativa.

- Evaluación Sumativa.

- Evaluación Semestral.

- Autoevaluación y Coevaluación.

- Procedimiento de Evaluación general por ciclos.

- Sistemas especiales de evaluación.

- Sistema de evaluación PIE. (Adecuaciones y Evaluaciones diferenciadas e instrumentos de

evaluación)

- Evaluaciones externas.

TÍTULO 3:

DE LA EVALUACIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO

El Director, revisará los libros de clases de los distintos cursos en forma mensual, colocando las

observaciones correspondientes. Por su parte, la Encargada de U.T.P. supervisará las planificaciones

correspondientes, debiendo apoyar a los docentes en sus inquietudes y dudas al proceso educativo.

TÍTULO 4:

DEL CONSEJO DE PROFESORES

El Consejo de Profesores es un ente autónomo y resolutivo en el aspecto técnico pedagógico y

cooperador de la función directiva. Está integrado por el Director, Encargada UTP, docentes, profesionales

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equipo PIE y dupla psicosocial, que se reúnen en forma ordinaria todos los miércoles según calendarización de

la escuela en hora, lugar y día acordado, efectuando, por lo tanto, 2 jornadas reflexivas al mes.

También existirán las reuniones de ciclo dónde se profundizará información atingente al ciclo. Además

de Consejos Extraordinarios, citados por la Dirección o U.T.P. para abordar temáticas que revisten prioridad y

deberán desarrollarse dentro del horario normal de actividades no lectivas.

Igualmente se realizarán reuniones con todo el personal de la escuela, cuando las situaciones lo

requieran.

El Consejo de Profesores será presidido por el Director o quien lo secunde en su cargo. Además, habrá

un secretario elegido en el primer Consejo del año, debiendo tomar las Actas correspondientes.

La asistencia a los Consejos aludidos será obligatoria que quedará consignada en un registro de

asistencia y ante casos especiales, el Director tendrá la facultad de justificar inasistencias por motivos de fuerza

mayor.

TÍTULO 5:

DEL PERFECCIONAMIENTO

La Unidad Educativa respetará el cumplimiento, en lo posible, para horas asignadas al

perfeccionamiento, siempre que no afecte el normal desenvolvimiento de las actividades pedagógicas del plantel

educativo. También incentivará toda jornada de perfeccionamiento o curso realizado por el personal, ya que

otorgará un profesional más eficiente y en una educación de mayor calidad.

TÍTULO 6:

NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS

Artículo 1:

DEL HORARIO:

La Unidad Educativa tendrá un funcionamiento semanal de lunes a jueves de 08:00 a 18:45 hrs, y viernes

de 8:00 a 13:00 Hrs.

De lunes a jueves será de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 15:30 hrs. para los estudiantes y viernes de 8:00 a

13:00 hrs.

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Artículo 2:

DE LA SUBROGANCIA

En caso de ausencia del Director, será subrogado por él o la encargada de la U.T.P. y a falta de éste, por

el docente encargado de Inspectoría. A falta de los anteriores asumirá la subrogancia el/la docente de mayor

antigüedad profesional en el establecimiento.

Artículo 3:

DE LA JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA DE ESTUDIANTES

Los estudiantes que falten a clases uno o más días, cualquiera sea el motivo, deberá justificar la

inasistencia el apoderado a través de una nota en su correspondiente libreta de comunicaciones. Si ello no

ocurriese, el profesor encargado de inspectoría del establecimiento queda facultado para citar al apoderado y

hacerle ver la necesidad de que se cumplan las normas internas de la escuela.

Los estudiantes que hayan estado enfermos, el apoderado debe presentar el documento correspondiente

del CESFAM u Hospital que de fe de su estado de salud. Aquellos estudiantes que vivan alejados del sector

aledaño a la escuela quedarán exentos de esta modalidad, pudiendo el estudiante presentar el documento que

da fe de su estado de salud, sin embargo deberá presentar justificativo escrito en su libreta de comunicaciones.

Es pertinente señalar que de acuerdo al Reglamento de Evaluación y Promoción de esta Unidad

Educativa, el estudiante deberá acreditar una asistencia igual o superior al 85% de los día trabajados como

primer requisito para la promoción del curso, quedando claro que los casos especiales y justificados serán

resueltos por el Consejo de Profesores del 1er y 2º Ciclo y por el Director.

Las licencias médicas deberán ser recopiladas y archivadas en dirección, el cual dará aviso a los

profesores correspondientes.

Artículo 4:

DE LOS ATRASOS

Los estudiantes que registren tres atrasos reiterados e injustificados, deberán presentarse con su

apoderado, previa citación efectuada por el profesor encargado de inspectoría. Para un mejor cumplimiento de

lo anterior, los atrasos serán registrados en Inspectoría.

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TITULO 7:

DE LAS RESPONSABILIDADES TÉCNICO PEDAGÓGICAS Y ADMINISTRATIVA

1. Los Profesores deberán llevar al día los Libros de Clases.

2. La parte correspondiente a lo pedagógico, específicamente, las actividades realizadas en clases, formas de

evaluaciones, serán revisadas a lo menos cada mes por el Director o la U.T.P.

3. El Profesor deberá responsabilizarse del rendimiento pedagógico de sus alumnos y constituirse en

auténtico formador de conductas deseables.

4. Entregar oportunamente información requerida por la Dirección, U.T.P., Encargado de Inspectoría,

Coordinadores de Ciclo, etc.

TITULO 8:

ROLES Y FUNCIONES

DEL DIRECTOR:

Dirigir, orientar y coordinar la Gestión Administrativa para lograr un funcionamiento eficiente de la

Unidad Educativa.

Convocar y presidir el Consejo Gral. De Profesores, los Consejos Extraordinarios, reuniones de UTP y

otras que se constituyan, pudiendo delegar funciones cuando proceda.

Dar a conocer al Personal Docente, Asistentes de la Educación y Auxiliar, la normativa emanada de

nuestros Organismos Educacionales.

Enviar a la Jefatura respectiva, en plazos y fechas establecidas, Informes y Documentación

correspondiente.

Supervisar la Planificación, Desarrollo y Evaluación del Proceso Pedagógico en su Establecimiento.

Supervisar el rendimiento de acuerdo a normas vigentes.

Velar porque el proceso Enseñanza-Aprendizaje sea coherente con los Objetivos Educacionales vigentes.

Hacer cumplir las medidas disciplinarias aplicables a los alumnos establecidos en el Presente

Reglamento Interno de Convivencia Escolar, de acuerdo a criterios Pedagógicos y a Normas

Reglamentarias en vigencia.

Cumplir y hacer cumplir las instrucciones emanadas de la Dirección de Educación y Organismos

competentes.

Firmar y despachar documentación oficial, responsabilizándose de su contenido y presentación.

Orientar y coordinar las relaciones sociales, culturales, artísticas y deportivas de su escuela con la

comunidad.

Promover y hacer cumplir el Conducto Regular establecido en los diferentes Estamentos de la Unidad

Educativa.

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Promover un clima de trabajo que posibilite el desarrollo de la sana convivencia en el plano personal

y/o profesional.

DEL/A ENCARGADO/A DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA:

Establecer lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes niveles.

Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad educativa y el entorno.

Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones.

Planificar y coordinar las actividades de su área.

Administrar los recursos de su área en función del PEI.

Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo.

Supervisar la implementación de los programas en el Aula.

Asegurar la calidad de las estrategias didácticas en el aula.

Organizar el currículo en relación a los objetivos del PEI.

Asegurar la implementación y adecuación de planes y programas.

Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso.

Proponer estrategias de acuerdo a los resultados.

Gestionar proyectos de innovación pedagógica.

DE LOS DOCENTES:

Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el Proceso de Enseñanza Aprendizaje.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico pedagógica impartidas por Mineduc, la

Dirección del Establecimiento y/o UTP.

Cumplir su horario de trabajo según Contrato.

Realizar a comienzo y durante el año Escolar la Evaluación Diagnóstica, que le permita detectar la

realidad pedagógica del Educando.

Promover el cumplimiento de las normas de disciplina de seguridad de bienestar de sus alumnos.

Mantener al día documentos relacionados con sus funciones, en forma oportuna y correcta.

Participar en reuniones de carácter Administrativo o Técnico a que fuere citado con la debida antelación

sin derecho de ausentarse, salvo en situaciones referidas a salud, o muerte de un familiar directo.

Asistir obligatoriamente a Consejos de Profesores y a los Actos Oficiales programados por el

Establecimiento.

Guardar debida discreción en cuanto a temas de su trabajo, o que hubieren sido tratados en Consejo de

Profesores.

Cumplir las Comisiones de trabajo encomendadas por la Dirección, relacionados con temas de Trabajo

Pedagógico Técnico.

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Desarrollar las actividades de Colaboración a las que se hubiere comprometido responsablemente.

Acatar la Distribución horaria asignada por la Dirección a necesidades de la Unidad Educativa y

Autoridades.

Mantener comunicación permanente con Padres y Apoderados referente a lo Pedagógico y al alumno

propiamente tal.

Participar según sus intereses en actividades de perfeccionamiento profesional ofrecido por las

Autoridades o elegidos por sí mismos.

Velar por el buen estado, mantención y custodia del material didáctico y elementos de las Asignaturas.

Cuidar su imagen personal frente a sus alumnos y la comunidad preocupándose de su presentación

personal, su lenguaje y un comportamiento digno de ser imitado.

Cada profesor debe velar por la disciplina de curso en la formación diaria de los alumnos.

Permanecer junto a sus alumnos bajo su plena responsabilidad, durante las horas de clases y las

actividades que les corresponda atender.

Toda ausencia temporal de clase, que se vea obligada a realizar, deberá comunicarla oportunamente a la

Dirección.

Deberá desarrollar su acción pedagógica en el aula sin interferencia.

Los profesores tendrán derecho a ser informados sobre todos los procesos de Evaluación de su labor

Docente.

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

DERECHOS DE LOS/LAS PROFESORES/AS

1. Tendrán derecho a permisos con y sin goce de remuneraciones, según lo estipulado en el artículo 36 del

Estatuto Docente y en el Código del Trabajo.

2. Todo permiso con goce de remuneraciones y sin él, deberá ser solicitado con 2 días de anticipación y dejar

los contenidos y/o actividades a tratar por el eventual reemplazante.

3. Todo permiso deberá ser aprobado y firmado por el Director, quien podrá autorizar o denegar el permiso,

considerando que no perjudique las actividades curriculares del curso.

4. Los permisos no podrán compensarse con horas extraordinarias, períodos de vacaciones o feriado legal.

5. Los permisos sin goce de remuneraciones superiores a tres días serán dados por CORMAE de Panguipulli.

6. Los funcionarios de la Educación tendrán derecho a las siguientes licencias:

a) Licencias Médicas.

b) Licencias Maternales (Padres y Madres)

c) Licencias por llamados activos de las FF.AA.

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d) Licencias especiales a las madres o padres trabajadores por enfermedades de sus hijos menores de un

año, el cual requiera la presencia de la madre en el hogar, siempre que el hecho se acredite con

certificado médico.

e) Las madres con recién nacidos tendrán derecho a dos porciones de tiempo que en conjunto no

excedan de una hora diaria, por un período de 2 años.

7. Los trabajadores de la Educación tendrán derecho a atención gratuita en la Mutual de Seguridad para todos

los efectos de accidentes del trabajo:

a) Accidente de trayecto: es el que ocurre en el trayecto de ida y regreso entre el hogar y el lugar de

trabajo.

b) Riesgo Profesional: De los riesgos a los que está expuesto el trabajador y que puedan provocarle un

accidente o enfermedad definitiva, expresamente presente en los artículos 5, 7 de la Ley 16.744.

8. Recibir el trato que corresponde en su calidad como Profesional de la Educación, tanto del Director,

Profesores, Asistentes de Educación, Apoderados y Estudiantes.

9. Tener libre y permanente acceso a todos los medios y recursos que posee la Unidad Educativa, de acuerdo a

los criterios establecidos por el colegio.

10. Ser informado oportunamente y en forma permanente de todas las situaciones que beneficien, afecten o

atañen al establecimiento.

11. Los docentes tendrán derecho a estar organizados como consejo gremial sin exposiciones y reunirse en

horario acordado en consejo.

12. Los profesores que se evalúan tendrán derecho a 100 hrs., dentro de su horario de trabajo, para la

preparación del portafolio, sin dejar de atender a sus grupos cursos correspondientes.

DE LOS DEBERES DEL PROFESOR/A

1. Deben estar en conocimiento de la documentación oficial, en forma especial del Proyecto Educativo

Institucional (PEI), Reglamento Interno de Convivencia y Reglamento de Evaluación.

2. Anotar debidamente la hora efectiva de llegada y salida en el libro de firmas todos los días, en conformidad

a lo dispuesto en el Art. Nº 44 del D.L. 2.289/78, del estatuto Docente y el presente Reglamento.

3. Todo Profesor que deba ausentarse del Establecimiento durante su horario de trabajo, deberá solicitar la

autorización correspondiente al Director del Establecimiento o quien los subrogue y dejar registro escrito en

libro de salida.

4. El profesor deberá estar en la sala de clases a la hora exacta de acuerdo a su jornada de trabajo con el curso

correspondiente.

5. El Profesor deberá cautelar que la sala de clases de su curso esté ordenada al inicio de cada jornada escolar

y una vez finalizada esta.

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6. En caso de algún evento con participación de todos los cursos en el gimnasio, los Profesores Jefes deberán

guiar el ingreso, salida y cuidar la disciplina de su curso en el transcurso del mismo.

7. El Profesor deberá justificar todo atraso imprevisto ante la Dirección.

8. Los Docentes deberán realizar la labor asignada de acuerdo a las instrucciones de su contrato de trabajo.

9. Dar auxilio y ayuda en caso de siniestro o riesgos dentro de la escuela.

10. Dar aviso oportuno al Director o a quien lo reemplace en caso de ausencia por imprevisto (teléfono u otro

medio).

11. Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad Educativa.

12. Ayudar al Centro General de Padres y Apoderados en alcanzar los objetivos que se propongan, como ente

colaborador de la función educativa.

13. Los docentes deberán cumplir con las planificaciones acordadas en plazos establecidos.

14. Entregar al Encargado de Enlace y UTP Notas e Informes en las fechas solicitadas para ingresar a

plataforma Edufacil Y SIGE.

15. Los docentes tienen el deber de consignar en sus planificaciones posibles excursiones fuera del

establecimiento y registrar, cuando proceda, dicha situación en el cuaderno de salida.

DE LOS DERECHOS DE LOS INSPECTORES:

1. Que se respete su contrato de trabajo de acuerdo a la legislación laboral.

2. A tener un espacio físico donde reunirse para planificar y evaluar su cometido.

3. Ser respetado en sus funciones por toda la Unidad Educativa.

DE LOS DEBERES DE LOS INSPECTORES

1. Cumplir el horario y lo dispuesto en su contrato de trabajo.

2. Participar en las labores educativas de los estudiantes, dándoles la orientación correspondiente.

3. Cooperar con las actividades extraescolares del establecimiento.

4. Prestar primera atención a los estudiantes en caso de emergencia, informando a la Dirección y al

apoderado.

5. Atender a los apoderados en forma oportuna y cordial.

6. Velar por el bienestar e integridad de los estudiantes.

7. Cumplir con su jornada horaria firmando al ingreso y salida.

PROHIBICIONES DE LOS INSPECTORES

1. Faltar al trabajo y/o abandonarlo, aunque sea parcialmente, sin previo aviso.

2. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia o bajo los efectos de alcohol .

3. Suspender ilegalmente sus labores.

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4. Atrasarse en las horas de llegada o adelantarse en la salida.

5. Causar daño moral o apremios ilegítimos a estudiantes y/o funcionarios del establecimiento.

6. Fumar dentro del establecimiento.

7. Tomar decisiones sin previo aviso al encargado que corresponda.

TÍTULO 10:

DE LOS DERECHOS DE LAS MANIPULADORAS DE ALIMENTOS:

1. Que se le respete su Contrato de Trabajo.

2. Que se le respete por toda la Comunidad Educativa, en especial, en su ámbito de trabajo.

TÍTULO 11:

DE LOS DEBERES DE LAS MANIPULADORAS DE ALIMENTOS

1. Asistir diariamente y en forma puntual a su trabajo, de acuerdo a horario y jornada establecida.

2. Cumplir con las normas higiénicas, en la preparación y realización de la comidas.

3. Mantener el orden y el aseo en la cocina, despensa y comedor.

4. Velar por el buen estado y conservación de los elementos de trabajo.

5. Distribuir alimentación de acuerdo a medidas estandarizadas.

6. Usar la indumentaria preestablecida durante su jornada.

7. Asistir a jornada de capacitación cuando sea convocada.

8. Buen trato hacía los integrantes de la comunidad educativa.

9. En caso de ausencia por imprevistos, avisar oportunamente a quien corresponda.

10. Promover relaciones respetuosas y de cooperación con los miembros de la Unidad Educativa.

TÍTULO 12:

DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL AUXILIAR Y SERVICIOS MENORES

1. Que se le respete su contrato de trabajo.

2. Que se le respete como persona en su trabajo.

3. A ser escuchado por su jefatura cuando así lo requiera.

4. Que se le entregue indumentaria apropiada para sus funciones

5. A poseer útiles apropiados para un mejor desempeño laboral.

TÍTULO 13:

DE LOS DEBERES PERSONAL AUXILIAR Y SERVICIOS MENORES

1. Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.

2. Desempeñar, cuando proceda, funciones de portero del establecimiento.

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3. Retirar, repartir y enviar correspondencias.

4. Colaborar en la preparación y realización de las actividades extraescolares del establecimiento.

5. Ejecutar encargos emanados de la administración del colegio y que tengan directa relación con éste.

6. Cuidar y responsabilizarse de la conservación y mantención de equipos, herramientas y maquinarias que

se le hubiesen asignados.

7. Cumplir con su jornada horaria firmando al ingreso y salida.

8. Asistir a jornada de capacitación cuando sea citado.

9. Promover relaciones respetuosas con los demás integrantes de la Comunidad Educativa.

10. En caso de ausencias por imprevisto, avisar rápidamente a quien corresponda.

11. Dar cuenta, oportunamente, a la Jefatura del colegio de todo deterioro producido en el interior del

colegio.

PROHIBICIONES DEL PERSONAL AUXILIAR Y SERVICIOS MENORES

1. Faltar al trabajo y/o abandonarlo, aunque sea parcialmente, sin previo aviso.

2. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia o bajo los efectos de alcohol.

3. Suspender ilegalmente sus labores.

4. Atrasarse en las horas de llegada o adelantarse en la salida.

5. Fumar dentro del establecimiento.

6. Causar daño moral o apremios ilegítimos a estudiantes y /o funcionarios del establecimiento.

TÍTULO 14:

DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y PROPIA SEGURIDAD

Con el propósito de dar cumplimiento a la reglamentación y/o normativas vigentes en la prevención de

riesgos, de higiene y seguridad en nuestra Unidad Educativa, es que difundimos aspectos claves por donde

comenzarán a cumplirse las normas.

Esta acción se coordinará, en primer lugar, a través de la Dirección, Consejo de Profesores, Profesores

Jefes, estudiantes y /o apoderados según sea el caso. En su aplicación y desarrollo deberán participar en forma

activa todos los integrantes de esta escuela y aquellas personas directamente vinculadas a las respectivas

situaciones que se presenten. Existirá un encargado de seguridad quien deberá formular, ejecutar y evaluar un

plan de seguridad escolar anual.

Se encuentra en plena vigencia el “Plan Integral De Seguridad” que derogó la Operación Deysi. De

acuerdo a ello nuestra escuela deberá elaborar una planificación anual eficiente en torno a la seguridad escolar.

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TÍTULO 15:

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMATIVAS A CUMPLIR

En la Escuela Rural “La Rinconada” deberá existir una interpelación entre los diferentes grupos

escolares y las instituciones que ayudan a mantener, proteger y prevenir diversos riesgos escolares, para tal

efecto se deberán organizar en salud y educación las siguientes funciones:

a) Encargado de Salud( Junaeb)

b) Prevención de riesgos escolares. (Cesfam, Corporación Municipal, Senda)

TITULO 16

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

CONCEPTOS

1.- Convivencia Escolar: Entendemos por convivencia escolar la capacidad de las personas de vivir con otras.

Convivir estará basado en el respeto, solidaridad, aceptación, valorar y aceptar las diferencias, la diversidad y

reconocimiento de la dignidad del otro, como un ser humano íntegro que posee la capacidad de desarrollarse

dentro de un contexto específico.

La convivencia escolar se aprende, por lo que requiere que sea abordada y además de verse reflejada todas las

áreas y espacios donde interactúan los integrantes de la comunidad educativa en el espacio escolar, por lo que

integra a: Directivos, Docentes, Asistentes de la educación, Estudiantes, Madres, Padres, Apoderados y

Cuidadores.

2.- Comunidad Educativa: Entendemos por comunidad educativa a una agrupación de personas que inspiradas

en un propósito común integran una institución educativa cuyo objetivo común es contribuir a la formación y el

logro de aprendizajes de todos los estudiantes para asegurar su pleno desarrollo espiritual; ético, moral, afectivo,

intelectual, artístico y físico; este propósito compartido se expresa en la adhesión al proyecto educativo del

establecimiento y a sus reglas de convivencia (Art, 9°.LGE).

3.- Consejo Escolar: Instancia de participación de los distintos estamentos presentes en la comunidad educativa,

por lo cual está compuesto por un representante de: Estudiantes, Presidente del Centro de Padres y Apoderados,

Representante de los Docentes, Representantes de los Asistentes de la Educación y Director del establecimiento

quien es el encargado de presidirlo. Este “Consejo” es de carácter consultivo y propositivo.

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4.- Centro General de Padres y Apoderados: organismos que comparten y colaboran en los propósitos

educativos y sociales de los establecimientos educacionales de que forma parte. Los Centros de Padres

orientarán sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas que competen

exclusivamente al establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán

organizadamente las labores educativas del establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto

de la comunidad escolar. (Decreto 565, Ministerio de Educación Pública).

5.- Centro de Alumnos: organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica de cada

establecimiento educacional. Cuya finalidad es servir a sus miembros como medio de desarrollar en ellos el

pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de

prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

6.- Representante de los estudiantes: Estudiante que ocupa el cargo de Presidente del Centro de Alumnos,

electo una vez al año por los estudiantes de segundo ciclo, encargado de representar a sus pares en

determinadas ocasiones, tales como; consejo escolar, aniversario de la escuela, día de profesor, entre otras.

7.- PEI: El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es concebido como un instrumento que permite a la Unidad

Educativa definir su identidad a través de la explicitación del sistema de ideas que fundamentan o justifican su

quehacer educativo, imprimiéndole el sello distintivo que los identifica. Por medio de éste instrumento, es

posible conocer las concepciones educativas de la comunidad que lo sustenta y el tipo de persona que se quiere

formar u orientar (Denegri, 1996).

8.- Inclusión: La inclusión se ve como el proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de

todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y

reduciendo la exclusión en la educación. Involucra cambios y modificaciones en contenidos, aproximaciones,

estructuras y estrategias, con una visión común que incluye a todos los niño/as del rango de edad apropiado y

la convicción de que es la responsabilidad del sistema regular, educar a todos los niño/as.

NORMATIVA QUE RIGE EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Declaración Universal de los Derechos Humanos:

La Constitución Política de la República de Chile, reconoce y ratifica en el Art. 5 esta declaración, estableciendo

que el “ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto de los derechos esenciales que emanan de la

naturaleza humana.

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Declaración de los Derechos del Niño y la Niña:

La Declaración de los Derechos del Niño Y Niña fue redactada por Naciones Unidas en 1959, constituyéndose

en un manifiesto ético y en un reconocimiento de ellos como sujetos de derecho. Chile ratificó la Declaración en

1990, la que rige por cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés supero del niño, su

supervivencia, desarrollo y protección y su participación en las decisiones que los afecten.

Ley n° 20.370 General de Educación y sus modificaciones, contenidas en la Ley n° 20.536 sobre violencia

escolar:

La ley General de Educación constituye el principal cuerpo legal regulatorio de todo el sistema escolar. Para esta

Ley, “La educación tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,

artístico y físico, mediante la tradición y el cultivo de valores, conocimiento y destreza. Se enmarca en el respeto

y la valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de

la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para

convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para

trabajar y contribuir al desarrollo del país.

La Ley n° 20.536 sobre violencia escolar, tiene como objetivo abordar la convivencia en los establecimientos

educaciones, mediante el diseño de estrategias de promoción de la buena convivencia escolar y de prevención

de la violencia escolar, estableciendo un Plan de Gestión y Protocolos de Actuación ante situaciones de violencia.

También crea la figura del encargado de convivencia y entrega nuevas tareas a los consejos escolares

Ley n° 20.609 contra la Discriminación:

Busca regular el derecho de las personas a no sufrir ningún tipo de exclusión.

Ley n° 19.284 de Integración Social de Personas con Discapacidad:

Establece indicaciones sobre la integración de personas con discapacidad

Ley n°20.845 de Inclusión Escolar:

Regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los

establecimientos educacionales que reciben aporte del estado:

- Prohíbe toda forma de discriminación arbitraria.

- Permite sanciones disciplinarias solo si están en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

- Establece un Plan de Apoyo a la Inclusión para fomentar la buena convivencia.

- Obliga a reconocer el derecho de asociarse libremente.

Decreto n°79 Reglamentos de Estudiantes Embarazadas y Madres:

La Ley General de Educación, en su artículo 11°, señala que el embarazo y la maternidad de una estudiante no

pueden ser argumentados como condicionantes o excusas que limiten su respectivo derecho a la educación, más

aún, la legislación establece que son los establecimientos educacionales los encargados de realizar las

adecuaciones necesarias para que dichas estudiantes continúen con sus estudios de manera regular.

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Decreto n° 565, Reglamento de Centros General de Apoderados/as:

La organización de apoderados/as posee reconocimiento en la normativa legal vigente, así como en las políticas

públicas educativas. (Ver anexo 1)

Decreto n°24 Reglamento de Consejos Escolares:

Reglamenta los consejos escolares como “Organismo integrado por representantes de distintos estamentos de la

comunidad educativa, quienes serán informados, consultados y propondrán.

Decreto n°524 Reglamento General de organización y funcionamiento de los centros de alumnos:

Reglamenta la organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza

media, de cada establecimiento educacional.

Su finalidad es servir a sus miembros como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio

crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los

cambios culturales y sociales.

LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar

y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la aceptación de la diversidad, asumiendo roles

y funciones que le competen a cada actor, todos los miembros deben involucrarse en la construcción de la sana

convivencia cotidiana, haciéndose responsables de los inconvenientes, dificultades y aciertos de este proceso.

2.-Todo integrante de la Comunidad Educativa tiene derecho a desarrollarse en un ambiente sano, marcado por

valores como: Identidad, Autonomía, Respeto, Responsabilidad y Solidaridad. En el caso que esto no sea

percibido o respetado por algún integrante de la comunidad educativa, esto debe ser informado al Encargado/a

de Convivencia Escolar. A su vez, están obligados a colaborar en la resolución oportuna de situaciones de

conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los

hechos denunciados.

3.-Todo miembro de la Comunidad Escolar, tiene el derecho de ser informado acerca de las diferentes

definiciones, objetivos y artículos del Reglamento Interno de Convivencia Escolar. Además existe el derecho a

ser parte de la formación y/o reestructuración de estos. Para informar y/o reestructurar el Reglamento Interno

de Convivencia Escolar, se convocará la representación de todos los estamentos de la comunidad escolar a través

del Consejo Escolar. En el caso de los estudiantes se utilizará la asignatura de orientación.

4.-Cabe mencionar que el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, será revisado periódicamente por el

Consejo Escolar, esta revisión deberá ser informada a todos los estamentos de la Comunidad Escolar y estará en

constante evaluación y formación.

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5.-Los integrantes de la Comunidad Educativa tendrán el derecho a ser capacitados, en lo que estimen

conveniente, en concordancia con el Equipo Directivo, en las temáticas que consideren importantes para lograr

una Sana Convivencia Escolar en el espacio escolar.

6.-Si algún integrante de la Comunidad Escolar se siente vulnerado en sus derechos, que son parte de la

legislación vigente, o del Reglamento Interno de Convivencia Escolar, debe informarlo de la siguiente manera:

Estudiantes de Pre-kínder y Kínder: Los padres y/o apoderados deben informar, con una carta firmada

dirigida al Encargado/a de Convivencia Escolar o de forma oral, de la cual se dejará registro escrito el

que deberá ser firmado por ambas partes. El que entregará la información a la Dirección, y este tendrá

que notificar al Consejo Escolar.

Estudiantes de 1° básico a 4° básico: Deben informar mediante una carta redactada y firmada por el

apoderado, dirigida al Encargado/a de Convivencia Escolar, o de forma oral, de la cual se dejará

registro escrito, el que deberá ser firmado por ambas partes. Tendrá que informar a la Dirección, el que

deberá notificar al Consejo Escolar.

Estudiantes de 5° a 8° básico: Deben informar al Encargado/a de Convivencia Escolar, mediante una

carta redactada por ellos o de forma oral, de la cual se dejará registro escrito con firma de ambas partes.

Este tendrá que informar al Director.

Apoderados: Deben enviar una carta al Encargado/a de Convivencia Escolar o de forma oral, de la cual

se dejará registro escrito con firmas de ambos, informando de la situación que los vulnera de sus

derechos, el que tendrá que advertir al Director.

Docentes: Deben informar en forma escrita, a través de una carta enviada al Equipo Directivo. Este

último tendrá que informar al Equipo de Convivencia Escolar.

Asistentes de la Educación: Deben informar en forma escrita, a través de una carta enviada al Equipo

Directivo. Este último será el responsable de informar al Equipo de Convivencia Escolar.

Nota: Toda carta deberá explicar las razones y causas del porque se siente vulnerado en sus derechos.

En relación a los deberes:

1.-Cualquiera sea la problemática que necesite de las instancias mencionadas anteriormente, deberá ser resuelta

de forma pacífica, a través del diálogo, o las técnicas de resolución pacífica de conflictos, como: negociación y/o

arbitraje y/o mediación. Esto será determinado por el Consejo Escolar.

2.-Es de responsabilidad de los miembros de la Comunidad Escolar, cumplir las responsabilidades y normas

mencionadas en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

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3.-La Comunidad Educativa en su conjunto deberá propiciar un clima escolar, que promueva la Sana

Convivencia, teniendo a su base el: Respeto, la autonomía, la responsabilidad y la solidaridad de cada uno de los

integrantes de la comunidad educativa.

DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar en nuestro establecimiento tendrá un carácter informativo, consultivo y propositivo. Los

Consejos Escolares tienen la responsabilidad de generar en la escuela espacios de formación, participación, y

propiciar el fortalecimiento del encuentro inter estamental y las confianzas institucionales.

La constitución, facultades y funcionamiento del Consejo Escolar están de acuerdo a la Ley n°19. 979, del

Decreto n° 24 del Ministerio de Educación.

Este estará integrado por:

- El Director del establecimiento, quien asume el rol de presidente del consejo.

- Un representante del sostenedor.

- Un representante de los docentes.

- Un representante de los asistentes de la educación.

- Un representante del Centro General de Padres, que en primera instancia es el Presidente y en su defecto

algún otro miembro del Centro General de Padres.

- Un representante de los estudiantes, que en primera instancia es el Presidente y en su defecto algún otro

miembro del Centro de Alumnos.

- Otro organismo o representante de alguna institución que el Director del establecimiento invite a

participar.

El Consejo Escolar deberá sesionar a lo menos cuatro veces al año y elegir un secretario(a) de acta. La

Primera sesión del año debe constituirse durante el Primer Semestre y debe ser informado a la Dirección

Provincial de Educación de Valdivia. Se pueden realizar sesiones ordinarias como extraordinarias.

El Consejo será informado a lo menos de:

- Logros de aprendizajes de los alumnos.

- Informes de visitas de fiscalización del Ministerio de Educación.

- Resultados de concursos de contratación de personal del establecimiento.

- Presupuestos: ingresos y egresos del establecimiento.

- Situaciones de Conflicto en la Comunidad educativa

El Consejo debe ser consultado por:

- Proyecto Educativo Institucional.

- Programación anual y actividades extracurriculares.

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- Metas del establecimiento y proyectos de mejoramiento propuestos.

- Informe escrito de la gestión educativa del establecimiento realizada por el director anualmente (Cuenta

Pública).

- Elaboración y modificaciones al Reglamento Interno de Convivencia Escolar de la escuela.

- Consultar ante apelaciones de Faltas Graves y Gravísimas de los estudiantes, previo requerimiento

escrito del afectado.

DEL/A ENCARGADO/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Existirá un profesor/a encargado/a de Convivencia Escolar al interior de la Comunidad Educativa, el

que tendrá que informar constantemente al Consejo Escolar las situaciones que favorecen o

desfavorecen la Sana Convivencia Escolar.

Será el/la encargado/a de liderar la elaboración, ejecución, monitoreo y evaluación del Plan de Gestión

de Convivencia escolar, que se desarrollará de forma anual, de acuerdo a los distintos instrumentos

presentes en el establecimiento.

El/la encargado/a de Convivencia Escolar tendrá la responsabilidad de mediar en situaciones que

afectan directa o indirectamente la Sana Convivencia Escolar.

El/la encargado/a de Convivencia Escolar tendrá la responsabilidad de ser el líder de todas las acciones

asociadas a Convivencia Escolar.

El/la encargado/a de Convivencia Escolar tendrá la responsabilidad de tener registro de todo lo que

sucede en Convivencia Escolar al interior de la Comunidad Escolar.

El/la encargado/a de Convivencia Escolar, se reunirá cada vez que estime conveniente con el Consejo

Escolar.

El/la encargado/o de Convivencia Escolar tendrá diferentes tareas, asociada a diversos artículos que

están presentes en el Consejo Escolar y Plan de Gestión de Convivencia Escolar.

El/la encargado/a de Convivencia Escolar presentará un informe, firmado por el Consejo Escolar, al

final del semestre, en donde estén presentes las diferentes acciones y resultados de estas, ligadas a la

Sana Convivencia Escolar.

Deberá llevar un monitoreo del funcionamiento del Reglamento Interno de Convivencia Escolar, en

conjunto con los profesionales de apoyo del establecimiento.

DEL PROFESOR JEFE:

Organizar, alinear y desarrollar las actividades del Orientación, acorde a las Normas impartidas al

respecto.

Coordinar, Programar y Desarrollar las actividades de los Subcentros de curso.

Confeccionar a comienzos del Año Escolar, el panorama de Curso realizando un Diagnóstico de los

aspectos: Biológico, Socioeconómico y Pedagógico, del alumnado.

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Promover el cumplimiento por parte del alumnado de todas aquellas disposiciones reglamentarias

establecidas por la Unidad Educativa.

Mantener al día el Libro de Clases respectivo en toda actividad que este contemple (asistencia, horario,

contenidos, observaciones etc.)

Entregar al Encargado de Enlace y UTP Notas e Informes en las fechas solicitadas para ingresar a

plataforma Edufacil Y SIGE.

Informar sobre el rendimiento escolar de sus alumnos a la Dirección y a cada apoderado. A su vez

aplicar alternativas de solución en casos que así lo ameriten.

Informar al Encargado/a de Convivencia, problemas surgidos en el curso que revisten atención.

Atender dentro de un marco de respeto a todo apoderado en horario destinado para ello.

El profesor jefe programará y desarrollará en conjunto con el Sub centro las actividades de Trabajo del

curso.

ROLES Y FUNCIONESDE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION

PROFESOR ENCARGADO DE INSPECTORÍA:

Controlar y registrar los atrasos de los estudiantes a diario.

Revisar libros de clases; firmas, asistencias, anotaciones positivas y negativas (subir plataforma) actuar y

derivar si es necesario a los encargados pertinentes.

Acompañar a los estudiantes en horario de almuerzo y recreos.

Velar por el uso del uniforme y presentación personal de los estudiantes.

Informar al director la falta de profesores y realizar reemplazos.

Coordinar actividades relacionadas con la labor de inspectoría y el personal.

Monitorear los acuerdos establecidos en reuniones asociados a inspectoría.

INSPECTOR DE PATIO:

Participar en la Labor Educativa de los alumnos, orientarlos en cuanto a su conducta y actitud social.

Informar a los encargados correspondientes, situaciones de salud, asistencia o conducta de los

estudiantes.

Controlar la asistencia y registrar las inasistencias y justificativos de los alumnos.

Iniciar, afianzar y promover la presentación personal de los estudiantes y a su vez buenos hábitos de

convivencia social.

Entregar primera atención a los alumnos en caso que lo requieran.

Promover en todo momento, un clima laboral de sana convivencia.

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Mantener una buena presentación personal en todo momento, acorde con la naturaleza de su trabajo y

objetivos de la escuela, en su tarea de formación integral. Para el caso de Eventos, Actos y situaciones

especiales, su tenida deberá ser Formal.

Mantener un trato cordial y respetuoso con los estudiantes, Director (a), Profesores y personal que

labora en el Establecimiento.

Recepcionar y despechar a la hora de ingreso o salida a los alumnos.

Cuidar a los estudiantes en el comedor durante el desayuno y almuerzo, así también en los recreos,

manteniendo el orden de estos.

ASISTENTE DE AULA:

La asistente de aula, trabaja de forma directa con los docentes de 1º a 4º básico, en el proceso de aprendizaje de

los estudiantes. Los asistentes deberán cumplir con lo siguiente:

Colaborar en la recepción y despacho de los alumnos de los cursos al cual fue asignado.

En caso de observar alguna irregularidad dentro de la sala de clases como: agresión física o psicológica

de un docente a un estudiante o viceversa, acoso escolar o bullying debe informar de inmediato al

equipo de convivencia escolar y dirección.

Garantizar el cuidado y protección de la integridad física de los estudiantes dentro y fuera de la sala de

clases.

Colaborar en la preparación de material didáctico y ambientación de la sala de clases.

Colaborar en la mantención del orden, el aseo y la disciplina en la sala de clases y fuera de ella.

Ayudar al profesor en las actividades curriculares no lectivas establecidas por el Ministerio de

Educación.

Informar al profesor acerca de cualquier situación anómala que interfieran en el normal desarrollo de las

actividades programadas.

Colaborar en las actividades de alimentación de los estudiantes en el comedor, fortaleciendo la

formación de hábitos en este aspecto.

Cuando el establecimiento lo requiera deberá colaborar en la mantención del orden y la conducta de los

estudiantes, durante diversas actividades de la escuela, como actos, recreos, comedor, biblioteca, salidas

pedagógicas, desfiles o presentaciones, entre otros.

Deberán informar a la dirección del establecimiento o al encargado/a de convivencia ante cualquier

situación anómala que ocurra negativamente en la relación profesor – alumno. En caso de no hacerlo en

su debido tiempo, se le considerara como cómplice.

Deberá pedir permiso con un mínimo de 2 días de anticipación a la dirección del establecimiento si

necesita ausentarse.

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ASISTENTE DE PÁRVULOS:

Las asistentes de Párvulos, son aquellas personas que trabajan de forma directa con la Educadora de Párvulos

en el proceso de aprendizaje de los estudiantes. Los asistentes deberán cumplir con lo siguiente:

Colaborar en la recepción y despacho de los alumnos del curso al cual fue asignado.

En caso de observar alguna irregularidad dentro de la sala de clases como: agresión física o psicológica

de un docente a un estudiante o viceversa, acoso escolar o bullying debe informar de inmediato a la

dirección de la escuela y al equipo de convivencia escolar.

Garantizar el cuidado y protección de la integridad física de los estudiantes dentro y fuera de la sala de

clases.

Colaborar en la preparación de material didáctico y ambientación de la sala de clases.

Colaborar en la mantención del orden, el aseo y la disciplina en la sala de clases y fuera de ella.

Ayudar a la Educadora de Párvulo en las actividades curriculares no lectivas establecidas por el

Ministerio de Educación.

Informar a la Educadora de Párvulo acerca de cualquier situación anómala que interfieran en el normal

desarrollo de las actividades programadas.

Colaborar en las actividades de alimentación de los estudiantes en el comedor, fortaleciendo la

formación de hábitos en este aspecto.

Cuando el establecimiento lo requiera deberá colaborar en la mantención del orden y la conducta de los

estudiantes durante diversas actividades de la escuela, como actos, recreos, comedor, biblioteca, salidas

pedagógicas, desfiles o presentaciones, entre otros.

Deberán informar a la Dirección del establecimiento o al encargado/a de convivencia ante cualquier

situación anómala que ocurra negativamente en la relación profesor – alumno. En caso de no hacerlo en

su debido tiempo, se le considerara como cómplice.

Deberá pedir permiso con un mínimo de 2 días de anticipación a la dirección del establecimiento si

necesita ausentarse.

DERECHOS DE LAS ASISTENTES DE PÁRVULOS Y/O AULA.

Serán derechos de la Asistentes de Párvulos y/o aula:

Exigir respeto por parte de los alumnos, pares, profesores y apoderados.

A trabajar en un ambiente de aceptación y respeto mutuo.

Conocer y asumir las normas del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

A expresar su opinión.

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A que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes,

y de maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la Comunidad Escolar.

Proponer las iniciativas que estimen convenientes para el progreso del Establecimiento, en los términos

previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para

realizar en mejor forma su trabajo.

DEL PERSONAL AUXILIAR:

Mantener el aseo y buena presentación de todas las dependencias del Colegio, encerado, limpieza de

vidrios, desempolvar, limpieza de sanitarios, paredes, patios, jardines y terrenos.

Realizar labores que la Dirección asigne.

Colaborar en la elaboración de Inventarios manteniendo en buen estado las especies que se le destinen y

en lugares previstos, de acuerdo a instrucciones recibidas de sus superiores.

Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación y mantención de todos los equipos, herramientas y

maquinaria que se le asigne en su trabajo.

Colaborar en la restauración, transformación de instalaciones, que determine el Establecimiento.

Colaborar en las actividades de la Escuela, tales como licenciatura y celebraciones especiales, desfiles

comunales, etc.

Ayudar a fiscalizar la disciplina de los alumnos, dando oportuna cuenta al equipo de convivencia y/o

Dirección de desórdenes, daños o problemas surgidos entre alumnos.

Mantener en forma permanente un trato cordial y respetuoso con los alumnos, Director (a), Profesores,

personal de la escuela y otros.

Mostrar actitudes ante los alumnos como un trabajador responsable y eficiente.

Mantener un contacto permanente con la Dirección para coordinar las actividades que a ellos les

corresponden.

LAS MANIPULADORAS:

Preparar y distribuir alimentos según indicaciones y Planificaciones periódicas.

Mantener las condiciones de higiene para un adecuado y seguro uso de vajillas y cocina, comedor y

despensa.

Mantener una adecuada presentación personal: pelo limpio, uñas cortas y hacer uso en forma obligatoria

de elementos de apoyo para la higiene tales como delantales, tocas, mascarillas, guantes y otros que el

Establecimiento fije, tomando en cuenta las necesidades del momento y las recomendaciones que hagan

los Organismos pertinentes Higiene Ambiental.

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Respetar las Normas de Seguridad, en el uso de los distintos elementos propios de las funciones como

así mismo de la adecuada distribución de muebles y elementos de manera de mantener las vías de

escape y evacuación siempre expeditas.

Comunicar en forma oportuna cualquier desperfecto o anomalía detectado en los elementos a su cargo,

al Encargado de Alimentación.

Mantener libre de personas ajenas al desempeño de su Labor, el recinto de Cocina, Bodegas y demás

dependencias a su cargo.

Velar por el uso obligatorio de los elementos apropiados para manipular alimentos, en cualquier

persona (alumno, profesor), que vaya a desempeñar dichas funciones en cumplimiento de algún

Programa de Apoyo o Formación.

Llevar control y hacer uso adecuado de los recursos a su disposición, a fin de maximizarlos en lo posible.

Solicitar al encargado de los alimentos, materiales y otros de acuerdo a pautas entregadas para cumplir

con la minuta, en aspectos tales como: calidad, cantidad y horarios de cada comida.

Mantener un adecuado clima en sus relaciones personales y laborales conllevando a un nivel de buenas

relaciones Humanas e integración al Equipo de Trabajo del Establecimiento.

Participar en actividades de Capacitación o Formación, convocadas por la Dirección del Colegio, o la

Corporación.

Guardar y ordenar alimentos recepcionados en las bodegas que correspondan.

Para el personal que presta Servicios a la Empresa Concesionaria Junaeb, en este caso Hendaya, o la que

fuere en su momento, estará obligado a regirse por estas normas, colaborando fielmente a su

cumplimiento con ello a mantener y/o mejorar la calidad del trabajo así como también un buen nivel en

el plano de las relaciones humanas.

NORMATIVA PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR

La escuela Rural La Rinconada cuenta con furgones escolares para trasladar a todos los estudiantes de los

sectores rurales aledaños a Choshuenco, desde sus lugares de origen hasta el establecimiento y viceversa. Estos

Furgones son licitados de acuerdo a la normativa del Ministerio de Transporte.

El servicio de transporte cumple una función de acercamiento de los estudiantes hacia el establecimiento,

realizando el recorrido por caminos públicos licitados por el ministerio de transporte por lo que corre el seguro

escolar en la ida y regreso de los estudiantes.

El traslado escolar se realiza de lunes a viernes en los siguientes horarios:

Mañana: 7:00 am (Lunes a Viernes)

Tarde 15:30 (Lunes a Jueves) – 13:00 hrs. (Viernes).

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El personal encargado para el despacho de los estudiantes, serán los inspectores del establecimiento.

Los estudiantes deberán permanecer en el recinto escolar, hasta que sean despachados por los

inspectores del establecimiento.

Los estudiantes no serán autorizados para realizar compras en el comercio cercano del establecimiento.

Los estudiantes no están autorizados para bajarse en paradero que no sean autorizados por sus padres y

el colegio. En caso de que un estudiante baje antes de su paradero, sin previa autorización del

establecimiento, la responsabilidad ante cualquier situación deberá ser asumida por el conductor del

transporte.

Todos los estudiantes que viajen en el transporte escolar deberán viajar sentados y con su cinturón de

seguridad correspondiente.

Los apoderados deben comunicar con anticipación si su pupilo debe bajar en otro paradero. Esto debe

hacerse por escrito y/o vía telefónica.

Cuando un estudiante no llegue a su hogar en los tiempos estipulados, es deber del apoderado

comunicar a la dirección del establecimiento esta situación, quienes deberán comunicar inmediatamente

a carabineros.

Cuando un estudiante no llegue en el transporte escolar al establecimiento, el profesor jefe deberá

contactarse con el apoderado para saber el motivo de ausencia.

Queda estrictamente prohibido consumir alimentos en el furgón, sacar cabeza y brazos por las ventanas,

gritar, decir palabras soeces, escuchar música con volumen alto, extraer colaciones a sus compañeros

y/o causar cualquier deterioro en el interior del furgón.

En caso de una emergencia al interior del transporte escolar, el conductor deberá trasladar al centro

asistencial de salud más cercano y comunicar inmediatamente al establecimiento, quienes comunicarán

a los padres.

Los transportistas deben comunicar a la dirección del establecimiento cualquier situación anómala que

ocurra al interior del furgón.

NORMATIVA DE LA BIBLIOTECA DEL ESTABLECIMIENTO

La escuela cuenta con una Biblioteca amplia e idónea para apoyar el proceso de aprendizaje de los

estudiantes. Este espacio es patrocinado por la Fundación Luksic.

La Biblioteca de la escuela es coordinada por la mediadora de la lectura Srta. Angélica Andrea Labraña

Muñoz.

La mediadora de la lectura tendrá los mismos derechos y deberes de los asistentes de la educación.

La coordinación de biblioteca se encontrará a cargo de un/a profesor/a del establecimiento, delegado/a

por el director del establecimiento, renovado una vez al año.

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Todos los cursos tendrán 45 minutos semanales para “La hora del cuento”. A esta instancia, asisten los

profesores jefes o asignados previamente con sus cursos, para fomentar el gusto por la lectura. Esta

actividad es dirigida en conjunto con la docente de aula y la mediadora de la Lectura.

Todos los alumnos deben leer mensualmente un libro que corresponde a las lecturas complementarias

por nivel, las cuales serán evaluadas en el subsector de lenguaje o en la asignatura que el docente

estime conveniente.

La encargada de biblioteca deberá realizar las siguientes funciones:

a. Ingreso y registro de textos en el sistema computacional.

b. Forrado de libros, con su respectivo marbete.

c. Clasificación de textos.

d. Préstamo de libros.

e. Control de devoluciones y estado de los textos.

f. Planificar y preparar material para los talleres con los alumnos.

g. Participar, en conjunto con la Coordinadora del Centro Lector, en las reuniones de Red Lectora,

cuando sean citadas.

h. Llevar a cabo el programa “mochila viajera”, con su debido registro y control de devoluciones.

i. Verificar el perfecto estado de los textos.

j. Será responsable de asegurar el orden y limpieza del Centro Lector, coordinando con los Auxiliares

de Servicios Menores esta labor.

k. Velar por el cumplimiento de los objetivos, metas y proyectos del Centro Lector.

l. Informar a la Coordinadora del Centro Lector, cualquier situación anómala que interfiera con el

normal desarrollo de las actividades programadas.

m. Cuidar los bienes generales de la escuela, conservación del edificio y responsabilizarse de aquellos

que se le confían en el inventario.

n. Mantener Diario Mural en forma permanente.

o. Mantener contacto permanente con la Red Lectora Comunal.

p. Colaborar en la formación de hábitos, actitudes y valores de los estudiantes.

q. Cumplir eficientemente con los deberes y labores para los que fue contratado o los que se le

encomienden.

Ante la pérdida o daño de un libro por parte de un estudiante, este deberá ser repuesto a la brevedad

por el mismo. Previa comunicación a los cuidadores responsables del estudiante.

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DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES:

Los Estudiantes deberán cumplir los horarios establecidos.

Estudiantes deberán presentarse a clases con todos sus útiles, materiales y textos correspondientes a las

clases del día.

Para las clases de Educación Física, estudiantes deberán presentarse con vestuario adecuado a la

actividad (buzo institucional) y se podrán exceptuar de esta clase, previamente presentación de

certificado médico o recomendación médica que así lo dictamine.

Deberán presentar sus tareas, trabajos, materiales en la fecha y hora establecida por el docente

solicitante.

Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por escrito o personalmente por el Apoderado, al

profesor Jefe respectivo y dejar registro en inspectoría.

Todo estudiante que presente inasistencia por enfermedad debe presentar el documento que certifique

su atención médica y licencia si corresponde.

En caso de prescripción de medicamentos, ésta deberá ser conocida por el profesor jefe del estudiante,

inspector y Director.

Al toque de campana, todo los estudiantes deberán ingresar a su sala de clases, sin necesidad de que el

docente deba obligarle y al término de la clase, la sala debe quedar aseada, aireada y en condiciones de

continuar las siguientes actividades.

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:

Toda estudiante embarazada, podrá continuar sus estudios, y se le hará entrega del apoyo necesario con

el conocimiento del apoderado.

Todos los estudiantes tendrán derecho a ser escuchados, dar a conocer visión y opinión, ser respetados

de forma íntegra y no ser menos cavados en su dignidad.

Recibir todos los beneficios del Sistema Escolar y en especial los estudiantes con riesgo social.

En caso de accidente Escolar en el Establecimiento o en el Trayecto, el estudiante tendrá derecho a hacer

uso del Beneficio Escolar.

DEL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES

De la presentación personal de las Damas:

Tenida Formal: (requeridos para eventos especiales, tales como, actos, licenciaturas, ceremonias, etc)

- Blusa blanca

- Falda azul marino

- Polar Naranjo

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- Calceta azul o blanca (según requerimiento de la institución notificada debidamente).

- Zapatos de colegio negros

Tenida Semi - Formal: (para uso diario)

- Polera institucional (blanca y cuello naranjo)

- Falda azul marino/ pantalón azul marino/ buzo del colegio

- Polar naranjo

- Calcetas, balerinas o pantys azules

- Zapatos de colegio negros

- Parka tono oscuro

Tenida Deportiva:

- Pantalón de buzo plomo institucional

- Polera institucional o excepcionalmente polera de colores oscuros

- Polar naranjo

- Zapatillas negras, tonos sobrios ( azul o gris)

Consideraciones presentación personal:

Pelo bien peinado con la cara descubierta, trenzado o tomado.

Rostro limpio y sin maquillaje.

Mantener uñas cortas, limpias y sin esmalte.

Su aseo y presentación personal diaria será acorde a su calidad de estudiante, y será responsabilidad del

Apoderado o los Inspectores cada día.

De la presentación personal de los Varones:

Tenida Formal: (requeridos para eventos especiales, tales como actos, licenciaturas, ceremonias, etc)

- Camisa blanca

- Pantalón gris de colegio

- Polar Naranjo

- Zapatos negros

Tenida Semi - Formal: (para uso diario)

- Polera institucional ( blanca y cuello naranjo)

- Pantalón gris de colegio

- Polar naranjo

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- Zapatos de colegio negros

- Parka tono oscuro

Tenida Deportiva:

- Pantalón de buzo plomo

- Polera institucional o excepcionalmente de colores oscuros

- Polar naranjo

- Zapatillas negras

Consideraciones presentación personal:

Pelo que permita visualizar cuello de la polera, orejas despejadas, frente despejada.

Mantener uñas cortas, limpias y sin esmalte.

Su aseo y presentación personal diaria será acorde a su calidad de estudiante, y será responsabilidad del

Apoderado y supervisado por los inspectores cada día al salir a clases.

Les está prohibido a los estudiantes:

Portar, traer, o usar artículos de música como MP3, MP4, radios, cds con música o películas, (solo se

permitirán notebook y pendrives con objetivos pedagógicos).

Usar teléfonos celulares, por lo que su pérdida o daño será responsabilidad de los estudiantes y

apoderada/o. Los estudiantes podrán traer hasta el establecimiento su teléfono celular, debiendo

depositar el artefacto en secretaría, retirándolos al término de la jornada escolar.

Traer artículos, implementos, materiales que no les hayan sido solicitados por el Colegio, por lo cual, su

uso, mal uso o pérdida será responsabilidad de los estudiantes y su Apoderada (o).

Se prohíbe estrictamente el porte de armas blancas, consumo o venta de todo tipo de licores, cigarrillos o

drogas, de no cumplir esta norma, deberá atenerse a las responsabilidades penales correspondientes,

consideradas para estos casos, independientes de las medidas disciplinarias que pueda o deba tomar el

establecimiento.

Exhibir joyas lujosas o exuberantes.

Exhibir piercing y tatuajes durante el transcurso de la jornada escolar.

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO

Los funcionarios de Escuela Rural La Rinconada deberán utilizar en su presentación personal:

Docentes y Asistentes de la Educación:

Pantalón de tela, calzas o jeans oscuros (sin diseño), vestido o falda (no mini)

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Blusa o polera semi formal sin escote / Camisa, polera con cuello o chaleco. En la instancia de realizar

algún acto o ceremonia, deben asistir con ropa formal.

Zapatos o botas (cómodos).

Delantal obligatorio en el caso de asistentes de párvulos, asistentes de aula, bibliotecaria y

manipuladoras de alimento. Es opcional para docentes y asistentes de la educación.

De la presentación personal de Auxiliares de Servicio:

Pantalón cómodo

Botas de goma de acuerdo a las inclemencias el tiempo o a la actividad de limpieza requerida.

Zapato de seguridad (obligatorio)

Polera o chaleco cómodo

Delantal obligatorio

DE LAS FALTAS QUE AFECTAN EL BUEN CLIMA Y EL AMBIENTE DE UNA SANA CONVIVENCIA AL

INTERIOR DE LA ESCUELA.

Procedimientos:

La Escuela Rural La Rinconada de Choshuenco, acoge las disposiciones contenidas en la Política de

Convivencia Escolar, establecidas en el MINEDUC. En tal sentido entiende que, si bien los conflictos son

inherentes a la interacción social de las personas, no todos los conflictos se deben a la trasgresión de una norma,

puede también deberse a una percepción o interpretación subjetiva del acontecimiento.

Previo a la resolución considerada y resguardando un trato justo, se procederá a escuchar a la o las partes

involucradas, considerando; las agravantes y atenuantes, la presunción de inocencia, la graduación de la falta,

relación de jerarquía, etapa de desarrollo del estudiante y el derecho de apelación.

En relación a la sanción está será basada en el principio de la “Formación” por lo que se considerarán de

acuerdo a la gravedad de la falta y previo análisis contextual de situación, la primera instancia de sanción.

Además se debe considerar la edad del o la estudiante y también algún informe emitido por un especialista o

algún otro profesional competente para cautelar un trato justo y objetivo para todos los estudiantes.

Aquellos estudiantes que de forma reiterada posean conductas que afectan la sana convivencia escolar,

poseerán apoyo del Equipo de Convivencia Escolar, el cual deberá elaborar un plan de trabajo donde aborden el

conflicto y refuercen la formación valórica e integral del estudiante. Este plan de trabajo incluirá la participación

de los profesionales de apoyo con los que cuente el establecimiento.

Las sanciones consideradas “Punitivas”, serán siempre oportunas proporcionadas a las faltas y respetuosas de la

dignidad de las personas. Por tal razón, se considera imprescindible que el estudiante conozca el motivo y la

sanción de la cual fue sujeto.

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En toda situación de indisciplina en que resulte involucrado un o una estudiante se procederá a definir y

clarificar el problema y sus causas a través de la conversación con él o los implicados, si el caso lo amerita se

tendrá conversación con los padres y apoderados, en todos los casos debe levantarse un acta firmada por todos

los concurrentes.

Frente a una falta se comunicará por escrito al apoderado, donde se informará el procedimiento a seguir

y en caso de sanción punitiva, indicando las razones de dicha decisión.

Está prohibido cualquier apremio físico y psíquico o los que de alguna manera lesionen la integridad moral y

física de los y las estudiantes, prevaleciendo una orientación y estrategias formativas sobre su comportamiento.

Los directivos y profesores agotarán todos los recursos y mecanismos para lograr que los estudiantes

desarrollen un comportamiento acorde con los principios y metas propuestas, que contribuyan a mantener un

clima escolar que beneficie a toda la comunidad educativa.

Para hacer frente a las situaciones de indisciplina y de conflicto se utilizarán, según el caso lo amerite,

básicamente dos tipos de Mecanismos de Intervención:

Sin intervención de un tercero. Nos referimos a que este sistema es la manifestación de la autonomía de

las partes y de su voluntad soberana, dependiendo sólo de ellas la solución final. Dentro de este campo,

la estrategia a utilizar será la Negociación. Entendida como proceso interactivo de solución de conflictos

a través del cual las partes pueden llegar a alcanzar una posición nueva, distinta de las planteadas

originalmente, y que satisface, en todo o parte, sus intereses conflictivos.

Con intervención de un tercero. Se trata de conservar en forma intacta la autonomía en el proceso. El

tercero sólo debe buscar acercar las posturas de las partes a través de la Mediación, prestando una

asistencia más directa a las partes para encontrar una solución aceptable, logrando incorporar sus

propuestas como parte de la solución, de modo que las partes las sientan como propias.

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS:

Faltas Leves: Son actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso de

aprendizaje, que no involucran daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad.

Faltas Graves: Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física o moral de otro

miembro de la comunidad escolar y dañan el bien común; así como también, las acciones indebidas que

dificultan el normal proceso de aprendizaje.

Faltas Gravísimas: Corresponden a actitudes o comportamientos que atentan gravemente la integridad

física y/o moral del propio estudiante, o de terceros; incluye, también, las acciones incorrectas que

afectan peligrosamente el proceso de aprendizaje.

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LAS FALTAS Y SANCIONES

En general, la disciplina contribuye al logro de habilidades cognitivas y sociales y debe alentar a los

estudiantes a hacerse cargo de sus responsabilidades como miembros de la comunidad escolar. Las estrategias

disciplinarias se basarán en el juicio profesional de la Dirección, profesionales competentes, profesores y

asistentes de la educación. Existiendo una gama de estrategias de manejo disciplinario cuyo objetivo es ayudar

al logro de la autodisciplina de forma progresiva. Cabe señalar que serán derivados a sesiones de orientación

con Encargado o profesionales de apoyo del equipo de Convivencia Escolar , aquellos alumnos que lo ameriten e

incurran en faltas graves o muy graves, como parte del proceso de formación personal y valórico que promueve

nuestro Proyecto Educativo.

CONSIDERACIONES PARA PROCEDER ANTE LAS SANCIONES

Actitudes Atenuantes: Son aquellas que buscan remediar la falta o el daño causado a un tercero o

infraestructura de la escuela, la que busca fortalecer el valor de la honestidad, respeto por el otro y

responsabilidad. Serán reconocidas como actitudes atenuantes las siguientes:

- Reconocer el hecho o la participación dentro de este.

- Ser pionero/a en informar lo sucedido a algún integrante de la comunidad educativa.

- Dar disculpas a la o las personas afectadas.

- Acatar normas de convivencia.

- Ofrecer reparar el daño (en el caso del mobiliario del establecimiento o pertenencia de algún integrante

de la comunidad educativa).

- Realizar trabajo comunitario ya sean labores sociales o pedagógicas que esté relacionadas con la falta

cometida.

Como trabajo pedagógico los estudiantes podrán realizar actividades como:

- Ayudar a un (a) profesor (a) a preparar material pedagógico para otros cursos.

- Realizar investigaciones relacionadas con la situación de conflicto.

- Realizar exposiciones del tema a otros cursos.

- Ayudar en actividades de biblioteca.

- Leer artículos y realizar resumen escrito.

- Realizar actividades a través de guías relacionadas al tema de conflicto con la participación de la familia.

Como trabajo comunitario los estudiantes podrán realizar actividades como:

- Ayudar en actividades de orden y limpieza de la sala de clases y espacios comunes de la escuela

(comedor, patio, pasillos, entre otros)

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- Ayudar en recreos con la disciplina de los otros estudiantes de la escuela.

- Ayudar a preparar diario mural con informaciones para estudiantes y apoderados.

- Realizar afiches informativos para otros estudiantes, los que serán expuestos en la escuela.

- Ayudar en actos, escenografías e implementación de actividades promovidas en la escuela.

*Estas actividades deberán ser realizadas en los tiempos de recreo y fuera del horario de clases, ya que, el

estudiante no puede estar ausente de la sala de clases durante la jornada escolar.

LA ESCUELA SE BASARÁ EN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS QUE PERMITEN ENTENDER DE FORMA

CLARA LAS SITUACIONES A LAS CUALES SE PUEDEN VER ENFRENTADOS LOS INTEGRANTES DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

MALTRATO ESCOLAR: Se entenderá por maltrato escolar toda acción u omisión de forma intencional que

atente la integridad física y psicológica de algún miembro de la comunidad educativa (Directivos, profesores,

estudiantes, asistentes de la educación y apoderados), ya sea de forma física, psicológica o a través de algún

medio tecnológico (redes sociales, mensajes de texto, páginas web) independiente del lugar dónde se cometa

siempre que:

Produzca temor o menoscabo de la integridad física, psicológica, vida privada u otro derecho

fundamental.

Crear ambiente escolar hostil, intimidante, humillante o abusivo que pueda afectar el desarrollo o

desempeño académico, moral, afectivo, espiritual o físico.

AGRESIVIDAD: Cualquier forma de conducta física o verbal destinada a dañar o destruir, al margen de que se

manifieste como hostilidad o como medio calculado para alcanzar un fin. Si bien podemos entender la

agresividad como un comportamiento de defensa natural ante alguna situación de riesgo, es esperable que la

persona pueda reaccionar controlando sus impulsos.

CONFLICTO: Situaciones en las que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo, porque sus

posiciones, intereses, necesidades o valores son incompatibles o son percibidos como incompatibles, donde

juegan un papel muy importante las emociones y sentimientos y donde la relación de las partes en conflicto

pueden salir robustecida o deteriorada en función de cómo sea el proceso de resolución del conflicto.

VIOLENCIA: En el concepto de violencia debemos aclarar dos puntos clave para comprender: uno es el abuso

de poder o fuerza y su uso de forma desmedida y el segundo es buscar dañar a otra persona u objeto. De

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acuerdo a sus distintas formas podemos diferenciar tipos de violencia de acuerdo sus características. La

violencia es un aprendizaje por lo que no forma parte de una condición natural del ser humano.

Violencia física: Aquellas agresiones que buscan dañar a otros a través de golpes, patadas, empujones,

manotazos, cachetadas, arañazos, mordidas, tirón de pelo o patillas, las que deben ser realizada con el

cuerpo u objeto, las que se consideran aquellas agresiones que son de forma ocasional y las que son de

forma constante que constituyen acoso escolar o bullying.

Violencia Psicológica: Aquellas agresiones de forma verbal que deteriora la autoestima y/o la

personalidad del niño o adolescente.

- La violencia psicológica entre alumnos puede ser: humillaciones, insultos, sobre nombres, discriminación,

amenazas, burlas, aislamiento, rumores mal intenciones basados en la orientación sexual, religiosa,

étnica, entre otras. En el caso de Bullying están deben ser de forma constante.

- La violencia Psicológica que puede ser ejercido de algún adulto de la comunidad educativa hacía los alumnos

pueden ser: Castigar a un alumno enviando fuera de la sala, enviando a un rincón el que se considere

punitivo, humillar y descalificar frente a sus compañeros o en forma privada, amenazas a través de

notas, sobrenombres, anticipar respuesta errónea del alumno o fracaso, agresión por omisión de ayuda

al estudiante.

Violencia de género: Se entenderá por violencia de género aquella que haga énfasis en la superioridad

de un género sobre otro, esto asociado a estereotipos que principalmente afecta a mujeres, pero también

pueden ser afectados los hombres. Este tipo de agresión lleva a mantener el desequilibrio en el poder

entre hombre y mujeres inclusive humillaciones, trato denigrante, agresiones físicas y psicológicas.

Violencia tecnológica: Implica el uso de las tecnologías como medio para realizar agresiones o

amenazas lo que puede constituirse como ciber bullying. Esto provocando grandes daños en la víctima

ya que son de uso masivo y en muchos casos permite el anonimato.

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CLASIFICACIÓN DE FALTAS SEGÚN CONDUCTAS NEGATIVAS

Las faltas dentro del Establecimiento, serán consideradas como Faltas Leves, Faltas Graves y Faltas

Gravísimas a los siguientes comportamientos negativos de los y las estudiantes.

FALTAS LEVES:

Presentarse sin materiales, tareas o trabajos a la clase.

Tener un mal comportamiento en el comedor, recreo, patio, presentaciones públicas, actos internos y

externos.

Tener una inasistencia o atraso sin justificar.

Presentarse atrasado luego de un recreo a clases.

Ser sorprendido usando u portando objetos tecnológicos como: celulares, cámaras, mp3, mp4, etc.

Usar improperios y dibujos obscenos.

Comportamiento disruptivo al interior de la sala de clases.

Usar maquillaje, joyas o vestuario exuberante.

Exponer pircing o tatuajes en horario de clases.

FALTAS GRAVES:

Dañar las pertenencias de las y los estudiantes, y funcionarios de la escuela.

Dañar las dependencias y /o elementos de propiedad de la escuela.

Manifestaciones amorosas (Besos, caricias) dentro del establecimiento.

Fumar dentro del establecimiento o portar cigarrillos.

Destrozo o deterioro del mobiliario y mal uso de las instalaciones sanitarias.

Hurtar elementos de propiedad del Establecimiento.

Hurtar elementos de propiedad de los estudiantes y/o funcionarios.

Ausencias reiteradas sin justificación.

Fugarse del colegio (interna y externamente)

Suplantar al apoderado y/o falsificar su firma.

Dos anotaciones negativas en la hoja de vida.

FALTAS GRAVISIMAS:

Agresión sexual

Agresión física o psicológica, verbal o escrita a compañeros, profesor, director, asistente de la educación

o cualquier otro integrante de la comunidad educativa.

Rayar y/o adulterar notas en el Libro de Clases, Pruebas, Certificados y otros.

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Presentarse en la escuela en estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas.

Portar cualquier elemento corto punzante, o arma de fuego al interior del establecimiento.

Ingresar, consumir, portar alcohol y/o inhalar sustancias volátiles y drogas dentro del establecimiento.

Hacer mal uso de celulares, cámaras, mp3, mp4, etc. con grabaciones que atenten contra la integridad de

otros, o imágenes pornográficas o eróticas.

Acosar, realizar tocaciones indebidas (tocar partes íntimas del cuerpo), inducir a acciones deshonestas,

mostrar imágenes que contengan material pornográfico o erótico de algún miembro de la comunidad

escolar.

Adulterar información recibida hogar-escuela.

SANCIONES SEGÚN LAS FALTAS

A los estudiantes que no respeten el REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, se les

aplicarán, entre otras, las siguientes estrategias disciplinarias.

Faltas Leves: Amonestación verbal de acuerdo a la falta cometida y registro en la carpeta de convivencia

escolar.

Si un/una estudiante es sorprendido/a usando aparatos tecnológicos al interior de la sala de clases,

biblioteca, gimnasio y/o comedor del establecimiento, se le retendrá el aparato y se citará al

apoderado siendo este el único habilitado de su retiro.

Faltas Graves: Se realizará el análisis contextual de la situación, se considerarán las atenuantes (en el

caso que existiesen) y se otorgará la sanción correspondiente, las cuales pueden ser:

Reparación del daño causado

Colaboración en actividades pedagógicas a niveles más pequeños.

Trabajo Comunitario

Elaboración de Plan de Trabajo por parte del Equipo de Convivencia Escolar, el cual debe ser

presentado 5 días hábiles posterior al conflicto y ser firmado por el apoderado o adulto responsable

del estudiante, quedando registro en la carpeta de Convivencia Escolar.

De haber dos o más reiteraciones de la falta se aplicará sanción punitiva la cual corresponde a

suspensión de clases por 2 días previo acuerdo con el apoderado, debiendo el estudiante desarrollar

una actividad pedagógica orientada a reflexionar ante su conducta negativa.

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Se citará al apoderado y en presencia del estudiante, más el Equipo de Convivencia Escolar y el

profesor Jefe, tomará conocimiento de la situación. El adulto responsable o apoderado deberá

firmar en la hoja de vida del estudiante, donde quedará estampada la conducta negativa.

De haber dos o más reiteraciones en la falta se establecerá la condicionalidad de la matrícula.

Faltas Gravísimas: Se analizará el contexto de la situación integrando al Equipo de Convivencia Escolar.

De tratarse de conductas sexuales y eróticas, acoso y tocaciones indebidas se realizará la derivación a la

Oficina de Protección de la Infancia y Adolescencia OPD, la cual estimará el procedimiento a seguir.

Ante las otras situaciones anteriormente mencionadas, se citará al apoderado y se establecerá el plan de

trabajo dentro de los 5 días posteriores de ocurrido el conflicto, este será realizado por el Equipo de

Convivencia Escolar, quedando registro en la carpeta de convivencia escolar.

De haber dos o más reiteraciones de la falta, se sugerirá al apoderado el traslado del estudiante a otro

establecimiento.

DERECHOS DE LOS APODERADOS:

Ser miembro con derecho a voz y voto en la Directiva del Centro Gral. De Padres y Apoderados,

teniendo una antigüedad de un año, como apoderado del Establecimiento.

Tener derecho a voz y voto en el Sub centro de Padres y Apoderados del curso.

Participar en todas las actividades que el Centro Gral. y Subcentros realicen.

Serán atendidos en los horarios de libre disposición del Profesor.

El apoderado será informado dos veces al año de las notas parciales de su pupilo, no obstante podrá

solicitar Información cuando lo estime necesario, ateniéndose a los horarios dispuestos para su atención.

Participar y organizar actividades de apoyo a la Labor del Profesor de curso, en beneficio de sus

estudiantes.

Solicitar entrevista con directivos, profesores y equipo psicoeducativo de la escuela

DEBERES DE LOS APODERADOS:

Deberán asistir al Establecimiento cuando el profesor(a) lo estime conveniente, en los horarios de la

Escuela, quedando registro escrito de su visita.

Al matricular a sus pupilos, se comprometen libremente a acatar todos los reglamentos y estatutos que

regulan al establecimiento.

Completar ficha de matrícula.

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El apoderado, que necesite una entrevista con el Profesor(a), deberá acudir a la Dirección del

Establecimiento para su previa autorización, y en ningún caso podrá interrumpir el normal desarrollo

de la clase.

Los apoderados deberán asistir a las reuniones que el Profesor cite, e informarse del rendimiento,

comportamiento de sus pupilos y conocer las actividades del colegio.

Asistir a entrevistas y reuniones convocadas por directivos o equipo psicoeducativo de la escuela.

Revisar tareas y firmar comunicaciones

Enviar aseado y limpio al alumno todos los días

El apoderado y otros, no deberán visitar la sala durante el desarrollo de la clase.

Mantener al día el Carné de Salud en poder de la Encargada.

Proveer a su pupilo de la Cédula de Identidad.

Entregar a la Dirección, en forma oportuna, la documentación requerida por el establecimiento.

NORMAS GENERALES DE PREVENCION, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCOLAR

La Escuela debe adoptar todas las medidas necesarias para proteger la integridad de los Escolares,

Profesores, Personal Asistentes de la Educación y de Servicios, evitando riesgos de accidentes.

Deberá mantener debidamente Rotulados las Vías de acceso, evacuación y Zonas de Seguridad.

Mantener despejado de todo obstáculo las vías de Evacuación y Zonas de Seguridad.

Mantener en perfecto estado extintores, redes húmedas, lámparas de emergencias y/o cualquier otro

Sistema de Seguridad con que se cuente.

Dar a conocer y reforzar sistemáticamente las normas de Seguridad de la Escuela a toda la Comunidad

Escolar.

Programar, Ejecutar y Evaluar periódicamente acciones del Plan de Seguridad Escolar.

Mantener en buenas condiciones de funcionamiento y de Aseo los Servicios.

Mantener libre de vectores (moscas, ratones, etc.) las dependencias de todo el Establecimiento, en

especial, salas, bodegas, cocina, comedores y dormitorios.

Disponer y mantener en buen estado recipientes de recolección de basuras en todas las dependencias de

la Escuela y promover su buen uso, así como su recolección periódica por camión recolector de Basura.

Mantener un botiquín que permanentemente contenga insumos de primeros Auxilios en un lugar de

fácil acceso.

El Inspector deberá responsabilizarse en su horario de las acciones de los estudiantes y contribuir a

evitar acciones que involucren riesgos.

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Ante situaciones de Pediculosis, sarnas, pestes y otras enfermedades, la Dirección del establecimiento

alertara a los padres y a apoderados a través de un comunicado general, para que estos tomen las

medidas correspondientes ante la situación.

En caso que los estudiantes debiesen tomar medicamentos en horario de clases, este debe ser

comunicado por el apoderado, por escrito y vía telefónica al profesor jefe, indicando la hora del

medicamento y presentando una fotocopia de las indicaciones del médico tratante. Si las indicaciones no

llegasen, el docente no hará entrega del medicamento y lo retendrá durante el periodo de clase para

evitar cualquier irresponsabilidad del estudiante

DE LAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN.

El Consejo Escolar estará conformado por el sostenedor o su representante, el director o directora del

establecimiento, un representante de los profesores, un representante del Centro de Padres, un

representante de los Asistentes de la Educación, y un representante de los estudiantes. Sesionará, al

menos, cuatro veces al año y tendrá carácter propositivo y resolutivo.

Los estudiantes con JEC., deberán cumplir un horario de permanencia de 08:00 horas a.m. a 15:30

horas p.m., un horario pedagógico por bloques de 08:00 a 09.30; recreo de 09:30 a 09:50, segundo bloque

de 09:50 a 11:20; recreo de 11:20 a 11:30, tercer bloque de 11:30 a 13:00 horas; almuerzo y recreo de 13:00

a 14:00; Cuarto bloque de 14:00 a 15:30 horas. Los padres y apoderados serán atendidos desde 15:30

horas hasta las 18:00 horas.

Todo estudiante que sufra un accidente escolar, dentro del recinto del establecimiento educacional,

tendrá derecho a hacer uso del Seguro Escolar y deberá ser remitido con prontitud al servicio de salud

más cercano con el formulario respectivo en triplicado.

El Centro General de Padres se organizará según estatutos, renovando la directiva cada 3 años.

Sesionará en forma ordinaria dos veces al año y llamará a reuniones extraordinarias cuando la ocasión lo

amerite.

Existirá un/a Encargado/a de Convivencia Escolar, quien deberá ejecutar de manera permanente los

acuerdos, decisiones e investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto

relativo a la convivencia.

COMPROMISOS Y OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL MARCO DE LA LEY DE SUBVENCIÓN

ESCOLAR PREFERENCIAL.

Eximir a los estudiantes prioritarios de cobro obligatorio alguno.

Aceptar a los estudiantes que postulen entre el primer nivel de transición y octavo básico, sin considerar

rendimiento escolar pasado o potencial.

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En los procesos de admisión no será requisito la presentación de antecedentes socioeconómicos de la

familia o del postulante.

Informar respecto del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y su Reglamento Interno de Convivencia

Escolar a los postulantes y sus madres, padres y apoderados. Ellos deberán aceptar por escrito el PEI.

Retener a los estudiantes, sin que el rendimiento escolar sea obstáculo para renovación de su Matrícula.

Asegurar el derecho de las y los estudiantes a repetir de curso en un mismo establecimiento, a lo menos

en una oportunidad por cada nivel de enseñanza.

Destinar los recursos de la Subvención Escolar Preferencia a la implementación de las medidas

comprendidas en el Plan de Mejoramiento Educativo, con énfasis en las y los estudiantes prioritarios e

impulsar una asistencia técnico-pedagógica especial para mejorar el rendimiento escolar de los

estudiantes de bajo rendimiento.

Presentar anualmente al Ministerio de Educación y a la comunidad escolar un informe relativo al uso de

los recursos percibidos por Subvención Escolar Preferencial y los demás aportes contemplados en la

Ley.

Acreditar el funcionamiento del Consejo Escolar, el Consejo de Profesores, Centro de Alumnos y Centro

General de Padres y Apoderados.

Acreditar la existencia de horas docentes destinadas a cumplir la función técnico pedagógico y el

cumplimiento efectivo de las horas curriculares no lectivas.

Presentar y cumplir un Plan de Mejoramiento Educativo elaborado con la comunidad escolar, con

acciones en todos los niveles de enseñanza que imparte y en las áreas de gestión establecidas en la Ley.

Establecer y cumplir metas de resultados académicos de las y los estudiantes, en especial de los

prioritarios, concordadas con el Ministerio de Educación, en función de los resultados obtenidos por el

SIMCE.

Informar a las madres, padres y apoderados sobre la existencia del Convenio y las metas de rendimiento

académico.

Cautelar que las y los docentes de aula presenten al director o directora, dentro de los quince días del

año escolar, una planificación educativa anual de los contenidos curriculares.

Contar con una malla curricular que incluya actividades artísticas y/o culturales y deportivas que

contribuyan a la formación integral de los estudiantes.

Al existir en la escuela la Opción 4, se tomarán los resguardos y las adecuaciones que se estimen

convenientes con el objetivo de asegurar: la inclusión del estudiante, la no discriminación, equidad y

calidad en la calidad de educación; respetando su dignidad y derechos como ser humano.

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DE LAS DISPOSICIONES FINALES:

Evaluación anual de la organización del establecimiento:

Es facultad de la Escuela adoptar las medidas necesarias para una mejor Organización del

establecimiento, en lo que dice relación con materias de índole Técnico-Pedagógicas y Técnico-Administrativas.

Los Centros de Padres orientarán sus acciones con una observancia de las atribuciones Técnico-Pedagógicas que

competen exclusivamente al establecimiento (Título I, Art.1 del D.S. 565/90).

Cumplimiento del Reglamento Interno de Convivencia Escolar:

El apoderado y su pupilo se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del presente

Reglamento Interno de Convivencia Escolar, desde el momento que el apoderado firma el Contrato de matrícula

del año correspondiente.

Autonomía de Dirección de la Escuela, frente a situaciones especiales:

La Dirección de la Escuela Rural La Rinconada, con la asesoría de las instancias que considere

pertinente, resolverá las situaciones especiales que no estén consideradas en este documento legal.

Integración y relaciones con redes de apoyo externas:

La escuela propiciará la integración y relaciones con organizaciones externas y/o actores directos del

sistema educativo y con las redes de apoyo externas movilizando recursos institucionales si la situación lo

amerita, para impulsar programas y proyectos en función de lograr los objetivos propuestos. Dicha relación se

regirá por la siguiente normativa.

Existirá una relación de respeto mutuo.

Se debe mantener un protocolo escrito de apoyo y compromiso institucional o planificación de

actividades.

Toda institución u organización de apoyo se debe relacionar mediante el conducto regular institución-

director.

DE LAS MATRICULAS:

El proceso de Pre Matrícula de alumnos antiguos se realizará durante el mes de Noviembre en la

reunión de apoderados de este mes.

El proceso de matrícula oficial se llevará a cabo a partir de la segunda semana de diciembre. Los

documentos requeridos son: certificado de nacimiento, certificado de estudio e informe de personalidad

y hoja de vida, evaluación diagnóstica, sicológica o diferencial si lo amerita.

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La escuela no seleccionará estudiantes ni por rendimiento ni por situación económica, ni historial

conductual, no permitiéndose el cobro de Matricula ni de mensualidad.

No se requiere una prueba de admisión.

Los y las estudiantes deben haber cumplido los cuatro, los cinco y los seis años de edad al 31 de Marzo

para ingresar al pre-kínder, kínder y primer año básico respectivamente.

DE LA EVALUACIÓN Y REDACCIÓN DEL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

La evaluación respecto a su aplicación será de forma permanente, de acuerdo a la normativa vigente,

donde se actualizará y se le harán las debidas correcciones y readecuaciones, a sugerencias válidas de los

estamentos que componen la unidad educativa en reuniones técnicas-administrativas y jornadas de

participación de los apoderados.

DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

El presente Reglamento de Convivencia se dará a conocer a través de reuniones del Centro Gral. de

Padres y Apoderados, reuniones de subcentros de cursos, y a través de la entrega del Manual a cada apoderado.

PROTOCOLOS ESCUELA RURAL LA RINCONADA

PROTOCOLO PARA NORMAS DE LA SALA DE CLASES:

En cada sala se podrán desarrollar reglas propias en el contexto de las siguientes recomendaciones que emanen

del Establecimiento Educacional:

Mantener siempre las salas limpias y ordenadas.

Cuidar el mobiliario e infraestructura.

Respetar el derecho y pertenencias de los demás.

Mantener hábitos adecuados como: evitar comer, beber, mascar chicle durante las clases.

Se debe mantener un lenguaje y conductas cordiales y respetuosas hacia los profesores y compañeros de

curso.

Uso de uniforme, acorde a lo solicitado por la escuela.

PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS

Los estudiantes pueden participar de salidas pedagógicas con o sin financiamiento, fuera del recinto de

la Escuela, programadas como parte de su experiencia de aprendizaje que proporcionan información y

enriquecimiento adicional a sus estudios.

Son complementarias al curriculum, por lo que deben estar asociada a una unidad u objetivo curricular.

Deben ceñirse a la normativa de la Escuela y del medio de transporte escogido.

Los padres y/o apoderados deben estar en conocimiento, por ello deberán leer y firmar las

autorizaciones que se enviarán a casa para este efecto.

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Los estudiantes que no presenten los permisos firmados cuando corresponda no podrán participar de la

salida a terreno fijada para ese día y deberán permanecer en el establecimiento cumpliendo su horario

normal desarrollando actividades académicas bajo la supervisión del asistente de la educación o

personal a cargo que designe la Dirección.

Los estudiantes deben respetar las normas del tránsito vigentes para evitar accidentes.

PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE GIRA DE ESTUDIO

Las presentes normas complementan el Reglamento Interno de Convivencia Escolar de la institución, en

cuanto a disposiciones especiales que se aplicarán durante viajes tipificados como Giras de Estudio, ya sean

dentro o fuera del país, de aquellos cursos que los efectúen en su calidad de estudiantes de nuestra Escuela.

Dicha instancia será permitida entre los meses de marzo a octubre con su debida planificación de

actividades y evaluación. Para los estudiantes de octavo básico, se debe realizar durante el primer

semestre (marzo-julio) para resguardo del impacto curricular.

Esta autorización quedará sujeta en ambos casos a la consideración de la Dirección y Sostenedor.

Las gestiones para tal actividad, deberán ser presentadas con un mes de anticipación a la dirección del

establecimiento, con el fin de ser enviadas a la Dirección Provincial de Educación.

Las giras de estudio son una experiencia educativa para los estudiantes, planificados con el objetivo de

favorecer la integración entre los alumnos, y como una instancia de conocimiento y valoración del

medio natural, social y cultural de nuestro país o de alguna nación extranjera.

Es considerada una importante oportunidad de convivencia entre alumnos, profesores y apoderados en

un clima de colaboración, alegría y respeto.

Por ello se realizará un programa de trabajo tendiente a desarrollar las competencias sociales y de

relación de los estudiantes.

Las salidas pedagógicas subvencionadas en el PME-SEP, incluyen a los estudiantes, profesores y/o

funcionarios de la escuela acompañantes.

PROTOCOLO PARA DERIVACIÓN EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Los estudiantes que sean sorprendidos en algún tipo de falta que desfavorezca la Sana Convivencia

Escolar de forma reiterada al interior del Establecimiento, por algún profesor y/o asistente de la

educación podrán ser derivados al equipo de Convivencia Escolar. De igual manera podrán ser

derivados los casos de carácter socio-familiar que un docente o asistente de la educación detecte en

un/a estudiante y que reviste carácter de urgencia o necesidad de atención.

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Para ambos casos, el profesor jefe responsable solicitará la intervención a través de la “Ficha de

Derivación de Casos” que el Equipo de Convivencia Escolar dispone. Debiendo este entregar al Director

o Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento.

El Equipo de Convivencia Escolar, solo focalizará a aquellos estudiantes que posean ficha de derivación,

ya que, a través de esta, se inicia el proceso de intervención.

Para las derivaciones de casos no reiterativos, los inspectores de patio, el profesor o asistente de la

educación podrá informar la situación de forma oral, al Profesor Encargado de Inspectoría o en su

defecto al Encargado/a o profesionales de apoyo del equipo de Convivencia Escolar. Teniendo estos la

obligación de registrar el relato en la carpeta de convivencia escolar y determinar el procedimiento a

seguir.

El equipo de Convivencia Escolar dispondrá de un archivador, en el cual se resguardará el registro de

todos los casos.

PROTOCOLO PARA DOCENTES REEMPLAZANTES:

El docente que realice funciones de reemplazante en el establecimiento deberá:

Presentarse con el Director en el inicio de la jornada, quien entregará la debida inducción.

Recibir las instrucciones sobre el desarrollo de las actividades en el establecimiento, funciones y horario

de permanencia de acuerdo al docente que reemplace.

Firmar el libro de clases, tomar asistencia y completar los contenidos tratados.

Firmar el libro de asistencia.

Presentarse con UTP quien entregará y explicará las planificaciones a desarrollar.

Cumplir con el desarrollo de las planificaciones.

Cumplir con los horarios correspondientes.

Informar cualquier situación anormal al Director.

Se estimará la pertinencia de su participación en los consejos técnicos.

Respetar su horario de salida en la tarde, según carga horaria, destinando este tiempo para preparar el

material para las clases del día siguiente.

Una vez terminado el remplazo entregar planificaciones y guías aplicadas a UTP.

PROTOCOLO PARA MOVILIZACIONES GREMIALES:

Todos los docentes del establecimiento tienen derecho a participar en una movilización.

El docente que no estime pertinente participar, deberá mantenerse activo en sus actividades pedagógicas

habituales.

El docente que quiera participar tiene el deber de cumplir los siguientes requerimientos:

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Presentarse en el establecimiento en el horario de inicio de la jornada de la mañana.

Comunicar al director que participará de la movilización.

Entregar la planificación de las clases del día a UTP.

Firmar la lista de participación en la movilización del establecimiento.

Si en algún momento o día de la movilización depone la postura de participar debe comunicarlo al

Director y reintegrarse a sus labores.

Una vez terminada la movilización reintegrarse a sus labores habituales.

PROTOCOLO PARA SOLICITAR PERMISOS ADMINISTRATIVOS:

Todos los docentes y asistentes de la educación del establecimiento tienen derecho a seis días de permisos

administrativos en el año.

El permiso se debe pedir con mínimo de dos días de anticipación a la Dirección.

Este debe ser mínimo por medio día.

Este se concederá o no, de acuerdo a las necesidades del establecimiento.

El día anterior al permiso debe entregar a UTP la planificación y material fotocopiado para cada una de

las clases.

En caso de una emergencia este será dado inmediatamente.

PROTOCOLO PARA ENFRENTAR UN ACCIDENTE ESCOLAR.

En caso de enfrentar un accidente escolar se activara el siguiente protocolo.

1. Ante nada mantener la calma tanto del accidentado como quien lo atiende.

2. Se traslada al Centro de Urgencia más cercano, se debe llenar el formulario de seguro escolar y dar

aviso a la familia. En caso de no contar con el traslado de un servicio de urgencia, lo realizará el

establecimiento siendo acompañado por algún funcionario de la escuela.

3. Se da aviso al encargado de salud del establecimiento y/o profesor encargado de inspectoría para dejar

registro.

4. Cumplir con el tratamiento entregado en el centro asistencial.

5. Derivar a su domicilio.

PROTOCOLO PARA ANOTACIONES EN EL LIBRO DE CLASES

Las observaciones negativas que los docentes o equipos psicoeducativos y psicosociales deberán estar

enmarcadas en situaciones relevantes y reiteradas que tengan relación con el proceso pedagógico y de formación

del estudiante. Estas deberán ser escritas de forma clara y con lenguaje formal.

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El profesor jefe revisará periódicamente las hojas de vida de todos los estudiantes de su curso,

informando al Equipo de Convivencia Escolar frente al hallazgo de tres anotaciones positivas o

negativas.

Todo estudiante que posea más de tres anotaciones negativas, se citará a su apoderado a entrevista en

donde participará el Director, Profesor Jefe y Equipo de Convivencia Escolar con el fin de establecer

compromisos.

Los acuerdos que emanen de la entrevista serán registrados en la carpeta de convivencia escolar y

firmados por los participantes. El apoderado deberá firmar el libro de clases, para que quede constancia

que tomó conocimiento de la situación de su pupilo/a.

PROTOCOLO DE CONVERSACIONES INDIVIDUALES CON UN MINISTRO DE FE.

Se considerará ministro de fe a un tercero, ajeno a la situación o problemática a tratar por lo que hará lo

siguiente:

- El ministro de fe tendrá como rol, escuchar y guardar absoluta reserva de las conversas realizadas,

y sólo cuando se le requiera, podrá dar a conocer la temática de la conversación.

- Se llevará un registro escrito de la conversación, en la carpeta de convivencia escolar, también podrá

ser grabado si las partes en conversación lo convienen y consienten.

- El registro escrito deberá ser firmado por los participantes de dicha conversación.

PROTOCOLO FRENTE A CASOS DE ABUSO SEXUAL, VIOLACIÓN Y/O MALTRATO INFANTIL

Cualquier adulto del establecimiento educacional que tome conocimiento de un delito, aun cuando no cuente

con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá poner en conocimiento del hecho, en

el menor tiempo posible, Al Director del Establecimiento Educacional. El adulto o el Director están obligados a

denunciar el hecho (art. 175 CPP) ante Carabineros, Fiscalía, Tribunales de Familia o PDI, antes de transcurridas

24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al menor de edad. De lo

contrario, se expone a las penas establecidas en el Código Penal. Existiendo la obligación de denunciar, el

denunciante se encuentra amparado ante acciones judiciales que se puedan derivar de su ejercicio.

1. Recepción del Relato

Esta deberá ser en un lugar tranquilo, acogedor y privado con un solo entrevistador.

El estudiante debe saber que la conversación será confidencial, no presionar al niño o niña para que hable, que

relate por si solo lo sucedido y sin preguntar detalles.

Registrar en la Hoja de Entrevistas, en forma textual lo que el niño/a señala y no intentar indagar más de lo

necesario, eso podría llevar a contaminar e invalidar la única prueba que se pueda tener en casos de abuso

sexual, sobre todo cuando no existen pruebas físicas.

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2. Derivación Interna.

Una vez estando en conocimiento de los hechos, se informará al Director del establecimiento, quien deberá

informar a los padres mediante una entrevista confidencial, al apoderado/a o cuidador/a del niño o niña sobre

la situación acontecida y la obligatoriedad de la denuncia dentro de las próximas 24 horas. Junto con informarle,

se debe acoger al padre/madre y ofrecerle todo el apoyo educativo al niño/a. En el caso que sea el mismo

apoderado/a el/la sospechoso de cometer el abuso, se sugiere no entrevistarlo/a, ya que tienden a negar los

hechos o a retirar a los alumnos de los establecimientos.

3. En caso de Maltrato Infantil y/o Violación.

Ante la Situación de Maltrato Infantil, el o la niña será trasladada al Cesfam de la localidad dónde se realizará la

constatación de lesiones correspondiente por el médico especialista.

Paralelamente, se informará a los padres o cuidadores del niño o niña, de la situación acontecida.

4. Ante la recepción de relato de abuso sexual, violación o Maltrato Infantil sin lesiones

superficiales o sospecha de este.

Se realizará la derivación a la Oficina de Protección de Derechos del niño, niña y adolescente OPD, la cual

determinará el procedimiento a realizar.

5. Ante la recepción de relato de Abuso sexual, Violación o Maltrato Infantil por parte de un/a

funcionario/a de la Escuela.

- Inmediatamente conocida una denuncia de Abuso Sexual Infantil o que se tome conocimiento

directo de los hechos, el funcionario/a deberá informar inmediatamente al Director/a de la escuela,

no más allá de 24 horas de conocido el hecho.

- El Director/a deberá adoptar medidas para que se establezcan las eventuales responsabilidades,

instruyendo de esa manera los procesos disciplinarios que correspondan.

- El Director/a deberá remitir la información al sostenedor del establecimiento.

- El Director/a del colegio deberá disponer como una medida administrativa inmediata de

prevención, la separación del eventual responsable de su función directa con los alumnos/as y

reasignarle labores que no tengan contacto directo con niños/as. Esta medida tiende no sólo a

proteger a los alumnos sino también al denunciado/a, en tanto no se clarifiquen los hechos.

- Sin perjuicio de lo anterior, el Director/a y su Equipo Directivo son los responsables de denunciar

formalmente ante la Justicia.

- El director, citará a los apoderados o cuidadores del estudiante, con motivo de darle a conocer los

hechos de vulneración.

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PROTOCOLO PARA ENFRENTAR EL ACOSO ESCOLAR O BULLYING.

La Dirección del establecimiento y el equipo de convivencia escolar, ante la presencia de casos de Bullying y/o

acoso escolar deberán activar el siguiente protocolo:

Detectar, verificar y registrar la situación de acoso escolar y/o Bullying.

Realizar las entrevistas con ambas partes por separados, para conocer las versiones.

Confrontar a ambas partes (en el caso de la víctima este puede ser reemplazado por su

apoderado) el cual debe quedar registrado.

Citar a los apoderados de ambas partes para informar la situación y comunicar los pasos a

seguir.

En relación a los victimarios y víctima se le realizará un Plan de Trabajo para entregar los

apoyos necesarios.

La víctima y el victimario recibirán apoyo y orientación por parte de profesionales idóneos, de acuerdo a los

recursos con los que cuenta el establecimiento.

1. La o él profesional realizará un informe en relación a la situación.

2. De acuerdo al Informe, se realizará un plan de intervención para trabajar ambos involucrados y se

complementará con mayor vigilancia en los espacios donde han ocurrido los hechos, se abarcará el

tema a nivel de los cursos involucrado a través de talleres y /o actividades.

3. El equipo de convivencia realizará un seguimiento de las conductas de ambas partes por 5 días, el

cual deberá quedar registrado en una bitácora.

4. El equipo de convivencia después de los 5 días deberá evaluar, nuevamente la situación ya sea

para cerrar el protocolo o continuar con el seguimiento.

5. En caso que el o los victimarios reincidan en la misma situación por tercera vez, la situación será

denunciada a Carabineros o PDI más cercanos, solicitando la aplicación de la ley de violencia

escolar.

PROTOCOLO PARA ENFRENTAR CONFLICTOS ENTRE DOCENTES O ASISTENTES DE LA

EDUCACIÓN.

El o la docente o asistente de la educación que tuviese un conflicto con uno de sus pares, se deberá activar el

siguiente protocolo.

1. Una de las partes deberá solicitar una entrevista con el director del establecimiento o con la/el

encargada/o de convivencia para dar a conocer la situación.

2. El director o la/el encargada/o de convivencia deberá citar a entrevista a la otra parte involucrada

en el conflicto, para conocer su versión.

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3. El director o la encargada de convivencia deberá citar a ambas partes a una conversación en donde

habrá una tercera persona como ministro de fe.

4. Ambas partes deberán llegar a un acuerdo, el cual quedará firmado en tres copias: docentes o

asistentes de la educación involucrados, dirección y encargada/o de convivencia.

5. El director o la/el encargada/o de convivencia hará seguimiento de la situación. En caso de no

cumplirse los acuerdos, el director o encargada/o de convivencia deberá llamar a conversar

nuevamente a ambas partes.

PROTOCOLO PARA ENTREVISTA ENTRE DOCENTES Y APODERADOS.

Para las entrevistas de apoderados con profesores se deberá activar el siguiente protocolo.

1. Todo apoderado que asista a entrevista con un docente o profesional deberá ser atendido en la sala

habilitada para dicha situación en oficina de convivencia escolar, Inspectoría o la respectiva de cada

profesional.

2. Las entrevistas deberán realizarse en horarios que el docente o profesional estime conveniente. En el

caso del docente, debido a que el curso no puede dejar de ser atendido las entrevistas serán fuera del

horario de clases, solo en caso excepcional y previamente autorizado por dirección, podrá salir de

su clase para atender a un apoderado, siempre y cuando el curso quede con otro docente o asistente

de la educación.

3. Cuando Profesionales o Equipo Psicoeducativo cite a entrevista a un apoderado, deberá estar

presente o informado el profesor Jefe del estudiante. Sin embargo, el o la Psicólogo y Trabajadora

Social podrá llevar a cabo reuniones sin la participación de un tercero, dado, el contenido privado y

confidencial de sus intervenciones.

4. Cuando la entrevista sea por motivos de mala conducta o faltas graves al reglamente interno por

parte del o los estudiantes, estas se realizarán en presencia del Director del establecimiento,

encargada de convivencia, docente involucrado o encargado del curso al que pertenece el

estudiante, apoderado y estudiante en cuestión.

5. Los acuerdos o temas tratados en las entrevista con los apoderados deberán quedar por escrito y

firmado por ambas partes.

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PROTOCOLOS PARA LA VIGILANCIA DE LOS ESTUDIANTES EN HORARIOS DE DESAYUNO,

ALMUERZO Y RECREOS.

Para las instancias de desayuno, almuerzos y recreos se activa el siguiente protocolo.

1. En el desayuno y en el almuerzo los estudiantes deben asistir al comedor acompañados de un inspector,

quien deberá esperar hasta que sus estudiantes, reciban su alimentación, exceptuando los estudiantes de

pre básico, quienes serán acompañados por la educadora y/o asistente de párvulo.

2. En el desayuno y en los recreos, los estudiantes serán vigilados por el inspector y asistentes de aula del

Primer ciclo.

3. Ante cualquier situación anómala el inspector informará verbalmente al Profesor Inspector y/o

Encargada de Convivencia lo sucedido.

4. Ante situaciones graves el Equipo de Convivencia Escolar junto a la Dirección evaluará cualquier

situación anómala y tomará las medidas correspondientes.

5. En caso que algún estudiante se viera afectado por una reacción alérgica o asfixia por algún alimento, el

inspector deberá aplicar los primeros auxilios de acuerdo a la situación, para posteriormente, avisar a

dirección y activar el protocolo de accidente escolar.

PROTOCOLO ANTE EL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS.

En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante consumiendo alcohol y drogas al interior del

establecimiento educacional, se procederá de la siguiente forma:

1. El profesor, asistente de la educación o cualquier persona de la comunidad educativa que reciba la

denuncia por ingreso, porte y/o consumo de alcohol y drogas por parte de cualquier estudiante

dentro del establecimiento, deberá informar inmediatamente a la dirección del establecimiento, quien

en conjunto con la/el encargada/o de convivencia escolar tomará las acciones correspondientes.

El profesor, asistente de la educación o cualquier persona de la comunidad educativa que reciba la

denuncia de sospecha de que un estudiante consuma alcohol o droga fuera del establecimiento deberá

comunicarlo dentro de 24 horas a la dirección del establecimiento, quien en conjunto con la/el

encargada/o de convivencia escolar tomará las acciones correspondientes.

2. El director del establecimiento en común acuerdo con el/la Encargado/a de Convivencia Escolar,

citarán al apoderado del estudiante para informarle la situación y dar aviso de las acciones a seguir

luego de analizar el contexto en el cual se dio el hecho.

3. En la reunión, el apoderado es informado de la situación de su pupilo (a), y se les informa sobre los

pasos a seguir y de la sanción que deberá enfrentar el estudiante de acuerdo al Reglamento Interno de

Convivencia del establecimiento.

4. El apoderado tendrá 3 días para realizar una apelación si está en desacuerdo, ante el consejo escolar en

relación a la sanción aplicada a su pupilo(a).

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5. El consejo escolar deberá reunirse dentro de los tres días siguiente para dar resolución y respuesta a la

apelación del apoderado.

6. Se citará nuevamente al apoderado para informarle por escrito sobre la resolución que ha tomado el

consejo escolar. Además, se les informará sobre el plan de intervención que se aplicará con el estudiante

y su entorno cercano por parte de profesionales idóneos con los que cuente el establecimiento.

7. Se dejará en carpeta el seguimiento de la situación, en caso de reincidencia, la dirección del

establecimiento tendrá toda la facultad de aplicar el reglamento interno del establecimiento en donde el

apoderado no tendrá derecho apelación por segunda vez.

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS

ESPECIALES.

1. Todo docente está facultado para realizar una derivación, al observar a un estudiante con una posible

Necesidad Educativa Especial, para una posterior evaluación. Esta derivación debe realizarse a través

del formato pertinente a el/la coordinador/a PIE.

2. El/La coordinador/a PIE, entregará la derivación al educador diferencial correspondiente al curso del

estudiante, éste deberá pedir autorización a la familia a través de un consentimiento informado y

anamnesis, esto puede ser con la ayuda de otro profesional de ser necesario. Luego, el/la educador/a

diferencial deberá aplicar la batería “evalua” correspondiente. En relación a los resultados obtenidos, se

deben derivar a los otros profesionales PIE, en caso de cumplir con los criterios pertinentes.

3. Se deberá derivar al psicólogo/a en caso de presentar 2 o más desviaciones estándar, el cual deberá

aplicar la batería Wisc III y un test de habilidades adaptativas de ser necesario, para corroborar o

descartar algún diagnóstico de discapacidad intelectual o funcionamiento intelectual limítrofe.

4. Se derivará a fonoaudiólogo/a, en caso de bajo desempeño en las subpruebas comprensivas y/o

expresivas, en el área de lenguaje; también puede considerar las indicaciones del docente de aula regular

u observaciones en aula. Con estudiantes de pre-básica, la derivación debe ser a través de una prueba

diferente que aplique el educador diferencial o derivación directa de la educadora de párvulos.

5. Se derivará a Trabajador/a Social en caso de sospecha de factores familiares, sociales o comunitarios,

que estén traduciéndose en barreras educativas significativas y que incidan directamente en el

rendimiento del/la estudiante.

6. En relación a los diagnósticos resultantes, los estudiantes de la modalidad transitoria o permanente que

cuenten con mayores necesidades específicas y requieran de intervención personalizada para adquirir

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aprendizajes puntuales, podrán recibir apoyo psicopedagógico de manera individual tanto en aula

común como en aula de recursos. Ello en consideración del decreto supremo 170. Artículo 89 letra C.

7. El equipo del Programa de Integración Escolar planificará reuniones de coordinación, donde el Equipo

de Aula evalúe el avance de los alumnos integrados y establezca nuevas acciones a implementar en

conjunto con el profesor de la asignatura y/o profesor jefe.

8. Sobre las adecuaciones curriculares: Se aplicarán adecuaciones curriculares significativas sólo a los

estudiantes del Programa de Integración que presenten necesidades educativas especiales permanentes,

siendo estas:

- Adecuación de objetivos de Aprendizaje

- Adecuación de contenidos curriculares.

- Disminución carga horaria.

Se aplicarán adecuaciones curriculares no significativas sólo a los estudiantes del Programa de Integración que

presenten necesidades educativas especiales transitorias.

- Adecuación de la metodología de enseñanza.

- Adecuación de la estrategia de evaluación.

Las adecuaciones curriculares que se aplicarán a los estudiantes con NEE serán consignadas en el Plan de Adecuación

Curricular Individual.

9. De la evaluación: Los alumnos de NT1 y NT2 serán sometidos a una valoración de habilidades tempranas al

iniciar el año escolar. Esta evaluación determinará si el niño o niña presenta las habilidades esperadas de

acuerdo a su edad en las áreas de lenguaje, motricidad y coordinación.

10. Todos los alumnos pertenecientes al Programa de Integración Escolar deberán contar con una evaluación

diagnóstica integral inicial y de proceso, la cual se realizará de manera anual al iniciar o finalizar el año

escolar. Dichas evaluaciones deberán quedar plasmadas en el informe psicopedagógico y curricular,

sustentando, junto con las evaluaciones de especialistas, el Plan Educativo Individual de cada estudiante.

11. El profesor(a) jefe o profesor de asignatura y el profesor (a) Especialista realizarán las adecuaciones

curriculares pertinentes, estableciendo los logros a alcanzar. Las evaluaciones de estos estudiantes serán

registradas de común acuerdo entre el profesor(a) de asignatura y el/la profesor (a) Especialista.

12. Se elaborará un Informe de Avance semestral (julio y diciembre) a todos los alumnos PIE de pre básico y

básico que contenga información sobre los apoyos otorgados, progresos, necesidades de apoyo y

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compromisos adquiridos por la familia. Se entregará al apoderado, una copia de este informe que resuma de

manera clara y entendible los resultados y progresos obtenidos por el o la estudiante.

13. A los estudiantes que presenten impedimentos físicos, que no afecten su desempeño intelectual o capacidad

funcional total de algún órgano de los sentidos, para cursar en forma regular una asignatura, se les aplicarán

procedimientos de evaluación diferenciada si lo amerita. El procedimiento evaluativo será responsabilidad

del Profesor de la asignatura y se realizará de acuerdo a los medios y características del estudiante.

14. En el caso de estudiantes matriculados/as en el establecimiento luego del cierre de la plataforma de

inscripción de estudiantes PIE y que presenten NEE, previa entrega de carpeta de antecedentes que respalde

dicha información, el establecimiento resguardará que se proporcionen los apoyos necesarios para favorecer

su aprendizaje.

15. Se aplicará evaluación diferenciada a los estudiantes que así lo requieran, dependiendo de la N.E.E y

corresponderá al profesor(a) jefe o al profesional especialista, informar al profesorado sobre los/las

estudiantes que estén en esa situación y si es transitorio o permanente.

El objetivo de la Evaluación Diferenciada será:

- Determinar el logro de los objetivos a evaluar.

- Dar atención especializada a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE).

- Favorecer que todos los estudiantes desarrollen al máximo sus potencialidades, cualquiera sea su

punto de partida.

16. La Evaluación diferenciada podrá incluir una, varias o todas las estrategias que se presentan a

continuación:

- Reducir el número de ítems requeridos en una tarea/prueba para lograr los objetivos, el cual no podrá

ser inferior al 60% de los ítems originales.

- Al estudiante con necesidades educativas especiales transitorias se le permitirá tiempo adicional, el cual

no podrá exceder dos horas pedagógicas (90 minutos).

- Al estudiante con necesidades educativas especiales permanentes se le permitirá tiempo adicional,

pudiendo optar a 90 minutos de manera continua, o bien divididos en dos módulos de 45 minutos cada

uno. Esto último también podrá ser aplicado de manera excepcional en aquellos alumnos con necesidades

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educativas especiales transitorias que estén entre 3° y 8° básico y que presenten un retraso significativo en

lectura, escritura, matemática o en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio.

- Al estudiante se le proveerá instrucciones adicionales (oral y/o escrita).

- Los enunciados de las pruebas podrán ser aclarados para ayudar al estudiante a comprenderlas mejor.

- Métodos alternativos de evaluación serán empleados: preguntas en formato de selección múltiple en vez

de completar la oración o reemplazar exámenes escritos por evaluaciones orales.

De las calificaciones:

17. El total de calificaciones a consignar en cada asignatura, para los estudiantes del PIE transitorios, serán las

mismas estipuladas en el presente Reglamento, al igual que los ámbitos evaluativos.

18. La nota mínima de evaluación para los estudiantes con NEE de carácter transitorio, excepto los alumnos

diagnosticados con Trastorno de Déficit Atencional (TDA), será expresada en una escala numérica de 2 a 7,

con un 60% de exigencia, considerando la evaluación diferenciada para dichos estudiantes, la cual debe regir

en todas las asignaturas del plan de estudio.

19. Los estudiantes diagnosticados con TDA serán calificados con las mismas condiciones generales, es decir

60% de exigencia, aplicando evaluación diferenciada según lo señalado en el artículo “L”.

20. Los estudiantes permanentes contarán con un PACI (Plan de Apoyo Individual) y de acuerdo esto serán

evaluados.

21. Los estudiantes dados de alta que permanecen en el establecimiento se dejará el registro de la decisión por

parte del equipo de aula.

PROTOCOLO DISMINUCIÓN CARGA HORARIA:

Para los estudiantes que presenten alguna dificultad para responder con la carga horaria dada por el Ministerio de

Educación, se le podrá disminuir la Jornada de clases, previa derivación de profesor jefe hacia el Psicólogo(a) del

establecimiento, para tomar la decisión en conjunto con el equipo de aula de la disminución de la carga horaria del/la

estudiante, para luego ser comunicado al apoderado, por el tiempo necesario de intervención y/o adecuación, de

acuerdo al Decreto 83 Art. 4.

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PROTOCOLOS PARA RETIRAR DOCUMENTOS DE ALUMNOS PIE.

Cuando un alumno que pertenezca al Programa de Integración Escolar (PIE) se retire del establecimiento y

solicite su documentación, se activará el siguiente protocolo:

- La documentación de los estudiantes, se entregará solamente al apoderado tutor y no a terceras

personas.

- El apoderado al momento de recibir la carpeta por parte de los encargados del Programa de integración

escolar, deberán firmar un acta de recibo conforme.

- Aquellos apoderados tutores que por razones de distancia o salud no pudiesen retirar la carpeta con los

documentos de sus pupilos, podrán ceder un poder simple a una tercera persona de su absoluta

confianza. Se dejará una copia del poder en el establecimiento.

- El apoderado junto a la encargada del Programa de Integración Escolar deberán resguardar que en la

carpeta se encuentren los siguientes documentos:

a. Certificado de nacimiento

b. Certificado de estudiante prioritario.

c. Autorización de la familia.

d. Anamnesis.

e. Informe pedagógico

f. Informe Psicopedagógico.

g. Informe especialidad.

h. Síntesis Social

i. Protocolo evaluación especialista

j. Formulario único síntesis evaluación de ingreso

k. Valoración de salud.

l. Informe de familia

m. Otros documentos de interés.

El equipo del Programa de Integración Escolar deberá dejar una copia de toda la documentación entregada, para

que esta sea guardada en el registro de alumnos, como un respaldo.

PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE AGRESIÓN DE UN DOCENTE O ASISTENTE DE LA

EDUCACIÓN A UN ESTUDIANTE.

La dirección del establecimiento, ante la denuncia de una agresión por parte de un Docente o Asistente de la

Educación a un estudiante, activará el siguiente protocolo.

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1. Todos los Docentes, Asistentes de la Educación, padres y/o apoderados y estudiantes que tengan la

seguridad de alguna manifestación de violencia física y/o psicológica de un adulto a un estudiante,

deberá de manera inmediata informar a la dirección del establecimiento de forma escrita.

2. Se procederá a timbrar y firmar por el Director para hacer efectivo el recibo del documento y se

entregará una copia a la persona que realice la denuncia, el cual debe especificar: fecha, nombre de la

persona que realiza la denuncia y firma.

3. Ante el caso que el apoderado realice la denuncia de forma oral, se solicitará la presencia de la o el

encargada/o de convivencia quien deberá realizar un registro escrito del relato el cual será firmado por

el apoderado o adulto responsable del estudiante, Director y Encargada/o de Convivencia.

4. Si esta situación fuera comunicada por cualquier apoderado del establecimiento, se le solicitará que sea

presentada por escrito a la Dirección.

5. La dirección del establecimiento y la encargada de convivencia escolar deberán acoger y registrar la

denuncia de la agresión.

6. La dirección del establecimiento comenzará una investigación donde se deberá escuchar a todos los

participantes del hecho, es decir, al alumno afectado, docente o asistente en cuestión, al docente jefe del

estudiante o curso afectado y apoderado que se sientan afectados por dicha situación. Cada una de las

versiones quedará registrada por escrito y con sus respectivas firmas.

7. En caso de haber agresión física realizar constatación de lesiones en el Centro de salud más cercano.

8. El/la encargada de convivencia o equipo de gestión escolar deberá conversar con el curso donde

ocurrió la agresión a modo de recabar más antecedentes de la situación. Lo cual también quedará

registrado.

9. El equipo de convivencia deberá resguardar la integridad del estudiante y/o curso afectado mientras

dure la investigación de la siguiente manera: no exponiendo al estudiante o curso a narrar más de una

vez el relato para ello se solicitará que estén presentes el Director, UTP, Encargado/a de Convivencia y

profesor(a) jefe del curso. También se podrá grabar la conversación con la aprobación de éstos.

10. Los padres del estudiante o curso involucrado deberán ser informados de la situación mediante

entrevista.

11. En el caso de acreditarse la responsabilidad de un Docente o de un funcionario de la Escuela, en actos de

maltrato, violencia física o psicológica que afecten a un alumno o alumna de la comunidad escolar, se

comunicara vía oficio a la Corporación Municipal de Panguipulli adjuntando una copia de toda la

documentación, siendo esta quien aplicará las medidas que contempla la legislación laboral vigente,

según corresponda.

12. La dirección del establecimiento tomará conocimiento de lo acordado y resuelto por el Sostenedor,

ejecutará las instrucciones emanadas desde el Nivel Superior y mantendrá un Registro detallado del

procedimiento.

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13. En caso de agresión física grave, constitutiva de delito, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el

Artículo 175 y 176 del Código Procesal Penal.

PROTOCOLOS PARA RETIRAR DOCUMENTOS DE ESTUDIANTES DEL ESTABLECIMIENTO EN

CASO DE RETIRO O TRASLADO.

Cuando un alumno que se retire o traslade del establecimiento y solicite su documentación, se activara el

siguiente protocolo:

- El establecimiento se compromete a entregar toda la documentación de la y el estudiante.

- La documentación del estudiante se entregará solamente al apoderado tutor y no a terceras personas.

- El apoderado al momento de recibir la documentación deberá firmar un cuaderno con el motivo del

retiro o traslado y un certificado de recibo de conformidad con la documentación entregada.

- Aquellos apoderados tutores que por razones de distancia o salud no pudiesen retirar la carpeta con los

documentos de sus pupilos, podrán ceder un poder simple a una tercera persona de su absoluta

confianza. Se dejará una copia del poder en el establecimiento.

- Previo al retiro del estudiante, se solicitará un registro a biblioteca del establecimiento dónde especifique

la devolución de la totalidad de los libros.

- Así mismo se solicitará a los y las estudiantes que participen del Proyecto Papageno, la devolución del

instrumento facilitado por la escuela, el cual será revisado al momento de la entrega.

- El apoderado junto al Director deberá resguardar que en la carpeta se encuentren los siguientes

documentos:

Certificado de nacimiento.

Certificado de estudios del año de acuerdo al periodo escolar.

Certificado de estudios de años anteriores.

Informe Pedagógico si el alumno no tuviera calificaciones.

Certificado de alumno prioritario.

Fotocopia Hoja de vida del alumno.

Textos escolares.

PROTOCOLO PARA EMBARAZO ADOLESCENTE

En Chile, se encuentra garantizado el derecho de las estudiantes embarazadas y madres a permanecer en sus

respectivos establecimientos educacionales, sean éstos públicos o privados, sean subvencionados o pagados,

confesionales o laicos. Es por ello, que la Ley N° 20.370/2009 (LGE) General de Educación, Art. 11 señala: “El

embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los

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establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y

administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”.

- Tanto la estudiante embarazada como el progenitor adolescente, tendrá autorización para concurrir a las

actividades que demande el control prenatal y cuidado del embarazo. Cabe señalar que los derechos son

los mismos para estudiantes varones que estén en situación de paternidad, con personas que no

pertenecen a nuestro establecimiento. La estudiante tendrá autorización para asistir al baño cuantas

veces lo requiera.

- Para las estudiantes embarazadas, no se considera el 85% de asistencia a clases durante el año escolar,

esto debe ser por situaciones derivada por el embarazo como por ejemplo: pre natal, parto, post natal,

control de niño sano, lactancia.

- El establecimiento contará con un docente responsable de realizar tutorías, se privilegiará que esta labor

la cumpla el/la profesor/a jefe de la estudiante. El cual llegara de mutuo acuerdo con la estudiante el

día y la hora de atención, además el profesor jefe estará apoyado por U.T.P y Profesionales competentes

que disponga la escuela, según corresponda y según las problemáticas de la o las estudiantes

embarazadas.

- Las estudiantes embarazadas serán promovidas si completan sus dos semestres o; si fuera necesario por

problemas de salud durante el embarazo, parto y post parto; se hará término anticipado del año escolar

o se les aprobará con un semestre rendido, siempre y cuando cumplan con la normativa de aprobación

por rendimiento estipulada en el Reglamento de Evaluación para todos los alumnos.

- La madre adolescente determinará el período de alimentación de su hija o hijo que pudiera ser un

máximo de una hora, lo cual estará sujeto a lo que indique el médico tratante. Este periodo debe estar

comunicado formalmente a través de una carta a la dirección de la Escuela. El período para entregar la

carta debe ser dentro de la semana de ingreso de la alumna. El apoderado firmará una carta de

compromiso en la cual se detallará el apoyo que le brindará a su pupila con respecto a sus deberes

académicos.

- Si la estudiante reside a una distancia que no le permite alimentar a su hija o hijo en el tiempo

estipulado, podrá realizar una solicitud de forma escrita para continuar el año escolar realizando

exámenes libres considerando los siguientes puntos:

- La profesora o profesor encargado elaborará el material académico y se le hará entrega de este para

facilitar el proceso de estudio.

- Contará con horarios de consultas dónde la estudiante podrá resolver dudas y recibir asesoría.

- Se calendarizarán las evaluaciones inmediatamente después de aceptada la solicitud, en la cual deberá

estar especificado claramente fecha y hora en la que se realizarán dichas evaluaciones.

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PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE NEGLIGENCIA PARENTAL

1. En caso de que los profesores observen descuido de parte de los padres hacía sus hijos (Ropa sucia luego

de un fin de semana, inasistencias a reuniones o citas individuales, falta de higiene personal, sueño

constante, tareas sin hacer, apatía, despreocupación de situaciones que afectan al niño o niña) deberán

ser derivados a los profesionales competentes que posea el establecimiento.

2. Se citará al alumno afectado a entrevista para conocer antecedentes familiares y sociales. Esto permitirá

indagar en las causas que ocasionan la problemática.

3. Se citará a entrevista al apoderado para conocer su visión de la situación y se explicará acerca de la

negligencia parental y como forma de vulneración y maltrato infantil.

4. Si el apoderado no asiste a entrevista y no presenta justificación mediante comunicación o mensaje con

la niña o niño, se realizará una nueva citación al día siguiente para una nueva fecha de entrevista.

5. Si el apoderado nuevamente no asiste a la entrevista, se realizará visita domiciliaria que permitirá

conocer la realidad social y familiar del estudiante.

6. Se invitará a los padres, apoderados o cuidadores del estudiante a participar de talleres individuales,

los que serán elaborados por los profesionales y se observará al alumno durante las 3 semanas siguiente

de ser enviado a los talleres.

7. De no observarse cambios y la situación continúe, o los padres, apoderados y/o cuidadores del

estudiante no se adhiere al apoyo ofrecido por la escuela, se consultará al Consejo Escolar la situación y

los antecedentes que posean los profesionales que brindan apoyo a la familia, con el objetivo de

informar a Oficina de Protección de los Derechos del niño, niña o Adolescente.

PROTOCOLO EN SITUACIÓN DE AUSENCIAS REITERADAS

1. En el caso de que algún alumno presente inasistencias reiteradas y de forma prolongada, se citará a

entrevista al alumno con un integrante del equipo de convivencia, para conocer la situación por la cual

no asiste a clases. Con el objetivo de conocer las posibles causas que den origen a las inasistencias.

2. Luego se citará a entrevista a los apoderados en conjunto con el/la Encargado/a de Convivencia,

Profesional competente y Profesor (a) Jefe, donde se orientará a cerca de las consecuencias que conlleva

las reiteradas inasistencias.

3. Se hará un seguimiento del alumno durante 15 días, en caso de que el alumno continúe con

inasistencias se citará nuevamente al apoderado y se presentará un plan de trabajo individual que

tendrá como objetivo incentivar el compromiso de la familia y el alumno con el proceso educativo.

4. Al no cumplir el compromiso firmado, se realizará paralelamente visita domiciliaria a la familia lo que

permitirá conocer e indagar antecedentes familiares que permitan una mejor asesoría de parte de la

escuela.

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5. Al no mostrar adherencia al plan de trabajo realizado, se enviará a la Oficina de Protección de los

Derechos del niño, niña y Adolescente OPD un oficio dónde se informe sobre la vulneración de derecho

a la educación de la cuál es víctima el niño o niña.

PROTOCOLO ANTE FUGA DE ESTUDIANTES

Ante los casos de fuga de uno o más estudiantes, tanto internas como externas, el establecimiento tomará las

siguientes determinaciones:

1. Ante la leve sospecha que presente un docente de la ausencia de un estudiante en la sala de clases o

actividades masivas desarrolladas en el establecimiento durante la jornada escolar, sin previa

autorización de inspectores, docentes, profesionales y/o apoderado. Se reportará de manera inmediata

al Director.

2. Ante la ausencia “sospechosa” de los estudiantes, el director activará la alarma, buscando en los espacios

del establecimiento a los estudiantes.

3. De no encontrar al/la o los/las estudiantes dentro de la escuela, el Director dará aviso a Carabineros

para la búsqueda de estos.

4. El establecimiento, deberá notificar vía telefónica a los apoderados la situación.

5. El director, en presencia del estudiante, apoderado, profesor jefe y encargado/a de Convivencia Escolar,

determinarán la sanción de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

PROTOCOLO ANTE CASOS DE EPILEPSIA

En caso que un/una estudiante convulsione durante la jornada escolar, el docente, asistente de la educación, o

auxiliares de servicio presente/es ante el episodio, deberá actuar de la siguiente manera:

1. Ante todo mantener la calma.

2. Anotar el tiempo de convulsión, para identificar el tipo de convulsión.

3. Proteger a la persona para que no se haga daño (Posición de seguridad, acostado en posición lateral).

4. Poner algo blando debajo de la cabeza.

5. Derivar a servicio de salud más cercano, acompañado/a por un adulto responsable del establecimiento.

6. El establecimiento, comunicará de manera inmediata al apoderado la situación.

7. El establecimiento, derivará al estudiante hasta su domicilio, en compañía de su apoderado.

PROTOCOLO EN SITUACIÓN DE ACOSO LABORAL Y/O ACOSO SEXUAL

- Acoso laboral, toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterado, ejercida por el

empleador, por uno o más trabajadores en contra de uno u otros trabajadores, por cualquier medio y

que tenga como resultado para él o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación o bien que

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amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. Acto contrario a la

dignidad de las personas.

- Acoso Sexual, se produce cuando una persona - hombre o mujer - realiza en forma indebida, por

cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por la persona requerida - hombre o

mujer - y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

Ante la consecución de una de estas causas, el establecimiento adoptará el siguiente procedimiento:

1. La persona afectada deberá hacer llegar su reclamo por escrito a su empleador o a la respectiva

Inspección del Trabajo.

2. Recibida la denuncia el empleador, deberá adoptar las medidas de resguardo necesarias respecto de los

involucrados, tales como la separación de los espacios físicos o la redistribución del tiempo de jornada,

considerando la gravedad de los hechos imputados y las posibilidades derivadas de las condiciones de

trabajo. En caso que la denuncia sea realizada ante la Inspección del Trabajo, esta sugerirá a la brevedad

la adopción de aquellas medidas al empleador.

3. El empleador dispondrá la realización de una investigación interna de los hechos o, en el plazo de cinco

días, remitirá los antecedentes a la Inspección del Trabajo respectiva. Ante cualquier caso la

investigación deberá concluirse en un plazo de treinta días. Si se optare por la investigación interna,

esta deberá constar por escrito, ser llevada en estricta reserva, garantizando que ambas partes sean oídas

y puedan fundamentar sus dichos, y las conclusiones deberán enviarse a la Inspección del Trabajo

respectiva.

4. Las conclusiones de la investigación realizada por la Inspección del Trabajo o las observaciones de esta a

aquella practicada en forma interna, serán puestas en conocimiento del empleador, denunciante y

denunciado.

5. En conformidad al mérito del informe, el empleador deberá, dentro de los siguientes quince días,

contados desde la recepción del mismo, disponer y aplicar las medidas y sanciones que correspondan.

PROTOCOLO ANTE CASOS DE EXPULSIÓN Y/O CANCELACIÓN DE MATRICULA

La escuela adoptará estas medidas y podrán aplicarse siempre y cuando la falta afecte gravemente la

convivencia escolar o se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica

de alguno de los miembros de la comunidad escolar.

En los casos de que la causal invocada corresponda a hechos que afecten gravemente la convivencia escolar,

el Director del establecimiento, previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula,

deberá:

1. Haber representado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo

la posible aplicación de sanciones.

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2. Haber implementado a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que

estén expresamente establecidas en el reglamento interno.

Las medidas disciplinarias de cancelación de matrícula y de expulsión son excepcionales, y no podrán

aplicarse en un período del año escolar que haga imposible que el estudiante pueda ser matriculado en otro

establecimiento educacional, salvo cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la

integralidad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar.

Al momento de aplicar estas medidas el establecimiento deberá seguir el siguiente procedimiento:

1. La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el Director

del establecimiento.

2. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su

padre, madre o apoderado.

3. El estudiante afectado o su padre, madre o apoderado, podrán pedir la reconsideración de la medida

dentro de quince días de su notificación, ante el Director, quien resolverá previa consulta al Consejo de

Profesores.

4. El Consejo de Profesores deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes

técnicos psicosociales pertinentes. Comunicando la resolución de la apelación, a la familia del estudiante

implicado.

5. El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de

matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de

Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, el cumplimiento del

procedimiento contemplado en la ley.