Reinado isabel ii amplio

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TEMA 3. LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL Historia de España Juan Antonio González Las regencias (1833-1843), El reinado de Isabel II (1843-1868), y El sexenio revolucionario (1868-1874)

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TEMA 3. LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL

Historia de España

Juan Antonio González

Las regencias (1833-1843), El reinado de Isabel II (1843-1868), yEl sexenio revolucionario (1868-1874)

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1. Introducción y antecedentes

Etapa revolucionaria (monarquía absoluta=>Estado burgués parlamentario, economía del A. Régimen=>Capitalismo).

Período de agitación política y militar.

Desarrollo económico. Inicios del movimiento

obrero.

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Antecedentes: Fernando VII Sexenio Absolutista

1814-20 Trienio

Constitucional 20-23

Década Ominosa 23-33

Guerra de los Agraviados e inicio del Carlismo

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Ley Sálica (prohibición de acceder al trono para las mujeres)

Pragmática Sanción (supresión Ley Sálica)

Sucesos de la Granja (derogación Pragmática Sanción)

Restitución de la Pragmática Sanción

Muerte de Fernando VII y enfrentamiento entre Carlos Mª Isidro y los que apoyan a Isabel II.

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2. Oposición al sistema liberal : 1ª Guerra Carlista

Tras la muerte de Fernando, Carlos Mª Isidro revindica desde Portugal sus derechos dinásticos (Manifiesto de Abrantes) y comienza en España una guerra civil.

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Carlos María Isidro

La construcción del Estado Liberal

Carlos María Isidro de Borbón, hermano de Fernando VII, fue el candidato “carlista” con el nombre de Carlos V a la corona española.

La publicación de la Pragmática sanción que anulaba la Ley Sálica inicio el conflicto con su hermano (del que era legítimo heredero hasta ese momento).

Con el apoyo de “los apostólicos” primero, y de los absolutistas y “carlistas” más tarde, mantuvo con su sobrina una guerra civil desde 1833 hasta 1839.

En 1845 abdico sus derechos en su hijo Carlos VI.

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EL MANIFIESTO DE ABRANTES.

¡Cuán sensible ha sido a mi corazón la muerte de mi caro hermano! Gran satisfacción me cabía en medio de las aflictivas tribulaciones, mientras tenía el consuelo de saber que existía, porque su conservación me era la más apreciable. Pidamos todos a Dios le dé su santa gloria, si aún no ha disfrutado de aquella eterna mansión.

No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos y todos mis amados sanguíneos, me esfuerzan a sostener y defender la corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetuada.

Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano (que santa gloria haya), creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta aquel momento había sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora será el que no jure mis banderas, a los cuales, especialmente a los generales, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos cargos cuando la misericordia de Dios, si así conviene, me lleve al seno de mi amada patria, y a la cabeza de los que me sean fieles.

Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad, No padezca yo el sentimiento de que los católicos españoles que me aman, maten, injurien, roben ni cometan el más mínimo exceso.

El orden es el primer efecto de la Justicia; el premio al bueno y sus sacrificios, y el castigo al malo y sus inicuos secuaces, es para Dios y para la ley; y de esta suerte cumplen lo que repetidas veces he ordenado.

Abrantes, 1 de Octubre de 1833, Carlos María Isidro de Borbón

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Esquema global etapas históricas

La construcción del Estado Liberal

Las Regencias 1833 – 1843 Mª Cristina 1833 – 1840 Espartero 1840 – 1843 Guerras carlistas 1834 – 1839

Isabel II 1844 - 1868 Década Moderada 1844 – 1854 Bienio progresista 1854 – 1856 Vuelta al Moderantismo 1856 – 1868

Sexenio Revolucionario 1868 – 1874 La Gloriosa revolución y la Regencia 1868 – 1871 Amadeo I 1871 – 1873 La Primera República 1873 – 1874

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PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)

LA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

¿QUÉ FUE?

CONFLICTO SUCESORIO

Isabel II

Carlos MªIsidro

CONFLICTO IDEOLÓGICO

Liberales

Absolutistas

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María Cristina de Borbón

La construcción del Estado Liberal

Regente desde 1833 hasta 1840, durante la minoría de edad de su hija Isabel II.

María Cristina de Borbón fue la cuarta mujer de Fernando VII. Tres meses después de su muerte (septiembre de 1833) se casó en secreto y con un matrimonio morganático con el sargento Agustín Fernández (diciembre de 1833).

Este matrimonio y su actuación durante el reinado de su hija la hicieron tremendamente impopular

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1.1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)LA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

¿APOYOSSOCIALES?

CARLISTAS

ISABELINOS OCRISTINOS

Clero rural y regular Pequeño

campesino

Artesanosarruinados

Baja noblezarural

Alta nobleza

BurguesíaNegocios

Jerarquía de La Iglesia

funcionarios

UltraconservadoresEjércitoY adm.

clases mediasurbanas

AbsolutistasReformistas

(Cea Bermúdez)

Liberales(moderados, Progresistas

Y exiliados ret.

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Bando Carlista: absolutistas radicales “alianza Altar y Trono”.

Parte de nobleza y ejército, bajo clero y parte de campesinos y artesanos.

Importancia de los fueros.

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Bando cristino-isabelino:

Absolutistas moderados y liberales, mayoría del ejército, funcionarios y altas jerarquías de la Iglesia, burguesía de negocios, intelectuales, obreros y campesinado del sur.

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)

IDEOLOGÍA

ISABELINOS OCRISTINOS

CARLISTAS• Antiliberal y tradicionalista• Defienden el A. Régimen• Ultracatólicos• Mantener los fueros• Unión Trono+Altar

• Liberalismo moderado• Acabar con el A. Régimen (Pacto entre élites)• Política reformista• Limitar la influencia de la Iglesia

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)LA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

APOYOSINTERNACIONALES

CARLISTAS

ISABELINOS OCRISTINOS

ImperioPrusiano

Imperio Ruso

Imp. Austriaco

Inglaterra

FranciaPortugal

Ninguno: Sin apoyo instituc.

Sin capital

Reconocimiento y apoyo militar y diplomático

Simpatía

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Apoyos internacionales: María Cristina: apoyo diplomático y militar

de Portugal, Inglaterra y Francia (Cuádruple Alianza).

Carlismo: favor de los imperios austríaco, prusiano y ruso.

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)LA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

APOYOS ENEUROPA

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)LA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

ETAPAS:

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La guerra Las partidas carlistas

empezaron por País Vasco, Navarra y Cataluña, con un gran ejército bajo Zumalacárregui, que muere en el sitio de Bilbao.

Desde ese momento y al avanzar hacia el sur no encontraron el apoyo deseado y pasaron a la defensiva acorralados por el general Espartero.

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La 1ª Guerra Carlista 1834 – 1839

La construcción del Estado Liberal

El Carlismo Definido como Antiliberalismo. Lema “Díos, Patria, Rey”. Frente a la centralización y uniformidad del liberalismo. Fueros: ordenamiento jurídico propio de Vizcaya y Navarra Formado: Iglesia, nobleza local, artesanado y campesinos.

El conflicto Zonas: País vasco; Navarra. Cataluña, Valencia, Castillas. Inicio: Victorias del General carlista Tomas Zumalacárregui. Sitios de Bilbao. Expediciones del General Gómez (1836), de don Carlos

(1837); Morella (Cabrera) 1840. División entre Apostólicos y Marotinos. Convenio de Vergara Agosto de 1839. Espartero – Maroto.

* Mantenimiento de los fueros * Reconocimiento de los grados carlistas

Documento 1

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Causas derrota Carlista:1) Superioridad material bando Cristino.2) Falta de apoyo popular al Sur del Ebro.3) Nulo respaldo exterior

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Las tropas cristinas fueron venciendo hasta llegar al Convenio de Vergara entre Espartero y Maroto.

Los carlistas se rendían y aceptaban a la reina y a cambio se presentaban sus grados para el ejército y los fueros.

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A pesar del Abrazo de Vergara, Espartero tuvo que tomar Morella a la fuerza, se sucedieron otras guerras carlistas y el norte quedo desvastado y manteniendo el carlismo durante generaciones.

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El Abrazo de Vergara Artículo 1º — Espartero recomendaría al gobierno proponer a las

Cortes la concesión o modificación de los fueros. Arts. 2º, 3º, 4º, 5º y 6º — Los empleos, grados y condecoraciones

carlistas serían reconocidos, pudiendo seguir sirviendo los oficiales a Isabel II acatando la Constitución de 1837 o bien solicitar el retiro o la licencia temporal. Recibirían los sueldos que correspondían por reglamento. Los que marchaban a vivir al extranjero, recibirían 4 pagas por adelantado y las restantes al volver a España. Todo esto se hacía igualmente extensivo a los empleados civiles del ejército carlista.

Art. 7º — Lo acordado se aplicaría a los integrantes de las divisiones de Navarra y Álava si estaban dispuestos a aceptar lo convenido.

Art. 8º — Los carlistas debían entregar armas, vestuarios y víveres a Espartero.

Art. 9º — Los prisioneros de los cuerpos de Vizcaya y Guipúzcoa, así como los de la división castellana que aceptasen el convenio, quedarían en libertad, reconociéndoles todo lo acordado en los artículos citados.

Art. 10º — Espartero se comprometía a solicitar al gobierno —para que éste lo hiciese extensivo a las Cortes— atender a las viudas y huérfanos de carlistas muertos en la guerra

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Consecuencias de la guerra Inclinación de la monarquía hacia el

liberalismo

Protagonismo político de los militares. Ante la amenaza carlista, los militares se convierten en una pieza clave para la defensa del régimen liberal. Los generales o espadones se sitúan al frente de los partidos políticos y se erigen en árbitros de la visa política. El pronunciamiento se convierte en habitual para instaurar cambios de gobierno o de reorientar la política del reino.

Enormes gastos de guerraLa construcción del Estado Liberal

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Las Regencias 1833 – 1843

La construcción del Estado Liberal

Regencia de Mª Cristina 1833 – 1840 Estatuto Real 1834 – 1836

Concesión de la Corona; Soberanía en el Rey. Bicameral, Cortes consultivas (Próceres y Procuradores). Sufragio censitario indirecto, 0,15 % población.

Motín de la Granja. Crisis de 1836 Constitución de 1812 Desamortización de Juan Álvarez de Mendizábal

Constitución de 1837 – 1845 Soberanía compartida; Rey derecho de veto y disolución Bicameral (Senado y Congreso). Sufragio censitario directo, 2% población. Democratización Ayuntamientos; Libertad de comercio. Abolición de los señoríos y del diezmo.

Regencia de Espartero 1840 – 1843 1841 Conspiración. Asalto al Palacio Real. Enfrentamiento con los moderados 1842 Clausura de las Cortes. División de los Progresistas. Esparteristas y legales 1842, 3 diciembre. Sublevación de Barcelona. Bombardeo de Monjuïc. 1843, julio. Sublevación. Torrejón de Ardoz. General Ramón Mª Narváez. 1843, 8 Noviembre. Mayoría de edad de Isabel II con 13 años.

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)EVOLUCIÓN POLÍTICA (1833-1840)

1ª- GOBIERNOS DE TRANSICIÓN (1833-1835)- Gobierno de Cea Bermúdez:

Tímidas reformas administrativas (división provincial-Javier de Burgos)

Compuesto por absolutistas moderados.

Liberales ven insuficientes las reformas

-Gobierno de Martínez de la Rosa: Liberales moderados. Primeras reformas muy limitadas. Estatuto Real- no es una constitución.

Conjunto de normas para convocar a las Cortes.

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Sustitución de Cea Bermúdez como jefe de gobierno (del cual formaba parte Javier de Burgos), por Martínez de la Rosa (liberal moderado).

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La construcción del Estado Liberal

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Otras medidas: división territorial en provincias; definitiva eliminación de gremios y libertad industrial y de comercio; supresión de la Inquisición; fuerte limitación de la libertad de prensa.

La división provincial de Javier de Burgos de 1833 incluía 49 provincias. El mismo decreto que creó la división provincial agrupó a las provincias en "regiones históricas". Sin embargo, el decreto de Javier de Burgos no pretendía crear ningún nivel administrativo superior al provincial. Así, las regiones definidas no tenían ningún tipo de competencia u órgano administrativo o jurisdiccional común a las provincias que agrupaba, teniendo la adscripción a regiones un carácter clasificatorio, sin pretensiones de operatividad administrativa

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El modelo eran los departamentos franceses.

Esta división seguía ciertos criterios "racionales":

- extensión (desde el punto más alejado de la provincia debería poder llegarse a la capital en un día)

- población (las provincias deberían tener una población entre 100.000 y 400.000 personas)

- coherencia geográfica.

A la cabeza de cada provincia, el gobierno de la nación designaría un representante

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La construcción del Estado Liberal

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Martínez de la Rosa Medidas liberales: amnistía, libertad de

prensa limitada y reestablecimiento Milicia Nacional.

Estatuto Real de 1834: Cortes elitistas (Próceres y Procuradores), sufragio censitario y amplios poderes para la Corona.

División de los liberales: moderados (a favor del gobierno y medidas prudentes) y progresistas (reformas más radicales y restauración de la Pepa).

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El estatuto Real de 1834

La construcción del Estado Liberal

• 50 artículos – se regula la composición y el funcionamiento de las nuevas cortes

• Cortes bicamerales:

1) Próceres: Nobleza, clero y gran burguesía (60.000 reales año)Designación real y cargo vitalicio

2) Procuradores: sufragio censitario muy restrictivo e indirecto (12.000 reales año)

• Convocatoria solo bajo iniciativa real• Solo podía consultar lo que se les preguntara• Eran disueltas a voluntad real

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Problemas del gobierno moderado: falta de fondos, errores en la guerra, Carlismo que provocó asaltos de conventos.

Martínez de la Rosa es sustituido por el Conde de Toreno.

El levantamiento liberal de 1835 hace que se nombre jefe del gobierno a Mendizábal.

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La construcción del Estado Liberal

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Los liberales moderados, antiguos doceañistas en el Trienio:

• Orden y autoridad fuerte: fortalecimiento del poder del rey y restricción de las libertades.

• Rechazo de las reformas que pusieran en cuestión sus propiedades, veían el exceso de libertad como un peligro al poder ser utilizada por las clases populares.

• Sufragio censitario muy restringido.

• Designación de los ayuntamientos por el gobierno central.

• Supresión de la Milicia Nacional.

Este programa se concretó en la Constitución de 1845, Ley de Ayuntamientos de 1845 y Ley Electoral de 1846.

 Su apoyo social residía en las clases altas del país: terratenientes, grandes industriales, burguesía financiera y comercial.

 Sus principales dirigentes fueron Martínez de la Rosa, el general Narváez yAlejandro Mon.

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Los liberales progresistas, antiguos exaltados, mantendrán hasta 1868 el siguiente ideario:

• Limitación del poder de la Corona.

• Ampliación del sistema de libertades.

• Defensores de reformas radicales como la desamortización de los bienes eclesiásticos y de los ayuntamientos.

• Ampliación del cuerpo electoral. Defienden un voto censitario más amplio.

• Elección popular de alcaldes y concejales en los ayuntamientos.

• Liberalismo económico y reducción de la protección arancelaria.

• Constitución de un cuerpo armado, la Milicia Nacional, como garante de las libertades.

Los progresistas concentraron su apoyo social en las clases medias urbanas: artesanos, tenderos, empleados...Sus principales dirigentes fueron Espartero, Mendizábal, Madoz, Olózaga y Prim.A lo largo del reinado de Isabel II y la regencia de su madre María Cristina solo estuvieron en el poder durante breves períodos: 1835-1844 y 1854-56 (Bienio progresista). La mejor concreción de su programa fue la Constitución de 1837.

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Los liberales progresistas exigen cambios reales…

La construcción del Estado Liberal

Estallido de violentas revueltas populares (Quema de conventos o Matanza de frailes en Madrid en 1834, incendio de la fábrica textil de Bonaplata en Barcelona).

Manifestaciones populares.

Formación de Juntas Revolucionarias en varias ciudades.

La Regente destituye a Toreno y nombra a Mendizábal como Jefe de Gobierno

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La construcción del Estado Liberal

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Juan Álvarez de Mendizábal (1790 -1853).

Nacido en Cádiz, de origen judío, demostró sus cualidades como político y financiero durante la guerra de la Independencia.

Más tarde, participó en el pronunciamiento de Riego (1820), tras el cual se vio obligado a refugiarse en Londres.

De regreso a España desempeñó el cargo de ministro de Hacienda durante la regencia de Mª Cristina.

Entre las principales medidas que adoptó figura la de declarar propiedad nacional los bienes raíces, rentas y derechos de las comunidades religiosas, disponiendo su salida a pública subasta (1836-1837)

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Mendizábal Medidas: medidas de

guerra (impuesto y refuerzo Guardia Nacional), desmantelamiento Antiguo Régimen (libertad de imprenta, supresión conventos, desamortización clero regular,…)

Enfrentamiento con los moderados y la Regente y sustitución por Javier Istúriz.

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La construcción del Estado Liberal

Con Mendizábal en el Gobierno se procederá a convocar unas Cortes para reformar el Estatuto Real proponiéndose éste acabar con los dos males que ahora padecía España:

- La guerra carlista - La crisis de la Hacienda.

Ambos problemas están relacionados entre sí, porque para afrontar la guerra civil era preciso obtener recursos económicos y para ello, había que reformar la Hacienda.

La solución que Mendizábal quiere dar al problema de la Hacienda tiene dos partes: primero la consecución de créditos del exterior, y segundo la expropiación de las tierras de la Iglesia, es decir una desamortización eclesiástica, puesto que según él con los bienes que se obtuvieran se pagaría la deuda nacional y se obtendrían créditos extranjeros.

Un Decreto del 11-10-1835 suprime las comunidades religiosas, excepto las que se dedicaban al cuidado de los enfermos y niños pobres.

La Desamortización no tenía únicamente una razón económica, junto a éste intento, los liberales buscaban la adquisición de simpatizantes para su partido; sin embargo, éste intento fracasará porque los beneficiados de la Desamortización serán los que tenían poder económico para comprar las tierras.

La Solución de Mendizábal

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La construcción del Estado Liberal

El 15 de mayo de 1836 la regente María Cristina de Borbón destituyó como presidente del gobierno al líder progresista Juan Álvarez Mendizábal, que había sido nombrado en septiembre de 1835, y nombró para sustituirle al moderado Francisco Javier Istúriz La respuesta de los progresistas fue iniciar una serie de revueltas populares en diversas ciudades, en muchos casos encabezadas por la "Guardia Nacional", que se extendieron por todo el país -singularmente en Málaga, Zaragoza y Barcelona-, y que estuvieron acompañadas de conatos de insurrección de algunas unidades militares.

En este contexto (y con las expediciones carlistas en marcha), tuvo lugar en 1836 la "Sargentada de la Granja". Los sargentos de la Guardia Real obligaron a la Reina Regente que descansaba en el palacio de la Granja de San Ildefonso a suspender el Estatuto Real, a proclamar la Constitución de 1812 y a nombrar un gobierno liberal progresista presidido por José María Calatrava con Juan Álvarez Mendizábal de nuevo en la cartera de Hacienda

María Cristina tuvo que llamar a los progresistas al poder con Mendizábal. Una vez en el gobierno, dándose cuenta de que la Constitución de 1812 era inaceptable para los moderados, iniciaron un proceso de reforma de la Constitución de Cádiz, buscando el compromiso con los moderados mediante una serie de concesiones.

LA SARGENTADA DE LA GRANJA

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Sublevación de la Guardia Real en el Palacio de la Granja y elección de Calatrava como nuevo jefe del gobierno.

María Cristina, firmando por imperativo de los sargentos de la Granja el decreto del cambio de constitución

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La construcción del Estado Liberal

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Calatrava Medidas de supresión

del Antiguo Régimen (eliminación Régimen señorial, vinculaciones y mayorazgos, sustitución del diezmo por impuesto al culto, reestablecimiento ley municipal del Trienio de elección de alcaldes y colocación de Espartero al frente de la guerra.

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El nuevo texto constitucional tuvo las siguientes características:

• Se establecía, sin lugar a dudas, el principio de la soberanía nacional.• El Estado se organizaba siguiendo la división de poderes:

Cortes bicamerales: Congreso de los Diputados (elección directa y sufragio censitario) y Senado (Senado nombrado por el rey, tras elección de una terna por el cuerpo electoral)

Todas las leyes aprobadas por ambas cámaras

Poder ejecutivo: el Rey.Otros poderes del monarca:

Iniciativa legislativa.Veto ilimitadoEl rey designaba a senadores y nombramiento de ministros. Los ministros debía conseguir la “doble confianza”, además de ser nombrados por el rey debían ser aceptados por las Cortes.En caso de desacuerdo, el rey podía adoptar la disolución de las Cortes.

• Se recogían diferentes derechos individuales y libertad de imprenta.• No se prohibían otras religiones. El Estado se comprometía a subvencionar al

clero expropiado con las desamortizaciones.

Constitución de 1837

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)EVOLUCIÓN POLÍTICA (1833-1840)

POLÍTICAS

REFORMAS DE LOSPROGRESISTAS:

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División de los liberales: Moderados (en torno a la Regente) y Progresistas en torno a Espartero.

Insurrección liderada por Espartero, dimisión y exilio de la Reina (1840).

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

1. REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1840)EVOLUCIÓN POLÍTICA (1833-1840)3ª- GOBIERNOS MODERADOS (1837-1840): Se convocan elecciones tras la

aprobación de la nueva Constitución que ganan los moderados.

Modificación de algunas reformas anteriores (más limitación del sufragio, devolución de algunos bienes expropiados a la Iglesia, y sobre todo Ley de Ayuntamientos de 1840).

Movimiento insurreccional por el país. Se forman juntas revolucionarias. La Regente Mª Cristina deja su cargo.

Los progresistas ofrecen su apoyo al general Espartero, héroe de la guerra carlista y este se convierte en el nuevo Regente.

Baldomero Espartero (1793-1879).Militar manchego de origen humildeparticipó en la guerra de la Inde-pendencia y marchó después a lasguerras por la emancipación de América, donde hizo fortuna. Su fa-ma la debe a sus éxitos en la guerraCarlista. Se convirtió en líder de losprogresistas enfrentándose a la Re-gente a quien sustituyó en 1840.Gobernó de forma autoritaria y ten-drá que dejar el poder en 1843.

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1. PERIODO DE LAS REGENCIAS (1833-1843)

2. REGENCIA DE ESPARTERO (1840-1843) Gobernó de manera autoritaria. Se

desentendió de las Cortes y se rodeó de una camarilla de militares fieles: los ayacuchos. Esto hizo que dentro del ejército tuviera grandes enemigos: Prim, Serrano, Narváez u O´donnel.

Siguió políticas de Mendizábal: Desamortización bienes clero secular o abolición del Diezmo.

En materia económica acuerdo librecambio con los ingleses.

En 1842 se produce un levantamiento en Barcelona. La causa fue la aprobación por el gobierno de un arancel que facilitaba la entrada de los tejidos de algodón ingleses.

Espartero bombardeará la ciudad para acabar con la revuelta.

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La construcción del Estado Liberal

Los moderados aprovecharan la impopularidad del regente para organizar un pronunciamiento encabezado por Narváez y O´Donnell.

Espartero decide dejar el cargo y se adelanta la mayoría de edad de Isabel II.

Grabado del bombardeo de Barcelona desde Montjuic en 1842.

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General Ramón María Narváez

La construcción del Estado Liberal

El general Ramón María Narváez participa en la sublevación militar que derrota al general Espartero en Torrejón de Ardoz el año 1843.

Cuando se declara a Isabel II mayor de edad, es nombrado presidente de Gobierno, cargo que repetirá en al menos seis ocasiones.

Narváez va a ser un de las figuras capitales del partido moderado hasta su muerte en 1868.

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Isabel II 1833 - 1868

La construcción del Estado Liberal

Isabel II (1830-1904) reina de España como menor de edad, desde 1833-1844, y con gobierno personal desde 1844 hasta 1868, en que se exilio de España para no volver.

Su reinado comienza con 3 años y la primera guerra carlista. A los 13 años es declarada mayor de edad para que pudiera asumir la corona. A los 16 años el gobierno decidió su matrimonio con Francisco de Asís.

Su cuñado, el duque de Montpensier, fue uno de los cabecillas de la revolución de 1868.

Según parece tuvo hasta 12 hijos de distintos padres.

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Francisco de Asís y Borbón

La construcción del Estado Liberal

Francisco de Asís y Borbón (1822-1902) se casó en 1847 con su prima hermana Isabel II.

Tuvieron doce hijos, aunque sólo cinco superaron la niñez. La paternidad de estos hijos es discutida dadas las tendencias sexuales de Francisco, al que popularmente le apodaban “Paquita” y a las continuas aventuras amorosas de la reina.

Se exilia con la reina pero vuelve a España en el reinado de Alfonso XII mientras su mujer continua en Paris.

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Francisco de Asís

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Reinado de Isabel: subida al trono

Características

Generales

Escasa formación política e intelectual. Influencia de su madre. Los nombramientos de cargos de gobierno estaban

sujetos a las intrigas palaciegas, en las que participaban destacadamente dos personajes encargados de la educación de la Reina, el padre Claret, y sor “Patrocinio”.

Casada con su primo Francisco de Asís. Características generales de su reinado: militarismo,

bicameralismo y predominio moderado. Logros: afianzar el constitucionalismo, estabilizar las

relaciones con la iglesia, y conseguir la unificación administrativa.

En el sistema de partidos todo continúa igual, destacar la aparición de la Unión Liberal de O`Donnel. Veamoslo…La construcción del Estado Liberal

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

ETAPAS

DÉCADA MODERADA(1844-1854)

BIENIO PROGRESISTA

(1854-1856)

GOBIERNOS UNIONISTAS Y

MODERADOS(1856-1868)

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Partidos época Isabelina 1833 – 1868 [1]

La construcción del Estado Liberal

Constituciones de partidos. Constituciones con división poderes. Sufragio censitario. Cambios frecuentes.

Partidos en el gobierno Moderados

Soberanía en el Rey y en las Cortes. Bicameral. Defensa orden público y de la propiedad. Catolicismo.

Progresistas Soberanía nacional. Cortes unicamerales. Separación Iglesia – Estado. Ayuntamientos democráticos.

Unión liberal Jefatura de O’Donnell Aglutina izquierda moderada y derecha progresista Desde junio de 1858 a marzo de 1863.

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Partidos época Isabelina 1833 – 1868 [2]

La construcción del Estado Liberal

Partidos fuera del gobierno Liberalismo radical, Demócrata, Republicano

Sufragio universal. Desconfía de la Corona.

Carlismo Exaltación del poder Real. Defensa de los Fueros e instituciones de los pueblos. Integrismo católico.

Funcionamiento del sistema Farsa electoral. Ningún partido en el poder pierde las elecciones. Formas de desplazar al partido en el poder.

Intriga palaciega Pronunciamiento Motín Revolución

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)Narváez, líder del partido moderado, Toma el mando del gobierno, que va a tener durante los próximos 10 años tres objetivos fundamentales:

1) Fortalecer la corona para darle estabilidad al país.

2) Centralizar la administración.

3) Garantizar el orden público.

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La Década Moderada 1844 – 1854 [2]

La construcción del Estado Liberal

División de los moderados Vilumistas. Marqués de Viluma. Reaccionarios Centro moderado. Narváez Puritanos. J. F. Pacheco. Izquierda.

Fases 1844 – 1846. Dos gobiernos de Narváez. 1844 – 1852 Retraimiento Progresista. 1847 – 1852 Gobierno largo de Narváez. 1852 – Juan Bravo Murillo. Reforma constitucional. 1852 – 1854 Insurrección Progresista

Isabel II en su mayoría de edad

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La Década Moderada 1844 – 1854 [1]

La construcción del Estado Liberal

Constitución de 1845 Soberanía compartida por el Rey y las Cortes Fortalecimiento poder de la Corona Sufragio censitario 1%. Bicameral. Senado nombrado por la Reina, vitalicio Religión oficial la Católica.

Obra Legisladora Leyes de enero de 1845. Ayuntamientos y Diputaciones. Real Decreto de 1844.

Ayuntamientos Forales. Juntas generales vascas y de Navarra Incorporación económica.

Unificación del sistema tributario Código penal 1845; Concordato 1851; Cuerpos de funcionarios del

Estado 1852

Documento 2

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)REFORMAS DEL GOBIERNO DE NARVAEZ

Creación en 1844 de la Guardia Civil (Duque de Ahumada).Como sustituta de la Milicia Nacional. Su misión era la defensa del orden y la propiedad en las zonas rurales.

Ley de Ayuntamientos de 1845 para reforzar el centralismo, reservando al gobierno el nombramiento de los alcaldes. Este factor era importante pues eran los ayuntamientos los que preparaban el censo electoral.

Reforma fiscal de Alejandro Mon y de Ramón Santillánque creaba un sistema fiscal único, eficaz y moderno que distinguía entre impuestos directos (contribuciónrústica y urbana y de actividades industriales,…) e indirectos (Transmisiones y sobre todo los “odiados” consumos). Alejandro Mon Ramón Santillán

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)OTRAS REFORMAS

Plan Pidal

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Concordato de 1851

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Configuración de la Administración Central• La actual organización ministerial data de esta época. Se crearon nuevos ministerios: Comercio,

Instrucción Pública, de Ultramar.

• También se resolvió la cuestión relativa a las regiones forales, que quedaron sometidas a la legislación del resto de España en determinadas materias, como el servicio militar (quintas).

• Respecto a la organización judicial, estos años se configuró el Tribunal Supremo como cúspide de la administración de la Justicia, pero resulta más importante el hecho de que gran parte de la estructura legal de la España contemporánea vio la luz en estas tres décadas. Así sucedió con el Código Civil y el Código Penal.

La acción de estos gobiernos fue perceptible también en el perfeccionamiento de los instrumentos al servicio del Estado. Sus objetivos fueron:

Estabilizar la institución militar. Configurar una Administración funcionarial siguiendo el modelo francés, caracterizado por los principios de jerarquización, racionalización y selección de sus miembros. Organizar la Administración provincial. Los Gobernadores Civiles quedaron perfilados de manera definitiva como cabeza de la Administración provincial, representantes del gobierno y delegados del rey. Normalmente eran nombrado gobernadores los jefes provinciales del partido moderado.

Estabilizar y reorganizar los Instrumentos del Estado

UNIVERSIDAD

Secularización, uniformización y centralismo (la Universidad de Madrid fue la Central). Sin embargo desde un principio se trataba de una Universidad burguesa, a la que llegaba sólo una porción muy reducida de la población, que se consideraba que iba a convertirse en clase dirigente

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)LA CONSTITUCIÓN DE 1845

• Confesionalidad católica del Estado. • No hay libertad religiosa.• Mantenimiento del culto y el clero católico.

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Constitución de la Monarquía española. 23 de mayo de 1845 [1]“DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas;

a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente:

CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (…).Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a

las leyes.Art. 3. Todo español tiene derecho de dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, como determinen las

leyes.Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía (…).Art. 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y a

contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino

en los casos y en la forma en que las leyes prescriban.(sigue ...)

La construcción del Estado Liberal

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Constitución de la Monarquía española.23 de mayo de 1845 [2]

Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban (…).

Art. 11. La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica, Romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.

Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: El Senado y el

Congreso de los Diputados.Art. 14. El número de senadores es limitado: su nombramiento pertenece al Rey (…).Art. 17. El cargo de Senador es vitalicio. Art. 20. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas Electorales en la forma

que determine la ley. Se nombrará un diputado al menos por cada cincuenta mil almas de población. (…).Art. 22. Para ser diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar

la renta procedente de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija. (…).

Art. 45. Además de las prerrogativas que la Constitución otorga al Rey, le corresponde (…) Expedir los decretos, reglamentos e instrucciones que sean conducentes para la ejecución de las leyes (…) Decretar la inversión de los fondos destinados a cada uno de los ramos de la Administración pública (…) Nombrar y separar libremente los ministros.

La construcción del Estado Liberal

Page 75: Reinado isabel ii amplio

La construcción del Estado Liberal

Análisis Constitución de 1845:

a) Rechaza la soberanía nacional y la sustituye por la soberanía compartida de la Corona con las Cortes. b) En materia religiosa, proclamaba solemnemente la confesionalidad católica del Estado, con el

compromiso de que éste mantendría el culto y clero.

c) Los cambios más espectaculares, sin embargo, se produjeron en relación con las cámaras legislativas que continuaron siendo bicamerales, aunque las competencias del rey se vieron ampliadas notablemente:

- El Senado. Ofrecía las dos características siguientes: a) De acuerdo con el artículo 14, el Rey nombraba a todos los Senadores; pero según el artículo 15, la designación regia debía recaer en españoles comprendidos en alguna de las clases siguientes: altas categorías de la administración, el ejército, la Iglesia y las personas que hayan ocupado cargos políticos, y poseer determinados bienes y rentas. b) De acuerdo con el 17, la condición de Senador era vitalicia.

- El Congreso de los Diputados. La nueva Constitución disponía que los Diputados serían elegidos por cinco años. Por ley de 18 de marzo de 1846, se limitó el derecho de voto a los contribuyentes que pagasen 400 reales de impuesto directo y a determinadas capacidades que abonasen la mitad de esa cantidad, reduciendo el número de electores al 1% de la población.

d) El poder de la Corona para disolver el Congreso, con la obligación de volver a convocarlo en el plazo de tres meses.

e) Se limitan las garantías de autonomía de los tribunales; se suprime la Milicia Nacional y el juicio por jurados y se remite a una ley posterior la regulación de ayuntamientos y diputaciones.

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La construcción del Estado Liberal

f) La prerrogativa fundamental que articuló el dominio de la Corona sobre las demás instituciones: el poder de nombrar y separar libremente a los ministros (art.45/10). La Reina nombra sistemáticamente jefe de gobierno al político que prefiere, entregándole al mismo tiempo el decreto de disolución de las Cortes. El sistema está en las antípodas del régimen parlamentario. Los principios políticos que establece la Constitución moderada marcan las líneas políticas del Estado español en el resto del siglo XIX y gran parte del XX. Sus instituciones esenciales serán mantenidas por la Restauración.

Entre las leyes que completan la Constitución hay que citar :

la ley electoral (marzo 1846). la de imprenta (julio de 1845)la de ayuntamientos (enero de 1845).

Entre las leyes administrativas y económicas cabe destacar la reforma fiscal de Mon (1845), la reforma educativa de Gil de Zárate (1845) y cierta regularización del cuerpo de funcionarios decretada por Bravo Murillo. En esta época se autorizan las primeras construcciones de ferrocarriles (Barcelona-Mataró); se mejora la regulación de las sociedades por acciones, se aprueba una ley para la bolsa y se lleva a cabo una reforma bancaria.

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General Leopoldo O’Donnell

La construcción del Estado Liberal

General Leopoldo O’Donnell (1809-1867) noble, militar y político español. Presidió el Consejo de Ministros en 1856, en 1858-1863, y en 1865-1866.

Participó en el encuentro de Vicálvaro y en la revolución de 1854.

A partir de su incorporación al gobierno de Espartero formará un partido político conocido como Unión liberal que tratará de unir a moderados y progresistas.

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Oposición progresistas radicales, partido Demócrata y parte de los moderados (corrupción gubernamental).

Estallido de la Vicalvarada.

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)

El autoritarismo y la arbitrariedad de los gobiernos moderados conducen a un levantamiento popular y al pronunciamiento militar del general O´Donnell en Vicálvaro (1Madrid, 854) Manifiesto de Manzanares (Ciudad Real) para atraer a los progresistas

Barricadas en Madrid 17-19 julio. La reina llama a formar gobierno al

general Espartero y se convocan elecciones que dieron la mayoría a los progresistas. Espartero da la cartera de Guerra a O´Donnel

(Gobierno de unión entre progesistas y moderados). Se prepara una nueva Constitución (non

nata de 1856) que establece los principios del progresismo.

Se restaura la Milicia Nacional y se establece una ley Municipal que permite la elección popular de los alcaldes.

Asalto al palacio de Mª Cristina en 1854

Levantamiento popular de Madrid en 1854

Oposición a los gobiernos moderados: carlistas, progresistas y ahora se unen el ala izquierda de los moderados y el Partido Demócrata (creado en 1849)

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La construcción del Estado Liberal

EL PARTIDO DEMÓCRATA (1849)Sufragio Universal masculino

Cortes unicamerales

Libertad religiosa

Libertad de asociación y sindical

Intervención del estado en las relaciones laborales

Instrucción primaria gratuita

Reforma de los consumos

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El Bienio progresista 1854 – 1856

La construcción del Estado Liberal

Revolución de junio 1854 Pronunciamiento moderado en Vicálvaro, General O’Donnell Manifiesto de Manzanares de Antonio Canovas del Castillo Movimientos revolucionarios en Zaragoza, Barcelona, Madrid Formación coalición Moderados, Progresistas, Demócratas

El régimen del Bienio Presidente Espartero; O’Donnell Ministro de la Guerra Coalición de gobierno inestable. Logros

Constitución non nata de 1856 Progresista Ley Madoz: Desamortización bienes de Ayuntamientos Legislación económica. Liberalización de la economía

Problemas Huelga general de julio de 1855 en Barcelona Creciente conflictividad social Ruptura del progresismo en Legales y Puros

Junio / Julio 1856 ruptura de la coalición de gobierno

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)

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La construcción del Estado Liberal

MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)REFORMAS DEL BIENIO

PROYECTO DE CONSTITUCIÓN (1856): “La non nata”

Soberanía Nacional

Dos cámaras, pero ambas electivas

Ampliaba la lista de derechos y libertades

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EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)

Pascual Madoz (1806-1870). Político liberal progresista. Llegó a ser presidente del Congreso y Ministro de Hacienda. Elaboró la Ley de Desamortización General de 1855, conocida como desamortización de Madoz, que venía a completar la obra de Mendizábal. Afectaba, sobre todo, al clero secular y a los bienes municipales.

Nacionalización y puesta en venta de los bienes de propiedad municipal y de propios y comunes, pero también de todos los bienes nacionalizados previamente que eran propiedad eclesiástica.

Page 86: Reinado isabel ii amplio

Resultado de la aplicación de la Ley de Desamortización General de 1855 realizada por Madoz.

Esta ley afectó especialmente a los bienes del clero secular y alos bienes de los ayuntamientos.

Esta desamortización agravó:

-La situación de muchos campesinos- La relación con el Vaticano

Pero por otro lado permitió sanear la Hacienda y financiar las infraestructuras necesarias para modernizar la economía, en especial la red ferroviaria.

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Constitución de 1856 (no entró en vigor)

Declaración derechos más amplia

Limitación poderes de la Corona y el Ejecutivo

Mayor participación política

Pérdida de apoyo popular, dimisión de Espartero y encargo de la Reina del gobierno a O´Donnell.

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)Las Cortes Constituyentes en uso de sus facultades decretan y sancionan la siguiente Constitución de la Monarquía Española. Artículo 1.- Todos los poderes públicos emanan de la Nación, en la que reside esencialmente la Soberanía, y por lo mismo pertenece exclusivamente a la Nación el derecho de establecer sus leyes fundamentales. Artículo 3.- Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes. Artículo 6.- Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad. Para ninguna distinción ni empleo público se requiere la calidad de nobleza. Artículo 14.- La Nación se obliga a mantener y proteger el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles. Pero ningún español ni extranjero podrá ser perseguido por sus opiniones o creencias religiosas, mientras no las manifieste por actos públicos contrarios a la religión. Artículo 15.- La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Artículo 16.- Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades; el Senado y el Congreso de los Diputados. Artículo 18.- Los senadores son elegidos del mismo modo y por los mismos electores que los diputados a Cortes.Artículo 75.- Para el gobierno interior de los pueblos no habrá más que Ayuntamientos, compuestos de alcaldes o regidores, nombrados unos y otros directa e inmediatamente por los vecinos que paguen contribución directa (…)en la cantidad que,(…) establezca la ley. Artículo 85.- Habrá en cada provincia Cuerpos de Milicia nacional.

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)REFORMAS DEL BIENIO

Parte de los ingresos se destinaron a la construcción del ferrocarril.

(1855)(1855)

Ley de Sociedades Bancarias yCrediticias.

(1856)

Se creará el Banco

de España.

OBJETIVOS:• Consolidar el

mercado Nacional.

• Impulsar el crecimiento económico.

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

EL BIENIO PROGRESISTA (1854-1856)PROBLEMAS DEL BIENIO

Las medidas reformistas no mejoraron las condiciones de vida de las clases populares ni tuvieron en cuenta sus demandas, lo que generó un clima de grave conflictividad social. Esto llevó al gobierno a presentar una Ley de Trabajo que introducía algunas mejoras laborales: reducía la jornada laboral a los niños (pasaba a ser “sólo” de 12 a 10 horas diarias), permitía las asociaciones obreras. La ley fue rechazada por demócratas y republicanos, por conservadora y paternalista, y la conflictividad siguió creciendo.

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La construcción del Estado Liberal

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La vuelta al moderantismo 1856 – 1868

La construcción del Estado Liberal

Gobierno de Narváez 1856 – 1858 Vuelta a la constitución de 1845.

La Unión Liberal 1858 – 1863 General O’Donnell. Estabilidad gubernamental. Política de intervención exterior:

1858 Expedición a Indochina; 1859 Campaña militar de Marruecos. 1861 Intervención junto con Francia y G. Bretaña en México. Incorporación de Santo Domingo 1861 – 1864.

Prosperidad económica: Ley Hipotecaria 1858; Ley de Minas 1859 Obras públicas, trasportes y comunicaciones. Expansión industrial, urbanización. Zonas: Asturias, País Vasco, Cataluña y Andalucía.

Practica política Tendencia al partido único. Escasa sensibilidad social. Partido de notables.

Oposición: Neocatólicos. Moderados reaccionarios de Cándido Noceal. Progresistas. Demócratas y republicanos.

Page 93: Reinado isabel ii amplio

La vuelta al moderantismo 1856 – 1868

La construcción del Estado Liberal

Fin del reinado 1863 – 1868 Febrero de 1863 dimisión de O’Donnell. Desde 1863 gobiernos Neocatólicos sucesivos e inestables.

Dependientes de la Represión y del capricho de la Corte 1866 Crisis agraria y financiera. 1866 Pacto de Ostende

Todos contra la reina

La reina Isabel II en su exilio en París

Page 94: Reinado isabel ii amplio

MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

UNIONISTAS Y MODERADOS (1856-1868)GOBIERNOS UNIONISTAS (1856-1863)

Jefe del gobierno: General O´Donnell que consigue una relativa estabilidad política.

Características del periodo:

Insistencia en el progreso económico como objetivo supremo de la política. La Prosperidad económica de la época se debió al incremento de las inversiones públicas (fiebre del ferrocaril y Canal de Isabel II), a la expansión agrícola y al desarrollo del sector textil en Cataluña.

Política exterior muy activa para hacer olvidar los problemas internos, buscar el prestigio internacional y favorecer la unidad y el fervor patriótico. Se organizan campañas de prestigio que llevarán al ejército a Méjico, Norte de África e Indochina.

Pero en 1863 se produce una crisis gubernamental que llevará a la dimisión de O´Donnell.

Leopoldo O´Donnell (1809-1867)Militar que participó en la guerra car-lista. De ideas moderadas, fue uno delos líderes de la Vicalvarada que dio paso al bienio progresista. En 1856 fundó un nuevo partido “La Unión Liberal” que pretendía ser una opción de centro entre moderados y progre-sistas. Fue jefe de gobierno en varias ocasiones.

Page 95: Reinado isabel ii amplio

La construcción del Estado Liberal

• Expedición a Indochina (1858-1863), la excusa será el asesinato de obispos españoles, pero acompaña a Francia en sus objetivos expansionistas, logrará una indemnización de guerra y libertad comercial en la zona.

• Intervención en México (1862), Prim intervendrá al frente de una expedición militar, de la que no se obtiene ningún éxito, y sólo sirve para asentar en aquel territorio, por un breve período de tiempo, a Francia, que impone a Maximiliano como emperador de México.

• El norte de África, especialmente en Marruecos (1859-60), el objetivo es la protección de Ceuta y Melilla, y la victoria de Wad-Ras permitió a España la incorporación de Sidi Ifni y la ampliación de la plaza de Ceuta.

MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)

UNIONISTAS Y MODERADOS (1856-1868)GOBIERNOS UNIONISTAS (1856-1863)

Page 96: Reinado isabel ii amplio

MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1843-1868)UNIONISTAS Y MODERADOS (1856-1868)

GOBIERNOS MODERADOS Y UNIONISTAS (1863-1868) Narváez es llamado por la reina para

hacerse cargo del gobierno. Vuelta al autoritarismo y a la inestabilidad política.

Se gobierna al margen de las Cortes y de todos los grupos políticos.

El gobierno de Narváez dura dos años y a este le sustituye de nuevo O´Donnell.

Problemas del periodo: Crisis económica (1865-68): en el textil

catalán (falta de algodón por la guerra de Secesión en EEUU), en la Bolsa, en el sector del ferrocarril (Fin de las inversiones extranjeras, el servicio no da los beneficios esperados) y de subsistencia.

Revueltas estudiantiles por la expulsión de su cátedra de Emilio Castelar. Se salda con una violenta represión (Matanza de San Daniel en la que murieron 9 estudiantes y hubo más de 100 heridos).

Protestas entre la baja oficialidad (1200 artilleros) del ejército: sublevación del cuartel de San Gil (1866), intento de tomar Madrid. (66 fusilados y cientos de heridos). Tras la represión ola de protestas por todo el País, nueva actividad represora.

PACTO DE OSTENDE (1867)

progresistas demócratas

unionistas

ACABAR CON LA MONARQUÍA DE

ISABEL II

Revolución GloriosaSeptiembre 1868

Page 97: Reinado isabel ii amplio

La Gloriosa revolución 1868 – 1871

La construcción del Estado Liberal

La revolución 17 Sep. 1868 15 Jun. 1869 Causas: descrédito corona, crisis económica y política.

1866 pacto de Ostende. Pronunciamiento Cádiz, batalla de Alcolea, Juntas revolucionarias Gobierno provisional. Demócratas no.

Unionistas – Serrano, Topete. Progresistas – Sagasta, Zorrilla, Prim

Cortes constituyentes por sufragio universal masculino 25% Expulsión jesuitas; medidas librecambistas

La regencia 15 Jun. 1869 2 Ene. 1871 Constitución de 1869.

Soberanía nacional. División de poderes Catálogo de derechos y libertades Sufragio universal masculino 25 años, 25% población

Monarquía Democrática. Regente Serrano; Presidente Prim. Política reformista:

Leyes electorales. Separación Iglesia – Estado. Política librecambista. La peseta. Aranceles.

Elección / Selección de Rey: duque de Aosta.

Documento 4

Page 98: Reinado isabel ii amplio

Gobierno Provisional 1868Militares y firmantes del Pacto de Ostende formaron un gobierno provisional. Serrano (unionista) asumió la presidencia del gobierno y Prim (progresista) el ministerio de guerra, quedando fuera los demócratas.

Las Cortes constituyentes fueron votadas por el 70% del censo (sufragio universal masculino, mayores de 25)

La construcción del Estado Liberal

PrimSagastaSerrano Topete

Page 99: Reinado isabel ii amplio

General Francisco Serrano

La construcción del Estado Liberal

General Francisco Serrano 1810 – 1885, también conocido como el Duque de la Torre y “el general bonito”.

Ocupó los puestos de Regente (Gloriosa revolución), Presidente del Consejo de Ministros de España (Amadeo I) y último Presidente de la Primera República Española (especie de dictadura republicana de carácter conservador).

Fracasó en su intento de ser el líder del partido liberal (en lugar de Sagasta) durante la Restauración.

Page 100: Reinado isabel ii amplio

Práxedes Mateo Sagasta

La construcción del Estado Liberal

Práxedes Mateo Sagasta 1825-1903.

Miembro del Partido Liberal, de matiz progresista, siete veces Presidente del Gobierno en el período comprendido entre 1870 y 1902.

Sagasta funda en 1880, el Partido Liberal fusionista, partido que junto al Partido Conservador de Cánovas del Castillo, constituiría el sistema bipartidista con alternancia en el gobierno que caracterizaría a la Restauración española durante el tramo final del siglo XIX y la primera parte del siglo XX.

Page 101: Reinado isabel ii amplio

General Juan Prim

La construcción del Estado Liberal

General Juan Prim 1814-1870.

Militar y político progresista del siglo XIX muy influyente en la política española que llegó a ser Presidente del Consejo de Ministros de España.

El 30 de diciembre de 1870 el general Prim morirá de resultas de un atentado (8 tiros), del que todavía no se saben sus instigadores.

Sera el primer Presidente del Consejo de ministros que muera asesinado en su cargo.

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Manifiesto de “España con honra”.Cádiz, 19 de Septiembre de 1868 [1]

¡Españoles!: la ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su puerto y todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete de los ciudadanos (…) y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.

¿Habrá algún español tan ajeno a la desventura de su país que nos pregunte las causas de tan grave acontecimiento? (…)

Hollada (pisoteada) la ley fundamental, convertida siempre antes en celada (oculta) que en defensa del ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno; dependiente la seguridad individual, no del derecho propio, sino de la irresponsable voluntad cualquiera de las autoridades, muerto el municipio, pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio (del negocio), tiranizada la enseñanza, muda la prensa ¡Españoles!, ¿quién la aborrece tanto que se atreva a exclamar: “Así ha de ser siempre”? (…)

Sigue ….

La construcción del Estado Liberal

Page 103: Reinado isabel ii amplio

Manifiesto de “España con honra”.Cádiz, 19 de Septiembre de 1868 [2]

… sigue(…) Queremos vivir la vida de la honra y de la libertad.Queremos que un Gobierno Provisional que represente todas las fuerzas vivas de su

país asegure el orden, en tanto que el Sufragio Universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política.

Contamos para realizarlo (…) con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de especuladores y favoritos (…) con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio y del ejemplo; con el pueblo todo y con la aprobación.

Acudid a las armas no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada.

¡Viva España con honra! Cádiz 19 de septiembre de 1868. Generales Juan Topete, Dulce, Serrano, Rafael Primo

de Rivera.

La construcción del Estado Liberal

Page 104: Reinado isabel ii amplio

La Gloriosa

Papel del general Topete

Caída de la monarquía Borbón

Page 105: Reinado isabel ii amplio